73º período de sesiones

1 a 19 de julio de 2019

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

Lista de cuestiones y preguntas relativas al noveno informe periódico de Guyana

Visibilidad de la Convención

En relación con las recomendaciones anteriores del Comité (CEDAW/C/GUY/CO/7-8, párr. 9), sírvase proporcionar información sobre los efectos de las actividades de sensibilización dirigidas a la judicatura y a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Sírvase especificar cómo ha respondido el Estado parte a la falta de conocimiento de la Convención entre las mujeres, en particular en las zonas rurales y del interior y entre las comunidades amerindias y mediante la utilización de los idiomas amerindios, y aclarar los efectos de las medidas adoptadas en las denuncias de casos de discriminación contra la mujer, incluidos casos de violencia por razón de género.

Situación jurídica de la Convención

Según el informe del Estado parte (CEDAW/C/GUY/9), la Convención se incorpora en la legislación nacional por medio del Anexo Cuatro de la Constitución, por lo que debe aplicarse en su totalidad (párr. 23). Sírvase formular observaciones sobre el artículo 154 A 6) de la Constitución, que dispone que el Estado parte “puede despojarse de las obligaciones que le incumben o de cualquier otro modo limitar esas obligaciones” en virtud del Anexo Cuatro, y sobre si esa disposición es compatible con las obligaciones contraídas por el Estado parte en virtud de la Convención, que ratificó sin reservas. Sírvase indicar si se ha invocado la Convención en los tribunales e informar del número, la naturaleza y el resultado de los casos pertinentes.

Definición de no discriminación

Sírvase aclarar cómo tiene previsto el Estado parte incorporar en su legislación nacional, en particular en la Ley de Prevención de la Discriminación (Ley núm. 26 de 1997), una definición de discriminación contra la mujer que prohíba la discriminación indirecta y las formas interseccionales de discriminación, en vista del compromiso del Estado parte de prevenir la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género (párr. 27).

Acceso a la justicia

Sírvase proporcionar información actualizada al Comité sobre los esfuerzos del Estado parte por ampliar los juzgados de paz permanentes y la prestación de asistencia jurídica a todas las regiones, en particular las del interior, y por fomentar periódicamente la capacidad de la judicatura en lo que respecta a cómo invocar o aplicar directamente la Convención. En relación con el nombramiento de un Ombudsman en 2014, sírvase proporcionar información sobre la oficina del Ombudsman, concretamente: a) las garantías de su independencia; b) los recursos humanos, financieros y técnicos asignados; c) las actividades emprendidas para promover y proteger los derechos de la mujer; d) si su mandato comprende examinar denuncias, en particular en relación con la discriminación por razón de género, y e) su posible acreditación por la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos. Sírvase indicar los obstáculos que afectan a la entrada en funciones de la Comisión de Derechos Humanos y las medidas que se están adoptando para superarlos.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

Sírvase aclarar la diferencia entre los mandatos de la Comisión de la Mujer y la Igualdad de Género y la Oficina de Asuntos de Género y proporcionar información actualizada sobre las actividades emprendidas por cada entidad, sus efectos y si los recursos humanos y financieros asignados a cada una son proporcionales a su mandato. Sírvase indicar las iniciativas emprendidas para mejorar la coordinación de las actividades de los diversos organismos que se ocupan del adelanto de la mujer (párr. 30). Sírvase especificar las medidas adoptadas para asegurar que las cuestiones de género se incorporen sistemáticamente en la legislación, las políticas y los programas del Estado parte y para establecer indicadores que permitan medir la discriminación por razón de género. Sírvase aclarar la situación, los objetivos y metas con plazos concretos de la Política Nacional de Género y su plan de acción (párrs. 30, 39 y 49), el organismo responsable de su aplicación, seguimiento y evaluación, y los recursos humanos, técnicos y financieros que han de asignarse para su aplicación efectiva en todos los sectores y niveles del Estado parte.

