61º período de sesiones

2 a 24 de julio de 2015

* CEDAW/C/61/1 .

Tema 4 del programa provisional*

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

Lista de cuestiones y preguntas relativa a los informes periódicos séptimo y octavo combinados de Viet Nam

General

1.Sírvanse proporcionar información detallada sobre el proceso de elaboración de los informes periódicos séptimo y octavo combinados (CEDAW/C/VNM/7-8), así como sobre si se ha consultado sistemáticamente y se ha implicado activamente a las organizaciones independientes de la sociedad civil y de defensa de los derechos de la mujer. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas específicas adoptadas para difundir la Convención en el Estado parte, incluida su traducción a los idiomas minoritarios, a fin de fomentar la comprensión por las mujeres, el público en general y los encargados de la formulación de políticas de los derechos de las mujeres en virtud de la Convención. Sírvanse indicar, asimismo, las medidas adoptadas para proteger los derechos de todos los defensores de los derechos de la mujer.

Marco constitucional, legislativo e institucional

2.El Comité ha sido informado de que la aplicación de las leyes y políticas existentes en apoyo de la igualdad entre los géneros continúa planteando problemas en el Estado parte, a causa del profundo arraigo de las actitudes y creencias discriminatorias, de la falta de rendición de cuentas en general en el ámbito de la incorporación de la perspectiva de género, del limitado conocimiento por los encargados de la formulación de políticas del significado de la igualdad sustantiva, de la ausencia de un mecanismo específico para evaluar la receptividad a las cuestiones de género en la legislación y de la insuficiente asignación de recursos. Sírvanse proporcionar información detallada sobre el abanico de políticas elaboradas y medidas adoptadas para garantizar la aplicación de la Ley de Igualdad de Género (2006) y los principios de igualdad y no discriminación consagrados en la Convención (párrs. 18 y 19) e indicar las medidas adoptadas para introducir una presupuestación que tenga en cuenta las cuestiones de género, asignar los recursos financieros y humanos adecuados para la aplicación de las leyes y políticas de género ya existentes y velar por que la incorporación de la perspectiva de género se aplique en todos los ministerios y se utilice en todos los procesos de formulación de políticas. Sírvanse indicar, asimismo, las medidas adoptadas para fomentar la capacidad del Comité de Asuntos Sociales de la Asamblea Nacional y para dotarlo de los conocimientos especializados y los recursos apropiados para que pueda examinar eficazmente la legislación desde una perspectiva de género.

No discriminación

3.El Comité ha sido informado de que se ha incrementado el desequilibro de la relación de masculinidad al nacer y de que existe un vínculo sólido entre la política de control de la natalidad del Estado parte y el aborto en función del sexo del feto, a pesar de que se hayan prohibido la identificación del sexo del feto y los abortos en función de este. Sírvanse indicar las medidas adoptadas, entre otras, las campañas públicas, para afrontar las causas fundamentales de la desigualdad entre los géneros, que conduce a la selección prenatal del sexo y a otras prácticas discriminatorias, y proporcionar información actualizada sobre si se eliminará la política de control de la natalidad de la nueva legislación sobre población que se está elaborando. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la ley sobre las minorías étnicas que estaba prevista e indicar si se abordarán la situación de las mujeres pertenecientes a minorías y las múltiples formas de discriminación de que son objeto.

Acceso a la justicia

4.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para velar por el derecho de la mujer a la reparación en los casos de discriminación, según se establece en la Ley de Igualdad de Género, entre las que se incluyen la sensibilización y el desarrollo de la capacidad en materia de no discriminación e igualdad entre los géneros de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, los fiscales y los jueces, a fin de que puedan gestionar de forma apropiada los casos de violaciones por razón de sexo y de género. Sírvanse indicar, además, las medidas adoptadas para solucionar el conflicto entre la Ley de Asistencia Letrada y la Circular núm. 07/2011/TT-BTP y para garantizar que todas las mujeres, especialmente las pobres y desfavorecidas y las que viven en regiones rurales, remotas o montañosas, conozcan sus derechos y los mecanismos de reparación, incluida la disponibilidad de servicios de asistencia letrada en los casos de discriminación o violencia.

