39° período de sesiones

Acta resumida de la 804ª sesión (Sala A)

Celebrada en la Sede, Nueva York, el miércoles 1° de agosto de 2007, a las 15.00 horas

President a :Sra. Gabr (Vicepresidenta)

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)

Tercer informe periódico de Singapur (continuación)

En ausencia de la Sra. Simonovic, la Sra. Gabr, Vicepresidenta, ocupa la Presidencia.

Se declara abierta la sesión a las 15.00 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)

Tercer informe periódico de Singapur (continuación) (CEDAW/C/SGP/3, CEDAW/C/SGP/Q/3 y Add.1)

1.Por invitación de la Presidenta, la delegación de Singapur toma asiento a la mesa del Comité.

Artículos 7 a 9

2.Sra. Yu-Foo Yee Shoon (Singapur), respondiendo a las preguntas formuladas en la sesión anterior, dice que hay más de una forma de lograr las metas de la Convención. Los partidos políticos continuarán determinando posibles candidatas y preparándolas para ocupar altos puestos. Las mujeres también se han desempeñado bien en el sector privado, donde muchas han llegado a ser directoras de grandes compañías. En la actualidad, hay sólo ocho mujeres embajadoras en el servicio diplomático, pero debido a la igualdad de oportunidades en la educación y el empleo, se esperan más progresos en esa esfera. La tasa de Singapur de 24% de mujeres que son miembros del Parlamento se compara favorablemente con el promedio mundial de 17%, y la oradora es optimista en el sentido de que considera que se verán cambios para el momento en que se presente el próximo informe.

3.La Sra. Deena (Singapur) dice que el uso del pronombre “él” en la legislación y otros documentos políticos se interpreta para incluir “ella” también. El pronombre masculino se utiliza por razones históricas y no significa discriminación alguna en cuanto al género.

Artículos 10 a 14

4.La Sra. Chutikul querría saber si los programas escolares en todos los niveles incluyen la educación en derechos humanos y sensibilización en cuanto al género, incluso para los maestros. También le interesaría saber si existen clases de educación para padres y madres y si hay al alcance de la población centros para la primera infancia para ser utilizados por las madres que trabajan. También seria útil contar con más información sobre los cursos en estudios de la mujer y en estudios sobre el género a nivel universitario. El Comité se pregunta si las leyes sobre el acoso sexual también abarcan los abusos sexuales en las escuelas y agradecería recibir información sobre los resultados de esos casos. Finalmente, querría enterarse acerca del papel del Gobierno para alentar la visibilidad de los mecanismos para la mujer y los niños dentro de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN).

5.La Sra. Pimentel, si bien reconoce las significativas mejoras ocurridas en materia de salud de la mujer, pide más información sobre la alta incidencia de enfermedades mentales entre las mujeres y los problemas financieros a que hacen frente las mujeres ancianas en Singapur.

6.La Sra. Patten dice que la exclusión de cobertura de las trabajadoras domésticas extranjeras por la Ley de Empleo sigue siendo un motivo de preocupación, y ella no está convencida por la lógica de la Ley de Empleo de Trabajadores Extranjeros ya que habría sido fácil ampliar la protección igual a esos trabajadores con arreglo a la parte VII de la Ley de Empleo. Si bien la ley es neutral en cuanto al género, sus principales consecuencias recaen en las mujeres. Observa que el artículo 12 de la Constitución no contiene ninguna disposición que prohíba específicamente la discriminación en cuanto al género, y se pregunta si existen planes para agregar ese tipo de disposición. Con respecto a la Declaración Tripartita sobre la Igualdad de Remuneración para Hombres y Mujeres que Desempeñan Trabajos de Igual Valor, pregunta qué mecanismos se aplican para vigilar el Código de Prácticas de Empleo Responsables y si hay planes para examinar la estructura salarial en los campos dominados por la mujer.

