39 período de sesiones

Acta resumida de la 803ª sesión, Sala (B)

Celebrada en la Sede, Nueva York, el miércoles 1º de agosto de 2007 a las 10.00 horas

President a :Sra. Dairiam (Relatora)

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (conti n uación)

Séptimo informe periódico de Noruega

En ausencia de la Sra. Šimonovic, la Sra. Dairiam, Relatora, ocupa la Presidencia.

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)

Séptimo informe periódico de Noruega (CEDAW/C/NOR/7, CEDAW/C/NOR/Q/7 y Add. 1)

Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Noruega toman asiento a la mesa del Comité.

La Sra. Hole (Noruega), presentando el séptimo informe periódico de su país (CEDAW/C/NOR/7), dice que el Gobierno de Noruega considera que los exámenes periódicos realizados por órganos creados en virtud de tratados constituyen una parte crucial de la vigilancia internacional de las convenciones y los pactos jurídicamente vinculantes sobre derechos humanos y espera con interés recibir el asesoramiento del Comité sobre cómo mejorar la aplicación de la Convención. Cuando los representantes de su Gobierno se reunieron con el Comité en 2003, el Comité calificó a Noruega de refugio para la igualdad entre los géneros pero expresó preocupación por las desigualdades relativas a la adopción de decisiones económicas, la violencia contra la mujer y los derechos y necesidades de las muchachas y las mujeres inmigrantes. Por consiguiente, la oradora centrará sus observaciones introductorias en esas cuestiones.

Se ha adoptado un amplio espectro de medidas para abordar la violencia contra la mujer, incluida la aplicación de planes de acción intersectoriales; la creación de nuevas instituciones, programas y proyectos; la iniciación o continuación de investigaciones y el fortalecimiento de las disposiciones del Código Penal relativas a la violencia contra la mujer. En el momento actual se está preparando un nuevo plan de acción contra la violencia. Una iniciativa muy importante ha sido el nombramiento por el Consejo de Ministros de un comité sobre la agresión sexual con daños físicos graves, que presentará un informe a principios de 2008 sobre la situación de las mujeres que han sido objeto de violación y otros tipos de violencia sexual, y propondrá medidas y estrategias para reducir la incidencia de esos delitos. En las respuestas del Gobierno (CEDAW/C/NOR/Q/7/Add.1) a la lista de cuestiones y preguntas que figuran en el documento CEDAW/C/NOR/Q/7 se describen otras iniciativas.

Noruega ha aprendido que se requiere un enfoque doble o incluso triple para poner coto a la violencia, centrado en el tratamiento de hombres abusivos, el fortalecimiento del apoyo a las mujeres y los niños, y la investigación de medidas preventivas a nivel local. Se han establecido cinco centros regionales para ayudar a coordinar, orientar y apoyar los esfuerzos locales para poner fin a la violencia contra la mujer.

Hace mucho tiempo que los matrimonios forzados y la mutilación genital femenina están prohibidos en Noruega. En junio de 2007 el Consejo de Ministros inició un nuevo plan de acción contra los matrimonios forzados y se han asignado fondos nuevos y considerables para su aplicación. Los grupos minoritarios y las organizaciones no gubernamentales también están recibiendo financiación para actividades destinadas a cambiar las actitudes y los comportamientos. Se están realizando investigaciones para evaluar la frecuencia con que se practica la mutilación genital femenina en Noruega, y en octubre de 2007 se iniciará un nuevo plan de acción para impedir esa práctica.

En cuanto a la cuestión de la habilitación económica de la mujer, observa la oradora que es raro que, en un país como Noruega, haya todavía tan pocas mujeres en los estratos superiores de la economía y en el sector empresarial. El Gobierno está decidido a rectificar esa situación y ha presentado enérgicas medidas de acción afirmativa para aumentar el número de mujeres en puestos de responsabilidad en el sector empresarial, incluso legislación que obliga a que haya por lo menos un 40 por ciento de mujeres en las juntas de directores de las empresas. Según parece, las empresas que protestaron inicialmente, aduciendo que sería imposible encontrar mujeres calificadas, se han dado cuenta no solamente de que no hay escasez de mujeres competentes sino que la diversidad es positiva para la innovación, el estado financiero y la cultura empresarial.. Por cierto, la Confederación del Comercio y la Industria de Noruega, por iniciativa propia, estableció un programa llamado Futuro Femenino para reclutar y capacitar mujeres destinadas a ocupar puestos de gestión en las empresas, lo que constituye una iniciativa positiva que demuestra que cuando el sector público prepara el camino con decisiones normativas, el sector privado sigue su ejemplo.

En 2003 el Comité exhortó a Noruega a adoptar medidas para eliminar la discrepancia salarial entre hombres y mujeres y desde entonces el país ha elaborado un instrumento de medición para detectar la discriminación salarial basada en el género. En 2006 el Consejo de Ministros nombró a la Comisión de Igualdad de Pago para estudiar la cuestión. Su informe se presentará en marzo de 2008. Una estrategia nacional que se iniciará en septiembre de 2007 se centrará en las opciones de educación y empleo elegidas por hombres y mujeres y en la forma en que las escuelas tratan las cuestiones relacionadas con la igualdad entre los géneros. El objetivo es reducir la histórica segregación del mercado de trabajo por género, que en general es responsable de las diferencias salariales, y promover el empleo a jornada completa de las mujeres, casi la mitad de las cuales trabajan actualmente a jornada parcial.