Medidas especiales de carácter temporal

El Comité hace notar los programas de microcrédito y capacitación orientados a las mujeres progenitoras únicas (párrs. 42 a 44), aunque parece que los demás programas enumerados por el Estado parte en la esfera de la educación no van orientados específicamente a las mujeres y las niñas. Sírvase indicar si el Estado parte ha adoptado o se propone adoptar medidas como un sistema de cuotas, programas específicos de selección, contratación y ascensos, o de divulgación o apoyo para acelerar los progresos hacia el logro de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, concretamente en materia de empleo, educación y participación política y pública, en particular con respecto a las mujeres de las zonas rurales y las mujeres amerindias, y el plazo previsto para su implementación. Sírvase especificar la legislación o la política que dispone la adopción de medidas especiales de carácter temporal y las actividades emprendidas para crear conciencia, en particular entre los funcionarios públicos, los empleadores y el público en general, sobre el uso y los efectos de esas medidas.

Estereotipos y prácticas nocivas

Según el informe del Estado parte: algunas “prácticas culturales” son difíciles de combatir debido al “sistema de valores” de algunas regiones (párr. 48). Sírvase proporcionar más detalles sobre esas “prácticas culturales” y el “sistema de valores” y sobre la forma en que se abordarán en el proyecto de Política Nacional de Género. Sírvase aclarar si la educación pública y los programas de sensibilización para cuestionar los papeles asignados a cada género y promover la igualdad de género se han hecho extensivos a las zonas rurales, remotas y del interior y a la población amerindia. Sírvase proporcionar información sobre el posible seguimiento, evaluación y resultados de las actividades emprendidas, en particular en cuanto a la forma en que las actividades realizadas han contribuido a cambiar los estereotipos de género discriminatorios y las actitudes patriarcales, y la forma en que se utilizaron los resultados del seguimiento y la evaluación para ajustar las medidas adoptadas por el Estado parte en la materia y para elaborar en base a los mismos el proyecto de Política Nacional de Género.

Sírvase describir cómo se confrontan en la escuela, los planes de estudio y los medios de comunicación los estereotipos discriminatorios de género, las actitudes patriarcales y las prácticas nocivas como el matrimonio infantil, el embarazo en la adolescencia y los castigos corporales. Sírvase informar al Comité sobre las medidas adoptadas para lograr que los niños y los varones jóvenes participen en la vida familiar y compartan las responsabilidades.

Violencia de género contra las mujeres

Sírvase explicar cómo tiene previsto el Estado parte superar los obstáculos a la aplicación efectiva de la Ley de Delitos Sexuales de 2010 y la Ley contra la Violencia Doméstica de 1996, como son las bajas tasas de denuncia, investigación, enjuiciamiento y condena en relación con los casos de violencia por razón de género, incluida la violencia doméstica y la violencia sexual, la falta de capacidad y de sensibilidad a las cuestiones de género entre el personal de la policía y la judicatura; y la estigmatización de las víctimas que hace que no se denuncien todos los casos. Sírvase describir también los efectos que tienen las medidas de sensibilización (párr. 48) y el Protocolo para la Prevención de la Violencia Sexual (párr. 58) en la denuncia de casos de violencia doméstica y violencia sexual. Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas para determinar las causas de la incidencia particularmente elevada de la violencia por razón de género contra las mujeres en las regiones 3, 5 y 6 y para reducir y vigilar dicha incidencia (párr. 34), así como sobre los efectos de las medidas para reducir su prevalencia. Sírvase especificar las causas profundas de la violencia por razón de género contra las mujeres a que se hace referencia en el estudio del Fondo de Población de las Naciones Unidas (párr. 65) y cómo las ha abordado el Estado parte en su política para prevenir y combatir la violencia de género contra las mujeres y las niñas.

Sírvase informar al Comité sobre los resultados y las enseñanzas extraídas de la aplicación de la Política Nacional sobre la Violencia Doméstica para el período 2008-2013 y cómo se reflejaron en el Plan de Acción Nacional para la Aplicación de las Leyes sobre Violencia Doméstica y Delitos Sexuales para el período 2014-2017. Sírvase especificar cómo se garantiza la coordinación entre los diversos organismos que participan en la prevención y la lucha contra la violencia por razón de género contra las mujeres (párrs. 28 y 58) a fin de evitar la duplicación innecesaria de tareas. Con respecto al primer Tribunal de Delitos Sexuales, sírvase proporcionar información sobre las cuestiones siguientes: a) su competencia territorial y por razón de la materia; b) el número y la naturaleza de los casos tramitados; c) el número de condenas y las penas impuestas; d) el número de casos que tiene pendientes; e) los recursos humanos, financieros y técnicos asignados al Tribunal; f) la forma en que este contribuirá al enjuiciamiento efectivo de los casos de violencia por razón de género contra mujeres; y g) si existen planes para el establecimiento de tribunales similares en otras zonas del Estado parte.

