Distr.

G ENERAL

CERD/C/SR.1 50 1

21 de julio de 200 3

ESPAÑOL

Original : INGL ÉS

COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN RACIAL

60 º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 1 50 1 ª SESIÓN

celebrada en el Palacio de las Naciones , Ginebra,

el jueves 7 de marzo de 200 2 , a las 1 5 . 0 0 horas

Pr esident e : Sr. DIACONU

SUMARIO

EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN ( co n tinuación )

Decimocuarto informe periódico de Austria

CUESTIONES DE ORGANIZACIÓN Y OTROS ASUNTOS ( continuación )

___ _______________

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo . De berán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Sección de Edición de los Documentos Oficiales, Oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas se reunirán en un documento único que se publicará poco después de la clausura del período de sesiones.

GE.0 2 - 4 0 691 (EXT . )

Se declara abierta la sesión a las 1 5 .10 hora s .

EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN (tema 6 del programa) ( continuación )

Decimocuarto informe periódico de Austria (CERD/C/362/Add.7; HRI/CORE/1/Add.8; CERD/C/319/Add.5; información adicional proporcionada por la delegación (documento sin signatura, distribuido en la sala únicamente en inglés))

1. Po r invitación del Presidente, los miembros de la delegación de Austria toman asiento a la mesa del Comité .

2. El Sr. DOSSI (Austria) observa que en 1999 el Comité solicitó en sus observaciones finales que el 14º informe periódico fuera un informe de actualización y dice que su delegación va a abordar las cuestiones específicas que se plantean en las observaciones finales y a proporcionar información complementaria sobre las últimas novedades.

3. E n 2001 el Parlamento de Austria enmendó la Constitución de manera que proclamara el compromiso del país a todos los niveles administrativos "con su diversidad lingüística y cultural, que ha evolucionado con el transcurso del tiempo y encuentra su expresión en los grupos étnicos autóctonos, cuyos idioma, cultura y protección continuada serán respetados, salvaguardados y promovidos" . Esa disposición nueva y básica servirá de directriz tanto para la adopción de legislación como para la administración, y está sujeta al examen del Tribunal Constitucional.

4. En los últimos dos años el apoyo financiero que se presta a los grupos étnicos autóctonos se ha mantenido al mismo nivel, a pesar de los recortes presupuestarios generales . Recientemente el Parlamento de Austria promulgó una nueva Ley de radio y teledifusión, en la que se estipula que los idiomas de las minorías nacionales deben estar representados en la programación televisiva, y se obliga a las principales empresas de teledifusión a colaborar con las emisoras de radio locales administradas por minorías nacionales, ya que la experiencia ha demostrado que era casi imposible para dichas minorías administrar emisoras de radio sin ayuda externa . Desde junio de 2000 se han empezado a colocar señales bilingües que indican nombres topográficos en el estado de Burgenland, situado en el extremo este del país, que cuenta con un número importante de habitantes croatas y húngaros.

5. El 20 de febrero de 2002 Austria depositó su declaración en virtud del artículo 14 de la Convención . Recientemente , la Unión Europea emitió directivas contra la discriminación racial, y el Gobierno está estudiando la posibilidad de adoptar una legislación amplia que dé efecto a esas directivas y establezca un órgano nacional con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 14 de la Convención . El artículo 13 del Tratado de creación de la Comunidad Europea sirvió de base para la promulgación de legislación de lucha contra la discriminación basada en el sexo, la raza, el origen étnico, la religión, la discapacidad, la edad o la orientación sexual . Además, el Consejo de la Unión Europea adoptó recientemente dos directivas que se refieren respectivamente a todas las formas de discriminación en el empleo y a la discriminación racial en campos más amplios, entre ellos muchos aspectos generales de la vida cotidiana . En la actualidad el Gobierno de Austria redacta una ley única general para dar efecto a esas directivas, que debería aprobarse a más tardar para julio de 2003.

6 . Un fondo de reconciliación que se estableció para indemnizar a las personas que fueron sometidas a trabajos forzosos o esclavitud durante la época nazi ha distribuido unos 110 millones de euros a decenas de miles de solicitantes, la mayoría de los cuales viven en Polonia, la República Checa, Belarús, Ucrania, Hungría y Rusia . Además, el Fondo Nacional de la República de Austria para las víctimas del nacionalsocialismo ha pagado cantidades a tanto alzado a más de 27.000 personas por un importe de 150 millones de euros aproximadamente en sus seis años de existencia . Los Gobiernos de Austria y de los Estados Unidos de América firmaron en 2001 un acuerdo en el que se exigía la indemnización inmediata a los supervivientes de la época nazi y se establecía un fondo general de pago para las reclamaciones relativas a la liquidación de negocios, cuentas bancarias y otras propiedades.

