contra la Mujer
26° período de sesiones
Acta resumida de la 531ª sesión
Celebrada en la Sede, Nueva York, el miércoles 16 de enero de 2002, a las 15.00 horas
Presidenta:Sra. Abaka
Sumario
Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)
Informe inicial de Fiji
Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas.
Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)
Informe inicial de Fiji (continuación)
(CEDAW/C/FJI/1)
Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Fiji se sientan a la mesa del Comité.
La Presidenta invita a los miembros del Comité a continuar con sus preguntas y comentarios.
Artículo 5
La Sra. Gaspard señala que la educación y, por encima de todo, la formación del profesorado contribuiría a cambiar los estereotipos y a fomentar la igualdad. Formar a la policía en relación con las cuestiones de género facilitaría que las mujeres pudieran entablar demandas cuando sean víctimas de la violencia en el hogar. Pregunta qué proporción de funcionarios de policía son mujeres, si hay policías mujeres en todas las comisarías y si se alienta a la mujer a ingresar en la policía.
La Presidenta manifiesta su preocupación por la extremadamente inquietante información recogida en el párrafo 5.4 del informe y pregunta si la Constitución incluye una disposición relativa al derecho a la vida y si se están instituyendo con carácter urgente medidas destinadas a garantizar el derecho básico de la mujer a la vida.
La Sra. Tavares da Silva, a la vez que señala que la violencia contra la mujer resulta inducida por los estereotipos sexuales, afirma que, dentro del respeto a la independencia de los medios de comunicación, es responsabilidad de éstos elevar el nivel de conciencia pública sobre la injusticia que emana de dichos estereotipos. La educación familiar es vital, por cuanto es en el hogar donde los hijos aprenden sus roles sociales y domésticos. Un asunto de tan amplio espectro debe resolverse con medidas políticas.
La Sra. Schöpp-Schilling pregunta si existen estereotipos concretos relacionados con cuestiones étnicas o tradiciones étnicas específicas de Fiji.
Artículo 6
La Sra. Tavares da Silva pregunta por qué se castiga a las prostitutas pero no a sus clientes y cómo enfoca esta cuestión la Comisión de Reforma Legislativa.
La Sra. Goonesekere observa que el Código Penal de Fiji data de 1944 y, por consiguiente, refleja probablemente actitudes obsoletas originarias del período colonial, cuando las mujeres que se dedicaban a la prostitución eran consideradas delincuentes y castigadas junto a sus protectores, pero no sus clientes. Se pregunta por qué las abundantes nuevas leyes introducidas con vistas a promover la igualdad de género y los derechos de la mujer no han modificado la situación y supone que la Sexual Offences Act no trata tampoco de la explotación sexual de la mujer. Aparentemente el incremento de la prostitución puede deberse en gran medida a las dificultades económicas, y se había enterado, con harto pesar, de que en ocasiones, muchachas en edad escolar ofrecen servicios sexuales a cambio de un transporte a la escuela. Se pregunta por qué no se ha tomado ninguna medida para erradicar las causas subyacentes del problema y expresa su temor de que la trata de mujeres, aunque no existe en la actualidad en Fiji, pudiera darse en el futuro.
La Sra. González afirma que se ha sentido alarmada por el incremento de casos de incesto y crímenes contra la mujer que consigna el informe, y pregunta si el Gobierno ha adoptado medidas conducentes a educar a la población con el fin de prevenir estos delitos. Pregunta qué tipo de castigo se aplica a los delincuentes y si en Fiji existe prostitución infantil y se dispone de datos al respecto. En la afirmativa, se pregunta si está en manos de grupos de delincuentes organizados y si las prostitutas tienen la oportunidad de recibir alguna formación que les permita cambiar de actividad. Pide también más datos sobre la violencia contra la mujer y por último pregunta quién se ocupa de las víctimas de los frecuentes actos de violencia a que se refiere el informe.
