22° período de sesiones

Acta resumida de la 454ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el martes 25 de enero de 2000 a las 10.30 horas

Presidenta:Sra. González

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informe inicial y segundo y tercer informes periódicos de la República Democrática del Congo

Se declara abierta la sesión a las 11.15 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informe inicial e informes periódicos segundo y tercero de la República Democrática del Congo (CEDAW/C/ZAR/1, CEDAW/C/ZAR/2 y Add.1 y CEDAW/C/COD/1)

Por invitación de la Presidenta, la Sra. Moleko Moliwa (República Democrática del Congo) toma asiento a la mesa del Comité.

La Sra. Moleko Moliwa (República Democrática del Congo) dice que un 52% de la actual población de su país, estimada en 50 millones de personas, son mujeres. Es una población joven, pues un 59% de los habitantes tienen menos de 20 años de edad y también una población diversa, pues hay unas 450 tribus divididas en cinco grupos étnicos principales. Un total de 60% vive en zonas rurales.

El papel y la condición social de la mujer son básicamente idénticos en los dos sistemas principales de matrimonio existentes en el país: sistema matrilineal y sistema patrilineal. La importancia de la mujer depende de su papel reproductivo y de las funciones que desempeña en la producción alimentaria. Si bien hay libertad de culto, las prácticas religiosas tradicionales y la creencia en la hechicería constituyen un grave impedimento para el desarrollo de los miembros más vulnerables de la sociedad, principalmente ancianas y niños.

Aun cuando los principales recursos económicos de la República Democrática del Congo están constituidas por sus recursos mineros de cobre, oro, diamantes y malaquita, el grueso de la población trabaja en la agricultura. Hay muy pocas industrias. El sector no estructurado, que emplea mayormente a mujeres, aporta más del 80% del producto interno bruto. En los últimos años, el PIB ha disminuido considerablemente, mientras ha aumentado pronunciadamente la tasa de inflación hasta llegar a 489% en 1999.

Esta situación, debida en parte a la crisis de los mercados mundiales, se ha empeorado por los efectos de la reciente guerra de liberación y la guerra contra la República Democrática del Congo por parte de sus vecinos orientales: Burundi, Rwanda y Uganda. Desde el asesinato del Presidente Habyarimana de Rwanda en 1994 y la ulterior guerra entre hutus y tutsis, la parte oriental del país ha quedado inundada por una corriente masiva de refugiados hutus, agravando la situación de inseguridad y pobreza que tornan cada vez más precarias las condiciones de vida, especialmente para la mujer.

El 17 de mayo de 1997 cambió la dirección política a raíz de la guerra de liberación, que fue ganada con el apoyo militar de Rwanda y Uganda. No obstante, en 1999, cuando se solicitó a las fuerzas armadas de Rwanda y Uganda que regresaran a sus respectivos países, no sólo se negaron sino que recurrieron al apoyo de Burundi para declarar la guerra a la República Democrática del Congo.

El Gobierno en el poder desde 1997 está avanzando hacia un sistema presidencial y democrático de gobernanza. Se ha establecido para el período 1999-2001 un programa mínimo trienal actualizado que da prioridad a la restauración de la paz y la estabilización del marco macroeconómico. Sin embargo, ese programa y todo el proceso de democratización han quedado gravemente socavados por la guerra de agresión contra la que se debate el país desde 1998. Los recursos que de otro modo se habrían destinado al desarrollo económico y social, inclusive el adelanto de la mujer, se encauzan hacia el esfuerzo bélico.

Desde que la República Democrática del Congo hubo suscrito la Declaración Universal de Derechos Humanos, sucesivos Gobiernos trataron de promover los derechos humanos de los ciudadanos sin distinción de sexo, edad, raza, tribu o religión. Además, en las sucesivas constituciones de la República se consagró el principio de la igualdad entre hombres y mujeres.

