30° período de sesiones

Acta resumida de la 632ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el miércoles 14 de enero de 2004, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Açar

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Segundo informe periódico de Kirguistán

Se declara abierta la sesión a las 10.15 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Segundo informe periódico de Kirguistán (CEDAW/C/KGZ/2)

Por invitación de la Presidenta, Sra. Alysheva, el Sr. Baialinov, la Sra. Kangeldieva, la Sra. Kourbanova y la Sra. Kudaiberdieva (Kirguistán) toman asiento como participantes a la mesa del Comité.

La Sra. Kangeldieva (Kirguistán) dice que Kirguistán se adhirió a la Convención en marzo de 1996. Su segundo informe periódico data de septiembre de 2002, por lo que en su presentación facilitará información sobre los cambios sobrevenidos desde entonces. Desde su constitución como Estado soberano, Kirguistán se ha adentrado en la senda democrática y ha tratado de erigir sus instituciones, consolidar la sociedad civil y fomentar una mentalidad basada en el consenso político. El país goza de estabilidad política y armonía étnica. Hay 43 partidos políticos, ocho de los cuales están representados en el Zhogorku Kenesh (Parlamento). Existe un número superior a 9.000 organizaciones no gubernamentales y el 80% de los medios de comunicación no pertenecen al sector estatal.

El Presidente, Askar Akayev, ha promovido los ideales de “Kirguistán, nuestro hogar común” y “Kirguistán, país de derechos humanos” como fuerzas complementarias que sustentan la sociedad multiétnica del país. Se ha creado un Consejo Público de Garantías Democráticas y en septiembre de 2003 se aprobó un nuevo Código democrático que ha consagrado los principios generales de los derechos humanos y las libertades, así como la igualdad entre los sexos.

Desde la presentación del segundo informe periódico, el principal logro ha sido la consolidación del fundamento jurídico y el mecanismo para mejorar la situación de la mujer. Kirguistán ha firmado más de 30 convenciones internacionales en materia de derechos humanos, en particular el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en 2002. En virtud de un decreto presidencial de fecha 2 de enero de 2002, se aprobó un programa nacional de derechos humanos para el período 2002-2010. Su plan de aplicación prevé la consideración de la responsabilidad penal de los funcionarios que acosan a sus subordinadas, el acceso de la mujer a un recurso jurídico equitativo en relación con la investigación y el enjuiciamiento de los delitos de violencia ejercida contra ella (incluida la violencia doméstica), la recopilación de todas las estadística disponibles sobre violencia doméstica, el establecimiento de una cooperación internacional para combatir todas las formas de trata de mujeres y niños (incluida la trata a efectos de explotación sexual, pornografía, prostitución y turismo sexual) y la prestación de asistencia letrada a las víctimas.

En marzo de 2003 se aprobó una Ley nacional relativa a las garantías estatales para asegurar la igualdad entre los sexos. Trata de garantizar la igualdad de derechos y oportunidades en los ámbitos social, político, económico y cultural, entre otros, y proteger tanto al hombre como a la mujer frente a la discriminación sexista. De su aplicación se encarga actualmente el Consejo Nacional sobre asuntos de la mujer, la familia y el desarrollo de la perspectiva de género, que ha elaborado métodos para realizar un análisis de género de los proyectos de ley y los programas en los planos nacional, regional y local.

En ese mismo mes, se aprobó una Ley nacional sobre la protección social y jurídica frente a la violencia en el seno familiar, que ofrece a las víctimas de la violencia doméstica una protección social y jurídica, además de establecer medidas preventivas. Es la primera ley nacional que se aprueba por iniciativa popular en virtud del artículo 64 de la Constitución de Kirguistán, para lo cual se requieren más de 30.000 firmas. Se está poniendo en práctica mediante la impartición de órdenes de protección de carácter transitorio y judicial y la elaboración de métodos para hacerlas cumplir. El Ministerio del Interior y el Comité Nacional de Estadística están recopilando datos sobre la violencia doméstica desglosados por sexo.

