Resumen

* CEDAW/C/55/1.

De conformidad con el artículo 22 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, se ha invitado a los organismos especializados a que presenten al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, en su 55º período de sesiones, informes sobre la aplicación de la Convención en sus ámbitos de competencia.

I.Introducción

En su período de sesiones actual, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer examinará los informes nacionales de los siguientes países: Afganistán, Bosnia y Herzegovina, Cabo Verde, Cuba, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Democrática del Congo, República Dominicana y Serbia. Las estadísticas de educación de estos países se consignan en el anexo al presente informe.

Como organismo especializado de las Naciones Unidas, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) contribuye a la consolidación de la paz, el alivio de la pobreza, el desarrollo sostenible y el diálogo intercultural mediante la educación, la ciencia, la cultura, las comunicaciones y la información. La estrategia de mediano plazo de la UNESCO para el período 2008-2013 designa la igualdad entre los géneros como una de sus dos prioridades mundiales. Esa prioridad se persigue mediante un enfoque que abarca: a) la programación específica de las cuestiones de género; y b) la incorporación de perspectivas de igualdad entre los géneros en todos sus ámbitos de competencia.

La UNESCO ejerce una función y una responsabilidad de gran importancia en el sistema de las Naciones Unidas en lo que respecta a la aplicación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, cuyo artículo 10 establece que los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación. El derecho a la educación es un eje fundamental de la misión de la UNESCO y forma parte integrante de su mandato constitucional.

Las iniciativas de la UNESCO encaminadas a promover el empoderamiento de la mujer, los derechos de la mujer y la igualdad entre los géneros se guían por la estrategia de mediano plazo para el período 2008-2013, el documento bienal de programa y presupuesto, el Plan de Acción sobre la prioridad de la igualdad entre los géneros para 2008-2013, que sustenta y orienta en toda la organización la aplicación de actividades relacionadas con la prioridad mundial de la igualdad entre los géneros, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Plataforma de Acción de Beijing, y las resoluciones y los instrumentos internacionales y regionales relacionados con sus ámbitos de competencia.

La División sobre la Igualdad entre los Géneros de la Oficina de la Directora General de la UNESCO facilita la labor de la organización en su empeño por hacer realidad la prioridad de la igualdad entre los géneros. Como centro de enlace de la UNESCO para las cuestiones relativas a la igualdad entre los géneros, la División proporciona orientación sobre políticas y formula recomendaciones al personal directivo superior y los sectores de programas para que integren el tema de la igualdad entre los géneros en las políticas, las estrategias y los programas de la UNESCO; lleva a cabo actividades de creación de capacidad; vigila que la paridad entre los géneros y el equilibrio entre la vida personal y laboral se respeten en la secretaría; y promueve y establece alianzas con otros órganos de las Naciones Unidas, órganos regionales, organizaciones intergubernamentales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones privadas y asociados del sector privado que apoyan las iniciativas de empoderamiento de la mujer e igualdad entre los géneros.

II.Medidas adoptadas para aplicar las disposiciones de la Convención en los países cuyos informes se examinarán en el 55º período de sesiones

Afganistán

El Afganistán es parte en la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza, aprobada por la UNESCO, desde enero de 2010. A este país no se le solicitó que presentase ningún informe a la UNESCO en relación con la séptima consulta sobre las medidas adoptadas para su aplicación, ya que dicha consulta abarcaba el período anterior a 2010, es decir, antes de que el Afganistán se convirtiera en Estado parte en la Convención.

El artículo 43 de la Constitución del Afganistán (2004) garantiza a todos los ciudadanos el derecho a la educación, que es gratuita hasta el nivel de grado universitario (por ejemplo, el nivel de licenciatura universitaria) en las instituciones educativas del Estado. La legislación en materia de educación (Ley de Educación de 2008) define los objetivos principales de esta, entre los que se encuentran garantizar la igualdad de derechos a la educación y la capacitación de todos los ciudadanos del Afganistán a través de la promoción y el desarrollo de una educación universal, equilibrada y equitativa, y fortalecer el respeto de los derechos humanos, la protección de los derechos de la mujer, la democracia y la eliminación de todo tipo de discriminación. El artículo 4 de dicha ley establece específicamente que: a) la enseñanza media (básica) (grados 1º a 9º) es obligatoria; y b) la educación preescolar, la enseñanza básica y secundaria y la formación profesional, técnica y superior son gratuitas en las instituciones educativas públicas. El Plan Estratégico Nacional de Educación para el Afganistán para el período 2010-2014 pone de manifiesto la visión del Gobierno afgano: desarrollar el capital humano según los principios del Islam, los compromisos nacionales e internacionales y el respeto de los derechos humanos a través de un acceso equitativo a la educación de calidad para todas las personas, que les permita participar de forma activa en el logro del desarrollo sostenible, el crecimiento económico y la estabilidad y la seguridad del Afganistán. Con este objetivo, el Gobierno facilita oportunidades educativas para los niños y los adultos, sin discriminación, en todo el Afganistán.

Desde 2001 se ha producido una enorme expansión de la asistencia a la escuela en todo el país. Un número sin precedentes de niñas y niños vuelven a la escuela y, en la actualidad, la asistencia a la escuela de las niñas es mayor que nunca antes en la historia del Afganistán. La matriculación escolar aumentó de 900.000 a casi 6,4 millones. El porcentaje de niñas en las escuelas se incrementó de prácticamente el 0% en 2001 a más del 37% en 2007. También se capacitó a decenas de miles de profesoras. Se construyeron miles de escuelas cada año y se esperaba que 1 millón de jóvenes y adultos participasen en programas de alfabetización para adultos en los tres años subsiguientes.