Mecanismo nacional encargado del adelanto de la mujer

5.Sírvanse aclarar qué ministerios, organismos y organizaciones forman parte del mecanismo nacional encargado del adelanto de la mujer, los mecanismos de coordinación que existen entre ellos, el porcentaje del presupuesto nacional que se les asigna y las medidas adoptadas para afrontar los desafíos indicados en el párrafo 72, por ejemplo, el fomento de la capacidad del aparato estatal y la escasez de expertos en cuestiones de género en cada ámbito de especialidad. Sírvanse explicar por qué la responsabilidad de la gestión de la igualdad entre los géneros por el Estado recae en el Ministerio de Trabajo, Inválidos de Guerra y Asuntos Sociales, mientras que la aplicación de la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica es responsabilidad del Ministerio de Cultura, Deporte y Turismo, así como aclarar el papel del ministerio responsable de la igualdad entre los géneros a la hora de supervisar la aplicación de la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica. Sírvanse asimismo explicar más detalladamente el papel del Comité Nacional de Viet Nam para el Adelanto de la Mujer y de la Unión de Mujeres de Viet Nam, además de facilitar detalles sobre la Estrategia Nacional sobre la Igualdad de Género para 2011-2020 (párr. 32), incluidos sus objetivos, calendario, marco de seguimiento y evaluación y resultados obtenidos hasta la fecha.

Medidas especiales de carácter temporal

6.La información facilitada sugiere que el Estado parte no comprende plenamente la naturaleza y los ámbitos de competencia de las medidas especiales de carácter temporal (párrs. 74 a 76). Sírvanse proporcionar información sobre los esfuerzos realizados para mejorar la comprensión de la necesidad de adoptar dichas medidas como componente necesario de una estrategia para acelerar la consecución de la igualdad de facto y sustantiva entre las mujeres y los hombres en el Estado parte. Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas especiales de carácter temporal puestas en marcha o previstas, de conformidad con el artículo 4 1) de la Convención y con la recomendación general núm. 25 referente a las medidas especiales de carácter temporal, para promover y acelerar la igualdad de facto entre los hombres y las mujeres en todas las esferas que abarca la Convención, en particular en la educación, el empleo y la participación de la mujer en la vida política y pública, y para velar por los derechos de las mujeres pertenecientes a minorías, de las ancianas y de las mujeres con discapacidad.

Estereotipos y prácticas nocivas

7.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para modificar los estereotipos de género y las creencias culturales profundamente arraigadas que presentan a la mujer en un papel subordinado en la sociedad, por ejemplo en los libros de texto y los medios de comunicación. Sírvanse indicar si existen o están previstas medidas específicas con miras a eliminar las prácticas nocivas, como el matrimonio infantil o forzoso, de conformidad con la recomendación general conjunta núm. 31 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer o la observación general núm. 18 del Comité de los Derechos del Niño sobre las prácticas nocivas, prestando especial atención a la situación de las mujeres y las niñas que viven en zonas rurales o que pertenecen a minorías, que pueden enfrentarse a un riesgo mayor de sufrir dichas prácticas.

Violencia contra la mujer

8.El Comité ha sido informado de que la violencia contra la mujer continúa siendo muy frecuente en el Estado parte y de que las víctimas se enfrentan a graves dificultades en relación con el acceso a la justicia y a recursos efectivos. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas o previstas para combatir de manera integral la violencia contra la mujer y la niña en la vida pública y privada, como por ejemplo: enmendar las disposiciones de la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica que puedan obstaculizar el acceso de la mujer a los recursos; armonizar los códigos penales y de procedimiento penal, la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica y otra legislación relacionada con las disposiciones de la Convención; ampliar la definición de violación en el Código Penal a fin de que incluya la violación conyugal; aplicar la prohibición de la reconciliación en casos de violencia contra la mujer; elaborar y aplicar programas de desarrollo de la capacidad, que tengan en cuenta las cuestiones de género y que estén basados en los derechos humanos, para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, como los agentes de policía, fiscales, jueces y otros agentes pertinentes; y garantizar que se asigne una parte suficiente del presupuesto nacional a la prevención y a la prestación de servicios de apoyo psicosocial adecuados a las víctimas de la violencia, incluidos los recursos apropiados para los 10 albergues existentes (párr. 259).

