68º período de sesiones

68º período de sesiones

23 de octubre a 17 de noviembre de 2017

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

Lista de cuestiones y preguntas relativa a los informes periódicos segundo y tercero combinados de Omán

Adición

Respuestas de Omán *

[Fecha de recepción: 18 de julio de 2017]

Marco constitucional y legislativo

Respuesta a la pregunta 1:

En virtud de la Ley Fundamental del Estado (Constitución), “las leyes y medidas con fuerza de ley deben ajustarse a las disposiciones de la Ley Fundamental del Estado antes de su publicación en el Boletín Oficial” (art. 79) y “ninguna autoridad del Estado podrá dictar normas, reglamentos, decisiones o instrucciones que contravengan las disposiciones de las leyes y decretos en vigor o los tratados y acuerdos internacionales que formen parte del ordenamiento jurídico nacional” (art. 80). Estos dos artículos obligan a las autoridades competentes de la Sultanía a aplicar inmediatamente las disposiciones de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer como parte del ordenamiento jurídico. Obligan además a los órganos gubernamentales a abstenerse de dictar normas, reglamentos o decisiones que contravengan las disposiciones de la Convención. Por consiguiente, los órganos competentes de la Sultanía, en particular el Ministerio de Asuntos Jurídicos, deben examinar los proyectos de leyes y reglamentos antes de su publicación en el Boletín Oficial a fin de que sean compatibles con la Ley Fundamental del Estado y los convenios y tratados a los que se ha adherido la Sultanía. Debe eliminarse toda incompatibilidad antes de que la ley, la decisión o el reglamento en cuestión puedan publicarse con arreglo a un proceso de supervisión previa para determinar su compatibilidad con la Ley Fundamental del Estado y con las convenciones y los tratados en vigor.

Además, la publicación por cualquier órgano de cualesquiera disposiciones discriminatorias por motivo de género es considerada como una violación inequívoca de la Ley Fundamental del Estado. En virtud de esta, las autoridades judiciales independientes pueden supervisar y derogar las decisiones y leyes que estén en conflicto con ella.

La Sultanía no tiene conocimiento de disposiciones discriminatorias en el Código Penal, la Ley sobre la Condición Jurídica de la Persona, la Ley de Arbitraje y Reconciliación y la Ley de Nacionalidad.

Reservas

Respuesta a la pregunta 2:

La Sultanía examina periódicamente las disposiciones de las convenciones a las que se ha adherido para comprobar hasta qué punto se aplican realmente. También examina periódicamente sus reservas a las disposiciones de esas convenciones con miras a defender sus intereses sin contraer ningún compromiso previo de retirar una reserva concreta.

Su Majestad el Sultán aprobó la recomendación que el Consejo de Ministros formuló en su sesión núm. 24/2015, de retirar la reserva de la Sultanía al párrafo 4 del artículo 15 de la Convención. Dado que la recomendación se está poniendo en práctica actualmente, ha comenzado el proceso previsto en la Constitución para la promulgación de un Real Decreto con el fin de retirar la reserva. El Consejo de Ministros presentará en breve al Consejo Consultivo un proyecto de decreto sobre la retirada de la reserva para las observaciones formuladas por el Consejo Consultivo de conformidad con el artículo 58 bis 41 de la Ley Fundamental del Estado, en el que se prevé la remisión al Consejo Consultivo de los convenios económicos y sociales que el Gobierno tenga intención de ratificar, o a los que pueda adherirse, para que presente sus observaciones y conclusiones, que luego se remiten al Consejo de Ministros para que este adopte las medidas que estime oportunas.

La reserva de la Sultanía a las disposiciones de la Convención que no son compatibles con la sharia islámica no afecta a los derechos de la mujer en virtud de la Convención, porque la Ley Fundamental del Estado y otras leyes vigentes garantizan realmente los derechos de la mujer y la no discriminación por razón de sexo.

Situación jurídica de la Convención

Respuesta a la pregunta 3:

En octubre de 2016, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en Oriente Medio y Norte de África cooperó con las autoridades de Omán para llevar a cabo un seminario de formación sobre la Convención. En él se procuró familiarizar a los participantes con las obligaciones que conlleva la adhesión de la Sultanía a la Convención en la esfera de los derechos humanos. El seminario proporcionó también información sobre la incorporación de las convenciones internacionales en las decisiones judiciales. Sus destinatarios eran las personas inscritas en el Instituto Superior del Poder Judicial, incluidos los jueces auxiliares y fiscales adjuntos. El Comité de Vigilancia de la Aplicación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, el Instituto Superior del Poder Judicial y el Ministerio de Justicia supervisarán la aplicación de este programa entre 2017 y 2020.

De conformidad con el artículo 61 de la Ley Fundamental del Estado, “No habrá ningún poder sobre los jueces cuando dictan sentencia, con excepción de la ley. Los jueces pueden ser destituidos únicamente en las circunstancias previstas por la ley. Nadie podrá intervenir en los asuntos o casos judiciales. Tal injerencia se considerará un delito penado por la ley. La ley estipulará las condiciones que deben cumplir los funcionarios judiciales; las condiciones y los procedimientos para el nombramiento, el traslado y la promoción de los jueces; las garantías establecidas para los jueces; las circunstancias en las que los jueces no pueden ser destituidos; y otras disposiciones relativas a los jueces”. Dicho artículo sustenta la independencia del poder judicial, que está sujeto a la ley (incluidas las convenciones internacionales a las que se ha adherido la Sultanía, que forman parte del ordenamiento jurídico). El desempeño de las funciones judiciales por los jueces está también sujeto a inspección judicial en virtud de la Ley del Poder Judicial. Por lo tanto, la inspección judicial de las acciones de los jueces es la única garantía de los conocimientos y la competencia de los jueces.

8.Cabe señalar que no existen tribunales religiosos en la Sultanía. Los departamentos de la sharia en los tribunales tienen competencia en la aplicación de las leyes relativas a la condición jurídica de la persona. Sus jueces, como los de otros departamentos, son capacitados y cualificados antes de realizar cualquier función judicial y están sujetos a inspección judicial una vez que asumen sus cargos.

Acceso a la justicia

Respuesta a la pregunta 4:

9.En cuanto a las medidas adoptadas para que las mujeres conozcan sus derechos en virtud de la Convención, la Sultanía ha realizado diligentes esfuerzos para dar a conocer y proteger los derechos humanos, incluidos los derechos de la mujer. El Ministerio de Desarrollo Social, que es el órgano que se ocupa de los asuntos de la mujer en la Sultanía, ha logrado importantes progresos en la divulgación de los derechos humanos y la promoción de una perspectiva de derechos humanos. El Ministerio organizó varios programas, conferencias y seminarios de alcance nacional. Como se menciona en el informe (párr. 51), el Ministerio publicó también memorandos en los que explicaba los cauces y procedimientos a través de los cuales las mujeres pueden acceder al poder judicial para exigir sus derechos garantizados por la ley y reclamar justicia en caso de violación de sus derechos.

10.Además, las instituciones de la sociedad civil desempeñan una función eficaz en relación con los derechos de la mujer. Por ejemplo, en 2017, la Asociación de Mujeres de Omán en Sib colaboró con la Asociación de Periodistas de Omán para organizar programas de concienciación que examinaron y explicaron la Convención y concienciaron a las mujeres sobre los derechos reconocidos en la Convención. La Comisión de Derechos Humanos de Omán también realiza numerosas actividades en favor de los derechos humanos y talleres de capacitación, en particular los siguientes, que tuvieron lugar en 2016-2017:

11.El 17 de enero de 2017, el Ministerio de Desarrollo Social inauguró una línea telefónica gratuita (1100) para recibir llamadas de denuncia de abusos, prestar servicios de orientación y remitir los casos a las autoridades competentes en caso necesario.

