Cuadragésimo cuarto período de sesiones

Acta resumida de la 898ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el miércoles 24 de julio de 2009, a las 15.00 horas

President a :Sra. Gabr

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos inicial y segundo combinados de Tuvalu (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 15.00 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos inicial y segundo combinados de Tuvalu (continuación) (CEDAW/C/TUV/2; CEDAW/C/TUV/Q/2 y Add.1)

Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Tuvalu toman asiento a la mesa del Comité.

Artículos 10 a 14 (continuación)

El Sr. Kaitu (Tuvalu) dice que, aunque el informe señaló un aumento del número de embarazos de adolescentes, posteriormente se registro cierta mejora al respecto, como se refleja en las respuestas escritas a la lista de preguntas. Una serie de programas educacionales destinados a las mujeres en las islas periféricas crearon conciencia en las muchachas adolescentes.

En Tuvalu el aborto es un delito, excepto cuando hay complicaciones en el embarazo y un médico lo considera necesario. Siempre se requiere el consentimiento de la mujer. No ha habido noticias sobre abortos ilegales, lo que indica que el sistema de salud maneja muy bien la cuestión. El Gobierno financia las derivaciones a otros países para las mujeres que necesitan tratamiento terciario.

El Gobierno está elaborando una política para las personas con discapacidades. Se ha realizado una encuesta nacional, que será la base de la política. A nivel regional, en octubre se celebrará una reunión en las Islas Cook para debatir la adopción de un marco regional para las cuestiones relativas a la discapacidad.

El Sr. Pita (Tuvalu), contestando a las preguntas sobre la educación, dice que el Gobierno presentó un programa de Educación para la Vida, para garantizar las oportunidades en esta esfera en todos los niveles y en todo el país, lo que incluye programas de capacitación profesional tanto para adultos como para desertores escolares. Se decidió volver a tomar exámenes de ingreso en las escuelas secundarias, porque, cuando la admisión era abierta, muchos alumnos que terminaron la escuela primaria no pudieron cumplir el programa de estudios secundarios. En Tuvalu hay una sola escuela secundaria oficial, además de unas pocas dirigidas por organizaciones religiosas. Ese número no es suficiente para recibir la cantidad de estudiantes que quieren seguir en la escuela secundaria, y muchos padres llevan a sus hijos a Fiji para que continuar los estudios porque allí hay más oportunidades. La reducción del número de becas para la educación terciaria es el resultado de la decisión del Gobierno de congelar el presupuesto del país. No obstante, el sector de la educación es el que tiene asignada la partida más importante del presupuesto nacional, a la que sigue la del sector de la salud, lo que refleja la alta prioridad que se otorga al primero.

El Sr. Kaitu (Tuvalu) dice que la política del Gobierno sobre licencia de maternidad cambió y que ahora la mujer tiene derecho a 12 semanas de licencia con sueldo completo. Señala la preocupación de que 12 semanas no es suficiente y que el Gobierno examinará la posibilidad de aumentar la duración de ese período. El Departamento de Salud siempre está dispuesto a satisfacer a las madres que solicitan una licencia adicional en caso necesario.

El Sr. Telavi (Tuvalu), volviendo a las cuestiones relativas a la educación, señala que los desertores escolares ahora tienen una segunda oportunidad para regresar al sistema formal, mediante la capacitación profesional con arreglo al programa de Educación para la Vida. Los Ministerios de Educación y de Salud, los dos sectores que tienen asignadas las partidas presupuestarias más importantes, dan a hombres y mujeres igual acceso a sus servicios.

Con respecto a la cuestión de la legislación sobre violencia en el hogar, dice que, de conformidad con la Constitución de Tuvalu, para aprobar leyes se debe consultar a la población. Debido a los problemas logísticos que implica llegar a las diferentes islas, esa consulta frecuentemente requiere varios meses y es muy costosa. A pesar de eso, dada la importancia de la Convención, el Gobierno está comprometido a elaborar legislación sobre la violencia en el hogar.