En la esfera política, se han emprendido una serie de iniciativas con objeto de alentar a los partidos políticos a presentar la candidatura de más mujeres para ocupar puestos públicos a nivel local, incluida una campaña con ese fin financiada por el Ministerio de Gobierno Local y Desarrollo Regional. Como resultado, el 42 por ciento de los candidatos para las próximas elecciones locales, que han de tener lugar en s septiembre de 2007, fueron mujeres. El Ministro ha anunciado que está dispuesto a considerar la posibilidad de promulgar leyes de paridad para asegurar la igualdad de representación de las mujeres en las listas de los partidos y fomentar su participación política, que sigue siendo limitada. Sólo una de cada seis alcaldes del país es mujer y, pese a que la Ley de Gobierno Local exigía que el 40 por ciento de las personas nombradas para ocupar puestos en los comités políticos fueran mujeres, casi uno de cada tres comités no cumplía ese requisito.

La inclusión y la integración sociales de todos los ciudadanos o futuros ciudadanos de Noruega es una meta importante para el Gobierno. Teniendo esto presente, ha adoptado varias medidas para eliminar las barreras que se oponen a la plena participación de muchachas y mujeres inmigrantes en la sociedad noruega. Se ha establecido un directorio especial para promover la inclusión e integración sociales y se ha promulgado una nueva ley, la Ley Antidiscriminatoria, que prohíbe la discriminación por motivos de origen étnico o religiosos. En 2006 se presentó al Parlamento un Documento Blanco sobre inclusión social, en que se recomendaban medidas exclusivamente para las mujeres inmigrantes, y el mismo año se presentó un plan de acción nacional para la integración e inclusión dirigido a la población inmigrante. Además, se han puesto en práctica programas y redes para equipar a las muchachas y mujeres inmigrantes con los conocimientos que necesitan para tener éxito en el mercado de trabajo.

Al 1º de enero de 2006, El Ombud de la Igualdad y Lucha contra la Discriminación, junto con el nuevo Tribunal de la Igualdad y Lucha contra la Discriminación, constituían el mecanismo nacional de igualdad entre los géneros. Se ocupaban de las denuncias de discriminación por distintos motivos, si bien la mayoría de las denuncias presentadas se referían a cuestiones relacionadas con la igualdad entre los géneros. El nuevo mecanismo tenía gran visibilidad en los medios de información.

El ideal del Gobierno de una sociedad de igualdad entre los géneros requería una redistribución del trabajo, el poder y las tareas relacionadas con los cuidados domésticos, con más mujeres en empleos a jornada completa, incluidos empleos en sectores dominados por los hombres, y más hombres contratados para ocupar empleos en sectores tradicionalmente dominados por la mujer, como la atención de salud y la educación. Para redistribuir el poder económico, tenía que haber más mujeres en puestos superiores y de gestión. Al mismo tiempo, hombres y mujeres tenían que compartir las responsabilidades en el hogar. La igualdad entre el padre y la madre es una meta concreta de política en Noruega.

El Gobierno considera que los muchachos y los hombres deben desempeñar un papel fundamental en el logro de la igualdad entre los géneros. Por consiguiente, está preparando un Documento Blanco sobre los hombres, los papeles masculinos y la igualdad entre los géneros, que se presentará al Parlamento en 2008, y también ha financiado una cátedra en la Universidad de Oslo para investigación en materia de igualdad entre los géneros, centrada en los hombres y la masculinidad. En noviembre el Gobierno, junto con la Confederación de Municipalidades Noruegas, copatrocinará tres conferencias regionales sobre cuestiones relativas a la igualdad entre los géneros. El tema principal serán los compromisos contraídos por Noruega con arreglo a la Convención. Esos acontecimientos brindarán la oportunidad de dar publicidad a los resultados del actual diálogo del Gobierno con el Comité y examinarlos.

En conclusión, la oradora desea destacar algunos ejemplos recientes del enfoque adoptado por el Gobierno para tratar de incorporar la igualdad entre los géneros en la corriente de opinión pública en Noruega. Catorce de los 17 ministerios del país tienen ahora planes sectoriales para promover la igualdad entre los géneros o planes concretos orientados a la acción sobre determinadas cuestiones. Uno de ellos es un plan estratégico para los sectores de silvicultura, agricultura y elaboración de alimentos, tradicionalmente sectores muy conservadores y dominados por el hombre, con la meta de aumentar la proporción de mujeres empleadas en ellos en un 40 por ciento en el plazo de diez años. Otro es un plan de acción para el sector de la defensa, otro sector muy dominado por el hombre, con objeto de aumentar el número de mujeres que integran las fuerzas armadas, especialmente en posiciones de liderazgo. Un tercero es un plan de acción para aumentar el número de propietarias, operadoras y administradoras en las industrias pesquera y de la acuicultura. Finalmente, el Ministerio de Relaciones Exteriores, que lidera el movimiento en apoyo de la igualdad entre los géneros, recientemente elaboró un plan de acción para promover la igualdad entre los géneros y las cuestiones de la mujer en la esfera de la asistencia al desarrollo y un plan de acción como complemento de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad sobre La mujer, la paz y la seguridad. En la actualidad está elaborando un Documento Blanco relativo a la mujer y las cuestiones de desarrollo.