La orientación estratégica de la política en materia de género fue dictada por el Plan Nacional de Acción en pro del logro de la igualdad entre los géneros en el período 2002-2006, elaborado por el Consejo Nacional sobre asuntos de la mujer, la familia y el desarrollo de la perspectiva de género en el marco de la Plataforma de Acción de Beijing. El Plan de Acción Nacional prevé mejores medidas para establecer la igualdad entre los sexos y mantener un equilibrio de género en todos los niveles de la adopción de decisiones, un componente de género en el cálculo del desarrollo económico, la consideración de las cuestiones de género en la atención de la salud, la igualdad entre los sexos en la educación y la cultura y la reducción de todas las formas de violencia contra la mujer.

Se procederá a su aplicación en todos los ministerios, departamentos gubernamentales, comités y autoridades regionales y municipales. El Consejo nacional sobre asuntos de la mujer, la familia y el desarrollo de la perspectiva de género está organizando cursos de formación, seminarios, mesas redondas y conferencias con representantes de todos los organismos gubernamentales y no gubernamentales con objeto de promover la sensibilización y sobre el Plan de Acción Nacional y su aplicación.

El aumento de la representación de la mujer en las autoridades estatales y los órganos de adopción de decisiones constituye una prioridad. Aunque la mujer representa el 52% del electorado, está escasamente representada en la vida política, especialmente en el plano nacional. Un decreto presidencial promulgado en agosto de 2002, relativo a la mejora ulterior del marco político para contratar a mujeres directivas en la administración estatal, prevé un planteamiento equilibrado para atraer a hombres y mujeres a la función pública. La Ley relativa a las garantías estatales para asegurar la igualdad entre los sexos ha introducido cuotas de género que limitan los nombramientos en el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo, la Comisión Central para celebrar elecciones y referendos y la Cámara de Contabilidad a un máximo del 70% de cada sexo.

En el sistema de partidos políticos, aún no plenamente desarrollado, las mujeres están insuficientemente representadas, liderando 5 de los 43 partidos inscritos. Las mujeres están presentes en los órganos rectores de sólo la mitad, aproximadamente, de dichos partidos. Ninguno de los partidos ve a la mujer como una fuerza política con iniciativa y una capacidad independiente de actuación. La igualdad de derechos de la mujer en el mercado laboral y el empleo está regulada por el Código del Trabajo, la Ley de protección laboral y la Ley de promoción del empleo. Las mujeres copan el 43,2% del empleo remunerado, pero perciben el 63,1% del sueldo masculino. Persisten las pautas tradicionales de empleo para el hombre y la mujer y ésta suele ocupar cargos mal remunerados. El trabajo realizado en el hogar es reconocido como empleo social o industrial, pero las tareas domésticas y las labores agrícolas no remuneradas se excluyen del producto nacional bruto y no ofrecen derechos de pensión ni ventajas en materia de empleo.

La Constitución, la legislación nacional y la reglamentación que rigen las instituciones educativas establecen la igualdad de derechos en la educación, con independencia del sexo. El nivel de educación de las mujeres es ligeramente superior al de los hombres. En el plan nacional de acción relativo a la “educación para todos”, aprobado el 30 de julio de 2002, el Gobierno garantizó a todos los niños, con independencia de su sexo, pero especialmente a las niñas, los niños vulnerables y los niños pertenecientes a minorías étnicas, el acceso a una educación gratuita y obligatoria para 2015. La Constitución y la legislación nacional garantizan a hombres y mujeres la igualdad de derechos en la atención médica. La atención de la salud se financia con fondos procedentes del presupuesto nacional, el seguro médico obligatorio, los pagos personales y otras fuentes. Desde 2001, el Gobierno ha aprobado todos los años un programa de garantías estatales en materia de salud y asistencia médica que prevé una asistencia médica básica universal y gratuita. Lamentablemente, la financiación de ese programa de garantías estatales es esporádica e insuficiente.