El Sr. Bruun pregunta si se están tomando medidas para alentar a las mujeres a buscar puestos de más jerarquía y mejor remunerados. No basta decir, simplemente, que hay iguales oportunidades para todos. Se necesita el estímulo del Gobierno a fin de superar la segregación ocupacional tradicional en sectores tales como la industria pesquera y la administración pública.

La Sra. Neubauer reitera su pedido de información referente al artículo 12 de la Convención. Pide una aclaración sobre el marco jurídico y reglamentario sobre el aborto en Tuvalu y dice que el Comité agradecerá cualquier información sobre los abortos, tanto legales como ilegales, y sobre la educación sobre salud reproductiva y el asesoramiento en las escuelas.

Insta a la delegación a que brinde información sobre las tasas de mortalidad materna, que no figuran en el informe y sin las cuales el Comité no puede evaluar si los servicios de salud materna de Tuvalu son suficientes. Los servicios de maternidad sin riesgo y de atención prenatal y postnatal son fundamentales para reducir la mortalidad materna e infantil.

La Sra. Ameline, refiriéndose a la declaración del Sr. Telavi, de que se preverá la adopción de leyes sobre violencia en el hogar, pregunta si el Gobierno considera la posibilidad de incorporarlas en una ley más general que incluya otros tipos de violencia, como la violación y el incesto. Los actuales criterios y penas para esos delitos son incompatibles con los principios de la Convención.

La Sra. Pimentel insta a la delegación a que responda a sus preguntas sobre las cuestiones relativas a la salud. En el informe parece haber contradicciones, en el sentido de que muestra un aumento de los embarazos de adolescentes al mismo tiempo que señala una mayor conciencia en los jóvenes sobre las cuestiones relativas a la salud reproductiva. Si bien la delegación dijo que el aborto se va a abordar en la revisión del Código Penal, el Comité agradecería más información sobre el plazo para realizarla. Se agradecería también que se informara sobre el acceso de las mujeres con discapacidad y de las mujeres rurales a los servicios de salud.

El Sr. Telavi (Tuvalu) dice que el Gobierno está tratando activamente de conseguir fondos para desarrollar una política adecuada sobre las personas con discapacidad y sobre la violencia en el hogar. Con respecto a los roles tradicionales, en Tuvalu la pesca es considerada generalmente una ocupación del hombre. Sin embargo, el Gobierno agradece las recomendaciones del Comité de que se estimule a las mujeres a que se dediquen a esa actividad y considerará su puesta en práctica. Con respecto a la educación, dice que se progresado mucho en la escolarización de las niñas, ya que las actitudes de los padres empezaron a cambiar y ahora aceptan enviar a sus hijas al exterior para continuar su educación después del nivel primario.

La Sra. Apinelu (Tuvalu) dice que no hay ningún plan para revocar la disposición que califica al aborto como delito. El aborto continuará siendo ilegal, excepto cuando sea necesario para proteger la salud de la madre. El Gobierno de Tuvalu comparte las preocupaciones del Comité con respecto a la aparente discrepancia entre el aumento de los embarazos de adolescentes y la ampliación de los programas de concienciación. Una dificultad adicional para abordar el problema es la aprensión expresada por las familias de Tuvalu con respecto a esos programas, que consideran menos eficaces para impedir los embarazos no deseados que la protección de las niñas por sus hermanos naturalmente dominantes.

El Sr. Pita (Tuvalu) dice que no hay ninguna política ni ley que niegue a la mujer el acceso a cualquier tipo de empleo, incluida la pesca. En realidad, hay programas regionales de pesca costera en los que ya participan mujeres, con fines recreativos o como empresarias. El Gobierno comparte la preocupación relativa al pequeño número de mujeres que trabajan en la administración pública. Sin embargo, la adjudicación de los puestos se decide sólo por méritos, sobre la base de la igualdad de oportunidades.

