Naciones Unidas

CEDAW/C/GRC/7

Convención sobre la eliminaciónde todas las formas de discriminacióncontra la mujer

Distr. general

14 de marzo de 2011

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminacióncontra la Mujer

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

*

Grecia

Índice

PárrafosPágina

Lista de abreviaturas3

I.Introducción1–76

II.Resumen8–217

III.Medidas para la aplicación de la Convención22–28611

Artículo 1. Erradicación de la discriminación contra la mujer22–2311

Artículo 2. Protección legislativa y judicial contra la discriminación24–5811

Artículo 3. Incorporación de la perspectiva de género59–7021

Artículo 4. Cuotas y medidas de discriminación positiva a favor dela igualdad7124

Artículo 5. Funciones asignadas a cada género y lucha contra los estereotipos72–7724

Artículo 6. Violencia contra la mujer78–13525

Artículo 7. Participación de la mujer en los procesos de adopción dedecisiones en la vida política y pública136–14737

Artículo 8. Participación de la mujer en las instituciones internacionalesy europeas y en el cuerpo diplomático148–15339

Artículo 9. Igualdad de derechos de la mujer: ciudadanía y discriminaciónmúltiple154–17140

Artículo 10. Educación y formación profesional172–19044

Artículo 11. Empleo y seguridad social191–25151

Artículo 12. Salud y planificación familiar252–26470

Artículo 13. Participación en condiciones de igualdad en el deporte y enla cultura265–27372

Artículo 14. Mujeres del medio rural274–28474

Artículo 15. Igualdad jurídica de la mujer28578

Artículo 16. Igualdad en las esferas de la familia y del matrimonio28679

Anexos

1.Respuesta a las observaciones finales del Comité sobre el sexto informe periódico80

2.Plan Nacional de Acción para la Igualdad Sustantiva de Género 2010-201389

3.Lista de organismos que proporcionaron datos e información para la elaboración del séptimoinforme periódico94

4.Lista de empleados de la SGIG que contribuyeron a la elaboración del presente informe(junio de 2009)97

5.Cuadros98

Lista de abreviaturas

ADAsociación para el desarrollo

ADMAsociación para los Derechos de la Mujer

AHMUAsociación Helena de Mujeres Universitarias

AHPFAsociación Helena para la Planificación Familiar

BIGBiblioteca de la Igualdad de Género

CCGANConvenio Colectivo General de Ámbito Nacional

CCIACámara de Comercio e Industria de Atenas

CCSConsejo Central de Salud

CDDHCentro para la Defensa de los Derechos Humanos

CEFPFondo para el Empleo y la Formación Profesional

CESGConsejo Económico y Social de Grecia

CFACentros de Formación de Adultos

CFPConfederación de Funcionarios Públicos

CGMGConfederación General de Mujeres Griegas

CHACPConfederación Helénica de Artesanos y de Comerciantes Profesionales

CHCEICentro Helénico para el Control de Enfermedades Infecciosas

CHDHComité Heleno para los Derechos Humanos

CIAVMESCentro de Investigación y Apoyo a las Víctimas del Maltrato y de la Exclusión Social

CIIG (KETHI)Centro de Investigación para la Igualdad de Género

CIPCentro de Investigación Pedagógica

CISSBCuerpo de Inspectores de los Servicios de Salud y Bienestar

CITCuerpo de Inspectores de Trabajo

CNAPGLCentro Nacional de Administración Pública y Gobierno Local

CNCGConfederación Nacional del Comercio Griego

CNISCentro Nacional de Investigación Social

CNMConsejo Nacional de la Mujer

CNMGConsejo Nacional de Mujeres Griegas

CNRMGERed de la Cámara Nacional de Mujeres Griegas Empresarias

CNSSCentro Nacional de Solidaridad Social

CPEAComités Prefecturales de Educación de Adultos

CPEPComisión Prefectural de Educación Popular

CPUCAConfederación Panhelénica de Sindicatos de Cooperativas Agrarias

CRIComité Regional de Igualdad

CSAACentros de Servicios de Apoyo Adjuntos

EFPEscuela de formación profesional

EFPTEscuelas de formación profesional técnica

EMEHEstado Mayor del Ejército Heleno

EMDNHEstado Mayor de la Defensa Nacional Helena

ENMEscuela Nacional de la Magistratura

EOPEscuela de Orientación Profesional

ESOEscuelas de segunda oportunidad

FAHFuerza Aérea Helena

FCCAsuntos económicos y comerciales

FCMMFundación Cumbre Mundial de la Mujer

FDSFEFondo Distributivo de Subsidios Familiares para Empleadores

FEIFondo Europeo para la Integración

FHEFederación Helena de Empresas

FIPFFederación Internacional de Planificación de la Familia

FMDHFundación Marangopoulos para los Derechos Humanos

FSEFondo Social Europeo

FSOIFederación de Sindicatos de Obreros Industriales

FPHFuerza de Policía Helena

ICInstituto de capacitación

ICOIniciativa comunitaria

IELIniciativas de empleo local

IEPAInstituto de Educación Permanente de Adultos

IESInstitutos de Educación Superior

IFPInstituto de Formación Profesional

IHPMInstituto Helénico de Política Migratoria

ISSInstituto de la Seguridad Social

LEMLobby Europeo de Mujeres

LFPLiceo de formación profesional

MACMarco de apoyo comunitario

MEARMinisterio de Educación y de Asuntos Religiosos

MEGMinisterio de Exteriores griego

MENRMarco Estratégico Nacional de Referencia

MMCMedios de comunicación de masas

MSSSGMinisterio de Salud y Solidaridad Social griego

NNUUNaciones Unidas

OCEMNOrganización de Cooperación Económica del Mar Negro

OEHEÓrgano Estatal Heleno de Estadística

OEMO (OAED)Organización para el Empleo de la Mano de Obra

OGLÓrganos de Gobierno Local

OHPMIAOrganización Helena de Pequeñas y Medianas Industrias e Industrias Artesanales

OIMOrganización Internacional para las Migraciones

OMSOrganización Mundial de la Salud

ONGOrganización no gubernamental

OPLTOrganización para la Publicación de Libros de Texto

OSCEOrganización para la Seguridad y la Cooperación en Europa

PJDPPersona jurídica de derecho público

PJDPrPersona jurídica de derecho privado

POPrograma operacional

POEFPIPrograma operacional para la Educación y la Formación Profesional Inicial

POEFPP (EPEAEK)Programa operacional de "Educación y Formación Profesional Primaria"

PORPrograma operativo regional

PIDZRProgramas Integrados para el Desarrollo de las Zonas Rurales

POCPrograma Operacional de Competitividad

RSEResponsabilidad social de las empresas

RTERadio y TV estatales

SACServicio de Apoyo Complementario

SCDIServicio de Cooperación al Desarrollo Internacional

SGIGSecretaría General para la Igualdad de Género

SGITSecretaría General para la Investigación y la Tecnología

SJEServicio Jurídico Especial

SNSGSistema Nacional de Salud de Grecia

TICTecnologías de la Información y de la Comunicación

UDMUnión para los Derechos de la Mujer

UEUnión Europea

UMGUnión de Mujeres Griegas

AMJCAsociación de Mujeres Jóvenes Cristianas

I.Introducción

1.Las políticas de igualdad de género constituyen desde los años setenta un cuerpo independiente dentro del conjunto de las políticas públicas internacionales y europeas. La considerable aportación de las instituciones internacionales y europeas, así como la labor de las mujeres y de las organizaciones feministas, han contribuido a la rápida evolución registrada desde entonces en materia de igualdad entre el hombre y la mujer. En la actualidad, la nueva Convención de la Unión Europea (UE) cuenta la igualdad de género entre sus objetivos primordiales. El Consejo de Europa ha optado por dar prioridad a la lucha contra la violencia dirigida hacia la mujer. Al tiempo que prosigue sus esfuerzos a favor de la ejecución de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, las Naciones Unidas han declarado la protección de los derechos de las mujeres una prioridad del milenio.

2.La Constitución griega garantiza que el Estado tomará medidas a favor de la igualdad sustantiva entre los hombres y las mujeres con objeto de "eliminar las desigualdades reales, en particular aquellas de las que son víctimas las mujeres" (párrafo 2 del artículo 116 de la Constitución). La ratificación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, incorporada a la legislación griega en 1983 (Ley 1342/1983), expresa la voluntad del Estado heleno de asumir responsabilidades y arbitrar medidas a favor de la igualdad entre el hombre y la mujer.

3.El séptimo informe periódico de Grecia abarca de 2005 a 2008 e incluye las medidas, políticas y actuaciones desplegadas en el marco de la aplicación de las Prioridades Nacionales en materia de Políticas y Ejes de Acción para la Igualdad de Género 2004-2008, ejecutadas por el Gobierno elegido en los comicios generales celebrados en marzo de 2004. Los Ejes de Acción giran en torno a: a) la lucha contra la trata de mujeres con fines de explotación económica y sexual; b) la regulación legislativa —por vez primera— de la lucha contra la violencia doméstica y el acoso sexual en el trabajo; c) el fomento del empleo femenino mediante un amplio abanico de diferentes intervenciones; d) la lucha contra los estereotipos sexuales a través de la educación y de la ejecución de programas de sensibilización dirigidos específicamente a la comunidad educativa, y e) la adopción de medidas de discriminación positiva encaminadas a incrementar la participación y la representación femeninas en las estructuras y en los procesos de adopción de decisiones.

4.El actual Gobierno griego, elegido en los comicios generales celebrados el 4 de octubre de 2009, ha establecido entre sus prioridades la mejora de la vida cotidiana de hombres y mujeres y, en particular, la mitigación de las dificultades generadas por la crisis económica. La Secretaría General para la Igualdad de Género (SGIG) elaboró el Plan Nacional de Acción para la Igualdad Sustantiva de Género 2010-2013, cuyo objetivo principal es lograr la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres en todas las esferas de la vida social (política, económica, laboral, familiar, cultural) (ver anexo 1). Este programa, que incorpora las medidas del Plan Nacional de Acción para la Prevención y la Lucha contra la Violencia contra la Mujer 2009-2013, apela al conjunto de la nación y abarca toda una serie de actuaciones programadas que se sustentan sobre los principios básicos y los enfoques teóricos en materia de igualdad entre el hombre y la mujer. Todos los recursos, económicos y humanos, necesarios para su ejecución están garantizados. Los objetivos estratégicos del programa se basan en:

a)La protección de los derechos humanos de las mujeres, con especial atención a la planificación de medidas destinadas a los grupos de mujeres que sufren discriminación múltiple.

b)La prevención y la lucha contra la violencia contra la mujer en la vida familiar y privada, en el trabajo y en la sociedad en general.

c)El apoyo al empleo femenino y a la independencia económica de la mujer.

d)La promoción de la creatividad artística femenina que promueva la igualdad entre el hombre y la mujer.

5.Para ejecutar el Plan Nacional de Acción para la Igualdad Sustantiva de Género 2010-2013, la SGIG utiliza el Marco Estratégico Nacional de Referencia (MENR) —programación de los Fondos de la Unión Europea a nivel nacional para el período 2007‑2013 (Eje III: "Fortalecimiento de las políticas de género en todas las esferas de actuación pública", PO "Reforma de la Administración Pública", financiado por la UE y fuentes nacionales)—. Concretamente, las tareas previstas en la planificación inicial de los Ejes para 2007-2008 se adaptaron y, seguidamente, se incluyeron en el marco económico del MENR en 2010. La adaptación se basó en las nuevas prioridades políticas adoptadas por el Gobierno en 2009 y expuestas en el Plan Nacional de Acción. La ejecución de las tareas se iniciará gradualmente en 2011.

6.Este informe es el resultado de la cooperación entre la SGIG y diferentes organismos y organizaciones gubernamentales, autoridades independientes, organizaciones de mujeres y organizaciones no gubernamentales. María Stratigaki, como Secretaria General para la Igualdad de Género, agradece su contribución a todas esas organizaciones, así como a los miembros de la SGIG que han recabado y procesado los datos y la información y a sus colaboradoras Nafsika Moschovakou y Papagiannopoulou Matina, responsables de la redacción final del informe.

7.Al presentar este informe, Grecia se compromete a seguir contribuyendo a la erradicación de las desigualdades y de la discriminación contra la mujer, salvaguardar eficazmente sus derechos y potenciar su participación activa en todas las esferas de la vida social, económica, política y cultural.

II.Resumen

8.El séptimo informe periódico de Grecia (2005-2008) al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer presenta las políticas, medidas y planes desarrollados y ejecutados durante este período en Grecia para erradicar los estereotipos de género y la discriminación, así como para empoderar a la mujer en todas las esferas de la vida económica, política y social. Durante dicho período se planificó el Eje III ("Reforma de la Administración Pública") del Marco Estratégico Nacional de Referencia (MENR), en el que se incluyen políticas cuya ejecución está prevista para después de dicho período.

9.De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, entre 2005 y 2008 se ha reforzado y perfeccionado el marco institucional griego para la igualdad de género. Entre las disposiciones legislativas básicas cabe destacar, en particular: a) se incorporará a la legislación griega (Ley 3488/2006) la directiva de la UE sobre la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, así como en materia de condiciones de trabajo, y b) se ha promulgado una ley contra la violencia doméstica (Ley 3500/2006). Además, se han adoptado disposiciones legislativas cruciales en materia de igualdad de género en los ámbitos de la lucha contra la trata de seres humanos, la protección de las mujeres-víctimas y la aplicación de cuotas en las elecciones generales y en los comités de investigación y tecnología, así como en materia de protección de grupos socialmente vulnerables. La labor de las organizaciones femeninas ha dado un importante impulso a la elaboración y a la ratificación de estos textos legislativos.

10.La incorporación de la perspectiva de género (artículo 3), en combinación con la aplicación de medidas de discriminación positiva, permite impulsar la igualdad entre hombres y mujeres y contribuir a su materialización a todos los niveles. Por ello, entre 2005 y 2008 se optimizaron o pusieron en marcha mecanismos institucionales encaminados a integrar el enfoque de género en la Administración Pública. Para ello se crearon instrumentos políticos y se adoptaron medidas para la sensibilización de los funcionarios públicos. Por otra parte, durante este período se adoptaron medidas de discriminación positiva para, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4 de la Convención, impulsar la participación equilibrada y equitativa de las mujeres en todos los niveles del gobierno; cabe destacar, en particular, el establecimiento de cuotas de género en las listas electorales nacionales y en los comités de investigación y de tecnología.

11.Por otra parte, con objeto de lograr la igualdad entre hombres y mujeres, se destacó la importancia de reducir los estereotipos y cambiar los patrones sociales (artículo 5). A tal fin se concibieron planes de actuación, en particular, para la conciliación de la vida familiar y de la vida profesional y, en general, para la sensibilización sobre las funciones asignadas a cada sexo. Como consecuencia, organismos gubernamentales como, entre otros, el Centro de Investigación para la Igualdad de Género (CIIG), el Ministerio de Defensa Nacional griego y la Radio y Televisión Estatales (RTE), así como organizaciones no gubernamentales se comprometieron a extender las políticas de igualdad y a erosionar los estereotipos en torno a las funciones de cada sexo en la vida familiar y personal y en la vida profesional. En cuanto a la conciliación de la vida familiar y profesional se refiere, cabe destacar que se han adoptado, además de medidas prácticas, las disposiciones legislativas pertinentes a favor de mujeres y madres.

12.En el marco de las actuaciones adoptadas para la protección de la mujer, entre 2005 y 2008 se consideró prioritario prevenir y luchar, en general, contra cuanto revirtiera en perjuicio de la mujer, y en particular, contra la trata de mujeres para su explotación sexual o económica y la violencia doméstica. En concreto, y con arreglo al artículo 6 de la Convención, se adoptaron medidas importantes a nivel interministerial, ministerial y no gubernamental. El Servicio de Cooperación al Desarrollo Internacional (SCDI) del Ministerio de Exteriores griego (MEG) ha colaborado con ministerios, organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales griegas financiando programas de sensibilización y de lucha contra la trata de seres humanos tanto en Grecia, a la vez país de tránsito y de destino, como en los países de origen de las víctimas. Por otra parte, la Fuerza de Policía Helena (FPH) ha creado departamentos contra el tráfico de personas con objeto de afrontar el fenómeno con garantías de éxito. Asimismo ha llevado a cabo diferentes actuaciones educativas y de formación sobre identificación de víctimas, necesidad de trato especial para las mismas y, en general, necesidad de arbitrar vías de colaboración entre los diferentes organismos para la protección debida de las víctimas. En este mismo marco, el Ministerio de Justicia griego ha organizado diferentes acciones de concienciación y educación destinadas a funcionarios judiciales. El Centro Nacional de Solidaridad Social del Ministerio de Salud y Solidaridad Social griego (MSSSG) ha creado servicios de asesoramiento, admisión y acogida temporal para las víctimas del tráfico de personas.

13.En materia de prevención y lucha contra la violencia doméstica dirigida hacia la mujer cabe destacar la ratificación de una ley contra la violencia doméstica (Ley 3500/2006) que ha permitido cubrir un importante vacío legislativo. Esta ley introdujo reformas vitales con objeto de penalizar conductas que se siguen en el ámbito familiar y que anteriormente no estaban tipificadas como delito. Por otra parte, al amparo del nuevo Código Municipal y Comunitario, el asesoramiento a las víctimas de la violencia doméstica ha pasado a ser una nueva competencia de los Órganos de Gobierno Local (OGL). Aparte de las disposiciones legislativas, la SGIG adoptó diferentes medidas a favor de las mujeres víctimas de la violencia doméstica que se canalizaron a través de sus dos centros de asesoramiento. La Fuerza de Policía Helena (FPH), en el marco de sus actuaciones para la sensibilización de los agentes, organizó en las academias de policía una jornada informativa de un día de duración sobre violencia doméstica. El Centro Nacional de Solidaridad Social (CNSS) continuó brindando servicios de apoyo a las víctimas de la violencia. Por último, las organizaciones de mujeres contribuyeron a la ratificación de la ley, así como a la ejecución de las actuaciones educativas y de sensibilización.

14.A fin de fomentar la participación femenina en los procesos de adopción de decisiones (artículo 7) se promulgaron disposiciones legislativas en virtud de las cuales quedó establecida la adopción de cuotas de género para los comicios nacionales y de medidas de discriminación positiva destinadas a incrementar la participación femenina en la adopción de decisiones. Por otra parte, y según las estadísticas del MEG, durante el mismo período se incrementó la participación femenina en los órganos de representación internacional de Grecia (artículo 8). Además, mediante su participación activa en los foros y organismos europeos e internacionales, la SGIG ha contribuido junto a una serie de organizaciones femeninas participantes en diversas conferencias internacionales a la promoción de los temas de igualdad estableciendo relaciones y colaboraciones internacionales.

15.Por otra parte, se ha puesto un especial interés en la mujer inmigrante. Con ello se pretendía planificar una política de inmigración efectiva que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9 de la Convención, incorpore la perspectiva de género y la protección de los derechos de las mujeres inmigrantes. Por lo tanto, se ha potenciado el marco legislativo en materia de inmigración en relación con la aplicación del principio de igualdad de trato, independientemente del sexo o la nacionalidad de origen. Al mismo tiempo, la SGIG y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas unieron sus esfuerzos para elaborar los planes de actuación de los Comités Regionales de Igualdad, cuya finalidad es detectar y resolver los problemas a los que se enfrentan las mujeres inmigrantes. Además, la SGIG y el Centro de Investigación para la Igualdad de Género (CIIG) han aprobado planes de actuación a favor de la mujer inmigrante.

16.Entre 2005 y 2008, el Estado griego adoptó un marco de acciones coordinadas para luchar contra la discriminación sexual y proteger el derecho a la igualdad entre el hombre y la mujer en la enseñanza escolar y el aprendizaje permanente (artículo 10). En el marco del programa operacional Educación y formación profesional primaria (POEFPP II), del Tercer Marco de Apoyo Comunitario (MAC) 2000-2006, se han ejecutado varios programas encaminados a: a) ampliar el horario escolar (escuelas de jornada completa) en la educación primaria, y ello con objeto de disminuir el abandono escolar y dar facilidades a los padres (especialmente a las madres); b) fomentar la participación femenina en los programas de postgrado; c) reforzar los estudios de género en la educación superior, y d) educar y sensibilizar a los docentes sobre los problemas relativos a la igualdad entre el hombre y la mujer. En el marco de estos programas se han desarrollado también herramientas docentes y se han realizado investigaciones y exámenes de sensibilización. Con ello se pretende preparar la inclusión de las cuestiones de género en el proceso educativo a través de la organización de numerosas jornadas informativas y educativas de un día de duración.

17.Para abordar los problemas del empleo femenino y reducir la discriminación sexual en el mercado de trabajo (artículo 11) se adoptaron medidas transversales y programas especiales para mujeres desempleadas encaminados a potenciar su acceso efectivo al mercado de trabajo y a eliminar la exclusión social. Más concretamente, el PO Empleo y formación profesional tuvo como objetivo incrementar las tasas de empleo femenino. Para ello se adoptaron una serie de medidas e intervenciones encaminadas a eliminar los factores inhibitorios y los obstáculos que imposibilitan el acceso de la mujer al mercado de trabajo o su permanencia en el mismo. En el marco de la Iniciativa Comunitaria EQUAL se han tomado algunas medidas encaminadas a fomentar la igualdad entre hombres y mujeres en las esferas del empleo, la actividad empresarial y la compatibilidad y la conciliación entre la vida familiar y la vida profesional. Por otra parte, la SGIG ha ejecutado un amplio abanico de intervenciones a favor de la mujer. Entre ellas destaca la firma de un memorando de acuerdo con las principales organizaciones laborales y con la Red Griega de Responsabilidad Social de las Empresas (RSE) para facilitar a la mujer la participación en el empleo y brindarle iguales oportunidades de ascenso profesional.

18.En 2006, la Ley 3488/2006 (De la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, así como en materia de condiciones de trabajo) define por vez primera el acoso sexual como discriminación sexual en el trabajo, lo que otorga a la víctima derecho a reclamar una indemnización . El mismo cuerpo legislativo define al Defensor del Pueblo griego como el órgano competente para el seguimiento, en colaboración con el Cuerpo de Inspectores de Trabajo (CIT), de la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en los sectores público y privado.

19.El artículo 12 de la Convención garantiza la adopción de medidas apropiadas para erradicar la discriminación contra la mujer en la esfera de la salud. En Grecia, el acceso a los servicios de salud y de salud pública está libre de discriminación por razón de sexo o de nacionalidad. Entre 2005 y 2008 se tomaron diversas medidas encaminadas a informar y sensibilizar a las mujeres sobre temas de salud (reproducción, salud sexual, etcétera). En 2007, y a nivel de política estratégica, el MSSSG ejecutó los Planes Nacionales de Acción para la Salud Sexual y Reproductiva, el VIH/SIDA y las Enfermedades de Transmisión Sexual. Dichos planes se estructuraron con sensibilidad y respeto hacia ambos sexos y contando con las organizaciones no gubernamentales que trabajan en la materia.

20.Con objeto de impulsar y potenciar a la mujer en todos los sectores de la cultura (artículo 13) se han ejecutado distintos programas, actuaciones y eventos de un día de duración. En el ámbito de las actividades mencionadas, los museos organizaron programas educativos, así como diversos organismos gubernamentales y organizaciones no gubernamentales, actos de un día de duración encaminados a potenciar la función de la mujer, el lado femenino del arte, la creación artística entre las mujeres y, en general, el desarrollo cultural.

21.Las circunstancias especiales a las que se enfrenta la mujer rural requieren la adopción de medidas específicas que permitan erradicar la discriminación sexual en tales zonas geográficas (artículo 14). Con este fin se han incorporado al ordenamiento jurídico importantes disposiciones destinadas a la mujer rural, por ejemplo en materia de seguridad social y bienestar social. Paralelamente, el Ministerio de Desarrollo Rural y de Alimentación griego planificó una estrategia para fomentar, a través de la ejecución de programas de capacitación y el suministro de información, la actividad empresarial de la mujer rural. Asimismo se adoptaron diversas medidas a favor de la creación de cooperativas femeninas a lo largo y ancho del país, para facilitar información sobre posibilidades de empleo fuera del ámbito rural y para mejorar el potencial y las habilidades profesionales de las mujeres.

III.Medidas para la aplicación de la Convención

Artículo 1Erradicación de la discriminación contra la mujer

22.El sistema judicial y la Constitución de Grecia consagran desde 1975 el principio de igualdad. El párrafo 2 del artículo 4 de la Constitución proclama la igualdad de derechos y obligaciones entre hombres y mujeres en Grecia. El artículo 5 extiende el principio de no discriminación a la totalidad de las personas presentes en el territorio heleno. La Constitución, reformada en 2001, amplía la igualdad sustantiva de género y, en virtud del párrafo 2 de su artículo 116, suprime todas las normas que vulneren el principio de igualdad entre hombres y mujeres. Asimismo, el Estado está obligado a adoptar medidas de discriminación positiva encaminadas a erradicar la discriminación contra de la mujer. En aquellos casos en que, por circunstancias especiales, mujeres de grupos socialmente vulnerables no puedan —o les resulte difícil— ejercer sus derechos, se aplicará una legislación especial (esto es, protección de las víctimas de la violencia contra la trata de personas y la explotación sexual, derecho a la asistencia jurídica gratuita con arreglo a las condiciones previstas en la Ley 3226/2004, y disposiciones específicas en materia de apoyo y asistencia a las víctimas de la violencia doméstica recogidas en la Ley 3500/2006).

23.Con objeto de facilitar el acceso de la mujer a la justicia y potenciar su nivel de protección jurídica, la SGIG incluyó en la planificación inicial del PO Reforma de la Administración Pública, Eje III, la recopilación y el estudio sistemático de la legislación vigente para los sectores público y privado en materia de igualdad de género, así como de la jurisprudencia relevante. Se pretende con ello mejorar y simplificar el marco normativo con vistas a su efectiva aplicación en la Administración, en los tribunales de justicia y en los mecanismos de supervisión. La planificación de este PO incluye asimismo la evaluación sistemática de los efectos de los textos legislativos y normativos y del impacto de su aplicación, todo ello con arreglo a los principios y procedimientos de buena legislación en materia de igualdad entre hombres y mujeres. (Ambas tareas comenzarán a ejecutarse en 2011).

Artículo 2Protección legislativa y judicial contra la discriminación

24.La potenciación del marco legislativo en materia de igualdad de género constituye un importante instrumento político para la protección de los derechos de la mujer. En los últimos años, también se han ampliado en Grecia las esferas de aplicación con objeto de cubrir las nuevas necesidades surgidas en el mercado de trabajo, la familia y la vida comunitaria en general. La primera parte de este informe relativa a este artículo (párrafos 25 a 50) presenta de forma concisa y en orden cronológico los elementos más relevantes del conjunto de disposiciones legislativas adoptadas entre 2005 y 2008 a favor de la igualdad entre hombres y mujeres. También se abordan en ella los tres textos legislativos de períodos anteriores (2004) que no se incluyeron en el sexto informe periódico de Grecia. A continuación se incide de forma especial en los convenios colectivos de ámbito nacional, que en Grecia tienen rango de ley (párrafos 51 y 52), y en las actuaciones de las organizaciones femeninas para impulsar la adopción y la aplicación de disposiciones legislativas (párrafos 53 a 58).

Disposiciones legislativas en materia de igualdad de género

Disposición especial sobre el empleo femenino, Ley 3250/2004 (Del empleo a tiempo parcial en el sector público, en los órganos de gobierno local y en las entidades de derecho público)

25.Con arreglo a lo dispuesto en la Ley 3250/2004 (Boletín Oficial del Estado 124A de 07/07/04), entre el personal seleccionado deberá incluirse a: a) madres con hijos menores (10%) y b) padres con tres o más hijos, así como hijos de padres con tres o más hijos (10 %) (La Ley 3454/2006, "Del fortalecimiento de la familia y otras disposiciones", amplía el ámbito de aplicación de dicha norma para incluir junto a los padres de familia numerosa a los padres de tres hijos). Por otra parte, dicha Ley contempla tres supuestos (60%) que, siempre que se hayan presentado suficientes solicitudes, deberán cubrirse con mujeres: a) desempleados de ambos sexos mayores de 30 años que hayan agotado la prestación regular por desempleo; b) desempleados de ambos sexos en los cinco años inmediatamente anteriores a la edad de jubilación; c) desempleados de ambos sexos, y d) desempleados de ambos sexos menores de 30 años que hayan estado inscritos en el Instituto de Empleo (OEMO) durante al menos 18 meses.

Licencia por cuidado de hijos para madres funcionarias de justicia

26.La Ley 3258/2004 (Boletín Oficial del Estado A144 de 29/07/04), "De la enmienda al Código de Organización de los Tribunales y de Estatuto de los Funcionarios de Justicia y otras disposiciones", garantiza en su artículo 1 que las funcionarias de justicia podrán disfrutar de una licencia retribuida de nueve meses para el cuidado de hijos.

Concesión de permiso de residencia y permiso de trabajo a las víctimas de la trata de seres humanos

27.La Ley 3274/2004 (Boletín Oficial del Estado A’ 195 de 19/08/04), "De la organización y el funcionamiento de los órganos de gobierno local de primera y segunda clase", establece en el párrafo 7 de su artículo 34 que, previo auto del juez de faltas ratificado por el juez de apelación, se suspenderá la deportación de los extranjeros que residan ilegalmente en Grecia y que hayan sido acusados de ejercer la prostitución hasta que se resuelva su situación por sentencia firme. Al amparo de lo dispuesto en la Ley 2010/2001, y mientras se mantenga la suspensión de la deportación, se les expedirá permiso de residencia autorizado por el Secretario General de la Región. El citado permiso de residencia, que asimismo hace las veces de permiso de trabajo, será válido por seis meses prorrogables por igual período de tiempo hasta que se dicte sentencia firme. Dichas sentencias son también de aplicación para los supuestos previstos en el artículo 12 de la Ley 3064/2002.

Reproducción médicamente asistida

28.La Ley 3305/2005 (Boletín Oficial del Estado A 17 de 27/01/2005), "De la práctica de la reproducción médicamente asistida", precisa lo dispuesto en la Ley 3089/2002, le otorga carácter biomédico y define las condiciones específicas para la práctica de la reproducción médicamente asistida.

Mantenimiento de la pensión de jubilación para la cónyuge supérstite menor de 40 años y derecho a hacer valer hasta 150 días de tiempo cotizado para generar derecho a jubilación

29.El artículo 4 de la Ley 3385/2005 (Boletín Oficial del Estado A’ 210 de 19/08/2005), "Del fomento del empleo, la potenciación de la cohesión social y otras disposiciones", modifica el artículo 62 de la Ley 2676/1999, relativo a la pensión de jubilación del cónyuge o la cónyuge supérstite. Hasta ahora, el cónyuge supérstite de ambos sexos menor de 40 años sólo percibía la pensión del cónyuge fallecido durante tres años. Seguidamente se interrumpía el pago de la pensión, que se retomaba al cumplir 65 años. La nueva ley no interrumpe el abono de la pensión a los viudos o viudas transcurridos tres años incluso en el supuesto de que el supérstite fuera menor de 40 años a la fecha de defunción del cónyuge. Su artículo 6 ofrece asimismo la posibilidad de que los varones con más de 65 años y las mujeres con más de 60 años que, por la razón que fuera, no hubieran podido completar 15 años de cotización (es decir, 4.500 sellos) puedan reclamar hasta 150 días de tiempo cotizado.

Ley 3386/2005 (Boletín Oficial del Estado A’ 212 de 23/08/2005) o De la entrada, la residencia y la integración social de los nacionales de terceros países en territorio griego (artículo 1 c) y artículos 46 a 52)

30.Esta Ley define claramente a la víctima de la trata de seres humanos como la persona física que ha sido víctima de cualquiera de los delitos recogidas en los artículos 323, 323 a), 349, 351 y 351 a) del Código Penal, con independencia de la legalidad o ilegalidad del procedimiento de entrada al país de dicha persona (párrafo c) del artículo 1). Con la introducción del Capítulo I (artículos 46 a 52) se pretende regular de forma general la protección y la asistencia debidas a las víctimas de la trata de seres humanos en el marco de la lucha contra dicho fenómeno y con arreglo a la Directiva del CE Nº 2004/81/CE. En él se garantiza que al nacional de un tercer país que haya sido definido por un fiscal competente como víctima del tráfico de seres humanos se le expedirá, en tanto coopere en la lucha contra la trata de personas, permiso de residencia válido por 12 meses. Dicho permiso podrá ser renovado por un período igual con objeto de facilitar la investigación o las diligencias judiciales. El permiso de residencia deberá garantizar el acceso al mercado de trabajo y al tratamiento médico y farmacéutico. Antes de la adjudicación del permiso de residencia, la autoridad fiscal competente otorgará a las víctimas del tráfico de personas un plazo de reflexión de hasta un mes (que podrá prolongarse cuando las víctimas sean menores de edad) para que puedan recuperarse, escapar de la influencia de los infractores y tomar una decisión objetiva respecto a su cooperación con las autoridades judiciales. Con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 79 de la citada ley, la embarazada no podrá ser deportada por vía administrativa durante el periodo de gestación ni, tampoco, durante los seis meses siguientes al parto.

Supresión del 10% de cuota de admisión de mujeres en las escuelas de la Academia de Bomberos del Cuerpo de Bomberos de Grecia (Ley 3387/2005)

31.El párrafo 3 del artículo 12 de la Ley 3387/2005 (Boletín Oficial del Estado 224 de 12/09/05) suprime la obligatoriedad del 10% de admisión de mujeres en las escuelas de la Academia de Bomberos del Cuerpo de Bomberos de Grecia.

Tiempo de servicio militar reducido para miembros de familias numerosas, hijos de madres solteras, etcétera (Ley 3421/2005)

32.Con arreglo a lo dispuesto en la Ley 3421/2005 (Boletín Oficial del Estado 302/A de 13/12/2005), "Del servicio militar griego y otras disposiciones", las personas con derecho a prestar un tiempo de servicio militar reducido podrán, si así lo desean, ser asignadas a las siguientes categorías de servicio:

a)Servicio de seis meses: 1) el varón con seis o más hermanos de ambos sexos vivos, así como los dos hermanos varones mayores de entre cinco hermanos de ambos sexos vivos; 2) el único hijo varón o el hijo varón mayor de padres incapaces de procurar apoyo económico o fallecidos; 3) el padre de dos hijos vivos, y 4) el varón casado cuya esposa sea incapaz de procurar apoyo económico.

b)Servicio de nueve meses: 1) los dos hermanos varones mayores de entre cuatro hermanos de ambos sexos vivos; 2) el único hijo varón o el hijo varón mayor de entre tres hijos vivos; 3) el único hijo varón o el hijo varón mayor cuyo padre sea incapaz de procurar apoyo económico, haya cumplido 70 años o sea viudo; 4) el único hijo varón o el hijo varón mayor huérfano de padre o hijo de madre soltera, y 5) el padre de un hijo vivo.

Supresión del 15% de cuota de empleo para mujeres en la Policía Municipal (Ley 3448/2006)

33.El párrafo 1 del artículo 30 de la Ley 3448/2006 (Boletín Oficial del Estado 57 de 15/03/2006) suprime el 15% de cuota de empleo para mujeres en la Policía Municipal. Además, el párrafo 4 del mismo artículo regula las condiciones de empleo en la Policía Municipal de las personas que hayan sido cesadas en ejecución de una sentencia dictada por un tribunal administrativo.

Apoyo a familias con tres hijos (Ley 3454/06)

34.La Ley 3454 (Boletín Oficial del Estado 75 de 07/04/2006), "Del apoyo a la familia y otras disposiciones", brinda apoyo económico y amplía las prestaciones sociales a favor de las familias numerosas con tres hijos. Entre otros extremos, la citada ley establece lo siguiente: a) abono por parte del Estado griego de un total de 2.000 euros a las mujeres que den a luz a su tercer hijo a partir del 1º de enero de 2006; b) obligación de los organismos del Estado de emplear un porcentaje fijo de padres e hijos de familias con tres hijos; c) expedición de la "tarjeta de cultura" a los padres y a los hijos de familias con tres hijos, y d) concesión de la condición de familia numerosa al padre casado y responsable de la custodia de tres hijos menores y solteros, así como de su crianza, etc.

Ley 3463/2006 por la que se ratifica el Código Municipal y Comunitario

35.La citada ley establece como nueva competencia de los órganos de gobierno local el asesoramiento a las personas que han sufrido violencia doméstica.

Ley 3488/2006 (Boletín Oficial del Estado 191 de 11/09/2006) sobre la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, así como en materia de condiciones de trabajo

36.La Ley 3488/2006 incorpora la Directiva Comunitaria Nº 73/2002/CE, reemplaza la Ley 1414/1984 y regula todo lo relativo a la igualdad de salarios entre empleados de ambos sexos. Dicho cuerpo legal, de aplicación a todos los empleados de los sectores privado y público, independientemente de su situación laboral, prohíbe toda forma de discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo o de situación familiar. Por último, el Defensor del Pueblo griego, como autoridad independiente, se constituirá en órgano de seguimiento de la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres. La ley citada define taxativamente el acoso sexual en el trabajo como una forma de "discriminación sexual" (párrafo 2 del artículo 4), lo tipifica como delito, prevé sanciones para el mismo [de seis meses a tres años de prisión y multa de al menos 1.000 euros: párrafo 4 del artículo 16] y garantiza que la víctima podrá reclamar indemnización (párrafo 1 del artículo 16). Por otra parte, el acoso sexual se define también como falta disciplinaria (párrafo 3 del artículo 16). Al amparo del artículo 22 de la citada ley, los trabajadores a tiempo parcial del sector privado tendrán asimismo derecho a licencia por enfermedad de persona bajo su tutela (hijo menor o incapaz) o para informarse del rendimiento escolar de los hijos. Concretamente se podrán conceder hasta 10 días anuales de licencia no retribuida en caso de enfermedad de hijos dependientes [seis días por un hijo, ocho por dos hijos y 10 por más de dos hijos]; el trabajador podrá asimismo ausentarse del trabajo con permiso del empleador durante cuatro días al año para visitar la escuela de sus hijos, siempre que éstos sean menores de 16 años.

Comité Nacional para la Igualdad entre el Hombre y la Mujer (Ley 3491/2006)

37.El Comité Nacional para la Igualdad entre el Hombre y la Mujer se creó en aplicación del artículo 8 de la Ley 3491/2006 (Boletín Oficial del Estado 207 de 02/10/2006). Está compuesto por el Ministro de Interior, en calidad de presidente, que en su caso será sustituido por el Secretario General para la Igualdad, también miembro del Comité; el Secretario General del Ministro de Interior y otros ministros, así como representantes de los órganos de gobierno local de clase A y B y del Consejo Económico y Social de Grecia (CESG), interlocutores sociales, organizaciones no gubernamentales que trabajan a favor de la igualdad de género y entidades independientes. El objetivo del Comité es contribuir al diseño de la estrategia nacional para la igualdad entre hombres y mujeres y a la planificación de las políticas y medidas necesarias a tal fin, así como contribuir al seguimiento de su aplicación y a la evaluación de sus efectos a nivel nacional y regional.

Prevención y lucha contra la violencia doméstica (Ley 3500/2006)

38.Con la ratificación de la Ley 3500/2006 (Boletín Oficial del Estado 232/A’ de 24/10/2006) se pretende luchar contra la violencia doméstica y cubrir un vacío legal importante contribuyendo con ello a la prevención y a la lucha contra un fenómeno social de dimensiones bastante inquietantes que afecta principalmente a mujeres y a niños. Dicha ley afirma que el fenómeno de la violencia doméstica va dirigido principalmente contra la mujer y que, por ello, viola el principio constitucional de igualdad entre el hombre y la mujer (párrafo 1 del artículo 4 de la Constitución) e impide a ésta, de forma rotunda y negativa, el libre desarrollo de su personalidad. La ley introduce cuatro reformas fundamentales: a) las relaciones sexuales conyugales no consentidas se consideran delito de violencia doméstica; b) se prohíbe el recurso a la violencia física contra menores como medio de corrección disciplinaria; c) todas estas medidas se aplican también en el supuesto de convivencia estable entre un hombre y una mujer no unidos en matrimonio, y d) se garantiza la intervención judicial en los supuestos de delito de falta por violencia doméstica. El autor del delito y la víctima serán emplazados a comparecer ante un fiscal o un tribunal competentes con objeto de llevar a cabo todos los esfuerzos posibles para restablecer la convivencia armoniosa.

39.La Ley 3500/2006 contempla seis nuevas conductas de la esfera doméstica que, no consideradas hasta entonces delitos culposos, se definen ahora como figuras penales: a) los actos de violencia doméstica ejecutados frente a un menor y dirigidos contra otro miembro de la familia deberán ser severamente castigados; b) igualmente serán severamente castigados los actos de violencia doméstica dirigidos contra una embarazada; c) de igual modo, los actos de violencia doméstica dirigidos contra un miembro de la familia incapaz de defenderse a sí mismo o a sí misma (ancianos, discapacitados, enfermos, etc.); d) grave pena se impondrá también en el supuesto de que la víctima sea menor de edad y se le infrinja dolor o agotamiento físicos deliberados que pongan en peligro su salud; e) se sanciona el dolor psicológico capaz de causar grave daño psicológico, en particular cuando es producto del aislamiento repetido de la víctima, y f) asimismo, con objeto de brindar protección sustancial a la víctima, se castiga todo intento de intimidación o soborno a testigos que hubieran de comparecer en una vista civil o penal por violencia doméstica. Por vez primera, la violencia doméstica se considera motivo suficiente para la disolución del matrimonio (por ejemplo, conducta indebida, bigamia o amenaza contra la vida). El objetivo fundamental de la citada ley es brindar protección social activa, apoyo y adhesión a las víctimas de la violencia doméstica.

Cambios en el impuesto sobre la renta, simplificaciones al Código de Libros y Registros y otras disposiciones (Ley 3522/2006)

40.Con arreglo a lo dispuesto en la Ley 3522/2006 (Boletín Oficial del Estado 276 de 22/12/2006): a) se suprime la deducción fiscal del 10% a favor de las madres de familia numerosa; b) cuando el marido no cumpla todos los requisitos exigidos se concederá a la esposa la reducción de impuestos por hijos destinada a residentes o trabajadores en región fronteriza, y c) la exención de impuestos se incrementa de 1.900 a 2.400 euros, sin ningún tipo de documento de apoyo, para personas con discapacidad (discapacidad superior al 67%, funcionarios, víctimas de conflicto bélico, invidentes, enfermos renales, personas con anemia de Cooley).