12.La cultura de protección de los derechos de la mujer se ha fortalecido mediante la celebración de numerosos cursos de capacitación y programas de educación jurídica en las escuelas, la emisión de entrevistas en la radio y la televisión, la publicación de artículos en la prensa local y la preparación de publicaciones para su distribución a todos los órganos gubernamentales y no gubernamentales.

13.Se han ofrecido numerosas conferencias de concienciación sobre la protección de la familia, los mecanismos de las distintas provincias para denunciar los abusos y los servicios de protección prestados por el Departamento de Protección de la Familia.

14.Se han establecido numerosos organismos especializados en la Sultanía para garantizar los derechos de la mujer y su capacidad para defenderlos, en particular los siguientes: la Comisión de Derechos Humanos de Omán; el Departamento de Protección de la Familia, adscrito al Ministerio de Desarrollo Social, que recibe denuncias de malos tratos contra las mujeres y las remite a las autoridades competentes; y Dar al-Wifaq, que ofrece protección a las mujeres y niños víctimas de malos tratos y violencia. Dar al-Wifaq separa a las víctimas de las causas de la violencia, garantiza su seguridad física y psicológica y protege a los niños contra los malos tratos y el descuido en el marco de la familia o la comunidad ofreciendo atención psicológica, social y jurídica, con arreglo a un plan de tratamiento supervisado por personal competente.

15.No hay pruebas de que los tribunales de diversos tipos y niveles discriminen a la mujer. El artículo 59 de la Ley Fundamental del Estado establece lo siguiente: “El estado de derecho será la base de la gobernanza estatal. La integridad del poder judicial y la imparcialidad y honradez de los magistrados serán una garantía de los derechos y libertades”. Por consiguiente, el poder judicial trata a todos los litigantes por igual, sin discriminación entre ellos. La discriminación en los tribunales vulnera la ley, y toda persona que cometa ese tipo de discriminación es jurídicamente responsable. Las leyes que regulan los procedimientos contenciosos ofrecen también a los litigantes posibilidades de recurrir si sospechan que pueden ser objeto de discriminación, incluidos los múltiples niveles de apelación, los procedimientos para presentar reclamaciones por daños y perjuicios contra los jueces por denegación de justicia y los trámites para exigir la destitución de los jueces.

16.El derecho a litigar está protegido y garantizado para todas las personas, hombres y mujeres, de conformidad con el artículo 25 de la Ley Fundamental del Estado, que establece lo siguiente: “El derecho a litigar se garantizará a todas las personas. La ley determinará los procedimientos y condiciones necesarios para el ejercicio de este derecho. El Estado debe garantizar en la medida de lo posible que los litigantes puedan acceder fácilmente a la justicia y que los casos se resuelvan rápidamente”. El artículo 23 de la Ley Fundamental del Estado establece lo siguiente: “El acusado tendrá derecho a designar un abogado que pueda defenderlo en un juicio. La ley definirá las circunstancias en que es necesario que esté presente el abogado del acusado. Deberá también ofrecer a las personas sin la suficiente capacidad financiera los medios para acceder a la justicia y defender sus derechos”. Por lo tanto, la Ley Fundamental del Estado garantiza el acceso a la justicia como derecho fundamental de la persona. También proporciona asistencia jurídica a las personas que carecen de medios para interponer recursos jurídicos. A fin de aplicar esas disposiciones de la Ley Fundamental del Estado, el Ministerio de Justicia emitió la Decisión Ministerial núm. 91/2009, que regula la asistencia jurídica a las personas indigentes. La decisión exime a las personas que no puedan asumir los costos judiciales del pago de las tasas judiciales, prevé la designación de un abogado para defender sus derechos y les concede asistencia jurídica para sufragar las tasas de publicación de anuncios judiciales y los honorarios de los expertos.

17.La Comisión de Derechos Humanos de Omán organiza cada año diversas actividades para concienciar mejor a las mujeres sobre el mecanismo de presentación de denuncias. Los informes se presentan a la Comisión en persona, a través de su sitio web o por teléfono. La Comisión prepara anualmente un plan de sensibilización y educación. El plan de 2015 incluye varias conferencias y seminarios. La Comisión participó también en diversas actividades y publicó investigaciones y estudios sobre la mujer. Los miembros de la Comisión y su secretaría general participaron en entrevistas en la radio y la televisión. Entre sus principales actividades cabe citar también las siguientes:

•Conferencias en la Facultad de Derecho de la Universidad Sultán Qaboos y el Instituto Diplomático del Ministerio de Relaciones Exteriores sobre las iniciativas en favor de los derechos humanos de la Sultanía y sobre el papel de la Comisión de Derechos Humanos de Omán.

•Una conferencia sobre los derechos de las mujeres y los niños en la Asociación de Mujeres de Omán en Badiyah.

•Conferencias de sensibilización sobre derechos humanos en los seis centros ubicados en todas las provincias de Omán.

•Una conferencia sobre los derechos de la mujer y la Convención en la escuela secundaria de Badiyah Ruqyah.

•Una conferencia en la escuela de enseñanza básica Maʿmur en Bahla sobre la Comisión de Derechos Humanos de Omán y su contribución a la difusión de una cultura de los derechos humanos.

•Primer convoy de concienciación en la provincia de Zufar, con múltiples actividades y visitas sobre el terreno a varios órganos e instituciones gubernamentales, instituciones de la sociedad civil y centros públicos y privados.

•Participación en varios seminarios y actividades relativos a la mujer y los niños, como “Semana de los niños sordos, “Seminario sobre la maternidad y los hijos” y concursos culturales con ocasión del Ramadán para los niños.

•Publicaciones y material de difusión sobre el grado de concienciación acerca de las medidas gubernamentales para combatir la violencia contra los niños, una página mensual en el periódico oficial de Omán y mecanismos nacionales para frenar los malos tratos a los niños.

•La Comisión organizó convoyes de concienciación en el marco de un programa intensivo llevado a cabo una vez al año en una de las provincias de Omán. El programa incluye conferencias generales, reuniones con funcionarios, visitas sobre el terreno de las instituciones gubernamentales y privadas, talleres de capacitación, concursos sobre derechos humanos y la vigilancia y el control de la situación de los derechos humanos en la provincia. La Comisión ha enviado hasta ahora dos convoyes, uno a la provincia de Zufar en 2015 y otro a la de Musandam, del 17 al 20 de octubre de 2016. Las provincias de Zufar y Musandam realizaron notables esfuerzos para coordinar y preparar los convoyes. Todos los organismos oficiales de las provincias respondieron positivamente y cooperaron. El programa de convoyes incluía las siguientes actividades:

•Una conferencia general en la Cámara de Comercio e Industria de Omán en el distrito de Khasab sobre la Comisión y sus competencias, el mecanismo de recepción de denuncias, los mecanismos de protección de los derechos humanos y las convenciones internacionales. La Conferencia contó con la asistencia del oficial administrativo y de varios funcionarios en representación de la sociedad civil, la defensa y el sector privado.

•Dos conferencias generales para la población de los distritos de Madha y Bakha, a las que asistieron los oficiales administrativos, los miembros del Consejo de Estado y el Consejo Consultivo, líderes, personalidades y representantes de la población de los dos distritos.