Dado que reconoce la necesidad de crear conciencia respecto de los derechos de la mujer, tanto en la población en general como en las autoridades competentes, su Gobierno preparó varios programas de radio y televisión sobre ese tema y el texto de la Convención se reprodujo en “Libota”, periódico publicado por el Ministerio de Asuntos Sociales y de la Familia. Además, se impartieron seminarios sobre “Derechos de la mujer y cuestiones de género” en los centros administrativos de las provincias que no están ocupadas. Con el apoyo del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, se está traduciendo la Convención a los idiomas nacionales de la República. Además, también participan en la difusión de sus disposiciones empresas privadas de radio y televisión, periódicos, revistas, revistas femeninas, iglesias y organizaciones no gubernamentales.

La política nacional con respecto a la promoción de la mujer fue definida por el Ministerio de Asuntos Sociales y de la Familia, mientras que el Consejo Nacional de la Mujer, órgano consultivo gubernamental, y los Consejos Provinciales de la Mujer, se encargan de velar por la aplicación de dicha política. También hay consejos nacionales y provinciales para la infancia.

Aun cuando el principio de la igualdad entre hombres y mujeres está consagrado en la Constitución, varias leyes contienen disposiciones que discriminan contra la mujer. Es así como el Código de la Familia establece el principio de la incapacidad jurídica de la mujer casada y establece la edad mínima para contraer matrimonio en 18 años para los varones y 15 años para las jóvenes mujeres. En forma similar, en virtud del Código Penal, las mujeres reciben castigos más severos que los hombres por el delito de adulterio. El Ministerio de Asuntos Sociales y de la Familia, colaborando con organizaciones no gubernamentales, está preparando enmiendas para modificar las disposiciones discriminatorias.

La condición de la mujer está bajo la influencia de prácticas consuetudinarias, entre ellas los matrimonios concertados, las dotes y el levirato, que aún prevalecen en muchas zonas, urbanas y rurales. Los estereotipos están profundamente arraigados y se cría a las niñas para que se consideren a sí mismas como inferiores a los niños varones. El prejuicio restringe gravemente la posibilidad de que la mujer ejerza sus derechos, aun cuando estos están consagrados en la ley.

A partir del decenio de 1980, hubo varias campañas para promover imágenes más positivas de la mujer y se han logrado algunos adelantos. En 1999 se emprendió un estudio sobre la relación entre las leyes consuetudinarias y los derechos de la mujer, con miras a formular estrategia para la eliminación de las prácticas perjudiciales para la mujer. Las iglesias y las organizaciones no gubernamentales, inclusive asociaciones de las mujeres en los medios de difusión, han hecho mucho para promover las acciones gubernamentales.

No hay disposiciones jurídicas que prohíban la prostitución y la explotación sexual de la mujer. Los proxenetas pueden ser enjuiciados en virtud del artículo 174 bis del Código Penal, pero no se estipulan penalidades. No hay estadísticas oficiales sobre la incidencia de la prostitución debido a que no hay una autoridad que se encargue de las trabajadoras del sexo. Según una encuesta realizada en Kinshasa, las prostitutas, en su mayoría, son mujeres de entre 20 y 45 años de edad, aun cuando algunas son niñas de hasta 8 años de edad, abandonadas por sus progenitores.

Desde 1966 las mujeres han tenido derecho a votar y a ser candidatas en las elecciones a cargos públicos, pero siguen muy insuficientemente representadas en todos los niveles del gobierno. Del mismo modo, aun cuando el derecho de la mujer a representar la República Democrática del Congo a nivel internacional y de participar en la labor de las organizaciones internacionales está garantizado en el proyecto de Constitución, son pocas las mujeres que ocupan altos puestos en el servicio diplomático y la participación femenina en los foros internacionales tiende a limitarse a las conferencias relativas a cuestiones atinentes a la mujer. Por otra parte, el Código de la Familia establece el principio de la igualdad entre hombres y mujeres en cuanto a la adquisición, la pérdida y la transmisión de la nacionalidad congoleña.

