Naciones Unidas

CRPD/C/LAO/1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

6 de octubre de 2017

Español

Original: inglés

Español, inglés y ruso únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Informe inicial que la República Democrática Popular Lao debía presentar en 2011 en virtud del artículo 35 de la Convención *

[Fecha de recepción: 25 de mayo de 2016]

I.Información y estadísticas sobre la República Democrática Popular Lao

A.Cuestiones específicas relativas al país, la población, la economía y la sociedad de la República Democrática Popular Lao

País y población

1.La República Democrática Popular Lao se encuentra en Asia Sudoriental, ocupa una superficie total de 236.800 km2 y limita al norte con la República Popular China, al sur con el Reino de Camboya, al este con la República Socialista de Viet Nam, al oeste con el Reino de Tailandia y al noroeste con la República de la Unión de Myanmar. Este país es una las naciones más antiguas de la región y del mundo. La nación y el pueblo lao están en un proceso evolutivo constante y expansivo que comenzó hace mucho tiempo. En el siglo XIV, el Príncipe Fa Ngum, héroe nacional lao, lideró a su pueblo en la batalla y trajo la prosperidad al Reino de Lane Xang. La historia cuenta que esta nación estuvo dominada y colonizada por países extranjeros durante casi un siglo y medio. No obstante, en el siglo XX, especialmente después de la Segunda Guerra Mundial, el pueblo multiétnico lao se alzó con valentía para luchar por la Revolución Democrática Nacional y liberar a la nación del colonialismo en todas su formas, antiguas y modernas. El 2 de diciembre de 1975, la Revolución Democrática Nacional se alzó victoriosa y el pueblo lao obtuvo finalmente la plena independencia nacional y estableció la nación lao —la República Democrática Popular Lao— sobre la base de su derecho a decidir su propio destino. Desde entonces, el pueblo multiétnico lao ha tomado posesión de su nación independiente y soberana, que es un miembro respetado de la comunidad internacional. La República Democrática Popular Lao es miembro de las Naciones Unidas desde 1955, y desde 1975 ha seguido cumpliendo las obligaciones que le incumben en virtud de la Carta de las Naciones Unidas y ha trabajado activamente en la esfera internacional en favor de la paz, la estabilidad, la justicia y la cooperación para el desarrollo en nuestro mundo.

2.Las guerras con los agresores extranjeros han cobrado un alto precio en vidas y bienes al pueblo multiétnico y han tenido un gran impacto en las tierras de cultivo y las tierras forestales montañosas utilizadas para las labores de recolección. El 25% del país está plagado de artefactos explosivos sin detonar. Entre 1964 y 2008, un total de 50.000 personas fueron víctimas de este tipo de artefactos, de las cuales 30.000 murieron y 20.000 sobrevivieron, y de estas 13.500 quedaron con alguna discapacidad. Entre estas víctimas había mujeres y niños. Las repercusiones de los conflictos bélicos, en especial las municiones sin estallar, se han convertido en un obstáculo importante para el pueblo lao y su desarrollo socioeconómico y constituyen una causa subyacente del subdesarrollo y la pobreza que padece el pueblo multiétnico lao.

3.Tras la liberación del país, la función principal del Gobierno de la República Democrática Popular Lao consistió en reparar las heridas sufridas durante la guerra y liderar al pueblo multiétnico lao en el restablecimiento de la economía nacional, que se había visto muy afectada por más de medio siglo de guerra, y en el desarrollo de la nación, de acuerdo con los objetivos de los planes nacionales de desarrollo socioeconómico para cada período, con el fin de mejorar gradualmente el bienestar material y psicológico del pueblo. A finales de los años ochenta, el Gobierno del país puso en marcha una política de transición de una economía planificada a una economía de mercado regulada por el Estado. En 1991, la Asamblea Suprema del Pueblo aprobó, en su segunda legislatura, la Constitución de la República Democrática Popular Lao para que rigiera, sobre la base de los principios del derecho, la administración del Estado y los ciudadanos.

4.Desde el punto de vista administrativo, el país está dividido en 18 provincias y la capital. La capital y cada una de las provincias se dividen en distritos, que ascienden a un total de 143 en todo el país. Cada distrito está divido en grupos de aldeas y aldeas, con un total 8.293 aldeas en todo el país. En cada provincia hay un gobernador provincial y la capital, Vientián, tiene su propio gobernador. Los distritos también tienen sus gobernadores al igual que las aldeas tienen jefes de aldea. Estas personas se encargan de la gobernanza a sus respectivos niveles. Los gobernadores provinciales y el gobernador de la capital son nombrados por el Presidente de la nación, los gobernadores de distrito por el Primer Ministro y los jefes de las aldeas por sus habitantes, que de ese modo ejercen su derecho a decidir sobre sus propios asuntos. La capital, las provincias y los distritos tienen departamentos y oficinas que conforman una red institucional estructurada vertical y horizontalmente, estando las dependencias de cada sector especializado adscritas a los ministerios y organizaciones de su ramo. La jerarquía administrativa se extiende desde los gobernadores provinciales y el gobernador de Vientián hasta los gobernadores de distrito.

5.Según el Censo de Población y Vivienda de 2005, la República Democrática Popular Lao tiene una población total de 5,62 millones de habitantes, de los cuales 2,82 millones son mujeres y 2,80 son hombres, lo que equivale a una proporción muy similar de hombres y mujeres. En comparación con el Censo de Población y Vivienda de 1995, el número de habitantes ha aumentado en 1,04 millones de personas, lo que equivale a un 2,1% anual. El promedio de la densidad de población es de 25 habitantes por kilómetro cuadrado, las zonas más densamente pobladas son las llanuras que se extienden a lo largo del río Mekong y sus afluentes. La población es predominantemente joven, con aproximadamente un 50% de habitantes con menos de 20 años, pero desde 1995 el porcentaje de los menores de 15 años ha disminuido del 44% al 39% y la proporción de los hombres y las mujeres en edad de trabajar ha aumentado en cierta medida (véase el cuadro  1).

Cuadro 1Crecimiento natural de la población entre 1995 y 2005

Crecimiento registrado entre los dos censos

Nacimientos, defunciones y crecimiento natural de la población previstos entre los dos estudios

Migración neta prevista (en miles)

Tasa anual de crec imiento natural de la población ( en porcentaje)

Número de personas (en miles)

Tasa de crecimiento anual

Nacimientos (en miles)

Defunciones (en miles)

Crec imiento natural de la población (en miles)

991

2 , 5

1 047

2 , 1

1 775

590

1 185

-138

2 , 5

Fuente: Censo de Población y Vivienda (2005).

Cuadro 2Población por sexo y nacionalidad

Nacionalidad

Mujeres

Hombres

Total

Porcentaje

Lao

2 811 990

2 789 621

5 601 611

99 , 6

Camboyana

471

508

979

0 , 0

China

780

1 045

1 825

0 , 0

de Myanmar

73

81

154

0 , 0

Tailandesa

372

614

986

0 , 0

Vietnamita

4 473

4 322

8 795

0 , 2

Otros países asiáticos

50

77

127

0 , 0

Países europeos

78

113

191

0 , 0

Países africanos

9

10

19

0 , 0

Estadounidense

175

226

401

0 , 0

Australiana

8

8

16

0 , 0

Otros países

42

42

84

0 , 0

Indeterminada *

2 910

3 884

6 794

0 , 1

Total

2 821 431

2 800 551

5 621 982

100

Fuente: Censo de Población y Vivienda (2005).

6.En 1995, el porcentaje de la población menor de 15 años de edad era del 43% y la proporción de personas en edad de trabajar (entre 15 y 64 años) era del 50%. En 2005, estas cifras cambiaron al 39% y el 57%, respectivamente, y en 2015, al 33% y el 63%. La disminución de la población de 0 a 14 años de edad y mayor de 65 años y el aumento de la población entre 15 y 64 años de edad indica un aumento de la capacidad de la fuerza de trabajo. La República Democrática Popular Lao se encuentra actualmente en el punto medio de ese período demográfico favorable que, según las previsiones, durará otros 30 años, después de los cuales la población empezará a envejecer (véase el cuadro 3).

Cuadro 3Composición de la población por edad y sexo en 1995 y 2005(en porcentaje)

Grupo de edad

1995

2005

Hombres

Mujeres

Total

Hombres

Mujeres

Total

De 0 a 14 años

43

45

44

39

40

39

De 15 a 65 años

53

51

53

57

56

57

65 años o más

4

4

4

4

4

4

Total

100

100

100

100

100

100

Fuente: Censo de Población y Vivienda (2005).

7.Entre 1995 y 2005, el promedio de la esperanza de vida aumentó de 50 a 59 años entre los hombres y de 52 a 63 años entre las mujeres y la tasa de esterilidad de estas cayó del 5,6% al 4,6%, observándose una tasa más elevada entre las mujeres de las zonas urbanas (5,4%) que entre las de las zonas rurales (2,8%).

8.En los hogares de la República Democrática Popular Lao viven de promedio entre 8 y 10 personas, ya que los lao tienden a vivir con la familia extendida y no en familias nucleares. La mayor parte de la población reside actualmente en las zonas rurales, pero las poblaciones urbanas están aumentando no solamente en Vientián, sino también en otros pueblos y ciudades, al tiempo que el crecimiento económico está favoreciendo el aumento de la migración laboral.

Economía

9.El Gobierno de la República Democrática Popular Lao ha ido cumpliendo progresivamente sus metas y objetivos, como ponen de manifiesto una serie de grandes logros, como el crecimiento económico, los progresos logrados en la gestión financiera del sector público, la considerable reducción de la pobreza y el avance hacia la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y otras metas similares, las mejoras en las normas sociales, la ampliación de la infraestructura socioeconómica, el desarrollo continuo de las estructuras institucionales y legislativas, y los avances significativos en la gestión de otros sectores económicos.

10.La economía del país está basada en capacidades de producción agrícolas ocultas. La República Democrática Popular Lao figura entre los países más pobres del mundo, con unos ingresos medios anuales per ca pita de 1.543 dólares en 2013, frente a 810 dólares en 2008. En 2004, el 71% de la población tenía ingresos inferiores a 2 dólares al día y el 23% menos de 1 dólar al día (Banco Mundial, 2005). Según el Informe sobre desarrollo humano de las Naciones Unidas de 2005, la República Democrática Popular Lao ocupaba el puesto 133 de 177 países. El objetivo de reducir la pobreza ha guiado los esfuerzos nacionales de desarrollo que ha llevado a cabo el Gobierno los últimos 30 años o más, y así lo ponen de manifiesto los planes nacionales de desarrollo socioeconómico. Más concretamente, en 2006, el Gobierno instó a la Asamblea Nacional a que aprobara 11 programas prioritarios y 111 proyectos, que incluían importantes programas para reducir la pobreza pública, como el Programa 2 (Programa Integral de Desarrollo Agrícola), Programa 6 (Programa para la Reducción de la Pobreza en los Hogares y en la Comunidad y Programa para Detener la Tala y la Quema) y el Programa 10 (Programa de Desarrollo de los Recursos Humanos y Programa de Desarrollo Sociocultural). Estos programas prioritarios son los componentes principales de los planes nacionales de desarrollo socioeconómico aprobados por la Asamblea Nacional para los próximos años. Según los estudios realizados por el Gobierno, en 2013, el 8,11% del conjunto de los hogares estaba clasificado como pobre, lo que indicaba que se había alcanzado el objetivo del séptimo plan nacional de desarrollo socioeconómico de reducir la pobreza a menos del 10%. Entre 2007 y 2008, el PIB nacional se cifró en 6.435 millones de kip.

11.La economía ha experimentado un crecimiento extremadamente rápido gracias a la inversión nacional y extranjera directa (IED), especialmente en los sectores de la minería y la energía hidroeléctrica. Las exportaciones agrícolas e industriales también han desempeñado un papel activo en el aumento de las empresas de servicios, en particular del turismo. Durante los cinco años que abarca el sexto plan nacional de desarrollo socioeconómico, el PIB medio per ca pita aumentó un 7,7% cada año, superando el objetivo fijado para este plan del 7,5%, así como el objetivo del 6,2% del plan nacional de desarrollo socioeconómico anterior. La estructura económica ha ido evolucionando y desarrollándose de acuerdo con las políticas y los objetivos especificados en los planes para lograr la diversidad y la sostenibilidad en la producción, al tiempo que la economía se industrializa y moderniza de manera gradual.

12.Especialmente en los últimos años, el PIB ha seguido experimentando un fuerte crecimiento gracias a los logros alcanzados y el apoyo de la afluencia de capital al país y de la expansión del crédito bancario, que alcanzó el 7,6% en 2009, apenas por debajo del objetivo del 8%, en parte debido a la crisis financiera y económica mundial, que afectó a la República Democrática Popular Lao. En general, la principal fuente de crecimiento ha sido la industria, en particular las excavaciones, la construcción, el procesamiento, etc. Este sector ha crecido un 12,5% (cuando el objetivo era del 13,4%). El sector de los servicios ha crecido un 7,7% (el objetivo del plan nacional de desarrollo socioeconómico era del 9,9%) y la agricultura, incluida la producción alimentaria, los cultivos, los productos madereros y la pesca, un 3,1%, situándose muy cerca del objetivo fijado. Se prevé que para 2010 se sigan aprobando medidas para mejorar el clima empresarial y apoyar la inversión, a fin de lograr una tasa de crecimiento del 8%.