El Afganistán es uno de los países más pobres del mundo, y su población tiene uno de los niveles de escolaridad más bajos y grandes disparidades por motivo de género, exacerbadas por las disparidades geográficas relacionadas con el acceso a la educación. Se calcula que el 75% de la población vive en zonas rurales y que el 50% de estas personas no han cumplido los 18 años. Por lo tanto, el Afganistán cuenta con una de las proporciones más elevadas de niños en edad escolar del mundo. Las estadísticas muestran que en 2000 no había niñas matriculadas en las escuelas en las zonas controladas por los talibanes, ya que no les estaba permitido asistir. No obstante, en los cinco años anteriores a 2008, la matriculación de niñas aumentó rápidamente hasta alcanzar el 37%. Unos 2,2 millones de niñas están matriculadas en las escuelas en la actualidad. En las zonas urbanas, las matriculaciones en la escuela primaria son más elevadas que en las zonas rurales y la proporción de niñas y niños que asisten a esta es de casi 1:1. Según el Estudio nacional sobre las escuelas efectuado en 2008, la tasa media de matriculación escolar en las zonas rurales es del 27% para las niñas y del 44% para los niños. Las niñas siguen enfrentándose a muchos desafíos que les impiden acceder a la escuela, como las largas distancias entre sus hogares y las escuelas, las restricciones de movimiento, la escasez de profesoras, unas instalaciones en malas condiciones y, sobre todo, el poco valor que se atribuye a la educación de la mujer. El sistema educativo afgano todavía no es plenamente inclusivo; sin embargo, los comienzos son prometedores, ya que cada vez más niñas se matriculan en la escuela y el número de profesoras va en aumento. Aunque se ha reducido la disparidad, el nivel de matriculación de las niñas sigue estando muy por detrás del de los niños, especialmente en las zonas rurales.

Con el fin de promover una educación básica de calidad para todos los niños del Afganistán, en particular para los más vulnerables, según el principio del derecho a la educación, la UNESCO se ha centrado en dos objetivos principales: orientar las políticas sobre educación inclusiva y fortalecer las capacidades para crear entornos inclusivos favorables para el aprendizaje. La UNESCO copreside el Grupo de Trabajo sobre Coordinación en materia de Educación Inclusiva junto con el Ministerio de Educación afgano. Con el apoyo de la UNESCO, el Ministerio de Educación ha realizado una evaluación de las necesidades y los derechos en materia de educación inclusiva para el Afganistán, que sirve de orientación a las políticas incorporadas en el plan de acción nacional de educación, impulsa la educación inclusiva y aborda las necesidades de los niños vulnerables a la exclusión y la marginación, con el fin de lograr las metas de la iniciativa Educación para Todos.

La incorporación de las cuestiones relativas a la igualdad entre los Géneros en el proceso de reconstrucción del Afganistán, en particular a través de la educación, constituye una ventaja comparativa fundamental de la UNESCO. Como miembro de la Iniciativa para la Educación de las Niñas Afganas, en el marco más amplio de la Iniciativa de las Naciones Unidas para la Educación de las Niñas, la UNESCO presta apoyo al Ministerio de Educación afgano para desarrollar y difundir una estrategia de comunicación sobre la educación de las niñas que apoye la aplicación del Plan Estratégico Nacional de Educación. La Oficina de la UNESCO en Kabul presta apoyo para promover la paridad y la igualdad entre los géneros en el Afganistán, especialmente en relación con la labor que ha emprendido el Instituto de Estudios sobre el Género, con sede en la Universidad de Kabul, que se creó con el apoyo de la UNESCO. La UNESCO y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) prestaron apoyo recientemente a dicho Instituto en la realización de un proyecto de investigación en varias provincias en las universidades del Afganistán, que tiene el objeto de documentar la experiencia y la naturaleza de la violencia por razón de género en las instituciones educativas del país, con el fin de informar a los responsables de formular políticas y adoptar medidas concretas a nivel de las políticas y de las universidades. La UNESCO también forma parte del Grupo de Trabajo sobre el Género del equipo de las Naciones Unidas en el país y del grupo coordinador de donantes en materia de género y es un miembro activo de la Iniciativa para la Educación de las Niñas Afganas.

A pesar de las mejoras, la situación de las mujeres en el Afganistán sigue siendo motivo de preocupación. Estas siguen afrontando desafíos importantes en relación con el acceso a los servicios básicos, como la salud y la educación, al sistema de justicia y al mercado de trabajo. Para desarrollar la capacidad de las mujeres de contribuir al desarrollo social, político, cultural y económico del país, la UNESCO ha asignado un alto grado de prioridad a las mujeres en la planificación y la ejecución de sus programas, y se ha centrado en el empoderamiento de la mujer en sus clases de alfabetización (el 62% de los alumnos son mujeres), sus actividades de investigación y la promoción de los medios de información libres.

Uno de los logros destacados más recientes en la esfera de la educación está relacionado con el apoyo prestado por la UNESCO al Ministerio de Educación afgano en cuanto al desarrollo de su capacidad de planificación a nivel central, provincial y de los distritos, que permitió la capacitación de 1.000 miembros del personal del Ministerio en materia de planificación educativa básica y supervisión y presentación de informes, lo que facilita la redacción de planes educativos provinciales. La UNESCO, en colaboración con el PNUD, prestó apoyo al Instituto de Estudios sobre el Género de la Universidad de Kabul en la realización de investigaciones sobre el papel de la mujer en el desarrollo económico y agrícola del Afganistán. Este estudio se encuentra en las fases finales y se publicará en 2013. En la esfera de las comunicaciones y la información, se ha ejecutado un proyecto que aborda el desarrollo de la capacidad de las organizaciones de medios de comunicación en las zonas remotas del país, centrado especialmente en las emisoras de radio comunitarias dirigidas por mujeres.

En el marco del Programa de Participación de la UNESCO se aprobaron tres proyectos relacionados con la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer a petición de la Comisión Nacional Afgana para la UNESCO: a) un taller y una campaña para aumentar la matriculación escolar de las niñas en las provincias de Nangarhar, Daykundi, Samangan, Takhar, Badakhshan y Laghman; b) la creación de capacidad en el Ministerio de Asuntos de la Mujer afgano a través de enfoques creativos, incluidos servicios modernos de tecnología de la información, para el empoderamiento de la mujer, lo que aumentará sus posibilidades de participar en la vida política, económica, cultural y social del país; y c) programas de capacitación en materia de creación de capacidad relacionados con la gestión y la comunicación, la igualdad entre los géneros y el uso de computadoras para el personal de la Comisión Nacional Afgana para la UNESCO.