Sírvase proporcionar datos sobre el número de mujeres víctimas de violencia por razón de género que recibieron atención médica y psicosocial y asistencia jurídica gratuita. Sírvase describir las medidas adoptadas para aumentar el número y la capacidad de los albergues, especialmente en las zonas del interior (CEDAW/C/GUY/CO/7-8, párr. 23) y para ofrecer alojamiento sostenible a las víctimas además del alojamiento temporal que se ofrece en las primeras 24 horas (párr. 64). Sírvase proporcionar datos estadísticos sobre casos de todo tipo de violencia por razón de género contra las mujeres, en particular de violencia doméstica y violencia sexual, desglosados por sexo, edad, origen étnico, región y la relación entre la víctima y el agresor.

Trata y explotación de la prostitución

Sírvase informar al Comité sobre los resultados del plan de acción contra la trata de 2014 y las medidas adoptadas para mejorar la investigación y el enjuiciamiento de los casos de trata y la condena de los culpables, y para hacer frente a la complicidad oficial y las causas profundas de la trata (párr. 50). Sírvase aclarar las medidas adoptadas para fomentar la capacidad de las autoridades, especialmente en las zonas rurales y remotas, en materia de identificación y remisión de las víctimas a los servicios pertinentes (CEDAW/C/GUY/CO/7-8, párr. 25) y para capacitar a los funcionarios del servicio exterior en todo lo relativo a la trata. Sírvase también proporcionar información sobre el número de mujeres y niñas víctimas de la trata que han sido identificadas, la atención sanitaria, la asistencia psicosocial, el alojamiento y la asistencia jurídica gratuita que se les haya facilitado y los planes para mejorar la provisión de alojamiento, en particular fuera de la capital y para mujeres con hijos. Sírvase explicar también cómo afronta el Estado parte la elevada prevalencia de la trata de mujeres y niñas en el sector minero.

Aunque determinar a mujeres o niñas a mantener relaciones sexuales o ejercer la prostitución está tipificado como delito en Guyana según lo dispuesto en los artículos 72 y 73 de la Ley de enjuiciamiento criminal (Delitos), sírvase aclarar si ejercer la prostitución es constitutivo de delito. Sírvase proporcionar datos sobre los casos denunciados de explotación de la prostitución. Sírvase especificar las medidas adoptadas para atender eficazmente las denuncias de abusos policiales contra mujeres que ejercen la prostitución, proporcionar a esas mujeres atención médica confidencial y facilitar alojamiento y fuentes alternativas de ingresos a las mujeres que deseen abandonar la prostitución.

Participación en la vida pública y política

En 12 de los 26 órganos de adopción de decisiones, las mujeres representan entre el 12 % y el 26 %, mientras que en dos entidades, National Shipping Corporation y la Junta Veterinaria, no cuentan con ninguna representación (anexo 7, cuadro 7). Sírvase indicar las medidas adoptadas, por ejemplo, medidas especiales de carácter temporal, para garantizar la igualdad entre los géneros en todos los ámbitos de la vida pública, política y profesional, en particular en órganos decisorios y puestos directivos, así como en las fuerzas armadas y la policía, en particular con respecto a la representación de las mujeres amerindias. Sírvase aclarar cómo responde el Estado parte a los factores que inhiben a las mujeres de participar en la vida pública y política, en particular las limitaciones en materia de capacitación para gestionar campañas políticas, servicios de guardería y recursos financieros. Sírvase proporcionar información sobre las actividades de sensibilización destinadas específicamente a promover el papel de la mujer en la vida política y pública y en puestos de adopción de decisiones en todas las esferas (CEDAW/C/GUY/CO/7-8, párr. 27).

