País

Número de refugiados

República Unida de Tanzanía

58.000

Malawi

1.285.000

Zambia

22.000

Zimbabwe

247.000

Sudáfrica

71.000

Swazilandia

17.000

Total

1.700.000

17.Ese mismo año empezó la desmovilización de los ejércitos y se entregaron las armas. A los excombatientes se les asignó la tarea de reconstruir el país y se adoptaron medidas para reasentar y reintegrar a las personas desplazadas y a los refugiados con miras a crear condiciones sociales estables en las zonas rurales, aumentando la actividad económica y sentando las bases para una estrategia de desarrollo a largo plazo.

18.En octubre de 1994, se celebraron las primeras elecciones generales y multipartidistas, que ganaron el Sr. Joaquim Chissano y el partido FRELIMO. El mismo año, el Gobierno presentó su programa quinquenal a la Asamblea de la República. Además de los principales objetivos de mantenimiento de la paz y promoción de la reconciliación y la reconstrucción nacionales, un objetivo fundamental del programa quinquenal fue alentar el desarrollo económico y social del país.

19.En diciembre de 1999 se celebraron las segundas elecciones generales multipartidistas. El Presidente Joaquim Chissano ganó nuevamente la elección presidencial y su mandato quedó renovado por otros cinco años, y el partido FRELIMO también revalidó su victoria.

20.En diciembre de 2004 se celebraron las terceras elecciones generales en el territorio nacional y en el extranjero. Un aspecto importante de estas elecciones fue que la legalidad del proceso electoral estuvo supervisada por el Consejo Constitucional, órgano establecido recientemente, una de cuyas competencias es decidir en última instancia acerca de las reclamaciones electorales y validar y anunciar los resultados de las elecciones. En las celebradas en 1994 y 1999 esta responsabilidad la ejerció el Tribunal Supremo.

Cuadro 2

Composición étnica de la Asamblea de la República

Provincias

1994 *

1999 *

2004 **

Ciudad de Maputo

18

16

16

Maputo

13

13

13

Gaza

15

16

17

Inhambane

16

17

16

Sofala

21

21

22

Manica

13

15

14

Tete

14

18

18

Zambézia

47

49

48

Nampula

52

50

50

Cabo Delgado

21

22

22

Niassa

11

13

12

Total

241

250

250

*Datos del libro Eleiçŏes Gerais - 1999, publicado por STAE.

**En Boletin da República Nº 3 Suplemento, I Série Deliberaçăo do Conselho Constitucional Nº 5/CC/2005, de 19 de enero.

21.De este modo, de conformidad con las disposiciones del artículo 2 de la Constitución de 1990, conjuntamente con las del artículo 6 c) 2) de la Ley Nº 9/2003, de 22 de octubre de 2003, el Consejo Constitucional aprobó las actas de la supervisión nacional de las elecciones, declarando ganadores al Sr. Amando Emilio Guebuza y el partido FRELIMO.

22.En 2005 entró en vigor una nueva Constitución de la República de Mozambique. Esta Constitución garantiza la continuidad y el perfeccionamiento de la democracia y las libertades fundamentales de todos los ciudadanos, independientemente de la raza, sexo, creencias religiosas o grupo étnico.

23.El 19 de enero de 2005, el Consejo Constitucional proclamó la validez de los resultados de las elecciones generales, presidenciales y legislativas celebradas los días 1º y 2 de diciembre de 2004, en su Decisión Nº 5/CC/2005 publicada en la Gaceta Oficial, serie I, Nº 3. Esta decisión se adoptó de conformidad con el artículo 306, que dice lo siguiente:

"La Constitución entrará en vigor el día inmediatamente siguiente al día en que se hayan validado y proclamado los resultados de la elección general de 2004."

24.El Gobierno del FRELIMO ha garantizado la celebración regular de elecciones generales y regionales de conformidad con el plazo establecido por la Constitución, y ha consolidado y está fortaleciendo la democracia y el respeto del derecho de los ciudadanos a participar en la elección de sus representantes mediante el sufragio universal, directo, igual, secreto y periódico.

C. Composición demográfica

25.Los datos demográficos indican que Mozambique tiene una población de 19.888.701 habitantes. Como se ha dicho antes, está dividido en las 11 provincias siguientes: Niassa, Cabo Delgado, Nampula, Zambézia, Tete, Sofala, Manica, Gaza, provincia de Maputo y ciudad de Maputo.

Cuadro 3

Población estimada en 2006 *

Provincias

Número

Porcentaje

Ciudad de Maputo

1.244.227

6

Maputo

1.072.086

5

Gaza

1.333.106

7

Inhambane

1.412.349

7

Sofala

1.676.131

8

Manica

1.359.923

7

Tete

1.551.949

8

Zambézia

3.795.509

20

Nampula

3.767.114

19

Cabo Delgado

1.650.270

8

Niassa

1.027.037

5

Total

19.888.701

Mujeres

10.285.670

Hombres

9.603.031

* Datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística.

26.La población mozambiqueña es predominantemente rural, y su densidad variable. Es mayor en la ciudad de Maputo, con aproximadamente 300 habitantes por km2, y menor en la provincia de Niassa, con aproximadamente 6 habitantes por km2. No obstante, la densidad media de la población del país es de 20 habitantes por km2.

D. Cultura y religión

27.En general, la cultura mozambiqueña se basa en tradiciones y costumbres que tiene su origen en las creencias, prácticas y valores tradicionales de cada zona del país y grupo de población. En las zonas rurales, la mayor parte de la población abraza creencias, prácticas y cultos tradicionales.

28.La cultura es un medio de fomentar el patriotismo y la unidad nacional. Las canciones, los bailes, la poesía, la escultura, la pintura y otras formas de expresión cultural siempre han desempeñado una función importante para movilizar a los ciudadanos mozambiqueños en la lucha por la dignidad y el aprecio de la cultura del país.

29.La cultura siempre ha estado plenamente fomentada mediante festivales y competiciones literarias nacionales, provinciales y de distrito encaminados a proteger y hacer respetar la diversidad del mosaico cultural nacional. A este respecto, Mozambique ha aprobado la política cultural nacional y legislación para fomentar los valores materiales e inmateriales del patrimonio mozambiqueño mediante la normalización de la forma escrita de las lenguas nacionales.

30.Desde 2003 existe un proyecto piloto encaminado a introducir las lenguas locales en los programas didácticos de las escuelas primarias. En la fase inicial, este proyecto se lleva a cabo en 23 escuelas, con una media de 2 escuelas en cada provincia.

Cuadro 4

Enseñanza de las lenguas locales en 23 escuelas primarias *

Provincia

Lengua

Ciudad de Maputo

Ronga

Maputo

Ronga

Gaza

Xichangana

Inhambane

Cicoti, Bitonga, Xitsua

Sofala

Ndau, Cisena

Manica

Ndau, Tchiute

Tete

Nyanja, Nhungue

Zambézia

Elomwe, Echuwabo

Nampula

Emakhuwa

Cabo Delgado

Emakhuwa, Kimuane, Shimakonde

Niassa

Nyanja, Emakhuwa, Yau

* Datos reunidos por el Instituto Nacional de Desarrollo de la Educación (INDE).

Cuadro 5

Lenguas locales más habladas en Mozambique *

Lengua

Mujeres

Hombres

Total

1.

Ronga

2.

Xichangana

812.171

611.156

1.423.327

3.

Cicoti

4.

Bitonga

5.

Xitsua

6.

Cisena

458.070

417.987

876.057

7.

Ndau

8.

Tchiute

9.

Nyanja

10.

Nhungue

11.

Elomwe

514.042

471.878

985.920

12.

Echuwabo

404.756

381.959

786.715

13.

Emakhuwa

1.685.928

1.605.988

3.291.916

14.

Kimuane

15.

Shimakonde

16.

Yau

17.

Portugués

18.

Otras lenguas mozambiqueñas

19.

Idiomas extranjeros

*Datos reunidos por el Instituto Nacional de Estadística.

31.En lo que respecta a la religión, una parte considerable de la población profesa la religión cristiana y sigue diversas prácticas religiosas resultantes de los contactos establecidos con el mundo exterior. El islamismo es otra religión importante, en especial en el norte del país y en la zona costera.

32.Cabe señalar que la Constitución garantiza el principio de Estado laico en su artículo 12, que establece la separación entre el Estado y las confesiones religiosas. Además, establece que las confesiones religiosas tendrán libertad de organización, libertad para desempeñar sus funciones y libertad de culto, y que se ajustarán a las leyes del Estado.

II. DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES CONTRA LA DISCRIMINACIÓN RACIAL

33.La revisión de la Constitución que dio origen a la actual empezó en 1999. La nueva Constitución se aprobó a finales del mandato de la segunda legislatura y entró en vigor el 15 de enero de 2005, fecha en que se validaron y proclamaron los resultados de las elecciones.

34.La Constitución garantiza de manera perentoria el principio de igualdad, en los términos siguientes:

" Artículo 35

Todos los ciudadanos son iguales ante la ley y gozarán de los mismos derechos y estarán sometidos a las mismas obligaciones, independientemente del color, raza, sexo, origen étnico, lugar de nacimiento, religión, nivel de educación, posición social, ... profesión o preferencias políticas."

35.Los actos encaminados a socavar la unidad nacional, perturbar la armonía social o crear divisiones o situaciones de privilegio o discriminación por motivos de color, raza o sexo son punibles por la ley. Este principio figura en el artículo 39 de la Constitución y se aplica a todos los ciudadanos del territorio nacional.

36.El movimiento de emancipación de la mujer ha progresado regularmente mejorando su condición jurídica. Las mujeres cada vez son más activas en la vida política, económica y social, en especial en los órganos ejecutivos y legislativos y en la administración pública.

37.Por ejemplo, de los 250 diputados de la Asamblea de la República, 78 son mujeres, lo que representa el 31,2%, un punto de referencia no sólo para África sino para el mundo.

38.La Constitución de Mozambique defiende el principio de la dignidad de la mujer y su función en la sociedad, y establece lo siguiente:

" Artículo 36

Los hombres y las mujeres serán iguales ante la ley en todas las esferas de la vida política, económica, social y cultural."

39.Con el fin de alentar el respeto de las actividades de las confesiones religiosas para fomentar un clima de entendimiento, tolerancia y paz y fortalecer la unidad nacional, el bienestar espiritual y material de los ciudadanos y el desarrollo económico y social, el artículo 54 de la Constitución contiene las disposiciones siguientes:

"1.Todos los ciudadanos tendrán derecho a practicar o no practicar una religión;

2.Nadie estará discriminado, perseguido, perjudicado, privado de sus derechos, o beneficiado en sus obligaciones o exento de ellas, debido a la fe que profese o a sus creencias o prácticas religiosas;

3.Las confesiones religiosas tendrán derecho a perseguir libremente sus objetivos religiosos y a poseer y adquirir activos para alcanzarlos;

4.Se garantizará la protección de los lugares de culto;

5.La ley garantizará el derecho a la objeción de conciencia."

40.En materia de libertad de asociación, el artículo 52 de la Constitución establece lo siguiente:

"1.Todos los ciudadanos gozarán de libertad de asociación;

2.Las organizaciones y asociaciones sociales tendrán derecho a perseguir sus objetivos, crear instituciones encaminadas a alcanzar sus objetivos específicos y poseer activos para llevar a cabo sus actividades de conformidad con la ley;

3.Estarán prohibidas las asociaciones armadas de carácter militar o paramilitar, así como las asociaciones que promuevan la violencia, el racismo, la xenofobia o persigan objetivos contrarios a la ley."

41.El artículo 94 de la Constitución, relativo a la cultura, establece lo siguiente:

"1.Todos los ciudadanos tendrán derecho a la libertad de creación científica, técnica, literaria y artística;

2.El Estado protegerá los derechos relacionados con la propiedad intelectual, incluido el derecho de autor, y fomentará la práctica y difusión de la literatura y el arte."

42.De conformidad con las disposiciones del artículo 249, la nueva Constitución establece el puesto de Ombudsman (Provedor de Justiça) que en el desempeño de sus funciones sirve al interés público en cuestiones relacionadas con los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos.

43.El objetivo de establecer el puesto de Ombudsmanfue garantizar que las oficinas y los agentes de la administración pública obedezcan la Constitución y la ley y actúen respetando los principios de igualdad, imparcialidad, ética y justicia.

44.De conformidad con el artículo 253 de la Constitución, los ciudadanos tienen derecho a recibir información de los servicios competentes de la administración pública, cuando así lo soliciten, en relación con la marcha de los procesos en los que tengan un interés directo con arreglo a la ley. El artículo 253 garantiza a los ciudadanos interesados el derecho a apelar contra la ilegalidad de los actos administrativos que pongan en peligro sus derechos.

45.En virtud de la Constitución, todos los ciudadanos tienen derecho a acceder a los tribunales, y las personas acusadas de un delito tienen derecho a defenderse, a asistencia jurídica y a defensa letrada.

46.En el artículo 70 de la Constitución se establece que todos los ciudadanos tendrán derecho a recurrir en los tribunales contra los actos que vulneren sus derechos e intereses establecidos en la Constitución y otra legislación, a que se hace referencia en el artículo 69. El artículo 40 garantiza el derecho a la vida y excluye por completo la aplicación de la pena de muerte. El artículo 66 garantiza el derecho de hábeas corpus.

47.El derecho de asilo está garantizado en virtud del artículo 20 de la Constitución, que establece que la República de Mozambique concederá asilo a los extranjeros perseguidos como consecuencia de su lucha por la liberación nacional, la democracia, la paz y la protección de los derechos humanos. A este respecto, en el párrafo 3 del artículo 20 de la Constitución se establece que la ley definirá la condición de refugiado político.

III . MEDIDAS ADOPTADAS EN EL ÁMBITO NACIONAL PARA LUCHAR CONTRA LA DISCRIMINACIÓN RACIAL

MEDIDAS ADOPTADAS POR EL GOBIERNO

48.El Gobierno de Mozambique, en su empeño por cumplir sus compromisos internacionales, ha adoptado políticas y medidas de carácter legislativo y administrativo para que los ciudadanos puedan disfrutar de sus derechos y libertades fundamentales de manera efectiva.

A. Medidas políticas

49.En su plan quinquenal sobre justicia social para el período 1995-1999, el Gobierno programó las siguientes medidas:

-Garantizar la efectividad y eficiencia de la administración de justicia;

-Velar por la independencia de los tribunales respecto del poder legislativo y ejecutivo, así como de otras formas de subordinación, garantizando que los tribunales se rijan únicamente por la Constitución y los demás instrumentos legislativos;

-Promover la formación de jueces y oficiales de justicia para cubrir las necesidades de la administración de justicia;

-Garantizar el funcionamiento del servicio de inspección judicial;

-Consolidar y ampliar los servicios de asesoramiento jurídico, asistencia jurídica y defensa letrada para los ciudadanos de las clases más desfavorecidas, dando prioridad a su defensa en los procedimientos penales;

-Crear unas condiciones propicias al funcionamiento del Colegio de Abogados;

-Garantizar que en la esfera del orden público se respeten los derechos humanos.

50.En su programa, el Gobierno ha fijado los siguientes objetivos y prioridades:

-Reducción de los niveles de pobreza absoluta mediante la adopción de medidas en los ámbitos de la enseñanza, la salud y el desarrollo rural;

-Crecimiento rápido y sostenible, con la atención centrada en el establecimiento de un entorno económico propicio a las actividades del sector privado;

-Desarrollo económico del país, dando prioridad a las zonas rurales y teniendo presente la necesidad de reducir los desequilibrios regionales;

-Consolidación de la paz y la unidad nacionales y de la justicia, la democracia y el patriotismo como condiciones indispensables para el desarrollo armonioso del país.

51.En este contexto, el Gobierno ha establecido los ámbitos prioritarios que se indican a continuación.

52.El respeto de los derechos humanos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, que el Gobierno ha asumido como una de las condiciones fundamentales para mantener un clima de armonía social y política, indispensable a su vez para el logro de los objetivos de desarrollo de Mozambique.

53.En este ámbito, el Gobierno prosiguió sus esfuerzos por consolidar el Estado de derecho instaurando un sistema de justicia equitativo y eficiente. A lo largo de la historia, los jóvenes, a través de su pertenencia a asociaciones juveniles, han intervenido de manera importante en la escena política, económica, social y cultural. Esto ha constituido una forma privilegiada de participación de la juventud en la búsqueda de soluciones a los problemas de la sociedad.

54.La unidad nacional se ha preservado siempre en el contexto de la diversidad étnica y cultural, la variedad de tradiciones y credos, las diferencias de género y la pluralidad de ideas. Esto ha permitido a cada ciudadano cultivar su talento, creatividad y conciencia cultural como medio para fomentar la libertad de expresión, la democracia nacional y la cultura autóctona, aspectos cruciales para mantener un clima político y social propicio al desarrollo armonioso en lo social y lo económico.

