Página

Introducción

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Evolución del régimen de derechos humanos

3

Órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos

3

Vigésima cuarta reunión de presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos

6

Fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados

8

Consejo de Seguridad

11

Asamblea General

12

Consejo de Derechos Humanos

14

Métodos de trabajo del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

17

Métodos de trabajo

17

Observaciones finales

18

Seguimiento

18

Comunicaciones

18

Recomendaciones generales

19

Investigación

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Informes que el Comité examinará en los próximos períodos de sesiones

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Anexos

Estados que no han ratificado la Convención o no se han adherido a ella

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Estados partes que han presentado informes sin que se haya fijado la fecha de su examen, al 1 de mayo de 2013

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I.Introducción

En el presente informe se abordan cuestiones relacionadas con la labor del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. En la sección II figura información sobre la evolución del régimen de derechos humanos, incluidos los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, el Consejo de Seguridad, la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos. La sección III se refiere a los métodos de trabajo del Comité y otras cuestiones pertinentes. En la sección IV se indican los informes que el Comité examinará en los próximos períodos de sesiones y los informes ya recibidos sin que se haya fijado fecha para su examen. En el anexo I del presente informe figura una lista de los Estados que todavía no han ratificado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer o no se han adherido a ella. En el anexo II se incluye una lista de los Estados partes que habían presentado informes sin que al 1 de mayo de 2013 el Comité los hubiera examinado aún ni hubiera fijado la fecha de su examen.

II.Evolución del régimen de derechos humanos

A.Órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos

El Comité de Derechos Humanos celebró su 105º período de sesiones del 9 al 27 de julio de 2012, su 106º período de sesiones del 15 de octubre al 2 de noviembre de 2012, y su 107º período de sesiones del 11 al 28 de marzo de 2013. En su 106º período de sesiones, celebrado el 25 de octubre de 2012, el Comité celebró medio día de debate general sobre los preparativos de una observación general sobre el artículo 9 (Libertad y seguridad personales) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La finalidad de la observación general consiste en facilitar una orientación adecuada y autorizada a los Estados partes y otros agentes sobre las medidas que conviene adoptar para garantizar el pleno cumplimiento de los derechos protegidos con arreglo a esta disposición.

En su 48° período de sesiones, celebrado del 30 de abril al 18 de mayo de 2012, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales examinó y adoptó una declaración sobre la economía verde en el contexto del desarrollo sostenible y la erradicación de la pobreza, en que destacó los vínculos entre el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la labor del Comité y el medio ambiente y el desarrollo sostenible. También aprobó dos cartas abiertas, que fueron dirigidas a los Estados partes en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, una sobre los derechos económicos, sociales y culturales y la crisis económica y financiera, y la otra sobre la importancia del vínculo entre la agenda para el desarrollo posterior a 2015 y los derechos humanos. En particular, el Comité puso de relieve el vínculo entre los objetivos de desarrollo y las obligaciones jurídicas de los Estados partes en virtud del Pacto, de modo que las responsabilidades de los agentes del desarrollo también pudieran definirse mejor. Recordó que los principios de derechos humanos y las normas de los tratados, incluidas la no discriminación, la igualdad entre el hombre y la mujer, la participación y la inclusión, y la transparencia y la rendición de cuentas, deben tenerse en cuenta en este proceso. También en su 48° período de sesiones, el Comité examinó el proceso de redacción de observaciones generales sobre el derecho a la salud sexual y reproductiva y sobre el artículo 7 relativo al goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias. En su 49° período de sesiones, celebrado del 12 al 30 de noviembre de 2012, el Comité siguió examinando sus métodos de trabajo y adoptó una decisión acerca de las directrices sobre la independencia y la imparcialidad de los miembros de los órganos creados en virtud de los tratados de derechos humanos en el ejercicio de sus funciones (“directrices de Addis Abeba”), aprobadas por los Presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, en su 24ª reunión, celebrada en junio de 2012 en Addis Abeba (véase A/67/222 y Corr.1, anexo I). El Comité concluyó la segunda lectura de su proyecto de reglamento respecto de un procedimiento de comunicaciones previsto en el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales durante su 48° período de sesiones, y aprobó el reglamento en su 49° período de sesiones.

El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial celebró sus períodos de sesiones 81° y 82°, entre el 6 y el 31 de agosto de 2012 y entre el 11 de febrero y el 1 de marzo de 2013, respectivamente. En su 81° período de sesiones, el Comité hizo una declaración sobre el fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados y aprobó una declaración sobre las directrices de Addis Abeba a que se hace referencia en el párrafo 3. El 28 de agosto de 2012, el Comité celebró un debate temático sobre la incitación al odio racista, así como reuniones oficiosas con organismos del sistema de las Naciones Unidas, las instituciones nacionales de derechos humanos y organizaciones no gubernamentales (ONG). En el 82° período de sesiones, el Comité volvió a su anterior patrón de períodos de sesiones de tres semanas (después de haber celebrado períodos de sesiones de cuatro semanas debido al tiempo adicional de reunión concedido por un período limitado de tiempo).

El Comité contra la Tortura celebró su 49° período de sesiones del 29 de octubre al 23 de noviembre de 2012. Durante el período de sesiones, una coalición de organizaciones no gubernamentales transmitió por la web todos los diálogos con los Estados partes. El Comité adoptó una observación general sobre el artículo 14, Reparación, indemnización y rehabilitación de las víctimas de la tortura (véase CAT/C/GC/3). El Comité aprobó dos declaraciones, una sobre las directrices de Addis Abeba, y la otra sobre el informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre el fortalecimiento del sistema de órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados de derechos humanos.

El Comité de los Derechos del Niño celebró su 60° período de sesiones del 29 de mayo al 15 de junio 2012. El Comité prosiguió su preparación del debate general sobre los derechos de todos los niños en el contexto de la migración internacional, que había de celebrarse durante su 61° período de sesiones, en septiembre de 2012. El Comité también siguió debatiendo su proyecto de observaciones generales sobre el interés superior del niño (art. 3, párr. 1); el derecho a la salud (art. 24); el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas y a participar en la vida cultural y en las artes (art. 31); y sobre el sector empresarial y los derechos del niño, así como el proyecto conjunto de recomendación y observación general relativo a las prácticas nocivas, formulado en conjunción con el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.

El Comité celebró su 61° período de sesiones del 17 de septiembre al 5 de octubre de 2012. Durante el período de sesiones, el Comité celebró un retiro en Sion, Suiza, para debatir cuestiones relacionadas con sus métodos de trabajo. El Comité estableció un grupo de trabajo sobre la revisión de los métodos de trabajo. El Comité decidió en su 61° período de sesiones que el tema del día de debate general que se celebrará en 2014 sería “Los medios de comunicación, las redes sociales y los derechos del niño”. El día de debate general se celebrará el 26 de septiembre de 2014, durante el 67º período de sesiones del Comité, en el Palacio de las Naciones.

El Comité celebró su 62° período de sesiones del 14 de enero al 1 de febrero de 2013. Durante el período de sesiones, el Comité decidió celebrar un día de debate general cada dos años. Examinó su reglamento e incorporó las directrices de Addis Abeba en sus normas de procedimiento. El Comité también prosiguió su debate sobre cómo seguir fortaleciendo su cooperación con distintos órganos pertinentes a fin de reforzar la promoción y la protección de los derechos del niño.

El Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares celebró sus períodos de sesiones 16°, 17° y 18° del 16 al 27 de abril de 2012, del 10 al 14 de septiembre de 2012 y del 15 al 26 de abril de 2013, respectivamente. En su 16° período de sesiones, el Comité examinó sus métodos de trabajo, la armonización de los métodos de trabajo de los órganos creados en virtud de tratados y otras cuestiones resultantes del actual proceso de reforzamiento de los órganos de tratados. En particular, el Comité decidió examinar la lista de las propuestas que se hicieron en relación con el reforzamiento de los órganos de tratados y con el documento final de la segunda reunión de Dublín sobre el fortalecimiento del sistema de órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados de derechos humanos. En su 17º período de sesiones, el Comité decidió celebrar un día de discusión general sobre la importancia de las estadísticas de migración para la presentación de informes y las políticas migratorias, y acordó invitar a los Estados, organizaciones y personas interesados a participar en la discusión. El día de discusión general se celebró el lunes 22 de abril de 2013, durante el 18° período de sesiones del Comité.

El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad celebró sus períodos de sesiones séptimo, octavo y noveno del 16 al 20 de abril de 2012, del 17 al 28 de septiembre de 2012 y del 15 al 19 de abril de 2013, respectivamente. En su séptimo período de sesiones, el Comité examinó diversas cuestiones relacionadas con sus métodos de trabajo, entre ellas, el funcionamiento de los grupos de trabajo establecidos por el Comité y la viabilidad de celebrar un día de debate general en abril de 2013. El Comité examinó su primera comunicación individual con arreglo al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, N° 3/2011, H. M. vs. Suecia (CRPD/C/7/D/3/2011). En su octavo período de sesiones, el Comité examinó el modo de intensificar la cooperación con los órganos de las Naciones Unidas, organismos especializados, organizaciones no gubernamentales, incluidas las que se ocupan de las personas con discapacidad, y otros órganos competentes para mejorar la promoción y protección de los derechos de dichas personas. El Comité también examinó la marcha de los trabajos de los distintos grupos de trabajo establecidos para redactar las observaciones generales sobre la accesibilidad (art. 9) y la capacidad jurídica (art. 12). El Comité estableció también otro grupo de trabajo sobre el acceso al transporte público y las políticas de las líneas aéreas, que informará al Comité pero no preparará una observación general. El Comité celebró medio día de debate general sobre las mujeres y las niñas con discapacidad el 17 de abril de 2013, durante su noveno período de sesiones; y aprobó una declaración sobre las mujeres y las niñas con discapacidad. En el debate general, Patricia Schulz, miembro del Comité, participó en una mesa redonda sobre la interseccionalidad entre el género y la discapacidad.

El Comité contra la Desaparición Forzada celebró su tercer período de sesiones del 29 de octubre al 9 de noviembre de 2012 y su cuarto período de sesiones del 8 al 19 de abril de 2013. En el tercer período de sesiones, el Comité decidió incluir, como anexo a su reglamento, las directrices de Addis Abeba. También aprobó una declaración sobre el fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados, y una metodología relativa a su procedimiento de presentación de informes y su relación con organizaciones no gubernamentales. El 2 de noviembre de 2012, el Comité celebró un debate temático sobre el principio de no devolución, expulsión y extradición con arreglo al artículo 16 de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, en sesión privada. El 7 de noviembre de 2012, celebró un debate temático sobre la trata de seres humanos y las desapariciones forzadas, también en sesión privada, con la participación de expertos de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), a la que también asistieron representantes del Comité Internacional de la Cruz Roja y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. El 8 de noviembre de 2012, el Comité celebró su segunda sesión temática sobre la responsabilidad de los Estados y el papel de los agentes no estatales, de nuevo en sesión privada. En su cuarto período de sesiones, el Comité examinó su metodología y el proceso para la aprobación de las listas de cuestiones y el examen de los informes; los métodos de trabajo relacionados con la presentación de informes y la estrategia de ratificación; los métodos de trabajo relativos a su colaboración con el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias, en particular sobre la adopción de medidas urgentes; y los métodos de trabajo relacionados con su compromiso con la sociedad civil.

B.Vigésima cuarta reunión de presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos

La 24ª reunión de presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos se celebró en Addis Abeba del 25 al 29 de junio de 2012, de conformidad con la resolución 57/202 de la Asamblea General. Los presidentes examinaron el informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre el fortalecimiento del sistema de órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados de derechos humanos (A/66/860) y aprobaron las directrices sobre la independencia y la imparcialidad de los miembros de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos (“las directrices de Addis Abeba”). Participaron en un diálogo con los mecanismos, instituciones e instancias de derechos humanos en África, así como con los ministerios del Gobierno de Etiopía. También adoptaron decisiones y recomendaciones. El informe de los presidentes, incluidas las decisiones y recomendaciones de los presidentes, figuran en la nota del Secretario General sobre la aplicación de los instrumentos de derechos humanos (A/67/222 y Corr.1).

Entre las decisiones y recomendaciones más pertinentes de los presidentes cabe mencionar la aprobación de la visión que figura en el informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre el fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos. Los presidentes expresaron su apoyo a las valiosas propuestas incluidas en el informe, en particular las relativas a un calendario exhaustivo para la presentación de informes a fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones que los tratados imponen a este respecto, un procedimiento simplificado de presentación de informes, la imposición de límites de páginas en relación con el proceso de presentación de informes y el uso de tecnologías modernas, como la transmisión por web y las videoconferencias. Afirmaron su compromiso de promover las recomendaciones contenidas en el informe y exhortaron a los Estados a proporcionar recursos financieros adicionales para asegurar la aplicación efectiva del calendario. Los presidentes también recomendaron que cada órgano examinara detenidamente las recomendaciones que el informe dirigía a los órganos creados en virtud de tratados y las comparara con sus métodos de trabajo vigentes a fin de determinar las medidas que debían adoptarse para la aplicación de dichas recomendaciones. Destacaron que esa aplicación debería realizarse en coordinación con los demás órganos creados en virtud de tratados y recomendaron que cada uno de ellos informara bianualmente a la reunión de los presidentes de los progresos realizados.

Los presidentes destacaron que, aunque el proceso para fortalecer y mejorar el eficaz funcionamiento del sistema de tratados de derechos humanos lanzado por la Asamblea General en su resolución 66/254 era de carácter intergubernamental, correspondía a los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos desempeñar una función clave con respecto al futuro del sistema de órganos creados en virtud de tratados, por lo que su presencia durante las deliberaciones del proceso intergubernamental de composición abierta era esencial. Recomendaron que los órganos creados en virtud de tratados, en cuanto “órganos pertinentes de las Naciones Unidas”, debían participar en las deliberaciones como especialistas y manifestaron su confianza en que los Estados tomaran las medidas necesarias al respecto.

Los presidentes aprobaron las directrices sobre la independencia y la imparcialidad de los miembros de los órganos creados en virtud de tratados (“las directrices de Addis Abeba”). Por otra parte, los presidentes recomendaron encarecidamente que los respectivos órganos adoptaran cuanto antes las directrices, por medios como la incorporación de su contenido, en la forma en que procediera, a sus reglamentos.

Los presidentes reafirmaron la función que ya se les había reconocido anteriormente durante los períodos entre reuniones en lo relativo a facilitar la representación y coordinación de las actividades comunes, como el examen y la aprobación de declaraciones conjuntas, observando al mismo tiempo que se debían respetar la autonomía y la especificidad de los órganos creados en virtud de tratados. También reiteraron la recomendación de que los presidentes adoptaran medidas sobre los métodos de trabajo y las cuestiones de procedimiento que eran comunes a todo el sistema de órganos creados en virtud de tratados y se habían discutido previamente dentro de cada comité, y de que todos los órganos creados en virtud de tratados aplicaran esas medidas, salvo que posteriormente un comité se desligara de ellas.