7.La Sra . Simms observa que la pobreza en los países de origen impulsa a muchas mujeres extranjeras a buscar trabajo doméstico en Singapur, y es comprensible que, como demuestran las investigaciones, muchas no deseen retornar a su país de origen, no debido a las excelentes condiciones de trabajo encontradas, sino porque no desean retornar a la pobreza. Señala a la atención la situación de las mujeres extranjeras traídas al país como esposas para hombres de Singapur, a las que no se les ha dado la ciudadanía. Esa parecería una forma de discriminación étnica. El Gobierno debería ocuparse de esas tácticas exclusionistas con mucho cuidado.

8.La Sra. Yu-Foo Yee Shoon (Singapur) dice que a los muchachos y las muchachas se les enseña responsabilidad familiar y conocimientos para la vida en base al mismo plan de estudios. Se requieren más progresos para proporcionar educación en la primera infancia, y un comité interministerial se esta ocupando de ello con el Ministerio de Educación.

9.El Sr. Keok Tong San (Singapur) aclara que Singapur no reconoce el acoso sexual como un delito separado, pero el Código Penal contiene disposiciones que abarcan los insultos a la modestia de una mujer. Las escuelas son especialmente estrictas en esa esfera, y dicho comportamiento no se tolera. Los delitos sexuales contra los menores se castigan duramente. En cuanto a los delitos cometidos por los empleadores, hay una estructura de presentación de informes para los empleados en el Ministerio de Recursos Humanos, si bien tales casos no son muy comunes.

10.El Sr. Menon (Singapur) dice que los delitos sexuales que van mas allá de las palabras son penados con una condena de dos años de cárcel o bastonazos. Además, a los maestros se los investiga antes de ser contratados para saber si tienen antecedentes penales.

11.El Sr. Keok Tong San (Singapur), retornando al tema de las trabajadoras domésticas extranjeras, está de acuerdo en que el sistema podría parecer complejo, ya que contiene elementos heredados del período colonial británico. Las protecciones ofrecidas en la Ley de Empleo de Trabajadores Extranjeros son más amplias que las de la Ley de Empleo y tienen por objeto asegurar en general condiciones de trabajo decorosas y un contrato legal uniforme e incluye características tales como días de descanso y horas de trabajo convenidas.

12.La brecha salarial entre los géneros ha mejorado en los últimos dos años con la rápida expansión de la economía, que ha impulsado a muchas mujeres a volver a entrar a la fuerza de trabajo. El factor más importante es el mejoramiento del rendimiento educacional de la mujer que provoca optimismo sobre su futuro. Más de la mitad de los graduados de las escuelas politécnicas son mujeres y el porcentaje aumenta al 76% en humanidades. Para reflejar ese factor en la fuerza de trabajo, se está procurando igualar las condiciones. Singapur es signatario de la Convención No. 100 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre igualdad de remuneración. El mecanismo de vigilancia incluye el Tribunal de Arbitraje Industrial, que se está ocupando de un número cada vez mayor de casos a medida que los sindicatos reconocen la importancia de los acuerdos de negociación colectiva.

13.La Alianza Tripartita en pro de Prácticas de Empleo Justas ha publicado directrices sobre prácticas justas de contratación con objeto de impedir que se solicite información no pertinente (edad, religión, etc.) en las solicitudes de empleo y durante las entrevistas. La Alianza ha establecido un centro para aceptar retroinformación del público sobre las prácticas de empleo encontradas. Una estrategia activa para hacer los salarios flexibles y obligar a que se basen en el rendimiento ayudaría a eliminar los prejuicios.

14.Las trabajadoras domésticas extranjeras, si bien impulsadas a venir a Singapur por la necesidad económica, en general viven en condiciones muy buenas y se han integrado bien en la sociedad y en las familias en las que trabajan. Las pocas quejas de malos tratos son tomadas muy seriamente por el Gobierno, que castiga a los culpables e impone penas o medidas administrativas.