13.En los próximos años se prevé que se produzcan cambios en la estructura económica del país. Se prevé que la producción agrícola, que siempre ha representado la mayor parte de la producción nacional, disminuya del 51,9% al 45,5% y la producción industrial aumente del 22,4% al 28,2% y los servicios del 25,7% al 26,4% durante el mismo período. Esto, a su vez, conllevará cambios en la estructura laboral, que irán de la mano con cambios en la estructura económica y la harán más activa. La proporción de las personas empleadas en los sectores de la agricultura y la silvicultura disminuyó ligeramente, pasando del 78,6% en 2000 al 76,6% en 2006, mientras que el porcentaje de las personas empleadas en el sector de la construcción aumentó del 6,9% en 2000 al 7,7% en 2005 y en el sector de los servicios pasó del 14,5% al 15,6%.

14.La proporción de la población que vive por debajo del umbral nacional de pobreza fue del 46% en 1992, el 39% en 1997 y el 33% en 2002. En 2005, esta cifra disminuyó al 28,7%, y al 26,9% en 2007 y 2008, y se espera que disminuya al 23% en 2010 (véanse los cuadros 4 y 5).

Cuadro 4Proporción de la población con ingresos inferiores a 1 dólar por día

Indicador

1992

1997

2002

2010

Índice de recuento de la pobreza

46

39

33

23

Brecha de pobreza

11

10

8

Consumo de los pobres

9

8

8

Fuentes: LECS1, LECS2 y LECS3 (Encuestas sobre gastos y consumo en la RDP Lao 1, 2 y 3).

Cuadro 5Comparación de la erradicación de la pobreza en la República Democrática Popular Lao con otros países

Fuente: Banco Mundial, 2006.

15.El consumo de alimentos varía considerablemente entre las personas de etnia lao y otros grupos étnicos. En términos de volumen, los hogares siguen sin contar con los alimentos suficientes para satisfacer las necesidades energéticas del cuerpo humano (2.100 calorías diarias por persona) y, en lo que respecta a la calidad, la población sigue dependiendo en gran medida de los alimentos básicos, lo que genera desequilibrios en la dieta. El consumo de aceite vegetal en las zonas rurales es extremadamente bajo. La carne de caza y el pescado son la principal fuente de proteínas y grasas, y los volúmenes consumidos varían entre las familias, en función de sus posibilidades efectivas de acceder a estos alimentos. En términos generales, no existe un consumo regular de carne de ganado —unas veces porque las personas no están en condiciones de criar animales y otras debido a sus hábitos alimentarios diarios— y tienen mayores carencias de determinados nutrientes en su dieta, como la vitamina A y el hierro.

16.Tras la crisis inflacionaria del 10% que tuvo lugar durante el primer semestre de 2008 debido a la subida de los precios de los alimentos y el petróleo crudo, el índice de precios al consumidor (IPC) comenzó a disminuir progresivamente, hasta llegar casi a cero en abril de 2009, lo que tuvo un impacto negativo en el sector del transporte y la alimentación de las personas.

Educación

17.El Gobierno de la República Democrática Popular Lao está realizando importantes esfuerzos para aplicar sus políticas de desarrollo educativo y el Decreto sobre la Obligatoriedad de la Enseñanza Primaria con el fin de convertir a los lao en buenos ciudadanos con ética revolucionaria, conocimientos y competencias en los cinco pilares: desarrollo moral, estimulación intelectual, educación artística, entrenamiento físico y perfeccionamiento de competencias y desarrollo laboral. El Estado y la sociedad en su conjunto están trabajando activamente en la elaboración de un sistema nacional de educación de calidad y la creación de oportunidades y condiciones para que todos puedan recibir educación, especialmente las personas que viven en zonas rurales remotas, los grupos étnicos, las mujeres, los niños, las personas con discapacidad y las personas desfavorecidas. El Estado promueve y apoya la inversión privada en el desarrollo de la educación nacional y permite la apertura de escuelas privadas que sigan el plan de estudios nacional. El Estado y la sociedad están trabajando conjuntamente en la construcción de escuelas de todos los niveles de enseñanza para disponer de un sistema educativo completo y están prestando una atención especial a la ampliación de la educación inclusiva en todo el país.

18.La educación es una prioridad importante en la Estrategia Nacional de Crecimiento y Erradicación de la Pobreza, y el Gobierno ha puesto en marcha políticas para mejorar el acceso a la educación y reducir el analfabetismo entre las personas con discapacidad. El Gobierno destina partidas presupuestarias específicas a la educación y ha seguido incrementando el gasto en ese sector (véase el cuadro 6) con arreglo a su Visión Estratégica de la Educación hasta 2020 y el Plan de Acción Nacional de Educación para Todos. El sistema nacional de educación está integrado por la educación en las escuelas, la educación no formal y la educación inclusiva. La educación escolar se divide en cinco niveles: enseñanza preescolar, enseñanza primaria, enseñanza secundaria, enseñanza profesional de nivel intermedio y enseñanza superior.

Cuadro 6Gasto público en educación(en porcentaje)

2005/ 06

2006/ 07

2 007/ 08

2008/ 09

2009/ 10

Gasto en edu cación como porcentaje del PIB

3,6

1,4

2,3

3,2

3,2

Gasto en educación como por centaje del gasto público total

13,9

7,2

11,0

14,0

15,0

Fuente : Informe sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio de 2008.

19.En general, la educación se ha desarrollado activamente tanto en términos de cantidad como de calidad. En las zonas rurales remotas se han construido y reformado escuelas primarias y la cobertura de la enseñanza primaria en todo el país ha alcanzado el 94%. La tasa neta de matriculación en la enseñanza primaria ha alcanzado el 91,6% y la tasa bruta de matriculación en ciclos primero y segundo de la enseñanza secundaria ha alcanzado el 62,7% y el 36,8%, respectivamente. El porcentaje de niños de 6 años de edad matriculados en la educación ordinaria es del 86%, la tasa de alfabetismo de las personas de 15 años de edad o mayores es del 77,09%, en comparación con la tasa de alfabetismo de la población en 2005 que era del 73%. Hay 1.123 guarderías y jardines de infancia, 8.871 escuelas primarias, 1.125 escuelas de enseñanza secundaria (722 escuelas secundarias de primer ciclo, 35 escuelas de enseñanza secundaria de segundo ciclo y 368 escuelas secundarias completas), 39 escuelas de formación técnica y profesional, y un total de 152 institutos de educación superior y universidades privados y públicos. Además, hay 3 escuelas especiales (para niños con discapacidad) en la provincia de Luang Prabang y las ciudades de Vientián y Savannakhet que dependen del Ministerio de Salud, con 22 docentes (17 mujeres) y 183 niños con discapacidad (74 niñas), de los cuales 121 son sordomudos (50 niñas) y 62 tienen discapacidad visual (24 niñas). El Centro de Rehabilitación Médica se encarga de examinar y diagnosticar la discapacidad de los niños entre 0 y 18 años, y hasta la fecha ha examinado 207 casos (de los cuales 108 eran niñas). La educación de las personas con discapacidad se imparte en escuelas cuya dirección y gestión corren a cargo del Ministerio de Salud y las cuestiones técnicas se atienden en cooperación con el Ministerio de Educación y Deportes cuando el Ministerio de Salud así lo requiere. Los planes para la construcción de tres centros de educación y escuelas especiales en las tres regiones (septentrional, central y meridional) se encuentran todavía en la fase de estudio de viabilidad.

20.El Gobierno lao presta gran atención a la educación de las minorías étnicas y los grupos étnicos que residen en lugares remotos y ha adoptado políticas especiales para promoverla mediante la construcción de escuelas étnicas ordinarias de enseñanza primaria y secundaria en todas las provincias del país, de modo que los estudiantes de esos grupos de población tengan la oportunidad de estudiar en esas escuelas. Actualmente hay 20 escuelas étnicas con régimen de internado en todo el país, con un total de 7.034 alumnos. Además, hay 4.569 niños con necesidades especiales que están matriculados en establecimientos de enseñanza inclusiva.

Salud pública

21.El Gobierno presta gran atención a la ampliación de la red sanitaria a nivel central y local, especialmente a nivel comunitario. Las aldeas y los grupos de aldeas son los destinatarios de los servicios de salud pública. Además, la red privada de salud también está recibiendo apoyo y se está extendiendo rápidamente. Los medicamentos de producción nacional ahora cubren aproximadamente el 48% de la demanda total.

22.El Ministerio de Salud ha agilizado su proyecto de inmunización de madres y niños, que ya ha logrado una cobertura del 71%. La educación y promoción sanitarias, especialmente en el ámbito de la nutrición, se centran en el plano local. Además, los trabajadores sanitarios siguen recibiendo capacitación teórica y práctica, que incluye una formación sobre la ética médica. Nos estamos acercando a las etapas finales del proceso de desarrollo de la Estrategia Nacional de Recursos Humanos para la Salud hasta 2020. Además, los servicios de salud pública no han dejado de aumentar y están logrando una cobertura cada vez mayor en las zonas rurales y remotas. En la actualidad hay 775 centros de salud y 5.668 bolsas de medicamentos para las aldeas remotas alejadas del hospital o centro de salud más cercano. Además, el 77% de la población tiene acceso a agua potable y el 50% de los hogares dispone de sus propios retretes. Aproximadamente el 37% de los niños menores de 5 años tienen un peso inferior al normal. La malnutrición crónica o el retraso en el crecimiento afecta al 40% de los niños menores de 5 años.

23.A pesar de haber disminuido, las tasas de mortalidad infantil y materna siguen siendo elevadas, principalmente debido al acceso limitado a servicios médicos adecuados, especialmente en las zonas remotas. Sin embargo, la tasa de mortalidad materna disminuyó de 656 por cada 100.000 nacimientos en 1995 a 580 en 2000 y luego a 405 en 2005, y la tasa de mortalidad infantil pasó de 530 por cada 100.000 nacidos vivos en 2000 a 405 en 2005. La mayoría de los casos de mortalidad materna se producen durante el parto o poco después. La tasa de nacimientos con asistencia médica ha aumentado y los médicos han recibido capacitación para hacer frente a situaciones de partos de emergencia y para dispensar atención neonatal. Entre 1994 y 2005, la tasa de nacimientos con asistencia médica aumentó en menos de 5 puntos y los avances en el acceso y el uso de equipos médicos para la atención a mujeres embarazadas siguen siendo modestos (28,5%). Los embarazos de niñas siguen siendo frecuentes en las zonas rurales, donde el acceso a los servicios para salvar vidas en situaciones de emergencia durante los embarazos es reducido (véanse los cuadros 7 y 8).

Cuadro 7Tasas de mortalidad infantil

1995

2000

2005

Cifra estimada para 2015

Tasa de mortalidad de niños menores de 5 años

170

107

98

80

Tasa de mortalidad de lactantes

104

82

70

49

Tasa de inmunización de los niños

68

60

69

90

Fuente : Informe sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio de 2008.

Cuadro 8Tasas de mortalidad materna

1995

2000

2005

Cifra estimada para 2015

Tasa de mortalidad materna por cada 100.000 nacidos vivos

650

530

405

260

Proporción de partos atendidos por personal sanitario especializado

14 (1994)

17

23

50

Fuente : Informe sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio de 2008.

24.Para desarrollar el sector de la salud y mejorar algunas cifras, la República Democrática Popular Lao se ha propuesto lograr que la tasa de mortalidad de niños recién nacidos caiga a 45 por cada 1.000 nacidos vivos, la tasa de mortalidad de niños menores de 5 años caiga a 70 por cada 1.000 nacidos vivos, la tasa de mortalidad materna caiga a 260 defunciones por cada 100.000 nacidos vivos, la esperanza de vida media alcance los 64 años, el acceso al agua potable llegue al 80% y el acceso a los retretes en los hogares al 60% (véase el cuadro 9). Además, para los próximos años el sector de la salud tiene entre sus prioridades: promover y ampliar considerablemente el número de aldeas modelo en materia de higiene, reducir las tasas de mortalidad maternoinfantil y aumentar gradualmente las tasas de supervivencia infantil, promover con intensidad la buena nutrición junto con la preparación para combatir los desastres naturales y las epidemias, y el proyecto destinado a desarrollar los recursos humanos y mejorar la calidad de los servicios, realizar inversiones sostenibles en el sector y movilizar y utilizar eficazmente los recursos externos y garantizar la calidad de los profesionales de la medicina tradicional y la inocuidad de los alimentos y los medicamentos.