Bosnia y Herzegovina

Bosnia y Herzegovina es parte de la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza, aprobada por la UNESCO, pero no presentó ningún informe a la UNESCO con ocasión de la séptima consulta sobre las medidas adoptadas para su aplicación.

En virtud del Acuerdo de Dayton/París, desde 1995, Bosnia y Herzegovina se compone de dos entidades políticas: la Federación de Bosnia y Herzegovina, de mayoría croata y la Republica Srpska, de mayoría serbia; y cada una cuenta con su propia estructura (cantones y municipios) y administración políticas.

El artículo 2 de la Constitución de Bosnia y Herzegovina (de 1994, enmendada en 1997) establece que la Federación garantizará el mayor nivel de aplicación de los derechos y las libertades reconocidos internacionalmente, incluido el derecho a la educación. Del mismo modo, el artículo 38 de la Constitución de la Republica Srpska (de 1992, enmendada en 1996) establece la garantía y la protección de las libertades y los derechos humanos, incluido el derecho a la educación, conforme a las normas internacionales.

En virtud de la Ley Marco sobre Educación Primaria y Secundaria (2003), entre los principios y los objetivos generales de la educación se encuentra el de asegurar la igualdad de oportunidades educativas, independientemente del género, la raza, la identidad nacional, el origen social y cultural, la situación de familia, la religión, las características psicofisiológicas y otros rasgos personales. La ley garantiza a todos los niños el derecho de acceso en igualdad de condiciones a una educación apropiada y la igualdad de oportunidades para su participación en ella, sin discriminación. La igualdad de acceso y la igualdad de oportunidades incluyen asegurar las mismas condiciones y oportunidades para todos (art. 4). El artículo 16 establece que la educación primaria será obligatoria y gratuita para todos los niños. La enseñanza obligatoria comenzará a la edad de 6 años y se prolongará durante un período de ocho años sin interrupción. El artículo 17 especifica que la educación secundaria será accesible para todos, según el rendimiento en la escuela primaria, los intereses personales y las capacidades. La educación secundaria será gratuita en las instituciones educativas públicas.

Las actividades de la UNESCO en Bosnia y Herzegovina se desarrollan principalmente a través de la colaboración con el equipo de las Naciones Unidas en el país y el Gobierno de Bosnia y Herzegovina, en un proyecto conjunto en las esferas de la inclusión social, el medio ambiente, la gobernanza económica y la seguridad humana. Los logros más importantes se realizaron en el contexto del programa conjunto para mejorar la comprensión entre las culturas en Bosnia y Herzegovina, que se centró en mejorar la planificación estratégica y en materia de políticas en los sectores de la cultura y la educación, desarrollar herramientas estadísticas para reunir datos y programar mejor, analizar las industrias culturales y su contribución al desarrollo en Bosnia y Herzegovina, fortalecer la capacidad de los municipios de diseñar una oferta integrada de turismo cultural, prestar apoyo al diálogo intercultural en las escuelas y los medios de comunicación, renovar y rehabilitar el patrimonio cultural con el fin de promover el respeto de la diversidad y desarrollar un mayor respeto de la interculturalidad, y fomentar la sensibilización en cuanto a los elementos culturales comunes en Bosnia y Herzegovina a través de medidas centradas en reforzar el entendimiento intercultural.

En virtud del programa de becas de la UNESCO, se ha concedido una beca a una investigadora de Bosnia y Herzegovina para un proyecto de investigación en la esfera de las tecnologías de la información y las comunicaciones, titulado “Media as a tool of democratization: promoting free media in post-conflict society”.

Cabo Verde

Cabo Verde no es parte en la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza, aprobada por la UNESCO, y no presentó ningún informe a la UNESCO con ocasión de la séptima consulta sobre las medidas adoptadas para su aplicación.

El artículo 50 de la Constitución de Cabo Verde (de 1992, enmendada en 2010) garantiza a todas las personas la libertad de aprender, educar y enseñar. Esta libertad incluye, entre otros, el derecho a asistir a los centros de enseñanza y a enseñar en ellos sin discriminación, como estipula la ley, a elegir asignaturas y cursos, y a crear escuelas y centros de enseñanza. La Constitución prohíbe al Estado basar los planes de estudios en creencias filosóficas o ideologías políticas o religiosas, así como enseñar religión en las escuelas públicas. Las familias tienen derecho a educar a sus hijos según los principios éticos y sociales derivados de sus convicciones filosóficas, religiosas, ideológicas, estéticas, políticas o de otra naturaleza. El Estado no posee en exclusiva el derecho a enseñar y educar, y reconoce que las comunidades, los grupos sociales y las personas son libres de crear escuelas y establecimientos de enseñanza, como estipula la ley. El artículo 78 de la Constitución garantiza a todas las personas el derecho a la educación. Esta debe estimular la creatividad, fomentar la participación democrática en la vida nacional y promover la tolerancia y la solidaridad. El Estado garantiza la igualdad de oportunidades respecto al acceso a la escuela y los resultados académicos. La educación básica es obligatoria y gratuita. El Estado fomenta y apoya la creación de instituciones y asociaciones públicas y privadas que promuevan la educación y la defensa de la cultura nacional. La Constitución (art. 80) también garantiza la igualdad de derechos para el hombre y la mujer en la esfera de la educación física y el deporte.