Apoyo a los empleados del sector público con responsabilidades familiares (Ley 3528/2007 y Ley 3584/2007)

41.Los artículos 59 y 60 del Código de Empleados de la Municipalidad y de la Comunidad (Ley 3584/2007, Boletín Oficial del Estado 143A’) introducen ciertas disposiciones innovadoras destinadas a apoyar los intentos de las mujeres de conciliar la vida familiar y la vida profesional y brindar una atención especial a los miembros de las familias que precisan mayor protección (familias monoparentales, familias numerosas, familias con tres hijos, madres solteras, etc.). El nuevo Código del Estatuto de los Empleados Públicos Civiles y de las PJDP (Ley 3528/2007, Boletín Oficial del Estado 143A’) y el nuevo Código del Estatuto de los Empleados Municipales y de la Comunidad (Ley 3584/2007, Boletín Oficial del Estado A/143 de 28/06/2007) incluyen, a propuesta de la Secretaría General para la Igualdad de Género, las siguientes medidas a favor de los progenitores trabajadores de ambos sexos: a) el derecho de la madre funcionaria a turno reducido o a licencia remunerada de nueve meses se amplía al padre funcionario, a condición de que la madre no haga uso del mismo. Dicho derecho se garantiza también al progenitor soltero en caso de familia monoparental; b) tratándose del cuarto hijo o siguientes, la licencia por parto aumenta dos meses por cada nacimiento sucesivo; c) el empleado público civil podrá disfrutar de licencia no remunerada de tres meses a dos años para cuidado de hijos, licencia que será remunerada a partir del tercer hijo; d) para el progenitor soltero, viudo, divorciado o con discapacidad superior al 67% que tenga hijos menores de cuatro años, el plazo de disfrute del turno reducido —en una hora— se incrementa hasta seis meses o la licencia remunerada de nueve meses, en un mes; e) en caso de exista un cuarto hijo, el turno reducido se amplía dos años más, y f) la familia monoparental (madre soltera, progenitor viudo y progenitor responsable de la custodia de los hijos en virtud de sentencia judicial) disfrutará del turno reducido o de la licencia remunerada de nueve meses en los mismos términos y condiciones que los progenitores casados.

Incorporación de lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 6 de la Ley 2839/2000 (Boletín Oficial del Estado A/196 de 12/09/2000) a la Ley 3528/2007 y a la Ley 3584/2007 sobre la cuota de miembros de cada sexo en la designación de autoridades públicas, las PJDP y los OGL

42.Con arreglo a la normativa vigente, en toda autoridad pública y consejo de PJDP el número de miembros de cada sexo, definido por el servicio, no será inferior a un tercio. Dicho servicio ofrecerá empleo a un número adecuado de empleados que satisfagan todos los requisitos legales para el cargo. El número de miembros asignado será siempre mayor que uno. En el párrafo 5 del artículo 7 del Código del Estatuto de los Empleados Municipales y de la Comunidad (Ley 3584/2007, Boletín Oficial del Estado A/143 de 28/06/2007) se dispone lo mismo en relación con los empleados de los consejos de los OGL.

Decisión ministerial (ΔΙΔΑΔ/Φ.53/1222/οικ.20561/09-08-2007-Boletín Oficial del Estado 1613 B’ de 17/08/2007)

43.Esta decisión aumentó el tiempo de licencia de los empleados para informarse sobre el rendimiento escolar de sus hijos de cuatro a cinco días anuales en caso de tener dos o más hijos, y a seis días anuales si los hijos asisten a centros de diferente nivel educativo.

Ratificación y ejecución del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (Ley 3625/2007)

44.La Ley 3625/2007 (Boletín Oficial del Estado 2 290/A de 24/12/2007) ratifica y ejecuta el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía , aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 54/263 (25 de mayo de 2000). Esta ley optimiza el marco jurídico para hacer frente a la trata de personas, a los actos lascivos remunerados con niños, a los viajes realizados con el propósito de mantener relaciones sexuales u otros actos lascivos con niños y a la pornografía infantil. Sus disposiciones son de gran relevancia para la prevención y la reducción de los delitos culposos antes mencionados cometidos contra menores de edad, la inmensa mayoría de ellos, de sexo femenino (niñas). Algunas de las disposiciones pertinentes se han reformado, así como se han incluido nuevas normas en el Código Penal encaminadas a prevenir y castigar estos delitos culposos mediante la imposición de sanciones severas. Dichas disposiciones también regulan la protección de la vida privada de las víctimas menores de edad, introducen nuevas medidas a favor de su protección jurídica y extienden la asistencia jurídica y la designación de abogado gratuitas a todos los menores que han sido víctimas de dichos delitos.

Prestación del subsidio de familia numerosa a las familias con tres hijos (Ley 3631/2008)

45.Con arreglo a lo dispuesto en los párrafos 1 y 2 del artículo 6 de la Ley 3631/2008 (Boletín Oficial del Estado 6/A’ de 29/01/2008), "Del establecimiento de un Fondo Nacional de Cohesión Social y disposiciones conexas", desde el 1º de enero de 2008, la madre con tres hijos vivos disfrutará de un subsidio anual por cada hijo menor de 23 años igual al que se otorga a las familias numerosas. Si en alguno de los hijos concurren los requisitos para que se le otorgue el subsidio previsto en el párrafo 1 del artículo 63 de la Ley 1829/1990 (Boletín Oficial del Estado 101 A’) en vigor, se abonará a cada hijo el subsidio de mayor cuantía. El montante total mensual del subsidio no podrá ser inferior al subsidio total mínimo del progenitor de familia numerosa, salvo que se aplique el extremo anterior. Dicho subsidio estará garantizado con independencia de cualquier otra ayuda, salario, pensión, pago, compensación o ingreso, y estará libre de impuestos, tasas, contribuciones o retenciones debidas al Estado o a terceros. El pago del subsidio cesará el primer día del año siguiente a que el soltero beneficiario, cualquiera que sea su sexo, haya cumplido 23 años. De ninguna manera podrá este subsidio pasar a ser la pensión del beneficiario. El subsidio se abonará en los mismos términos y condiciones al padre con tres hijos vivos de diferentes matrimonios, así como al padre con hijos legalmente reconocidos o adoptados, siempre que sea el único responsable de su crianza y la madre no perciba subsidio alguno por los mismos.

Establecimiento de una cuota para cada sexo de al menos un tercio de los científicos contratados para los organismos nacionales y los Comités de Investigación y Tecnología (artículo 57 de la Ley 3653/2008)

46.El artículo 57 de la Ley 3653 (Boletín Oficial del Estado A de 21/03/2008), "Del marco institucional para la investigación y otras disposiciones", garantiza una cuota para cada sexo de al menos un tercio de los científicos contratados para las organismos nacionales y los Comités de Investigación y Tecnología. Es requisito para el cumplimiento de esta cuota que los candidatos reúnan todas las condiciones de cualificación necesarias para los puestos convocados.

Establecimiento de una cuota para cada sexo en los comicios nacionales

47.El artículo 3 de la Ley 3636/2008 (Boletín Oficial del Estado 11/A de 01/02/2008), "De la enmienda a la Ley 3231/2004 sobre la elección de miembros del Parlamento", garantiza que cada sexo estará representado por al menos un tercio de las candidaturas —a nivel nacional, no en cada circunscripción electoral— de cada formación política.

Protección de la familia – maternidad (Ley 3655/2008)

48.La Ley 3655/2008 (Boletín Oficial del Estado 58/A’ de 03/04/2008), "De la reforma administrativa y organizativa del sistema de la seguridad social y otras disposiciones conexas", garantiza que: a) se otorgará licencia especial de seis meses para la protección de la maternidad financiada por la OEMO y con completa cobertura de seguro (párrafo 1 del artículo 142) (véase la Resolución Ministerial Nº 33891/606, Boletín Oficial del Estado 833/B de 09/05/2008); b) se reducirá un 50% en las cuotas a la seguridad social durante los 12 meses siguientes al parto (párrafo 2 del artículo 141); es decir, que cuando tras el nacimiento de un hijo la madre decida trabajar, durante un año abonará la mitad del montante total de sus contribuciones; c) se ampliará el tiempo nominal de la madre (párrafo 1 del artículo 141); con ello, el tiempo nominal reconocido se ampliará de 1,5 a 2 años; y d) pensión para madres (artículo 144) de modo que la madre con hijos menores de edad que haya completado el tiempo de cotización exigido para tener derecho a pensión tendrá derecho a pensión completa al cumplir los 55 años.

Reformas en la familia, los hijos y la sociedad (Ley 3719/2008)

49.La Ley 3719/2008 (Boletín Oficial del Estado 241/A de 26/11/2008), "De las reformas en la familia, los hijos y la sociedad", define el acuerdo de cohabitación como un convenio pactado por dos personas heterosexuales a fin de ordenar su convivencia. Dicho acuerdo regula las relaciones entre las partes en materia de herencia, los derechos sucesorios, el apellido de los hijos, la guarda y custodia y los respectivos apellidos de las partes. Se trata, pues, de estipulaciones que otorgan a la cohabitación entre un hombre y una mujer el mismo estatus legal que al matrimonio. La misma ley modifica también las disposiciones en materia de derecho de familia que figuran en el Código Civil con objeto de agilizar sus cauces procedimentales; por ejemplo, reduce de 4 a 2 años el plazo para que la separación conyugal genere divorcio de forma automática. Otras disposiciones están encaminadas a mejorar la situación de la esposa. Así, el artículo 28 de la citada ley añade un tercer párrafo al artículo 1388 del Código Civil en virtud del cual cualquiera de los cónyuges podrá, previo acuerdo, añadir a su apellido el del otro cónyuge.

50.Ratificación y ejecución del Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual (Ley 3727/2008). La Ley 3727/2008 (Boletín Oficial del Estado 257 de 18/12/2008) ratifica y pone en ejecución el Convenio del Consejo de Europa relativo a la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual, aprobado por el Comité Ministerial el 12 de julio en la 1002ª Conferencia de Viceministros. Por otra parte, la nueva ley ensancha la legislación nacional para la protección de los niños frente a la explotación y el abuso sexuales al que tiempo que pretende contribuir a la concienciación directa y sistemática de la sociedad sobre la protección debida a las víctimas mediante el fomento de medidas de protección general y mediante procedimientos que, en el respeto a los derechos del niño, reviertan en beneficio de la infancia. Concretamente, la citada ley: a) prohíbe que los adultos condenados o procesados por actos de explotación sexual o por abuso infantil ejerzan profesiones relacionadas con niños; b) impone penas mínimas de prisión de dos años a los adultos que —a través de Internet o de otros medios de comunicación— contacten con menores de 15 años de ambos sexos y, mediante gestos o propuestas lascivas, vejen la dignidad de dichos menores en la esfera de su vida sexual; c) introduce un artículo en el nuevo Código Penal en el que se tipifica el delito de captación de niños para fines sexuales (la nueva norma incluye la búsqueda de niños para fines sexuales, en particular mediante el uso de las nuevas tecnologías, especialmente teléfonos móviles e Internet, a las que los menores tienen cada vez más acceso); d) permite a entidades públicas y privadas elaborar programas encaminados a formar e informar sobre la protección de los derechos del niño y la detección inmediata de los casos de explotación y de abusos sexuales; y e) la citada ley establece medidas para la protección y la asistencia a las víctimas de dichos delitos, así como para la protección de los testigos en los procesos penales conexos.

Convenios colectivos de ámbito nacional

51.Los convenios colectivos de ámbito nacional de 2006 y 2007 procuran apoyar el empleo femenino y facilitar la conciliación entre la vida profesional y las responsabilidades familiares de los trabajadores. Su artículo 7 (Del apoyo a la familia y el fomento del empleo femenino) garantiza la adopción de las siguientes medidas:

Fomentar que se regule el pago, a cargo del Fondo Distributivo de Subsidios Familiares para Empleados, de un salario de trabajador no cualificado a los empleados de ambos sexos que disfruten de una licencia para la crianza de hijos al amparo de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 1483/1984 en vigor, además de abonar sus contribuciones a las entidades de la seguridad social competentes. La licencia para la crianza de hijos (que actualmente se otorga al progenitor o progenitora sin retribución de emolumentos) tiene una duración de tres meses y medio y se otorga hasta que el hijo o hija ha cumplido tres años y medio.

Impulsar, a través del Fondo para el Empleo y la Formación Profesional (AEVT), la adopción de medidas encaminadas a facilitar la sustitución mediante trabajadores desempleados de ambos sexos de las empleadas ausentes por licencia de embarazo o de crianza de hijos.

Los progenitores de un nacido por subrogación de maternidad tendrán derecho a licencias para crianza de hijos en las mismas condiciones que los padres naturales. Durante el periodo de lactancia, tanto la madre de alquiler como la madre del nacido tendrán derecho a turno reducido de trabajo al amparo del artículo 9 del CCGAN vigente.

Convenios colectivos de ámbito nacional de 2008 y 2009

52.El artículo 4, "De las ausencias autorizadas a fin de informarse sobre el rendimiento escolar de los hijos", dispone que, para mantenerse al tanto del rendimiento escolar de los hijos, ambos padres podrán tomarse hasta cuatro días hábiles anuales de permiso por hijo estudiante menor de 16 años, sin restricción de sueldo y con permiso del empleador. Al amparo del artículo 5, "De la ampliación de la licencia en caso de enfermedad de miembro dependiente en familias con tres hijos o familias numerosas", la licencia no remunerada prevista en el artículo 7 de la Ley 1483/1984 se ha incrementado en dos días desde el 1º de enero de 2008 en caso de enfermedad de miembros dependientes, con un máximo de 14 días hábiles anuales si el empleado es responsable de tres o más hijos. Además, el artículo 6, "De la conciliación de la vida profesional y de la vida familiar de los padres de acogida", aplica en similares condiciones a los padres de acogida todos los CCGAN y laudos arbitrales en vigor relativos a la protección de la familia y de lo que se pueden beneficiar los empleados que son padres biológicos.

Actuaciones de las organizaciones no gubernamentales

53.Las organizaciones no gubernamentales femeninas, con sus comentarios y sus propuestas de fondo, desempeñaron un papel importante en el proceso de redacción de las disposiciones antedichas. La Unión para los Derechos de la Mujer (UDM) y la Fundación Marangopoulos para los Derechos Humanos (FMDH), a la vista de la enmienda a la Ley 3231/2004 sobre la elección de los miembros del Parlamento, solicitó que se aplicara en cada circunscripción electoral la cuota de participación femenina mínima de un tercio del total de candidatos de cada formación política. La propuesta y su exposición de motivos fueron firmadas por 23 organizaciones femeninas, entre las que se contaba la Confederación General de Mujeres Griegas (CGMG) y la Confederación de Funcionarios Públicos (CFP), y remitidas al Gobierno, a los partidos políticos y a los parlamentarios. La UDM contribuyó también a la ratificación de la Ley 3653/2008 sobre cuotas en organismos y comités de investigación. La UDM y la FMDH elevaron un recurso al Consejo de Estado en protesta por la incorrecta aplicación de la Ley 2910/2001 sobre cuotas en ciertos municipios durante los comicios prefecturales y ministeriales. Como consecuencia de dicha aplicación incorrecta de la ley se había reducido el número de candidaturas femeninas que en los municipios en cuestión figuraban en las papeletas de voto. El Consejo de Estado estimó la demanda y anuló los resultados electorales en el municipio de Trizina, donde se había aplicado la ley de forma improcedente, así como obligó a repetir el proceso electoral. Por último, la UDM mostró su oposición a la Ley 3719/2008, relativa a las reformas en la familia, los hijos y la sociedad, y solicitó que las mujeres pudieran mantener su apellido después de contraer matrimonio. Tras el debido asesoramiento, 26 organizaciones concluyeron un acuerdo exigiendo la completa derogación del proyecto de ley.

54.Entre 2005 y 2008, la Unión de Mujeres Griegas (UMG) organizó diferentes actos y debates públicos dedicados a las nuevas disposiciones legislativas sobre: a) derechos de la mujer en materia de seguros y pensiones; b) reforma del sistema de seguros; c) la nueva ley de seguros y sus efectos en las mujeres trabajadoras, y d) consecuencias de las modificaciones de la Ley de Familia para las mujeres.

55.La delegación griega del Lobby Europeo de Mujeres (LEM) desplegó una notable actividad en todo lo relativo a la nueva legislación en materia de igualdad de género. Cabe destacar, en particular, su asistencia a las sesiones del Parlamento griego, su participación en las reuniones de los comités de los Ministerios griegos de Justicia, Empleo e Interior, y la elaboración de propuestas y observaciones, todo ello con objeto de optimizar la legislación vigente en cuestiones actuales que conciernan a las organizaciones femeninas. Además, y en colaboración con otras organizaciones, ha intervenido en la ratificación de las leyes de igualdad de trato (Ley 3488/2006), violencia doméstica (Ley 3500/2006) y Ley 3636/2008 sobre las cuotas de participación femenina en los comicios nacionales.

56.La Unión de Mujeres de Creta aunó sus esfuerzos con la SGIG, el LEM y otras organizaciones femeninas a fin de remitir propuestas a favor de la aprobación de textos legislativos en los que se recojan medidas de discriminación positiva destinadas a la mujer.

57.En 2005, con ocasión del Día de la Madre, la organización no gubernamental Mujeres Científicos Madres de Familias Numerosas organizó una jornada de un día de duración sobre la igualdad de género en el Derecho Internacional y en la Constitución griega.

58.El Consejo Nacional de la Mujer (CNM) llevó a cabo las siguientes actuaciones: a) remitió una queja al Ministerio de Interior griego y al Comité Nacional para la Igualdad por la violación de la legislación en materia de permisos parentales, en particular en el caso de ciertas funcionarias; b) manifestó su oposición a que la mujer cambie de apellido al contraer matrimonio, así como a la correspondiente enmienda a los artículos del Código Civil en vigor; c) firmó, junto a otras organizaciones, diferentes escritos manifestando su acuerdo con que, en lugar de jubilar a la mujer anticipadamente, se iguale la edad de jubilación de ambos sexos, siempre que se garantice que el Estado brindará en grado bastante servicios de apoyo a las madres mientras sus hijos son pequeños; asimismo firmó diferentes escritos a favor de la participación femenina en los comicios nacionales, locales y europeos.

Artículo 3Incorporación de la perspectiva de género

59.La incorporación de la perspectiva de género constituye una de las políticas más importantes, además de una herramienta indispensable, para la consecución de la igualdad entre hombres y mujeres en todas las esferas de la vida económica y social. La combinación de la perspectiva de género y la discriminación positiva contribuye a la igualdad sustantiva entre los sexos a todos los niveles. La incorporación de la perspectiva de género a la administración pública permite, con la colaboración de los organismos públicos de todos los niveles, mejorar los servicios que se brindan a los ciudadanos y dirigirlos de forma equitativa a hombres y mujeres. Los mecanismos institucionales y los organismos que promueven la igualdad entre el hombre y la mujer en Grecia son los siguientes: a) la SGIG, b) la RSGE, c) el Departamento de Igualdad de Género del Ministerio de Trabajo y de Seguridad Social, d) el Comité Nacional para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, e) el Comité Parlamentario Especial Permanente para la Igualdad y los Derechos Humanos, f) el Comité Nacional de Derechos Humanos, y g) el Defensor del Pueblo. Paralelamente se han establecido Comités Regionales de Igualdad a nivel regional.

60.Durante el periodo objeto de examen, y en relación con los mecanismos institucionales (párrafos 61 a 63), el cargo de Secretario General para la Igualdad de Género subió en el escalafón (2008), el Defensor del Pueblo creó un nuevo Círculo para la Igualdad de Género (2008) y se creó el Comité Nacional para la Igualdad (2006). Al mismo tiempo, se han realizado importantes campañas de concienciación sobre la igualdad entre hombres y mujeres destinadas a empleados del sector público, como informes de evaluación, configuración de herramientas, capacitación de funcionarios, etc. (párrafos 64 a 70).

Mecanismos institucionales para la ejecución de una política nacional de igualdad de género

61.La Secretaría General para la Igualdad de Género (SGIG) es el organismo gubernamental competente en materia de planificación de las políticas para la igualdad entre hombres y mujeres y de seguimiento de la ejecución de éstas en todos los sectores. La SGIG es una autoridad pública independiente encargada de fomentar y hacer efectiva la igualdad legislativa y sustantiva entre los sexos en todas las esferas de la vida social, política y económica. Fue fundada en aplicación del artículo 27 de la Ley 1558/1985 (Boletín Oficial del Estado 137/A) como autoridad pública independiente. El DP 5/2008 (Boletín Oficial del Estado 17/A) reorganizó esta nueva autoridad pública con objeto de facilitar un funcionamiento apropiado y más eficiente de la misma. La SGIG incluye servicios a nivel central: Secretaría General y Dirección General de Coordinación, que abarca las Direcciones de Programación, Desarrollo y Empleo, Relaciones Laborales y Política Social, Documentación e Información, Política Europea y Cooperación Internacional, Administración, Finanzas y Organización, así como Departamento Jurídico, y Oficina de Comunicación y Relaciones Públicas. La SGIG cuenta asimismo con órganos regionales (centros de asesoramiento).

62.El Defensor del Pueblo griego es una autoridad independiente establecida por la Constitución de Grecia (artículo 101, párr. a). Comenzó a funcionar en 1988 y brinda servicios gratuitos. Su objetivo principal es mediar entre la Administración Pública y los ciudadanos con objeto de proteger los derechos de éstos, velar por el cumplimiento de la legalidad y reparar los casos de mala administración en los que incurran los organismos públicos (Ley 3094/2003). En mayo de 2008 se estableció una nueva esfera de actividades, el Círculo para la Igualdad de Género. En virtud de la Ley 3488/2006 (artículo 13), y al amparo del párrafo 7 del artículo 2 de la Directiva Europea 2002/73/CE, el Defensor del Pueblo griego ha sido designado como el organismo competente para la supervisión de la aplicación, tanto en el sector público como en el privado, del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de acceso al mercado de trabajo, formación y desarrollo profesionales y condiciones de trabajo. En el marco de esta competencia concreta, podrán investigarse las vulneraciones del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres que pudieran producirse en el sector público cuando éste actúa como empleador o como proveedor de servicios para el empleado (disposiciones sobre maternidad), así como vulneraciones del principio de igualdad en las que pudieran incurrir los empleadores del sector privado, ya sean personas físicas o jurídicas.

63.El Comité Nacional para la Igualdad entre Hombres y Mujeres de la SGIG se fundó en virtud de la Ley 3491/2006 con la colaboración de representantes ministeriales y de organismos gubernamentales. Entre sus objetivos se cuentan los siguientes: a) mantener conversaciones con la sociedad civil en relación con la planificación de las políticas para la efectiva igualdad de género en todas las esferas con arreglo a los criterios internacionales y europeos, y b) presentar propuestas y medidas en la materia, así como seguimiento de su ejecución e impacto a nivel nacional y regional. Los diferentes departamentos que componen la SGIG son responsables de brindar al Comité el apoyo administrativo, científico y técnico general que precise. La documentación científica necesaria para cada proyecto será proporcionada por los departamentos de la SGIG en colaboración con el RSGE.

Medidas para la integración de la perspectiva de género

64.La SGIG ha venido participando activamente desde 2004 en la elaboración del Marco Estratégico Nacional de Referencia (MENR) 2007-2013 con objeto de fomentar la integración de la perspectiva de género como política transversal, demostrar el alcance político, económico, social y de desarrollo de la igualdad de género y vincular de forma directa la integración de la perspectiva de género a las prioridades nacionales en materia de desarrollo. En 2008 se realizó el estudio Creación de un mecanismo de vigilancia para el seguimiento de la ejecución de las políticas de igualdad de género en la actividad pública, cuyo objetivo era mejorar la capacidad para desarrollar una estructura de seguimiento de la incorporación de la perspectiva de género en las políticas públicas.

65.La SGIG está ejecutando, en el marco del Programa de Desarrollo Comunitario PROGRESO 2007-2013, el plan de actuación Aplicación de la integración de la perspectiva de género en la Administración Pública. Este programa está dirigido a los funcionarios ministeriales de alto rango con cargos políticos y de gestión que planifican, recomiendan, ejecutan, supervisan y evalúan las políticas y medidas de sus respectivos ámbitos de competencia en materia de igualdad entre hombres y mujeres. Su objetivo no es sólo la formación y la sensibilización de estos funcionarios; se pretende también, y sobre todo, mantenerlos constantemente motivados sobre la necesidad de integrar la perspectiva de género en todas las políticas y medidas, así como sobre la necesidad de impulsar y difundir las buenas prácticas planificadas y aplicadas por todos los departamentos de interés prioritario para la consecución de la igualdad entre hombres y mujeres. Concretamente, el programa incluye las siguientes actividades: a) organización, en colaboración con el Centro Nacional de Administración Pública y Gobierno Local (CNAPGL), de seminarios de formación de dos días de duración destinados a 140 funcionarios de alto rango de la Administración Pública con destino en tres regiones griegas (Ática, Macedonia Central y Epiro), y b) elaboración por parte del RSGE de la Guía de buenas prácticas para la integración de la perspectiva de género en la Administración Pública, en la que se aúnan de forma combinada teoría y ejemplos prácticos de buenas prácticas en materia de integración de la perspectiva de género a nivel nacional y europeo.

66.Durante la fase de elaboración inicial del PO Reforma de la Administración Pública, Eje III, la SGIG definió una serie de medidas para la concienciación y formación de los funcionarios de la Administración Pública y de los gobiernos locales en materia de igualdad de género. Todas ellas estaban encaminadas a luchar contra los estereotipos basados en el sexo en la Administración pública y a facilitar la integración de la perspectiva de género en la planificación política y en la adopción de medidas adicionales a favor de la mujer.

67.En el Marco de Apoyo Comunitario (MAC) – PO Sociedad de la información, la SGIG llevó a cabo en 2008 un estudio sobre la incorporación transversal de las políticas de igualdad de género en el PO Convergencia Digital y sobre el fortalecimiento de la cohesión social. El objetivo era crear más y mejores empleos y mejorar la calidad de vida teniendo en cuenta la carencia de acceso y habilidades ligadas a Internet y a las nuevas tecnologías que ciertos grupos de mujeres sufren actualmente y las características especiales y las necesidades propias de los grupos de población destinatarios. El estudio concluyó que existen suficientes solicitudes/demandas de grupos específicos de mujeres/usuarios para desarrollar aplicaciones y servicios TIC que promuevan la igualdad en el empleo, en la información, en la participación pública, en el envejecimiento activo y en el apoyo al cuidado informal.

68.Entre 2005 y 2006, el RSGE, organismo supervisado por la SGIG, participó en calidad de socio en el Programa Europeo Sócrates - Grundtvig 1 "GEcel: Educación política y aprendizaje para la incorporación de la perspectiva de género", coordinado por la Agencia Federal Alemana para la Educación Política. El objetivo del RSGE es la incorporación global de la perspectiva de género a todos los programas políticos. Por otra parte, el RSGE, en colaboración con el GRUPO DE PROYECTOS CEcel, publicó en 2005 un manual titulado Ejemplos de buenas prácticas en la formación: Luces y sombras. Educación política y aprendizaje para la integración de la perspectiva de género.

69.El RSGE organizó asimismo las jornadas de dos días de duración Igualdad de género en una Europa ampliada: retos y perspectivas (Isla de Kalimnos, junio de 2006), financiadas por el Ministerio de Exteriores griego. En dichas jornadas participaron representantes de 19 organizaciones no gubernamentales griegas y de 17 turcas, así como representantes de la Comisión Europea, del Parlamento Europeo, del Consejo de Europa, de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), del LEM, de los órganos de gobierno local de Kalimnos y de otras organizaciones femeninas.

70.El Ministerio de Defensa Nacional griego ha adoptado las siguientes medidas: a) creación de oficinas de igualdad de género reclutadas y puestas en marcha en el Estado Mayor de las Fuerzas Armadas (Estado Mayor de la Defensa Nacional Helena-EMDNH, Estado Mayor del Ejército Heleno-EMEH, Armada Helena-AH y Fuerza Aérea Helena-FAH); b) organización de diferentes actividades (jornadas de un día de duración, conferencias, talleres) en todo el territorio de Grecia con muy diferentes propósitos; c) promulgación de una circular/orden en la que se incluye un glosario de términos básicos de igualdad, y d) en colaboración con el MEG, evaluación de la posible elaboración de un plan nacional de acción para la aplicación de la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas relativa a la función de la mujer en la paz y en la seguridad.

Artículo 4Cuotas y medidas de discriminación positiva a favor de la igualdad

71.Entre 2005 y 2008 se impulsaron diversas disposiciones legislativas cruciales para el fomento de la participación igualitaria de las mujeres en los procesos de adopción de decisiones a todos los niveles. Con dichas disposiciones se ha pretendido aumentar la participación femenina en el Parlamento griego y en los organismos y comités de investigación y tecnología. Estos textos legislativos (Ley 3636/2008 y Ley 3653/2008) explicados con detalle en el artículo 2 del presente informe, en combinación con la aplicación de la normativa correspondiente llevada a cabo durante el período anterior, han contribuido al aumento de las tasas de participación femenina en los procesos de adopción de decisiones políticas en la forma descrita en el artículo 7 del presente.

Artículo 5Funciones asignadas a cada género y lucha contra los estereotipos

72.La consecución de la igualdad entre hombres y mujeres exige la eliminación de los estereotipos y la redistribución de las funciones asignadas a cada género. Para fomentar el cambio en las funciones y en los estereotipos basados en el género es preciso, pues, adoptar medidas contra los estereotipos que transmiten los medios de comunicación de masas y a favor de la conciliación entre la vida familiar y la vida profesional; asimismo es preciso llevar a cabo intervenciones específicas y adoptar medidas de sensibilización en las esferas de la educación y de la cultura. En concreto, se han planificado en el marco del POEFPI (C’ MAC) diversos programas para la erradicación de los estereotipos basados en el sexo en la educación, programas que se describen con detalle en el artículo10 del presente. Por otra parte, debemos señalar que la SGIG, en colaboración con la Institución Athanasios Botsis para la Promoción del Periodismo, continúa otorgando cada año el Premio a la Igualdad de Género para editores que abordan asuntos que persiguen potenciar la condición de la mujer en todas las esferas de la vida cotidiana. La sección siguiente describe las medidas emprendidas por los organismos públicos y las organizaciones femeninas en relación con los medios de comunicación (véase infra) y con la conciliación de la vida profesional y familiar (véase infra).

73.En la planificación del PO Desarrollo de los Recursos Humanos del Ministerio de Empleo y de Protección Social griego (MENR) se dispuso la realización de campañas informativas y de sensibilización sobre la erradicación de los estereotipos basados en las funciones asignadas a cada género en el seno de la familia y en el trabajo.

74.Entre 2004 y 2008, la Asociación para el Desarrollo (AD) EVAISTHISIA ejecutó el proyecto "Medios de comunicación sensibles: erradicación de los estereotipos y de la discriminación profesional" en el marco de la ICO EQUAL (Círculo B). En la población destinataria del proyecto se incluyeron mujeres y egresados de las escuelas de medios de comunicación o de los departamentos universitarios de comunicación. El proyecto tenía un objetivo doble: apoyo pluridimensional a las mujeres periodistas (o futuras periodistas) mediante la adopción de medidas específicas que promuevan: a) el desarrollo y el ascenso profesional, superando los obstáculos que pudieran presentarse en su entorno profesional y cuya causa sea la discriminación sexual, y b) la concienciación, la formación y la especialización en temas de igualdad entre el hombre y la mujer de periodistas de ambos sexos que cubran los vacíos informativos detectados en la información emitida por sus respectivos medios.

75.El Ministerio de Defensa griego llevó a cabo las siguientes acciones encaminadas a la erradicación de los estereotipos de género: a) elaboró un estudio de evaluación de ideas y comportamientos entre los cadetes de la Academia de la Fuerza Aérea; b) puso en marcha un programa piloto de un año de duración encaminado a apoyar a los oficiales de sexo femenino en algunas de las principales capitales griegas, programa que consistió en siete centros de asesoramiento contratados por psicólogos, y c) llevó a cabo diferentes intervenciones que se centraron en unidades de las tres ramas de las Fuerzas Especiales Griegas y en la Escuela Superior de Guerra Conjunta con objeto de erradicar los prejuicios sexuales.

76.La Radio y la Televisión estatales emitieron documentales, programas y películas cuyo objeto era poner de relieve los asuntos relativos a la mujer. Entre junio de 2006 y diciembre de 2007 se ejecutaron numerosas actuaciones publicitarias (reportajes y producciones de radio y de televisión) para fomentar la actividad empresarial femenina en el marco del programa europeo cofinanciado INTERREG-ARCHIMEDWBC.

77.Para erradicar los prejuicios y los estereotipos entre hombres y mujeres, la Unión para los Derechos de la Mujer (UDM) publica de forma sistemática la revista bianual Women’s Fight, en la que se documentan los cambios acaecidos en la esfera de los roles sexuales.

Artículo 6Violencia contra la mujer

78.El fenómeno de la violencia contra la mujer (violencia doméstica, acoso sexual, violación, prostitución, trata de mujeres para su explotación económica, sexual, etc.) supone una vulneración sistemática y elemental de sus derechos humanos que se alza frente a todos los esfuerzos en pro del desarrollo, la paz y la igualdad de género en cualquier sociedad. Para el Estado y la sociedad civil de Grecia, la prevención y la lucha contra la violencia doméstica han permitido desarrollar acciones coordinadas y políticas que han fomentado la adopción de disposiciones legislativas, de medidas y de acciones encaminadas a combatir el fenómeno. El artículo 1 del presente aborda detalladamente la ratificación de la nueva ley sobre la violencia doméstica. Este informe describe también todas las políticas y medidas ejecutadas durante el período en cuestión, así como la lucha contra la trata de mujeres para su explotación sexual (párrafo 79) y la lucha contra la violencia doméstica (párrafo 113 infra). Las políticas y actuaciones que siguen incluyen tanto las ejecutadas por los organismos gubernamentales como las que lo fueron por las organizaciones no gubernamentales, las cuales desempeñan una función esencial en este campo.

Trata de mujeres

79.A este respecto se ha puesto en práctica la Ley 3064 sobre la trata de personas. Según la Fuerza de Policía Helena, entre 2003 y 2008 se computaron 1.259 autores de delitos de trata de personas. El 60,84% de ellos eran de nacionalidad griega, el 8,9% de nacionalidad albana y el 8,1% de nacionalidad rumana. Las víctimas eran originarias de 36 países distintos. Entre 2005 y 2008, la mayoría de las víctimas (75%) provenían de Rumanía (35,5%), Rusia (22,7%) y Bulgaria (16,9%). La trata de personas procedentes de Rusia conoció un notable descenso y pasó del 30,3% registrado en el periodo 2003-2004 al 20,9% del periodo 2007-2008. Entre 2004 y 2008, el número de casos asignados a la Policía Helena y el cómputo de autores y de víctimas descendieron de forma paulatina. Concretamente, en 2008 se detuvo a un 44% menos de sospechosos que en 2004. El número de víctimas descendió un 57% respecto a las de 2004 y el de casos, un 38,5%.

Cooperación interministerial

80.En noviembre de 2005, los miembros del Comité Especial Interministerial de Secretarios Generales, creado el 05/05/2004 y en el que se integran 12 organizaciones no gubernamentales y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), acordaron un memorando de entendimiento para luchar contra la trata de personas y brindar asistencia y protección de las víctimas.

81.En noviembre de 2006, el Comité Especial Permanente, fundado en abril de 2006 con objeto de coordinar la aplicación de la legislación vigente, aprobó y puso en marcha el Plan Nacional de Acción Operativa Interdepartamental para la Lucha contra la Trata de Mujeres y Menores. Los objetivos de este plan, según lo establecido en el marco del Programa de ILAEIRA (actuaciones de la PH, véase infra), son los siguientes: a) coordinación de la actuación de los organismos competentes para la detección de organizaciones ilegales, detención de delincuentes, incautación de ingresos ilegales, ejercicio de acciones penales y liberación de las víctimas, y b) cooperación constructiva entre los organismos competentes a fin de proteger los derechos humanos, identificar y satisfacer las necesidades específicas de las víctimas brindándoles asistencia y protección y proceder a su repatriación de forma segura.

Ministerio de Interior

82.En el marco de la ejecución del Plan Nacional de Acción completo contra la trata de personas, elaborado por el citado Comité Interministerial en 2004, la SGIG ha llevado a cabo las siguientes actuaciones: a) asistencia a las víctimas del tráfico de personas en sus dos centros (Atenas y el Pireo) de asesoramiento para la violencia contra la mujer (apoyo consultivo, psicológico y jurídico), y b) actuaciones informativas y de sensibilización pública mediante un mensaje publicitario televisivo producido por la SGIG y un folleto informativo en cuatro lenguas (griego, inglés, albanés y ruso). En el marco de la campaña del Consejo de Europa contra la trata de seres humanos, entre el 5 y el 6 de diciembre de 2006 se celebró en Atenas el encuentro Lucha contra la trata de personas. Prevención, protección y procesamiento (actas publicadas en 2007).

83.De 2005 a 2006, la SGIG, en colaboración con el RSGE, ejecutó el proyecto "Educación – Exclusión Social – Prostitución – Inmigración", cuyos beneficiarios han sido Albania, Georgia, Moldavia, Ucrania y Grecia. El proyecto fue financiado por el Ministerio griego de Exteriores y en él participó en calidad de socio la Asociación Helena para la Planificación Familiar, miembro de la Federación Internacional de Planificación de la Familia (IPPF, según sus siglas en inglés). El objetivo del proyecto era afrontar los fenómenos de la exclusión social, el desempleo, la explotación sexual y la prostitución (forzada) de las mujeres en los países citados (Albania, Georgia, Moldavia, Ucrania y Grecia), fenómenos que se solapan con el de la inmigración. El RSGE, en colaboración con las delegaciones de la IPPF en los países antes mencionados, organizó en cada uno de dichos países cuatro seminarios educativos e informativos sobre igualdad entre hombres y mujeres, derechos humanos, inmigración y tráfico de personas; y, en segundo lugar, sobre salud sexual y reproductiva, orientación profesional y empresarial de la mujer y acceso femenino al mercado de trabajo. Se brindó información a un total de 40 organismos gubernamentales y organizaciones de ámbito internacional y local que trabajan con estos problemas. En los seminarios participaron también unas 25 mujeres víctimas de la explotación sexual y la prostitución (forzada) que se encuentran bajo la protección de organismos oficiales de sus respectivos países. Estas personas recibieron orientación, entre otras cuestiones, sobre salud, derechos sexuales y prevención.

84.Entre 2006 y 2008, el RSGE y la SGIG, en colaboración con la delegación griega de la OIM, ejecutaron en Serbia (Kosovo) y Bosnia-Herzegovina el proyecto Apoyo a la política regional contra la trata de mujeres, en colaboración con la delegación de la OIM en Kosovo y Sarajevo, proyecto que fue financiado por el Ministerio de Exteriores griego. El objetivo del proyecto era informar a los jóvenes, especialmente a las muchachas, sobre el peligro de la trata de personas, así como brindar a los alumnos de las escuelas de Kosovo y Sarajevo educación sobre temas conexos y prestar apoyo psicosocial a las mujeres que han sido víctimas de la trata transnacional de seres humanos. Se organizaron también 8 seminarios en diferentes zonas de Kosovo en los que participaron estudiantes de 28 institutos de enseñanza secundaria. En total, 415 estudiantes de ambos sexos recibieron formación en Kosovo y se distribuyó material educativo traducido al albanés, al serbio y al romaní a 35.000 niños de diferentes nacionalidades. En Bosnia-Herzegovina se organizaron 21 seminarios que se celebraron en 8 ciudades y en los que se brindó formación a 491 alumnos de ambos sexos de entre 14 y 18 años de edad. Se distribuyó material educativo pertinente a los estudiantes que participaron en los seminarios, así como a otros 20.000 niños en todo el país. Asimismo se brindó apoyo psicosocial a 53 mujeres víctimas de la trata transnacional, 42 originarias de Kosovo y 11, de Sarajevo.

85.Entre 2007 y 2008, el RSGE y la SGIG, en colaboración con la delegación griega de la OIM, ejecutaron en Albania el programa Actuaciones de prevención y de apoyo a las víctimas de la trata de personas, en colaboración con la delegación de la OIM en Tirana. El programa, financiado por el Ministerio de Exteriores griego, tenía como objetivo prevenir la trata de mujeres en Albania, en particular a través de la ejecución de diferentes actuaciones en colegios y del apoyo psicosocial a las víctimas. Un total de 650 seminarios se llevaron a cabo en 102 institutos de secundaria del área de Tirana en los que 21.220 estudiantes de ambos sexos recibieron formación. Se distribuyó material informativo (folletos y carteles) a 50.000 jóvenes de 14 a 18 años. Un total de 31 víctimas de la trata de personas también se beneficiaron del programa.

86.Entre 2007 y 2008, el RSGE y la SGIG, en colaboración con la delegación griega de la OIM, ejecutaron el programa Educación para los organismos gubernamentales griegos responsables en materia educativa en relación con la trata de personas, financiado por el MEG. El objetivo del programa era informar y reforzar las estructuras ya existentes en Grecia cuya acción se centra en la lucha contra la trata de personas, especialmente de mujeres, y ello mediante la ejecución de actuaciones educativas cohesivas destinadas a miembros de los organismos competentes. Entre los objetivos del programa se contaba también la formación de personal debidamente cualificado capaz de, con arreglo a la legislación internacional y europea en la materia, abordar con éxito el fenómeno de la trata transnacional de personas. En total se realizaron 10 seminarios de tres días de duración en Atenas, Tesalónica, Patras, Volos, Heraklion, Preveza, Ioannina, Kalamata, Komotini y Mytilini. En dichos seminarios se brindó formación a oficiales de policía, oficiales portuarios, jueces, personal de atención a refugiados, personal de centros de acogida y de otros organismos que dan albergue a víctimas de la trata de personas, así como a organismos sociales, trabajadores sociales y sanitarios, psicólogos, profesores, personal de las Oficinas de Igualdad municipales y prefecturales y organizaciones no gubernamentales (casi 300 personas en el conjunto de las ciudades citadas). Por otra parte, se celebraron en Atenas unas jornadas de dos días de duración sobre actuaciones y políticas en la lucha contra la trata de personas que contaron con 150 participantes. El programa describía los efectos de la trata de personas, así como las prácticas utilizadas en la lucha contra la trata de mujeres. Las actas de las jornadas se publicaron en 2008.

87.Del 1º de enero de 2005 al 31 de diciembre de 2008, el RSGE incluyó a las mujeres víctimas de la trata de personas entre los grupos de población destinataria del proyecto Asesoramiento científico en relación con las actuaciones ejecutadas por la SGIG en materia de prestación de servicios especializados para mujeres (artículo 11 del presente), así como desarrolló los instrumentos y la metodología necesarios para brindar asesoramiento a estos grupos de población que los correspondientes organismos y estructuras gubernamentales deben abordar con un enfoque específico. Por otra parte, el RSGE, en colaboración con la OIM, ha brindado formación a 200 de sus miembros que colaboraron en la prestación de servicios en Atenas y Tesalónica aplicando métodos específicamente diseñados para atajar la trata de personas. Como resultado, en 2008 se publicó la Guía para asesores: la trata de personas.

