37º período de sesiones

Acta resumida de la 761ª sesión (Sala A)

Celebrada en la Sede, Nueva York, el jueves 18 de enero de 2007, a las 10.00 horas.

Presidenta:Sra. Gabr (Vicepresidenta)

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos segundo y tercero combinados de la India

En ausencia de la Sra. Šimonović, la Sra. Gabr (Vic e presidenta) ocupa la Presidencia.

Se declara abierta la sesión a las 10.00 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos segundo y tercero combinados de la India (CEDAW/C/IND/2-3; CEDAW/C/IND/Q/3 y CEDAW/C/IND/Q/3/Add.1)

1. Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de la India toman asiento a la mesa del Comité.

2.La Sra. Singh (India), presentando los informes de segundo y tercero combinados de la India (CEDAW/C/IND/2-3), dice que se han preparado en consulta con el Comité Interministerial del Departamento del Adelanto de la Mujer y del Niño y los gobiernos de los estados y se han dado a conocer a través del sitio del Departamento en la web. Su Gobierno está haciendo todo lo posible para hacer frente a los problemas que plantean la gran extensión de la India y el tamaño y la diversidad de su población. Los medios de comunicación y los grupos de la sociedad civil también han desempeñado un papel clave en la difusión de información sobre las cuestiones de género.

3.La Constitución garantiza la igualdad de derechos de las mujeres. Las enmiendas de la Constitución, la adopción de legislación y medidas proactivas, las sentencias de los tribunales y los esfuerzos de los medios de comunicación y las organizaciones de la sociedad civil también han contribuido a reforzar la realización de los derechos de la mujer. Los planes quinquenales del país reflejan el compromiso de hacer a las mujeres partícipes en el desarrollo y la gobernanza en pie de igualdad. La Ley de la información (2005) promueve la transparencia y la rendición de cuentas a nivel gubernamental y establece mecanismos de evaluación de las políticas públicas. La descentralización y la transferencia de poderes a los órganos locales también han reforzado la transparencia y la rendición de cuentas en la promoción de las cuestiones relacionadas con la mujer.

4.El poder judicial es totalmente independiente, y los tribunales, en particular el Tribunal Supremo, han afirmado los derechos de la mujer. Los tribunales se han ocupado de cuestiones tales como el registro obligatorio de los matrimonios, el acoso sexual, la protección en caso de matrimonios entre castas y el mantenimiento de los derechos de las mujeres musulmanas divorciadas. El Tribunal Supremo ha sostenido la necesidad de incoar procedimientos judiciales en los casos de denuncias de agresión sexual basándose exclusivamente en el testimonio de la víctima y, con respecto a la violación, ha ampliado el concepto de ausencia de consentimiento para incluir el consentimiento obtenido mediante engaño o falsas promesas de matrimonio. Tras los disturbios de Gujarat, el Tribunal dejó sin efecto varias sentencias absolutorias, ordenó la revisión de miles de casos y trasladó algunos casos fuera de Gujarat. El Tribunal está todavía examinando la cuestión de la protección de los testigos que se planteó como consecuencia de los sucesos de Gujarat. Asimismo, el Tribunal Supremo tiene actualmente ante sí una demanda relacionada con la trata de mujeres.

5.En virtud del artículo 142 de la Constitución, el Tribunal Supremo goza de amplios poderes y ha señalado que el Gobierno tiene la obligación internacional, dimanante de la Convención y la Plataforma de Acción de Beijing, de preparar unas directrices sobre el acoso sexual en el lugar de trabajo y de reafirmar los derechos de las mujeres pertenecientes a tribus. Las mujeres pueden apelar al Tribunal presentando demandas individuales o colectivas, lo que ha permitido al Tribunal confirmar derechos tales como el derecho a la alimentación, a la salud y a la educación en el marco de la categoría general del derecho a la vida.

6.El Parlamento lleva a cabo una evaluación constante del cumplimiento de las leyes y las políticas y se encarga de revisar la legislación. El Programa Mínimo Común de su Gobierno demuestra su compromiso con el empoderamiento de la mujer. Se está preparando una nueva ley sobre el acoso sexual. Entre la legislación aprobada recientemente figuran la Ley sobre la violencia doméstica, que prevé recursos civiles para prevenir esa forma de violencia y proteger y ayudar a las víctimas; y la enmienda de la Ley hindú de sucesiones, que otorga a las viudas y las hijas el derecho a heredar propiedades, incluidas tierras de cultivo. El establecimiento de una Comisión de Protección de los Derechos del Niño pone de manifiesto el compromiso del Gobierno con las niñas. También se están tomando medidas para hacer frente al flagelo de los abortos selectivos de niñas.

7.Las enmiendas 73ª y 74ª de la Constitución han propiciado el empoderamiento político de las mujeres al permitir su participación en el Panchayat Raj, sistema de autogobierno local que tiene por objeto promover la democracia a nivel de base. La representación de las mujeres en los gobiernos autonómicos locales ha superado el cupo obligatorio del 33%. Actualmente más de un millón de mujeres intervienen en el proceso de adopción de decisiones sobre políticas a nivel de base. Dentro del cupo destinado a las mujeres también se han reservado escaños a las mujeres pertenecientes a las castas y tribus registradas, que pueden ocupar la Presidencia. Se promueve la creación de grupos de autoayuda, formación y desarrollo de la capacidad a fin de fomentar la participación de las mujeres y las relaciones entre los grupos de mujeres. Por ejemplo, esos esfuerzos ayudarán a rehabilitar a las mujeres recogedoras de excrementos, actividad que actualmente está prohibida por ley.

8.Está previsto modificar la legislación vigente sobre la trata de mujeres a fin de proteger a las víctimas y aplicar penas más severas a los culpables. Se han puesto en marcha consultas con miras a aprobar instrumentos legislativos que permitan actualizar el Plan de Acción Nacional y a promover la reinserción de las víctimas en la sociedad. El 11º plan quinquenal incluirá un plan general de rehabilitación. Su Gobierno ha pedido al Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) que evalúe la situación actual de los niños que son objeto de trata entre la India y Bangladesh con el fin de hacer frente a la trata transfronteriza de mujeres y de garantizar la pronta repatriación de las víctimas.