La nueva legislación en la esfera de la educación dispone los principios básicos de la organización y el funcionamiento del sistema educativo público y el privado. La Ley Marco del Sistema Educativo (2010) reafirma como principio general el derecho de todas las personas a acceder libremente al sistema educativo, independientemente de su género, su edad, su situación socioeconómica, su nivel intelectual o cultural, sus creencias religiosas o sus convicciones filosóficas (art. 6). En este contexto, el Estado tiene el deber de promover progresivamente la igualdad de acceso a los diferentes niveles de enseñanza, así como la igualdad de oportunidades en relación con el acceso a la escuela. Esta legislación también establece el concepto de un sistema educativo caracterizado por la pluralidad y la diversidad, que tenga en cuenta las necesidades, las aspiraciones y los valores colectivos e individuales, de modo que el proceso educativo sea más pertinente en relación con la vida y la cultura caboverdianas. Con el fin de crear las condiciones necesarias para el disfrute de los derechos de los ciudadanos en materia de educación, el Estado tiene el deber de asegurar el desarrollo y la mejora del sistema educativo público y dar prioridad a la educación obligatoria. La legislación dispone que el Gobierno promoverá la igualdad de acceso de los hombres y las mujeres a todos los niveles de enseñanza, así como a las actividades deportivas. Estas disposiciones eliminan cualquier incertidumbre en cuanto a la igualdad de los hombres y las mujeres en la esfera de la educación y la cultura. Además, con el fin de garantizar el derecho a la educación, la Constitución confiere al Estado la responsabilidad de promover la educación a todos los niveles y establece las condiciones del acceso universal a los diferentes niveles de enseñanza, así como a la investigación científica y la creación artística. Para lograr estos objetivos, el Estado garantiza el derecho a la igualdad de oportunidades en cuanto al acceso a la escuela y los resultados académicos. La educación primaria es obligatoria en Cabo Verde entre las edades de 6 y 14 años y gratuita para los niños de entre 6 y 12 años.

La educación primaria universal es ya un hecho en Cabo Verde. A lo largo del decenio pasado, el país experimentó unas condiciones macroeconómicas y demográficas muy favorables en relación con la escolarización de los niños, caracterizadas por unas tasas de crecimiento de la población bajas, cercanas a los niveles europeos, y por un aumento del gasto y los recursos nacionales asignados al sector de la educación. Se trata de factores favorables para la iniciativa que tiene como objetivo proporcionar educación básica obligatoria y gratuita a los niños de entre 6 y 8 años, un plan que se formalizó en la nueva ley sobre educación básica. Liberar a las familias de las cargas financieras relacionadas con los aranceles escolares, incluidos los del primer ciclo de educación secundaria, promueve todavía más la educación para todos, en particular para los niños de las familias menos favorecidas.

Siguen existiendo algunas disparidades entre las zonas urbanas y las rurales en cuanto al acceso a la educación posprimaria. No obstante, en comparación con otros países africanos, la tasa bruta de escolarización de las niñas en la educación secundaria tiende a ser superior a la de los niños.

Entre las actividades llevadas a cabo recientemente en relación con las cuestiones de igualdad entre los géneros y educación, se capacitó a los encargados de elaborar planes de estudios acerca del uso del manual de referencia sobre la educación para la paz, la ciudadanía y los derechos humanos y la integración de la prevención de conflictos y desastres en las políticas de educación. Además, se capacitó a los funcionarios del sector de la educación en la integración de la educación sexual en los planes de estudios, en el uso de métodos pedagógicos participativos relacionados con la sexualidad y en el apoyo a una educación sexual amplia apropiada desde el punto de vista sociocultural, a través de contenidos adaptados a las condiciones locales y al contexto. La UNESCO ha evaluado recientemente la situación en cuanto al VIH y la educación sexual, orientada hacia el componente de género. La conclusión principal del estudio es que los planes educativos nacionales de la escuela primaria y la escuela secundaria se toman en serio la igualdad entre los géneros, pero deben vincularla de manera más explícita a las cuestiones sexuales y reproductivas, para obtener resultados en cuanto a la salud y el bienestar de los jóvenes. Estas conclusiones se comunicaron al Ministerio de Educación durante un taller organizado para desarrollar la capacidad con el fin de mejorar los programas de educación sexual, en el que se abordaron las desigualdades y la violencia por razón de género. En la misma esfera, se ha ejecutado un proyecto para transformar la cuestión del género en medidas concretas que incorporen esta perspectiva, como la educación en materia de salud y sexualidad en las escuelas, y de incorporarla en las políticas, las estrategias y los planes relacionados con el VIH/SIDA y la Educación para el Desarrollo Sostenible, así como en la capacitación inicial de profesores de la escuela secundaria.

Cuba

Cuba es parte de la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza aprobada por la UNESCO, pero no presentó ningún informe a la UNESCO con ocasión de la séptima consulta sobre las medidas adoptadas para su aplicación.

Conforme al artículo 51 de la Constitución de Cuba (de 1976, enmendada en 1992), todos tienen derecho a la educación. Este derecho está garantizado por el amplio y gratuito sistema de escuelas, semi-internados, internados y becas, en todos los tipos y niveles de enseñanza. Además, el material escolar es gratuito, lo que proporciona a cada niño o joven, cualquiera que sea la situación económica de su familia, la oportunidad de cursar estudios. Los hombres y mujeres adultos tienen asegurado este derecho, en las mismas condiciones de gratuidad y con facilidades específicas que la ley regula, mediante la educación de adultos, la enseñanza técnica y profesional, la capacitación laboral en empresas y organismos del Estado y los cursos de educación superior para los trabajadores. El artículo 52 de la Constitución garantiza el derecho de todos a la educación física, al deporte y a la recreación. El disfrute de este derecho está garantizado por la inclusión de la enseñanza y práctica de la educación física y el deporte en los planes de estudio del sistema nacional de educación; y por la amplitud de la instrucción y los medios puestos a disposición del pueblo, que facilitan la práctica masiva del deporte y la recreación.

Varias leyes regulan tanto la educación como el sistema educativo. Conforme a la legislación, la educación primaria (que dura 6 años) y la educación secundaria básica (que dura 3) son obligatorias. La educación es responsabilidad del Estado y es gratuita. Es accesible para todos los cubanos, sin distinción ni privilegios.

Varias iniciativas de la UNESCO en Cuba han incorporado las cuestiones relativas a la igualdad entre los géneros en todos los niveles de los programas, tanto nacional como regionalmente. Se han realizado actividades a nivel intersectorial, multisectorial e interinstitucional con los recursos ordinarios de los programas y los recibidos de fuentes extrapresupuestarias, como la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres) y los Gobiernos de algunos Estados miembros donantes. Por ejemplo, en el marco de la campaña del Secretario General de las Naciones Unidas titulada “ÚNETE para poner fin a la violencia contra las mujeres”, se adoptaron una serie de medidas de promoción de la igualdad entre los géneros, el empoderamiento de la mujer y los derechos de las mujeres en Cuba, en una iniciativa conjunta con el PNUD, el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). La Oficina Regional de la UNESCO en La Habana también ha estado realizando actividades en el marco de la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales de 2005, incluida la promoción de la mujer en producciones audiovisuales en el contexto del programa titulado “Las Cámaras de la Diversidad” y a través del programa SIDACULT. También se ha aplicado un programa en este marco que ha tenido como consecuencia la producción de directrices sobre el uso de los instrumentos culturales en la lucha contra la violencia por razón de género y el VIH/SIDA en Cuba.

