RESPUESTAS POR ESCRITO DEL GOBIERNO DE SURINAME A LA LISTA DE CUESTIONES (CRC/C/SUR/Q/2) RECIBIDAS POR EL COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO ACERCA DEL EXAMEN DEL SEGUNDO INFORME PERIÓDICO DE SURINAME (CRC/C/SUR/2)

[Recibidas el 28 de noviembre de 2006]

*Con arreglo a la información transmitida a los Estados Partes acerca de la tramitación de sus informes, el presente documento no fue objeto de revisión editorial oficial antes de ser enviado a los servicios de traducción de las Naciones Unidas.

GE.06-45837 (S) 281206 150107

Parte 1

A. Datos y estadísticas, si se dispone de ellos

1. Número de menores de 18 años que viven en el Estado Parte

Los datos disponibles están basados en el censo de 2004, realizado por la Oficina General de Estadística de Suriname.

Número de menores que viven en el Estado Parte, desglosado por edad, sexo y zona de residencia (2004)

Zona

0 a 4 años

5 a 6 años

10 a 14 años

15 a 19 años

Niños

Niñas

Niños

Niñas

Niños

Niñas

Niños

Niñas

Urbana

11.942

11.322

11.250

11.014

10.478

10.405

11.626

11.344

Rural/remota

14.291

14.245

13.945

13.192

12.402

11.841

11.630

11.691

Total

26.233

25.567

25.195

24.206

22.880

22.246

23.456

23.035

Número de menores que viven en el Estado Parte, desglosado por grupo étnico (2004)

Grupo étnico

0 a 4 años

5 a 6 años

10 a 14 años

15 a 19 años

Niños

Niñas

Niños

Niñas

Niños

Niñas

Niños

Niñas

Amerindios

960

967

999

998

789

860

762

783

Cimarrones

6.492

6.315

5.321

5.171

4.445

4.436

3.742

4.167

Criollos

4.066

3.667

3.870

3.410

3.442

3.527

4.221

3.765

Indios

5.131

5.022

5.954

5.583

6.048

5.623

6.389

6.374

Javaneses

2.613

2.463

2.883

2.806

2.678

2.482

2.912

2.612

Chinos

261

1.862

245

189

369

284

370

364

Otros

6.710

6.947

5.873

6.049

5.089

5.034

5.060

4.970

Total

26.233

25.567

25.195

24.206

22.880

22.246

23.456

23.035

2A. Datos sobre las asignaciones presupuestarias y su evolución en relación con la educación

Aún no se dispone de datos.

2B. Datos sobre las asignaciones presupuestarias y su evolución en relación con la atención de salud

PIB per cápita (población en 2000: 436.786 habitantes)

1.915 dólares de los EE.UU.

Gasto total en salud per cápita

180,33 dólares de los EE.UU.

Gasto total en salud como porcentaje del PIB

9,42

Gasto público en salud (parte financiada con fondos públicos) como porcentaje del gasto total en salud

43,33

Gasto público en salud como porcentaje del PIB

4,07

Fuente: Informe nacional sobre la salud 2000.

Los sectores público y privado destinan el mismo gasto a la atención de salud:

-Gasto público: alrededor del 43% del total;

-Gasto privado: 42% del total;

-Fuentes externas (donantes): el restante 15% del total;

-El 55% del gasto se destina a la atención secundaria (hospitales públicos y privados, médicos especialistas, servicios hospitalarios de laboratorio y de rayos x, fármacos en atención hospitalaria);

-El 34% del gasto se destina a la atención preventiva y primaria (Oficina de Salud Pública, Servicios Regionales de Salud, Misión Médica, médicos generalistas privados, otros);

-El 11% del gasto se destina a otros aspectos (administración, capacitación, etc.).

2C a 2F, 2H y 2J. Programas y servicios para los niños/familias mencionados

El Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda de Suriname es el responsable de ejecutar un programa de prestaciones sociales para ayudar a las familias consideradas pobres. Para ello, el Ministerio utiliza sus propios criterios, que se basan en los ingresos de la persona (solicitante).

En virtud de una decisión adoptada el 2 de octubre de 2000 por el Consejo de Ministros, se considera que una persona tiene derecho a asistencia financiera si sus ingresos mensuales no superan los 40 florines surinameses (15 dólares) y a una tarjeta médica (si no tiene seguro médico), si sus ingresos mensuales no superan los 80 florines (29 dólares).

Nota: El Ministerio es consciente de que ese criterio está anticuado y, por lo tanto, ha iniciado un proyecto en colaboración con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para revisarlo. El proyecto se basará en una encuesta de los hogares que se va a hacer a fin de determinar qué indicadores se pueden aplicar para establecer el nivel de pobreza de una persona/hogar.

Todas las personas en Suriname pueden solicitar prestaciones sociales si cumplen los criterios. Las siguientes prestaciones son parte del programa y están destinadas a menores de edad y sus familias:

-Asistencia financiera para los niños con discapacidades (UPH). Los padres de hijos con discapacidades reciben una prestación mensual de 100 florines (36 dólares) por hijo.

-Asistencia financiera para los adultos con discapacidades (UPH). Los adultos con discapacidades o su tutor pueden solicitar esta prestación y recibir 100 florines (36 dólares) cada mes.

-Asistencia financiera a personas/hogares (FB). Como se ha mencionado, puede solicitar esta prestación toda persona cuyos ingresos mensuales no superan los 40 florines. La prestación recibida oscila entre 33 y 40 florines (según el tamaño del hogar).

-Subvenciones para las instituciones de cuidado de niños con discapacidades. Estas instituciones reciben subvenciones según sus gastos de funcionamiento (la institución presenta un informe anual en el que señala qué porcentaje procede de su propia aportación y en qué medida necesita que el Ministerio la subvencione o le aporte una subvención de 4,50 florines por niño y día).

-Prestación médica (GH). Las personas/familias que no disponen de seguro médico (para ellas mismas y sus hijos) y cumplen los criterios (ingresos mensuales no superiores a 80 florines (29 dólares)) pueden solicitar una tarjeta médica que cubre los gastos de la atención primaria de salud en los dispensarios de los Servicios Regionales de Salud, los medicamentos, los gastos de laboratorio, la hospitalización, los servicios de rayos x, la rehabilitación y la hemodiálisis. Cabe mencionar que las instituciones de cuidado de la infancia también solicitan tarjetas médicas para los niños en ellas internados. En esos casos no se aplica la norma de los ingresos. Esta atención de la salud es dispensada por el Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda y se considera una prestación para las personas de bajos ingresos. Además de esa forma de prestación médica, existe la posibilidad de participar en el Fondo de Seguro Médico del Estado (SZF). La participación es facultativa, pero los funcionarios públicos están obligados a contratar un seguro médico del Fondo. Además, existen empresas aseguradoras privadas con las que se puede contratar un seguro médico.

-Prestación por hijo a cargo (AKB). Los padres que no reciben una prestación por hijo a cargo por conducto de su empleador o se encuentran desempleados pueden solicitar esa prestación, que se eleva a 3 florines (1 dólar) por hijo cada mes.

-Ropa escolar. Los padres cuyos ingresos no superan los 80 florines (29 dólares) pueden solicitar una prestación financiera para compensar sus gastos en concepto de ropa, zapatos y material escolar.

La cuantía de la prestación varía según el nivel de escolaridad:

-Jardín de infancia: 8 florines (3 dólares) por hijo para el año escolar 2003/04 y 10 florines (3,60 dólares) por hijo para el año escolar 2005/06;

-Enseñanza primaria, grados 1º a 6º: 23 florines (8,30 dólares) por hijo para el año escolar 2003/04 y 28 florines (10 dólares) por hijo para el año escolar 2005/06;

-Enseñanza secundaria: 25 florines (9 dólares) por hijo para el año escolar 2003/04 y 31 florines (11,20 dólares) por hijo para el año escolar 2005/06;

-Formación profesional secundaria: 35 florines (12,70 dólares) por hijo para el año escolar 2003/04 y 43 florines (15,60 dólares) por hijo para el año escolar 2005/06;

Nota: No se registraron los datos correspondientes a la ropa escolar en el año escolar 2004/05 por problemas presupuestarios.

-Prestación alimentaria para instituciones de cuidado de la infancia y guarderías. La división "Kindervoeding" (alimentación infantil) proporciona comidas, hortalizas y leche a las instituciones de cuidado de la infancia.

Además de las prestaciones materiales, existen divisiones del Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda que ofrecen orientación a las familias y a los niños. Para éstos existe una división específica, Cuidado de los Adolescentes, que registra los casos de niños con problemas en casa, como aquellos que sufren malos tratos, y de padres que tienen problemas con sus hijos, etc. Esa división confía niños a instituciones de cuidado de la infancia o asesora a las familias y a los niños.

2C. Datos sobre las asignaciones presupuestarias y su evolución en relación con los programas y servicios para los niños con discapacidades

No podemos proporcionar cifras exactas sobre el gasto en servicios destinados a los niños con discapacidades. Las bases de datos actuales se manejan manualmente, y se necesitarían muchos meses para obtener los datos. El Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda se encarga de esos servicios y en 2004 comenzó a automatizarlos. Ese proceso, que se conoce como proyecto SIS (Sistema de Información del Ministerio), está en curso, pero es muy laborioso. En relación con las prestaciones por hijo a cargo, para ropa escolar y la tarjeta médica, hasta la fecha no se registra si el niño que las recibe sufre alguna discapacidad.

2D a 2F, 2H y 2J. Datos sobre las asignaciones presupuestarias y su evolución en relación con los programas de asistencia a las familias, los niños, la protección de los niños que necesitan otros tipos de cuidado, incluido el apoyo de instituciones para niños, los programas y servicios para huérfanos y niños vulnerables y la seguridad social de las familias que viven en la pobreza y las subvenciones a esas familias

Servicio

2004

2005

2006

(Valores absolutos)

(Valores estimados)

Niños que reciben la UPH

No se dispone de datos

No se dispone de datos

No se dispone de datos

FB

2.895.928

(incluida la UPH)

2.651.490

(incluida la UPH)

9.000.000

Subvenciones a instituciones

1.438.809,21

2.074.048

2.890.500

GH

37.676.914

56.035.235

73.657.000

AKB

422.470,20

530.361

800.000

Ropa escolar

-

243.746,50

250.000

Alimentos para instituciones de cuidado de la infancia y guarderías

342.019,55

131.656,25

225.000

Nota: No se dispone de información sobre el porcentaje que representa el gasto en el presupuesto nacional o PIB.

2I. Datos sobre las asignaciones presupuestarias destinadas a la justicia de menores

Proyectos

2004

2005

2006

(En florines)

Construcción de un centro de detención preventiva de menores (Opa Doeli)

2.721.000

($ 971.785,71)

2.723.000

($ 972.500)

4.532.500

($ 1.618.750)

Construcción de un centro correccional para menores

1.800.000

($ 642.857,14)

700.000

($ 250.000)

200.000

($ 71.428,57)

Sanciones sustitutivas

-

-

165.000

($ 58.928,57)

Financiación procedente de organismos donantes en general (no destinada específicamente a la infancia), por sectores:

-Salud: 39.380.881 euros;

-Enseñanza: 31.480.324 euros.

Otros sectores:

-Medio ambiente: 36.441.822 euros;

-Vivienda: 26.853.104 euros;

-Agua: 21.100.000 euros;

-Infraestructuras: 68.470.123 euros;

-Desarrollo de la comunidad: 18.841.633 euros.

3A. Datos sobre los niños separados de sus padres

Los datos de que se dispone son los relativos a los niños que viven en instituciones o en familias de acogida (véanse las secciones 3B y 3C).

3B. Datos sobre los niños colocados en instituciones y número de instituciones

El Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda ha preparado un sistema de registro de los niños que viven en instituciones denominado CNSP (niños que necesitan protección especial). Es importante observar al respecto que muchas de las instituciones carecen de la capacidad necesaria para mantener el sistema, aunque también es cierto que, cuando los niños ingresan en la institución, se desconoce una gran parte de la información sobre sus antecedentes, así que muchas preguntas se quedan sin respuesta. Cuando se inició el proyecto, aproximadamente en 1999, el objetivo era que las instituciones participantes integraran el sistema en sus procesos administrativos. Las instituciones más grandes pudieron hacerlo, pero aquellas con menos personal no lo han logrado.

En noviembre de 2006 se habían registrado 47 instituciones en el sistema. Esa cifra refleja las instituciones que el Ministerio ha podido registrar. El registro se llevó a cabo en colaboración con la organización privada Vereniging Particuliere Sociale Instellingen (VPSI) (Federación de Instituciones Sociales Privadas) y con instituciones de cuidado de la infancia. Sin embargo, ello no significa que no existan más instituciones.

Número de instituciones en noviembre de 2006: 47

Número de instituciones en zonas urbanas en noviembre de 2006: 38

Número de instituciones en zonas rurales en noviembre de 2006: 9

Número de instituciones registradas en el sistema CNSP al terminar 2003: 20

Número de niños que vivían en instituciones en 2003

Grupo de edad

Niños

Niñas

Total

0 a 3 años

129

145

274

4 a 6 años

153

128

281

7 a 9 años

165

133

298

10 a 12 años

114

120

234

13 a 15 años

46

50

96

16 a 18 años

1

-

1

Total

608

576

1.184

Número de instituciones registradas en el sistema CNSP al terminar 2004: 32

Número de niños que vivían en instituciones en 2004

Grupo de edad

Niños

Niñas

Total

0 a 3 años

147

155

302

4 a 6 años

168

142

310

7 a 9 años

189

153

342

10 a 12 años

124

130

254

13 a 15 años

53

54

107

16 a 18 años

2

-

2

Total

683

634

1.317

Número de instituciones registradas en el sistema CNSP al terminar 2005: 47

Número de niños que vivían en instituciones en 2005

Grupo de edad

Niños

Niñas

Total

0 a 3 años

159

169

328

4 a 6 años

177

157

334

7 a 9 años

199

167

366

10 a 12 años

131

138

269

13 a 15 años

64

68

132

16 a 18 años

4

4

8

Total

734

703

1.437

Nota: Fue difícil obtener los datos sobre la ubicación geográfica, ya que no se conoce la dirección de todos los niños. Muchos niños pasan también de una institución a otra, así que es difícil encontrar todos los datos si no se obtuvieron al principio.

3C. Datos sobre los niños confiados a familias de acogida

Los datos de que se dispone sobre los niños en familias de acogida son facilitados por la Fundación para el Cuidado en Familias de Acogida en Suriname y la Oficina de Asuntos Familiares y Jurídicos del Ministerio de Justicia y Policía.

Cifras de la Fundación para el Cuidado en Familias de Acogida:

Número de niños confiados a familias de acogida al terminar el año 2003

Grupo de edad

Niños

Niñas

Total

0 a 3 años

-

-

-

4 a 6 años

2

1

3

7 a 9 años

3

1

4

10 a 12 años

-

-

-

13 a 15 años

1

1

2

16 a 18 años

-

-

-

Total

6

3

9

Número de niños confiados a familias de acogida al terminar el año 2004

Grupo de edad

Niños

Niñas

Total

0 a 3 años

1

-

1

4 a 6 años

2

3

5

7 a 9 años

1

-

1

10 a 12 años

-

1

1

13 a 15 años

1

-

1

16 a 18 años

-

-

-

Total

5

4

9

Número de niños confiados a familias de acogida al terminar el año 2005

Grupo de edad

Niños

Niñas

Total

0 a 3 años

3

1

4

4 a 6 años

-

-

-

7 a 9 años

1

5

6

10 a 12 años

2

5

7

13 a 15 años

2

2

4

16 a 18 años

-

-

-

Total

9

13

22

En los años 2003 y 2004, la Oficina de Asuntos Familiares y Jurídicos del Ministerio de Justicia y Policía confió 119 y 102 niños, respectivamente, a familias de acogida. Aún no se dispone de otros datos sobre el sexo, el grupo de edad y la zona de procedencia de esos niños.

Niños confiados a familias de acogida en 2005

Total

Grupo de edad

Sexo

Zona de procedencia

0 a 8 años

9 a 18 años

Niñas

Niños

Urbana

Rural/remota

69

35

34

51

18

43

26

3D. Datos sobre los niños adoptados en el país o en el extranjero

Año

Grupo de edad

Sexo

Zona de procedencia

Tipo de adopción

0 a 8 años

9 a 18 años

Niñas

Niños

Urbana

Rural/remota

En el país

Internacional

2003

3

3

3

3

6

6

2004

8

4

4

6

2

7

1

2005

2

1

2

1

2

1

3

4A. Datos sobre los menores con discapacidades que viven con sus familias

Aún no se dispone de datos a este respecto. Sólo se conoce el número de niños que reciben asistencia financiera (UPH) del Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda y viven con sus padres. El número de esos niños fue de 407 en 2004 y de 321 en 2005.

4B. Datos sobre los menores con discapacidades que se encuentran en instituciones

Número de instituciones relacionadas con este grupo de niños en noviembre de 2006: 8 (1 en una zona rural y el resto en zonas urbanas).

Número de instituciones registradas en el sistema CNSP al terminar 2003: 6

Número de niños que vivían en instituciones en 2003

Grupo de edad

Niños

Niñas

Total

0 a 3 años

52

40

92

4 a 6 años

56

38

94

7 a 9 años

44

19

63

10 a 12 años

17

12

29

13 a 15 años

2

4

6

16 a 18 años

-

-

-

Total

171

113

284

Número de instituciones registradas en el sistema CNSP al terminar 2004: 8

Número de niños que vivían en instituciones en 2004

Grupo de edad

Niños

Niñas

Total

0 a 3 años

52

41

93

4 a 6 años

59

41

100

7 a 9 años

44

22

66

10 a 12 años

19

12

31

13 a 15 años

2

4

6

16 a 18 años

-

-

-

Total

176

120

296

Número de instituciones registradas en el sistema CNSP al terminar 2005: 8

Número de niños que vivían en instituciones en 2005

Grupo de edad

Niños

Niñas

Total

0 a 3 años

53

41

94

4 a 6 años

61

41

102

7 a 9 años

44

24

68

10 a 12 años

20

12

32

13 a 15 años

2

6

8

16 a 18 años

-

1

1

Total

180

125

305

4C. Datos sobre los niños con discapacidades confiados a familias de acogida

No se ha encontrado ningún caso de niños con discapacidades que hayan sido confiados a familias de acogida. Esa información fue facilitada por la Fundación para el Cuidado en Familias de Acogida (stichting Pleeggezin-nen) en Suriname.