7 . El Sr. ANDRE (Austria) dice que el Ministerio del Interior coopera estrechamente con las organizaciones no gubernamentales (ONG), en particular en el marco del Consejo Consultivo de Derechos Humanos . Según lo dispuesto en la Ley de la Policía de Seguridad, el Consejo tiene derecho a enviar delegaciones para visitar todos los servicios e instalaciones administrativos, de mando y de aplicación de la ley de la policía de seguridad . En la práctica las delegaciones están autorizadas a visitar todas las habitaciones de los locales y tienen pleno y libre acceso a la información, ya que la policía de seguridad no puede invocar el secreto oficial en sus relaciones con ellas . El Consejo ha emitido diversas recomendaciones, que se han comunicado al Gobierno y posteriormente al Parlamento . Ha establecido c omités, cada uno de los cuales está formado por entre cinco y ocho personas eminentes con conocimientos en el ámbito de los derechos humanos, para que lleven a cabo su labor en diversos campos.

8 . El Ministerio del Interior otorga una gran importancia a la capacitación en materia de derechos humanos durante la formación básica y avanzada de su personal, ya que es consciente de la necesidad de fortalecer las actitudes positivas . La lucha contra el racismo, la xenofobia y el antisemitismo es un aspecto fundamental de la labor de los servicios de aplicación de la ley . Entre los cursos básicos y avanzados de capacitación se encuentran la instrucción en psicología aplicada, sociología y servicios de seguridad . También se celebran seminarios sobre las mejores prácticas para el trato a los extranjeros, con la participación de representantes de ONG tales como Amnistía Internacional, Caritas y otras . En 2001, la Sociedad para los Pueblos Amenazados, la policía de Viena, la Universidad de Viena y diversas ONG africanas establecieron con el Ministerio del Interior un proyecto de diálogo, mediación y consulta con objeto de mejorar las relaciones entre la policía y la comunidad africana, y el Ministerio del Interior y la L iga A nti-difamación establecieron un programa de capacitación para la policía austr i aca destinado a prevenir la discriminación racial.

9 . El Sr. MANQUET (Austria) dice que en el derecho penal no se han producido transformaciones importantes desde que se presentó el decimocuarto informe periódico, pero que el Ministerio de Justicia ha participado en la labor de determinados foros . En particular, ha participado en la redacción de la Decisión Marco del Consejo de la Unión Europea sobre la lucha contra el racismo y la xenofobia y en el grupo de trabajo del Consejo de Europa para la redacción de un convenio sobre el ciberdelito, que contendrá disposiciones que prohíban la propaganda racista y el material xenófobo en Internet.

10 . El Sr. YUTZIS (Relator para el País) dice que el Comité siempre ha apreciado la presentación de informes periódicamente por un Estado parte, especialmente cuando, como en el caso del informe de Austria, siguen las directrices del Comité y permiten tener una visión valiosa de la situación en un país determinado . En el informe se ha tratado de responder a cada una de las cuestiones planteadas por el Comité en sus observaciones finales anteriores (CERD/C/304/Add.64) . Su presentación no será exhaustiva sino que se centrará en aspectos que tienen particular importancia para el seguimiento de la Conferencia de Durbán contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia . Su análisis se basa en una amplia gama de documentación de fuentes de las Naciones Unidas y de organizaciones no gubernamentales.

11 . El orador observa que se permite hacer algunas excepciones a las disposiciones básicas de la Constitución y de la legislación civil y administrativa sobre la base del mantenimiento del orden público , y pregunta si de hecho la discriminación racial no pone en peligro siempre el orden público . En referencia al párrafo 27 del informe, desea saber cuántos profesores de la universidad y las escuelas pertenecen a minorías . ¿Qué tipo de formación recibe el personal docente? ¿Cómo se estructuran los programas? ¿Qué metodología se utiliza? Pregunta si las autoridades competentes controlan el programa y el idioma que se emplea en los libros de texto . Estas cuestiones son pertinentes porque el Programa de Acción que se adoptó en la Conferencia de Durbán hace hincapié especialmente en la importancia de la educación . No sólo es fundamental que las minorías tengan acceso a la escuela; también lo es que los libros de texto de materias clave impartan los valores adecuados.