•Cuatro talleres de capacitación para 100 participantes de diferentes organismos de la provincia sobre la libertad de expresión, los derechos del niño, los derechos de las personas con discapacidad y los derechos de la mujer.

•Dos concursos sobre los derechos del niño para 100 alumnos y alumnas de las escuelas de los distritos de Khasab y Bakha.

•Visitas a varias instituciones de salud, incluidos el Hospital de Khasab y los centros de salud adyacentes, el dispensario de Kumzar y varias escuelas para informarse sobre los servicios ofrecidos en la provincia.

•Visita a la isla de Kumzar para reunirse con residentes e informarse sobre los servicios de transporte, abastecimiento de agua, salud y educación prestados en la isla.

•Durante 2016, la Comisión presentó varias publicaciones y películas, entre las que cabe destacar las siguientes:

•Un libro sobre los derechos humanos en el Real Decreto (en árabe), que incluye ilustraciones artísticas y pasajes de los discursos de Su Majestad el Sultán Qaboos relacionados con la Ley Fundamental del Estado y la Declaración Universal de Derechos Humanos.

•Un libro sobre los derechos humanos en la sharia islámica (en árabe), del Dr. Ahmad Abulwafa. La Comisión financió la impresión de esta importante obra de consulta, que es una nueva adición a la biblioteca de derechos humanos. Se publicó el 16 de mayo de 2016 y examina exhaustivamente diversos aspectos de los derechos humanos.

•El folleto Mi infancia, mi derecho (en árabe e inglés), que es el quinto de una serie de folletos destinados a educar a los niños acerca de sus derechos reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley del Niño de Omán. El quinto tiene como tema el derecho del niño a jugar y se sirve de personajes de dibujos animados que utilizan un diálogo sencillo para definir claramente este derecho y las obligaciones que entraña.

•La página mensual de la Comisión en el Diario de Omán. En ella se resumen las principales actividades locales, regionales e internacionales en las que participa la Comisión. Se describen también las actividades realizadas durante el mes y se arroja luz sobre los problemas de derechos humanos que la Comisión ha resuelto.

•Un folleto que documenta los principales eventos y actividades de la Comisión entre 2013 y 2016. Enumera los miembros que representaron a la Comisión en el período 2013-2016 en virtud del Real Decreto del Sultán núm. 10/2013 y presenta las publicaciones, estadísticas e informes publicados por la Comisión durante ese período.

•Una filmación en inglés y árabe sobre las enmiendas del Real Decreto promulgadas en abril de 2016 y las actividades recientes de la Comisión.

Institución nacional de derechos humanos

Respuesta a la pregunta 5:

18.El Real Decreto núm. 124/2008 especifica las responsabilidades de la Comisión. Una de las principales es la recepción de denuncias. En 2015 la Comisión recibió 28 denuncias de mujeres en relación con los siguientes derechos civiles y políticos:

•Derecho a la igualdad: La Comisión recibió seis denuncias de mujeres que mantenían que no eran tratadas en pie de igualdad con los hombres en lo que respecta al derecho a patrocinar a un cónyuge extranjero y que no estaban autorizadas a obtener visados de residencia para sus hijos nacidos de un padre extranjero a pesar de haber recibido autorización del Ministerio del Interior para casarse con un extranjero. En 2015 la Comisión se puso en contacto con las autoridades pertinentes para examinar si las mujeres omaníes tenían el mismo derecho que los hombres omaníes a patrocinar a sus cónyuges extranjeros para la obtención de visados de residencia.

•Acciones judiciales: La Comisión observó que, en determinadas demandas laborales, las acciones judiciales se prolongaban hasta más allá de la fecha de terminación del permiso de residencia del trabajador. En consecuencia, este perdía su fuente de ingresos y no podían ejercer otros derechos fundamentales, como el derecho a recibir educación y servicios de asistencia sanitaria. La Comisión recomendó, en su informe anual correspondiente a 2015, que se dotara a los tribunales de un número adecuado de jueces especializados en acciones laborales para reducir la duración de los litigios y que se asignaran expertos a un departamento especial para abordar esa cuestión.

•Seguridad de la familia: La Comisión recibió la denuncia de una ciudadana sobre un niño que había sido maltratado por el marido de la madre del niño. La Comisión estudió el asunto y lo remitió al Ministerio de Desarrollo Social. Este hizo saber que se concedía la custodia, con arreglo a los procedimientos vigentes, a la mujer que había presentado la denuncia. La Comisión recomendó, en su informe final de 2015, el establecimiento de un centro con la misión de recopilar datos sobre casos de maltrato de niños y de capacitar y cualificar a los agentes de policía, médicos y trabajadores sociales pertinentes sobre los métodos para tratar a los niños víctimas de abusos. La Comisión también recomendó conceder a esos profesionales la capacidad de actuar como agentes de la policía judicial de conformidad con los procedimientos legales en vigor.

19.Derechos económicos, sociales y culturales: En 2015 la Comisión recibió 26 informes sobre los siguientes derechos:

•Vivienda adecuada: La Comisión recibió varios informes que incluían solicitudes de obtención de vivienda social y ayudas para la vivienda. Remitió las solicitudes al organismo competente, que aprobó excepciones para algunos solicitantes en atención a su situación humanitaria a fin de ofrecerles condiciones de vida dignas. La Comisión recibió un informe según el cual los edificios del municipio de Mascate para alojar a los trabajadores no cumplían los requisitos mínimos sanitarios y de seguridad. La Comisión visitó los edificios y verificó el informe.

•Bienestar de la familia: La Comisión recibió diversos informes sobre el bienestar de la familia, incluida una solicitud de una ciudadana casada con un nacional de uno de los Estados del Golfo. La mujer comunicó que aún no había recibido de la embajada del país de su marido una respuesta a su petición de expedir un pasaporte a su hija. La Comisión se puso en contacto con la embajada para instarla a cumplir la normativa vigente de manera que la niña pudiera obtener un pasaporte.

•Visitas en la cárcel: Dos reclusas de la Prisión Central presentaron solicitudes para que se les permitiera ver a sus hijos. La Comisión se coordinó con el Ministerio de Desarrollo Social para que se atendiera esa solicitud.

•Vida decente y seguridad social: La Comisión recibió varias solicitudes para aumentar las pensiones de la seguridad social y proporcionar viviendas sociales. La Comisión se puso en contacto con las autoridades competentes para ofrecer excepciones a varias familias en consideración de sus circunstancias económicas.

20.La Comisión de Derechos Humanos de Omán se estableció en la Sultanía de Omán en virtud del Real Decreto núm. 124/2008 en reconocimiento de la importancia otorgada por la Sultanía a la existencia de una institución independiente de derechos humanos. La Sultanía observó los Principios de París al constituir la Comisión y establecer sus autoridades y método de funcionamiento. Las organizaciones de la sociedad civil están representadas en la Comisión, que cuenta con representantes de la Cámara de Comercio e Industria de Omán, la Federación General de Sindicatos de Omán, las organizaciones no gubernamentales y varios organismos públicos y los profesionales del derecho. Por ello, la Comisión encarna firmemente los Principios de París relativos a las instituciones nacionales de derechos humanos, a saber, que deben ser independientes, que las unidades gubernamentales están obligadas a cooperar con ellas y que se les confiará la aplicación de los Principios de París mediante la participación en la preparación de los informes sobre derechos humanos. Por consiguiente, el mandato general de la Comisión engloba todas las cuestiones relativas a los derechos humanos en la Sultanía. Los estatutos de la Comisión prevén la asignación de recursos financieros a la Comisión con cargo al Presupuesto General del Estado o en la forma decidida por el Consejo de Ministros. La Comisión tiene también una secretaría general con personal encargado de dar seguimiento a las actividades y procedimientos de la Comisión y de ayudar a los miembros del comité a desempeñar sus funciones relacionadas con los derechos humanos en la Sultanía. La Comisión de Derechos Humanos de Omán es miembro de la Red Árabe de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos.