Cuadro 9Porcentaje de la población con acceso sostenible a agua potable

1990

1995

2000

2007

Cifra estimada para 2015

Porcentaje de la población que utiliza fuentes de agua potable mejoradas

28

52

74

80

Porcentaje de la población con acceso a instalaciones sanitarias mejoradas

29

37

49

60

Fuente : Informe sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio de 2008.

Trabajo y generación de empleo

25.El Gobierno del país presta gran atención al desarrollo de las aptitudes profesionales, el cumplimiento de las normas laborales y la promoción de diferentes oficios y empleos entre de la población, y da una prioridad especial a los derechos de las personas con discapacidad y a la protección de los derechos e intereses legítimos de los trabajadores. Los trabajadores, sin ninguna discriminación por motivos de género, edad o clase social, gozan de condiciones de trabajo mejoradas, garantías de salud y seguridad, y realizan trabajos debidamente adaptados a su edad y sus capacidades y, por lo general, reciben una remuneración de acuerdo con unos rangos salariales más o menos equitativos. En la República Democrática Popular Lao la tasa total de desempleo asciende al 1,3 de la población activa en todo el país.

26.La aplicación de políticas destinadas a atraer la inversión ha generado mayores oportunidades de empleo para quienes buscan trabajo. En la actualidad hay más de 100.000 personas capacitadas para trabajar tras haber recibido una formación técnica o profesional. El Gobierno atribuye gran importancia al desarrollo de las competencias laborales de la ciudadanía, para lo cual fomenta y autoriza la construcción de centros de formación técnica y profesional públicos y privados, que actualmente suman un total de 153, de los cuales 61 pertenecen al sector estatal y 92 al sector privado.

27.Durante el gran crecimiento económico que ha tenido lugar en los dos últimos decenios, los sectores no agrícolas han generado ingresos considerables. Los sectores que generan numerosos puestos de trabajo y/o requieren conocimientos técnicos especializados no han experimentado un crecimiento similar. En general, la estructura laboral no ha cambiado demasiado puesto que el 80% de los trabajadores siguen empleados en la agricultura y sectores conexos, donde realizan actividades de mera subsistencia (véanse los cuadros 10 y 11). La estructura laboral de los sectores económicos se ha venido transformando a la par que la estructura económica y el proceso de industrialización y modernización. El porcentaje de trabajadores empleados en la agricultura y la silvicultura ha disminuido ligeramente del 78,5% en 2005 al 75,1% en 2010, mientras que en la industria y la construcción este porcentaje ha aumentado del 4,8% al 5,5% y en el sector de los servicios del 16,7% en 2005 al 19,5% en 2010 (véase el cuadro 12). La tasa anual de migración de trabajadores de la agricultura a los sectores no agrícolas es de aproximadamente un 0,7%, con más trabajadores que migran al sector de los servicios que al de la industria.

Fuente : Cálculos basados en el Censo de Población y Vivienda de 2005.

Cuadro 11Porcentaje de las personas de entre 15 y 64 años que participan en la fuerza de trabajo

1995

2005

Total

Zonas urbanas

Zonas rurales

Total

Zonas urbanas

Zonas rurales

Zonas rurales accesibles por carretera

Zonas rurales no accesibles por carretera

Mujeres

83,1

61,1

88,1

79,5

64,2

86,4

85,5

88,5

Hombres

83,5

69,8

86,5

81,0

71

85,9

85,1

87,9

Total

83,3

65,4

87,4

80,3

67,5

86,1

85,3

88,2

Fuent e : Censos de Población y Vivienda de 1995 y 2005.

Cuadro 12Empleo en cada sector(en porcentaje)

1995

2005

Hombres

Mujeres

Total

Hombres

Mujeres

Total

Agricultura

81,3

89,5

85,5

77,8

81,3

79,6

Sectores no agrícolas

1 8,7

10,5

14,5

22,2

18,7

20,4

Sector público

9,1

3,2

6,0

8,5

3,8

6,1

Sector privado

9,6

7,3

8,5

13,7

14,9

14,3

Total

100

100

100

100

100

100

Fuente : Censos de Población y Vivienda de 1995 y 2005.

Cultura

28.La República Democrática Popular Lao tiene políticas culturales claras que se centran en la promoción del desarrollo cultural para que la sociedad lao tenga una mentalidad civilizada. El Gobierno atribuye gran importancia a la preservación de la vasta cultura nacional mediante la conservación y la promoción de las valiosas tradiciones culturales del pueblo multiétnico, al tiempo que da acogida a una selección de culturas mundiales avanzadas. El Gobierno realiza grandes esfuerzos para promover las prácticas culturales, las artes y la literatura, la creatividad, y la gestión y preservación del patrimonio cultural, histórico y natural del país, así como de los monumentos y sitios históricos. La República Democrática Popular Lao tiene muchos sitios que son patrimonio cultural, histórico y natural como, por ejemplo, la ciudad de Luang Prabang y el templo de Vat Phou, en Champasak, que figuran entre los Sitios del Patrimonio Mundial de la UNESCO, y hay otros sitios históricos, culturales y naturales cuya candidatura a Sitio del Patrimonio Mundial se está preparando.

29.Las prácticas culturales del pueblo multiétnico gozan de un amplio apoyo, al igual que la protección y la preservación de los sitios históricos y el patrimonio cultural. En la actualidad, 682.803 hogares han sido declarados hogares culturales y hay 3.351 aldeas culturales, 85 grupos de aldeas culturales y 40 centros de cultura infantil.

30.El Gobierno procura ampliar las actividades de los medios de comunicación destinadas a preservar y desarrollar la nación, y el rápido crecimiento de las organizaciones de medios públicas y privadas ha mejorado la cantidad y la calidad de los medios de comunicación. Se han implantado sistemas para hacer llegar los medios de comunicación a las comunidades locales, que han permitido extender la cobertura de radio y televisión a casi todo el país. Las emisoras centrales y locales de radio y televisión también emiten una serie de programas en los idiomas de las minorías étnicas.

II.Marco general de protección y promoción de los derechos humanos

A.Adopción de las normas internacionales de derechos humanos

31.La República Democrática Popular Lao es parte en seis de las principales convenciones de derechos humanos de las Naciones Unidas y en dos Protocolos Facultativos: el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos acerca de la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, y sobre la participación de los niños en los conflictos armados. La República Democrática Popular Lao es uno de los pocos países de Asia que han firmado uno de los principales instrumentos de derechos humanos de las Naciones Unidas, la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. En la esfera de la promoción y protección de los derechos humanos, el país también es parte en la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, la Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud, la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid, la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad y el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena.

32.La República Democrática Popular Lao también es parte en otras convenciones relativas a los derechos humanos, como los Convenios de Ginebra de 1949 sobre derecho internacional humanitario y dos de sus protocolos adicionales —el Protocolo I, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales, y el Protocolo II, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional. El país es parte en nueve de los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) (núms. 4, 6, 13, 29, 100, 111, 138, 182 y 144) y está considerando la posibilidad de ratificar otros convenios fundamentales de la OIT. También es parte en el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños y el Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Como país que ha sufrido los daños de la guerra infligidos por otros países, su papel en el proceso de elaboración de la Convención sobre Municiones en Racimo fue importante y también fue el segundo país después de Noruega en firmar esta Convención, que a su vez ha sido ratificada por la Asamblea Nacional del país. En 2010, la República Democrática Popular Lao tuvo el honor de acoger la primera Reunión de los Estados Partes en la Convención sobre Municiones en Racimo.

33.Asimismo, fue uno de los primeros países en ratificar la Carta de la Asociación de Naciones de Asia Sudoriental (ASEAN), que en su artículo 14 prevé la creación de un órgano de derechos humanos. En 2009 se estableció la Comisión Intergubernamental de la ASEAN sobre los Derechos Humanos. La República Democrática Popular Lao se ha empeñado en cumplir sus funciones y obligaciones con arreglo al mandato de este órgano de derechos humanos.

34.El Gobierno de la República Democrática Popular Lao actúa con seriedad y sinceridad al aceptar las normas internacionales enunciadas en esta convención y al aplicarlas en consonancia con las circunstancias y las realidades singulares del país y en plena conformidad con el principio pacta sunt servanda, aplicable al derecho internacional de los tratados. La República Democrática Popular Lao nunca ha cesado o evitado la aplicación de las convenciones de derechos humanos en las que es parte. Varias leyes e instrumentos legislativos establecen un marco para la aplicación de los principios de derechos humanos en consonancia con lo que autorizan las convenciones internacionales. Entre estas leyes e instrumentos legislativos figura la Ley de Medios de Comunicación, la Ley de Sindicatos, el Decreto sobre la Práctica Religiosa, el Decreto sobre Organizaciones Sociales, el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal.

B.Marco jurídico general de protección y promoción de los derechos humanos a nivel nacional

35.En el capítulo 4 (arts. 34 a 51) de la Constitución de la República Democrática Popular Lao se especifican los derechos y las obligaciones fundamentales de los ciudadanos, y se dispone que todos los ciudadanos lao son iguales ante la ley, sin distinción de sexo, condición social, formación, creencias y origen étnico (art. 35) y que los ciudadanos lao de ambos sexos gozan de igualdad de derechos en los planos político, económico, cultural y social, así como en el ámbito de la familia (art. 37). La Constitución de la República Democrática Popular Lao consagra los derechos civiles, como el derecho a votar en las elecciones y a presentarse como candidato, el derecho a la educación, el derecho al trabajo, el derecho a recibir atención médica, el derecho al descanso, el derecho a la libertad de residencia y circulación, el derecho a presentar denuncias y quejas y proponer ideas a los órganos del Estado, el derecho a la inviolabilidad de la persona, la dignidad y el domicilio, el derecho a la libertad de creer o no creer en una religión, el derecho a la libertad de expresión, de prensa y de reunión y a crear asociaciones y organizar manifestaciones que no sean contrarias a la ley, y el derecho y la libertad de realizar estudios en ciencias, técnicas y tecnologías avanzadas y a aplicar esos conocimientos, crear obras artísticas y literarias y participar en actividades culturales que no contravengan la ley. Los derechos de los extranjeros y los apátridas también están amparados por las leyes de la República Democrática Popular Lao.

36.La Asamblea Nacional ha aprobado más de 90 leyes, entre las que figuran leyes que están directa o indirectamente relacionadas con la protección y promoción de los derechos humanos, como la Ley de Protección de los Derechos e Intereses del Niño, la Ley de Desarrollo y Protección de la Mujer, la Ley de Familia, la Ley sobre la Nacionalidad Lao, la Ley de Tramitación de Quejas, el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, la Ley de Tribunales Populares, la Ley de la Fiscalía, la Ley sobre la Elección de la Asamblea Nacional, la Ley del Trabajo, la Ley de Sindicatos, la Ley de Educación, la Ley de Alimentación, la Ley de Atención de la Salud, la Ley de Medios de Comunicación, la Ley del Frente Lao de Construcción Nacional, etc. Además de las leyes promulgadas por la Asamblea Nacional, el Presidente Nacional, el Gobierno, los ministerios, las organizaciones y las autoridades locales también promulgan leyes, algunas de las cuales se refieren directamente a la protección y promoción de los derechos humanos, como el Decreto sobre la Práctica Religiosa y el Decreto sobre Organizaciones Sociales.

37.En la República Democrática Popular Lao no hay ninguna institución nacional de derechos humanos que se ajuste a los Principios de París, pero existen mecanismos de derechos humanos que corresponden y se adecúan a las verdaderas circunstancias del país. La República Democrática Popular Lao está estudiando las experiencias de otros países con vistas a la posibilidad de crear una institución nacional de derechos humanos. El Gobierno de la República Democrática Popular Lao ha creado varios comités nacionales que se encargan de promover y proteger los derechos humanos, como el Comité Directivo Nacional sobre la Coordinación de los Derechos Humanos, la Comisión Nacional para Personas con Discapacidad, la Comisión Nacional para el Adelanto de la Mujer y la Comisión Nacional para las Madres y los Niños. En la República Democrática Popular Lao, las organizaciones no gubernamentales (ONG) se han establecido en forma de organizaciones sociales y profesionales, entre ellas el Frente Lao de Construcción Nacional, la Unión de Mujeres Lao, la Unión Revolucionaria de Jóvenes Lao, la Federación Lao de Sindicatos, la Asociación de Veteranos, el Colegio de Abogados Lao, la Asociación Lao de Personas con Discapacidad, varias organizaciones profesionales y asociaciones sin fines de lucro, etc. Las ONG internacionales también trabajan activamente en la República Democrática Popular Lao. Estas organizaciones son capaces de comprender la verdadera situación de los esfuerzos que se están realizando para promover y proteger los derechos humanos en el país. Están en condiciones de hacer recomendaciones a los instrumentos antes mencionados con el fin de resolver los problemas de violaciones de los derechos humanos. Las ONG extranjeras operan en toda la República Democrática Popular Lao y contribuyen activamente al desarrollo socioeconómico y la erradicación de la pobreza en el país. Actualmente hay 188 ONG extranjeras que trabajan en el país. Además, el Gobierno atribuye gran importancia a la creación de normas jurídicas para gestionar las actividades de las ONG y ha promulgado el Decreto sobre las Asociaciones. Estos fundamentos jurídicos crean las condiciones propicias para la expansión de organizaciones sociales, de modo que puedan contribuir al desarrollo nacional, la erradicación de la pobreza y el respeto de los derechos humanos en la República Democrática Popular Lao.