12 . Volviendo a las respuestas de Austria a las observaciones finales del Comité, el orador dice que no entiende los párrafos 39 y 40 del informe, en los que se habla de la aplicación subjetiva u objetiva de la ley . Pide a la delegación que aclare la lógica de esos dos párrafos, cuyo significado no comprende y que parecen terminar con una incongruencia.

13 . En cuanto a las respuestas al tema 6, a su juicio el párrafo 42 contiene una afirmación sorprendente . No comprende de qué manera la diferenciación entre dos clases de ciudadanos no puede considerarse objetivamente como el estigma y la discriminación . Le sorprende que esta diferenciación se base en las libertades fundamentales de los ciudadanos del Espacio Económico Europeo y, en ese sentido, pregunta si la libertad es una idea absoluta relacionada con un grupo y por qué se otorga mayor prioridad a las libertades fundamentales de los nacionales de esa zona en concreto.

14 . Le preocupa la situación de los romaníes . El párrafo 44 da la impresión de que todo va bien, pero otras informaciones sugieren lo contrario, es decir, que la mayoría de la población romaní está desfavorecida y no puede defender sus intereses . El informe no incluye estadísticas y por tanto el Comité desearía conocer hechos y cifras más detallados.

15 . Aunque le ha complacido oír hablar de los esfuerzos de Austria por proporcionar capacitación en materia de derechos humanos a los agentes del orden, él conoce dos casos en que al parecer se sometió a extranjeros a acoso policial . En el primero de ellos, un restaurante propiedad de un keniano fue inspeccionado por la policía a intervalos ridículamente cortos y se comprobó incluso la identidad de los clientes; en el segundo, un centro de acogida para refugiados administrado por una iglesia fue registrado repetidas veces por la policía con el pretexto de que los africanos que vivían allí eran traficantes de droga . Además, tiene en su poder información que demuestra que determinados grupos de extranjeros son constantemente parados y registrados en la calle como si todas las personas con unos rasgos raciales específicos fueran delincuentes en potencia y, en su opinión, ese tratamiento equivale a discriminación racial . También ha sabido que algunos extranjeros no consiguen obtener licencias para conducir taxis en Graz porque el director de la empresa de taxis afirma que sus clientes prefieren conductores austriacos y que un director de un equipo de fútbol austriaco culpó de la derrota de su equipo al hecho de que éstos habían jugado contra el Manchester United y no contra un "equipo negro" . Sólo ha citado cuatro casos, pero podría citar muchos más , y lo que lo inquieta es que, aunque la discriminación racial no forme parte necesariamente de la política del Estado, está presente en las actitudes sociales de todos los días . Está claro que es necesario tener leyes que castiguen a los que atentan contra la dignidad de otros , y el orador pregunta a la delegación qué medidas se han adoptado para resolver ese tipo de comportamiento, ya que, según algunas ONG, el Gobierno no está haciendo al respecto todo lo que podría.

16 . Le preocupan los informes que ha recibido acerca de las dificultades experimentadas por un gran número de refugiados que , al parecer, no tienen derecho a recibir prestaciones sociales . Para estar autorizado a recibir dichas prestaciones, los solicitantes de asilo tienen que demostrar su identidad, pero muchos no pueden hacerlo . El orador desea saber si es cierto que, desde 1997, a unos solicitantes de asilo africanos que residen en un centro cerca de Viena se los ha separado de otros refugiados sobre la base de que así resultará más fácil para la policía detectar la utilización y el tráfico de drogas . Por último, pregunta qué es lo que se está haciendo para aliviar la extremadamente difícil situación de los refugiados que tienen que sobrevivir sin ninguna ayuda del Estado.

17 . El Sr. VALENCIA RODRÍGUEZ elogia al Gobierno de Austria por haber presentado un informe que se basa en las observaciones finales previas del Comité y pide al Gobierno que presente información sobre toda actividad que se esté llevando a cabo como consecuencia de las especiales responsabilidades de Austria como país anfitrión del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia.

18 . Por lo que respecta al informe, le complace observar que las medidas que se describen en los párrafos 8 y siguientes satisfacen ampliamente las exigencias del artículo 2 de la Convención . Sin embargo, desea recibir más información sobre la labor de los coordinadores para cuestiones de derechos humanos, la aplicación de la Ley de radio y teledifusión que se menciona en el párrafo 24 y los actos de conmemoración de aniversarios . A su juicio, la educación en materia de derechos humanos es de importancia primordial y debería intensificarse.

