Naciones Unidas

CERD/C/CHE/Q/7-9

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

12 de diciembre de 2013

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

84º período de sesiones

3 a 21 de febrero de 2014

Tema 6 del programa provisional

Examen de los informes, las observacion es y la información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

Lista de temas relativa a los informes periódicos séptimoa noveno combinados de Suiza (CERD/C/CHE/7-9)

Nota del Relator para el país

El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió en su 76º período de sesiones (A/65/18, párr. 85) que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista no es exhaustiva: durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.

1.La Convención en el derecho interno; marco institucional y normativo parasu aplicación (artículos 2, 4, 6 y 7)

a)Progresos realizados para normalizar y reforzar la protección jurídica contra la discriminación en todo el Estado parte, incluidas la aprobación de una legislación amplia a nivel federal que contenga una definición clara de la discriminación racial, de conformidad con el artículo 1 de la Convención (CERD/C/CHE/7-9, párrs. 141, 266 y 267) y la promulgación de leyes contra la discriminación en los demás cantones (CERD/C/CHE/CO/6, párr. 9);

b)Información actualizada sobre los casos de discriminación racial examinados por los tribunales, incluida la violencia racista (CERD/C/CHE/7-9, párr. 136), y sobre los efectos de las medidas aplicadas para mejorar el conocimiento de los recursos jurídicos disponibles enelnúmero de causassometidas a los tribunales (CERD/C/CHE/7-9, párr. 268);

c)Compatibilidad de las iniciativas populares con las obligaciones que incumben al Estado parte en virtud del derecho internacional de los derechos humanos (CERD/C/CHE/7-9, párrs. 26 a 30);

d)Medidas adoptadas para reforzar el mandato de la Comisión Federal contra el Racismo, incluida la provisión de fondos suficientes (CERD/C/CHE/CO/6, párr. 10);

e)Información actualizada sobre la protección jurídica contra la discriminación en el lugar de trabajo (CERD/C/CHE/7-9, párr. 175);

f)Racismo y xenofobia en las campañas políticas y medidas específicas adoptadas para hacer frente a esta cuestión, incluidas las medidas jurídicas o administrativas adoptadas contra dirigentes, asociaciones y partidos políticos;

g)Información sobre las estrategias adoptadas para combatir el extremismo de derecha a nivel nacional, cantonal y comunal y sobre los efectos de esas medidas (CERD/C/CHE/7-9, párr. 254);

h)Información sobre la prevalencia del uso de perfiles raciales y sobre las medidas pertinentes adoptadas en los cantones distintos del cantón de Zurich (CERD/C/CHE/7-9, párrs. 292 a 296);

i)Progresos en la prohibición y sanción de la utilización pública de símbolos que hacen apología de los movimientos extremistas que hacen llamamientos a la violencia y a la discriminación racial (CERD/C/CHE/7-9, párr. 140).

2.Situación de las comunidades étnicas y minoritarias (artículos 2 a 7)

a)Información actualizada sobre la situación de los romaníes, incluidos los migrantes, particularmente en relación con el acceso al empleo, la vivienda y la educación, y medidas adoptadas para combatir los estereotipos negativos y sus efectos (CERD/C/CHE/7-9, párrs. 343 a 350);

b)Información actualizada sobre la aprobación de una prohibición del uso de tocados que ocultan el rostro en lugares públicos en el Tesino;

c)Información sobre los obstáculos al ejercicio de los derechos de los grupos étnicos yeniches, manuches y sintis que se han vuelto sedentarios (CERD/C/CHE/7-9, párrs. 344 y 345).

3.Acceso a la justicia; discriminación contra los no ciudadanos, incluidos losinmigrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo (artículos 5, 6 y 7)

a)Efectos de la enmienda de la Ley de asilo sobre los derechos de los solicitantes de asilo, incluido el derecho a la libertad de circulación y de acceso a lugares públicos;

b)Información sobe las denuncias de uso excesivo de la fuerza por la policía durante la detención, la privación de libertad o la expulsión de solicitantes de asilo e inmigrantes, las investigaciones llevadas a cabo y sus resultados (CERD/C/CHE/7-9, párr. 302);

c)Situación de las personas que dependen de la ayuda de emergencia, incluidos los niños que viven en viviendas de emergencia, y su derecho a la educación (CERD/C/CHE/7-9, párr. 215);

d)Sistema de naturalización y ausencia de criterios normalizados y de un procedimiento de apelación a nivel cantonal (CERD/C/CHE/7-9, párrs. 336 a 342).