Trigésimo octavo período de sesiones

Acta resumida de la 777a sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el jueves 17 de mayo de 2007, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Šimonović

Sumario

Examen de informes presentados por Estados Partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos inicial, segundo, tercero, cuarto y quinto combinados de Sierra Leona

Se declara abierta la sesión a las 10.00 horas

Examen de informes presentados por Estados Partes en virtud del artículo 18 de la Convención(continuación)

Informes periódicos inicial, segundo, tercero, cuarto y quinto combinados de Sierra Leona (CEDAW/C/SLE/5, CEDAW/C/SLE/Q/5 y CEDAW/C/SLE/Q/5/Add.1)

1. Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Sierra Leona toman asiento como participantes en el debate de la Mesa del Comité .

2.La Sra. Koroma (Sierra Leona), presenta los informes periódicos inicial, segundo, tercero, cuarto y quinto combinados de Sierra Leona (CEDAW/C/SLE/5), y dice que la situación de la mujer en Sierra Leona debe observarse en el contexto de un país que sale de una guerra civil y hace frente a la ardua tarea de reconstruir su infraestructura económica y social. Expresa su agradecimiento a la División para el Adelanto de la Mujer por la considerable ayuda que ha prestado al Ministerio de Bienestar Social y Asuntos de la Mujer y la Infancia en la preparación de este informe, y al equipo de las Naciones Unidas en Sierra Leona por su asistencia técnica y financiera. Su Ministerio ha llevado a cabo amplias consultas con el fin de suplir la falta de datos necesarios para preparar el informe.

3.Empeñado en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Convención, que ratificó en 1988, su Gobierno estableció una Oficina de la Mujer para coordinar las cuestiones relacionadas con el desarrollo de la mujer y, en 1983, creó una Oficina para cuestiones de género en la Oficina del Jefe de Estado y Presidente del Consejo Nacional Provisional de Gobierno. El Ministerio de Bienestar Social y Asuntos de la Mujer y la Infancia, formado en 1998, ha preparado una Política Nacional para la Incorporación de una Perspectiva de Género y una Política Nacional para el Adelanto de la Mujer, ambas aprobadas por el Parlamento en 2000. El Ministerio ha llevado también a cabo cursos prácticos de sensibilización y ha colaborado con el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM), el Comité Internacional de Rescate y el Comité Parlamentario de Derechos Humanos.

4.Su Ministerio ha colaborado con la Comisión de Reforma Legislativa para producir en 2003 el programa de reforma de la ley sobre la mujer que se incluyó en el plan de trabajo de la Comisión para los años 2004 a 2005, y ha colaborado con el Comité Parlamentario de Derechos Humanos en la celebración de consultas sobre las disposiciones de la Convención relacionadas con el matrimonio, el divorcio, la herencia y los derechos de propiedad. Se están preparando proyectos de ley sobre el registro de los matrimonios consuetudinarios, la sucesión intestada y la violencia doméstica. En un intento de reforzar la autonomía de la mujer en la consolidación de la paz, su Ministerio, en colaboración con UNIFEM, ha organizado una consulta nacional de mujeres con el fin de incrementar la participación de la mujer en la Comisión de la Consolidación de la Paz y asegurar que se mantengan las perspectivas de la mujer en el Fondo de Consolidación de la Paz para Sierra Leona.

5.La Política Nacional para la Incorporación de una Perspectiva de Género, fundamental para todo el proceso de desarrollo general, considera el género como un elemento intersectorial y hace hincapié en un desarrollo que responda a las cuestiones de género. Complementa las políticas y programas sectoriales; define esferas clave fundamentales para garantizar que las preocupaciones relacionadas con el género se aborden sistemáticamente en la planificación, ejecución, supervisión y evaluación de las actividades; y fija un marco institucional. Por medio de la Política se insta al Gobierno a que explore las posibilidades de armonizar las leyes a fin de asegurar que el desarrollo económico, social y cultural avance a un ritmo que se adapte a los objetivos y las aspiraciones nacionales. Su Ministerio está encargado de la responsabilidad de dirigir y coordinar un tipo de desarrollo que responda a las cuestiones de género.

6.Los principios rectores de la Política Nacional para el Adelanto de la Mujer son apoyar las garantías constitucionales en favor de la igualdad de derechos entre los hombres y las mujeres; aplicar las disposiciones de la Convención; reorientar las instituciones educativas, políticas y sociales a fin de garantizar la igualdad, la justicia social y el bienestar por medio del desarrollo sostenible; y considerar los derechos de la mujer como una cuestión de derechos humanos y de desarrollo. La Política reafirma el derecho de la mujer al trabajo en cualquier nivel del Gobierno, a ocupar puestos de autoridad y a participar en la toma de decisiones a todos los niveles. Hace hincapié en la importancia que tiene la igualdad de oportunidades entre la mujer y el hombre con respecto al salario, la promoción, el nombramiento y la capacitación, así como el derecho de la mujer a recibir una educación (técnica o académica) en todos los planos y a elegir cualquier sector de especialización; a exigir atención primaria de la salud, planificación familiar y otros servicios, y tener acceso a todos ellos; a recibir asistencia del Gobierno a corto plazo si sufre alguna discapacidad, si tiene que desplazarse o se convierte en cabeza de familia como consecuencia de la guerra o de desastres provocados por los seres humanos; y a estar justamente representadas en todos los comités o comisiones nacionales, regionales e internacionales. Las actividades de los ministerios competentes han generado una mayor participación de la mujer en el sector público; un incremento de la paridad entre los géneros en la educación; un aumento de la presencia de la mujer en los puestos encargados de tomar decisiones; y mayores oportunidades de autonomía económica.

