NACIONES

UNIDAS

CERD

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr.GENERAL

CERD/C/SR.173616 de marzo de 2006

ESPAÑOLOriginal: FRANCÉS

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

68º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 1736ª SESIÓN

celebrada en el Palacio Wilson, Ginebra,el jueves 23 de febrero de 2006 a las 10.00 horas

Presidente: Sr. de GOUTTES

SUMARIO

EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN (continuación)

Informes periódicos inicial y segundo a sexto de Bosnia y Herzegovina(continuación)

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN (tema 6 del programa) (continuación)

Informes periódicos inicial y segundo a sexto de Bosnia y Herzegovina (CERD/C/464/Add.1) (continuación)

1. Por invitación del Presidente, la delegación de Bosnia y Herzegovina vuelve a tomar asiento a la mesa del Comité.

2.El Sr. NAGRADIĆ (Bosnia y Herzegovina) precisa determinados aspectos de la estructura política y de la reforma constitucional en Bosnia y Herzegovina. La Constitución resultante del Acuerdo de Paz de Dayton otorgaba más poderes a las dos entidades de Bosnia y Herzegovina (Federación de Bosnia y Herzegovina y República Srpska) que al Estado central. Desde 1996, se han ido centralizando de manera progresiva un gran número de competencias, en ámbitos como la defensa y la seguridad, y también en lo relativo a otras cuestiones como los derechos humanos o los refugiados. Las autoridades bosnias son conscientes de que las disposiciones de la Constitución son, en ciertos aspectos, discriminatorias, en particular en dos ámbitos: por un lado, el modo de elección de la presidencia de Bosnia y Herzegovina, cuyos tres miembros (un bosnio, un croata y un serbio) deben elegirse obligatoriamente dentro del territorio de la entidad donde el pueblo constitutivo que representan es mayoría; por otro lado, la manera análoga de designar la Cámara de los Pueblos, según la cual cada pueblo constitutivo posee el mismo número de representantes. Existe un consenso entre los actores de la vida política para modificar las disposiciones resultantes del Acuerdo de Dayton. Por ejemplo, se ha llegado a un acuerdo recientemente para suprimir la indicación del origen étnico que aparece delante del nombre de los candidatos a las elecciones parlamentarias, lo que presenta la posibilidad de que la presidencia algún día pueda abrirse a candidatos que no sean necesariamente un serbio, un bosnio y un croata. El Parlamento deberá pronunciarse sobre esta propuesta de reforma constitucional que ha surgido de un consenso político y la Comisión electoral deberá modificar la ley electoral en consecuencia. También existe un consenso para permitir a todos los candidatos a las elecciones poder ser elegidos en el territorio de la entidad donde el pueblo constitutivo al que pertenezca no sea mayoría.

3.El tiempo apremia para la realización de estas reformas. Las próximas elecciones, legislativas y presidenciales, deben tener lugar el 1º de octubre de 2006. Ahora bien, según las leyes en vigor, no se puede incorporar cambio alguno a la Constitución ni a la ley electoral en los seis meses anteriores a unas elecciones, lo que significa que las reformas deberán llevarse a cabo antes del 1º de abril de este año. Por lo demás, la igualdad entre los pueblos constitutivos consagrada en la Constitución de Dayton, al igual que el sentimiento de esta igualdad, es determinante para la estabilidad política, o de otro tipo, de Bosnia y Herzegovina. Asimismo, toda modificación de las disposiciones resultantes del Acuerdo de Paz de Dayton que no sea resultado de un acuerdo total entre todos los componentes políticos y sociales de Bosnia y Herzegovina podría desestabilizar el país, que, ante todo, aspira a la paz.

4.El orador indica que, del mismo modo, algunos cambios importantes son debatidos en el seno de las entidades tras un fallo del Tribunal Supremo en el año 2000, por el que se otorgó el mismo estatus a todos los pueblos constitutivos en la totalidad del territorio nacional. De esta manera, el Tribunal Constitucional de la República Srpska cuenta actualmente con un presidente que se declara croata, algo que habría sido impensable antes de este fallo. Quedan numerosos problemas relacionados con la igualdad de representación, en especial, en las administraciones locales, a pesar de que continúan los progresos en este ámbito como en otros.