Trata de mujeres y explotación de la prostitución

9.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para combatir la trata de mujeres y niñas, también en relación con la prevención, identificación y protección de las víctimas y la prestación de servicios de apoyo para su rehabilitación y reintegración, y las medidas adoptadas para investigar de forma sistemática las denuncias y para incrementar el número de enjuiciamientos, facilitando detalles sobre la naturaleza de las sanciones impuestas a los responsables. Sírvanse facilitar, asimismo, información sobre los avances realizados en la aplicación de la Ley de Prevención de la Trata de Seres Humanos, como por ejemplo el desarrollo de la capacidad y la formación de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley sobre sus disposiciones, los recursos presupuestarios y humanos asignados al Plan de Acción Nacional para 2011-2015 y las dificultades que han surgido en su aplicación y las medidas adoptadas para superarlas.

10.Se ha reconocido que las trabajadoras sexuales continúan sufriendo abusos (párrs. 85 y 86). Sírvanse facilitar información sobre la prevalencia de la prostitución en el Estado parte, el marco jurídico pertinente y los programas de asistencia a las mujeres que deseen dejar la prostitución, así como detalles sobre los tipos de atención que reciben en los centros de tratamiento (párr. 86) y si estos se solicitan voluntariamente o mediante una orden judicial. Sírvanse indicar, asimismo, si existen medidas en marcha para crear un entorno propicio para que las redes y los grupos colaboren en la promoción y prestación de apoyo a las mujeres y las personas transgénero que practican la prostitución y son supervivientes de la violencia, y para afrontar la estigmatización de la que pueden ser objeto y que impide que busquen recursos. Sírvanse facilitar, además, información actualizada sobre el número de chicas que trabajan en la industria del sexo y sobre las medidas adoptadas para prestarles protección y apoyo y para enjuiciar y sancionar a los responsables de su explotación.

Participación en la vida política y pública

11.El Estado parte señala que se ha producido un incremento en el porcentaje de diputadas en la Asamblea Nacional y en los consejos populares (párrs. 111 y 113), aunque reconoce que no se ha cumplido la meta relativa a la presencia de la mujer en puestos directivos que se incluye en la Estrategia Nacional para el Adelanto de la Mujer, debido a la falta de funcionarias cualificadas. Sírvanse explicar más detenidamente las medidas específicas adoptadas para incrementar la participación de la mujer a todos los niveles y proporcionar datos desglosados a este respecto. Sírvanse indicar las medidas previstas para incrementar el porcentaje de diputadas en la Asamblea Nacional y en los consejos populares, por ejemplo mediante campañas de sensibilización sobre el papel positivo de la mujer en la política, la igualdad entre los géneros y el liderazgo de la mujer, programas de orientación y cursos de formación en materia de liderazgo para las candidatas.

Apatridia

12.El Comité ha recibido información de que, en 2013, en las provincias fronterizas del Estado parte vivían 200 exrefugiados camboyanos apátridas en espera de la naturalización, 800 mujeres apátridas que habían renunciado a la nacionalidad vietnamita y 10.000 personas de nacionalidad indeterminada. Sírvanse facilitar información actualizada sobre la situación de esos casos, así como datos desglosados por sexo sobre los exrefugiados camboyanos y las personas de nacionalidad indeterminada. Sírvanse indicar, asimismo, las medidas adoptadas para adherirse a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, así como para emprender las medidas legislativas y los procedimientos de asilo correspondientes que tengan en cuenta las cuestiones de género y para defender el principio de no devolución.