9.En la esfera de la salud, se están llevando a cabo actividades de prevención y atención relacionadas con el VIH/SIDA dirigidas específicamente a grupos de alto riesgo, entre los que se cuentan las mujeres embarazadas. Se ha puesto en marcha la Misión Nacional en pro de la Salud en las Zonas Rurales con el fin de reestructurar los servicios de atención de la salud de las zonas rurales incorporando programas de control de las enfermedades y creando una comunidad de atención de la salud para cada distrito. Uno de los objetivos básicos es proteger la salud de las embarazadas, garantizar un parto sin complicaciones y la salud del recién nacido y mejorar el estado general de salud de las mujeres rurales. Se está contratando a nivel de base a trabajadores sociales de salud acreditados. Actualmente su número asciende a 250.000.

10.La educación es un derecho fundamental y un medio de empoderamiento. Para promover la educación de las niñas, se han abierto más escuelas cerca de las ciudades y las aldeas, se están construyendo retretes para niñas, y se facilitan becas y material escolar y uniformes gratuitos, especialmente a las niñas pertenecientes a las castas y las tribus registradas y a las minorías. El programa de comedor para 120 millones de niños de edades comprendidas entre 6 y 11 años asegura su asistencia a la escuela. Los libros de texto muestran una imagen positiva de la mujer, se ha sensibilizado al profesorado a cerca de las cuestiones de género, y los medios de comunicación realizan frecuentemente campañas de educación centradas en las niñas. Todo ello ha permitido reducir considerablemente las tasas de analfabetismo femenino, incluso en los estados más atrasados en materia de educación.

11.El empleo es esencial para mitigar la pobreza. La Ley Nacional de garantía del empleo en las zonas rurales (2005) asegura a las unidades familiares rurales al menos 100 días de trabajo al año para los adultos que se ofrezcan a realizar trabajos manuales no cualificados. Al menos un tercio de esos puestos de trabajo se reservan a las mujeres, que actualmente representan el 40% de los beneficiarios. Se han creado Fondos de asistencia social destinados a las mujeres que trabajan en el sector no estructurado, y en el sector estructurado las mujeres tienen acceso a prestaciones tales como atención de la salud, seguros, vivienda, educación, actividades de esparcimiento, suministro de agua y licencias de maternidad. El proyecto de ley sobre la seguridad social ampliará esas prestaciones al sector no estructurado. Con el fin de fomentar el empoderamiento de las mujeres y de que éstas tengan mayor acceso al empleo, el Gobierno está promoviendo los institutos de formación profesional para mujeres. Más del 90% de los grupos de autoayuda del país son grupos de mujeres reunidas en torno a pequeñas iniciativas de ahorro y crédito. El número de empresarias ha aumentado del 2% en 1971 a más del 11%.

12.En el Gobierno se han creado departamentos sobre cuestiones de género en 50 ministerios y todos los ministerios tienen que destinar recursos a esas cuestiones. La publicación "Las mujeres y los hombres en la India" proporciona estadísticas desglosadas por sexos sobre varios indicadores. Todos los ministerios tienen que reunir datos desglosados por sexos sobre sus programas. Esas estadísticas servirán de base para preparar un Índice de Desarrollo y Empoderamiento de la Mujer.

13.Refiriéndose a las preguntas concretas formuladas por el Comité, dice que el Comité Especial encargado de revisar la Ley de poderes especiales de las fuerzas armadas ha presentado su informe, que está siendo examinado por el Gobierno. Los muy lamentables incidentes de Gujarat fueron una aberración, y los acontecimientos posteriores han demostrado que el Gobierno y el pueblo de India han aprendido la lección y, atendiendo al verdadero espíritu de la nación, se han opuesto a los recientes intentos de incitar a la violencia y al odio entre las comunidades. Recuerda también la firmeza de la actuación del Tribunal Supremo a ese respecto. Los esfuerzos del gobierno y de la sociedad civil de Gujarat han contribuido a la rehabilitación: se están tomando medidas para mejorar la situación de las mujeres y los niños y fomentar la confianza, y el gobierno del estado ha puesto en marcha una Comisión de Investigación.

14.La India ha sufrido varios desastres nacionales devastadores. Tras el tsunami de 2004, el Gobierno, que rechazó la ayuda internacional, aprobó un paquete de medidas de socorro y un programa de rehabilitación. Reconociendo que esas situaciones suelen afectar más gravemente a las mujeres, se han preparado directrices detalladas sobre socorro en casos de desastre que incluyen una perspectiva de género. Los gobiernos de los cinco estados costeros afectados han abierto orfelinatos y centros de acogida, y se han asignado pensiones a las niñas y las adolescentes huérfanas hasta que cumplan los 18 años.

15.Se ha establecido una Dirección nacional de gestión de los desastres que se encargará de prevenir los desastres naturales, de mitigar sus efectos y de desarrollar la capacidad de hacerles frente. La Ley de gestión de los desastres (2005), en virtud de la cual se han establecido tanto la Dirección Nacional como las direcciones estatales de gestión de los desastres, reconoce la especial vulnerabilidad de las mujeres y los niños. Su Gobierno está orgulloso de que la Armada de la India pudiera prestar asistencia a Sri Lanka a las pocas horas de producirse el tsunami, y de que pronto vaya a desplegarse en la Misión de las Naciones Unidas en Liberia la primera unidad de policía integrada exclusivamente por mujeres para atender a los grupos de población vulnerables, como las mujeres y los niños, en sociedades que están sufriendo o han sufrido conflictos.

16.En el 11º plan quinquenal de la India se prestará especial atención a crear un entorno propicio para el empoderamiento de la mujer. Para alcanzar ese objetivo, su Gobierno seguirá colaborando estrechamente con la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales. En ese contexto, celebra poder informar al Comité de que la Convención se ha traducido al hindi, que es la lengua nacional, y que tres estados la han traducido a sus lenguas regionales. Se está preparando una versión simplificada en varias de las lenguas de la India, a la que se dará amplia difusión. También se está trabajando en la adaptación a la situación de la India de los indicadores desarrollados por el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM).