4D. Datos sobre los menores con discapacidades que asisten a escuelas ordinarias

4E. Datos sobre los menores con discapacidades que asisten a escuelas especiales

4F. Datos sobre los menores con discapacidades que no están escolarizados

Aún no se dispone de todos esos datos.

5A. Datos sobre las tasas de mortalidad infantil y en la niñez

La tasa de mortalidad infantil en Suriname ha permanecido relativamente estable, alrededor de 20 defunciones por cada 1.000 nacidos vivos (20,2 en 2000, 15,9 en 2001, 21,1 en 2002, 19,9 en 2003 y 19,2 en 2004).

La tasa de mortalidad de los niños menores de 5 años muestra un incremento en el año 2000 (debido probablemente a la mejora del sistema de información, razón también de la elevada tasa de mortalidad infantil para ese mismo año), pero se considera estable en aproximadamente 25 defunciones por cada 1.000 nacidos vivos (27,2 en 2000, 21,7 en 2001, 22,6 en 2002, 23,9 en 2003 y 24,5 en 2004).

5B. Datos sobre las tasas de inmunización

En 2004, el 85% de los niños menores de 1 año de edad había recibido la vacuna contra la difteria, el tétanos y la tos ferina (DPT3), el 83,5% había recibido tres dosis de la vacuna antipoliomielítica oral y el 86,4% había recibido la vacuna contra el sarampión, la parotiditis y la rubéola. Las cifras correspondientes al año 2003 fueron las siguientes: DPT3: el 76,6%, tres dosis de la vacuna antipoliomielítica oral: el 76%, y la vacuna contra el sarampión, la parotiditis y la rubéola: el 69,8%.

5C. Datos sobre las tasas de malnutrición

Proporción de niños malnutridos por zona, 2000

Zona

Porcentaje de niños con malnutrición crónica moderada a grave

Porcentaje de niños con malnutrición aguda moderada a grave

Urbana

7,6

7,7

Rural

10,0

9,4

Interior

23,0

6,6

Fuente: Encuesta a base de indicadores múltiples, 2000.

Según los estudios realizados por la Oficina de Salud Pública en 1995 y 2003, más de la mitad de los niños hospitalizados por malnutrición son menores de 1 año. Los demás niños tienen de 1 a 4 años. La mayoría de esos niños son de ascendencia cimarrona (44%), criolla (30%), indostánica (12%) o indígena (7%). La mayoría de los niños hospitalizados proceden de tres zonas del país:

-Paramaribo Meridional, zona conocida por sus condiciones de vida socialmente desfavorecidas y por un elevado porcentaje de familias del interior;

-El distrito rural de Para;

-El distrito Marowijne en el interior.

La malnutrición afecta por igual a los niños y a las niñas.

5D1. Datos sobre las tasas de embarazo precoz

Según un estudio de la Fundación Lobi, el número de abortos oscila entre 8.000 y 10.000 por año. El estudio reveló que el 34% de las mujeres que se inscribían en el programa de planificación familiar habían sido objeto de un aborto como mínimo. El 34% de esas mujeres eran menores de 20 años. Esa elevada tasa de abortos contribuye a las elevadas tasas de mortalidad derivada de la maternidad. En general, la utilización de métodos anticonceptivos es baja en las zonas rurales y el interior, ya que, por motivos culturales, se otorga mucha importancia a la fertilidad de la mujer. La utilización de anticonceptivos por las mujeres cimarronas es baja (entre el 6 y el 17%). El estudio reveló que la edad media con que los cimarrones tenían su primera relación sexual se situaba entre los 10 y los 13 años, mientras que esa edad media era de 13 a 15 años para las mujeres.

5D2. Datos sobre las tasas de infecciones de transmisión sexual

Entre 1997 y 2002, el número de niños menores de 5 años infectados por el VIH/SIDA casi se triplicó. La mayoría de los niños infectados o afectados por el VIH/SIDA acaban internados en instituciones, ya que no existen políticas para fortalecer la capacidad de las familias y de la comunidad para cuidar y mantener a esos niños. El SIDA se ha convertido en una de las causas principales de mortalidad de los menores de 5 años. No se dispone de datos sobre la relación entre la escolarización de los huérfanos a causa del SIDA y la de los demás niños de entre 10 y 14 años. El número de mujeres jóvenes que contrae la infección está superando al de los hombres de su edad. Con los años, la distribución entre los sexos de los nuevos casos de seropositivos ha cambiado, y desde 2004 son infectadas más mujeres que hombres. En cuanto a la distribución por edades, la prevalencia más elevada se produce en el grupo de personas de 15 a 49 años, en el que se registra entre el 60 y el 80% de los nuevos casos. Según los datos preliminares de 2005, la prevalencia del VIH en el grupo de las mujeres embarazadas de entre 15 y 24 años era del 1,1%.

Número de nuevos casos de VIH desglosados por edad y sexo, 2004

5D3. Datos sobre las tasas de consumo indebido de drogas, alcohol, tabaco u otras sustancias de esa naturaleza

Según una encuesta realizada en 2004, el 74,3% de los estudiantes ha consumido alcohol alguna vez, el 35,4% de ellos ha fumado cigarrillos y el 8,8% ha hecho uso de tranquilizantes. El 8% de los estudiantes han consumido alguna vez una sustancia ilegal. El 50,9% de los estudiantes contestó que había consumido alcohol durante los 12 meses anteriores a la encuesta. Las tasas correspondientes al consumo de cigarrillos, tranquilizantes y drogas ilegales son del 15,4, 5,7 y 4,5% respectivamente. El 47,6% de los estudiantes había consumido alcohol y el 10% de ellos había fumado cigarrillos en los 30 días anteriores a la encuesta. La marihuana y los disolventes y drogas de inhalación son los otros estupefacientes que más preocupan. Esos resultados pertenecen a la segunda encuesta escolar de alumnos de enseñanza secundaria en 2004, realizada a alumnos de 2º y 4º grado de la enseñanza secundaria de primer ciclo y de 2º grado de la enseñanza secundaria de ciclo superior (de escuelas públicas y privadas) en Suriname. En general, la edad de los estudiantes oscila entre los 13 y los 17 años.

5D4. Tasas de suicidio y problemas de salud mental de otra índole

6A. Datos sobre los casos denunciados de malos tratos a menores

Número de casos denunciados de malos tratos a menores

Año

Niñas

Niños

Víctimas más jóvenes

Presunto autor más joven

2003

152

12

2 años

10 años

2004

158

26

1 año

12 años

2005

212

30

1 año

4 años

6B. Datos sobre el número de menores relacionados con un fallo judicial, incluido el procesamiento

Número y porcentaje de denuncias que han dado lugar a un fallo judicial o a otro tipo de medida de seguimiento, incluido el procesamiento

Año

Tipo de delito

Delitos denunciados

Presuntos autores (niños y niñas)

Presunto autor en prisión preventiva

Presuntos autores procesados

2004

Delitos de carácter sexual

81

105

-

46

2005

Delitos de carácter sexual

174

225

169

123

Nota : La mayoría de las víctimas de delitos de carácter sexual son menores de 12 años.

6C. Datos sobre el número y el porcentaje de víctimas menores que han recibido asesoramiento y asistencia para recuperarse

A este respecto se dispone de información de la Fundación para la Infancia (stichting voor het kind), que ofrece asesoramiento profesional a los menores que han sido víctimas de abuso sexual. En noviembre de 2006, el número de menores que recibían asesoramiento era de 20 en el grupo de edad de 6 a 16 años. No obstante, ello no significa que no haya más casos. En ocasiones, los menores víctimas de abuso sexual reciben ayuda de otros profesionales y pagan por ese asesoramiento.

7. Definición de pobreza

La Oficina General de Estadística (GBS) emplea las siguientes definiciones de pobreza y umbrales de pobreza:

Se considera que una unidad (persona, familia u hogar) es pobre cuando no tiene medios suficientes para atender sus necesidades básicas, en particular las alimentarias. Las cuantías de dinero que (según el tamaño y la composición de la unidad) separan a los pobres de los no pobres se denominan umbrales de pobreza.

Esos umbrales pueden establecerse de diversos modos. En primer lugar, se distingue entre los umbrales de pobreza relativa y los umbrales de pobreza absoluta.

Los umbrales de pobreza relativa emplean una fracción arbitraria de la porción inferior de alguna distribución (por ejemplo, el 10, 20, 25 o 40% más bajo), o una fracción del ingreso promedio o mediano. El primer criterio no es muy útil, ya que entraña que la pobreza no puede erradicarse ni vigilarse adecuadamente.

Los umbrales de pobreza absoluta asumen que en una sociedad determinada existen niveles de subsistencia aceptables por debajo de los cuales nadie debería vivir.

Metodología

El enfoque de la GBS consta de cinco pasos:

-Cesta básica de alimentos. Con ayuda del programa informático del Instituto de Alimentación y Nutrición del Caribe se eligen 28 artículos y 2.400 kilocalorías por adulto y día. La definición de adulto empleada por la GBS es toda persona de 15 o más años de edad, mientras que los niños son los menores de 15 años.

-De la cesta básica de alimentos a la cesta básica de necesidades. La GBS emplea un método implícito para pasar de la cesta básica de alimentos a la de necesidades, empleando coeficientes de Engel sopesados democráticamente sobre la base de las encuestas del presupuesto de los hogares realizadas en 1968/1969 y 1999/2000.

-Se emplean escalas de equivalencia para tener en cuenta las diferencias en el tamaño del hogar.

-Se establecen las características de pobreza pertinentes. La GBS ha elegido las medidas Pά (donde Po es el índice de recuento de la pobreza, P1 es el índice de la brecha de pobreza y P2 es el índice de gravedad de la pobreza), también denominadas medidas FGT. Los ingresos se emplean principalmente como indicador del bienestar, aunque también del consumo, si es posible.

-Actualización de los umbrales de pobreza. En Suriname, los umbrales de pobreza se actualizan con arreglo al índice de precios de consumo (IPC).

Umbrales de pobreza por tamaño y composición del hogar (primer trimestre de 2006)

(En florines surinameses)

Coef. de Engel = 63

Adulto/niño

0

1

2

3

4

1

375

584

779

966

1.146

2

674

865

1.049

1.229

1.401

3

948

1.131

1.307

1.476

1.645

4

1.210

1.382

1.555

1.719

1.884

7. Datos sobre el número de niños que viven por debajo del umbral de pobreza

Dado que el Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda presta servicios sociales y los beneficiarios se consideran pobres, se pueden comunicar las cifras de la base de datos de ese ministerio relativas a los niños que reciben tarjeta médica y asistencia financiera.

Nota: La Misión Médica se ocupa de la atención médica en las zonas del interior, lo cual significa que los residentes en esas zonas no tienen que pagar por la atención primaria de salud. Las personas del interior reciben la tarjeta médica si han de ser hospitalizadas.

Número de menores por distrito que recibieron tarjeta médica o asistencia financiera en 2005

Distrito

Tarjeta médica

Asistencia financiera

Sipaliwini (interior: cimarrones e indígenas)

171

7.188

Brokopondo (interior: cimarrones e indígenas)

661

1.462

Paramaribo (urbano)

12.063

575

Wanica (urbano/rural)

6.025

344

Para (urbano/rural)

2.164

181

Nickerie (urbano/rural)

3.095

130

Coronie (rural)

56

13

Saramacca (rural)

1.329

103

Commewijne (rural)

1.287

86

Marowijne (rural/interior)

943

288

8A. Datos sobre l as tasas de alfabetización de los menores de 18 años

Aún no se dispone de datos.

8B. Datos sobre l a tasa de matriculación en centros de enseñanza preescolar, primaria y secundaria

Año escolar

Preescolar

(4 a 5 años)

Primaria

(6 a 12 años)

Secundaria

(12 a 16 años)

Formación profesional secundaria

(12 a 16 años)

Niños

Niñas

Niños

Niñas

Niños

Niñas

Niños

Niñas

2003

10.143

15.573

5.496

1.253

2004

8.202

8.012

31.523

30.563

10.524

15.872

4.506

773

2005

8.660

8.283

34.024

31.742

10.581

16.363

4.603

819

Año escolar

Zona urbana (Paramaribo)

Zona rural/remota

Niños

Niñas

Niños

Niñas

Preescolar

2003

2004

4.051

4.050

4.151

3.962

2005

4.149

3.950

4.511

4.333

Primaria

2003

2004

15.127

14.681

16.396

15.882

2005

15.256

15.030

18.768

16.712

Secundaria

2003

5.438

8.893

4.735

6.680

2004

5.602

9.373

4.922

6.499

2005

5.889

9.702

4.692

6.661

Formación profesional secundaria

2003

4.889

1.015

607

238

2004

3.863

583

643

197

2005

4.063

727

540

632

8C. Datos sobre e l porcentaje de niños que terminan la enseñanza primaria y secundaria

Año escolar

Primaria

Secundaria (MULO)

(En porcentaje)

2003

66,8

59,5

2004

72,9

55,9

2005

73,3

54,1

8D. Datos sobre el número y el porcentaje de niños que abandonan los estudios o repiten curso, y número de repeticiones hasta el 6º grado de enseñanza primaria

Año escolar

Número

Porcentaje

2003

1.618

10,6

2004

1.682

18,6

2005

2.000

21,9

8E. Datos sobre el número de docentes por niño y el número de niños por clase

Tipo de escuela

2003/04

Relación

2004/05

Relación

Docentes

Alumnos

Docentes

Alumnos

Preescolar

704

16.214

1:23

558

16.943

Escuelas especiales

133

Primaria

3.240

62.068

1:20

3.240

65.766

1:20

Secundaria

1.787

25.829

1:15

1.883

26.149

1:14

Nota: En la práctica, la tasa general es de 1:27, teniendo en cuenta que no todos los docentes registrados trabajan en una escuela.

8F. Datos sobre el número de docentes que están acabando su formación

Aún no se dispone de datos.

9. Datos sobre el consumo de drogas y otras sustancias

(Todos los datos son relativos al año 2004).

Cuadro 9.1

Prevalencia de las sustancias consumidas

Sustancia

Alguna vez

Durante el último año

Durante el último mes

Porcentaje

N

Porcentaje

N

Porcentaje

N

Cigarrillos

35,4

3.421

15,4

3.374

10

3.367

Alcohol

74,3

3.476

50,9

3.327

47,6

3.325

Tranquilizantes

8,8

3.452

5,7

3.445

3,3

3.441

Estimulantes

1,6

3.433

1,1

3.433

0,7

3.433

Disolventes y drogas de inhalación

3,9

3.410

2

3.405

0,9

3.395

Marihuana

4,3

3.410

2,5

3.404

1,1

3.393

Hachís

1,1

3.410

0,9

3.409

0,4

3.404

Alucinógenos

0,4

3.410

0,2

3.409

0,1

3.408

Heroína

0,3

3.410

0,2

3.409

0,1

3.407

Opio

0,3

3.410

0,2

3.410

0,1

3.410

Morfina

0,1

3.410

0,1

3.410

0

3.410

Hidrocloruro de cocaína

0,3

3.410

0,1

3.409

0,1

3.408

Pasta de coca

0,2

3.410

0,1

3.408

0

3.407

Cocaína cristalizada

0,3

3.410

0,2

3.409

0,1

3.407

Éxtasis

0,5

3.410

0,2

3.407

0,1

3.407

Metanfetaminas

0,1

3.410

0,1

3.410

0,1

3.408

Otras drogas

0

3.410

0

3.410

0

3.410

Cualquier droga ilegal

8

3.569

4,5

3.569

2,1

3.569

N = Número total de estudiantes que han respondido a la pregunta.

El cuadro 9.2 muestra la prevalencia del consumo de "cualquier droga ilegal" por sexo. El cuadro demuestra que, en general, la prevalencia de los estudiantes es mayor que la de las estudiantes. Éstas tienen una prevalencia de consumo en el último año y en el último mes menor que los varones. Una parte significativa de las respuestas sobre el consumo de "cualquier droga" carecía de datos importantes, así que no se pueden extraer conclusiones concretas.

Cuadro 9.2

Prevalencia por sexo del consumo de cualquier droga ilegal por estudiantes

Sexo

Alguna vez

Durante el último año

Durante el último mes

Niñas

4,6

2,2

0,8

Niños

12,4

7,6

3,8

Total

8,0

4,5

2,1

El cuadro 9.3 muestra el consumo de "cualquier droga ilegal" por grupos de edad. El cuadro revela que la prevalencia en el grupo de 15 a 16 años y del grupo de 17 a 18 años duplica la del grupo de 12 a 14 años en los tres casos de prevalencia.