Mecanismo nacional encargado del adelanto de la mujer

Respuesta a la pregunta 6:

21.En cuanto a la pregunta de si el Departamento de Asuntos de la Mujer dispone de recursos humanos, técnicos y financieros suficientes para coordinar las políticas y los mecanismos a nivel central y local, también mediante la apertura de oficinas locales en todas las provincias, a fin de lograr la aplicación plena y uniforme de la Convención en todo el territorio del Estado parte, el informe de la Sultanía señala que el Ministerio de Desarrollo Social ha hecho lo posible para consolidar la función de la Dirección General de Desarrollo de la familia, los departamentos de la mujer y la familia y el Comité Encargado de Supervisar la Aplicación de la Convención, dotándoles de personal especializado y experimentado. Los departamentos de desarrollo de la familia que se ocupan de los asuntos de la mujer están presentes en todas las provincias de Omán y están representados por divisiones de desarrollo de la familia en las provincias. Esos departamentos y divisiones cuentan con personal nacional debidamente capacitado y cualificado para ejecutar programas de empoderamiento de la mujer, incluido el empoderamiento jurídico, político y social. Divulgan la Convención en todas las provincias mediante instructores capacitados para este fin. El presupuesto del Ministerio de Desarrollo Social incluye un presupuesto especial para el sector de la mujer destinado a actividades y programas que prestan servicios a las mujeres de todas las provincias en esferas de interés para el Ministerio.

22.Se ha preparado una estrategia nacional para las mujeres relativa a la mejora de la calidad de vida. Se formulará un plan de aplicación de la estrategia después de que esta sea aprobada por las autoridades competentes de la Sultanía (el Ministro y el Subsecretario).

Organizaciones de la sociedad civil

Respuesta a la pregunta 7:

23.En cuanto a las medidas concretas adoptadas para crear y garantizar un entorno propicio en el que las organizaciones de la sociedad civil y defensoras de los derechos de la mujer puedan operar libremente, el Ministerio de Desarrollo Social presta todos los servicios administrativos y financieros necesarios para apoyar a las asociaciones de mujeres omaníes. Les ofrece, en particular, una sede y edificios con salones concebidos con los diseños mejores y más actuales. Estos sistemas permiten a las asociaciones realizar actividades y programas para los miembros de la comunidad. También se utilizan para proyectos de generación de ingresos. Las asociaciones realizan libremente sus programas y actividades con arreglo a sus estatutos, sin necesidad de remitirse al Ministerio de Desarrollo Social, como se refleja en el volumen de las actividades y programas realizados en 2016.

24.En cuanto a los requisitos jurídicos para el registro y el funcionamiento de organizaciones no gubernamentales, incluidas las dedicadas a la defensa de los derechos humanos de la mujer, la Ley de Asociaciones Civiles autoriza al Ministerio de Desarrollo Social a examinar las solicitudes para ser reconocidas como organizaciones no gubernamentales. En virtud de la Ley de Asociaciones Civiles, la denegación de una solicitud por el Ministerio debe basarse en razones concretas, y el solicitante podrá apelar contra la denegación ante el Ministro en el plazo de un mes desde la recepción de la decisión de denegación. La denegación de una apelación por el Ministro puede ser recurrida ante el Tribunal Administrativo Judicial, en calidad de autoridad judicial independiente que, en virtud de la Ley Fundamental del Estado, se encarga de examinar la idoneidad de las decisiones administrativas. Los procedimientos para el reconocimiento de una organización no gubernamental en la Sultanía son flexibles y transparentes, y recientemente se han reconocido muchas organizaciones. La libertad para constituir asociaciones está garantizada por la Ley de Asociaciones Civiles, y las asociaciones establecidas con arreglo a la normativa pueden funcionar con la máxima facilidad. La Sultanía enmienda constantemente su legislación sobre la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

Medidas especiales de carácter temporal

Respuesta a la pregunta 8:

25.La Sultanía es consciente de las disposiciones del párrafo 1 del artículo 4 de la Convención relativas a las medidas de carácter temporal para acelerar el logro de una verdadera igualdad de género y las posibilidades de los Estados partes de adoptar esas medidas. El Comité Nacional de Aplicación de la Convención está estudiando las propuestas sobre dicho párrafo presentadas periódicamente, las cuotas de miembros del Consejo Consultivo y las medidas necesarias para modificar las leyes actualmente en vigor, tomando siempre como base del párrafo 1 del artículo 4 de la Convención.

26.El Gobierno y los ministerios que se ocupan de los derechos de la mujer y del apoyo a la participación de las mujeres han tomado medidas para familiarizar a los funcionarios pertinentes y representantes políticos con el concepto de medidas especiales de carácter temporal. Asimismo, se están adoptando medidas centradas en los programas de capacitación y empoderamiento para las mujeres, especialmente las que se presentan a las elecciones a los consejos, incluidos el Consejo Consultivo y los consejos municipales. El Ministerio de Desarrollo Social, en cooperación con el Centro de Mujeres Árabes para la Investigación y la Capacitación, apoyó a las candidatas que se presentaron en la segunda ronda de elecciones municipales celebradas el 25 de diciembre de 2016 organizando un programa de capacitación para los periodistas y las candidatas. El programa se proponía incrementar la participación de la mujer en la política y en las elecciones y promover normas electorales favorables a las mujeres. El Ministerio también se interesó por la contribución de los medios de comunicación a promover a las mujeres candidatas en la segunda ronda de elecciones municipales, en las que fueron elegidas siete de ellas, dos de las cuales consiguieron el primer puesto en sus provincias. Asimismo, se está nombrando a mujeres competentes para representar a los ministerios en dichos consejos.

27.En su primera reunión de 22 de mayo de 2017, el Comité de Supervisión de la Aplicación de la Convención a nivel nacional examinó varias medidas temporales propuestas y el establecimiento de cuotas de mujeres en los consejos designados mediante elección. El Comité coopera actualmente con el Consejo de Estado en la realización de un estudio sobre esta cuestión.

Estereotipos y prácticas nocivas

Respuesta a la pregunta 9:

28.Las estrategias y planes nacionales incluyen entre sus objetivos iniciativas para modificar los estereotipos de la mujer. La estrategia de acción social del Ministerio de Desarrollo Social (2015-2025) se centra en tres principios fundamentales: equidad, empoderamiento e integración. La estrategia, cuyo plan ejecutivo se propone cambiar los estereotipos de las mujeres y las niñas, está en consonancia con el plan “Visión 2040” de Omán. Está centrada en el empoderamiento de la mujer y el fomento de su función en la sociedad omaní creando un entorno que reafirme la función económica fundamental de la mujer en la familia y la sociedad y la participación de las mujeres en las instancias de toma de decisiones. Esta estrategia es compatible con la legislación nacional y los compromisos contraídos en virtud de las convenciones ratificadas por la Sultanía, en particular la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

29.Se están adoptando medidas para evaluar la repercusión de los programas de desarrollo, incluidos programas de información dirigidos a las mujeres, y los efectos evidentes de la educación de las mujeres y su entrada en el mercado de trabajo. El Ministerio de Desarrollo Social ha adoptado un doble enfoque: 1) fortalecimiento de los conocimientos jurídicos de las mujeres mediante programas de concienciación que explican los derechos y los deberes de la mujer en la legislación de Omán y los convenios internacionales ratificados por la Sultanía o a los que esta se ha adherido; y 2) puesta en marcha un programa de orientación para familias que explica los principios de las relaciones conyugales, una cultura de crianza adecuada, la igualdad de trato entre los cónyuges, el papel y los derechos de cada parte en la relación matrimonial, los mecanismos de cooperación y la complementariedad de las funciones conyugales.