Los presidentes expresaron su agradecimiento por el fructífero diálogo mantenido en Addis Abeba con los mecanismos, instituciones e instancias de derechos humanos de África, incluidas la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, el Comité africano de expertos sobre los derechos y el bienestar del niño, el Mecanismo Africano de Evaluación entre Pares, el Tribunal de Justicia de África Oriental, la Corte de Justicia de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental, y las organizaciones gubernamentales internacionales y regionales, instituciones nacionales de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil. Alentaron a cada uno de los órganos creados en virtud de tratados a prestar la debida atención a las recomendaciones conjuntas derivadas del diálogo. Se formularon propuestas concretas para mejorar las sinergias entre ambos sistemas, como el intercambio de información, iniciativas conjuntas de sensibilización orientadas a fomentar la ratificación de los tratados y protocolos facultativos de derechos humanos en el marco de ambos sistemas y la rápida comunicación de información a los respectivos órganos de supervisión; la publicación de declaraciones conjuntas sobre cuestiones de interés común; y la participación de los mecanismos africanos de derechos humanos en la redacción de observaciones generales sobre cuestiones de interés común; y asegurar el seguimiento recíproco de la aplicación de las recomendaciones referidas a países concretos, en particular mediante el intercambio de buenas prácticas y la organización de seminarios conjuntos. Los presidentes también destacaron la necesidad de que los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados, la Comisión Africana y la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, el Comité africano de expertos sobre los derechos y el bienestar del niño y las cortes subregionales examinaran sus respectivos corpus de jurisprudencia a fin de asegurar la coherencia y evitar la fragmentación del derecho internacional de los derechos humanos. A tal efecto, se alentó igualmente a que se organizaran actividades conjuntas de capacitación y coloquios judiciales.

Los presidentes también reiteraron su recomendación de que la reunión de los presidentes se celebrara cada dos años, en diferentes regiones, a fin de crear conciencia acerca de la labor de los órganos creados en virtud de tratados, mediante el fortalecimiento de los vínculos y sinergias entre los mecanismos e instituciones internacionales y regionales de derechos humanos. También decidieron que su 25ª reunión, que se celebraría en 2013, se centraría en: a) la cuestión del fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados y, en particular, la aplicación de las recomendaciones contenidas en el informe de la Alta Comisionada; b) la participación de instituciones nacionales de derechos humanos en la labor de los órganos creados en virtud de tratados; y c) la posibilidad y viabilidad de establecer un registro de intereses en cada uno de esos órganos.

C.Fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados

La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que en 2009 inició el proceso de fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados, hizo un llamamiento a todas las partes interesadas para que iniciaran un proceso de reflexión acerca de los modos de reforzar el sistema de órganos creados en virtud de tratados. Las partes interesadas organizaron varias reuniones de consulta atendiendo al llamamiento de la Alta Comisionada. En 2012 se celebraron consultas para los Estados partes en Ginebra los días 7 y 8 de febrero, y en Nueva York los días 2 y 3 de abril.

La Asamblea General, en su resolución 66/254, de 23 de febrero de 2012, solicitó al Presidente de la Asamblea General que pusiera en marcha un proceso intergubernamental abierto sobre el fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados, que la Asamblea prorrogó hasta su siguiente período de sesiones, con arreglo a su resolución 66/295, de 17 de septiembre de 2012. A fin de dar cumplimiento a la aplicación de las resoluciones mencionadas, el Presidente de la Asamblea General nombró a los Representantes Permanentes de Indonesia e Islandia ante las Naciones Unidas en Nueva York cofacilitadores del proceso de fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados.

En junio de 2012, la Alta Comisionada presentó un informe en el que se recopilaban las propuestas formuladas durante el proceso de consultas (véase A/66/860). El objetivo de la compilación es determinar sinergias y posibles esferas comunes de actividad de cara al futuro. Una de las principales propuestas incluidas en el informe es la de establecer un calendario exhaustivo para la presentación de informes.

En sus períodos de sesiones 52º, 53º y 54º, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer recibió información actualizada sobre el procedimiento del sistema de fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados. Tras su examen de las principales propuestas que figuran en el informe de la Alta Comisionada sobre el fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados, así como de las consecuencias de las directrices de Addis Abeba sobre la independencia y la imparcialidad de los miembros de los órganos creados en virtud de los tratados de derechos humanos en el ejercicio de sus funciones, el Comité aprobó en su 54º período de sesiones una declaración sobre el informe, en la que expresó su preocupación por el hecho de que el sistema de órganos creados en virtud de tratados hubiera alcanzado sus límites dentro de los recursos actuales disponibles y señaló que este ya había puesto en práctica varias de las medidas propuestas en el informe; también incorporó las directrices de Addis Abeba en su reglamento. Las medidas más destacadas que el Comité ha adoptado para aplicar las otras propuestas que figuran en el informe de la Alta Comisionada incluyen: el establecimiento de equipos de tareas en los países para el examen de los informes de los Estados partes; la agrupación por temas de las preguntas formuladas durante el diálogo; la reducción de la longitud de los párrafos estándar en sus observaciones finales; la utilización de un modelo con epígrafes para sus observaciones finales; la publicación de las actas resumidas únicamente en inglés; y la transmisión pública por la web, a modo de prueba, de sus diálogos con los Estados partes.

En el contexto del proceso intergubernamental de la Asamblea General, los Estados Miembros iniciaron una primera ronda de negociaciones oficiosas del 16 al 18 de julio de 2012 en Nueva York. En su intervención en la reunión, la Alta Comisionada destacó la importancia de que el proceso complementara las actividades basadas en Ginebra contribuyendo a la financiación de la ampliación del sistema de órganos creados en virtud de tratados, y preservando al mismo tiempo su independencia. Los debates fueron animados, y muchos participantes acogieron con satisfacción el informe de la Alta Comisionada. La propuesta de establecer un calendario general para la presentación de informes suscitó gran atención y numerosas preguntas, al igual que las actividades de fomento de la capacidad en materia de presentación de informes y de aplicación. Los cofacilitadores habían invitado al Presidente y al Vicepresidente de la 24ª reunión anual de los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados a asistir a la reunión; su conocimiento de primera mano y experiencia directa del sistema fueron de utilidad para los debates.

En su informe al Presidente de la Asamblea General sobre los progresos realizados, los cofacilitadores recomendaron que se realizara un examen exhaustivo del costo del sistema de órganos creados en virtud de tratados y se incluyera en una nota de antecedentes para el proceso intergubernamental renovado antes de finales de 2012. Esa nota podía contener información detallada sobre una serie de cuestiones relativas a la determinación de los costos, incluido el costo del sistema actual, en particular los servicios de conferencias y documentación, así como los recursos adicionales necesarios para realizar el trabajo atrasado acumulado hasta la fecha, la asignación prorrateada necesaria para financiar plenamente el sistema actual y el costo unitario de cada elemento del sistema de órganos creados en virtud de tratados. Esta recomendación se basa en las que figuran en el informe del Secretario General sobre las medidas para seguir mejorando la eficacia, la armonización y la reforma del sistema de órganos creados en virtud de tratados (A/66/344).

La segunda ronda de negociaciones oficiosas de los Estados Miembros tuvo lugar los días 19 y 20 de febrero de 2013 en Nueva York. Entre los temas examinados figuran los siguientes: el procedimiento simplificado de presentación de informes; la presentación de documentos básicos comunes y actualizaciones periódicas; la sustitución de actas resumidas con la transmisión por la web, el subtitulado y los registros digitales; la utilización de videoconferencias para los diálogos de los órganos creados en virtud de tratados con los Estados partes; y la designación y elección de expertos a los órganos creados en virtud de tratados. La Presidenta del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Nicole Ameline, participó en parte de las deliberaciones mantenidas por videoconferencia.