19.Agradece la aclaración de los párrafos 39 y 40 y el hecho de que en Austria sea inadmisible la discriminación basada únicamente en la nacionalidad, la raza, el color o el origen nacional o étnico, aunque es cierto que el párrafo 2 del artículo 2 de la Convención permite la diferencia de trato a fin de mejorar la situación de los grupos marginados. En vista de que algunos acuerdos regionales o bilaterales establecen un régimen preferencial para determinados grupos nacionales, lo que es contrario a la Convención, quizás el Comité debería estudiar la cuestión con mayor profundidad.

20 . El orador recomienda que se amplíen las medidas para prestar asistencia a las minorías que se señalan en los párrafos 43 y siguientes y pide al Gobierno que informe sobre los progresos realizados a ese respecto . Acoge con satisfacción lo que se dice en los párrafos 53 y siguientes, pero pide confirmación de que la sentencia del Tribunal Supremo que se menciona en el párrafo 62 también se aplica a los empleados de un bar o de un restaurante . Desearía saber lo que ha sucedido con el proyecto de enmienda a la Ley de relaciones laborales y qué medidas ha adoptado el órgano independiente para el examen de las actividades de la policía .

21 . El orador está a favor de que se intensifique la campaña encaminada a mantener una estrecha vigilancia sobre el cumplimiento de los preceptos establecidos en el párrafo b) del artículo 4 de la Convención y a luchar contra las tendencias que propugnan el restablecimiento de prácticas del pasado . Con este fin, debería proporcionarse más capacitación en materia de derechos humanos a los funcionarios públicos y oficiales de policía, así como a los jueces y fiscales.

22 . Desea conocer también si el Gobierno de Austria ha decidido retirar sus declaraciones con respecto a los artículos 4 y 5 de la Convención y ratificar las enmiendas al párrafo 6 del artículo 8 de ese instrumento.

23 . El Sr. de GOUTTES felicita a Austria por la regularidad con que presenta sus informes y por los esfuerzos que ha realizado para responder a las observaciones finales del Comité sobre su informe anterior . Acoge con satisfacción el hecho de que Austria haya realizado la declaración prevista en el artículo 14 de la Convención y enmendado el párrafo 2 del artículo 8 de su Constitución . Le ha complacido oír hablar de la capacitación en materia de derechos humanos que se proporciona a los agentes del orden público, así como de las condenas pronunciadas por los tribunales por delitos racistas.

24 . En referencia a los párrafos 79 y 80 del informe, el orador dice que, aunque comprende la resistencia de Austria a recopilar datos demográficos desagregados, el Comité necesita esa información para obtener un panorama preciso de la composición étnica del país para así cumplir con su función de supervisión . Aunque en los párrafos 23 y 53 se afirma que el artículo 283 del Código Penal castiga la incitación a los actos y actividades hostiles inspirados por ideas nacionalsocialistas, el orador cree que ese artículo no cumple totalmente los requisitos expuestos en los párrafos a) y b) del artículo 4 de la Convención, incluso a pesar de que en virtud de la legislación de Austria los motivos racistas o xenófobos constituyen circunstancias agravantes que llevan a la imposición de penas más severas . Por esa razón, el Comité debería reiterar su recomendación de que debe introducirse una legislación amplia de prevención del racismo.

25 . El orador ha observado que diversas disposiciones de la legislación administrativa ofrecen protección contra la discriminación racial, pero ninguna de ellas establece penas por los delitos racistas . Por tanto , desea saber si se ha impuesto alguna pena de este tipo . En este contexto, opina que la norma del Código del Trabajo a que se hace referencia en los párrafos 12 y 65 es de una importancia capital, porque permite el castigo de la discriminación racial en el sector privado . ¿Se ha pronunciado realmente alguna sentencia por ese tipo de delito? Las estadísticas que se proporciona n en el párrafo 91 no son representativas, porque abarcan los actos hostiles en general y pueden incluir actos que no hayan sido motivados por el racismo, o por el contrario pueden no tener en cuenta todos los delitos motivados por la intolerancia racial . De manera similar, se pregunta si las últimas estadísticas incluyen todos los delitos motivados por el racismo . En el párrafo 94 le ha sorprendido el enorme número de condenas pronunciadas en virtud de la Ley de proscripción y pide cifras más actualizadas.