30.La Sultanía prosigue también sus esfuerzos para poner de relieve la labor eficaz de la mujer en la sociedad y en la vida política y pública.

Respuesta a la pregunta 10:

31.En el informe se afirma que el artículo 7 de la Ley sobre la Condición Jurídica de la Persona establece la edad mínima para contraer matrimonio en 18 años para los hombres y las mujeres, y su artículo 6 dispone que los matrimonios se inscriban en un registro oficial. Asimismo, la Ley exime el matrimonio de personas menores de 18 años de las disposiciones mencionadas si un juez permite el matrimonio después de cerciorarse de que redunda en interés de la persona en cuestión. Así pues, las personas menores de 18 años pueden contraer matrimonio legalmente con la autorización de un juez competente.

32.Los censos de 2003 y 2010 revelaron que los casos de matrimonio precoz no superan el 0,10% de la población infantil. Según los indicadores elaborados por el Centro Nacional de Estadística e Información, la edad media al contraer el primer matrimonio ascendió en Omán a 28 años en el caso de los hombres y a 26 en el de las mujeres.

33.En cuanto a las medidas adoptadas para eliminar y tipificar como delito las prácticas tradicionales nocivas, estas prácticas, muy extendidas en las zonas rurales y urbanas de Omán, son ilegales en virtud de la Ley de la Infancia que se menciona en el informe. La mutilación genital femenina es una de las prácticas nocivas que se abordan en el proyecto de reglamento de aplicación de la Ley de la Infancia. Esta cuestión fue examinada por el Comité de Supervisión de la Aplicación de la Convención en su primera reunión de 2017, celebrada el 22 de mayo. Se ha asignado un representante del Ministerio de Salud para que presente al Comité un informe pericial sobre este tema y considere la posibilidad de remitir el asunto a la Oficina del Muftí para que dicte una opinión jurídica oficial.

Violencia contra la mujer

Respuesta a la pregunta 11:

34.La Sultanía está adoptando medidas para la promulgación de un nuevo Código Penal conforme a lo dispuesto en la Ley Fundamental del Estado (Constitución). En él se abordarán muchas de las deficiencias y lagunas del Código vigente, incluidas las diversas formas de agresión sexual, y se protegerá mejor a las mujeres frente a los delitos de violencia y malos tratos. Así pues, la Sultanía considera que la violencia doméstica y la violencia sexual no deben regularse en una ley independiente y que la legislación vigente es suficiente para disuadir, enjuiciar y sancionar a los autores de esos delitos, teniendo en cuenta que las víctimas de violencia sexual deben ser tratadas como víctimas y acceder a todos los procedimientos necesarios para defender sus derechos y sancionar a los infractores. En virtud del Decreto del Sultán núm. 72/2001, la Sultanía derogó el artículo 252 del Código Penal, en virtud del cual un hombre que mata o hiere a su mujer, madre, hermana o hija tras haberla sorprendido mientras cometía un acto deshonroso puede recibir una pena reducida o quedar exento de la pena.

Respuesta a la pregunta 12:

35.Como se ha indicado anteriormente, de conformidad con el artículo 25 de la Ley Fundamental del Estado, “Se garantiza a todas las personas el derecho de presentación de demandas. La ley determinará los procedimientos y condiciones necesarios para el ejercicio de este derecho. El Estado velará en la medida de lo posible por que los litigantes tengan acceso a la justicia y por que los casos se resuelvan rápidamente”. El artículo 23 de la Ley Fundamental del Estado establece lo siguiente: “El acusado tendrá derecho a designar un abogado que pueda defenderlo en un juicio. La ley definirá las circunstancias en que debe estar presente el abogado del acusado. Deberá también ofrecer a las personas sin suficiente capacidad financiera los medios para acceder a la justicia y defender sus derechos”. Por lo tanto, la Ley Fundamental del Estado garantiza el acceso a la justicia como derecho fundamental inherente a la persona. Proporciona también asistencia jurídica a las personas que carecen de medios para interponer recursos jurídicos. A fin de aplicar esas disposiciones de la Ley Fundamental del Estado, el Ministerio de Justicia emitió la Decisión Ministerial núm. 91/2009, que regula la asistencia jurídica a las personas indigentes. Esa decisión exime del pago de las tasas judiciales a las personas que no puedan asumir los gastos procesales, prevé la designación de un abogado para defender sus derechos y les ofrece asistencia jurídica para sufragar las tasas de publicación de anuncios judiciales y los gastos de los expertos.

36.Las mujeres víctimas de la violencia alojadas en el refugio Dar al-Wifaq reciben los servicios multidisciplinarios de asistencia jurídica, médica y psicológica y de rehabilitación prestados por especialistas estatales en cooperación con las instituciones pertinentes y las organizaciones no gubernamentales. Los investigadores jurídicos informan a las víctimas sobre sus derechos garantizados por la ley y supervisan y aceleran los casos ante las autoridades judiciales en nombre de las víctimas. Las víctimas reciben tratamiento médico de emergencia y exámenes médicos periódicos de un comité técnico constituido por el Ministerio de Desarrollo Social en virtud de la decisión núm. 35/2015. El Comité está integrado por médicos del Ministerio de Salud y especialistas del Ministerio de Desarrollo Social. Además, trabajadores sociales y psicólogos supervisan y evalúan los casos y ponen en marcha programas de rehabilitación para las víctimas.

37.En cuanto a las medidas adoptadas para recopilar sistemáticamente datos sobre la violencia contra las mujeres y las niñas, a comienzos de 2017 se elaboró una base de datos electrónica de las mujeres alojadas en el refugio Dar al-Wifaq. En ella se recoge información sobre la situación social de las mujeres maltratadas y sus familias, las causas y los tipos de violencia y las medidas adoptadas durante la estancia en el refugio. Los asesores familiares y el Departamento de Protección de la Familia, del Ministerio de Desarrollo Social, registran también los casos de maltrato o de problemas sociales. Se está creando actualmente un registro nacional de protección.

38.Dar al-Wifaq es el refugio central que acoge a las mujeres maltratadas de todas las provincias de la Sultanía. Puede alojar a 30 mujeres a la vez y tiene anexos que pueden utilizarse para dar cabida a más mujeres cuando están cubiertas todas las plazas.

39.El Ministerio de Desarrollo Social ha establecido una línea telefónica gratuita (1100) para recibir denuncias, prestar servicios de orientación y remitir los casos a las autoridades competentes en caso necesario. El personal de la línea directa orienta a quienes llaman, les presenta opciones apropiadas para abordar sus problemas y les ayuda a proteger sus derechos.