Artículos 1 a 6

La Sra. Flinterman recuerda que cuando el Comité examinó el sexto informe periódico de Noruega, expresó preocupación por el hecho de que la Convención todavía no se había incorporado a la legislación de Noruega, más de 20 años después que el país la hubiera ratificado. El Comité recomendó que la Convención se incorporara por conducto de la Ley de Derechos Humanos, lo que garantizaría que las disposiciones de la Convención prevalecerían sobre cualesquiera estatutos que estuvieran en conflicto con ellas y podrían invocarse en los tribunales internos. El Gobierno que estaba en el poder en ese entonces eligió en cambio incorporar la Convención a la Ley de Igualdad entre los Géneros. Al orador le complace saber que el Gobierno actual se ha comprometido a incorporarla en la Ley de Derechos Humanos y desearía saber cuándo lo hará.

También pide una aclaración respecto de la afirmación que figura en el Informe, en el sentido de que las disposiciones estatutarias han de interpretarse de conformidad con las convenciones internacionales en las que es parte Noruega. Como en la actualidad la Convención se ha incorporado al derecho noruego a través de la Ley de Igualdad entre los Géneros, significa eso que los estatutos que sean incompatibles con dicha ley no serán aplicados por los tribunales? El informe también indica que la Convención rara vez ha sido invocada en un tribunal noruego. Se pregunta cuál es la razón y si puede decirse lo mismo de otros tratados de derechos humanos, en especial la disposición de los tratados que se refiere a la igualdad entre los géneros.

Observando que la Ley de Igualdad entre los Géneros ha sido enmendada recientemente para prohibir las represalias contra cualquier persona que haya presentado una denuncia de incumplimiento de la Ley, pregunta el orador si la Ley también contiene disposiciones encaminadas a asegurar que las mujeres que utilicen los procedimientos de comunicación individual con arreglo al Protocolo Facultativo de la Convención no sean objeto de malos tratos o intimidación. En caso contrario, proyecta el Gobierno enmendar la Ley para que esté de acuerdo con el artículo 11 del Protocolo Facultativo?

En el informe se declara que la Ley de Igualdad entre los Géneros se aplica a todas las esferas de la sociedad, con una única excepción: los asuntos internos de las comunidades religiosas. Al orador le intriga pues el hecho de que el Gobierno actual haya decidido examinar la aplicabilidad de esa excepción a la Iglesia de Noruega, la iglesia estatal. El Comité apreciaría recibir más información sobre esa cuestión y sobre el resultado del examen realizado por el Gobierno.

La Sra. Š imonovicdiceque el Comité ha acogido complacido la oportunidad de examinar el informe de las organizaciones no gubernamentales noruegas pero lamenta que ningún representante de esas organizaciones estuviera presente en el momento en que se examinó el informe. Al Comité se le dijo que los representantes de las organizaciones no gubernamentales carecían de suficientes recursos financieros para asistir a la reunión. Encuentra raro eso ya que es evidente que el Gobierno de Noruega tiene buenas relaciones de cooperación con las organizaciones no gubernamentales en muchas esferas, y agradecería una explicación de por qué no se ha proporcionado financiación con objeto de que los representantes de las organizaciones no gubernamentales asistan al período de sesiones y presenten su informe.

A su juicio, el mejor argumento para incorporar la Convención a la Ley de Derechos Humanos es que, a diferencia de la situación que existía en 2003 cuando se examinó el último informe de Noruega, ahora se presentan más casos con arreglo al Protocolo Facultativo, y esos casos ofrecen interpretaciones adicionales de los derechos que tiene la mujer en virtud de la Convención. Es pues importante asegurar la posición estatutaria de la Convención en el derecho interno. A ese respecto, la oradora desearía saber qué procedimiento se utiliza en Noruega cuando una mujer desea presentar una denuncia de discriminación y cuál es el tribunal de última instancia.

La Sra. Tavares da Silva, observando que el Ombud de la Igualdad y Lucha contra la Discriminación se ocupa de la discriminación en diversos aspectos, pregunta si ha habido alguna desventaja para considerar la discriminación contra la mujer como una forma de discriminación entre otras,dado que la discriminación contra la mujer es evidentemente diferente de otras formas en carácter. Es horizontal y estructural, mientras que las demás formas son mucho más circunstanciales. La oradora se pregunta si la reestructuración del mecanismo nacional ha aumentado o disminuido la visibilidad de las preocupaciones relativas a la igualdad entre los géneros.

En el informe del Estado parte se indica que el Ombud y el Tribunal de la Igualdad y Lucha contra la Discriminación son órganos gubernamentales profesionalmente independientes. Según ella, esa parece ser una situación ambigua y tal vez incluso contradictoria, dado que si son órganos gubernamentales que funcionan como mecanismo nacional no pueden ser totalmente independientes; tendrán que seguir las políticas y las directrices del Gobierno. Por otra parte, sobre la base de la información que figura en el informe, parecería que el Ombud y el Tribunal desempeñan un papel para determinar las premisas básicas para la formulación de políticas. Agradecería una aclaración sobre la situación de ambas instituciones y sobre qué entidad dentro del Gobierno está encargada de formular planes y políticas para la igualdad entre los géneros y la incorporación de ese concepto en la corriente del pensamiento popular así como para coordinar y vigilar su aplicación.

La Presidenta, haciendo uso de la palabra como miembro del Comité, encomia al Estado parte por sus esfuerzos en la esfera de las negociaciones de paz internacionales. Sería interesante saber si la participación de mujeres de países interesados en esas negociaciones es un requisito indispensable para la participación de Noruega y si las propias delegaciones de Noruega incluyen siempre mujeres. El Comité también desearía saber si se ha establecido algún mecanismo para vigilar el grado en que se atienden las necesidades de las mujeres durante los procesos de establecimiento de la paz posteriores a las negociaciones.

