Naciones Unidas

CERD/C/SR.2027

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

12 de abril de 2011

Español

Original: francés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

77º período de sesiones

Acta resumida de la 2027ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el jueves 12 de agosto de 2010, a las 10.00 horas

Presidente:Sr. Kemal

Sumario

Examen de los informes, observaciones e información presentados por los Estadospartes de conformidad con el artículo 9 de la Convención (continuación)

Informe s periódico s 17º a 19º de Francia (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas .

Examen de los informes, observaciones e información presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 9 de la Convención (tema 4 del programa) (continuación)

Informes periódicos 17º a 19º de Francia (CERD/C/FRA/17-19; CERD/C/FRA/Q/17-19) (continuación)

1. Por invitación del Presidente, la delegación francesa toma asiento como participante en la Mesa del Comité .

2.El Sr. Leyenberger (Comisión Nacional Consultiva de Derechos Humanos) dice que la Comisión Nacional Consultiva de Derechos Humanos es una de las más antiguas instituciones francesas de promoción y protección de los derechos humanos, ya que fue fundada en 1947 por iniciativa de René Cassin. Establecida de conformidad con los Principios de París, su misión consiste, en virtud de la Ley Nº 90-165 de 13 de julio de 1990, en presentar al Primer Ministro un informe anual sobre la lucha contra el racismo, el antisemitismo y la xenofobia en Francia, misión reafirmada en virtud de la Ley Nº 2007‑292 de 5 de marzo de 2007.

3.El representante señala que la Comisión Nacional Consultiva, que participó en la preparación del informe examinado, ha sido invitada a ejercer una mirada crítica y a formular observaciones sobre el proyecto de informe antes de su envío al Comité y que está facultada para hacer públicos sus comentarios en forma de dictamen. La Comisión se encarga del seguimiento de las observaciones finales y las recomendaciones generales del Comité. En 2009 la Comisión publicó por vez primera un volumen que incluye una visión general y sistemática de las observaciones y recomendaciones hechas a Francia por los órganos de las Naciones Unidas y las organizaciones regionales, como el Consejo de Europa, que le remiten recomendaciones análogas.

4.Con respecto a la aplicación de la Convención por parte de Francia, el Sr. Leyenberger observa que buen número de las cuestiones planteadas por los miembros del Comité en la sesión anterior coinciden con las observaciones y recomendaciones de los miembros de la Comisión. A este respecto, la Comisión presentó el 21 de marzo de 2010 al Primer Ministro un informe sustantivo sobre la cuestión de la lucha contra el racismo, el antisemitismo y la xenofobia. Verdadero barómetro de estos fenómenos en la opinión pública, este informe contiene varias recomendaciones al Gobierno, en particular la propuesta de establecer un plan de acción nacional contra el racismo, de conformidad con el Programa de Acción de la Conferencia Mundial contra el Racismo de Durban. La información facilitada la víspera por la delegación francesa acerca de la creación inminente de ese mecanismo inspira confianza. En su informe, la Comisión también recomendó que la Comisión interministerial contra el racismo se convirtiera en el instrumento de coordinación de todas las iniciativas públicas de lucha contra el racismo. Lamentablemente, dicho organismo sólo se reúne esporádicamente y no es la herramienta de supervisión que debería ser.

5.Las manifestaciones de racismo en Internet son un constante motivo de preocupación para la Comisión, ya que Internet se ha convertido, tanto en Francia como en el resto del mundo, en el vehículo más accesible para transmitir ideas racistas y xenófobas, perpetuar estereotipos y alentar sentimientos hostiles contra los judíos, musulmanes, extranjeros o inmigrantes. El Ministerio del Interior creó en enero de 2009 la plataforma de denuncia PHAROS, que ha supuesto un verdadero avance en la identificación y condena del fenómeno racista en Internet. No obstante, en vista de la naturaleza y el auge de los hechos constatados y, del riesgo que entrañan, el Gobierno francés debería fijar como prioridad política una acción específica y concertada en la materia. La Comisión reitera su constante recomendación de crear un observatorio público del racismo, el antisemitismo y la xenofobia en Internet.

6.En Francia últimamente se ha vivido un debate sobre el uso del velo, que ha generado cierta controversia. El Consejo de Estado expuso su reticencia a establecer una prohibición general e incondicional del velo integral, al igual que la Comisión, que había considerado que una prohibición general sería inoportuna, habida cuenta del carácter marginal del fenómeno, y de difícil aplicación, y había recordado la existencia de normas de seguridad pública en algunos lugares y la necesidad de apoyar a las mujeres víctimas de la violencia y de fortalecer la educación y la formación, especialmente en el ámbito de los derechos humanos. Se aprobaron un proyecto de ley que prohíbe el ocultamiento del rostro en los espacios públicos y una resolución de todos los grupos parlamentarios de la Asamblea Nacional para recordar los valores fundamentales, tales como la libertad, el laicismo, la dignidad y la igualdad entre hombres y mujeres. La Comisión también se pronunció sobre el reciente proyecto de ley de inmigración, integración y nacionalidad en un dictamen de fecha 5 de julio de 2010.

7.El Sr. Leyenberger expresa la preocupación de la Comisión por las declaraciones oficiales de carácter discriminatorio contra los romaníes y los itinerantes. Recuerda que la Comisión publicó un estudio exhaustivo sobre la cuestión en 2008, con una serie de propuestas para evitar incurrir en cualquier tipo de estigmatización o amalgama, así como un comunicado reciente.