Cuadro 9.3

Prevalencia por grupo de edad del consumo de cualquier droga ilegal por estudiantes

Grupo de edad

Alguna vez

Durante el último año

Durante el último mes

12 a 14 años

4,7

2,4

1,1

15 a 16 años

9,0

4,8

2,3

17 a 18 años

8,0

5,0

2,3

19 o más años

10,6

6,2

2,9

No se dispone de datos

7,4

3,7

1,2

Total

8,0

4,5

2,1

Cuadro 9.4

Prevalencia por grupo de edad del consumo de cigarrillos por estudiantes

Grupo de edad

Total

Mujeres

Hombres

Alguna vez

Durante el último año

Durante el último mes

Alguna vez

Durante el último año

Durante el último mes

Alguna vez

Durante el último año

Durante el último mes

12 a 14 años

21,9

6,3

3,0

24,9

25,1

25,1

19,8

19,9

19,9

15 a 16 años

32,3

14,5

8,7

32,6

32,8

32,8

33,1

33,1

33,1

17 a 18 años

39,9

18,6

12,4

24,3

24,1

24,1

26,0

26,2

26,2

19 o más años

51,8

23,9

17,8

17,5

17,4

17,3

20,6

20,4

20,5

No se dispone de datos

1,7

1,7

1,7

0,7

0,7

0,7

0,5

0,4

0,4

Total

100

100

100

100

100

100

100

100

100

El cuadro 9.5 y el gráfico 1 muestran que la prevalencia del consumo de alcohol es mayor en los grupos de edad superiores. Existe una ligera diferencia entre la prevalencia del consumo durante el último año y durante el último mes, en total, o entre las y los estudiantes.

Cuadro 9.5

Prevalencia por grupo de edad del consumo de alcohol por estudiantes

Grupo de edad

Todos los estudiantes

Mujeres

Hombres

Alguna vez

Durante el último año

Durante el último mes

Alguna vez

Durante el último año

Durante el último mes

Alguna vez

Durante el último año

Durante el último mes

12 a 14 años

62,5

38,5

33,2

60,2

36,4

31,4

66,2

41,9

36,1

15 a 16 años

71,8

47,5

44,0

67,1

40,7

37,9

77,7

56,0

51,7

17 a 18 años

80,4

58,4

55,7

76,1

50,8

48,4

85,8

68,2

64,9

19 o más años

84,3

63,0

61,4

80,1

56,4

54,8

89,1

70,2

68,5

No se dispone de datos

78,7

43,9

42,1

71,4

36,4

27,3

100,0

57,1

57,1

Todos los grupos

74,3

50,9

47,6

69,9

44,7

41,6

79,9

59,2

55,4

Gráfico 1

Prevalencia del consumo de alcohol

0102030405060708090TotalMujeresHombresPorcentajeAlguna vezDurante elúltimo añoDurante elúltimo mes

10A. Datos sobre el número de niños infectados por el VIH/SIDA

Número de niños diagnosticados seropositivos, por sexo (2003 a 2005)

Grupo de edad

2003

2004

2005

Niños

Niñas

Total

Niños

Niñas

Total

Niños

Niñas

Total

0 a 4 años

9

15

24

14

14

28

15

14

29

5 a 14 años

1

1

2

1

1

2

0

1

1

15 a 19 años

2

18

20

2

15

17

1

16

17

Como se observa en el cuadro, el número medio de niños diagnosticados seropositivos cada año es de unos 40.

10B. Datos sobre el número de niños afectados por el VIH/SIDA

No se dispone de datos sobre el número de niños afectados por el VIH, pero, teniendo en cuenta que hasta 2005 se había diagnosticado seropositivas a 3.643 personas y que alrededor de 1.000 adultos murieron como consecuencia del SIDA entre 1997 y 2005, los niños afectados son aquellos que han perdido a un familiar como consecuencia del SIDA o viven con un familiar seropositivo.

10C. Datos sobre el número de niños que son cabeza de familia debido al VIH/SIDA

No se dispone de datos sobre los niños que son cabeza de familia debido al VIH/SIDA, pero se calcula que no es una situación frecuente, ya que en Suriname las familias extensas siguen tendiendo a cuidar de los niños que han perdido a sus padres, y las autoridades adoptarían medidas correctivas si se supiera que un niño es cabeza de familia.

10D. Datos sobre el número de huérfanos a causa del VIH/SIDA que viven con familias extensas o en instituciones

No se dispone de datos sobre el número de huérfanos a causa del VIH/SIDA que viven con familias extensas. Existen dos instituciones que se ocupan principalmente de los niños infectados o afectados por el VIH/SIDA. En noviembre de 2006, el número de niños internados en esas instituciones era de 36 (22 niñas y 14 niños). Sus edades oscilaban entre 1 y 17 años.

11A. Número de menores de 18 años presuntos autores de un delito

Menores de 18 años denunciados a la policía como presuntos autores de un delito

Año

Niñas

Niños

2003

72

254

2004

60

244

2005

55

256

11B. Número de menores de 18 años inculpados por haber cometido un delito

Menores de 18 años inculpados por haber cometido un delito, número de ellos que han sido condenados y tipo de penas o sanciones impuestas por la comisión de los delitos, incluida la duración de la pena de privación de libertad

Aún no se dispone de datos.

11C. Número de centros de detención para los delincuentes menores de 18 años

Los centros de detención preventiva para menores varones tienen 16 celdas con capacidad para 64 reclusos. En cada celda hay cuatro o seis camas superpuestas y un orinal donde los menores pueden orinar por la noche. Los centros disponen de cuatro retretes y un gran cuarto de baño con tres o cuatro grifos. Las menores que se encuentran en régimen de detención provisional son recluidas con mujeres adultas, ya que no existe ningún centro de detención preventiva para niñas.

Los menores varones que son condenados son recluidos en el Reformatorio de Menores (Jeugd Opvoedings Gesticht), mientras que las menores que reciben una condena son internadas junto con mujeres adultas en la prisión de mujeres de Santo Boma. El Reformatorio de Menores tiene capacidad para 48 niños.

11E. Datos sobre el número de menores de 18 años recluidos en centros de detención preventiva y duración media de la detención

Tipos de delitos

2003

2004

2005

Niñas

Niños

Niñas

Niños

Niñas

Niños

Delito contra el orden público

5

34

4

46

1

24

Delitos de carácter sexual

-

27

2

44

-

27

Delitos de carácter económico

5

96

2

84

5

95

Delitos relacionados con la circulación

-

-

-

-

-

-

Delitos relacionados con estupefacientes

-

2

-

5

-

-

Otros

-

1

-

-

-

-

Total

10

160

8

179

6

146

Nota: La duración media de la detención preventiva es de cuatro meses.

11F. Casos denunciados de abusos y malos tratos a menores de 18 años durante su detención y encarcelamiento

No se dispone de datos.

11G.Menores de 18 años juzgados y condenados como adultos

Tipos de delitos cometidos por personas de 17 y 18 añosque son juzgadas y condenadas como adultas

Tipos de delitos

2003

2004

2005

Niñas

Niños

Niñas

Niños

Niñas

Niños

Delito contra el orden público

5

45

7

48

-

25

Delitos de carácter sexual

-

9

4

11

-

12

Delitos de carácter económico

4

127

5

93

3

97

Delitos relacionados con la circulación

-

-

-

-

-

-

Delitos relacionados con estupefacientes

-

5

1

2

-

-

Otros

-

1

-

2

-

-

Total

9

187

17

158

3

134

12A. Datos sobre el número de menores que son objeto de explotación sexual, en particular la prostitución, la pornografía y la trata, así como el número de esos menores a los que se prestan servicios de recuperación y asistencia de otra índole

Datos de la Fundación Maxi Linder (2004-2005)

Número de menores que son objeto de explotación sexual

Edad

Niños

Niñas

12-16 años

4

7-16 años

6

12B. Datos sobre el número de menores que consumen drogas, así como el número de esos menores que han recibido tratamiento y a los que se han prestado servicios de recuperación y reinserción

Programa general de los casos denunciados a la Oficina contra el Alcohol y las Drogas en 2003

Edad

Alcohol

Tabaco

Alcohol combinado con drogas

Marihuana

Cocaína

Combinación de drogas

Otros

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

10 a 12 años

13 a 15 años

16 a 20 años

20

2

Programa general de los casos denunciados a la Oficina contra el Alcohol y las Drogas en 2004

Edad

Alcohol

Tabaco

Alcohol combinado con drogas

Marihuana

Cocaína

Combinación de drogas

Otros

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

10 a 12 años

1

13 a 15 años

16 a 20 años

8

Programa general de los casos denunciados a la Oficina contra el Alcohol y las Drogas en 2005

Edad

Alcohol

Tabaco

Alcohol combinado con drogas

Marihuana

Cocaína

Combinación de drogas

Otros

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

13 a 16 años

2

5

1

17 a 20 años

4

3

3

12C.Datos sobre el número de menores que trabajan (en los sectores estructurado y no estructurado)

12D. Datos sobre el número de menores que viven y/o trabajan en la calle

El Ministerio de Trabajo, Desarrollo Tecnológico y Medio Ambiente no dispone de datos estadísticos actualizados de los años 2004 y 2005 sobre los niños que trabajan (en los sectores estructurado y no estructurado). Con respecto a ese período, puede decirse que no se han detectado casos de niños que trabajen en empresas o fábricas dentro de la jurisdicción de la Inspección de Trabajo (sector estructurado). En Suriname la edad legal para que los niños empiecen a trabajar es de 14 años (15 años para trabajar en barcos pesqueros). La Inspección de Trabajo es la autoridad competente para determinar si las empresas y fábricas emplean a niños y si los empleadores aplican la norma de la edad mínima para trabajar que se estipula en la Ley del trabajo. No hay datos actualizados de los años 2004 y 2005 sobre los niños que trabajan en el sector no estructurado. A este respecto, los datos más recientes pueden obtenerse de una investigación de evaluación rápida que realizó un consultor en 2002 en colaboración con la Oficina de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para el Caribe, en la que se llegó a las siguientes conclusiones:

1.En el interior del país se encuentran en particular niños cimarrones que desempeñan actividades que pueden catalogarse entre las peores formas de trabajo infantil.

2.Si bien hay informes sobre la explotación sexual de menores con fines comerciales, en esta investigación no se detectó un número elevado de niños que practicaran la prostitución o que fueran víctimas de la explotación sexual en el interior.

3.En el trabajo infantil y en las formas graves de éste hay una clara distinción según los sexos. En el estudio, el 72% de los encuestados fueron varones y el 28% niñas, y quedó patente que el 94% de los varones eran víctimas de las formas más duras de trabajo infantil.

4.En el trabajo infantil también hay en sesgo étnico, ya que quedó claro que es más probable que sean cimarrones jóvenes los que realicen las actividades que se consideran las peores formas de trabajo infantil.

5.La falta de oportunidades educativas en el interior también promueve la existencia del trabajo infantil.

No existen datos nacionales en apoyo de la afirmación de que el número de niños que viven o trabajan en la calle va en aumento. En 2004 el Ministerio de Justicia y Policía coordinó un proyecto en colaboración con otros ministerios e instituciones que se relacionan directamente con la cuestión del trabajo infantil. El principal objetivo de tal proyecto era alejar a los niños de la calle y colocarlos en instituciones y hogares para que pudieran recibir un asesoramiento adecuado. Durante el período en que se ejecutó el proyecto del Ministerio (septiembre de 2004), se encontró a 53 niños en la calle, la mayoría de los cuales trabajaban, principalmente vendiendo frutas o bolsas de plástico. Cabe señalar que el proyecto se llevó a cabo durante el período de vacaciones escolares. Los resultados indicaron claramente que no sólo deberían tomarse medidas para combatir este problema sino que también debería haber leyes adecuadas y centros e instituciones de ayuda apropiados.

En abril de 2006, Suriname ratificó el Convenio Nº 182 de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil. Con el fin de hacer efectivas las disposiciones que figuran en dicho instrumento, se creará un comité multidisciplinar que elaborará un plan de política para erradicar las peores formas de trabajo infantil. Este comité también deberá desarrollar un proyecto de plan de acción para prevenir y combatir el trabajo infantil, y debería poder prestar apoyo a las organizaciones no gubernamentales (ONG) y a otros grupos de la sociedad que están aplicando programas centrados en grupos vulnerables, como las mujeres y los niños. En cambio, la ratificación del Convenio Nº 138 sobre la edad mínima depende de los cambios que se introduzcan en la Ley de enseñanza obligatoria, así como en la Ley del trabajo, ambas relativas a la edad adecuada que debería fijarse para prohibir a los niños la realización de actividades perjudiciales para su salud y bienestar.

12D. Datos sobre el número de niños que pertenecen a grupos indígenas o minoritarios

Número de niños que viven en el Estado Parte, por etnias (censo de 2004)

Etnia

0 a 4 años

5 a 6 años

10 a 14 años

15 a 19 años

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Amerindios

960

967

999

998

789

860

762

783

Cimarrones

6.492

6.315

5.321

5.171

4.445

4.436

3.742

4.167

Parte 1

B. Medidas generales de aplicación

1. Actualización del anexo 1

Sírvanse consultar el archivo correspondiente en el anexo 1.

2. Armonización de la legislación nacional con la Convención

Se han realizado los siguientes cambios en el ordenamiento jurídico interno:

-Aprobación en junio de 2003 del proyecto de revisión de la Ley del matrimonio (de 1973) lo que significa que ya no rige la Ley sobre el matrimonio de asiáticos y los matrimonios se contraen únicamente con arreglo al Código Civil de Suriname en el que se establece que la edad mínima legal para casarse es de 17 años para los varones y de 15 años para las mujeres. En junio de 2003 entró en vigor la actual Ley del matrimonio. La "revisión de la Ley del matrimonio de 1973" ya había sido aprobada por el Parlamento en esa época, pero no entró en vigor hasta junio de 2003, momento a partir del cual quedó derogada la Ley sobre el matrimonio de asiáticos. Ahora el Código Civil de Suriname es el único instrumento que establece la edad mínima legal para contraer matrimonio, que es de 17 años para los varones y de 15 para las mujeres. Dado que esta ley está obsoleta, el Gobierno creó una comisión para evaluarla. En agosto de 2005 la comisión presentó su informe definitivo al Ministro de Justicia y Policía. Una de las recomendaciones que figuran en dicho informe es que se aumente la edad mínima para contraer matrimonio a 18 años tanto para los varones como para las mujeres. Estas recomendaciones se tendrán en cuenta cuando se revise el Código Civil de Suriname en el que se recoge la Ley del matrimonio. El Instituto de Ciencias Sociales de la Universidad de Suriname realizó un estudio sociológico y jurídico sobre la Ley del matrimonio por encargo de la Oficina de los Derechos de la Mujer Ilse Henar Hewitt. Los resultados de este estudio se presentaron en julio de 2006; entre ellos, cabe citar la conclusión de que la edad mínima legal para contraer matrimonio debería aumentarse a 18 años tanto para los chicos como para las chicas. Estas conclusiones se tomarán también en consideración en la revisión del Código Civil de Suriname.

-Enmienda del Código Civil de Suriname de 7 de diciembre de 2002 relativa al derecho de los niños a mantenerse en contacto con sus padres (Convención sobre los Derechos del Niño, art. 9). Gracias a tal enmienda, los niños tienen derecho a mantener el contacto con ambos progenitores, especialmente en caso de divorcio.

-Leyes relativas a la trata de personas. Se han introducido algunos cambios en el Código Penal en relación con la trata de personas. Esta ley entró en vigor en abril de 2006 y contiene un nuevo artículo, que sustituye al artículo 307 del Código Penal, en el que se penaliza la trata de personas. Se ha endurecido la sanción impuesta por practicar la trata de menores de 16 años. La pena de prisión por la trata de personas es ahora de al menos ocho años y si las víctimas son menores de 16 años, de al menos diez años.

En 2005 se elaboraron los siguientes proyectos de ley que están pendientes de aprobación:

-El proyecto de ley para que los niños puedan expresar su opinión: según el proyecto de ley elaborado anteriormente a ese respecto, únicamente se escucharía la opinión de los niños mayores de 12 años. Por iniciativa de la Oficina de los Derechos de la Mujer Ilse Henar Hewitt, un grupo de trabajo revisó este proyecto de ley en 2005/2006 y se han hecho algunas enmiendas. En el nuevo proyecto de ley se establece que en todas las cuestiones que afecten a los niños, en particular la custodia, las disposiciones legales del Estado para proteger al niño, el régimen de visitas después del divorcio y las decisiones sobre la educación, el juez sólo toma una decisión después de haber dado al menor que es capaz de formarse su propia opinión la oportunidad de expresar libremente esa opinión. En todo caso, debe escucharse a los niños de 12 años o más. El juez está obligado a tener en cuenta la opinión de los menores que tienen 12 años o más, pero esto es opcional en el caso de niños menores de esa edad.

-El decreto estatal relativo al establecimiento de la junta consultiva para la protección de los niños.

-La Ley de cuidado de menores, específicamente para los niños de hasta 8 años (ley basada en el proyecto de ley de 1996 que tiene por objeto regular el funcionamiento de todas las instalaciones de atención a la infancia, en particular guarderías, hogares infantiles e instituciones de cuidados alternativos).

-Enmienda de la Ley de enseñanza primaria de 1960.

-Ley de registro de los niños en hogares de guarda.

-Ley de regulación de los jardines de infancia.

-Leyes y normas que regulan el cuidado de los niños de hasta 8 años de edad.

Entre otras iniciativas de reforma legislativa en curso cabe citar:

-Código Penal: en 2005 un consultor revisó el Código Penal, en particular las normas sobre justicia de menores. Entre otras cuestiones, la edad legal de responsabilidad penal pasó de 10 a 12 años, se introdujeron sanciones y penas alternativas y se elevó la edad para consentir en mantener relaciones sexuales. En el artículo 297 del Código Penal se establece que una persona que mantenga relaciones sexuales con un menor de 14 años será castigada con una pena de 12 años. Además, en el artículo 298 del Código Penal se prevé que la persona que mantenga relaciones sexuales con una persona mayor de 14 años, pero menor de 16, será castigada con una pena de 8 años de prisión; sin embargo, sólo se podrá enjuiciar a alguien por tal delito (incluidos los casos relativos a los artículos 301 y 304) si se presenta una denuncia. En 2006 se constituyó una comisión compuesta por abogados, la Universidad de Suriname, el ministerio público, el Tribunal Superior y el Departamento Legislativo del Ministerio de Justicia y Policía con el fin de examinar por segunda vez la versión revisada del Código Penal.