15.La Sra. Halimah (Singapur) observa que cuando su Gobierno ratificó la Convención No. 100 de la OIT en 2002, se entendía que no había necesidad de incorporar sus disposiciones en la ley, sino que la Declaración Tripartita (párrafo 11.2 del informe) era suficiente para que los empleadores y los trabajadores del Gobierno respetaran el principio de igual remuneración por igual trabajo. El mecanismo práctico para aplicar la Declaración fue la negociación colectiva. El Congreso Sindical Nacional, que representa a 50.000 trabajadores, el 85% de los cuales son mujeres, y trabaja con mas de 100 empresas, garantiza que se incluya una cláusula de igualdad de remuneración en todo acuerdo colectivo negociado, y vigila su cumplimiento, incluso en lo relativo a los salarios convenidos y las condiciones de trabajo.

16.El Código de Prácticas de Empleo Responsables se ha incluido ahora en las nuevas directrices con arreglo a la Alianza Tripartita en pro de Prácticas de Empleo Justas. Las directrices son algo más que normas básicas: tienen una visión progresista de lo que deben ser las prácticas de empleo y han demostrado ser muy útiles para mantener normas uniformes. Algunas de las directrices incluyen patrones de referencia y otras regulan los anuncios neutrales en cuanto al género para empleos y el tipo de preguntas que pueden hacerse en las entrevistas de empleo.

17.El Sr. Charles Chew (Singapur) dice que su Gobierno está participando en las negociaciones en curso, dentro de una fuerza de tareas de 10 miembros de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN), sobre el establecimiento de una comisión de derechos humanos, y en noviembre se adoptará una decisión en la cumbre de la ASEAN.

18.El Sr. Chew Hock Yong (Singapur) manifiesta que el Gobierno esta tratando de tener una imagen equilibrada en cuanto al género, que se refleje en todos los libros de texto y materiales didácticos, en el plan de estudios y en las instituciones de capacitación de maestros, así como en los medios de información mas amplios, para lo cual recientemente emitió una directriz contra los estereotipos y las referencias discriminatorias u ofensivas sobre la base del género.

19.El Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Juventud y Deportes otorga licencias a todos los operadores de centros preescolares y asegura que cumplan estrictas normas y también vigila estrechamente la calidad de las escuelas de párvulos. Las cuotas son accesibles y se dispone de asistencia social para las familias más pobres. La Junta de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud supervisa las actividades de salud mental y, trabajando de consuno con asociados como la Iniciativa de la Mujer sobre el Envejecimiento Positivo, la Asociación Popular o el Hospital de Mujeres y Niños, pone en práctica programas para asegurar la salud mental de las mujeres en todos los estratos sociales. También trabaja con las escuelas y con otros Ministerios para ayudar a los hombres y las mujeres mayores a mantenerse activos y evitar el estrés mental.

20.La Sra. Yu-Foo Yee Shoon (Singapur) dice que varias de las mujeres más educadas de más de 40 años siguen solteras, al igual que los hombres menos educados, que, no obstante, traen esposas de países vecinos. La mayor parte de tales uniones funcionan bien, y la sociedad acoge a las esposas extranjeras, que ahora tienen más conciencia de sus derechos, están mejor integradas y aprovechan la asistencia ofrecida por las organizaciones de mujeres.

21.La Sra. Tan Hwee Seh (Singapur) dice que a partir de marzo todas las agencias casamenteras tienen que cumplir con las directrices gubernamentales y el Gobierno distribuye panfletos en diversos idiomas a las embajadas de los países interesados. Las esposas extranjeras disfrutan de toda la protección disponible para las mujeres de Singapur con arreglo a la Carta de la Mujer. Además, hay servicios para las víctimas disponibles concretamente para mujeres y niños explotados o victimas de abuso, incluida una línea telefónica de urgencia y albergues para casos de crisis; las mujeres extranjeras pueden utilizar los servicios de todos los organismos que se ocupan de la mujer.

Artículos 15 y 16

22.La Sra. Begum pregunta, ahora que Singapur ha retirado su reserva al artículo 9, si las esposas extranjeras pueden pasar a ser ciudadanas y recibir permisos de trabajo y si los procedimientos son largos, qué derechos de tutela tienen las mujeres después del divorcio, de qué beneficios de vivienda y de otro tipo disponen las madres solteras, y si el Gobierno proyecta aumentar la edad mínima para el matrimonio de 15 a 16 años para las mujeres musulmanas.