Se celebró una tercera ronda de negociaciones oficiosas del 11 al 17 de abril de 2013 en Nueva York. Entre las cuestiones tratadas cabe mencionar: una metodología armonizada para el diálogo constructivo entre los Estados partes y los órganos creados en virtud de tratados; observaciones finales con un enfoque concreto; una mayor cooperación institucionalizada con otras entidades de las Naciones Unidas; grupos paralelos; un proceso de consulta armonizado para la formulación de las observaciones generales; modelos armonizados de interacción entre los órganos creados en virtud de tratados, las instituciones nacionales de derechos humanos y las organizaciones de la sociedad civil; el fortalecimiento de las reuniones de los Estados partes; el establecimiento de una base de datos de jurisprudencia de los órganos creados en virtud de tratados sobre los distintos casos, incluida la información sobre su seguimiento; un grupo de trabajo conjunto de los órganos creados en virtud de tratados sobre comunicaciones; el examen de las buenas prácticas relativas a la implementación de normas de procedimiento y métodos de trabajo y aprobación de directrices comunes; arreglos amistosos; represalias; y los procedimientos de seguimiento de los órganos creados en virtud de los tratados. Además, los Estados Miembros siguieron examinando el calendario general de presentación de informes, así como la determinación de los costos del sistema de órganos creados en virtud de tratados, incluida una petición coordinada de tiempo adicional para reuniones, límites al número de páginas y reducción del número de informes anuales de los órganos creados en virtud de tratados. A lo largo de todo el proceso, los cofacilitadores reiteraron que las economías que se realizaran mediante cualquiera de las medidas de fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados debían reinvertirse en el sistema de órganos creados en virtud de tratados y utilizarse para actividades de fomento de la capacidad. Egipto, en nombre del Grupo de los Estados de África, presentó una propuesta de adopción del “calendario Nimble” como alternativa al calendario general de presentación de informes. La Federación de Rusia, en nombre del grupo interregional de países, presentó una propuesta sobre un código de conducta para los expertos de los órganos creados en virtud de tratados. El 16 de abril de 2013, el ACNUDH organizó un taller sobre desarrollo de la capacidad de los Estados para presentar informes a los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y para hacer el seguimiento de las observaciones finales, centrándose en los Estados de África y el Caribe.

Los días 18 y 19 de abril de 2013, los cofacilitadores del proceso intergubernamental llegaron a Ginebra e hicieron una exposición informativa ante el Comité contra la Desaparición Forzada, el Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares y el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad sobre el proceso de fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados. La Presidenta del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y dos de sus miembros, la Sra. Schulz y la Sra. Haidar, asistieron a algunas de esas consultas.

La próxima ronda de negociaciones oficiosas se celebrará del 6 al 8 de mayo de 2013 en Nueva York, seguida de la Reunión de Presidentes del 20 al 24 de mayo, también en Nueva York.

D.Consejo de Seguridad

El Consejo de Seguridad aprobó varias resoluciones en que se hacía hincapié en la importancia de la participación de la mujer en la vida pública y política, en particular durante la prevención de conflictos, situaciones de conflicto y posteriores a los conflictos. Por ejemplo, en su resolución 2056 (2012) sobre la paz y la seguridad en África, el Consejo exhortó a todos los agentes implicados en la crisis de Malí a que tomaran medidas para aumentar el número de mujeres que participaban en la labor de mediación, y destacó la importancia de crear condiciones propicias para la participación y el empoderamiento de la mujer durante todas las etapas del proceso de mediación. En su resolución 2051 (2012) sobre la situación en el Yemen, el Consejo puso de relieve la importancia de que la conferencia de diálogo nacional fuera plenamente inclusiva, participativa, transparente y genuina, y contara con la participación de los grupos de jóvenes y mujeres.

En la resolución 2065 (2012) del Consejo de Seguridad, sobre la situación en Sierra Leona, el Consejo acogió con beneplácito la puesta en marcha de un plan estratégico nacional sobre los géneros, el establecimiento del Comité Nacional sobre la Violencia por Razón de Género y la promulgación de la Ley de Delitos Sexuales. En la resolución 2067 (2012) sobre la situación en Somalia, el Consejo acogió con beneplácito la mayor representación de las mujeres en el Parlamento, y subrayó la necesidad de aumentar su participación en los procesos de adopción de decisiones en la prevención y solución de conflictos. En su resolución 2097 (2013), el Consejo instó a que se aprobara la ley de igualdad entre los géneros en Sierra Leona, incluido el estudio de las enmiendas necesarias, para afianzar los derechos de las mujeres y aumentar su participación en el proceso político, en especial mediante la plena participación de las mujeres no solo como votantes, sino también como candidatas.

El Consejo de Seguridad aprobó también numerosas resoluciones relativas a países concretos que incluían referencias, entre otras cosas, a la igualdad entre los géneros; la discriminación por motivo de género; la violencia sexual y de género, y la impunidad; y la justicia y la protección de los derechos humanos, prestando especial atención a los derechos de las mujeres y los niños.

En abril de 2013, el Consejo de Seguridad publicó su tercer “informe sobre cuestiones intersectoriales relativas a la mujer, la paz y la seguridad”, en el que se presenta un análisis de los datos estadísticos sobre la mujer, la paz y la seguridad en decisiones del Consejo de Seguridad relativas a países concretos y las novedades surgidas en 2012. El informe se centra en un estudio monográfico sobre el nexo entre la violencia sexual en los conflictos y las sanciones impuestas por el Consejo de Seguridad. También se examina la falta de coherencia del Consejo en cuanto a incluir una referencia a la política de las Naciones Unidas de tolerancia cero frente a la explotación y los abusos sexuales del personal de las Naciones Unidas en las resoluciones por las que se establecen o se renuevan mandatos de misiones de paz. La observación general del informe es que ha habido un retroceso significativo en las cuestiones relativas a la mujer, la paz y la seguridad.

E.Asamblea General

En su resolución 67/187 sobre los principios y directrices de las Naciones Unidas sobre el acceso a la asistencia jurídica en los sistemas de justicia penal, la Asamblea General reconoció que algunos grupos tenían derecho a una protección adicional o eran más vulnerables en el sistema de justicia penal, y subrayó que los Principios y Directrices incluían disposiciones específicas sobre la mujer, los niños y los grupos con necesidades especiales, por ejemplo, en relación con la igualdad en el acceso a la asistencia letrada; la cualificación y la rendición de cuentas de los proveedores de asistencia jurídica; y aplicación del derecho de la mujer a recibir asistencia jurídica. Señaló que los Principios y Directrices no debían interpretarse en el sentido de que proporcionaban un menor grado de protección que el que se reconoce en la legislación y los reglamentos nacionales en vigor, así como en los tratados internacionales y regionales de derechos humanos aplicables a la administración de justicia, entre ellos el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, además de otros.

En su resolución 67/185 sobre la promoción de los esfuerzos por eliminar la violencia contra los migrantes, los trabajadores migratorios y sus familias, la Asamblea General reiteró la necesidad de aplicar un enfoque de justicia penal centrado y coherente respecto de los delitos cometidos contra los migrantes, en particular las mujeres y los niños, y solicitó a los Estados Miembros que garantizaran un trato humano a todos los migrantes independientemente de su estatus migratorio, en especial a las mujeres y los niños, respetando plenamente sus derechos. La Asamblea exhortó a los Estados Miembros a que instauraran, según procediera, medidas para fortalecer el proceso de justicia penal en su totalidad e investigar y perseguir con firmeza los delitos cometidos contra los migrantes, en particular la trata de personas y otros delitos graves, especialmente los delitos que constituyen violaciones de los derechos humanos de los migrantes, prestando especial atención a la asistencia y protección de las víctimas, sobre todo las mujeres y los niños.