8.Las recientes propuestas del Gobierno de ampliar el número de casos en que una persona puede verse privada de la nacionalidad francesa y suprimir la adquisición automática de la nacionalidad, a la mayoría de edad, para los menores nacidos en Francia que hayan sido condenados, contravienen el principio de igualdad y agravarían la estigmatización de los ciudadanos franceses de origen extranjero. La Comisión advierte constantemente contra las discriminaciones individuales y colectivas y recusa cualquier lógica comunitarista. Considera que toda precaución es poca tratándose de la igualdad de todos los ciudadanos, con independencia de su origen.

9.La Comisión celebra el papel desempeñado por la Autoridad superior de lucha contra la discriminación y a favor de la igualdad (HALDE) desde su creación y espera que pueda seguir desarrollando sus actividades en el campo de la efectividad de los derechos. Este organismo ha contribuido a que los responsables políticos, los medios de comunicación y las grandes empresas tengan más en cuenta la diversidad de la sociedad francesa.

10.La Sra. Dubrocard (Francia), en respuesta a la cuestión planteada acerca de la compatibilidad del principio de la indivisibilidad de la nación con la aceptación de las particularidades y la diversidad que la caracterizan, recuerda que el principio de la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley constituye el fundamento de la política francesa de lucha contra la discriminación y en particular contra la discriminación racial. Francia se adhiere a la concepción de un pueblo compuesto por todos los ciudadanos sin distinción de origen, raza o religión. Este principio no implica la negación de sus diferencias culturales, religiosas o lingüísticas.

11.El Pacto republicano francés no es sinónimo de inmovilismo. La Constitución de 1958 ha sido enmendada en varias ocasiones y la reforma constitucional de 23 de julio de 2008, sin duda una de las más importantes, dispuso nuevos mecanismos para fortalecer la función del Parlamento, renovar el ejercicio del poder ejecutivo y garantizar nuevos derechos a los ciudadanos, mediante la creación de un mecanismo de control de la constitucionalidad de las leyes por iniciativa del ciudadano y el establecimiento del cargo del Defensor de los Derechos.

12.La Sra. Dubrocard hace hincapié en el carácter revolucionario del nuevo sistema de control de la constitucionalidad. Desde el 1º de marzo de 2010, todo litigante puede solicitar la derogación de una ley incompatible con los derechos y libertades amparados por la Constitución. Así es como el Consejo Constitucional determinó el 28 de mayo de 2010 que todos los excombatientes debían percibir las mismas pensiones, con independencia de su nacionalidad.

13.La Sra. Dubrocard dice que Francia es un Estado de derecho en el que se han reforzado los derechos humanos, en particular gracias a la última reforma constitucional. Se ha establecido una amplia jurisprudencia protectora sobre el respeto de los derechos y las libertades y el principio de igualdad, que regula estrictamente las actividades de los poderes públicos en este campo.

14.Con respecto a la cuestión de la constitucionalidad de las declaraciones políticas sobre la privación de la nacionalidad de las personas de origen extranjero que hayan agredido a un agente de la autoridad pública, la Sra. Dubrocard afirma que todavía no se ha elaborado texto legislativo en este campo pero que, llegado el caso, tal texto será sometido al examen del Parlamento y podrá ser objeto de un control de constitucionalidad, como todas las restantes leyes del país.

15.La creación de la figura del Defensor de los Derechos responde exactamente a la preocupación que expresó el Comité en sus observaciones finales sobre el anterior informe periódico de Francia respecto al solapamiento de los dispositivos creados para promover la integración y luchar contra la discriminación y el riesgo de que se diluyan consiguientemente los esfuerzos desplegados por Francia para luchar contra la discriminación racial y la xenofobia (CERD/C/FRA/CO/16, párr. 11). El objetivo de esta figura es dar mayor coherencia al sistema francés de protección de los derechos y libertades de los ciudadanos, tomando el relevo a toda una serie de entidades independientes encargadas de ofrecer esta protección. Cualquier persona que se considere agraviada por el funcionamiento de una administración o un servicio público podrá presentar una reclamación ante el Defensor de los Derechos. Este último podrá interesarse por las iniciativas emprendidas por particulares en materia de protección infantil y por toda forma de discriminación directa o indirecta prohibida por ley o por un tratado internacional debidamente firmado y ratificado por Francia. El Defensor de los Derechos dispondrá de amplias facultades para investigar, podrá actuar de oficio y ser escuchado por cualquier tribunal. Podrá emitir órdenes de conminación si sus recomendaciones quedan sin efecto y el hecho de no respetar sus prerrogativas de investigación conllevará sanciones. Rendirá cuentas de sus actividades ante el Presidente de la República y el Parlamento. Por el momento se prevé que sus funciones se solapen con las del Mediador de la República, el Defensor del Niño, la Comisión Nacional de Deontología de la Seguridad y la Autoridad superior de lucha contra la discriminación y a favor de la igualdad (HALDE). La representante aclara que por ahora se trata sólo de un proyecto de ley que deberá ser debatido en la Asamblea Nacional. El objetivo de esta entidad sería dar una dimensión sin precedentes al sistema francés de protección de los derechos y libertades.

16.En cuanto a la revalorización de las pensiones de los excombatientes, la delegada recuerda que el Presidente Sarkozy declaró el 13 de julio de 2010: "hay deudas que nunca prescriben", y anunció que se igualarían en breve las pensiones de los excombatientes africanos con las que perciben los veteranos franceses. A partir del 1º de enero de 2011 Francia dispondrá de un régimen de pensiones plenamente conforme a su Constitución. Esta nueva legislación debería beneficiar a 30.000 personas.