38.Para la protección de los derechos humanos, el país dispone de un instrumento establecido en la Asamblea Nacional (el Departamento de Presentación de Quejas y Asuntos de Nacionalidad), el sistema de tribunales populares y la Fiscalía. Los tribunales populares son los órganos judiciales estatales con competencia para entender de casos de infracciones legislativas, incluidos los actos ilegales cometidos por organizaciones administrativas que afecten a los derechos y la dignidad de los ciudadanos. En el Código Penal están tipificados los delitos que afectan a los derechos y libertades civiles (cap. 3) y, según lo dispuesto en ese capítulo, entre los actos ilícitos que afectan a los derechos y libertades civiles figuran la coacción ilegal, la detención y la privación de libertad, la venta y el secuestro de personas, la violación de la libertad de expresión, de prensa o de reunión, la violación del domicilio y de la vida privada, la obstrucción del derecho a votar en las elecciones y a presentarse como candidato, y la falsificación o destrucción de documentos en las elecciones. La versión del Código Penal modificada en 2005 tiene en cuenta las obligaciones que atañen a la República Democrática Popular Lao en virtud de los convenios internacionales e incluye también los delitos de discriminación étnica y de discriminación contra la mujer, y la trata de seres humanos.

39.La República Democrática Popular Lao siempre ha atribuido gran importancia a la protección y la promoción de los derechos e intereses de las personas con discapacidad, y ha creado la Comisión Nacional para Personas con Discapacidad, que es directamente responsable de difundir información sobre las diversas convenciones que se refieren a las personas con discapacidad, especialmente la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, a fin de que los ciudadanos adquieran un conocimiento preciso y coherente de los derechos y obligaciones recogidos en la Constitución y las leyes, información que también se les transmite a través de cursos prácticos y seminarios, la celebración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad y los medios de comunicación. Las organizaciones internacionales y las organizaciones para las personas con discapacidad también ofrecen su cooperación y prestan su apoyo.

Artículo 1Objeto

40.El objeto de la Convención está en consonancia con la Constitución y las leyes conexas de la República Democrática Popular Lao. La República Democrática Popular Lao promueve y protege los derechos de las personas con discapacidad para que participen en la construcción y el desarrollo nacionales, así como en la política y la economía, tanto directa como indirectamente, mediante, por ejemplo, el acceso a los servicios de salud, la educación, la formación profesional, el empleo, la información y las telecomunicaciones, y puedan vivir con dignidad en la sociedad.

Artículo 2Definiciones

41.Por persona con discapacidad se entiende una persona con una deficiencia física, psicológica o intelectual o con una pérdida de funcionalidad total o parcial de un órgano, causada por el motivo que sea, que le afecte a la vista, el oído o el habla, y que suponga un obstáculo para la realización de las actividades cotidianas y la participación plena en las actividades sociales. ( Artículo 2 del Decreto sobre las Personas con Discapacidad )

Artículo 3Principios generales

42.Con el fin de promover los derechos, el respeto de la dignidad humana, la equidad de género y la igualdad de las personas con discapacidad con las demás y su acceso a la educación, la atención de la salud, la formación profesional, el empleo, la información, las telecomunicaciones, etc., el Gobierno enuncia los siguientes principios generales en el artículo 5 del Decreto sobre las Personas con Discapacidad:

a)Garantizar el derecho a la igualdad política, económica y sociocultural entre las personas con discapacidad y las demás;

b)Asegurarse de que la gestión y la aplicación de las políticas en favor de las personas con discapacidad se llevan a cabo de manera uniforme en todo el país;

c)Ofrecer las instalaciones necesarias para permitir el acceso a los servicios, los lugares públicos, la información y las telecomunicaciones;

d)Promover la participación de todos los sectores de la sociedad en la protección, la asistencia y el desarrollo de las personas con discapacidad;

e)Promover la cooperación para obtener asistencia técnica, especializada y financiera en los planos nacional, regional e internacional;

f)Los principios generales antes mencionados son compatibles con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y las circunstancias del desarrollo socioeconómico de la República Democrática Popular Lao.

Artículo 4Obligaciones generales

43.Las actividades destinadas a las personas con discapacidad, que son amplias y se han incluido en los planes de desarrollo socioeconómico, están relacionadas, por ejemplo, con la educación y el deporte, la salud, el trabajo y el bienestar social y otras actividades. Por consiguiente, después de que el Gobierno ratificara la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, se estableció la Comisión Nacional para Personas con Discapacidad y se adoptaron medidas para mejorar la legislación relativa a las personas con discapacidad y adecuarla a las normas internacionales introduciendo cambios en instrumentos como la Ley del Trabajo, la Ley de Educación, la Ley Fiscal, la Ley de Higiene, Prevención de Enfermedades y Promoción de la Salud, la Ley sobre la Construcción, el Decreto sobre las Personas con Discapacidad, la Estrategia y Plan de Acción Nacionales sobre Educación Inclusiva, etc. Estas medidas sirven de referencia en lo que respecta al cumplimiento de las obligaciones derivadas de los convenios internacionales y tienen por objeto mejorar las condiciones de vida y el bienestar de las personas con discapacidad, a fin de que puedan desenvolverse de manera independiente, cuidar de sí mismas y empoderarse gradualmente, de acuerdo con las políticas adoptadas por el Partido y el Gobierno.

Artículo 5Igualdad y no discriminación

44.En lo que se refiere a la aplicación de políticas para la protección y promoción de los derechos humanos, el Gobierno considera de suma importancia los principios de la prohibición de la discriminación y la garantía de la igualdad de derechos de todas las personas ante la ley. Esto se pone de manifiesto en el artículo 35 de la Constitución, que establece que los ciudadanos lao son iguales ante la ley, independientemente de su sexo, condición social, educación, creencias y origen étnico, y el artículo 34, que dispone que son ciudadanos lao las personas que tienen la nacionalidad lao de conformidad con lo dispuesto en las leyes. La nacionalidad lao se adquiere por nacimiento, naturalización y otros criterios definidos en los artículos 11 a 14 de la Ley de Nacionalidad. Las personas que se encuentran en el país y no son ciudadanos lao también están protegidas en virtud de lo dispuesto en el artículo 50 de la Constitución, que establece que los derechos y libertades de los extranjeros y los apátridas están protegidos por las leyes de la República Democrática Popular Lao.

45.Las leyes de la República Democrática Popular Lao disponen claramente lo siguiente respecto de los principios de igualdad y no discriminación:

a)La Ley de Tribunales Populares, artículo 6, párrafo 1 garantiza la igualdad ante los tribunales al disponer que todos los ciudadanos lao son iguales ante la ley y los tribunales, independientemente de su origen, condición socioeconómica, raza, origen étnico, idioma, sexo, nivel cultural, profesión, religión, residencia y otros factores;

b)El Código Penal, artículo 6, dispone que el enjuiciamiento de las causas penales se realizará sobre la base de que todos los ciudadanos lao son iguales ante la ley y los tribunales, independientemente de su origen, condición socioeconómica, raza, origen étnico, idioma, sexo, nivel cultural, profesión, religión, residencia y otros factores. Los tribunales populares deberán crear las condiciones necesarias para que las personas, especialmente los sospechosos, los delincuentes y los acusados en las causas civiles puedan ejercer sus derechos con el fin de garantizar que el procedimiento penal pueda desarrollarse de manera correcta y objetiva;

c)El Código de Procedimiento Civil, artículo 3, dispone que los tribunales tienen el derecho y la autoridad exclusivas para pronunciarse sobre las causas civiles, y el enjuiciamiento de estas causas se llevará a cabo sobre la base del principio de igualdad para todos los ciudadanos lao. El artículo 6 también establece la igualdad de los ciudadanos ante la ley y los tribunales y dispone que los procedimientos civiles deben llevarse a cabo sobre la base de la igualdad de derechos de todos los ciudadanos ante la ley y los tribunales, con independencia de su sexo, raza, origen étnico, situación socioeconómica, idioma, nivel de formación, profesión, creencias, residencia u otros factores.

46.Los tribunales populares deben crear las condiciones necesarias para que los ciudadanos lao, en particular los litigantes en causas civiles, puedan ejercer su derecho a la igualdad, de modo que el procedimiento civil pueda llevarse a cabo de manera objetiva y se adecúe con precisión a los hechos.

47.El Gobierno prestó gran atención a la creación del Decreto sobre las Personas con Discapacidad, que establece la igualdad de las personas con discapacidad y dispone en su artículo 9 la igualdad absoluta entre las personas con discapacidad y las demás personas ante la ley, independientemente de su sexo, edad, raza, origen étnico, idioma, creencias, religión, la causa de su discapacidad y su condición económica, cultural y social. El Estado aplica una serie de medidas necesarias para prevenir y eliminar todas las formas de discriminación, violencia, agresión física y psicológica hacia las personas con discapacidad y atentados contra su dignidad. El artículo 10 establece que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos en los asuntos políticos, como el derecho a votar en las elecciones y a presentarse como candidatos, a participar en actividades y consultas, a dar su consentimiento en relación con cuestiones de importancia nacional y a ocupar todo tipo de puestos dentro de las organizaciones estatales y del Partido, el Frente Lao de Construcción Nacional, las organizaciones de masas y las organizaciones sociales, según proceda.

Artículo 6Mujeres con discapacidad

48.El Gobierno de la República Democrática Popular Lao se esfuerza por promover papeles de género equitativos y la igualdad de género, también en el caso de las personas con discapacidad, por lo que ratificó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer en 1981 y designó a la Comisión Nacional para el Adelanto de la Mujer para que representara al Gobierno en la protección y la promoción del adelanto de la mujer. Además, en 2004, se promulgó la Ley de Desarrollo y Protección de la Mujer , que en su artículo 8 hace referencia específica al desarrollo físico, psicológico, educativo, vocacional, profesional y familiar.

49.El Gobierno ha creado el Plan Estratégico para el Desarrollo de la Mujer para 2011‑2015 y el Plan de Acción Nacional para 2016-2020.

50.El artículo 13 del Decreto sobre las Personas con Discapacidad reconoce la igualdad en derechos y en valor entre las mujeres con discapacidad y los demás miembros de la sociedad, lo cual supone la paridad en el autodesarrollo y las mismas oportunidades de participar en los asuntos políticos, económicos, socioculturales, familiares y de otra índole, según lo previsto en la ley. El Estado aplica las medidas necesarias para proteger los derechos e intereses de las mujeres con discapacidad y evitar que sean víctimas de discriminación, violencia sexual, física o psicológica, o atentados contra su dignidad.

51.El Estado y los órganos pertinentes contribuyen al desarrollo de las mujeres con discapacidad y crean las condiciones que les permitan participar en las actividades del Partido, el Estado, las organizaciones de masas y sociales.

52.En la práctica, el Gobierno ha aprobado el establecimiento del Centro Lao para el Desarrollo de las Mujeres con Discapacidad, que proporciona formación profesional y capacitación a mujeres con discapacidad procedentes de las diferentes provincias del país. Cada año, este centro ofrece formación profesional a 60 mujeres con discapacidad, algunas de las cuales luego siguen trabajando en el centro y otras consiguen forjarse sus propias carreras, dependiendo de su situación. Además, también reciben formación sobre los derechos de las personas con discapacidad y los papeles de género.

Artículo 7Niños con discapacidad

53.La protección y promoción de los derechos de los niños y su desarrollo son importantes para el Gobierno de la República Democrática Popular Lao, como demuestra su adhesión a la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, en 1991, antes de encomendar a la Comisión Nacional para las Madres y los Niños la protección de los derechos e intereses de todas las mujeres y niños, incluidos los niños con discapacidad. Se elaboró la Ley de Protección de los Derechos e Intereses del Niño, que ampara a todos los niños, sin distinción de ningún tipo, como se indica en el artículo 3, que afirma que todo niño tiene los siguientes derechos fundamentales:

a)Vivir una vida segura y tener garantizado un desarrollo físico y emocional adecuado;

b)Ser inscrito al nacer con un nombre y un apellido y recibir la nacionalidad;

c)Ser reconocido y atendido por sus padres y no ser separado de sus padres a menos que sea necesario para proteger sus intereses;

d)Recibir atención sanitaria, tratamiento médico y rehabilitación cuando sea necesario;

e)Recibir una educación, de modo que pueda adquirir cualidades, conocimientos, competencias, aptitudes, capacidad para forjarse una carrera y habilidades profesionales, y encontrar empleo;

f)Hablar, expresar sus opiniones, reunirse e intercambiar experiencias positivas con otros niños, participar en actividades sociales, artísticas, literarias y físicas, y relajarse como corresponda a su edad;

g)Recibir y tener conocimiento de la información adecuada a su edad y su nivel de desarrollo y estar protegido de la información que pueda resultarle peligrosa;

h)Estar protegido de los malos tratos físicos y psicológicos;

i)Recibir protección especial del sistema de justicia; y

j)Ejercer otros derechos previstos por la ley.