88.El RSGE participó en un encuentro de miembros celebrado en Estambul entre los días 18 y 20 de marzo de 2005 con objeto de fomentar el diálogo greco-turco sobre los derechos humanos de las mujeres. El encuentro tuvo lugar en el marco del Programa Europeo para la Promoción del Diálogo Greco-Turco y fue coordinado por el Centro de Investigación y Apoyo a las Víctimas del Maltrato y de la Exclusión Social (CIAVMES) y la Asociación Turca para las Ciencias Sociales (TSSA, según sus siglas en inglés). El propósito del encuentro fue la creación de una base de datos sobre organizaciones no gubernamentales griegas y turcas que se ocupen de los derechos humanos de la mujer y de la trata de personas para fines de explotación económica o sexual.

89.El RSGE formuló recomendaciones en seminarios de formación sobre el fenómeno de la trata de personas organizados por el CNAPGL en el marco del programa formativo Combatir la violencia contra la mujer y justicia (2006: Atenas, Tesalónica, Ioannina, Patras).

Políticas y actuaciones de la Fuerza de Policía Helena

90.Dos grupos de la Fuerza de Policía Helena (FPH) continúan operando en este terreno: el Grupo para la Lucha contra la Trata de Personas y el Grupo de Gestión de Proyectos para la Planificación de la Política Criminal. La misión de ambos grupos es coordinar las actuaciones de la FPH contra la trata de personas. Además, en las áreas central y regional se han creado grupos de lucha contra la trata de personas para los que se ha contratado personal apropiado que ha sido convenientemente equipado. El 29 de diciembre de 2005, tras la evaluación de la actuación de los grupos de lucha contra la trata de personas que operan en las Direcciones de Seguridad de Ática y Tesalónica, se crearon y pusieron en funcionamiento grupos similares en 12 Direcciones de la Policía del país. En aplicación del DP 48 de 13/03/2006, se crearon departamentos contra la trata de personas en las Direcciones de Seguridad de Ática y Tesalónica. En total, durante el periodo referido, la FPH ha creado 17 departamentos especializados en la lucha contra la trata de personas.

91.En relación con la educación y la formación del personal de la FPH cabe señalar que la Academia de la Policía Helena ha incluido la trata de personas entre las materias que se imparten en todos sus niveles de formación. El personal de la FPH participa en seminarios de formación y en otros actos organizados por organismos estatales competentes y organizaciones no gubernamentales en los que se abordan cuestiones relacionadas con la identificación de las víctimas y los procedimientos específicos para tratar con ellas, así como, en general, en actos encaminados a lograr una colaboración constructiva entre los organismos responsables de proteger a las víctimas. Debemos subrayar que, entre los días 4 y 5 de septiembre de 2008, 25 oficiales de la policía de los Servicios Especiales de la Policía de Ática recibieron formación en un seminario organizado por la Embajada de los Estados Unidos sobre investigación en delitos de tráfico de personas.

92.En 2008, el personal de la FPH participó en seminarios de formación y en otros actos organizados por organismos estatales competentes y organizaciones no gubernamentales en los que se abordan cuestiones relacionadas con la identificación de las víctimas y los procedimientos específicos para tratar con ellas, así como, en general, en actos encaminados a lograr una colaboración constructiva entre los organismos responsables de proteger a las víctimas.

93.La cadena de televisión ALPHA produjo un documental emitido en diciembre de 2008 con objeto de informar a la opinión pública sobre la trata de personas, así como de animar a las víctimas a cooperar con las autoridades judiciales y confiar en ellas para que éstas puedan ayudarlas a liberarse de las redes de delincuencia organizada para la trata de personas.

94.La Fuerza de Policía Helena colabora con organizaciones no gubernamentales a través del CNSS (Línea Telefónica de Socorro 197), así como también con el Ministerio de Salud y de Seguridad Social griego y con la Secretaría General para la Igualdad de Género a fin de brindar asistencia a las víctimas. Asimismo colabora con la OIM para la repatriación segura de las víctimas.

95.En relación con la lucha contra la delincuencia transfronteriza cabe señalar que se mantienen encuentros bilaterales regulares con las autoridades policiales regionales de los países vecinos (Albania, ex República Yugoslava de Macedonia, Bulgaria), encuentros que tienen lugar en la frontera de ambos países de forma regular o, si ambas partes lo estiman necesario, extraordinaria.

96.Con objeto de combatir a nivel internacional el crimen organizado y todas las formas de delincuencia se intercambia información con Europol, Interpol y SECI. El intercambio de información se vehicula asimismo a través de las relaciones bilaterales y de los acuerdos de cooperación policial firmados entre miembros de la UE y terceros países. Además, se han creados enlaces policiales en, entre otros países, Italia, Bulgaria, Chipre, Turquía, Albania, Rusia, Ucrania, ex República Yugoslava de Macedonia, Croacia, Bosnia-Herzegovina, Serbia-Montenegro, Rumanía (aparte del enlace policial de SECI) y Líbano.

97.La FPH creó ILAEIRA, un plan de acción empresarial e interdepartamental para la lucha contra la trata de mujeres y de niños encaminado a afrontar y erradicar la trata de mujeres y de niños y a garantizar la ejecución de actuaciones efectivas en la materia por parte de todos los organismos implicados. Un total de 21 países y 4 organizaciones europeas e internacionales (Europol, Interpol, Eurojust y Frontex) respondieron a esta iniciativa de Grecia. El plan se dio a conocer de forma oficial en Atenas los días 7 y 8 de diciembre de 2006 en una serie de actos en los que participaron funcionarios de alto rango (400 convocantes) y diferentes organizaciones de los Estados cooperantes, a nivel internacional, y a nivel nacional, ministerios, organismos públicos y organizaciones no gubernamentales colaboradoras.

Ministerio de Exteriores

98.El Servicio de Cooperación al Desarrollo Internacional (SCDI), agente de cooperación para el desarrollo, aunó sus esfuerzos con diferentes organizaciones internacionales (OIM, ACNUR, etc.) y organizaciones no gubernamentales griegas para la financiación de programas de concienciación pública y de lucha contra la trata de seres humanos que se ejecutaron tanto en Grecia, en cuanto que país de tránsito y de destino de las víctimas, como en los países de origen de las mismas. Entre 2003 y 2007, el SCDI y las organizaciones no gubernamentales firmaron 74 contratos para programas de lucha contra la trata de personas. La financiación del SCDI se dirige principalmente a actuaciones con un impacto claro, en particular a programas para el reconocimiento y la orientación de las víctimas, de apoyo al funcionamiento de los centros de acogida, de apoyo psicológico y de asistencia y apoyo legal y administrativo, de repatriación voluntaria, de actuación en los países de origen, campañas informativas y de concienciación y programas formativos destinados a los organismos públicos competentes.

99.La OIM, a través del financiamiento y la colaboración que brinda al SCDI, lleva a cabo una serie de actuaciones encaminadas a mejorar el sistema de reconocimiento y asistencia a las víctimas. En 2006 y 2007 se celebraron, con la colaboración de la Unión Helena de Jueces y Fiscales, diversas jornadas de un día de duración sobre estas cuestiones en las que participaron la mayor parte de los miembros de la carrera judicial y fiscal griega. También se puso en marcha un foro de orientación con las autoridades consulares o diplomáticas de los países de origen de las víctimas.

100.El MEG y diferentes organizaciones no gubernamentales llevaron a cabo las actuaciones pertinentes en las esferas de la protección, la prevención y la represión de la trata de personas. De entre esas organizaciones no gubernamentales, nueve han firmado un memorando de entendimiento: Arsis, Antigoni, Solidaridad, Centro para la Defensa de los Derechos Humanos (CDDH), Consejo Heleno para Inmigrantes, CIAVMES, Centro Europeo de Derecho Público, Centro Médico de Rehabilitación de Víctimas de la Tortura, Klimaka, Red Europea de Mujeres, y Unión Internacional de Agentes de la Policía.

101.En 2008 se aprobó la financiación de los programas de los organismos públicos y las organizaciones no gubernamentales. Algunos de estos programas son continuación de otros más antiguos. Entre ellos destacan la Red Ariadni, de la organización no gubernamental CDDH, con la que se pretende desarrollar un sitio web, intercambiar experiencias en materia de buenas prácticas, aumentar la concienciación pública sobre la lucha contra la trata de personas en el sudeste y el este de Europa; el programa para el apoyo legal y psicológico a las víctimas extranjeras de la trata de personas, y la organización no gubernamental Consejo Griego para los Refugiados. Asimismo se pretende continuar financiando el funcionamiento de la línea telefónica de socorro para el apoyo a las víctimas de la trata de personas.

Ministerio de Empleo

102.En el marco de la ICO EQUAL - Círculo B, y a través de la asociación para el desarrollo (AD), se han ejecutado los proyectos que se detallan a continuación, entre cuyos beneficiarios se contaban principalmente mujeres que han sido víctimas de la trata de personas y otros grupos de mujeres en situación de vulnerabilidad:

Proyecto Apoyo total a las mujeres desempleadas y maltratadas para su rehabilitación social y profesional de la AD "EIRINI". Sus objetivos fundamentales son: a) erradicar la discriminación, apoyar los derechos y brindar educación y empleo a los grupos de población beneficiarios; b) brindar apoyo (psicológico, legal, educativo y consultivo) a las víctimas como base para mejorar sus condiciones de vida, y c) rehabilitación profesional y promoción en el mercado de trabajo.

El proyecto ASPIDDA: luchando contra la explotación y creandoperspectivas de la AD "ASPIDDA" (Asociación para el Desarrollo a favor de la Igualdad de Derechos para las Víctimas de la Trata de Personas). Sus objetivos fundamentales son: a) prevenir y combatir el fenómeno; b) hacer valer y proteger los derechos humanos fundamentales de las víctimas de la trata de personas; c) disponer las condiciones para el apoyo coordinado e integral personalizado a los grupos de población beneficiarios con vistas a su plena reinserción en las redes sociales y en el mercado de trabajo; d) cambiar las actitudes y los comportamientos hacia las víctimas de la trata de personas y disponer las condiciones para que florezca la solidaridad en el seno de la sociedad, y e) potenciar y mejorar la eficacia de las políticas y las medidas elaboradas y ejecutadas a nivel nacional y a nivel europeo en la lucha contra el fenómeno, así como disponer las condiciones que permitan la integración social y profesional, decente e igualitaria, de las víctimas de la trata de personas.

El proyecto NOSTOS, del AD "NOSTOS". Población beneficiaria: víctimas de la trata transnacional de personas. Objetivo principal: brindar servicios especializados de acogida, apoyo, refuerzo y promoción de las habilidades profesionales, con objeto de: a) informar sobre el fenómeno de la trata de personas y sus dimensiones; b) reconocer que tales víctimas existen; c) brindar apoyo multilateral a las víctimas a través de estructuras sólidas y servicios especializados, y d) permitir que se pueda garantizar residencia legal a las víctimas de la trata de personas.

Ministerio de Justicia

103.Desde el 4 de mayo de 2006, un comité especial permanente viene trabajando en el Ministerio de Justicia griego para elaborar una ley de ratificación y adaptar la legislación griega a los siguientes textos legislativos: a) Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional y sus tres protocolos (entre los que se cuenta el Protocolo de las Naciones Unidas para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas), y b) Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos.

104.En el marco de la campaña para la protección de los derechos humanos, el Ministerio de Justicia, en colaboración con el Consejo de Europa, organizó una conferencia regional para la promoción del Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual (Atenas, 26 y 27 de junio de 2008).

105.En 2007 se creó un comité especial permanente responsable de recomendar iniciativas legislativas e impulsar actuaciones encaminadas a combatir la trata de personas. El Comité está capacitado para: a) fomentar la colaboración institucional con los organismos competentes (Escuela Nacional de Jueces, Academia de Policía, Centro Nacional de la Administración Pública y el Gobierno Local); b) elaborar un programa de formación; c) adoptar decisiones en materia de realización de seminarios de formación, y d) formación de formadores (agentes o maestros).

106.En la esfera de la formación y la sensibilización: a) los días 17 y 18 de mayo de 2005 se organizó en Atenas una jornada de dos días de duración por iniciativa de la OMI para la formación del personal empleado en las casas de acogida estatales para víctimas de la trata de personas y en las casas de acogida gestionadas por organizaciones no gubernamentales con financiación del Estado griego (las jornadas contaron con profesores especiales provenientes de toda Europa); b) la delegación griega de la OIM organizó un seminario en la Escuela Nacional de Administración Pública (abril de 2008) destinado a egresados y estudiantes universitarios y encaminado a brindarles información sobre el fenómeno de la trata de personas; c) el Ministerio de Empleo y Protección Social griego organizó un seminario de formación sobre la trata de personas destinado a inspectores de trabajo (Alejandrópolis, 23 y 24 de junio de 2008); d) el Ministerio griego para Macedonia y Tracia y la sede del Pacto de Estabilidad para la Europa Sudoriental (Tesalónica) organizaron una conferencia internacional de dos días de duración sobre la colaboración greco-búlgara en materia de lucha contra la trata de niños (Drama, 26 y 27 de junio de 2008); e) con el apoyo del Ministerio de Justicia y del Ministerio de Exteriores griegos, la Asociación de Fiscales de Atenas y la OIM organizaron una conferencia internacional de dos días de duración sobre la cooperación transnacional para la lucha contra el crimen organizado en la Europa Sudoriental (Volos, noviembre de 2008); f) el Ministerio de Justicia griego —a través de la asignación de fiscales— participó en las jornadas de dos días de duración Delitos contra los niños mediante el uso de la tecnología. La lucha contra el tráfico de material pornográfico infantil en Internet, organizadas por el Centro Internacional para los Niños Desaparecidos y Explotados, la Interpol, Microsoft y Child’s Smile (Atenas, 11 al 14 de marzo de 2008).

Ministerio de Salud y de Solidaridad Social y Centro Nacional para la Solidaridad Social

107.El organismo gubernamental más importante en materia de apoyo y cuidado hospitalario para las víctimas de la explotación económica y sexual producto de la trata de personas es el Centro Nacional de Solidaridad Social (CNSS). El CNSS colabora con todos los organismos implicados, como la Fuerza de Policía Helena, la Fiscalía y las organizaciones no gubernamentales con las que ha suscrito contratos para la gestión de albergues de acogida (Child’s Smile, Corporación Internacional de Apoyo a la Familia). Las víctimas de la trata de personas llegan al CNSS a través de la línea telefónica 197 y de los centros de apoyo social, o son remitidos por la Fuerza de Policía Helena, la Fiscalía o las organizaciones no gubernamentales implicadas.

108.El CNSS ofrece: a) centros acogida temporal para víctimas de la trata de personas (uno en Atenas y otro en Tesalónica), inclusive alojamiento, alimentos, apoyo psicológico y tratamientos médico y farmacéutico para víctimas de la trata de personas; b) la línea telefónica de emergencias 197 para ayuda social, en funcionamiento las 24 horas del día, 7 días a la semana, servicio al que las víctimas pueden notificar casos de trata de personas y en el que se les brinda ayuda psicológica y asesoramiento y se les remite a las autoridades competentes del CNSS o a otros organismos, y c) el Servicio de Admisión, Acogida Temporal e Intervención in situ (que también opera 24 horas, 7 días a la semana) brinda servicios de acogida para casos extremadamente graves hasta la finalización de los procedimientos iniciales (como recopilación de datos personales y examen médico).

109.En 2006, el CNSS brindó apoyo psicosocial a 14 víctimas de la trata de personas, todas transferidas por la Fuerza de Policía Helena. En la mayoría de los casos se trataba de mujeres de entre 16 y 30 años que eran originarias de los países de la antigua Unión Soviética. A 5 de ellas se las acogió en centros del CNSS. Por otra parte, la línea telefónica 197 recibió 5 llamadas, brindó asesoramiento e información a las personas que iniciaron el contacto y las transfirió al servicio del CNSS y al Departamento contra la Trata de Personas de la Fuerza de Policía Helena. En 2007, 16 nuevos casos de trata de personas se plantearon a los centros de apoyo social del CNSS, cuyos albergues acogieron a 21 personas (se trataba en todos los casos de mujeres rumanas de entre 16 y 30 años de edad). En 2008, los albergues del CNSS estuvieron en funcionamiento entre el 1º de febrero y el 31 de marzo del mismo año. A 7 mujeres se les ofreció hospitalización y el servicio de línea telefónica gestionó 7 casos. El CNSS colaboró con los siguientes organismos: KLIMAKA, centro de acogida STORGI, centro de acogida FRONTIDA y OIM.

110.El Centro Helénico para el Control de Enfermedades Infecciosas (CHCEI) inauguró recientemente una oficina para la investigación y la lucha contra la trata de personas. La misma pretende recabar información, combatir el fenómeno y asociarse con organismos sanitarios y departamentos ministeriales competentes, así como formar al personal médico y a los servicios sociales sobre el modo de abordar y atender a las víctimas de la trata de personas. Los programas de la oficina han creado, en colaboración con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD), una base de datos sobre epidemias y han realizado diferentes investigaciones sobre el fenómeno encaminadas a mejorar los servicios.

111.Los Centros de Formación Hospitalaria planificaron los siguientes programas en materia de igualdad entre el hombre y la mujer y de lucha contra el fenómeno de la violencia: a) Mujer y violencia: tratamiento psicosocial de la violencia doméstica, la violación y la trata de mujeres con fines de explotación sexual, y b) Lucha contra la trata de mujeres con fines de explotación sexual y apoyo a las víctimas.

Actividades de las organizaciones no gubernamentales

112.La Federación de Sindicatos de Obreros Industriales (FSOI), en el marco del programa de la EUROPAID/AEMEAS Italia, Albania y Grecia contra la trata de mujeres y de niños, elaboró y publicó un informe sobre la trata de personas en Grecia. Además, la Unión de Mujeres Griegas (UMG) organizó una conferencia panhelénica sobre la trata de mujeres y de niños con fines de explotación sexual. Por otra parte, la organización no gubernamental Apoyo Social Griego participó en la elaboración del Protocolo adicional contra la trata de mujer, que fue ratificado por el Gobierno griego, al tiempo que planificaba programas destinados a luchar contra la trata de mujeres, la violencia doméstica y la violación de mujeres. Existe asimismo una línea telefónica de socorro para víctimas de la violencia.

Violencia doméstica contra la mujer

113.La ratificación de la Ley 3500/2006 contra la violencia doméstica (Boletín Oficial del Estado 232/A’ de 24/10/2006) constituye la medida más importante adoptada en esta materia. La aplicación de esta ley estuvo acompañada por la adopción de numerosas medidas, como se explica a continuación, que fueron ejecutadas tanto por la Administración Pública como por las organizaciones femeninas.

Medidas adoptadas por la Administración Pública

114.La SGIG ha participado en: a) la elaboración del informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la incorporación de la perspectiva de género en las políticas y programas nacionales, subrayando la importancia de las medidas encaminadas a erradicar todas las formas de violencia contra las niñas y remitiendo datos e información actualizada sobre las actuaciones llevadas a cabo en Grecia; b) efectuó una donación voluntaria de 12.650 euros a las Naciones Unidas destinados a financiar una investigación del Secretario General sobre la erradicación de todas las formas de discriminación contra la mujer; c) presentó propuestas a la Representación Permanente de Grecia en Bruselas durante las negociaciones llevadas a cabo en la Unión Europea a propósito del nuevo programa especial DAPHNE III contra la violencia en el marco del programa Derechos fundamentales y justicia, y d) participó en la campaña del Consejo de Europa para combatir la violencia contra las mujeres y, en particular, la violencia doméstica (2006-2008).

115.Durante el periodo examinado, la SGIG ayudó a las víctimas de la violencia en sus dos centros de asesoramiento (Atenas y Pireo), los cuales brindan apoyo psicosocial y asesoramiento jurídico. Conforme establece la nueva organización de la SGIG (DP 5/2008, Boletín Oficial del Estado 17/A de 08/02/2008), entre las competencias asignadas a los centros de asesoramiento se cuentan las siguientes: a) brindar asistencia psicosocial a las víctimas de la violencia; b) facilitar información jurídica y asesoramiento en materia de igualdad entre el hombre y la mujer; c) orientar a la ciudadanía en materia de empleo y de relaciones laborales; d) colaborar con otros organismos que ofrezcan centros de asesoramiento y albergues de acogida a las víctimas de la violencia en toda Grecia; e) recabar y procesar datos relativos a los casos gestionados por los centros de asesoramiento, y f) llevar a cabo actuaciones de orientación y sensibilización públicas sobre las materias que competen a los centros.

116.El Centro de Acogida para Mujeres Maltratadas continuó en funcionamiento durante el periodo objeto de examen a fin de ofrecer albergue a las mujeres maltratadas y a sus hijos. El Centro está gestionado por el Ayuntamiento de Atenas en colaboración con la SGIG. Por otra parte, las mujeres que han sido víctimas de la violencia tienen ahora derecho a incorporarse al programa de Servicio de Apoyo Complementario (SAC) del RSGE Mejora de las condiciones de integración en el mercado de trabajo de los grupos de población en situación de vulnerabilidad, descrito en el artículo 11 del presente.

117.Se han revisado los cuestionarios para el registro de casos y se ha puesto al día la base de datos estadística que procesa dicha información. Estos datos se refieren a las mujeres que acceden a los centros de asesoramiento del SGIG aunque, además de sobre las víctimas, proporcionan información sobre los agresores. Se ha desarrollado un sistema de información en línea cuyo uso permitirá modernizar el funcionamiento de los centros de asesoramiento de la SGIG y potenciar la asistencia que se brinda a las usuarias de los mismos. En 2005 y 2006 se publicaron sendos informes anuales titulados Análisis cuantitativo de datos sobre mujeres víctimas de la violencia doméstica y que se basan en los datos del registro de casos de maltrato puestos en conocimientos de los centros de asesoramiento.

118.El 25 de noviembre de cada año, con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, se lleva a cabo una campaña de información pública en colaboración con ATTIKO METRO S.A. y TRAM S.A. El 25 de noviembre de 2008, con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, la SGIG y el RSGE —en colaboración con la editorial IANOS— organizaron una conferencia de prensa/debate sobre la violencia contra la mujer.

119.A propósito de la interpretación y de la aplicación de la Ley 3500/2006, la SGIG, en colaboración con el Laboratorio de Investigación Penal y Criminológica de la Universidad Nacional y Kapodistríaca de Atenas, organizó una jornada en la que se dieron a conocer datos actualizados sobre violencia doméstica (28 de marzo de 2007). La SGIG organizó también, en colaboración con la Fiscalía del Tribunal de Apelación de Atenas y el Laboratorio de Investigación Penal y Criminológica, la jornada Violencia doméstica: perspectivas tras la Ley 3500/06 (28 de junio de 2007).

120.El SGIG publicó una serie de folletos informativos sobre la violencia doméstica en griego, inglés, árabe y persa. Se consideró necesario publicar el folleto sobre violencia doméstica en árabe y persa en el marco de la ejecución del memorando de entendimiento con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en Grecia. Por otra parte, el Ministerio de Justicia griego, en colaboración con la SGIG, divulgó diverso material informativo sobre la legislación en materia de violencia doméstica, en particular un folleto y un anunció que fue emitido por las cadenas de televisión.

121.En colaboración con el CNAPGL IT, la SGIG organizó en Atenas, Patras, Tesalónica, Ioannina y Herakleion diferentes seminarios de formación y sensibilización destinados a jueces, fiscales, agentes de policía y personal sanitario y de servicios sociales. Su objetivo era lograr una gestión más eficaz de los casos de violencia doméstica y trata de personas.

122.La SGIG organizó (noviembre de 2008) una reunión informativa con diferentes organismos que brindan apoyo psicosocial y en la que los representantes de la Asociación para la Prevención y el Tratamiento de la Violencia en la Familia (Chipre) presentaron el funcionamiento y el impacto del programa Amor sin dolor. La reunión, cuyo objetivo era ampliar la experiencia de Chipre con los culpables de actos de violencia doméstica, tuvo lugar en el contexto de la puesta en marcha de la institución de la mediación penal (Ley 3550/2006, artículo 11).

123.La SGIG participa en la Red para la Prevención de la Violencia y las Lesiones, cuyo objetivo es brindar información transversal sobre la prevención de las lesiones y de la violencia y poner en marcha el Plan Nacional de Acción correspondiente. En el marco de las actividades de la Red, la SGIG participa en la preparación de la representación griega ante el comité correspondiente de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en la elaboración del cuestionario nacional relativo a la aplicación de las resoluciones de la OMS en materia de lesiones y violencia por parte de los Estados miembros y en la preparación del perfil del país en el marco del programa PHASE bajo el título Efectos de la violencia interpersonal en el ámbito de la salud pública, etc.

124.En el marco de DAPHNE II (2007-2009), el Ayuntamiento de Atenas participó en el programa de acción interestatal Desarrollo de estrategias para el trabajo con varones que recurren a la violencia en sus relaciones íntimas (MUVI, según sus siglas en inglés). El objetivo de dicho programa era elaborar estrategias que permitan poner en marcha estructuras de asesoramiento para varones que han cometido delitos de violencia doméstica. La SGIG apoyó el grupo de investigación coordinando el estudio/registro de la situación actual. El perfil de los varones que cometieron delitos de violencia doméstica y la dinámica del ciclo de violencia es expuesto por ellos mismos, al tiempo que se subrayan los puntos en los que se hace precisa la intervención. Por otra parte, el 7 de octubre de 2008 se organizó en el marco de este programa un encuentro en el que se presentaron los resultados de la investigación correspondiente, que se realizó a nivel europeo con la participación de expertos griegos y de otros países. Los profesores del centro noruego Alternativas a la Violencia organizaron un seminario de formación titulado Servicios de asesoramiento para varones que recurren a la violencia en sus relaciones íntimas. El seminario, que brindó formación sobre nuevos métodos de asesoramiento basados en la experiencia y en las técnicas que siguen en el modelo noruego, estuvo destinado a 30 profesionales de los sectores de la salud y de la atención en los servicios sociales y educativos.

125.El RSGE realizó un estudio titulado Mujer y homicidio. Investigación en torno a los centros de reclusión femeninos de Korydallos (2005). El estudio versa sobre el asesinato perpetrado por mujeres en contextos de violencia doméstica. De acuerdo con sus conclusiones, en los sumarios de las causas no se aludía a malos tratos o violencia ejercida contra las reclusas. Sin embargo, la existencia de este tipo de incidentes quedó demostrada mediante las entrevistas realizadas a las reclusas, lo que podría constituir un indicio de la indiferencia social frente al fenómeno. Concretamente, en varias entrevistas se alegaron malos tratos, sobre todo, por parte de la esposa o de la pareja y, en un menor número de casos, por parte de los progenitores o de otros familiares.

126.La FPH, en el marco de sus actuaciones frente a los delitos cometidos contra la mujer en el ámbito doméstico, remitió a todas las autoridades, entre otras, las siguientes órdenes y directrices: a) manual de lucha contra la violencia doméstica, publicado por la Jefatura de la FPH con objeto de fomentar una gestión más adecuada de los casos de violencia doméstica, para lo cual se facilitó al personal de la FPH directrices en la materia; b) manual informativo sobre planificación de políticas para la prevención de la criminalidad, en el que se incluye un análisis exhaustivo de las obligaciones y de las posibles actuaciones de los agentes de la policía ante casos de violencia doméstica, y c) dos guías informativas elaboradas por el Ministerio de Salud y de Solidaridad Social griego destinadas a organismos de asistencia social.

127.Paralelamente se han enriquecido los programas de formación de las academias de policía con asignaturas en las que se abordan cuestiones relacionadas con la violencia doméstica. Desde el 8 de febrero de 2008 se han venido realizando seminarios de formación en torno a la violencia doméstica destinados a agentes y oficiales de la policía. Además de estas actuaciones, y siempre en la esfera de la capacitación profesional, el personal de la FPH participó en diversos programas y cursos de formación organizados por el IF del CNAPGL que versaron sobre cuestiones relativas a la igualdad entre el hombre y la mujer, la respuesta a la violencia contra la mujer, etc.

128.El Ministerio de Justicia griego participó, mediante la asignación de fiscales como ponentes, en una serie de seminarios de formación sobre casos de violencia doméstica organizados por el Ministerio de Exteriores y dirigidos a oficiales de la FPH. Los seminarios abordaron todo el marco legislativo en la materia (Ley 3500/2006) y el procedimiento de mediación penal. Con una duración de dos días cada uno, se celebraron entre el 11 de febrero de 2008 y el 7 de marzo de 2008.

129.Los institutos de formación profesional adscritos a los centros hospitalarios ejecutaron los siguientes programas sobre igualdad de género y respuesta a la violencia de género: a) mujer y violencia: apoyo psicosocial en casos de violencia doméstica, violación y trata de mujeres con fines de explotación sexual; b) profesionales de la salud sobre diagnosis y tratamiento de pacientes víctimas de la violencia doméstica, y c) abordar los problemas de violencia en los entornos doméstico, social y "terapéutico" de personas dependientes.

130.El 24 de noviembre de 2008, el Comité Regional para la Igualdad del Egeo Septentrional, en colaboración con la SGIG, organizó el acto Violencia contra la mujer: prácticas para afrontarla: a) mujeres y violencia: tratamiento psicosocial de la violencia doméstica, la violación y la trata de mujeres; b) expertos en salud sobre el diagnóstico y el tratamiento de pacientes víctimas de la violencia doméstica, y c) tratamiento del fenómeno de la violencia en los entornos doméstico, social y "curativo" de las personas dependientes.

Medidas adoptadas por las organizaciones no gubernamentales

131.LaAsociación para los Derechos de la Mujer (ADM) adoptó un conjunto de medidas (entre otras, constitución ad hoc de un comité de seis miembros y participación en el grupo del Ministerio de Justicia que elaboró el proyecto de ley sobre violencia doméstica) destinadas a explicar sus observaciones y recomendaciones sobre el proyecto inicial de la Ley 3500/2006. Las observaciones y recomendaciones de la ADM se centraron principalmente en la necesidad de mejorar y completar el citado proyecto de ley y de integrar sus disposiciones en los códigos que regulan las materias correspondientes (Código Penal, Código de Procedimiento Penal, Código Civil, Código de Procedimiento Civil), de modo que jueces, abogados y personas interesadas lo conozcan y, en su caso, se aplique. Por otra parte, la ADM subrayó la necesidad de crear un grupo especial de trabajadores sociales especializados en el ámbito de la familia, de brindar formación continua a los agentes de la policía y de crear las estructuras necesarias para prevenir la violencia doméstica y ayudar de forma efectiva a las víctimas.

132.Desde 1980, la ADM ha venido gestionando un Departamento de Asesoramiento Legal que brinda asesoramiento legal gratuito y apoyo psicológico y social a mujeres que sufren problemas de trato desigual, vulneración de derechos, violencia y abuso en el hogar, en el trabajo o en cualquier otra esfera. El Departamento de Asesoramiento asiste a mujeres de toda Grecia en materia de violencia doméstica, acoso sexual, empleo, divorcio, nutrición, monoparentalidad, maltrato infantil, abandono infantil, abusos sexuales, delincuencia juvenil y agresividad.

133.En diciembre de 2008, la ADM celebró en el Centro Cultural del Ayuntamiento de Kifisia el debate público Violencia paralela – Mujeres y niños víctimas de la violencia doméstica. También se celebraron debates públicos en el Ayuntamiento de Peristeri (8 de marzo de 2005), en el Ayuntamiento de Korydallos (8 de marzo de 2007), en el Departamento Regional de la ADM en Arachova (9 de marzo de 2006), en Mesologgi (12 de mayo de 2007), en Chalkida (2007), en el Ayuntamiento de Keratsini (2008), en el Ayuntamiento de Moschato (2008) y en la Asociación de Griegos oriundos de Egipto (2008). Por otra parte, la ADM hizo pública su condena y sus recomendaciones en relación con la violación de una niña en Evia, así como su protesta respecto al modo en que los medios de comunicación abordaron el caso (véase la revista Woman’s Fight Nº 81/2007). Por último, cada 25 de noviembre, con motivo del Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, la ADM hace pública una determinación en la materia.

134.Entre el 12 y el 14 de mayo de 2006, el Consejo Nacional de Mujeres Griegas (CNMG) acogió en Atenas el encuentro de primavera del Centro Europeo del Consejo Internacional de Mujeres (ECICW, según sus siglas en inglés), en el cual participaron representantes de los Consejos Nacionales de Mujeres de 17 países europeos y 150 mujeres griegas. La reunión contó con el apoyo de, entre otros, la SGIG, el Ministerio de Turismo griego, el Ayuntamiento de Atenas y la CGMG. Teniendo en cuenta el encuentro, el CNMG organizó el seminario Formas de violencia ejercida contra mujeres y niños en la sociedad moderna, cuyas actas se resolvió publicar. Parte de aquel material se tradujo y se incluyó en una publicación europea que vio la luz en 2007 y que tuvo una amplia distribución.

135.Por otra parte, el CNMG ha llevado a cabo las siguientes actuaciones: a) en enero de 2006, remitió a la SGIG observaciones en relación con el proyecto de Ley contra la Violencia Doméstica, las cuales versaban principalmente sobre las condiciones necesarias para su ejecución (entre otras, necesidad de crear departamentos especiales de ejecución, de brindar formación especializada y capacitar a los funcionarios responsables de la aplicación de la ley, de adoptar medidas de protección de las víctimas y de crear estructuras de acogida y apoyo), y b) remitió sus observaciones en torno a la Ley 3500/2008 contra la violencia doméstica y expresó sus graves reservas a la misma.

Artículo 7Participación de la mujer en los procesos de adopción de decisiones en la vida política y pública

136.Pese a que se han adoptado diversas medidas encaminadas a fomentar la participación femenina en los centros de adopción de decisiones, la mujer sigue estando infrarrepresentada en la vida política, en los partidos políticos, en el Parlamento heleno, en el Gobierno y en la Administración Pública (véase anexo 5, cuadro 1). Desde 2000, Grecia ha venido aplicando cuotas que exigen que un tercio de los candidatos a los comicios municipales sean de sexo femenino, así como un tercio de los miembros de los órganos colegiados de los organismos públicos, en particular de los consejos de ministros. En el periodo objeto del presente prosiguieron las acciones gubernamentales en la materia (se describen brevemente a continuación). El objetivo principal de tales intervenciones consistió en optimizar sus capacidades y conocimientos, potenciarlas y brindarles asistencia con objeto de fomentar su participación en los centros de adopción de decisiones a todos los niveles.

137.Durante la planificación de las actuaciones en favor de la igualdad entre el hombre y la mujer, y considerando el MENR 2007-2013, se hizo hincapié en que la participación sistemática y sustantiva de la mujer constituye un parámetro crucial de buen gobierno. En el marco del PO Reforma de la Administración Pública, Eje III, se definió un conjunto de actuaciones encaminadas a fomentar la participación femenina en los procesos de adopción de decisiones, entre otras, organización de campañas de concienciación, planificación de programas informativos para mujeres electas y candidatas a nivel nacional, regional y municipal, y apoyo a las organizaciones femeninas y a otras organizaciones no gubernamentales que trabajen a favor de la igualdad entre el hombre y la mujer.

138.Entre 2005 y 2008, como se detalla en el artículo 2 del presente, se impulsaron disposiciones legislativas adicionales destinadas a potenciar la participación femenina en los procesos de adopción de decisiones en las esferas pública y privada.

139.En febrero, y bajo la supervisión de la SGIG, el RSGE concluyó en calidad de organismo de coordinación el programa europeo Participación paritaria en los centros de adopción de decisiones: mujeres en el corazón de Europa. El objetivo del proyecto era informar y sensibilizar a la ciudadanía sobre la importancia y el valor de la participación femenina en los procesos de adopción de decisiones en las esferas política, económica y social; sobre la necesidad de proteger el derecho a la representación femenina paritaria en las listas de candidatos a los comicios nacionales y al Parlamento Europeo, así como sobre la necesidad de fortalecer y preparar a las posibles candidatas para que presenten su candidatura a las listas electorales.

140.De octubre de 2006 a diciembre de 2007, el RSGE gestionó el programa europeo Localización de la Igualdad de Género a través del Desarrollo. El principal objetivo del programa era potenciar una más amplia participación de la mujer en el desarrollo local, en los procesos de adopción de decisiones en las esferas civil y pública y en la vida económica. Se han ejecutado diferentes actuaciones informativas y de sensibilización en relación con los beneficios derivados de la participación de la mujer en el desarrollo local (se emitió un anuncio en canales de televisión locales y nacionales y se distribuyó material informativo en toda Grecia). Se realizó un programa de asesoramiento piloto de 10 meses de duración en las delegaciones del RSGE (Tesalónica, Patras, Heraklion y Volos) del que se beneficiaron más de 250 mujeres. Por otra parte, se concluyó un estudio con la colaboración de socios internacionales. Al término del programa se celebró en Atenas la conferencia europea de dos días de duración (27 y 28 de noviembre de 2007) Mujer y desarrollo local, cuyas actas se publicaron en 2008. En el marco del programa se llevaron a cabo dos estudios: a) Mujer y participación en los procesos de adopción de decisiones en Grecia (2006), y b) Evaluación de las iniciativas de desarrollo para la participación de la mujer en el desarrollo local (2008). El estudio se publicó en 2008 en griego, francés, español e italiano.

141.El RSGE participó como socio a nivel interestatal en el programa Llevar la igualdad de género a las comunidades locales, coordinado por el Comité Nacional para la Promoción de la Igualdad de Malta. El programa tuvo como objetivo fomentar una participación más amplia y sustantiva de la mujer en las actuaciones y políticas de las comunidades locales, con especial énfasis en los nodos de toma de decisión. El RSGE participó en la elaboración y la publicación de un folleto (5.000 ejemplares) en el que se incluían las propuestas de buenas prácticas para la consecución de la igualdad entre el hombre y la mujer que habían sido presentadas por los países participantes, folleto que se distribuyó entre diferentes sectores y partes interesadas en los actos del RSGE.

142.El RSGE también ha publicado las siguientes monografías: a) Manual para formadores. Habilidades de comunicación para mujeres en política. Atenas: 2005, publicado en inglés, húngaro e italiano; b) actas de la conferencia europea De la teoría a la acción: por una participación equitativa de hombres y mujeres en la esfera política. Atenas: 2005, y c) Participación femenina en los procesos de adopción de decisiones en Grecia. Atenas: 2006.

143.La participación de la mujer en el Parlamento nacional ha aumentado del 16% en 2007 al 17,3% en 2009, un porcentaje significativamente menor del esperado. Sin embargo, se ha registrado un claro incremento en el número de mujeres electas para el Parlamento heleno (véase anexo 5, cuadro 1).

144.De acuerdo con los datos que Grecia presentó al Consejo de Europa, la proporción de hombres y mujeres en la esfera de la representación política es la siguiente (estadísticas de 2008): Ministros: 16 hombres, 2 mujeres / Viceministros: 22 hombres y 1 mujer. En 2009, la composición del Gobierno era la siguiente: Ministros: 10 hombres, 5 mujeres / Viceministros: 16 hombres y 3 mujeres, Ministros Adjuntos: 2 hombres, 0 mujeres.

145.Hasta hoy, el cargo de alcalde continúa siendo masculino. El 97% de los alcaldes son varones, y sólo el 3% son mujeres (32 alcaldesas, frente a 1.034 alcaldes). No obstante, debemos subrayar que se ha producido un incremento del 1% en el porcentaje de alcaldesas en comparación con el anterior periodo electoral (en 2002 había 22 alcaldesas, lo que suponía un porcentaje del 2%). Gracias a la ley de cuotas, todas las formaciones políticas incluían un gran número de candidatas en sus listas electorales (1/3), pero pocas resultaron electas. En general, la proporción de candidatas para cargos electivos en los órganos de gobierno local es significativamente más alta que la proporción de candidatas finalmente electas. Sin embargo, el porcentaje de fracaso es mucho mayor entre las candidatas a alcaldías (50%). El cuadro 2 muestra la proporción de candidatas a alcaldías, así como a cargos de consejero local y municipal en las elecciones municipales de 2006.

146.El porcentaje de participación femenina griega en el Parlamento Europeo en 2009 se redujo en comparación con 2004 (véase el anexo 5, cuadro 3). Ello podría explicarse a la vista de la reducción del número de cargos parlamentarios asignados a Grecia en el Parlamento Europeo (dos menos en 2009 que en 2004).

147.Según datos del Ministerio de Interior griego, se ha incrementado significativamente la participación femenina en cargos de responsabilidad.Las mujeres son responsables del 48,9% de las Direcciones Generales. También se ha registrado en los últimos años un significativo incremento de la proporción de mujeres que dirigen divisiones y departamentos, porcentaje que pasó del 45,7% al 55,6% (véase anexo 5, cuadro 4).

Artículo 8Participación de la mujer en las instituciones internacionales y europeas y en el cuerpo diplomático

Participación de la mujer en las instituciones internacionales y europeas

148.La SGIG contribuye de forma regular a la promoción del principio de igualdad entre hombres y mujeres a través de su participación e intervención efectivas en los foros europeos e internacionales. En el periodo objeto de examen, la SGIG participó en calidad de órgano gubernamental competente en los siguientes comités o grupos de trabajo de la Unión Europea: a) Comité consultivo para la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres de la UE; b) Grupo de alto nivel de la UE para la incorporación de la perspectiva de género en todas las políticas y actuaciones; c) Grupo de alto nivel de la UE para la incorporación de la perspectiva de género en los fondos estructurales; d) Comité de actividad empresarial femenina (Sociedad Femenina de Ingeniería o WES, según sus siglas en inglés), y e) Consejo de Administración del Instituto Europeo de Igualdad de Género. Por otra parte, el SGIG ha participado activamente en el Comité de Dirección para la Igualdad entre el Hombre y la Mujer (CDIG) y en el Comité para Combatir la Violencia contra las Mujeres del Consejo de Europa.

149.A nivel internacional, la SGIG colabora con los trabajos, entre otros, del Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW, según sus siglas en inglés), de la UNESCO y de la Organización Internacional del Trabajo.

150.La SGIG participa en la Red de Género, en el Comité de Ayuda al Desarrollo y en los programas de CAD en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). El 10 de junio de 2006, la SGIG tomó parte en la segunda revisión entre pares de la Asistencia para el Desarrollo Helénica en la OCDE CAD, que el Ministerio de Exteriores griego llevó a cabo en colaboración con el Comité Interministerial. Entre los días 7 y 8 de junio de 2006 se realizaron diversos encuentros informativos. Entre los días 17 y 23 de junio de 2006 se estableció la agenda definitiva de la "Revisión entre Pares de Grecia".