-Código Civil de Suriname: en octubre de 2005 se creó una comisión compuesta por abogados, la Universidad de Suriname, un notario público, y el Departamento Legislativo del Ministerio de Justicia y Policía con el fin de revisar dicho Código; se trata de un proyecto de tres años y la comisión está cumpliendo su misión con arreglo al calendario previsto.

-Proyectos de ley relativos a la violencia doméstica: se ha elaborado un proyecto de ley para eliminar la violencia doméstica por iniciativa de la ONG Centro de Derechos de la Mujer. El proyecto también tiene por objeto proteger a los niños de dicha violencia. Según su artículo 2, un niño tiene derecho y está capacitado para pedir que un juez dicte una orden de protección basándose en que el menor es víctima de violencia doméstica o en que hay motivos para suponer que corre peligro de ser víctima de violencia doméstica. Las órdenes de protección se sustentan en el derecho civil. Además de estas órdenes, una víctima también puede solicitar que se incoe un proceso penal amparándose en el Código Penal.

Además, el Convenio Nº 182 de la OIT se publicó en el Boletín Oficial Nº 24 de Suriname en 2004 y se ratificó el 12 de abril de 2006 en la sede de la OIT en Ginebra. Actualmente Suriname está haciendo los preparativos necesarios para armonizar las normas de derecho laboral del país con este Convenio.

Con respecto a los proyectos de ley mencionados en las páginas 21 y 22 del informe periódico inicial de la República de Suriname, cabe señalar que:

-Aún no se ha aprobado el proyecto de ley relativo a la implantación de un sistema de permisos para crear una institución de atención a la infancia. El Consejo de Ministros aprobó este proyecto de ley en 1999 y lo remitió a la Junta Consultiva Estatal, que celebró consultas con el Ministerio al respecto, pero no dio un dictamen definitivo. Además, un segundo examen de este proyecto realizado en el Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda reveló que aún era necesario refinar ciertos aspectos; por ejemplo, no se habían incluido todas las formas de atención a la infancia ni las soluciones de transición. A este respecto, el Ministerio ha vuelto a emprender una evaluación de este proyecto de ley en 2006. La evaluación consiste en una consulta detallada con las instituciones de atención a la infancia, la Federación de Instituciones Sociales Privadas, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Justicia y Policía y otros interesados. Además de leyes, también es importante fijar otras normas y reglas para las instituciones que se ocupan del cuidado de menores de entre 9 y 18 años de edad. La finalización del proyecto de ley está previsto para antes del final de julio de 2007.

Hay que señalar que la elaboración de leyes es un proceso que lleva tiempo y requiere muchas consultas. Los interesados tienen opiniones divergentes y, a fin de cuentas, el ministerio correspondiente desea una ley que goce del respaldo de todos los que la aplican en la práctica, ya que afecta a su trabajo. No obstante, el Gobierno ha renovado su compromiso a este respecto y hará todo lo posible para completar esta tarea.

Todavía no se ha aprobado el proyecto de ley que regula la asistencia social para los jóvenes. En este terreno, los cambios ocurridos con el tiempo en la sociedad hacen necesario que, en la medida de lo posible, se tengan en cuenta todos los aspectos. Se prevé que este proyecto de ley estará terminado para el primer trimestre de 2008.

3. Situación de las instituciones de coordinación

Oficina de Derechos del Niño

La Oficina de Derechos del Niño volvió a funcionar el 25 de junio de 2001 como departamento del Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda. Esta Oficina había sido creada en 1995 como órgano ejecutivo de la Comisión Nacional de Derechos del Niño. Al vencer el mandato de la Comisión en 1998 y no ser renovado, la Oficina dejó de operar. No obstante, dado que era necesaria una institución que coordinara la aplicación de la Convención, la Oficina fue reactivada con los siguientes mandatos:

-Fomentar la Convención en toda la comunidad;

-Coordinar y supervisar la aplicación de la Convención;

-Asesorar sobre todas las cuestiones relativas a los niños.

Recursos humanos: actualmente hay cuatro personas trabajando en la Oficina y se espera que en breve se contrate a otras dos (está pendiente la autorización del Consejo de Ministros). Antes, la Oficina de Derechos del Niño tenía una plantilla más amplia, pero muchos de sus empleados se fueron al aceptar otros trabajos.

Recursos financieros: como se señaló anteriormente, la Oficina Nacional de Derechos del Niño es un departamento del Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda, lo que significa que el Gobierno sufraga los gastos de personal y administrativos. Además, la Oficina ejecuta proyectos financiados por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) basados en los programas de cooperación entre el Gobierno de Suriname y el UNICEF de 1998-2002 y 2003-2007.

Puntos fuertes de la Oficina: en lo que respecta a la repercusión de su trabajo, se aprecia que ha aumentado la sensibilización sobre los derechos del niño en el país. Esta observación se fundamenta en que hay muchas personas u organizaciones que piden información sobre la Convención y en que se presentan denuncias de violaciones de los derechos del niño ante la Oficina.

Puntos débiles de la Oficina: el principal es que no está dotada de suficiente personal.

Comisión Nacional de los Derechos del Niño

Tras la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño en 1993, se creó una Comisión Nacional de los Derechos del Niño en 1995. Su primer mandato fue de tres años (1995‑1997) y estuvo integrada por funcionarios del Gobierno y representantes de las ONG. Cuando expiró dicho período, el mandato no se prorrogó.

En 1997 asumió el poder una nueva coalición gubernamental que decidió crear un Comité Directivo de la Juventud ("stuurgroep jeugdbeleid"), bajo la autoridad directa del Presidente y presidido por el Viceministro de Asuntos Sociales y Vivienda (del ministerio que se ocupa de la política social y de protección de la juventud). Los recursos humanos y financieros del Comité procedían del presupuesto del Gobierno.

En 2000 se celebraron elecciones y el Comité dejó de funcionar. En 2003, a instancia del Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda, volvió a examinarse la designación de nuevos miembros para la Comisión Nacional de los Derechos del Niño. Ello dio lugar a amplios debates sobre quiénes debían ser los elegidos, si debían ser funcionarios del Gobierno, qué tipo de formación debían tener y cuál debía ser su grado de independencia. Todos estos debates no condujeron a ningún nombramiento. El Gobierno desea contar con criterios claros sobre los posibles miembros de esta comisión y las cualificaciones que deberían tener. Para 2007 se ha fijado como prioridad reactivar la Comisión Nacional de los Derechos del Niño. También se ha planificado crear la figura del defensor del pueblo, un órgano independiente encargado de supervisar la realización efectiva de los derechos del niño. Tal entidad independiente tendrá asimismo el mandato de recibir y tramitar denuncias de violaciones de los derechos de los niños.

En cuanto a las demás estructuras existentes para coordinar la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño, hay otras dos comisiones gubernamentales, a saber:

-El Comité Directivo Nacional, en el que están representados siete ministerios (Asuntos Sociales y Vivienda, Justicia y Policía, Trabajo, Desarrollo Regional, Planificación y Cooperación para el Desarrollo, Salud y Educación) y el UNICEF, y que se encarga de coordinar la ejecución de proyectos financiados por el UNICEF para mejorar el bienestar de los niños, todos ellos relacionados con la aplicación de la Convención. La mayoría de los proyectos se realizan en colaboración con organizaciones de la sociedad civil, comunitarias y de jóvenes. En algunos casos, son incluso las propias organizaciones de la sociedad civil las que llevan la iniciativa en el proceso de aplicación.

-La Comisión encargada de "la coordinación de la aplicación del Plan de Política Nacional para la Infancia 2002-2006" cuya tarea fundamental es coordinar la aplicación de dicho plan. Este órgano cuenta también con representantes de los siete ministerios mencionados anteriormente.

4. Existencia y mandato de un mecanismo de supervisión independiente

Actualmente no hay ningún mecanismo de supervisión independiente que se encargue de vigilar la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño o que pueda recibir denuncias de violaciones de los derechos de los niños.

5. Existencia y contenido de la Política Nacional sobre la Juventud y el Plan de Política Nacional para la Infancia

Política Nacional sobre la Juventud

La Política Nacional sobre la Juventud formulada por el Comité Directivo para la Juventud se puso en práctica mientras este comité estuvo en activo. Uno de los aspectos más importantes fue la creación de un Consejo Nacional de la Juventud y del Instituto Nacional de la Juventud.

Plan de Política Nacional para la Infancia 2002-2006

En 2001 se elaboró un análisis sobre la situación de los niños que se centró en aspectos como la legislación, el derecho a la supervivencia, la salud y la nutrición, el desarrollo en la primera infancia, la educación, la protección de los niños y la participación. Mediante este análisis de la situación se identificaron los problemas más acuciantes y se elaboró un plan de política para la infancia que consta de ocho esferas prioritarias:

-Hacer de los niños una prioridad;

-La legislación;

-La salud;

-La educación;

-El desarrollo en la primera infancia;

-La protección de los niños contra toda forma de violencia, abuso y explotación;

-El VIH/SIDA;

-La participación de los niños.

Se han programado actividades para cada una de estas esferas prioritarias. El Gobierno aprobó el plan de política en abril de 2002 y posteriormente se creó un comité interministerial con el fin de coordinar la aplicación de dicho plan. Este órgano cuenta con representantes de los ministerios más directamente interesados como el de Asuntos Sociales y Vivienda, Justicia y Policía, Trabajo, Desarrollo Regional, Planificación y Cooperación para el Desarrollo, Salud y Educación. Se ha pedido a cada ministerio que asuma el liderazgo en la aplicación del plan en su ámbito de competencia. El comité elabora informes anuales en los que se indican las actividades que se han puesto en marcha. En lo que respecta a la participación de la sociedad civil y otras organizaciones privadas, al llevar a cabo las actividades mencionadas se hace especial hincapié en la colaboración con dichas entidades con el fin de que la aplicación sea un éxito.

Otro de los aspectos que se han destacado es que, en todas las posibles actividades de colaboración con las organizaciones de donantes, ha de tomarse como marco la aplicación del plan de política. Cuando el plan de política deje de estar en vigor, el Gobierno evaluará los resultados logrados y las experiencias extraídas de la aplicación del Plan de Política para la Infancia 2002-2006. Será importante ver qué se ha logrado y cuáles son las áreas que necesitan una mayor intervención, o cuáles son los nuevos problemas planteados en la sociedad que requieren una actuación.

6. Información sobre las medidas tomadas para ejecutar programas de capacitación y campañas de sensibilización sobre la Convención y otras cuestiones conexas dirigidos a los niños, los padres, los docentes, los trabajadores sociales y otros profesionales que trabajan con los niños y para los niños

Se han organizado varias sesiones de capacitación para los grupos mencionados, dedicadas a aspectos como los principios de la Convención en general, la atención de la salud, el desarrollo en la primera infancia, las aptitudes básicas para la vida y la educación. A este respecto, cabe señalar:

-Las sesiones de capacitación organizadas por la Oficina de Derechos del Niño sobre los principios de la Convención destinadas a docentes, jóvenes y personal de los reformatorios.

-Las campañas de sensibilización de la Oficina de Derechos del Niño a través de anuncios publicitarios de radio y televisión y también mediante folletos y carteles que se distribuyen en colegios y otros lugares públicos, así como mediante la celebración del 20 de noviembre todos los años.

-Varias sesiones de capacitación sobre los principios básicos de la vida organizadas por el comité de aptitudes básicas para la vida, destinadas a padres, docentes, trabajadores sociales, organizaciones comunitarias y profesionales de la salud. El programa de aptitudes básicas para la vida se está difundiendo por los Estados miembros de la Comunidad del Caribe (CARICOM) como iniciativa de esta organización y tiene por objeto desarrollar capacidades, como la de controlar los propios sentimientos, aprender a decir no al alcohol y las drogas, etc. El principal objetivo del programa es lograr que los jóvenes sean más capaces de elegir un modo de vida saludable. El programa se introducirá paulatinamente en las escuelas mediante el plan de estudios que se está elaborando para los niños de entre 9 y 14 años.

-El mes de sensibilización sobre el desarrollo en la primera infancia, celebrado en julio de 2006, durante el cual los interesados en este programa realizaron sesiones de concienciación para los padres, docentes, cuidadores, trabajadores sociales y otros interesados.

-KALBOBIS, un proyecto de formación en el servicio de tres años de duración para docentes y directores de escuela. Su objetivo es aumentar las posibilidades de los niños en el interior de Suriname. Consiste en actividades de capacitación "en el trabajo" en tres escuelas piloto (Goejaba, Pikin Slee y Dan) y se centra en: a) el contexto local; b) la participación de los padres; y c) la revisión del material y los métodos didácticos y su adaptación al área local.

-La mejora de la formación de los docentes del interior, mediante la capacitación de 177 profesores de Wayambo/Coppename, Boven-Saramacca, Brokopondo, Para Oriental y Occidental, Washabo/Apura y Santigron para que adquieran competencias que mejoren su capacidad pedagógica.

-Programas de enseñanza por radio para los distintos grupos culturales del interior con el fin de fomentar la educación en esa zona y obtener mejores resultados escolares.

-La participación de los padres, a fin de que estén motivados para contribuir a que se obtengan mejores resultados en la enseñanza. Esto se logra integrando a los padres en distintas actividades escolares. Sin embargo, esta participación puede tener también una motivación pedagógica, en cuyo caso el fin es lograr que los niños se desarrollen mejor, armonizando las iniciativas educativas de los docentes y de los padres. La intervención de los padres también puede tener una motivación social y, en ese caso, el objetivo es contribuir a la democratización interna y externa de la educación y la sociedad permitiendo a los padres expresar su opinión cuando se fijan los objetivos y se determinan los contenidos, y permitiéndoles también participar en la organización. En las sesiones de participación de los padres puede examinarse la relación entre los factores familiares y el éxito académico ya que muchos elementos y variables, como las características de los padres, influyen en la trayectoria académica de los niños. Distintos estudios realizados en este ámbito han revelado que las técnicas de crianza de los hijos, la medida en que los padres valoran la educación, las expectativas y aspiraciones de los padres, el uso del idioma, los patrones de interacción verbal en la familia, el nivel cultural y pedagógico de ésta, la posición socioeconómica y la vivienda son factores que influyen en los resultados escolares. Según estos estudios, el hecho de que los padres participen más en la escuela y se interesen por ella ejerce una influencia positiva en el rendimiento académico de los alumnos. A la vista de todo ello, el Ministerio de Educación trata de fomentar la participación de los padres en el sector de la educación.

-Esfuerzos para asegurar la aplicación de leyes, políticas y programas que garanticen el principio de la no discriminación y el pleno cumplimiento del artículo 2 de la Convención, en particular en lo que se refiere a los grupos vulnerables. En los últimos años el Programa Nacional de Lucha contra el SIDA y las ONG han llevado a cabo varias actividades para eliminar la estigmatización y la discriminación y fomentar la sensibilización en relación con el VIH/SIDA. Entre ellos cabe mencionar:

-Una campaña nacional de sensibilización con materiales y mensajes dirigidos a los profesionales de la salud, los docentes, los jóvenes, los niños y el público en general, con el lema "con o sin el VIH". Algunos de los mensajes clave fueron: "con o sin el VIH, mis alumnos pueden contar conmigo"; "con o sin el VIH, mis pacientes serán tratados con respeto"; "con o sin el VIH, seguiremos siendo amigos".

-Capacitación impartida a más de 1.000 profesionales de la salud para reducir la estigmatización y la discriminación.

-El desarrollo y aplicación de un paquete didáctico para los cuidadores de niños con el VIH.

-Formación sobre derechos humanos impartida a los principales agentes de salud, de los servicios sociales, y de las fuerzas armadas.

-La organización por el Departamento de Asuntos de la Juventud de la Policía, de varios programas de capacitación y campañas de sensibilización, así como de charlas para jóvenes de determinados barrios y organizaciones religiosas. Las campañas de sensibilización se han realizado en varias escuelas y su contenido se ha relacionado con la delincuencia, especialmente la juvenil, así como con los derechos de los niños. A través de una cadena de televisión nacional (STVS), el Departamento ha presentado programas educativos sobre la delincuencia; por ejemplo, en la emisión titulada "Información para los jóvenes", se habla de la delincuencia juvenil y los derechos de los niños, y se tratan temas como la violencia contra los menores, el trabajo infantil y la explotación económica de los niños.

Distritos/Centro turístico

Grupo destinatario

2003

2004

2005

Albina

248 alumnos (3 escuelas) y padres

-

-

Para

4 escuelas

-

1 escuela (fin de semana educativo)

Paramaribo Noord

6 escuelas

-

-

Nickerie

5 escuelas

3 escuelas (200 alumnos) y 69 padres

-

Saramacca

5 escuelas

-

-

Commewijne

4 escuelas

-

-

Paramaribo

10 escuelas

2 escuelas (175 alumnos) y otras 36 escuelas

-

Otros

-

7 conferencias para los medios de comunicación/ la Oficina contra el Alcohol y las Drogas y escuelas

2 hogares infantiles

(120 niños), 17 escuelas (campañas de sensibilización) y 3 conferencias

-La organización por la policía, en 2005, de un curso de capacitación básica sobre la juventud y la moral, destinado a sus agentes, en particular los que se ocupan de los jóvenes, en varios distritos y regiones. En octubre de 2006, profesores de la Academia de Policía Neerlandesa y de la Academia de Policía de Suriname impartieron un curso sobre juventud y moral a los detectives y, en particular, a los especializados en delincuencia juvenil, con el fin de promover el profesionalismo de los agentes a ese respecto. La policía militar también participó en ese curso. Se examinaron adecuadamente el apartado a) del artículo 37 y los párrafos 1 y 2 del artículo 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño. También se habló de la cuestión del trato dispensado al menor y de la celebración de juicios adaptados a los niños.