17.Con respecto a la evaluación de la composición étnica de la población, la Sra. Dubrocard recuerda que el artículo 1 de la Constitución establece que la República francesa "garantiza la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos sin distinción de origen, raza o religión" (ibíd., párr. 14). En concreto, el concepto francés implica por lo tanto que la afirmación de la identidad es el resultado de una elección personal, y no de criterios aplicables para definir a priori a uno u otro grupo en particular y de los que se derivaría un régimen jurídico distinto. Este enfoque ampara tanto el derecho de toda persona a reconocer una tradición cultural, histórica, religiosa o filosófica como su derecho a rechazarla. Francia siempre ha insistido en este punto en los foros internacionales, donde ha señalado los efectos perversos que puede producir una concepción demasiado rígida de la protección de las minorías, en particular cualquier intento de definir criterios generales de pertenencia a minorías o incluso de llevar a cabo verdaderos censos de personas pertenecientes a esas minorías. Esta concepción, lejos de ser inamovible, se basa en una constante reflexión nacional, cuyo último episodio importante fue la presentación, el 17 de diciembre de 2008, de las conclusiones de un comité de reflexión sobre el Preámbulo de la Constitución, el denominado "Comité Veil", que, en particular, estimó que no podía considerarse el actual marco constitucional como un obstáculo para la aplicación de ambiciosas medidas de acción afirmativa, especialmente en favor de las poblaciones de origen extranjero que adolecían de un déficit de integración en la sociedad francesa.

18.La Sra. Dubrocard recuerda asimismo que el Consejo Constitucional estimó, en su decisión Nº 2007-557 de 15 de noviembre de 2007, que los datos objetivos que pueden considerarse en los estudios sobre el alcance de la diversidad de orígenes de las personas, la discriminación y la integración no pueden basarse en el origen étnico o la raza, pero pueden en cambio fundarse en los apellidos, el origen geográfico o la nacionalidad anterior a la francesa y que estas características permiten conocer de forma precisa la población y sus necesidades. Teniendo en cuenta estos criterios, además del sentimiento de pertenencia, se podrían obtener resultados bastante comparables al referente étnico o racial. Francia no considera pues necesario aprobar una nueva ley para medir el alcance y los mecanismos de la discriminación racial en el país.

19.La Sra. Smirou (Francia) dice que pese a las medidas voluntaristas del Gobierno francés contra la violencia racista y antisemita, en particular el registro transparente y exhaustivo de los actos cometidos, que sirve para evaluar mejor el fenómeno, el nivel de actos racistas y antisemitas en el país sigue siendo demasiado alto. A principios de 2010 el Estado encomendó a un prefecto, Michel Morin, que coordinara la acción de las autoridades competentes en la materia e hiciera propuestas para mejorar el conocimiento estadístico de los actos antisemitas y racistas. Sus propuestas serán dadas a conocer en principio dentro de unos meses.

20.El Ministerio del Interior se ha asociado con los órganos representativos de las comunidades judía y musulmana, en particular el Servicio de Protección de la Comunidad Judía (SPCJ) y el Consejo Francés del Culto Musulmán (CFCM). En junio de 2010, el Ministerio del Interior firmó con esta última organización un acuerdo marco para mejorar el seguimiento estadístico de los actos hostiles a los musulmanes de Francia. La policía y la gendarmería mantienen un registro mensual de los actos racistas y antisemitas a partir de los datos recogidos a nivel nacional por el Ministerio del Interior y cotejados con la información de las organizaciones judías y musulmanas. Entre el 1º de enero y el 31 de mayo de 2010, el Ministerio detectó 380 actos racistas y xenófobos y 222 actos xenófobos, o sea un descenso del 22% de los actos racistas y del 61% de los actos xenófobos con respecto al mismo período de 2009. El número de condenas dictadas por actos de racismo va en aumento constante, pero esta tendencia se debe menos a un aumento de los actos racistas que a una mejor aprehensión del fenómeno y a un sensible aumento del número de denuncias presentadas. El nivel medio de las penas de prisión en firme dictadas por la comisión de esos delitos pone de relieve la severidad de los tribunales frente a hechos de esa naturaleza.

21.Como explicó la víspera el jefe de la delegación, Francia distingue en efecto entre los itinerantes y los romaníes, ya que los primeros son en su inmensa mayoría ciudadanos franceses (entre 300.000 y 400.000). El término "itinerantes" [ gens du voyage ] es una noción administrativa que permite evitar la distinción entre ciudadanos franceses en función de su origen y designar su modo de vida itinerante. Los romaníes son en su mayoría sedentarios originarios de países de Europa Central y Oriental, principalmente Bulgaria y Rumania.