En su resolución 67/171 sobre el derecho al desarrollo, la Asamblea General reconoció, entre otras cosas, la importancia del papel de la mujer y sus derechos y la importancia que revestía una perspectiva de género en el proceso de realización del derecho al desarrollo. Observó también la relación positiva que existía entre la educación de las mujeres y su participación igualitaria en las actividades cívicas, culturales, económicas, políticas y sociales de su comunidad, por una parte, y en la promoción del derecho al desarrollo, por la otra.

En su resolución 67/145 sobre la trata de mujeres y niñas, la Asamblea General exhortó a los gobiernos, la comunidad internacional y todas las demás organizaciones y entidades que se ocupaban de situaciones de conflicto o posteriores a un conflicto, desastres y otras situaciones de emergencia a que se ocuparan del problema del aumento de la vulnerabilidad de las mujeres y las niñas a la trata y la explotación, así como a la violencia conexa por razón de género. Exhortó también a los gobiernos a que adoptaran medidas apropiadas para hacer frente a los factores que aumentaban la vulnerabilidad a la trata, incluidas la pobreza y la desigualdad entre los géneros, así como otros factores que fomentaban el problema particular de la trata de mujeres y niñas con fines de prostitución y otras formas de comercio sexual, matrimonio forzoso, trabajo forzoso y extracción de órganos, a fin de prevenir y eliminar dichas prácticas. La Asamblea invitó además a los Estados partes en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y los Pactos internacionales de derechos humanos a que incluyeran información y datos estadísticos sobre la trata de mujeres y niñas en sus informes periódicos presentados a órganos creados en virtud de tratados y colaboraran con miras a elaborar una metodología y estadísticas comunes para obtener datos comparables.

En su resolución 67/144 sobre la intensificación de los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer, la Asamblea General condenó enérgicamente todos los actos de violencia contra las mujeres y las niñas, tanto si eran perpetrados por el Estado como por particulares o agentes no estatales, incluidas las empresas, y pidió que se eliminaran todas las formas de violencia por razón de género en la familia, en la comunidad en general y dondequiera que fuera perpetrada o tolerada por el Estado; destacó además la importancia de que los Estados condenaran enérgicamente todas las formas de violencia contra la mujer y se abstuvieran de invocar toda costumbre, tradición o consideración de carácter religioso para eludir las obligaciones que les incumbían respecto de su eliminación. La Asamblea exhortó a los Estados, con el apoyo de las entidades de las Naciones Unidas, a lograr que los hombres y los niños varones, así como las familias y las comunidades, participaran plenamente como agentes de cambio en la prevención y el rechazo de la violencia contra las mujeres y las niñas, y a adoptar políticas apropiadas para promover la responsabilidad de los hombres y los niños varones en la eliminación de todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas. También instó a los Estados a seguir desarrollando sus estrategias nacionales, a fin de traducirlas en programas y acciones concretos para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer.

En su resolución 67/48 sobre mujeres, desarme, no proliferación y control de armamentos, la Asamblea General reconoció la valiosa contribución de las mujeres a las medidas de desarme aplicadas en los planos local, nacional, subregional y regional en la prevención y la reducción de la violencia armada y el conflicto armado, y en la promoción del desarme, la no proliferación y el control de armamentos. Reconoció que se debía fortalecer más la función de las mujeres en materia de desarme, no proliferación y control de armamentos. La Asamblea instó a los Estados Miembros, las organizaciones regionales y subregionales competentes, las Naciones Unidas y los organismos especializados a promover la igualdad de oportunidades en relación con la representación de las mujeres en todos los procesos de adopción de decisiones con respecto a asuntos relativos al desarme, la no proliferación y el control de armamentos, en particular en lo relativo a la prevención y la reducción de la violencia armada y el conflicto armado y a apoyar y reforzar la participación efectiva de las mujeres en las organizaciones en la esfera del desarme en los planos local, nacional, subregional y regional. La Asamblea exhortó además a los Estados a empoderar a las mujeres para que participaran en la elaboración y aplicación de las iniciativas de desarme, no proliferación y control de armamentos.

F.Consejo de Derechos Humanos

El Consejo de Derechos Humanos aprobó la resolución 22/6 sobre la protección de los defensores de los derechos humanos, en que expresó especial preocupación por la discriminación y la violencia sistémicas y estructurales a que se enfrentaban las defensoras de los derechos humanos, y exhortó a los Estados a que incorporaran una perspectiva de género en sus esfuerzos por crear un entorno seguro y propicio para la defensa de los derechos humanos.

En su 20º período de sesiones, el Consejo dedicó su día anual de debates sobre los derechos humanos de la mujer a a) la cuestión de las vías de recurso y las medidas de reparación de que disponen las mujeres víctimas de la violencia; y b) a los defensores de los derechos humanos de la mujer. La mesa redonda sobre las vías de recurso y las medidas de reparación se basó en el informe de la Relatora especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias acerca del tema de las medidas de reparación de que disponen las mujeres, presentado al Consejo en su 14º período de sesiones (A/HRC/14/22). La mesa redonda sobre los defensores de los derechos humanos examinó la función vital que desempeñan las mujeres defensoras de los derechos humanos y evaluó los problemas que enfrentan las mujeres en todas las esferas temáticas y en todo el mundo.

Durante el mismo período de sesiones, la Relatora especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias presentó al Consejo un informe temático sobre el homicidio de mujeres relacionado con el género (A/HRC/20/16). En el informe, la Relatora especial explicó que esos homicidios no eran incidentes aislados que sucedían súbita e inesperadamente, sino que representaban el acto de violencia más extremo de un proceso continuo de violencia. Según el informe, la prevalencia a nivel mundial de diferentes manifestaciones de los homicidios relacionados con el género estaba alcanzando niveles alarmantes. Culturalmente arraigadas, esas manifestaciones seguían siendo aceptadas, toleradas o justificadas con habitual impunidad. También se mencionó que, en lo que respecta a la muerte de mujeres, los Estados en general no ejercían su responsabilidad de actuar con la debida diligencia en la promoción y protección de los derechos de la mujer.

El Grupo de Trabajo sobre la cuestión de la discriminación contra la mujer en la legislación y en la práctica presentó su primer informe al Consejo (A/HRC/20/28). En el informe, el Grupo de Trabajo destacó sus prioridades para 2012-2013, a saber, la discriminación contra la mujer en la legislación y en la práctica en la vida política y pública.

El Consejo aprobó la resolución 20/1 sobre la trata de personas, especialmente de mujeres y niños: acceso a recursos efectivos para las personas víctimas de la trata y derecho de estas personas a una reparación efectiva por las violaciones de sus derechos humanos, en la cual reconocía que las mujeres y los niños que carecían de nacionalidad o no estaban inscritos en el registro civil eran particularmente vulnerables a la trata de personas. Reiteró su preocupación, entre otras cosas, por el alto grado de impunidad de que gozaban los traficantes y sus cómplices y la denegación de derechos y justicia a las víctimas de la trata, así como por el hecho de que las víctimas de la trata en el mundo no tuvieran acceso a recursos efectivos, como la posibilidad de obtener una indemnización por los daños sufridos. Instó a los Estados a reconocer que las víctimas de la trata tenían necesidades específicas de protección desde el momento en que eran objeto de la trata, y a velar por la promoción, la protección y el ejercicio de sus derechos humanos.