151.Entre 2005 y 2008, la delegación griega del Lobby Europeo de Mujeres (LEM) participó sin falta en todas las reuniones de la Junta Directiva y de la Asamblea General del LEM, expresó sus opiniones e hizo llegar sus propuestas sobre todo tipo de cuestiones, y en particular respecto a aquellas relacionadas con la igualdad de trato entre hombres y mujeres, así como participó en el Comité de Constitución e Instituciones del LEM. La delegación griega del LEM también ha participado en las siguientes conferencias: a) Sesión del Comité para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, y b) Organización Internacional del Trabajo. Al mismo tiempo, es miembro de AGORA, un foro creado recientemente por el Parlamento Europeo en el que participan las organizaciones no gubernamentales más representativas de cada país. Asimismo ha participado en todos los actos celebrados por el LEM a nivel nacional y europeo con motivo del Año Europeo de la Igualdad de Oportunidades 2007.

152.Entre 2005 y 2008, la Asistencia Social Helena participó activamente y con acreditación en las conferencias internacionales de las Naciones Unidas, así como en: a) Encuentro Internacional de la Tercera Edad (Madrid 2002), organizado en colaboración con la Universidad de Michigan Occidental; b) Debate y mesa redonda sobre la armonización de las generaciones, el papel de la mujer y la participación de la familia en el cuidado de las personas mayores que sufren enfermedades incurables; c) Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible como miembro acreditado (Johannesburgo 2002), y d) Foro de organizaciones no gubernamentales, con invitación honoraria de la Organización de Mujeres para el Medio Ambiente y el Desarrollo (WEDO).

Participación de la mujer en el cuerpo diplomático

153.Durante el período objeto de examen, y según las estadísticas del Ministerio de Exteriores griego, se ha registrado un incremento considerable del número de mujeres embajadoras, diplomáticas, científicas y expertas en cuestiones económicas y comerciales. En concreto, en el cuerpo diplomático (servicios centrales y externos) hay actualmente 169 mujeres y 413 hombres, frente a 130 mujeres y 411 hombres que registraban las estadísticas del sexto informe periódico (2001-2004). Cabe señalar que no se ha designado a ninguna embajadora. Aproximadamente el 30% de los miembros del cuerpo diplomático son mujeres; en las esferas económica y comercial, las mujeres son el 37%, y entre los especialistas, el 47%. Sin embargo, la presencia femenina entre el personal científico especializado es significativamente alta y alcanza el 76% (véase el anexo 5, cuadros 5 y 6).

Artículo 9Igualdad de derechos de la mujer: ciudadanía y discriminación múltiple

154.La consecución de la igualdad entre el hombre y la mujer requiere iniciativas y acciones destinadas a mujeres que sufren discriminación múltiple y que se encuentran amenazadas por la exclusión social. La participación igualitaria de estos grupos de población femenina en la vida económica, social y política exige esfuerzos especiales concretados en políticas de género y en actuaciones específicas que les permitan disfrutar de iguales derechos en las esferas de la educación y del mercado de trabajo. Entre 2005 y 2008 se concibieron y ejecutaron diferentes actuaciones específicamente destinadas a, entre otras, mujeres refugiadas, mujeres inmigrantes, mujeres a cargo de familias monoparentales, mujeres romaníes y musulmanas con particularidades culturales.

Inmigrantes

155.El Ministeriode Interior griego, en calidad de autoridad competente en Grecia del Fondo Europeo para la Integración de los nacionales de terceros países (FEI), ha incluido en su programa plurianual 2007-2013, como lo hizo en sus programas anuales de 2007, 2008 y 2009, actuaciones encaminadas a favor de las mujeres inmigrantes, toda vez que constituyen un grupo de población extremadamente vulnerable. Debemos señalar que todas las actuaciones ejecutadas en el marco del FEI apuntan, entre otras, a las mujeres inmigrantes. El principio de igualdad de oportunidades y no discriminación por razón de sexo desempeña una función primordial en la evaluación de las propuestas por los beneficiarios finales.

156.La SGIG y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas en Grecia ajustaron y pusieron en marcha (5 de julio de 2005) el memorando de entendimiento revisado para la promoción de los derechos de las mujeres y de las niñas menores de edad a las que se les ha concedido el estatuto de asiladas o brindado protección por razones humanitarias en Grecia con arreglo a lo dispuesto en la Convención de Ginebra de 1951 y en el Decreto Presidencial 61/1999. El 4 de julio de 2006, en el marco de la ejecución del memorando de entendimiento, se celebró en Atenas un encuentro entre los dos organismos antes citados y los CRI con el propósito de informar y concienciar sobre la protección debida a las mujeres inmigrantes, así como de desarrollar lazos de cooperación entre los organismos antedichos en la región. Concretamente, los CRI de Macedonia Oriental-Tracia, Macedonia Central, Egeo Septentrional, Egeo Meridional, Creta y Ática participaron en la reunión y decidieron ajustar un plan de actuación por comités regionales, cuya aplicación se ha iniciado. En dicho plan se incluyen visitas para detectar problemas en centros de detención locales y en centros de acogida para refugiados. Los CRI también han participado en seminarios sobre derecho de los refugiados celebrados en las áreas regionales con la participación del Alto Comisionado, el Ministerio de Orden Público griego y el IF del CNAPGL.

157.El 14 de diciembre de 2006, la Dirección de Extranjería de Ática (Ministerio de Orden Público) fue objeto de una de dichas visitas, en concreto los centros de internamiento para mujeres extranjeras. Se instó a las internas a poner de manifiesto los problemas a los que se enfrentan y se distribuyó material informativo elaborado en diferentes lenguas por la SGIG. Ambos organismos, como establece el memorando, remitieron al Ministerio competente sendos informes en los que hacían constar sus observaciones.

158.El proyecto Intervención integrada a favor de la mujer (PO Empleo y Formación Profesional 2000-2006 del MAC C'), del que la SGIG era el beneficiario final, ha ejecutado diferentes actuaciones a favor de las mujeres desempleadas. Entre otras, 116 mujeres inmigrantes y 113 refugiadas se beneficiaron de dos planes de actuación en la región de Ática. En dicho programa, el RSGE, consejero científico de la SGIG, brindó entre el 1º de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2008 formación a 200 miembros de los planes de actuación del proyecto sobre inmigración femenina.

159.El RSGE, en el marco de la ICO EQUAL, círculo B (2005-2008), participó en calidad de socio en los siguientes proyectos:

Puesta en marcha de nuevos métodos de trabajo en grupos culturalmente diversos: La adaptación inteligente de las empresas y la potenciación de las habilidades de las mujeres inmigrantes, de la AD Gestión intercultural y adaptaciones tecnológicas. Grupos destinatarios: directivos de empresa y mujeres inmigrantes. Objetivos básicos: a) fortalecimiento y participación activa, a través de nuevas aplicaciones laborales (teletrabajo), de grupos de población (mujeres e inmigrantes de sexo femenino con hijos) que, debido a sus especiales condiciones sociales, son objeto de discriminación, y b) "adaptación inteligente" de las empresas a un nuevo entorno de trabajo y a un nuevo grupo de consumidores, y ello a través de actitudes sensibles y del conocimiento de las especificidades de los diferentes grupos de población cultural y sus patrones de consumo.

Amfiktionia Social, de la AD Amfiktionia Social. Grupos destinatarios: a) jóvenes desempleados con bajo perfil profesional o con otros problemas que les impidan el ingreso en el mercado de trabajo; b) mujeres con problemas para acceder al mercado de trabajo debido a su bajo nivel de capacitación profesional; c) personas culturalmente "diferentes" (romaníes, por ejemplo). El objetivo principal del proyecto es la planificación y puesta en marcha de una estrategia encaminada a fomentar la actividad empresarial de las personas que integran el grupo destinatario, a saber, jóvenes, mujeres y romaníes mediante la reconfiguración de las relaciones empresariales entre los sectores público, privado y social.

160.El RSGE realizó una investigación titulada Inmigración femenina en Grecia. Conclusiones del RSGE de Investigación Panhelénica que fue presentada en las jornadas científicas Inmigración, experiencias, perspectivas, políticas, celebradas los días 23 y 24 de noviembre de 2006 en Atenas por el Instituto Helénico de Política Migratoria (IHPM). Por otra parte, el RSGE dio a la prensa cuatro publicaciones sobre la inmigración femenina: a) Manual para inmigrantes: derechos y obligaciones (2008); b) Guía para mujeres refugiadas: derechos y obligaciones (2008); c) Breve guía para mujeres inmigrantes (2008), y d) Inmigración femenina en Grecia:Conclusiones del RSGE de Investigación Panhelénica (2007).

161.En el marco de la ICO EQUAL, círculo B, se han ejecutado los siguientes proyectos:

Intervención integral para el desarrollo y el apoyo a actividades empresariales de grupos de población con necesidades sociales especiales y en situación de vulnerabilidad en zonas remotas, del PD Frontera igualitaria. Grupo destinatario: mujeres desempleadas e inmigrantes repatriados. Este proyecto tuvo como objetivo la creación de nuevas empresas por mujeres desempleadas, inmigrantes y repatriados de ambos sexos. Además, se ocupó de la creación de estructuras de apoyo para las empresas de reciente creación en la zona norte de Grecia (fronteras con Albania y ex República Yugoslava de Macedonia) y, en particular, en la prefectura de Kozani y Florina.

Empleo de inmigrantes económicos en el sector rural a través de la adquisición de habilidades profesionales y estructuras de apoyo,del PD Trabajo rural de emigrantes. Grupo destinatario: inmigrantes, repatriados y refugiados. Los objetivos principales del proyecto fueron: a) adquirir y perfeccionar las habilidades profesionales cualitativas en el grupo destinatario, b) crear estructuras de apoyo (oficinas piloto de información y empleo) ubicadas en las empresas de desarrollo de la prefectura de Karditsa y Lasithi y en la Organización para el Desarrollo Rural de Grecia Central, c) garantizar la igualdad de oportunidades y de trato en la esfera del empleo, sin discriminación ni exclusiones, y la adquisición de habilidades profesionales, d) crear condiciones favorables para la integración social y económica de las mujeres inmigrantes, y e) sensibilizar a los empleadores, mediante la erradicación cualquier tipo de estereotipo negativo, a favor de la igualdad de trato entre los empleados.

Mujeres que sufren discriminación múltiple

162.En 2001, el CIIG realizó un estudio titulado Las relaciones jurídicas familiares de los musulmanes griegos. En él se investiga el delicado asunto del estatuto especial que rige las relaciones personales y patrimoniales de las esposas de los musulmanes griegos. Dicho estudio, al igual que el resto de sus encuestas y estudios, aparece publicado en el sitio web del CIIG. El Comité Legislativo Especializado tomó en consideración sus conclusiones.

163.La SGIG planificó el proyecto Intervenciones holísticas a favor de la mujer en el marco del PO Empleo y Formación Profesional 2000-2006. El MAC C’ ayudó a mujeres desempleadas a encontrar trabajo, facilitando así la conciliación de la vida familiar y de la vida profesional. Numerosas mujeres se han beneficiado de este programa, en particular mujeres de religión islámica con "particularidades" culturales, mujeres a cargo de familias monoparentales y mujeres discapacitadas.

164.En el marco del Año Europeo de la Igualdad de Oportunidades (2007), la SGIG puso en marcha un plan de actuaciones que se dio en llamar Mujeres – Igualdad en acción cuyo objetivo es contribuir a la sensibilización social frente al racismo y la discriminación por razón de sexo. Se emitió un anuncio televisivo que exponía las necesidades de mujeres pertenecientes a diferentes grupos sociales y que sufren distintas formas de discriminación.

165.La SGIG, empujada por su interés en los grupos de población en situación de vulnerabilidad social y por su propósito de contribuir a la cohesión social, adoptó la iniciativa de publicar un folleto informativo (julio de 2007) que recoge todos los textos legislativos y reglamentarios de diverso orden promulgados por el Estado griego a favor de las familias monoparentales.

166.La SGIG, con ocasión de los incendios devastadores de agosto de 2007, elaboró diferentes programas para ayudar a las mujeres de las zonas afectadas. Concretamente, la SGIG organizó dos unidades móviles que visitaron las prefecturas de Ileia y Evia (3 al 9 de septiembre de 2007) y contrató asesores (psicólogos, trabajadores sociales y asesores de empleo). Cada unidad móvil visitó las áreas afectadas. El programa de la visita quedó ajustado en colaboración con las autoridades locales. En el marco del proyecto Intervención integrada a favor de la mujer, la SGIG garantizó un incremento significativo de los recursos asignados a las regiones afectadas y exigió a los Ministerios de Empleo, Desarrollo y Desarrollo Rural ayudas adicionales para el PO destinadas a mujeres de las zonas antedichas con el propósito de evitar que sufran exclusión social y económica y permitir que permanezcan en sus hogares con sus familias. La SGIG también remitió a 200 empresas que se sumaron a un programa de financiación un escrito en el que les rogaba que se pusieran inmediatamente manos a la obra y ayudaran a paliar los apuros que Grecia sufría en aquellos momentos.

167.Entre 2004 y 2007, a la vista de la política nacional y el Plan de Actuación Completo para la Integración de los Griegos Romaníes, la SGIG, en colaboración con el Ministerio de Salud y de Solidaridad Social, competente en la materia, ejecutó el programa Prevención, promoción de la salud y ayuda psicosocial para griegos romaníes. En 2005, dicho programa, con la ayuda de la Universidad de El Pireo, recibió una unidad ginecológica perfectamente dotada de medios técnicos y humanos. Se han practicado citologías cervicales y exámenes de mamas a más de 400 mujeres. Por otra parte, la Secretaría General para la Educación de Adultos elaboró programas educativos para grupos de población desfavorecida y romaníes.

168.Entre 2002 y 2008, con objeto de resolver los problemas a los que se enfrentan las mujeres que sufren discriminación múltiple y peligro de exclusión social (como las mujeres romaníes, por ejemplo), se ejecutó el Programa Integrado de Actuaciones para la Integración Social de los Griegos Romaníes en Grecia. Éste fue el primer esfuerzo organizado que llevó a cabo el Estado griego para desarrollar políticas que afrontaran, de forma simultánea, los diferentes aspectos interrelacionados que concurren en la exclusión que sufre este grupo de población. El Programa Integrado abordó los siguientes ámbitos: vivienda, educación, salud, bienestar y protección social, empleo, cultura y deporte. Al mismo tiempo, se financiaron y pusieron en marcha otros programas para el fomento del empleo y la inclusión social de la mujer a través del aprendizaje de la lengua griega, la formación profesional, la generación de nuevos empleos y el impulso a los nuevos profesionales por cuenta propia y a los servicios de apoyo, así como a través de una amplia gama de herramientas y estudios.

169.El Programa de Préstamos Hipotecarios para Griegos Romaníes del Ministerio de Interior es accesible por igual a ambos sexos. En su primera fase de ejecución (2002-2005), el 39% de las solicitudes fueron presentadas por mujeres romaníes, frente al 61% que lo fueron por varones romaníes, y el 37% del total de 5.754 concesiones aprobadas lo fueron para familias encabezadas por mujeres. A continuación, en 2006, la adopción de criterios de evaluación social que tomaban en consideración las diferentes necesidades de la población romaní (familias numerosas, bajos ingresos, etc.) promovió que las ayudas para el acceso a la vivienda se destinaran principalmente a personas que viven en condiciones deficientes o sufren otro tipo de barreras sociales que generan exclusión social. Por ejemplo, la necesidad de dedicarse a la crianza de los hijos ha sido a menudo un factor que impedía a las mujeres romaníes acceder a la educación y al empleo. Resulta perentorio, por tanto, impulsar la situación de la mujer romaní. En la segunda fase de ejecución del programa (2006-2009), del total de solicitudes presentadas en 2006, el 59,42% de las concesiones aprobadas para familias romaníes lo fueron para familias encabezadas por una mujer (1.174 familias con al menos un hijo) y el 40,53%, por varones romaníes. La proporción global de mujeres romaníes en el conjunto de beneficiarios del programa se incrementó entre finales de 2005 y 2009 del 37% al 47%, mientras que el 65% de las mujeres romaníes beneficiarias entre 2006 y 2009 eran madres solteras.

170.En el marco del programa comunitario 2007, Año Europeo para la Igualdad de Oportunidades, el Ministerio de Empleo y de Protección Social griego diseñó la estrategia nacional contra la discriminación y comenzó a suministrar información y ejecutar acciones de concienciación. La orientación general de la estrategia nacional, establecida con arreglo a las directivas de la UE, contempla la integración de: a) la perspectiva de género tanto en la estrategia nacional como en las actuaciones específicas, y b) la discriminación múltiple, es decir, la discriminación basada en dos o más motivos conforme a lo dispuesto en el artículo 13 de la Convención para el establecimiento de la Comunidad Europea.

171.En el marco de la ICO EQUAL (Círculo B) se han ejecutado los siguientes proyectos:

Actuaciones en materia de participación igualitaria en el trabajo, de la AD DI.KA.DI–ROM. Grupo destinatario: grupos con características culturales específicas. Entre los objetivos principales del proyecto se incluye: a) ejecutar actuaciones piloto para la creación de estructuras y mecanismos que permitan brindar información a los grupos destinatarios acerca de la igualdad de oportunidades y de las nuevas tendencias de empleo mediante el uso de las nuevas tecnologías y, también, mediante métodos tradicionales, y b) ejecutar actuaciones preparatorias de apoyo encaminadas a integrar los resultados en la metodología y las políticas durante los procesos de rehabilitación social y profesional del grupo destinatario.

Observatorio y estructuras de red para el afianzamiento de los inmigrantes económicos y de los refugiados en el mercado de trabajo de la AD Afianzamiento de los inmigrantes económicos y de los refugiados en el mercado de trabajo. Grupo destinatario: inmigrantes de ambos sexos, repatriados y refugiados. Entre los objetivos principales del proyecto se cuenta: a) observatorio de empleo y desarrollo de estructuras de red que faciliten el diálogo entre las organizaciones de interlocutores sociales, las organizaciones de inmigrantes y los organismos gubernamentales competentes en materia de política de inmigración a nivel nacional, regional y local, con apoyo científico y técnico de los productos y efectos que sobrevengan y, b) afianzamiento o potenciación de la participación activa de los grupos destinatarios en la creación de un marco para el efectivo ejercicio de sus derechos laborales, etc.

Dimensiones de la xenofobia y fomento de modelos multiculturales, de la AD Zeus Xenios. Grupo destinatario: inmigrantes de ambos sexos, repatriados y refugiados. Los objetivos principales del proyecto son: a) crear las condiciones necesarias para una representación unitaria de las agencias de inmigrantes; b) comprensión del impacto del racismo y de la xenofobia, y c) prevención de cualquier forma de conducta racista o xenófoba futura en el mercado de trabajo griego mediante la ejecución de acciones de información y de sensibilización.

Artículo 10Educación y formación profesional

172.Las estadísticas confirman que la igualdad de acceso a la educación de ambos sexos es un hecho incontrovertible. Hay más mujeres admitidas para cursar estudios superiores que hombres. El porcentaje de mujeres que continuaron sus estudios hasta tercer ciclo (másteres y doctorado) no es significativamente diferente al de los hombres, aunque recientemente parece que tiende a incrementarse (véase el anexo 5, cuadro 14). Por otra parte, en el curso 2007-2008, el porcentaje de participación femenina entre los estudiantes extranjeros y expatriados que cursan estudios en los ciclos de educación superior no fue significativamente diferente al masculino (véase el anexo 5, cuadro 15). En la educación secundaria, el número de muchachos es superior al de muchachas. Por último, es significativamente superior el número de mujeres entre el profesorado (véase el anexo 5, cuadros 16, 17 y 18).

173.A pesar del éxito académico cosechado por las mujeres, sus opciones educativas y profesionales siguen estando limitadas por los estereotipos de género. La discriminación sexual se registra tanto en los centros de bachillerato como en la esfera de la formación profesional, y se refleja también en las opciones y oportunidades profesionales que se ofrecen a la mujer. El Estado griego ha planificado políticas contra la discriminación sexual y a favor de la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer en la educación escolar, en la formación permanente y en los estudios universitarios. Concretamente, el Ministerio de Educación Nacional y de Asuntos religiosos ha destinado diferentes partidas presupuestarias del POEFPP II (C’ MAC) exclusivamente a programas encaminados a fomentar el acceso de la mujer al mercado de trabajo. Dichos programas se ejecutaron en las esferas de la educación secundaria y superior.

Medidas adoptadas por la Administración Pública

174.La SGIG elaboró el proyecto Discriminación positiva a favor de la mujer en centros de educación y formación profesional primaria (POEFPP II), cuyo objetivo principal era luchar contra la discriminación y la diferenciación profesional entre los sexos a través de la integración de la perspectiva de género en la esfera de la educación tecnológica. En el marco del proyecto se han logrado los siguientes resultados: a) se ha mejorado el funcionamiento de la Biblioteca de Igualdad de Género (BIG) proporcionándole equipamiento adecuado, programas informáticos y nuevos servicios, y b) el Centro Nacional de Investigación Social (CNIS) realizó el Estudio de la literatura nacional e internacional sobre la igualdad de género y elaboración de una revista literaria sobre igualdad de género para el enriquecimiento de las bibliotecas de las escuelas de formación profesional técnica (EFPT) y de los IFP (Institutos de Formación Profesional) del país. El objetivo era crear una revista literaria sobre igualdad entre el hombre y la mujer con el propósito de enriquecer las bibliotecas de los centros de educación secundaria, las EFPT y las escuelas de educación y formación profesional primaria. A través de este programa, se han acrecentado los fondos de las bibliotecas de 764 EFPT (LFP y EFP) públicos nacionales e IFP con material bibliográfico sobre igualdad de género enviado al término de la citada investigación. Al mismo tiempo, las EFPT y los IFP (LFP y EFP) se conectaron a través de Internet a la BIG para que estudiantes y profesores pudieran tener acceso a material informativo y de sensibilización sobre cuestiones de género. Además, se realizaron visitas educativas y conferencias informativas sobre temas relacionados con la igualdad entre el hombre y la mujer destinados a estudiantes y profesores de centros docentes de educación secundaria de primer ciclo, de educación secundaria de segundo ciclo y escuelas de formación profesional técnica (EFPT) de Grecia.

175.La BIG está especializada en temas relacionados con la igualdad entre el hombre y la mujer y con la historia de los movimientos femeninos en Grecia y su cometido es la recopilación de documentación y la difusión de conocimiento histórico y contemporáneo sobre las referidas materias. La SGIG ha ejecutado las siguientes actuaciones para la mejora de la BIG: a) ampliación de su superficie e inauguración del Archivo Histórico el 24/04/2007; b) ampliación del horario de apertura de la biblioteca para un mejor servicio; c) optimización de la base de datos para facilitar los procesos de búsqueda por palabras clave a los lectores y usuarios a distancia; d) actualización de suscripciones a revistas extranjeras mediante acceso a las ediciones electrónicas de las mismas en la propia biblioteca; e) creación de una nueva base de datos sobre documentación en archivos históricos, introducción de nuevas entradas y creación de un motor de búsquedas automatizadas en un catálogo en línea de acceso público (OPAC) disponible en el sitio web de la BIG; f) desarrollo y actualización continua del sitio web; g) introducción y registro de 1.922 nuevos libros comprados o donados, 460 documentos y 2.847 documentos de archivo.

176.El RSGE ejecutó en las 13 regiones del país el proyecto Sensibilización del profesorado y programas de intervención para la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres en el marco del OPEPPT II. El proyecto tenía como objetivo la concienciación y la formación del profesorado en cuestiones relacionadas con la igualdad entre el hombre y la mujer mediante programas formativos que permitan al profesor detectar estereotipos sexuales, desigualdades y discriminación en el sistema educativo para, seguidamente, intervenir a través de la promoción de las bases científicas y de las buenas prácticas en los programas educativos. Durante su periodo de ejecución (2002-2008) se llevaron a cabo las siguientes actuaciones:

Elaboración de 78 programas de formación a nivel regional (13 programas anuales) con la participación del profesorado de los centros públicos de enseñanza, desde escuelas secundarias de educación general y tecnológica hasta profesores de centros de formación profesional primaria.

Los profesores crearon 850 asociaciones y, en consecuencia, 850 programas de intervención. Los programas de intervención fueron obra de las asociaciones de unidades pedagógicas compuestas por al menos cinco miembros. Fueron elaborados por el profesorado con los siguientes objetivos fundamentales: a) concienciación del profesorado; b) concienciación del alumnado, y c) concienciación de los padres y otros componentes de las comunidades locales en cuestiones de igualdad entre el hombre y la mujer. Dichos programas conforman un tipo de intervención educativa (adopción de la perspectiva de género en el aula) y/o de actividad de intervención encaminada a impulsar métodos y buenas prácticas en la esfera de la educación con vistas a extender las funciones comúnmente atribuidas a cada sexo mediante la realización de sesiones de intercambio de ideas y la puesta en práctica de iniciativas innovadoras. Los programas, que se ejecutaron en el marco de la vida escolar, aunque al margen del programa analítico, se plasmaron en diferentes planes de actuación (proyectos). Asimismo se organizaron diversas actividades, como una exposición de fotografía, elaboración de material escrito, producción de vídeos, visitas a centros de trabajo, campañas de información, investigaciones, elaboración de documentación pertinente, etc.

Recibieron formación 8.497 profesores (2.913 hombres y 5.584 mujeres).

Participaron 4.576 centros de enseñanza (3.584 centros de educación general secundaria, 779 centros de educación secundaria tecnológica y 213 centros de formación profesional primaria).

Tomaron parte y se beneficiaron 122.096 estudiantes (57.421 muchachos y 64.675 muchachas).

Se elaboró material educativo e informativo (manuales, herramientas, paquetes didácticos) sobre temas relativos a la igualdad entre el hombre y la mujer. Una parte importante de tales materiales se publicó y/o reprodujo en formato electrónico y fue distribuida entre profesores y formadores de formadores, así como en centro educativos. Además, se publicaron seis monografías y un DVD: a) Ejercicios de sensibilización para el profesorado. A favor de una educación con iguales oportunidades para todos; b) Nuevas circunstancias y nuevas habilidades en el mercado de trabajo; c) Herramienta con directrices en relación con los programas de intervención para la igualdad de género en la educación. Las buenas prácticas; d) Guía de ejecución y gestión de programas de formación e intervención; e) La identidad sexual del adolescente: examen del factor género en el marco escolar; f) Igualdad de género y educación: formar a ciudadanos iguales (actas del encuentro), y g) Material didáctico sobre cuestiones de igualdad de género (versión digital en DVD).

Asimismo se llevaron a cabo las siguientes actividades: a) seminarios educativos en Grecia para formar al profesorado en igualdad de género; b) se organizaron 13 actos informativos, de concienciación y de asesoramiento en otras áreas regionales del país con objeto de informar y concienciar a la comunidad educativa sobre cuestiones de igualdad de género, y c) se organizó el encuentro Igualdad de género y educación: formar a ciudadanos iguales con el propósito de informar a la comunidad de profesores sobre el proyecto en marcha e incrementar el número total de profesores sensibilizados.

177.El RSGE, en colaboración con la SGIG y en el marco del POEFPP II, elaboró el proyecto Observatorio de seguimiento y evaluación de las medidas adoptadas en materia de política educativa sobre igualdad de género (Observatorio para la Igualdad de Género en la Educación). El proyecto se ejecutó a lo largo y ancho del país entre los días 1º de diciembre de 2006 y 30 de junio de 2006. En el marco del proyecto se elaboraron cinco informes: a) estudio de las condiciones a nivel global; b) informe sobre perspectivas de cooperación con los organismos pertinentes de otros Estados de la UE; c) informe de evaluación sobre las posibilidades y perspectivas del trabajo en red; d) informes de gestión de redes técnicas con propuestas de estructuras diseñadas por el Observatorio; e) listado de redes del observatorio en el que se incluyen organismos nacionales y extranjeros y una síntesis de sus objetivos y actuaciones. En 2008 se completaron 11 investigaciones o estudios, de los que 8 se han dado a la prensa: 1) Recopilación, comentarios críticos y organización de la digitalización de la producción investigadora en el campo de la igualdad en la educación; 2) Seguimiento y evaluación de los efectos de las políticas educativas en ambos sexos; 3) Seguimiento y evaluación de los efectos de las actuaciones del POEFPP II en ambos sexos; 4) Seguimiento y evaluación de las actuaciones y políticas para el fomento del acceso de la mujer al mercado de trabajo a través de la formación; 5) Nivel educativo y participación femenina en el mercado de trabajo: estudio de revisión bibliográfica; 6) Representaciones sociales de género en los libros escolares: estudio de revisión bibliográfica; 7) Disociación profesional por género (vertical y transversal): discriminación y desigualdades contra la mujer en la educación; 8) Guía para la introducción de los principios de igualdad en la educación; 9) Informes sobre temas especializados: los procesos de toma de decisión; 10) Elaboración de índices estadísticos. La información y el uso de una base de datos indexada sobre la igualdad en la educación y el empleo, y 11) Selección y configuración de índices de seguimiento estable en materia de género, educación y empleo, desglosados por fuentes, en Grecia y en los países de la UE. Por último, el RSGE organizó un taller (30 de octubre de 2008) con objeto de hacer públicos y difundir los resultados del proyecto.

178.Entre agosto de 2004 y julio de 2006, el RSGE participó en una asociación educativa junto a organismos públicos de Alemania, España, Austria, Malta y Dinamarca en el marco del proyecto Dar visibilidad a la historia de la mujer en Europa, Proyecto Grundtvig 2 del Programa Sócrates. El objetivo era, mediante un procedimiento de aprendizaje común y mutuo, subrayar cuán insuficientemente documentadas están las "historias femeninas" y potenciar una concienciación histórica suficiente a través de la perspectiva de género.

179.Entre 2007 y 2008, y con objeto de erradicar los estereotipos de género, el Ministerio de Defensa griego elaboró en la Academia de la Fuerza Aérea Helena material didáctico para su aplicación con carácter piloto en el programa del curso académico Psicología de la diferencia personal, Sociología, Elementos de Derecho, Obligaciones administrativas y ejecutivas. Por otra parte, el Ministerio impartió un seminario de formación temática sobre igualdad de género destinado a miembros de las oficinas de igualdad, en colaboración con la SGIG y el RSGE (24, 25 y 27 de septiembre de 2007). Además, elaboró y puso en marcha un sistema de formación a distancia sobre temas relativos a la igualdad entre el hombre y la mujer.

180.En el Ministerio de Marina Mercante, Mar Egeo y Política Insular, los criterios de admisión de estudiantes en las academias de la marina mercante actualmente en vigor (B’ 905) aplican la Ley 3488/2006 y salvaguardan en el ámbito institucional la igualdad de trato hacia la mujer. El Ministerio, a través del proyecto EVRIDIKI-Discriminación positiva a favor de la mujer, elaborado por la Universidad Demócrito de Tracia en 2008, participó en la acción Becas para alumnas de las Academias de la Marina Mercante. En relación con la formación de los oficiales de marina, desde el curso académico 2007-2008 se ha abolido la cuota del Reglamento para la admisión de estudiantes en las academias de la marina mercante. Las condiciones de trabajo extremadamente duras en las que se desarrollan las actividades profesionales y la formación de los marinos explican la existencia de dicha cuota. El porcentaje de mujeres que ingresaron en la Academia aumentó significativamente entre 2005 y 2008 (véase el anexo 5, cuadro 7).

181.El Ministerio de Educación Nacional y de Asuntos Religiosos griego, en el marco del POEFPP II, elaboró diferentes programas educativos a fin de ampliar el horario escolar (escuelas de jornada completa) en la educación primaria. Esta acción, con la que se pretende, primero y ante todo, combatir el absentismo escolar, tiene un doble efecto: por una parte, previene el fracaso escolar y el absentismo y, por otra, permite a los progenitores (especialmente a las madres) trabajar o mejorar sus habilidades profesionales. El modelo educativo puesto en marcha en las escuelas de jornada completa se basa en una forma de intervención holística que emplea métodos docentes individualizados y nuevas tecnologías y aumenta el número de horas de clase de modo que, al mismo tiempo, se cubran las necesidades de los padres. Desde que se comenzaron a aplicar dicho programas, y según datos de 2009, existen 4.299 escuelas primarias de jornada completa y 2.300 parvularios de jornada completa.

182.La red PERIKTIONI fue fundada en 2004 por la Secretaría General para la Investigación y la Tecnología (SGIT) en el marco del Programa Operacional de Competitividad (POC) y cuenta con aproximadamente 100 miembros entre centros educativos, de investigación y de producción (CNIS, RSGE, etc.). La red celebró su primera asamblea el 30 de junio de 2006 con la presencia de representantes de la región del sureste de Europa y de la UE. El 1º de diciembre de 2006 se celebró su segunda asamblea. En ella se crearon grupos de trabajo que se encargaron de abordar cuestiones específicas y de formular las recomendaciones pertinentes.

183.La red PERIKTIONI es activa, remite propuestas a los ministerios competentes y planifica investigaciones y encuestas que permitan fomentar sus objetivos principales, que son: a) apoyar medidas específicas para un uso más efectivo de los grupos de investigación femeninos; b) integrar la perspectiva de género en la esfera de la investigación y en las políticas de desarrollo, y c) desarrollar canales de comunicación con otras redes de la UE y de la región del sureste de Europa para el intercambio de información y de buenas prácticas. A propuesta de la Red, quedó establecido que, en virtud de la Ley 3653/2008, al menos un tercio de los miembros de los consejos de investigación habrán de ser mujeres.

184.La Universidad de Ioanina fue la autora del proyecto Suministro de material didáctico auxiliar para la introducción de cuestiones vinculadas con las relaciones de género en el proceso educativo (POEFPP II). El proyecto, ejecutado entre el 1º de marzo de 2004 y el 31 de octubre de 2008, tuvo como objetivo fomentar el intercambio de ideas en torno a las relaciones sociales de género e impulsar la igualdad entre hombres y mujeres en los ciclos de educación primaria y secundaria (parvularios, escuelas de primaria, centros de educación secundaria de primer ciclo, centros de educación secundaria de segundo ciclo, liceos de formación profesional [LFP] y escuelas de formación profesional [EFP]). Con tal propósito se fomentó la elaboración de material didáctico auxiliar, en formato físico y digital, para su uso tanto dentro como fuera del programa escolar. El material didáctico auxiliar se publicó en formato físico y digital con objeto de contribuir a la consecución de los fines antes mencionados y concienciar al alumnado y al profesorado en materia de relaciones desiguales de género. Dicho material se colocó en estuches y se envió a diferentes instituciones educativas: a) 5.650 estuches a parvularios; b) 5.460 a centros de primaria; c) 1.905 a centros de educación secundaria de primer ciclo; d) 1.154 a centros de secundaria de segundo ciclo; e) 510 a LFP y EFP. Los envíos fueron realizados por los distribuidores de libros escolares del MEAR, es decir, a través de la Organización para la Publicación de Libros Escolares (OEDB). La distribución del material a los centros educativos corrió en paralelo con la celebración de actos formativos e informativos destinados a diferentes funcionarios del sector educativo (asesores escolares, directores de educación para la salud, directores de asuntos culturales y juegos artísticos, directores de educación medioambiental, asesores de escuelas de orientación profesional [EOP], etc.). Dichos actos se celebraron en dos fases (abril a mayo de 2008 y septiembre a octubre de 2008) y en ellas participó un total de 296 funcionarios del sector de la educación.

185.El Instituto de Educación Permanente de Adultos (IEPA) y la Comisión Prefectural de Educación Popular (CPEP) del Ministerio de Educación griego fueron los autores de una serie de programas de formación atractivos para grupos generales y especiales de población. Entre 2005 y 2008, la inmensa mayoría de los destinatarios de los programas fueron mujeres. Los cuadros 8, 9, 10, 11, 12 y 13 muestran el número significativamente alto de mujeres beneficiarias en los CRI, las ESO, las escuelas de padres y la CPEP.

186.La Universidad Nacional y Kapodistríaca de Atenas llevó a cabo un proyecto en el marco del proyecto Discriminación positiva para la mujer. El proyecto, financiado por el POEFPP II, ofreció seminarios de formación in situ y a distancia de estudiantes de sexo femenino sobre actividades empresariales, información, nuevas tecnologías y otras aplicaciones innovadoras. Concretamente, en el proyecto se incluye el desarrollo de material docente para la formación a distancia del profesorado y para la formación, in situ (20 horas) y a distancia (30 horas), de estudiantes. Se dio prioridad a los estudiantes de sexo femenino que cursan estudios en "sectores masculinos" (ingeniería, ingeniería eléctrica, electrónica, información, artes aplicadas, construcción, etc.), así como a estudiantes pertenecientes a grupos específicos de población con problemas de exclusión social y laboral (personas con necesidades especiales, inmigrantes y nacionales; repatriados, personas pertenecientes a minorías culturales y religiosas, hijos de familias monoparentales, residentes en zonas remotas, etc.). El proyecto se ejecutó entre 1º de marzo de 2006 y 31 de marzo de 2008 y casi 2.700 alumnas y 80 profesoras de EFPT/IFP —del MEAR y de otros ministerios— recibieron formación y las oportunas certificaciones.

187.En la esfera de la educación superior se establecieron programas de ayuda para mujeres que cursan estudios de pregrado y posgrado y programas de estudios o programas de investigación sobre cuestiones relacionadas con la mujer (POEFPP II). Se han financiado 43 proyectos destinados a instituciones universitarias y técnicas que podemos clasificar en las siguientes cuatro categorías:

Programas de posgrado sobre cuestiones de género e igualdad. En esta categoría se incluyen 3 proyectos: los programas de posgrado sobre cuestiones de género de las Universidades de Tesalónica (género y educación), Egeo (género y antropología social) y Atenas (género y religión).

Programas de pregrado sobre cuestiones de género e igualdad. En esta categoría se incluyen 8 proyectos de las Universidades de Atenas, Tesalónica, Panteion, Egeo, Creta, Pireo, Nacional Técnica de Atenas y Tesalia, así como 4 proyectos de los Institutos Técnicos de Atenas, Creta, Macedonia Occidental y Patras. El objetivo principal de dichos programas era introducir nuevos cursos, fortalecer los ya existentes y adoptar medidas para la mejora de los programas de pregrado que adopten una perspectiva de género en diferentes campos científicos y objetos de conocimiento.

Becas para la investigación en temas de género e igualdad con prioridad para la investigación fundamental. Esta categoría incluye los programas de becas de 4 Universidades (Atenas, Tesalónica, Panteion y Egeo) para el fomento de la elaboración de tesis doctorales que versen sobre igualdad y género.

Potenciación de los grupos de investigación de universidades e instituciones técnicas dedicados a cuestiones de género e igualdad. Esta categoría incluye 16 proyectos universitarios y 8 proyectos de instituciones técnicas relacionados con la planificación de programas de investigación sobre cuestiones de género. Se otorgó prioridad a la contratación de investigadores doctores de ambos sexos.

188.El Ministerio de Desarrollo Turístico griego elaboró programas de formación para empleados del sector del turismo y la hostelería, así como programas docentes destinados a los siguientes países: Azerbaiyán, Egipto, Armenia, Georgia, Etiopía, Siria y Jordania y algunos Estados miembros de la Organización de la Cooperación Económica del Mar Negro (BSEC, según sus siglas en inglés). Se impuso como condición para participar en estos programas respetar una cuota mínima del 30% de participación femenina. Con ello se pretendía promover la igualdad de género facilitando el acceso a las empresas turísticas de las mujeres y su incorporación al crecimiento económico. El objetivo era formar a personal de alto nivel que pueda ser empleado en empresas turísticas y contribuir a la mejora de la oferta turística de sus respectivos países.

189.El Comité griego de la UNESCO organizó (Tesalónica, 8 al 13 de octubre de 2007) el seminario de formación Participación femenina en la reforma social y en el desarrollo de la Europa sudoriental, en el que participaron 30 mujeres. El objetivo general del seminario era proporcionar formación sobre cuestiones concretas y permitir el intercambio de información entre mujeres profesionales. Entre sus objetivos secundarios se cuenta: a) transferencia de conocimiento en materia de erradicación de toda forma de discriminación sexual, potenciación del acceso de la mujer a la educación y el empleo, participación femenina en los procesos de adopción de decisiones, etc.; b) impulso a la promoción y a la concienciación pública sobre las actuaciones de la UNESCO a favor de la capacitación femenina; c) potenciación, mediante el intercambio de información y de ejemplos de buenas prácticas, de la capacidad del profesorado para planificar y gestionar proyectos, y d) promoción de la solidaridad transfronteriza y de la cooperación regional entre mujeres profesionales que participan en programas a favor de la mujer. El seminario estaba dirigido a científicos y activistas cuyas actividades giran en torno a programas de género, miembros de organizaciones no gubernamentales y periodistas de países de la Europa sudoriental.

Medidas adoptadas por las organizaciones no gubernamentales

190.La Asociación Helena de Mujeres Universitarias (AHMU) elaboró, a la vista del Sexto Programa Marco Europeo para la Investigación y el Desarrollo Tecnológico, el programa Fomento entre el alumnado femenino de la elección de profesiones en los campos de la ciencia y la tecnología. El proyecto, de 24 meses de duración (2006-2007), pretendía animar a las alumnas de secundaria de entre 16 y 18 años a escoger profesiones científicas y tecnológicas, así como apoyar la generación de buenas prácticas. Por otra parte, la AHMU, en colaboración con la Asociación Becas Marie Curie de Grecia, elaboró el programa Apoyo y asesoramiento para mujeres sobre investigación y asistencia a estudios de posgrado – AMALIA FLEMING. Grupo destinatario: egresadas de los IES de en torno a los 22 años de edad y residentes en Atenas que deseen proseguir sus estudios cursando programas de posgrado, doctorales o posdoctorales. Se creó un centro informativo "modelo" a fin de brindar información interdisciplinar. Por último, la AHMU, en colaboración con la Asociación Becas Marie Curie de Grecia, elaboró el programa Información para estudiantes y científicos noveles de sexo femenino sobre la profesión de investigador. Dos centros informativos "modelo" se crearon a fin de brindar información interdisciplinar.

Artículo 11Empleo y seguridad social

191.A continuación describimos el devenir de la participación femenina en el mercado de trabajo durante el período objeto de examen. Las tasas de empleo masculino son significativamente más altas que las de empleo femenino (véase el anexo 5, cuadro 19). Sin embargo, las tasas de crecimiento de empleo y de disminución del desempleo entre 2004 y 2008 son más favorables a las mujeres que a los hombres. El empleo femenino ha crecido 3,5 puntos porcentuales entre 2004 y 2008, frente a sólo el 1,4% en el caso del empleo masculino. El desempleo femenino y masculino se redujo, respectivamente, en un 4,9% y un 1,7% (véase el anexo 5, cuadro 20).