Artículo 7
La Sra. Gaspard observando, que Fiji está en un proceso de revisión de su Constitución, pregunta si se están estudiando medidas constitucionales y legislativas que den mayor participación a la mujer en el proceso de toma de decisiones. La forma más efectiva de promover la igualdad entre los géneros es que las mujeres ocupen cargos en los órganos en que se toman las decisiones.
Artículo 10
La Sra. Schöpp-Schilling pregunta si el Gobierno tiene atribuciones para controlar los programas escolares de los centros de enseñanza religiosos y si éstos disponen de financiación pública. Pide más detalles sobre las medidas adoptadas para incrementar el número de mujeres que reciben becas de estudios en el extranjero. Se pregunta si se alienta a las jóvenes a postular a dichas becas, si se han eliminado de los exámenes los prejuicios sexistas, y si el comité de selección ha recibido formación específica en materia de género y se daba preferencia a las jóvenes. Pide también información sobre los planes para incrementar el número de maestras en los puestos más altos o de más responsabilidad. Por último pregunta si existen factores culturales o religiosos que obstaculicen el acceso de la mujer a los deportes.
La Sra. Manalo ve la importancia que se asigna a la enseñanza de valores en el ciclo secundario, según se indica en el párrafo 10.5 del informe, pero considera que el programa de estudios es excesivamente estrecho. En su opinión debería ampliarse para incluir la no discriminación y la igualdad de oportunidades.
La Sra. Gaspard desea saber qué medidas se han adoptado para persuadir a más muchachas de optar por temas científicos, técnicos y de formación profesional.
La Sra. Achmad ve con satisfacción los progresos realizados con las reformas legislativas y el establecimiento de mecanismos para garantizar la igualdad. A la vez que señala que la educación es crucial para eliminar todo tipo de discriminación de género, afirma que dar formación sobre cuestiones de género a los funcionarios públicos representa un avance importante. Pregunta cuándo se ha incluido esa formación en la instrucción que reciben los funcionarios y si ha tenido algún efecto en sus actitudes. Asimismo se pregunta si existen planes similares para ampliar esta formación a los legisladores, jueces, funcionarios de policía, fiscales, educadores, políticos, sindicalistas y periodistas.
La Sra. Shin pregunta si los programas educativos en materia de igualdad entre los géneros y de educación sexual y si el Inter-Ministerial Committee on Women (IMCW) ha discutido estos aspectos en relación con las funciones estereotipadas de hombres y mujeres. Desea también saber si se imparten cursos de estudios sobre la mujer en el nivel universitario, y si se imparten cursos a adultos, hombres y mujeres sobre la importancia de ver con nuevos ojos las funciones tradicionales.
Artículo 11
La Sra. González señala que la legislación actual, tal como se indica en los párrafos 11.1 y 11.2 del informe, no parece ajustarse a la Convención o a los convenios laborales internacionales en lo que respecta a la protección de las trabajadoras, y pregunta también si el Gobierno ha considerado la posibilidad de reformar la Health and Safety at Work Act de 1996 con el fin de mejorar las condiciones de trabajo y de promover la seguridad y la salud de la mujer en el lugar de trabajo.
La Sra. González observa, en el párrafo 11.9 del informe, que los salarios de la mujer equivalen al 88% de los del hombre y que no existe un salario mínimo nacional ni tampoco legislación que establezca una remuneración igual. Pide al Gobierno que modifique su legislación laboral con el fin de procurar un marco adecuado para la igualdad. Asimismo, expresa la esperanza de que Fiji aplique las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de 1997, tal como se indica en el párrafo 11.18, con el fin de mejorar las condiciones de empleo de la mujer y suprimir las prácticas discriminatorias.
La Sra. Goonesekere se pregunta cuál es la situación en relación con las reformas de la legislación laboral heredada del pasado colonial de Fiji, y pide otros detalles sobre la Industrial Relations Bill y si esa ley está pensada para eliminar los aspectos discriminatorios de la anterior legislación laboral. También se pregunta si se aplica la legislación laboral y se controlan las condiciones de trabajo en las zonas francas de exportación, y también si se han tomado medidas para rectificar las diferencias de remuneración en el sector formal y si existen disposiciones legales de protección de la mujer contra el acoso sexual.