7.La Constitución de Sierra Leona de 1991 consagró la igualdad de derechos para todos los ciudadanos, tanto mujeres como hombres, y, de conformidad con los párrafos 4), 5) y 7), prohibió las leyes que fueran discriminatorias por sí mismas o por sus efectos. Sin embargo, en el párrafo 4) del artículo 27, una antigua disposición heredada de la Constitución de 1961 limita la protección contra la discriminación en lo que se refiere a las adopciones, los matrimonios, los divorcios, los entierros y la restitución de bienes tras un fallecimiento, lo que discrimina de hecho a la mujer en estas cuestiones, que se habían regido en su mayoría por el derecho consuetudinario bajo la dominación colonial.

8.La Comisión de Revisión de la Constitución ha tratado de abordar estas disposiciones constitucionales censurables y se ha preparado un proyecto revisado de Constitución en el que se elimina el apartado d) del párrafo 4) del artículo 27. La Comisión ha avanzado considerablemente en el examen de las leyes relacionadas con los derechos de la mujer. Entre los proyectos de ley que se encuentran ante el Fiscal General se encuentran las “leyes de género” sobre el registro de los matrimonios y los divorcios consuetudinarios, la restitución de bienes inmuebles y la violencia doméstica (que se presentará ante el Parlamento por medio de un certificado de emergencia y se promulgará en agosto de 2007) y las leyes tituladas Delitos Sexuales, Ciudadanía; la Ley del matrimonio cristiano (enmienda), la Ley del matrimonio musulmán (enmienda), la Ley del matrimonio civil (enmienda) y la Ley de la familia.

9.Para garantizar que no se obliga a las niñas en edad escolar a casarse contra su voluntad, la Ley del matrimonio consuetudinario dispone que este tipo de matrimonio no sea válido si ambas partes no han cumplido los 18 años y no han consentido libremente contraer matrimonio, y por lo menos uno de ellos está gobernado por el derecho consuetudinario pertinente. La Ley trata de legitimizar la cohabitación de compañeros de 18 años o más que han vivido juntos por lo menos cinco años; si su derecho personal es el derecho consuetudinario, se considerarán como casados de conformidad con ese derecho. Además, una mujer que haya registrado su matrimonio o que estuviera divorciada según la nueva legislación, tiene derecho a procurar mantenimiento para ella misma y para su progenie. Cada una de las partes puede solicitar el registro en el Consejo Local, y cada uno de los esposos tiene derecho a adquirir propiedades muebles e inmuebles. Según la Ley, los regalos o pagos realizados como consecuencia del matrimonio no tienen que devolverse, una disposición que alivia la presión de permanecer en un matrimonio infeliz debido a la incapacidad para devolver la dote.

10.El Proyecto de ley de restitución de bienes inmuebles dispone que pueden heredar tanto los hijos nacidos de la persona fallecida antes del matrimonio como los hijos del fallecido y de su cónyuge legítimo durante el matrimonio, y es lo suficientemente elástico como para incluir a los hijos ilegítimos. De igual modo, la definición de “cónyuge” abarca personas legítimamente casadas con el fallecido así como aquellas que han cohabitado con el fallecido como si estuvieran casados durante por lo menos 10 años. Según el proyecto de ley, los enseres del hogar del fallecido serán heredados por la esposa y los hijos que le sobreviven.

11.Hasta cierto punto, la mayoría de las comunidades de Sierra Leona consideran legal y normal la violencia doméstica. Según el derecho consuetudinario, el marido tiene derecho a “aplicar un castigo razonable” a su mujer, sin causarle heridas. Los casos extremadamente graves de violencia doméstica pueden enjuiciarse en teoría según la ley común general, pero la policía y las organizaciones encargadas de aplicar la ley se han mostrado reacias hasta la fecha a investigar y enjuiciar este tipo de incidentes. La violencia doméstica se encuentra en la práctica rodeada de una cultura del silencio.