Artículos 1 a 6

17.La Sra. Halperin-Kaddari dice que la declaración del Estado parte sobre el apartado a) del artículo 5 y el párrafo 1 del artículo 16 de la Convención, en la que se refiere a su política de no injerencia en los asuntos internos de ninguna comunidad sin su iniciativa y consentimiento, es contraria a la Convención. En la India existen claramente circunstancias relacionadas con el matrimonio y el divorcio, basadas en factores culturales y tradicionales, que revelan una situación patriarcal y violan los derechos de la mujer. El Comité considera que las reservas al artículo 16 basadas en consideraciones nacionales, tradicionales, religiosas o culturales son incompatibles con la Convención. No es realista que el Estado parte espere a que las propuestas de cambio provengan de las comunidades minoritarias; el Gobierno debe tomar la iniciativa. Por consiguiente, la oradora pide al Estado parte que retire su declaración.

18.El Sr. Flinterman, observando que de las respuestas presentadas por escrito por la delegación se desprende que el Gobierno está examinando el Protocolo Facultativo de la Convención, pregunta si el Estado parte tiene intención de ratificarlo y, en tal caso, cuándo se propone hacerlo. Desea saber si las mujeres pertenecientes a las castas y las tribus registradas y a las minorías tienen acceso a recursos legales de conformidad con el apartado c) del artículo 2 de la Convención, en particular a asistencia letrada, y si existe algún mecanismo que garantice y supervise la aplicación de la Convención por el Gobierno nacional y los gobiernos estatales. Habida cuenta de que los tribunales no pueden aplicar directamente la Convención, los jueces tienen que basarse en las disposiciones de la Constitución relativas a la igualdad. Por lo tanto, solicita más información sobre las garantías de igualdad de trato por parte de las autoridades estatales y pregunta si existe una ley general sobre la igualdad de género que prohíba la discriminación tanto en el ámbito público como en el privado.

19.Refiriéndose a la respuesta facilitada por escrito a la pregunta 29 de la lista de cuestiones del Comité, manifiesta su preocupación por el hecho de que las disposiciones antidiscriminación de la Constitución no sean tan amplias como las que figuran en el artículo 1 de la Convención. Toma nota de los esfuerzos del Estado parte por satisfacer las necesidades de los refugiados y los solicitantes de asilo en su territorio, incluidos los grupos más vulnerables, como las mujeres, pero lo insta a adherirse a los instrumentos internacionales pertinentes de protección de los derechos de los refugiados y los solicitantes de asilo, como la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967.

20.La Sra. Dairiam dice que, aunque se han introducido reformas legislativas para mejorar la situación de la mujer, es preciso hacer más para garantizar la aplicación de esa legislación. En el informe se enumeran muchas razones que explican las deficiencias en la aplicación de las leyes, así como los intentos del Gobierno por resolver el problema, pero insiste en que es preciso analizar las causas de la falta de progresos y encontrar soluciones.

21.Todavía existen deficiencias legislativas, que han sido indicadas por la Comisión Nacional para la Mujer y otros órganos. Las agresiones sexuales siguen siendo motivo de preocupación. El proyecto de ley para erradicar la violencia entre comunidades debe ofrecer garantías contra los actos u omisiones del propio Estado y tener en cuenta nuevos tipos de delito, como los delitos sexuales o contra la mujer cometidos en masa, e incluir disposiciones para indemnizar a las víctimas de la violencia entre comunidades. Es preciso modificar el Código Penal a fin de abordar el problema de la intimidación de los testigos. Por lo general, el Estado parte debe esforzarse más por crear un entorno propicio para el empoderamiento de la mujer, mediante, entre otras cosas, la aplicación de medidas especiales, como las cuotas.

22.La Sra. Saiga pregunta si se ha redactado un nuevo plan de acción para aplicar la Política Nacional de Habilitación de la Mujer en sustitución del 10º plan quinquenal (2002-2007) que está a punto de expirar. Pregunta cuál es el plazo previsto para que el Gobierno "examine activamente" el fortalecimiento de los poderes de la Comisión Nacional para la Mujer y las comisiones estatales correspondientes, como recomendó el Comité en sus observaciones finales anteriores.

23.La Sra. Neubauer manifiesta su preocupación por el hecho de que el mandato de la Comisión Nacional para la Mujer se centre en los derechos que consagra la Constitución del país, sin referirse específicamente a las disposiciones de los tratados internacionales de derechos humanos. La delegación debería dar más detalles sobre la investigación por la Comisión de las denuncias individuales presentadas por mujeres a las que se han negado sus derechos, incluidos los casos en los que se haya invocado específicamente la Convención. También debería indicar si la Comisión está autorizada a intervenir tanto en el sector público como en el privado, y qué cambios se ha previsto introducir para garantizar la cooperación sistemática de la Comisión Nacional con las comisiones estatales.

24.La Sra. Pimentel celebra la reciente promulgación de una ley sobre violencia doméstica y observa que el Gobierno ha reconocido que la creciente violencia contra la mujer es una manifestación más de la desigualdad y la situación de inferioridad de las mujeres en la sociedad india. Para garantizar el goce efectivo de los derechos de la mujer es urgente establecer un plan de acción general coordinado para hacer frente a la violencia contra la mujer. Pregunta qué medidas se están tomando con el fin de superar los estereotipos negativos y prevenir los delitos y las atrocidades cometidas contra las mujeres dalit, las mujeres pertenecientes a tribus y otras mujeres vulnerables.

25.La Sra. Singh (India), respondiendo a las preguntas formuladas a su delegación, dice que, aunque la India no dispone de legislación nacional sobre el registro obligatorio de los matrimonios, los estados de Goa, Andhra Pradesh, Maharashtra, Karnataka e Himachal Pradesh cuentan con leyes estatales que obligan a registrar los matrimonios. Además, varias comunidades tienen asimismo leyes relativas al estatuto personal que estipulan la obligatoriedad de inscribir los matrimonios. El Tribunal Supremo ha dado instrucciones al Gobierno para que haga públicas unas directrices al respecto destinadas a los estados, y el Gobierno se ha comprometido a hacer obligatorio el registro con miras, entre otras cosas, a proscribir el matrimonio infantil. Sin embargo, cualquier ley que se apruebe a nivel nacional tendrá que basarse en iniciativas de las comunidades. Se trata de una cuestión compleja que es preciso seguir examinando.