26 . Le ha interesado mucho leer la información sobre los romaníes que aparece en los párrafos 44 y 45 , y siente curiosidad por saber la fase que se ha alcanzado en el proyecto de codificación del idioma romaní y de compilación de un material docente adecuado en este idioma.

27 . El Sr. TANG Chengyuan , en referencia a los párrafos 39 a 42 del informe, dice que la legislación de Austria hace dos distinciones básicas : entre austriacos y extranjeros; y entre distintos grupos de extranjeros . Aunque es permisible hacer una distinción entre ciudadanos y no ciudadanos en virtud de la Convención, esto no debería significar ninguna diferencia en el modo en que se trata a esas personas . A la luz de las observaciones de la delegación y de los informes de las ONG sobre los sentimientos e incidentes racistas en el Estado parte, el orador insta al Gobierno a que preste la debida atención a los derechos humanos básicos y las libertades fundamentales de los extranjeros, independientemente de su interpretación del artículo 1 de la Convención . Cuestiona la afirmación de que la distinción entre distintas categorías según su nacionalidad está basada en las libertades fundamentales de los nacionales del EEE consagradas en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (párr . 42) . A los europeos puede tratárselos de manera diferente a los nacionales de otras regiones únicamente cuando existan acuerdos bilaterales pertinentes . Suiza, por ejemplo, que ha cambiado su política de tres a dos círculos de extranjeros, planea ahora adoptar una legislación que suprima las diferencias restantes . El orador espera que Austria siga este ejemplo y otorgue un trato más favorable a los no europeos que llevan mucho tiempo residiendo en el país.

28 . Acoge con satisfacción el hecho de que en Austria se ha otorgado el asilo a un gran número de refugiados . Sin embargo, según fuentes de ONG, el Estado puede hacer mucho más en lo que respecta a la prestación de asistencia . Muchos refugiados experimentan dificultades para ganarse la vida y tienen que depender de la caridad . También ha habido acusaciones de uso excesivo de la fuerza contra los extranjeros por los agentes del orden de Austria . Por otro lado, el motivo de satisfacción que el Gobierno ha ya proporcionado indemnización a las víctimas de los crímenes de guerra nazi y adoptado medidas de castigo contra las organizaciones racistas . Si se mejoran otras esferas aumentará la reputación de Austria.

29 . El Sr. KJAERUM pide más información sobre el nuevo órgano de derechos humanos que se va a crear en relación con el artículo 14 de la Convención . ¿Cuál sería su relación con el Consejo Consultivo de Derechos Humanos? ¿Se crearía siguiendo la línea de las instituciones independientes nacionales de derechos humanos que se piden en la Declaración y Programa de Acción que se adoptaron en la reciente Conferencia Mundial contra el Racismo o tendría un mandato más amplio con arreglo a los Principios de París?

30 . El orador desearía contar con más detalles sobre la formación de los policías en materia de derechos humanos . ¿Se proporciona esta formación a todos los niveles o se dirige únicamente a grupos específicos? ¿Forma parte de la capacitación práctica de los policías o se limita a la teoría? ¿Existen estadísticas disponibles sobre los distintos orígenes étnicos de los miembros de la policía? ¿Se llevan a cabo campañas para contratar a empleados de distintos orígenes étnicos?

31 . La Sra. JANUARY-BARDILL pone en duda la eficacia de las medidas para luchar contra los prejuicios a que se hace referencia en el párrafo 28 del informe . Los prejuicios son una emoción . Quizá fuera más apropiado centrar los esfuerzos en luchar contra la discriminación, que es la consecuencia directa de los prejuicios y se puede determinar más fácil mente . En ese sentido, ¿se proporciona alguna formación a las víctimas de la discriminación, como por ejemplo cursos de capacitación para mejorar la autoestima?

32 . La oradora elogia los esfuerzos realizados por Austria para ayudar a las minorías a preservar sus tradiciones culturales proporcionándoles asistencia financiera con tal fin . Sin embargo, las medidas culturales no bastan . ¿Tienen esos esfuerzos el único objetivo de controlar en vez de eliminar las diferencias que existen en la sociedad? ¿Que esfuerzos está realizando la cultura dominante en Austria para garantizar un mejor entendimiento de los grupos minoritarios y mejorar su integración? ¿En qué medida están representados los grupos minoritarios en la policía, las administraciones locales y los servicios esenciales de Austria? Su participación a todos los niveles de la sociedad será la que constituya la diferencia a largo plazo.