Además, el Consejo aprobó la resolución 20/6 sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer, en que agradeció la labor inicial realizada por el Grupo de Trabajo sobre la Cuestión de la Discriminación contra la Mujer en la Legislación y en la Práctica, y tomó nota del primer informe del Grupo de Trabajo. Pidió al Grupo de Trabajo que prestara una atención específica a las buenas prácticas que habían contribuido a movilizar a la sociedad en su conjunto, incluidos los hombres y los niños, en pos de la eliminación de la discriminación contra la mujer, y que prestara especial atención a la importancia que tenía el derecho a la educación para el empoderamiento de las mujeres y las niñas en todas las esferas, y para el logro de la igualdad y la no discriminación. El Consejo también aprobó la resolución 20/12 sobre la necesidad de acelerar los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer, inclusive mediante recursos al alcance de las mujeres víctimas de la violencia. En la resolución, el Consejo destacó que la educación podía jugar un papel esencial entre las medidas para velar por que no se repitieran los actos violentos contra las mujeres y las niñas, al promover cambios en el comportamiento y las actitudes.

El Consejo aprobó también la resolución 20/4 sobre el derecho a una nacionalidad: las mujeres y los niños, en que exhortó a todos los Estados a que aprobaran y aplicaran una legislación sobre la nacionalidad acorde con sus obligaciones dimanantes del derecho internacional con miras a prevenir y reducir la apatridia de las mujeres y los niños. En la resolución, el Consejo instó a todos los Estados a que se abstuvieran de promulgar o mantener legislación relativa a la nacionalidad que resultara discriminatoria, para evitar la apatridia, especialmente a las mujeres y los niños, y a que reformaran las leyes relativas a la nacionalidad que resultaran discriminatorias. Solicitó a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos que preparara un informe sobre la discriminación contra la mujer en cuanto a la nacionalidad en el derecho nacional e internacional, incluidas las mejores prácticas de los Estados y otras medidas que eliminaran la discriminación de la mujer en materia de nacionalidad y evitaran o redujeran la apatridia.

El Consejo, en su 21º período de sesiones, aprobó la resolución 21/6 sobre la mortalidad y morbilidad prevenibles asociadas a la maternidad y los derechos humanos. En la resolución, el Consejo reafirmó la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y las metas y compromisos en relación con la disminución de la mortalidad materna y el acceso universal a la salud reproductiva. Acogió con beneplácito lasorientaciones técnicas sobre la aplicación de un enfoque basado en los derechos humanos a la ejecución de las políticas y los programas destinados a reducir la mortalidad y morbilidad prevenibles asociadas a la maternidad, y exhortó a todas las instancias competentes a que difundieran las orientaciones técnicas y las aplicaran, según procediera, al formular, aplicar y revisar las políticas y al evaluar los programas destinados a reducir la mortalidad y morbilidad prevenibles asociadas a la maternidad. Solicitó a la Oficina del Alto Comisionado que preparara, dentro de los límites de los recursos disponibles, un informe sobre la forma en que los Estados y demás entidades competentes habían aplicado las orientaciones técnicas, para presentarlo al Consejo de Derechos Humanos en su 27º período de sesiones. Solicitó también al Secretario General que transmitiera las orientaciones técnicas a la Asamblea General como contribución al examen de la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

En el mismo período de sesiones, el Consejo aprobó la resolución 21/5 sobre derechos humanos y justicia de transición, en la que reconocía la función que desempeñaban las organizaciones de mujeres en lo que respecta a la planificación, creación y puesta en funcionamiento de mecanismos de justicia de transición. Condenó enérgicamente los actos de violencia contra las mujeres y las niñas cometidos en situaciones de conflicto y posteriores a un conflicto y reconoció que el término “violencia contra la mujer” no se limitaba a la violencia sexual, sino que incluía todo acto de violencia de género que tuviera o pudiera tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad. Pidió medidas eficaces de rendición de cuentas y reparación cuando esos actos equivalieran a violaciones del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. Puso de relieve la necesidad de que, en el contexto de la justicia de transición, se impartiera a todos los actores nacionales interesados una capacitación sobre derechos humanos que tomara en consideración las cuestiones de género en el tratamiento de las víctimas de violaciones de los derechos humanos a fin de asegurar que en los procesos de restablecimiento del estado de derecho y de justicia de transición se tuvieran en cuenta e incorporaran tales cuestiones. Solicitó a la Oficina del Alto Comisionado que le presentara un estudio analítico centrado en la violencia sexual y de género en relación con la justicia de transición en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos, la participación efectiva de las víctimas y los procesos participativos necesarios para tomar en consideración las diferentes necesidades y oportunidades de las mujeres, los hombres y los niños, incluidas las buenas prácticas de los Estados en la esfera de la búsqueda de la verdad, la justicia, la reparación y la reforma institucional.

En el 22º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, el Relator Especial sobre el derecho a la alimentación presentó un informe al Consejo sobre los derechos de la mujer y el derecho a la alimentación (A/HRC/22/50), en el que se examinaban las amenazas al derecho de la mujer a la alimentación y se señalaban esferas que requerían una atención urgente. En el informe se examinaban los obstáculos que dificultaban el acceso de las mujeres al empleo, la protección social y los recursos productivos necesarios para producir y procesar alimentos y desarrollar la cadena de valor. También se exhortaba a los Estados a que tuvieran en cuenta las necesidades y prioridades de las mujeres y las niñas en sus estrategias de seguridad alimentaria. El Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos presentó su estudio sobre las mujeres de las zonas rurales y el derecho a la alimentación (A/HRC/22/72), en que se dedica una especial atención a los hogares encabezados por mujeres y las mujeres trabajadoras temporeras.

III.Métodos de trabajo del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

A.Métodos de trabajo

En su 52º período de sesiones, el Comité adoptó una decisión sobre el fortalecimiento del papel del relator para cada país y la aprobación de un modelo de nota informativa sobre cada país. El Comité decidió que un equipo de tareas nacional debía estar integrado por no menos de 10 expertos y no exceder de 14 expertos. También aprobó una declaración sobre la necesidad de una perspectiva de género en el texto del Tratado sobre el Comercio de Armas y una declaración sobre la situación en la República Árabe Siria.

En su 52º período de sesiones, el Comité aprobó una resolución relativa a las directrices sobre la independencia e imparcialidad de los miembros de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos (“las directrices de Addis Abeba”). En su 53º período de sesiones, el Comité decidió confiar al grupo de trabajo sobre métodos de trabajo la tarea de examinar minuciosamente las directrices de Addis Abeba y determinar qué elementos de las directrices podían incorporarse en las Reglas de Procedimiento y Métodos de Trabajo del Comité. En su 54º período de sesiones, el Comité decidió incorporar en su reglamento las directrices sobre la independencia e imparcialidad de los miembros de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos (“las directrices de Addis Abeba”), aprobadas en la 24ª reunión de los Presidentes de los órganos creados en virtud de tratados.

En su 53º período de sesiones, el Comité aprobó declaraciones sobre el derecho de las niñas a la educación y sobre la situación de las mujeres y las niñas en el norte de Malí.

En su 54º período de sesiones, el Comité eligió a un nuevo Presidente, así como nuevos Vicepresidentes y un nuevo Relator. El Comité decidió autorizar la transmisión por la web de sus diálogos con los Estados partes durante un período de prueba que comprendería sus períodos de sesiones 55º y 56º, a celebrarse en julio y octubre de 2013, respectivamente, y llevar a cabo una evaluación interna al final del 56º período de sesiones a fin de determinar si procede o no seguir adelante con la transmisión por la web más allá del período de prueba. Decidió enmendar su reglamento en consecuencia, suprimiendo la segunda oración del párrafo 3 del artículo 28, cuyo texto es el siguiente: “El Comité, antes de conceder dicha autorización, solicitará, si fuera necesario, al Estado parte que vaya a informar al Comité de conformidad con el artículo 18 de la Convención su consentimiento para filmar o registrar de cualquier otra forma las deliberaciones en que participe”. De conformidad con el párrafo 2 del artículo 20 de la Convención, el Comité decidió que uno de sus períodos de sesiones anuales a partir de 2014 se celebrará en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York. En ese sentido, adoptó una decisión para pedir a la Asamblea General que proporcionara los recursos necesarios para que el Comité pudiera celebrar uno de sus períodos de sesiones anuales en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York a partir de 2014, y para que contara con suficiente apoyo sustantivo de su secretaría durante esos períodos de sesiones. El Comité decidió hacer públicos los informes sobre sus períodos de sesiones al publicar el informe en su sitio web después de cada período de sesiones a partir del 54° período de sesiones. El Comité también aprobó una declaración sobre el informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre el fortalecimiento de los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados de derechos humanos. El grupo de trabajo sobre los métodos de trabajo fue ampliado y el Comité nombró un coordinador para las cuestiones de género y el VIH/SIDA.