La Sra. Begun pregunta si Tuvalu adoptó una estrategia para reducir el peligro de los desastres naturales y, en ese caso, si se incorporó una perspectiva de género en esa estrategia. El Estado parte también debe indicar qué mecanismos existen, si hay alguno, para proteger los derechos de las mujeres de edad y de las mujeres con discapacidad en una situación de desastre. Encomia al Gobierno por la puesta en práctica de un plan de apoyo a los ancianos y pide detalles adicionales. Con respecto a la continua discriminación contra las mujeres en las zonas rurales, desea saber qué medidas adoptó el Gobierno para mejorar el acceso de las mujeres a la atención de la salud, el empleo y la educación. Agradecerá el aporte de más información sobre el efecto de las medidas adoptadas para aumentar la participación de la mujer en la planificación del desarrollo insular, en particular mediante el Fondo Fiduciario Falekaupule. También desea saber qué medidas planea el Gobierno para mantener el abastecimiento de agua y para abordar el problema de la pobreza en las zonas rurales, especialmente en las islas periféricas. Finalmente, el Comité recibiría con agrado información sobre cualesquier programas de empleo diseñados para aumentar el número de puestos ocupados por mujeres en órganos encargados de la adopción de decisiones.

El Sr. Telavi (Tuvalu) dice que, para superar la pobreza, el pueblo de Tuvalu necesita tener acceso a oportunidades económicas, lo que sólo será posible si el Gobierno recibe recursos adicionales. Con respecto al abastecimiento de agua, actualmente la Unión Europea mantiene 1.000 tanques de agua en las zonas rurales y 500 en la capital. En unos pocos años el programa se extenderá a otras islas. Con respecto al Fondo Fiduciario de Falekaupule, los ingresos se distribuyen entre las ocho islas, después de las reuniones regulares de la Junta de Directores del Ministerio de Asuntos Internos. En primer lugar es necesario solicitar los fondos por medio del gobierno local.

El plan de apoyo a las personas de edad dispone el desembolso de 50 dólares de los EE.UU. por mes a cada persona mayor de 70 años. El Gobierno considerará la posibilidad de bajar la edad mínima en caso de que aumente la disponibilidad de recursos. Actualmente Tuvalu no tiene una política sobre cambio climático. Sin embargo, el Gobierno solicitó asistencia a los países industriales, especialmente con respecto a las actividades de mitigación. Además, se han establecido comités de gestión de desastres, tanto a nivel nacional como de islas.

El Sr. Pita (Tuvalu) agrega que Tuvalu ya recibió una cantidad de propuestas de proyectos en el marco de los programas de adaptación sobre el cambio climático, incluida la plantación de árboles y la prevención de la erosión costera. Además, el Ministerio de Energía se fijó el objetivo de lograr en 2020 la neutralidad con respecto al carbono, dando prioridad a la energía solar y eliminando gradualmente los combustibles fósiles.

El Sr. Seluka (Tuvalu) dice que una cantidad de nuevas instalaciones, que incluyen guarderías, cuya construcción se inició recientemente en las islas más alejadas, mejorarán el acceso de las mujeres a los servicios de salud en las zonas rurales. El Ministerio de Asuntos Internos también está trabajando para hacer que el transporte a la capital y a su hospital principal sea más seguro, incluso para las mujeres embarazadas. Con respecto al Fondo Fiduciario de Falekaupule, dice que se presentaron programas para mejorar el conocimiento sobre el acceso a la financiación. Debido a que los fondos se asignan solamente por medio de los presupuestos de islas, las propuestas de proyectos se deben presentar al gobierno local antes de que se aprueben los presupuestos. Recientemente se nombró a un funcionario para que se ocupe específicamente del Fondo Fiduciario y, en ese carácter, estudie el efecto que tiene en las islas periféricas y en particular en las mujeres. También hay un fondo rotatorio de desarrollo de las islas, que ofrece préstamos en condiciones accesibles, con bajas tasas de interés. Varias mujeres ya utilizaron los servicios del fondo. No obstante, es necesario realizar más campañas de concienciación y capacitación sobre el reembolso de los préstamos. Finalmente, aunque las mujeres no son objeto de una consideración específica para el caso de situaciones de desastre nacional, son necesariamente, junto con los niños y los ancianos, una prioridad en el caso de evacuación de una isla.