192.Las mayores tasas de desempleo en Grecia se registran en las regiones de Macedonia Occidental y Epiro, donde también se registran las mayores diferencias en las tasas de desempleo masculino y femenino (véase el anexo 5, cuadros 21 y 22). Las cifras muestran las diferencias absolutas en 2008 de las tasas de empleo masculino y femenino desglosadas por región. Diferencias significativas en el empleo masculino y femenino se registran también en Egeo Septentrional y Meridional y en Grecia Central. Una diferencia menor, aunque crucial, la tenemos en el diferencial del 23,4% que se registra en la región de Ática.

193.En 2005, las estadísticas de empleo indican que el empleo femenino creció a mejor ritmo que el masculino. Sin embargo, el trabajo doméstico y familiar continuaba siendo un "trabajo de mujeres" en un porcentaje significativamente alto (véase el anexo 5, cuadro 23). El tiempo promedio que las mujeres empleaban para tareas domésticas y familiares es mucho mayor que el empleado por los hombres, sin que, por supuesto, se reconozca como tiempo de trabajo. El cuadro 24 detalla algunos datos sobre población no activa. Concretamente, el cuadro muestra porcentajes de desempleados de entre 25 y 64 años de edad desglosados de acuerdo con las razones por las que no buscan empleo. Las estadísticas se refieren a 2004 y 2008. De acuerdo con dichos datos, el 45,1% de las mujeres no trabajaban por razones de índole familiar (cuidado de los hijos o de otros familiares y responsabilidades personales), lo que supera muy ampliamente el porcentaje masculino (1,2%). Por el contrario, el porcentaje de hombres que no trabajan porque estudian o asisten a un programa de formación casi triplica el de las mujeres.

194.La promoción del empleo femenino exige políticas transversales y programas específicos para desempleadas que hagan posible su acceso efectivo al mercado de trabajo y permitan combatir la exclusión social y la pobreza. Durante el periodo objeto de examen, la OEMO y una serie de organismos públicos y de entidades privadas elaboraron diversos programas específicos en el marco del PO Empleo y Formación Profesional (ICO EQUAL) y de los 13 programas operativos regionales (POR). La financiación del C’ MAC a las actuaciones a favor del acceso femenino al mercado de trabajo parte de la prioridad otorgada por la UE a la preparación de esta labor. Tanto la SGIG como el RSGE participaron de forma activa en la ejecución de dichos programas, entre cuyos objetivos específicos se cuentan los siguientes: idear actuaciones de discriminación positiva en empresas, optimizar las estructuras para el cuidado de hijos y otras personas dependientes y desarrollar actuaciones holísticas encaminadas a apoyar a la mujer y mejorar su capacidad empresarial.

195.En la esfera del trabajo femenino, muchas organizaciones de mujeres se pusieron también en marcha con miras a la ratificación de la Ley 3488/2006, en virtud de la cual el acoso sexual en el trabajo se consideró una forma de discriminación sexual en el mercado de trabajo. Por último, en virtud de dicha ley, el Defensor del Pueblo griego creó el Círculo para la Igualdad de Género, lo que permitió encauzar las políticas de igualdad hacia el ámbito del empleo.

Medidas adoptadas por la Administración Pública

196.Un total de 8.773 mujeres desempleadas se beneficiaron del proyecto Financiación para la ejecución de intervenciones holísticas destinadas a la mujer del PO Empleo y Formación Profesional de la SGIG. Se dio prioridad a las mujeres pertenecientes a grupos sociales vulnerables, como mujeres refugiadas, mujeres inmigrantes, mujeres víctimas de la violencia doméstica o de la trata de personas y mujeres que encabezan familias monoparentales. El programa fue ejecutado en la totalidad de las 13 regiones administrativas que componen el país a través de 17 planes de actuación coordinados por la SGIG (en forma de asociaciones institucionales en las que se integraron unos 240 organismos públicos). Concretamente participaron en el programa: a) mujeres musulmanas en el marco del Plan de Acción para Macedonia Occidental y Tracia; b) mujeres refugiadas, mujeres inmigrantes y mujeres romaníes en el marco del Plan de Acción para la Región de Ática. Concretamente, se contaban entre los beneficiarios los siguientes grupos en situación de vulnerabilidad: a) 116 mujeres inmigrantes; b) 113 refugiadas; c) 56 víctimas de la violencia; d) 1 víctima de la trata de personas; e) 98 mujeres musulmanas o mujeres con "peculiaridades culturales"; f) 684 madres solteras con familia a su cargo, y g) 49 mujeres discapacitadas. La OEMO también participó en el programa ayudando a más de 5.000 mujeres a conseguir empleo. El proyecto fue presentado como ejemplo de buenas prácticas en la Conferencia Europea y en la reunión extraoficial de ministros que tuvo lugar en Lisboa el 04/10/2007. La dimensión regional del proyecto fue acreedora de una mención positiva. El proyecto fue ejecutado por organismos de las sociedades locales que trabajan en la esfera del asesoramiento y el empleo, el CRI, la OEMO, otros órganos de gobierno local y organizaciones no gubernamentales.

197.La SGIG ejecutó el proyecto Medidas de discriminación positiva para mujeres en pequeñas, medianas y grandes empresas en el marco del PO Empleo y Formación Profesional (medida 5.1). El proyecto pretende disminuir las desigualdades sexuales en el trabajo y, en consecuencia, en el mercado de trabajo. Con el proyecto se busca concienciar a todos los empleados, con independencia de su sexo, y a la sociedad local en general, sobre los problemas de desigualdad a los que se enfrentan las mujeres en su entorno laboral. Su objetivo consiste en apoyar a las mujeres mediante actuaciones dirigidas a potenciar sus habilidades y su vida personal y profesional y a permitirles luchar para mejorar su puesto de trabajo en la empresa. En este marco se ofrecieron a las compañías incentivos económicos para destinar actuaciones de educación y formación profesional permanentes a las mujeres, brindar asesoramiento y organizar un sistema de teletrabajo, concienciar a todos los empleados sobre estos problemas y fomentar los sistemas de acreditación de calidad (ISO) en materia de procedimientos que potencien la responsabilidad social empresarial, con especial énfasis en las políticas de igualdad. Indirectamente se beneficiaron del programa 9.224 empleadas en 123 empresas del país a través de las diferentes acciones de concienciación e información emprendidas y de los sistemas modelo de calidad. De entre ellas, 3.720 mujeres se beneficiaron directamente de la formación profesional, el asesoramiento, el teletrabajo y las actuaciones educativas que brindó el programa.

198.Un ejemplo de la ejecución del proyecto antes mencionado lo tenemos en el programa ISO EPICHIRO – Medidas de discriminación positiva para mujeres trabajadoras en HOSMIH, diseñado por HOSMIH S.A., del Ministerio de Desarrollo griego. En dicho programa se integran, entre otras, las siguientes actuaciones: a) elaboración del Estándar de Responsabilidad Social; b) apoyo consultivo a mujeres trabajadoras integradas en la organización; c) formación profesional de las mujeres trabajadoras integradas en la organización; d) actuaciones informativas y de concienciación. En concreto, se brindó a las mujeres trabajadoras integradas en la organización apoyo consultivo para fomentar el autoconocimiento y el equilibrio entre las obligaciones de la vida profesional y de la vida familiar. En total, se organizaron 366 sesiones individuales y de grupo que fueron destinadas a 86 mujeres trabajadoras. La formación, elemento esencial del proyecto, contribuyó a potenciar los conocimientos y habilidades de las mujeres que trabajan en HOSMIH, toda vez que el objetivo del programa era crear las condiciones para que sus beneficiarias pudieran mejorar su categoría y condiciones de trabajo. Se impartieron 6.440 horas de formación a 56 mujeres. Una vez finalizado el programa se puso en marcha el Estándar de Responsabilidad Social, lo que permite incorporar las prácticas y conductas en materia de igualdad de oportunidades con arreglo a los modelos europeos. Se trata, por tanto, de la primera vez que la organización se ve comprometida por los principios de la RSE con objeto de proteger y contribuyendo a proteger un entorno de trabajo creativo y libre de toda forma de discriminación o trato desigual.

199.Conclusión del memorando de entendimiento entre la SGIG, las principales organizaciones laborales (FHE, CNCG, CHACP, CCIA) y la Red Griega para la RSE con objeto de facilitar la participación femenina en el empleo y brindar iguales oportunidades para su desarrollo dentro del entorno de trabajo (Atenas, 02 de julio 2006). Por otra parte, se concertó un memorando de entendimiento entre la SGIG y la Red Griega para la RSE con objeto de fomentar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en las empresas (marzo de 2006). Esta iniciativa fue elegida como ejemplo de buena práctica por la Red Europea para la RSE y presentada en la organización anual del Mercado Europeo II de la RSE (Bruselas, 22 de junio de 2006), organizado con el propósito de compartir las experiencias y analizar los métodos para impulsar las políticas de RSE.

200.La SGIG también participó en las acciones de la asociación para el desarrollo ANTHISI (IC EQUAL, círculo B) en relación con la publicación del proyecto y su difusión entre los agentes involucrados en la promoción de la política gubernamental sobre igualdad de oportunidades para hombres y mujeres. El proyecto, una iniciativa de la FHE y la SGIG, pretendía impulsar la igualdad de oportunidades. En concreto, la SGIG tomó parte en las actuaciones de información/sensibilización en materia de igualdad entre hombres y mujeres en las empresas, en el análisis de la experiencia internacional y europea sobre condiciones y resultados del diálogo social, en la aplicación del Acuerdo de Cooperación Interestatal, y las actividades de promoción y difusión (folletos y sitio web).

201.Desde el 1º de enero de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2005, el RSGE participó como socio en el programa europeo Integración total de la mujer en el mundo empresarial: fomento de la actividad empresarial femenina, coordinado por el Mecanismo Nacional de los Derechos de la Mujer de Chipre y socios de Alemania y de Polonia (cofinanciado: 80% del Comité Europeo y 20% de fuentes nacionales). El objetivo del proyecto era informar a la ciudadanía sobre la importancia y los beneficios de la iniciativa empresarial femenina, así como, mediante seminarios de formación, capacitar a la mujer como futura empresaria.

202.El RSGE, en el marco de la IC EQUAL, círculo A, coordinó junto a otros 21 socios el proyecto Acciones contra la discriminación en el entorno laboral, dela AD ANDROMEDA. El objetivo del proyecto era programar y ejecutar políticas para luchar contra la discriminación no sólo a nivel de organismos y empresas, además de contribuir a la erradicación de estereotipos, ideas y conductas que coadyuvan a la preservación del fenómeno de la discriminación en el entorno laboral, e impulsar la presencia de la mujer en sectores predominantemente masculinos y en las nuevas profesiones.

203.Desde el 1º de enero de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2008, y en el marco del proyecto Consejero científico para las acciones dirigidas a la prestación de servicios de formación especializada para mujeres, diseñado por la SGIG (PO Empleo y Formación Profesional), el RSGE realizó 58 sesiones formativas en toda Grecia destinadas a 1.050 consejeros sobre asesoramiento en materia de género. El objetivo del proyecto era la capacitación de los funcionarios encargados de ejecutar intervenciones holísticas para la mujer en materia de apoyo, asesoramiento, información, prestación de servicios virtuales, gestión y supervisión del proyecto. Además, durante todo este tiempo, la SGIG creó un sistema electrónico de apoyo al proyecto que brindaba asesoramiento y resultados a través de Internet para registrar la labor de los consejeros y garantizar la aplicación del modelo de asesoramiento de la SGIG así como la calidad de los servicios prestados.

204. Entre enero de 2005 y diciembre de 2007, y en el marco del programa Sensibilización de grupos especiales de población (Acción 1.4.1, Centros de Desarrollo Empresarial y Tecnológico), el RSGE organizó talleres empresariales dirigidos a 200 mujeres en Ática que fueron cofinanciados junto al Ministerio de Desarrollo. Estas mujeres recibieron capacitación sobre los siguientes temas: a) tipos de empresas; b) análisis de costes y beneficios; c) información general sobre la economía griega, análisis del entorno empresarial; d) gestión y administración de la pequeña y mediana empresa; e) programación de actividades; f) investigación de mercados; g) principios básicos de mercadotecnia; h) principios y habilidades/conocimientos generales del empresario; i) mujer empresaria – la experiencia griega; j) la interconexión entre el empresario y la idea de negocio; k) estudio de una idea de negocio; l) filosofía de inversión; m) la toma de decisiones; n) plan de empresa: estudio de caso.

205.La SGIG, en el marco de la IC EQUAL, círculo B (2005-2008), participó como socia en los siguientes proyectos: a) Facilitar la vida profesional de la mujer sin discriminación mediante la aplicación del programa Tiempo Social,de la AD Intervención – Reconciliación; b) Igualdad en las Fuerzas Armadas, de la AD ARTEMIS; c) Igualdad de oportunidades y desarrollo: creación de un mecanismo para facilitar y apoyar la integración del principio de igualdad de oportunidades en el entorno laboral, de la AD ANTHISI, Recursos Humanos-Igualdad de Oportunidades; d) Políticas innovadoras en materia de empleo y de política social a nivel local: los órganos de gobierno local, un mecanismo complementario de las políticas activas de empleo y de la política social,de la AD Convergencias; e) Amfiktionia social, de la AD Amfiktionia; f) Aplicación de nuevos métodos de trabajo para grupos culturalmente diferenciados: la adaptación inteligente de las empresas y la potenciación de las habilidades profesionales de la mujer inmigrante, de la AD Administración Intercultural y Adaptaciones Tecnológicas, y g) Red de observatorio y estructuras para el empoderamiento de los inmigrantes económicos y de los refugiados en el mercado de trabajo.

206.Entre mayo de 2005 y junio de 2007, el RSGE participó en la ejecución del programa de servicios de apoyo complementario (SAC), en el marco de las Iniciativas de Empleo Local (IEL) del Ministerio de Empleo. Su objetivo era proporcionar servicios de apoyo complementario a las mujeres desempleadas. Las acciones se programaron en colaboración con los gobiernos locales de las prefecturas de Ática, Evros, Magnesia and Xanthi.

207.Entre enero de 2007 y septiembre de 2008, el RSGE elaboró los Planes de Acción Complementaria del SAC Mejora de las condiciones de acceso al mercado de trabajo para grupos vulnerables. El programa buscaba potenciar la capacitación de la mujer, formarla para el mercado de trabajo, apoyarla cuando adopta iniciativas empresariales e impulsar su carrera profesional. Entre los servicios que brinda el RSGE se cuentan los siguientes: a) asesoramiento laboral; b) aprendizaje de técnicas para buscar empleo; c) orientación profesional especializada; d) apoyo a la iniciativa empresarial; e) información; f) apoyo psicosocial; g) acercamiento, información, sensibilización y activación de interesados en participar en programas de preformación, capacitación y promoción para el mercado de trabajo; h) información sobre empleo: aspectos institucionales y legales, e i) promoción, información y actividades en red. Las actuaciones se programaron en ocho regiones de Grecia (Ática, Macedonia Central, Tesalia, Epiro, Grecia Central, Macedonia-Tracia Oriental, Peloponeso y Creta). Se beneficiaron un total de 2.820 mujeres pertenecientes a los siguientes grupos vulnerables de población: discapacitados, inmigrantes, grupos culturales especiales, repatriados, grupos en riesgo de exclusión social, mujeres desempleadas de larga duración mayores de 45 años, otros grupos amenazados por la exclusión del mercado de trabajo y otras categorías de mujeres desempleadas pertenecientes a áreas o sectores con altas tasas de desempleo.

208.Desde junio de 2006, el RSGE ha venido ejecutando el proyecto Expansión mejoradel intercambio electrónico de información en el marco del PO Politeia II del Ministerio de Interior. Su objetivo es preparar y poner en marcha una "ventanilla única" que proporcione servicios completos, asesoramiento, apoyo y capacitación a los ciudadanos (www.ypathia.kethi.gr). El proyecto, mediante el constante intercambio y control de la información, trata de utilizar ampliamente las tecnologías de la información y las comunicaciones preparando y poniendo en marcha servicios en red, servicios de apoyo e información a la ciudadanía, a las asociaciones de mujeres y a las empresas.

209.Entre el 1º de junio de 2006 y el 31 de diciembre de 2007, el RSGE participó como socio en el programa europeo INTERREG III B ARCHIMED La mujer en el mundo de los negocios: apoyo, crecimiento y competitividad – WBC, coordinado por la Red de la Cámara Nacional de Mujeres Griegas Empresarias (CNRMGE) y por socios de Italia y de Chipre. El objetivo del programa era informar a las autoridades públicas y locales de los países participantes sobre los beneficios derivados de la participación femenina en la economía, brindar a la mujer servicios de asesoramiento y suministro de conocimientos técnicos para impulsar su participación en la economía y en la selección de buenas prácticas puestas en práctica por pequeñas y medianas empresas y autoridades públicas y locales de los países participantes.

210.Respecto al acoso sexual, cabe señalar que el RSGE participó en el proyecto de investigación Impacto social, psicológico y profesional del acoso sexual en el entorno laboral en Chipre, coordinado por la Universidad Europea de Chipre (duración de la investigación: diciembre de 2006 a diciembre de 2008). Por otra parte, y en colaboración con Village Films, el RSGE organizó el estreno de la película North Country [En tierra de hombres](13 de diciembre de 2006), en la que se aborda el tema del acoso sexual, la violación y todas las formas de violencia ejercida contra la mujer. Acudieron al estreno representantes ministeriales, de organizaciones no gubernamentales y de asociaciones de mujeres.

211.En 2005 el RSGE programó un total de seis estudios/investigaciones relativas al empleo femenino: a) Políticas nacionales sobre igualdad entre hombres y mujeres en la esfera del empleo; b) Análisis y registro bibliográficos del impacto de las nuevas oportunidades de empleo para la mujer, de la mejora de las condiciones de trabajo y de la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres en el mercado de trabajo; c) Estudio para el apoyo al autoempleo femenino, ilustrado con casos reales; d) Estudio sobre el autoempleo y la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres a través de la educación; e) Estudio sobre la integración de la perspectiva de género en la política de empleo, y f) Demarcación profesional horizontal en el mercado de trabajo griego.

212.El RSGE publicó 13 libros sobre empleo y mercado de trabajo: a) Bajo control: teorías de organización y género, 2005; b) Guía de buenas prácticas para la conciliación de la vida familiar y laboral, 2005; c) Guía para la igualdad y la conciliación de la vida familiar y laboral, 2007; d) Guía para la igualdad y la conciliación de la vida laboraly familiar, 2007;e) Guía de orientación laboral, 2007; f) Guía para la búsqueda efectiva de empleo, 2008; g) Manual de redes de trabajo, 2008; h) Guía para el modelo sintético de orientación sobre integración de la perspectiva de género, 2008; i) Guía para consultores de empresa. Plan empresarial para la creación y el desarrollo de una empresa y para la gestión y el desarrollo de organizaciones femeninas, 2008; j) Guía paso a paso para la programación de actividades sobre la mujer y el empleo efectivo, 2008; k) Guía de buenas prácticas en intervenciones holísticas para la mujer, 2008; l) Guía de procedimiento para la consecución de los indicadores cuantificables del proyecto Integración de la mujer en el empleo, 2008; m) Iniciativa empresarial femenina. Breve guía para empresas y sindicatos, 2008.

213.La Secretaría General de Educación Permanente del Ministerio de Educación y de Asuntos Religiosos tiene como objetivo la promoción de la igualdad de oportunidades, la participación de la mujer en las empresas sociales y el suministro de información a la mujer, al público en general y a los grupos que sufren exclusión en materia de igualdad, empleo e iniciativa empresarial femenina. De forma paralela, en el marco del PO EQUAL, la Secretaría General de Educación Permanente programó el proyecto Iniciativa empresarial femenina y sistema de apoyo interregional de la economía social <DIONI II> (cumplimiento del porcentaje femenino de beneficiarios en todas las acciones de asociación), en colaboración con la Red Nacional y Europea de Economía Social y otros 30 socios de Grecia, Italia, Francia, etc. Además, los socios del programa DIONI II aunaron sus esfuerzos con las dos casas comerciales que surgieron del programa para, de forma autónoma o en colaboración, organizar actos de promoción (jornadas de un día de duración, acciones informativas y de sensibilización de los 15 organismos que desarrollaron las redes de iniciativa empresarial DIONI II; actos informativos de los cinco organismos encargados de las estructuras de iniciativa empresarial DIONI II, así como jornadas de puertas abiertas y un acto informativo de tres días de información sobre la promoción de la mujer y de las empresas sociales [Atenas, 21 a 23 de enero de 2005]). Su objetivo era aumentar la sensibilización pública en temas de iniciativa empresarial social y femenina, sistemas alternativos de crédito y promoción de empresas asociadas.

214.Todos los programas de la OEMO contra el desempleo y el fomento del empleo cuentan con cuotas especiales de participación femenina. Con ello se pretende: a) que adquieran experiencia profesional (prácticas); b) que se creen nuevos puestos de trabajo en el mercado laboral para la promoción de la mujer desempleada, y c) que ellas creen sus propias empresas. La OEMO impulsa el empleo femenino participando en las siguientes actuaciones a favor del empleo femenino y de la igualdad entre hombres y mujeres en la esfera del empleo:

Desde 2005, la OEMO ha venido introduciendo en todos sus programas una serie de innovaciones y objetivos destinados a las mujeres entre los que cabe destacar los siguientes: a) aumento de la financiación (al menos en un 25%) en todos los programas de empleo de la OEMO destinados a la contratación de mujeres desempleadas con al menos un hijo menor de edad; b) programas financiados por la OEMO destinados a capacitar a las empresarias noveles para que puedan crear su propia empresa en casa cuando se trate de mujeres con hijos pequeños o que cuiden de familiares discapacitados; c) inclusión de los gastos de guardería en la documentación requerida a una persona para ser incluidos en los programas de financiación de empresarias noveles (40% de la financiación total), y d) en todos los programas de empleo se ha de destinar el 60% de los puestos a mujeres desempleadas.

Los objetivos, tanto generales como sectoriales, de los programas de la OEMO toman como punto central de interés el empleo femenino. Por ejemplo, el programa para la financiación de trabajadores autónomos noveles en los ámbitos de la cultura y el medioambiente (2005). Especialmente en el ámbito de la cultura, dicho programa se destinó principalmente a mujeres capaces de desarrollar una actividad empresarial (por ejemplo, en las profesiones centradas en actividades o productos tradicionales). Por otra parte, la iniciativa en marcha para financiar el empleo a tiempo parcial de 10.000 desempleados en pequeñas empresas familiares de hasta tres empleados está dirigida principalmente a mujeres que, debido a sus responsabilidades familiares, desean acceder al mercado de trabajo como trabajadoras a tiempo parcial.

Se ha suprimido la discriminación indirecta que anteriormente existía en la OEMO, ya que las mujeres embarazadas o que guardaban reposo recibían prácticamente el mismo trato que los pacientes incapaces de trabajar. A partir de 2005, las mujeres embarazadas o que guardan reposo no son dadas de baja en los archivos de la OEMO, su tiempo de desempleo se computa de forma regular y se les renueva la tarjeta de desempleo automáticamente y sin necesidad de comparecer en persona.

La legislación en materia de seguro, y concretamente el artículo 142 de la Ley 3655/2008 y la Decisión Ministerial 33891/606 de 07/05/2008, ha impulsado la protección de la maternidad: a) El Instituto de la Seguridad Social (ISS) ha establecido como medida específica para la protección de la maternidad una licencia por maternidad de seis meses de duración que viene a unirse a la licencia de dos meses por embarazo y a la licencia de dos meses por embarazo con reposo; b) durante este tiempo, la OEMO devengará a la mujer un subsidio por valor del salario mínimo, y c) paralelamente, durante este tiempo los empleadores podrán, con una subvención de la OEMO, reemplazar a las madres trabajadoras con una persona desempleada. Así pues, las madres reciben prestaciones idénticas a las que se brindan en los países europeos y la protección de la maternidad está garantizada.

215.La Secretaría General para la Gestión de la Comunidad y de otras Fuentes del Ministerio de Empleo griego adoptó un acercamiento holístico a la igualdad entre hombres y mujeres y al fomento del empleo femenino (PO Empleo y Formación Profesional 2002‑2006). Asimismo desarrolló una serie de medidas e intervenciones que se refuerzan mutuamente y encaminadas a garantizar la representación paritaria de hombres y mujeres en el desarrollo económico y la erradicación de los factores inhibitorios y los obstáculos que excluyen a la mujer del mercado de trabajo. Las actuaciones del PO se centraron en dos ejes básicos: a) acciones de discriminación positiva, es decir, aquellas que apelan exclusivamente a la mujer y buscan erradicar la discriminación o equiparar las desventajas derivadas de las acciones, de las conductas o del marco institucional en vigor, y b) puesta en práctica del principio de integración, esto es, de integración de la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres en todas las políticas.

216.En el marco de la conciliación entre la vida familiar y la vida profesional, y con el propósito de fomentar el empleo femenino, se ha cofinanciado el funcionamiento de las estructuras de atención social para recién nacidos, niños, ancianos y otras personas dependientes. Según los datos disponibles al respecto, se cofinanciaron 360 instituciones de atención social de cuyos servicios se beneficiaron 65.000 personas; además, unas 1.900 personas, la mayoría mujeres, encontraron empleo en estas instituciones. Debemos subrayar que durante el quincuagésimo segundo período de sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer de las Naciones Unidas, el Secretario General aludió de forma explícita a Grecia y a la integración de la perspectiva de género en el PO Empleo y Formación Profesional 2000-2006.

217.En el marco del PO regional se planificaron y ejecutaron diferentes actuaciones a favor del empleo y de la actividad empresarial femenina. El objetivo de estas medidas era apoyar el desarrollo de las empresas de mujeres, así como mantener e impulsar las tasas de empleo femenino empresarial. Estas medidas apelaban a las mujeres empresarias participantes, ya fueran trabajadoras autónomas o trabajadoras en empresas individuales, pequeñas y medianas empresas, microempresas, cooperativas, etc. Las actuaciones fueron planificadas por HOSMIH SA. Casi 5.500 mujeres se beneficiaron del programa.

218.En el marco de la IC EQUAL, círculo B, se planificaron los proyectos a favor de la igualdad entre hombres y mujeres en las esferas del empleo, la iniciativa empresarial y la adaptabilidad que siguen:

Fomento del empleo femenino mediante métodos innovadores para el acceso al mercado de trabajo, de la AD KALLISTI. Grupo destinatario: mujeres. Su objetivo básico es afrontar las situaciones sociales y familiares que limitan la oferta laboral para la mujer y los factores que originan un trato laboral injusto en su contra.

Intervención holística en el empleo para afrontar en red el problema del desempleo en toda la región de Pireo y Atenas Oriental,de la AD Red de empleo (EMPLONET). Grupo destinatario: personas desempleadas con problemas para acceder al mercado de trabajo, en particular, mujeres desempleadas, desempleados de larga duración, personas a cargo de familias monoparentales y personas mayores desempleadas. Su objetivo básico era, por una parte, adoptar medidas para evaluar las necesidades del grupo destinatario y, por otra, fomentar la igualdad entre hombres y mujeres e impulsar el desarrollo de una política activa de empleo para erradicar la discriminación profesional en toda la región de Pireo y Ática Oriental.

Empleo y políticas sociales innovadoras en el ámbito local. Gobierno local como mecanismo complementario de empleo y políticas sociales activas, de la AD Convergencias. Grupo destinatario: grupos vulnerables de población. Sus principales objetivos eran: a) mejorar y modernizar los servicios sociales que brindan los órganos de gobierno local a la ciudadanía; b) generar empleo en el ámbito de los servicios sociales, y c) brindar a los grupos vulnerables de población servicios acordes a sus necesidades reales.

sinPRAXIS —Cooperación para el empleo, de la AD sinPRAXIS— Cooperación para el empleo. Grupo destinatario: desempleados de ambos sexos. Su objetivo principal era crear nuevos e innovadores métodos y prácticas utilizando y enriqueciendo los conocimientos y la experiencia ya existentes. Para ello se puso en marcha una iniciativa piloto que incluyó todos los factores del "triángulo del empleo" (esto es, servicios de empleo, agencias de empleo y desempleados, hombres y mujeres).

Vía de acceso moderna al mercado de trabajo, de la AD AISCHINIS. Grupo destinatario: desempleados de ambos sexos, inmigrantes, repatriados y refugiados. El objetivo principal era la creación de "una vía de acceso al mercado de trabajo", funcional, útil y que contara con el apoyo técnico de un sistema de búsqueda de empleo por Internet, para uso de los desempleados y las empresas, con el fin de facilitar el acceso al mercado de trabajo y lograr un mejor equilibrio entre la oferta y la demanda de empleo.

Próxima estación: mercado de trabajo, de la AD EPI TROCHON. Grupo destinatario: jóvenes de ambos sexos. Su objetivo principal era capacitar e integrar profesionalmente a jóvenes con formación a través de la ejecución de una serie de actuaciones dirigidas a mejorar sustantivamente los servicios que brindan los agentes sociales y las organizaciones no gubernamentales y complementar los sistemas y estructuras existentes, poniendo de relieve las necesidades de los grupos destinatarios.

Espíritu empresarial en las fronteras, de la AD Colaboración local de frontera – TOMES. Grupo destinatario: mujeres del municipio de Evros. El objetivo principal era impulsar y apoyar a las habitantes en el municipio de Evros e incentivar la iniciativa empresarial por medio de organismos localizados en la periferia y brindando a las personas la posibilidad de sacar provecho de las nuevas tecnologías.

Desarrollo del espíritu empresarial entre los grupos sociales vulnerables mediante el uso de las instalaciones olímpicas y deportivas, de la AD Alianza Empresarial post-olímpica. Grupo destinatario: jóvenes desempleados de ambos sexos y discapacitados. Su objetivo principal era el fomento de la actividad empresarial de los grupos destinatarios mediante el uso de las instalaciones deportivas y olímpicas.

Creación de nuevas empresas turísticas innovadoras por egresados universitarios desempleados para atraer a turistas de Europa, de la AD INNO – Nuevas empresas innovadores, de joven a joven. Grupo destinatario: mujeres, desempleados de ambos sexos, jóvenes licenciados y no licenciados menores de 35 años de edad. Sus objetivos básicos eran: a) alentar el espíritu empresarial entre los jóvenes de ambos sexos para la creación de empresas pequeñas y flexibles que suministren servicios innovadores y de calidad para apoyar pequeñas unidades turísticas en las zonas aisladas de las bellas islas del Egeo Meridional; b) estabilizar los nuevos puestos de trabajo para los jóvenes de las zonas en cuestión, y c) crear una red de colaboración interempresarial que ofrezca servicios innovadores, de alta calidad y que resulten atractivos para los jóvenes europeos.

Red de apoyo a las empresas de economía social en el sur y el este de Atenas, de la AD DIEKO – Red de apoyo a las empresas de economía social en el sur y el Este de Atenas. Grupo destinatario: mujeres. Su objetivo principal era la creación de una novedosa incubadora de empresas de economía social que brinde servicios integrales de información, formación y apoyo consultivo a las empresarias o futuras empresarias jóvenes, así como apoyo para la creación de nuevas empresas sociales.

MEDIALUNA, de la AD Caleidoscopio. Grupo destinatario: desempleados de ambos sexos, jóvenes, mujeres y discapacitados. Con respecto al turismo en el Peloponeso, sobre todo en la última década se pudo registrar que alcanzaba "dimensiones masivas". Sin embargo el turismo ha disminuido, con consecuencias negativas para el crecimiento económico y el empleo en la región. El objetivo principal del proyecto era invertir esta tendencia y afrontar el problema del empleo, en particular de los grupos destinatarios, y el desarrollo social y económico local en general, con la adecuada configuración, organización, gestión y promoción de la riqueza cultural y medioambiental de la región.

Economía social en Grecia: esfera de actuación, propuestas políticas y estructuras de apoyo, de la AD SOCIAL-ECO.GR. Grupo destinatario: mujeres, discapacitados, inmigrantes, repatriados, refugiados. Su objetivo principal era incentivar la filosofía y la práctica de la economía social en Grecia.

45-64 VOLVER, de la AD Espíritu empresarial social. Grupo destinatario: desempleados de ambos sexos, beneficiarios de pensiones bajas y pensiones de enseñanza primaria y personas solas. Su objetivo principal era apoyar a los adultos de más de 45 años que se enfrentan a la exclusión social o a la exclusión del mercado de trabajo. El apoyo se centra en la reintegración al mercado laboral a través del desarrollo del enfoque, el asesoramiento, la formación y el desarrollo del espíritu empresarial social (herramientas, métodos, estudios e investigaciones).

Zonas modelo y sistemas de promoción de la educación permanente en las prácticas laborales, de la AD Conocimientos prácticos. Grupo destinatario: desempleados de ambos sexos, mujeres, personas de la tercera edad, trabajadores. Su objetivo principal era el desarrollo de zonas y de sistemas de integración modelos para la educación permanente mediante prácticas de empleo, a fin de ampliar las habilidades de adaptación de los trabajadores de la pequeña y mediana empresa en relación con las necesidades económicas y laborales, en particular de aquellos trabajadores que se enfrentan a la discriminación, la desigualdad y la inseguridad en su trabajo.

Igualdad en las Fuerzas Militares, de la AD ARTEMIS. Grupo destinatario: miembros femeninos de las fuerzas militares. Su objetivo principal era contribuir —a través de mecanismos de observación y acciones piloto específicas— a la erradicación de los prejuicios respecto a las capacidades de combate y a las habilidades administrativas de la mujer, prejuicios que conducen a la segregación profesional por razón de sexo, poniendo las bases para la consecución de la igualdad en toda la cadena de mando.

Igualdad de oportunidades y de desarrollo: creación de un mecanismo de facilitación y apoyo a la integración del principio de igualdad de oportunidades en el entorno de trabajo,de la AD Recursos humanos – Igualdad de oportunidades (ANTHISI). Grupo destinatario: mujeres. Su objetivo principal era contribuir a la creación de condiciones favorables a la puesta en marcha de un número mayor de iniciativas para la igualdad en el trabajo, así como impulsar, mediante la ejecución de intervenciones ejemplares, la creación de un entorno de efectiva puesta en marcha de actuaciones sustantivas en materia de igualdad en las empresas.

219.En cuanto a la sensibilización y la información en materia de lucha contra la discriminación, el Ministerio de Empleo y de Protección Social ha llevado a cabo una serie de actuaciones en las que se integraba la perspectiva de género. En concreto, en el marco del programa Acción comunitaria contra la discriminación, en 2007 se organizó en Tesalónica un acto informativo destinado a los inspectores de trabajo social en relación con la nueva legislación para la aplicación del principio de igualdad de trato. En concreto, el seminario abordó la ejecución de la Ley 3304/2005 (De la aplicación del principio de igualdad de trato con independencia del origen racial o nacional, del credo u otras creencias, de la discapacidad física, la edad o la orientación sexual) y de la Ley 3488/2006 (De la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en relación con el acceso al empleo, con la educación y con el desarrollo profesionales, los términos y las condiciones de trabajo y otras disposiciones conexas). Por otra parte, en Atenas se llevó a cabo una campaña informativa en la que se distribuyeron folletos con explicaciones sobre el marco legislativo para la lucha contra la discriminación (Ley 3304/2006 y Ley 3488/2006). Además, se ejecutaron otras diversas actuaciones en materia de género entre las que cabe destacar las siguientes: a) producción de un anuncio de televisión sobre la discriminación múltiple a la que se enfrentan las mujeres (Igualdad femenina en acción), y b) realización a nivel regional de la investigación Iguales oportunidades en materia de seguros, representación y actividad empresarial para mujeres residentes en áreas rurales que se vean afectadas por la nueva política rural común (investigación programada por la Confederación Panhelénica de Uniones de Cooperativas Agrarias [CPUCA]).

220.En el marco del PO Competitividad, el Ministerio de Desarrollo griego adoptó diversas medidas encaminadas a potenciar los recursos humanos y que se destinaron a mujeres trabajadoras por cuenta ajena y a mujeres empresarias. Se establecieron diversos programas de formación continua en materia de tramitación y servicios con objeto de poner al día las habilidades profesionales de los recursos humanos femeninos e impulsar su adaptabilidad. Los programas fueron organizados por los institutos sectoriales de la Organización Helena de Pequeñas y Medianas Industrias e Industrias Artesanales (OHPMIA). Un total de 6.709 mujeres, trabajadoras por cuenta ajena o trabajadoras autónomas, se beneficiaron de estas iniciativas. Además, a través del programa ¡Ponte en línea!, 7.558 mujeres empresarias recibieron formación sobre nuevas tecnologías de la información y de la comunicación con objeto de familiarizarse con las posibilidades de negocio que Internet y el comercio electrónico pueden brindarles. Por último, 2.291 mujeres se beneficiaron de una iniciativa destinada, a través de los programas de PENED, IRON, ENTER y Redes Humanas, a potenciar la capacitación de los investigadores y de los técnicos griegos y las redes de mujeres investigadoras con el fin de promover la igualdad de oportunidades en las esferas de la investigación y la tecnología.

221.Los Ministerios de Economía y de Interior griegos, en el marco del PO Sociedad de la información, cofinanciaron programas de formación profesional en nuevas tecnologías de la información y de la comunicación. Un total de 30.810 y 1.703 mujeres respectivamente se beneficiaron de estos programas cuyo objetivo era brindar a las mujeres competencias de comunicación básicas y avanzadas.

222.El PO Desarrollo de los recursos humanos 2007-2013 del Ministerio de Empleo griego estableció entre sus objetivos la capacitación de la mujer y el impulso a la igualdad de acceso (motivar a las empresas y a los interlocutores sociales para poner en marcha iniciativas de igualdad entre hombres y mujeres en el lugar de trabajo, crear estructuras interempresariales para la conciliación de la vida familiar y la vida profesional, revisar y actualizar las políticas activas de empleo, etc.). Debemos subrayar que el PO garantiza que el porcentaje de mujeres inscritas como desempleadas que se beneficiarán de esta política activa de fomento del empleo constituirá el 25% de todas las mujeres desempleadas. Por otra parte, se han previsto también otras medidas para el fomento del empleo femenino entre las que cabe destacar las siguientes: a) en las empresas financiadas en este marco se brindará formación específica para la adquisición de experiencia profesional; b) se llevarán a cabo actuaciones encaminadas a potenciar la participación de la mujer, en calidad de empresaria o de empleada, en pequeñas y medianas empresas; c) asimismo se llevarán a cabo actuaciones para asignar mujeres investigadoras a las empresas; d) se habilitarán las organizaciones no gubernamentales que cuentan con participación femenina a fin de crear centros de información sobre empleo y actividades empresariales; e) se adoptarán medidas a favor de la conciliación entre la vida familiar y la vida profesional y a favor de la erradicación de la discriminación profesional, etc.

223.El PO Competitividad y empresa 2007-2003 del Ministerio de Desarrollo griego prevé la adopción de diferentes medidas encaminadas a impulsar el espíritu empresarial femenino. Entre estas medidas cabe destacar las siguientes: a) ejecución de programas para la promoción de empresas de mujeres (financiación para empresas de reciente creación); b) potenciación del tejido empresarial femenino mediante la creación de estructuras y herramientas de apoyo, y c) potenciación de las empresas de mujeres cuyas actividades se desarrollan en la esfera de la economía social, en particular aquellas de sus actividades e iniciativas que propongan fines sociales claros (por ejemplo, provisión de servicios de atención a los ciudadanos, mejora de la calidad de vida, protección del medioambiente y desarrollo cultural).

224.El 30 de julio de 2008, el CRI de la región de Ática Septentrional, en colaboración con la SGIG, organizó en el marco del MENR 2007-2013 la conferencia Refuerzo del tejido empresarial femenino.

225.Entre 2005 y 2008, la región de las Islas Jónicas planificó diferentes actividades a favor del empleo femenino vehiculadas a través de programas de orientación o de subvenciones dirigidas a impulsar la actividad empresarial femenina. Un total de 1.140 mujeres se beneficiaron de tales actividades. Recordamos a continuación, brevemente, algunas de las actuaciones ejecutadas por la región de las Islas Jónicas para reforzar el tejido empresarial femenino: a) financiación y planificación de iniciativas de orientación laboral y empresarial (en ocasiones se trataba de asesorar a grupos específicos de población, por ejemplo, a desempleados de ambos sexos y a romaníes); b) adopción de medidas a favor del empleo femenino a través de los programas de adquisición de experiencia laboral (STAGE), mediante la financiación de iniciativas empresariales generadoras de nuevo empleo y de nuevas profesiones asociadas al trabajo autónomo, y c) planificación de actuaciones dirigidas a impulsar el empleo y el espíritu empresarial femenino.

226.La Comisión Nacional Helena de Cooperación con la UNESCO participó entre 2006 y 2008 en la AD KALLISTI (IC EQUAL) con el propósito de reforzar la presencia de la mujer en el mercado de trabajo y contribuir al desarrollo regional. La Asociación de Sociedades de Cooperación de Mujeres Interbalcánicas participó igualmente en el programa que, en colaboración con la Universidad Nacional y Kapodistríaca de Atenas y con otros organismos, terminó constituyendo la red Planet. En este marco se completó una investigación sobre el desempleo femenino (entrevistas realizadas a una muestra de 300 personas) y los factores que afectan al porcentaje nacional de desempleo femenino. Los resultados de la primera fase del programa fueron publicados. Seguidamente, y gracias a los contactos con organismos, empresarios y representantes de la administración regional de Grecia Septentrional, se identificaron algunas posibilidades de empleo. Por otra parte, la Comisión Nacional Helena de Cooperación con la UNESCO organizó en Didimoteicho (Grecia Septentrional, 17 de marzo de 2007) el taller Apoyo a la mujer en la esfera del empleo mediante oportunidades innovadoras para su promoción en el mercado laboral. En la organización del taller participó también Ergani, un centro de apoyo para el empleo y la actividad empresarial de la mujer. Además, se celebró en Atenas (20 a 22 de julio de 2007) una reunión del comité de coordinación de la organización Femmes Chefs d'Entreprises Mondiales que contó con la participación de 15 personas procedentes de Túnez, Francia, Italia, EEUU, el Camerún, el Reino Unido, la Argentina y Grecia. En dicha reunión se aprobó el plan de actuaciones con vistas a la celebración en Buenos Aires (9 a 12 de octubre de 2007) de la quincuagésimo primera Conferencia Mundial de Femmes Chefs d'Entreprises Mondiales.

