Naciones Unidas

CERD/C/SR.2156

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

7 de enero de 2013

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

80 º período de sesiones

Acta resumida de la 2156 ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el lunes 5 de marzo de 2012, a las 10.00 horas

Presidente:Sr. Avtonomov

Sumario

Examen de los informes, observaciones e información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención (continuación)

Informes periódicos 16º a 18º de Italia

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes, observaciones e información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención (continuación)

Informes periódicos 16º a 18º de Italia (CERD/C/ITA/16-18; CERD/C/ITA/Q/16-18)

1. Por invitación del Presidente la delegación de Italia toma asiento a la Mesa del Comité.

2.El Sr. Brasioli (Italia) dice que en los últimos meses se han producido en su país importantes cambios políticos, caracterizados por la formación de un nuevo Gobierno integrado por los llamados tecnócratas con el fin de hacer frente a las cuestiones surgidas de la crisis económica mundial. No obstante, Italia sigue comprometida con la protección de los derechos humanos fundamentales. A este respecto se ha creado recientemente el Ministerio de Cooperación Internacional e Integración con el fin de desarrollar medidas estratégicas para abordar la situación actual y seguir defendiendo la importancia de la integración a largo plazo.

3.En respuesta a las recomendaciones recibidas tras la consideración de su informe para el examen periódico universal, Italia ha confirmado su determinación en establecer una institución nacional de derechos humanos de conformidad con los Principios de París. El proyecto de ley por el que se establece esta institución fue aprobado por el Senado en 2011, y actualmente es objeto de examen en la Cámara de los Diputados. Este proyecto se aprobará oportunamente. Su país está plenamente comprometido a cooperar de manera total, efectiva y abierta con todos los órganos pertinentes de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados, así como con sus organismos, oficinas y órganos regionales.

4.El ordenamiento jurídico de Italia garantiza los derechos fundamentales de la persona, incluido el derecho a la protección contra la discriminación, que se enuncia en el artículo 3 de la Constitución. Además, en virtud del Decreto legislativo Nº 215 (2003) se ha incorporado a la legislación italiana la Directiva 2000/43 del Consejo Europeo sobre el principio de la igualdad de trato de las personas, independientemente de su origen racial o étnico, creando así un importante marco normativo y administrativo de protección contra la discriminación racial en esferas tales como el empleo, la formación profesional, la afiliación a organizaciones sindicales, la asistencia social, la atención primaria de salud, la enseñanza y la protección judicial de las víctimas.

5.El Gobierno de Italia es consciente de que en algunos sectores de la sociedad italiana sigue habiendo prejuicios y actitudes racistas, y que se requiere un esfuerzo sostenido para erradicarlos. Las medidas legislativas no son suficientes; se requiere también un trabajo de campo para promover una interacción con éxito entre las diferentes culturas. El marco legislativo actual contiene disposiciones específicas para combatir las conductas racistas y xenófobas, tanto por parte de individuos como de organizaciones que tienden a incitar a la discriminación o la violencia por motivos de raza, origen étnico o religión. Este marco legislativo también se extiende a las circunstancias agravantes en relación con estos delitos. Se ha previsto, entre otras medidas, ampliar las disposiciones para incluir la discriminación por motivos de orientación sexual, género y condición física o psicológica. La ratificación del Protocolo Adicional del Convenio sobre la Ciberdelincuencia, relativo a la tipificación como delito de los actos de carácter racista o xenófobo cometidos mediante sistemas informáticos debería ofrecer una gran oportunidad para considerar reformas globales de la legislación pertinente.

6.La Oficina Nacional contra la Discriminación Racial (UNAR) ha sido reconocida por la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia como un órgano realmente independiente. Una moción presentada por algunos miembros del Parlamento en febrero de 2011 para que se cerrase esta Oficina encontró una fuerte oposición por parte del Gobierno, las organizaciones no gubernamentales (ONG) y las organizaciones sindicales, y ha sido rechazada. La independencia de la UNAR quedó demostrada recientemente cuando aprobó un dictamen jurídico, relativo a un joven extranjero, que contradecía el dictamen de la Oficina Nacional de Administración Civil y el Departamento de Asuntos Jurídicos de la Oficina del Primer Ministro, y que eventualmente fue confirmado por el tribunal competente. El Gobierno se ha comprometido a promover la independencia funcional y administrativa de la UNAR y en consecuencia está tomando medidas para independizarla de la actual jerarquía conforme a la recomendación de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia. Esto sería una garantía aún mayor de su independencia.

7.La UNAR ha establecido diversos centros regionales que ofrecen capacitación y asistencia jurídica, incluso apoyo gratuito de mediación civil en algunos municipios (a partir de junio de 2012), y se ha creado una Red de jóvenes contra el racismo y la intolerancia para discutir con jóvenes menores de 25 años cuestiones relacionadas con la violencia y la discriminación. En años recientes, la UNAR ha desarrollado diversas medidas de sensibilización y cursos de formación sobre los principios, disposiciones y normas relacionados con la discriminación, en particular para agentes de policía. Se han propuesto cursos similares para otros funcionarios públicos y se ha concluido un memorando de entendimiento con el Consejo Forense Nacional con el fin de organizar cursos periódicos de formación y repaso para abogados sobre la legislación para combatir la discriminación. Se tiene la intención de ampliar estos cursos de formación para incluir al personal penitenciario.