La Sra. Kapalata señala que el Comité tiene que saber qué legislación se está aplicando y qué calendario se ha previsto para dicha aplicación. Se manifiesta de acuerdo con la posición del Gobierno tal como se indica en el párrafo 11.19, y subraya la urgente necesidad de ratificar los Convenios de la OIT relativos a la igualdad de remuneración y a la discriminación.
La Sra. Schöpp-Schilling declara que es preciso adoptar medidas rigurosas de aplicación de las disposiciones del artículo 11. Estos tiempos de crisis podrían incrementar la conciencia de la necesidad de una reforma legislativa, y conducir a la puesta en marcha de programas que maximicen la contribución potencial de la mujer. En referencia específica a las condiciones de las mujeres que trabajan en zonas francas de exportación, afirma que, aunque entiende el interés por fomentar dichas zonas, es necesario adoptar normas éticas que garanticen el respeto de los derechos humanos.
El tema de la promoción de la mujer en el sector público implica también la noción de mérito y el método para evaluarlo. Con frecuencia el mérito está basado en un modelo que no concede gran valor al trabajo en el sector informal o doméstico, áreas en las que trabaja tradicionalmente la mujer.
La Sra. Livingstone Raday pregunta qué frena la aprobación de la Industrial Relations Bill y si dicha ley contiene disposiciones relativas a la no discriminación en el puesto de trabajo y a la igualdad de remuneración. Pregunta por qué hay tan pocas mujeres en la fuerza de trabajo y qué se está haciendo para aumentar su número. Pide también aclaración sobre las diferencias de remuneración y se pregunta si la comparación de los niveles salariales se basa en las cantidades pagadas por el mismo tipo de trabajo. En general, desea saber qué medidas se están adoptando para mejorar las posibilidades de la mujer de ascender en la administración pública y la posibilidad de entablar acciones civiles en casos de acoso sexual.
La Sra. Shin hace hincapié en la urgente necesidad de elaborar una estrategia legislativa que garantice la igualdad en todas las esferas del empleo.
Artículo 12
La Presidenta comparte la preocupación expresada en el informe en relación con los efectos del éxodo del personal capacitado y señala que la contratación de profesionales extranjeros implica costos muy altos. El Gobierno debería estudiar con detenimiento la remuneración de los profesionales locales y los medios de mejorar las instalaciones y la infraestructura con el fin de inducir a los profesionales a permanecer en Fiji. Ve con satisfacción la aprobación de la ley sobre el control del tabaco de 1998 y dice que desearía recibir información sobre su contenido.
La oradora se pregunta si intervienen determinados factores culturales en el mayor rechazo de los hombres a someterse a operaciones de esterilización permanente, y si existen estadísticas sobre el número de personas afectadas tanto por el VIH/SIDA como por la tuberculosis y sobre su esperanza de vida.
Artículo 13
La Sra. Kwaku observa con satisfacción que el Gobierno ha adoptado medidas positivas destinadas a mejorar la suerte de la mujer en el medio rural y dice que espera recibir información sobre los resultados de dichas medidas. En relación con el párrafo 13.5 del informe, le gustaría saber cuántas de las 577 mujeres que han recibido créditos bancarios provienen del ámbito rural.
La Sra. Livingstone Raday solicita una comparación, en términos absolutos, entre las pensiones que paga el fondo nacional de previsión y las que facilita el Department of Social Welfare, que incluya un desglose por géneros de los receptores de dichos pagos. Además, desea saber qué disposiciones se han tomado para reducir la pobreza entre las mujeres de edad avanzada.
La Sra. Schöpp-Schilling desearía saber cuánta tierra es propiedad de mujeres en el medio rural y en qué medida la mujer se dedica a la pesca como ocupación.