55.En este contexto, la participación de los ciudadanos en la vida socioeconómica y política del país se considera fundamental para encontrar mejores soluciones a los problemas del país y para promover las libertades civiles. En este proceso, es primordial fomentar el diálogo en tanto que instrumento básico que permite al Gobierno sondear la opinión pública y encontrar la mejor manera de satisfacer las necesidades de la población.

56.Para reducir los niveles de pobreza absoluta debe darse prioridad a la provisión de servicios básicos a los grupos de población más desfavorecidos. Por consiguiente, las medidas más importantes del Gobierno están dirigidas a mejorar las condiciones de vida de las mujeres, que constituyen la mayoría de la población. Así pues, las mujeres son el centro de atención, y a ellas se destinan los esfuerzos realizados para que puedan disfrutar de igualdad de oportunidades y derechos, para mejorar su nivel de educación y para reforzar su papel de educadoras de las generaciones futuras y de forjadoras de la personalidad de los mozambiqueños.

57.Atendiendo al principio de que el conocimiento es un medio indispensable para aumentar el nivel de vida de la población, el Gobierno sigue ampliando los servicios de enseñanza y mejorando su calidad. El fomento del patriotismo entre los mozambiqueños, especialmente los jóvenes, es uno de los puntales de la acción de gobierno.

58.El derecho a la educación es uno de los derechos fundamentales que los mozambiqueños conquistaron con la independencia nacional. Éste fue el contexto en que los mozambiqueños aceptaron el desafío de la educación para todos. Con el advenimiento de la paz en 1992, se recuperaron y superaron los logros de los primeros años de independencia: la tasa de matriculación en el primer curso de la enseñanza primaria alcanzó el 100%, y el índice de analfabetismo descendió hasta el 50% aproximadamente.

59.La red de escuelas secundarias se extendió a todos los distritos del país. En 1975, sólo podían cursarse estudios superiores en una universidad de la capital, que no contaba más que con cinco profesores mozambiqueños. En 2003, había unos 2.000 estudiantes y profesores mozambiqueños en la red de centros públicos y privados de enseñanza superior de siete provincias del país.

60.En este ámbito, el Gobierno aboga por que se invierta más en educación y se dé prioridad a la enseñanza básica y la alfabetización. Por lo tanto, la continua expansión de la enseñanza primaria irá acompañada de programas de alfabetización, especialmente dirigidos a las mujeres y a los jóvenes de ambos sexos.

61.Sigue siendo necesario que el Gobierno tome medidas para formar la mano de obra requerida para el desarrollo de la economía nacional, mediante la reactivación de una formación profesional que se base en la realidad socioeconómica del país y que tenga en cuenta la necesidad de lograr que el desarrollo rural y el urbano sean complementarios, y que los sectores fundamentales de la economía nacional estén integrados.

62.El derecho a la vida es uno de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Por lo tanto, el Gobierno está resuelto a fomentar la salud y a prevenir las enfermedades, contribuyendo así a aumentar la producción y la productividad del sector familiar, a incrementar sus ingresos, a mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos y a reducir los niveles de pobreza absoluta.

63.Una de las prioridades del Gobierno es mejorar la atención sanitaria para que la población reciba más asistencia. En 2003, la red de atención sanitaria se había ampliado en 776 centros de salud y contaba con 9 hospitales rurales y 776 centros de atención primaria de salud. Gracias a estas mejoras, el 60% de los mozambiqueños tienen en la actualidad acceso a la atención sanitaria.

64.Seguirán ampliándose los servicios de salud, de abastecimiento de agua y de saneamiento, y se dará prioridad a los servicios básicos de atención sanitaria, a la intensificación de las medidas preventivas y a las enfermedades transmisibles y endémicas, sobre todo el cólera, el paludismo y el VIH/SIDA.

65.En cuanto al VIH/SIDA, se han adoptado medidas para establecer unos principios generales destinados a que ningún trabajador o solicitante de empleo sufra discriminación en el lugar de trabajo. En este sentido, deben adoptarse medidas apropiadas para evitar la exclusión, la estigmatización y la discriminación, así como otras medidas para la protección social y emocional de las personas que viven con el VIH/SIDA, por medio de la educación, de campañas de información y concienciación, y de los servicios de atención sanitaria.

66.Los objetivos del desarrollo económico deben ser la erradicación de la pobreza, la reducción de los desequilibrios regionales dentro del país y la consolidación del sector empresarial nacional, de modo que resulte provechoso para todos los mozambiqueños.

B. Medidas legislativas

67.La legislación vigente en Mozambique fomenta la igualdad racial. Véanse, a modo de ejemplo, los extractos de instrumentos legislativos que figuran a continuación.

68.En el artículo 46 de la Ley del trabajo se estipula lo siguiente:

"Todos los trabajadores, nacionales o extranjeros, independientemente de su sexo, raza, color, religión, convicción política o ideológica, ascendencia u origen, tienen derecho a recibir un salario y a igual remuneración por igual trabajo."

69.Aunque el Código Penal de Mozambique no tipifica como delito el racismo ni lo castiga con ninguna pena, los actos de discriminación racial considerados en el marco de un delito tipificado (lesiones, violación, etc.) entrañan la responsabilidad penal del autor, de conformidad con los siguientes artículos del Código Penal:

" Artículo 27

Se entenderá por responsabilidad penal la obligación de reparar el daño causado al orden moral de la sociedad, lo que incluye el cumplimiento de la pena prevista por la ley, impuesta por un tribunal competente.

Artículo 52

Incurre en responsabilidad penal quien comete un delito en ausencia de circunstancias atenuantes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 y siguientes, salvo que la ley disponga otra cosa."

70.En referencia a la responsabilidad civil en los casos de discriminación racial, el Código Civil estipula lo siguiente:

" Artículo 483

1.Toda persona que, intencionadamente o por negligencia, vulnere los derechos de otra persona, o infrinja alguna disposición jurídica destinada a proteger los intereses de otras personas, estará obligada a resarcir a la parte perjudicada por el daño resultante.

2.La obligación de resarcimiento con independencia de la existencia de culpa sólo se aplica en los casos previstos en la ley.

Artículo 501

Cuando los organismos, agentes o representantes del Estado o de otras personas jurídicas públicas causen daño a un tercero en el ejercicio de actividades de gestión privada, la responsabilidad civil recaerá sobre el Estado o la persona jurídica pública en cuestión, en la medida en que la parte infractora sea responsable de los daños causados por sus agentes."

71.En la Ley Nº 8/91, de 18 de julio de 1991, relativa a la libertad de reunión y asociación que garantiza la Constitución de Mozambique, se estipula que corresponde al Gobierno autorizar las asociaciones y cerciorarse de que sus objetivos respetan los principios constitucionales correspondientes.

72.Habida cuenta del papel complementario que desempeñan las organizaciones no gubernamentales (ONG) extranjeras en las iniciativas y medidas emprendidas por el Gobierno, se consideró necesario establecer criterios de autorización, objetivos y normas aplicables a las actividades de las ONG extranjeras en Mozambique. A tal efecto se aprobó el Decreto Nº 55/98, de 13 de octubre de 1998.

73.Para evitar que se fomente la discriminación en las actividades de las asociaciones, éstas deben, además de cumplir lo dispuesto en sus estatutos y otros instrumentos legislativos, facilitar toda la información que les pidan los organismos oficiales competentes (Ley Nº 8/91).

74.En la Ley Nº 23/91, de 31 de diciembre de 1991, se otorga a los trabajadores la libertad de establecer asociaciones sin ningún tipo de discriminación, a fin de promover y proteger sus intereses sociales y profesionales. La libertad de asociación profesional y de afiliación a un sindicato es un derecho consagrado en la Constitución y en la Ley del trabajo. Las asociaciones deben llevar a cabo sus actividades con arreglo a los principios constitucionales relativos al orden moral, público, económico y social del país, y no deben vulnerar los derechos de terceras personas.

75.Con respecto al derecho de los ciudadanos a recurrir a los tribunales, en la Ley Nº 2/96, de 4 de enero de 1996, se establece el derecho de todos los ciudadanos a presentar peticiones, denuncias y reclamaciones a la autoridad competente para que se les reconozcan derechos que hayan sido vulnerados, o para proteger el interés general.