8.Una esfera en la que la UNAR se ha mostrado particularmente activa es el deporte, que puede desempeñar un papel clave para la promoción de actividades multiétnicas e interculturales. Sin embargo, siguen produciéndose casos de discriminación en el deporte. La UNAR se esfuerza por cambiar las actitudes del público hacia el racismo mediante la organización de eventos y actividades deportivos en el marco de la "Semana de acción contra el racismo". La UNAR ha firmado recientemente un acuerdo con la Liga de fútbol italiana para llevar a cabo iniciativas de sensibilización a nivel popular, financiadas con las multas impuestas a los clubes por conducta antideportiva. También se ha establecido un Observatorio sobre el Racismo y el Deporte; la UNAR coopera con el Observatorio y con las federaciones deportivas pertinentes en la lucha contra la discriminación.

9.Un aspecto importante del trabajo de la UNAR consiste en mejorar el acceso a los servicios pertinentes; su Centro de Contacto tiene por objeto vigilar los incidentes racistas y ofrecer apoyo y asistencia. Desde 2010, la UNAR ha tomado medidas para supervisar las actuaciones legales en casos de discriminación, con el fin de mejorar el apoyo que presta tanto a las víctimas como a sus representantes legales; esta actividad ha hecho que el número de casos de los que se ha ocupado aumentase desde 373 en 2009 hasta unos mil aproximadamente en 2011. Se han tenido en cuenta todas las recomendaciones de los órganos internacionales para mejorar este servicio, por lo que se ha solicitado un aumento de los recursos financieros y los recursos humanos para 2012.

10.En Italia, hay cinco importantes esferas en las que la discriminación sigue siendo un problema y que se está tratando de abordar. Por lo que respecta a la discriminación contra las comunidades romaníes, sintis y caminanti, la UNAR ha sido elegida como punto focal nacional del Marco Europeo de Estrategias Nacionales de Integración de los Gitanos hasta el año 2020 y en consecuencia se encarga de desarrollar un proyecto de estrategia nacional en esta esfera que incluye diversos sectores, como la educación, el empleo, la atención de salud y la vivienda. Esta estrategia se aprobó en febrero de 2012. Su objetivo principal es iniciar un proceso de integración de las comunidades romaníes, sintis y caminanti mediante políticas centradas en las necesidades cotidianas, más que en respuesta a situaciones de emergencia. Estas políticas se aplicarán en colaboración con las comunidades afectadas y con las ONG que las representan. Los recursos financieros destinados anteriormente a la denominada "Situación de emergencia de los romaníes" se destinarán ahora a las nuevas medidas de integración.

11.Con respecto a la cuestión de la inmigración, el denominado "paquete de medidas de seguridad", que entró en vigor en 2008, ha provocado un aumento de la discriminación racial contra los extranjeros que viven en Italia. El objetivo de la legislación promulgada es abordar la cuestión de la inmigración ilegal y prevenir los actos delictivos contra las personas que entran en el país ilegalmente, en particular en el marco de la delincuencia organizada; no se refiere en absoluto a la discriminación contra comunidades o grupos específicos. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluyó recientemente que Italia había violado la legislación de derechos humanos al devolver a Libia 24 nacionales somalíes y eritreos; el Gobierno se ha comprometido plenamente a estudiar la decisión del Tribunal y tomar todas las medidas necesarias para evitar estas violaciones en el futuro. Sin embargo, también es importante tomar nota de la labor que realizan las comisiones territoriales y del sistema de protección de los solicitantes de asilo y refugiados; se han tomado medidas administrativas y de control para facilitar a los inmigrantes ilegales, solicitantes de asilo y refugiados información sobre sus derechos en Italia en materia de la atención de salud, educación, vivienda y empleo, y su derecho a asistencia jurídica por parte de las organizaciones internacionales y las ONG.

12.Para combatir el antisemitismo se llevan a cabo actividades de prevención y sensibilización. El 27 de enero de cada año se celebra el Día Internacional de Conmemoración del Holocausto, para recordar a las generaciones más jóvenes las atrocidades del pasado y garantizar que aprendan valores y principios fundamentales.

13.Otra cuestión que se plantea a todos los niveles es el de las expresiones discriminatorias en el discurso político. Si se alega que estas expresiones tienen carácter delictivo se someten a examen por los tribunales para determinar si incluyen elementos ilegales. El comportamiento o las expresiones racistas o discriminatorias por parte de los representantes políticos siempre es objeto de condena inmediata por parte de las instituciones estatales, los medios de comunicación y otros políticos. La UNAR ha denunciado estos casos ante las autoridades competentes, que toman las medidas oportunas independientemente del estatus de la persona que hace los comentarios.