-La incorporación de los derechos del niño en el programa de estudios de la Academia de Policía de Suriname.

-El fomento de la Convención sobre los Derechos del Niño mediante la educación entre pares en las escuelas del distrito de Marowijne (interior).

-Reuniones de sensibilización sobre la Convención con miembros de los equipos de distrito en todos los centros turísticos de Brokopondo (interior).

-Reuniones de sensibilización sobre la Convención con miembros de la comunidad en los siguientes centros turísticos del distrito de Sipaliwini: Tapanahony, Alto Suriname y Alto Saramacca (interior).

7. Cuestiones que afectan a los niños que, a juicio del Estado Parte, son cuestiones prioritarias que requieren más urgentemente atención en relación con la aplicación de la Convención

-Continua aplicación de las actividades de enseñanza de aptitudes básicas para la vida.

-Aplicación de la política de desarrollo en la primera infancia y de la estrategia de comunicación.

-Concepción y aplicación de una política para reforzar la capacidad de las familias para asumir sus responsabilidades y evitar, por ejemplo, que los niños sufran malos tratos o sean abandonados.

-Prestación de atención sanitaria a los niños.

-Educación para los niños, especialmente en el interior.

-Aplicación de una política para los niños con discapacidades.

-Establecimiento de una comisión nacional para los derechos del niño.

-Creación de una línea telefónica de ayuda a los niños con un sistema bien organizado de remisión a especialistas.

-Reforma legislativa en relación con la Convención.

Parte III

1. Nuevos proyectos de ley o leyes promulgadas

Sírvanse consultar la sección 2 de la parte II.

2. Nuevas instituciones

Sírvanse consultar la sección 3 de la parte II.

En junio de 2005 se creó el departamento encargado de la política de la mujer y el niño en el seno del Ministerio de Justicia y Policía. Empezará a funcionar en diciembre de 2006 y se ocupará de las siguientes tareas:

-Elaborar una política con respecto a las mujeres y los niños;

-Concebir un plan de acción para la política de la mujer y el niño;

-Coordinar la aplicación de la política de la mujer y el niño en todos los departamentos pertinentes del Ministerio de Justicia y Policía;

-Cooperar de manera intensiva con los otros ministerios y ONG que se ocupan de las cuestiones relacionadas con las mujeres y los niños;

-Desarrollar y ampliar las iniciativas de colaboración internacionales;

-Coordinar, dentro del Ministerio de Justicia y Policía, las cuestiones relacionadas con las mujeres y los niños;

-Coordinar el cumplimiento de las obligaciones del Ministerio de Justicia y Policía derivadas de las convenciones;

-Lograr la intervención con respecto a puntos específicos del análisis sectorial sobre "Protección jurídica y seguridad", como la violencia doméstica;

-Organizar cursos de capacitación para los grupos afectados;

-Organizar programas de sensibilización.

Creación del Parlamento Nacional de la Juventud. Uno de los objetivos más importantes de la Convención es aumentar la participación de los jóvenes en la formulación de políticas y la toma de decisiones relacionadas con sus problemas. Años después de que Suriname hubiera aprobado la Convención, el país tomó mayor conciencia de las necesidades apremiantes de los jóvenes y en 1999 fundó dos Consejos Nacionales de la Juventud, para jóvenes de edades comprendidas entre 12 y 17 años, y 18 y 30 años, respectivamente, cada uno de los cuales consta de 21 miembros. Después de 2002 el Gobierno mejoró el entorno de trabajo, las condiciones y las leyes para que los jóvenes pudieran celebrar elecciones en todos los distritos en 2004. Tras varias sesiones con la Dirección de Asuntos de la Juventud del Ministerio de Educación, el Presidente de la República de Suriname dictó las Resoluciones del Estado Nos. 39 y 40, por las que se preveía la creación del Instituto Nacional de la Juventud y se publicaba el decreto relativo a la "Elección de los miembros del Parlamento Nacional de la Juventud". En el plano nacional, se celebraron elecciones para elegir a 29 miembros por un período de tres años. Todo joven de entre 12 y 25 años tiene derecho a escoger a sus propios representantes. La elección de estos 29 jóvenes parlamentarios condujo a la creación del primer Parlamento Nacional de la Juventud de Suriname. El 3 de noviembre de ese año, el Presidente de la República de Suriname nombró oficialmente a los 29 representantes del Parlamento Nacional de la Juventud, cuyas edades oscilan entre 15 y 25 años. Este Parlamento consta de un presidente, un vicepresidente y un presidente en funciones. También hay una Junta Consultiva Nacional en la que participan los dos embajadores de la juventud de Suriname ante la CARICOM (los representantes de los jóvenes de Suriname en el plano regional). Además de los 29 miembros del Parlamento, hay 63 miembros de los consejos de distrito de la juventud que se ocupan de debatir problemas que afectan a los jóvenes con otras personas de su edad en su propio distrito.

La labor más importante de este Parlamento es representar a los jóvenes de Suriname en el plano nacional, regional e internacional con el fin de solucionar sus problemas. Otra tarea importante es informar y asesorar al Gobierno de Suriname con respecto a las medidas que es necesario adoptar para los jóvenes. Por tanto, el Parlamento Nacional de la Juventud sostuvo varios debates a pequeña escala en los últimos meses de 2004 y celebró congresos de mayor alcance en enero de 2005 y abril de 2006 con el objetivo de presentar propuestas al Gobierno.

El resultado de esas sesiones fue que los jóvenes decidieron proseguir los debates sobre cuatro temas o prioridades fundamentales para el Parlamento Nacional de la Juventud, a saber: educación y desarrollo; deportes y ocio; información; y bienestar y asuntos sociales.

El objetivo general del congreso nacional de la juventud era dialogar sobre todas las cuestiones tratadas en los minicongresos celebrados el año anterior y recoger sus conclusiones en un documento de política. Este documento, en el que la Junta del congreso nacional de la juventud formuló distintas propuestas al Gobierno, se envió al Ministro de Educación, responsable político de los asuntos de la juventud, así como al Presidente de la República de Suriname. Además de las propuestas surgidas de estos congresos, el Parlamento Nacional de la Juventud remitió otras propuestas a los encargados de formular las políticas, en particular en relación con: el problema de los suicidios juveniles; el aumento del monto de las becas mensuales de estudios; las viviendas para jóvenes; las medidas contra el consumo de tabaco entre los jóvenes; y, más recientemente, las propuestas para instar al Gobierno a que formule sus políticas de conformidad con la Convención.

En colaboración con otras organizaciones estratégicas dentro y fuera de Suriname, el Parlamento también creó, ejecutó, supervisó y evaluó distintos programas para y con los jóvenes. Cabe señalar la representación, por 7.200 jóvenes, de la bandera de Suriname en la conmemoración del 30º aniversario de la independencia de Suriname; la campaña de promoción de los objetivos de desarrollo del Milenio junto con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD); los programas de lucha contra el VIH/SIDA con los embajadores de la juventud de la CARICOM y otros interesados; y el reciente proyecto denominado "refuerzo de las organizaciones juveniles" con la Organización de los Estados Americanos.

Uno de los principales desafíos para esta nueva entidad es lograr que el Gobierno invierta más fondos y conocimientos especializados y aporte todo el apoyo necesario para seguir avanzando en el desarrollo y el crecimiento del Instituto Nacional de la Juventud. Otro gran reto es facilitar más información sobre el Instituto y fomentar la educación al respecto, así como preparar adecuadamente las elecciones de 2007.

-El Programa de Jóvenes Embajadores de la CARICOM empezó a funcionar en 1993 tras recibir la aprobación de los Jefes de Estado de la CARICOM. Cada país miembro cuenta con dos de estos embajadores, un hombre y una mujer. Suriname tuvo sus primeros embajadores en 2000.

El principal objetivo de este programa es sensibilizar e informar a los jóvenes caribeños sobre el Mercado y Economía Únicos de la CARICOM y el Tribunal de Justicia del Caribe. Desde el plano nacional, se intenta explicar el fin de estas instituciones, así como las oportunidades y amenazas que representan. Estos embajadores son la voz de los jóvenes de Suriname en la CARICOM.

3. Políticas, programas y proyectos

El plan de política sectorial denominado "Protección jurídica y seguridad 2006-2010", del Ministerio de Justicia y Policía, contempla un área de política específica sobre "género, juventud y moral (buenas costumbres)" dentro de la cual se pretende desarrollar una política para la juventud, eliminar la violencia doméstica, elaborar una política moral, fomentar la capacidad de los departamentos (como el Departamento de la Policía que se ocupa de los asuntos de la juventud, la protección judicial de la infancia, la oficina de la familia y los asuntos jurídicos), y ampliar la cooperación nacional e internacional.

-Proyecto experimental "piket regeling minderjarigen". En julio de 2004, la ONG "Abogados sin Fronteras Países Bajos" puso en marcha el proyecto para la "modernización de la justicia de menores en Suriname" con el fin de mejorar la situación jurídica de los jóvenes sospechosos o delincuentes y, de esta forma, armonizarla con las normas nacionales e internacionales.

Uno de los subproyectos más importantes incluye la asistencia o ayuda letrada inmediata para los delincuentes juveniles en prisión preventiva, que empezó a otorgarse el 11 de julio de 2005 por un período de un año. Para desarrollar y aplicar este proyecto se creó un grupo de trabajo compuesto de representantes del ministerio público, la división de la policía encargada de asuntos juveniles, los abogados, el servicio social de asistencia jurídica, la ONG Abogados sin Fronteras Países Bajos y el Ministerio de Justicia y Policía. El objetivo es garantizar la asignación inmediata de un abogado a los delincuentes juveniles. Más de 20 abogados participan en el proyecto. La evaluación es positiva, ya que casi todos los delincuentes juveniles en prisión preventiva han recibido asistencia letrada en un plazo de 24 horas.

-Plan de acción para la infancia. En enero de 2004 se formuló el Plan de Acción para la Infancia del Ministerio de Justicia y Policía. Se trata de actividades destinadas a aplicar la política para la infancia del Ministerio de Justicia y Policía. Algunas de las actividades en curso son:

-La construcción del centro de detención preventiva de menores (Opa Doeli), que empezó en abril de 2006 y debería terminar a más tardar en agosto de 2007. Este centro acogerá a varones y mujeres y contará con representantes de todas las secciones de la justicia de menores, de forma que puedan funcionar eficazmente procesos correspondientes.

-La revisión del Código Penal y del Código Civil de Suriname. El proyecto experimental de sanciones alternativas para los jóvenes empezó a funcionar el 16 de noviembre de 2006 por un período de un año. El objetivo de dicho proyecto es promover el uso permanente de castigos alternativos para los delincuentes juveniles. Durante esta fase de prueba se experimentará con los servicios comunitarios, y en una etapa posterior se introducirán las órdenes de supervisión. El proyecto pretende lograr la rehabilitación de los jóvenes que delinquen. Las penas de prisión serán la última medida a la que se recurra, como se establece en el apartado b) del artículo 37 de la Convención sobre los Derechos del Niño. Además, el desarrollo de los jóvenes infractores se verá menos comprometido.

-Proyecto de medidas temporales de supervisión y tutela. Este proyecto tiene por objeto fomentar el uso permanente de disposiciones adecuadas para proteger a los niños cuyo desarrollo está en peligro y que necesitan protección inmediata. Estas disposiciones consisten en colocar al niño (temporalmente) bajo la supervisión y la tutela del Estado. Se trata de medidas de carácter temporal ya que, al mismo tiempo, las familias reciben orientación (profesional) para mejorar el ambiente en el hogar a fin de que los niños puedan volver a él. Este es un enfoque institucional y estructural de la violencia contra los niños, que se ajusta a los principios de los derechos del niño (apartado 1 del artículo 9 de la Convención sobre los Derechos del Niño). Si se alcanza este objetivo, será posible recurrir con menor frecuencia a medidas como la de privar a los padres de sus derechos como progenitores y despojarles de la patria potestad (las disposiciones más extremas), que se han venido utilizando con frecuencia en los últimos 20 años. Actualmente se está elaborando el proyecto de propuesta.

-El Ministerio de Justicia y Policía ha creado un grupo de trabajo para ejecutar un proyecto sobre las medidas de atención a las víctimas con el fin de adoptar un enfoque estructural de la ayuda a las víctimas en el país. Este grupo de trabajo tiene las siguientes misiones:

a)Desarrollar una política sobre la asistencia y el cuidado de las víctimas;

b)Formular leyes sobre la atención a las víctimas;

c)Elaborar leyes de indemnización por las pérdidas de las víctimas;

d)Crear una dependencia de atención a las víctimas.

-El desarrollo del Plan de Educación de Suriname en 2003 para los próximos 15 a 20 años. A tal efecto, se han celebrado varios debates, así como un congreso nacional de educación.

-El desarrollo en 2004 de un plan sectorial para la educación en 2004-2008.

Con el fin de elaborar los documentos mencionados, se han analizado factores tales como los objetivos de la enseñanza, la estructura educativa, las instalaciones educativas, la disponibilidad de materiales didácticos, los planes de estudios, y problemas como la repetición de curso y el abandono escolar.

Los proyectos que se están ejecutando actualmente en el sector de la educación son los siguientes:

-Evaluación de la financiación de los estudios en la educación superior en Suriname.

-Estudio de viabilidad para crear un instituto que imparta cursos de reciclaje profesional para los docentes de enseñanza secundaria y superior.

-Más capacitación para la gestión de escuelas de enseñanza primaria.

-Proyecto de mejora de la educación básica: el objetivo de este proyecto es reformar la educación básica convirtiéndola en un sistema escolar de nueve a diez años de duración; actualmente se asiste durante dos años al jardín de infancia y después se cursan seis años de enseñanza primaria. Para ello se evaluarán y modificarán los programas de estudios vigentes y se impartirá capacitación a los maestros.

-Proyecto LEARN (leerling en ervarinsggerichte aanpak van regulier nationaal basisonderwijs), cuyo objetivo es mejorar los resultados académicos de los niños concentrándose más en los alumnos y sus capacidades. Este proyecto experimental se está aplicando en 15 escuelas.

-Educación en el interior: está previsto crear un núcleo central; se construirán instalaciones para que los niños procedentes de distintos pueblos puedan asistir al mismo centro escolar. Los niños asistirán a la escuela en régimen de internado. Este centro se construirá en uno de los pueblos del interior; proyecto KALBOBIS: es un proyecto de tres años que imparte formación en el servicio a los profesores y el personal directivo de tres escuelas experimentales del interior. El programa se centra en el contexto local, la participación de los padres y la adaptación de los materiales didácticos; construcción de tres internados en el interior, ya que para poder ofrecer enseñanza secundaria en el interior se requieren instalaciones para el alojamiento de los niños; mejora de la formación de los docentes sin título universitario: capacitación de 177 profesores en el interior; programas escolares educativos radiodifundidos para los distintos grupos culturales del interior; creación de centros de enseñanza primaria más apropiados para los niños del interior (21 escuelas); capacitación de más de 100 profesores en nuevas técnicas de educación adaptadas a los niños.

-Elaboración de una política de educación especial integradora que se base en el "enfoque integrador de la Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas Especiales" celebrada en España en 1994.

-Creación de un centro de capacitación en hostelería y turismo con el fin de ofrecer más posibilidades de formación profesional a los jóvenes.

-Colaboración entre el ministerio y las ONG para aumentar las posibilidades de realizar cursos de educación para adultos a fin de que las personas que hayan abandonado la escuela puedan seguir un programa de formación profesional.

-Formulación de una política de desarrollo en la primera infancia y una estrategia de comunicación, que aún han de ponerse en práctica.

-Finalización de la evaluación de la disponibilidad de servicios comunitarios para el desarrollo en la primera infancia dirigidos a los grupos de población a los que es difícil llegar en el distrito de Sipaliwini (interior). En función de los resultados se elaborará un plan de acción para poner a disposición este tipo de servicios.

Las investigaciones realizadas nuevamente en las zonas del interior (distrito de Sipaliwini) en 2005/2006 mostraron que el proceso de registro de nacimientos no es óptimo. El Gobierno, junto con las ONG que operan en ese área, ha lanzado una campaña de sensibilización para informar a las comunidades de la necesidad de inscribir los nacimientos. También se han confeccionado folletos para los profesionales de la salud y las oficinas de registro civil para que animen a los miembros de las comunidades a inscribir los nacimientos.

-Formulación del plan sectorial de salud 2004-2008, que actualmente se está aplicando y cuyo objetivo es garantizar una atención de la salud integrada, efectiva y de calidad para todos. Los objetivos específicos para los niños son:

-Reducir la tasa de mortalidad de niños de hasta 1 año de edad de 19,2 por 1.000 nacidos vivos 2004 a 7 por 1.000 nacidos vivos en 2015.

-Reducir la tasa de mortalidad infantil de 24,5 por 1.000 nacidos vivos en 2004 a 10 en 2015.

-Reducir la mortalidad materna de 85 por 100.000 nacidos vivos en 2004 a 50 en 2015.

-Aumentar la cobertura de vacunación del 85% en 2004 a un 100% en 2015.

-Introducción de la Estrategia de Gestión Integrada de la Salud Materna e Infantil en el sistema sanitario. Esta estrategia contribuirá a incorporar la atención de salud maternoinfantil en los programas nacionales, y aumentará la normalización y la aplicación de normas y protocolos actualizados en el cuidado de las madres y los niños en general (incluida una política de lactancia materna).

-Elaboración de una política de salud sexual y reproductiva que ha de ser aprobada por el Consejo de Ministros. Después de su aprobación, se elaborará un plan de aplicación de las medidas de atención materna.

-Perfeccionamiento del Sistema Nacional de Información Sanitaria a fin de mejorar la recogida de datos.

