Naciones Unidas

CCPR/C/GNB/QPR/1

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

27 de enero de 2021

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Humanos

Lista de cuestiones previa a la presentación del informe inicial de Guinea-Bissau *

A.Información general sobre la situación nacional en materia de derechos humanos, con inclusión de nuevas medidas y acontecimientos relativos a la aplicación del Pacto

1.Sírvanse informar de las principales novedades que se hayan producido en el marco jurídico e institucional de promoción y protección de los derechos humanos desde la ratificación del Pacto.

B.Información específica sobre la aplicación de los artículos 1 a 27 del Pacto

Marco constitucional y jurídico de la aplicación del Pacto (art. 2)

2.En relación con el artículo 29 de la Constitución del Estado parte, sírvanse indicar cuál es el rango del Pacto en el ordenamiento jurídico interno, en particular si sus disposiciones prevalecen sobre las leyes nacionales y si se les da pleno efecto en dicho ordenamiento. Informen también sobre la aplicación del derecho consuetudinario e indiquen de qué manera este se ajusta a lo previsto en el Pacto. Aporten ejemplos de casos en que el Pacto haya sido invocado o aplicado por los tribunales nacionales e información respecto de las medidas adoptadas para darlo a conocer a los jueces, los fiscales, los abogados y el público en general.

3.Sírvase proporcionar información sobre la Comisión Nacional de Derechos Humanos, indicando en particular: a) si está dotada de los recursos humanos y financieros necesarios para desempeñar plenamente sus funciones; b) si se ajusta a los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París); y c) la categoría de su acreditación ante la Comisión ante la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos

Medidas de lucha contra la corrupción (arts. 2 y 25)

4.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas destinadas a prevenir y combatir la corrupción, en particular la de los funcionarios del Estado, que debilita el estado de derecho y da lugar a infracciones de las disposiciones del Pacto. Informen sobre los resultados obtenidos gracias a esas medidas y proporcionen datos sobre los procesos que se hayan entablado y las condenas que se hayan impuesto en relación con casos de corrupción, así como información sobre las sanciones dictadas y la eventual recuperación del producto de esos delitos. Describan también todas las medidas adoptadas para asegurar la gestión transparente de los recursos naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1, párrafo 2, del Pacto.

No discriminación e igualdad entre hombres y mujeres (arts. 2, 3, 23, 25 y 26)

5.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la desigualdad de género, incluida información sobre la legislación vigente específicamente relacionada con la cuestión. Indiquen todas las medidas destinadas a asegurar en la práctica la representación de la mujer en cargos electivos y en la vida política y pública, especialmente en puestos decisorios. A este respecto, sírvanse informar sobre la aplicación de la Ley de Paridad de Género (Ley núm. 4/2018) con respecto a la participación de la mujer en la política y en las instancias de adopción de decisiones, e indiquen si el Estado parte ha logrado completar el cupo previsto por Ley para la lista electoral. Comenten la información según la cual la práctica del voto colectivo, por familias o por grupos, impuesta por los hombres o los dirigentes tradicionales, afecta particularmente a las mujeres. Sírvanse informar de las demás medidas que se hayan adoptado para aumentar la participación de las mujeres en la vida pública, incluido el sector privado, en particular en puestos directivos. Informen también sobre el motivo que llevó a suprimir el Ministerio de Asuntos de la Mujer en 2019.

Violencia contra las mujeres y los niños, incluida la violencia doméstica (arts. 2, 3, 6, 7, 24 y 26)

6.Sírvanse informar acerca de las medidas adoptadas para luchar eficazmente contra la persistencia de la violencia doméstica y los efectos de dichas medidas. Proporcionen información sobre la aplicación de la Ley contra la Violencia Doméstica (Ley núm. 6/2014) e indiquen si dicha Ley es suficiente para hacer frente a todas las formas de violencia contra las mujeres y los niños, proporcionar acceso a la justicia y a medios de protección y apoyo a las víctimas, y castigar a los autores. Sírvanse describir las medidas adoptadas para hacer frente al alto grado de tolerancia hacia la violencia contra las mujeres, así como a las normas y actitudes sociales que justifican la violencia de género y a los factores que disuaden a las víctimas de denunciar los delitos. Aporten información sobre las medidas adoptadas para garantizar un acceso efectivo a la asistencia jurídica gratuita a las víctimas de todos los tipos de violencia contra las mujeres y los niños, así como a servicios eficaces de apoyo a las víctimas, debidamente financiados, incluidos centros de acogida y de asesoramiento.