26.Asegura al Comité que la India cuenta con un sistema general de mecanismos de control como parte de su funcionamiento democrático, y que todos los ciudadanos tienen acceso a asistencia letrada y pueden recurrir ante los tribunales. Sin embargo, dado el carácter facultativo del Protocolo, la posición del Gobierno sobre la cuestión no ha variado y no se ha fijado un plazo para su aprobación.

27.Su Gobierno está realizando esfuerzos concertados con miras a salvar las distancias, cuya existencia reconoce, entre la protección de jure y de facto de los derechos de la mujer en la India. Todo el ordenamiento jurídico del país, y todas las iniciativas y programas para el adelanto de la mujer, tienen por objeto eliminar las diferencias existentes entre la situación de las mujeres de las distintas regiones, castas y religiones. Se han planteado gran número de cuestiones relativas a las mujeres de las zonas rurales que se están viendo afectadas negativamente por la globalización. En ese contexto, cita las enmiendas 73ª y 74ª de la Constitución, que dan voz a las mujeres marginadas y rurales. Cabe destacar un acontecimiento positivo: se prevé que de los beneficiarios del nuevo plan que garantiza 100 días de trabajo al año el 40% sean mujeres. También celebra anunciar que el movimiento de los microcréditos ha registrado una expansión notable y actualmente abarca alrededor de 2,2 millones de grupos de autoayuda, de los que el 90% están integrados exclusivamente por mujeres.

28.La Comisión Nacional para la Mujer es un órgano oficial establecido por el Parlamento que prevé mecanismos alternativos de solución de diferencias a través de los Lok Adalats (tribunales populares), lleva a cabo programas de sensibilización y contribuye activamente a la promulgación de la legislación relacionada con la mujer. Ese órgano está también habilitado para investigar las denuncias de atrocidades y violaciones de los derechos humanos, como las referentes a casos de violencia doméstica, acoso sexual, muertes relacionadas con la dote, tortura, abandono, bigamia y violación.

29.Sólo en 2005, la Comisión Nacional recibió más de 10.000 denuncias individuales. Las medidas compensatorias se determinan en función de los casos. Es frecuente que las disputas familiares puedan resolverse mediante asesoramiento familiar, y la Comisión interviene en casos de falta de diligencia de la policía. En los delitos graves, se ponen en marcha investigaciones en las que se interroga a los testigos y se buscan pruebas, y el informe resultante da lugar invariablemente a la adopción de medidas correctivas. Desea subrayar que la Comisión defiende los intereses de las mujeres cualquiera que sea su religión o su casta.

30.El Sr. Vahnavati (India) dice que el laicismo y la libertad religiosa son aspectos básicos de la Constitución del país, que se redactó en 1950 en un contexto de violencia religiosa. La unidad en la diversidad de la India no es negociable y las comunidades gozan del derecho a gestionar sus propias instituciones. Por su parte, el Gobierno no puede imponer ningún cambio sin haber comprobado que existe un movimiento en ese sentido en la comunidad. Celebra observar que, al mejorar la educación, las mujeres vulnerables son cada vez más conscientes de sus derechos. En el caso de Danial Latifi, el Tribunal Supremo confirmó el derecho de una mujer musulmana a reclamar a su ex marido una pensión alimenticia más allá del iddat (el periodo de tres meses posterior al divorcio). Gracias a las actividades de los medios de comunicación, las mentalidades están por fin empezando a evolucionar.

31.Desea señalar a la atención del Comité que el Parlamento del país ha creado una Dirección Nacional de Servicios Jurídicos, que está presidida por un juez del Tribunal Supremo. Los programas de formación jurídica básica tienen por objeto que los sectores más desfavorecidos de la comunidad tomen conciencia de sus derechos. Manifiesta su satisfacción por el hecho de que las mujeres cada vez recurran más a los servicios de asistencia letrada disponibles. Respondiendo a la pregunta sobre si la Convención puede invocarse directamente ante los tribunales del país, señala que primaba la opinión de que los tratados internacionales no eran aplicables a menos que se hubieran incorporado a la legislación nacional. Sin embargo, desde 1993 el Tribunal Supremo ha dictado una serie de sentencias basadas específicamente en la Convención, como en los casos Madhu Kishwar contra la Unión de la India y Seema contra Ashwini Kumar, a los que se hace referencia en los informes combinados. Los artículos 14, 19 y 21 de la Constitución constituyen la base jurídica para luchar contra la discriminación en el sector privado.

32.Respondiendo a una pregunta relativa a los solicitantes de asilo, es preciso entender que la India tiene que hacer frente al problema de las personas procedentes de países vecinos que se trasladan al país no necesariamente para solicitar asilo, sino en busca de una vida mejor. La protección de los testigos ha sido problemática en los casos relacionados con los disturbios de Gujarat, en los que algunas víctimas cambiaron su testimonio a fin de lograr sentencias absolutorias. El asunto se puso en manos del Tribunal Supremo y, a la vista de la falta de confianza en la policía del estado de Gujarat, se ordenó a las fuerzas de seguridad del Gobierno central proteger a los testigos. Cabe destacar que el Tribunal Supremo subrayó la necesidad de establecer un plan de protección de testigos aplicable en todo el país.

33.Aunque el analfabetismo y la falta de recursos limitan los progresos en el adelanto de la mujer, el hecho es que el empoderamiento de las mujeres sólo puede lograrse por medio del conocimiento. En ese contexto, la Comisión Nacional de Derechos Humanos está desempeñando un papel muy activo. Por ejemplo, por iniciativa de la Comisión, volvió a abrirse el caso Best Bakery, dando lugar a un juicio que se concluyó satisfactoriamente.