Noruega es bien conocida por su papel como proveedora de asistencia al desarrollo de ultramar. En el informe se hace referencia a la iniciación de un nuevo plan de acción para la mujer y la igualdad entre los géneros en la cooperación para el desarrollo, y la oradora se pregunta si en el plan se preveía la aplicación directa de la Convención. Expresa preocupación por que, como lo prueba, entre otras cosas, el hecho de que la Convención se haya incorporado en la Ley de Igualdad entre los Géneros y no en la Ley de Derechos Humanos, el derecho de la mujer a la igualdad de trato parece considerarse un derecho especial más bien que un derecho humano básico. Por consiguiente, agradecería más aclaraciones acerca de cómo entiende el Gobierno el derecho a la no discriminación y de las formas en que ese entendimiento incide en las actividades de asistencia al desarrollo.

La Sra. Hole(Noruega) subraya el hecho de que Noruega es uno de los pocos países que han incorporado plenamente la Convención a su legislación interna. Además el Gobierno actual ha declarado su intención de incorporar la Convención a la Ley de Derechos Humanos antes de la terminación de su mandato en 2009. Ignora por qué los tribunales noruegos se refieren sólo raramente a la Convención, pero la oradora asegura al Comité que el Ombud de la Igualdad y Lucha contra la Discriminación y el Tribunal a menudo se refieren a ella como fuente de derecho. Noruega no tiene un tribunal constitucional: los casos relativos a la discriminación se remiten al Tribunal de la Igualdad y Lucha contra la Discriminación. Hasta el momento actual, no se ha presentado a los tribunales ningún caso con arreglo al Protocolo Facultativo, pero la oradora no prevé dificultades a ese respecto. Por cierto, el artículo 11 del Protocolo Facultativo se ha tenido en cuenta al examinar la enmienda de la Ley de Igualdad entre los Géneros.

Actualmente se hacen excepciones a la Ley de Igualdad entre los Géneros con respecto a asuntos internos en comunidades religiosas, incluida la iglesia estatal. El Gobierno está decidido a examinar si esas excepciones pueden abolirse y, con ese fin, recientemente un comité de abogados nombrado por el Consejo de Ministros ha sido encargado de redactar una ley amplia contra la discriminación. En preparación del proceso de redacción, el comité está examinando las disposiciones de la Ley de Igualdad entre los Géneros y la Ley del Medio Ambiente Laboral y debe presentar un informe al Gobierno antes de fin de año.

En respuesta a la pregunta formulada por la Sra. Šimonovic, dice la oradora que las organizaciones no gubernamentales de mujeres reciben financiación del gobierno por conducto de la Dirección para los Niños, los Jóvenes y los Asuntos de la Familia. En 2007, la asignación presupuestaria para organizaciones no gubernamentales aumentó en 3 millones de coronas de Noruega. Si bien las organizaciones no gubernamentales que desean asistir a reuniones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer por lo general reciben asistencia financiera, el Gobierno decidió que, como el propósito del actual diálogo constructivo era vigilar la aplicación de la Convención por las instituciones estatales, no se ofrecería financiación alguna.

En cuanto al mecanismo nacional para el adelanto de la mujer, el Ministerio de los Niños y la Igualdad es el principal órgano responsable de coordinar las políticas y los programas sobre la igualdad entre los géneros y de promover la incorporación del género en la corriente del pensamiento popular. En 2006, aplicó la presupuestación basada en el género a nivel de todo el Gobierno. Recientemente se han establecido nuevos mecanismos para promover la igualdad entre los géneros, a sabe, el ya mencionado Ombud y el Tribunal. Noruega tiene una larga tradición de nombrar Ombuds en diversos sectores, ya que ofrecen medios conciliatorios de resolver cuestiones contenciosas.

Si bien la Oficina del Ombud de la Igualdad y Lucha contra la Discriminación es financiada por el Gobierno, es una institución totalmente independiente: las reuniones trimestrales entre el Ombud y el Ministerio tienen el propósito único de celebrar conversaciones y compartir información. La oradora está de acuerdo en que la discriminación contra la mujer es un fenómeno horizontal y estructural pero señala que, como el Ombud se ocupa de todos los casos de discriminación, lo aprendido de las denuncias relativas a una forma de discriminación puede aplicarse a las denuncias sobre otras formas. La Oficina del Ombud también está en buena posición para reunir información sobre los casos en que se observa discriminación múltiple. En 2008 se presentará al Parlamento un examen de la eficacia de los nuevos arreglos.

El Sr. Froskeland(Noruega) manifiesta que el plan de acción nacional para la aplicación de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad estableció una serie de medidas para ampliar la participación de la mujer en las negociaciones de paz. Con objeto de dar un buen ejemplo a los países a los que presta asistencia, Noruega está decidida a asegurar que, en la medida de lo posible, sus propias delegaciones sean equilibradas en cuanto al género. El plan de acción será objeto de examen anual, y el primero de tales exámenes se acaba de publicar.

El Sr. Hole (Noruega) dice que el Gobierno de Noruega considera que la participación de la mujer en las actividades de desarrollo interesa a toda la sociedad. Por consiguiente, el nuevo plan de acción para la mujer y la igualdad entre los géneros en la cooperación para el desarrollo abarca cuatro esferas temáticas claves: la habilitación política; la habilitación económica; los derechos sexuales y reproductivos; y la violencia contra la mujer. En el momento actual se está preparando un Documento Blanco sobre esas cuestiones para destacar la necesidad de la participación de la mujer en los procesos políticos y de desarrollo, como un fin en sí mismo y como un medio de lograr otros objetivos. La oradora asegura al Comité que el Consejo de Ministros actual nunca va a separar los derechos de la mujer de los derechos humanos. Ciertamente, el concepto de los derechos de la mujer como derechos humanos es la premisa subyacente tanto del plan de acción nacional para la aplicación de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad como del plan de acción para la mujer y la igualdad entre los géneros en la cooperación para el desarrollo.