22.La Sra. Smirou señala que la Autoridad superior de lucha contra la discriminación y a favor de la igualdad (HALDE) elaboró en otoño de 2009 un informe especial sobre la cuestión del derecho de voto y los permisos de circulación de los itinerantes y solicitó la supresión de la exigencia impuesta a los itinerantes de hacerse sellar cada tres meses un permiso por la policía o la gendarmería. Esta exigencia, establecida en la Ley de 3 de enero de 1969 se justifica por el hecho de que los itinerantes carecen de arraigo permanente o de domicilio fijo y de que constituye la contrapartida a una muy amplia libertad de circulación. El Gobierno anunció que se mantendrían los carnets de circulación pero que se revisarían las condiciones en que deben ser sellados, en colaboración con la Comisión Nacional Consultiva para los Itinerantes, creada en junio de 2010. Algunos itinerantes consideran que los carnets de circulación son un símbolo de su identidad. La HALDE también recomendó revisar la Ley de 1969 para garantizar a los itinerantes un acceso no discriminatorio al derecho de voto. Los itinerantes tienen derecho de voto y cuentan a tal efecto con dos regímenes de inscripción en las listas electorales. El primero les permite elegir el municipio en el que deseen inscribirse, siempre que hayan residido allí al menos tres años, en tanto que el segundo autoriza a las personas sin domicilio fijo a inscribirse en el municipio donde se encuentre la estructura o el centro de acogida autorizado en el que hayan estado inscritas al menos seis meses. En los próximos meses se llevará a cabo una reflexión sobre la armonización de las disposiciones sobre el voto en colaboración con la Comisión Nacional Consultiva para los Itinerantes.

23.La Sra. Dime Labille (Francia) dice que la cuestión de la escolarización de los itinerantes y los romaníes plantea en efecto ciertas dificultades, a pesar del arsenal legislativo que regula el acceso a la educación y de los importantes medios desplegados por las autoridades francesas para garantizar la asistencia de todos los niños a la escuela, que en Francia es gratuita y obligatoria hasta los 16 años. Hay al menos 42 antenas escolares móviles en el territorio, aunque la meta fijada sigue siendo tender puentes hacia una modalidad de escolarización normal. Se forma a docentes para que ayuden a los niños y las familias de las comunidades itinerantes. En los colegios se imparten cursos a los niños extranjeros para que adquieran los rudimentos básicos del francés. Las autoridades francesas involucran a las asociaciones que representan a los itinerantes en todas sus iniciativas.

24.La Sra. Roussel (Francia) afirma que la Ley de 5 de julio de 2000 relativa a la acogida y el alojamiento de las comunidades itinerantes establece claras obligaciones del Estado y las colectividades locales en relación con la creación de zonas de acogida para los itinerantes y ha permitido determinar mejor sus necesidades en la materia y localizar las zonas de construcción adecuadas. Hasta la fecha, el Estado ha sufragado dos terceras partes de las necesidades detectadas y se han puesto en funcionamiento la mitad de las zonas de acogida previstas. En diez años, Francia ha destinado no menos de 300 millones de euros a la creación de zonas de acogida y más de 20 millones de euros por año a su gestión. Aún queda mucho por hacer para movilizar a las colectividades territoriales que siguen sin asumir las obligaciones que les prescribe la ley. Hay importantes diferencias entre departamentos en lo tocante a la acogida y las viviendas que ofrecen a los itinerantes, así como a las tasas que les cobran por usar las zonas de acogida. El Estado francés y la Comisión Nacional Consultiva para los Itinerantes, que dispone de representantes en todos los departamentos, cooperan estrechamente para examinar estas cuestiones. La tendencia a la semisedentarización o a la sedentarización de los itinerantes guarda relación con el envejecimiento de las familias itinerantes y con la fuerte demanda de escolarización y atención de la salud.

25.La Sra. Doublet (Francia) dice que los romaníes procedentes de Rumania y Bulgaria, países miembros de la Unión Europea desde el 1º de enero de 2007, gozan efectivamente de libertad de circulación y residencia en toda la Unión. Sin embargo, el tratado de adhesión de ambos países contempla un período transitorio de siete años (que finaliza en 2013) durante el cual los Estados miembros pueden mantener restricciones al empleo de los nacionales de esos dos países. Francia, al igual que otros nueve países de la Unión Europea, aplica estas restricciones. Por otro lado, conforme al derecho europeo, todo Estado miembro puede cancelar el permiso de residencia de un ciudadano comunitario si se encuentra desempleado, carece de recursos o resulta una carga excesiva para su sistema de seguridad social. En Francia, todas las devoluciones de ciudadanos rumanos y búlgaros se llevan a cabo en el marco de procesos de retorno voluntario y se inscriben siempre en procedimientos individualizados. Existe la posibilidad de ayudas a la reinserción en el país de origen. En 2009, más de 7.000 rumanos percibieron este tipo de ayuda humanitaria al retorno voluntario.

26.El Sr. Bride (Francia) dice que el proyecto de ley sobre la creación del departamento de Mayotte será examinado por el Senado en primera lectura el 18 de octubre de 2010 y probablemente aprobado antes de finales de año. La creación del departamento de Mayotte, que ejercerá a la vez las competencias de un departamento y de una región, está prevista para marzo de 2011. El proceso de restitución de tierras a las tribus canacas de Nueva Caledonia, previsto en los Acuerdos de Numea de 1998 y emprendido a través de la Agencia de Desarrollo Rural y Aprovechamiento de Tierras, está siendo efectivamente largo y difícil. La dificultad estriba en la necesidad de establecer el catastro de todas las tierras de Nueva Caledonia y demostrar entonces que se ha expoliado efectivamente a las tribus canacas.

27.Francia no reconoce el concepto de "pueblo indígena". La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 establece en su artículo 6 que la ley debe ser la misma para todos y que no puede haber entre los ciudadanos otras distinciones que las de sus virtudes y sus talentos. El artículo 1 de la Constitución de 1958 precisa que Francia garantiza la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos sin distinción de origen, raza o religión. Así pues, el principio de la indivisibilidad de la República queda consagrado al más alto nivel del ordenamiento jurídico francés. Francia no reconoce por tanto más que una única nacionalidad francesa y proclama el francés como "idioma de la República", lo cual no obsta en absoluto para que reconozca una ciudadanía caledoniana ni para que haya grabado en el mármol de la Constitución, hace tres años, que las lenguas regionales forman parte del patrimonio de Francia.