5.La Sra. KALMETA (Bosnia y Herzegovina) dice que las normas internacionales poseen un rango superior a las leyes nacionales dentro del orden jurídico interno de Bosnia y Herzegovina. Se encuentran intrínsecamente tanto en la Constitución como en la legislación que se deriva de esta. Las instancias que aplican directamente los instrumentos internacionales son principalmente la Cámara de Derechos Humanos y el Tribunal Constitucional, que, por ejemplo, en el marco de sus trabajos pueden referirse a la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. Sin embargo, a lo largo del tiempo otras estructuras y autoridades del Estado también han adquirido experiencia en lo que respecta a la aplicación de los instrumentos internacionales. Las principales dificultades se deben a la existencia de una tradición de derecho europeo en Bosnia y Herzegovina, frente a las normas internacionales, que se inspiran sobre todo en el derecho anglosajón, lo que plantea un dilema a algunos profesionales de la justicia. No obstante, las reformas importantes del sistema judicial que se han llevado a cabo, junto a una renovación significativa del personal judicial, ya han empezado a dar sus frutos.

6.Una nueva etapa de la reforma legislativa se inició en 2003 con la aprobación de un nuevo Código Penal y la armonización de la legislación penal de las dos entidades y de la del distrito de Brčko con dicho Código Penal. Las nuevas normas autorizan, por ejemplo, presentar recursos en las jurisdicciones bosnias que no existían anteriormente en caso de violación de los derechos humanos. Si bien todavía es necesario un esfuerzo de sensibilización respecto a este tipo de recursos, la Comisión de Derechos Humanos ya ha examinado numerosos casos basándose en recursos presentados por los ciudadanos. Seis de estos casos estaban relacionados con cuestiones de discriminación racial. En sus decisiones, las autoridades judiciales ordenan a las administraciones u organismos públicos afectados modificar toda práctica susceptible de atentar contra los derechos de los ciudadanos. En determinados casos en los que las decisiones no se aplicaron con la suficiente celeridad o de manera satisfactoria, el Gobierno a menudo ha intervenido con éxito para remediarlo.

7.La oradora dice que en Bosnia y Herzegovina se incorpora ya sistemáticamente a todas las nuevas leyes adoptadas por el Parlamento una disposición que prohíbe de manera expresa cualquier tipo de discriminación, ya sea por motivo de raza, lengua, religión o por cualquier otra razón. De este modo, la ley sobre la igualdad entre hombres y mujeres, la ley sobre la libertad de religión y la situación jurídica de las iglesias y las comunidades religiosas en Bosnia y Herzegovina, la ley sobre los refugiados y las personas desplazadas en Bosnia y Herzegovina o también la ley sobre asociaciones y fundaciones de Bosnia y Herzegovina, por citar tan solo algunas de ellas, definen los derechos de los que puede disfrutar cada uno sin discriminación. Las personas que consideren haber sido víctimas de discriminación pueden ya invocar ante los tribunales no solo las convenciones y tratados internacionales de los que Bosnia y Herzegovina es parte, sino también los textos nacionales pertinentes, y solicitar que se tomen medidas correctoras o incluso que el Tribunal Constitucional les conceda daños y perjuicios. En los casos en los que los denunciantes son víctimas de guerra, el Estado no se encuentra a menudo en condiciones de concederles las sumas a las que pueden aspirar en virtud de las normas internacionales, debido a lo modesto de los recursos de que dispone.

8.Entre 1996 y 2003, numerosos refugiados y personas desplazadas, que intentaban regresar a sus hogares, renunciaron a ello porque se encontraron con comportamientos discriminatorios a causa, principalmente, de su origen étnico o de sus convicciones religiosas, en especial en lo que respecta al acceso al empleo. Desde que, en virtud del artículo 145 del Código Penal, se prohíbe a las autoridades gubernamentales o a las instituciones públicas, nacionales y locales, fomentar la discriminación racial o incitarla y se ha elevado al grado de infracción los actos discriminatorios, la situación de los repatriados ha mejorado y el número de actos delictivos cometidos contra ellos ha disminuido de forma considerable. Además, una encuesta realizada en 2005 entre los repatriados ha revelado que cerca de un 77 % de los bosnios, un 63 % de los croatas y un 64 % de los serbios se sienten seguros en sus hogares, mientras que un 1,5 % de los bosnios, un 3,5 % de los croatas y un 1,3 % de los serbios afirman no sentirse seguros.

9.La oradora señala que, después de que las fronteras del Estado se delimitaran y se crearan los servicios de aduanas, ha sido más fácil para las autoridades competentes combatir el flujo de migrantes clandestinos, y, por tanto, ofrecer una mejor protección de los derechos de estas personas y una lucha más efectiva contra la trata de personas.

10.En el ámbito del derecho de asilo, la responsabilidad de la mayoría de los servicios, anteriormente garantizados por el Alto Comisionado para los Refugiados, se ha confiado desde hace unos años a las autoridades de Bosnia y Herzegovina, que lamentablemente no poseen los fondos necesarios para crear centros de acogida para refugiados.