54.El artículo 14 del Decreto sobre las Personas con Discapacidad dispone que, con arreglo a las normas jurídicas, los niños con discapacidad tienen derecho a la protección de sus derechos e intereses, entre ellos el derecho a la educación, la formación profesional, la atención, la rehabilitación, el tratamiento médico y el acceso a la información, en pie de igualdad con los demás niños.

55.Los niños con discapacidad tienen derecho a expresar sus opiniones sobre sus derechos y sus intereses en pie de igualdad con los demás niños. Las opiniones de los niños con discapacidad deben ser tratadas conforme a lo dispuesto en la normativa jurídica pertinente.

56.La Ley núm. 34/NA sobre la Seguridad Social, de 26 de julio de 2013, indica, en su capítulo 8, relativo a las prestaciones a los familiares de las personas que tienen derecho a la seguridad social, y más concretamente en el artículo 42, párrafo 2, que los hijos biológicos, los hijos adoptivos y los hijastros menores de 18 años tienen derecho a prestaciones. Los hijos que por una discapacidad o una enfermedad mental no puedan trabajar recibirán prestaciones de por vida.

57.Con el fin de fortalecer progresivamente la protección de los derechos de los niños, el Gobierno autorizó la creación de la Asociación para el Autismo, varias asociaciones para ayudar a los niños con discapacidad, varias fundaciones para prestar asistencia, la Dependencia para las Discapacidades Intelectuales y el Centro de Desarrollo y Servicios para Niños con Discapacidad Mental (aldea Sensouk).

Artículo 8Toma de conciencia

58.Desde 2005, el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social ha representado al Gobierno, en colaboración con la Asociación Lao de Personas con Discapacidad y con el apoyo de organizaciones internacionales, en la ejecución de proyectos destinados a crear conciencia acerca de los derechos y la igualdad de las personas con discapacidad mediante la organización de talleres, seminarios y reuniones para los empleados de organizaciones centrales y locales, que han contado con la asistencia de más de 3.000 personas, y la creación de medios de comunicación y publicaciones para informar y concienciar a toda la sociedad y recabar su participación. El Gobierno también colabora con la Asociación y otros órganos nacionales y extranjeros para organizar conferencias destinadas a ampliar las actividades relacionadas con las personas con discapacidad, con el fin de debatir e intercambiar enseñanzas y experiencias y favorecer así el desarrollo de las personas con discapacidad. La Comisión Nacional para Personas con Discapacidad colabora con la Asociación Lao de Personas con Discapacidad para organizar la celebración anual del Día Nacional de las Personas con Discapacidad, el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, el Día Internacional de las Personas Sordomudas, el Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo y las Olimpiadas Especiales.

Artículo 9Accesibilidad

59.En 2009, el Gobierno de la República Democrática Popular Lao promulgó la Ley sobre la Construcción, que en el cuarto párrafo de su artículo 5 indica que los edificios, las carreteras, los lugares públicos, etc., se han de construir procurando obtener el mayor grado posible de sostenibilidad socioeconómica, participación y beneficios y velando por que haya instalaciones para las personas con discapacidad y las personas de edad.

60.El artículo 28 de la Ley sobre la Construcción establece que las obras de construcción, tales como la construcción de edificios, carreteras y otros lugares públicos, debe incluir infraestructuras para las personas con discapacidad con el fin de favorecer su participación. Algunos lugares públicos ya construidos deben modificarse para incluir ajustes razonables.

61.El artículo 30 sobre el acceso a la información del Decreto sobre las Personas con Discapacidad dispone que las personas con discapacidad deben poder acceder a la información a través de la prensa, los medios electrónicos, la tecnología moderna y los servicios de telecomunicaciones, según corresponda. El artículo 31 sobre el acceso a los lugares públicos establece que los lugares públicos deben incluir instalaciones para las personas con discapacidad, como rampas, pasamanos, ascensores, aseos y otros elementos. El artículo 32 sobre el acceso al transporte público dispone que las necesidades de movilidad de las personas con discapacidad deben atenderse, por ejemplo, poniendo a su disposición asientos específicos y ofreciendo exenciones o descuentos en las tarifas y servicios de transporte según sea posible y en función de las circunstancias reales.

62.El Gobierno presta gran atención a la mejora y la construcción de instalaciones para las personas con discapacidad, como rampas, aseos, pasamanos, zonas de estacionamiento y paneles indicativos que indiquen la dirección para llegar a diversos lugares en diferentes ciudades, especialmente en lugares públicos como las escuelas, los hospitales, los lugares de trabajo, los aeropuertos, los mercados, las oficinas de correos, las terminales de autobuses, los bancos, etc.

63.La Comisión Nacional para Personas con Discapacidad trabaja con la Asociación Lao de Personas con Discapacidad para organizar campañas de publicidad en los medios de comunicación, con el fin de recaudar fondos para iniciativas como la construcción de rampas para personas en sillas de ruedas en las escuelas, los centros de salud y las salas comunales en los distritos de Thoulakhom, Vangvieng y Phonhong, y en la Provincia de Vientián.

64.La Comisión Nacional para Personas con Discapacidad también ha trabajado con la APCD Foundation en la ejecución de un proyecto en el distrito de Naxaythong, en Vientián, para crear un entorno libre de barreras mediante la mejora y la construcción de instalaciones para las personas con discapacidad con el objetivo de que puedan vivir con normalidad, al igual que los demás miembros de la sociedad.

Artículo 10Derecho a la vida

65.La Constitución establece en su artículo 40 que los ciudadanos lao gozan de libertad de residencia y circulación, de conformidad con lo dispuesto en las leyes. El artículo 42 establece que los ciudadanos lao tienen derecho a la inviolabilidad de su persona, dignidad y domicilio. Los ciudadanos no pueden ser detenidos ni sus domicilios pueden ser registrados sin una orden del fiscal o los tribunales populares, salvo que la ley disponga otra cosa.

Artículo 11Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias

66.El Gobierno de la República Democrática Popular Lao siempre respeta los principios humanitarios y presta ayuda a sus ciudadanos cuando se enfrentan a problemas y desastres, y esto se aplica también a las personas con discapacidad de todo el país. Para responder y prestar asistencia en situaciones de emergencia a su debido tiempo, el Gobierno creó el Comité Nacional de Prevención y Control de Desastres de conformidad con el Decreto núm. 220/PM, de 28 de agosto de 2013, integrado por miembros de los ministerios y sectores pertinentes, a saber.

1.

Viceprimer Ministro y Ministro de Defensa Nacional

Presidente

2.

Ministro de Recursos Naturales y Medioambiente

Vicepresidente

3.

Ministro de Agricultura y Silvicultura

Vicepresidente

4.

Ministro de Obras Públicas y Transporte

Vicepresidente

5.

Ministro de Trabajo y Bienestar Social

Vicepresidente

6.

Viceministro de Salud

Miembro ordinario

7.

Viceministro de Seguridad Pública

Miembro ordinario

8.

Presidente de la Cruz Roja Lao

Miembro ordinario

9.

Secretario Adjunto del Comité Ejecutivo Central del LPRYU (Sindicato Juvenil de la República Democrática Popular Lao).

Miembro ordinario

10.

Director General Adjunto del Departamento General del Ministerio de Defensa Nacional

Miembro ordinario

11.

Secretario Permanente del Gabinete del Ministerio de Planificación e Inversión

Miembro ordinario

12.

Jefe de Gabinete del Ministerio de Relaciones Exteriores

Miembro ordinario

13.

Director del Gabinete del Ministerio de Educación y Deportes

Miembro ordinario

14.

El Director de la Jefatura de Gabinete del Ministerio de Finanzas

Miembro ordinario

15.

Director General del Departamento de Medios de Comunicación del Ministerio de Información, Cultura y Turismo

Miembro ordinario

67.Este Comité se nombra por puesto, opera bajo la orientación directa del Gobierno y tiene las siguientes funciones, responsabilidades, derechos y obligaciones:

a)El Comité Nacional de Prevención y Control de Desastres es responsable de la preparación para casos de desastre y la prevención y el control de desastres y actúa como mecanismo de coordinación central del control de los desastres en todo el país;

b)El Comité se encarga de estudiar y formular planes y políticas para mejorar la resolución del problema de los desastres y proponérselos al Gobierno;

c)El Comité debe buscar y reunir información y datos estadísticos sobre las víctimas de desastres naturales y de desastres provocados por el hombre, y presentar las necesidades de asistencia correspondientes;

d)El Comité debe movilizar la asistencia técnica, financiera y material de todas las personas, todos los sectores y las organizaciones nacionales y extranjeras para su uso en el control de los desastres;

e)El Comité debe difundir información y dar capacitación en toda la sociedad para que las personas comprendan los desastres y evitar así los peligros, mejorar el control de los desastres y realizar estudios que proporcionen contenido sobre el control de los desastres y la protección del medio ambiente que pueda ser incluido en los libros de texto escolares;

f)El Comité se encarga de dirigir todas las operaciones de rescate y socorro y los proyectos relacionados con los preparativos para hacer frente y responder a los daños causados por los desastres y ofrecer rehabilitación después de los desastres a fin de restablecer la normalidad mediante la financiación estatal y la ayuda de los organismos públicos, las organizaciones internacionales, las ONG y las organizaciones del sector privado que operan en la República Democrática Popular Lao, así como de informar al Gobierno de manera periódica;

g)En lo que se refiere al nombramiento de los Comités de Control y Prevención de Desastres, el Comité Nacional debe coordinarse con los gobernadores provinciales y las autoridades provinciales y de distrito y prestarles su apoyo para que puedan ayudar a mejorar la capacidad de asistencia en esas unidades.

Artículo 12Igual reconocimiento como persona ante la ley

68.La República Democrática Popular Lao aplica una política encaminada a construir el estado de derecho y velar por que se respeten las garantías procesales en las actuaciones judiciales. Los órganos competentes aplican las medidas adecuadas para garantizar la igualdad de derechos de los ciudadanos lao ante la ley y ante los tribunales como se especifica en la Constitución y las leyes. El derecho a un juicio imparcial está garantizado en el sistema judicial con arreglo a los instrumentos pertinentes, como el Código de Procedimiento Penal y el Código de Procedimiento Civil. Conforme al artículo 35 de la Constitución, los ciudadanos lao son iguales ante la ley, independientemente de su sexo, condición social, educación, creencias y origen étnico. El artículo 37 establece que los ciudadanos de ambos sexos gozan de iguales derechos en los planos político, económico, cultural, social y familiar. El artículo 38 dispone que los ciudadanos lao tienen derecho a recibir educación y progresar. El artículo 39 establece que los ciudadanos lao tienen derecho a trabajar y a dedicarse a cualquier ocupación que no sea contraria a la ley. Los trabajadores tienen derecho a descansar, a recibir tratamiento médico en caso de enfermedad y a recibir asistencia en caso de que no puedan trabajar, tengan alguna discapacidad o sean de edad avanzada, así como en otros casos especificados por la ley. El artículo 15 del Decreto sobre las Personas con Discapacidad prevé el derecho a presentar denuncias y dispone que las personas con discapacidad tienen derecho a presentar denuncias y peticiones de justicia ante los órganos pertinentes a fin de que esos órganos puedan determinar si se han vulnerado sus derechos y puedan obtener justicia. Al atender esas denuncias, esos órganos deberán facilitar el proceso, proporcionar asistencia y garantizar la justicia para las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás personas.

Artículo 13Acceso a la justicia

69.El Gobierno trabaja con la Asociación Lao de Personas con Discapacidad en la organización de cursos y seminarios para los funcionarios de los tribunales y otros órganos pertinentes sobre el derecho de las personas con discapacidad a acceder al sistema de justicia, con el fin de que conozcan y entiendan los procedimientos para prestar asistencia a esas personas en caso de que tengan problemas o presenten denuncias ante el sistema de justicia. Estas iniciativas de capacitación han contado con la asistencia de 78 personas (45 de ellas mujeres).

Artículo 14Libertad y seguridad de la persona

70.El artículo 42 de la Constitución establece que los ciudadanos lao tienen derecho a la inviolabilidad de su persona, dignidad y domicilio. Los ciudadanos no pueden ser detenidos ni sus domicilios pueden ser registrados sin una orden del fiscal o los tribunales populares, salvo que la ley disponga otra cosa. El artículo 40 dispone que los ciudadanos lao gozan de libertad de residencia y circulación, de conformidad con lo dispuesto en las leyes.