La UNESCO fue un asociado activo en la redacción del Marco de Asistencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo para Cuba, en particular a la hora de garantizar la incorporación de la igualdad entre los géneros a lo largo del marco de medidas propuesto. Se han elaborado varias publicaciones y material audiovisual sobre las cuestiones relativas a la igualdad entre los géneros y se han distribuido a las universidades, los departamentos jurídicos, las fuerzas de policía y los hospitales.

En el marco del Programa de Participación de la UNESCO se presentó un proyecto en 2012 con las organizaciones no gubernamentales locales para promover la participación social de los adolescentes y los jóvenes a nivel local, en el que se hizo hincapié en la igualdad entre los géneros. En virtud del programa de becas de la UNESCO, se han concedido seis becas a seis científicas cubanas para realizar investigaciones en la esfera de las ciencias naturales y la ingeniería.

República Democrática del Congo

La República Democrática del Congo no es parte en la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza, aprobada por la UNESCO.

Conforme al artículo 13 de la Constitución de la República Democrática del Congo (de 2006), en la esfera de la educación no deberá adoptarse ninguna medida discriminatoria contra ningún ciudadano congoleño, ya se derive esta de una ley o de una decisión del poder ejecutivo, por causa de su religión, su origen familiar, su condición social, su residencia, sus opiniones o convicciones políticas, su raza, su origen étnico o tribal, o su pertenencia a una minoría cultural o lingüística. En virtud del artículo 43 de la Constitución, todas las personas tienen derecho a la educación. Los padres tienen derecho a elegir el tipo de educación que quieren dar a sus hijos. La educación primaria es obligatoria y gratuita en las instituciones públicas. En virtud del artículo 45, las autoridades públicas tienen la obligación de promover y garantizar, a través de la educación, el respeto de los derechos humanos, las libertades fundamentales y los deberes cívicos consagrados en la Constitución. Según la Ley Marco de Educación Nacional de 1986 (actualmente en proceso de revisión), la educación es obligatoria para los niños entre los 6 y los 15 años.

A partir de 1997, la República Democrática del Congo ha experimentado un deterioro importante del sistema educativo, por lo que el Gobierno actual ha elaborado un plan marco nacional para reconstruirlo. Este plan reconoce la educación para todos como prioridad absoluta y define el objetivo fundamental del nuevo tipo de educación: garantizar que las mujeres y los hombres sean competentes y reciban educación en materia de los valores humanistas, morales, espirituales, culturales y cívicos, así como los creativos, en una nueva sociedad congoleña democrática, equitativa, próspera y pacífica. La República Democrática del Congo adopta un enfoque de todo el sector en la creación de un sistema educativo descentralizado. Gracias al apoyo prestado por la UNESCO a través de un programa de desarrollo de la capacidad para la planificación y la gestión en materia de educación, el país está revisando los marcos normativos de sus tres subsectores educativos: a) la educación no académica y para adultos; b) la educación primaria y secundaria y la formación profesional; y c) la educación superior.

El objetivo fundamental de las actividades de la UNESCO en la República Democrática del Congo es garantizar la educación primaria para todos. La tendencia se orienta hacia un aumento general de la tasa de matrícula escolar. No obstante, principalmente a causa de la pobreza, un número significativo de niños, sobre todo niñas e hijos de familias pobres, no disfrutan de los beneficios de la educación primaria, lo que ha comprometido gravemente el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio en 2015. El segundo objetivo es promover la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer. A pesar de que se han realizado algunos progresos a nivel normativo, como las enmiendas de la ley de familia y la creación de un plan nacional sobre igualdad entre los géneros, las desigualdades y la discriminación por razón de género siguen constituyendo un grave problema que afecta al proceso de desarrollo en su conjunto.

En el marco del plan de estabilización y reconstrucción para zonas que salen de conflictos armados, aplicado con la asistencia de las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, varios proyectos de la UNESCO se centran en las consecuencias de la violencia contra las mujeres y prestan apoyo médico, jurídico, psicológico y social a las víctimas. Uno de ellos consiste en una combinación de actividades de políticas y de investigaciones aplicables que cuentan con la participación de estudiantes y se centran en distintas percepciones y motivaciones de la violencia sexual y de otro tipo contra las mujeres. Este proyecto permitió crear una base de datos científica con el fin de servir de orientación para diseñar una estrategia de integración de la lucha contra la violencia sexual y de otro tipo contra las mujeres en los planes de estudios de los colegios y las universidades. En el marco de los proyectos desarrollados por el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA (ONUSIDA), un análisis de diferentes programas de educación primaria y secundaria tuvo en cuenta la dimensión de la educación sexual. En la República Democrática del Congo se realizó un análisis de los programas de educación sexual y sobre el VIH junto con varios interesados locales. El análisis tuvo en cuenta varios programas, incluidos los diseñados por el Ministerio de Educación, el servicio central de educación para la vida y las organizaciones religiosas principales, así como programas presentados por organizaciones no gubernamentales que trabajan en la esfera del VIH y la educación sexual. El análisis se centró en las diferencias existentes entre estos programas y en su relación con el instrumento técnico, Orientaciones Técnicas Internacionales sobre Educación en Sexualidad. Una de las conclusiones principales fue la necesidad de hacer hincapié en más cuestiones relacionadas con el género y, en particular, en la violencia por razón de género. En la esfera de las comunicaciones y la información, la UNESCO diseñó y ejecutó un programa que implicaba la promoción del acceso de la mujer a nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones y a Internet en tanto que factor del desarrollo.