23.La Sra. Maiolo pregunta si hay alguna estadística sobre la frecuencia con que los tribunales de sharía han aprobado solicitudes de parejas musulmanas que hayan recibido un divorcio de sharía para que se les permita iniciar procedimientos civiles relacionados con los derechos posteriores al divorcio, como la tutela o la herencia.

24.La Presidenta, haciendo uso de la palabra como miembro del Comité, dice que la situación de las mujeres musulmanas en Singapur es una causa continua de preocupación. Si bien es necesario respetar la fe musulmana, el mundo musulmán esta cambiando sobre la cuestión de los derechos de la mujer, y es menester tenerlo en cuenta. Se pregunta si el Gobierno ha tenido algún contacto con otros países moderados sobre cuestiones como el divorcio o la herencia y si los clérigos musulmanes están recibiendo especial capacitación a ese respecto y, en tal caso, por quién. Por supuesto, será necesario levantar algunas reservas al artículo 16 para introducir los cambios.

25.La Sra. Yu-Foo Yee Shoon (Singapur), está de acuerdo en que las sociedades musulmanas no pueden vivir en aislamiento y dice que Singapur ha organizado seminarios a los que asisten eruditos de otros países musulmanes en lo que se refiere a la interpretación progresista de la sharía. La Sra. Halimah, miembro de la delegación, está trabajando sobre el particular. Otro miembro, la Sra. Animah, es la primera mujer que ha participado en un tribunal de la sharía en el país. Otras mujeres prominentes han sido nombradas al prestigioso Consejo Musulmán.

26.La Sra. Deena (Singapur) dice que las reservas al artículo 2 y el artículo 16 se vinculan entre sí. El Gobierno está reflexionando sobre la posibilidad de levantarlas pero, al igual que un número de prácticas musulmanas, tales como la poligamia o las diferencias entre los derechos de hombres y mujeres en cuestiones de divorcio y herencia, podrían considerarse discriminatorias por los tribunales que utilizan la definición de discriminación que figura en el artículo 1 de la Convención, Singapur tendría que mantener su reserva a la mayor parte del artículo 16.

27.La Sra . Animah (Singapur) dice que la sharía se practica en Singapur principalmente en las esferas del derecho de familia, especialmente en lo que regula el matrimonio y el divorcio, y la ley de herencia. La ley de divorcio musulmán no discrimina contra la mujer. Casi el 70% de los divorcios ocurridos en el año 2000, por ejemplo, fueron iniciados por mujeres. El tribunal de la sharía determina la validez de las bases de divorcio y requiere asesoramiento de la pareja para una posible reconciliación y un esfuerzo para llegar a un arreglo amigable de las cuestiones tales como la tutela de los hijos y la disposición de la propiedad, antes de otorgar un divorcio. Al otorgar la tutela, la consideración principal del tribunal de la sharía es el bienestar de los niños.

28.Las órdenes del tribunal de la sharía también pueden registrarse con un tribunal civil, permitiendo así que los tribunales de distrito las hagan cumplir. Las mujeres musulmanas, como todas las demás, pueden pedir reparación y protección a los tribunales civiles, obteniendo órdenes de protección y mantenimiento u ordenes de pensión alimenticia. La administración de la ley sobre el derecho musulmán se actualiza periódicamente para mantener su pertinencia: la enmienda de 1999 fue importante porque permitió a las parejas solicitar ser oídas en tribunales civiles sobre cuestiones relacionadas con la tutela de los hijos y la disposición de la propiedad. Si el marido y la esposa están de acuerdo en solicitar ser oídos en el tribunal civil, no se requiere el permiso del tribunal de la sharía.

29.La poligamia es permitida con arreglo a la sharía, pero con estrictos controles. La aprobación de un matrimonio polígamo requiere una decisión de un cadí, experto en matrimonios musulmanes, con el consentimiento por escrito del wali o guardián, de la mujer que va a contraer matrimonio. El cadí escucha a todas las partes interesadas y determina si hay bases justas y necesarias y garantías de igualdad de trato. Las decisiones del cadí pueden apelarse y la primera esposa puede solicitar un divorcio al tribunal de la sharía. Los matrimonios polígamos no están difundidos, y representan únicamente el 0,16% de todos los matrimonios en Singapur.