14.Por lo que respecta a las nuevas tecnologías de la comunicación, es posible que se hayan utilizado los medios de comunicación e Internet como instrumentos para difundir ideas discriminatorias, racistas y xenófobas. El UNAR, juntamente con la Autoridad Reguladora de las Comunicaciones y los comités regionales de comunicaciones, vigila la conducta y los términos discriminatorios en periódicos, revistas y programas de televisión y de radio. En colaboración con la Federación Nacional de Prensa, la UNAR lleva a cabo cursos de capacitación y de repaso para periodistas y estudiantes de periodismo con el fin de sensibilizarlos acerca de estas cuestiones. Además, se ha creado un Observatorio de los medios de comunicación e Internet para promover iniciativas de sensibilización y el diálogo intercultural y supervisar los sectores en cuestión. El papel de la UNAR en esta esfera ha aumentado considerablemente con la creación de un mecanismo de control ad hoc destinado a registrar los casos de discriminación en los medios de comunicación e Internet y remitirlos a las autoridades judiciales competentes. Finalmente, la UNAR ha lanzado una iniciativa conjunta con la policía del servicio postal para investigar y suprimir los sitios en la Web y blogs que contienen material discriminatorio o incitan a un comportamiento discriminatorio; estos casos también se denuncian a las autoridades judiciales para que tomen las medidas oportunas en caso necesario.

15.El Sr. Amir (Relator para el país) señala a la atención la descentralización del sistema de administración en Italia, la responsabilidad del Gobierno central por lo que respecta a los compromisos internacionales asumidos por el Estado parte, la grave crisis económica y financiera con que se enfrenta el Gobierno actual y la aprobación del Plan de Acción Nacional contra el Racismo. Aunque Italia no participó en la Conferencia de Examen de Durban en abril de 2009, el Gobierno italiano, según el informe, prosigue la lucha contra el racismo dondequiera que tenga lugar, y ha tomado distintas medidas legislativas e institucionales a tal efecto, incluida la creación de la UNAR.

16.Con respecto a las iniciativas tomadas por el Estado parte para aplicar el artículo 1 de la Convención, según se indica en el párrafo 18 del informe periódico, el Relator señala que la Convención es aplicable tanto a los nacionales como a los no nacionales. Así pues, el artículo 3 de la Constitución Italiana no se ajusta a la Convención. No obstante el marco normativo para combatir la discriminación racial que ofrecen las directivas de la Unión Europea descritas en los párrafos 20 y 21 del informe, no está claro si la intención de discriminación racial constituye un acto discriminatorio de acuerdo con la jurisprudencia del Comité. El Relator celebra el establecimiento de la UNAR, pero observa que si bien ha detectado más de 300 casos de discriminación racial y étnica, sus conclusiones no han reportado ningún beneficio práctico a las víctimas.

17.Por lo que respecta al artículo 2 de la Convención y a la recomendación del Comité de crear una institución nacional independiente de derechos humanos de conformidad con los Principios de París, el Relator observa que actualmente un grupo de trabajo interministerial prepara un proyecto de ley del Gobierno a tal efecto. Pregunta si el proyecto de ley se ha presentado al Parlamento y cómo afectará la crisis financiera su aprobación. Entre tanto, corresponderá a la UNAR llevar a cabo las medidas de lucha contra la discriminación descritas en los párrafos 29 a 31 del informe. Sin embargo, es difícil que el Comité evalúe estas actividades a falta de estadísticas pertinentes.

18.En su Recomendación general Nº 29, el Comité recomendó que todos los Estados partes no solo revisasen y promulgasen o modificasen su legislación para eliminar todas las formas de discriminación racial contra los romaníes y otras personas o grupos, sino también que adoptasen estrategias nacionales para mejorar su situación y su protección contra la discriminación por parte de organismos estatales. No obstante, en mayo de 2008, poco después del anterior diálogo de Italia con el Comité, se declaró un estado de excepción en relación con los campamentos romaníes y sintis. De conformidad con el decreto a tal efecto, a los prefectos de Roma, Milán y Nápoles se les concedieron poderes de excepción que constituían una derogación del estado de derecho, para que adoptasen medidas, incluido el desalojo, que afectaban directa o indirectamente a las comunidades y a los extranjeros en situación irregular que vivían en campamentos. Casi todos los residentes de los campamentos pertenecían a las comunidades romaníes y sintis. En respuesta a las reacciones ante estas medidas, el Estado parte explicó que su finalidad era mejorar las condiciones de vida de estas comunidades de conformidad con los principios de derechos humanos. No fue esto lo que hizo. Por el contrario, en mayo de 2009 se llevaron a cabo medidas similares en las regiones de Piamonte y Venecia. Incluso los tribunales italianos consideraron que se había violado el párrafo 1 del artículo 2 de la Convención.