Trata y explotación de la prostitución

Respuesta a la pregunta 13:

40.En el informe se señala que la Sultanía promulgó la Ley de Lucha contra la Trata de Personas en virtud del Real Decreto núm. 126/2008. Se ha preparado un plan de lucha contra la trata de personas en colaboración con diversos organismos encargados de hacer cumplir la ley y se ha creado una base de datos. Se han elaborado programas para atender y rehabilitar a las víctimas, fomentar una mayor conciencia mediante folletos y volantes y capacitar a los trabajadores de los órganos judiciales, gubernamentales y no gubernamentales. Asimismo, se están adoptando medidas para actualizar el plan del Comité Nacional de Lucha contra la Trata de Personas a fin de fortalecer y ampliar las medidas existentes e introducir nuevos mecanismos para combatir este delito.

41.En cuanto a casos persistentes de trata de personas en la Sultanía, desearíamos hacer referencia al carácter internacional de la trata de personas, que tiene lugar en otros países. Los casos registrados en la Sultanía son pocos. Dar al-Wifaq, que ofrece atención a las víctimas de la trata, aceptó nueve víctimas en 2013, 11 en 2014, 2 en 2015 y 15 en 2016. Los organismos encargados de hacer cumplir la ley realizan inspecciones laborales, allanan los presuntos lugares de prostitución y publican noticias sobre la lucha contra la trata de personas y las penas disuasorias impuestas por este delito.

42.En relación con el enjuiciamiento de las personas acusadas de delitos de trata, la Policía Real de Omán reúne pruebas sobre su presunta participación en la trata de personas, que posteriormente es investigadas por la Fiscalía. En 2015, fueron acusados de trata de personas nueve hombres (dos omaníes y siete extranjeros). En 2016 hubo solo dos delitos de trata de personas, cometidos por 10 autores (tres hombres y siete mujeres, todos ellos extranjeros).

43.Se está constituyendo un Comité Nacional de Lucha contra la Trata de Personas. Está presidido por el Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores. Cuenta entre sus miembros con subsecretarios de los ministerios y asesores de diversos organismos relacionados con la lucha contra la trata. El Comité tendrá también un equipo de expertos y técnicos encargados de la investigación de la trata de personas y el establecimiento de mecanismos de protección.

44.El Comité organiza talleres de capacitación y programas de concienciación para aumentar la capacidad de los trabajadores que participan en la lucha contra la trata. El Comité dispone de recursos financieros que se destinan a la protección, atención y rehabilitación de las víctimas. En 2015, el refugio Dar al-Wifaq gastó 89.930 riales omaníes en los servicios a las víctimas. En 2016, los gastos del refugio se duplicaron, alcanzando un total de 191.863 riales omaníes, en concepto de servicios de alimentación, dinero de bolsillo semanal, pasajes, servicios de comunicación, servicios de saneamiento, etc.

45.La mayoría de los casos de trata registrados en la Sultanía implican a personas de 20 a 40 años de edad. La mayor parte de las veces son casos de prostitución. Un porcentaje menor de casos corresponde al trabajo forzoso. La legislación de Omán tipifica los delitos de trata de personas como delitos graves que pueden sancionarse con penas de al menos tres años de prisión. Toda persona que tenga conocimiento de un delito de trata de personas y lo oculte de las autoridades puede ser también objeto de sanciones. La ley exime a las víctimas del pago de las tasas correspondientes a la interposición de demandas civiles. Cuando el autor de un delito es condenado, se ofrecen a las víctimas oportunidades de trabajar si lo desean y servicios para permanecer en el país y seguir trabajando.

46.Los organismos omaníes encargados de hacer cumplir la ley fomentan una mayor conciencia sobre los delitos de trata de personas por los siguientes medios:

•Preparación de publicaciones y folletos en varios idiomas para su distribución a los trabajadores expatriados.

•Prestación de servicios de concienciación para trabajadores y empleadores (en 2015 se impartieron más de 600 programas).

•Posibilidad de utilizar una línea telefónica directa gratuita (80077000) para presentar denuncias.

•Celebración de seminarios y cursos de capacitación para trabajadores que participan en la lucha contra la trata de personas, funcionarios públicos y miembros de asociaciones de la sociedad civil.

Participación en la vida política y pública

Respuesta a la pregunta 14:

47.La Sultanía, a través de sus organismos competentes, fomenta la conciencia sobre la importancia de la participación de la mujer en la vida política y pública mediante programas de concienciación y de formación destinados a especialistas y al personal competente de las instituciones públicas y privadas, así como a las mujeres, para fortalecer su conciencia sobre la importancia de la participación de la mujer en la vida política y pública.

48.La igualdad de género en diversos ámbitos de la vida está implícita en la totalidad de la legislación omaní, empezando por la Constitución, con sujeción a las exigencias impuestas por la naturaleza de las funciones vitales y etapas de desarrollo de la sociedad. Los principios de igualdad han sido y siguen siendo las costumbres predominantes en la regulación de los asuntos públicos en Omán. Los derechos reconocidos a las mujeres son en gran medida compatibles con los convenios internacionales ratificados sobre la protección de los derechos de la mujer. En virtud de esos convenios, los acontecimientos, estadísticas e indicadores relacionados con la condición de la mujer se supervisan con el fin de crear un plan integrado para promover y empoderar a la mujer en distintos ámbitos, como la educación, la salud, el medio ambiente, los medios de comunicación, la legislación, la economía, la vida social y la política.

49.Las mujeres dirigen muchos sindicatos en sectores como la educación, la construcción y la industria, etc., y forman también parte del personal de las administraciones sindicales. La Federación General de Sindicatos de Omán capacita a las mujeres dirigentes para realizar negociaciones colectivas, reclutar miembros y educar a nuevas afiliadas mediante talleres, programas y colaboraciones internas y externas.

Nacionalidad

Respuesta a la pregunta 15:

50.La Sultanía está comprometida con la prevención de la apatridia. Determina la nacionalidad sobre la base del i us sanguinis y el i us soli en el caso de los hijos de padres o progenitores desconocidos. Toda persona nacida de padre omaní adquiere automáticamente la nacionalidad omaní. Un hijo de padre extranjero y madre omaní adquiere la nacionalidad de su padre a fin de evitar la doble nacionalidad. Sin embargo, se podrá conceder la nacionalidad omaní a un menor nacido de madre omaní cuyo marido sea extranjero, si se cumplen las condiciones enunciadas en el artículo 18 de la Ley de Nacionalidad de Omán.

51.En cuanto al tiempo que, con arreglo a la Ley de Nacionalidad, debe transcurrir para que una mujer omaní pueda transmitir la nacionalidad a su marido e hijos extranjeros, el propósito de ese requisito es garantizar la estabilidad y la permanencia de la relación conyugal, a fin de realzar la importancia de la mujer y evitar que se convierta en un mero medio a través del cual el marido puede obtener la nacionalidad omaní, como se menciona en el párrafo 99 del informe.

52.La nacionalidad es una cuestión de soberanía, regulada por los Estados con arreglo a sus intereses. La concesión de la nacionalidad a los hijos es una forma de evitar que sean apátridas. En virtud del Decreto Real núm. 54/96, la Sultanía se adhirió como parte a la Convención sobre los Derechos del Niño, que establece que todo niño tiene derecho desde que nace a adquirir una nacionalidad. Ese compromiso se hace realidad en la Ley de Nacionalidad de Omán, que prevé la adquisición de la nacionalidad omaní por cualquier persona nacida en el territorio de Omán. La Sultanía también ha adoptado medidas para tratar a los hijos de mujeres omaníes en pie de igualdad con los hijos de hombres omaníes en lo que respecta al derecho a los servicios estatales, en particular los servicios de educación y salud y las becas para estudiar en el extranjero, que se ofrecen gratuitamente a los hijos de mujeres omaníes en las mismas condiciones que a otros omaníes.