Artículo 15Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

71.En el marco jurídico de la República Democrática Popular Lao, la tortura está tipificada como un acto ilegal. La aplicación de torturas o métodos u actos ilegales a los sospechosos o los prisioneros es un delito. De conformidad con el Código de Procedimiento Penal, se prohíbe a los funcionarios que recurran a la violencia, la coacción, las amenazas, las palizas u otros métodos ilegales durante la investigación y el interrogatorio de un sospechoso, un acusado u otra persona que intervenga en una causa judicial. De conformidad con el Código Penal, se castiga a los delincuentes con el objetivo de reeducarlos y hacer de ellos buenas personas y no para torturarlos.

72.El Gobierno de la República Democrática Popular Lao ha protegido, gestionado, educado y formado a personas lao con discapacidad y sin ella para que respeten la legislación del país, de conformidad con las obligaciones y los deberes de los ciudadanos lao que prevé la Constitución. Tras esos cursos de formación y capacitación, tanto las personas con discapacidad como las demás manifiestan un gran respeto por las normas jurídicas.

Artículo 16Protección contra la explotación, la violencia y el abuso

73.Los ciudadanos lao son compasivos y se ayudan entre sí. Las autoridades locales y las familias prestan su ayuda y hacen todo lo posible para atender a las personas con discapacidad que están a su cargo y eliminar la violencia doméstica. Así pues, el artículo  29 de la Ley de Desarrollo y Protección de la Mujer establece que la violencia doméstica contra mujeres y niños es un acto o una omisión cometidos por una persona en el seno de una familia que cause daños físicos o emocionales a una mujer o un niño de dicha familia o provoque el deterioro de sus pertenencias.

Artículo 17Protección de la integridad personal

74.Todas las personas con discapacidad tienen derecho a que se respete su discapacidad física, psicológica o intelectual en igualdad de condiciones con las demás. El artículo 42 de la Constitución establece que los ciudadanos lao tienen derecho a la inviolabilidad de su persona, dignidad y domicilio. Los ciudadanos no pueden ser detenidos ni sus domicilios pueden ser registrados sin una orden del fiscal o los tribunales populares, salvo que la ley disponga otra cosa. Tras la aplicación de las leyes pertinentes, ya no se tiene constancia de casos de violaciones de la dignidad de las personas con discapacidad, especialmente casos en que se las menosprecie, discrimine o encarcele, o en que se las restrinja a una zona determinada o se pisotee su dignidad.

Artículo 18Libertad de circulación y nacionalidad

75.De conformidad, con el artículo 2 de la Ley núm. 05/NA, de 17 de mayo de 2004, sobre la Nacionalidad Lao, la nacionalidad lao es una relación política y jurídica vinculante entre una persona y el Estado de la República Democrática Popular Lao, en virtud de la cual el ciudadano lao tiene derechos y obligaciones para con el Estado de la República Democrática Popular Lao y viceversa. El artículo 9 establece que la nacionalidad lao se adquiere por nacimiento, naturalización, recuperación o por otros medios. El artículo 11 , relativo a la nacionalidad de los hijos en el caso de que solo uno de los progenitores sea ciudadano lao dispone que si solo uno de los padres de un niño es ciudadano lao, los hijos serán considerados ciudadanos lao por nacimiento si: 1) nacen dentro del territorio de la República Democrática Popular Lao; y/o 2) nacen fuera del territorio de la República Democrática Popular Lao, pero uno de los padres tiene en ese momento residencia permanente en el territorio de la República Democrática Popular Lao. En caso de que un niño nazca fuera del territorio de la República Democrática Popular Lao y ambos progenitores tengan direcciones permanentes fuera del territorio nacional, la decisión sobre su nacionalidad la tomarán sus padres. En caso de que uno de los padres sea ciudadano lao y el otro apátrida, el niño será considerado ciudadano lao por nacimiento sin tener en cuenta su lugar de nacimiento.

76.Los ciudadanos lao de todos los grupos étnicos tienen libertad de circulación y de residencia en el territorio de la República Democrática Popular Lao. El artículo 40 de la Constitución establece que los ciudadanos lao gozan de libertad de residencia y circulación, de conformidad con lo dispuesto en las leyes. Con arreglo a esta disposición, los ciudadanos lao tienen libertad de circulación sin restricciones ni obstáculos. Las personas pueden elegir el lugar de residencia en el territorio del país que les permita conseguir los medios de subsistencia adecuados.

77.Tras la aplicación práctica de las leyes pertinentes, no se tiene constancia de casos en que se haya restringido el derecho de una persona a la libre circulación y a poseer documentos de viaje. Los niños con discapacidad tienen derecho a la nacionalidad lao y a cambiar su nacionalidad de conformidad con las normas jurídicas.

Artículo 19Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad

78.El artículo 40 de la Constitución establece que los ciudadanos lao gozan de libertad de residencia y circulación, de conformidad con lo dispuesto en las leyes. Con arreglo a esta disposición, los ciudadanos lao tienen libertad de circulación sin restricciones ni obstáculos. Las personas pueden elegir el lugar de residencia en el territorio del país que les permita conseguir los medios de subsistencia adecuados.

79.El Gobierno de la República Democrática Popular Lao aplica una política de creación de aldeas y grupos de aldeas de desarrollo mediante la asignación de viviendas a la población. El Gobierno organiza el traslado a nuevas aldeas de la población de las zonas montañosas remotas, donde las personas viven dispersas, y proporciona también infraestructuras como escuelas, hospitales, tierras de cultivo, carreteras, electricidad, agua limpia y mercados para el intercambio de bienes. La política de reasentamiento de personas del Gobierno se centra en crear las condiciones necesarias que faciliten medios de vida estables y permitan a este pueblo multiétnico tener un mejor acceso a la educación y la atención de la salud. El proyecto para el reasentamiento de la población de las zonas montañosas a las mesetas se está llevando a cabo de conformidad con el Decreto del Primer Ministro núm. 07/PM, de 9 de abril de 2004.

Artículo 20Movilidad personal

80.Todos los ciudadanos lao pueden viajar dentro del país y al extranjero de forma independiente, como se indica en el capítulo IV de la Constitución de la República Democrática Popular Lao sobre los derechos y obligaciones fundamentales de los ciudadanos.

81.El Gobierno delega la fabricación y el suministro de prótesis y ayudas técnicas para las personas con discapacidad en el Centro de Rehabilitación Médica, en 686 Prosthetic Device Factory (aldea de Keun) y en los centros de rehabilitación provinciales. Entre los años 2007 y 2012, se proporcionaron 718 prótesis y 395 ayudas técnicas, se fabricaron 759 sillas de ruedas y se suministraron 4.532 sillas de ruedas a personas con discapacidad de todo el país para facilitar su movilidad, gracias a la financiación del Gobierno y la cooperación externa. Esto ha permitido la movilidad de las personas con discapacidad, que las han utilizado como vehículos de trabajo.

82.Se ha impartido capacitación sobre el montaje y la utilización de sillas de ruedas, en 26 ocasiones, y sobre el uso de muletas (orientación y movilidad), en 3 ocasiones.

Artículo 21Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información

83.Las personas con discapacidad gozan de libertad de expresión y de opinión según lo dispuesto en las normas jurídicas de la nación. El artículo 44 de la Constitución de la República Democrática Popular Lao dispone que los ciudadanos lao tienen el derecho y la libertad de expresión, de prensa y de reunión, y tienen derecho a crear asociaciones y organizar manifestaciones que no sean contrarias a la ley.

84.Los ciudadanos lao, entre ellos las personas con discapacidad, tienen el derecho y la libertad de expresión y de opinión, y hay una línea telefónica a la que pueden llamar durante los períodos de sesiones de la Asamblea Nacional para expresar abiertamente sus opiniones sobre la aplicación de los planes de desarrollo socioeconómico para cada período a través de una línea telefónica.

85.Los medios de comunicación y la prensa han mejorado tanto en cantidad como en calidad, y hay muchas más columnas y páginas con contenido muy variado. Los servicios como la publicidad, los servicios empresariales y demás servicios se han abierto al público, y actualmente en la República Democrática Popular Lao hay 123 periódicos, revistas y publicaciones periódicas (en comparación con los tan solo 13 que había en 1993). Entre ellos figuran revistas del sector privado y diarios distribuidos en el país y en el extranjero. Hay 57 emisoras de radio, que abarcan el 90% del país y 36 cadenas de televisión, con una cobertura del 80%. Además, la población rural puede recibir contenido a través de las transmisiones por satélite nacionales y extranjeras. En las zonas urbanas, la población tiene acceso a la televisión por cable, lo que aumenta el contenido y la calidad de la información. Estos medios de comunicación no solo han mejorado en términos de contenido, sino también desde el punto de vista tecnológico. Por ejemplo, los sistemas digitales han tomado el relevo de los sistemas analógicos. Internet representa una nueva forma de tecnología de la información y se está extendiendo rápidamente en todo el país, aumentando así el acceso público a la información.

86.En 2008, el Gobierno de la República Democrática Popular Lao promulgó la Ley de Medios de Comunicación y, aunque esta Ley no menciona la discapacidad, sí reconoce que con “todos los ciudadanos lao” se refiere a todos los nacionales lao en el territorio nacional.

87.El Gobierno de la República Democrática Popular Lao facilita la labor de la Asociación Lao de Personas con Discapacidad, aprobando la ejecución de sus proyectos, especialmente con apoyo de organizaciones internacionales. Entre los años 2008 y 2010 se emitió un programa de radio titulado “Amigos de las Personas con Discapacidad”, pero tuvo que cerrar debido a la falta de financiación. Desde 2008 hay un programa de televisión para las personas con discapacidad que se emite en todo el país (en LTV 1) el primer jueves de cada mes, de 9.30 a 10.00 horas. La Asociación Lao de Personas con Discapacidad también tiene boletines trimestrales, carteles, folletos y un sitio web para garantizar que la información sobre las personas con discapacidad llegue a sus miembros de las provincias.

88.La Comisión Nacional para Personas con Discapacidad facilita la ejecución de los proyectos de la Asociación Lao de Personas con Discapacidad, que tienen por objetivo concienciar a la opinión pública y consisten por ejemplo en iniciativas de capacitación sobre los derechos y la igualdad de las personas con discapacidad y sobre los medios de comunicación y la discapacidad, para periodistas, y sobre el uso básico y avanzado de la lengua de señas, para los trabajadores del sector público que participan en la prestación de servicios, con el fin de que conozcan y comprendan los derechos de las personas con discapacidad y participen más en las actividades destinadas a darles publicidad entre la población y entre las propias personas con discapacidad, de modo que estas se sientan seguras, participen en la sociedad y expresen sus opiniones sobre la base de los derechos que les asisten y la legislación en que esos derechos están consagrados.

Artículo 22Respeto de la privacidad

89.Los ciudadanos lao tienen derecho a no ser agredidos físicamente por nadie. Este derecho está garantizado por la Constitución y la ley. El artículo 2 de la Constitución establece que el Estado de la República Democrática Popular Lao es un estado del pueblo, en que el poder es ejercido por el pueblo y en beneficio del pueblo multiétnico, integrado por todos los estratos sociales cuyos componentes fundamentales son los trabajadores, los agricultores y los intelectuales. El artículo 6 afirma que el Estado protege las libertades y los derechos democráticos inviolables del pueblo. Todas las organizaciones y los funcionarios públicos deben contribuir a difundir todas las políticas, los reglamentos y las leyes entre la población, así como a fomentar la toma de conciencia al respecto, y a velar por su aplicación en colaboración con la sociedad civil, con miras a garantizar los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos. Están prohibidos todos los actos de burocratismo y de hostigamiento que puedan atentar contra la dignidad, el bienestar físico, la vida, el bienestar emocional y la propiedad de las personas.

90.El artículo 5 relativo a la no violación de los derechos y las libertades civiles del Código de Procedimiento Penal establece que las personas no pueden ser arrestadas ni detenidas, y sus domicilios no pueden ser registrados sin una orden del fiscal o los tribunales populares, salvo en caso de delito flagrante o en circunstancias de emergencia. En caso de arresto o detención ilegal o detención que exceda el período especificado por la ley o la decisión de los tribunales populares, el Ministerio Público deberá emitir una orden de puesta en libertad inmediata. Toda persona que arreste, detenga o registre un domicilio o a una persona de manera ilegal será enjuiciada y considerada penalmente responsable.

Artículo 23Respeto del hogar y la familia

91.El artículo 42 de la Constitución establece que los ciudadanos lao tienen derecho a la inviolabilidad de su persona, dignidad y domicilio. Los ciudadanos no pueden ser detenidos ni sus domicilios pueden ser registrados sin una orden del fiscal o los tribunales populares, salvo que la ley disponga otra cosa.