19.Por lo que respecta al artículo 3, el Relator recuerda que en sus anteriores observaciones finales, el Comité había expresado su preocupación por el hecho de que los romaníes y los sintis siguieran viviendo en condiciones de segregación de facto en campamentos en los que carecían de los servicios más elementales, e invitaba al Gobierno a que formulase y aplicase políticas y proyectos destinados a evitar la segregación de las comunidades romaníes en relación con la vivienda. Además, de conformidad con la Recomendación general Nº 27 del Comité, se había instado a Italia a que actuase con firmeza contra las medidas locales que denegaban la residencia a los romaníes y contra la expulsión ilegal de romaníes, y que se abstuviese de agrupar a los romaníes en campamentos fuera de las zonas pobladas, aislados y sin acceso a la atención de salud y otros servicios. El 50% aproximadamente de los romaníes y sintis que viven actualmente en Italia son nacionales italianos, y varios miles son apátridas. A muchos se les niegan los permisos de residencia simplemente porque no cumplen ciertos requisitos, como tener un trabajo o unos ingresos regulares, lo que no les deja otra alternativa más que vivir en campamentos, separados del resto de la población. Esto constituye ciertamente una segregación. Asimismo, después de que en Milán se procediese a unos 500 desalojos en 2011, los afectados fueron colocados en campamentos segregados. Estas acciones del Estado parte son contrarias al artículo 3 de la Convención, no tienen en cuenta las recomendaciones del Comité de 2008 y no se ajustan a la Recomendación general Nº 27.

20.El Relator toma nota de las medidas descritas por el Estado parte en los párrafos 34 a 43 del informe relativas al artículo 4 de la Convención. Se trata de medidas especiales para erradicar toda incitación o todos los actos de discriminación racial, en particular las disposiciones penales actuales aplicables a la discriminación racial y étnica y la incitación a la discriminación o violencia racial.

21.El Relator expresa su preocupación por las reservas hechas al artículo 4 por el Estado parte el 4 de enero de 1969, que siguen en vigor. Pregunta qué opina el Gobierno, habida cuenta de estas reservas, de la decisión tomada contra Italia por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos con respecto a la devolución de migrantes a Libia, exponiéndoles a graves riesgos. Este caso fue considerado por el Tribunal en el marco del artículo 4 del Protocolo Nº 4 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que garantiza ciertos derechos y libertades además de los que ya figuran en el Convenio y en el primer Protocolo al mismo. En el primer fallo de este tipo, el Tribunal condenó la expulsión colectiva de los solicitantes, que pudo haber tenido consecuencias trágicas para todas las víctimas, y ordenó que Italia pagase a los solicitantes sumas considerables en concepto de daños y perjuicios.

22.Otros muchos casos de discriminación racial y, en particular, de segregación, incluso los mencionados en el informe alternativo de las ONG, ofrecen motivos para pensar que Italia, un Estado que se rige por el estado de derecho, no está cumpliendo sus obligaciones internacionales. La discriminación y la segregación racial en el Estado parte afecta a todas las minorías nacionales y grupos étnicos, en particular a las comunidades romaníes y sintis pero también a los árabes y a los musulmanes. En Italia se está extendiendo peligrosamente la islamofobia. La segunda religión más extendida en el Estado parte después del cristianismo es el islam, como consecuencia del creciente número de inmigrantes de África del Norte, Bosnia y Albania.

23.Por lo que respecta a los artículos 2 y 5 de la Convención, el Relator observa que la presencia de campamentos de romaníes va en aumento, vinculada en el discurso político y en los medios de comunicación con la delincuencia. A los romaníes se les describe como una "invasión", sobre todo desde que Rumania y Bulgaria se adhirieron a la Unión Europea en 2007, como si los romaníes, en cierto modo, no fuesen europeos. La gran mayoría de los romaníes en Italia gozan de un estatuto regular, en tanto que la minoría en situación irregular asciende aproximadamente a 500.000 personas, que no es un gran número comparado con la población total del país. Sin embargo, son objeto de una discriminación constante, y se considera que cometen una infracción por el simple hecho de estar en el país.

24.El Relator tiene algunas recomendaciones que hacer al Estado parte para luchar contra la discriminación. El Estado debe crear, como cuestión de urgencia, una comisión nacional independiente de derechos humanos de acuerdo con los Principios de París, toda vez que la UNAR, como organismo del Gobierno, carece de independencia. El Estado debe además aplicar la decisión del Consejo de Estado, el tribunal administrativo de máxima categoría, que declaró ilegal el decreto de 2008 que imponía el estado de excepción en relación con los "asentamientos de nómadas" (decreto prorrogado en 2009 hasta 2010). Los datos relativos a la identificación de los romaníes deben hacerse públicos, y el Estado parte debe poner fin a la utilización de Facebook por grupos racistas, de acuerdo con la legislación contra el discurso de odio. Debe también modificarse el Código Penal, para incluir como circunstancia agravante de los actos la motivación racial. Deben llevarse a cabo campañas de sensibilización sobre el odio racial y los delitos racistas y xenófobos. El Estado parte debe además modificar su legislación con el fin de facilitar la concesión de la nacionalidad italiana a los hijos nacidos o criados en Italia, o con muchos años de residencia en el país. Deben recopilarse sistemáticamente datos sobre los incidentes y delitos racistas. Los migrantes, refugiados y solicitantes de asilo , incluidos los de África del Norte, deben ser tratados con dignidad y no ser expulsados de Italia, lo que constituiría una violación del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. El Estado parte debe tomar medidas para combatir los actos de prejuicio, discriminación y violencia contra los musulmanes, de los que según se cree hay aproximadamente un millón en Italia, la mayoría migrantes, y denunciar cualquier amalgama en el discurso público entre musulmanes y terrorismo.