7.Sírvanse indicar cuántas instituciones judiciales especializadas pueden ocuparse de los casos de violencia de género e informen si son suficientes para abarcar todo el país, incluidas las zonas rurales y alejadas. Comenten la información recibida según la cual la mayoría de los conflictos relacionados con la violencia de género se resuelven con la intermediación de las instituciones o autoridades tradicionales, como las familias, los dirigentes de la comunidad ( tabanka ) y otros dirigentes tradicionales, locales y religiosos, y expliquen de qué manera esta práctica se ajusta a lo dispuesto en el Pacto.

Prácticas nocivas y violencia sexual (arts. 2, 3, 6, 7 y 26)

8.Sírvanse describir las medidas adoptadas para eliminar las prácticas tradicionales nocivas. Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación de la Ley Federal para Prevenir, Combatir y Erradicar la Mutilación Genital Femenina (Ley núm. 14/2011) y sobre el número de denuncias recibidas, procesos entablados y condenas dictadas en relación con la mutilación genital femenina. Concretamente, indiquen las medidas de rehabilitación que se hayan adoptado, en particular en lo que respecta a la prestación de atención psicológica y sanitaria a las víctimas. Sírvanse indicar también cuál es la edad mínima para contraer matrimonio legalmente, tanto para los varones como para las mujeres, y cuál es la legislación aplicable en esta materia.

Mortalidad materna e infantil e interrupción voluntaria del embarazo (arts. 3, 6 y 7)

9.En vista de las elevadas tasas de mortalidad materna y de embarazos precoces, sírvanse presentar datos estadísticos actualizados sobre la mortalidad materna e infantil. Describan también las medidas adoptadas para mejorar el acceso a los servicios de salud y a la información sobre salud sexual y reproductiva de los adultos y los adolescentes de uno y otro sexo, en particular las mujeres pertenecientes a minorías étnicas y las que viven en zonas remotas. Aclaren si la legislación nacional autoriza el aborto legal si el hecho de llevar el embarazo a término puede ocasionar un sufrimiento considerable a la mujer, en especial si es el resultado de una violación o un incesto, o no es viable.

Derecho a la vida y uso excesivo de la fuerza (arts. 3, 6 y 7)

10.Sírvanse proporcionar información sobre las normas jurídicas que se aplican en el Estado parte respecto del uso adecuado de la fuerza y las armas de fuego por los agentes del orden e indiquen la fuente de esas normas en la legislación interna. Expliquen qué medidas ha adoptado el Estado parte para garantizar que esas normas sean respetadas en la práctica por los agentes del orden y el personal de seguridad.

11.Sírvanse responder a las denuncias de que, a pesar de la existencia de legislación nacional que protege el derecho a la vida, una serie de asesinatos ilegales y arbitrarios cometidos por las fuerzas de seguridad siguen impunes. A este respecto, aporten información sobre las investigaciones relativas al asesinato del Presidente João Bernardo Vieira en marzo de 2009. Faciliten información sobre las investigaciones llevadas a cabo y las sanciones impuestas a los responsables de asesinatos ilegales y arbitrarios, y, con respecto a los últimos cinco años, indiquen también el número de denuncias presentadas, investigaciones realizadas, procesos incoados y condenas dictadas por ejecuciones ilegales o arbitrarias.