12.La nueva y amplia definición que figura en el proyecto de ley sobre la violencia doméstica incluye el abuso físico, sexual, emocional, verbal, psicológico y económico, así como la intimidación, el hostigamiento, el acecho, los daños a la propiedad, la entrada en la residencia del denunciante sin su consentimiento, la confrontación o la conducta abusiva o amenazante. La nueva definición abarca también a las personas de edad y a quienes viven en las instituciones de atención públicas. El proyecto de ley es imparcial en materia de género y proporcionará una gama de instrumentos para abordar la violencia doméstica, entre ellos la mediación, la aplicación de castigos penales y remedios civiles, al mismo tiempo que permitirá una solución amistosa de la disputa, con la aprobación del tribunal, para los casos que no sean de agresión con agravante. El Parlamento de Sierra Leona ha proclamado la Ley sobre la trata de seres humanos en 2005, donde se fija una amplia definición de la trata de seres humanos que abarca la explotación de la mujer en la prostitución y dispone la compensación de las víctimas.

13.Las mujeres de Sierra Leona han logrado algunos avances modestos en la toma de decisiones. En el Parlamento de 124 miembros hay 18 mujeres, la Viceportavoz es una mujer y varias mujeres presiden importantes comités parlamentarios. De los 21 ministros, 3 son mujeres y 3 de los 10 puestos de viceministros los ocupan mujeres. De los 19 presidentes de consejos según la Ley de Gobierno Local (2004), uno es una mujer, y 52 de los 425 miembros de los consejos son mujeres. Las mujeres presiden importantes comisiones y departamentos que abordan cuestiones como las elecciones, la emigración, los niños afectados por la guerra, los medios de comunicación, los derechos humanos, el desarrollo y la magistratura, y ocupan altos puestos en el servicio civil, la policía y el ejército.

14.La Ley de educación de 2004 de Sierra Leona declaró obligatoria la educación para todos los niños. La intervención del Gobierno había comenzado en 1999, al sufragar los costos de matrícula para los alumnos de primero a tercer grado; su ampliación posterior al cuarto, quinto y sexto grados ha generado un rápido incremento en la matriculación. El Programa de apoyo para la educación de la niña aporta subsidios para materiales y costos de matrícula, y ha incrementado la matriculación de las niñas. Numerosas iniciativas del Ministerio de Educación para fomentar la educación de las niñas y crear oportunidades para que tanto éstas como las madres regresen a la escuela han servido también para aumentar la asistencia a la escuela y la permanencia en ella.

15.El Ministerio de Salud ha llevado a cabo una serie de iniciativas orientadas a la salud reproductiva, la supervivencia infantil, la retención de los profesionales de la salud, la capacitación del personal de la salud, la gestión de los medicamentos y los centros de salud, la reducción de la transmisión del VIH/SIDA de madre a hijo, la fístula vesicovaginal, la distribución de mosquiteros y la lucha contra el tétanos.

16.La Política Nacional y el Plan de Acción sobre la integración del desarrollo rural incorpora perspectivas de género y contribuye a ayudar a las mujeres de los medios rurales a tener acceso a la salud, el desarrollo económico, el crédito y el empleo. Por lo menos 5 de cada 10 miembros de los Consejos Locales y los Comités de desarrollo de los barrios tienen que ser mujeres.

17.Sierra Leona es todavía una sociedad dominada predominantemente por los hombres y los problemas persisten. El Ministerio de Bienestar Social y Asuntos de la Mujer y la Infancia recibe solamente el 1% del presupuesto nacional, y por tanto depende sobre todo de la ayuda de los donantes. La División de Asuntos de la Mujer y la Infancia carece del personal suficiente. La capacidad para utilizar los instrumentos de análisis en materia de género es limitada; los factores culturales y tradicionales favorecen a los niños varones; y las mujeres todavía hacer frente a los prejuicios en la gestión laboral. Las mujeres del medio rural, aunque son mayoría, siguen estando desfavorecidas en el acceso a la justicia, a la educación y a los servicios de salud.

18.La Presidenta acoge con beneplácito la firma por Sierra Leona del Protocolo Facultativo de la Convención y expresa su esperanza de que la ratificación se produzca lo más pronto posible.

Artículos 1 y 2

19.La Sra. Begum pregunta cuál es el plazo convenido para la aprobación de los tres “proyectos de ley relativos al género”, dado que el Parlamento tiene que disolverse antes de que se produzcan las elecciones en agosto de 2007. Señalando que las leyes consuetudinarias que se aplican en la mayoría de los distritos del país no están escritas y están sujetas a la interpretación de un jefe tribal, que a menudo discrimina contra las mujeres, la oradora pregunta si existe algún plan para codificar estas leyes y adaptarlas a la Convención. Por último, desea saber si el Gobierno tiene la intención de incorporar la Convención en la Constitución.

20.La Sra. Saiga solicita más información sobre los resultados de la labor de la Comisión de Revisión de la Constitución, en especial si la Comisión ha recomendado la enmienda del apartado d) del párrafo 4) del artículo 27 de la Constitución, donde figuran disposiciones que son incompatibles con la Convención. También pregunta si tales enmiendas recomendadas formarán parte del referéndum previsto para julio de 2007. Tomando nota de que se había concedido un carácter prioritario a la aprobación de los tres proyectos de ley sobre género en virtud de un certificado de emergencia, la oradora pregunta cuál es el plazo acordado para la aprobación de los otros seis proyectos de ley mencionados en la declaración inaugural del Estado Parte.