El derecho a trabajar está reconocido tanto en el proyecto de Constitución como en el Código Laboral, sin distinciones por motivos de sexo, religión o tribu. El artículo 3 c) del Código estipula que una mujer casada puede ocupar un empleo, salvo cuando su esposo se opone expresamente. Pero muchos empleadores interpretan erróneamente ese artículo y solicitan la autorización del esposo antes de contratar a una mujer casada. A fin de proteger su salud, se prohíbe el trabajo nocturno en fábricas de todas las mujeres, independientemente de su edad; y el horario de trabajo está limitado a ocho horas por día y 48 horas por semana. Pero si bien el Instituto Nacional de Seguridad Social presta servicios a más de 17.000 empresas y medio millón de trabajadores, quienes trabajan en el sector paralelo o no estructurado de la economía (en el que un 70% son mujeres) no están protegidos por disposiciones de seguridad social.

El proyecto de Constitución garantiza el derecho a la salud, que se reconoce como derecho fundamental de todos los ciudadanos. La estrategia del Gobierno en materia de servicios de atención se basa en los siguientes elementos: división del país en 306 zonas sanitarias a fin de que los servicios de salud sean más accesibles; capacitación de las parteras y los agentes de salud en el marco del proyecto “Salud rural”; vacunación de niños y embarazadas contra enfermedades endémicas; enriquecimiento de las dietas de los niños menores de cinco años, las embarazadas y las madres que amamantan; difusión de información sobre salud reproductiva y espaciamiento de los alumbramientos; prevención de las enfermedades de transmisión sexual y del virus de inmunodeficiencia humana (VIH) / síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA); y establecimiento del Comité Nacional sobre mutilación genital. Las medidas adoptadas por el Gobierno, sin embargo, están obstaculizadas por la extrema pobreza. En verdad, en los últimos años la salud de la población ha declinado debido a que se ha discontinuado la cooperación bilateral y multilateral, no hay acceso a medicamentos básicos, se supervisa inadecuadamente a los agentes de salud y las condiciones sanitarias están deterioradas.

Casi un 25% de los niños menores de cinco años padecen de malnutrición moderada o grave; la tasa de vacunación es de 23%; sólo las dos terceras partes de las mujeres reciben atención prenatal y la tasa de mortalidad derivada de la maternidad es 1.837 por cada 100.000 nacidos vivos. La insuficiencia de los programas de prevención de enfermedades y lucha contra éstas creó una situación epidemiológica caracterizada por el resurgimiento de las enfermedades endémicas que anteriormente estaban controladas. El surgimiento del VIH/SIDA agravó la sobrecarga de los servicios de salud. A fin de abordar la situación, su Gobierno, con el apoyo de la Organización Mundial de la Salud, organizó una conferencia nacional sobre la salud, que condujo al replanteo de la política nacional de salud.

Las mujeres y los hombres tienen el mismo derecho a prestaciones familiares, préstamos bancarios, hipotecas y otras formas de crédito; pero en la práctica, la mujer casada carece de capacidad jurídica y el acceso de la mujer al crédito queda limitado, dado que está en peores condiciones para ofrecer garantías.

La Constitución reconoce el derecho de la mujer a participar en actividades recreativas y deportivas y en todos los aspectos de la vida cultural. Pero ese derecho queda restringido debido a la pobreza, la falta de tiempo y las actitudes culturales.

La cuestión de la igualdad entre hombres y mujeres en el matrimonio y la familia está reglamentada por el nuevo Código de la Familia, el cual establece que a la edad de 18 años, todos los congoleños, de uno y otro sexo, llegan a la mayoría de edad y pueden casarse. Los cónyuges tienen los mismos derechos y obligaciones con respecto a sus hijos y los mismos derechos y obligaciones dentro del matrimonio y en caso de fallecimiento de uno de ellos. Pese a esas reformas favorables, una mujer casada todavía debe obtener autorización de su esposo para participar en algunas transacciones y se espera que viva con su esposo en el lugar que éste elija.

Todos los niños, sean cuales fueren su sexo, raza, edad o clase social, tienen derecho a la educación. El proyecto de Constitución y las leyes nacionales garantizan el acceso a la educación de las niñas y los niños varones. De conformidad con el artículo 10 de la Convención, la República Democrática del Congo se adhirió a la Declaración Universal de Derechos Humanos y a la Convención sobre los Derechos del Niño. El nuevo sistema educacional, establecido en 1996, hace especial hincapié en educar a las niñas en situación desventajosa y en reducir la tasa de abandono escolar.