28.La imposibilidad jurídica de reconocer la noción de "pueblo indígena" no implica en absoluto la afirmación de la uniformidad ni la negación de la diversidad. La Constitución francesa distingue los departamentos y regiones de ultramar de las colectividades de ultramar, como Mayotte y la Polinesia Francesa, cuyos respectivos estatutos jurídicos reflejan sus intereses particulares en el seno de la República, y les concede una autonomía más o menos extensa. Las colectividades de ultramar pueden elaborar normas, incluidas normas legales, aplicables a su territorio. La Polinesia Francesa y Nueva Caledonia ostentan competencias exclusivas en materia de salud.

29.Francia no reconoce el concepto de "minoría étnica, religiosa o lingüística" pero en cambio reconoce a las poblaciones de ultramar, a las que no priva de sus derechos a una vida cultural propia, a practicar su propia religión o a emplear su idioma propio. Francia no niega pues en modo alguno la diversidad y respeta las particularidades locales. Como prueba de ello, el Sr. Bride se remite a la coexistencia, en Wallis y Futuna, Nueva Caledonia y Mayotte, de dos estatutos: uno regido por el Código Civil y otro por el derecho local o consuetudinario. También menciona, a este respecto, que el Estado francés ha reconocido a los dirigentes tradicionales de Guyana.

30.El Sr. Bride admite que en los territorios de ultramar existen muchas dificultades para que todos los ciudadanos puedan disfrutar del derecho a la salud en pie de igualdad. Explica que las infraestructuras del sistema de atención de la salud se deterioran más rápidamente que en el continente debido a las condiciones climáticas, que la Polinesia Francesa abarca una extensión equivalente al territorio europeo —lo cual incrementa los costos del traslado de pacientes, entre otros— y que la maternidad de Mayotte es la que atiende el mayor número de partos de toda Francia, ya que acoge a numerosas pacientes extranjeras, especialmente procedentes de las Comoras.

31.El Sr. Bride recuerda asimismo que en la Polinesia Francesa y Nueva Caledonia la atención de salud es de competencia de los gobiernos locales, lo cual no deja de plantear ciertos problemas a la hora de armonizar las diversas políticas sanitarias.

32.Tras los graves incidentes que sacudieron algunos departamentos de ultramar en 2009, el Gobierno convocó, el 19 de enero de 2009, los "Estados Generales de Ultramar" —amplio proceso de consultas en el que participaron miles de personas anónimas, representantes políticos locales y profesionales—, así como un Consejo Interministerial de Ultramar, que ha adoptado 137 medidas concretas y variadas, inspirándose en esta consulta. Cabe citar la designación, en cada departamento de ultramar y en Mayotte, de un subprefecto responsable de la cohesión social, el compromiso de reducir a la mitad, en diez años, la brecha estadística que existe entre los departamentos y territorios de ultramar y la metrópoli en materia de analfabetismo, la voluntad de integrar mejor la historia y las culturas de los departamentos y territorios de ultramar en los planes de estudios o la proclamación de 2011 como "Año de la Francia de Ultramar".

33.El Gobierno tiene la firme determinación de luchar contra el racismo en los eventos deportivos, especialmente los partidos de fútbol. Esta cuestión suscita la preocupación del Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia y la Secretaría de Estado para el Deporte, así como de la Liga de Fútbol Profesional y la Federación Francesa de Fútbol. Los diversos actores del mundo del fútbol se reúnen mensualmente para discutir esta cuestión en el marco de la Comisión Nacional Mixta de Seguridad y Animación en los Estadios.

34.El Sr. Bride aclara que además de las leyes que castigan de manera general las infracciones y delitos racistas, el Código del Deporte tipifica como delito, en su artículo L 332-7, la introducción, el uso o la exhibición de signos, insignias o símbolos que remitan a una ideología racista o xenófoba en un recinto deportivo o en el transcurso de un evento deportivo y, en su artículo L 332-6, el hecho de incitar a los espectadores, por cualquier medio, al odio o a la violencia contra un árbitro, un jugador o cualquier otra persona o grupo de personas presentes en un recinto deportivo o en el transcurso de un evento deportivo. Estas infracciones, entre las que figura la incitación al odio racial, se castigan con penas de prisión, multas o la prohibición de asistir a estadios deportivos.

35.El Ministerio de Justicia ha creado para los jueces, la policía y los actores del mundo del deporte una guía metodológica que pasa revista a los posibles delitos racistas en un recinto deportivo. Por otro lado, las instrucciones de fecha 27 de octubre de 2009 y 9 de agosto de 2010 recuerdan la obligación de los fiscales de luchar eficazmente contra todas las formas de racismo en los eventos deportivos. Por último, el Sr. Bride señala que la legislación francesa prevé la posibilidad de disolver por decisión administrativa las asociaciones de hinchas violentos, como ocurrió recientemente con una asociación de aficionados del club parisino Paris Saint-Germain.

36.El Sr. Trapp (Francia) dice que el Gobierno francés considera que la cuestión del uso del velo integral no es competencia del Comité, que debería ocuparse de la discriminación racial y no de la religiosa. Tratar esta cuestión en el Comité supondría según Francia una peligrosa amalgama entre raza y religión. No obstante, dado que los actos discriminatorios pueden estar motivados por diversos factores concomitantes, como la raza y la religión, la raza y el sexo e incluso la raza y la discapacidad, la delegación francesa está dispuesta a abordar este tema, una vez aclarada su posición de principio.