21.La Sra. Dairiam señala que la Comisión de Reforma Legislativa no ha terminado aún sus trabajos sobre todas las leyes que tienen que adaptarse a la Convención y pregunta si las restantes enmiendas propuestas, especialmente las que se relacionan con el derecho consuetudinario, serán presentadas ante el Parlamento para su aprobación. También solicita más información sobre cuáles son los aspectos vitales concretos que están regidos por el derecho consuetudinario. La oradora entiende que los diferentes grupos étnicos aplican distintas leyes consuetudinarias y desea saber si hay planes para unificar estas leyes, ya que las discrepancias pueden dar lugar a la discriminación. El Estado Parte debe indicar también si el proyecto de ley sobre la devolución de patrimonio y el proyecto de ley sobre la violencia doméstica, una vez aprobados, prevalecerán sobre las leyes consuetudinarias pertinentes en el caso de que exista algún conflicto entre ellos. Por último, la oradora ha escuchado que, en algunos casos, los jefes han emitido sentencias sobre cuestiones que por lo general no son la competencia del derecho consuetudinario, como la violación y el asalto sexual. Desea saber qué medidas se están adoptando para supervisar y tratar los casos en que se exceda la jurisdicción del derecho consuetudinario.

22.La Sra. Halperin-Kaddari pregunta si la Comisión de Revisión de la Constitución y la Comisión de Reforma Legislativa son organizaciones separadas, cuál es la función precisa de cada una y cuál es la proporción de hombres y mujeres que forman parte de ellas. Tomando nota de que los tres proyectos de ley sobre el género ya han sido presentados al Consejo de Ministros para su deliberación, pregunta si la Comisión de Reforma Legislativa va a seguir examinando los otros seis proyectos de ley que han sido mencionados. También desea saber si las leyes religiosas y consuetudinarias del país están codificadas en forma escrita y, en caso contrario, si hay planes para codificarlas y si hay alguna enmienda a las mismas. Por último, la oradora pide más información sobre la jurisdicción de los tribunales religiosos y consuetudinarios y si las mujeres están representadas en ellos.

23.La Presidenta habla como miembro del Comité y dice que los Estados Parte están obligados, según el artículo 2 de la Convención, a adoptar medidas “sin dilaciones” para eliminar la discriminación, lo que incluye la integración plena de la Convención con el derecho interno. Pregunta si la definición de discriminación establecida en la Convención figura en la Constitución. Aunque la Constitución consagra el principio de la igualdad, quedan algunas disposiciones que son incompatibles con la Convención. Debido a que esta última es un instrumento jurídicamente vinculante de derechos humanos, puede utilizarse con el fin de defender en el Parlamento las enmiendas necesarias para adaptar el derecho interno a sus disposiciones.

24.La oradora ve con satisfacción la participación de las ONG en la preparación del informe y pide más información sobre la cooperación del Gobierno con las ONG en general.

25.La Sra. Koroma (Sierra Leona) dice que las ONG han participado en todas las etapas de la preparación del informe, entre ellas la de recopilación de datos. El Gobierno coopera estrechamente con las ONG, a las que se valora altamente debido a que su labor complementa la del Gobierno.

26.El Sr . Sesay (Sierra Leona) dice que el derecho consuetudinario se aplica en 12 de los 14 distritos de Sierra Leona. El derecho general, incluido el derecho heredado del Reino Unido y las propias disposiciones y leyes parlamentarias de Sierra Leona, se aplica en los otros dos distritos. En un distrito se ha llevado a cabo un proyecto piloto sobre la codificación del derecho consuetudinario con ayuda del Departamento de Desarrollo Internacional del Reino Unido, y se debe ampliar a otros distritos. En las nuevas leyes codificadas se respetarán plenamente los derechos humanos, entre ellos los derechos consagrados en la Convención. Sin embargo, es preciso señalar que una ley de 1963 ya disponía que cualquier ley consuetudinaria que no fuera compatible con la Constitución, con una ley del Parlamento o con los principios de la justicia natural, debería declararse nula e inválida. Cada uno de los 12 distritos mencionados tiene tribunales locales que aplican leyes consuetudinarias y cuyas decisiones se pueden apelar en el tribunal local de apelaciones del distrito pertinente. Las leyes consuetudinarias, con excepción de las que se refieren a la distribución de la propiedad y el matrimonio, no están escritas. Por tanto, a veces surgen dudas sobre su interpretación, y ésta depende en gran medida del precedente en la deliberación de los fallos.