Medidas adoptadas por los interlocutores sociales

227.Entre octubre de 2004 y diciembre de 2006, la Cámara de Comercio e Industria de Atenas (CCIA) coordinó el proyecto Plan integrado de tutoría para la eficaz gestión local del empleo - IMPLEMENT. IMPLEMENT ha sido un proyecto dirigido a afrontar los efectos de la reconstrucción en el turismo y las TI sobre el empleo y el desarrollo profesional de las mujeres en la región de Ática. En concreto, el proyecto tenía como objetivo potenciar los conocimientos, las habilidades y la capacitación de quienes ocupan puestos de trabajo en estos campos. Al mismo tiempo, el proyecto pretendía prevenir el desempleo de la mujer en dichos campos y potenciar su situación profesional. Para ello desarrolló un conjunto de actividades entre las que cabe mencionar las que siguen: a) generar nuevos sistemas y herramientas para la adaptación, el desarrollo y el progreso profesionales mediante la planificación y ejecución de un programa integrado de tutorías; b) implantar experiencias y buenas prácticas en sistemas y métodos innovadores que supongan el desarrollo y la potenciación de la vida profesional de las mujeres; c) concienciar a las empresas sobre las peculiaridades que caracterizan a la mujer trabajadora a fin de que saquen provecho de las mismas y las consideren una ventaja competitiva a su favor, y d) ampliación y difusión de las políticas para la potenciación de las habilidades de los trabajadores y para el fomento de la igualdad de oportunidades en el empleo y la carrera profesional. Al término del proyecto, las empresas participantes se habían transformado en organizaciones al servicio del aprendizaje, la capacitación y el desarrollo de sus trabajadores, y muy en particular de los de sexo femenino.

228. Entre diciembre de 2003 y junio de 2008, la CCIA participó asimismo en el proyecto Alkistis, que fue ejecutado por la AD Red para la erradicación de la exclusión social femenina en el marco de la IC EQUAL. Las actuaciones del proyecto tenían como objetivo la intervención integrada y a múltiples niveles para la erradicación de la exclusión social femenina, con especial énfasis en la generación de iguales oportunidades para las mujeres con dificultades para integrarse o reintegrarse en el mercado de trabajo, así como en la erradicación de los estereotipos basados en el sexo en la esfera de la familia y en la implantación de nuevas pautas para la gestión del empleo que faciliten la conciliación de la vida familiar y profesional. Concretamente se llevaron a cabo las siguientes actuaciones: a) creación y puesta en marcha de cuatro centros para la igualdad en Atenas, la región de Epiro, la región de Grecia Occidental y la región de Egeo Septentrional, con los que se pretende facilitar ventanillas únicas y soluciones centralizadas que permitan, en un ambiente amigable y cordial, abordar algunos de los problemas de la mujer; b) medidas para la erradicación de los estereotipos relacionados con la situación social y profesional de la mujer, y c) medidas para informar y sensibilizar sobre la igualdad entre hombres y mujeres. Se ha puesto un especial énfasis en informar y proporcionar formación práctica a los jóvenes en materia de asignación de tareas familiares y de erradicación de la violencia doméstica y la trata de personas; d) intervención coordinada y a múltiples niveles para apoyar a grupos que sufren condiciones especiales de exclusión social, como víctimas de la violencia doméstica, mujeres inmigrantes, mujeres refugiadas, personas que encabezan familias monoparentales, víctimas de la trata de personas, etc.; e) creación y puesta en marcha de una red de consejeros para luchar contra la exclusión social de la mujer que ha venido a surtir de personal a las estructuras existentes, mientras que parte de la red, convertida en unidad móvil de asesoramiento, ha visitado diversas ciudades griegas para informar y sensibilizar a la población en materia de igualdad entre hombres y mujeres; f) fortalecimiento, fomento y puesta en marcha de nuevas formas de empleo flexible; g) establecimiento y puesta en marcha de una red de trabajadores sociales voluntarios entrenados para brindar servicios a organizaciones que trabajan con mujeres, familias e individuos necesitados de apoyo en cuestiones familiares, y h) creación de un módulo de formación sobre igualdad entre hombres y mujeres.

229.La Federación Helena de Empresas (FHE) ha participado en la ejecución de un memorando de entendimiento suscrito por la Red y por la SGIG con objeto de informar, contribuir a la sensibilización pública y movilizar a las empresas para desarrollar y difundir políticas de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. En particular se han ejecutado las siguientes acciones:

a) Encuestas/estudios: 1) un estudio comparativo en el que se documentan buenas prácticas y políticas públicas a nivel de la UE; 2) una encuesta realizada sobre una muestra representativa y apropiada formada por responsables de recursos humanos para estudiar sus creencias y actitudes con respecto a la efectividad de las políticas y prácticas aplicables en materia de igualdad entre hombres y mujeres; 3) recopilación de legislación, inclusive del marco jurídico aplicable en materia de igualdad entre hombres y mujeres en los entornos laborales en general; 4) un estudio de la experiencia internacional y europea sobre las condiciones, los términos de aplicación y los resultados del diálogo social sobre igualdad de oportunidades en el entorno de trabajo; 5) un estudio evaluador de las estructuras de apoyo específico al principio de igualdad, y 6) elaboración de una Hoja de Ruta para la Igualdad de Género en el Entorno de Trabajo.

b) Información/Sensibilización: La FHE, en el marco de sus continuos esfuerzos para impulsar y poner en práctica el concepto de igualdad en las empresas griegas, destaca la cuestión de la igualdad en sus informes anuales de actividades y en los boletines mensuales para el empleo, que envía a sus miembros y en los que se relacionan todas las novedades en materia de igualdad entre hombres y mujeres a nivel nacional y europeo.

c) Celebración de un acto específico sobre igualdad en el empleo, cuyo objetivo fue poner de relieve los obstáculos y los problemas que surgen a la hora de llevar a la práctica el principio de igualdad entre hombres y mujeres en las empresas, las Fuerzas Armadas y los medios de comunicación, así como destacar la contribución de la RSE a la eliminación de esos obstáculos.

d) Al mismo tiempo, la FHE ha creado en su sitio web (www.sev.org.gr) un apartado específico dedicado a la igualdad en el empleo.

e) La FHE presentó, en colaboración con el SGIG, la institución de excelencia empresarial Las cinco mejores empresas en igualdad de oportunidades. Se trata de un sistema de premios integrado adoptado por primera vez en Grecia, con carácter experimental, a fin de identificar y premiar a las empresas que aplican las mejores prácticas para la promoción de la igualdad de oportunidades en el entorno de trabajo, en segundo lugar, a fin de brindar a todas las empresas "buenos ejemplos" para optimizar su funcionamiento en este ámbito.

230.La FHE ha liderado dos proyectos de la IC EQUAL: la AD ATHINA y la AD ANTHISI. El primer proyecto estudió la erradicación de la discriminación y de los estereotipos en el mercado de trabajo, en particular en relación con las profesiones técnicas, y la creación en las empresas de la figura del "consejero para la igualdad". El segundo proyecto tenía por objetivo crear un mecanismo innovador dirigido a facilitar y apoyar la integración de la perspectiva de género en el entorno de trabajo, así como aplicar actuaciones ejemplares y relevantes a favor de la integración del principio de igualdad de oportunidades en las empresas a través de sus sistemas de gestión de recursos humanos.

231. Entre 2005 y 2008, la red griega para la RSE realizó las siguientes actuaciones: a) participó activamente en iniciativas pertinentes puestas en marcha a nivel europeo por la RSE Europa; b) colaboró con expertos de la CE con objeto de informar a la propia red y a sus miembros acerca de las últimas novedades en igualdad de género a nivel de la CE y de las empresas europeas, y c) por encargo del Ministerio de Empleo ejecutó un proyecto mediante el que se facilitó la creación de un instrumento innovador para la evaluación de la política de igualdad de género aplicada por las empresas griegas. El proyecto citado incluía la identificación de un instrumento pertinente en el ámbito europeo, su traducción al griego y su localización. Con este propósito se organizaron dos talleres a los que asistieron 20 personas y en los que se discutió a fondo el tema de la igualdad de oportunidades.

232. Los interlocutores sociales, en su afán por generar nuevas formas de gestión del empleo, se sumaron al acuerdo marco del CCGAN 2008-2009 sobre teletrabajo. Se prevé que el impulso al teletrabajo podría contribuir a la armonización de la vida familiar y de la vida profesional y a facilitar el acceso de la mujer al empleo. En este contexto, la FHE ha participado en la elaboración de un estudio monográficamente dedicado al teletrabajo.

233. En 2008, la Confederación Nacional de Comercio de Grecia ejecutó el proyecto Ermeion – Programas para la educación permanente. El proyecto estaba dirigido a formaren temas relativos al comercio y a la actividad empresarial a comerciantes, trabajadores del sector del comercio y otros trabajadores o desempleados. Las mujeres tuvieron una participación importante en el proyecto, ya que representaron el 60% del total de sus alumnos. Además, en el marco de Cuenta para el Empleo y la Formación Profesional, financiado mayoritariamente por empleadores y trabajadores, se han incluido programas de empleo y de formación profesional con los que se pretende equilibrar la reducida tasa de participación de la mujer en el empleo y en los que se registra una participación femenina del 60%.

Medidas adoptadas por las organizaciones no gubernamentales

234. La Unión para los Derechos de la Mujer (UDM), a través de su representante en el Comité Nacional para los Derechos Humanos (CHDH), ha propuesto adiciones y enmiendas a la Ley 3488/2006 para que pueda cumplirse la Directiva de la UE y la Constitución Griega. El CHDH en pleno adoptó esta propuesta, que presentó al Ministerio de Justicia, a los partidos políticos y a todos los miembros del Parlamento. Por otra parte, en respuesta a la invitación dirigida por el Ministerio de Empleo y de Protección Social a las organizaciones no gubernamentales para que ejecutaran los programas del FSE y del propio Ministerio a fin de "luchar contra la discriminación en el mercado laboral y, muy en especial, contra el acoso sexual", la UDM ejecutó entre julio de 2007 y junio de 2008 el plan de acción Lucha contra la discriminación sexual en el mercado de trabajo y, en especial, contra el acoso sexual. Este programa se clausuró con la jornada Igualdad entre hombres y mujeres y lucha contra el acoso sexual: política de la UE (9/6/2008).

235. En 2005 la Asociación de Mujeres Jóvenes Cristianas (AMJC) participó en la III Iniciativa de la IC EQUAL con el proyecto DESMOS – Igualdad. La AMJC realizó varios seminarios encaminados a mostrar y difundir los conocimientos prácticos adquiridos durante el tiempo que ha estado funcionando su Centro de Empleo para la Mujer en Atenas (se trata de una estructura encargada de proporcionar servicios integrados de apoyo a las mujeres demandantes de empleo). Concretamente se realizaron cinco ciclos de seminarios prácticos a los que asistieron 32 representantes (profesionales y voluntarios de ambos sexos). La AMJC también ha publicado la Guía práctica de solicitudes de calidad en el Consejo de Empleo Femenino con objeto de ayudar a otras organizaciones no gubernamentales profesionales y a otras personas jurídicas de derecho público. Por otra parte, la AMJC participó en el programa +PRAXIS – Colaboración para el empleo, cuyo socio principal es NOSTOS Organización para la Integración Social (2005-2007). La AMJC griega ha realizado, además, las siguientes actuaciones: a) creación de un servicio de acogida y apoyo para desempleados con material informativo sobre cuestiones relacionadas con el empleo; b) organización de un curso específico, en el que se incluían un taller temático de 18 horas y 7 horas de capacitación para el empleo, encaminado a cubrir las necesidades formativas en materia de acogimiento de personas desempleadas del personal de acogida de todos los centros de servicios de acompañamiento participantes; c) durante el proyecto se estableció contacto con 20 empresas y, utilizando instrumentos piloto de orientación e información, se brindó a los empleadores información sobre diferentes prácticas destinadas a fomentar la responsabilidad social corporativa, y d) desde junio de 2006 hasta diciembre de 2007 se acogieron 220 mujeres, 130 de las cuales fueron admitidas en el programa (que aplicaba instrumentos de medición de la motivación y de los "talentos ocultos"). De ellas, las 6 menos motivadas se asignaron durante cuatro meses a empresas seleccionadas por consejeros de empleo, y 49 encontraron un empleo acorde con su formación. En el marco de las Actuaciones para reforzar el empleo contando con la participación activa de las organizaciones no gubernamentales, la AMJC griega ejecutó entre 2007 y 2008 cinco planes de actuación. Todas las actividades incluidas en dichos planes tenían como objetivo impulsar el empleo entre las mujeres jóvenes. Las beneficiarias directas de las actividades incluidas en el plan fueron mujeres jóvenes desempleadas inscritas en la Organización para el Empleo de la Mano de Obra.

236. La Unión de Mujeres Griegas (UMG) participó en los siguientes programas a favor de la promoción y la capacitación de la mujer: a) PO Acciones integradas para el desarrollo urbano en pequeñas localidades, en 2005, y b) PO Formación profesional y empleo (Medida 5.3 – Intervenciones integradas a favor de la mujer), entre 2005 y 2006. Paralelamente, en 2007, la UMG colaboró con el Instituto para la Formación Profesional Popular organizando un acto de un día de duración titulado Trabajo para todos.

Medidas adoptadas por el Defensor del Pueblo Griego

237.El Defensor del Pueblo Griego es una autoridad independiente establecida por la Constitución griega (párrafo a) del artículo 101) cuya principal función es actuar de intermediario ante la Administración Pública para proteger los derechos de los ciudadanos, velar por el respeto a la legalidad y luchar contra la mala administración (Ley 3094/2003). Todas las autoridades públicas que reciben quejas por vulneración de dicha ley las remiten al Defensor del Pueblo. En caso de que existe una vulneración, el Defensor del Pueblo griego deberá intervenir para resolver la disputa. Si la mediación resulta fallida, la queja será remitida a los organismos competentes, que procederán a adoptar medidas de control disciplinario, puesto que en efecto existió vulneración. Además de su informe anual de marzo, el Defensor del Pueblo griego remitirá al Parlamento un informe especial sobre discriminación sexual. Este informe será igualmente puesto en conocimiento de la SGIG, que basará en los datos del mismo sus recomendaciones e intervenciones en relación con la aplicación de la legislación en materia de igualdad entre hombres y mujeres y de promoción de las medidas legislativas para su efectiva aplicación.

238.Formación del personal empleado en la Oficina del Defensor del Pueblo griego: en el marco del programa de formación continua de sus empleados, y con objeto de mantener al Defensor del Pueblo griego permanentemente al día sobre procedimientos comunitarios y extracomunitarios, parte del personal de la Oficina del Defensor del Pueblo participó en actividades de formación jurídica sobre igualdad entre hombres y mujeres (Centro de Conferencias de la Academia Europea de Derecho en Trier, Alemania) y en diversas conferencias sobre el mismo tema celebradas en el extranjero. El personal de la Oficina del Defensor del Pueblo impartió también clases en los órganos de formación de funcionarios de alto rango de la Administración Pública Superior (Instituto de Formación del CNAPGL).

239.Investigación de denuncias: El Centro para la Igualdad de Género recibió desde su apertura en mayo de 2008 hasta finales de dicho año un total de 155 denuncias sobre trato desigual en el ámbito regulado por la Directiva 2002/73/EC. En 2007 hubo 24 denuncias y 11 en 2006 (desde octubre, mes en que dicha ley entró en vigor, hasta final de año). Debemos subrayar que en el primer cuatrimestre de 2009, el número de denuncias ascendió a 250. Entre junio y diciembre de 2008, un tercio de estas denuncias fueron interpuestas por varones que se consideraron víctimas de trato desigual, principalmente por habérseles rechazado la concesión de licencia paternal o la aplicación de normativas favorables de las que se beneficia la mujer, en general, o la mujer con hijos, en particular (por ejemplo, el programa de subsidios para trabajadores autónomos noveles de la OEMO). Por otra parte, las denuncias de trato desigual basado en el sexo o en el estado civil pueden clasificarse como sigue: a) el 66,13% tenían relación con las condiciones laborales; b) el 12,9%, con el acceso al empleo; c) el 8,06%, con la formación profesional; d) el 6,45%, con el cese en el empleo; e) el 4,84%, con el empleo, y f) el 1,62%, con el ascenso profesional/de servicios. En cuanto a los tipos de discriminación abolidos por la Ley 3488/2006: a) el 34,29% de las denuncias estaban relacionadas con casos de discriminación indirecta; b) el 15,71%, con malos tratos debidos al permiso de maternidad; c) el 14,29%, con casos de discriminación indirecta; d) el 12,85%, con maltrato debido al permiso paternal o para la crianza de hijo; e) el 4,29%, con el acoso sexual; f) el 2,86% con maltrato por razón de sexo, y g) el 1,43%, con discriminación múltiple.

240.Actuaciones informativas: a) publicación del informe anual especial elaborado por el Defensor del Pueblo griego en calidad de organismo responsable para la promoción del trato paritario (en griego e inglés); b) publicación, en diciembre de 2008, del folleto informativo Defendemos la igualdad de trato entre hombres y mujeres en el trabajo, dirigido a trabajadores, formadores profesionales y demandantes de empleo; c) puesta en marcha en la página web del Defensor del Pueblo de un apartado titulado El Defensor del Pueblo, por la igualdad; d) se ha incluido un capítulo especial (El Defensor del Pueblo y el tratamiento desigual) en su Hoja de Información Electrónica, la cual se publica trimestralmente, se carga en la página web del Defensor del Pueblo y se envía por correo electrónico a más de 600 destinatarios, y e) tuvo lugar una reunión de funcionarios del Círculo de Igualdad de Género, representantes de organizaciones sindicales y de organizaciones no gubernamentales que trabajan a favor de la igualdad entre hombres y mujeres y para la protección de la de los derechos de la mujer.

241.Colaboración entre el Defensor del Pueblo griego y el CIT en el marco de la Ley 3488/2006. Por vez primera se ha creado una estructura de cooperación institucional activa entre el CIT y el Defensor del Pueblo griego. En concreto, y con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 8 del artículo 13 de la Ley 3488/2006, los inspectores de trabajo están obligados a poner en conocimiento del Defensor del Pueblo cualesquiera cargos relacionados con la discriminación sexual en el trabajo y a remitirle los resultados de sus inspecciones. El Defensor del Pueblo griego se encargará de realizar su propia investigación y dará forma definitiva al pliego de cargos. El objetivo último de esta colaboración es establecer una vía extrajudicial efectiva para el restablecimiento de la igualdad de trato entre hombres y mujeres en el lugar de trabajo, ya que las víctimas de la discriminación son en Grecia reacias a emprender acciones judiciales.

Reconciliación de la vida familiar y de la vida profesional

242.Entre 1994 y 2003, tres leyes (Ley 2218/94, Ley 2288/01 y Ley 3106/03) asignaron a los OGL las competencias para la gestión de las guarderías estatales. Al amparo del artículo 239 de la Ley 3463/2006 (Boletín Oficial del Estado A '114) por la que se ratifica el Código Municipal y Comunitario, las guarderías transferidas operan ahora como PJDP municipales y comunitarias. Durante el periodo objeto del presente, esto se ha aplicado a un total de 1.736 jardines de infancia y guarderías municipales y comunitarias con capacidad para atender a 78.272 niños de edades comprendidas entre los ocho meses y la edad de matriculación obligatoria en la educación primaria. Un número considerable de estas instituciones se crearon en el marco del PO Empleo y formación profesional del C’ MAC, por considerarse que dichas instituciones facilitan el empleo femenino. Las iniciativas y los programas presentados en el mismo contribuyeron también a la consecución de la conciliación entre la vida profesional y la vida familiar y al cambio de los estereotipos relativos a las funciones de cada sexo en la esfera de la crianza de los hijos.

243.La Red para la Erradicación de la Exclusión Social de la Mujer —en la que participan diferentes organismos, incluida la SGIG— concibió y puso en práctica en cuatro regiones del país el proyecto ALKISTIS, cuyo principal objetivo es la consecución de la conciliación entre la vida profesional y la vida familiar de hombres y mujeres. Para ello se adoptaron diferentes medidas dirigidas a asesorar y apoyar a los trabajadores responsables de miembros dependientes de la familia, a erradicar los estereotipos en materia de funciones asignadas a cada sexo en el seno de la familia y a impulsar nuevos criterios de organización del trabajo que aspiren a la conciliación entre la vida profesional y la vida familiar de las personas que integran los grupos destinatarios. Se crearon cuatro centros de apoyo a la familia, una red de trabajadores sociales voluntarios, una red de orientadores para la igualdad entre hombres y mujeres y unidades móviles de orientación para familias con problemas específicos de exclusión social, así como un registro electrónico de trabajadores sociales voluntarios. En el marco de las actuaciones del programa en las que participó la SGIG cabe destacar los siguientes actos: a) una jornada de dos días de duración en las que se brindó asesoramiento en materia de familia y empleo y finalmente se presentaron nuevos enfoques, metodologías y herramientas de orientación, y b) una conferencia dedicada a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional. Por otra parte, se diseñó el plan de igualdad Inclusión de la perspectiva de género en formas flexibles de empleo para pequeñas y medianas empresas: procedimientos para su aplicación y potencial impacto positivo para las empresas y los trabajadores.

244.Entre 2005 y 2006, el RSGE, organismo supervisado por la SGIG, planificó en calidad de organismo coordinador el programa europeo Socios en pie de igualdad: revisión del papel del varón en la vida laboral y en la vida privada. Su objetivo era informar y concienciar, principalmente a varones y padres, sobre la necesidad de conciliar y armonizar sus obligaciones profesionales con su vida familiar. En el marco del programa, cuyo ámbito geográfico estuvo constituido por Grecia, Portugal, Polonia y Chipre, se llevaron a cabo las siguientes actuaciones: a) se publicó un folleto y un cartel en griego, inglés, polaco y portugués; b) se emitió un anuncio en radio y televisión, así como se distribuyeron juegos educativos para niños y adolescentes estudiantes; c) en Herakleion y Patras se llevaron a cabo diferentes seminarios sobre elpapel del padre en la conciliación de la vida familiar y de la vida profesional que contaron con la participación de representantes de empresarios y trabajadores, así como de maestros y representantes de organizaciones no gubernamentales, etc.; d) el 10/12/2006 se celebró en Atenas la conferencia europea La igualdad de género y el papel del varón en las esferas del trabajo y de la familia: tendencias y conjeturas; e) se completó la investigación titulada El papel del padre en el equilibrio entre la vida profesional y la vida familiar y privada, y f) se distribuyó un manual en griego e inglés sobre la conciliación de la vida profesional y la vida familiar.

245.Por otra parte, entre 2005 y 2006, el RSGE participó en calidad de socio en el programa europeo La igualdad entre hombres y mujeres: una responsabilidad de ambos sexos, coordinado por el Mecanismo Nacional para los Derechos de la Mujer de Chipre. En el programa se informó y concienció a la opinión pública sobre la necesidad y los beneficios de la participación masculina en el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres.

246.En el marco del PO regional del C’ MAC (2000-2006) se financiaron diferentes servicios de atención social en 13 regiones del país. En el periodo objeto de examen, se crearon 1.250 estructuras de atención social de las que se beneficiaron 72.277 niños de diferentes edades, incluidos lactantes, personas ancianas y discapacitados. No debemos olvidar que, junto al beneficio directo que ello supuso para las mujeres trabajadoras al disminuir su carga de responsabilidades familiares, estas estructuras proporcionaron empleo a casi 5.052 personas, la mayoría mujeres.

247.En el marco de la IC EQUAL (círculo B), las asociaciones de desarrollo de EQUAL ejecutaron los siguientes cinco proyectos:

Facilitación de la vida profesional de la mujer, sin discriminación, a través de los cambios sociales, de la AD Intervención para la conciliación. Grupo destinatarios: mujeres y otras personas con dificultades para conciliar la vida familiar y la vida profesional. Los objetivos principales del proyecto eran los siguientes: a) promover cambios sociales en los grupos de atención social existentes; b) poner en marcha estructuras de apoyo al empleo femenino, y c) concienciar a las empresas, las mujeres trabajadoras autónomas y las mujeres empleadas o desempleadas sobre la necesidad de erradicar los patrones en materia de funciones asignadas a cada sexo.

Red de solidaridad social para la conciliación entre la vida familiar y la vida profesional, de la AD Zefksi. Grupos destinatarios: mujeres, personas con discapacidades, personas con dificultades para conciliar la vida familiar y la vida profesional, trabajadores autónomos empleados en pequeñas y medianas empresas de tipo familiar, personas desempleadas de áreas menos desarrolladas, etc. Los objetivos principales del proyecto fueron los siguientes: a) promover —en un marco de actuaciones de apoyo— la gestión paritaria de las responsabilidades familiares entre el hombre y la mujer, subrayando la doble función que desempeña la mujer trabajadora y al tiempo ama de casa, y b) apoyar el tiempo libre activo de los trabajadores organizando una red de solidaridad social al tiempo que se brinda apoyo a grupos socialmente vulnerables al introducir el principio de prestación social interactiva.

La familia es lo primero, de la AD Derecho a la familia. Grupos destinatarios: mujeres, personas con dificultades para conciliar la vida familiar y la vida profesional y progenitores de familias monoparentales. El objetivo principal era programar y ejecutar un enfoque global que permita corregir los parámetros que impiden la conciliación de la vida familiar y la vida profesional.

Proyecto Alkistis, de la AD Red para la erradicación de la exclusión social femenina. Grupos destinatarios: víctimas de la violencia doméstica y de la trata internacional de seres humanos, personas que encabezan familias monoparentales, personas con dificultades para conciliar la vida familiar y la vida profesional, inmigrantes e inmigrantes repatriados. El objetivo principal del proyecto era concebir y poner en marcha cuatro centros de apoyo a la familia en otras tantas regiones del país (Ática, Epiro, Grecia Occidental y Egeo Septentrional) a fin de que brinden asesoramiento, información (ventanillas únicas) y servicios (soluciones integradas) en relación con diferentes problemas que sufren los trabajadores de ambos sexos. Por otra parte, el proyecto pretendía también contribuir a la erradicación de los estereotipos sobre las funciones sociales y profesionales asignadas a la mujer, así como informar y concienciar sobre problemas de igualdad en el seno de la familia e impulsar nuevos tipos de empleo flexible.

Proyecto Asistencia familiar, de la AD Asistencia familiar. Grupos destinatarios: personas con dificultades para conciliar la vida profesional y la vida familiar. Su objetivo principal era contribuir al apoyo de los empleados con problemas familiares mediante la prestación de servicios de carácter social.

248.Entre 2005 y 2008, la organización femenina Asociación para los Derechos de la Mujer (ADM) llevó a cabo las siguientes acciones: a) organizó un debate abierto (16 de mayo de 2005) bajo el título Armonización de la vida profesional y de la vida familiar para hombres y mujeres: la legislación y la práctica; b) en el marco del programa interestatal de la Asociación de Mujeres del Norte de Europa, concedió una especial importancia a la armonización de las responsabilidades familiares y profesionales, desde la perspectiva social y jurídica, en cuatro países (Francia, Grecia, Italia y Portugal), y c) hizo llegar sus recomendaciones y explicaciones a la conferencia celebrada por la delegación griega del LEM, y que llevó por título En realidad, ¿quién se hace cargo? Por la igualdad de oportunidades en la esfera de la conciliación entre la vida profesional, personal y familiar.

249.En 2007, la UMG organizó en Atenas la conferencia panhelénica Armonización de la vida familiar y de la vida profesional. En 2008 organizó dos concursos para alumnos de primaria (Diferente, igual, amado y Mi padre y yo), así como un acto de un día de duración que se tituló Las funciones específicas de la madre y del padre en la actualidad.

250.La delegación griega del LEM organizó: a) una conferencia internacional, que contó con la participación de la Organización para la Mediación y el Arbitraje, sobre participación en negociaciones colectivas y medidas encaminadas a mejorar la situación de los trabajadores con responsabilidades familiares, y b) la conferencia europea En realidad, ¿quién se hace cargo? Por la igualdad de oportunidades en la esfera de la conciliación entre la vida profesional, personal y familiar, en colaboración con la organización no gubernamental Iniciativa Mujer y Salud.

251.La Asistencia Social Griega participó en un proyecto de la IC EQUAL para la conciliación de la vida familiar y la vida profesional y elaboró el documento pertinente en el que se recogían sus opiniones y propuestas.

Artículo 12Salud y planificación familiar

252.La mejora de la salud reproductiva y sexual de la mujer es un factor crucial para su empoderamiento y participación igualitaria. Las nuevas directrices y los nuevos compromisos comunitarios e internacionales en relación con la salud, la prestación de servicios médicos y la planificación familiar indican que es necesario realizar una labor de análisis e investigación y adoptar las medidas en materia de género que correspondan, así como establecer como objetivo fundamental el desarrollo en condiciones de igualdad de hombres y mujeres. La interconexión entre problemas sanitarios y condiciones sociales exige la puesta en práctica de iniciativas y la adopción de medidas a favor de la salud y de los derechos de la mujer en esta esfera.

Medidas adoptadas por la Administración Pública

253.La SGIG, en colaboración con la Asociación Helena de Apoyo a los Enfermos de Osteoporosis, publicó un folleto informativo sobre cómo reconocer, prevenir y combatir esta enfermedad. La citada publicación muestra la política de la SGIG en materia de integración de la perspectiva de género en la esfera de la salud pública.

254.Desde junio de 2006 hasta octubre de 2008, el RSGE participó como socio en el proyecto Por la salud femenina y la maternidad segura– WHEALTH en el marco del programa INTERREG III B ARCHIMED. El objetivo del proyecto era informar a las mujeres, en particular a las residentes en territorios insulares y en áreas remotas, sobre cuestiones de protección de la salud y a la maternidad (cáncer de útero y de mama, lactancia materna, etc.) y facilitarles el acceso a información sobre salud. Entre las actuaciones del programa del RSGE se cuentan las siguientes: a) recabar datos sobre salud femenina en Grecia; b) planificar la campaña informativa y de sensibilización Tú puedes cuidar de tu salud: habla con tu médico, que incluía la impresión de 110.000 folletos sobre las siguientes unidades temáticas: prevención del cáncer, embarazo y maternidad, hábitos sexuales y menopausia, además de 6.000 carteles que se distribuyeron en todos los hospitales de Grecia; c) organización de actos y puesta en marcha de unidades móviles de información y de sensibilización sobre salud femenina y protección de la maternidad, en colaboración con el personal médico y los centros hospitalarios locales, para lo que se contó también con el apoyo de otros órganos de gobierno local de ciudades y pueblos de las siguientes prefecturas: Lesbos, Rodopi, Chania, Ileia, Chios, Ioannina, Lefkada, Dodecanese (Leros y Patmos), Cíclades (Siros), Samos, Evros, Kastoria y Kephalonia. En total se beneficiaron del programa 2.200 mujeres.

255.En 2007, y en la esfera de la política estratégica, el Ministerio de Salud y de Solidaridad Social griego (MSSSG) diseñó los siguientes planes nacionales de acción para el período 2008-2012: a) salud sexual y reproductiva, y b) VIH/SIDA y enfermedades de transmisión sexual. Dichos planes se elaboraron en colaboración con organizaciones no gubernamentales y con la debida sensibilidad de género. Paralelamente se acordó registrar y distribuir información de género en relación con la recogida de datos epidemiológicos sobre el VIH/SIDA, en particular datos desglosados por sexo, edad y situación familiar. Los datos relativos a conocimiento, creencias y conductas, desglosados por sexo, se consignarán igualmente en el informe nacional sobre VIH/SIDA de 2008 para ONUSIDA.

256.El Plan de Acción Nacional sobre el VIH/SIDA y las Enfermedades de Transmisión Sexual del plan de acción Prevención femenina incluye: a) programas especiales adaptados a la mujer por regiones que contarán con el apoyo de visitadores sanitarios; b) organización de actos informativos por regiones; c) incorporación de medidas para la prevención de las enfermedades de transmisión sexual a los programas de prevención de la violencia contra la mujer; d) programas específicos de prevención para hombres según hábitos y prototipos sexuales; e) fomento del uso del condón femenino, y f) desarrollo de un protocolo en materia de trato reservado a las víctimas del abuso sexual y de la trata de personas. El Plan Nacional de Acción para la Salud Sexual y Reproductiva (2008-2012) se fijó los siguientes objetivos: a) optimización de la legislación sobre el aborto; b) imposición de sanciones severas en casos de violencia doméstica, tráfico de mujeres y niños u otros casos de explotación sexual, y c) adaptación y armonización con las normas y directivas científicas europeas e internacionales. Entre las instituciones implicadas en materia de responsabilidad social corporativa se cuentan los Ministerios de Salud, de Justicia y de Interior/SGIG; y entre las organizaciones no gubernamentales, los problemas de la mujer y el sector privado, las redes europeas para la salud femenina y el Observatorio Europeo contra la violencia contra la mujer y la trata de personas.

257.Los servicios psiquiátricos hospitalarios brindan apoyo psicológico a la mujer durante el periodo posnatal y, en su caso, remiten a las pacientes a los departamentos de obstetricia y a los servicios de atención primaria de salud mental. Paralelamente se ofrecen servicios específicos para mujeres que sufren depresión posparto (la prevalencia de la depresión posparto ronda entre el 12% y el 15 % de las mujeres que acaban de dar a luz) en Atenas, Hospital Aiginiteio y en el Centro de Día Fainareti (se trata de una organización no gubernamental).

258.Durante el período objeto de examen, y en relación con las cesáreas practicadas en nuestro país, el Ministerio de Salud y de Solidaridad Social ordenó al Cuerpo de Inspectores de los Servicios de Salud y de Bienestar (CISSB) realizar inspecciones en todas las clínicas de obstetricia de los hospitales públicos y privados de Grecia con objeto de determinar la proporción de partos naturales. Paralelamente, en el marco de los protocolos médicos y en colaboración con los colegios médicos locales de Grecia, se ha solicitado al Consejo Central de Salud (CCS) que determine en qué circunstancias es la cesárea la práctica médica más apropiada. Por último, tan pronto como tiene lugar el parto, el obstetra responsable deberá consignar en la cartilla sanitaria del niño el tipo de parto y, en su caso, las razones que motivaron la cesárea para facilitar a los organismos competentes su labor de control. Estas cartillas se publican y distribuyen en todos los hospitales y las clínicas de obstetricia en las 24 horas siguientes al parto.

259.El Ministerio de Salud y de Solidaridad Social, en el marco del Plan de Acción Integral para los Romaníes, ha creado centros médico-sociales en los asentamientos romaníes estables; los campamentos itinerantes, por su parte, se visitan utilizando unidades móviles. Con ello se logró dar impulso a diferentes actuaciones sanitarias (vacunación infantil, medicina preventiva y prescripción de recetas), se aconsejó a las mujeres que se realizaran citologías cervicales y se les brindó información sobre métodos anticonceptivos.

260.En lo que al apoyo y a la asistencia a los cuidadores de enfermos mentales se refiere, debemos señalar que se han creado 48 centros de día en 18 prefecturas del país. Téngase en cuenta que la gran mayoría de los enfermos mentales están al cuidado de sus madres. Los cuidadores de estos pacientes —casi siempre mujeres— tienen que emplear una gran cantidad de tiempo en la asistencia a los miembros enfermos de la familia, lo que les impide buscar trabajo o cualquier tipo de empleo. Los centros de día son unidades que atienden a personas que, para integrarse socialmente, necesitan programas especiales para mejorar su vida diaria y sus habilidades sociales. Estas estructuras proporcionan a diario apoyo psicosocial a los enfermos mentales y brindan a los cuidadores la oportunidad de mejorar su situación profesional. La mayoría de los centros de día atienden a personas con graves trastornos mentales y, también, con autismo y Alzheimer. Asimismo atienden a personas pertenecientes a varios subgrupos "marginales" de la población (inmigrantes, refugiados, romaníes, etc.). Por otra parte, las 12 cooperativas sociales de responsabilidad limitada brindan los mismos servicios y dan empleo a 220 personas con trastornos mentales.

261.En relación con la prevención y la mejora de la salud del estudiante debemos señalar que el MEAR ejecuta diferentes programas de educación para la salud en los centros de educación primaria y secundaria. Para ello colabora con organismos gubernamentales y organizaciones no gubernamentales. Con carácter meramente indicativo, entre las unidades temáticas que se abordan en los programas de educación para la salud impartidos en los centros de educación primaria y secundaria del país podemos citar los siguientes: a) relaciones entre los sexos y educación sexual; b) enfermedades de transmisión sexual; c)sida y hepatitis B; d) relaciones interpersonales y salud mental; e) igualdad entre el hombre y la mujer; f) exclusión social e igualdad de oportunidades. Con estos programas y con el material educativo producido se pretende integrar la perspectiva de género en todos los cursos y reforzar el sentido de la responsabilidad, la autoestima y la capacidad personal del estudiante.

262.En 2007 y 2008, la Universidad Nacional y Kapodistríaca de Atenas ofreció sesiones formativas destinadas a la Clínica de Obstetricia B de Atenas, Hospital Aretaio, y a funcionarios de salud pública sobre la prestación de asistencia social a los grupos de población socialmente vulnerables, en particular a las mujeres.

Medidas adoptadas por las organizaciones no gubernamentales

263.La organización no gubernamental Iniciativa Mujeres y Salud realizó las siguientes actuaciones y estudios: a) se puso en marcha una línea telefónica abierta sobre derechos sexuales y reproductivos de ambos sexos (asesoramiento, información y mantenimiento de una base de datos); b) se mantuvo comunicación electrónica directa con los usuarios sobre nuevos métodos anticonceptivos; c) se organizaron encuentros (semestrales) con los estudiantes del TEI para tratar temas de planificación familiar; d) en el marco de la iniciativa 2007: Año de la igualdad de oportunidades se completó la investigación Orientación sexual y actitud de la sociedad griega; e) se publicó la monografía Voluntariado —sociedad civil— Organizaciones no gubernamentales, que fue distribuida entre las organizaciones no gubernamentales y el estudiantado; f) se elaboró el estudio Datos cuantitativos y cualitativos sobre los servicios de salud femenina; g) se presentaron en tres jornadas de gestión sanitaria los resultados de las dos siguientes investigaciones: Uso de anticonceptivos de emergencia y Atención sanitaria informal para mujeres, y h) los departamentos competentes informaron sobre las consecuencias para la salud de las mujeres jóvenes después de que los Ministerios de Salud y de Empleo griegos prohibieran a los fondos de seguro la prescripción de anticonceptivos hormonales de uso sistemático. La protesta se hizo llegar a la OMS. Asimismo se organizó una protesta por haber cesado la recopilación de datos sobre las mujeres maltratadas que son atendidas en el Sistema Nacional de Salud de Grecia (SNSG). Se presentó una declaración al respecto al Lobby Europeo de Mujeres.

264.Un gran número de delegaciones de la Unión de Mujeres Griegas (UMG), en colaboración con los centros hospitalarios locales y otros organismos de bienestar social, organizan anualmente exámenes gratuitos de mamas, mediciones de masa ósea, exámenes de memoria y citologías cervicales. Paralelamente, la UMG celebró las jornadas sobre salud Nutrición y calidad de vida y La sociedad griega y las personas necesitadas: conjugando los principios de no discriminación y de igualdad de trato para las personas discapacitadas.

Artículo 13Participación en condiciones de igualdad en el deporte y en la cultura

265.Gran importancia reviste la participación y la contribución femeninas al desarrollo de la cultura y a las actividades culturales, ya que la cultura es un tejido pluridimensional en el que se entrelazan la creatividad cultural y la así llamada "cultura cotidiana". El reconocimiento de los derechos culturales de la mujer como una parte fundamental de sus derechos individuales y sociales exige la adopción de medidas encaminadas a animar a la mujer a participar en todas las formas de actividad cultural. Este enfoque permite impulsar la libertad de expresión y reforzar la situación de la mujer también en la esfera de la cultura.

Medidas adoptadas por la Administración Pública

266.En diciembre de 2005, la RSGE organizó un acto para la presentación del álbum Mujeres de Epiro. Asombrosa naturaleza, en el que se aborda el papel histórico desempeñado por las mujeres de Epiro. Por otra parte, el Centro Cultural Europeo de Delfos y el RSGE organizaron las jornadas de dos días de duración Heroínas trágicas, símbolos en la sociedad moderna: la situación y el papel de la mujer en la sociedad occidental y no occidental en el marco del XIII Encuentro Internacional sobre Teatro en la Antigüedad (La mujer en el teatro de la Antigüedad, Delfos, 6 al 15 de julio de 2007).

267.El MEAR ejecuta programas y acciones encaminados a, entre otros fines, luchar contra la discriminación e impulsar el principio de igualdad entre hombres y mujeres. En concreto, el MEAR patrocinó la ejecución de diferentes actividades y programas de organizaciones no gubernamentales en los que se abordaban, en particular, cuestiones relativas a la mujer y a la lucha contra la discriminación. Entre dichas actividades cabe destacar las siguientes: a) la organización no gubernamental Horizontes Abiertos organizó el 5º Festival de las Artes sobre los Derechos Humanos, cuyo tema central fue Horizonte y géneros: nuevos roles y nuevos derechos; b) la Red de Mujeres Europeas organizó en 2008 el programa Reinserción de las nuevas víctimas de la exclusión social a través del arte: confección de muñecas tradicionales y Mito; c) en 2007 y 2008, la Filmoteca Griega recibió financiación para la elaboración del documental pionero sobre herencia cultural titulado Mujer, estudios de género, y d) en 2008 fue subvencionado el programa de la Asociación Neokaisareias de Mujeres de Asia Menor para la preservación del patrimonio cultural femenino de dicha zona.

268.Con objeto de impulsar y fortalecer la posición de la mujer en todas las esferas de la cultura, el Ministerio de Cultura, a través del Centro de Cine Griego, patrocina producciones cinematográficas realizadas por mujeres o que aborden temas relacionados con la función y la situación de la mujer (véase anexo 5, cuadro 25). De igual modo, la mayoría de los programas educativos de los museos mantienen una relación directa y positiva con los esfuerzos a favor de la erradicación de los estereotipos sexuales y, por ende, de la discriminación contra la mujer. Los programas educativos de los museos están dirigidos tanto a adultos como a niños y abordan el papel y la situación de la mujer a lo largo del tiempo. Muchos de los programas educativos que contribuyen vigorosamente a la erradicación de los estereotipos negativos hacia la mujer tienen un objetivo intercultural, ya que abordan también la situación de grupos vulnerables de la población como los romaníes y los migrantes de ambos sexos. La Comisión declaró el 2008 Año Europeo para el Diálogo Intercultural. La Dirección de Patrimonio Cultural Moderno elaboró y puso en marcha el programa Diálogos musicales que, entre otras cosas, se encargó de la producción del equipo musical para Vida cotidiana, historia y expresiones culturales de los romaníes griegos. Este material educativo incluye referencias a la situación de la mujer romaní e intenta hacer frente a los estereotipos que pesan sobre ella.