El programa de garantías estatales prevé que las mujeres han de recibir asistencia de emergencia gratuita y atención pre y posnatal. La atención prenatal incluye al 85% de las mujeres. El programa “Zhan-Enye” para el período 2003-2006 tiene como objetivo prestar asistencia durante el embarazo, el parto y después del parto, generalizar los métodos modernos de planificación familiar y mejorar el fundamento jurídico de la protección de madres y niños. El 26,6% de las mujeres tenía acceso a métodos anticonceptivos en 2002. En este mismo año, el número de abortos fue de 10,8 por cada 1.000 mujeres en edad fértil. Los abortos pueden ser practicados legalmente en instalaciones públicas y privadas autorizadas. La mortalidad de los niños menores de 1 año de edad es de 21,2 por 1.000 nacidos vivos y registra una tendencia a la baja. No obstante, el método de cómputo de los nacidos vivos y, por consiguiente, el cálculo de la mortalidad infantil no se ajusta a las normas internacionales, lo que explica el nivel artificialmente bajo de las cifras. En 2004, Kirguistán introducirá los métodos recomendados por la Organización Mundial de la Salud. La mortalidad materna sigue siendo elevada y se cifra en 53,5 por cada 100.000 nacidos vivos.

El número oficial de personas afectadas por el VIH/SIDA en Kirguistán era de 482 al 1° de diciembre de 2003. De esa cifra, 44 eran mujeres, siete de las cuales dieron a luz durante el período sobre el cual se informa. En 2001, el Gobierno aprobó el plan de aplicación del programa estatal para la prevención del VIH/SIDA y de las enfermedades de transmisión sexual e intravenosa durante el período 2001-2005, financiado por el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA (ONUSIDA). El centro nacional del SIDA también ha recibido financiación del Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y la Malaria.

Los habitantes de las zonas rurales de Kirguistán representan el 65% de la población total, el 63,7% del cual son mujeres. Las tasas de pobreza son del 51% entre la población rural y del 41,2% entre la población urbana; las tasas de pobreza extrema son del 15,6% entre la población rural y del 9,6% entre la población urbana. No hay medidas especiales previstas para mejorar la situación de las mujeres que viven en las zonas rurales, aunque el marco integral de desarrollo del país formulado por el Gobierno para el período que se extiende hasta 2010 prevé una serie de medidas para descentralizar las funciones gubernamentales y mejorar el desarrollo social de las zonas rurales, así como la infraestructura física y el crecimiento económico.

Los estereotipos de género están profundamente arraigados y perduran sobre todo en el ámbito familiar. En 2002, se registraron 3.297 delitos contra la mujer, aunque las cifras relativas a la violencia doméstica distan mucho de reflejar la realidad, debido fundamentalmente a que numerosas mujeres víctimas de esa violencia no informan a las fuerzas del orden de su situación. Los centros de crisis declararon tratar entre 5.000 y 6.000 mujeres al año, la mitad de las cuales eran víctimas de la violencia doméstica. Las fuerzas del orden investigan todos los casos de robo de la novia y poligamia denunciados. Así, hubo procesos penales por bigamia, por entablar relaciones maritales de hecho con personas que no tenían la edad mínima para contraer matrimonio y por matrimonio forzado. En 2001 y 2002, se llevó a cabo una campaña regional patrocinada por el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM), cuyo lema era “Una vida sin violencia es nuestro derecho”, y el Consejo Nacional sobre asuntos de la mujer, la familia y el desarrollo de la perspectiva de género organizó un programa de entrevistas en televisión que coincidió con la campaña mundial “Diez y seis días de activismo contra la violencia doméstica”. En colaboración con el UNIFEM, el Consejo Nacional llevó a cabo un proyecto titulado “En la senda de la no violencia”, en el que participaron representantes de los medios de comunicación.