27.El derecho civil consuetudinario abarca todas las esferas de la vida, entre ellas el matrimonio, la tenencia de tierra y las relaciones contractuales. El derecho penal consuetudinario se aplica solamente a delitos menores punibles con una privación de libertad por menos de seis meses. Debido a que los delitos más graves, entre ellos la violencia doméstica y los delitos sexuales, están sujetos a penas mucho más severas, los tribunales locales no tienen jurisdicción sobre ellos. A los autores de este tipo de delitos se les juzga en los tribunales oficiales. Los jefes administran el derecho consuetudinario con carácter oficioso, pero no participan en las decisiones de los tribunales. Cualquier persona que no esté satisfecha con la intervención de un jefe puede interponer una queja ante un tribunal local y llevarla adelante en todos los niveles del sistema judicial hasta la Corte Suprema.

28.Las ONG y la sociedad civil en su conjunto han realizado presiones para que los tres proyectos de ley sobre género se promulguen lo antes posible debido a que abarcan la mayor parte de los derechos de la mujer afectados por el derecho consuetudinario. Se espera que se promulguen antes de que se disuelva el Parlamento con motivo de las próximas elecciones. Cuando entren en vigor, tendrán por supuesto preferencia sobre las leyes consuetudinarias pertinentes.

29.La definición de discriminación en la Constitución es casi idéntica a la definición que figura en la Convención. La Comisión de Revisión de la Constitución ha emitido un informe recomendando la eliminación del párrafo 4) del artículo 27 de la Constitución. Cabe esperar que el Gobierno demuestre su compromiso con la enmienda de la Constitución sometiendo la cuestión a un referéndum en un futuro cercano.

30.La Comisión de Revisión de la Constitución y la Comisión de Reforma Legislativa son dos órganos separados. La segunda ha sido establecida por una ley del Parlamento y su mandato es examinar todas las leyes nacionales con miras a adaptarlas a las obligaciones internacionales del país y los principios de derechos humanos y de la gobernación democrática. La Comisión de Revisión de la Constitución fue establecida a iniciativa del Presidente y tiene una naturaleza más política que la Comisión de Reforma Legislativa. Dispone de un mandato amplio para examinar las cuestiones que afecten todos los aspectos de la sociedad, y entre sus miembros se encuentran representantes de departamentos del Gobierno, la sociedad civil y las ONG. Como parte de su examen del párrafo 4) del artículo 27 de la Constitución, ha celebrado consultas en todo el país para recabar la opinión del público en general.

Artículo 3

31.La Sra. Arocha Domínguez señala que el 61% de la población vive en las zonas rurales y pide más información sobre la modalidad en que los mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer cooperan en la práctica con las estructuras locales responsables de aplicar las políticas de igualdad entre los géneros. Dado que los mecanismos nacionales no disponen de los recursos suficientes, desea saber si hay un mandato específico para realizar un seguimiento sobre la aplicación de políticas a escala local o si este tipo de cooperación se efectúa con carácter voluntario. En relación con la política nacional para el adelanto de la mujer, pregunta cómo los mecanismos nacionales garantizan que las necesidades de la mujer se tomen en cuenta en todos los proyectos relacionados con el desarrollo social y económico. Por último, desea saber si existen políticas específicas para asistir a los grupos vulnerables de mujeres, como por ejemplo aquellas que han sido desplazadas o están discapacitados o se han convertido en cabezas de familia como resultado de la guerra en Sierra Leona.

32.La Sra. Neubauer expresa su decepción ante la falta de progresos en la aplicación de políticas para el adelanto de la mujer y la igualdad entre los géneros. Dado que los mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer carecen de la capacidad necesaria para llevar a cabo este trabajo eficazmente, le gustaría saber si el Gobierno ha informado al Parlamento sobre los obstáculos que se presentan a este respecto, debido a que probablemente el Parlamento tiene jurisdicción sobre la asignación de los recursos presupuestarios. También pregunta si el Estado Parte ha considerado establecer un organismo de trabajo parlamentario con responsabilidad para el adelanto de la mujer y la igualdad entre los géneros. Este organismo podría ayudar a garantizar que el Parlamento conceda una atención adecuada a los derechos de la mujer.

33.La Sra. Tavares da Silva acoge con beneplácito los progresos alcanzados por el Estado Parte en muchas esferas, pero dice que todavía queda mucho trabajo por hacer. Solicita la clarificación de la declaración que se realiza en el informe, según la cual la competencia de las otras prioridades públicas ha repercutido negativamente en la aplicación del plan de acción para el adelanto de la mujer (CEDAW/C/SLE/5, para. 10.6.5). Esta declaración da la impresión de que la igualdad entre los géneros no forma parte de los compromisos básicos del Gobierno, cuando de hecho debería considerarse como una condición previa para el desarrollo de la democracia. La oradora pregunta qué tiene proyectado realizar el Gobierno para otorgar a la igualdad entre los géneros el carácter prioritario que merece.