37.El hecho de que el laicismo constituya un principio fundamental de la República Francesa no exime al Estado de proteger la libertad de conciencia ni de luchar contra la discriminación por motivos de religión o de creencias. En el ámbito de la educación nacional, el uso de signos religiosos no es incompatible con el laicismo; están prohibidos únicamente los signos ostensibles, el proselitismo y las prendas que impidan seguir las clases de educación física y deportiva o realizar los trabajos prácticos.

38.El Sr. Trapp dice que el 15 de marzo de 2004 se aprobó, tras un largo proceso de reflexión, la "Ley relativa al uso de signos y prendas de vestir que indiquen ostensiblemente la pertenencia a una religión en los establecimientos de enseñanza primaria y secundaria, en aplicación del principio del laicismo". Recuerda que esta ley no afecta a los colegios privados ni a la enseñanza superior y que autoriza el uso de signos discretos. Por otro lado, no se refiere a ninguna confesión religiosa en particular y no establece una lista de signos religiosos prohibidos. Corresponde a los directores decidir, caso por caso, si determinado comportamiento contraviene el principio del laicismo y, llegado el caso, entablar un diálogo con el alumno en cuestión y sus padres para explicarles que cambiar de comportamiento no implica renunciar a sus creencias. Si fracasa el proceso de conciliación, la ley establece sanciones individuales que pueden llegar hasta la expulsión del alumno, decidida en un consejo disciplinario. Esta decisión definitiva queda sujeta al control de un juez administrativo, que debe asegurarse de su conformidad con la ley. En tales casos, las autoridades académicas examinan con el alumno las modalidades para que pueda proseguir sus estudios, ya sea en escuelas privadas o a través del Centro Nacional de Educación a Distancia (CNED), ya que el alumno expulsado no puede verse privado de su derecho a la educación.

39.Un año después de la entrada en vigor de la Ley (julio de 2005) el 90% de los 639 alumnos que se presentaron a clase con signos religiosos ostensibles, al empezar el año escolar 2004/2005, decidieron acatar la Ley tras reunirse con el director de su centro de enseñanza. Sobre un total de 2 millones de alumnos matriculados en Francia aquel año escolar, apenas 47 fueron expulsados. A inicios del año escolar 2008/2009 no se abrió expediente disciplinario a ningún alumno. Por otro lado, desde la entrada en vigor de la Ley, los tribunales administrativos han rechazado los 31 recursos presentados para anular decisiones de expulsión, y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró inadmisibles diversas demandas presentadas contra Francia por expulsiones de alumnos decididas en virtud de esta Ley.

40.La ley que prohíbe la ocultación del rostro en los espacios públicos fue aprobada el 19 de mayo de 2010 por el Consejo de Ministros y el 13 de julio de 2010 por la Asamblea Nacional. Esta ley es el resultado de una larga labor legislativa y de una misión de información parlamentaria compuesta de 32 diputados, que escucharon las opiniones de los representantes de asociaciones de defensa de los derechos humanos y de la confesión musulmana en Francia, entre otros. Las consultas efectuadas pusieron de relieve dos puntos de consenso: el uso del velo integral, por un lado, no es una obligación religiosa sino más bien una práctica cultural y, por otro, es contrario a los valores de la República Francesa. El Gobierno preparó así un proyecto de ley para defender y promover la dignidad de la mujer —cuya emancipación resulta incompatible con el uso del velo, que la aísla de la sociedad— y garantizar el mantenimiento del orden y la seguridad pública, velando por que cada individuo de la sociedad actúe a cara descubierta. El proyecto de ley no se refiere por lo tanto a una práctica religiosa o a una comunidad confesional en particular, y se ajusta a este respecto a las obligaciones internacionales de Francia.

41.La Sra. Dah expresa su preocupación por la idea de que la institución del Defensor de los Derechos, a punto de ser creada, que tiende a abarcar todos los mandatos del Defensor del Niño, la Comisión Nacional de Deontología de la Seguridad, la Autoridad superior de lucha contra la discriminación y a favor de la igualdad (HALDE) y el Mediador de la República, posea en la práctica menos atribuciones que estas cuatro instituciones tomadas por separado.

42.La Sra. Dah no comprende por qué se obliga a los itinerantes —que no son delincuentes y en su mayoría son franceses de larga data— a ir a fichar a la comisaría de policía cada tres meses para recibir un carnet de circulación, pero no a tener documentos de identidad, y se pregunta si no sería más lógico sustituir dicho carnet por una tarjeta nacional de identidad, que es el documento que los franceses deben presentar con más frecuencia en la vida cotidiana.

43.El Sr. Pellet (Francia) señala que durante el examen de los informes periódicos 15º y 16º de Francia, el Comité había expresado su preocupación por el riesgo de solapamiento entre las actividades de las diversas instituciones de defensa de los derechos humanos. Es precisamente para darles más visibilidad que el Gobierno está tratando de establecer un organismo único de coordinación en este ámbito. Asegura a los miembros del Comité que se tiene en gran consideración la labor de la HALDE y que se tendrán en cuenta las inquietudes expresadas respecto a una eventual dilución de las competencias de los diversos organismos existentes.

