Comité contra la Tortura
Decisión adoptada por el Comité en virtud del artículo 22 de la Convención, respecto de la comunicación núm. 781/2016 * **
Comunicación presentada por: |
H. H. (representado por el abogado Rabin Nandoe Leijen) |
Presunta víctima: |
El autor de la queja |
Estado parte: |
Países Bajos |
Fecha de la queja : |
4 de noviembre de 2016 (presentación inicial) |
Cuesti ón de fondo: |
Riesgo de tortura en caso de expulsión a la República Islámica del Irán |
En su sesión celebrada el 10 de noviembre de 2017, el Comité, habida cuenta de que el autor de la queja había abandonado los Países Bajos y que su abogado, al no haber logrado establecer contacto con él, había renunciado a seguir representándolo, decidió dar por concluido el examen de la comunicación núm. 781/2016.