Prohibición de la tortura y de los tratos crueles, inhumanos o degradantes (arts. 6 y 7)

12.Sírvanse aportar información sobre el marco legislativo de prevención y lucha contra la tortura, e indiquen cuál es la definición de tortura y cuáles son las sanciones previstas en la legislación penal. ¿Qué mecanismos existen para que se investiguen sin demora y de manera exhaustiva e imparcial las denuncias de tortura y malos tratos, en particular la tortura y los malos tratos sufridos a manos de las fuerzas de seguridad en lugares de reclusión? ¿Qué mecanismos existen para prevenir y denunciar la tortura y los malos tratos en las prisiones y los centros de reclusión, entre otros lugares ? Sírvanse aportar también datos sobre el número de investigaciones, enjuiciamientos, condenas o absoluciones y penas impuestas en esos casos, así como sobre la naturaleza de las sanciones impuestas por actos de tortura. Indiquen si el Estado parte tiene intención de ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Trato dispensado a las personas privadas de libertad (arts. 6, 7 y 10)

13.Sírvanse facilitar información relativa al número de centros penitenciarios existentes y su correspondiente capacidad, y datos sobre el número de personas privadas de libertad en el Estado parte, e indiquen si las prisiones del Estado parte disponen de pabellones donde puedan mantener separados a los menores de edad de los adultos, a las mujeres de los hombres y a los presos en espera de juicio de los que cumplen condena. Indiquen si el Estado parte prevé aplicar medidas alternativas al encarcelamiento, como la condena condicional en el caso de los delincuentes que no tengan antecedentes penales o que hayan cometido determinados delitos leves, o la libertad bajo fianza o la libertad condicional. Sírvanse indicar si en su respuesta a la enfermedad por coronavirus (COVID-19) el Estado parte ha tenido en cuenta los riesgos a los que está expuesta la población carcelaria, en particular los reclusos más vulnerables, si ha habido brotes de la enfermedad en el sistema penitenciario u otros lugares de reclusión y, de ser así, cuál ha sido la respuesta de las autoridades.

14.Sírvanse proporcionar información sobre los mecanismos existentes para supervisar las condiciones de reclusión. Aporten también datos sobre el número y el contenido de las quejas señaladas por los reclusos a la atención del Estado parte en los últimos cinco años. Describan las medidas adoptadas para mejorar las condiciones de reclusión, en particular en lo que respecta a la calidad de la comida y el acceso a asistencia médica. Aporten información sobre la aplicación del Decreto núm. 12/2011, del 13 de febrero de 2011, relativo al establecimiento de reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos, y comenten la información según la cual dicho Decreto no ha mejorado las condiciones de reclusión, que son degradantes e inhumanas.

15.Sírvanse proporcionar al Comité información sobre los centros de salud mental del Estado parte y datos sobre el número de personas internas en esos centros. Indiquen el presupuesto anual asignado a los centros y comenten la información según la cual las condiciones en que se mantiene a las personas con discapacidades mentales en dichos centros son deficientes, los centros no cuentan con personal suficiente y están mal equipados.

Administración de justicia (art. 14)

16.Sírvanse proporcionar información sobre la estructura y las atribuciones del poder judicial y el ministerio público en el Estado parte. Sírvanse comentar la información recibida según la cual el acceso a la justicia está fuera del alcance de la mayoría de las personas, no hay tribunales operativos en muchas partes del país y la distancia al tribunal más cercano resulta insalvable para la mayoría de la población. Aporten también información sobre las medidas adoptadas para garantizar el acceso a la justicia a todos y en todo el país, en particular a las personas que no disponen de recursos para pagar a un abogado o las costas judiciales. Comenten la información recibida según la cual el presupuesto asignado al sistema judicial ha disminuido en los últimos años y no es suficiente para que este pueda cumplir sus funciones.

17.Sírvanse explicar en detalle el marco legislativo que garantiza la independencia, imparcialidad y transparencia del poder judicial, la autonomía del ministerio público y el acceso efectivo al sistema de justicia. Formulen observaciones sobre la aprobación de la Ley Orgánica del Servicio de Secretarías del Poder Judicial y del Ministerio Público y el estatuto relativo a la remuneración de la magistratura (Ley núm. 5/2018), que permitiría ejercer un mayor control de los ingresos de los tribunales y otros servicios prestados por el Ministerio de Justicia. Aporten información sobre la legislación relativa al nombramiento, la seguridad en el cargo, los procedimientos disciplinarios y la destitución de los jueces y los fiscales, e indiquen si la legislación actualmente vigente es conforme a los Principios Básicos relativos a la Independencia de la Judicatura y las Directrices sobre la Función de los Fiscales.