92.Con el fin de eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad en todas las cuestiones relacionadas con el matrimonio, la familia, la paternidad y las relaciones, sobre la base de la igualdad con los demás, el artículo 13 de la Ley de la Familia , relativo a la igualdad en los asuntos de la familia, dispone que el Estado y la sociedad promueven la equidad de género en las familias y la igualdad de derechos de mujeres y hombres en todos los aspectos relativos a las relaciones familiares. Las mujeres mayores de dieciocho años tienen derecho a elegir una pareja con quien formar una familia. Las esposas tienen derecho a tomar el apellido de su marido o conservar su apellido original. Las esposas tienen los mismos derechos que sus maridos respecto de los bienes matrimoniales. Ambos cónyuges tienen los mismos derechos a la hora de tratar, acordar y resolver cuestiones familiares relativas a la elección de un lugar de residencia, el empleo, el hecho de tener hijos, etc. Ambos cónyuges se amarán, respetarán y ayudarán mutuamente, cuidarán y enseñarán a sus hijos, y formarán conjuntamente una familia con una cultura de plena solidaridad, felicidad y progreso. El artículo 9 , relativo a las condiciones para contraer matrimonio, establece que los hombres y las mujeres tienen derecho a contraer matrimonio a los 18 años de edad. En casos especiales y de necesidad, podrá reducirse ese límite por debajo de los 18 años de edad, pero nunca por debajo de los 15. El matrimonio debe basarse en el consentimiento mutuo de ambas partes sin coacción de parte o persona alguna.

Artículo 24Educación

93.El derecho del pueblo lao a una educación sin discriminación racial ni étnica está garantizado por la Constitución. El artículo 22 de la Constitución de 2003 establece que el Estado vela por que se apliquen las políticas relativas al desarrollo educativo y el sistema de educación primaria obligatoria con el fin de formar buenos ciudadanos con ética revolucionaria, conocimientos y aptitudes. El Estado también presta gran atención al desarrollo de la educación nacional para garantizar la calidad de esta y crear oportunidades y condiciones favorables para que todas las personas reciban educación, especialmente aquellas que viven en zonas remotas, los grupos étnicos, las mujeres, los niños y las personas desfavorecidas. El Estado promueve la inversión del sector privado en el desarrollo de la educación nacional.

94.El artículo 38 de la Constitución dispone que los ciudadanos lao tienen derecho a recibir educación y superarse. El artículo 6 de la Ley de Educación establece el derecho de los ciudadanos lao a la educación al indicar que todos los ciudadanos lao, sin discriminación por el origen étnico, la raza, la religión, el sexo, la edad o la situación socioeconómica, tienen derecho a recibir educación. Según lo previsto en el artículo 25, relativo a la creación de escuelas especiales para las personas con discapacidad, el Estado ha de establecer escuelas especiales para las personas con discapacidad que no están en condiciones de estudiar en escuelas ordinarias. El Estado promueve la asistencia y el apoyo del sector privado y de las organizaciones sociales nacionales y extranjeras en materia de financiación, equipamiento, etc., para que contribuyan a la creación de esas escuelas. El artículo 35, relativo a la igualdad entre los estudiantes, establece que todos los alumnos tienen los mismos derechos con respecto a la educación, el aprendizaje, la investigación y el progreso, y que las escuelas, los centros e institutos de enseñanza de todos los niveles y todas las organizaciones educativas deben velar por que se respeten los principios de la igualdad de derechos de los alumnos en lo que se refiere a factores como el género, el origen étnico y la discapacidad. El artículo 36, relativo a los subsidios y la asistencia a los alumnos, establece que el Estado tiene un sistema para ofrecer subsidios a los alumnos de familias pobres y los estudiantes desfavorecidos, en particular las niñas, los grupos étnicos y los alumnos talentosos y aventajados, y promueve la prestación de formas adecuadas de asistencia a esos alumnos por particulares, organizaciones y la sociedad. El artículo 22 del Decreto sobre las Personas con Discapacidad, relativo a la educación inclusiva para estas personas, dispone en el párrafo 2 que las instituciones educativas dispondrán de todas las instalaciones necesarias para las personas con discapacidad, como aulas, áreas de aprendizaje y cursos adecuados. Se han creado una política nacional quinquenal sobre la educación inclusiva y un plan estratégico quinquenal para 2011-2015 y 2016-2020, respectivamente, así como un plan de acción para cada período.

95.De las 3.829 escuelas primarias en los 137 distritos y 17 provincias, 409 son escuelas de educación inclusiva a las que acuden alumnos con y sin discapacidad, 3 son escuelas especiales, en las que están matriculados 4.500 niños.

96.Además, también se imparte capacitación a los profesores que enseñan a niños con discapacidad, a fin de se familiaricen con diferentes métodos de enseñanza y aprendizaje, en particular la lengua de señas y el braille. También se ofrece capacitación a los trabajadores administrativos, a la que asisten numerosos trabajadores docentes y administrativos.

97.El Gobierno lao presta gran atención a la mejora y la utilización de planes de estudios adecuados, especialmente en lo que se refiere al aprendizaje y la enseñanza del braille en el caso de alumnos con discapacidad visual y el lenguaje de señas en el de alumnos sordomudos, y en los últimos años se han matriculado 62 alumnos (24 niñas) con discapacidad visual y 171 alumnos con sordera (69 niñas), y hay 29 docentes (23 mujeres).

98.El Gobierno presta su apoyo a la Asociación Lao de Personas con Discapacidad para la creación de un programa de traducción del idioma lao al braille, que se espera que esté disponible en 2015.

Artículo 25Salud

99.El derecho a la salud está previsto en las disposiciones de la Constitución y la Ley de Higiene, Prevención de Enfermedades y Promoción de la Salud, especialmente en el artículo 3 de esta Ley, en el que se afirma que todos los ciudadanos, con independencia de su origen étnico, sexo, edad o situación socioeconómica, tienen derecho a acceder a los servicios de salud y tienen la obligación de cuidar la salud personal, familiar, social y nacional y contribuir a la higiene, la prevención de enfermedades y la promoción de la salud. El artículo 17 del Decreto sobr e las Personas con Discapacidad , relativo a la atención de la salud, dispone que las personas con discapacidad recibirán servicios de prevención, de exámenes médicos, de tratamiento y de rehabilitación en hospitales, centros de salud, salas de detección de enfermedades y otras instalaciones, en los que se atenderá a las personas con discapacidad con pocos recursos, a las personas sin hogar y/o a las que no puedan valerse por sí mismas y no tengan a nadie que pueda hacerse cargo de ellas, como se especifica en las normas correspondientes.

Artículo 26Habilitación y rehabilitación

100.El artículo 18 del Decreto sobre las Personas con Discapacidad, relativo a la rehabilitación, dispone que las personas con discapacidad recibirán rehabilitación, fisioterapia, cirugía plástica, aparatos y ayudas técnicas, de conformidad con los principios médicos. Los gastos de rehabilitación, fisioterapia, aparatos y ayudas técnicas de las personas con discapacidad sin recursos, las personas sin hogar o las que no pueden valerse por sí mismas y no tienen a nadie que pueda hacerse cargo de ellas se sufragarán de acuerdo con lo dispuesto en los reglamentos correspondientes. Se ha de informar a las personas con discapacidad que residen en zonas rurales y remotas y a sus familiares sobre los centros de rehabilitación y los centros que prestan asistencia en lo relativo a los aparatos, las ayudas técnicas y la rehabilitación. Deben coordinarse la rehabilitación en hospitales y centros médicos específicos y la rehabilitación en la comunidad y en las familias de las personas con discapacidad.

101.El Gobierno da mucha importancia a la rehabilitación, la habilitación y la fisioterapia para las personas con discapacidad y esos servicios se prestan en hospitales de distintos niveles. Se han construido cuatro centros de rehabilitación para atender las necesidades de las personas con discapacidad en las ciudades de Luang Prabang, Vientián, Savannakhet y Champasak. El personal médico también ha recibido capacitación y utiliza una serie de equipos modernos para ayudar en la rehabilitación. Tras la puesta en marcha de estas iniciativas, 41.295 personas con discapacidad han hecho uso de estos servicios o recibido rehabilitación, lo que les ha permitido mejorar gradualmente sus condiciones físicas y psicológicas. Además, el Gobierno ha elaborado y proporcionado ayudas técnicas a las personas con discapacidad que no pueden valerse por sí mismas en la vida cotidiana ni trabajar. En este sentido, 2.750 personas con discapacidad han recibido sillas de ruedas, 536 han recibido sillas de ruedas, 4.950 han recibido prótesis ortopédicas, 656 han recibido bastones, 176 han recibido audífonos y 200 han recibido gafas.

Artículo 27Trabajo y empleo

102.El segundo párrafo del artículo 4 de la Ley del Trabajo (modificada en 2013) prevé que el Estado vele por que las personas sin recursos, las personas desfavorecidas, las personas con discapacidad, los desempleados y las personas que tienen problemas sociales reciban capacitación profesional y accedan a los servicios de empleo para que puedan conseguir trabajo, percibir un ingreso y, recibir reparación por la injusticia de que son víctimas, con el fin último de salir de la pobreza. El artículo 9, capítulo 1, parte II especifica en el apartado 1) los grupos a los que irá destinado el desarrollo de aptitudes profesionales: las personas desfavorecidas, los pobres y las personas con discapacidad. El  artículo 33, capítulo 2, parte II enumera en el apartado 1) los componentes relacionados con la creación de oportunidades de empleo: promoción del trabajo independiente, el trabajo en la propia aldea y el trabajo a domicilio, y contratación de personas desfavorecidas, mujeres, personas con discapacidad y personas de edad. El artículo 68, relativo a la contratación de trabajadores extranjeros, establece que los empleadores tienen la obligación de crear un plan sobre las necesidades laborales de sus actividades en el que se dé prioridad a los trabajadores lao sobre los extranjeros.

103.El 30 de abril de 2009, el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social publicó el Aviso 1450/LSW sobre el aumento del salario mínimo de 348.000 a 626.000 kip y, en 2014, se formuló una propuesta al Gobierno para que aprobara el aumento del salario mínimo de 626.000 a 900.000 kip.

104.El Gobierno presta gran atención a la formación profesional de las personas con discapacidad y vela por que las que estén en condiciones de hacerlo se beneficien de ella. Para ello se han creado centros de formación profesional especialmente destinados a las personas con discapacidad y se han introducido mejoras prácticas y curriculares en los centros de formación general para adecuarlos a las personas con discapacidad. Desde la aplicación de esta política, más de 1.100 personas con discapacidad han cursado estudios en campos como la informática, la contabilidad, la reparación de aparatos eléctricos, la reparación de bicicletas y una serie de ocupaciones independientes como la ganadería, la peluquería, la cosmética, la tejeduría, etc.

105.Además de la legislación, el Gobierno de la República Democrática Popular Lao también alienta en la práctica a los empleadores a que contraten a personas con discapacidad mediante el desarrollo de proyectos para el empleo en las ciudades importantes. Tras la ejecución de estos proyectos, los empleadores comprenden mejor las circunstancias, las necesidades y las capacidades de las personas con discapacidad y 700 personas con discapacidad (200 mujeres) están ahora empleadas y otras 230 gestionan sus propias empresas.

106.El Gobierno procura facilitar la labor de la Asociación Lao de Personas con Discapacidad, de modo que pueda llevar a cabo proyectos, sobre todo con el apoyo de las organizaciones internacionales, y, entre 2009 y 2014, impulsó un proyecto de fomento del empleo que conectaba a empleadores con trabajadores con discapacidad, gracias al cual 42 personas con discapacidad están ahora empleadas en empresas privadas.

107.Además, entre 2010 y 2013, esta Asociación también puso en marcha un proyecto destinado a mejorar los medios de vida de las personas con discapacidad en las comunidades proporcionando formación profesional y capacitación en la gestión y la administración de pequeñas empresas, en el marco del cual 136 personas con discapacidad recibieron asistencia en tres distritos de la capital.

Artículo 28Nivel de vida y protección social adecuados

108.El Gobierno concede gran importancia a la eliminación de la pobreza entre el pueblo multiétnico, lo que incluye a las familias pobres y socialmente desfavorecidas. El Gobierno formuló la Estrategia Nacional de Crecimiento y Erradicación de la Pobreza hasta 2015, junto con objetivos de reducción de la pobreza, para lograr su completa eliminación entre 2015 y 2020. El Gobierno también ha formulado planes integrales de desarrollo rural y ha elaborado la Ley de Desarrollo y Protección de la Mujer, la Política Nacional de Nutrición y el Informe sobre los Proyectos de Cooperación en materia de Nutrición. El ámbito de aplicación de la Estrategia Nacional de Crecimiento y Erradicación de la Pobreza abarca 39 distritos pobres de todo el país. Tras su aplicación, la pobreza se ha reducido del 45% en 2011 al 27% en 2012 y se prevé que disminuya a menos del 10% en 2015.

Artículo 29Participación en la vida política y pública

109.El artículo 10 del Decreto sobre las Personas con Discapacidad establece que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos políticos que las demás, como el derecho a votar en las elecciones y a presentarse como candidato, a participar en actividades, a debatir y llegar a acuerdos sobre cuestiones de importancia nacional y a ocupar todo tipo de puestos dentro de las organizaciones estatales y del Partido, el Frente Lao de Construcción Nacional, las organizaciones de masas y las organizaciones sociales, según proceda.