El Sr. Pita (Tuvalu) señala que una de las características singulares de la sociedad de Tuvalu es que la población vive como una familia ampliada. Por lo tanto, si una familia desea tomar un préstamo, el dinero debe necesariamente beneficiar a toda la familia, que también es responsable de contribuir al reembolso.

Artículos 15 y 16

La Sra. Halperin-Kaddari, refiriéndose al artículo 16, pregunta si en Tuvalu la mujer puede ser obligada en algún caso a contraer matrimonio. Sin duda, el Gobierno debe elevar la edad de la mujer para contraer matrimonio, de 16 a 18 años, para que se cumpla con lo que disponen la Convención y la Convención sobre los Derechos del Niño. Aparentemente, que las mujeres también necesitan la ayuda del Gobierno si quieren reclamar alimentos después del divorcio, en vista de los requisitos judiciales muy estrictos y del hecho de que nunca se presentaron casos de ese tipo. Señala que el informe hace referencia solamente a la tierra como propiedad matrimonial, pero seguramente hay también otros tipos de bienes. En todo caso, como en virtud de la ley actual las mujeres no tienen derecho a la tierra familiar después del divorcio, se deben dictar normas que establezcan más igualdad en la distribución de la propiedad. La oradora, observando que, por la Ley de tierras nativas, se otorga al padre la custodia de los hijos mayores de dos años de edad nacidos fuera del matrimonio, desea saber si lo mismo ocurre en el caso de hijos nacidos en el matrimonio. En cualquier caso, la custodia no debe ser una cuestión de tierra sino que debe decidirse sobre la base de los mejores intereses del hijo.

La Sra. Coker-Appiah pregunta si los matrimonios consuetudinarios se deben registrar como los realizados por la ley escrita; qué derechos sucesorios tiene la mujer que sobrevive al esposo fallecido sin dejar testamento, en ambos tipos de matrimonio; y si, también con el sistema consuetudinario, se otorga el divorcio sin culpa. No está claro si en Tuvalu la bigamia es un delito, porque la Ley de tierras confiere más ventajas a los hijos de los primeros esposos, y eso puede indicar la aceptación de la poligamia.

La Sra. Apinelu (Tuvalu) explica que, ciertamente, en su país la poligamia es un delito y que la cuestión de las esposas sucesivas surge solamente en el caso de divorcio, o de nuevo matrimonio después de la muerte de una esposa. En cuanto se refiere al pago de alimentos con posterioridad al divorcio, el problema es que se hagan cumplir las órdenes judiciales que los otorgan, porque, por sus costumbres, la mujer no presenta queja de que el hombre no está honrando un acuerdo y los tribunales no vigilan el cumplimiento. La única ley que rige la división de la propiedad después de la disolución del matrimonio es la Ley de Tierras. Todas las demás cuestiones en materia de propiedad relacionadas con el dinero, casas y cosas similares tienen que solucionarse caso por caso en los tribunales. Las leyes sobre custodia están escritas, como se indica en el informe (parte II, párrafos 2.4-2.5 y 16.15), pero el Gobierno está revisando las disposiciones porque los tiempos han cambiado. Los hijos nacidos fuera del matrimonio no están cubiertos por la legislación sobre la custodia y por lo tanto la ley actual fue concebida en su beneficio, para darles la protección de un padre. Con respecto a los matrimonios consuetudinarios, también deben ser registrados, pero cabe señalar que no constituyen una práctica diaria y que generalmente ocurren cuando una isla en su totalidad está auspiciando un matrimonio y haciéndose cargo de los gastos. Por ley las muchachas no pueden ser obligadas a casarse, aunque algunas, indudablemente, sienten que tienen que aceptar un matrimonio arreglado por sus padres. Cuando un esposo muere intestado, la Oficina de Tierras se ocupa de la división de la propiedad de la tierra.

