Naciones Unidas

CERD/C/LVA/Q/6-12

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

20 de junio de 2018

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

96º período de sesiones

6 a 30 de agosto de 2018

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes, las observaciones y la información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

Lista de temas relativa a los informes periódicos 6º a 12º combinados de Letonia

Nota del Relator para el país

1.El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió en su 76º período de sesiones (véase A/65/18, párr. 85) que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista no es exhaustiva; durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.

La Convención en el derecho interno y el marco institucional y normativo para su aplicación (arts. 2, 4, 6 y 7)

2.Información sobre las medidas adoptadas para incorporar una definición de discriminación racial que concuerde con el artículo 1 de la Convención en la legislación del Estado parte, más allá de la establecida en el artículo 29 de la Ley del Trabajo (A/58/18, párr. 444; CERD/C/LVA/6-12, párr. 4).

3.Información actualizada sobre la aplicación de las disposiciones jurídicas que prohíben la discriminación racial, incluidas las previstas en el artículo 29 de la Ley del Trabajo, enmendado en 2004 y 2006, así como el artículo 204 del Código de Infracciones Administrativas, enmendado en 2007, y los artículos 48, 78, 149 y 150 del Código Penal de 2014, y sobre las reparaciones concedidas a las víctimas de discriminación racial. Información sobre las razones de la escasa invocación de esas disposiciones jurídicas y del número limitado de condenas (CERD/C/LVA/6-12, párrs. 4 a 10; HRI/CORE/LVA/2017, párrs. 180 a 186).

4.Información sobre las medidas adoptadas para aumentar los recursos financieros asignados a la Oficina del Defensor del Pueblo para que pueda cumplir sus funciones con eficiencia. Efectos de las actividades emprendidas por el Defensor del Pueblo con el fin de eliminar la discriminación racial, con inclusión de datos desglosados sobre las denuncias de discriminación por motivos protegidos por la Convención que el Defensor del Pueblo haya examinado y sus resultados (CERD/C/LVA/6-12, párrs. 171 a 173; HRI/CORE/LVA/2017, párrs. 56 a 59 y 188).

5.Información sobre las medidas adoptadas para la recopilación sistemática de datos con el fin de evaluar mejor la situación de los grupos protegidos por la Convención, en particular, sobre el disfrute de sus derechos económicos y sociales, con miras a elaborar medidas específicas para promover la igualdad efectiva entre todos los sectores de la sociedad (A/58/18, párr. 450).

6.Información sobre los efectos del Plan de Acción para la Aplicación de las Directrices sobre Identidad Nacional, Sociedad Civil y Política de Integración (2012-2018) en el fomento de una sociedad inclusiva y la cohesión social. Información sobre las medidas adoptadas para garantizar la participación efectiva de los representantes de las minorías y las organizaciones pertinentes de la sociedad civil en la elaboración, aplicación y evaluación de políticas de integración (CERD/C/LVA/6-12, párrs. 18 y 19).

Discurso de odio racista y delitos motivados por prejuicios racistas (art. 4)

7.Información sobre las medidas adoptadas para prevenir, combatir e investigar los casos de discurso de odio racista y de violencia ejercida contra las minorías nacionales, y en particular contra los romaníes y las personas de etnia rusa (CERD/C/LVA/6-12, párrs. 26 a 34 y 161 a 164).

8.Información sobre las medidas adoptadas, y sus efectos, para mejorar el registro, la vigilancia, la investigación y el enjuiciamiento de los delitos motivados por prejuicios, incluida la capacitación de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Información sobre las medidas adoptadas para aliviar la carga de la prueba que se aplica en el enjuiciamiento de los delitos racistas y reforzar la confianza de la población en las instituciones del Estado (CERD/C/LVA/6-12, párrs. 26 a 34 y 161 a 164).

9.Información sobre la aplicación de la Ley de Medios Electrónicos de Comunicación y sus efectos en la detección e investigación de la difusión de los discursos de odio y las ideas racistas en los medios de comunicación. Datos estadísticos sobre las denuncias presentadas ante el Consejo de Medios de Comunicación y sus resultados (CERD/C/LVA/6-12, párr. 12).

10.Medidas adoptadas para garantizar que se prohíba la difusión de ideas basadas en la superioridad racial y el odio racista, así como información sobre la aplicación del artículo 74 del Código Penal, en particular las medidas adoptadas para condenar los intentos de conmemorar a personas que lucharon en la Waffen-SS o colaboraron con los nazis. Aclaraciones sobre de qué forma puede ser compatible con el artículo 4 a) de la Convención la Ley sobre la Condición Jurídica de los Participantes en la Segunda Guerra Mundial, que entró en vigor el 1 de febrero de 2018 y que, según parece, conmemora a las personas que lucharon junto al ejército alemán, situando a los colaboracionistas nazis en pie de igualdad con quienes lucharon contra el nazismo (CERD/C/LVA/6-12, párrs. 8 y 24).

Acceso a la justicia (arts. 4 y 5)

11.Información sobre el acceso a la justicia, por ejemplo, a los tribunales administrativos, de las personas pertenecientes a las minorías nacionales, en particular los romaníes. Efectos que la limitación de los servicios de interpretación financiados por el Estado en los procedimientos judiciales, con arreglo a las enmiendas de 2016 a la Ley de Procedimiento Civil, haya tenido sobre el acceso a la justicia (CERD/C/LVA/6-12, párrs. 44 a 47).