76.En materia turística, Mozambique cuenta con numerosas atracciones, que van desde la riqueza de la costa y la belleza de sus playas hasta la diversidad de su flora y fauna. Tales bazas constituyen incentivos para promover el turismo e invertir en este sector, lo cual contribuirá a crear puestos de trabajo, a construir nuevos hoteles y centros vacacionales, y a revitalizar la conservación de zonas, parques y reservas.

77.Consciente de que el turismo tienen un carácter muy dinámico y de que era necesario modificar la legislación vigente, el Gobierno aprobó la Ley Nº 4/2004, de 17 de junio de 2004, en cuyo artículo 16 se establece lo siguiente:

"2.Además de cumplir las obligaciones enumeradas en el párrafo anterior, los proveedores de productos y servicios relacionados con el turismo deberán, en particular:

a)Prestar los servicios para los que se les ha autorizado, sin discriminación por motivos de nacionalidad, condición social, raza, sexo, origen étnico, religión o afiliación política."

78.A fin de poner en práctica el derecho de asilo recogido en la Constitución, Mozambique ha ratificado los principales instrumentos internacionales sobre los derechos de los refugiados y ha adoptado medidas reglamentarias para la reinserción social de refugiados y desplazados.

Cuadro 6

Datos estadísticos sobre solicitantes de asilo y refugiados registrados por el Instituto Nacional de Ayuda a los Refugiados de 1995 a 2004

País de origen

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

Total

Afganistán

1

1

Angola

5

8

2

11

3

19

26

12

7

93

Bangladesh

1

1

Bosnia

1

1

Burundi

30

69

332

246

175

142

322

245

406

161

2.128

Camerún

3

2

4

2

1

12

República Centroafricana

1

1

2

Chad

1

1

Chechenia

4

4

China

1

1

Comoras

1

1

2

Congo (Brazzaville)

2

3

3

2

4

5

19

Cuba

14

2

16

República Democrática del Congo

19

43

252

200

410

710

1.950

1.072

1.825

814

7.295

Eritrea

1

3

6

2

12

Etiopía

17

7

9

26

3

10

10

12

2

96

Ghana

1

1

2

Guinea-Bissau

1

1

Iraq

1

1

Côted'Ivoire

1

1

1

3

Jamaica

1

1

Kenya

1

1

11

1

14

Liberia

3

14

12

1

7

4

17

23

81

Madagascar

1

1

Malawi

4

4

Malí

1

1

Namibia

1

1

Nigeria

1

2

3

Rwanda

34

60

90

58

94

117

478

201

316

30

1.478

Sierra Leona

1

2

7

2

8

2

10

1

33

Somalia

25

35

49

30

23

41

71

56

11

104

445

Sudáfrica

3

3

Sri Lanka

1

1

2

Sudán

2

2

8

11

11

4

10

18

66

Swazilandia

2

2

4

Togo

1

1

Túnez

1

1

Uganda

2

5

3

2

3

6

6

11

8

5

51

República Unida de Tanzanía

1

1

1

3

Zimbabwe

1

3

1

3

6

14

Total

148

253

768

603

736

1.083

2.908

1.668

2.607

1.124

11.898

Cuadro 7

Número de personas a las que se reconoció la condición de refugiado entre 1995 y 2004

Año

Número de personas

1995

0

1996

0

1997

0

1998

0

1999

29

2000

97

2001

11

2002

0

2003

63

2004

319

Total

619

C. Medidas adoptadas por las autoridades locales

79.En el contexto de la descentralización, las autoridades locales organizan la participación de la población en la solución de los problemas de la comunidad y promueven el desarrollo local mediante el afianzamiento y consolidación de la democracia, dentro del marco de la unidad nacional.

80.La autoridad local se confiere a las entidades autónomas locales (autarquias), formadas por los municipios y los asentamientos. Cuentan con autonomía patrimonial y financiera, y son competentes para adoptar medidas que promuevan el principio de igualdad.

81.Las autoridades locales están adoptando diversas medidas, en particular en el ámbito de la educación y de la lucha contra la pobreza absoluta, mediante la ejecución de proyectos de integración social en favor de las familias desfavorecidas, la construcción de escuelas infantiles y la promoción de la enseñanza de adultos y la formación profesional. Sobre esta base, en el artículo 118 de la Constitución de Mozambique se reconoce la valía de las autoridades locales y se establece lo siguiente:

"1.El Estado reconocerá y valorará las autoridades tradicionales que sean legitimadas por las poblaciones y se ajusten al derecho consuetudinario.

2.El Estado definirá, de conformidad con la ley, la relación entre las autoridades tradicionales y otras instituciones, y el papel que estas autoridades deben desempeñar en la vida económica, social y cultural del país."

82.Estas disposiciones constitucionales no se refieren a la integración directa de la costumbre internacional, designada explícitamente como fuente del derecho internacional en el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, sino a la capacidad de gobierno de las autoridades tradicionales en virtud de las tradiciones y costumbres de la población local.

D. Condición jurídica de los ciudadanos extranjeros en Mozambique

83.Con el fin de definir el marco jurídico para la gestión y puesta en práctica de la política de inmigración, y para trasladar al sistema jurídico los avances dimanantes de las convenciones internacionales, el Gobierno aprobó la Ley Nº 5/93, de 28 de diciembre de 1993, por la que se establece el régimen jurídico de extranjería que regula la entrada, estancia y salida de los extranjeros, así como sus derechos, obligaciones y garantías.

84.En el artículo 4 de la Ley Nº 5/93 se establece el siguiente principio general: "Los ciudadanos extranjeros que residan o se encuentren de manera transitoria en el territorio nacional gozarán de los mismos derechos y garantías, y estarán sujetos a las mismas obligaciones, que los ciudadanos mozambiqueños". Los extranjeros no tienen derechos políticos ni otros derechos expresamente reservados por ley a los ciudadanos mozambiqueños.

85.Por otro lado, en el artículo 14 del Código Civil se establece que "los extranjeros disfrutarán de los mismos derechos civiles que los nacionales [mozambiqueños], salvo que la ley disponga otra cosa".

86.En el artículo 20 de la Ley Nº 5/93 se establece que la autoridad competente concederá una autorización de residencia a los ciudadanos extranjeros titulares de un visado de residencia para el ejercicio de una actividad profesional.

87.Por norma general, un extranjero puede salir de Mozambique cuando lo desee. Excepcionalmente, se le podrá prohibir abandonar el territorio cuando la autoridad competente haya tenido conocimiento oficial de que sobre el ciudadano en cuestión pesa una orden de detención, o una prohibición de salir del país.

88.La salida forzosa del país sucede cuando se obliga a un ciudadano extranjero a abandonar el territorio por motivos que justifican la extradición o la expulsión, de conformidad con la legislación vigente en la materia.

89.La expulsión puede ser administrativa o judicial (arts. 29 y 30). La expulsión administrativa se aplica, sin perjuicio de lo dispuesto en tratados o convenciones internacionales, en los siguientes casos:

a)Entrada ilegal;

b)Atentado contra la seguridad nacional, el orden público o la moral pública;

c)Participación en la vida política del país sin la debida autorización del Gobierno;

d)Conducta contraria a la Constitución o a otras leyes nacionales aplicables a los extranjeros;

e)Comisión de actos que habrían conllevado una denegación de entrada en el país si las autoridades mozambiqueñas hubiesen tenido conocimiento de ellos.

90.Contra la expulsión administrativa cabe un recurso jerárquico ante el Consejo de Ministros o ante el Tribunal Supremo. Si los servicios de migración tienen conocimiento de una conducta que constituya un motivo de expulsión, podrán iniciar los trámites correspondientes en un plazo de ocho días.

91.La expulsión judicial se aplica adicionalmente, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación penal, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Nº 5/93, en los siguientes casos:

a)Cuando un ciudadano extranjero residente en el país ha sido condenado por un tribunal a una pena de prisión de más de seis meses por haber cometido un delito doloso;

b)Cuando un ciudadano extranjero que reside en el país desde hace menos de cinco años ha sido condenado por un tribunal a una pena de prisión de más de un año por haber cometido un delito doloso;

c)Cuando un ciudadano extranjero que reside en el país desde hace más de 5 años pero menos de 15 ha sido condenado por un tribunal a una pena de prisión de más de 2 años;

d)Cuando un ciudadano extranjero que reside en el país desde hace más de 15 años ha sido condenado por haber cometido un delito grave.

E. Entrada, salida y residencia de ciudadanos extranjeros en Mozambique

92.La entrada, salida y residencia de ciudadanos extranjeros en Mozambique se reflejan en los datos estadísticos sobre el número de movimientos migratorios a través de los puestos fronterizos del país.