11.La Sra. TARABA (Bosnia y Herzegovina) dice que las pocas lagunas que algunos expertos han encontrado en el informe que está siendo examinado se deben al hecho de que el Ministerio de Derechos Humanos y de los Refugiados, que se encarga de la elaboración de los informes relativos a la aplicación de los instrumentos internacionales en los que Bosnia y Herzegovina es parte, se encuentra sobrecargado de trabajo. A causa de la falta de medios, este ministerio no ha podido consultar a las organizaciones no gubernamentales durante el proceso de elaboración del informe, si bien se ha asegurado de que se incorporaran todos los datos disponibles aportados por dichas organizaciones sobre los temas que interesan al Comité.

12.El artículo 143 del Código de Trabajo de la Federación y el artículo 152 del Código de Trabajo de la República Srpska permite a las personas despedidas de forma ilegal durante la guerra pueden buscar reparación a través de las comisiones creadas ad hoc en cada una de las entidades. La Comisión ha recibido cerca de 60.000 denuncias únicamente en la República Srpska, sin embargo, el proceso de investigación es largo y las comisiones no siempre disponen de pruebas suficientes para pronunciarse. Además, el Ombudsman de los Derechos Humanos ha subrayado en un informe publicado en 2003 que cuando los denunciantes ganan los pleitos, no siempre están seguros de recibir la indemnización que les corresponde debido a la falta de recursos por parte de Bosnia y Herzegovina.

13.En lo que respecta a los empleados de la fábrica de aluminio de Mostar, que fueron despedidos después de 1991, la Sra. Taraba señala que el 15 de junio de 2005 se concluyó un acuerdo entre los representantes de los sindicatos y la patronal, lo que representa un avance importante y podría servir de ejemplo a otras empresas que se enfrenten a problemas similares.

14.Con el fin de garantizar los derechos de las minorías religiosas y castigar las violaciones de los lugares de culto, Bosnia y Herzegovina aprobó en 2004 la ley sobre la libertad de religión y la situación jurídica de las iglesias y las comunidades religiosas, y el Código Penal penaliza y castiga la profanación de tumbas. Asimismo, también ha puesto en marcha el Consejo Interreligioso de Bosnia y Herzegovina que juega un papel fundamental mediante la realización de actividades diversas destinadas a promover la tolerancia y la coexistencia de las diferentes religiones del territorio.

15.El Ombudsman de los Derechos Humanos se encarga de llamar la atención de las autoridades sobre las violaciones de los derechos humanos que llegan a su conocimiento y puede decidir abrir una investigación si lo juzga necesario. Los miembros de la función pública que no cooperen en una investigación y posean datos útiles podrían ser objeto de un procedimiento disciplinario, incluso podrían ser entregados a la justicia.

16.La Sra. RADIČ (Bosnia y Herzegovina) recuerda a los miembros del Comité que la mayor parte del informe objeto de examen fue preparado antes de 2004 y que se han realizado algunos progresos en el ámbito de la educación desde entonces. El sistema educativo de Bosnia y Herzegovina posee una estructura compleja si bien, de forma esquemática, la mayor parte de las competencias en materia de educación son responsabilidad de las entidades cantonales, lo que explica la existencia de 13 ministerios de educación en el país. En el nivel federal, el Ministerio de Educación se encarga únicamente de garantizar la coordinación entre las distintas entidades cantonales.

17.La oradora explica que la enseñanza primaria y secundaria se rige por la ley marco de 2003, que regula los objetivos que emanan de los valores universales y ampliamente aceptados de una sociedad democrática, así como los valores propios de un sistema basado en las características particulares de la tradición nacional, histórica, cultural y religiosa. La ley garantiza a todos el acceso a la educación y vela por la protección del derecho a la educación. Define un determinado número de principios educativos básicos e incluye también disposiciones concernientes a la integración y la educación de los niños que han regresado recientemente al país. La ley marco pretende asimismo armonizar la legislación aplicada por los diferentes cantones en el ámbito de la educación. Se encuentran en proceso de elaboración otras leyes-marco relativas a la educación preescolar, la enseñanza profesional secundaria y a la enseñanza superior.

18.En lo que respecta a los programas y estrategias puestos en marcha en el ámbito de la educación, la Sra. Radič recuerda la adopción en 2005 de un plan nacional de acción basado en el Marco de Acción de Dakar para la educación para todos y que busca pretende promover la escolarización. En 2002, los ministerios de educación firmaron un acuerdo destinado a promover la escolarización entre los niños que han regresado recientemente al país, así como un acuerdo destinado a responder mejor a las necesidades educativas de la minoría romaní, entre otras.