B.Observaciones finales

En su 54° período de sesiones, el Comité decidió acortar y combinar varios párrafos estándar que figuran en sus observaciones finales.

C.Seguimiento

En su 54° período de sesiones, el Comité modificó la metodología del procedimiento sobre el seguimiento de las observaciones finales y aprobó un documento que contenía información para los Estados partes y otros interesados sobre la presentación de informes con arreglo al procedimiento de seguimiento.

D.Comunicaciones

En su 52º período de sesiones, el Comité adoptó medidas con respecto a la comunicación núm. 32/2011 y aprobó por consenso dictámenes sobre la admisibilidad y el fondo de esa comunicación. En su 53º período de sesiones, el Comité adoptó decisiones definitivas en relación con dos comunicaciones individuales presentadas con arreglo al Protocolo Facultativo. En su 54º período de sesiones, el Comité prorrogó el mandato de los miembros del grupo de trabajo sobre comunicaciones hasta el 31 de diciembre de 2014.

E.Recomendaciones generales

Durante el 53º período de sesiones, el Comité examinó el proyecto de recomendación general sobre las consecuencias económicas del matrimonio y su disolución. En su 54º período de sesiones, el Comité aprobó por consenso la recomendación general N° 29 sobre el artículo 16 de la Convención (consecuencias económicas del matrimonio, las relaciones familiares y su disolución).

Actualmente, el Comité está trabajando sobre varias recomendaciones generales:

a)Proyecto de recomendación general sobre las mujeres en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos. Después del 51º período de sesiones se celebraron consultas regionales, organizadas por la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres) y el ACNUDH, en Bangkok (27 y 28 de marzo de 2012); Addis Abeba (12 y 13 de abril de 2012); Estambul (11 de mayo de 2012); Guatemala (29 y 30 de mayo de 2012); y Ammán (27 y 28 de enero de 2013) para solicitar aportaciones de los interesados regionales sobre el proyecto de recomendación general. En el 53º período de sesiones, el grupo de trabajo se reunió y examinó el proyecto de recomendación general. En el 54º período de sesiones, se amplió la composición del grupo de trabajo. La Presidencia del grupo de trabajo presentó el proyecto de recomendación general en sesión plenaria e invitó a los miembros del Comité a formular observaciones.

b)Proyecto de recomendación u observación general conjunta del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y el Comité de los Derechos del Niño sobre prácticas perjudiciales. En el 52º período de sesiones, el grupo de trabajo se reunió con el UNICEF y comenzó a redactar varios párrafos sustantivos de la recomendación general. En el 53º período de sesiones, el grupo de trabajo mixto del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y el Comité de los Derechos del Niño se reunió y examinó cuestiones sustantivas del proyecto de recomendación u observación general. En el 54º período de sesiones, se amplió la composición del grupo de trabajo del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer sobre prácticas perjudiciales y el grupo de trabajo mixto celebró una conferencia telefónica para debatir cuestiones pendientes, así como las observaciones recibidas de las entidades de las Naciones Unidas y las ONG sobre el proyecto de recomendación u observación general.

c)Proyecto de recomendación general sobre el acceso a la justicia. El grupo de trabajo se reunió durante el 52º período de sesiones. Se distribuyó una versión revisada de la nota conceptual al grupo de trabajo para que este formulara observaciones. Se celebró una reunión con el ACNUDH, ONU-Mujeres y el PNUD sobre la coordinación y los procedimientos relativos a la nota conceptual, el medio día previsto para un debate general, el calendario para la redacción de la recomendación general y posibles consultas regionales sobre la aplicación de la recomendación general. En su 53º período de sesiones, el Comité hizo suya la nota conceptual sobre el acceso a la justicia. En el 54º período de sesiones, se celebró medio día de debate general sobre el acceso a la justicia y se amplió la composición del grupo de trabajo sobre el acceso a la justicia.

d)Proyecto de recomendación general sobre las dimensiones de género en el contexto del estatuto de refugiados, el asilo y la apatridia . En el 52º período de sesiones, el Comité decidió dividir el grupo de trabajo sobre el asilo, la apatridia y los desastres naturales en dos grupos de trabajo, uno sobre el asilo y la apatridia y el otro sobre el cambio climático y los desastres naturales. El grupo de trabajo sobre igualdad entre los géneros en el contexto del asilo y la apatridia trabajó entre períodos de sesiones sobre un proyecto de recomendación general y se reunió para definir en mayor detalle el proyecto de recomendación. En el 53º período de sesiones, el grupo de trabajo sobre la igualdad entre los géneros en el contexto del asilo y la apatridia se reunió con el fin de seguir trabajando sobre el proyecto de resolución, que fue revisado y distribuido al pleno para que este proporcionara observaciones entre períodos de sesiones. En el 54º período de sesiones, la Presidencia del grupo de trabajo presentó en sesión plenaria el proyecto de recomendación general bajo su nuevo nombre, sobre las dimensiones de género en el contexto del estatuto de refugiados, el asilo y la apatridia e invitó a los miembros del Comité a formular observaciones.

e)Proyecto de recomendación general sobre la igualdad entre los géneros en el contexto del asilo, la apatridia y los desastres naturales. En su 52º período de sesiones, el Comité decidió elaborar esta recomendación general, y decidió que toda la labor al respecto tendría lugar entre períodos de sesiones hasta que el Comité decidiera otra cosa. Durante el 54º período de sesiones, se amplió la composición del grupo de trabajo sobre igualdad entre los géneros en el contexto del cambio climático y los desastres naturales.

f)Proyecto de recomendación general sobre las mujeres rurales. El grupo de trabajo colaboró entre períodos de sesiones sobre una nota conceptual que finalizó durante el 52º período de sesiones. En su 53º período de sesiones, el Comité hizo suya la nota conceptual. En su 54º período de sesiones, el Comité decidió celebrar un debate general de medio día de duración sobre las mujeres de las zonas rurales durante su 56º período de sesiones.

g)Proyecto de recomendación general sobre el derecho a la educación . En su 52º período de sesiones, el Comité decidió establecer un grupo de trabajo sobre el derecho a la educación a efectos de la preparación de una recomendación general sobre el tema. El Comité también decidió que toda labor sobre la recomendación general se llevaría a cabo entre períodos de sesiones hasta que el Comité decidiera otra cosa. En su 53º período de sesiones, el Comité hizo suya una nota introductoria sobre la educación. En el 54º período de sesiones, se amplió la composición del grupo de trabajo sobre el derecho a la educación.

F.Investigación

En su 52° período de sesiones, el Comité adoptó una decisión sobre modalidades y procedimientos con respecto a las cuestiones previstas en el artículo 8 del Protocolo Facultativo. Se seleccionó a miembros del Comité para prestar servicios en equipos de tareas relativos a nuevas solicitudes de investigación. El Comité discutió la necesidad de decidir sobre una metodología para realizar investigaciones y examinar las reglas de procedimiento sobre investigación presentadas con arreglo al artículo 8 del Protocolo Facultativo. El Comité solicitó a la secretaría que preparara para el 53° período de sesiones resúmenes pormenorizados de solicitudes de investigación presentadas, con análisis jurídico y conclusiones, así como una nota sobre las modalidades de investigación, incluido el posible establecimiento de un nuevo grupo de trabajo o la ampliación del mandato y la composición del grupo de trabajo sobre comunicaciones para cubrir investigaciones, peticiones de asistencia de la sección de investigaciones, dotación de personal y recursos, tiempo de reunión adicional y cuestiones presupuestarias (por ejemplo, el número de visitas por año), así como procedimientos operativos estándar.