Educación

Con referencia al informe del Estado parte (anexo D, cuadro 15), sírvase explicar las causas de que no haya matriculaciones, especialmente entre las niñas, en actividades de formación técnica y profesional en las regiones 1, 7, 8 y 9 y cómo tiene previsto el Estado parte solucionar el problema. Sírvase también explicar de qué modo los programas de educación técnica (párrs. 79 a 81) se han destinado específicamente a las niñas e indicar el porcentaje de ellas que se han beneficiado de actividades de formación empresarial para la juventud (párr. 81) y de servicios de asesoramiento sobre las posibilidades de carrera en trayectorias no tradicionales en profesiones relacionadas con la ciencia (CEDAW/C/GUY/CO/7-8, párr. 28). Sírvase explicar en detalle los efectos de las medidas adoptadas en relación con la tasa de matriculación de niñas en estudios técnicos y científicos en las instituciones de formación profesional y las universidades y el acceso de las mujeres a empleos en esas esferas, y proporcionar las estadísticas pertinentes. Sírvase ofrecer más detalles sobre la disponibilidad de educación inclusiva para las mujeres y las niñas con discapacidad, en particular en las zonas rurales, remotas y del interior.

Sírvase proporcionar datos desglosados por sexo y región de las tasas de deserción escolar en todos los niveles educativos y especificar las medidas adoptadas para hacer frente a las causas de la deserción escolar entre las niñas en la enseñanza secundaria, como el embarazo, y para alentarlas a regresar a la escuela. Sírvase explicar las repercusiones que tiene la práctica del castigo corporal en la asistencia de las niñas a la escuela y cómo prevé el Estado parte hacer frente a las “opiniones firmemente arraigadas” a favor del castigo corporal (párr. 83) y erradicar la práctica (CEDAW/C/GUY/CO/7-8, párrs. 28 y 29). Sírvase proporcionar información sobre la incidencia del acoso sexual en las escuelas e indicar las medidas que se están adoptando para contrarrestar este fenómeno.

Empleo

Sírvase explicar en detalle las medidas adoptadas, por ejemplo, medidas especiales de carácter temporal, en particular cuotas e incentivos para los empleadores, a fin de promover el empleo de las mujeres en la economía formal, específicamente en la agricultura y los sectores técnicos y científicos, tradicionalmente dominados por los hombres, y en puestos de dirección y alta dirección. Sírvase especificar cómo se hace efectivo el principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor y se supervisa su aplicación, y proporcionar información sobre los resultados de esa supervisión. Sírvase especificar las medidas adoptadas para determinar y reducir el desempleo de las mujeres (del 15,3 %, según se informa) y abordar sus causas profundas, eliminar la disparidad salarial por razón de género y hacer frente a la pérdida en la fuerza de trabajo de mujeres cualificadas debido a la emigración. Sírvase proporcionar datos estadísticos sobre la participación de las mujeres, en particular las mujeres amerindias, en el mercado laboral en las zonas urbanas, rurales y del interior. Sírvase especificar los progresos realizados con miras a formalizar el acceso de las mujeres del sector no estructurado a la seguridad social (párr. 87), incluidas prestaciones de desempleo, y los arreglos previstos para garantizar su acceso a planes de jubilación.

Salud

En vista de que las tasas nacionales de mortalidad materna y de niños menores de un año siguen siendo elevadas, sírvase proporcionar información sobre las causas subyacentes y los factores que dificultan su reducción. Sírvase indicar el número de obstetras y ginecólogos disponibles en el Estado parte, en proporción al número de mujeres en edad de procrear, en particular en las zonas rurales, remotas y del interior. Sírvase proporcionar datos desglosados por sexo y región sobre la prevalencia nacional del VIH/sida, la malaria y la tuberculosis, incluso entre las mujeres embarazadas, y sobre las medidas que se están adoptando para hacer frente a la discriminación contra las mujeres y las niñas seropositivas, en base a las denuncias presentadas.

Sírvase proporcionar información desglosada por edad y región sobre la prevalencia de los embarazos en la adolescencia en el Estado parte y sobre los efectos de las medidas adoptadas para reducir dicha prevalencia. Sírvase aclarar si el Estado parte ha realizado un estudio o encuesta para determinar las causas profundas de los embarazos en la adolescencia a fin de fundamentar su política y cómo tiene previsto reforzar la educación en materia de planificación familiar y anticoncepción. Sírvase indicar también si se ha realizado un estudio o encuesta para determinar las causas profundas del suicidio entre las mujeres y las niñas en el Estado parte, las medidas adoptadas para reducir su prevalencia y cómo ha enfrentado el Estado parte los desafíos al respecto, como la falta de profesionales cualificados y el estigma asociado a la búsqueda de apoyo de salud mental.