34.La Sra. Gaspard reconoce los problemas derivados de la falta de recursos. Sin embargo, es de la mayor importancia que en cada ministerio y en todo el país se establezcan mecanismos eficaces para la igualdad entre los géneros, con objetivos claros y sometidos a una evaluación sistemática. Esto no puede lograrse sin una voluntad política sostenida. Se pregunta si el proceso de preparación del informe del Estado Parte ha resultado instructivo para las partes interesadas y ha llevado a un mayor conocimiento de la Convención.

35.La Sra. Koroma (Sierra Leona) dice que la creación de Consejos Locales ha sido una de las medidas adoptadas para compensar la falta de recursos a escala ministerial. A los Consejos Locales se les pide que cooperen con los ministerios competentes y se han supervisado y evaluado sus actividades. La seguridad y la reconstrucción de la infraestructura son todavía las principales preocupaciones del país después de la guerra civil. El Ministerio de Bienestar Social y Asuntos de la Mujer y la Infancia, en el que la oradora desempeña sus funciones, no trabaja con el Comité de Consolidación de la Paz, al que se ha encomendado la cuestión de las reparaciones de las víctimas de la guerra, entre ellas las mujeres cabeza de familia que han perdido a sus maridos, pero en su lugar es responsable de ejecutar el Programa para el Desarme, la Desmovilización y la Reintegración. Dispone únicamente de un presupuesto reducido que está tratando de aumentar, con el apoyo del Comité de Supervisión Parlamentaria, y depende considerablemente de las contribuciones de los donantes y de los asociados en el desarrollo. Se beneficia de la colaboración de otros ministerios por medio de los respectivos coordinadores de las cuestiones de género; sin embargo, por desgracia, su personal administrativo no siempre tiene la posibilidad de influir en la asignación del presupuesto y la elaboración de políticas. Se ha solicitado a los ministerios pertinentes que nombren profesionales para este fin, y algunos han comenzado ya a hacerlo. Aunque la reunión fijada con los ministerios competentes para debatir las implicaciones de la Convención ha tenido que aplazarse, las recomendaciones del Comité se señalarán a la atención de los ministerios antes de las próximas elecciones, y se hará un especial hincapié en la naturaleza intersectorial de las cuestiones relacionadas con la mujer. Aunque el Gobierno no considera que el género pertenezca a la esfera de las políticas, está deseoso de promover estas cuestiones y, a pesar de los obstáculos, ha hecho bastante para aumentar la concienciación del público sobre ellas. En colaboración con las ONG y la sociedad civil seguirá adoptando estas medidas y es posible esperar el logro de mayores progresos.

36.El Sr . Vandi (Sierra Leona) dice que el Ministerio de Bienestar Social y Asuntos de la Mujer y la Infancia está a cargo de la integración de las cuestiones de género y que la aplicación de la Convención es uno de sus objetivos. En las actividades en favor de las mujeres del medio rural, colabora con la Secretaría de Descentralización y tiene previsto establecer un sistema integrado de gestión de cuestiones de género. El Gobierno se compromete a lograr la igualdad entre los géneros, que reconoce como una cuestión de interés nacional.

Artículo 4

37.La Presidenta, que habla como miembro del Comité, subraya la importancia de las medidas especiales de carácter temporal y remite al Estado Parte a la recomendación general No. 25 del Comité, destinada a acelerar el adelanto de la mujer. Pregunta si este tipo de medidas pueden incorporarse a la Constitución u otro tipo de legislación, ya que la Convención no se aplica directamente en Sierra Leona.

38.El S r. Sesay (Sierra Leona) dice que, aunque en la Constitución se hace hincapié en el principio de la no discriminación, la Convención no se ha incorporado en el derecho interno. Se han llevado a cabo reformas legislativas para adaptar el derecho interno a sus disposiciones; una vez que se terminen, cabe esperar que el resto siga el mismo camino.

Artículo 5

39.La Sra. Simms felicita al Estado Parte por sus actividades en favor de la mujer, a pesar del legado dejado por los disturbios civiles. Expresa su decepción, sin embargo, de que no se hayan mencionado las consecuencias de la mutilación genital femenina en ninguna de las iniciativas adoptadas para hacer valer los derechos de la mujer. El Comité desea saber cuándo proyecta el Gobierno de Sierra Leona eliminar esta práctica odiosa, que es una violación manifiesta de la integridad física de la mujer.

40.La Sra. Pimentel, en referencia a las recomendaciones de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y sus consecuencias y a la recomendación general No. 19 del Comité, dice que el derecho consuetudinario refuerza la tendencia a tratar a las mujeres como seres inferiores y a cometer actos de violencia contra ellas. El Comité agradecería recibir información sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte para combatir la violencia doméstica y garantizar la justicia para las víctimas. Pregunta si existe algún plan para recopilar datos sobre la magnitud del fenómeno; la manera en que el Gobierno tiene intención de combatir la costumbre; y qué esta haciendo para alentar a la mujer a denunciar los casos de violencia contra ella y procurar recursos jurídicos. ¿Tiene planes de preparar una ley específica sobre el tema?