La Sra. Tavares da Silva dice que parece como si la igualdad entre hombres y mujeres ante la ley (artículo 38 de la Constitución de 1997) estuviera siendo socavada por el modo en que se interpreta y aplica la ley. Pregunta si se prevé realizar campañas de alfabetización o de concienciación con el fin de acabar con la ignorancia de la ley —o las limitaciones que en ella impone la tradición— con el fin de garantizar una auténtica igualdad.
La Sra. Manalo, refiriéndose también al artículo 15, pregunta si se están previendo cambios en la actual o futura legislación con el fin de hacer realidad el mandato constitucional de igualdad ante la ley. La discriminatoria legislación penal en materia de prostitución sigue vigente y no ha visto hasta hoy pruebas de que las mujeres puedan recurrir a los tribunales para denunciar casos de violación marital o de acoso en el lugar de trabajo.
Artículo 16
La Sra. Corti se sorprende de que el derecho de familia en Fiji esté en contradicción no sólo con el artículo 16 de la Convención sino también con la política general en materia de cuestiones relativas al género de ese país. Las contradicciones incluyen cuestiones importantes como la edad de matrimonio, el divorcio, los bienes conyugales y las pensiones alimenticias. Por razones económicas, el divorcio resulta más difícil para la mujer que para el hombre. La mujer encuentra también más dificultades para aducir motivos de divorcio, y corre el riesgo de tener que sufrir hasta tres años de violencia conyugal, legalmente permitida, antes de poder entablar trámites de divorcio. El hecho de aplicar el derecho consuetudinario a la hora de distribuir los bienes conyugales significa que en la práctica un juez puede seguir criterios de género tradicionales y denegar a la esposa su contribución económica al matrimonio. Las esposas de facto no tienen derecho a percibir subsidios alimentarios. Además de la discriminación entre hombres y mujeres, la oradora deplora la situación de inferioridad en que se encuentran los hijos ilegítimos y los obstáculos aún mayores a que se enfrentan las mujeres de origen indio.
La Sra. Corti está convencida de que la reforma del derecho del matrimonio y de la familia depende no de la situación de un país sino de su voluntad política. Teniendo en cuenta el mecanismo que Fiji ha establecido y su reconocido propósito de incorporar las cuestiones relativas al género y poner en práctica la Convención, la reforma es posible. La reforma debe comenzar con las relaciones en el seno de la familia, que constituye la base de la sociedad. Hasta tanto Fiji reforme su legislación de la familia, no puede esperar desempeñar un papel de liderazgo en materia de igualdad de género en la región.
La Sra. Goonesekere hace suyas las observaciones de la oradora que le ha precedido en relación con la urgencia de reformar la legislación de la familia. Debido en parte al legado colonial, existen contradicciones entre la política de género de Fiji y su realidad. Por ejemplo, los bienes adquiridos por la pareja después de su matrimonio deberían, legalmente, formar un acervo común y dividirse equitativamente en el momento del divorcio. Confía en que la nueva legislación de la familia incluya disposiciones relativas a la incautación del salario y el cumplimiento de las obligaciones de alimentos. También en relación con éstas, estima que no debería haber discriminación entre los hijos legítimos y los ilegítimos. Se pregunta también si existe algún aspecto positivo en el derecho consuetudinario y tradicional en relación con los hijos ilegítimos, como a veces sucede en los países en desarrollo.
La oradora estima que no se trata únicamente de una cuestión de igualdad de la mujer sino que están en juego también su salud y su supervivencia. Fiji tiene contradicciones permanentes en el ámbito de la igualdad que siguen socavando sus esfuerzos en el área de la salud de la mujer, por cuanto su matrimonio en edad temprana conduce a una mayor deserción escolar y un aumento de las tasas de mortalidad materna. Además, la violencia en el hogar y el suicidio constituyen también temas relacionados con la salud.
La Sra. Kapalata hace suyas las observaciones de las dos oradoras anteriores e insta a tomar medidas urgentes. Constituye su preocupación principal la discriminación contra los hijos ilegítimos, otro legado de la legislación colonial, y estima que las organizaciones no gubernamentales podrían contribuir a combatir esta discriminación.