Cuadro 8

Movimiento de viajeros, por país de residencia habitual y motivo del viaje, en 2003

País

Negocios

Oficial

Turismo

Tránsito

Visita

Trabajo

Minería

Otros

Total

Angola

103

257

310

307

190

7

38

1.212

Botswana

346

161

391

194

631

46

14

1.783

Brasil

341

108

218

91

302

142

101

1.303

Burundi

19

58

7

5

89

Canadá

158

55

254

17

65

36

41

626

Cabo Verde

12

7

2

10

14

45

China

394

228

314

41

26

142

118

1.263

República Democrática del Congo

238

31

38

22

120

2

70

521

Cuba

5

53

10

5

5

34

12

124

Dinamarca

154

43

502

5

139

41

7

891

Francia

626

91

811

29

96

130

58

1.814

Alemania

302

334

3.127

22

1.469

374

5

154

5.787

Hong Kong

12

7

19

India

326

269

900

24

542

86

605

2.752

Italia

461

204

1.879

84

530

367

506

4.031

Japón

194

55

1.303

120

14

19

12

1.717

Kenya

509

490

1.008

96

62

36

718

2.919

Lesotho

60

163

288

2

12

12

5

19

561

Malawi

32.395

2.016

4.723

54.358

9.670

3.295

65

5.762

112.284

Malasia

12

5

163

2

12

7

201

Mauricio

127

62

70

2

166

463

890

Mozambique

47.866

10.961

45.139

5.882

28.145

16.075

2.998

75.905

232.971

Namibia

122

194

425

10

26

22

55

854

Países Bajos

552

557

3.346

55

206

228

5

360

5.309

Nigeria

110

77

125

132

41

36

521

Noruega

343

180

298

41

228

41

1.131

Pakistán

317

106

610

29

187

12

10

929

2.200

Portugal

2.834

756

12.367

240

3.953

2.006

5

2.342

24.503

Guinea-Bissau

17

38

91

5

17

12

34

214

Rwanda

7

17

24

Arabia Saudita

14

5

5

24

Somalia

5

2

96

2

105

Sudáfrica

65.609

8.815

81.934

11.686

62.105

25.106

10.620

41.150

307.025

Zimbabwe

41.674

1.457

8.803

25.070

20.551

7.006

26

4.728

109.315

España

108

144

557

53

134

221

122

1.339

Swazilandia

6.374

559

3.658

720

4.171

926

17

2.059

18.484

Suecia

187

79

456

89

108

53

972

Suiza

58

38

228

101

247

26

14

712

Emiratos Árabes Unidos

5

5

5

15

Federación de Rusia

46

115

386

17

5

50

41

660

Reino Unido

1.272

432

2.616

422

401

372

180

5.695

República Unida de Tanzanía

1.003

341

305

1.082

739

38

235

3.743

Estados Unidos de América

1.286

682

1.411

130

509

410

62

430

4.920

Zambia

1.138

175

370

446

499

146

2

168

2.944

Otros

5.806

2.227

6.768

2.735

4.936

2.506

539

120.802

146.309

Total de entradas

213.528

32.645

186.252

103.891

141.094

60.679

14.366

258.403

1.010.858

Cuadro 9

Movimiento de viajeros, por país de residencia habitual y por sexo, en 2003

País

Hombres

Mujeres

Total

Angola

857

394

1.251

Botswana

1.613

259

1.872

Brasil

838

506

1.344

Burundi

86

17

103

Canadá

367

312

679

Cabo Verde

46

46

China

1.054

247

1.301

República Democrática del Congo

314

230

544

Cuba

91

34

125

Dinamarca

626

262

888

Francia

1.274

610

1.884

Alemania

3.610

2.222

5.832

Hong Kong

12

7

19

India

2.506

346

2.852

Italia

3.180

898

4.078

Japón

1.138

602

1.740

Kenya

2.590

348

2.978

Lesotho

374

187

561

Malawi

90.108

30.782

120.890

Malasia

187

14

201

Mauricio

538

367

905

Mozambique

159.281

123.996

283.277

Namibia

410

463

873

Países Bajos

2.875

2.772

5.647

Nigeria

434

120

554

Noruega

739

401

1.140

Pakistán

2.076

307

2.383

Portugal

13.798

11.522

25.320

Guinea-Bissau

178

41

219

Rwanda

17

12

29

Arabia Saudita

29

29

Somalia

106

106

Sudáfrica

250.202

83.534

333.736

Zimbabwe

79.517

35.102

114.619

España

838

502

1.340

Swazilandia

12.055

7.846

19.901

Suecia

542

458

1.000

Suiza

449

274

723

Emiratos Árabes Unidos

12

2

12

Federación de Rusia

372

379

751

Reino Unido

3.694

2.100

5.794

República Unida de Tanzanía

2.923

847

3.770

Estados Unidos de América

2.914

2.119

5.033

Zambia

1.956

1.090

3.046

Otros

34.596

16.905

51.501

Total de entradas

681.422

329.436

1.010.858

Cuadro 10

Datos estadísticos sobre los movimientos migratorios

Categorías

2000

2001

2002

2003

2004

Total

Entradas

Salidas

Entradas

Salidas

Entradas

Salidas

Entradas

Salidas

Entradas

Salidas

Nacionales residentes en Mozambique

3.150.755

587.759

959.829

632.870

319.558

272.912

362.633

350.517

137.063

126.237

6.900.133

Nacionales residentes en el extranjero

115.454

125.356

72.673

71.525

49.835

48.004

23.017

28.728

12.546

11.458

558.596

Diplomáticos residentes en Mozambique

26.469

35.783

8.698

7.347

4.657

4.592

2.496

2.126

4.012

3.548

99.728

Diplomáticos nacionales residentes en el extranjero

2.627

1.951

2.589

3.533

2.357

2.087

1.063

1.214

1.677

1.050

20.148

Retornados

875

8.414

1.158

1.558

520

12.525

Mineros

330.026

318.417

470.114

667.013

126.674

167.922

172.347

162.575

41.208

59.688

2.515.984

Nacionales repatriados

4.028

72.428

43.496

64.306

20.072

204.330

Extranjeros residentes en Mozambique

72.004

85.322

175.261

145.849

81.203

98.543

33.408

36.186

13.900

15.008

756.684

Extranjeros residentes en el extranjero

103.994

297.774

441.229

522.932

410.808

530.871

566.128

545.129

156.141

166.247

3.741.253

Diplomáticos extranjeros residentes en Mozambique

6.280

9.425

7.992

15.362

4.551

4.496

3.238

2.969

3.052

2.110

59.475

Diplomáticos extranjeros residentes en el extranjero

4.907

1.296

4.659

2.821

2.312

2.107

3.038

2.908

3.452

4.225

31.725

Extranjeros repatriados

291

238

318

1.718

264

2.829

Miembros de una tripulación en tránsito

4.800

4.800

4.704

4.704

2.503

2.503

650

650

3.923

3.923

33.160

Marineros

2.192

9.286

6.531

6.543

1.006

1.090

7.384

7.780

13.363

10.179

65.354

Refugiados

152

1.031

2.123

195

458

3.959

Expulsados

55

55

Servicios de frontera nacionales

277.897

277.897

281.345

281.345

226.478

226.701

56.422

56.422

24.875

24.875

1.734.257

Servicios de frontera extranjeros

171.186

171.186

263.125

263.125

430.248

430.248

212.817

212.817

73.611

73.611

2.301.974

Total

4.273.646

1.926.543

2.780.622

2.625.262

1.708.967

1.792.394

1.510.700

1.411.739

509.873

502.423

19.042.169

Cuadro 11

Entrada y salida de viajeros por puestos fronterizos, 2003

Puesto

Entradas

Porcentaje

Salidas

Porcentaje

Total

Porcentaje

Mavalane

110.114

10,9

89.326

10,4

199.440

10,7

Ressano Garcia

399.571

39,5

322.358

37,7

721.929

38,7

Namaacha

170.784

16,9

138.221

16,2

309.005

16,6

Ponta Douro

18.602

1,8

9.130

1,1

27.732

1,5

Vilanculos

14.794

1,5

14.412

1,7

29.206

1,6

Machipanda Rodoviária

48.722

4,8

49.942

5,8

98.664

5,3

Espungabeira

1.980

0,2

2.057

0,2

4.037

0,2

Cuchamano

119.388

11,8

112.313

13,1

231.701

12,4

Vila Nova da Fronteira

408

0,0

278

0,0

686

0,0

Zobue

121.150

12,0

112.308

13,1

233.458

12,5

Cazacatiza

1.805

0,2

1.702

0,2

3.507

0,2

Colomue

3.540

0,4

3.485

0,4

7.025

0,4

Total

1.010.858

100,0

855.532

100,0

100,0

Cuadro 12

Entrada y salida de viajeros, por principales países de residencia habitual, 2003