El Foro Nacional sobre los derechos y la capacidad de liderazgo de las mujeres congoleñas, también celebrado en 1996, se concentró en fomentar la matriculación de niñas en la escuela secundaria y a posibilitar que las niñas aprendan una profesión. Aunque el Gobierno autorizó a las instituciones gubernamentales, las sociedades confesionales y los individuos privados a establecer escuelas primarias y secundarias e instituciones de enseñanza superior, muchos niños siguen careciendo de acceso a la educación debido a que sus progenitores no pueden sufragar el costo de la matrícula.

Las mujeres congoleñas, en su mayoría, siguen siendo analfabetas. El Gobierno estableció un programa para niñas que abandonan la escuela en Kinshasa y en las Provincias Oriental y Ecuador, donde se ofrecen cursos de costura, secretariado, gestión, ventas, alfabetización, tecnología y sociología de la familia. Además, organizaciones no gubernamentales y grupos confesionales imparten programas de alfabetización en todo el país; las ancianas, en particular, han demostrado gran interés en aprender a leer y escribir.

La legislación congoleña sobre los derechos humanos se aplica por igual a las mujeres que residen en zonas tanto rurales como urbanas. No obstante, dado que las campesinas constituyen una gran parte de la población y desempeñan un importante papel en la producción agrícola, se ha tratado de establecer cuáles son sus necesidades y de mejorar su productividad, al mismo tiempo que se aligera su carga de trabajo. Entre otras medidas adoptadas figura la creación del Servicio Nacional de Popularización Agrícola; la publicación de una revista para la educación de los agricultores, especialmente mujeres; el desarrollo rural; el establecimiento de proyectos tecnológicos; el establecimiento de casas y centros de promoción social para la mujer; la instalación de bombas para la extracción de agua; la provisión de servicios de atención primaria de la salud; la reforma del saneamiento; el Programa de salud rural; y la creación de grupos de ayuda mutua de campesinas.

Aun cuando muchas mujeres congoleñas son víctimas de violencia física, psicológica y moral, sólo se denuncia una parte de esos casos, dado que muchas mujeres prefieren guardar silencio. En colaboración con el Gobierno, varias organizaciones no gubernamentales han realizado programas de creación de conciencia con respecto a la violencia contra la mujer y en 1999, se realizó un estudio con miras a determinar estrategias eficaces a fin de combatir esa práctica.

Además, se ha creado el Consejo Nacional de la Mujer con carácter de órgano consultivo del Ministerio de Asuntos Sociales y de la Familia en lo concerniente a la promoción, protección y defensa de los derechos de la mujer. El Consejo está integrado por representantes de instituciones publicas, sindicatos, iglesias y organizaciones no gubernamentales; y asisten como observadores representantes del sistema de las Naciones Unidas. Se han establecido consejos similares en las provincias.

Las niñas de entre 5 y 19 años de edad constituyen un 35% de la población femenina. Pese a las medidas del Gobierno para asegurar la igualdad de oportunidades de niños varones y niñas, las tasas de asistencia escolar difieren considerablemente, especialmente en zonas rurales. Aun cuando inicialmente el número de niñas y de niños varones matriculados en escuelas es aproximadamente el mismo, el número de niñas que abandonan la escuela es muy superior. Particularmente en zonas rurales, se espera de las adolescentes que trabajen en los campos y que generen ingresos. En las primeras etapas de la adolescencia, también se somete a las niñas a abusos sexuales y mutilación genital. Con el apoyo de la Organización Mundial de la Salud, el Gobierno celebró un seminario nacional a fin de determinar medios y maneras de combatir esas prácticas nocivas. El plan de acción resultante exhorta a intensificar las campañas para crear conciencia pública.