33 . El Sr. AMIR dice que hay una disparidad considerable entre el comportamiento discriminatorio y asocial de determinados elementos de la sociedad austriaca, como ha ilustrado el Relator, y los esfuerzos del Gobierno por eliminar la discriminación racial mediante la adopción de medidas legislativas, punitivas y preventivas apropiadas, como se esboza en el informe . A su juicio, hasta ahora el Gobierno ha conseguido limitar bastante el alcance de ese comportamiento . Él confía en que, tras su aceptación del procedimiento que figura en el artículo 14 y mediante una mayor cooperación con el Comité, la situación del Estado parte con respecto a la Convención mejore.

34 . El Sr. THORNBERRY señalara la expresión "se abstendrán de toda discriminación por motivos de raza, color u origen nacional o étnico", que se utiliza en los párrafos 9, 11 y 12 del informe en referencia a la Ley constitucional federal relativa a la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial . Se trata de una prohibición muy limitada de la discriminación, que no concuerda con la definición más amplia que figura en el artículo 1 de la Convención . También cuestiona el uso del término "de manera injustificada" que se utiliza después de "discrimin e " en el párrafo 11, pues toda discriminación es injustificada.

35 . El informe no contiene información acerca del artículo 3 de la Convención, que prohíbe todas las formas de segregación racial y apartheid. Como se explica en la Recomendación General XIX del Comité, la segregación racial puede producirse no sólo por las políticas del Gobierno sino también como consecuencia de la estructura de las zonas residenciales en muchas ciudades, que está influida por las diferencias de ingresos de los grupos, que en ocasiones se combinan con diferencias de raza, color, ascendencia y origen nacional o étnico . En la era actual de la mundialización, con unos flujos de población y comunidades inmigrantes cada vez mayores, el orador se pregunta si esas zonas residenciales existen en Austria y, en caso afirmativo, de qué manera responde a ell a s el Gobierno.

36 . En referencia al párrafo 39, pregunta qué es lo que se considera "un motivo razonable" que justifique la diferencia de trato entre extranjeros . Expresa preocupación por que se puedan excluir las consideraciones de raza, color, ascend encia y origen nacional o étnico . El fallo del Tribunal Constitucional a que se hace referencia en el párrafo 39 pone en duda algunas de las interpretaciones básicas del Comité . Otro ejemplo se encuentra en el párrafo 40 . ¿Hasta qué punto tiene en cuenta el Tribunal Constitucional las observaciones y recomendaciones del Comité en relación con las supuestas violaciones de la Ley constitucional federal que aplica la Convención?

37 . Sobre la base de la información que se proporciona en el párrafo 43, el orador cree entender que en Austria todas las minorías son autóctonas . ¿Significa esto que se considera que a esas minorías no se les aplican los derechos de las minorías? Que él sepa ni en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ni en ningún otro instrumento de derechos humanos pertinente existe una distinción entre minorías nuevas y viejas . En referencia al párrafo 44, expresa la esperanza de que, en ausencia de una disposición especial para los escolares romaníes, se mantengan o se aumenten unos niveles apropiados de apoyo cultural y lingüístico . En cuanto al problema de proporcionar unos datos demográficos más detallados, observa que hay estadísticas disponibles relativas a los idiomas . Quizás estas estadísticas pueden refinarse siguiendo la línea que pide el Comité, sin socavar el concepto de intimidad consagrado desde hace tiempo en la legislación de Austria . En conclusión, está claro que existe una cierta "invisibilidad" en lo relativo a las nuevas minorías que viven en Austria que justifica una aclaración.

38 . El Sr. ABOUL-NASR empieza recordando que Austria fue uno de los países que contribuyeron a la redacción de la Convención . En cuanto al informe periódico, observa que el párrafo 7 contiene diversas referencias a las actividades de la Unión Europea . El orador pide a la delegación de Austria que no dé por sentado que él, como nacional no europeo, sabe de lo que trata todo . El Comité no es un club europeo . Austria debería explicar lo que quiere decir en el contexto de la Convención.