25.El Sr. Kemal, comparando la información que figura en el informe con las observaciones finales hechas por el Comité en relación con el informe anterior, con el fin de evaluar los progresos realizados por el Estado parte, dice que en el párrafo 11 de las observaciones finales el Comité había solicitado información sobre la utilización de las lenguas maternas, los idiomas de uso corriente u otros indicadores de diversidad étnica. Los anexos del informe ofrecen información útil a este respecto, pero podría mejorarse.

26.En el párrafo 12, el Comité recomendaba al Estado parte que adoptase una política y una legislación nacional global en relación con los romaníes y los sintis con el fin de reconocerlos como minoría nacional y proteger y promover sus idiomas y cultura. Desgraciadamente, ha ocurrido lo contrario. Dos meses después de la publicación de las observaciones finales, el Gobierno de Italia aprobó el decreto de excepción sobre los nómadas, que afectó gravemente a los romaníes y sintis en todo el país. El Consejo de Estado declaró posteriormente que el decreto era ilegal, pero según los informes de las ONG, sus efectos perniciosos así como los de otros decretos similares todavía se dejan sentir. El orador pregunta qué medidas legislativas y de otro tipo se están tomando para reparar el daño.

27.El orador felicita al Estado parte por haber enjuiciado a cierto número de políticos, algunos de ellos muy destacados, por incitación al racismo y a la discriminación racial. Sin embargo, la carga de la prueba en estos casos es muy complicada, debido en parte al principio de la libertad de expresión y también porque la motivación racial es difícil de demostrar.

28.Tras observar que el informe periódico contiene referencias crípticas en algunos párrafos clave al informe presentado por Italia al Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, el orador dice que los informes de los Estados partes al Comité deben ser independientes.

29.Al orador le complace oír que actualmente se ha presentado a la Cámara de los Diputados un proyecto de ley sobre la creación de una institución nacional de derechos humanos. También celebra el hecho de que no se suprima la UNAR.

30.La Sra. Crickley celebra las iniciativas del Estado parte en materia de recopilación de datos.

31.La oradora observa que la Directiva de la Unión Europea sobre igualdad racial, aprobada en 2000, exige que los Estados miembros establezcan órganos como la UNAR y apliquen una estrategia para la integración de los romaníes. También la Semana de Acción contra el Racismo es un evento a nivel europeo.

32.Si bien la oradora felicita a la UNAR por su labor, desearía información adicional sobre los procedimientos para garantizar su independencia, ya que se trata de un organismo adscrito al Ministerio de Igualdad de Oportunidades. También se necesita urgentemente una institución nacional de derechos humanos.

33.El decreto de excepción sobre los nómadas permitió a las autoridades derogar el estado de derecho, declarar un estado de excepción en relación con las comunidades nómadas en las regiones de Lazio, Lombardía y Campania, y conferir poderes extraordinarios a los prefectos de Roma, Milán y Nápoles. El Consejo de Estado dictaminó en noviembre de 2011 que el decreto era ilegal y discriminatorio. La oradora pregunta qué medidas se han tomado para asegurar el desmantelamiento de todas las estructuras establecidas de conformidad con el decreto y qué datos compilados durante el "censo sobre los nómadas" de 2008 y 2009 se han destruido.

34.La oradora pregunta también qué medidas se han tomado para suspender los programas de desalojos forzosos, expulsión y repatriación involuntaria dirigidos contra los romaníes y los sintis. En Italia hay dos grupos distintos de romaníes. Los procedentes de países de la Unión Europea, como Rumania y Bulgaria, pueden viajar libremente a Italia, pero no buscar empleo en el país. El otro grupo está integrado por las comunidades romaníes y sintis que han vivido en el país durante muchas generaciones. Tras observar que Italia no ha aceptado las recomendaciones del examen periódico universal relativas al reconocimiento del estatuto de minoría nacional o lingüística a las comunidades romaníes y sintis, la oradora impugna el argumento de que no responden al criterio de residencia de larga duración, ya que un 50% de ellos son descendientes de romaníes y sintis que han vivido en Italia durante cientos de años.

35.En 2008, la oradora visitó los campamentos de migrantes rumanos y búlgaros, que semejaban centros de detención. A los residentes se les tomaban las huellas dactilares, y necesitaban un permiso especial para entrar y salir de los campamentos. La oradora se pregunta si todavía están sujetos a estas condiciones.

36.Con respecto al cumplimiento de las leyes relativas a la incitación a la discriminación y al odio, la oradora pide aclaraciones sobre la política en materia de condenas y la práctica de imponer condenas condicionales. Con referencia a las declaraciones de los políticos que entran en esta categoría, la oradora pregunta si las autoridades promueven la Carta de partidos europeos en favor de una sociedad no racista.