País

Entradas

Porcentaje

Salidas

Porcentaje

Total

Porcentaje

Mozambique

284.705

28,2

233.748

27,3

518.453

27,8

Sudáfrica

335.426

33,2

270.984

31,7

606.410

32,5

Malawi

121.267

12,0

114.310

13,4

235.577

12,6

Zimbabwe

114.936

11,4

97.294

11,4

212.230

11,4

Portugal

25.392

2,5

15.523

1,8

40.915

2,2

Swazilandia

20.018

2,0

28.682

3,4

48.700

2,6

Alemania

5.842

0,6

2.465

0,3

8.307

0,4

Reino Unido

5.798

0,6

6.694

0,8

12.492

0,7

Países Bajos

5.666

0,6

3.542

0,4

9.208

0,5

Estados Unidos de América

5.035

0,5

6.463

0,8

11.498

0,6

Otros

86.718

8,6

75.807

8,9

162.525

8,7

Otros, sin especificar

55

0,0

20

0,0

75

0,0

Total

1.010.858

100,0

855.532

100,0

1.866.390

100,0

Cuadro 13

Entrada y salida de turistas por los principales puestos fronterizos, 2003

Puesto

Entradas

Porcentaje

Salidas

Porcentaje

Total

Porcentaje

Mavalane

70.176

9,6

35.296

15,1

105.472

11,0

Ressano Garcia

275.165

37,9

103.346

44,2

378.511

39,4

Namaacha

78.823

10,9

59.930

25,6

138.753

14,5

Ponta Douro

16.858

2,3

266

0,1

17.124

1,8

Vilanculos

14.494

2,0

1.478

0,6

15.972

1,7

Machipanda Rodoviária

39.713

5,5

22.058

9,4

61.771

6,4

Espungabeira

1.572

0,2

631

0,3

2.203

0,2

Cuchamano

117.175

16,1

1.555

0,7

118.730

12,4

Vila Nova da Fronteira

103

0,0

127

0,1

230

0,0

Zobue

108.617

15,0

7.183

3,1

115.800

12,1

Cazacatiza

1.490

0,2

221

0,3

1.711

0,2

Colomue

1.913

0,3

1.656

0,7

3.569

0,4

Total

726.099

100,0

233 . 747

100,0

959.846

100,0

Cuadro 14

Entrada y salida de viajeros por puestos fronterizos, 2004

Puesto

Entradas

Porcentaje

Salidas

Porcentaje

Total

Porcentaje

Mavalane

102.634

14,4

108.429

15,4

211.063

14,9

Ressano Garcia

311.365

43,8

313.656

44,6

625.021

44,2

Namaacha

88.583

12,5

77.800

11,1

166.383

11,8

Ponta Douro

14.728

2,1

6.974

1,0

21.732

1,5

Vilanculos

12.983

1,8

12.270

1,7

25.253

1,8

Machipanda Rodoviária

47.903

6,7

41.504

5,9

89.407

6,3

Espungabeira

3.059

0,4

3.404

0,5

6.463

0,5

Cuchamano

12.050

1,7

13.666

1,9

25.716

1,8

Vila Nova da Fronteira

270

0,0

190

0,0

460

0,0

Zobue

107.057

15,1

116.291

16,5

223.348

15,8

Cazacatiza

1.856

0,3

2.176

0,3

4.032

0,3

Colomue

8.542

1,2

7.373

1,0

15.915

1,1

Mozambique

236.534

33,3

219.404

31,2

455.938

32,2

Sudáfrica

228.104

32,1

236.011

33,.5

464.115

32,8

Malawi

74.933

10,5

92.738

13,2

167.671

11,9

Zimbabwe

65.896

9,3

45.326

6,4

111.222

7,9

Swazilandia

17.773

2,5

13.993

2,0

31.766

2,2

Portugal

11.898

1,7

15.680

2,2

27.578

1,9

Estados Unidos de América

5.647

0,8

7.158

1,0

12.805

0,9

Reino Unido

60.700

0,9

5.884

0,8

12.584

0,9

Alemania

2.885

0,4

3.107

0,4

5.992

0,4

Países Bajos

2.867

0,4

2.757

0,4

5.624

0,4

Italia

2.574

0,4

3.016

0,4

5.590

0,4

Francia

2.759

0,4

2.673

0,4

5.432

0,4

Otros países

26.825

3,8

25.983

3,7

52.808

3,7

Otros, sin especificar

25.665

3,6

30.003

4,3

55.668

3,9

Total

711.060

100,0

703.733

100,0

1.414.793

100,0

Cuadro 15

Entrada y salida de turistas por puestos fronterizos, 2004

Puesto

Entradas

Porcentaje

Salidas

Porcentaje

Total

Porcentaje

Mavalane

68.329

14,4

40.885

18,6

109.214

15,7

Ressano Garcia

187.243

39,5

97.720

44,5

284.963

41,1

Namaacha

39.165

8,3

39.768

18,1

78.933

11,4

Ponta Douro

13.447

2,8

311

0,1

13.758

2,0

Vilanculos

12.756

2,7

709

0,3

13.465

1,9

Machipanda Rodoviária

40.384

8,5

20.814

9,5

61.198

8,8

Espungabeira

2.624

0,6

1.436

0,7

4.060

0,6

Cuchamano

11.882

2,5

214

0,1

12.096

1,7

Vila Nova da Fronteira

95

0,0

102

0,0

197

0,0

Zobue

92.238

19,4

13.564

6,2

105.802

15,2

Cazacatiza

1.444

0,3

363

0,2

1.807

0,3

Colomue

4.900

1,0

3.518

1,6

8.418

1,2

Total

474.507

100,0

219.404

100,0

693.911

100,0

Cuadro 16

Entrada y salida de turistas por puestos fronterizos, 2002-2004

Puesto

2002

2003

2004

Porcentaje

2002

2003

2004

Porcentaje

Mavalane

49.683

70.176

68.329

-2,6

25.626

35.296

40.885

15,8

Ressano Garcia

83.490

275.165

187.243

-32,0

131.007

103.346

97.720

-5,4

Namaacha

37.503

78.823

39.165

-50,3

61.581

59.930

39.768

-33,6

Ponta Douro

13.938

16.858

13.447

-20,2

186

266

311

16,9

Vilanculos

6.063

14.494

12.756

-12,0

81

1.478

709

-52,0

Machipanda Rodoviária

31.218

39.713

403.884

1,7

17.145

22.058

20.814

-5,6

Espungabeira

1.422

1.572

2.624

66,9

168

631

1.436

127,6

Cuchamano

40.665

117.175

11.882

-89,9

414

1.555

214

-86,2

Vila Nova da Fronteira

1.392

103

95

-7,8

624

127

102

-19,7

Zobue

75.237

108.617

92.238

-15,1

6.459

7.183

13.564

88,8

Cazacatiza

846

1.490

1.444

-3,1

234

221

363

64,3

Colomue

1.476

1.913

4.900

156,1

768

1.656

3.518

112,4

Total

342.933

726.099

474.507

-34,6

244.293

233.747

219.404

-6,1

Cuadro 17

Entrada y salida de turistas por puestos fronterizos, 2002-2004

Movimiento Salidas

País

Negocios

Oficial

Turismo

Tránsito

Visita

Trabajo

Minería

Otros

Total

Angola

Botswana

Brasil

Burundi

Canadá

Cabo Verde

China

República Democrática del Congo

Cuba

Dinamarca

Francia

Alemania

Hong Kong

India

Italia

Japón

Kenya

Lesotho

Malawi

Malasia

Cuadro incompleto

Mauricio

Mozambique

Namibia

Países Bajos

Nigeria

Noruega

Pakistán

Portugal

Guinea-Bissau

Rwanda

Arabia Saudita

Somalia

Sudáfrica

Zimbabwe

España

Swazilandia

Suecia

Suiza

Emiratos Árabes Unidos

Federación de Rusia

Reino Unido

República Unida de Tanzanía

Estados Unidos de América

Zambia

Otros

Número total de salidas

Movimiento Salidas

País

Hombres

Mujeres

Total

Angola

718

278

996

Botswana

1.250

773

2.023

Brasil

490

473

963

Burundi

12

7

19

Canadá

552

257

809

Cabo Verde

29

2

31

China

984

434

1.418

República Democrática del Congo

298

67

365

Cuba

41

17

58

Dinamarca

343

350

693

Francia

1.200

612

1.812

Alemania

1.553

859

2.412

Hong Kong

65

17

82

India

869

250

1.119

Italia

1.838

648

2.486

Japón

410

89

499

Kenya

413

578

991

Lesotho

142

115

257

Malawi

78.679

35.268

113.947

Malasia

41

41

Mauricio

727

233

960

Mozambique

127.946

104.688

232.634

Namibia

530

163

693

Países Bajos

1.814

1.723

3.537

Nigeria

634

223

857

Noruega

442

281

723

Pakistán

694

113

807

Portugal

8.813

6.631

15.444

Guinea-Bissau

43

31

74

Rwanda

17

17

Arabia Saudita

24

14

38

Somalia

29

5

34

Sudáfrica

206.592

62.849

269.441

Zimbabwe

68.016

28.834

96.850

España

996

554

1.550

Swazilandia

15.806

12.766

28.572

Suecia

768

430

1.198

Suiza

439

257

696

Emiratos Árabes Unidos

67

17

84

Federación de Rusia

480

528

1.008