-Aprobación por el Consejo de Ministros del Plan Estratégico Nacional de Lucha contra el VIH/SIDA 2004-2008 cuyos objetivos específicos son:

-Reducir en un 25% los casos de nuevas infecciones por el VIH en el grupo de edad de 15 a 24 años.

-Reducir en un 25% los casos de mujeres embarazadas seropositivas.

-Aplicación por el Ministerio de Salud del programa de "prevención de la transmisión de la madre al hijo", junto con programas de prevención especiales para los jóvenes de entre 10 y 19 años.

-Creación de un grupo de trabajo para hacer los ajustes necesarios en el actual gráfico de crecimiento y desarrollo. La OMS ha enseñado a dos personas de este grupo a utilizar el gráfico de crecimiento internacional y ahora son los profesionales de la salud quienes han de recibir capacitación al respecto.

En lo que respecta a los servicios de atención de salud en el interior, la Misión Médica es la principal proveedora de atención primaria. Hay también un proyecto en curso para apoyar la prestación de servicios sanitarios y de nutrición en las comunidades mediante la capacitación de promotores de la salud en las aldeas.

-Suicidio infantil. Se creó una comisión interministerial para analizar este problema e intervenir con medidas adecuadas.

-Realización de una encuesta sobre la disponibilidad de servicios de salud apropiados para los jóvenes en algunas zonas (urbanas y rurales, y del interior). También se analizó el comportamiento sexual de los jóvenes y el uso de anticonceptivos.

-Realización de la evaluación de base del paludismo a fin de obtener datos para el proyecto "Hacer retroceder el paludismo" en Suriname.

-Fomento de la salud y la nutrición para potenciar la lucha contra el paludismo en Suriname y mejorar la salud de las mujeres y los niños de Marowijne (interior).

-Estudio de la prevalencia de la anemia en Moengo y las aldeas circundantes para mejorar la salud de las mujeres y los niños en Marowijne.

-Análisis de la situación de las mujeres y los niños en los distritos de Brokopondo, Nickerie, Sipaliwine y Marowijne. En esos análisis se describe la situación de los niños teniendo en cuenta factores como el desarrollo social y la pobreza, la salud y la supervivencia, el desarrollo en la primera infancia, la educación básica, la protección y la participación. Sobre la base de estas evaluaciones se formularon planes de acción que se están ejecutando paulatinamente.

-Creación de clubes de salud escolar en seis centros de enseñanza primaria en el centro de Tapanahony, en el distrito de Sipaliwini (interior). Los niños que participan en esta actividad son menores de 16 años. El objetivo es informarles de cuestiones relacionadas con la salud y los modos de vida saludables para que puedan transmitir esos conocimientos a niños de otras aldeas (educación entre compañeros); se realizará un documental acerca del funcionamiento de estos clubes de salud, se harán carteles y se divulgará una canción que compusieron los propios niños.

-Realización de estudios en los dos distritos urbanos (Paramaribo/Wanica) sobre la incidencia del fenómeno de los niños de la calle y las causas por las que los menores se encuentran en esa situación. No fue posible determinar el número real de niños que trabajan y viven en la calle. Se identificó a algunos de ellos a través de instituciones (niños que estuvieron en la calle y viven ahora en instituciones), y a otros directamente en la calle. Según el estudio, en ciertos períodos los niños se encuentran en la calle realizando actividades económicas (vendiendo frutas, etc.). Otros niños vagabundean porque tienen miedo de volver a casa, debido a que se les suele pegar o a que han sacado malas notas. En general, se observa que los niños que viven en la calle proceden de hogares monoparentales y con bajos ingresos. Sobre la base de los resultados de la investigación, se mantendrán conversaciones con los interesados para decidir qué medidas deberían tomarse.

-El plan estratégico elaborado por la red de prevención de los malos tratos a los niños se completó y ahora se está haciendo lo necesario para pasar a su ejecución. Como primera actividad, se empezó a montar un servicio de ayuda a los niños, que funcionará como fundación asociada al Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda. El Ministerio contratará a las personas que trabajen en ese servicio. Habrá asesores que podrán dar consejo a los niños inmediatamente, o remitirlos a un experto específico. El servicio será telefónico y está previsto que empiece a funcionar antes del final de 2007.

-Elaboración de un proyecto basado en una iniciativa de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda y el Ejército de Salvación con el objetivo de lograr que los niños vuelvan con sus familias. Para la primera fase del proyecto se han seleccionado cuatro instituciones, se celebraron consultas con las madres para saber si querían ocuparse de sus hijos, que se encontraban internos en instituciones debido a problemas económicos, y si estaban recibiendo una orientación. Se trata de que los trabajadores sociales (que tienen formación como consejeros de familia) del Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda orienten a las madres para que adquieran mayor confianza en sí mismas. También se ha empezado a colaborar con el grupo empresarial de mujeres, una ONG que orientará a las madres que quieran acceder a una formación profesional (cocina, costura, etc.), a fin de sentar las bases para su capacitación económica. Además, prosiguen las conversaciones con una ONG para que faciliten viviendas a las madres y éstas puedan alquilar a un precio reducido.

-El Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda está elaborando un plan para reforzar su división dedicada a la atención a los jóvenes, a fin de que pueda ofrecer una ayuda más profesional a sus usuarios. Está previsto contratar a más trabajadores sociales, ya que la actual plantilla de la división no da abasto para tramitar todos los casos.

-El Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda también está elaborando un plan para aumentar los hogares que pueden acoger a chicos con problemas de comportamiento, y para reforzar la capacidad de los trabajadores sociales de grupo. Otras mejoras se refieren al plan de orientación para los chicos.

-Desarrollo de un plan de política para las personas con discapacidad (2005-2009).

Parte III

B. Medidas generales de aplicación

1. Actualización del anexo I, 2002-2006

RECOMENDACIONES DEL COMITÉ Y RESUMEN DEL SEGUIMIENTO DE SURINAME

Recomendaciones del Comité

Actualización de las medidas de seguimiento (2002-2006)

El Comité recomienda que el Estado Parte adopte todas las medidas adecuadas para garantizar que sus leyes se ajusten a los principios y disposiciones de la Convención. También alienta al Estado Parte a que considere la posibilidad de promulgar un código general de los derechos del niño. Se alienta al Estado Parte a que adopte todas las medidas adecuadas para aprobar cuanto antes el proyecto de legislación adicional. El Comité recomienda que el Estado Parte pida asistencia técnica a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, entre otras instancias.

El Gobierno ha adoptado medidas para ajustar la legislación nacional a los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño. En este sentido podemos mencionar:

- Revisión de la Ley del matrimonio de 1973: en junio de 2003 entró en vigor la actual Ley del matrimonio. Esta ley, que lleva por título "Revisión de la Ley del matrimonio de 1973" ya estaba aprobada por el Parlamento, pero no había entrado en vigor. Ahora que se ha promulgado (desde junio de 2003) queda abolida la Ley sobre el matrimonio de asiáticos. Actualmente la edad mínima legal para contraer matrimonio únicamente se establece en el Código Civil de Suriname: son 17 años para los varones y 15 para las mujeres.

- Enmienda del Código Civil de Suriname el 7 de diciembre de 2002 en lo referente al derecho de los niños a mantener el contacto con sus padres (artículo 9 de la Convención sobre los Derechos del Niño). Por consiguiente, los niños tienen derecho a permanecer en contacto con ambos progenitores, especialmente en los casos de divorcio.

- Legislación relativa a la trata de personas: se han realizado algunos ajustes al Código Penal en lo referente a la trata de personas. Esta ley entró en vigor en abril de 2006 y contiene un nuevo artículo, que sustituye al artículo 307, en el que se penaliza la trata de personas. En lo referente a la trata de menores de 16 años existe un agravante de pena. La pena prevista para la trata de personas es de un mínimo de ocho años y la prevista para la trata de menores de 16 años es de un mínimo de diez años.

- En 2004 se publicó el Convenio Nº 182 de la OIT en el Boletín Oficial de Suriname Nº 24 y se ratificó el 12 de abril de 2006 en la sede de la OIT en Ginebra. Actualmente Suriname prepara la armonización de la legislación laboral del país con este Convenio.

- Proyecto de decreto estatal sobre el establecimiento de la Junta Consultiva para la protección de menores: pendiente de aprobación.

- Proyecto de ley de cuidado de menores específicamente para el grupo de edades comprendidas entre 0 y 8 años (esta ley se basa en el proyecto de ley de 1996 que tiene por objeto regular todos los tipos de centros de atención de menores, entre ellos las guarderías, los hogares infantiles y las instituciones de cuidado alternativo) : pendiente de aprobación.

- Proyecto de enmienda de la ley de enseñanza primaria de 1960: pendiente de aprobación.

- Proyecto de ley de registro de los niños en hogares de guarda: pendiente de aprobación.

- Proyecto de ley de regulación de los jardines de infancia: pendiente de aprobación.

- Proyecto de leyes y normas que regulan el cuidado de menores del grupo de edades comprendidas entre 0 y 8 años: pendiente de aprobación.

- Proyecto de ley para que los niños puedan expresar su opinión: según el proyecto de ley que se preparó anteriormente a ese respecto, únicamente se escucharía la opinión de los niños mayores de 12 años. En 2005/06, por iniciativa de la Oficina de los Derechos de la Mujer Ilse Henar Hewitt, un grupo de trabajo volvió a revisar el proyecto y se han realizado algunos ajustes. En el nuevo proyecto se afirma que en todos los asuntos que afecten a los niños y en especial en los relativos a la tutela, las disposiciones legales del Estado para la protección de menores, las visitas después del divorcio y las decisiones sobre la educación, el juez únicamente tomará una decisión después de darle al menor la oportunidad de expresar su opinión. En cualquier caso debe escucharse a los niños mayores de 12 años. El juez está obligado a escuchar a los mayores de 12 años mientras que escuchar a los menores de esa edad es optativo.

- El Código Penal: en 2005 una consultoría revisó este Código y en especial el apartado correspondiente a la justicia de menores. Entre otras cosas se aumentó la edad mínima de responsabilidad penal de 10 a 12 años, se introdujeron sanciones y penas alternativas y se aumentó la edad mínima para el consentimiento sexual de 12 a 14 años. En 2006 se formó una comisión compuesta por abogados, la Universidad de Suriname, el Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Superior y el Departamento Legislativo del Ministerio de Justicia y Policía a fin de examinar por segunda vez la versión revisada del Código Penal.

- El Código Civil de Suriname: en octubre de 2005 se nombró a una comisión compuesta por abogados, un notario público, la Universidad de Suriname y el Departamento Legislativo del Ministerio de Justicia y Policía para que revisara el Código Civil. Se trata de un proyecto de tres años y la comisión lleva su labor al día.

- Proyecto de legislación acerca de la violencia doméstica: se ha preparado el proyecto de ley para la eliminación de la violencia doméstica por iniciativa del Centro de Derechos de la Mujer (organización no gubernamental). Este proyecto también tiene por objetivo proporcionar protección a los niños contra esa violencia. Según su artículo 2, un menor tiene derecho y está capacitado para pedir que un juez dicte una orden de protección sobre la base de que el menor es víctima de la violencia doméstica o de que hay motivos para creer que corre peligro de ser víctima de este tipo de violencia. Las órdenes de protección se basan en el derecho civil. Además de estas órdenes, una víctima también puede pedir que se procese penalmente al culpable sobre la base del Código Penal.

Aún no se ha hablado de la promulgación de un código general de los derechos del niño. En cuanto a todos estos proyectos de legislación, puede verse que muchos de ellos aún no se han aprobado. Ello se debe al hecho de que durante las consultas se expresan muchas opiniones divergentes, que a veces son difíciles de incorporar. Además, no se proporcionan a tiempo las opiniones necesarias y la consecuencia es que no se pueden aprobar los proyectos.

El Comité recomienda que el Estado Parte adopte todas las medidas adecuadas para fortalecer la coordinación, inclusive a nivel local, con las ONG, y para vigilar la marcha de la aplicación de la Convención mediante la ampliación de un mecanismo gubernamental ya existente o el establecimiento de otro nuevo con facultades, funciones y recursos adecuados. El Comité recomienda que el Estado Parte fortalezca el Comité Directivo de la Juventud, entre otras cosas, asignando recursos financieros y humanos adecuados.

- Establecimiento en junio de 2001 de la Oficina de Derechos del Niño, que se encarga principalmente de supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño. Se han hecho los preparativos para nombrar nuevos miembros del Comité Nacional de Derechos del Niño.

- Establecimiento del Parlamento Nacional de la Juventud, que cuenta con 29 miembros.

- A través del Ministerio de Desarrollo Regional se ha adoptado la iniciativa de movilizar a un equipo al servicio del Comisionado de Distrito que se encargará de formular proyectos para el bienestar de los niños. Sin embargo no en todos los distritos hay equipos, pues algunos ejecutan proyectos en relación con el Ministerio.

- Establecimiento de la Comisión de aptitudes básicas para la vida, que promueve el principio de dotar a los jóvenes con aptitudes básicas para la vida. Esta Comisión ha puesto en marcha un plan para establecer comisiones en los distritos de manera que puedan ampliarse los principios. Hasta ahora hay dos distritos con comisión.

- Establecimiento de una Comisión para el desarrollo en la primera infancia que tiene como principal objetivo elaborar políticas y programas para la aplicación de los principios del desarrollo en la primera infancia en Suriname.

- Existencia de un grupo de trabajo gubernamental para la coordinación y aplicación del plan de política para la infancia de 2002-2006. Este grupo de trabajo también coordina la aplicación del programa de cooperación entre el Gobierno y el UNICEF.

El comité directivo no se mantuvo tras las elecciones de 2000 debido a la opinión contraria de la coalición gobernante.

El Comité recomienda que el Estado Parte intensifique sus esfuerzos para establecer un registro central para la reunión de datos e instaurar un sistema amplio de acopio de datos que comprenda todas las esferas abarcadas por la Convención. El sistema debería incluir a todos los menores de 18 años y hacer especial hincapié en los que son particularmente vulnerables, incluidos los niños residentes en el interior del país, en especial los pertenecientes a las comunidades de amerindios y cimarrones; los niños con discapacidades; los niños pobres; los que viven en conflicto con la ley; los de familias monoparentales; los que han sido víctimas de abusos sexuales; y los que viven o trabajan en la calle. En este contexto, el Comité recomienda que el Estado Parte pida asistencia técnica al Fondo de Población de las Naciones Unidas (FNUAP) y al UNICEF, entre otros.

- Iniciación del sistema de vigilancia de indicadores del menor (CIMS) y publicación anual de datos en el anuario estadístico que publica la Oficina General de Estadística. Se trata del instrumento recomendado por el UNICEF para vigilar los distintos indicadores en relación con los niños. Participan en este proyecto los ministerios y ONG, que van mejorando la tarea de reunión de datos.

- El sistema de vigilancia de los niños que necesitan protección especial (CNSP), que actualmente reúne datos sobre los niños que viven en instituciones.

- La encuesta MICS III 2006 (Sistema de indicadores múltiples) que se finalizará en enero de 2007.

- Desarrollo de un sistema de información del Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda (SoZaVo Informatie Systeem) para reunir todos los datos sobre las ayudas sociales que proporciona el Ministerio. Se refiere especialmente a las ayudas para los pobres.

- El proyecto ELVIS (sistema de información electrónico de alumnos): su objetivo es reunir todos los datos disponibles sobre los niños en las escuelas, y se está aplicando.

- Actualmente se está haciendo lo posible para mejorar el Sistema Nacional de Información Sanitaria y se espera perfeccionar la reunión de datos.

El Comité recomienda que se ponga a disposición de los niños un mecanismo independiente adaptado a ellos, que se ocupe de las quejas sobre violaciones de sus derechos y les ofrezca remedios contra esas violaciones. Sugiere además que el Estado Parte inicie una campaña de concienciación para facilitar el uso efectivo de ese mecanismo por parte de los niños.

Se están realizando preparativos para el establecimiento de una línea telefónica de atención urgente del menor (Kinder- en Jeugd Telefoonlijn)

A la luz de lo dispuesto en los artículos, 2, 3 y 6 de la Convención, el Comité alienta al Estado Parte a que preste especial atención a la plena aplicación del artículo 4 de la Convención, dando prioridad a las consignaciones presupuestarias para garantizar el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales del niño, hasta el máximo de los recursos disponibles y, de ser necesario, dentro del marco de la cooperación internacional. Al asignar recursos, el Estado Parte debería prestar atención especial a los distritos del interior y procurar poner fin a las desigualdades en la prestación de servicios en estas partes del país.

El Gobierno dedica fondos de su propio presupuesto para aplicar políticas de menores (atención sanitaria, educación y ayudas sociales). Además el Gobierno ha iniciado la cooperación con organismos donantes como el UNICEF y el IDB, y con los Países Bajos. Los proyectos que se realicen con estos fondos tendrán como destinatarios todos los niños de Suriname.

El Comité recomienda que se intensifiquen los esfuerzos para que tanto los adultos como los niños conozcan y comprendan ampliamente las disposiciones de la Convención. Recomienda asimismo que se refuerce la capacitación o sensibilización adecuada y sistemática de los grupos profesionales que se ocupan de los niños, como los jueces, los abogados, el personal encargado de aplicar la ley, los maestros, los directores de escuela, el personal sanitario, incluidos los psicólogos y los asistentes sociales, y el personal de las instituciones dedicadas al cuidado de los niños. El Comité recomienda que el Estado Parte trate de incorporar plenamente la Convención en los programas de estudios de todos los niveles de enseñanza. Se alienta al Estado Parte a que traduzca la Convención a los idiomas locales y que fomente sus principios, entre otras cosas, mediante el uso de métodos tradicionales de comunicación. A este respecto, el Comité sugiere además que el Estado Parte pida asistencia técnica a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y al UNICEF, entre otras instancias.