La Sra. Coker-Appiahencomia al Estado parte por las medidas innovadoras que ha introducido para cumplir con el artículo 5 de la Convención. Refiriéndose a la página 26 del informe, pregunta sobre las conclusiones del proyecto de investigación conjunto sobre la sexualización del espacio público y sus repercusiones sobre los jóvenes, y subraya la necesidad de aplicar cualesquiera conclusiones pertinentes en forma práctica.

Un creciente número de hombres está aprovechando su derecho a tomar licencia para cuidar a los hijos porque tienen cada vez más conciencia de la necesidad de establecer estrechas relaciones con ellos. Sin embargo, el papel de los hombres en la sociedad no debe limitarse a la paternidad. Es menester hacer más esfuerzos para examinar el concepto de masculinidad y su relación con la violencia contra la mujer. A ese respecto, la oradora pregunta si el Centro de Recursos para Hombres proyecta ampliar el alcance de su labor para incluir programas destinados a los perpetradores de violencia doméstica.

La Sra. Š imonovicencomia al Estado parte por sus esfuerzos para reunir estadísticas sobre el número de mujeres asesinadas por su compañero íntimo. Sería útil saber cuántos de los siete asesinatos cometidos en 2006 han sido investigados y cuáles han sido los resultados de esas investigaciones. Con miras a reducir el número de asesinatos, se han tomado medidas para identificar las deficiencias restantes en el sistema de prevención y protección? ¿Tiene el Gobierno planes de introducir la detención preventiva para los hombres potencialmente violentos que han violado sus órdenes inhibitorias?

La Presidenta, haciendo uso de la palabra como miembro del Comité, dice que los derechos y los privilegios acordados a los hombres pueden ser una fuente de discriminación porque provocan sentimientos de superioridad entre la población masculina. A ese respecto, siente curiosidad por saber por qué el informe, que debía centrarse en las mujeres, examina la discriminación contra los hombres. También la intriga la referencia que se hace en él a la necesidad de medidas que se “adapten a las situaciones y los intereses diferentes de los hombres” (pág. 28). El Estado parte debe indicar las medidas concretas que tomará para reducir los obstáculos que se oponen a la habilitación de las mujeres, basándose en una sólida comprensión del concepto de igualdad entre los géneros.

Por último, la oradora señala que las actitudes institucionales negativas respecto de la igualdad entre los géneros tienen efectos importantes sobre los papeles de hombres y mujeres en la sociedad. ¿Qué se ha hecho para combatir tales actitudes? A ese respecto, la preocupan en particular los mitos en torno a la violación que parecen prevalecer en Noruega y sus consecuencias para el tratamiento de las víctimas de violación.

El Sr. Flintermanacoge complacido las medidas adoptadas por el Gobierno de Noruega como complemento de los comentarios y recomendaciones anteriores del Comité en relación con el tráfico sexual. Refiriéndose a la respuesta del Estado parte a la pregunta 11 de la lista de cuestiones y preguntas (CEDAW/C/NOR/Q/7), dice que ha recibido información de otras fuentes en las que se indica que hay entre 2000 y 3000 prostitutas en Oslo, el 80 por ciento de las cuales provienen del exterior. También oyó decir que sólo al 15 por ciento de las mujeres extranjeras objeto de tráfico con fines de explotación sexual se les ha otorgado permisos de residencia permanente por razones humanitarias. Evidentemente, se requiere una reunión de datos más sistemática sobre el particular.

El Gobierno subsidia un sitio en la Web para impedir la compra de servicios sexuales, pero la información proveniente de otras fuentes sugiere que está teniendo el efecto opuesto. Sería útil saber si se ha realizado una evaluación de los efectos de ese sitio en la Web y, en tal caso, cuál ha sido el resultado de la evaluación. ¿Tiene algún plan el Estado parte para imponer castigos penales a las personas que compran sexo? La experiencia de Suecia en esa esfera podría ser útil.

La Sr a . Hole (Noruega) dice que el proyecto de investigación sobre la sexualización del espacio público ha arrojado muy diversas conclusiones. El Gobierno está plenamente decidido a proseguir el proyecto y para estimular el debate, ha remitido esas conclusiones al Consejo Nacional sobre la Juventud. También deberán examinarse posibles enmiendas a la Ley de Comercialización. Por regla general, muy pocas mujeres trabajan en los medios de información y el Gobierno ha introducido pues varios programas para rectificar la situación. También se está intentando demandar una explicación a los medios de información como institución y cuestionar la forma en que reflejan los papeles del hombre y la mujer.

El Centro de Recursos para Hombres, financiado por el Ministerio de los Niños y de la Igualdad, se está ocupando de actividades de concienciación encaminadas a cambiar las actitudes de los hombres sobre la masculinidad., Respecto de la cuestión de las medidas en apoyo de los hombres, es verdad que algunos hombres privilegiados disfrutan de todo tipo de protección, pero muchos miembros masculinos de la población también necesitan ayuda, especialmente los que usan drogas y las víctimas de asalto sexual. Se ha establecido una línea telefónica de urgencia gratuita para los hombres en apuros. Además, la mayor parte de la población desempleada y mal pagada consiste en hombres.