Reino Unido

4.162

2.518

6.680

República Unida de Tanzanía

1.980

521

2.501

Estados Unidos de América

3.502

2.962

6.464

Zambia

2.472

1.032

3.504

Otros

28.918

21.227

50.145

Número total de salidas

565.838

289.694

855.532

Cuadro 18

Entrada y salida de viajeros por puestos fronterizos, 2002-2004

Puesto

Entradas

Salidas

2002

2003

2004

2002

2003

2004

Mavalane

Ressano Garcia

Namaacha

Ponta Douro

Vilanculos

Machipanda Rodoviária

Cuadro incompleto

Espungabeira

Cuchamano

Vila Nova da Fronteira

Zobue

Cazacatiza

Colomue

Total

Cuadro 19

Entrada y salida de viajeros por motivo del viaje

Motivo del viaje

Entradas

Salidas

2002

2003

2004

2002

2003

2004

Negocios

Oficial

Turismo

Tránsito

Visita a familiares o amigos

Cuadro incompleto

Trabajo

Minería

Otros

Sin especificar

Total

Cuadro 20

Entrada y salida de turistas por puestos fronterizos, 2002-2004

Puesto

Entradas

Salidas

2002

2003

2004

2002

2003

2004

Mavalane

Ressano Garcia

Namaacha

Ponta Douro

Vilanculos

Machipanda Rodoviária

Cuadro incompleto

Espungabeira

Cuchamano

Vila Nova da Fronteira

Zobue

Cazacatiza

Colomue

Total

Entrada y salida de turistas por sexo

Sexo

Entradas

Salidas

2002

2003

2004

2002

2003

2004

Hombres

Mujeres

Cuadro incompleto

Sin especificar

Total

93.El régimen jurídico para dar empleo a ciudadanos extranjeros en el territorio nacional está formado por el Decreto Nº 57/2003, de 24 de diciembre de 2003, y por la legislación en materia laboral. El artículo 171 de la Ley Nº 8/98, de 20 de julio de 1998, (Ley del trabajo) se refiere a la contratación de trabajadores extranjeros.

Cuadro 21

Datos estadísticos sobre los ciudadanos extranjeros residentes en Mozambique por motivos laborales

2000

2001

2002

2003

2004

Autorizaciones de trabajo

1.811

2.705

4.167

3.972

4.476

Permisos de trabajo

1.387

1.587

1.628

1.541

1.932

Total

3.198

4.292

5.795

5.513

6.408

F. Ciudadanos extranjeros que adquirieron la ciudadanía por la vía de la naturalización

94.Los ciudadanos extranjeros pueden adquirir la ciudadanía mozambiqueña por la vía del matrimonio, siempre que hayan residido en Mozambique durante más de cinco años y expresen su deseo de adquirirla.

95.Los ciudadanos extranjeros también pueden obtener la ciudadanía por la vía de la naturalización, siempre que hayan residido en Mozambique de manera habitual y frecuente durante al menos 10 años, hayan cumplido los 18 años de edad, muestren un buen conocimiento del portugués, tengan capacidad jurídica y se comporten con civismo.

96.En el trámite para adquirir la ciudadanía participan varias instituciones del Estado. Del 25 de junio de 1975 al 31 de diciembre de 2003, Mozambique aprobó 1.275 solicitudes de ciudadanía, desglosadas del siguiente modo:

a)585 por readquisición;

b)665 por naturalización.

G. Medidas adoptadas por la sociedad civil

97.La sociedad civil está formada por diversas instituciones, en particular partidos políticos, ONG, instituciones caritativas, instituciones religiosas y otras organizaciones nacionales y extranjeras.

98.El cometido específico de las ONG es complementar el programa estatal de lucha contra la pobreza absoluta, mediante la realización de actividades de asistencia social, de promoción y protección de los derechos humanos y de lucha contra el VIH/SIDA.

99.La sociedad civil ha adoptado medidas muy diversas que no se limitan a la asistencia sanitaria, pues también abarcan programas que promueven la armonía social, sin consideraciones de color, raza, origen étnico y posición social. Entre dichas medidas figuran las iniciativas de sensibilización, la asistencia a las personas con VIH/SIDA por medio del suministro de medicamentos antirretrovirales y la ayuda material a los niños vulnerables y huérfanos.

IV . INCIDENTES RELACIONADOS CON LA DISCRIMINACIÓN RACIAL

100.Gracias a que el Gobierno promueve de manera constante una política de unidad nacional y de no discriminación, combatiendo todas las manifestaciones de discriminación por motivos de origen étnico o tribal, raza, color, género o cualquier otro atributo, los incidentes de carácter discriminatorio han sido esporádicos y no reflejan ninguna política institucionalizada.

101.La explicación de los incidentes de este tipo reside en la historia colonial y en las ideas de sumisión y superioridad racial que siguen profesando algunas personas.

102.En este contexto, en algunos ámbitos, principalmente en ciertos sectores de la industria hotelera, el color de la piel suele dar lugar a desigualdades en el servicio que reciben los clientes. En particular, los blancos y mestizos reciben un trato preferencial en detrimento de los negros.

103.Este trato es dispensado a menudo por ciudadanos de raza negra que, como se ha dicho, parecen seguir teniendo una mentalidad de sumisión. En otras ocasiones lo fomentan ciudadanos extranjeros, a menudo oriundos o antiguos residentes de países en los que hasta hace relativamente poco había sistemas de discriminación muy arraigados.

104.Estos incidentes han suscitado una firme condena moral por parte del público general y el Gobierno ha adoptado medidas apropiadas al respecto.

Parte II

INFORMACIÓN SOBRE LOS ARTÍCULOS 2 A 7 DE LA CONVENCIÓN

105.En la Constitución no se alude a la costumbre internacional en ninguna de sus disposiciones y sólo se hace referencia al derecho internacional en el artículo 18, que reza así:

"1.Los tratados y acuerdos internacionales debidamente aprobados y ratificados entrarán en vigor en el sistema jurídico mozambiqueño cuando se hayan publicado oficialmente y siempre que sean internacionalmente vinculantes para Mozambique;

2.Las normas del derecho internacional tendrán la misma fuerza en el sistema jurídico mozambiqueño que los instrumentos legislativos subconstitucionales de la Asamblea de la República y del Gobierno, atendiendo a las diferencias en el modo en que se promulgan."

106.En este sentido, nada impide a los tribunales aplicar directamente las disposiciones de las convenciones internacionales, pues se trata de instrumentos que, una vez la Asamblea de la República o el Gobierno declaran su ratificación o la adhesión del país a ellos, asumen la consideración de ley o decreto, y se incorporan inmediatamente al sistema jurídico nacional. No obstante, no se han producido casos de aplicación directa de las disposiciones de dichas convenciones por los tribunales mozambiqueños.

I. ARTÍCULO 2 - ADOPCIÓN DE POLÍTICAS DE LUCHA CONTRA EL RACISMO

107.Mozambique todavía no ha aprobado ninguna ley sobre la eliminación de la discriminación racial en la que se prevea la adopción de medidas concretas. Sin embargo, hay un marco jurídico que protege a las víctimas de la discriminación; se trata de los artículos 35 y 39 de la Constitución y de diversas disposiciones de la legislación vigente.