39 . El orador pregunta por qué en la última oración del párrafo 9 no aparecen las palabras "convicción religiosa", mientras que sí que aparecen en los párrafos 11 y 12 . ¿Pueden presentar más información sobre el Consejo Consultivo a que se hace referencia en el párrafo 16? En el párrafo 21 se habla de prestar asistencia a las personas que desean emigrar a Viena . ¿No se ofrece esa asistencia por toda Austria? ¿Qué sucede con las personas que desean emigrar, por ejemplo, a Graz?

40 . Desearía saber si, tras los acontecimientos del 11 de septiembre de 2001, la policía y los tribunales han recibido alguna denuncia de acoso por parte de árabes o musulmanes . De ser así, ¿se han investigado estas denuncias? ¿Qué medidas se han adoptado?

41 . El orador pregunta si existe alguna legislación que castigue la negación del Holocausto . Si una persona negara lo que les está sucediendo actualmente a los palestinos o lo que le s sucedió a los gitanos durante la Segunda Guerra Mundial, ¿se castigaría a esa persona? Agradecería a la delegación de Austria que le proporcionara una copia de la legislación pertinente.

42 . El PRESIDENTE , hablando como miembro del Comité, dice que la idea de "minorías autóctonas" que se utiliza en el informe no se encuentra en los instrumentos internacionales o europeos pertinentes, en los que se habla más bien de minorías "nacionales", "étnicas" o "lingüísticas" . ¿Qué significa "autóctonas"? ¿Cuál es la situación legal de las personas que pertenecen a las "minorías no autóctonas"? ¿Tienen los mismos derechos que las personas que pertenecen a las “minorías autóctonas”? En ese sentido, de conformidad con lo dispuesto en el Tratado Estatal de 1955, los eslovenos son una minoría austriaca, pero la delegación no ha dicho nada sobre ellos.

43 . El orador coincide con las observaciones que se han hecho sobre el orden público y la discriminación racial . El Comité quiere que se aborden todos los casos de discriminación racial . La cuestión del orden público corresponde a la legislación interna de cada país, pero la idea de discriminación racial no debería reducirse a una cuestión de orden público.

44 . Se necesitan datos estadísticos para ver cómo se está aplicando la Convención . Estos datos son neces arios , por ejemplo, a efectos de la educación o para las señales topográficas en dos idiomas . Por ejemplo, ¿cómo puede abrirse una escuela para minorías si no se dispone de estadísticas?

45 . Por lo que respecta a la expresión "por motivos de raza, color u origen nacional o étnico", el Sr. Banton ha expuesto la idea de que si el principal motivo de una denuncia es la discriminación, corresponde al Comité examinar la cuestión . Si existen otros motivos principales, en ese caso el examen de la cuestión corresponde a otros Comités . En la Conferencia de Durban se introdujo la idea de la discriminación múltiple, es decir, la discriminación basada en varios motivos . Esto ha de tenerse en cuenta tanto en la legislación como en el enfoque práctico de la aplicación de la Convención.

46 . El Sr. DOSSI (Austria) dice que su delegación era consciente de que, durante el examen de su informe anterior, se habían pedido estadísticas más detalladas, y ha trat ado de añadir información detallada como apéndice al informe actual . Desgraciadamente, el anexo no se ha distribuido a tiempo.

47 . Se retira la delegación de Austria .

CUESTIONES DE ORGANIZACIÓN Y OTROS ASUNTOS (tema 4 del programa) ( continuación )

Examen de la respuesta a una carta de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, Sra. Mary Robinson, acerca de la reacción de la comunidad internacional ante los acontecimientos del 11 de septiembre de 2001 ( continuación ) (CERD/C/60/Misc.22/Rev.5)

48 . El Sr. ABOUL-NASR pregunta si el Comité va a adoptar una declaración o un proyecto de resolución . Él prefiere una declaración . Quizás debería haber menos referencia al terrorismo, porque la declaración debería concentrarse en la discriminación racial . En cualquier caso, acepta en su conjunto el proyecto de propuesta.

49 . El Sr. FALL dice que, como se ha recibido una carta de la Sra. Robinson, el Comité también podría enviarle a ella la declaración en forma de carta.

50 . El Sr. SICILIANOS , con el apoyo del Sr. de GOUTTES , está de acuerdo en que la propuesta constituy a una declaración y no un proyecto de resolución.

51 . El Sr. YUTZIS sugiere que sería más fácil distribuir la propuesta en forma de declaración.