Educación

13.Se indica que siguen existiendo sesgos y estereotipos de género en los libros de texto, materiales didácticos y metodologías (párrs. 149 y 150). El Comité también ha sido informado de que persisten importantes disparidades en las oportunidades y los resultados educativos, ya que las niñas pertenecientes a minorías se encuentran en una situación especial de desventaja y se continúa segregando a las muchachas en los ámbitos tradicionales de estudio. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para asignar suficientes recursos del presupuesto nacional al plan de acción para el sector de la educación y a la elaboración de un marco de seguimiento y evaluación de su aplicación; mejorar la reunión y el análisis de datos desglosados por sexo en todo el sector de la educación; incrementar la asistencia financiera que se proporciona a las muchachas procedentes de familias económicamente desfavorecidas en todas las comunidades; hacer frente a las elevadas tasas de analfabetismo y deserción escolar de las muchachas en general y de las pertenecientes a minorías étnicas en particular, también mediante la educación bilingüe; eliminar los estereotipos de género de los planes de estudios, libros de texto, materiales didácticos y programas de capacitación y fomentar la participación de las muchachas en los ámbitos no tradicionales de estudio; y establecer la capacitación universal en materia de igualdad entre los géneros para los profesores de todos los niveles.

Empleo

14.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para encarar la segregación ocupacional de las mujeres en los sectores privado y público a puestos de trabajo mal remunerados y poco cualificados y para velar por que las mujeres disfruten de igualdad de remuneración por realizar un trabajo de igual valor, tanto en el sector formal como en el informal. Sírvanse proporcionar información, además, sobre las medidas adoptadas para facilitar la entrada de la mujer en la fuerza de trabajo del sector formal y mejorar su situación en el sector informal, por ejemplo, aumentando su acceso a la seguridad social, y sobre las medidas puestas en marcha o previstas para modificar los prejuicios y los estereotipos discriminatorios, en particular en relación con las tareas de cuidado de otras personas, además de las medidas para hacer frente al acoso sexual en el lugar de trabajo. Sírvanse indicar también las medidas adoptadas para enmendar el Código de Trabajo a fin de armonizar la edad de jubilación de las mujeres y los hombres y las medidas para garantizar que las mujeres y los hombres disfruten de igualdad de acceso a las oportunidades laborales y al desarrollo de las perspectivas de carrera.

Salud

15.Sírvanse indicar si la Estrategia Nacional de Población y Salud Reproductiva para 2011-2020 respeta el derecho de los individuos o las parejas a decidir el momento de tener hijos, el número de hijos y el intervalo de tiempo entre ellos, así como proporcionar información sobre las sanciones impuestas a las parejas que incumplen la “política de los dos hijos”. Sírvanse facilitar información actualizada sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la elevada tasa de mortalidad materna en las zonas rurales y respecto de las mujeres pertenecientes a minorías étnicas; solucionar la escasez de trabajadores de la salud cualificados en las zonas remotas y montañosas y la falta de parteras que hablen los idiomas minoritarios; sensibilizar a las adolescentes en materia de salud sexual y reproductiva, por ejemplo, mediante una educación adecuada a la edad en el ámbito de la salud y los derechos sexuales y reproductivos en las escuelas; responder al creciente número de embarazos y abortos en la adolescencia, por ejemplo, facilitando el acceso a los anticonceptivos y a los servicios, la asistencia y el asesoramiento de alta calidad en materia de salud reproductiva; y hacer frente a la estigmatización y la discriminación que padecen las mujeres que viven con el VIH y al creciente número de nuevas infecciones de mujeres que mantienen relaciones sexuales a largo plazo con hombres que viven con el VIH.