37.En el párrafo 17 del informe se menciona la preparación de un nuevo Plan Nacional de Acción de conformidad con la Declaración y el Programa de Acción de Durban. La oradora pregunta cuál es su situación actual, en particular por lo que respecta a los objetivos fijados y a los procedimientos para supervisar y evaluar las iniciativas.

38.Con respecto a la aplicación de un sistema de cuotas para los migrantes y extranjeros en el sistema de enseñanza, la oradora expresa su preocupación por una posible discriminación directa o indirecta contra los niños y sus familias, en los casos en que no haya sitio para los alumnos en las escuelas locales. La oradora observa que el acceso a algunas prestaciones que dependen de las autoridades locales, como las prestaciones sociales por hijos y el acceso a la vivienda, dependen del tiempo de residencia en el país.

39.La oradora pregunta qué medidas se toman para asegurar el pleno disfrute de los derechos por las mujeres migrantes y las mujeres pertenecientes a minorías, incluida la comunidad romaní, sobre todo en la esfera de la educación y en la actividad política.

40.El Sr. Murillo Martínez elogia las medidas adoptadas por el Estado parte para prevenir la discriminación, por ejemplo por los caseros y los agentes inmobiliarios, en relación con la vivienda. En ocasiones, los anuncios de vivienda especifican que las solicitudes de extranjeros no se tomarán en consideración. El orador pregunta si se han impuesto sanciones a algún periódico u otros medios de comunicación por publicar estos anuncios.

41.Según el párrafo 131 del informe, la Ley Nº 482/1999 limita el reconocimiento de ciertos grupos étnicos, como los romaníes y los sintis, como minorías lingüísticas históricas. Observando que recientemente se ha celebrado el 20º aniversario de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Minorías, el orador pregunta cuáles han sido los efectos prácticos de la falta de reconocimiento de las minorías, por ejemplo en términos de acceso a los servicios.

42.El orador pregunta también si se ha puesto fin a la práctica de tomar las huellas digitales y fotografiar a los miembros de los grupos étnicos, una forma de establecer un perfil racial. Algunas ONG han pedido que se destruyan estas bases de datos.

43.La escolarización de los niños romaníes, especialmente cuando se trata de nómadas, presenta un grave problema en muchos países. El orador pregunta cuál es la situación actual en el Estado parte.

44.Pregunta además si se han tomado medidas para prevenir la incitación al odio racial a través de Internet.

45.Finalmente, el orador pregunta si en Italia se han previsto algunas actividades para marcar el Decenio de las Naciones Unidas para las Personas de Ascendencia Africana, que comenzará en 2013.

46.El Sr. Diaconu, con referencia al párrafo 19 del informe, celebra que el Estado parte haya consagrado el principio de la igualdad "fundamental" en la Ley básica, con el fin de suprimir los límites de facto a la igualdad y perseguir el objetivo último de la libre determinación plena del individuo. También elogia las múltiples iniciativas de la UNAR, incluido el Programa Operacional Nacional, el Objetivo de Convergencia para 2007-2013 y la creación de redes para combatir el racismo en todo el país.

47.Italia decidió no asistir a la Conferencia de Examen de Durban en 2009 por razones políticas, pero no obstante se esfuerza por aplicar los principios suscritos en la Declaración y Programa de Acción de Durban.

48.Aunque las medidas para prevenir la segregación en las escuelas son dignas de elogio, el orador se pregunta qué ocurre cuando se alcanza el límite de un 30% de alumnos extranjeros por aula. ¿Abrirán las autoridades escuelas adicionales para los niños extranjeros si no hay escuelas disponibles en la localidad, o facilitarán transporte para que los niños puedan asistir a la escuela en otras localidades?

49.La política de descentralización es compatible con los principios democráticos. Sin embargo, es importante asegurar la uniformidad en la aplicación de la Convención en todo el país. El orador pregunta qué medidas se han tomado para coordinar las políticas y evitar las disparidades a nivel provincial y regional. Deben garantizarse normas mínimas en todo el país, por ejemplo por lo que respecta a los derechos de los niños.

50.Los romaníes ya no son nómadas, y es esencial integrar a sus comunidades en la sociedad italiana en general. El orador pregunta cuántos niños romaníes siguen fuera del sistema de enseñanza y qué medidas se están tomando para matricularlos. Las autoridades han recurrido al sistema de huellas digitales y fotografías para registrar a todos los miembros de la comunidad romaní, y el orador pregunta si se integrará plenamente a todos aquellos que residan legalmente en el país.

51.El decreto de excepción para los nómadas se ha revocado, pero el orador pregunta si sigue en vigor la ley que permite a los alcaldes de tres ciudades aprobar ordenanzas locales discriminatorias por razones de seguridad pública.

52.Los políticos italianos que fueron declarados culpables de utilizar un discurso racista recibieron condenas condicionales y han regresado al Parlamento. El Comisario para los Derechos Humanos del Consejo de Europa, Thomas Hammarberg se ha referido a estos casos en un informe.

53.Los tribunales italianos consideran la "entrada y estancia ilegal" en el país como un delito grave. En la mayoría de los países se considera solo una falta.