269.Entre 2005 y 2008, la Asociación de Sociedades de Cooperación de Mujeres Interbalcánicas, en colaboración con el Centro para las Mujeres y la Paz en los Países Balcánicos de la UNESCO, desarrolló las siguientes actividades: a) actividades en el marco de los programas; b) actividades nacionales y locales (actos internacionales y actividades culturales), y c) representación en actos y foros internacionales.

270.Entre el 27 de septiembre y el 4 de noviembre de 2006 se celebró el tercer festival de la UNESCO Mujeres creadoras de los dos mares, el Mediterráneo y el Mar Negro. En este contexto,el Centro de Arte Moderno de Tesalónica organizó una exposición que giró en torno al tema Mujeres y Tradición. La exposición, en la que participaron 206 mujeres artistas procedentes de diversos países, procuró poner de relieve la interconexión entre la creatividad femenina y la tradición, así como el importante papel desempeñado por la mujer en la preservación de la tradición. En concreto, el programa del festival incluía, entre otras, las siguientes actividades: a) dos grupos de trabajo sobre "Personajes femeninos en la cultura contemporánea" cuyo objetivo era investigar los estereotipos sexuales en la literatura, el cine y la programación de radio y televisión, y que contaron con la participación de profesores de ambos sexos procedentes de Egipto, Grecia, Francia, Croacia y Serbia, y b) una mesa redonda que versó sobre Mujer y tradición. Asimismo, presentaron su trabajo numerosas escritoras (de Albania, Grecia, Rumanía, Turquía y Chipre) célebres tanto en Grecia como en el extranjero por su éxito profesional. Por otra parte, el café literario constituyó una nueva forma de intercambio que permitió reunir de manera informal a los escritores con el público. Esto también dio la oportunidad a las mujeres más jóvenes de presentar y de conocer trabajos recientes (Croacia, Malta, Serbia). En la clausura del festival se invitó a un foro de organizaciones no gubernamentales a investigar el papel de la sociedad civil en la preservación de la diversidad multicultural. El papel de las mujeres artistas, sus obras y el activismo político asumido por las organizaciones de mujeres se investigaron en profundidad a través de las mejores prácticas.

271.El Centro para las Mujeres y la Paz en los Países Balcánicos de la UNESCO participa desde 2007 en calidad de socio en el programa El verbo en femenino, patrocinado por la Fundación Anna Lindh, con el fin de impulsar a la mujer en el mundo literario. En base a este objetivo, el programa: a) organizó tres jornadas culturales sobre escritura creativa, y b) enriqueció los aspectos teóricos con ejemplos tomados de obras de escritores griegos contemporáneos. Estas actividades iban dirigidas principalmente a mujeres, con independencia de su edad o de su perfil profesional; el único requisito para participar era desplegar una actividad literaria y aspirar a mejorar las habilidades literarias. Asimismo, entre 2007 y 2008, el citado Centro realizó las siguientes actividades: a) taller de escritura Retratos ajenos: la familia y el entorno humano en la literatura femenina (18/03/2008); b) taller de escritura Impresiones visuales [descripciones] en la literatura femenina (17/06/2008), y c) seminario La situación de la mujer mediterránea según la literatura femenina (19/06/2008).

Medidas adoptadas por las organizaciones no gubernamentales

272.Durante el período indicado, la UMG inició la organización de una exposición que, bajo el título Mujer y creación, reunió obras de folklore, pintura eclesiástica y joyería realizadas por mujeres. La Unión de Mujeres de Creta también organizó diferentes actos culturales a favor de la perspectiva femenina en el arte y la cultura.

273.Durante el período indicado, la Asistencia Social griega tradujo al griego (con el patrocinio de una compañía farmacéutica) el manual de las Naciones Unidas sobre las cuestiones y los problemas a los que se enfrentan las personas de la tercera edad, con especial énfasis en el papel que desempeña la anciana como portadora de cultura, su contribución y su asistencia a las generaciones más jóvenes.

Artículo 14Mujeres del medio rural

274.La mujer representa aproximadamente la mitad de la población rural griega y contribuye de manera notable a la producción y al desarrollo de las zonas agrícolas. Nuestro país aplica una red en constante expansión de políticas a favor de la igualdad entre hombres y mujeres. El ordenamiento jurídico griego incluye también normas para combatir la discriminación contra la mujer. Además, se han creado las instituciones pertinentes de asistencia al Estado a nivel nacional y regional. Entre las disposiciones legislativas de mayor trascendencia a favor de la mujer residente en las áreas rurales se cuentan las relativas a la seguridad social (seguro obligatorio para ambos cónyuges) y al bienestar social (extensión a la mujer rural de las prestaciones a las que ya tenían derecho las mujeres trabajadoras de otros sectores).

275.Con objeto de impulsar la iniciativa empresarial femenina, el RSGE ha apoyado los esfuerzos de las mujeres por crear cooperativas en todo el país. En concreto, en el período referido: a) se organizaron grupos de trabajo para informar a grupos de mujeres sobre la posibilidad de crear cooperativas turísticas y agrícolas femeninas; b) se brindó información a grupos de mujeres, entre otras cuestiones, sobre prospección de mercados, selección de productos, posibilidades de financiación, elaboración de planes de negocios, selección de miembros, derechos y obligaciones de los miembros, cuestiones legales (estatuto de la cooperativa), dinámicas de grupo y trabajo en red con otras cooperativas y entidades locales; c) con la ayuda del RSGE se crearon más de 40 cooperativas, y d) más de 60 cooperativas de mujeres recibieron información sobre financiación y apoyo para resolver sus problemas.

276.El Ministerio de Desarrollo Rural y de Alimentación impulsó la iniciativa empresarial femenina en las zonas rurales a través de varios programas de formación profesional; gracias a la información continua suministrada por la Dirección de Economía Agrícola Familiar y por sus empleados en los órganos de gobierno regional se lograron crear 146 cooperativas de agroturismo y casas rurales que actualmente funcionan a lo largo y ancho del país y que aúnan sus esfuerzos con las entidades nacionales y locales para el desarrollo integral de la región.

277.Durante el período referido, el Ministerio de Desarrollo Rural y de Alimentación elaboró e impulsó diferentes tipos de programas entre los que cabe mencionar los siguientes: a) programas de actividades económicas, como organización de inversiones en turismo y equipamientos, encaminadas a fomentar entre los miembros de las familias rurales actividades adicionales paralelas a la agricultura, aumentar los ingresos familiares e incentivar el desarrollo de zonas montañosas y desfavorecidas; b) programas de formación profesional sobre actividades no agrícolas que incluyen formación para la adquisición de conocimiento técnico y ventajas profesionales, de modo que las personas puedan trabajar, ya sea en su localidad o en zonas próximas, en sectores como la administración de empresas o en otros servicios; c) programas de igualdad de oportunidades encaminados a impulsar la igualdad de oportunidades en la esfera de la formación laboral y profesional y a animar a las mujeres que residen en zonas rurales a emprender iniciativas y a crear pequeñas empresas y cooperativas de producción, así como a establecer lazos de cooperación internacional; d) programas formativos de corta duración sobre, por ejemplo, economía doméstica y ecología, así como sobre temas económicos y sociales; e) programas de investigación en zonas rurales sobre cuestiones de interés para la economía agrícola familiar (nutrición, consumo de productos, empleo femenino, etc.), y f) en colaboración con organizaciones internacionales (UNESCO y otras) y con instituciones de los Estados miembros de la UE, programas en materia de formación profesional, intercambio de experiencia y de conocimientos técnicos.

278.El Ministerio de Desarrollo Rural y de Alimentación organizó también lo siguiente: a) conferencias para informar a la mujer rural sobre cuestiones relativas a la ocupación no agrícola: programas para el fomento de la iniciativa empresarial femenina y para la promoción de los productos tradicionales (Iniciativa empresarial femenina – Problemas – Perspectivas, Alejandrópolis, 12/05/2006, Heraklion, 23/03/2006, Mytilene, 31/06/2006, Veria, 14/06/2007); b) exposiciones y festivales de degustación a nivel local, en colaboración con cooperativas agrícolas femeninas que trabajan en las regiones en cuestión para promocionar sus productos; c) 1ª Exposición Griega para el Fomento de las Cooperativas de Mujeres (Atenas, septiembre de 2008); esta exposición se organiza cada dos años en una región diferente; d) conferencias con motivo del Día internacional de la Mujer Rural en las que participaron mujeres rurales y miembros de cooperativas femeninas: Mujer, exige tus derechos en los procesos de adopción de decisiones (Kilkis, 2004), Mujer rural, una esperanza para un mejor futuro (Arachova, 2006), Exige tu derecho fundamental a una vida digna (Xanthi, 2006) y Exige tus derechos en materia de alimentación (Mytilini, 2008), y e) en octubre de 2008 tomó la iniciativa de presentar una propuesta para otorgar a la Cooperativa de Mujeres de Mesotopos, isla de Lesbos, el Premio Iniciativa Empresarial Femenina en el Medio Rural, de la Fundación Cumbre Mundial de la Mujer (FCMM), organización supervisada por las Naciones Unidas.

279.El Ministerio de Desarrollo Rural y de Alimentación participó en las siguientes ferias de comercio: a) Feria Internacional de Comercio de Tesalónica; b) Agrótica, y c) Feria de Comercio de Comida Internacional, Bebidas, Maquinaria y Equipos de Comercio Justo, así como Feria Agosto Rural en Chania, y d) organizó centros de cuidado infantil estacional en zonas rurales en las que se los necesitan especialmente en los momentos de mayor carga de trabajo agrícola. Asimismo, en agosto de 2008 publicó la Guía para la promoción de los productos tradicionales de las cooperativas femeninas de todo el país.

280.En el marco del PO Desarrollo Agrícola – Reconstrucción Rural 200-2006 se adoptaron una serie de medidas destinadas a mujeres inversoras y a cooperativas de mujeres que reunían las condiciones establecidas para ello, las cuales recibieron puntuación adicional. Entre los resultados de estas actividades cabe destacar: a) en la medida 1.1, denominada Inversiones en la agricultura, el 25% de los planes para mujeres fueron aprobados; b) en la medida 2.2, Mejora de la cosecha, del procesamiento y de la comercialización de productos forestales. Inversiones y planes de inversión de hasta 5.900 euros presentados por personas físicas, el 12 % de los planes para mujeres fueron aprobados; c) en la medida 3.1, Cantidad a tanto alzado para el establecimiento inicial de jóvenes agricultores, el 31% de los beneficiarios fueron mujeres; d) en las medidas del Eje 7 (Programas Integrados para el Desarrollo de las Zonas Rurales – PIDZR), un total de 450 proyectos dirigidos por mujeres en calidad de persona física o jurídica fueron aprobados (30% del total). Este porcentaje es muy significativo, ya que estos programas integrados se ejecutan en zonas montañosas y desfavorecidas. Más en particular, aproximadamente el 81% de los inversores que mostraron interés en las medidas 7.6.1 (mujeres agricultoras) y 7.9.1 (sector terciario: instalaciones turísticas, restaurantes, instalaciones deportivas y de entretenimiento) fueron mujeres. El porcentaje alcanzó el 19% en las actuaciones relativas al sector secundario (pequeñas industrias, industria artesanal y procesamiento de productos agrícolas). Durante la ejecución del PO, el Ministerio de Desarrollo Rural y de Alimentación organizó numerosas jornadas informativas de apoyo a la iniciativa empresarial femenina. Entre ellas se cuentan las siguientes: a) Apoyo y potenciación de la situación de la mujer en el nuevo modelo de desarrollo rural (Xanthi, 19/03/2005 y Heraklion, 01/04/2005); b) Desarrollo de la iniciativa empresarial femenina en las zonas rurales. Tendencias y perspectivas (Pelión, 12/06/2006), y c) Empleo e igualdad entre hombres y mujeres en el sector agrícola, celebrada en la Universidad Agraria de Atenas (Atenas, 4 de diciembre de 2006).

281.El PO LEADER (2000-2006) fue ejecutado en nuestro país a través de 40 programas locales gestionados por grupos de acción local, concretamente sociedades anónimas para el desarrollo formadas por entidades colectivas de los sectores público y privado. Esta iniciativa, centrada en la innovación, adoptó un acercamiento "de abajo arriba" en la planificación y la ejecución. Esto permite la participación activa de la población local en la fase de registro de las necesidades reales, en la planificación y en la determinación de los objetivos de las actuaciones. Una de las prioridades del PO LEADER fue la integración de la dimensión de género y el reconocimiento del papel desempeñado por la mujer en el desarrollo de las zonas rurales. La medida 2.1 del programa fue crucial para apoyar y potenciar la iniciativa empresarial femenina. Sus actuaciones principales se dirigían a: a) la construcción y la mejora de establecimientos que ofrecen alojamiento con desayuno, restaurantes y granjas abiertas al público; b) el desarrollo de formas alternativas de turismo; c) la promoción de pequeñas unidades industriales; d) la producción de productos alimenticios (tras el procesamiento inicial); e) la implantación de sistemas de control de calidad, y f) el establecimiento de redes y el desarrollo de sistemas electrónicos de información. Un total de 450 mujeres participaron en las anteriores actuaciones; en el 60% de los casos, en las relacionadas con el turismo rural, en el 35% con pequeñas empresas de corte rural o de otro tipo y en el 5% de los casos, con inversiones de apoyo y actuaciones en materia de nuevas tecnologías y de conocimiento técnico. Cabe señalar, sin embargo, que las actuaciones del Programa LEADER iban dirigidas a mujeres residentes en zonas rurales, independientemente de si eran o no agricultoras.

282.Entre 2005 y 2008, la Organización DIMITRA para la Formación Profesional Agrícola y el Empleo —entidad nacional para el fomento de las aptitudes profesionales y la formación de agricultores de ambos sexos— ejecutó, bajo la supervisión del Ministerio de Desarrollo Rural y de Alimentación, 817 programas de formación profesional agrícola a los que asistieron 17.736 personas (7.934 mujeres agricultoras, el 44,7%, y 9.802 agricultores, el 65,3%). Asimismo se ejecutaron 101 programas especiales de formación profesional agrícola dirigidos exclusivamente a mujeres autoempleadas en el sector primario, en concreto en tareas relacionadas con el procesamiento de productos agrícolas y con el agroturismo, programas a los que asistieron 2.500 mujeres.

283.El objetivo de la labor enmarcada en el Programa Alexandros Baltatzis para el Desarrollo Rural 2007-2013, del Ministerio de Desarrollo Rural y de Alimentación, es apoyar la iniciativa empresarial femenina a través de la financiación de planes individuales de inversión o de cooperativas femeninas. A través de todos sus ejes, y en particular del Eje 3 (Calidad de vida en las zonas rurales y diferenciación de la economía rural) y del Eje 4 (Aplicación del enfoque LEADER), el programa apoya las múltiples ocupaciones que se llevan a cabo en las zonas rurales a fin de mejorar la calidad de vida y fomentar la creación de nuevas oportunidades de empleo. Las mujeres que se dedican exclusivamente a la agricultura pueden también recabar apoyo para sus planes de inversión en los ejes del programa que abordan la mejora de la competitividad agrícola (Eje 1) y en los que abordan la protección de los recursos ambientales y naturales (Eje 2), y ello para los siguientes fines: a) apoyo a los agricultores noveles; b) mejora y modernización de sus empresas; c) mejora de la calidad de sus productos mediante la aplicación de normas de calidad, y d) desarrollo sostenible del uso de sus tierras. A fin de impulsar la iniciativa empresarial femenina se concede una puntuación adicional a las solicitudes para las medidas del Eje 3 presentadas por mujeres con capacidad para ser inversoras en empresas individuales, compañías o cooperativas. Con objeto de garantizar que la dimensión de igualdad de género (y también la protección de los grupos socialmente vulnerables) se integraba en el programa durante su fase de planificación, la SGIG participó como socio socioeconómico del mismo.

Ministerio de Empleo

284.En el marco de la IC EQUAL se ejecutaron los siguientes proyectos:

Iniciativa empresarial rural en la zona de Pindos, de la AD ALIANZA PARA LA MONTAÑA. El grupo destinatario estaba formado por personas residentes en las remotas zonas montañosas de Pindos, principalmente jóvenes y mujeres. El objetivo principal era alentar y apoyar la iniciativa empresarial para el sector primario en las zonas montañosas y remotas de Pindos.

Red de estructuras para el fomento de la iniciativa empresarial de los nuevos agricultores de ambos sexos en las zonas rurales, de la AD GÉNESIS. El grupo destinatario estaba formado por agricultores noveles de ambos sexos y jóvenes que residen en zonas rurales. El objetivo principal era el desarrollo de servicios y sistemas de información, asesoramiento y seguimiento de las actividades empresariales realizadas por jóvenes y, en particular, por agricultores jóvenes que deseen iniciar su propio negocio.

Incubadora para el desarrollo de la economía social, de la AD Alianza Social y Económica de Creta – KRIKOS. El grupo destinatario estaba formado por: a) empresas sociales ya existentes (en especial cooperativas de mujeres), y b) mujeres desempleadas, varones desempleados mayores de 45 años y personas con discapacidad. Los principales objetivos fueron: a) comprometer a todas las fuerzas locales en el apoyo a la economía social; b) crear y apoyar nuevas empresas sociales con actividades empresariales innovadoras protagonizadas por los grupos destinatarios; c) reforzar y potenciar en mayor medida tanto las empresas sociales ya existentes como las de nuevo cuño mediante la formación de redes y agrupaciones, y d) brindar seguimiento y apoyo continuos a la economía social en la isla de Creta mediante la puesta en marcha de un Centro para el Apoyo a la Economía Social de Creta.

Red de trabajo para la educación permanente y la puesta al día de los trabajadores de los sectores rurales —RED DE FORMACIÓN PROFESIONAL AGRÍCOLA, de la AD RED DE FORMACIÓN PROFESIONAL AGRÍCOLA— RED PARA LA FORMACIÓN PROFESIONAL DE AGRICULTORES. Los grupos destinatarios fueron: a) agricultores amenazados por el desempleo y, en particular, los propietarios de pequeñas explotaciones agrícolas; b) agricultores con un bajo nivel de formación; c) mujeres residentes en zonas rurales y semirurales, y d) agricultores que trabajan con cultivos amenazados. El principal objetivo era actualizar los conocimientos y la formación de los agricultores del grupo destinatario mediante la planificación y el desarrollo de servicios especializados y de programas de formación que permitan impulsar e imprimir una mayor especialización a su potencial profesional.

Desarrollo de un sitio web de educación virtual para la capacitación de los trabajadores y el fomento de las profesiones agroturísticas, de la AD e-EXADA (Desarrollo y Crecimiento del Empleo Dinámico). El grupo destinatario estaba compuesto por desempleados, desempleados de larga duración, personas amenazadas por el desempleo, agricultores con bajos ingresos, potenciales agricultores, y mujeres y personas autoempleadas con un nivel insuficiente de formación. El objetivo principal era hacer frente a los obstáculos que impiden el desarrollo y la competitividad en las zonas rurales y en las ciudades de Grecia por carencia de metodología educativa sustantiva y acceso a información para áreas desfavorecidas y para grupos de población determinados.

Artículo 15Igualdad jurídica de la mujer

285.Como exponíamos en nuestro anterior informe, la igualdad entre hombres y mujeres constituye un principio constitucional proclamado por la Constitución de 1975 que se ha mantenido en todas sus enmiendas posteriores. En concreto, su artículo 4 establece que: 1) "Todos los ciudadanos griegos son iguales ante la ley", y 2) "Los hombres y las mujeres de Grecia disfrutarán los mismos derechos y obligaciones". Cuestiones como la capacidad contractual de la mujer, la igualdad de derechos en los acuerdos jurídicos y en las audiencias judiciales o la libre elección de residencia se han descrito con detalle en anteriores informes. Todos estos derechos se fundan en nuestra Constitución, en nuestro derecho consuetudinario y en nuestro Código Civil. Según el artículo 20 de nuestra Constitución: "Toda persona tendrá derecho al efectivo amparo judicial y podrá hacer valer ante los tribunales de justicia su opinión en relación a sus derechos e intereses con independencia de su sexo y de conformidad con lo dispuesto en la ley".

Artículo 16Igualdad en las esferas de la familia y del matrimonio

286.Este artículo quedó explicado con detalle en nuestro primer informe, ya que incumbe a la enmienda y modernización del Código Civil y de la Ley de Familia (Ley 1329/1983) para la puesta en práctica del principio constitucional de igualdad entre hombres y mujeres. En concreto, quedó explicado en los capítulos dedicados a las relaciones entre los cónyuges en el matrimonio y en el divorcio, al parentesco matrimonial y extramatrimonial (hijos ilegítimos), a los alimentos forzosos, a las relaciones paternofiliales y a la adquisición de la mayor edad a los dieciocho años.

Anexos

Anexo 1

Respuestas a las observaciones finales del Comité sobre el sexto informe periódico

El Comité recomienda al Estado Parte que adopte medidas para cambiar las actitudes patriarcales tradicionales y los estereotipos basados en las funciones propias de cada género. Esas medidas deberían comprender campañas de sensibilización y educación de los ciudadanos dirigidas a las mujeres y las niñas, así como, en particular, a los hombres y los niños, con miras a eliminar los estereotipos asociados a las funciones tradicionales del hombre y la mujer en la familia y en la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en el apartado f) del artículo 2 y el apartado a) del artículo 5 de la Convención. También recomienda al Estado Parte que aclare más las causas de las desigualdades que persisten entre las mujeres y los hombres, entre otras cosas, realizando estudios sobre las normas institucionales que refuerzan los estereotipos basados en las funciones de género, las manifestaciones concretas de los estereotipos en el Estado Parte, el costo de la tradición de imponer la carga de las actividades domésticas sólo a las mujeres y el valor monetario de la labor no remunerada que realiza la mujer, y que utilice el conocimiento adquirido como base para adoptar medidas más rigurosas a fin de corregir esos estereotipos.

1.Hacemos notar que durante el período comprendido en este informe se han adoptado medidas significativas en la lucha contra los estereotipos y las funciones asignadas a cada sexo, tanto a través del uso de los medios de comunicación como mediante la conciliación de la vida familiar y la vida profesional (véanse los artículos 5 y 11 del presente informe). Debido a la gran importancia de la educación para la erradicación de los estereotipos basados en el sexo, entre 2005 y 2008 el Ministerio de Educación ejecutó (PO II Eje 4) el programa "Promoción de la igualdad de género y potenciación del acceso femenino al empleo remunerado, con especial énfasis en el apoyo a la formación profesional inicial y a la formación femenina en los estudios de pregrado y posgrado". En el artículo 10 del presente informe se detallan algunas de las actividades y de los frutos cosechados por el programa, que estuvo dotado con un presupuesto total de 58.779.175 €.

2.Por otra parte, la SGIG, en el marco del Plan Nacional de Acción para la Igualdad Sustantiva de Género 2010-2013 (véase anexo 2), ha iniciado una labor de cooperación con la Radio y la TV estatales griegas (RTE) a fin de apoyar la igualdad política, fomentar el debate público y poner en marcha programas para la igualdad de género. La SGIG ha colaborado también con los órganos de control de programación y espacios publicitarios (el Consejo Nacional del Órgano de Control de la Radio y la Comunicación) con objeto de reforzar los criterios para la limitación de actitudes sexistas, asegurar el uso de los códigos de conducta correspondientes y estimular la producción de programas y anuncios publicitarios que fomenten la igualdad. El Decreto Presidencial 109/2010 garantiza la coherencia de la ley griega de radio y televisión con la Directiva Europea 2007/65/EC sobre teledifusión. Por otra parte, la SGIG concede anualmente, entre otros, los siguientes premios: a) Fundación Botsis para la Promoción del Periodismo y b) premio del Festival de Cine de Tesalónica a la película que mejor promueva la igualdad de género. Por último, tenemos la intención de crear un nuevo premio en colaboración con la Asociación Helena de Publicistas que será otorgado a anuncios de televisión que ofrezcan modelos alternativos de vida y de trabajo.

El Comité pide al Estado Parte que elimine los obstáculos que afrontan las mujeres para acceder a la justicia. El Comité insta al Estado Parte a proporcionar servicios de asistencia jurídica y de sensibilización sobre cómo utilizar los recursos legales disponibles frente a la discriminación, y a supervisar los resultados de los esfuerzos realizados.

3.El marco legislativo actual sobre el acceso a la justicia y a la apelación no distingue entre hombres y mujeres (véase el párrafo 22 del artículo 1). Además, a través de la creación de Centros de Asesoramiento, desde 2011 la SGIG operará en todas las regiones del país suministrando información jurídica especializada y asesoramiento sobre el modo de abordar y combatir la violencia de género. Asimismo, brindará asistencia gratuita a las mujeres víctimas de la violencia en colaboración con los colegios de abogados de todo el país.

El Comité insta al Estado Parte a adoptar medidas eficaces para eliminar la discriminación de las mujeres pertenecientes a minorías étnicas, en particular las romaníes y las musulmanas, y a promover el goce por éstas de sus derechos humanos. El Comité pide al Estado Parte que en su próximo informe exponga la situación de las mujeres pertenecientes a minorías étnicas, entre otros, desde el punto de vista de su acceso a la educación, el empleo y la atención médica, así como a los efectos de las medidas adoptadas para aumentar ese acceso, los resultados alcanzados y las tendencias a lo largo del tiempo.

4.Para un repaso detallado de las acciones llevadas a cabo para erradicar la discriminación contra las mujeres pertenecientes a minorías (romaníes, musulmanas, etc.), véase el artículo 9 (en concreto los párrafos 162 a 171), así como el artículo 11 (por ejemplo los párrafos 207, 212, 214, 218, 225 y 228) y el párrafo 259 del artículo 12. Por otra parte, el primero de los cuatro objetivos estratégicos de que consta el Plan Nacional de Acción para la Igualdad Sustantiva de Género 2010-2013 de la SGIG consiste en la protección de los derechos de todas las mujeres fomentando la igualdad de género y brindando servicios de orientación y asistencia a grupos de mujeres que sufren discriminación múltiple. En este contexto, la apertura de 14 centros de asesoramiento a lo largo y ancho del país y la puesta en funcionamiento de líneas telefónicas de socorro abiertas 7 días a la semana, 24 horas al día, permitirá brindar mayor apoyo a las mujeres que sufren discriminación múltiple (por ejemplo, mujeres migrantes, mujeres romaníes, etc.).

El Comité recomienda al Estado Parte que estudie y haga un seguimiento atento de la Ley de lucha contra la violencia en el hogar, sobre todo su procedimiento de mediación, con el propósito de garantizar que la ley se aplique de una forma que respete y promueva los derechos humanos de la mujer y no propicie la impunidad de los autores. El Comité insta al Estado Parte a que adopte medidas para capacitar a los jueces encargados de mediar en los procesos penales relacionados con incidentes de violencia doméstica, a fin de reforzar su capacidad para enfrentar la violencia contra la mujer teniendo debidamente en cuenta las consideraciones de género.

5.El artículo 6 —en concreto el párrafo 113— del presente informe detalla las actuaciones ejecutadas para prevenir y combatir la violencia doméstica dirigida contra la mujer. Cabe señalar que, por primera vez en Grecia, el Plan Nacional de Acción para Prevenir y Combatir la Violencia contra la Mujer (2009-2013), elaborado por la Secretaría General de Igualdad de Género, aborda ocho áreas fundamentales de actuación: mejorar la legislación, crear estructuras de apoyo, suministrar servicios de apoyo, potenciar acciones de prevención, reforzar las actividades de formación, investigación y documentación, fortalecer la sociedad civil y promover alianzas institucionales. Concretamente, cabe destacar las siguientes acciones: a) creación de líneas telefónicas abiertas de socorro que entrarán en funcionamiento en 2011; b) creación por parte de la SGIG de 14 centros de asesoramiento en las capitales regionales que abrirán sus puertas en 2011; c) creación, en colaboración con los ayuntamientos, de centros de acogida cuya construcción deberá estar concluida para finales de 2012; d) realización, prevista para 2011, de una campaña nacional de sensibilización ciudadana sobre la violencia contra la mujer, y e) formación a funcionarios públicos en materia de violencia de género (por ejemplo a jueces, agentes de la policía, personal médico y de enfermería). (El 29/11/2010 se comenzó a impartir formación a los funcionarios de la policía y a los comisarios de las Comisarías de Atenas y Tesalónica —en colaboración con el Centro Nacional de la Administración Pública (EKDDA)—).

6.Por otra parte, se ha establecido un Comité Legislativo Especializado (en julio de 2010) para ayudar a reformular la legislación en materia de la lucha contra la violencia hacia la mujer. El Comité insistirá especialmente en la lucha contra la violencia doméstica, y muy en particular en la reforma de las instituciones de mediación penal. En cuanto a la formación de jueces y fiscales con vistas a la aplicación de la ley contra la violencia doméstica debemos añadir que la Escuela Nacional de la Magistratura ya se encarga de brindar formación y estudios en la materia.

El Comité pide al Estado Parte que proceda a aplicar eficazmente el Plan Nacional de Acción integrado para luchar contra la trata de seres humanos. Asimismo, lo exhorta a que vele por que se apliquen plenamente las disposiciones legislativas contra la trata de personas, en particular mediante el enjuiciamiento efectivo y el castigo de los autores de esos delitos. Recomienda también al Estado Parte que intensifique sus esfuerzos por prevenir la trata de personas y proporcione asistencia y apoyo a las mujeres víctimas de la trata.

7.Para obtener mayor información sobre las acciones que se han llevado a cabo en materia de prevención y lucha contra la trata de personas, véanse los artículos 6 y 6.1 del presente informe. El Mecanismo de Coordinación Nacional para Combatir la Trata de Personas —bajo la supervisión del Ministerio de Exteriores y en colaboración con otros Ministerios, la Organización Internacional para las Migraciones y organizaciones no gubernamentales interesadas con las que había firmado en 2005 un memorando de cooperación— ha preparado un Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas 2010‑2012. Con ello se continúa o completa el Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas 2004. Este plan da prioridad a: a) apoyar la estructura operativa central de coordinación y seguimiento de las actuaciones contra la trata de personas, b) realizar campañas de sensibilización, c) financiar organizaciones no gubernamentales que se ocupen de poner en práctica acciones contra la trata de personas con fines de explotación económica y sexual, d) procesar a los funcionarios/agentes involucrados en delitos de trata de personas, e) formar a los funcionarios/agentes para brindar apoyo a las víctimas de la trata de personas, f) garantizar una asistencia y un marco adecuados para la repatriación de las víctimas, así como que éstas quedarán exoneradas de responsabilidad por su participación en delitos resultantes de procesos de trata de personas, etc.

8.El Parlamento griego ha ratificado recientemente el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional. Dicho protocolo fue incorporado a la legislación nacional (Ley 3875/2010 FEK158/A/2010). La ratificación del Protocolo, así como la consiguiente reforma de la legislación nacional, del Código Penal y del Código de Procedimiento Penal, responden a una demanda histórica de organizaciones femeninas, otras instituciones y organizaciones no gubernamentales y constituyen un avance importante hacia la mejora del marco institucional mediante: a) la prevención y la lucha contra la trata de personas, en especial de mujeres y niños, b) la protección y la asistencia a las víctimas de la trata de personas y c) el fomento de la cooperación entre los Estados Partes para cumplir con dichos fines. Las principales modificaciones introducidas son:

Ampliación del ámbito de aplicación de la legislación vigente a fin de incluir a todas las víctimas extranjeras de la trata de personas, no sólo a los nacionales de terceros países como es actualmente el caso.

Garantizar la protección, con independencia de la cooperación de quienes no han sufrido daños con las autoridades competentes.

Modificación del Código Penal para incluir, además de los delitos relacionados con la explotación laboral, los relacionados con personas forzadas a mendigar.

Ampliación de las disposiciones protectoras de la legislación griega a las víctimas de la trata de personas y a las personas identificadas como víctimas de la trata de inmigrantes.

Adopción de medidas de protección para testigos de delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes.

9.Por otra parte, el Ministerio de Justicia, Transparencia y Derechos Humanos ha creado un Comité Legislativo Especializado (FEK367/14/2010) que, entre otras cosas, está ultimando la integración en el ordenamiento jurídico nacional del texto de la Convención Europea para la Prevención del Terrorismo (Varsovia, 05/15/2005).

El Comité exhorta al Estado Parte a que haga efectiva la aplicación de las cuotas establecidas por ley a fin de aumentar la participación de la mujer en los órganos locales electivos y en los órganos colectivos de todas las entidades de gobierno. Recomienda al Estado Parte que adopte medidas especiales de carácter temporal, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención y en la recomendación general 25 del Comité, con el propósito de acelerar el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de la Convención y aumentar la participación política de la mujer en todas las esferas, incluidos el Parlamento y el servicio exterior. Recomienda también que se lleven a cabo actividades para crear conciencia de la importancia que reviste para toda la sociedad la participación de las mujeres en la toma de decisiones. El Comité sugiere además que, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado e) del artículo 2 y el apartado c) del artículo 7 de la Convención, el Estado Parte adopte medidas apropiadas para asegurar la participación de las mujeres, en pie de igualdad, en los sindicatos y las asociaciones de empresarios. Alienta al Estado Parte a que siga de cerca los efectos de las medidas adoptadas y observe la evolución de las tendencias en ese ámbito.

10.Respecto a las acciones y a las medidas legislativas adoptadas entre 2005 y 2008 para promover la participación de la mujer en la toma de decisiones, véase la información facilitada, respectivamente, en los artículos 7 y 2 del presente informe. Dado que la mujer aún no está suficientemente representada en la esfera política, la SGIG incluyó en la planificación del Plan Nacional de Acción para la Igualdad Sustantiva de Género 2010‑2013 la ejecución de las acciones pertinentes que vengan a demostrar cuán necesaria es la representación femenina. Entre ellas cabe destacar: a) organización en 2011 de la conferencia "La Ciudad de la Igualdad", en colaboración con el Comité para la Igualdad; b) organización de la conferencia europea "Mujeres en el Poder" (20 años después de la Declaración de Atenas); c) fomento de medidas para su ubicación en las listas (cuotas); d) aplicación de medidas de apoyo a las candidatas y mujeres electas para cargos políticos (seminarios, conferencias, etc.), e) realización de campañas destinadas a lograr el voto para las mujeres, etc.

11.En 2010 se hizo especial hincapié en fomentar el papel de la mujer en las elecciones regionales y municipales y en integrar las cuestiones de género en las políticas de los órganos de gobierno local en el nuevo contexto del programa Kallikrates. En el contexto de las elecciones regionales y municipales celebradas en 2010, la SGIG llevó a cabo la campaña de sensibilización En estas elecciones, desafía los estereotipos: las mujeres también merecen tu voto. Su objetivo fue realizar la primera campaña de sensibilización pública destinada a erradicar la concepción estereotipada del papel de ambos sexos en la esfera política, así como apoyar y ayudar a las mujeres candidatas mediante la distribución del material impreso pertinente. La campaña incluía: a) elaboración de materiales (carteles, folletos en las lenguas griega y albanesa y tarjetas de identificación); b) producción y visionado de anuncios de televisión; c) producción de un anuncio radiofónico; d) organización de un taller para reforzar la participación de la mujer en la toma de decisiones, y e) instalación de un mostrador de información en el centro de Atenas. Por otra parte, la SGIG remitió durante el proceso electoral una carta a todos los Secretarios Generales y responsables de los partidos políticos con representación parlamentaria a fin de solicitarles que se sirvieran integrar la perspectiva de género entre los criterios aplicados para la selección de sus jefes de organización y, con ello, promocionar activamente el papel de la mujer en la toma de decisiones.

12.El Comité Legislativo Especializado encargado de elaborar el borrador de la nueva ley de igualdad sustantiva entre los sexos se encuentra estudiando la cuestión de la promoción del papel de la mujer en la toma de decisiones en la esfera del poder legislativo. Cabe señalar que, según el informe mundial sobre desigualdades de género del Foro Económico Mundial (Global Gender Gap Report) para 2010, Grecia ascendió 27 puestos en el índice internacional de diferencia entre los sexos gracias a los resultados cosechados el país en el eje "Empoderamiento de la mujer en los cargos políticos" y, sobre todo, gracias al subíndice "Mujeres en cargos ministeriales", en el que Grecia ocupa el puesto 21.

13.Por otra parte, la SGIG, tal como se expone en el Plan Nacional de Acción sobre Igualdad Sustantiva de Género 2010-2013, ha comenzado a apoyar la creación de oficinas o comités a favor de la mujer o de la igualdad de género y a reforzar tanto a las redes femeninas existentes en los centros de educación secundaria y superior como a los interlocutores sociales (entre otros, la Confederación General de Trabajadores Griegos y la Confederación de Funcionarios Civiles, GSEE y ADEDY, respectivamente, según sus siglas en griego) con objeto de potenciar la posición de la mujer en las instituciones negociadoras del diálogo social, de modo que la mujer pueda hacer notar y promover sus demandas.

El Comité recomienda al Estado Parte que ponga en práctica programas y políticas encaminados a dar a las mujeres, incluidas las que pertenecen a minorías y las adolescentes, acceso efectivo a información sobre la salud y métodos anticonceptivos y a servicios de planificación de la familia a fin de evitar que tengan que recurrir al aborto como método de control de la natalidad. El Comité insta al Estado Parte a que establezca programas de educación sexual y de salud reproductiva para hombres, mujeres y adolescentes con objeto de promover una conducta sexual responsable. El Comité exhorta además al Estado Parte a que, en estrecha consulta con especialistas médicos, emprenda iniciativas dirigidas a reducir el número de cesáreas.

14.Véase el artículo 12 para más información sobre las acciones emprendidas por los organismos gubernamentales y las organizaciones no gubernamentales a fin de proteger la salud femenina y los derechos de la mujer en esta esfera durante el período objeto del presente informe. El Plan Nacional de Acción para la Salud del Ministerio de Salud y de Bienestar Social prioriza el conocimiento y la prevención a través de la organización de campañas informativas y de sensibilización sobre temas médicos y de salud. Entre dichas campañas se otorga especial prioridad a aquellas relacionadas con problemas sanitarios que afecten principalmente a la mujer o versen sobre salud sexual y reproductiva. En concreto, la Campaña de Solidaridad Social para la Prevención Primaria cuenta con la colaboración de la SGIG. En virtud de dicha colaboración, empleados del Ministerio (enfermeras, trabajadores sociales) ofrecerán información y asesoramiento gratuitos en temas de salud y prevención en los 14 centros de asesoramiento de la SGIG. Además, la Secretaría de la Juventud, en colaboración con la SGIG, realizará una campaña de información dirigida a jóvenes de ambos sexos sobre temas de salud sexual, en particular sobre la anticoncepción.

El Comité insta al Estado Parte a que aplique medidas para promover una mayor conciencia acerca de la importancia de la educación como derecho humano y como base del empoderamiento de la mujer. Recomienda que el Estado Parte adopte medidas especiales de carácter temporal con arreglo al párrafo 1 del artículo 4 de la Convención y a la recomendación general 25 del Comité, relativa a las medidas especiales de carácter temporal, con objeto de aumentar la representación de las mujeres, incluidas las de grupos minoritarios, en la educación superior. Pide al Estado Parte que en su próximo informe periódico consigne las medidas que adopte y sus repercusiones.

15.En el artículo 10 del presente informe se presentan con detalle las medidas adoptadas durante el período 2005-2008 para promover la igualdad de acceso a la educación. Cabe señalar que, como se muestra en el cuadro 14, durante el período comprendido en el presente informe el porcentaje de matrícula femenina en los estudios de pregrado supera al de matrícula masculina, mientras que en los estudios de posgrado (máster o doctorado) el primero difiere significativamente del segundo, contraste que se ha incrementado en los últimos años. En el curso académico 2008-2009, un total de 39.372 estudiantes griegos accedieron a la educación superior; de ellos, 24.544 eran mujeres. Es importante observar que el porcentaje de mujeres que accedieron a la educación superior en dicho curso académico registró un incremento del 6,2% en relación con el curso anterior.

16.En reconocimiento de la importancia que revista la promoción de la igualdad de género en la esfera de la educación y en el marco de su Plan Nacional de Acción para la Igualdad Sustantiva de Género 2010-2013, la SGIG está intensificando su colaboración con el Ministerio de Educación, de Educación Permanente y de Asuntos Religiosos. Concretamente, la SGIG apoya las medidas previstas por el Ministerio de Educación, de Educación Permanente y de Asuntos Religiosos a favor de la igualdad de género, y en particular las siguientes: a) medidas en relación con el funcionamiento de la Nueva Escuela, la cual ha ampliado su horario de apertura; b) integración de la perspectiva de género en los programas de educación superior y de educación permanente; c) asesoramiento a mujeres en las escuelas de segunda oportunidad en materia de familia y de promoción profesional y social; d) fomento de la igualdad de género y erradicación de los estereotipos y de la discriminación, bajo los auspicios de las escuelas de padres; e) fomento de la impartición continua de programas de pregrado y de posgrado en estudios de género y reforma de los planes de estudio que se cursan en las instituciones de educación superior a fin de integrar la problemática de género como política transversal y valor fundamental, y f) integrar el asesoramiento especializado sobre salidas profesionales en los servicios que ofrecen las universidades, y ello con objeto de reducir la segregación ocupacional y animar a las estudiantes a ejercer profesiones de ámbitos en los que la mujer se encuentre infrarrepresentada.

El Comité insta al Estado Parte a que asegure que existan las mismas oportunidades para la mujer y el hombre en el mercado laboral mediante, entre otros procedimientos, la aplicación de medidas especiales de carácter temporal con arreglo al párrafo 1 del artículo 4 de la Convención y la recomendación general 25 del Comité, relativa a las medidas especiales de carácter temporal. El Comité recomienda que se intensifiquen los esfuerzos por reducir el desempleo femenino, eliminar la segregación ocupacional, tanto horizontal como vertical, y reducir y hacer desaparecer las diferencias salariales entre las mujeres y los hombres. El Comité recomienda que el Estado Parte realice exámenes periódicos de su legislación, de conformidad con el párrafo 3 del artículo 11 de la Convención, a fin de reducir el número de obstáculos a que se enfrentan las mujeres en el mercado laboral. El Comité insta también al Estado Parte a que haga un seguimiento de la utilización que hacen las mujeres y los hombres de las disposiciones relativas a la licencia por maternidad o paternidad como indicador del reparto de las responsabilidades familiares y a que establezca incentivos para alentar a más hombres a que utilicen la licencia de paternidad. Pide al Estado Parte que siga de cerca los efectos y resultados de las medidas tomadas e incluya una reseña en su siguiente informe periódico.

17.Para obtener más información sobre las medidas e iniciativas adoptadas en favor del empleo femenino durante el período 2005-2008, véase el artículo 11 del presente informe, donde se detallan las medidas transversales y los programas dirigidos de forma exclusiva a mujeres desempleadas cuyo principal objetivo ha sido optimizar el acceso al mercado de trabajo y la lucha contra la exclusión social.