Las investigaciones han demostrado que a menudo los hombres son tratados injustamente en los casos de tutela de los hijos. Por consiguiente, se ha enmendado la ley relativa a la pensión de alimentos para tener en cuenta las ganancias tanto de la madre como del padre y para permitir que se hagan deducciones de los pagos de pensión de alimentos hechos por los ex maridos según el tiempo que pasen con sus hijos. El Comité Judicial está examinando la ley sobre los derechos del padre y la madre así como de los hijos. Si bien las mujeres deben poder seguir carreras y ser elegidas para ocupar cargos públicos, es menester tener en cuenta también las necesidades de los hombres. Con ese espíritu, el Ministerio de los Niños y de la Igualdad está preparando un Documento Blanco gubernamental sobre la igualdad entre los géneros, con especial referencia al papel de los hombres y al desarrollo de una masculinidad positiva. A nivel institucional, la incorporación de la igualdad entre los géneros se practica en todos los ministerios.

Con respecto a los esfuerzos para combatir la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, los dos planes de acción correspondientes comprenden un importante componente de concienciación, dirigido en particular a los niños. Los funcionarios de asesoramiento (consejeros) también desempeñan un papel importante de mediación, que además es obligatorio cuando se separan las familias. Los miembros del Poder Judicial, la fuerza de policía y los servicios de bienestar del niño también reciben capacitación en la detección de violencia en las familias y en la atención de las mujeres y los niños víctimas de esa violencia. El Centro Noruego de Estudios sobre la Violencia y el Estrés Traumático ha producido un informe sobre el tratamiento de los perpetradores de violencia doméstica para uso principalmente de los servicios carcelarios. La organización Alternativa a la Violencia, financiada por los Ministerios de Justicia y de Salud cuenta con psicólogos y terapeutas entre su personal y también ofrece un programa de tratamiento que en la actualidad se centra en la parte sur del país, lo que proporciona una buena oportunidad para su desarrollo a nivel nacional. Además, desde hace algunos años, coordinadores especializados en violencia en la familia cumplen un servicio útil en todos los distritos policiales. La oradora dice que a continuación informará sobre los resultados de la evaluación de las medidas contra la violencia doméstica, incluida la vigilancia electrónica de los transgresores.

Desde 2004, nueve mujeres víctimas de tráfico sexual recibieron permisos de trabajo temporales (seis meses) que podían extenderse por períodos sucesivos de seis meses. Todavía es demasiado pronto para evaluar las repercusiones de la medida. El sitio en la Web establecido para impedir la compra de servicios sexuales trata de averiguar los motivos profundos de la demanda de servicios sexuales pagos que, según las investigaciones realizadas, emana principalmente de jóvenes y prósperos ejecutivos, como parte de una cultura empresarial. La propuesta de enmendar el Código Penal para tipificar como delito la compra de servicios sexuales pronto se presentará al Parlamento, tras un amplio debate, y se prevé que se ponga en vigor para fines del presente año.

La Sra. Saigase pregunta si el Estado parte ha aprovechado la experiencia de Suecia al debatir la propuesta de tipificar como delito la compra de servicios sexuales. Con respecto a los esfuerzos para combatir la violencia, no está claro que el Código Penal contenga disposiciones adecuadas, particular-mente con respecto a las soluciones jurídicas y al castigo de los transgresores. ¿Existe algún plan de adoptar una ley separada concreta sobre el tema? También sería interesante saber qué está haciendo el Gobierno para ayudar a los niños no acompañados en los centros de recepción, y en particular para protegerlos del tráfico sexual.

La Sra. Š imonovicdice que, si bien está de acuerdo en que la responsabilidad del informe periódico corresponde al Estado parte, durante muchos años el Comité ha alentado la presentación de informes secundarios, así como la celebración de sesiones oficiosas de discusión con las organizaciones no gubernamentales. El Fondo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM) proporciona apoyo a las organizaciones no gubernamentales de países en desarrollo con ese fin, pero es de esperar que los países desarrollados hagan otro tanto a favor de sus propias organizaciones no gubernamentales. Exhorta a Noruega a considerar esa posibilidad.

El Sr . Flintermansubraya que, 25 años después de la ratificación de la Convención por Noruega, el Gobierno todavía no ha incorporado la Ley de Igualdad entre los Géneros en la Ley de Derechos Humanos, aun cuando no ha retirado su promesa de hacerlo. No obstante, el tiempo se está acabando ya que sólo estará en el poder durante dos años más. Se ha argumentado que, como los requisitos de la Ley de Igualdad entre los Géneros son en todo caso obligatorios, su incorporación a la Ley de Derechos Humanos reviste escasa importancia. La pregunta fundamental es si, en caso de conflicto entre las disposiciones estatutarias y la Ley de Igualdad entre los Géneros, esta última prevalecerá.

En su política de cooperación y relaciones exteriores, Noruega atribuye especial importancia a la promoción de las cuestiones de la mujer, en particular con arreglo a la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad y dentro del marco del Banco Mundial. Sería interesante saber si el Estado parte considera que cumple así las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 3 de la Convención. ¿Entiende que esa obligación se extiende más allá de la esfera nacional a la esfera internacional?