La falta de una cabal puesta en práctica de la Convención puede atribuirse a que se desconocen los derechos de la mujer, persisten las prácticas y actitudes tradicionales negativas, se aplican sin eficacia los castigos previstos, hay ambigüedades en la ley, reina una crisis económica, social y política a raíz del estado de guerra, y se carece de recursos financieros. No obstante, el Gobierno estableció un programa nacional para el adelanto de la mujer y se han celebrado consultas y realizado estudios en todas las provincias.

Ese programa se formuló a fin de fortalecer la capacidad económica de la mujer ofreciendo capacitación y ayuda para establecer empresas femeninas; mejorar la condición jurídica y social de la mujer al abolir la legislación discriminatoria; difundir información sobre los derechos y las obligaciones de la mujer en la sociedad; velar por que se aplique eficazmente la legislación que favorece a la mujer; asegurar que se imparta educación escolar a las niñas; mejorar la salud maternoinfantil ofreciendo servicios de atención primaria de la salud y programas de salud reproductiva y reduciendo la carga de trabajo cotidiano de la mujer; proporcionar a la mujer acceso a los recursos económicos; ayudar a las campesinas a mejorar sus condiciones de vida; y cambiar las actitudes y prácticas anacrónicas. Al establecer esos objetivos, el Gobierno toma en cuenta las 12 esferas de importancia crítica definidas por la Conferencia de Beijing.

Pese a la crisis en la República Democrática del Congo, el Gobierno se esforzó al máximo por lograr la gradual eliminación de la discriminación por motivos de género y mejorar las condiciones de vida de y de trabajo de las mujeres. No obstante, las medidas del Gobierno no arrojarán resultados si la República Democrática del Congo sigue atrapado en una guerra de ocupación librada por agresores que violan y matan a las mujeres y los niños sin oposición ni censura por parte de las Naciones Unidas. El Gobierno necesita la solidaridad de las Naciones Unidas a fin de luchar por los derechos de la mujer. En ausencia de paz, no podrán eliminarse la violencia, las resistencias tradicionales ni la discriminación contra la mujer.

La Sra. Ouedraogo dice que cabe elogiar a la República Democrática del Congo por haber presentado un informe franco, claro y transparente que señala los adelantos conseguidos pese a la difícil situación política. El establecimiento del Consejo Nacional y los consejos provinciales para la mujer, el Ministerio de Derechos Humanos y el Programa Nacional para el Adelanto de la Mujer son todas medidas en la dirección correcta.

No obstante, le preocupa la ausencia de estadísticas en el informe más reciente, en particular sobre el número y la situación de las mujeres refugiadas. También recibiría con agrado más información sobre las medidas sociales y económicas para ayudar a esas refugiadas. El tercer informe periódico ha dejado mayormente de lado los efectos de la guerra sobre la mujer. Con respecto al cuarto informe, sería necesario aportar mayores datos sobre la violación utilizada como arma de guerra y sobre lo que se ha hecho para ayudar a las víctimas de ese delito. También deberían indicarse los efectos del Programa Nacional para el Adelanto de la Mujer. En la preparación del cuarto informe, el Estado parte también debería tratar de respetar más estrictamente las directrices establecidas por el Comité.

La Sra. Kim dice que, en su conjunto, el nuevo mecanismo institucional para el adelanto de la mujer parecería correcto y es particularmente positiva la participación de mujeres en la redacción de la nueva Constitución. Empero, el Gobierno debe proporcionar los recursos para el funcionamiento de esos mecanismos y la oradora desearía saber cómo el Gobierno se propone satisfacer dichas necesidades presupuestarias.

De la lectura de los tres informes surge que aún persisten en el Código Laboral varias disposiciones discriminatorias. Las iglesias y las organizaciones no gubernamentales han participado en la reforma social de prácticas como la poligamia, la mutilación genital femenina, la dote y la violencia contra la mujer, pero la oradora desea saber qué medidas ha adoptado el Gobierno para eliminar dichas prácticas. También sería útil contar con más información sobre las mujeres refugiadas y la manera de satisfacer sus necesidades y reintegrarlas en la sociedad.