54.La UNAR no puede actuar directamente en nombre de las víctimas. Las organizaciones que tienen derecho a hacerlo, por ejemplo en la esfera del trabajo y la seguridad social, deben estar registradas legalmente y obtener autorización del Ministro de Igualdad de Oportunidades y del Ministro del Trabajo. Las listas se revisan cada cuatro años. El sistema actual, que impone severas restricciones a la defensa directa en nombre de las víctimas, debe revisarse y modificarse.

55.El programa de estudios de las escuelas de segunda enseñanza no incluye los derechos humanos, que son una disciplina facultativa para los estudiantes de derecho. El orador considera que los cursos de derechos humanos deben ser obligatorios, en particular en las facultades de derecho.

56.El Sr. Saidou dice que el establecimiento de instituciones nacionales de derechos humanos de conformidad con los Principios de París es una cuestión de importancia primordial. Una institución con un amplio mandato, a la que las víctimas puedan presentar denuncias sin temor de represalias, facilitaría la aplicación de las muchas medidas adoptadas por el Gobierno para luchar contra la discriminación racial. El trabajo de estas instituciones no sustituiría ni estaría en conflicto con el trabajo de la UNAR o del Comité Interministerial de Derechos Humanos. El orador comprende las dificultades que implica la aprobación de una ley a este respecto, pero puede hacerse un esfuerzo para sensibilizar a los legisladores sobre la utilidad de una institución de este tipo.

57.Por lo que respecta a los derechos políticos, en particular el derecho a participar en las elecciones (artículo 5 c) de la Convención), el orador observa que el Órgano Consultivo de los Extranjeros y el Consejero Adjunto solo tienen un papel consultivo, y desearía saber cómo pueden contribuir estas instituciones a combatir la discriminación en su calidad de órganos consultivos. El orador pregunta también si se ha tomado alguna medida para combatir la discriminación informal.

58.El Sr. de Gouttes felicita a la delegación por la regularidad ejemplar de sus informes periódicos. También celebra la aplicación de las directivas de la Unión Europea, en particular de la Directiva 2000/43/EC, que prohíbe todas las formas de discriminación racial o étnica; la inclusión de la motivación racial como circunstancia agravante específica para todos los delitos, y la aprobación de una nueva estrategia para la integración de los romaníes. Sin embargo, el informe que se examina es demasiado general, y carece de información detallada sobre la aplicación de la amplia gama de políticas y medidas legislativas adoptadas por el Gobierno. De hecho, ha sido necesario referirse a un informe anterior más completo (CERD/C/ITA/15) y al informe nacional (A/HRC/WG.6/7/ITA/1) presentado en el marco del examen periódico universal en 2010. Los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos e integrados por expertos independientes, como el Comité, operan de forma distinta a las organizaciones intergubernamentales, como el Consejo. Gracias a sus características específicas, estos órganos pueden examinar la aplicación de leyes y políticas específicas sobre derechos humanos con mayor detalle de lo que es posible en el marco del procedimiento del examen periódico universal.

59.El orador desea saber por qué se han demorado tanto los debates sobre la creación de una institución nacional de derechos humanos, y si es posible lograr un resultado positivo a corto plazo. También agradecería información sobre las disposiciones del nuevo Plan de Acción Nacional para combatir todas las formas de discriminación, mencionado en el informe (párr. 17). Habida cuenta del fallo reciente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Hirsi Jamaa y otros c. Italia, sería interesante saber qué medidas piensa tomar el Gobierno para cumplirlo. Este fallo afectará probablemente el acuerdo bilateral que se está negociando actualmente con Libia, así como el acuerdo concertado con Túnez en 2011.

60.Con respecto a las actuaciones legales en relación con el discurso racista, el orador pregunta cuál fue el resultado del recurso presentado por Giancarlo Gentilini contra la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de Venecia (párrafo 38 del informe). En términos generales, falta información detallada sobre los casos de discriminación planteados ante los tribunales, a pesar de la recomendación hecha por el Comité en sus anteriores observaciones finales. El orador expresa la esperanza de que el Estado parte facilite más amplia información en su próximo informe.

61.El orador pregunta también si hay alguna probabilidad de que el Gobierno reconsidere su posición de no incluir a las minorías romaní y sinti en la lista de minorías lingüísticas e históricas legalmente reconocidas. Sería interesante saber cuántos extranjeros encontraron trabajo como resultado del foro sobre "Diversidad en el trabajo" celebrado con el apoyo de la UNAR (párrafo 81 del informe). El orador desearía recibir información sobre la tramitación en el Parlamento de los proyectos de ley sobre la prohibición de los velos o bufandas que cubren el rostro (párrafo 66 del informe).

62.El Sr. Ewomsam dice que a pesar de las diversas medidas adoptadas para combatir la discriminación racial, hay informes coincidentes de que aumentan los actos y violencia xenófobos y racistas, en particular contra personas de ascendencia africana, lo que en ocasiones ha provocado la muerte de las víctimas. El orador pregunta qué medidas se han tomado para castigar a los autores de estos actos y prevenir la violencia racista, y qué medidas ha adoptado el Gobierno para combatir el discurso racista utilizado por algunos políticos para incitar al odio racial y la xenofobia, en particular contra los trabajadores migrantes.