53.El requisito de que debe pasar un determinado período de tiempo antes de que se pueda conceder la nacionalidad omaní al esposo de una mujer omaní dimana de la filosofía de la Ley Nacionalidad, a saber, que una mujer omaní casada con un extranjero debe vivir con su marido en el país de este. Por consiguiente, la Ley permite a la mujer renunciar a su nacionalidad. Si vive con su marido extranjero en la Sultanía, la ley exige que transcurra un período de tiempo adecuado antes de que se pueda conceder al marido la nacionalidad omaní. Ese requisito tiene por objeto garantizar la estabilidad de la relación conyugal para, de esa manera, impedir que las mujeres omaníes sean utilizadas por su esposo meramente como medio para obtener la nacionalidad omaní.

Educación

Respuesta a la pregunta 16:

54.Como se señala en el informe, el artículo 36 de la Ley de la Infancia (promulgada en virtud del Real Decreto núm. 22/2014) establece la educación gratuita en las escuelas públicas hasta la finalización de la educación posterior a la básica. Obliga también a los padres a matricular a sus hijos en la escuela, a garantizar la asistencia escolar habitual y a evitar que los niños abandonen los estudios. El artículo 70 de dicha Ley prevé una sanción para los padres que no cumplen el requisito de la educación obligatoria.

55.En cuanto a las medidas adoptadas para reducir el analfabetismo femenino y garantizar el acceso de las niñas a las actividades extracurriculares y deportivas en las escuelas, se ha introducido un programa de enseñanza general, que incluye la adquisición de aptitudes para la vida, como se señala en el informe. También se han impartido programas de alfabetización fuera de las aulas en los vecindarios y las aldeas. El programa “Aldeas alfabetizadas” y las escuelas cooperativas también han contribuido a erradicar el analfabetismo en las aldeas de la Sultanía beneficiarias de esas iniciativas. En el año académico 2015/16 había 12 centros de alfabetización especializados en las provincias (el 97% de los alumnos de los centros eran mujeres) y 13 centros de educación de adultos en los que había 3.788 mujeres matriculadas (20% del total).

56.La igualdad de género está garantizada en la educación básica. En los niveles posteriores a la educación básica (enseñanza general y enseñanza superior), ha aumentado el número de niñas matriculadas y han disminuido las tasas de deserción escolar. En el año académico 2015/16, había 27.636 mujeres matriculadas en los grados 1° a 11º (49,72% del total) y 5.158 mujeres cursaban estudios de enseñanza secundaria para obtener un diploma de educación general (49,9% del total).

57.El Centro Nacional de Orientación Profesional, en colaboración con el sector privado, organiza numerosos programas y actividades para ambos sexos por igual, sin discriminación por motivos de género y respetando la igualdad de oportunidades, como el Programa de Liderazgo Juvenil Ghaytuh, que desarrolla la capacidad y las aptitudes de los jóvenes en diversas esferas; el Programa de Dirigentes Internacionales, que perfecciona las aptitudes de los alumnos en el uso de la palabra, el pensamiento crítico, la comunicación, el análisis, la resolución de problemas, la gestión de las actividades, los proyectos y el trabajo comunitario y les ofrece orientación profesional; el Programa Desafío de Omán, iniciativa educativa sin fines de lucro que fomenta las aptitudes básicas para la vida de los estudiantes en las zonas desérticas y en las costas de Omán; el Programa “Soy Empresario”, iniciativa que busca difundir una cultura de iniciativa empresarial entre los alumnos de 10° y 11º grados en todo Omán para alentarlas a establecer sus propias empresas comerciales y promover la iniciativa individual y el empleo por cuenta propia; el Programa de Dirigentes Takatuf, que enseña a los alumnos de 10º las funciones profesionales y de liderazgo y ofrece a los que obtienen los mejores resultados la oportunidad de desarrollar sus aptitudes académicas y completar sus estudios en universidades e instituciones internacionales; y el Programa Injaz Omán, en el que voluntarios del sector privado organizan actividades extracurriculares que imparten a los alumnos aptitudes y capacidades vitales para entrar en el mercado laboral y trabajar en pequeñas y medianas empresas.

58.Los hijos de extranjeros en Omán disfrutan de los mismos derechos que los hijos de los ciudadanos, en particular respecto a la educación preuniversitaria. Todos los niños reciben las mismas prestaciones ofrecidas en todos los niveles de la educación en todas las instituciones educativas administradas por el Estado, sin la más mínima discriminación material o moral.

Empleo

Respuesta a la pregunta 17:

59.Las mujeres constituyen el 47% de los empleados de la administración pública a tiempo completo. Las mujeres y los hombres que trabajan en la administración pública reciben igual remuneración por trabajo de igual valor en virtud del Real Decreto núm. 78/2013, que unifica el cuadro de categorías y salarios de los funcionarios públicos de Omán.

60.El Código Penal de Omán garantiza el derecho a la protección contra el acoso sexual en el lugar de trabajo. La Ley de la Administración Pública, en su artículo 10, especifica las obligaciones y prohibiciones a ese respecto.

61.En diciembre de 2016, 98.860 mujeres empleadas (23,5% del total) en el sector privado estaban aseguradas y el 24% estaban dadas de alta en el Organismo Público de la Seguridad Social.

Salud

Respuesta a la pregunta 18:

62.El aborto en la Sultanía es ilegal porque está en conflicto con la sharia islámica. En caso necesario, una mujer embarazada puede someterse a un aborto practicado por un médico diplomado, si este cree sinceramente que el aborto es el único medio para salvar la vida de la mujer. No se considera que la mujer incurra en delito. Es sancionada únicamente si el aborto es realizado por ella misma o por otra persona con su consentimiento o a petición suya. El artículo 11 de la Ley sobre la Práctica de la Medicina establece que un médico no podrá adoptar ninguna medida que provoque un aborto, ni podrá practicar un aborto, salvo que sea necesario por razones médicas aprobadas por un comité médico especializado. En este caso, la operación la deberá realizar un especialista en obstetricia y ginecología, siempre que sea posible. Así pues, hoy en día se permite el aborto cuando la vida de la madre corre peligro. El Comité Nacional de Bioética está examinando actualmente la posibilidad de permitir un aborto si el feto presenta una malformación tan grave que haría difícil la vida.

63. A fin de difundir la conciencia sobre la salud en la sociedad, y ante la falta de un programa de estudios sobre la salud para las escuelas, el Ministerio de Salud, en cooperación con el Ministerio de Educación y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, publicó un libro titulado “Realidades de la vida”. Este se distribuye entre los alumnos y las alumnas de 11º grado y es una fuente de información sobre la salud para los alumnos de las escuelas.

64.En su primera y segunda ediciones, el libro constaba de 17 capítulos. En la tercera edición y versiones posteriores se incorporaron nuevos capítulos sobre los temas de salud de interés para los estudiantes de ese grupo de edad, y la 14ª edición tenía un total de 30 capítulos.

65.Dado el aumento del número de capítulos y lectores, a partir de 2006 se decidió publicar el libro en dos volúmenes para proporcionar a los estudiantes información sobre salud con el fin de ayudarles a adoptar un estilo de vida sano y seguro.