- A lo largo de los años el Gobierno y las ONG se han dedicado a la preparación y distribución de materiales de la Convención sobre los Derechos del Niño, incluidas cuñas de radio y televisión, canciones, carteles, folletos, calendarios y juegos de cartas de la Convención, así como folletos para su uso en los centros de salud, las escuelas y otros lugares públicos.

- Preparación de sesiones de formación de breve duración sobre la Convención, a cargo de la Oficina de Derechos del Niño, para maestros, funcionarios gubernamentales y trabajadores sociales.

- Formación académica sobre la Convención a cargo del Instituto de Derechos del Niño de la Universidad de Suriname en 2003.

- Elaboración de programas para la enseñanza de aptitudes básicas para la vida en escuelas primarias.

- Capacitación sobre aptitudes básicas para la vida para maestros, padres, personal de las instituciones de atención a menores, personal gubernamental y sector privado.

- La Oficina de Derechos del Niño se dedicó estudiar las formas de abuso de menores y elaboró un plan de enseñanza para las escuelas.

- Curso de capacitación sobre el desarrollo en la primera infancia para las personas que trabajan en esta esfera organizado por el Instituto de los Derechos del Niño de la Universidad de Suriname en 2006.

- Celebración anual el 20 de noviembre del día de los derechos del niño.

- Elaboración de un programa y manual de capacitación sobre derechos del niño y de la mujer para el curso de periodismo de la Academia de Enseñanza Superior de Arte y Cultura.

- Emisión de noticias ( Weekkrant & 10 minuten jeugdjournaal ) en que se destaca la situación de los niños, principalmente las cuestiones que les afectan y los efectos que tiene sobre ellos las novedades en la comunidad.

- En diciembre se celebra el Festival de Cine de los Niños donde se proyectan películas sobre la situación de los niños y sus derechos. También existe el proyecto de llevar estas películas a los distritos y zonas del interior. De este modo son más los niños que pueden aprender a hacer música, cortometrajes y películas animadas por computadora.

- Proyecto "Los niños son el centro": La Oficina de Derechos del Niño preparó y emitió diez programas de televisión y diez de radio con distintos temas de la Convención sobre los Derechos del Niño en 2004.

- Proyecto "Voces de la Juventud": niños de distintos distritos intervinieron en debates sobre la participación de la juventud, lo que piensan de ella y cuál es su experiencia.

El Comité recomienda que el Estado Parte aumente la edad legal para la responsabilidad penal a una edad más aceptable internacionalmente enmendando su legislación a este respecto.

En el proyecto de revisión del Código Penal de Suriname se establece la edad mínima de responsabilidad penal a los 12 años.

El Comité recomienda que el Estado Parte revise su legislación relativa a las edades legales para contraer matrimonio para ajustarla a las disposiciones de la Convención y eliminar la discriminación. Se recomienda que el Estado Parte adopte todas las medidas adecuadas para sensibilizar a la población acerca de los efectos perjudiciales de los matrimonios precoces y forzados, en particular en relación con las niñas.

La Ley del matrimonio de 1973 se revisó en junio de 2003, lo que significa que ya no existe la Ley sobre el matrimonio de asiáticos y que los matrimonios se celebran con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil, que dispone que la edad mínima es de 17 años para los varones y 15 para las mujeres. El Ministerio de Justicia y Policía ha establecido una comisión para que siga examinando la posibilidad de realizar otros ajustes a la Ley del matrimonio. Esta comisión trabajará en estrecha colaboración con la comisión creada en 2005 para revisar el Código Civil de Suriname.

El Comité recomienda que el Estado Parte aumente la edad máxima legal para la enseñanza obligatoria, de 12 a no menos de 14 años, para proteger los derechos de los niños de 12 a 14 años de edad que ya han superado la edad de la enseñanza obligatoria pero que son demasiado jóvenes para estar empleados legalmente.

Finalización del examen efectuado por la Oficina de Derechos del Niño en 2002 de las consecuencias de las discrepancias existentes entre la edad máxima legal para recibir enseñanza obligatoria y la edad para poder obtener legalmente un empleo. El ajuste de la edad se ha incorporado en el proyecto de enmienda de la Ley de educación primaria de 1960, y consiste en que la edad mínima para recibir enseñanza es 4 años y la máxima 14. El proyecto está pendiente de aprobación.

Ajuste social del nuevo ciclo de educación básica: nuevo diseño de programas para la educación básica (en principio grados 1º al 10º). Consolidación de los niveles de primaria y secundaria inferior en un solo módulo de educación básica de diez años de duración.

El Comité recomienda que el Estado Parte aumente sus esfuerzos para asegurar la aplicación de leyes, políticas y programas que garanticen el principio de la no discriminación y el pleno cumplimiento del artículo 2 de la Convención, en especial en lo que se refiere a los grupos vulnerables.

La Constitución dispone que no debe discriminarse a ninguna persona. Este principio se aplica en todas las intervenciones que se realizan especialmente en programas y políticas. En cuanto a la legislación, se necesita más investigación sobre normas acerca de la discriminación de menores.

El Comité recomienda que el Estado Parte adopte todas las medidas necesarias para garantizar la debida integración del interés superior del niño en todas las disposiciones legales así como en las decisiones judiciales y administrativas y en los proyectos, programas y servicios relacionados con los niños.

- En el período anterior la redacción de legislación se centró en la garantía del interés superior del niño.

- Elaboración de un plan de política nacional para la infancia 2002-2006.

- El Gobierno iniciará la elaboración de un plan de política nacional para la infancia 2007-2011, que se basará en los planes ya existentes pero insistirá en la necesidad de determinar los ámbitos en que es necesario intervenir más.

El Comité recomienda que el Estado Parte revise y amplíe el alcance del proyecto de ley a que se hace referencia en el párrafo anterior; que se elabore con enfoque sistemático para aumentar la conciencia sobre los derechos de participación de los niños; y se aliente el respeto por las opiniones de los niños en la familia, las comunidades, las escuelas, los establecimientos de atención a los niños y los sistemas administrativo y judicial.

- Proyecto "Los niños son el centro": La Oficina de Derechos del Niño preparó y emitió diez programas de televisión y diez de radio con distintos temas de la Convención sobre los Derechos del Niño en 2004.

- Proyecto "Voces de la Juventud": niños de distintos distritos intervinieron en debates sobre la participación de la juventud, lo que piensan de ella y cuál es su experiencia.

- Actividades del Parlamento Nacional de los Jóvenes y los embajadores juveniles del CARICOM.

- Actividades de la Comisión de aptitudes básicas para la vida, que tienen por objeto capacitar a jóvenes en este sentido para que ellos a su vez formen a otros.

- Proyecto de clubes, de salud escolar en que se forma a los niños del interior en la promoción de modos de vida sanos, de manera que instruyan o conciencien a otros jóvenes.

- Redacción de legislación para que los niños puedan expresar su opinión.

- Emisión de noticias ( Weekkrant & 10 minuten jeugdjournaal) en que se destaca la situación de los niños, principalmente las cuestiones que les afectan y los efectos que tienen las novedades de la comunidad sobre ellos.

- El Festival de Cine Infantil, donde se proyectan películas sobre la situación de los niños y sus derechos. También existe el proyecto de divulgar estas películas en los distritos y las zonas del interior. De este modo son más los niños que pueden aprender a hacer música, cortometrajes y películas animadas por computadora.

A la luz de lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de la Convención, el Comité recomienda que el Estado Parte adopte medidas adecuadas, incluida la sensibilización de los funcionarios públicos, los dirigentes comunitarios y religiosos y los propios padres de familia, para garantizar que todos los niños sean inscritos al nacer.

Las investigaciones realizadas nuevamente en 2005-2006 en el interior del país (distrito de Sipaliwini) revelaron que la inscripción de los nacimientos en el registro no es óptima. El Gobierno, en colaboración con las ONG que operan en esa esfera, ha puesto en marcha una campaña de sensibilización para informar a las comunidades de la necesidad del registro de nacimientos. También se han editado folletos para los agentes de salud y las oficinas del registro civil a fin de que inciten a las comunidades a que inscriban los nacimientos.

El Comité recomienda que se adopten todas las medidas adecuadas para aplicar plenamente las disposiciones del párrafo a) del artículo 37 y del artículo 39 de la Convención. El Comité recomienda además a este respecto que se hagan mayores esfuerzos para evitar casos de sevicia policial y asegurar que las víctimas infantiles reciban un tratamiento adecuado para facilitar su recuperación física y psicológica y su reintegración social, y que se sancione a los perpetradores.

- Establecimiento de la Red de prevención de los malos tratos a los niños, en la que la policía participa en calidad de organismo, con el fin de convenir en el tratamiento que deba darse a las víctimas infantiles y desarrollar capacidad nacional para tratar adecuadamente a esas víctimas.

- Elaboración del plan de acción estratégico por parte de la Red de prevención de los malos tratos a los niños.

- Capacitación a cargo de la Oficina de Derechos del Niño, en colaboración con la división de protección judicial de menores del Ministerio de Justicia y Policía, para trabajadores sociales, maestros, niños y funcionarios penitenciarios que trabajan en el reformatorio juvenil con el objetivo de que tomen conciencia sobre los derechos del niño y sobre el modo de tratar los distintos casos.

- En 2005 la policía organizó un curso de capacitación básica sobre la juventud y la moral para sus funcionarios, incluidos los que se ocupan de los jóvenes, en distintas regiones y distritos. En octubre de 2006 profesores de la Academia de Policía Neerlandesa y de la Academia de Policía de Suriname impartieron un curso sobre juventud y moral a los detectives y a los detectives de menores, con el fin de promover el profesionalismo de los policías en las cuestiones relativas a la juventud y la moral. También participó en el curso la policía militar. Se examinaron adecuadamente los artículos 37 a) y 40.1 y 2 de la Convención sobre los Derechos del Niño. También formaron parte de este curso la cuestión del trato dispensado al menor y la celebración de juicios adaptados a los niños.

- Los derechos del niño también forman parte del programa de estudios de la Academia de Policía de Suriname.

El Comité recomienda que el Estado Parte acelere en todo lo posible la aprobación del proyecto de ley mencionado en el párrafo 32 anterior y establezca un código de normas para garantizar la atención y protección adecuadas de los niños privados del medio familiar. Recomienda asimismo que el Estado Parte proporcione formación adicional, en materia de los derechos del niño inclusive, a los trabajadores y asistentes sociales; asegure que se revisen periódicamente las colocaciones en instituciones de guarda; y establezca un mecanismo de quejas independiente para los niños sometidos a otros tipos de tutela.

No se ha aprobado el proyecto. No se terminó el asesoramiento de la Junta Consultiva Estatal. Además, los interesados aún tenían algunas observaciones que hacer sobre las definiciones que aparecen en el proyecto. Tampoco se elaboraron las normas para la atención de menores. En 2005 se finalizó el reglamento para la atención de los menores de hasta 8 años de edad, que está pendiente de aprobación. En 2006 el Gobierno ha vuelto a abrir el debate sobre el proyecto de ley para la creación de normas con los interesados. En cuanto a la capacitación del personal de las instituciones de atención de menores, ha empezado a impartirse capacitación sobre aptitudes básicas para la vida. No se ha llevado a cabo el establecimiento de un mecanismo independiente.

El Comité recomienda que el Estado Parte adopte medidas para garantizar una vigilancia y un seguimiento efectivos de las colocaciones en el programa de hogares de guarda; adopte programas de sensibilización y de promoción de los hogares de guarda; y adopte medidas para regular el "sistema de kweekjes " con el fin de asegurar que se tenga en cuenta el interés superior de los niños en cuestión. Además, el Comité alienta al Estado Parte a que considere la posibilidad de adherirse al Convenio de La Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional, de 1993.

En 2005 se redactó una nueva legislación sobre los hogares de guarda, que está pendiente de aprobación. Actualmente la fundación de los hogares de guarda elabora un proyecto para reclutar más familias. En la revisión del Código Civil de Suriname también se tendrá en cuenta la adhesión al Convenio de La Haya.

A la luz del artículo 19, el Comité recomienda que el Estado Parte realice estudios sobre la violencia doméstica, los malos tratos y el abuso (inclusive el abuso sexual en la familia) con el fin de adoptar medidas de política adecuadas y contribuir a cambiar las actitudes tradicionales. El Comité recomienda que se adopten todas las medidas adecuadas para introducir la denuncia obligatoria de los casos de abuso, incluido el abuso sexual de menores. También recomienda que los casos de violencia doméstica, malos tratos y abuso sexual de niños se investiguen debidamente en el marco de un procedimiento judicial adaptado a los niños y que se castigue a los autores, y se les someta inclusive a tratamiento, teniendo debidamente en cuenta la protección del derecho del niño a la confidencialidad. También deberían adoptarse medidas para garantizar la recuperación física y psicológica y la reinserción social de las víctimas de conformidad con el artículo 39 de la Convención, y para impedir que las víctimas sean tratadas como delincuentes o estigmatizadas. El Comité recomienda que el Estado Parte pida asistencia técnica al UNICEF, entre otros organismos.

- Conclusión del estudio sobre la violencia contra menores en el distrito de Para y el modo en que se han denunciado estos casos.

- Finalizó la investigación sobre los castigos corporales en las escuelas primarias en tres distritos: Paramaribo, Nickerie y Marowijne.

- Análisis del trabajo y las necesidades de las organizaciones que se ocupan de los niños víctimas de violencia.

- Creación del plan estratégico de acción de la Red de prevención de los malos tratos a los niños.

- Revisión del Código Penal de Suriname teniendo en cuenta la garantía de unos procedimientos adaptados a los niños.

El Comité recomienda que el Estado Parte adopte medidas legislativas para prohibir todas las formas de violencia física y mental, incluidos los castigos corporales, en la familia, escuelas e instituciones de atención. El Comité alienta al Estado Parte a que intensifique sus campañas de sensibilización pública para promover formas de disciplina positivas y no violentas, como solución distinta a los castigos corporales en todos los niveles de la sociedad.

- Congreso Nacional de la Juventud en 2003, dedicado a la violencia contra los menores, a cargo de la Oficina de Derechos del Niño.

- Campaña de sensibilización pública sobre los daños que provoca la violencia contra los niños (2002).

- Proclamación del mes de abril como mes de prevención nacional de los malos tratos a los niños (2002).

- Formulación en 2003 de un plan de formación para maestros de enseñanza primaria y secundaria en relación con la violencia y los malos tratos (cómo reconocerlos y cómo tratarlos).

- En 2003 se organizó una manifestación con objeto de atraer la atención de los responsables de políticas para que debatieran cuestiones relativas a los malos tratos a menores y programaran acciones concretas para acabar con ellos.

- Capacitación de profesores sobre aptitudes básicas para la vida de manera que puedan utilizar otros métodos de disciplina en las escuelas. También se impartió en algunas instituciones de atención de menores.

- Sin embargo, no se ha preparado ninguna legislación.

El Comité recomienda que el Estado Parte asigne recursos adecuados y elabore políticas y programas amplios para mejorar la situación sanitaria de los niños, en especial los que viven en el interior; facilite un mayor acceso a los servicios de atención primaria de salud; aumente el número de personal médico y sanitario capacitado; reduzca la incidencia de la mortalidad materna, infantil y neonatal; mejore las prácticas de lactancia materna y destete; prevenga la malnutrición y luche contra ella, en especial entre los grupos de niños vulnerables y desfavorecidos; aumente el acceso a agua potable y al saneamiento; y reduzca la incidencia de la malaria. Se recomienda que el Estado Parte realice un estudio sobre los suicidios y accidentes que impliquen a niños con miras a entender su carácter y alcance y aplicar políticas y medidas preventivas adecuadas. Además, el Comité alienta al Estado Parte a que considere la posibilidad de pedir asistencia técnica al UNICEF y a la OMS, entre otros organismos, para la gestión integrada de las enfermedades de la infancia y otras medidas para mejorar la salud infantil.

En el pasado se han elaborado las siguientes políticas:

- Formulación del plan sectorial de salud 2004-2008 que se está aplicando en la actualidad y cuyo objetivo es garantizar una atención de salud integrada, efectiva y de calidad para todos. Los objetivos específicos para los niños son:

- Reducir la tasa de mortalidad de menores de un año de 19,2 por 1.000 nacidos vivos en 2004 a 7 por 1.000 nacidos vivos en 2015.

- Reducir la tasa de mortalidad infantil de 24,5 por 1000 nacidos vivos en 2004 a 10 en 2015.

- Reducir la tasa de mortalidad materna de 85 por 1.000.000 nacidos vivos en 2004 a 50 en 2015.

- Aumentar la cobertura de vacunación del 85% en 2004 a un 100% en 2015.

- Introducción de la Estrategia de Gestión Integrada de la Salud Materna e Infantil en el sistema sanitario. Esta estrategia contribuirá a incorporar la atención de salud maternoinfantil en los programas nacionales y a la normalización y la aplicación de normas y protocolos actualizados para la atención materna e infantil en general (incluida una política de lactancia materna).

- Formulación de una política de salud sexual y reproductiva que está pendiente de la aprobación del Consejo de Ministros. Tras su aprobación se elaborará un plan de aplicación de la atención materna.

- Perfeccionamiento del Sistema Nacional de Información Sanitaria con el objetivo de mejorar la recogida de datos.

- Aprobación por el Consejo de Ministros del Plan Estratégico Nacional de Lucha contra el VIH/SIDA 2004-2008, cuyos objetivos específicos son:

- Reducir en un 25% los casos de nuevas infecciones por el VIH en el grupo de edad de 15 a 24 años.

- Reducir en un 25% los casos de mujeres embarazadas seropositivas.

- Aplicación por el Ministerio de Salud del programa de "Prevención de la transmisión de la madre al hijo", junto con programas de prevención especiales para los jóvenes de entre 10 y 19 años.

- Se ha creado un grupo de trabajo para hacer los ajustes necesarios en el actual gráfico de crecimiento y desarrollo. La OMS ha formado a dos personas de este grupo para utilizar el gráfico de crecimiento internacional. Es necesario capacitar a los agentes de salud al respecto.