La Sra. Livingstone Raday manifiesta su esperanza de que el Gobierno asigne la más alta prioridad a la aprobación de la ley de reforma.
Uno de los aspectos clave del artículo 16 es la violencia familiar. La oradora alaba la claridad del informe al reconocer que la mayor parte de las familias viven situaciones de violencia. No está claro si se ha prohibido la violación marital y si se dictan habitualmente órdenes de protección de las víctimas. En una cultura que acepta impunemente la violencia familiar, el problema debería abordarse simultáneamente a través de la educación y el castigo. La educación debería comenzar en la escuela, con programas especiales para los niños. La policía, los fiscales y los jueces deberían recibir formación en materia de violencia en el hogar. Los infractores deberían ser llevados a los tribunales y castigados, en una demostración de que la sociedad ya no tolera la violencia familiar.
La Sra. Shin afirma que, mediante la descripción abierta de las alarmantes desigualdades que existen entre hombres y mujeres, Fiji ha dado ya un primer paso hacia la solución del problema. Confía en que esta situación se resuelva en el contexto de las reformas propuestas de la legislación relativa al derecho de familia y espera que dichas reformas se lleven a cabo sin demora. Desea recibir información sobre la legislación en materia de sucesión, que no se incluye en el informe y, en particular querría saber si el género o el estado civil afecta al derecho de los hijos a heredar de sus padres.
La Sra. Salabula (Fiji) da las gracias a los miembros del Comité por su atenta lectura del informe inicial de su país y anuncia que su delegación responderá a sus preguntas la semana siguiente.
Informe del Grupo de Trabajo previo al período de sesiones (CEDAW/PSWG/2002/I/CRP.1)
La Sra. Regazzoli, en su calidad de Presidenta del Grupo de Trabajo previo al período de sesiones presenta el informe de éste (CEDAW/PSWG/2002/I/CRP.1) e informa de que el Grupo ha estudiado los informes de Islandia, Portugal, la Federación de Rusia, Sri Lanka y el Uruguay y ha preparado una lista de temas y cuestiones relativas a cada uno de ellos. El Grupo ha basado su labor en informes de la Organización Internacional del Trabajo y del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, que le han permitido observar ciertos problemas concretos; las recomendaciones del Comité sobre la aplicación de la Convención y la Plataforma de Acción de Beijing; así como los comentarios de otros órganos establecidos en virtud de tratados.
El Grupo de Trabajo ha agrupado las preguntas a los Estados partes, y ha conseguido reducir su número a 30. En los cinco informes se pone de manifiesto que los principales obstáculos para la aplicación de la Convención han sido la persistencia de estereotipos relativos al papel del hombre y al de la mujer; el ajuste estructural, con sus secuelas de desempleo y subempleo, que afectan siempre con más violencia a la mujer, y la subrepresentación de la mujer en los niveles de toma de decisiones. El incremento de la trata de mujeres y la prostitución constituyen obstáculos adicionales para la aplicación de la Convención. El Grupo de Trabajo previo al período de sesiones ha percibido que el aparato estatal a menudo no dispone de los recursos financieros para tratar problemas tan complejos.
El aumento de la violencia contra la mujer debe controlarse por medio de una legislación rigurosa y también incrementando la conciencia de la mujer respecto de su derecho a denunciar la violencia ante organismos especializados. En algunos países el alcoholismo está también en aumento. El Grupo de Trabajo previo al período de sesiones ha llegado a la conclusión de que, en general, es necesario aplicar más eficazmente la Convención para asegurarse de que la igualdad de jure de la mujer se traduzca en una igualdad de facto. La feminización de la pobreza va de la mano de todos los fenómenos descritos.
La Presidenta considera que los miembros del Comité desean aprobar el informe del Grupo de Trabajo previo al período de sesiones.
Queda aprobado el informe del Grupo de Trabajo previo al período de sesiones.