La UNESCO centra el apoyo que presta a la República Democrática del Congo en las cuestiones principales siguientes: la promoción de la cultura de la paz; la prevención de los conflictos; la promoción de la igualdad entre los géneros; la prevención de la violencia sexual y por razón de género; y la participación y el liderazgo de la mujer en las esferas de competencia de la UNESCO. Se han presentado varios programas, incluido uno que se sirve de un enfoque sociocultural de la violencia sexual y por razón de género, así como un programa innovador que colabora con las universidades para que los estudiantes varones actúen como embajadores de la prevención de la violencia sexual y por razón de género. Este último programa ha implicado la producción y la validación de nuevos módulos pedagógicos sobre la igualdad entre los géneros y la prevención de la violencia, que se usan en la actualidad en las universidades en las provincias de Kivu del Norte y Kivu del Sur. Las enseñanzas aprendidas a raíz del proyecto piloto en la República Democrática del Congo también se usan para orientar la planificación de un proyecto para desarrollar cursos de aprendizaje y capacitación sobre la participación política de la mujer y la prevención de la violencia sexual y por razón de género en otros países africanos. En la esfera de la participación y el liderazgo de la mujer se ha aplicado un programa que apoya la participación de la mujer en el proceso electoral; también se están emprendiendo proyectos relacionados con el desarrollo de emisoras de radio rurales para los jóvenes y las mujeres. Asimismo, en esta esfera se ha publicado un folleto sobre los derechos de las mujeres en las cuatro lenguas nacionales, que se ha distribuido ampliamente por todo el país.

La UNESCO participa de manera activa en el establecimiento y el desarrollo del centro regional de investigación y documentación sobre la mujer, el género y la consolidación de la paz para la región de los Grandes Lagos en Kinshasa, en particular en lo que respecta a la participación de la mujer en la consolidación de la paz y la reconstrucción posterior a un conflicto, así como en la prevención de la violencia por razón de género. Esta iniciativa forma parte de la estrategia para forjar alianzas con redes académicas, normativas y de la sociedad civil, en particular a través de la creación y el desarrollo de una serie de centros regionales e internacionales de investigación y documentación en materia de igualdad entre los géneros, en tanto que centros de excelencia para la investigación y el aprendizaje sobre la igualdad entre los géneros y para la recopilación y la difusión de documentación y recursos a través de redes y bibliotecas virtuales. Asimismo, la UNESCO ha prestado apoyo a los Estados miembros de la región de los Grandes Lagos en el establecimiento de centros nacionales asociados a través de reuniones de planificación con los ministerios pertinentes, así como capacitación relacionada con la creación de bibliotecas virtuales.

En el marco del Programa de Participación de la UNESCO se ha aprobado un proyecto relacionado con una campaña de sensibilización y refuerzo de las capacidades de las mujeres rurales para la adaptación al cambio climático y la protección del medio ambiente. En virtud del programa de becas de la UNESCO, se han concedido cuatro becas a investigadoras de la República Democrática del Congo para realizar investigaciones en relación con el desarrollo y la administración de microempresas.

República Dominicana

La República Dominicana es parte en la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza, aprobada por la UNESCO, pero no presentó ningún informe a la UNESCO con ocasión de la séptima consulta sobre las medidas adoptadas para su aplicación.

El artículo 39 de la Constitución de la República Dominicana (de 2010) desarrolla el principio de igualdad ante la ley y defiende que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal. La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Se prohíbe cualquier acto que tenga como objetivo o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad de los derechos fundamentales de mujeres y hombres. Se promoverán las medidas necesarias para garantizar la erradicación de las desigualdades y la discriminación de género. El Estado debe promover y garantizar la participación equilibrada de mujeres y hombres en las candidaturas a los cargos de elección popular para las instancias de dirección y decisión en el ámbito público, en la administración de justicia y en los organismos de control del Estado. El artículo 63 de la Constitución garantiza el derecho a la educación y defiende que toda persona tiene derecho a una educación en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. Los padres tienen derecho a escoger el tipo de educación de sus hijos menores. El Estado garantiza la educación pública gratuita y la declara obligatoria en el nivel inicial y básico, así como en el primer ciclo del nivel medio, es decir, a lo largo de ocho años. La Ley General de Educación (1997) desarrolla todavía más la obligación del Estado de brindar igualdad de oportunidad de educación, así como la equidad en la prestación de servicios educacionales.

Las actividades principales de la UNESCO en la República Dominicana en relación con la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer incluyen participar en la planificación del equipo de las Naciones Unidas en el país a través de la identificación de cuatro esferas prioritarias para realizar proyectos conjuntos: a) la promoción de la inclusión social y económica; b) el empoderamiento de la mujer y los derechos de las mujeres; c) la protección de los derechos de los niños, los adolescentes y los jóvenes; y d) la sostenibilidad ambiental y la gestión integrada de riesgos. En particular, la UNESCO contribuyó a la incorporación de una perspectiva de género más amplia en el diseño, la aplicación y la evaluación de los proyectos; participó activamente en el grupo de coordinadores de cuestiones de género de las Naciones Unidas; desempeñó un papel de liderazgo y trabajó con artistas en la campaña del Secretario General de las Naciones Unidas para poner fin a la violencia contra las mujeres (“Yo digo NO”); y contribuyó al desarrollo del programa de instrumentos culturales para incluir el género y la violencia contra las mujeres.

La UNESCO trabaja en cooperación estrecha con la Universidad de Santo Domingo para crear una Cátedra UNESCO de recursos hídricos, género y gobernanza, que abordará el papel de las mujeres en relación con los conocimientos locales en materia de gobernanza de los recursos hídricos. Una vez que se implante oficialmente, la Cátedra aumentará la red de cátedras de recursos hídricos y género en la región y en todo el mundo.