- En cuanto a la atención de salud en las zonas del interior, el mayor prestador de atención primaria es la Misión Médica. También se está llevando a cabo otro proyecto que consiste en apoyar la prestación de servicios sanitarios y de nutrición en las comunidades mediante la capacitación de promotores locales.

- El suicidio infantil: se ha creado una comisión interministerial para que analice este problema y proporcione medidas adecuadas.

El Comité recomienda que el Estado Parte intensifique sus esfuerzos para promover políticas y servicios de asesoramiento en materia de salud destinados a los adolescentes, y refuerce la educación sobre la salud reproductiva, incluida la promoción de la aceptación por los varones del uso de anticonceptivos. El Comité sugiere asimismo que se realice un estudio amplio y multidisciplinar para comprender mejor la importancia de los problemas de salud de los adolescentes, incluida la situación especial de los niños infectados o afectados por el VIH/SIDA y por enfermedades de transmisión sexual, o vulnerables a esos males. Se recomienda además al Estado Parte que adopte nuevas medidas, incluida la asignación de recursos humanos y financieros suficientes, para aumentar el número de trabajadores sociales y psicólogos y para promover servicios de atención y rehabilitación adaptados a los adolescentes. Se alienta también al Estado Parte a que aumente sus esfuerzos para aplicar el Programa Regional de Salud y Educación para la Vida Familiar del Caribe destinado a los adolescentes, entre otras cosas, asignando recursos financieros y humanos adecuados. Se recomienda asimismo que el Estado Parte pida asistencia técnica al UNICEF y a la Organización Mundial de la Salud, entre otros organismos.

- La Comisión de aptitudes básicas para la vida trabaja con los jóvenes, los padres, maestros y trabajadores comunitarios (tanto en los distritos como en el interior) en la aplicación del programa regional de salud y educación para la vida familiar.

- En el plan estratégico nacional VIH/SIDA 2004-2008 se formulan intervenciones de política que lleva a efecto el Programa Nacional de Lucha contra el Sida.

- Se ha realizado una encuesta sobre la disponibilidad de servicios sanitarios para los jóvenes en algunas zonas (urbanas, rurales y del interior) y la sexualidad de los jóvenes en el grupo de edad de 10 a 24 años. La próxima fase consistirá en un plan de acción sobre la manera de establecer más servicios de salud para los jóvenes.

- El Programa Nacional de Lucha contra el SIDA (gubernamental) y algunas ONG han realizado diversas actividades destinadas a reducir la estigmatización y la discriminación y concienciar sobre los derechos humanos en el contexto del VIH/SIDA. Entre estas actividades se encuentran la aplicación de una campaña nacional de sensibilización con materiales y mensajes destinados a agentes sanitarios, maestros, jóvenes, niños y otros.

- Capacitación de 100 trabajadores sanitarios para reducir la estigmatización y la discriminación.

- Elaboración y aplicación de un paquete de capacitación para cuidadores de niños con VIH.

- Capacitación en derechos humanos de los principales agentes en las esferas de la salud, los servicios sociales y las Fuerzas Armadas.

A la luz de las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad (resolución 48/96 de la Asamblea General) y de las recomendaciones aprobadas por el Comité en su día de debate general sobre "Los derechos de los niños con discapacidades" (CRC/C/69), se recomienda que el Estado Parte redoble sus esfuerzos para establecer programas de diagnóstico precoz a fin de prevenir las discapacidades, aplicar alternativas al ingreso de los niños con discapacidades en instituciones, establecer programas de educación especial para los niños con discapacidades y fomentar aún más su integración en la sociedad. Además, el Comité recomienda que el Estado Parte lleve a cabo una campaña de concienciación para sensibilizar al público acerca de los derechos y necesidades especiales de los niños con discapacidades, así como los niños con problemas de salud mental. El Comité recomienda asimismo que el Estado Parte pida asistencia técnica al UNICEF y a la Organización Mundial de la Salud, entre otros organismos, para obtener cooperación técnica con el fin de capacitar al personal profesional que se ocupa de los niños con discapacidades.

- Formación de agentes de salud en dispensarios para menores de 5 años con el fin de mejorar las aptitudes para la detección rápida de anormalidades del crecimiento y el desarrollo. Suministro de equipos de prueba para la detección precoz (juegos Von Wiegen) a dispensarios para menores de 5 años y otros organismos pertinentes.

- Elaboración de un plan de formación para maestros de escuelas primarias con el fin de concienciar a los niños sobre las discapacidades, sus distintas formas, cómo tratarlas y el hecho de que todos los niños discapacitados tienen un lugar en la sociedad.

- Hay centros de educación especial tanto a nivel primario como secundario.

- Las asociaciones de padres trabajan para educar a los padres sobre el modo en que deben tratar a los niños discapacitados.

- Introducción del nuevo gráfico de crecimiento y desarrollo. Se han elaborado los gráficos y ahora habrá que enseñar a los agentes de salud cómo usarlos.

- Establecimiento de un equipo multidisciplinar para los niños que necesitan una educación especial. El equipo consta de psicólogos, pedagogos, trabajadores sociales, logopedas, expertos en dislexia y fisioterapeutas.

- Redacción de la Ley de educación especial.

- Reintroducción de la capacitación para los profesores especiales.

De conformidad con el artículo 27 de la Convención, el Comité recomienda que el Estado Parte aumente sus esfuerzos para proporcionar asistencia material y apoyo a las familias en mala situación económica y garantice el derecho de los niños a un nivel de vida adecuado. El Comité recomienda además que el Estado Parte establezca mecanismos para asegurar que los niños que viven o trabajan en la calle tengan documentos de identidad, alimentos, ropa y cobijo. Además, el Estado Parte debe velar por que se proporcione a esos niños un acceso adecuado a la atención de salud, servicios de rehabilitación en caso de abuso físico, sexual o de sustancias tóxicas, servicios de reconciliación familiar; y educación, incluida la formación profesional y el aprendizaje de oficios. El Comité recomienda que el Estado Parte coopere con la sociedad civil y coordine con ella sus esfuerzos a este respecto.

- Continuación de las subvenciones del Gobierno y de programas de atención médica gratuita para las familias que tengan derecho a ello.

- Sobre la base de las investigaciones realizadas en 2005 acerca de la situación de los niños de la calle y vagabundos, fue difícil determinar qué niños vivían realmente en la calle. El fenómeno más frecuente es el de los niños que trabajan en la calle durante determinado período de tiempo. Algunos de ellos acaban en instituciones para el cuidado de los niños. Actualmente la policía juvenil es la única institución que se ocupa de los niños que trabajan en la calle. Como consecuencia de la ratificación del Convenio Nº 182 de la OIT, el Ministerio de Trabajo establecerá un Comité multidisciplinar compuesto por representantes del Gobierno, la sociedad civil, el sector privado y las organizaciones de empleadores, que deberá formular políticas teniendo en cuenta las reformas y los programas legislativos.

El Comité recomienda que el Estado Parte adopte todas las medidas adecuadas, incluida la asignación de recursos financieros, humanos y técnicos apropiados, para mejorar la situación en materia de enseñanza y garantizar que todos los niños gocen del derecho a la educación. Se recomienda además que se adopten todas las medidas adecuadas para aumentar el acceso a la educación, en especial en lo que respecta a los niños que viven en el interior del país, y para alentar a los maestros capacitados a que no abandonen la enseñanza. El Comité recomienda asimismo que el Estado Parte trate de aplicar medidas adicionales para alentar a los niños, especialmente a las niñas de las zonas del interior del país y a los niños de las comunidades urbanas, a que no abandonen la escuela, en particular durante el período de enseñanza obligatoria. El Comité alienta al Estado Parte a que intensifique sus esfuerzos para incluir el uso de los idiomas tradicionales en los programas escolares. Se alienta al Estado Parte a que mantenga su propuesta de que se celebre un congreso nacional de educación destinado a mejorar la situación general de la enseñanza en todas las regiones del país. En este contexto, se exhorta encarecidamente al Estado Parte a que considere la inclusión de los principios generales de la Convención, así como los artículos 28, 29 y 31, en los debates y recomendaciones de dicho congreso para su ulterior examen por el Estado Parte. Se recomienda que el Estado Parte aliente la participación de los menores en el entorno escolar, inclusive en cuestiones de disciplina. Se recomienda que el Estado Parte trate de reforzar su sistema educativo mediante una cooperación más estrecha con el UNICEF y la UNESCO.

El Gobierno evalúa constantemente el sector educativo de Suriname. Por tanto ha iniciado la elaboración de un plan de educación. Para ello ha celebrado congresos con objeto de debatir las necesidades de reforma del sector educativo. El plan de educación de Suriname se creó en 2003 para los próximos 15 a 20 años y actualmente está en su fase de aplicación. Además el Gobierno también ha redactado un plan sectorial para la educación 2004-2008.

- Algunos de los proyectos que se aplican actualmente en el sector de la educación son:

- Evaluación de la financiación de los estudios en la educación superior en Suriname.

- Estudio de la posibilidad de establecer un instituto de capacitación continua para maestros de nivel secundario y universitario.

- Más capacitación para los administradores escolares de las escuelas primarias.

- Proyecto de mejora de la educación básica: el objetivo es reformar la educación básica y convertirla en un sistema de nueve a diez años. Actualmente hay dos años de jardín de infancia y seis de primaria. Para ello se evaluarán y modificarán los programas vigentes. También se proporcionará capacitación a los maestros.

- Proyecto LEARN ( leerling en ervarinsggerichte aanpak van regulier nationaal basis-onderwijs ): su objetivo es mejorar los resultados escolares de los niños concentrándose más en los alumnos y su capacidad. El programa piloto se ejecuta en 15 escuelas.

- Educación en el interior: creación de un núcleo central. Se construirán instalaciones para que los niños de distintas aldeas asistan al mismo centro. Los niños estarán en régimen de internado. El centro se construirá en una de las aldeas del interior. Proyecto KALBOBIS: se trata de un proyecto de tres años que proporciona formación en el servicio a los maestros y personal directivo de tres escuelas experimentales del interior. El proyecto se centra en el contexto local, la participación de los padres y la adaptación de los materiales didácticos. Construcción de tres internados en el interior, ya que para poder ofrecer educación secundaria en el interior se requieren instalaciones para el alojamiento de los niños. Mejora de la formación de los docentes sin título universitario en el interior: capacitación de 177 maestros del interior. Programas de radio educativos para los distintos grupos culturales del interior. Creación de escuelas primarias más apropiadas para los niños del interior (21 escuelas); capacitación de más de 100 maestros en nuevas técnicas de educación adaptadas a los niños.

- Elaboración de una política de educación especial integradora que se base en el "enfoque integrador de la Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas Especiales" celebrada en España en 1994.

- Establecimiento de un centro de capacitación en hostelería y turismo para ofrecer más posibilidades de formación de los jóvenes.

El Comité alienta al Estado Parte a que introduzca mecanismos de vigilancia para asegurar que se aplique la legislación laboral y se proteja a los niños de la explotación económica, en especial en los sectores no estructurados. Se recomienda asimismo que el Estado Parte realice un estudio completo y detallado para evaluar la situación en materia de trabajo infantil. El Comité alienta al Estado Parte a que considere la posibilidad de ratificar el Convenio Nº 138 de la OIT sobre la edad mínima de admisión al empleo, y el Convenio Nº 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación.

- En noviembre de 2002 finalizó la evaluación rápida sobre "La situación de los niños en la minería, la agricultura y otras formas peores de trabajo".

- Con respecto al Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil de la OIT se celebraron distintas reuniones organizadas para sensibilizar a los agentes pertinentes, como por ejemplo:

- La participación del Ministerio de Trabajo en la reunión subregional tripartita sobre la eliminación de las peores formas de trabajo.

- La participación en distintos talleres de autoevaluación con el objeto de evaluar las recomendaciones del proyecto durante el período 2003-2004.

- La celebración en 2004 de un seminario para inspectores de trabajo con el objetivo de presentarles una visión de conjunto de los Convenios Nos. 138 y 182 de la OIT a fin de insistir en el papel de la inspección de trabajo en la lucha contra el trabajo infantil.

- La celebración en 2004 de un seminario en Trinidad y Tabago con el tema "El trabajo infantil y el trabajo peligroso".

- La celebración en 2006 de un taller sobre el tema "Lecciones aprendidas y el camino hacia el futuro". El objeto de esta reunión era evaluar el proyecto de la OIT y formular un marco jurídico, institucional y de política especialmente para los niños en situación vulnerable.

- La celebración en mayo de 2006 por el Ministerio de Trabajo, Tecnología y Medio Ambiente de un taller en colaboración con la Oficina de la OIT en el Caribe con el tema "La lucha contra el trabajo infantil en las comunidades indígenas". El objetivo de la reunión era crear estrategias para luchar contra el trabajo infantil de los cimarrones y los amerindios. Se formularon proyectos de estrategia.

- La ratificación en abril de 2006 del Convenio Nº 182 de la OIT. Actualmente el Consejo de Ministros examina el Convenio Nº 138.

A la luz del artículo 33 de la Convención, el Comité recomienda que el Estado Parte adopte todas las medidas adecuadas, incluidas las administrativas, sociales y educativas, para proteger a los niños del uso ilícito del alcohol, los estupefacientes y las sustancias psicotrópicas e impedir que se utilice a los niños en la producción y el tráfico ilícitos de esas sustancias. Alienta al Estado Parte a que apoye programas de rehabilitación destinados a tratar a los niños que son víctimas del uso indebido de alcohol, drogas y otras sustancias. El Comité alienta al Estado Parte a que a este respecto considere la posibilidad de pedir asistencia técnica al UNICEF, la OMS y la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes de las Naciones Unidas, entre otros organismos.

- Apoyo en curso a la Oficina de Alcohol y Drogas para proporcionar educación comunitaria y programas de rehabilitación.

- Apoyo en curso al Programa de aptitudes básicas para la vida a fin de que llegue a los jóvenes y les aproveche a ese respecto.

A la luz del artículo 34 y otros artículos conexos de la Convención, el Comité recomienda que el Estado Parte realice estudios con el fin de entender el alcance del problema y aplicar políticas y medidas adecuadas, incluidas la recuperación física y psicológica y la reinserción social de las víctimas. El Comité recomienda que el Estado Parte tenga en cuenta las recomendaciones formuladas en el Programa de Acción aprobado en el Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños, celebrado en Estocolmo en 1996.

- En 2006 el Ministerio de Justicia y Policía creó una comisión para que examinara el problema de la trata de seres humanos teniendo en cuenta que muchos de ellos son explotados sexualmente.

- También pueden mencionarse en este apartado las actividades relacionadas con la red de lucha contra los malos tratos a menores.

El Comité, al mismo tiempo que toma nota de que se ha concluido un estudio sobre la justicia de menores, recomienda que el Estado Parte:

a) Adopte todas las medidas adecuadas para aplicar un sistema de justicia de menores conforme con la Convención, en especial con los artículos 37, 40 y 39, y otras normas de las Naciones Unidas en esta esfera, como las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores (Reglas de Beijing), las Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil (Directrices de Riad) y las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad;

b) Considere que la privación de libertad es sólo una medida extrema que debe durar lo menos posible; mejore las condiciones en los centros de detención; proteja los derechos de los niños privados de libertad, incluido el derecho a la intimidad; y garantice que los niños se mantengan en contacto con sus familiares mientras estén a cargo del sistema de justicia de menores;

c) Introduzca programas de formación sobre las normas internacionales pertinentes para todos los profesionales que intervienen en el sistema de justicia de menores;

d) Considere la posibilidad de pedir asistencia técnica a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, al Centro para la Prevención Internacional del Delito, a la Red Internacional de Justicia de Menores y al UNICEF, entre otros organismos, por conducto del grupo de coordinación sobre asistencia y asesoramiento técnicos en materia de justicia de menores.

- Las recomendaciones del seminario sobre justicia de menores de 2002 se tuvieron en cuenta al reformar el Código Penal.

- También se impartió capacitación al personal del reformatorio de menores.

- El 16 de noviembre de 2006 se inició el proyecto experimental de sanciones alternativas para jóvenes, de un año de duración. Este proyecto consiste en estimular el uso permanente de una sanción alternativa para los menores delincuentes. Además, las sanciones alternativas tienen que ver con el trabajo. El objetivo de este proyecto es rehabilitar a los menores delincuentes. Con este proyecto la prisión será la medida de último recurso que se imponga a los menores delincuentes como dispone el apartado b) del artículo 37 de la Convención. Esos menores resultarán así menos afectados en su desarrollo.

- Proyecto de custodia temporal y consignación temporal (V.O.V.): su objetivo es estimular el uso permanente de la custodia temporal y la mejora de la consignación temporal como medidas apropiadas para los menores cuyo desarrollo está gravemente amenazado y necesitan protección inmediata. Se trata de un enfoque institucional y estructurado de la violencia doméstica contra mujeres y niños y pretende ajustarse a los principios de los derechos del niño. La consecución de este objetivo llevará al aumento del recurso a la custodia temporal y la consignación temporal a expensas de la exención y la pérdida de la autoridad paterna o la tutela como medidas extremas de protección de los menores. Por el momento el proyecto se está elaborando.

Por último, el Comité recomienda que, a la luz de lo dispuesto en el párrafo 6 del artículo 44 de la Convención, el informe inicial y las respuestas presentadas por escrito por el Estado Parte se divulguen ampliamente entre la población y se estudie la posibilidad de publicar el informe, junto con las actas resumidas correspondientes y las observaciones finales aprobadas por el Comité. Ese documento debería distribuirse ampliamente para promover el debate y el conocimiento de la Convención, así como su aplicación y la supervisión de ésta en la administración y el conjunto de la población, incluidas las ONG.

- Amplia difusión del primer informe periódico de Suriname.

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