Situación de las minorías (arts. 2 a 7)

12.Información detallada sobre las medidas adoptadas para luchar contra la estigmatización cultural y la discriminación socioeconómica ejercidas contra los miembros de la comunidad romaní, en particular contra las mujeres de origen romaní; examinar las conclusiones del estudio “Los romaníes en Letonia” (2015), que puso de manifiesto que los romaníes siguen siendo objeto de discriminación en el mercado de trabajo y teniendo un bajo nivel de estudios, y aplicar las recomendaciones formuladas durante la reunión de la Plataforma de Romaníes Letones celebrada el 29 de mayo de 2017 (CERD/C/LVA/6-12, párrs. 18, 19 y 169 a 171; HRI/CORE/LVA/2017, párrs. 196 a 199).

13.Datos actualizados sobre las tasas de escolarización, de finalización de estudios y de abandono escolar en todos los niveles de la enseñanza, desglosados por origen étnico y nacional, condición jurídica de los niños o de sus padres, sexo y edad. Información sobre de qué modo el Plan de Aplicación de las Directrices para el Desarrollo de la Educación 2014‑2020 para el período 2015-2017 ha mejorado las oportunidades de educación de las minorías nacionales y su nivel de estudios. Medidas para eliminar la segregación de facto en las escuelas, que afecta especialmente a los niños romaníes y a niños pertenecientes a otras minorías nacionales (CERD/C/LVA/6-12, párr. 122).

14.Medidas adoptadas para proteger y promover la educación en los idiomas de las minorías. Información sobre las supuestas enmiendas propuestas a la Ley de Educación, destinadas a eliminar la enseñanza de las lenguas minoritarias en las instituciones de enseñanza secundaria públicas y privadas y reducir la proporción de la enseñanza en los idiomas minoritarios en los tres últimos años académicos de la educación básica. Información sobre las medidas adoptadas, en su caso, para consultar a las minorías en la redacción de esas enmiendas (A/58/18, párr. 452; CERD/C/LVA/6-12, párrs. 107 a 112).

15.Información sobre las medidas adoptadas para garantizar que el requisito de conocer el idioma letón, establecido en el artículo 6, párrafo 2, de la Ley del Idioma Oficial del Estado, no dé lugar a la discriminación directa o indirecta en el acceso al trabajo de las personas pertenecientes a las minorías (A/58/18, párr. 445; CERD/C/LVA/6-12, párrs. 17 a 19 y 83 a 85).

Situación de los no ciudadanos (arts. 5 a 7)

16.Medidas tomadas para resolver la situación de los no ciudadanos y las personas apátridas de origen étnico ruso. Medidas adoptadas o previstas para ampliar los derechos políticos a los no ciudadanos, en particular el derecho de voto en el plano local, y reducir la lista de ocupaciones a las que solo tienen acceso los ciudadanos (A/58/18, párrs. 448 y 451; CERD/C/LVA/6-12, párrs. 56 a 59).

17.Información sobre la aplicación de la Ley de Ciudadanía (2013) y sus efectos en la prevención y reducción de la apatridia. Medidas tomadas para estudiar las causas subyacentes de la disminución del número de solicitudes de naturalización e iniciativas adoptadas para facilitar el acceso a los procedimientos de naturalización, por ejemplo, impulsando más los cursos gratuitos de idioma letón (A/58/18, párr. 449; HRI/CORE/LVA/2017, párrs. 202 a 206; CERD/C/LVA/6-12, párrs. 72 a 79).

18.Información sobre las medidas adoptadas o previstas para ajustar la Ley sobre la Condición Jurídica de los Participantes en la Segunda Guerra Mundial a lo dispuesto por el artículo 5 de la Convención y la recomendación general núm. 30 (2004) del Comité sobre la discriminación contra los no ciudadanos. Estadísticas sobre el número de veteranos que no podrían solicitar la condición de “participante” en virtud de la ley mencionada por el hecho de no ser ciudadanos de Letonia.

Situación de los solicitantes de asilo

19.Información sobre la aplicación de la Ley de Asilo (2016), en particular sobre las salvaguardias que contiene contra la detención arbitraria y la devolución de los solicitantes de asilo. Datos estadísticos desglosados por origen étnico y nacional, sexo y edad sobre los solicitantes de asilo recluidos en centros de privación de libertad, así como sobre la duración de dicha privación de libertad (CERD/C/LVA/6-12, párrs. 13 y 14, 123 a 127 y 160).

Medidas para luchar contra la trata de personas

20.Datos estadísticos desglosados por origen étnico, nacionalidad, sexo y edad sobre las víctimas de la trata de personas. Información sobre los efectos de las medidas adoptadas para disminuir la trata de personas, en particular la Estrategia Nacional para la Prevención de la Trata de Personas 2014-2020. Medidas adoptadas para establecer un sistema de identificación y remisión de las víctimas o posibles víctimas de la trata de personas que puedan necesitar protección internacional.

Educación y capacitación en derechos humanos (art. 7)

21.Esfuerzos realizados para evaluar el efecto de los programas de capacitación impartidos a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley sobre los derechos consagrados en la Convención. Información sobre los programas de educación y capacitación en derechos humanos desarrollados para fomentar la inclusividad y el entendimiento entre los distintos sectores de la sociedad (A/58/18, párr. 456; CERD/C/LVA/6-12, párrs. 19 y 161 a 163).

22.Información sobre el contenido de los planes de estudio de historia encaminados a dar a conocer a los niños los trágicos acontecimientos y el enorme sufrimiento humano que surgieron de ideologías como el nazismo y el fascismo.