Naciones Unidas

CRC/C/JPN/Q/3

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

2 de marzo de 2010

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

54º período de sesiones

25 de mayo a 11 de junio de 2010

Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Lista de cuestiones relacionadas con el examen del tercer informe periódico del Japón (CRC/C/JPN/3)

El Comité puede abordar durante el diálogo con el Estado parte todos los aspectos de los derechos del niño que figuran en la Convención. La presente lista de cuestiones abarca solamente algunas cuestiones prioritarias sobre las que el Comité desearía contar con información adicional antes del diálogo.

Parte I

En esta sección se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 6 de abril de 2010.

1.A la luz de la información de que la Convención es parte de la legislación japonesa, sírvanse indicar las medidas tomadas para promover su uso y su invocación ante los tribunales.

2.¿Tiene el Estado parte planes para promulgar una ley fundamental sobre los derechos del niño que cubra todas las áreas de la Convención?

3.Sírvanse indicar cómo la Oficina central de promoción de la juventud coordina la aplicación de la Convención y cómo las autoridades de todos los niveles del Estado parte y la sociedad civil participan efectivamente en los esfuerzos de coordinación. ¿Está considerando el Estado parte la posibilidad de crear un órgano que incluya a todos los actores y tenga el mandato de coordinar las actividades referidas a todos los aspectos de la Convención a todos los niveles?

4.Sírvanse facilitar al Comité información sobre cómo se contemplará la realización de los derechos del niño en el mandato de la Comisión de Derechos Humanos (que se establecerá mediante un proyecto de ley actualmente en revisión), y sobre si la Comisión se ocupará de las denuncias que los niños puedan presentar. Además, el Comité desearía ser informado sobre el mandato y los recursos de los ombudsmen locales.

5.Sírvanse dar detalles sobre las medidas adoptadas para dar a conocer la Convención a todos los órganos e instituciones cuya actividad afecte a los niños, y para impartir formación sobre sus disposiciones a todos los profesionales que trabajen con niños o en el ámbito de los derechos del niño.

6.Sírvanse indicar si en el futuro se prevé un enfoque más sistemático de la cooperación con la sociedad civil que contemple la formulación de políticas sobre los derechos del niño y la aplicación de la Convención.

7.Dado que la asistencia oficial para el desarrollo proporcionada por el Japón es considerable, en términos absolutos, sírvanse indicar al Comité si la asistencia se basa en consideraciones de derechos humanos, especialmente derechos del niño, y si incluye algún aspecto de la Convención.

8.¿Qué medidas ha adoptado el Estado parte para corregir la persistente discriminación contra los niños nacidos fuera del matrimonio y los niños pertenecientes a minorías étnicas?

9.Sírvanse indicar si y cómo el principio del interés superior del niño ha sido expresamente incluido en las leyes relativas a la infancia, en particular en relación con las decisiones en casos de inmigración y de refugiados.

10.Sírvanse dar detalles de toda ley que exija que se tengan debidamente en cuenta las opiniones de los niños en los asuntos que les afecten, y de todo proyecto de incorporar el principio del respeto de las opiniones del niño en todas las leyes y reglamentos referentes a instituciones cuya actividad afecte a la vida y al desarrollo del niño.

11.Sírvanse informar al Comité de cualquier medida específica adoptada o programa establecido para aplicar la Ley de prevención del maltrato de niños, que fue enmendada en 2004, y de cualquier otra medida que haya sido adoptada para afrontar la violencia, el maltrato y la desatención de los niños.

12.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para proporcionar a los niños de entornos desfavorecidos ayuda financiera y de otro tipo adecuada para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social, especialmente a los niños procedentes de familias monoparentales. ¿Qué se está haciendo para asegurar el cumplimiento efectivo de las leyes relacionadas con las obligaciones de manutención?

13.Sírvanse proporcionar información adicional sobre el tipo de medidas promovidas y planeadas en el marco de la Ley fundamental de medidas para afrontar la disminución de la tasa de natalidad, así como de la Ley de medidas para favorecer el desarrollo de la siguiente generación.

14.Sírvanse indicar las medidas que se están tomando para afrontar las conductas agresivas, autodestructivas y solitarias de los niños, tales como la violencia, la intimidación, la automarginación y el suicidio. ¿Hace algo el Estado parte para apoyar la comunicación y las relaciones entre los niños y sus padres y maestros, y mejorar el clima social en las escuelas y en las aulas?

15.Sírvanse proporcionar información sobre los esfuerzos para combinar los buenos resultados con un desarrollo holístico de la personalidad, la inteligencia y la capacidad mental y física en las escuelas y otras instituciones educativas, a todos los niveles. ¿Cómo ha incluido el Estado parte los derechos humanos en todos los niveles de los planes de estudio y hasta qué punto los derechos del niño se respetan en la escuela?

16.En relación con la justicia de menores, sírvanse especificar qué pasos se han dado para garantizar la plena aplicación de las disposiciones de la Convención, particularmente con el fin de asegurar que los niños no sean tratados como adultos.

17.A la luz de los recursos de que dispone el Estado parte, sírvanse proporcionar información sobre los factores que hayan contribuido a que las precedentes observaciones finales del Comité hayan tenido una aplicación limitada.

18.Sírvanse indicar las cuestiones que afectan a los niños que el Estado parte considera prioritarias y que requieren una atención sumamente urgente en relación con la aplicación de la Convención.

Parte II

En esta sección, se invita al Estado parte a actualizar brevemente (en tres páginas como máximo) la información proporcionada en su informe en relación con:

Los nuevos proyectos de ley o leyes promulgadas, y sus respectivos reglamentos;

Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

Las políticas, los planes y los programas adoptados recientemente y su alcance;

Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos y estadísticas, si se dispone de ellos.

Sírvanse facilitar los datos estadísticos disponibles (desglosados por nacionalidad, edad, sexo, origen étnico, ubicación geográfica y condición socioeconómica) y correspondiente al período 2006-2009 sobre:

a)Las asignaciones presupuestarias a programas destinados a aplicar la Convención y a otras medidas en beneficio de los niños, incluidas las asignaciones a otros programas y actividades que figuren en los presupuestos del Estado y de los gobiernos locales.

b)El número de niños privados de un entorno familiar, y las asignaciones presupuestarias para los centros de atención residencial, los hogares de acogida y otras formas alternativas de cuidado de los niños.

c)El número de niños que han sido víctimas de abusos, abandono o explotación sexual. Sírvanse incluir detalles de cualquier investigación realizada, así como de sus resultados.

d)El número de suicidios cometidos por niños.

e)Las cifras de matriculación en escuelas de enseñanza primaria y secundaria para niños de origen no-japonés, incluyendo la comparación con niños japoneses.

f)El número de niños que han sido víctimas de trata tanto dentro como fuera de las fronteras del Estado parte, así como los procesos penales correspondientes.