30.Se requiere el consentimiento del wali de la mujer en todo matrimonio musulmán, y el papel del wali constituye un ejemplo de la importancia que el Islam adjudica a las leyes de parentesco entre ambas familias que se relacionarán tras el matrimonio. Salvaguarda el interés de la mujer, que es libre de elegir al propio esposo con el que se va a casar antes de pedir el consentimiento de su wali. Una objeción poco razonable del wali podría ser revocada por un cadí y la decisión de éste puede apelarse.

31.Con respecto a la disposición de la propiedad y los derechos de herencia, la mujer puede disponer por testamento de la tercera parte de su propiedad mientras que las dos terceras partes se distribuyen según la ley de la sharía, y los hijos reciben dos veces mas propiedad que las hijas; los padres o las donaciones caritativas representan también una porción. Podría parecer que la sharía trata injustamente a las mujeres, pero es justa en lo que se refiere a las mayores responsabilidades de los miembros masculinos por el apoyo de los miembros femeninos de sus familias.

32.La comunidad musulmana en el país de la oradora está dedicada a una práctica progresiva del Islam y al desarrollo de la sharía en el contexto de las realidades sociales, como parte de su identidad religiosa en Singapur. Existe un comité de fatwa de eruditos musulmanes independientes nombrados por el Consejo Religioso Islámico para examinar cuestiones que afectan a la comunidad musulmana y vigilar la aplicación de la sharía en otros países. Los cambios a las prácticas usadas en Singapur sólo se contemplarán si se los considera apropiados y pertinentes para los musulmanes de Singapur.

33.La Sra. Deena (Singapur) explica que la enmienda para aumentar la edad de matrimonio de 16 a 18 años fue propuesta pero no adoptada. En la actualidad, es objeto de examen jurídico antes de su consideración y aprobación por el Parlamento.

34.La Sra. Halimah (Singapur) dice que ahora se está alentando a los clérigos musulmanes en Singapur a tener un sólido conocimiento del derecho secular así como del derecho religioso. Se han organizado con otros países musulmanes frecuentes intercambios y visitas de lideres musulmanes a menudo interesados en la forma en que la comunidad musulmana de Singapur ha logrado reconciliar la plena integración en la sociedad de Singapur con sus sólidos valores islámicos

35.El Sr. Menon (Singapur), refiriéndose a la situación de las esposas extranjeras, dice que el matrimonio con un ciudadano de Singapur no garantiza residencia permanente debido a que ello confiere considerables privilegios y beneficios, y las autoridades no desean alentar matrimonios de conveniencia. Las solicitudes de residencia permanente por cónyuges extranjeros, sean hombres o mujeres, son revisadas caso por caso y el 60% aprobadas. Si se rechazan, los cónyuges extranjeros pueden solicitar pases de visita social a largo plazo; el 85% de esas solicitudes son concedidas. El proceso es completamente neutral desde el punto de vista del género.

36.La Sra. Tan Hwee Seh (Singapur) dice que las madres no casadas y sus hijos no sufren ninguna forma de discriminación. Las madres solteras se benefician de las mismas licencias por maternidad y cuidado de los niños que las mujeres casadas y sus hijos reciben el mismo acceso a escuelas, subvenciones y otros beneficios. Las madres solteras pueden solicitar un apartamento de la Junta de Promoción de la Vivienda siempre que tengan más de 35 años. Sin embargo, algunos beneficios, como el bono por bebé, se aplican únicamente a las parejas casadas, como parte de los esfuerzos del Gobierno por alentar a las parejas a tener hijos. Con respecto a las víctimas de explotación abusiva, las mujeres pueden solicitar asistencia en uno de los 36 centros de servicio familiar del país. Las asistentes sociales de esos centros realizan evaluaciones, ofrecen orientación y remiten a las víctimas a otros servicios. Todas las mujeres, incluso las mujeres extranjeras, pueden solicitar al tribunal de familia órdenes de protección temporal y, en caso necesario, se les proporciona alojamiento de emergencia.

