Distr.GENERAL

CERD/C/CHN/Q/10-1330 de junio de 2009

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE

LA DISCRIMINACIÓN RACIAL

75º período de sesiones3 a 28 de agosto de 2009

LISTA DE LAS CUESTIONES PREPARADA POR EL RELATOR PARA EL PAÍS EN RELACIÓN CON EL EXAMEN DE LOS INFORMES PERIÓDICOS 10º A 13º DE CHINA (INCLUIDAS HONG KONG Y MACAO)

Información general y marco institucional

1.Atendiendo a la petición formulada por el Comité en sus anteriores observaciones finales (A/56/18, párr. 250), sírvanse facilitar datos socioeconómicos desglosados sobre las poblaciones minoritarias que viven bajo la jurisdicción del Estado parte, incluidos los refugiados y los no ciudadanos (documento básico, párr. 7, anexo del informe del Estado).

2.Sírvanse indicar si se ha consultado con organizaciones no gubernamentales en la preparación de los informes 10º a 13º que se han presentado al Comité. En caso afirmativo, indiquen cómo se han celebrado esas consultas.

3.¿El Estado parte tiene intención de crear una institución nacional de derechos humanos con arreglo a los Principios de París? (resolución 48/134 de la Asamblea General, anexo)

Artículo 1

4.En relación con lo recomendado por el Comité en sus anteriores observaciones finales (A/56/18, párr. 241), ¿tiene el Estado parte la intención de incorporar a su Constitución una definición de la discriminación racial conforme al artículo 1 de la Convención que prohíba la discriminación por motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico? (informe del Estado, CERD/C/CHN/13, párr. 7)

GE.09-43380 (S) 140709 150709

Artículo 2

5.Con respecto a las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 242), sírvanse indicar si el Estado parte tiene intención de aprobar una ley global de lucha contra la discriminación acorde con las disposiciones de la Convención.

6.Faciliten información detallada sobre las disposiciones del plan de acción nacional sobre los derechos humanos (publicado en abril de 2009) que se refieran directamente a los derechos consagrados en la Convención. ¿Consultó el Estado parte con la sociedad civil al elaborar el plan? ¿Este plan será aplicable a Hong Kong y Macao?

7.Sírvanse informar con mayor detalle, y aportar ejemplos concretos, acerca de las actividades emprendidas por la Comisión de Estado de Asuntos Étnicos y de las consecuencias de esas actividades (informe del Estado, CERD/C/CHN/13, párrs. 13, 96, 126 y 145).

8.Expliquen si el 11º Plan quinquenal (2006-2010) sobre los asuntos de las minorías étnicas contiene salvaguardias para proteger los idiomas, las costumbres y los medios de vida de las minorías.

9.¿Qué mecanismos existen para controlar el cumplimiento de la Ley de autonomía étnica regional? (informe del Estado, CERD/C/CHN/13, párrs. 10 a 12)

10.Con respecto a las recomendaciones formuladas por el Comité en sus anteriores observaciones finales, sírvanse indicar si el Estado parte ha aprobado una ley de refugiados (informe del Estado, CERD/C/CHN/13, párr. 142). Asimismo, aporten información más detallada sobre los actuales procedimientos de determinación de la condición de refugiado y sobre las medidas de protección vigentes para prevenir la discriminación contra los solicitantes de asilo y los refugiados.

11.Sírvanse facilitar información actualizada sobre el contenido y la situación de la legislación de lucha contra la discriminación en Hong Kong (anteriores observaciones finales, A/56/18, párr. 247; informe del Estado, CERD/C/HKG/13, párrs. 65 a 72). ¿Se prohíbe en el texto actual la discriminación contra los migrantes de la China continental y todos los actos y prácticas discriminatorios por motivos de raza o etnia que puedan cometer los funcionarios de las fuerzas del orden y de otras instituciones públicas?