Mujeres de las zonas rurales

Sírvase informar al Comité sobre los esfuerzos del Estado parte por mejorar el acceso a los servicios básicos para las mujeres que viven en zonas rurales, remotas y del interior, de conformidad con la Convención. Sírvase explicar con más detalle los programas para erradicar la discriminación contra las mujeres y cómo estos han contribuido al reconocimiento de las mujeres como agricultoras (párr. 110), los esfuerzos por hacer frente a las costumbres y prácticas tradicionales negativas en las zonas rurales y del interior (párr. 111), las medidas adoptadas para garantizar el transporte seguro de los estudiantes, en particular las mujeres y las niñas, a los centros de enseñanza, y los planes de ampliación del proyecto conocido como “Barcos, autobuses, bicicletas, libros y desayunos” a todas las zonas rurales, remotas y del interior (párr. 47). Sírvase proporcionar información sobre la participación de las mujeres de las zonas rurales en la formulación de las políticas que las afectan. Sírvase indicar qué medidas se han adoptado para reunir estadísticas a fin de evaluar la situación de las mujeres que viven en zonas rurales, remotas y del interior.

Grupos de mujeres desfavorecidas

Con referencia a las recomendaciones anteriores del Comité (CEDAW/C/GUY/CO/7-8, párrs. 22 y 23), sírvase proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para combatir de manera efectiva la violencia contra las mujeres lesbianas, bisexuales, y transgénero y las personas intersexuales (LBTI) y despenalizar las relaciones sexuales consentidas entre personas del mismo sexo. Sírvase también informar al Comité sobre los progresos hechos con miras a despenalizar el travestismo y sobre la respuesta a los casos denunciados de acoso, detención, abusos verbales y violencia por parte de la policía contra mujeres lesbianas, bisexuales y transgénero y personas intersexuales, así como de renuencia de la policía a registrar denuncias de discriminación presentadas por dichas mujeres y personas. Sírvase indicar las medidas adoptadas para mejorar el acceso a la asistencia sanitaria y al empleo para las mujeres lesbianas, bisexuales y transexuales y las personas intersexuales , y para hacer frente a las denuncias de discriminación en esas esferas.

Teniendo en cuenta la actual presencia en Guyana de un gran número de mujeres y niñas venezolanas que necesitan protección internacional, sírvase explicar con más detalle las medidas adoptadas con miras a garantizar su acceso a la vivienda, la asistencia sanitaria y la educación, así como a oportunidades de generación de ingresos, proporcionar soluciones a más largo plazo respecto de su condición jurídica y hacer frente de manera efectiva a la discriminación, la trata y la explotación sexual de que son objeto, en base a los casos denunciados. Sírvase también poner al día al Comité sobre los planes del Estado parte de establecer y aplicar un procedimiento de asilo y de ratificar la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, así como la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961.

Matrimonio y relaciones familiares

Con referencia a las recomendaciones anteriores del Comité (CEDAW/C/GUY/CO/7-8, párr. 39), sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aplicar con rigor las leyes que prohíben el matrimonio infantil, establecer mecanismos de vigilancia y detección de casos de matrimonio infantil, asegurar que los infractores sean llevados ante la justicia, recopilar datos sobre la aplicación de la Ley de Delitos Sexuales que permite que un niño o una niña menor de 15 años se case si uno de los progenitores obtiene consentimiento judicial, concienciar sobre los efectos negativos del matrimonio infantil para la salud y el bienestar de los niños y las niñas y de la sociedad en general, y reunir datos sobre el número de denuncias, investigaciones, enjuiciamientos, condenas y sanciones por no respetar la edad mínima preceptiva para contraer matrimonio. Sírvase informar al Comité sobre los planes para fijar como edad mínima para contraer matrimonio los 18 años y las medidas adoptadas para enmendar la ley a fin de garantizar que las niñas menores de 18 años no contraigan matrimonio, independientemente de que hayan obtenido consentimiento parental.