La Sra. Gabr dice que es encomiable que la República Democrática del Congo haya ratificado la Convención sin reservas, pero debe reconocerse que en ese país aún persiste la discriminación, tanto en la legislación como en la práctica. Desearía saber qué medidas se están adoptando para adaptar la legislación a la Convención. A nivel práctico, se necesita más información sobre los programas realizados con el PNUD, incluidos datos fácticos. También sería interesante saber quiénes participaron en la preparación del informe y si se solicitaron contribuciones de organizaciones no gubernamentales. Recientemente, el Gobierno ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño; la oradora pregunta si el Gobierno se propone adherirse a algún otro instrumento internacional de derechos humanos.

En el siguiente informe deberían figurar mayores detalles acerca de la situación de las campesinas y la práctica de la mutilación genital femenina.

La Sra. Taya dice que en julio de 1998 se creó el Ministerio de Derechos Humanos a fin de proteger las libertades de todos los ciudadanos, pero ahora se informa de que, en virtud de una nueva política, todas las organizaciones no gubernamentales tienen que registrar sus reglamentos internos ante el Ministerio de Justicia a fin de determinar si están “en buenas condiciones”. Se informa de que muchas personas que trabajan en derechos humanos, por temor a la persecución, huyeron del país y sólo un pequeño puñado de organizaciones no gubernamentales se considera están en “buenas condiciones”. Además, en julio de 1999 se silenció a todos los medios de difusión que informaban sobre la conculcación de los derechos humanos. La oradora pregunta cómo explica el Gobierno la contradicción entre esas políticas represivas, por una parte, y por la otra, el establecimiento del Ministerio de Derechos Humanos. También desea saber, dadas esas políticas relativas a los medios de difusión, cómo sería posible publicar las conclusiones del Comité respecto del informe, si tales conclusiones fueran críticas. La oradora desearía recibir una explicación sobre la interpretación por parte del Gobierno de cómo el Comité podría influir sobre sus políticas.

La Sra. Ferrer se suma a los demás miembros que elogiaron la decisión del Gobierno de presentar su informe, incluso en las actuales difíciles circunstancias, demostrando así la importancia que asigna a la Convención. En el informe figura un análisis a fondo de cada artículo de la Convención y se pone de manifiesto la disposición a enfrentar problemas dentro de una perspectiva de género. Es muy alentador que el proyecto de Constitución que se someterá dentro de poco a referéndum popular incluya disposiciones sobre la igualdad entre hombres y mujeres.

Es imprescindible adoptar medidas a todos los niveles para cambiar la cultura, profundamente arraigada, de discriminación contra la mujer y al respecto, la creación de un mecanismo nacional para la mujer a nivel ministerial es un importante adelanto. Sería muy útil para el Comité recibir más información sobre la estructura, la plantilla y las operaciones de ese Ministerio. También sería interesante saber más acerca del grado de prioridad que se otorga a las cuestiones de género en la labor del Ministerio de Derechos Humanos, así como la relación de este último con el Consejo Nacional de la Mujer. También sería interesante que el Comité recibiera un análisis de las prioridades del Programa Nacional para el Adelanto de la Mujer.

La Sra. Abaka dice que el principal factor que obstaculiza la aplicación de la Convención es la ausencia de paz en la República Democrática del Congo. La oradora exhorta al Gobierno a movilizar a sus mujeres para que participen en la aplicación de los Acuerdos de Lusaka celebrados en julio de 1999. La excelente presentación oral y la magnitud y el alto nivel de la delegación indican que existe la voluntad política de poner en práctica la Convención, pero que se necesita un ámbito que posibilite la paz y el desarrollo. El Gobierno suscribió también la Convención sobre los Derechos del Niño, y su puesta en práctica va de consuno con la de la CEDAW. Con todo, aun antes del conflicto, las Fuerzas Armadas congoleñas continuaban reclutando niños y actualmente hay unos 10.000 que están incorporados a las filas militares. Es preciso condenar esa práctica de la manera más categórica y movilizar a las mujeres del país para ponerle fin.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.