Mujeres rurales

16.Sírvanse facilitar datos actualizados, desglosados por sexo, sobre la situación de las mujeres que residen en zonas rurales en todas las esferas que abarca la Convención. Sírvanse indicar específicamente las medidas adoptadas y previstas para garantizar que las mujeres rurales disfruten de igualdad de acceso a los servicios básicos, como la salud, la educación, la tecnología, los mercados y las redes comerciales y la adopción de decisiones en el sector de la agricultura, además de a los puestos electivos y designados y a las oportunidades económicas, incluidos los proyectos de generación de ingresos y los servicios de crédito, en pie de igualdad con los hombres. Sírvanse indicar las medidas específicas adoptadas para garantizar que las esposas y los maridos compartan los derechos a la propiedad y que los certificados de uso de la tierra se emitan en el nombre de ambos, según se establece en la nueva Ley de Tierras que entró en vigor en julio de 2014. Sírvanse indicar, asimismo, si las políticas y estrategias elaboradas para hacer frente al cambio climático y los desastres naturales han solicitado e incluido aportaciones de las mujeres rurales y si incluyen una perspectiva de género.

Grupos desfavorecidos de mujeres

17.El Comité ha sido informado de la feminización del envejecimiento en el Estado parte, donde las ancianas, que representan el 80% de las personas de edad avanzada, se encuentran en una situación especial de desventaja, dado que viven solas y en la pobreza. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para aplicar la Ley de las Personas de Edad y para la reunión de datos, a fin de adoptar medidas adecuadas de conformidad con la recomendación general núm. 27 del Comité relativa a las ancianas y a la protección de sus derechos humanos.

18.El Comité también ha recibido la información de que no existen prisiones exclusivamente para mujeres en el Estado parte ni tampoco hay datos sobre el número de dependencias para mujeres que existen en los establecimientos penitenciarios que acogen tanto a mujeres como a hombres. Sírvanse proporcionar información detallada sobre las condiciones de las reclusas. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para abordar las necesidades específicas en función del género y los derechos de las reclusas de conformidad con las Reglas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de las Reclusas y Medidas No Privativas de la Libertad para las Mujeres Delincuentes (Reglas de Bangkok) y cómo el personal y los directivos de las prisiones deben rendir cuentas de su cumplimiento.

Matrimonio y relaciones familiares

19.Sírvanse indicar cuál es el mecanismo puesto en marcha para vigilar la aplicación de la Ley de Matrimonio y Familia, incluida la prevención del matrimonio infantil y la ejecución de su prohibición, en particular en las zonas rurales y las regiones montañosas donde dicha práctica está presuntamente generalizada, y señalar si se han adoptado medidas para abordar algunas de las disposiciones que figuran en ella, como por ejemplo la reconciliación en caso de divorcio, que puede provocar que las mujeres se vean obligadas a seguir sufriendo relaciones abusivas. Sírvanse indicar, asimismo, si el Estado parte tiene previsto enmendar la legislación para garantizar que la edad legal para contraer matrimonio sea de 18 años, tanto para los hombres como para las mujeres, según recomendó anteriormente el Comité (CEDAW/C/VNM/CO/6, párr. 27). Sírvanse proporcionar información, además, sobre las medidas adoptadas para aclarar la aplicación del derecho consuetudinario y la entrega de certificados de propiedad para facilitar la división de la propiedad y aclarar si la legislación establece el reconocimiento de las relaciones entre personas del mismo sexo y si incluye medidas sobre la división de la propiedad para parejas de hecho.

Reunión de datos

20.Sírvanse indicar si existe o está previsto elaborar un marco para reunir de forma sistemática datos desglosados por sexo y para supervisar y evaluar la aplicación de la legislación y las políticas existentes, mediante la aprobación de indicadores mensurables, de tal manera que puedan medirse los avances logrados en la aplicación en todas las esferas de la Convención.

Protocolo Facultativo y enmienda del artículo 20 1) de la Convención

21.Sírvanse indicar los progresos realizados con respecto a la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención y la aceptación de la enmienda del artículo 20 1) de la Convención, relativo al período de reunión del Comité.