66.El segundo volumen, que está destinado a niñas inscritas en las clases de alfabetización, versa sobre el espaciamiento de los nacimientos. Cada nueva edición del libro contiene información actualizada y estadísticas sobre la salud que tienen en cuenta los acontecimientos más recientes.

67.En 2015, 23.773 mujeres embarazadas recibieron su primera dosis de la vacuna contra el tétanos.

68.En 2015, 50.001 mujeres embarazadas recibieron su segunda dosis de la vacuna contra el tétanos.

69.Según datos estadísticos de 2015, 21.011 mujeres omaníes y mujeres expatriadas visitaron dispensarios de espaciamiento de los nacimientos en ese año.

70.El Ministerio de Salud, en colaboración con los organismos pertinentes, elaboró un plan a largo plazo para el sistema de salud omaní, que abarca hasta el año 2050. Asimismo, se preparó un estudio estratégico sobre la salud de las mujeres y los niños, que incluía programas, indicadores y desafíos pendientes. El plan y el estudio se utilizaron para elaborar una estrategia para la salud de la mujer a lo largo de su vida. En ella se proponen los siguientes objetivos:

•Eliminación de la mortalidad materna y neonatal evitable.

•Reducción de la mortalidad y la morbilidad maternoinfantil.

•Mejora de la calidad de los servicios de salud.

•Creación de un entorno propicio para la salud de las mujeres y los niños.

Se formularon estrategias para alcanzar esos objetivos, que se traducirán en diversas actividades ejecutadas en los futuros planes quinquenales. El Ministerio de Salud está examinando actualmente la estrategia para la salud de las mujeres con miras a su adopción.

Trabadoras domésticas migrantes

Respuesta a la pregunta 19:

71.La Sultanía presta la máxima atención a los trabajadores domésticos. El Ministerio de Trabajo ha promulgado reglamentos y leyes que garantizan los derechos de esos trabajadores, como la Decisión Ministerial núm. 189/2004 relativa a las normas y los requisitos laborales aplicables a los trabajadores domésticos. Dicha decisión regula la relación empleador-empleado basada en los requisitos en materia de licencia, los contratos de trabajo, las inspecciones médicas y las tarjetas de trabajo; obliga a los empleadores a pagar sueldos mensuales y proporcionar a los trabajadores alimentación, vivienda, atención médica y pasajes adecuados; y define los deberes de los trabajadores domésticos con arreglo a contratos de trabajo que establecen condiciones específicas. La Decisión Ministerial núm. 1/2011 se refiere a la publicación de normas sobre la contratación de trabajadores no omaníes. Regula las oficinas de contratación de trabajadores con el fin de garantizar los derechos de los empleadores y los empleados y prevenir la trata de personas y la explotación de los trabajadores. El Ministerio supervisa las oficinas y vela por que se apliquen dichas normas. Recibe también las denuncias. En 2014 tramitó 298 denuncias contra oficinas de contratación de trabajadores, 197 de las cuales se resolvieron y 32 se remitieron a las autoridades judiciales. El Ministerio está procediendo a resolver el resto de las denuncias.

72.El Ministerio de Trabajo aprobó también la Resolución Ministerial núm. 647/2011 por la que se establece un comité para la celebración de reuniones, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Policía Real de Omán, con las embajadas de los Estados que envían trabajadores a Omán. Las reuniones tienen la finalidad de encontrar soluciones adecuadas a los problemas de las trabajadoras, en particular las trabajadoras domésticas, cuyos derechos hayan sido vulnerados.

73.Además, el Ministerio de Trabajo promulgó la Circular Ministerial núm. 2/2006, que prohíbe a los empleadores retener los pasaportes de sus trabajadores. En la Circular se garantiza al trabajador la libertad de conservar su pasaporte. El Ministerio de Trabajo recibió 475 denuncias de retención de pasaportes por los empleadores y adoptó medidas con respecto a todas ellas.

74.La normativa vigente permite a los trabajadores cambiar de empleador. El Ministerio de Trabajo recibe las solicitudes de trabajadores que desean cambiar de empleador. En 2014, el Ministerio recibió 439 solicitudes de ese tipo y adoptó medidas legales al respecto.

75.En cuanto a la adhesión de Omán a la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares y el Convenio núm.189 de la OIT sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, Omán presta ahora especial atención a la adhesión a los tratados de derechos humanos que aceptó previamente durante el Examen periódico universal. Estudiará otras convenciones y convenios acordes con sus intereses nacionales después de adoptar medidas para adherirse a los que ha aceptado.

76.La Federación General de Sindicatos de Omán, representada por el Comité de Mujeres Trabajadoras, está procediendo, con arreglo a los procedimientos acordados con los órganos competentes y los empleadores, a comunicarse con las trabajadoras domésticas para concienciarlas, explicarles sus derechos y obligaciones con arreglo a la legislación laboral y transmitirles información jurídica.

77.Los miembros del Comité de Mujeres Trabajadoras realizaron visitas sobre el terreno en coordinación con las oficinas de contratación de trabajadoras para comprobar y mejorar las condiciones de las trabajadoras domésticas y examinar los retos que tienen ante sí.

78.La Federación General de Sindicatos de Omán está tratando de elaborar programas anuales de concienciación que proporcionan a los trabajadores no omaníes información sobre sus derechos y obligaciones en virtud de las leyes nacionales e internacionales. La Federación realiza visitas sobre el terreno para examinar las condiciones de los trabajadores y determinar si se han vulnerado sus derechos. Asimismo, recibe denuncias laborales a través de su sitio web y los medios sociales. Se examinan las denuncias con los órganos pertinentes, que los resuelven o los remiten a la judicatura. Entre los objetivos de la próxima estrategia de la Federación se incluye la publicación de una guía para las trabajadoras y los trabajadores domésticos.

Igualdad ante la ley y en asuntos civiles

Respuesta a la pregunta 20:

79.El capítulo 3 de la Ley relativa a la Prueba en las Transacciones Civiles y Comerciales (promulgada en virtud del Real Decreto núm. 68/2008) regula los requisitos para prestar declaración, que no discriminan entre hombres y mujeres. No existe discriminación en las declaraciones de los testigos en los asuntos civiles y penales.

80.En cuanto a la libertad de circulación de la mujer, la Ley de Pasaportes se enmendó para permitir a las mujeres obtener un pasaporte sin el consentimiento de su tutor. Ello está en consonancia con la Ley Fundamental del Estado y la situación actual en Omán, ya que una mujer no necesita obtener el consentimiento de su marido o tutor para viajar.

Matrimonio y relaciones familiares

Respuesta a la pregunta 21:

81.Las disposiciones de la Ley sobre la Condición Jurídica de la Persona se basan en la sharia islámica, que es la base de la legislación de la Sultanía. Dicha Ley no discrimina contra la mujer en Omán. Garantiza a esta todos los derechos compatibles con la sharia islámica. La promulgación de medidas legislativas contrarias a la sharia islámica violaría la Ley Fundamental del Estado. Por lo tanto, la Sultanía trata de abordar los casos relacionados con los derechos de la mujer en el marco de la Ley sobre la Condición Jurídica de la Persona.

Protocolo Facultativo y enmienda del artículo 20 1)

Respuesta a la pregunta 22:

82.La Sultanía de Omán está prestando ahora especial atención a la adhesión a los tratados de derechos humanos que aceptó previamente durante el Examen periódico universal. Estudiará otras convenciones y convenios y protocolos complementarios acordes con sus intereses nacionales después de adoptar medidas para adherirse a los que ha aceptado.