Artículo 5

12.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para proteger a los miembros de ciertos grupos étnicos, en particular los uigur y los tibetanos, de los malos tratos infligidos por funcionarios públicos. ¿Qué garantías existen para que las denuncias referidas a este tipo de malos tratos, en particular la privación de libertad y el uso excesivo de la fuerza contra la etnia tibetana durante los sucesos de marzo de 2008 en la Región Autónoma del Tíbet y en las zonas vecinas, sean investigadas de manera rápida, imparcial e independiente?

13.A pesar de la adopción de medidas para la igualdad en la representación política de todos los grupos étnicos (informe del Estado, CERD/C/CHN/13, párrs. 83 a 86), los miembros de las minorías étnicas, especialmente las mujeres, siguen infrarrepresentados en los puestos de decisión de la vida pública. Indiquen qué otras medidas se han previsto a este respecto. Sírvanse informar también sobre la representación de las minorías en la policía, el ejército y las fuerzas del orden.

14.Sírvanse pronunciarse sobre las denuncias de que el derecho a la libertad de religión y expresión de algunas minorías étnicas, entre ellas las etnia tibetana, los uigur musulmanes y los hui, sigue estando restringido (anteriores observaciones finales, párr. 244; informe del Estado, CERD/C/CHN/13, párrs. 111 a 119).

15.Sírvanse indicar qué medidas se han adoptado para corregir las desventajas que sufren ciertas minorías étnicas y religiosas, entre ellas los tibetanos, los uigur y los hui, para acceder al empleo, a un nivel de vida adecuado y a la atención sanitaria (véase por ejemplo el informe del Estado, CERD/C/CHN/13, párrs. 103 a 107). ¿La Ley de promoción del empleo de 2007 contiene disposiciones para la vigilancia y el cumplimiento?

16.¿Ha adoptado el Estado parte medidas adicionales para eliminar las disparidades que sufren los niños de las minorías étnicas, sobre todo los tibetanos y los yi (Sichuan), para acceder a la educación? (anteriores observaciones finales, párr. 245; informe del Estado, CERD/C/CHN/13, párrs. 94 a 102) Sírvanse aportar más información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para aumentar el grado de alfabetización de las mujeres pertenecientes a las minorías étnicas y sobre las formas y los medios empleados para medir los avances en este campo (informe del Estado, CERD/C/CHN/13, párr. 127).

17.¿De qué manera promueve el Estado parte la utilización y aprendizaje de los idiomas minoritarios y qué órgano se encarga de poner en práctica la política de la enseñanza bilingüe? Igualmente, faciliten información sobre la utilización de los idiomas minoritarios en la enseñanza superior (informe del Estado, CERD/C/CHN/13, párrs. 99 a 102). ¿Ha elaborado el Estado parte algún programa para dar a conocer mejor la historia, las tradiciones y la cultura de las minorías étnicas? Sírvanse indicar si los idiomas minoritarios se utilizan en la práctica ante las autoridades públicas regionales o locales (documento básico, HRI/CORE/1/Add.21/Rev.2, párrs. 7 y 49; informe del Estado, CERD/C/CHN/13, párrs. 89 a 93 y 140).

18.Sírvanse pronunciarse sobre las denuncias de que los programas de desarrollo llevados a cabo en las regiones habitadas por minorías étnicas han alterado las culturas y tradiciones locales y regionales de, entre otros grupos étnicos, los mongoles, los tibetanos y los uigur (informe del Estado, CERD/C/CHN/13, párrs. 120 a 122). ¿Qué mecanismos ha implantado el Estado parte para la consulta y participación de las minorías étnicas en la planificación y puesta en práctica de los proyectos de desarrollo, especialmente los proyectos que entrañan riesgos para el entorno de estas minorías? Asimismo, sírvanse pronunciarse sobre las alegaciones de que los programas de desarrollo en algunas regiones habitadas por minorías étnicas, especialmente en el Tíbet, van acompañados de medidas de reasentamiento de miembros de la etnia han en esas zonas.