18.Por otra parte, se aprobó la Ley 3896/FEK 207/8.12.2010 sobre aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato para hombres y mujeres en el empleo y la profesión. Dicha ley mejora, simplifica y recopila en un único cuerpo legal coherente la legislación en vigor hasta su fecha con arreglo al espíritu y la letra de la Directiva 2006/54/CE. La citada ley recoge, entre otros, los siguientes extremos: a) garantiza que las personas jurídicas podrán, siempre que cuenten con su consentimiento, incoar acciones en nombre de la víctima de la discriminación, así como personarse para defenderla ante las autoridades judiciales o administrativas competentes; b) define los conceptos de discriminación indirecta, acoso sexual en el trabajo e inversión de la carga de la prueba, que ahora se aplica en casos de trato preferencial por razones de sexo, y c) como autoridad independiente encargada de vigilar y promover el principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en el empleo y en el trabajo remunerado, se han ampliado las competencias del Defensor del Pueblo a fin de que también se ocupe de los procedimientos que se llevan ante tribunales o autoridades judiciales en su primera vista.

19.Asimismo, en 2010 se puso en marcha un programa del Instituto de Empleo (OAED, según sus siglas en griego) entre cuyas actuaciones se cuenta: a) un programa de cuatro años de duración para el fomento del empleo consistente en subvencionar el pago de las cotizaciones a la seguridad social en la contratación de 40.000 desempleados. Dicho programa apoya el empleo por cuenta propia durante los periodos de embarazo, parto o cuidado de hijos mediante la subvención del pago de las contribuciones a la seguridad social de la persona empleada en sustitución de la trabajadora por cuenta propia, de modo que ésta pueda responder mejor a este incremento de sus demandas de atención, y b) fomento de la iniciativa empresarial entre mujeres desempleadas de edades comprendidas entre los 22 y los 64 años con objeto de apoyar a 4.000 mujeres desempleadas que deseen emprender actividades empresariales.

20.En el marco del Plan Nacional de Acción para la Igualdad Sustantiva de Género 2010-2013 de la SGIG, los centros de asesoramiento brindarán apoyo a las mujeres desempleadas, a las trabajadoras por cuenta propia y a las propietarias de pequeñas empresas a fin de actualizar conocimientos y habilidades y mejorar su posición en el mercado laboral. En los centros de asesoramiento de la SGIG las mujeres completarán un proceso de orientación especializada con perspectiva de género. Los programas ejecutarán una serie de medidas integradas encaminadas a apoyar a las mujeres desempleadas y a permitirles continuar su formación con un empleo garantizado.

21.El Instituto de Empleo, en colaboración con la SGIG, ha creado un grupo de trabajo permanente sobre igualdad de género. Su objetivo inicial es elaborar un plan de acción para la integración de la igualdad de género en todo el empleo público (asesores de educación, empleo de los centros de prácticas profesionales de la CFR, nuevo empleo, programas para jóvenes autoempleados, sistemas de evaluación interna, etc.). Al mismo tiempo, el Instituto de Empleo continúa solicitando la puesta en marcha de programas especiales para mujeres desempleadas con el fin de afrontar la excesiva representación femenina entre la población desempleada y atraer un número mayor de mujeres al mercado laboral.

22.La Inspección de Trabajo remozada cuenta de forma expresa entre sus cometidos la responsabilidad de velar por la igualdad de trato entre hombres y mujeres en el empleo y en la ocupación, así como de actualizar el sistema de registro y procesamiento de datos estadísticos sobre la igualdad de género en la esfera del trabajo, todo ello a fin de que sea posible valorar adecuadamente la situación en materia de igualdad en el trabajo. La Inspección de Trabajo integrará el principio de igualdad de género en todas sus actividades. En concreto, actualizará y brindará información laboral en asesoramiento, conflictos laborales y procesos de auditoría. Tales actividades se destinarán a trabajadores y empresas y versarán sobre igualdad de trato entre el hombre y la mujer. Por último, se reforzará la Oficina para la Igualdad de Género del Departamento de Inspección de Trabajo Social del Ministerio de Trabajo y de Seguridad Social en materia de trabajo y se le sumarán nuevas competencias en esta esfera.

23.La Secretaría General de la Juventud centrará el interés de su programa Jóvenes empresarios en las mujeres jóvenes con problemas de desempleo, apoyará las actividades empresariales de éstas (por ejemplo, "desarrollo verde") y los servicios del programa en asuntos culturales y sociales.

El Comité pide al Estado Parte que adopte medidas para garantizar que se expidan certificados de nacimiento para los hijos de las mujeres inmigrantes.

24.En relación con la expedición de certificaciones de nacimiento a hijos de mujeres inmigrantes debemos recordar la aprobación de la Ley 1818/2010 ("Disposiciones en vigor en materia de ciudadanía griega, participación política de expatriados e inmigrantes residentes legales y otras disposiciones"). Dicha ley regula la concesión de la ciudadanía griega a los residentes e inmigrantes en situación legal. En concreto, moderniza considerablemente la legislación en relación con los padres inmigrantes, así como garantiza la concesión de la ciudadanía griega y la expedición de prueba de inscripción del nacimiento a los hijos de padres inmigrantes que hayan residido legalmente en Grecia durante cinco años consecutivos y a los niños que hayan completado satisfactoriamente al menos seis años de escolarización en Grecia. Debemos señalar que el Defensor del Menor ha sido particularmente insistente en lo relativo al registro civil. Concretamente, la información disponible sugiere que hasta la promulgación en julio de 2007 de la Ley 1818/2010, las certificaciones de nacimiento se aceptaban como documento exigido para el acceso a todos los servicios de educación y de protección social, así como, en general, para el ejercicio y el disfrute de los derechos del niño regulados en la Convención internacional homónima (Ley 2101/92). En mayo de 2010, el Defensor del Pueblo exigió al Departamento del Registro Civil del Ministerio de Interior, de Administración Pública y de Descentralización que, entre las iniciativas para la protección de los datos de carácter personal, se procediera a eliminar la certificación del país de origen del registro civil.

El Comité insta al Estado Parte a que intensifique sus esfuerzos por crear conciencia entre las mujeres musulmanas acerca de sus derechos y de los recursos jurídicos de que disponen en caso de que se vulneren esos derechos, y a que les garantice la aplicación del ordenamiento jurídico griego en lo que atañe al matrimonio y la herencia. Asimismo, insta al Estado Parte a aplicar las leyes que prohíben el matrimonio precoz y la poligamia y a tomar medidas generales para eliminar esas prácticas, de conformidad con el orden constitucional de Grecia, el artículo 16 de la Convención y la recomendación general Nº 21 del Comité, relativa a la igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares.

25.El Comité Legislativo Especializado, fundado en julio de 2010 con objeto de modernizar y potenciar la Ley de Familia, aborda, entre otras cosas, los problemas que surgen en relación con la "Sharía".

Anexo 2

Plan Nacional de Acción para la Igualdad Sustantiva de Género 2010‑2013

Breve presentación

1.El Gobierno actual ha fijado como objetivo principal la mejora de la vida diaria de hombres y mujeres, así como el logro de la igualdad sustantiva entre los sexos. Para ello ha adoptado una serie de medidas en las esferas legislativa, política, económica, social, cultural y del mercado de trabajo. La Secretaría General para la Igualdad de Género estableció el Plan Nacional de Acción para la Igualdad Sustantiva de Género 2010-2013. Éste incluye una serie completa de medidas a favor de la igualdad de género dirigidas a todas las actuaciones de la vida política y de medidas para reforzar los mecanismos de ejecución de las estrategias políticas. Los principales destinatarios de estas medidas son las mujeres pertenecientes a los grupos más afectados, aunque en general se pretende beneficiar con ellas, directa o indirectamente, a todos los ciudadanos independientemente de su sexo.

2.El Plan Nacional de Acción para la Igualdad Sustantiva de Género 2010-2013 fue formulado con cuatro objetivos estratégicos básicos: a) proteger los derechos humanos de la mujer mediante la promoción de la igualdad de género y orientar las intervenciones hacia los grupos de mujeres que sufren discriminación múltiple; b) prevenir y actuar frente a toda forma de violencia contra la mujer; c) apoyar el empleo y la autonomía financiera de la mujer, y d) aprovechar al máximo la creación cultural para impulsar la creatividad artística femenina y conseguir que se fije como fin la igualdad de género.

3.El asesoramiento continuo y la responsabilidad, elementos importantes para optimizar las políticas de calidad y eficacia, requieren un fortalecimiento de las instituciones responsables de la planificación, puesta en práctica y vigilancia de las políticas de igualdad de género. Con objeto de garantizar la transparencia y la credibilidad en la ejecución del programa, la consecución de sus fines y la efectividad de sus actuaciones serán evaluadas en profundidad y las conclusiones se darán a conocer en informes anuales sistemáticos. Durante la ejecución del programa, órganos y comités apoyarán la consulta sistemática y constante a la sociedad civil, así como la colaboración regular con los organismos públicos competentes.

4.El programa incorpora a la comunidad universitaria y a los grupos dedicados a los estudios de género, así como a la sociedad civil y a las organizaciones femeninas y feministas, con objeto de aprovechar el conocimiento científico en cuestiones de género y la experiencia de los ciudadanos con compromiso activo en la materia. Para la planificación y la ejecución de las políticas de igualdad se han tenido en cuenta los métodos y las buenas prácticas de las organizaciones internacionales y europeas que trabajan en cuestiones de igualdad. Entre dichos métodos y buenas prácticas se cuentan la mejora, el refuerzo y la ejecución de los textos legislativos, el desarrollo de actuaciones de discriminación positiva a favor de la mujer, la inclusión de la perspectiva de género en todas las políticas y, en particular, en la planificación presupuestaria, así como la potenciación del papel que desempeñan la sociedad civil y las organizaciones de mujeres y la realización de campañas de sensibilización pública para la prevención y la modificación de las funciones asignadas a cada sexo. El Marco Estratégico Nacional de Referencia (MENR) constituye el marco principal de financiación de las políticas cuya ejecución quedó prevista para el período 2007-2013.

5.El programa está estructurado sobre tres pilares: a) la mejora, el fortalecimiento y la ejecución del ordenamiento jurídico griego; b) la planificación de políticas específicas para la igualdad de género, y c) la integración de la perspectiva de género en las políticas públicas.

6.El primer pilar incluye la elaboración de nuevas normas legislativas basadas en las disposiciones del derecho internacional y del derecho europeo, en las opiniones expresadas por las organizaciones de mujeres y en otros documentos oficiales (Naciones Unidas, Consejo de Europa, Unión Europea) y en la legislación de otros países europeos. Entre los objetivos de las intervenciones legislativas cabe destacar:

a)Modificar la Ley de Familia, de manera que quede completamente armonizada con el principio institucional de igualdad de género, y proteger los derechos humanos de las mujeres ante la situación de desigualdad económica y social que la mayoría de ellas sufre en la actualidad (restablecer la estabilidad del apellido de la mujer, simplificar la legislación en materia de adopción, agilizar los procedimientos en la jurisdicción de familia, garantizar el pago de alimentos, entre otras medidas).

b)Unificar la legislación en materia de lucha contra la violencia dirigida hacia la mujer (en la familia, en el entorno laboral y en la sociedad), con especial énfasis en la sensibilización y en las medidas de protección de las víctimas (esto es, mediante la mejora de la Ley 3500/2006 sobre la violencia doméstica en virtud de la cual se elimina la institución de la mediación; de la Ley 3488/2006 sobre la aplicación de la igualdad de trato entre ambos sexos en materia de acceso al mercado de trabajo, con especial atención a la violencia en el trabajo, así como de la Ley 1419/1984 sobre la violación, la Ley 2734/1999 sobre la prostitución, la Ley 3064/2002 y el Decreto Presidencial (DP) 233/2003 sobre tráfico internacional de personas).

c)La Ley de promoción de la igualdad sustantiva de género (en virtud de la cual se refuerza la protección contra la prostitución y se garantiza la igualdad de trato en el mercado de trabajo, el refuerzo de la legislación en materia de medios de comunicación y dignidad femenina, la aplicación efectiva del principio de igualdad de género en las políticas públicas y la implicación activa de los distintos Ministerios en la ejecución y el seguimiento de los efectos de las políticas de género, así como se garantiza la igualdad de participación de ambos sexos en la toma de decisiones, el reforzamiento del marco legislativo mediante el restablecimiento del Comité Nacional para la Igualdad de Género y la creación de un comité interministerial de género encargado de labores de coordinación, etc.)

7.Por otra parte, se contemplan varios proyectos encaminados a la codificación de la legislación en materia de igualdad de género, la evaluación sistemática del impacto en función del sexo de los nuevos proyectos legislativos y la colaboración con el Defensor del Pueblo griego y el Defensor del Consumidor.

8.El segundo pilar incluye la elaboración de los proyectos de la SGIG con objeto de desarrollar medidas contra los problemas de desigualdad en ámbitos concretos de la política pública. Dichas medidas hacen hincapié en el apoyo a los grupos específicos de población femenina, en el establecimiento o el reforzamiento de las instituciones de planificación política y en la puesta en marcha de acciones transversales a favor de la igualdad de género.

9.La política pública dirige sus actuaciones hacia los siguientes ámbitos temáticos: a) violencia contra la mujer (creación de centros de asesoramiento y centros de acogida en cada capital regional, potenciación de las estructuras ya existentes, funcionamiento de una Línea Telefónica Panhelénica de Socorro, cooperación con los colegios de abogados nacionales, formación de asesores y funcionarios públicos, prestación de servicios gratuitos de consulta a las mujeres víctimas de la violencia, etc.); b) discriminación múltiple (mejora de las condiciones de vida de las mujeres discapacitadas, las mujeres inmigrantes y las solicitantes de asilo, así como de las reclusas o exreclusas, etc.); c) salud reproductiva y sexual (suministro de información sobre temas de salud femenina, prevención y anticoncepción, inseminación artificial, enfermedades de transmisión sexual y sida; realización de una campaña de sensibilización sobre salud sexual destinada a jóvenes, en particular sobre anticoncepción, con el fin de reducir el número de abortos; colaboración con organizaciones no gubernamentales que trabajan para luchar contra tipos de cáncer específicamente femeninos, etc.); d) empleo (apoyo a las mujeres empleadas o auto-empleadas para potenciar sus habilidades, realización de una campaña de sensibilización sobre la distribución equitativa de las obligaciones y de los puestos de trabajo entre ambos sexos en las esferas de la vida doméstica/privada y laboral, etc.); e) promoción del papel de la mujer en la adopción de decisiones y en la sociedad civil (apoyo a las candidatas y a las mujeres electas, realización de una campaña de apoyo a la mujer durante los procesos electorales, creación de oficinas o comités a favor de la mujer o de la igualdad de género, fortalecimiento de las redes de trabajo femeninas en las organizaciones de los interlocutores sociales secundarios y terciarios, impulso a las actuaciones de las organizaciones femeninas, feministas y no gubernamentales que trabajan en materia de igualdad de género, etc.); f) medios de comunicación (colaboración con la RTE, con el Consejo Nacional de Radio y Televisión de Grecia y con el Consejo para el Control de la Comunicación, así como adjudicación de premios a la igualdad), y g) apoyo a la cultura de la igualdad de género y a la creación cultural relacionada (fomento de la producción y promoción de la creación artística por parte de personas de ambos sexos sobre cuestiones de igualdad de género y derechos fundamentales de la mujer; colaboración con los departamentos de educación de las embajadas para fortalecer la colaboración intercultural en la esfera de la creación artística sobre cuestiones de igualdad de género; colaboración con el Ministerio de Cultura y de Turismo griego, con el Museo Nacional de Arte Moderno, etc., y organización de un ciclo de actividades artísticas de 15 días de duración).

10.El Plan Nacional de Acción incluye la creación y/o el fortalecimiento de las instituciones, los organismos y las estructuras responsables de la elaboración de políticas de igualdad de género. A modo de ejemplo cabe destacar: a) activación y promoción de las funciones del Comité Interministerial para la Igualdad de Género con objeto de fomentar políticas transversales a favor de la igualdad de género y supervisar las actuaciones del MENR en relación con las cuestiones de género; b) reforma del Comité Nacional para la Igualdad entre el Hombre y la Mujer (Ley 3491 de 02/10/2006) con objeto de fortalecer la consulta y la colaboración con organizaciones femeninas y feministas; c) creación del Observatorio Nacional contra la Violencia de Género, con la participación de una red de organizaciones femeninas, y d) uso de la experiencia y saber hacer del RSGE.

11.Las acciones transversales en materia de igualdad de género abordan las siguientes cuestiones: a) potenciación de los servicios que brinda la Biblioteca de la Igualdad de Género (BIG) (por ejemplo, desarrollo y puesta en marcha como experiencia piloto de un fondo temático digital, ampliación e informatización del archivo histórico, etc.); b) desarrollo de una estructura de supervisión especializada en la inclusión de la perspectiva de género en la Administración Pública (mecanismo de supervisión de las políticas públicas) [evaluación del impacto de las políticas públicas sobre la igualdad de género; recogida, gestión, análisis y distribución de datos cuantitativos y cualitativos indexados por sector de actividad; elaboración de investigaciones o estudios sobre sectores específicos de actividad; colaboración de todos los niveles de la Administración Pública y de las autoridades independientes con expertos en cuestiones de género, etc.]; c) creación de un portal en Internet en el que se brindan los servicios virtuales de la SGIG e información sobre la mujer y el ciudadano en general y que contará con un sistema de gestión de reclamaciones, etc.; d) formación y sensibilización de los empleados públicos en materia de igualdad de género (elaboración de programas en colaboración con la Escuela Nacional de la Magistratura (ENM) para la formación de jueces, con el Centro Nacional de Administración Pública y Gobierno Local (CNAPGL) para la formación de los empleados en establecimientos penitenciarios femeninos, de los empleados en centros de acogida de inmigrantes, de los agentes de la policía, del personal médico/sanitario, del Cuerpo de Inspectores de Trabajo, el Defensor del Pueblo, los inspectores de trabajo social, etc., y e) mantener la participación de la SGIG en los Comités de la UE, en los grupos de trabajo y en las organizaciones internacionales.

12.El tercer pilar incluye una serie de intervenciones ejecutadas por otros Ministerios y organismos públicos que, en el marco de la inclusión de la perspectiva de género en las políticas públicas, colaborarán con la SGIG en elaborar y promover lo siguiente:

a)Ministerio de Interior, Descentralización y e-Gobierno griego: el CIP continuará sus actividades en el marco de la reforma del gobierno local y regional (programa Kallikrates); los nuevos municipios se verán reforzados con competencias en materia de igualdad de género, etc.

b)Ministerio de Finanzas: se fomentó la autonomía económica de la mujer mediante la última ley de impuestos (Ley 3842/2010) y se reformó el sistema de seguros (Ley 3865/2010) equiparando la edad de jubilación de manera progresiva hasta el 31/12/2013, etc.

c)Ministerio de Exteriores: se adoptarán diferentes medidas para promover la representación paritaria de ambos sexos entre los empleados del Ministerio en cargos de responsabilidad de los Servicio Central y Exterior y de los Consejos de Servicios, para prevenir y luchar contra la trata internacional de mujeres, etc.

d)Ministerio de Defensa: se elaborará un plan nacional de acción para la ejecución de la resolución Nº 1325 de 31/10/2000 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, así como para garantizar la participación femenina en la adopción de decisiones, etc.

e)Ministerio de Economía, de Competitividad y de Navegación: se facilitará a las mujeres de entre 19 y 65 años de edad la creación de nuevas empresas en todos los sectores de la economía a través de mejoras en la situación financiera, al tiempo que se fomentará la puesta al día de las habilidades y los conocimientos de los recursos humanos, etc.

f)Ministerio de Medioambiente, de Energía y de Cambio Climático: se adoptarán diferentes medidas a favor de la integración de la perspectiva de género en las esferas de la energía, la salud pública (contaminación) y la calidad de vida en las ciudades.

g)Ministerio de Educación, de Formación Continua y de Asuntos Religiosos: se fomentarán medidas para alargar el programa escolar (escuelas de jornada completa que sirven sobre todo a mujeres con hijos a su cargo), al tiempo que continuarán con su labor las escuelas de segunda oportunidad y las escuelas de padres junto a los programas de estudio de género, etc.

h)Ministerio de Trabajo y de Seguridad Social: el Instituto de Empleo (OEMO) se encargará de elaborar un plan de acción sobre perspectiva de género, y el CIT por medio de sus competencias y actuaciones pondrá en práctica la perspectiva de género, con especial énfasis en la igualdad de trato para ambos sexos en las esferas del empleo y del trabajo, etc.

i)Ministerio de Salud y de Solidaridad Social: la SGIG y el CNSS firmarán un memorando de entendimiento para coordinar la organización y el funcionamiento de los centros de acogida para mujeres víctimas de la violencia, y las mujeres serán informadas sobre cuestiones de salud, en particular sobre salud sexual y reproductiva, etc.

j)Ministerio de Desarrollo Rural y de Alimentación: se alentará la puesta en marcha de iniciativas operativas por parte de mujeres (mediante la asignación de un mayor número de créditos), se proporcionará asistencia financiera para la creación de instituciones de atención al menor, etc.

k)Ministerio de Justicia, de Transparencia y de Derechos Humanos: las reclusas que hayan sido puestas en libertad o que estén a punto de serlo recibirán apoyo en colaboración con "EPANODOS", persona jurídica de derecho privado (PJDPr), así como se optimizará el sistema de acopio y difusión de datos judiciales y el sistema de clasificación estadísticade delitos mediante análisis de dos y tres dígitos, lo que permitirá indicar el impacto de los delitos de género en los infractores, el sexo de las víctimas de todo tipo de delitos, etc.

l)Ministerio de Protección Ciudadana: los departamentos responsables de luchar contra la trata de personas serán reforzados y ampliados, y se creará un nuevo departamento encargado de luchar contra la violación y la violencia doméstica y de contratar personal especializado, etc.

m)Ministerio de Cultura y de Turismo: se establecerán medidas específicas en el marco de las iniciativas de la Cultura Moderna con el fin de promover la creatividad femenina, así como se brindará apoyo a las cooperativas femeninas, en especial en las áreas insulares y montañosas del país.

Anexo 3

Lista de organismos que proporcionaron datos e información para la elaboración del séptimo informe periódico

Ministerios y organismos de supervisión

Ministerio de Interior

Secretaría General para la Igualdad de Género

Secretaría General para la Igualdad de Género/Servicio especial de solicitud de los programas operativos MAC 2000-2006 del MENR y otros programas operativos cofinanciados.

Centro de Investigación para la Igualdad de Género.

Jefatura de Policía

Secretaría General de Información

Secretaría General de Comunicación

Secretaría General para la Administración Pública y el e-Gobierno

Secretaría General para los Programas de Desarrollo

Centro Nacional para la Administración Pública y el Gobierno Local

Radio y TV estatales

Instituto de Política Migratoria

Ministerio de Economía y de Finanzas

Autoridad de Coordinación Nacional del MENR

Ministerio de Desarrollo

Organización Helena de Pequeñas y Medianas Industrias e Industrias Artesanales

Ministerio de Marina Mercante, Egeo y Política Insular

Ministerio de Exteriores

Dirección de Derechos Humanos

Autoridad de Cooperación para el Desarrollo Internacional

Ministerio de Defensa Nacional

Dirección General de Planificación Financiera, de Apoyo a los Recursos Humanos y de Medio Ambiente

Dirección General de Planificación y de Apoyo

Ministerio de Medioambiente, de Planificación Territorial y de Obras Públicas

Dirección General de Planificación y de Obras

Ministerio de Educación Nacional y de Asuntos Religiosos

Dirección General de Formación Continua

Dirección General de Cuestiones Educativas Europeas e Internacionales

Ministerio de Empleo y de Protección Social

Dirección General para la Gestión de la Comunidad y de otras Fuentes

Servicio Especial para la Coordinación y Seguimiento de las Acciones del FSE

Instituto de Empleo

Dirección General de Empleo

Ministerio de Salud y de Solidaridad Social

Dirección General de Bienestar

Dirección General de Desarrollo Rural y de Alimentación

Dirección General de Aplicaciones Agrícolas y de Investigación

Ministerio de Justicia

Dirección General de Coordinación Legislativa y de Relaciones Jurídicas Internacionales Especiales

Ministerio de Cultura

Dirección General de Antigüedades y de Herencia Cultural

Centro Heleno de Filmografía

Ministerio de Desarrollo del Turismo

Dirección de Relaciones Internacionales

Autoridades Independientes

Defensor del Pueblo Griego

Regiones

Región del Egeo Septentrional

Dirección General Regional/Comité Regional de Igualdad

Región del Egeo Septentrional

Dirección General de Programación y Proyectos

Región de las Islas Jónicas

Organismo de Gestión Intermedia

Región de Creta

Dirección General de la Región

Región del Peloponeso

Dirección General de la Región/Comité Regional de Igualdad

Otros organismos

Confederación Nacional de Comercio

Comité Nacional de Grecia para la UNESCO

Red Griega de Responsabilidad Social Corporativa

Cámara de Comercio e Industria de Atenas

Federación Helena de Empresas

Organizaciones no gubernamentales

Consejo Nacional de Mujeres Griegas/Federación de Organizaciones Femeninas

Delegación Helena del Lobby Europeo de Mujeres

Unión de Mujeres Griegas

Unión de Mujeres de Creta

Apoyo Social de Grecia

Mujeres Científicas Madres de Familias Numerosas

Iniciativa Mujer y Salud

Asociación a favor de los Derechos de la Mujer

Asociación Helena de Mujeres Universitarias

Asociación Orientadora Griega

Asociación Cristiana de Mujeres Jóvenes

Anexo 4

Lista de empleados de la SGIG que contribuyeron a la elaboración del presente informe (junio de 2009)

(En orden alfabético)

Dirección de Documentación y de Información

M. Zervou

G. Kartzi

L. Mavromitrou, Biblioteca de Género e Igualdad

A. Megalou

Chr. Papadimitriou

Dirección de Planificación, Desarrollo y Empleo

L. Argyropoulou

A. Sarri

Dirección de Política Europea y Cooperación Internacional

Dr. A. Sotiriadou

D. Tremos

Dirección de Relaciones Laborales y Política Social

Th. Katsivardakou

Servicio de Aplicación Especial de la SGIG

N. Sereti

G. Siakantaris

A. Skliri

E. Vasilakou

Anexo 5

Cuadros

Cuadro 1

Participación femenina en el Parlamento Nacional en 1996, 2000, 2004 y 2007

Año

Total

Mujeres

% Mujeres

1996

300

19

6,3

2000

300

31

10,3

2004

300

39

13,0

2007

300

48

16,0

2009

300

52

17,3

Fuente:SGIG, Sexto Informe Nacional de Grecia presentado ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de las Naciones Unidas, período de sesiones 2001-2004, Parlamento de Grecia, Dirección General de Apoyo Administrativo, Departamento de Parlamentarios y de Partidos Políticos, 2007.

Procesamiento de datos: Departamento de Documentación de la SGIG.

Cuadro 2

Porcentaje de mujeres candidatas a concejos regionales, municipales y locales Elecciones municipales de 2006

Porcentaje de mujeres candidatas por región

Porcentaje de mujeres candidatas a concejos municipales

Porcentaje de mujeres candidatas a concejos locales

Porcentaje de mujeres candidatas

6%

29%

36%

32%

Fuente: SGIG.

Cuadro 3

Resultados de las elecciones europeas de 2004 y 2009, desglosados por sexo

Escaños

Mujeres

Hombres

% Mujeres

2004

24

8

16

33,3

2009

22

7

15

31,8

Fuente :http://ekloges.ypes.gr/pages/indexx/html.

Procesamiento de datos: Departamento de Documentación de la SGIG.

Cuadro 4

Participación femenina en cargos de responsabilidad en el sector público

Porcentaje de participación femenina en cargos de responsabilidad en ministerios, PJDP y OGL

1996

2002

2005

2007

Directores Generales

40,4%

37,7%

Ministerios: 40%

PJDP: 69,6%

OGL: 36, 7%

Promedio: 48,9%

Directores

24,5%

36%

34,5%

Ministerios: 35,5%

PJDP: 62,2%

OGL: 39,4%

Promedio: 45,7%

Jefes de Servicio

37,8%

50,7%

46,3%

Ministerios: 46,4%

PJDP: 76,3%

OGL: 44%

Promedio: 55,6%

Promedio

31,15%

42,3%

39,5%

50,1%

Fuente: Ministerio de Interior, Hojas estadísticas .

Cuadro 5

Personal de la autoridad central (2008)

Sector de Embajadores

Hombres

Mujeres

Sector de Embajadores

Embajador

3

1

Sector diplomático

Embajador

9

-

Ministro Plenipotenciario 1ª clase

29

6

Ministro Plenipotenciario 2ª clase

17

5

Consejero de Embajada 1ª clase

43

21

Consejero de Embajada 2ª clase

20

12

Secretario de Embajada 1ª clase

10

10

Secretario de Embajada 2ª clase

3

6

Secretario de Embajada 3ª clase

24

16

Agregado Diplomático

9

7

Total

164

83

Sector de personal científico del Servicio Jurídico Especial (SJE)

Consejero jurídico 1ª clase

2

8

Consejero jurídico 2ª clase

1

7

Consejero jurídico adjunto

3

4

Relator

2

7

Total

8

26

Sector de Expertos

Consejero Experto de Embajador 1ª clase

14

13

Consejero Experto de Embajador 2ª clase

8

3

Consejero Experto 1ª clase

9

10

Consejero Experto 2ª clase

13

12

Total

44

38

Sector de Asuntos Económicos y Comerciales (FCC)

Consejero General 1ª clase del FCC

2

-

Consejero General 2ª clase del FCC

3

-

Consejero 1ª clase del FCC

8

9

Consejero 2ª clase del FCC

4

-

Secretario 1º clase del FCC

3

2

Secretario 2º clase del FCC

-

4

Secretario 3º clase del FCC

9

13

Total

29

28

Fuente : Ministerio de Exteriores, Dirección de Personal.

Cuadro 6

Personal que presta servicios en el extranjero (2008)

Nivel

Hombres

Mujeres

Sector de Embajadores

Embajador

1

-

Sector Diplomático

Embajador

11

-

Ministro Plenipotenciario clase 1ª

61

6

Ministro Plenipotenciario clase 2ª

28

8

Consejero de Embajada clase 1ª

68

26

Consejero de Embajada clase 2ª

13

8

Secretario de Embajada clase 1ª

22

8

Secretario de Embajada clase 2ª

23

13

Secretario de Embajada clase 3ª

23

17

Total

249

86

Sector de Personal Científico del Servicio Jurídico Especial (SJE)

Sector de Expertos

Consejero Experto de Embajador clase 1ª

1

2

Consejero Experto de Embajador clase 2ª

1

-

Consejero Experto clase 1ª

-

1

Total

2

3

Sector de Asuntos Económicos y Comerciales (FCC)

Consejero General 1ª clase del FCC

5

2

Consejero General 2ª clase del FCC

1

1

Consejero 1ª clase del FCC

37

10

Consejero 2ª clase del FCC

1

1

Secretario 1º clase del FCC

20

6

Secretario 2º clase del FCC

6

2

Secretario 3º clase del FCC

8

10

Total

78

32

Fuente : Ministerio de Exteriores, Dirección de Personal.

Cuadro 7

Admitidos en las Academias de la Marina Mercante entre 2005 y 2008, por sexo

2005

2006

2007

2008

Nº de capitanes admitidos por año

Hombres

696

436

565

635

Mujeres

23

25

170

242

Nº de ingenieros admitidos por año

Hombres

550

251

335

401

Mujeres

21

21

34

43

Nº total de estudiantes admitidos por año

Hombres

1 246

687

900

1 036

Mujeres

44

46

204

285

Total

1 290

733

1 104

1 321

Porcentaje de mujeres

3,4

6,3

18,5

21,6

Fuente: Ministerio de Marina Mercante, Egeo y Política Insular.

Dirección de Educación de Trabajadores del Mar.

Cuadro 8

Alumnos de centros de formación de adultos (CFA) entre 2005 y 2008

Nº total de estudiantes

Hombres

Mujeres

2005-2008

203 782

56 594

147 188

2005-2008

Romaníes

2 127

1.049

1 078

2005-2008

Musulmanes

2 971

308

2 663

2005-2008

Inmigrantes

6 200

2 350

3 850

Fuente: Ministerio de Educación Nacional y de Asuntos Religiosos, Secretaría General de Educación Permanente.

Cuadro 9

Alumnos de escuelas de segunda oportunidad (ESO) entre 2005 y 2008

Nº total de Alumnos

Hombres

Mujeres

2005-2008

10 220

4 766

5 454

Fuente: Ministerio de Educación Nacional y de Asuntos Religiosos, Secretaría General de Educación Permanente.

Cuadro 10

Alumnos de escuelas de padres entre 2005 y 2008

Nº total de alumnos

Hombres

Mujeres

2005-2008

42 540

3 525

39 015

Grupos especiales (romaníes, musulmanes, inmigrantes)

2006-2008

1 201

125

1 076

Fuente: Ministerio de Educación Nacional y de Asuntos Religiosos, Secretaría General de Educación Permanente.

Cuadro 11

Estudiantes del programa Enseñanza de la lengua griega como segunda lengua para inmigrantes trabajadores entre 2005 y 2008

Nº total de estudiantes

Hombres

Mujeres

2005-2008

15 873

6 842

9 031

Fuente: Ministerio de Educación Nacional y Asuntos Religiosos, Secretaría General de Educación Permanente.

Cuadro 12

Estudiantes de los programas de Educación Permanente en los CFA y en los centros de educación a distancia para adultos entre 2005 y 2008

Nº total de alumnos

Hombres

Mujeres

2005-2008

8 027

2 755

5 272

Fuente: Ministerio de Educación Nacional y de Asuntos Religiosos, Secretaría General de Educación Permanente.

Cuadro 13

Estudiantes de los Comités Prefecturales de Educación de Adultos (CPEA) entre 2005 y 2008

Nº total de estudiantes

Hombres

Mujeres

2005-2008

96 949

24 186

72 763

Fuente: Ministerio de Educación Nacional y de Asuntos Religiosos, Secretaría General de Educación Permanente.

Cuadro 14

Mujeres en la educación superior

Estudiantes de IES

Estudiantes de postgrado

Curso

Total

Mujeres

% Mujeres

Total

Mujeres

% Mujeres

2005/2006

171 967

102 353

59,52

42 930

21 283

49,58

2006/2007

171857

102 569

59,68

47 784

24 464

51,20

2007/2008

170 422

102 792

60,32

49 347

24 754

50,16

Fuente: Secretaría General del Órgano Estatal Heleno de Estadística.

Cuadro 15

Instituciones de educación superior, estudiantes extranjeros y expatriados, desglosados por sexo y país de origen*

Información académica al término del curso 2007/2008

Total

País de origen

Total

Hombres

Mujeres

Unión Europea

9 770

4 142

5 628

Balcanes

2 324

951

1 373

Resto de Europa

567

195

372

África

792

567

225

América

187

97

90

Asia

1 310

942

368

Oceanía

14

6

8

Desconocido

328

146

182

Total

15 292

7 046

8 246

Fuente: Censo General elaborado por la ELSTAT en todas las instituciones de educación terciaria al término del curso académico 2007/2008, procesado por la SGIG.

Puede consultarse un análisis más detallado por país de origen.

Cuadro16

Educación secundaria pública y privada en Grecia, curso académico 2005/2006

Centros educativos

Estudiantes

Profesores

Niños

Niñas

Hombres

Mujeres

Centros de educación secundaria de primer ciclo

175 959

160 299

13 768

27 661

Centros de educación secundaria de segundo ciclo

113 477

129 811

13 248

13 368

Centros técnicos profesionales

65 734

36 643

9 601

7 578

Total

355 170

328 753

36 617

48 607

Fuente: MEAR, Dirección de Investigación Operativa, Departamento de Investigaciones Operativas y Estadísticas.

Cuadro 17

Educación secundaria pública y privada en Grecia, curso académico 2006/2007

Centros educativos

Estudiantes

Profesores

Niños

Niñas

Hombres

Mujeres

Centros de educación secundaria de primer ciclo

180 490

164 213

12 945

30 694

Centros de educación secundaria de segundo ciclo

111 290

125 594

13 689

13 702

Centros técnicos profesionales

50 500

24 238

8 118

6 536

Liceos profesionales

15 939

8 057

1 258

1 207

Total

358 219

322 162

36 101

52 139

Fuente: MEAR, Dirección de Investigación Operativa, Departamento de Investigaciones Operativas y Estadísticas.

Tabla 18

Educación secundaria pública y privada en Grecia, curso académico 2007/2008

Centros educativos

Estudiantes

Profesores

Niños

Niñas

Hombres

Mujeres

Centros de educación secundaria de primer ciclo

178 420

163 151

12 983

31 323

Centros de educación secundaria de segundo ciclo

112 510

129 139

13 339

14 200

Centros técnicos profesionales

21 843

13 234

4 235

3 153

Liceos profesionales

33 369

16 003

4 659

4 147

Centros educativos profesionales

3 771

2 733

616

488

Total

349 913

324 260

36 082

53 311

Fuente: MEAR, Dirección de Investigación Operativa, Departamento de Investigaciones Operativas y Estadísticas.

Tabla 19

Tasas de empleo y desempleo correspondientes a 2004 y segundo trimestre de 2008, desglosadas por sexo

Porcentaje de empleo

Porcentaje de desempleo

Hombres

2004

74,0

6,5

2008

75,4

4,8

Mujeres

2004

45,5

16,0

2008

49,0

11,1

Fuente: Secretaría General del OEHE, Investigación de Recursos Humanos, 2004 y2008, 2º semestre.

Cuadro 20

Variación en las tasas de empleo y desempleo entre 2004 y 2008, desglosadas por sexo

Porcentaje de empleo

Porcentaje de desempleo

Hombres

1,4

-1,7

Mujeres

3,5

-4,9

Fuente: Secretaría General del OEHE, Investigación de Recursos Humanos, 2004 y 2º semestre de 2008.

Procesamiento de datos: Departamento de Documentación de la SGIG.

Cuadro 21

Índices regionales de desempleo correspondientes a 2008, desglosados por sexo

Hombres

Mujeres

Ática

4,4%

8,2%

Creta

3,3%

8,2%

Egeo Septentrional

1,8%

9,4%

Tesalia

4,9%

10,8%

Grecia

4,8%

11,1%

Egeo Meridional

4,7%

11,6%

Peloponeso

4,5%

11,7%

Macedonia Central

5,1%

13,2%

Grecia Central

5,5%

13,4%

Islas Jónicas

5,6%

14,0%

Macedonia Oriental – Tracia

4,6%

14,1%

Grecia Occidental

6,0%

15,1%

Epiro

4,5%

16,2%

Macedonia Occidental

7,9%

19,1%

Fuente: Secretaría General del OEHE, Investigación de Recursos Humanos, 2º semestre de 2008.

Procesamiento de datos: Departamento de Documentación de la SGIG.

Cuadro 22

Diferencias absolutas en los índices de empleo de ambos sexos correspondientes a 2008, desglosadas por región

Regiones

Diferencia absoluta

Egeo Septentrional

41,7%

Egeo Meridional

34,4%

Grecia Central

30,4%

Grecia Occidental

29,9%

Macedonia Central

28,6%

Peloponeso

27,1%

Epiro

26,9%

Macedonia Oriental – Tracia

26,6%

Grecia

26,4%

Macedonia Oriental

25,8%

Islas Jónicas

25,7%

Creta

25,3%

Tesalia

25,0%

Ática

23,4%

Fuente: Secretaría General del OEHE, Investigación de Recursos Humanos, 2º semestre de 2008.

Procesamiento de datos: Departamento de Documentaciónde la SGIG.

Cuadro 23

Promedio de tiempo dedicado a las tareas domésticas y familiares y al empleo por cuenta ajena (datos relativos a 2005) a

Mujeres

Hombres

Diferencia de género

Tareas domésticas y familiares

Empleo remunerado

Tareas domésticas y familiares

Empleo remunerado

Tareas domésticas y familiares

Empleo remunerado

28,8

43,6

7,1

53,1

21,7

-9,5

Fuente: Cuarta Encuesta Europea sobre las Condiciones de Trabajo (EWCS, según sus siglas en inglés), Comité Europeo 2005, Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades.

http://ec.europe.eu/social/main.jsp?catld=685&langld=el&intPageld=131.

a En la columna "Diferencia de género", un valor positivo implica más tiempo de media empleado(para similares actividades) por las mujeres que por los hombres, mientras que un valor negativo indica lo contrario. Cabe destacar que la muestra incluida corresponde a personas que desempeñaban un empleo remunerado durante la semana objeto del estudio. Debido a esta limitación, se debería prestar especial atención a la interpretación de la diferencia por razón de sexo entre el promedio de tiempo dedicado al empleo remunerado y a las tareas domésticas y familiares. Por ejemplo, en materia de empleo remunerado, las diferencias de género se deben principalmente a la diferencia en las normas que rigen la asignación de empleo a tiempo parcial entre los sexos en los diferentes Estados miembros de la UE y no, en general, a la participación en el empleo de cada sexo. De incluirse todo la población en edad de trabajar (y no solo aquellas que desempeñan un empleo remunerado), probablemente la diferencia de género en el uso del tiempo hubiera sido mayor.Insistimos en que el empleo femenino a tiempo parcial en Grecia se encuentra por debajo de los niveles europeos: en 2008, el 9,9% de las mujeres trabajaban a tiempo parcial y el 2.8% de los hombres.

Cuadro 24

Razones para no buscar empleo entre la población inactiva de 25 a 64 años, por sexo

Mujeres

Hombres

Razones para no buscar empleo

2004

2008

2004

2008

Estar a la espera de incorporarse a un puesto de trabajo

:

:

:

:

Sufrir enfermedad o incapacidad

3,5

4,7

20,0

20,1

Otras responsabilidades familiares o personales

43,9

36,5

1,6

1,2

Cuidado de hijos o de adultos dependientes

:

8,6

:

:

Estudiante

1,2

2,0

6,2

7,4

Pensionista

14,2

14,7

67,2

65,6

Pensar que no hay empleos disponibles

0,7

0,9

:

0,8

Otras razones

36,5

32,7

4,5

4,8

Fuente: Eurostat.

Cuadro elaborado por el Servicio de Documentación y el Departamento de Documentación de la SGIG.

Cuadro 25

Financiación destinada a la mujer en el conjunto de programas del Centro Heleno de Filmografía

2005

2006

2007

2008

Cortometrajes

70%

50%

25%

30%

Documentales

33%

25%

75%

40%

Películas

19%

20%

22%

10%

Temas relacionados con la mujer

15%

17%

5%

31%