34.La Sra. Singh (India) dice que los resultados de la evaluación de mitad de período del 10º plan quinquenal y los de las consultas celebradas con una amplia representación de la sociedad civil se incorporarán al 11º plan quinquenal, que entrará en vigor el 1º de abril del 2007. Entre los principales temas que se abordarán en el nuevo plan figuran el empoderamiento de la mujer y el desarrollo del niño.

35.Se está dando amplia difusión a la Convención, que se está traduciendo a las distintas lenguas locales. No existe ningún conflicto respecto de las recomendaciones del Comité ni de los objetivos de la Convención. El único problema estriba en su aplicación en un país de tan gran tamaño y diversidad. Por ejemplo, en Mizoram las preocupaciones son distintas que en Kerala, por lo que se necesitan enfoques específicos para cada región. En el nuevo plan quinquenal se hará hincapié en la importancia del cambio de mentalidad, la formación y el desarrollo de la capacidad, y se realizarán campañas de sensibilización destinadas a los miembros del Parlamento, a los representantes políticos, a los funcionarios, a la policía y a cuantos trabajan en el sistema judicial. Se considera un objetivo prioritario generar datos que permitan comprobar que los distintos estados aplican sobre el terreno las políticas nacionales relativas a la mujer.

36.El Sr. A. K. Srivastava (India) dice que el principal objetivo del proyecto de ley sobre prevención y control de la violencia entre comunidades y rehabilitación de las víctimas no es tipificar los delitos, dado que el Código Penal ya abarca la mayoría de los delitos en cuestión, sino más bien establecer algunas medidas preventivas, como el depósito y la confiscación de las armas y la munición, y los poderes de registro y detención. También prevé penas más severas para los actos de violencia perpetrados en el entorno comunal.

37.Volviendo a la cuestión de la inclusión de una perspectiva de género, dice que el proyecto de ley en cuestión contendrá disposiciones específicas sobre los delitos cometidos contra mujeres, como los de agresión sexual y violación. Además, el Comité Parlamentario Permanente, al que se remiten la mayoría de los proyectos de ley para que los estudie en profundidad antes de trasladarlos al Parlamento para que los examine y apruebe, presentó recientemente un informe sobre el proyecto de ley en el que se proponía que se establecieran a nivel de los distritos y de los estados y a nivel nacional consejos que se encargaran de supervisar la aplicación de las medidas de socorro y rehabilitación. En los informes consolidados se sugiere también que esos consejos deberían contar con un número mínimo de mujeres entre sus miembros. El proyecto de ley otorgará al Gobierno central el poder de dictar instrucciones a los gobiernos de los estados en determinadas circunstancias relacionadas con la violencia entre comunidades.

38.Por lo que respecta a la protección de los testigos, el proyecto de ley tipificará como delito la intimidación de los testigos y permitirá a los tribunales mantener en secreto la identidad de un testigo si éste así lo solicita. También establecerá penas para los testigos que cambien su testimonio. Con el fin de mejorar la administración de justicia penal en relación con los delitos cometidos contra los sectores más vulnerables de la sociedad, incluidas las mujeres, se están aplicando varias medidas legislativas y administrativas. Las leyes, incluidas las relacionadas con delitos cometidos contra la mujer, están sujetas a revisión permanente y se modifican cuando se estima necesario para mejorar su efecto disuasorio.

39.Por lo que respecta a las medidas administrativas, el Gobierno central y los gobiernos de los estados mantienen un diálogo ininterrumpido. Los altos cargos de la policía participan en conferencias anuales a fin de examinar los delitos contra las mujeres y otros grupos vulnerables. Se han celebrado seminarios destinados a promover la toma de conciencia a nivel estatal acerca de la necesidad de tomar medidas más eficaces para luchar contra esos delitos, y un seminario de ámbito nacional celebrado recientemente se ha centrado en la prevención de la trata de mujeres. Muchos gobiernos estatales han creado departamentos especiales que se ocupan de los delitos cometidos contra mujeres. El número de mujeres policías está aumentando gradualmente, y se están tomando medidas para acelerar esa tendencia.

40.La Sra. Singh (India) dice que el Gobierno se ha comprometido a poner en vigor legislación en virtud de la cual se reserve a las mujeres un tercio de los escaños del Parlamento y de las cámaras legislativas de los estados. Se ha presentado al Parlamento un proyecto de ley en ese sentido, que todavía no se ha aprobado. Cabe esperar que los representantes de la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales, colaboren en la campaña en favor de la pronta aprobación del proyecto de ley. Las enmiendas 73ª y 74ª de la Constitución, que prevén cupos similares a nivel de las administraciones locales, han tenido gran repercusión en el funcionamiento de la democracia a nivel de base.

41.La Comisión Nacional para la Mujer está integrada por una Presidenta y seis miembros, todos ellos mujeres. Las secretarias de la Comisión son altas funcionarios del Gobierno de la India. Si el Comité así lo desea, más adelante se le proporcionará información más detallada sobre el personal auxiliar de la Comisión. Por lo que respecta a la lucha contra los estereotipos, se han puesto en marcha programas de capacitación destinados a sensibilizar a varios grupos, como los miembros de la policía y los representantes políticos. Esos programas se intensificarán en el marco del 11º plan quinquenal. Se está revisando el material didáctico a fin de eliminar los estereotipos de género. Los medios de comunicación y la sociedad civil desempeñan un papel crucial en el planteamiento de las cuestiones importantes en ese ámbito y colaboran activamente en los esfuerzos del Gobierno.

42.Los gobiernos de los estados están aplicando medidas afirmativas: por ejemplo, se reservan algunos puestos para mujeres. Aunque se están realizando progresos, resulta difícil conseguir que cambien las actitudes y las prácticas tradicionales. Por lo que respecta a la difusión de la Convención, el texto se ha traducido a la lengua nacional y a algunas lenguas regionales. En cuanto a la supervisión de la aplicación de la Convención, se ha creado un comité interministerial que se reúne periódicamente con el fin de examinar las medidas adoptadas en esa esfera. A nivel de los estados se han creado comités similares con miras a supervisar la aplicación sobre el terreno y a exigir responsabilidades a los gobiernos estatales en caso de incumplimiento.