La Presidenta, haciendo uso de la palabra como miembro del Comité, dice que la cuestión de la cooperación para el desarrollo es importante porque Noruega es considerada un modelo para el resto del mundo. Se pregunta si el enfoque temático esbozado en el informe periódico (CEDAW/C/NOR/7, pág. 20), por más útil que sea, limitaría su acción para asistir directamente a otros países en la aplicación de la Convención, especialmente al incorporarla a su orden jurídico interno. Subraya a su vez la importancia de la contribución realizada a la labor del Comité por las organizaciones no gubernamentales apoyadas por el UNIFEM y el Fondo de Población de las Naciones Unidas (FNUAP) y exhorta al Estado parte a suministrar la asistencia necesaria a las organizaciones no gubernamentales para que participen en las reuniones del Comité.

La Sra. Hole (Noruega) dice que la experiencia de Suecia al prohibir la compra de servicios sexuales se ha tenido en cuenta pero todavía no ha sido evaluada totalmente. El efecto inicial de la prohibición parece haber sido impulsar esas prácticas a la clandestinidad. Además de esa medida, es importante educar a las mujeres de que se trata: se han establecido programas de divulgación con ese fin en Noruega, programas que se están ampliando. No se proyecta ninguna ley concreta sobre la violencia doméstica; en su lugar, se fortalecerá el Código Penal. Con arreglo a la Ley de Bienestar del Niño se brinda asistencia concreta a los niños de los centros de recepción, con ayuda en particular de la organización no gubernamental Save the Children. El Gobierno está profundamente preocupado por el riesgo de tráfico sexual al que pueden verse expuestos los niños en esos centros y en 2006 inició una capacitación especial para todo el personal que trabaja en ellos.

El efecto de la Ley de Igualdad entre los Géneros todavía no ha sido evaluado, pero el Ministerio de Justicia está preparando un estudio al respecto para 2008. En lo tocante a la cuestión de su incorporación a la Ley de Derechos Humanos, toda la legislación interna debe cumplir con las disposiciones de todos los tratados en que Noruega es parte y se interpreta en consecuencia. Transmitirá a su gobierno la sugerencia relativa a la asistencia para las organizaciones no gubernamentales, cuya contribución es ciertamente muy apreciada. Noruega es un donante importante al Banco Mundial, al FNUAP y al UNIFEM y continuará siéndolo. Se reúne regularmente con representantes de esas instituciones y proporciona financiación en apoyo de las medidas jurídicas para poner en vigor la Convención en los países en desarrollo, en especial y más recientemente en el Afganistán y Zimbabwe.

Artículos 7 a 9

L a Sra. Tavares da Silva reconoce que la participación de la mujer en la vida política es elevada en Noruega al igual que en otros países nórdicos, pero observa que no es igual en todos los niveles. Se pregunta cuáles son las razones del aparente estancamiento en los 15 años anteriores y si se proyecta alguna medida para contrarrestarlo. Habida cuenta de que las cuotas no son obligatorias en los partidos políticos, podría considerarse la posibilidad de imponerlas. Se ha reconocido que las enmiendas legislativas no son suficientes para cambiar las estructuras de género establecidas sino que deben combinarse con una gama de condiciones e instrumentos. Dado el éxito del Parlamento Saami a ese respecto, sería útil trasladar su ejemplo a nivel nacional. Según una fuente de una organización no gubernamental, los cambios en las leyes electorales han hecho más difícil para la mujer ser elegida a cargos públicos. ¿Se ha hecho alguna evaluación sobre las repercusiones de esos cambios?

La Sra. Belmihoub-Zerdani considera intere-sante saber por qué la participación de la mujer en las elecciones locales no ha aumentado en forma más significativa durante el período que se examina. Es necesario suministrar más recursos para ofrecer capacitación con objeto de preparar a las mujeres para participar en la política local. Por otra parte, el alto porcentaje de mujeres en el Parlamento debe servir de modelo para otros países, y es encomiable que un número igual de mujeres y hombres participe en cargos gubernamentales. También vale la pena señalar que tras una campaña preelectoral en 2003, el Parlamento Saami aumentó el número de mujeres del 18 al 51 por ciento en las elecciones de 2005.

Las mujeres noruegas ocupan puestos de responsabilidad en la esfera de la cooperación internacional y han aportado importantes contri-buciones a los esfuerzos en apoyo de las mujeres de los países en desarrollo. El Gobierno ha presentado tres informes a las Naciones Unidas como complemento de la Plataforma de Acción de Beijing. Además es significativo que el Gobierno ha organizado una conferencia anual para vigilar el seguimiento de la Plataforma de Acción de Beijing con el Foro para la Mujer y el Desarrollo, que es responsable de coordinar la labor de las organizaciones no gubernamentales de Noruega que proporcionan asistencia al desarrollo a las mujeres del tercer mundo.

La Sra. Hole (Noruega) dice que el 36 por ciento de los candidatos elegidos a nivel municipal son mujeres, porcentaje que es igual en el Parlamento. El Ministerio de Gobierno Local y Desarrollo Regional ha llevado a cabo investigaciones sobre las razones de que no haya aumentado más la participación de las mujeres en las elecciones locales. Llegó a la conclusión de que era difícil hacer participar a los jóvenes en general en la política local porque se quejaban sobre la carga de trabajo y el número de reuniones, y no consideraban que la política local fuera pertinente a su vida. Se están celebrando conversaciones para examinar la viabilidad de cambiar los programas de reuniones y proporcionar servicios gratuitos de cuidado de los niños con miras a lograr que los jóvenes puedan intervenir en la política local.