II. ARTÍCULO 3 - SEGREGACIÓN RACIAL

108.El Gobierno de Mozambique lleva condenando las políticas de segregación racial desde la independencia del país en 1975. En este sentido, prestó apoyo al Congreso Nacional Africano en su lucha contra el régimen del apartheid en Sudáfrica y a los combatientes de Zimbabwe y Namibia en su lucha contra los regímenes racistas minoritarios de Rhodesia del Sur y Sudáfrica.

III. ARTÍCULO 4 - LUCHA CONTRA LAS ORGANIZACIONES RACISTAS

109.En Mozambique, las organizaciones que promueven la discriminación racial o incitan a ella están prohibidas en virtud de la Ley Nº 8/91 (Ley de asociaciones). Las asociaciones tienen la obligación de respetar la Constitución y los demás instrumentos de la legislación vigente en el país.

IV . ARTÍCULO 5 - IGUALDAD ANTE LOS TRIBUNALES

110.En las disposiciones de la Constitución y de los instrumentos de la legislación vigente en Mozambique se confiere a los ciudadanos el derecho de acceder al sistema judicial, lo que significa que se les garantiza el derecho a defenderse, el derecho a la asistencia jurídica y a la defensa letrada, y el derecho a denunciar los actos que vulneren los derechos que les asisten en el país.

111.El Instituto para la Asistencia Jurídica y la Defensa Letrada se creó en respuesta a la necesidad de prestar a los ciudadanos la asistencia que les garantiza el Estado. El Instituto, que depende del Ministerio de Justicia, se encarga de prestar esta asistencia.

112.A modo de ejemplo, se citan a continuación las disposiciones de los artículos 62 y 65 de la Constitución:

" Artículo 62

Acceso a los tribunales

1.El Estado garantizará a los ciudadanos el acceso a los tribunales, y a los acusados de un delito el derecho a defenderse, a asistencia jurídica y a defensa letrada;

2.El acusado tendrá derecho a elegir libremente un abogado defensor que le asista durante todas las fases del procedimiento. Se velará por que las personas sin medios económicos para contratar los servicios de un abogado dispongan de asistencia jurídica y defensa letrada."

Artículo 65

Principios del procedimiento penal

1.En el procedimiento penal se garantiza el derecho inviolable de todo acusado a defenderse y a ser juzgado.

2.Las audiencias de las causas penales serán públicas, salvo cuando por prudencia convenga restringir o suprimir el carácter público de la vista para salvaguardar la intimidad personal, familiar o moral, o para velar por la seguridad del juicio o por el orden público."

V. ARTÍCULO 6 - INDEMNIZACIÓN EFECTIVA POR LOS DAÑOS SUFRIDOS

113.De conformidad con la Constitución y otros instrumentos de la legislación vigente en Mozambique, todos los ciudadanos tienen acceso al sistema judicial. En casos en los que entra en juego la responsabilidad penal se aplican los artículos 26, 27 y 52 del Código Penal, y cuando se trata de la responsabilidad civil son de aplicación los artículos 483 y 501 del Código Civil. Sobre esta base, los ciudadanos pueden invocar la violación de las disposiciones del Código Penal y del Código Civil para obtener indemnización por los daños sufridos. El Código Penal está siendo revisado, y se estudiará la posibilidad de establecer la responsabilidad penal para los actos de discriminación racial, xenofobia y otras formas de intolerancia.

114.En el artículo 217 de la Constitución se establece que los jueces serán independientes y obedecerán únicamente las disposiciones de la ley. En el mismo artículo se establece que los jueces serán imparciales, no tendrán que rendir cuentas y no podrán ser destituidos, puesto que no se les podrá trasladar, suspender, retirar ni dejar cesantes, salvo en los casos previstos en la ley.

VI. ARTÍCULO 7 - EDUCACIÓN E INFORMACIÓN

115.La educación es una de las prioridades del Gobierno. Constituye una forma de aprovechar la diversidad de individuos y grupos sociales como un factor de cohesión. El principal reto es educar a ciudadanos capaces de contribuir al mejoramiento de la vida en los ámbitos familiar, comunitario y nacional, mediante la aplicación de los principios siguientes:

a)Preservación de la unidad nacional;

b)Mantenimiento de la paz;

c)Respeto de los derechos humanos;

c)Preservación de la cultura mozambiqueña.

116.Los programas educativos contienen información sobre los derechos humanos, los derechos civiles y la solución de controversias de manera pacífica. En estos temas transversales se abordan los siguientes aspectos:

a)Dignidad de la persona, respeto de los derechos humanos, rechazo de todas las formas de discriminación, acceso a unas condiciones de vida dignas, respeto mutuo;

b)Igualdad de derechos y posibilidad de ejercer los derechos civiles;

c)Participación en los principios democráticos y respeto de las diferencias;

d)Responsabilidad compartida respecto de la vida social y del bienestar de la comunidad;

e)Vida sana (salud/higiene, desarrollo físico e intelectual, conocimiento de sí mismo y autoestima);

f)Tolerancia, respeto y solución de controversias de manera pacífica;

g)Noción de familia, de los compañeros de clase y sus familias, derechos y obligaciones de los familiares;

h)La escuela y su influencia en el progreso personal y colectivo, reglamento interno de las escuelas, derechos del niño, la educación como derecho y obligación.

117.Los planes de estudios básicos contienen información sobre los derechos humanos y sobre los siguientes instrumentos jurídicos internacionales de las Naciones Unidas y de la Unión Africana:

a)Carta de las Naciones Unidas;

b)Declaración Universal de Derechos Humanos;

c)Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial;

d)Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos;

e)Convención sobre los Derechos del Niño;

f)Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño.

118.Las instituciones de enseñanza superior, especialmente las facultades de derecho de varias universidades, tratan estas cuestiones en la asignatura de derecho internacional público. Con la introducción del nuevo plan de estudios de la enseñanza superior, los derechos humanos se han convertido en una asignatura independiente y obligatoria.

119.Para impartir formación en derecho a la Policía de Mozambique se creó, en virtud del Decreto Nº 24/99, de 19 de mayo de 1999, la Academia de Ciencias Policiales, una institución de enseñanza superior que recibe apoyo financiero de la Unión Europea y del Gobierno de España.

VII . CONCLUSIÓN

120.La República de Mozambique se rige por el principio de la igualdad de los ciudadanos ante la ley. Todos los ciudadanos tienen los mismos derechos y obligaciones, independientemente de su color, raza, sexo, origen étnico, lugar de nacimiento, religión, nivel de estudios, posición social o preferencias políticas.

121.En el presente informe se señala que en Mozambique no hay casos de discriminación racial, xenofobia u otros tipos de intolerancia. El Gobierno de Mozambique lleva a cabo una política de unidad nacional como medio de lograr la armonía, promover la igualdad y evitar la discriminación racial.

122.La política de unidad nacional y los esfuerzos realizados por el Gobierno para luchar contra la discriminación racial, tribal o étnica, además de las medidas de lucha contra las desigualdades de género, tienen su origen en los tiempos en que se estaba sembrando la semilla de la nación, durante la lucha por la liberación nacional contra la dominación colonial portuguesa.

123.Ya entonces, el movimiento de liberación, representado en la actualidad por el partido político FRELIMO, defendía dichos valores y creó el destacamento femenino en su servicio militar. El destacamento femenino protagonizó los actos de heroísmo y abnegación patriótica más grandes de la historia del país. Ya entonces se defendía la esencia mozambiqueña: la unidad de la nación sin consideraciones de color, raza u origen étnico o tribal.

124.El Gobierno sigue promoviendo estos valores, que se consolidaron cuando, por su proximidad geográfica, Mozambique sufrió agresiones por parte del régimen del apartheid sudafricano y del régimen racista minoritario de Rhodesia del Sur, debido a que Mozambique condenaba esos regímenes y apoyaba incondicionalmente la lucha de sus pueblos.

125.Han pasado más de 30 años desde que Mozambique obtuvo su independencia. La mitad de ese tiempo transcurrió entre guerras provocadas por extranjeros para desestabilizar el país. En la actualidad, Mozambique vive en un entorno de paz y tranquilidad que permite la participación plena de su población en la vida económica y social del país a través de la contribución activa a los distintos procesos de debate nacional sobre distintos temas.

126.Por último, todas las instituciones públicas y privadas, así como los miembros de la sociedad civil en general, sin consideraciones de posición social u origen étnico, intervienen decididamente en los procesos electorales, tanto en las elecciones generales como en las locales, en la definición de estrategias y enfoques para el desarrollo socioeconómico, y en el ámbito de la política gubernamental de inclusión.

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