Personas con discapacidad (arts. 2, 7, 9, 10 y 26)

18.Sírvanse informar sobre el carácter y los efectos de las medidas adoptadas para prevenir los actos de discriminación contra las personas con discapacidad y ofrecerles una protección eficaz frente a ellos, indicando entre otras cosas si la legislación interna prohíbe la discriminación contra las personas con discapacidad física, sensorial, intelectual o mental. Aporten información sobre las denuncias de casos de violencia contra niños con discapacidad, incluida información sobre las medidas adoptadas para prevenir los asesinatos rituales de niños con discapacidad. A ese respecto, describan las medidas tomadas para que todas las denuncias de malos tratos o abusos cometidos contra personas con discapacidad sean investigadas y para que los presuntos autores sean enjuiciados y castigados, en caso de ser declarados culpables, y las víctimas reciban una reparación integral. Sírvanse comentar además la información recibida relativa a la imposición de restricciones al derecho de voto por motivos de incapacidad intelectual.

Refugiados, solicitantes de asilo y desplazados (arts. 7, 12, 13, 16 y 26)

19.Sírvanse indicar qué medidas se han adoptado o previsto para proteger a los refugiados que se encuentran en el Estado parte y describan las medidas adoptadas para garantizar que el proceso de determinación de la condición de refugiado ofrezca garantías de justicia y transparencia. Describan también los procedimientos vigentes para garantizar el cumplimiento del principio de no devolución y las medidas adoptadas para prevenir la apatridia.

Trata de personas, eliminación de la esclavitud y la servidumbre, y trabajadores domésticos (arts. 6 a 8 y 24)

20.Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación de la Ley de Lucha contra la Trata de Personas (Ley núm. 12/2011) y las medidas adoptadas para luchar contra la trata de personas, incluidas las que se enmarcan en la cooperación internacional. A este respecto, proporcionen información sobre el número de víctimas de trata, denuncias recibidas en relación con ese delito, investigaciones realizadas y sentencias condenatorias dictadas. Faciliten información sobre las medidas adoptadas con el fin de: a) mejorar la capacitación en materia de lucha contra la trata de personas impartida a los agentes del orden, los jueces y los fiscales; b) aumentar los recursos humanos y financieros asignados anualmente a la lucha contra la trata en todo el país; c) reforzar los procedimientos destinados a identificar a las víctimas, protegerlas y remitirlas a los servicios adecuados; y d) mejorar la recopilación de datos actualizados y la compilación de estadísticas sobre las investigaciones, los enjuiciamientos y el perfil de las víctimas identificadas.

Libertad de expresión y protección de los periodistas (artículos 6, 7, 18 y 19)

21.Sírvanse aportar información acerca de los marcos jurídicos y normativos que regulan el derecho a la libertad de expresión en el Estado parte. Describan las medidas adoptadas para proteger el ejercicio del derecho a la libertad de expresión por los periodistas, de conformidad con la observación general núm. 34 (2011) del Comité. Sírvanse comentar el incidente ocurrido en agosto de 2018, cuando un miembro de la Asamblea Nacional irrumpió en los locales de una radioemisora en medio de una transmisión e intentó agredir físicamente al periodista responsable del programa. Informen de las medidas adoptadas para garantizar que se investiguen a fondo las violaciones de los derechos humanos cometidas contra periodistas y que los autores sean llevados ante la justicia.

22.Sírvanse proporcionar información sobre la legislación que regula la concesión de licencias a los medios de comunicación y comenten la información recibida según la cual el Gobierno ejerce un control directo sobre los medios. A este respecto, sírvanse informar sobre la cobertura informativa durante las elecciones de 2019 y la forma en que el Estado parte aseguró el pleno disfrute del derecho a la libertad de expresión. Sírvanse comentar la información recibida según la cual: a) el 28 de enero de 2019, el Sindicato de Trabajadores de la Televisión Nacional suspendió la transmisión de noticias relativas a los partidos políticos, aduciendo que no estaban reunidas las condiciones para un tratamiento imparcial y equitativo de la información; y b) el Sindicato exigió la destitución del redactor jefe de la televisión pública, quien, a juicio del Sindicato, ejercía una censura al favorecer la información sobre algunos partidos políticos en detrimento de otros.