Se han adoptado varias iniciativas para garantizar que las mujeres sean presentadas como candidatas en las listas de los partidos pero esas candidaturas no son reguladas por leyes de paridad. Sin embargo, el Ministerio de Gobierno Local y Desarrollo Regional ha financiado una campaña manejada por la oficina del Ombudsman para aumentar el número de mujeres en las listas para las elecciones locales y el 42 por ciento de los candidatos en las elecciones municipales y de condado que se celebrarán el 14 de septiembre de 2007 son mujeres. Además, el Ministerio de Gobierno Local y Desarrollo Regional anunció que estaba dispuesto a considerar la posibilidad de cambiar la forma en que se manejaban las listas partidarias y examinaría la posibilidad de promulgar leyes de paridad tras las elecciones de 2007. El Ministerio ha proporcionado apoyo a las campañas para promover la participación de las mujeres en las elecciones durante alrededor de 20 años. El Parlamento Saami de hecho siguió el ejemplo establecido por esas campañas nacionales. Se están realizando conversaciones a nivel nacional dentro del Gobierno, las organizaciones no gubernamentales, las escuelas y los medios de información para explorar formas de alentar la participación de todos los ciudadanos en la política local, sea cual fuere su edad, origen étnico o género. El Gobierno ha suministrado importante apoyo financiero para promover la participación de las mujeres en el Parlamento y la política local.

La Sra. Belmihoub-Zerdani pide información adicional sobre los derechos de votación de los extranjeros y los inmigrantes. También sería interesante saber si los inmigrantes han sido candidatos en las elecciones.

La Sra. Hole (Noruega) dice que los inmigrantes que hayan vivido legalmente en Noruega durante tres años tienen derecho a votar en las elecciones locales. En las elecciones nacionales, es necesario tener ciudadanía noruega. Parece seguro que el número de inmigrantes de países no occidentales que votan en elecciones locales y municipales ha aumentado pero su delegación no tiene datos para confirmar esa creencia.

La Sra. Larsen-Asp (Noruega) dice que antes de las elecciones locales de 2003 el 77 por ciento de los principales candidatos en las listas electorales eran hombres, y en 2007 esa cifra fue del 70 por ciento. Las cifras actuales demuestran una mejora leve pero insuficiente. El número de candidatos que no son de origen noruego es muy reducido.

La Sra. Belmihoub-Zerdani, volviendo al papel de las mujeres en la vida política y pública y observando que no se ha suministrado información sobre el papel de las mujeres en el sistema judicial, pide a la delegación la mayor cantidad posible de información a ese respecto.

La Sra. Hole (Noruega) informa que el 30 por ciento de todos los jueces en Noruega son mujeres. El Gobierno no está satisfecho con esa proporción y tratará de aumentarla.

Artículo 10 a 14

La Sra. Halperin-Kaddari dice que es desalentador que en 2004 las mujeres hayan representado sólo el 16 por ciento de los nombramientos de profesores. Habida cuenta de que los tribunales de la Asociación Europea de Libre Comercio declararon que la práctica de reservar ciertos puestos de profesores para mujeres contravenía la ley de la Zona Económica Europea, sería interesante saber qué proyecta hacer el Gobierno para aumentar el número de mujeres que ocupen cátedras académicas de categoría superior. Tal vez sería posible, por ejemplo, incluir a más mujeres en la redacción del Documento Blanco sobre los hombres, los papeles masculinos y la igualdad entre los géneros que debe presentarse al Parlamento en la primavera de 2008. Sería útil saber más acerca de la función de los círculos académicos en la preparación de ese documento y si algunas de las investigaciones se han centrado en la importancia de los cuidados del padre y la madre para cambiar las percepciones sobre los papeles de ambos géneros. Se pregunta si se ha llevado a cabo alguna investigación específica por género sobre las preferencias y aspiraciones de los estudiantes de enseñanza secundaria.

La Sra. Zou Xiaoqiao considera interesante saber si se han realizado progresos para reducir la brecha salarial entre mujeres y hombres y si se han llevado a cabo estudios para establecer sus causas. Pregunta qué medidas ha tomado el Gobierno para lograr que los empleadores conozcan y cumplan plenamente las disposiciones de la Ley de Igualdad entre los Géneros. ¿Qué sanciones se prevén para penar su incumplimiento y de qué medios de denuncia disponen las mujeres?

Le gustaría recibir información sobre las medidas que se están adoptando para aumentar el número de mujeres que están empleadas a jornada completa y las que se están adoptando en apoyo de las mujeres que no desean trabajar a jornada parcial. ¿Cuántas mujeres inmigrantes trabajan a jornada parcial? También se debería proporcionar información sobre la legislación, las sanciones y los procedimientos de denuncia establecidos por el Gobierno para abordar el problema del acoso sexual, junto con detalles de cualesquiera casos de acoso sexual que hayan ocurrido desde 2004.

La Sra. Arocha Domínguezmanifiesta que sería de interés saber si se ha considerado la posibilidad de proporcionar actividades extracurriculares para impartir a las mujeres los conocimientos necesarios para reducir la segregación ocupacional. El Estado informante también debe aclarar qué medidas específicas se están tomando para aumentar el número de empleos a jornada completa en los sectores de la salud y la educación y proporcionar más datos sobre las mujeres en diferentes categorías de empleo y en puestos de liderazgo.

Con respecto al trabajo a jornada parcial no deseado, sería interesante saber si existe la voluntad política de parte de la administración local de ayudar al Gobierno central a promover el empleo a jornada completa para las mujeres. ¿Qué porcentaje de mujeres aprovecha los beneficios disponibles para las madres de niños menores de tres años que no asisten a guarderías diurnas y cuál es el efecto sobre sus perspectivas de empleo, especialmente si tienen más de un hijo?

Se levanta la sesión a las 13 .00 horas.