44.El Sr. Pellet indica que en los próximos meses se desarrollará un proceso de reflexión sobre cuestiones relativas a los itinerantes, en particular a los documentos de identidad y de circulación, que tendrá lugar en el marco de la Comisión consultiva de los itinerantes, compuesta por 30 personas, a saber 10 representantes del Estado, 10 representantes de las colectividades locales y 10 representantes de los itinerantes. El Comité será informado de los resultados de este diálogo.

45.La Sra. de Broca (Francia) dice que la figura del Defensor de los Derechos se instituyó en 2008 para fortalecer los derechos y que el actual proceso de reestructuración no pretende en ningún caso debilitar el sistema de protección existente.

46.El Sr. Avtonomov desea saber si la reforma del Código de Procedimiento Penal, que prevé la eliminación de la figura del juez de instrucción, tendrá repercusiones particulares sobre la instrucción de delitos relacionados con la Convención. También pregunta si las leyes relativas a los itinerantes se aplican también a las numerosas personas que viven en barcos.

47.El Sr. Grandsire (Francia) dice que la reforma del Código de Procedimiento Penal se encuentra en fase de examen y que se estudian modalidades para reemplazar a los jueces de instrucción manteniendo al mismo tiempo suficientes garantías de independencia en la tramitación de expedientes. En el sistema actual, los jueces de instrucción instruyen una diminuta proporción de causas, por debajo del 5%. De adoptarse el nuevo dispositivo, la fiscalía se haría cargo de las investigaciones y se estudia la posibilidad de crear la figura de un juez de investigación y de libertades, garante del buen funcionamiento del proceso penal. Es prematuro dar por ahora respuestas más precisas sobre este proyecto.

48.El Sr. Grandsire dice que la tramitación de las infracciones relacionadas con la Convención probablemente se verá modificada en parte, pero ni más ni menos que los demás procedimientos. No hay pues a este respecto ninguna particularidad desde el punto de vista del procedimiento.

49.El Sr. Amir expresa que la privación de la nacionalidad se basa en la sección del Código Civil dedicada al derecho de suelo, o jus soli, y que esta medida se adopta únicamente en casos especiales. Pregunta si se van a modificar los artículos relativos al jus soli y subraya que toda eventual modificación debería llevarse a cabo conforme a la Constitución, ya que las disposiciones relativas a la nacionalidad tienen carácter constitucional.

50.En lo que respecta a la privación de la nacionalidad francesa a los ciudadanos de origen extranjero condenados por poligamia o incitación a la circuncisión femenina, así como a los delincuentes de origen extranjero que hayan atentado contra la vida de un policía o un gendarme, el Sr. Amir considera que una pena de treinta años de prisión sin posibilidad de reducción por el hecho de matar a un policía o un gendarme constituye de por sí una medida muy contundente y pregunta cuál será la nacionalidad de esos delincuentes cuando salgan de la cárcel, y en particular si aquellos que hayan sido privados de la nacionalidad francesa serán devueltos a su país de origen o si se estudiará la posibilidad de concederles el estatuto de apátridas. También pregunta si las medidas de seguridad adoptadas resultan verdaderamente disuasorias y pueden servir para neutralizar la comisión de actos delictivos y si el Estado parte considera asimismo la posibilidad de equilibrar la balanza adoptando medidas de reinserción socioeconómica para los delincuentes.

51.La Sra. Dubrocard (Francia) dice que no está en condiciones de responder a la pregunta sobre la privación de la nacionalidad, ya que este proyecto todavía no se ha elaborado y no hay ningún texto disponible al respecto. Sin embargo, señala que el artículo 25 del Código Civil ya prevé la posibilidad de dictar una medida de privación de la nacionalidad por hechos delictivos graves, a condición de que ello no implique convertir al delincuente en apátrida. El jus soli francés no es incompatible con la privación de la nacionalidad. En cuanto a las medidas de reinserción, si bien considera que no conciernen directamente al debate relativo a la Convención, puntualiza que la nueva ley penitenciaria multiplica las penas alternativas a la prisión y está más orientada hacia la reinserción de los infractores.

52.El Sr. Ewomsan solicita a la delegación que informe al Comité sobre la distribución de tierras en Nueva Caledonia, ya que según han informado organizaciones de la sociedad civil, parece que se lleva a cabo de forma discriminatoria, en proporciones de 7 hectáreas para un canaco y 100 hectáreas para un europeo.

53.El Sr. Pellet dice que su delegación no está en condiciones de responder a la pregunta del Sr. Ewomsan pero que la transmitirá a las autoridades competentes.

54.El Sr. Diaconu dice que el hecho de conceder mayor espacio a las minorías en la sociedad francesa no menoscabaría en absoluto la unidad del Estado francés y sería un factor de mayor igualdad entre todos los ciudadanos. En cuanto a los romaníes, considera que hacerlos regresar a Rumania no resuelve el problema, ya que en Rumania hay otros dos millones de romaníes que vendrían a ocupar su lugar. Así pues, es necesario encontrar una solución a nivel europeo para toda esta población.

55.El Sr. Alves Lindgren observa que los resultados de la aplicación de la ley sobre signos religiosos parecen satisfactorios, según lo que señala a este respecto el informe del Sr. Régis Debré.

56.El Sr. Saidou pregunta si la delegación francesa dispone de datos estadísticos sobre las condenas o sanciones penales impuestas a agentes encargados de la aplicación de la ley, en particular policías, por actos de discriminación.