37.La Sra. Pimentel dice que la medida de una gran democracia es no sólo su respeto por la mayoría, sino también su respeto por los derechos de las minorías, y exhorta al Estado informante a que revise las leyes discriminatorias en Singapur, incluida la legislación sobre la homosexualidad. Asimismo, es necesario redactar disposiciones jurídicas concretas sobre el acoso sexual para asegurar que los derechos de la mujer sean garantizados en el lugar de trabajo.

38.La Sra. Shin manifiesta que el establecimiento de penas duras por el incumplimiento de la ley no es suficiente. Se necesitan encuestas para determinar la situación real de las trabajadoras extranjeras, por ejemplo, sobre el número de casos de acoso sexual en las escuelas. Singapur necesita ser más proactivo y encontrar formas de eliminar el lenguaje sexista en su legislación así como adoptar nuevas leyes, incluso de la sharía. Por último, señala que las normas neutrales desde el punto de vista del género en lo que se refiere a los matrimonios o cualquier otro asunto que afecte a un número desproporcionado de mujeres no constituye discriminación.

39.La Sra. Yu-Foo Yee Shoon (Singapur) manifiesta que debido al carácter multirracial y multicultural de la sociedad de Singapur, se ha adoptado un enfoque holístico del gobierno y se utilizan mecanismos flexibles que fomenten la negociación colectiva y la propiedad pública en el diseño de políticas. Una red de mecanismos permite que los ciudadanos expresen sus inquietudes e impulsa a los ministerios a obtener una comprensión acabada de la situación real en Singapur. Cada sector de 20 cuadras cuenta con su propio comité de residentes, que presenta informes a un comité consultivo y, en último término, al miembro del Parlamento para esa zona.

40.Se celebran sesiones regulares de “Conozca a la gente”. Los ciudadanos también pueden canalizar sus ideas a través de la prensa y los sitios en la Web de Internet. El Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Juventud y Deportes cuenta con una dependencia de retroinformación que se pone en contacto con las asociaciones profesionales y las organizaciones populares concretamente para examinar las cuestiones de la mujer. Singapur es una sociedad abierta y transparente, y un comentario reciente hecho por un ministro en el sentido de que la homosexualidad es una característica de nacimiento ha despertado considerable debate público en el país, al igual que otras cuestiones.

41.El gobierno funciona bien gracias al enfoque humanitario y a la meritocracia del sistema. Es necesario que las mujeres participen más, especialmente en política, pero se están realizando esfuerzos coordinados para aplicar la Convención. Con respecto a las cuestiones que afectan a ciertos grupos, tales como la deserción escolar y las madres jóvenes y solteras, se ha adoptado un enfoque verdaderamente proactivo, en el cual se establecen metas específicas e inmediatas para tratar los problemas.

42.La Presidenta encomia a Singapur por haber retirado sus reservas al artículo 9, por haber aumentado la edad del matrimonio de 16 a 18 años, y por los progresos realizados con respecto a la atención de la salud y las mujeres ancianas. Espera que se realicen mayores esfuerzos para reducir la brecha salarial y eliminar la discriminación contra la mujer en el empleo. Singapur se proyecta como país desarrollado que disfruta de relaciones armoniosas entre la multitud de razas y grupos étnicos que integran su sociedad. Ahora le resta asegurar que los derechos de los trabajadores migrantes y los matrimonios mixtos se respeten. La oradora exhorta al Gobierno a retirar las reservas de Singapur a los artículos 2 y 16 y a considerar su adhesión al Protocolo Facultativo.

43.La Sra. Yu-Foo Yee Shoon (Singapur) dice que su delegación ha tomado nota de las inquietudes del Comité con respecto a la participación de la mujer en política, la protección de la mujer en el lugar de trabajo, la violencia, el tráfico sexual y la discriminación con arreglo a la sharía. El Gobierno continuará trabajando para eliminar la discriminación en ésas y otras esferas, y la oradora espera que Singapur retire total o por lo menos parcialmente sus reservas a la Convención en un futuro cercano.

Se levanta la sesión a las 17.00 horas.