En el marco del Programa de Participación de la UNESCO se aprobaron tres proyectos relacionados con la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer a petición de la Comisión Nacional Dominicana: a) un programa de alfabetización para las mujeres con discapacidad de las zonas rurales; b) un proyecto sobre la contribución de las tecnologías de la información y las comunicaciones a la lucha para poner fin a la violencia contra las mujeres en la República Dominicana; y c) la educación sobre una cultura de paz y tolerancia y no violencia contra las mujeres y su promoción en diez provincias de la República Dominicana a través de la música. En virtud del programa de becas de la UNESCO, se concedió una beca a una científica de la República Dominicana para realizar investigaciones en la esfera del medio ambiente, en concreto sobre la ordenación de los recursos hídricos para la sostenibilidad de las zonas costeras.

Serbia

Serbia es parte en la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza de la UNESCO, pero no presentó ningún informe ante la UNESCO con ocasión de la séptima consulta sobre las medidas adoptadas para su aplicación.

Conforme al artículo 21 de la Constitución de la República de Serbia (2006), todos los ciudadanos son iguales ante la Constitución y ante la ley. Todos tendrán derecho a una protección jurídica equitativa, sin discriminación. Se prohibirá la discriminación directa o indirecta por cualquier razón, en particular por razón de raza, sexo, origen nacional, origen social, nacimiento, religión, opinión política o de otra naturaleza, situación financiera, cultura, lengua, edad o discapacidad mental o física. No se considerarán discriminatorias las medidas extraordinarias que se adopten para lograr la igualdad total de las personas o los grupos de personas que se encuentren en situación de desigualdad en comparación con otros ciudadanos. Asimismo, conforme al artículo 71 de la Constitución, todos los ciudadanos tendrán derecho a la educación. La educación primaria es obligatoria y gratuita, mientras que la educación secundaria es gratuita. Todos los ciudadanos tendrán acceso en pie de igualdad a la educación superior. El Estado proporcionará gratuitamente cursos de enseñanza superior a los estudiantes con buenas calificaciones y que destaquen por su talento que no cuenten con suficientes recursos, conforme a la ley.

El artículo 6 de la Ley de Bases del Sistema de Enseñanza (2009) establece que toda persona tendrá derecho a la educación. El artículo 91 especifica que se proporcionará un año de educación preescolar, así como la educación elemental (grados 1º a 8º) y educación secundaria, de manera gratuita en las instituciones educativas públicas. Conforme al artículo 97, se matriculará a todos los niños en una institución preescolar un año antes de comenzar el primer grado de la escuela elemental. La educación obligatoria también cubre la elemental (grados 1º a 8º). Conforme a esta ley, se han promulgado una serie de leyes, que constituyen la base normativa del sistema educativo en distintos sectores educativos, comenzando por la educación preescolar, a través de la elemental, la secundaria, la superior y la formación profesional, hasta llegar a la educación universitaria, entre las que se encuentra una ley que evita la discriminación de las personas con discapacidad y garantiza la igualdad en la esfera de la educación. Conforme a estos textos normativos, el sistema educativo debe proporcionar igualdad y accesibilidad en materia de educación a los niños, los estudiantes y los adultos sin discriminación alguna ni segregación por razón de género, afiliación social, cultural, étnica, religiosa o de otra naturaleza, lugar de residencia, situación financiera o problemas de salud o dificultades o deficiencias de desarrollo. Asimismo, el sistema educativo debe proporcionar igualdad de oportunidades en todos los niveles y tipos de educación atendiendo las necesidades y los intereses de los niños, los estudiantes y los adultos, sin obstáculos para que puedan continuar y culminar la formación y el aprendizaje durante toda la vida. Entre los objetivos de la educación definidos por estos textos normativos cabe señalar el desarrollo del respeto de la igualdad racial, nacional, cultural, lingüística, religiosa, de género y de edad, de la tolerancia y del respeto de las diferencias.

En el contexto de la cooperación entre la UNESCO y otros organismos de las Naciones Unidas en proyectos relacionados con Serbia, el país forma parte de una nueva generación de Marcos de Asistencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo, que evolucionan de una situación de asistencia para el desarrollo a una de alianza para el desarrollo. En este marco se invita habitualmente a los expertos y los representantes del país a participar en actividades a nivel regional y mundial. En virtud de la estrategia nacional de asociaciones de las Naciones Unidas para Serbia, en la que participan 19 organismos de las Naciones Unidas, se ejecutarán programas y actividades en tres esferas prioritarias: a) el fortalecimiento de la gobernanza; b) el desarrollo sostenible y la inclusión social; y c) la estabilidad y la cooperación regionales.

En virtud del programa de becas de la UNESCO, con el copatrocinio de L’Oréal, se ha concedido una beca a una científica serbia para realizar investigaciones en el ámbito de la medicina, en concreto en cuanto a la proteómica urinaria en las enfermedades renales y el cáncer urotelial.

Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte es parte en la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza de la UNESCO y presentó un informe ante la UNESCO con ocasión de la séptima consulta sobre las medidas adoptadas para su aplicación.

El marco del sistema educativo del Reino Unido se establece en una serie de leyes parlamentarias, así como otros reglamentos de las autoridades de Escocia, Gales, Inglaterra e Irlanda del Norte. La provisión de educación obligatoria gratuita para todos dentro de un grupo de edades concreto (de los 5 a los 16 años) es fundamental para el sistema educativo del Reino Unido. En cuanto a la aplicación de las normas internacionales de derechos humanos, incluidas las relacionadas con el derecho a la educación, la legislación más importante la constituyen la Ley de Derechos Humanos de 1998 y la Ley de Igualdad de 2006. La Ley de Derechos Humanos incorpora en la legislación casi todos los derechos contenidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos y proporciona a los ciudadanos una declaración legal clara de sus derechos básicos y sus libertades fundamentales. En cuanto a la educación, la ley establece que no se le negará a nadie el derecho a la educación. Asimismo, los padres tienen derecho a garantizar que se respeten sus creencias religiosas o filosóficas cuando los organismos públicos proporcionen educación o enseñanza a sus hijos. La Ley de Igualdad incorpora medidas para promover la igualdad en un amplio abanico de esferas, que incluyen la creación de la Comisión para la Igualdad y los Derechos Humanos; el objetivo de estas medidas es reducir la desigualdad, eliminar la discriminación, fortalecer las buenas relaciones entre las personas y promover y proteger los derechos humanos. La Comisión vela por el cumplimiento de la legislación sobre la igualdad en relación con la edad, la discapacidad, el género, la raza, la religión o las creencias, la orientación sexual o la situación de persona transgénero, y fomenta el cumplimiento de la Ley de Derechos Humanos. La Ley de Igualdad revisada de 2010 agrupa y sustituye las leyes anteriores de lucha contra la discriminación e incorpora una nueva obligación de igualdad en el sector público (la “obligación general”) que reemplaza las obligaciones separadas previas relacionadas con la raza, la discapacidad y la igualdad entre los géneros.