19.La oradora reconoce que las autoridades de Bosnia y Herzegovina se enfrentan a enormes dificultades a la hora de aplicar los programas y estrategias que han adoptado en el ámbito de la educación y que sería necesario un compromiso mayor por su parte. Entre las dificultades se encuentra la falta de coordinación entre los ministerios de educación, la división de responsabilidades entre las distintas entidades competentes en materia de educación, la falta de medios financieros y, en algunos casos, el mal uso de los recursos disponibles. El Ministerio federal de Educación va a redoblar los esfuerzos con el objeto de proporcionar a los diferentes ministerios cantonales el apoyo que precisan para aplicar mejor las leyes y programas. A este respecto cabe señalar que el Ministerio federal de Educación no interviene generalmente en el distrito de Brčko ni en la República Srpska.

20.La oradora dice que la mayor parte de las escuelas monoétnicas, que eran relativamente numerosas tras el conflicto, están desapareciendo y, en todo caso, las autoridades ya no las toleran. Queda un pequeño número en las regiones donde determinados grupos étnicos son claramente mayoritarios. En Bosnia y Herzegovina existe una mayor preocupación por la segregación étnica en la escuela, que hace que las escuelas compartan los mismos locales pero sean administrativamente independientes y no impartan las mismas enseñanzas. Actualmente existen 52 escuelas de este tipo, que se concentran en tres cantones. Se ha encargado a una comisión federal que efectúe visitas a los cantones donde estas escuelas son más comunes y presente un informe al Parlamente sobre los medios necesarios para remediar esta situación.

21.La oradora precisa que la ley marco sobre la enseñanza primaria y secundaria prohíbe expresamente la discriminación basada en la lengua y la Constitución reconoce tres lenguas oficiales (el bosnio, el croata y el serbio) y dos alfabetos (el latino y el cirílico). Las tres lenguas y los dos alfabetos son por tanto tratados de la misma manera en las escuelas primarias y secundarias y no se da privilegio a ninguna lengua. Las autoridades no escatiman esfuerzos para que todos los niños se beneficien de una enseñanza en su propia lengua materna. En las regiones mayoritariamente habitadas por serbios, los niños comienzan a aprender el alfabeto cirílico en primaria, antes de abordar el alfabeto latino en la secundaria. Del mismo modo, los niños de origenbosnio y croata comienzan aprendiendo el alfabeto latino antes de estudiar el cirílico en secundaria.

22.La Sra. Radič añade que la ley marco sobre la enseñanza primaria y secundaria define un determinado número de objetivos generales en el ámbito de la educación, entre los cuales se encuentra el fomento del respecto de los derechos humanos, la sensibilización hacia las tradicionesculturales y religiosas, y la promoción de la tolerancia y la comprensión mutuas entre las comunidades. En agosto de 2003 se pusieron en marcha programas comunes en todos los cantones que hacen hincapié en la tolerancia y el respeto de la diversidad entre las comunidades.

23.La Sra. ODOBASIČ (Bosnia y Herzegovina) dice que los organismos responsables de la regulación de la prensa y los medios electrónicos han realizado un trabajo considerable desde 1998, año en el que Bosnia y Herzegovina contaba con cerca de 3.000 órganos de comunicación escrita y de radiotelevisión, que difundían, en algunos casos, mensajes de odio respecto a tal o cual comunidad étnica. Bosnia y Herzegovina ha elaborado un código que regula la difusión de los programas de radio y televisión y que está basado en las disposiciones de la Convención europea de Derechos Humanos y de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en particular en el artículo 19 de este instrumento.

24.La oradora indica que la Agencia de regulación de las telecomunicaciones (párr. 194 de los informes), que se encarga de regular las telecomunicaciones y los medios electrónicos en todo el territorio de Bosnia y Herzegovina, ha registrado avances importantes en materia de lucha contra la discriminación racial. Así, hoy en día, los discursos que incitaban al odio y a la intolerancia étnica, que eran comunes en los medios hasta 1998, prácticamente han desaparecido.

25.El Sr.ABOUL NASR expresa su sorpresa por el párrafo 112 del informe periódico del Estado parte donde se dice que “esta misma población [los romaníes] no ha demostrado interés en ello [la educación]” y que “en tal situación, la religión islámica de los romaníes en Bosnia y Herzegovina no sólo ha influido para que abandonen y olviden su idioma, su cultura y sus tradiciones, sino que también ha dado lugar a que muchos se digan bosnios”. Precisa a este respecto que no existe más que un único Islam y que, por consiguiente, el que practican los romaníes de Bosnia y Herzegovina es el de todos los musulmanes del mundo.