43.Por último, es cierto que se requieren mecanismos adecuados a nivel de los gobiernos de los estados para aplicar la Ley de protección de la mujer contra la violencia doméstica. El 11º plan quinquenal prevé numerosas medidas de formación y creación de capacidad a ese respecto.

44.La Sra. Shin encomia los esfuerzos del Gobierno de la India por aplicar la Convención, labor sin duda muy difícil en un país tan grande y poblado. En particular, se felicita de los acontecimientos positivos que se han producido en relación con el enjuiciamiento de los acusados de violación. Sin embargo, todavía se pueden introducir más mejoras a ese respecto. Espera que se estudie atentamente la posibilidad de ampliar la definición de violación de manera que incluya todos los tipos de contactos sexuales. También se debe estudiar la cuestión de la violación dentro del matrimonio, teniendo en cuenta en particular que, en el caso de los matrimonios de menores, la violación dentro del matrimonio constituye también estupro. Es preciso abordar en general el problema del abuso sexual de los niños.

45.La aprobación de la ley sobre la violencia doméstica ha supuesto un paso positivo, pero se deben tomar medidas para combatir otras formas de violencia contra la mujer, como los asesinatos relacionados con la dote, la quema de novias y la caza de brujas. Es preciso castigar esos delitos porque la impunidad hace que se perpetúe la posición de vulnerabilidad de la mujer en la sociedad. Por lo que se refiere a la Ley relativa a la prohibición de la selección del sexo, conviene cerciorarse de que se utilice para castigar a los médicos que practican abortos selectivos y no a las mujeres afectadas, que normalmente actúan presionadas por sus familias o por la sociedad. Es fundamental aplicar efectivamente las leyes de protección de la mujer, y es preciso hacer todo lo posible por identificar las deficiencias en ese ámbito y corregirlas. Sugiere que también se podría aplicar un enfoque de ciclo vital en relación con la salud de la mujer para combatir la violencia contra la mujer en todas las etapas de su vida.

46.Resulta lamentable que, a pesar de las reiteradas peticiones de Comité, en los informes consolidados no se haya facilitado información acerca de los sucesos acaecidos en Gujarat en 2002. Aunque cabe agradecer la información facilitada más recientemente, en ésta no se indica el número de mujeres asesinadas, maltratadas y agredidas sexualmente. También existen discrepancias entre la información facilitada por el Estado parte y la procedente de otras fuentes. Además, es preciso intensificar los esfuerzos para hacer justicia a las víctimas e indemnizarlas. Felicita a la Comisión Nacional de Derechos Humanos por el papel activo que ha desempeñado a ese respecto, pero señala que es el Gobierno el principal responsable de investigar los hechos y enjuiciar a los autores.

47.Por último, en el proyecto de ley sobre la violencia entre comunidades se debe dar la debida prominencia a la violencia contra la mujer en lugar de mencionarla sólo de pasada. Es preciso transmitir claramente el mensaje de que esa violencia no se va a tolerar.

48.La Sra. Schöpp-Schilling se pregunta por qué el Gobierno de la India se muestra reticente a ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención. También desearía conocer la razón de los constantes retrasos en la presentación de los informes del Estado parte y de que, hasta hace poco tiempo, no se haya facilitado la información solicitada sobre los sucesos de Gujarat. Agradece la información recibida recientemente, aunque todavía quedan muchas dudas por aclarar. Algunas fuentes, incluida la propia Comisión Nacional de Derechos Humanos de la India, dan un número de víctimas muy superior a las cifras oficiales del gobierno del estado de Gujarat que se citan en las respuestas del Estado parte a la lista de cuestiones. Además se desconocen las repercusiones sobre las mujeres en particular porque las cifras facilitadas no están desglosadas por sexos. Cabe lamentar que no parezcan haberse tenido en cuenta los delitos cometidos específicamente contra mujeres en Gujarat, que, en virtud del artículo 1 del Convención, constituyen una forma de discriminación.

49.Aunque celebra las medidas adoptadas por el Gobierno central con respecto a los sucesos en cuestión, no se ha facilitado información sobre el contenido de los informes preparados por el Comité parlamentario para el empoderamiento de la mujer ni sobre las medidas adoptadas por el Gobierno central sobre la base de esos informes. Al amparo de la Constitución, el Gobierno central podría desempeñar un papel más activo en la investigación de los delitos cometidos, el enjuiciamiento de los autores y la rehabilitación de las víctimas. No se han facilitado cifras sobre el número de mujeres a las que se ha rehabilitado o realojado hasta la fecha. Algunas fuentes de información independientes indican que más de 5.000 familias musulmanas siguen viviendo en campamentos o asentamientos provisionales.

50.Por lo que sabe, se han denunciado ante los tribunales seis casos de violación en relación con los sucesos de Gujarat. Solicita información actualizada sobre la situación de esos casos y pregunta con qué obstáculos tropieza la administración de justicia de Gujarat y qué medidas puede tomar para eliminarlos el Gobierno central al amparo de la Constitución. Observando que el Tribunal Supremo ha ordenado que se reabran algunos casos relacionados con los incidentes de Gujarat porque se han destruido pruebas, pregunta si se ha enjuiciado a los responsables de los hechos y cuántos de los casos que se han reabierto están relacionados con mujeres y con delitos sexuales.

51.El proyecto de ley sobre violencia entre comunidades parece reforzar la posición de los funcionarios públicos más que la de las víctimas, lo que resulta sorprendente la luz de los sucesos de Gujarat. Solicita más información sobre las mujeres y las niñas musulmanas, en particular sobre los motivos de su bajo nivel de educación y de participación en el mercado laboral y la política. Pregunta qué se haciendo para mejorar su situación. Por último, pregunta si el reciente informe de la Comisión Nacional para las Minorías, en el que parece estar más presente que en otros una perspectiva de género, se examinará en el Parlamento y qué ministerio del Gobierno central se encargará de su seguimiento.