El Reino Unido ha promulgado una ley que aborda específicamente la discriminación racial en todas las esferas de la vida social, incluida la educación. La Ley de Relaciones Raciales de 2000 convierte en ilícita la discriminación por parte de las autoridades públicas, incluidas las escuelas y las instituciones educativas, en el desarrollo de sus funciones. Impone la obligación general a los organismos especificados, incluidos los órganos rectores de las escuelas y las instituciones de educación superior, de eliminar la discriminación racial ilícita y promover la igualdad de oportunidades y las buenas relaciones entre las personas de distintas razas.

El Reino Unido tiene la tasa de partos de madres adolescentes más elevada de Europa Occidental. El Gobierno ofrece una serie de alternativas, en un intento de cumplir su obligación de asegurar la asistencia a la escuela porque reconoce que pueden necesitarse disposiciones educativas que respondan a las necesidades de los padres en edad escolar que no prevé el sistema escolar ordinario. Por ejemplo, algunas de las opciones disponibles son la educación de las adolescentes embarazadas y las madres adolescentes en una dependencia especializada, la educación postsecundaria o la instrucción domiciliaria, y se entiende que las autoridades no deben imponer una opción determinada a las estudiantes, sino que deben consultarlo con ellas, con sus padres o tutores y con su escuela para garantizar una solución adecuada a su edad, sus capacidades, sus aptitudes y sus necesidades particulares. Esta política deja claro que el embarazo no es motivo de exclusión de la escuela.

El Reino Unido ha desarrollado varias prácticas interesantes en relación con la educación inclusiva. Por ejemplo, el marco inclusivo revisado introducido por la Ley sobre Necesidades Educacionales Especiales y Discapacidad (2001) ha contribuido a aumentar la sensibilización en cuanto a los beneficios de la inclusión y ha dado lugar a mejoras concretas. Esta Ley amplió la aplicación de la Ley sobre Discriminación por Razones de Discapacidad de 1995 a las escuelas, la educación postsecundaria y las instituciones de educación superior, convirtiendo en ilícita la discriminación de los estudiantes con discapacidad en relación con las admisiones, las exclusiones y los servicios educativos y relacionados con la educación, y les exigió adaptar considerablemente sus políticas y sus prácticas para evitar el trato desfavorable de los estudiantes con discapacidad y que estos se encuentren en una situación de desventaja significativa. Las escuelas y las autoridades locales también deben planificar con antelación para garantizar que la información esté disponible de manera alternativa para los alumnos con discapacidad y que el acceso a la propia escuela sea posible para todos los estudiantes.

Anexo

Estadísticas de educación en cada uno de los países que presentan informes al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en su 55º período de sesiones: tasa bruta de matriculación por sexos e índice de paridad entre los géneros

País

Año

Tasa bruta de matriculación, educación primaria

Tasa bruta de matr iculación, educación secundaria

Tasa bruta de ma triculación, educación superior

Índice de paridad entre los géneros en la tasa bruta de matriculación, educación primaria

Índice de paridad entre los géneros en la tasa bruta de matriculación, educación secundaria

Índice de paridad entre los géneros en la tasa bruta de matriculación, educación superior

Alumnas

Alumnos

Alumnas

Alumnos

Alumnas

Alumnos

( T odos los programas)

Afganistán

2008

74

114

20

47

..

..

0,65

0,43

..

2009

74

110

26

53

1

5

0,67

0,49

0,24

2010

79

114

30

60

..

..

0,69

0,51

..

2011

81

114

34

62

..

..

0,71

0,55

..

Bosnia y Herzegovina

2008

106

105

93

91

39

31

1,01

1,02

1,29

2009

106

104

94

92

41

31

1,02

1,02

1,3

2010

88

87

91

88

41

31

1,02

1,03

1,3

2011

91

90

91

88

43

33

1,01

1,03

1,29

Cabo Verde

2008

108

115

91

82

14

10

0,93

1,11

1,31

2009

106

115

93

78

17

13

0,92

1,19

1,35

2010

105

114

95

80

20

16

0,92

1,19

1,29

2011

105

114

97

83

24

17

0,92

1,17

1,37

Cuba

2008

101

103

91

91

149

89

0,97

1

1,67

2009

102

104

89

89

145

87

0,98

0,99

1,67

2010

102

104

89

90

119

72

0,98

0,99

1,65

2011

100

102

90

91

101

61

0,98

0,99

1,65

República Democrática del Congo

2008

85

101

26 a

46 a

3

8

0,84

0,56 a

0,36

2009

86

100

27

49

3

9

0,86

0,56

0,31

2010

87

100

28

48

..

..

0,87

0,58

..

2011

89

103

29

50

5

10

0,87

0,59

0,45

República Dominicana

2008

105

112

84

71

..

..

0,93

1,19

..

2009

102

118

84

74

..

..

0,86

1,13

..

2010

102

115

81

72

..

..

0,88

1,12

..

2011

102

112

81

72

..

..

0,91

1,13

..

Serbia

2008 a

101

101

92

89

55

42

1,00

1,03

1,30

2009 a

97

98

93

90

56

44

0,99

1,03

1,29

2010 a

96

96

92

91

56

43

0,99

1,02

1,30

2011 a

95

95

92

91

57

44

1,00

1,02

1,32

Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

2008

106

107

101

98

67

48

1

1,02

1,41

2009

106

106

103

101

69

49

1

1,02

1,4

2010

107

107

106

105

70

50

0,99

1,01

1,38

2011

..

..

..

..

..

..

..

..

..

Fuente: Instituto de Estadística de la UNESCO (www.uis.unesco.org).

aNo se dispone de datos; estimaciones nacionales.