57.La Sra. Smirou (Francia) responde al Sr. Saidou que el Ministerio del Interior no dispone de datos sobre las condenas dictadas por ese motivo, pero sí de datos sobre las sanciones disciplinarias o administrativas impuestas a agentes de policía. Se trata de sanciones dictadas en relación con todas las infracciones de la deontología cometidas por policías, de modo que no se limitan a los actos violentos, eventualmente discriminatorios. En 2008 se impusieron 3.423 sanciones disciplinarias a agentes de policía, 163 de ellas por actos violentos (14 casos se saldaron con la expulsión del cuerpo de los agentes implicados o medidas análogas y 4 con su retiro forzoso).

58.El Sr. Grandsire (Francia) indica que el Ministerio de Justicia carece de los recursos necesarios para presentar los datos solicitados por el Comité, a partir de sus bases de datos. Sin embargo, puede informar de que en 2008 se dictaron 678 sentencias condenatorias por hechos que incluían una infracción de connotación racista, pero que este dato abarca a la población en su conjunto y no exclusivamente a la policía.

59.El Sr. Pellet (Francia) dice que el último número de la revista trimestral de la Gendarmería Nacional, titulado "Libertad, Igualdad y Diversidad", del cual entrega un ejemplar al Presidente, incluye artículos dedicados a la discriminación y a la HALDE que ilustran los esfuerzos realizados para sensibilizar a las fuerzas del orden sobre los problemas de discriminación.

60.El Sr. Thornberry pregunta cuál es la responsabilidad del Estado francés en la prestación de servicios educativos y otros servicios básicos a los romaníes residentes en su territorio. También pide a la delegación que informe sobre la posición de Francia respecto al concepto de "pueblos indígenas", que refuta pese a haber votado a favor de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.

61.La Sra. Dubrocard (Francia) dice que las instituciones francesas se hacen cargo de los romaníes rumanos o búlgaros en cuanto extranjeros que llegan a Francia. El informe periódico de Francia presenta el dispositivo y las medidas adoptadas por el Estado para hacerse cargo de forma específica de los recién llegados, en particular las medidas destinadas a escolarizar y enseñar el francés a los niños extranjeros.

62.La Sra. Dime Labille (Francia) destaca las "aldeas de inserción de los romaníes", proyecto piloto llevado a cabo en Francia y que podría servir de ejemplo a nivel europeo y ampliarse en Francia, ya que varios departamentos han mostrado su interés por este concepto.

63.El Sr. Pellet (Francia) precisa que Francia es consciente de que su posición sobre el concepto de "pueblos indígenas" es minoritaria en las Naciones Unidas y que decidió no oponerse al amplio consenso suscitado por la adopción de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. Dicho esto, Francia pretende explicar las restantes medidas que ha adoptado para promover los derechos de los pueblos indígenas. Mantiene por lo tanto su posición, pero admite al mismo tiempo la posibilidad de evolucionar en este punto.

64.El Sr. Cali Tzay recuerda que Francia se comprometió en su momento a adoptar sanciones contra Ricardo Cavallo en relación con las violaciones de los derechos humanos cometidas en la Argentina. Considera paradójico que se pueda plantear la posibilidad de privar de su nacionalidad a franceses de origen extranjero cuando no ha sido posible sancionar a Ricardo Cavallo de manera adecuada, por lo que solicita información sobre la evolución de este caso.

65.El Sr. Prosper (Relator para Francia) celebra los numerosos elementos positivos evocados en el transcurso del diálogo con Francia, pero recuerda que la función del Comité también consiste en formular observaciones críticas con espíritu constructivo. Constata que se han llevado a cabo debates de orden técnico sobre los distintos instrumentos aplicados en Francia para luchar contra la discriminación, pero considera que sería útil debatir en el futuro acerca de la naturaleza misma de los problemas de discriminación y abordarlos en detalle, precisando qué grupos son víctimas de discriminación. A este respecto, subraya que Francia quizás debería reconsiderar su punto de vista sobre las estadísticas, cuyo propósito no es agravar la percepción que se tiene de la discriminación sino comprender su naturaleza y alcance en aras de una respuesta apropiada. Insta por lo tanto al Estado parte a presentar al Comité más datos desglosados y determinar qué grupos sufren mayor discriminación y por qué razones.

66.El Sr. Prosper acoge con satisfacción el proyecto de plan nacional de lucha contra el racismo anunciado y espera con interés mayor información al respecto. Este plan supondrá probablemente un desafío a que el Gobierno deberá hacer frente si quiere solucionar los problemas de armonización de enfoques y procesos administrativos y generar un consenso en la sociedad francesa sobre la naturaleza exacta de los problemas. Dicho plan también debería tratar cuestiones como los medios susceptibles de cambiar el comportamiento de los autores de actos de discriminación, los problemas y la integración de los inmigrantes recién llegados y la cuestión de los romaníes y los itinerantes, así como ser lo bastante amplio para abarcar asimismo las cuestiones relativas a los departamentos y territorios de ultramar.

67.El Sr. Pellet declara a modo de conclusión que Francia es consciente de las dificultades mencionadas, que está abierta a la reflexión sobre la resolución de estos problemas y que se mantiene fiel a su idea de recusar toda lógica comunitaria. Las observaciones del Comité serán de gran utilidad en el marco de la elaboración del plan nacional de lucha contra el racismo para determinar los elementos e instrumentos destinados a progresar y avanzar, ya que existe en Francia una verdadera voluntad política de avanzar por la senda de la lucha contra la discriminación.

Se levanta la sesión a las 13.05 horas.