63.Según el Centro Europeo de Derechos de los Romaníes, diversas leyes, decretos y políticas adoptados por el Gobierno tienen efectos discriminatorios para las comunidades romaní y sinti. El orador desea saber qué medidas piensa tomar el Gobierno para poner fin al "conjunto de medidas de seguridad" y desmantelar las milicias de ciudadanos que cometen actos discriminatorios contra estas comunidades, y qué medidas se han tomado para combatir los estereotipos negativos en los medios de comunicación sobre los romaníes, sintis y migrantes.

64.Con referencia al informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal (A/HRC/14/4), el Gobierno no ha aceptado la recomendación de que deba considerar la posibilidad de ratificar la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. Al orador no le han convencido las razones aducidas y pide a la delegación que facilite información más completa.

65.El Sr. Calí Tzay celebra las iniciativas tomadas por el Gobierno para combatir el racismo, en particular contra los trabajadores migrantes. Desearía mencionar una experiencia personal de comportamiento discriminatorio, que ilustra el tipo de estigmatización que sufren los migrantes en Italia y en general en la Europa de hoy. Hace algunos años, a su llegada al aeropuerto de Roma, se fijaron en él por su aspecto físico, y le acusaron de ser un traficante de drogas simplemente porque procedía de Centroamérica. El comportamiento de estos funcionarios no es típico de la mayoría de los funcionarios de aduanas, pero da una mala imagen de la institución.

66.A este respecto, el orador pregunta qué resultado dieron las investigaciones oficiales sobre la agresión de un estudiante de Ghana por dos agentes de policía, ocurrida en Parma en 2008, y sobre el trato que recibió una prostituta nigeriana cuyo caso atrajo atención mundial tras la publicación de una fotografía en que aparecía medio desnuda y siendo golpeada en su celda de la prisión. Los migrantes son las principales víctimas de estos actos discriminatorios, que se comenten en el contexto del resurgimiento de organizaciones de extrema derecha que promueven ideas racistas, en contravención del artículo 4 de la Convención. El orador pide en consecuencia al Gobierno que en su legislación nacional adopte una definición de discriminación racial acorde con el artículo 1 de la Convención.

67.La Sra. Dah lamenta la falta de un documento básico con información de referencia sobre ciertos aspectos como la historia contemporánea del país, las minorías reconocidas oficialmente y la composición étnica de la población. El informe periódico se ajusta a las directrices sobre la presentación de informes en cuanto a su longitud, pero habría sido más útil que los anexos se hubiesen incluido en el cuerpo principal del informe, con un análisis de los datos contenidos en ellos. El informe periódico contiene diversas referencias al informe nacional presentado en el marco del examen periódico universal. Sin embargo, hubiera sido preferible que el informe nacional se remitiera al informe periódico presentado al Comité, y a sus observaciones finales, puesto que son los que se utilizan como base para el análisis técnico con arreglo a ese procedimiento. La tendencia de asimilar los informes nacionales presentados en el contexto del examen periódico universal con los informes presentados a los órganos creados en virtud de los tratados no debe redundar en perjuicio de estos últimos. La oradora agradece a la delegación su exposición oral, pasando revista a los acontecimientos recientes, incluido el compromiso renovado del Gobierno de crear una institución nacional de derechos humanos. A este respecto, la oradora expresa la esperanza de que el Parlamento apruebe pronto el proyecto de ley para su creación.

68.En vista del hecho de que las autonomías locales tienen potestad para alcanzar acuerdos internacionales con Estados extranjeros (párrafo 14 del informe), la oradora pide detalles de las disposiciones que regulan estos acuerdos, en particular sobre la inmigración, y sobre el control que ejerce el Gobierno central.

69.La oradora elogia las iniciativas de la UNAR para combatir el racismo, en particular por lo que respecta a la ciberdelincuencia y al discurso de odio. A su juicio, su labor es compatible con la de cualquier futura institución nacional de derechos humanos.

70.El Sr. Brasioli (Italia) dice que su delegación ha tomado nota de los comentarios del Comité sobre la redacción del informe. También ha tomado nota de los comentarios del Sr. Calí Tzay sobre su experiencia en el aeropuerto de Roma.

71.El establecimiento de una institución nacional de derechos humanos fue la principal recomendación del examen periódico universal. En consecuencia, el Comité Interministerial de Derechos Humanos ha intensificado sus esfuerzos de cooperación con los órganos parlamentarios y las organizaciones de la sociedad civil para preparar un proyecto de ley sobre esta cuestión. Este proyecto ha sido aprobado por una mayoría abrumadora en el Senado, y en la actualidad es objeto de examen en los comités de la Cámara de los Diputados. Pese a las actuales restricciones financieras, su Gobierno sigue totalmente comprometido a establecer y financiar una institución nacional de derechos humanos. El Comité Interministerial y la UNAR proseguirán su cooperación con el nuevo organismo.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.