Naciones Unidas

CERD/C/JAM/Q/16-20

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

12 de julio de 2013

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

83º período de sesiones

12 a 30 de agosto de 2013

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes, observaciones e información presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 9 de la Convención

Lista de temas relativa a los informes periódicos 16º a 20º de Jamaica (CERD/C/JAM/16-20)

Nota del Relator para el país *

Resumen

El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió, en su 76º período de sesiones (A/65/18, párr. 85), que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista no es exhaustiva: durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.

1.La Convención en el derecho interno, marco institucional y normativo para su aplicación (artículos 2, 4, 6 y 7)

a)Definición de la discriminación racial según el derecho interno;

b)Legislación que prohíba la difusión de ideas basadas en la superioridad o en el odio racial, toda incitación a la discriminación racial, así como todo acto de violencia o toda incitación a cometer tales actos contra cualquier raza o grupo de personas de otro color u origen étnico;

c)Información sobre las causas judiciales relacionadas con la discriminación racial;

d)Información sobre las medidas previstas para establecer un mecanismo para la reunión sistemática de datos a fin de evaluar la condición socioeconómica de los distintos grupos étnicos del Estado parte; y

e)Información actualizada sobre el proceso de establecimiento de una institución nacional de derechos humanos de conformidad con los Principios de París.

2.Situación de las comunidades étnicas y minoritarias (artículos 2 a 7)

a)Información sobre el ejercicio de los derechos enumerados en el artículo 5 de la Convención por parte de las minorías étnicas del Estado parte, en particular las poblaciones de ascendencia india, china, alemana y del Oriente Próximo:

b)Obstáculos a los que hacen frente comunidades como los cimarrones y los rastafaris al ejercer sus derechos enumerados en el artículo 5 de la Convención; y

c)Representación de las minorías étnicas en la Administración pública y en las instituciones de gobierno.

3.Acceso a la justicia; discriminación contra los no ciudadanos, incluidos los migrantes, refugiados y solicitantes de asilo (artículos 5, 6 y 7)

a)Información sobre el número y el origen étnico de los no ciudadanos en el Estado parte, incluidos los migrantes, los solicitantes de asilo, los refugiados y las personas víctimas de la trata, así como los obstáculos a los que se enfrentan para ejercer sus derechos humanos en pie de igualdad; y

b)Medidas adoptadas para aumentar la accesibilidad y el conocimiento por la población de los procedimientos para hacer frente a la discriminación racial.