41.La Sra. Tavares da Silva dice que el Estado Parte no ha respondido adecuadamente a la petición de información sobre una estrategia general para crear un entorno que favorezca la igualdad entre los géneros, realizada en la lista de cuestiones y preguntas (CEDAW/C/SLE/Q/5, pregunta 10). Tal vez un nuevo enfoque en el sistema educativo, el sector editorial y los medios de comunicación podría contribuir a eliminar los estereotipos. Según la información proporcionada por la Oficina Integrada de las Naciones Unidas en Sierra Leona, en la posguerra los casos de violación y violencia contra la mujer han aumentado y la notificación incompleta de este tipo de casos es considerable. Desea saber si esto se mantiene y qué medidas se están adoptando para alentar a la mujer a procurar recursos jurídicos contra estos actos y a poner fin a la impunidad de sus autores.

42.La Sra. Shin recuerda que el informe periódico del Estado Parte reconoce que la mutilación genital femenina es una cuestión económica, ya que supone un medio de vida para los encargados de realizar la operación (CEDAW/C/SLE/5, para. 12.5.8). El Gobierno debe ofrecerles una fuente alternativa de ingresos, pero también es necesario cambiar la idea que tienen los hombres de la sexualidad, ya que los hombres no desean casarse con mujeres que no hayan sido sometidas a la mutilación genital. También desea saber qué se ha hecho para brindar la rehabilitación y orientación psicológica que tanto necesitan las mujeres víctimas de violaciones y de violencia sexual en las situaciones de conflicto armado

43.La Sra. Coker-Appiah dice que a veces los Gobiernos utilizan el peso de las tradiciones y las costumbres como una excusa para no abordar la desigualdad en el tratamiento de la mujer. Sin embargo, la tradición es dinámica; las costumbres pueden cambiar. Es solamente cuando afectan a la mujer que se consideran inmutables. Exhorta al Estado Parte a que se muestre activo y enérgico, y hace hincapié en que el desarrollo sufrirá si la mujer, que representa a la mitad de la población, sigue estando en segundo plano. La oradora pregunta por las medidas que se están adoptando para aplicar las recomendaciones de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación relativas a la asistencia psicológica y social para las víctimas de la violencia.

44.El Sr. Sesay (Sierra Leona), en respuesta a la pregunta sobre las medidas adoptadas para combatir la violación y la violencia doméstica, dice que el problema más inmediato al que hace frente el Gobierno después de la guerra es la falta de personal judicial y de fiscales. Con la ayuda de los asociados del país para el desarrollo, los tribunales operan de nuevo y se han nombrado nuevos fiscales; la cuestión de los salarios y de las condiciones de trabajo se está resolviendo en el marco del programa de desarrollo de la justicia; y la policía está recibiendo capacitación para prestar asistencia a los fiscales. Las muy duras sanciones aplicables a la violación, que en algunos casos incluyen la cadena perpetua, son un factor disuasivo real. El problema es que las víctimas están poco dispuestas a testificar, debido a que se exige a las mujeres que describan exactamente qué es lo que han sufrido; muchas de ellas no desean volver a vivir el trauma y tienen miedo de la posibilidad de sufrir un estigma derivado del hecho. Para abordar este problema, se podrían presentar las pruebas en cámara en un proceso previo al juicio y, en los casos de niñas menores de 15 años, el alegato de consentimiento no se acepta como defensa.

45.La Sra. Koroma (Sierra Leona) dice que se han establecido unidades de asistencia a la familia y líneas telefónicas de ayuda a la mujer con el fin de ayudar a las mujeres a confrontar la violencia doméstica y sexual y a tratar con los médicos, la policía y los tribunales, cuando sea necesario. Con respecto a la mutilación genital femenina, señala que la práctica está profundamente enraizada y que su eliminación exigirá tiempo. Una señal de progreso es que ahora resulta aceptable hablar, celebrar reuniones y publicar artículos sobre el tema. Las organizaciones no gubernamentales están activas, y trabajan con los “iniciadores” de la práctica para buscarles profesiones alternativas y fuentes de ingreso. Un nuevo proyecto de ley ante Parlamento tiene por objetivo aumentar a los 18 años la edad mínima para la iniciación, otro pequeño avance en el camino hacia una eliminación completa de la práctica.

46.La Presidenta, que habla como miembro del Comité, señala que el Comité no quedará satisfecho con una ley que simplemente imponga una edad mínima para una práctica que es completamente inaceptable en el marco de la Convención.

Artículo 6

47.La Sra. Chutikul pregunta si la Ley sobre la trata de seres humanos ha sido eficaz, y en particular si se han establecido e impuesto sanciones, si se han pagado compensaciones y por quién, y si la policía ha recibido capacitación para aplicar las disposiciones de la Ley. Pide más información sobre el Comité Interministerial y el Grupo Nacional de Tareas y exhorta al gobierno a que solicite asistencia a las organizaciones internacionales para llevar a cabo un estudio sobre la trata de seres humanos en el país. Esto podría ayudar al Grupo de Tareas a implementar medidas eficaces. También solicita más información sobre el plan de actividades del Comité Interministerial.