110.Las organizaciones que representan a las personas con discapacidad se reunieron y expresaron sus opiniones como expertas en el sector en la mesa redonda organizada por el Gobierno, en la que se examinaron cuestiones importantes relativas a la supervisión y reevaluación de las metas y los indicadores de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Se celebraron debates y reuniones para formular políticas e instrumentos legislativos varios, como el Decreto sobre las Personas con Discapacidad, la modificación de la Ley de Educación, la Ley sobre la Construcción, la Ley sobre el Transporte Terrestre, la Ley del Trabajo, la Estrategia y el Plan de Acción Nacionales sobre la Educación Inclusiva y otros.

Artículo 30Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte

111.Según lo dispuesto en el artículo 37 de la Constitución, los ciudadanos lao gozan de iguales derechos en los planos político, económico, cultural, social y familiar. El artículo 8 dispone que los ciudadanos lao tienen el derecho y la libertad de crear obras artísticas y literarias y participar en actividades culturales que no contravengan la ley. El artículo 8 establece que todos los grupos étnicos tienen derecho a conservar y fomentar sus riquísimas costumbres y culturas tradicionales, así como las de la nación.

112.El Gobierno tiene una política clara en materia de cultura, que se centra en la promoción del desarrollo cultural para que el pueblo lao se convierta en una sociedad con una mentalidad civilizada. Con arreglo a esta política, el Gobierno presta gran atención a la preservación de la cultura y el patrimonio cultural, valiosísimos, de los grupos étnicos en la República Democrática Popular Lao. Se hace especial hincapié en la promoción de las artes, la literatura, la artesanía, los tejidos, la cerámica, la escultura, la pintura y la elaboración de objetos de plata y oro que solo se encuentran en el país. Los productos de arte lao son célebres y se exportan a otros países. Sitios y objetos históricos y antiguos son objeto de restauración y preservación en todo el país.

113.En la República Democrática Popular Lao, todos esos lugares y servicios están abiertos al público en general, sin discriminación por raza u origen étnico, y no hay ninguna norma que prohíba que ciertas razas o grupos étnicos entren en esos lugares. Todos los ciudadanos tienen los mismos derechos a viajar y acceder a ellos.

114.El Gobierno se esfuerza por promover las artes, la música y los deportes para las personas con discapacidad, y ha establecido comités para los Juegos Paralímpicos y las Olimpiadas Especiales. También ofrece formación para entrenadores y voluntarios durante cada período. Se han organizado juegos nacionales especiales en Luang Prabang, Savannakhet y la provincia de Vientián, en asociación con los Juegos Nacionales. Estos juegos tienen por objeto concienciar a la opinión pública acerca de lo que pueden hacer las personas con discapacidad y promover una sociedad totalmente inclusiva. Además, compiten a nivel regional e internacional. Estos deportes aumentan la reputación de la República Democrática Popular Lao en los planos regional e internacional. En cuanto a las artes y la música, actividades como la pintura, la danza y el canto se desarrollan en diversos actos sociales y, en particular, durante la celebración del Día Nacional de las Personas con Discapacidad, el Día Internacional de las Personas con Discapacidad y los diversos festivales nacionales que tienen lugar cada año.

Artículo 31Recopilación de datos y estadísticas

115.El Gobierno concede gran importancia a las estadísticas, ámbito de trabajo relacionado con el desarrollo socioeconómico, como demuestra la promulgación de la Ley núm. 03/NA, de 10 de junio de 2011, en cuyo artículo 4 se establece la política estatal relativa a la elaboración de estadísticas y se afirma que el Estado promueve esta tarea mediante la formulación de políticas, reglamentos y sistemas para organizar los datos estadísticos, la capacitación de recursos humanos y su asignación, así como la provisión de fondos presupuestarios para aplicar estrategias y programas en cada período, con el objeto de garantizar la sostenibilidad de esta labor. El Estado alienta a los nacionales y extranjeros, a las entidades jurídicas y a las organizaciones a que contribuyan a la elaboración de estadísticas mediante la aportación de datos, servicios académicos y financiación.

116.El Gobierno empezó a recopilar estadísticas sobre las personas con discapacidad con el Censo de Población y Vivienda de 2005, del que se desprendió que 56.727 personas (22.051 mujeres) presentaban alguna discapacidad, 21.871 tenían una discapacidad física, 9.261 una discapacidad visual, 14.938 una discapacidad auditiva o del habla, 4.127 una discapacidad múltiple y 5.954 una discapacidad de otro tipo, negándose 576 de estas últimas a revelar su discapacidad.

117.El Ministerio de Trabajo y Bienestar Social estableció la División de Estadística como un lugar para almacenar datos sobre el bienestar laboral y social, que incluyera estadísticas sobre las personas con discapacidad de todo el país y sirviera como instrumento de coordinación con la Oficina Nacional de Estadística para llevar a cabo estudios y proporcionar referencias para la mejora y la creación de legislación en cada período, incluida la legislación relativa a las personas con discapacidad y la eliminación de los obstáculos que dificultan su participación y disfrute en la sociedad.

118.Con el fin de que las estadísticas fueran claras, la Comisión Nacional para Personas con Discapacidad trabajó con la Asociación Lao de Personas con Discapacidad y con el apoyo de organizaciones internacionales en un proyecto destinado a reunir datos estadísticos sobre las personas con discapacidad en diez provincias y en Vientián, en el marco del cual se recopilaron datos sobre 19.393 personas con discapacidad (9.116 mujeres).

119.El Ministerio de Trabajo y Bienestar Social, la Comisión Nacional para Personas con Discapacidad, la Asociación Lao de Personas con Discapacidad y algunas ONG han examinado la posibilidad de utilizar para el próximo Censo de Población y Vivienda de 2015 el cuestionario elaborado por un grupo de Washington DC.

Artículo 32Cooperación internacional

120.El Estado presta gran atención a la promoción de la cooperación internacional para aplicar las estrategias mundiales, regionales y de la Asociación de Naciones de Asia Sudoriental en favor de las personas con discapacidad, y hace esfuerzos considerables para participar en seminarios bilaterales y multilaterales en los que se intercambian ideas y experiencias a ese respecto. Además, en cooperación con las embajadas y las organizaciones internacionales, ha puesto en marcha diversos proyectos, como el Proyecto de Protección y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Proyecto para Mejorar el Acceso a la Educación de los Niños con Discapacidad, el Proyecto para Dar Oportunidades de Empleo a las Personas con Discapacidad, el Proyecto de Desarrollo de Funciones y Competencias para las Personas con Discapacidad mediante la Capacitación de Mujeres con Discapacidad, el Proyecto Participativo para Hacer Mejoras Socioeconómicas en favor de las Personas con Discapacidad, el Proyecto para Mejorar la Vida y el Bienestar de las Personas con Discapacidad y sus Familias, el Proyecto para la Rehabilitación Socioeconómica de las Víctimas de la Guerra (personas con discapacidad), el Proyecto de Fortalecimiento de la Asociación de Personas Ciegas de la República Democrática Popular Lao, el Proyecto de Distribución de Sillas de Ruedas, etc.

Artículo 33Aplicación y seguimiento nacionales

121.La Comisión Nacional para Personas con Discapacidad se estableció de conformidad con el Decreto del Primer Ministro núm. 061/PM, de 6 de marzo de 2009, y se mejoró con arreglo al Decreto núm. 232/PM, de 6 de septiembre de 2013, relativo a la Organización y el Funcionamiento de la Comisión Nacional para Personas con Discapacidad y Personas de Edad, en el que se le atribuían las siguientes funciones:

a)Estudiar y adoptar políticas estatales como normas jurídicas, estrategias, planes, programas y proyectos para proteger, promover, asistir, rehabilitar y permitir el desarrollo de las personas con discapacidad y las personas de edad con el fin de que tengan una calidad de vida elevada;

b)Estudiar y proponer al Gobierno las especificaciones y las medidas de protección, promoción, rehabilitación, fisioterapia, asistencia y desarrollo de las personas con discapacidad y las personas de edad desde el nivel central hasta las comunidades locales;

c)Estudiar las convenciones, acuerdos, protocolos, declaraciones y otros documentos internacionales que se refieran a las personas con discapacidad y las personas de edad y proponérselos al Gobierno para que los examine, apruebe, ratifique y se adhiera o se retire de ellos;

d)Encargarse de la coordinación con los sectores público y privado pertinentes para que se cumplan las convenciones, los acuerdos, los protocolos, las declaraciones y otros documentos internacionales relativos a las personas con discapacidad y las personas de edad a los que se haya adherido el país;

e)Supervisar, inspeccionar, apoyar y asesorar a los órganos pertinentes del sector público y privado, tanto centrales como locales, para que apliquen las políticas y las normas jurídicas destinados a proteger los derechos e intereses legítimos de las personas con discapacidad y las personas de edad;

f)Dar a conocer y difundir las políticas nacionales e internacionales y las normas jurídicas pertinentes entre los órganos del sector público y privado y la ciudadanía para crear conciencia y mejorar su entendimiento, de manera que participen en la aplicación de esas normas jurídicas y en la asistencia y desarrollo de las personas con discapacidad y las personas de edad;

g)Conseguir financiación y asistencia material de socorro para ayudar y contribuir al desarrollo de las personas con discapacidad y las personas de edad de diversas maneras;

h)Organizar la celebración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad y el Día Internacional de las Personas de Edad con el fin de crear conciencia y mejorar el entendimiento del papel y la importancia que tienen las personas con discapacidad y las personas de edad en el desarrollo socioeconómico nacional;

i)Llevar a cabo la coordinación entre el Ministerio de Planificación e Inversión (Oficina Nacional de Estadística) y otros órganos competentes para realizar encuestas orientadas a reunir datos estadísticos sobre las personas con discapacidad y las personas de edad en todo el país y proporcionar estos datos a los órganos del sector público y privado que deseen utilizarlos;

j)Estudiar y certificar las solicitudes para la creación de asociaciones, fundaciones, fondos y otras organizaciones relacionadas con las personas con discapacidad y las personas de edad;

k)Realizar gestiones que faciliten la labor de las asociaciones, fundaciones, fondos y otras organizaciones relacionadas con las personas con discapacidad y las personas de edad a fin de que estén en consonancia con las políticas y normas jurídicas especificadas;

l)Garantizar el enlace y la cooperación con los países aliados, las organizaciones internacionales y las ONG de la región y el mundo para promover la cooperación técnica, especializada y financiera y la asistencia para el desarrollo de las personas con discapacidad y las personas de edad;

m)Asistir a reuniones, seminarios y cursos de formación tanto en el país como en el extranjero relativos a las personas con discapacidad y las personas de edad en el ámbito de sus funciones y responsabilidades;

n)Presentar resúmenes e informes sobre el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad cada dos y cuatro años al Gobierno para que este pueda informar a las Naciones Unidas, de conformidad con lo previsto en la Convención;

o)Crear planes anuales aplicables a sus actividades;

p)Crear planes de acción mensuales, trimestrales, semestrales y anuales y gestionar el desempeño de sus tareas y actividades con eficacia;

q)Presentar resúmenes e informes periódicos sobre sus actividades al Gobierno;

r)Llevar a cabo otras tareas que le encomiende el Gobierno.

122.A nivel central , la Comisión está integrada por 19 personas, el Presidente es el Viceprimer Ministro, encargado de dirigir los asuntos socioculturales, el Vicepresidente y Presidente interino es el Ministro de Trabajo y Bienestar Social, los otros 3 Vicepresidentes son el Viceministro de Salud, el Viceministro de Educación y Deportes y el Presidente de la Cruz Roja Lao. El Director General del Departamento de Pensiones, Inválidos y Personas con Discapacidad del Ministerio de Trabajo y Bienestar Social actúa como miembro ordinario y jefe de la Secretaría. La Comisión también incluye a los jefes de las oficinas de varios ministerios, como el Ministerio de Defensa Nacional, el Ministerio de Seguridad Pública, el Ministerio de Planificación e Inversión, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Obras Públicas y Transporte, el Ministerio de Información, Cultura y Turismo, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Finanzas, la Asociación de Veteranos, la Unión Central de Mujeres Lao, la Unión Central Revolucionaria de Jóvenes Lao y la Federación Central Lao de Sindicatos.

Estructura de personal a nivel local

El Presidente, los Vicepresidentes y los miembros ordinarios de los comités provinciales para las personas con discapacidad son nombrados por el gobernador provincial o municipal en función de las circunstancias reales de sus localidades y en consonancia con la estructura de personal a nivel central.

El Presidente, los Vicepresidentes y los miembros ordinarios de los comités de distrito para las personas con discapacidad son nombrados por el gobernador del distrito o, en su caso, del municipio, en función de las circunstancias reales de sus localidades y en consonancia con la estructura de personal a nivel provincial.

123.Las secretarías de los comités para las personas con discapacidad y las personas de edad asumen un papel de liderazgo en la prestación de asistencia en la labor de sus respectivos comités y nombran coordinadores para las personas con discapacidad a los que se destina a los ministerios pertinentes.

124.El Estado ha dado oportunidad a las organizaciones sociales de participar en el proceso de redacción de este informe nacional.