52.La Sra. Singh (India) dice que los problemas relacionados con la violencia contra la mujer se afrontan mediante la aprobación de legislación, la aplicación de las políticas pertinentes y la prestación de servicios de asistencia, incluidos servicios de rehabilitación, formación, desarrollo de la capacidad y sensibilización. Se ha reforzado o se está reforzando la legislación vigente, por ejemplo la relativa a la violación, a la selección del sexo y la práctica del sati. Sin embargo, aunque la legislación habilita al Gobierno central para actuar, el problema estriba en la aplicación sobre el terreno y en la sensibilización de los funcionarios estatales acerca de esas cuestiones. Por último, agradece la sugerencia de aplicar un enfoque de ciclo vital a la violencia contra la mujer.

53.El Sr. Vahnavati (India) están de acuerdo en la necesidad de adoptar una definición menos restrictiva de violación y agresión sexual, como ha reconocido la Comisión Nacional para la Mujer, que está tratando de introducir modificaciones a tal efecto en el Código Penal de la India. Por lo que se refiere a la calidad de la asistencia letrada que se facilita a las víctimas, aunque cabe el riesgo de que se contrate para ello a abogados sin trabajo, en la India hay varios abogados de gran renombre que se dedican a la cuestión de la mujer y que ofrecen gratuitamente sus servicios, además de los amici curiae a los que con frecuencia recurren los tribunales.

54.Los sucesos de Gujarat nunca tendrían que haber ocurrido; son una aberración y un motivo de vergüenza. Encomia a las organizaciones no gubernamentales y a los medios de comunicación que, con considerable sacrificio y riesgo personal, se han esforzado por sacar a la luz pública las injusticias cometidas. En el caso Best Bakery se presentó un recurso ante el Tribunal Superior contra la sentencia absolutoria original; como la apelación se rechazó, se presentó un recurso de última instancia ante el Tribunal Supremo, de conformidad con el artículo 32 de la Constitución. Ese Tribunal, reconociendo los obstáculos con los que se enfrenta la administración de justicia en Gujarat, ordenó que el caso se trasladara al estado vecino de Maharashtra.

55.También reabrió más de 2.000 casos que se habían cerrado por no encontrar a los culpables; una vez reabiertos, los casos se asignaron a un juez de distrito; algunos de ellos, como el caso de violación de Bilkis Bano, se remitieron a la Oficina Central de Investigación. En la India se plantea el problema constitucional de que la ley y el orden son responsabilidad de los distintos estados y de las policías estatales, y no del Gobierno central; esa es la esencia del federalismo. Sin embargo, el Tribunal Supremo también ha podido trasladar el caso de Bilkis Bano de Gujarat a Maharashtra y en febrero de 2007 estudiará otros casos relacionados con los incidentes de Gujarat con la ayuda de los amici curiae a fin de determinar qué otras medidas se pueden adoptar. En virtud del artículo 355 de la Constitución, el Gobierno está habilitado para ofrecer a los estados la asistencia de la Unión en caso de disturbios internos, pero es preciso actuar con prudencia.

56.La Sra. Singh (India) dice que el 11º plan quinquenal (2007-2012) comprende un conjunto de medidas de asistencia y rehabilitación para las víctimas de violaciones. Por lo que respecta a la cuestión de las definiciones, dice que éstas se mejorarán en el marco de la nueva legislación.

Artículos 7 a 9

57.La Sra. Coker-Appiah toma nota de que el Primer Ministro se reunió con los dirigentes de los partidos a fin de recabar su apoyo a las enmiendas de la Constitución por las que se reservaría a las mujeres un mínimo de un tercio de los escaños del Parlamento y de las cámaras legislativas de los estados. Desea saber si se ha podido lograr el consenso y, en tal caso, cuál es el plazo previsto para introducir esos cambios. Asimismo, pregunta si se han tomado en la práctica las medidas de acción afirmativa a las que se hacía referencia en las respuestas (CEDAW/C/IND/Q/3 Add.1, pág. 20 de la versión inglesa), cuya necesidad se reconocía para garantizar a las mujeres un cupo de al menos el 30% en el sector público de los servicios. El Comité agradecería información sobre esas medidas y sobre sus resultados, sobre la base de la evaluación de mitad del periodo. Desearía, en particular, que se le indicara el número de mujeres que han ascendido y en qué sectores, desglosado por minorías.

58.La Sra. Singh (India) dice que, aunque el Gobierno se ha comprometido a reservar a las mujeres esos escaños en el Parlamento y en las cámaras legislativas de los estados, en la reunión que celebró el Primer Ministro no se pudo llegar a un acuerdo. Por lo tanto, no está en condiciones de indicar el plazo previsto, pero el Gobierno se propone introducir lo antes posible las modificaciones legislativas necesarias. Aunque no dispone de cifras sobre la representación actual de las mujeres en el sector público, según el informe al que se ha hecho referencia sobre las mujeres y los hombres en la India, la proporción general de mujeres en los órganos locales y estatales ha pasado de 11% en 1981 a 18% en 2002.

59.El Sr. A. K. Srivastava (India) dice que resulta difícil hablar de la participación de las mujeres en el mercado laboral de la India porque el 93% del empleo corresponde al sector no estructurado. En el sector estructurado, aunque la situación sigue siendo insatisfactoria, la tendencia es positiva: la proporción de mujeres ha pasado del 21,6% en 1983 al 25,9% en 1999, y al 27,4% en 2004. Cita un informe de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) según el cual en la India la participación de las mujeres en el mercado laboral es del 33%.

60.La Sra. Schöpp-Schilling lamenta de que no se hayan explicado los retrasos en la preparación de los informes. Los informes combinados que se están examinando son sólo los segundos presentados desde la ratificación en 1993. Insiste en este punto no por afán de crítica sino por si se puede prestar algún tipo de asistencia al respecto. Todos los Estados tienen las mismas obligaciones en materia de presentación de informes, tanto si se trata de pequeñas islas como de federaciones grandes y complejas, como la India, a fin de que el Comité pueda desempeñar adecuadamente su función de supervisión respecto de todos los Estados partes. En lo referente al Protocolo Facultativo, teme que haya un malentendido: el Protocolo no socava la independencia del poder judicial de los países, sino que tiene por objeto mejorar la aplicación de la Convención por medio de un procedimiento de comunicación y un procedimiento de investigación. No comprende por qué la India no desea dotarse de ese útil instrumento. También lamenta de que la India no haya reconocido oficialmente el carácter discriminatorio del desastre de Gujarat. El Gobierno debe reconocer los casos en los que se atenta específicamente contra las mujeres y se las maltrata para avergonzar y destruir a una comunidad.