19.Indiquen qué medidas se han adoptado en el marco de los trabajos de reconstrucción tras el terremoto de Sichuan de mayo de 2008 para proteger y preservar los valores culturales centrales y el modo de vida tradicional del pueblo qiang.

20.Sírvanse facilitar más información sobre las condiciones laborales concretas de los empleados domésticos extranjeros en Hong Kong (anteriores observaciones finales, A/56/18, párr. 248). En concreto, indiquen si el salario mínimo de estos trabajadores es equivalente al salario mínimo nacional (informe del Estado, CERD/C/HKG/13, párr. 77), si se les sigue aplicando el requisito de vivir con sus empleadores (CERD/C/HKG/13, párr. 147), y si disfrutan de las mismas medidas de protección de la maternidad que los nacionales (CERD/C/HKG/13, párr. 150). ¿Gozan de acceso al seguro médico en condiciones de igualdad con los nacionales? (CERD/C/HKG/13, párr. 151) ¿De qué forma vela el Estado parte por que los acuerdos sobre el horario de trabajo de los trabajadores domésticos no sean discriminatorios? (CERD/C/HKG/13, párr. 148)

21.En cuanto a Hong Kong y Macao, sírvanse informar sobre la eficacia de las medidas adoptadas para enseñar el idioma chino a las personas que no son de etnia china (informe del Estado CERD/C/HKG/13, párr. 177; informe del Estado, CERD/C/MAC/13, párr. 15).

Artículo 6

22.Con referencia a las anteriores observaciones finales del Comité (A/56/18, párr. 249), sírvanse indicar si se ha llevado ante los tribunales del Estado parte alguna causa relacionada con las disposiciones de la Convención (documento básico, HRI/CORE/1/Add.21/Rev. 2, párr. 244; informe del Estado, CERD/C/HKG/13, párr. 61; informe del Estado, CERD/C/MAC/13, párr. 22).

23.Sírvanse informar sobre las medidas prácticas adoptadas para que los miembros de los distintos grupos étnicos reciban un trato igual ante los tribunales, incluidas las medidas para velar por la disponibilidad de intérpretes de los idiomas locales. Además, aporten información más detallada sobre el sistema de asistencia jurídica a disposición de las minorías étnicas (informe del Estado, CERD/C/CHN/13, párr. 137).

24.Sírvanse informar de los casos, si los hubiere, de miembros de una minoría étnica que hayan solicitado y obtenido una indemnización al amparo del artículo 41 de la Constitución o en virtud de las leyes mencionadas en el informe del Estado por la comisión de actos incompatibles con la Convención (documento básico, párrs. 44 a 47; informe del Estado, CERD/C/CHN/13, párrs. 130 a 132).

25.Sírvanse indicar si existe algún mecanismo para denunciar las supuestas conductas abusivas de los miembros de la policía contra las minorías étnicas, en especial en Hong Kong (informe del Estado, CERD/C/HKG/13, párrs. 116 a 119).

26.Sírvanse facilitar información actualizada sobre los casos mencionados en el informe del Estado en los que el Tribunal de Trabajo de Hong Kong había presionado a algunos trabajadores domésticos extranjeros para que aceptaran acuerdos discriminatorios (informe del Estado, CERD/C/HKG/13, párr. 190).

27.Indiquen si el Estado parte está estudiando la posibilidad de formular la declaración prevista en el artículo 14 de la Convención.

Artículo 7

28.Sírvanse aportar más información sobre las medidas adoptadas en el ámbito de la educación para mejorar las relaciones interétnicas en el Estado parte y para combatir los prejuicios que podrían conducir a la discriminación racial.

29.Sírvanse aportar al Comité información adicional sobre la labor del Comité para la Promoción de la Armonía Racial y del Foro de las Minorías Étnicas en Hong Kong (informe del Estado, CERD/C/HKG/13, párrs. 74 y 197).

-----