El Sr. Seluka (Tuvalu) dice que no hay condiciones especiales para determinar dónde esta la culpa en caso de que los matrimonios consuetudinarios terminen en divorcio y, en realidad, en la práctica nunca se presentó la cuestión de la culpa.

La Presidenta invita a los miembros del Comité a formular preguntas complementarias.

La Sra. Rasekh pregunta si en la política de salud mental que está desarrollando el Gobierno se incluyen los servicios de asesoramiento y psicoterapia, y si esos servicios tendrán en cuenta el género y considerarán el hecho de que las mujeres pueden estar particularmente sujetas a tensión y depresión postraumáticas. Asimismo, en el informe se indica que el Gobierno tiene conciencia del problema del VIH/SIDA y de las enfermedades de transmisión sexual, pero no hay pruebas de que haya preparado un plan específico para tratarlas.

La Sra. Halperin-Kaddari pregunta si el Gobierno tiene planes para enmendar el Código de Tierras que, según su propia admisión, favorece al hombre y a los hijos varones, y, si es así, cuándo lo hará. No se ha dado respuesta a la pregunta 29 de la lista, relativa a la distribución de la propiedad y a los alimentos después del divorcio, y no está claro el alcance de los derechos de propiedad: por ejemplo, ¿se reconocen y comparten por igual los bienes acumulados durante el matrimonio? La oradora también desea saber si se está haciendo algo para ayudar a las mujeres a superar las limitaciones sociales asociadas al matrimonio.

La Sra. Coker-Appiah dice que la delegación sólo habló sobre la tierra en relación con los derechos de propiedad. Desea tener más información sobre los derechos que tiene la esposa superviviente o divorciada sobre bienes como las casas o las cuentas bancarias.

El Sr. Flinterman observa que en general los tribunales son responsables de proteger los derechos de la mujer, pero aparentemente en Tuvalu es difícil para las mujeres lograr acceso a los tribunales. Desea saber si hubo casos en que las mujeres reclamaron efectivamente sus derechos y en que los estipulados en la Convención hayan prevalecido en los tribunales sobre las leyes nacionales. Si el acceso es tan difícil –y la Oficina del Abogado del Pueblo está tan sobrecargada- desea saber si hay otros mecanismos informales de solución de controversias.

La Sra. Belmihoub-Zerdani observa, con referencia al artículo 16, que en Tuvalu el matrimonio se puede celebrar en una ceremonia tradicional o conforme a la ley escrita y pregunta si algunos se celebran con arreglo a ambos regímenes. También pide más información sobre la posibilidad de que ambos tipos de matrimonio se registren de la misma forma y si en los casos de divorcio los tribunales aplican cuidadosamente todos los principios pertinentes enunciados en el artículo 16 de la Convención, independientemente del tipo de matrimonio. Señala que la autorización a los jóvenes para casarse cuando tienen sólo 16 años de edad presenta problemas con respecto a las disposiciones pertinentes de la Convención sobre los Derechos del Niño. La oradora, señalando que el divorcio plantea una serie de cuestiones jurídicas y relativas a la propiedad que afectan a las mujeres y a las madres, pregunta si en esas y en otras oportunidades las mujeres tienen acceso al asesoramiento jurídico. También pregunta si, en caso de divorcio, la custodia de los hijos se otorga usualmente a la madre; si ella recibe apoyo para el hijo; si la madre puede permanecer en la casa familiar y si la madre o el tutor legal del niño pueden viajar con éste sin autorización del otro progenitor.