En su 53° período de sesiones, el Comité examinó los documentos preparados por la Secretaría en relación con las investigaciones, a saber una nota de antecedentes, proyectos de procedimientos operativos estándar, y un documento de referencia sobre el umbral para las violaciones “graves o sistemáticas”.

En su 54° período de sesiones, el Comité aprobó un documento interno que contenía procedimientos operativos estándar para la realización de investigaciones presentadas con arreglo al artículo 8 del Protocolo Facultativo. El Comité adoptó la decisión de solicitar a la Asamblea General que proporcionara los recursos necesarios para que el grupo de trabajo sobre comunicaciones (que pasaría a llamarse Grupo de Trabajo sobre el Protocolo Facultativo) se reuniera durante cinco días adicionales por año a partir de 2014 y para ampliar su composición de cinco a siete miembros durante los cinco días adicionales de reunión anual solicitados a fin de que el Grupo de Trabajo pudiera examinar la información recibida en virtud del artículo 8 del Protocolo Facultativo. Se amplió la composición del equipo de tareas sobre investigaciones.

IV.Informes que el Comité examinará en los próximos períodos de sesiones

Se ha previsto el examen de informes de los Estados partes hasta el 58º período de sesiones, que se celebrará en 2014. La secretaría ha enviado notas verbales en las que solicita a los Estados partes en cuestión que confirmen los períodos de sesiones en que se prevé la presentación de sus informes. Además de las preferencias de los Estados partes, la secretaría tiene debidamente en cuenta la distribución geográfica y, en la medida de lo posible, da prioridad a los informes iniciales. Dado que los propios grupos regionales no están divididos de manera uniforme, en alguno de los períodos de sesiones es posible que haya una mayor proporción de Estados del Grupo de los Estados de África y del Grupo de los Estados de Asia y el Pacífico. Es importante observar que los Estados Miembros y otros asociados estratégicos han respondido positivamente al calendario previsto por anticipado para la intervención de los Estados partes ante el Comité, pues permite tiempo suficiente para preparar los diálogos constructivos entre los Estados partes correspondientes y el Comité. También permite dar un preaviso suficiente a otros interesados para que hagan sus propias aportaciones al proceso de presentación de informes. El calendario previsto para los períodos de sesiones 55º a 58º es el siguiente: durante el 55º período de sesiones, que se celebrará en julio de 2013, está previsto que presenten informes los siguientes Estados partes: Afganistán, Bosnia y Herzegovina, Cabo Verde, Cuba, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, la República Democrática del Congo, la República Dominicana, y Serbia; durante el 56º período de sesiones, que se celebrará en octubre de 2013 está previsto que presenten informes los siguientes Estados partes: Andorra, Benin, Camboya, Colombia, la República de Moldova, San Vicente y las Granadinas, Seychelles y Tayikistán; durante el 57º período de sesiones, que se celebrará en febrero de 2014, está previsto que presenten informes los siguientes Estados partes: Bahrein, el Camerún, Finlandia, el Iraq, Kazajstán, Qatar, el Senegal y Sierra Leona; y durante el 58º período de sesiones, que se celebrará en julio de 2014, está previsto que presenten informes los siguientes Estados partes: Georgia, la India, Lituania, Mauritania, el Perú, la República Árabe Siria, la República Centroafricana y Swazilandia.

Anexo I

Estados que no han ratificado la Convención o no se han adherido a ella

África

SomaliaSudán del SurSudán

Asia y el Pacífico

Irán (República Islámica del)NiuePalau (firmada el 20 de septiembre de 2011)Tonga

Europa Occidental y otros países

Santa SedeEstados Unidos de América (firmada el 17 de julio de 1980)

Anexo II

Estados partes que han presentado informes sin que se haya fijado la fecha de su examen, al 1 de mayo de 2013

Estado parte

Fecha en que había de presentarse el informe

Fecha en que se recibió el informe

Examinado anteriormente (período de sesiones)

Informe(s) anterior(es)

Azerbaiyán

Quinto informe periódico

9 de agosto de 2013

11 de marzo de 2013

2009 (44)

15 de agosto de 2008 (Cuarto informe periódico)

Bélgica

Séptimo informe periódico

9 de agosto de 2010

2 de octubre de 2012

2008 (42)

9 de mayo de 2007 (Informes periódicos quinto y sexto combinados)

Brunei-Darussalam

Informes periódicos inicial y segundo combinados

23 de junio de 2011

30 de abril de 2013

No se aplica

No se aplica

China

Informes periódicos séptimo y octavo combinados

Octubre de 2012

20 de enero de 2012

2006 (36)

4 de febrero de 2004 (Informes quinto y sexto combinados)

Ecuador

Informes periódicos octavo y noveno combinados

9 de diciembre de 2012

11 de diciembre de 2012

2008 (42)

23 de febrero de 2007 (Informes sexto y séptimo combinados)

Eritrea

Cuarto informe periódico

5 de octubre de 2008

5 de octubre de 2012

2006 (34)

8 de enero de 2004 (Informes inicial a tercero combinados)

Gab ó n

Informes periódicos sexto y séptimo combinados (El examen incluirá también el octavo informe periódico, que debía presentarse el 20 de febrero de 2012)

20 de febrero de 2008

19 de enero de 2012

2005 (32)

4 de junio de 2003 (Informes segundo a quinto combinados)

Gambia

Informes periódicos cuarto y quinto combinados

16 de mayo de 2010

1 de octubre de 2012

2005 (33)

4 de abril de 2003 (Informes inicial a tercero combinados)

Ghana

Informes periódicos sexto y séptimo combinados

1 de febrero de 2011

12 de junio de 2012

2006 (36)

23 de febrero de 2005 (Informes tercero a quinto combinados)

Guinea

Informes periódicos séptimo y octavo combinados

8 de septiembre de 2011

19 de abril de 2012

2007 (39)

26 de julio de 2005 (Informes cuarto a sexto combinados)

Kirguistán

Cuarto informe periódico

Octubre de 2012

18 de enero de 2013

2008 (42)

27 de febrero de 2007 (Tercer informe)

Maldivas

Informes periódicos cuarto y quinto combinados

31 de julio de 2010

13 de diciembre de 2012

2007 (37)

25 de mayo de 2005 (Informes segundo y tercero combinados)

Polonia

Informes periódicos séptimo y octavo combinados

3 de septiembre de 2010

21 de noviembre de 2012

2007 (37)

29 de noviembre de 2004 (Informes cuarto a sexto combinados)

Islas Salomón

Informes periódicos inicial a tercero combinados

5 de junio de 2011

30 de enero de 2013

No se aplica

No se aplica

Tuvalu

Informes periódicos tercero y cuarto combinados

6 de noviembre de 2012

6 de noviembre de 2012

2009 (44)

2 de julio de 2008 (Informes inicial y segundo combinados)

Venezuela (República Bolivariana de)

Informes séptimo y octavo combinados

1 de junio de 2012

21 de septiembre de 2012

2006 (34)

25 de junio de 2004 (Informes cuarto a sexto combinados)

Viet Nam

Informes séptimo y octavo combinados

19 de marzo de 2011

30 de enero de 2013

2007 (37)

15 de junio de 2005 (informes quinto y sexto combinados)