52 . El Sr. RESHETOV propone varios cambios . En la práctica acepta el párrafo 2, pero le parece que la redacción es demasiado legalista . Sugiere que se sustituya esa formulación por una oración del preámbulo de la Declaración de la Conferencia de Durban, que dice "la prohibición de la discriminación racial no admite acuerdo en contrario" . De este modo también se rendiría tributo a la labor de la Conferencia de Durban.

53 . Por lo que respecta al párrafo 4, el orador dice que las palabras "seguridad de la persona", que aparecen en la segunda línea, deberían cambiarse para que dijera "seguridad personal y protección del Estado, como en el párrafo b) del artículo 5 de la Convención . También propone insertar la palabra "dignidad" después de "libertad"; la detención y el acoso de las personas por razón de su color o de su religión violan su dignidad.

54 . El Sr. THORNBERRY dice que el Sr. Reshetov tiene razón en la observación que hace sobre el párrafo 2 . Sin embargo, existe un problema con la palabra " derogation " en la versión inglesa, que puede utilizarse bien en el sentido estricto, al hacer un " derogation " del pacto, o en un sentido más general, como en la Declaración de Durban, mientras que la expresión "norma imperativa de derecho internacional" sitúa el principio de la no discriminación por encima de los tratados y la costumbre.

55 . Apoya la sugerencia del Sr. Reshetov de que se incluya en el párrafo 4 una referencia a la dignidad de la persona.

56 . El PRESIDENTE coincide con la propuesta del Sr. Reshetov sobre el párrafo 2, pero, en aras de una mayor claridad, sugiere que se mantenga la redacción original y se añadan al final las palabras "que no admite acuerdo en contrario" (" from which no derogation is permitted ") . También apoya que se añad a la palabra "dignidad" en el párrafo 4.

57 . El Sr. AMIR , en referencia al párrafo 4, dice que no puede haber libertad ni seguridad de la persona sin las debidas garantías procesales y la cooperación internacional, y por tanto propone remodelar la frase "los ámbitos que atañen a la libertad y a la seguridad de la persona y a las debidas garantías procesales, así como la cooperación internacional en los asuntos judiciales y d e policía" para que diga "los ámbitos que atañen a las debidas garantías procesales, así como a la cooperación internacional en los asuntos judiciales y de policía, acerca de la libertad y la seguridad".

58 . El Sr. SICILIANOS no tiene objeción al cambio de la formulación ni a la inserción de la palabra "dignidad", pero las formulaciones "libertad y seguridad de la persona" y "debidas garantías procesales" son referencias implícitas a los artículos 9 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el Comité considera que esas disposiciones son de importancia primordial.

59 . El Sr. de GOUTTES sugiere que el párrafo 4 podría mejorarse añadiendo la palabra "principalmente".

60 . El Sr. RESHETOV coincide con el Sr. de Gouttes, pero prefiere las palabras "en particular", pues las considera más apropiadas.

61 . El PRESIDENTE considera que el párrafo 4 puede dejarse tal y como está, pero que podrían añadirse al final las palabras "en esas esferas" para incluir la preocupación del Sr. Amir.

62 . Cree entender que el Comité desea adoptar el proyecto de propuesta como declaración para enviársela a la Sra. Robinson en forma de carta, así como pedir al Sr. Thornberry que incorpore las sugerencias que se han hecho y que presente el nuevo texto al día siguiente.

63 . Así queda acordado .

Aplazamiento del examen de Albania en virtud del procedimiento de revisión

64 . El PRESIDENTE dice que Albania tiene la intención de presentar un informe a final es del año y por tanto ha pedido que se l a suprima de la lista de países que van a examinarse en virtud del procedimiento de revisión . Añade que es costumbre acceder a esas peticiones.

65 . El Sr. de GOUTTES dice que, como relator para Albania en virtud del procedimiento de revisión, ha estado en contacto con un miembro de la Misión Permanente de Albania, quien acaba de informar al Comité de que Albania solicita un aplazamiento del procedimiento de revisión y presentará su informe periódico en diciembre de 2002 . La práctica habitual del Comité es aplazar el examen en virtud del procedimiento de revisión cuando un Estado parte anuncia que va a presentar un informe para el final del año.

66 . El Sr. ABOUL-NASR pregunta si esta petición se ha hecho por escrito.

67 . El PRESIDENTE responde que no, pero que en el pasado el Comité ha recibido otras peticiones verbales similares y las ha concedido . El Comité responderá por escrito y pedirá a Albania que presente su informe en diciembre de 2002.

Se levanta la sesión a las 17.50 horas .