La Sra. Apinelu (Tuvalu), respondiendo a las preguntas sobre el matrimonio, la herencia y el asesoramiento legal, dice que la edad de consentimiento para el matrimonio es de 21 años, aunque los jóvenes pueden casarse a los 16 años de edad con el consentimiento de sus padres. En caso de divorcio la esposa puede permanecer en la casa familiar, si así lo solicita, y las autoridades locales pueden decidir sobre la custodia de los hijos y la distribución de los bienes, excepto la tierra, que requiere una medida del Tribunal de Tierras. El progenitor que tiene la custodia del hijo puede viajar con éste por su propia iniciativa, salvo que un tribunal haya dictado una medida cautelar. Los criterios para la distribución de los bienes en el caso de fallecimiento están cambiando. Tradicionalmente, el hijo mayor recibía todos los bienes, junto con la obligación de mantener a todos los demás miembros de la familia. La antigua tradición de favorecer al hijo mayor está cambiando y se están revisando las leyes. Todos los ciudadanos de Tuvalu disponen de asesoramiento legal de la Oficina del Abogado del Pueblo que, no obstante, tiene muy escaso personal. La Oficina del Fiscal General también asesora a los ciudadanos en asuntos legales, excepto cuando hay un conflicto de intereses, como en los casos penales.

El Sr. Pita (Tuvalu) dice que los derechos de la mujer sobre la tierra y otros bienes de un progenitor o esposo fallecido los determina el Departamento de Tierras y Catastro por medio del Tribunal de Tierras de cada isla.

El Sr. Kaitu (Tuvalu), respondiendo a las preguntas sobre cuidado de la salud, dice que en esta materia todos los habitantes de Tuvalu gozan de los mismos beneficios. La provisión de cuidados de la salud mental se hace más difícil por falta de un servicio especial y por la escasez de recursos y de personal capacitado. El reciente proyecto de reforma de la atención sanitaria desarrolló un plan maestro para la atención de la salud que incluye un componente de salud mental. De manera similar, la terapia psicológica es prácticamente inexistente debido a la falta de personal calificado. Para cumplir esa función, las autoridades locales recurren sobre todo a los pastores de las comunidades. El Gobierno, consciente de la creciente incidencia del VIH/SIDA, particularmente entre los marinos, está desarrollando un plan para crear conciencia en todos los ciudadanos sobre el peligro de las enfermedades de transmisión sexual, especialmente el VIH/SIDA, y de la conducta riesgosa. También se ha recurrido a organizaciones no gubernamentales locales y consejos de mujeres para promover la campaña de concienciación. Algunos médicos locales recibieron capacitación intensiva en materia de prevención, diagnóstico y tratamiento del VIH/SIDA.

El Sr. Seluka (Tuvalu), respondiendo a las preguntas sobre la aplicación de la Convención por los tribunales de las islas, en particular con referencia al acceso de la mujer en casos de divorcio, dice que usualmente el tribunal de isla emite un certificado de divorcio. Sin embargo, si hay cuestiones litigiosas, el caso se remite al Tribunal Superior de Paz de la isla principal, que puede ser de difícil acceso para las mujeres de las islas periféricas. Este es un problema geográfico inevitable en un Estado insular como Tuvalu. Habitualmente la Convención se aplica en tribunales inferiores sólo cuando hay ambigüedad en las leyes nacionales.

La Presidenta dice que el Comité ha concluido así el examen del informe de Tuvalu. Durante un diálogo informativo y franco con la delegación el Comité pudo apreciar las particulares condiciones de ese Estado insular. Desea recordar a la delegación del Estado parte que las mujeres constituyen la mitad de la población y que la protección activa de sus derechos sólo puede servir al desarrollo de ese Estado. Asimismo, expresa la esperanza de que Tuvalu pronto adhiera a los Pactos Internacionales sobre Derechos Humanos y al Protocolo Facultativo.

Se levanta la sesión a las 17.00 horas.