61.El Sr. Flinterman dice que, aunque todos los Estados tienen el derecho soberano de no adherirse al Protocolo Facultativo, muchos países democráticos caracterizados por el imperio de la ley lo han ratificado por entender que proporciona protección complementaria. Pregunta si los grupos más vulnerables pueden acceder fácilmente a servicios de asistencia letrada. De la información sobre la violencia contra las mujeres dalit y sobre la existencia de una cultura de impunidad de los autores se desprende que es preciso adoptar medidas de gran alcance para mejorar la administración de justicia en la India, en particular facilitando asistencia letrada. Agradece la actuación de la India respecto de los solicitantes de asilo y los refugiados. Sin embargo, esas personas, especialmente las mujeres, seguirán siendo sumamente vulnerables mientras la India no ratifique las convenciones internacionales pertinentes. Pregunta si el Gobierno tiene intención de hacerlo.

62.La Sra. Dairiam se pregunta si el empoderamiento de la mujer es el mejor medio de asegurarle la igualdad de trato. Habida cuenta de que la Constitución garantiza la igualdad entre los sexos, pregunta cómo puede el Gobierno conciliar ese principio con su negativa a tomar las medidas necesarias para alcanzar ese objetivo en todos los sectores. Aunque el proyecto de ley sobre violencia entre comunidades refuerza los poderes de los estados, no parece sancionar a los funcionarios públicos por la comisión de delitos o por omisión. A ese respecto, se refiere a la destrucción de pruebas por parte de los agentes de policía en algunos casos relacionados con los sucesos de Gujarat. En cuanto a la definición de los delitos violentos contra la mujer, habida cuenta de que las autoridades han tardado 20 años en reconocer que existe un problema a ese respecto en el Tribunal Penal, no se puede confiar en que ese mismo Tribunal se ocupe debidamente de esos delitos; es preciso que el Gobierno intervenga.

63.La Sra. Shin desea saber si el 11º plan quinquenal contiene alguna disposición sobre el enjuiciamiento de los autores de delitos sexuales contra las mujeres, que es un elemento importante de la rehabilitación de las víctimas. También desea saber cuántos de los más de 2.000 casos que se han reabierto la relación con los disturbios de Gujarat se refieren a mujeres víctimas de asesinatos o agresiones sexuales.

64.La Sra. Simms es consciente de que en la India el sector estructurado es relativamente pequeño, pero observa que el Gobierno es un empleador importante y debe dar ejemplo. Insta a que se adopten medidas temporales especiales, de conformidad con el artículo 4 de la Convención, en las que se subraye que la meritocracia no debe basarse en la casta ni en el sexo sino en la capacidad intelectual: cuando se les ofrece la oportunidad, las mujeres siempre superan a los hombres en la enseñanza superior. Agradece la presencia en la delegación del Fiscal General de la India, pues es fundamental que en el sistema judicial haya hombres y mujeres que comprendan los problemas y la situación de la mujer. Los estudios oficiales de derecho deberían complementarse con formación especial en esa esfera; también debería haber mayor número de juezas.

65.La Sra. Singh (India) lamenta los retrasos en la presentación de los informes de la India; en el futuro se hará todo lo posible por presentar los informes puntualmente. No se ha cerrado la puerta a la ratificación del Protocolo Facultativo, pero sólo puede transmitir la posición actual del Gobierno a ese respecto.

66.El Sr. Vahnavati (India) reconoce que las mujeres son especialmente vulnerables a la violencia entre comunidades y se compromete a estudiar la posibilidad de brindarles protección especial. Por lo que se refiere a la cuestión del acceso de los dalit a asistencia letrada, se están creando comités que ofrecen servicios de asistencia letrada, que se están dando a conocer en todo el país, a fin de garantizar el acceso de los dalit a los tribunales.

67.El empoderamiento de la mujer es un proceso lento que requiere un equilibrio delicado en la sociedad. Las mujeres musulmanas, en particular, se resisten a hablar de las injusticias que han sufrido; se espera que la mejora en el nivel educativo de la sociedad musulmana tenga repercusiones positivas a ese respecto. En cuanto a la definición de delito violento, aunque el Tribunal Penal puede ocuparse de la cuestión en el marco de su mandato actual, la nueva legislación incluirá las nuevas definiciones necesarias. Se puede facilitar información sobre el número de mujeres en el sistema judicial; en los tribunales superiores de justicia estatales hay gran número de mujeres, y hasta hace poco había una mujer en el Tribunal Supremo. Todos los jueces reciben la formación necesaria, que incluye sensibilización acerca de los derechos humanos y de la cuestión de la mujer.

68.El Sr. A. K. Srivastava (India) dice que los funcionarios que no cumplan su deber pueden ser sancionados; da lectura a una disposición en ese sentido incluida en el proyecto de ley sobre prevención y control de la violencia entre comunidades. Tras los disturbios entre comunidades que se produjeron en Gujarat, se registraron 4.259 denuncias, en relación con 2.135 de las cuales se presentaron cargos. Entre esos casos había 67 de violencia contra mujeres, entre ellos dos casos que se han reabierto.

69.La Sra. Singh (India) subraya que el proyecto de ley sobre violencia entre comunidades se encuentra todavía en fase preparatoria y, por lo tanto, se pueden introducir mejoras. La legislación nunca es estática, sino que siempre puede modificarse. Actualmente se está estudiando la posibilidad de introducir modificaciones en la legislación relativa a la violación, y se examinarán todas las propuestas constructivas al respecto. Respondiendo a la pregunta de si en el 11º plan quinquenal figurará una disposición sobre el enjuiciamiento y el castigo de los autores de delitos contra mujeres, señala que se trata de una cuestión legislativa y no programática, y que se está tratando junto con varias otras cuestiones conexas en el marco de los debates en curso.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.