Libertad de reunión y protección de los defensores de los derechos humanos (arts. 6, 7 y 21)

23.Sírvanse proporcionar información sobre el marco jurídico que regula la libertad de reunión y sobre las medidas adoptadas para proteger a los participantes en reuniones contra la violencia. A ese respecto, aporten información sobre la directiva de 2018 del Ministro de Administración Territorial y comenten la información recibida según la cual la directiva se ha utilizado para prohibir todas las protestas. Sírvanse informar además sobre los requisitos legales para celebrar reuniones establecidos de conformidad con la Ley sobre el Derecho de Reunión y Manifestación (Ley núm. 3/92) y comenten la información recibida según la cual las autoridades obligan sistemáticamente a los organizadores de manifestaciones a presentar con antelación una autorización expedida por la Oficina de los Servicios de Transporte Terrestre, a pesar de que ello no es requisito legal. Aporten también información sobre la Orden Ministerial núm. 2/GMAT/2016, expedida por el Ministerio de Administración Territorial en 2016, por la que se estableció una prohibición por tiempo indefinido de las manifestaciones y actos públicos en todo el país.

24.Sírvanse proporcionar información sobre las operaciones llevadas a cabo por la policía entre el 29 de enero y el 1 de febrero de 2018 para impedir el congreso cuatrienal que debía celebrar el Partido Africano de la Independencia de Guinea y Cabo Verde y expliquen de qué forma esas operaciones respetaban lo dispuesto en el Pacto, en particular el derecho a la participación política, el derecho de reunión pacífica y el derecho a la libertad de circulación. Comenten las denuncias de que durante el proceso preelectoral de 2019 se impusieron restricciones selectivas al derecho de reunión pacífica y trabas al disfrute de la libertad de expresión. Expliquen qué medidas se están adoptando para prevenir el uso excesivo de la fuerza en la dispersión de las manifestaciones e informen de las investigaciones llevadas a cabo sobre el uso excesivo de la fuerza contra los manifestantes.

25.Sírvanse describir las medidas existentes para garantizar, en la práctica, la protección de los defensores de los derechos humanos y proporcionen información sobre los procedimientos penales iniciados contra los responsables de las agresiones contra esas personas. Comenten la información recibida según la cual los defensores de los derechos humanos son objeto de discriminación, trato desigual, hostigamiento y restricciones a la participación política y pública.

Derechos del niño (arts. 7, 9, 10, 14, 23, 24 y 26)

26.Sírvanse indicar qué medidas se han adoptado para prohibir el uso de los castigos corporales contra los niños en todos los entornos. Faciliten información actualizada sobre el marco jurídico vigente para proteger a los niños contra los castigos corporales. Aporten información sobre el marco jurídico de la justicia juvenil e indiquen si existen tribunales especializados para tratar casos relacionados con la protección o el castigo de menores de edad.

27.Sírvanse describir las medidas dirigidas a eliminar y prevenir la explotación de los niños, en particular su explotación con fines sexuales, en la mendicidad callejera y como mano de obra infantil, especialmente en el sector agrícola. Formulen observaciones sobre la aplicación de la Ley General del Trabajo y el Código de Conducta para la Protección de los Niños frente a la Explotación Sexual en el Turismo y la Industria de Viajes. Aclaren cuál es la edad mínima de admisión al empleo e indiquen si se aplica a los niños que trabajan sin contrato laboral. Indiquen también los tipos de trabajo peligroso prohibidos para los niños de conformidad con la ley.

Participación en los asuntos públicos (arts. 19 y 25)

28.Sírvanse indicar todas las medidas adoptadas para garantizar la celebración de elecciones libres, creíbles y transparentes. Formulen observaciones sobre los retrasos en las últimas elecciones, que inicialmente estaban previstas para noviembre de 2018 y finalmente se celebraron el 10 de marzo de 2019, lo que provocó inseguridad y protestas.

Difusión de información relativa al Pacto (art. 2)

29.Sírvanse describir las medidas adoptadas para difundir información relativa al Pacto, la lista de cuestiones previa a la presentación de informes, el informe periódico del Estado parte y el próximo examen de este por el Comité. Faciliten información pormenorizada sobre la participación de los representantes de la sociedad civil y las organizaciones no gubernamentales en la preparación del informe del Estado parte.