48.El S r. Sesay (Sierra Leona) dice que en la Ley figuran disposiciones sobre la mayor parte de las cuestiones señaladas por los expertos. Añade que los empleados del Estado no disponen de inmunidad y pueden ser enjuiciados bajo la Ley. Las víctimas recibieron compensación de los tratantes de personas, que por lo general son personas y grupos con recursos.

49.La Sra. Koroma (Sierra Leona) dice que la policía está recibiendo capacitación para luchar contra la trata de seres humanos. Está de acuerdo en que un estudio sobre la trata de seres humanos sería muy valioso y presentará la cuestión ante el Gobierno. El plan de actividades se encuentra todavía en el Parlamento y sería mejor posponer una respuesta a estas preguntas hasta que el plan haya sido aprobado.

Artículos 7 y 8

50.La Sra. Zou Xiaoqiao pregunta qué está haciendo el Gobierno para superar las repercusiones de los valores tradicionales y de la baja autoestima entre las mujeres y promover su participación en la toma de decisiones y su representación en el Gobierno. Exhorta al Gobierno a que movilice campañas de promoción en los medios de difusión y organice seminarios de capacitación para las mujeres, a fin de cambiar la mentalidad de la gente.

51.La Sra. Neubauer señala que el número de mujeres que participan en el Parlamento y otros órganos de toma de decisiones está aumentando pero es todavía muy bajo, y preguntan si se han adoptado medidas especiales de carácter temporal, de conformidad con la recomendación No. 25 del Comité. No parece haber muchas indicaciones de que el Gobierno tenga una política para superar la marginación de la mujer. Pregunta qué medidas se han adoptado para fortalecer la participación de la mujer en la toma de decisiones, entre ellas medidas especiales de carácter temporal.

52.La Sra. Shin pregunta si el Gobierno ha organizado campañas de sensibilización para promover una mayor participación de la mujer en la resolución de conflictos, de conformidad con la resolución 1325 del Consejo de Seguridad (2000). ¿Ha ofrecido el Gobierno de Sierra Leona una disculpa oficial a las mujeres por la destrucción y los daños causados por el conflicto, tal como recomendó la Comisión de la Verdad y la Reconciliación? La oradora agradecería obtener información sobre los progresos generales en la aplicación de las recomendaciones de la Comisión.

53.La Sra. Belmihoub-Zerdani dice que Sierra Leona, como muchos países de África, ha sufrido por muchos años las crueles repercusiones del colonialismo, que explican el legado de tensiones y guerras civiles en el periodo poscolonial. Las antiguas potencias coloniales deberían prestar apoyo a la rehabilitación y la reconstrucción para reparar los daños que han causado. Exhorta a Sierra Leona a que solicite asistencia a los donantes y las organizaciones internacionales para reconstruir el país y capacitar a la mujer a fin de que asuma sus legítimas funciones activas en la sociedad.

54.La Sra. Schöpp-Schilling pregunta si los partidos políticos de Sierra Leona incorporan cuestiones de género en sus programas electorales y si apoyan medidas especiales de carácter temporal para beneficiar a la mujer. Tomando nota de número cada vez mayor de mujeres en la gestión pública, pregunta si las funcionarias de género femenino suelen concentrarse en zonas geográficas, niveles de gobierno o ministerios específicos. Solicita más información sobre las funciones y la importancia de los Comités de desarrollo de los barrios. Tomando nota de que alguno de los jefes supremos son mujeres, pregunta quién puede ser nombrado como jefe y por quién. Exhorta al Gobierno a que haga uso de la autoridad que le confiere la resolución 1325 del Consejo de Seguridad 1325 (2000) y los artículos 4, párrafo 1, y 7 de la Convención, para adoptar medidas especiales de carácter temporal destinadas a aumentar la participación de la mujer en los órganos de la paz y la reconciliación.

55.El Sr. Pemagbi (Sierra Leona) asegura a los miembros del Comité que las mujeres están adecuadamente representadas en el Grupo Nacional de Tareas encargado con la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Consolidación de la Paz. Con respecto a las recomendaciones de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación, algunas se han aplicado, en algunos casos por las ONG. El factor fundamental para lograr la igualdad de la mujer en los organismos encargados de tomar decisiones es reforzar su educación para que estén preparadas y sean capaces de asumir este tipo de funciones.

56.El Sr. Sesay (Sierra Leona) dice que el puesto de Jefe Supremo es un aspecto del gobierno local que figura en la Constitución. Los Jefes se eligen a perpetuidad entre una serie de candidatos que pertenecen a las familias dirigentes después de su nominación por un comité de ancianos. Los Comités de desarrollo de los barrios son la unidad administrativa más pequeña en el gobierno local y dependen de los distritos.

Se levanta la sesión a las 13 .00 horas