26.El Sr. AMIR afirma que no sabe de qué manera se ha incorporado el artículo 4 de la Convención a la legislación interna de Bosnia y Herzegovina. Señala un cierto número de organizaciones y asociaciones que realizan sus actividades en el país sin haberse registrado, lo que impide a las autoridades controlarlas y, en caso necesario, sancionarlas cuando muestren propósitos racistas o inciten a la discriminación racial. Solicita a la delegación de Bosnia y Herzegovina que indique si existe alguna ley penal que condene la difusión de ideas basadas en el odio racial y a los organismos que se inspiren en teorías fundamentadas en la superioridad de una raza.

27.El Sr. YUTZIS dice que del informe periódico objeto de examen y de la presentación oral realizada por la delegación bosnia se desprende que el Estado parte debe lograr un difícil equilibrio entre la voluntad de alcanzar una determinada forma de centralización política siempre tomando en consideración las múltiples identidades culturales. El orador reconoce que la elaboración y la adopción de programas escolares nacionales similares para todos es, sin duda y teniendo en cuenta las circunstancias, una tarea complicada y delicada, y estima que la reforma del sistema educativo de Bosnia y Herzegovina necesitará no solo una voluntad política real por parte de las estructuras federales en este sentido, sino también la cooperación y el concurso de todos, en todos los niveles políticos y administrativos, locales y nacionales.

28.El Sr. Yutzis expresa su preocupación por el párrafo 112 del informe citado anteriormente, que deja entender que los romaníes, para sentirse integrados en la sociedad de Bosnia y Herzegovina,deben “desislamizarse”. Solicita a la delegación de Bosnia y Herzegovina que explique el contenido de este párrafo.

29.El experto desea también obtener más detalles sobre la situación de la comunidad romaní en materia de vivienda y, en particular, pregunta si existe alguna ley federal a este respecto.

30.El Sr. KJAERUM solicita a la delegación que indique qué medidas se han tomado en el ámbito de la educación para satisfacer las necesidades de los niños con necesidades especiales y de los niños de la minoría romaní, de los cuales tan solo un 15 % están escolarizados.

31.El orador subraya que, en virtud del párrafo 2 del artículo 2 de la Convención, los Estados partes deben tomar medidas especiales y concretas para promover el desarrollo o garantizar la protección de determinados grupos raciales para que puedan ejercer plenamente y en condiciones de igualdad el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Recuerda que la delegación bosnia ha indicado que el Gobierno tiene previsto revisar el mecanismo de tratamiento de las denuncias por discriminación en el ámbito del empleo y solicita a la delegación que cite las medidas especiales que se han tomado para hacer frente a lo que parece ser una discriminación sistemática en el ámbito del empleo, tanto en el sector público como en el privado, y para garantizar la igualdad en el mercado laboral.

32.La Sra. JANUARY-BARDILL comprende perfectamente que Bosnia y Herzegovina, que ha conocido la violencia y la guerra, aspire a la estabilidad y a la paz. Sin embargo, estima que ningún Estado puede pretender alcanzar este resultado en detrimento de sus propios ciudadanos. Expresa su preocupación por la violación de los principios de no discriminación y de igualdad, en particular en materia de educación y de ciudadanía, en Bosnia y Herzegovina y recuerda que estos principios no son derogables ni negociables. Estos problemas, que son de naturaleza política y estructural, necesitan soluciones políticas y estructurales. La oradora recuerda, a este respecto, que Sudáfrica, país del que es residente, también ha conocido, durante el régimen del apartheid, un sistema educativo compartimentado de acuerdo con la pertenencia racial, que se erradicó gracias a la adopción de una legislación por la que se establecía un sistema nacional de educación único para todos.

33.Además, la oradora pide a la delegación que indique si los jueces de los tribunales de numerosos municipios conocen las disposiciones del artículo 7 de la Convención, que establece que los Estados partes deben tomar medidas para favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre naciones y grupos raciales o étnicos, y que precise si, desde su punto de vista, todos los ciudadanos de Bosnia y Herzegovina confían en el sistema de justicia penal del país.

34.Dado que las numerosas medidas mencionadas en el párrafo 53 y siguientes párrafos del informe periódico objeto de examen prohíben la discriminación basada en el género en las esferas pública y privada, la Sra. January-Bardill pregunta qué medidas se han tomado en favor de las mujeres que pertenecen a grupos minoritarios y si la prohibición de la discriminación basada en el género también se respeta.

35.El PRESIDENTE declara que el examen de los informes periódicos inicial y segundo a sexto de Bosnia y Herzegovina continuará en la siguiente sesión.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.

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