La trata de mujeres y niños constituye una amenaza cada vez mayor. Un decreto presidencial de 21 de abril de 2002 aprobó un programa de medidas para combatir la exportación ilegal de personas y la trata de éstas. En abril de 2003, se aprobó una ley destinada a ratificar el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, y el Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire, así como para firmar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias.

En agosto de 2003, la ley que enmendaba y complementaba ciertos actos legislativos aumentó hasta 20 años de prisión las penas previstas para la trata de personas. Del 2 al 4 de diciembre de 2003, se celebró en Bishkek una conferencia regional sobre la lucha contra esa trata, con la asistencia de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). A ella asistieron representantes de todos los países de Asia central, de la Federación de Rusia y de Ucrania. Si bien Kirguistán ha realizado progresos en la aplicación de la Convención, aún le queda mucho por hacer. Entre los obstáculos que impiden la igualdad, cabe citar los crecientes niveles de pobreza y desempleo, el bajo nivel de asistencia social, la escasa participación en la adopción de decisiones, la deficiente situación de la salud de la mujer y el bajo nivel de sensibilización sobre los derechos de la mujer. La legislación también es susceptible de mejora.

La Sra. Gaspard considera positiva la introducción de una nueva legislación para promover la igualdad entre los géneros, aunque hay que examinar las repercusiones de todos los actos legislativos. Se pregunta si el público es consciente de la nueva legislación, especialmente la Ley sobre la protección social y jurídica contra la violencia familiar, propuesta por iniciativa popular. Para ofrecer un panorama más claro de la discriminación existente, por ejemplo en el empleo y los sueldos, en el próximo informe periódico se han de facilitar datos desglosados por sexo.

Pregunta si son obligatorias las cuotas que limitan a un máximo del 70% de representantes de cada sexo los nombramientos en el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo, la Comisión Central para celebrar elecciones y referendos y la Cámara de Contabilidad, o si se trata más bien de incentivos. Por último, el próximo informe periódico debe indicar el porcentaje de hombres y mujeres en cada uno de los órganos estatales a que se refiere la legislación sobre garantías estatales para asegurar la igualdad entre los sexos.

La Sra. Shin pregunta cuánta publicidad ha dado el Gobierno a su ratificación de unos 30 convenios de derechos humanos, en particular la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y su Protocolo Facultativo, así como las observaciones finales del Comité sobre el informe inicial de Kirguistán. Puesto que la representación de la mujer en la vida política parece insuficiente, se pregunta si el Gobierno contempla el recurso a medidas especiales transitorias en forma de cuotas para los cargos electos, no meramente los nombramientos incluidos en la cuota del 70% a que se refirió la Sra. Gaspard. La existencia de una legislación para combatir la violencia doméstica es un hecho positivo, pero desea saber cómo se sanciona a los infractores. De igual modo, se pregunta qué condenas resultaron de las investigaciones del robo de la novia, que en cualquier caso es un término inadecuado puesto que entraña de hecho el secuestro y la esclavitud.

La Sra. Morvai, refiriéndose al plan de aplicación del programa nacional “Derechos humanos” para el período 2002-2010, que prevé el establecimiento de una cooperación internacional para combatir la trata de mujeres y niños, dice que el Gobierno de Kirguistán debe ser encomiado por situar ese fenómeno en el contexto más general de la explotación sexual y por reconocer el vínculo existente entre trata y pornografía, prostitución y turismo sexual. Debe procurar que la cooperación regional en ese ámbito se base en los mismos principios, puesto que su planteamiento merece ser emulado por otros países. Por último, debe tratar de hallar donantes que compartan esos valores. Por ejemplo, puede ponerse en contacto con el Organismo Sueco de Desarrollo Internacional, dado que el Gobierno de Suecia ha realizado una labor precursora en la lucha contra la trata de personas.

La Sra. Tavares da Silva pregunta si las organizaciones no gubernamentales han participado en la preparación del segundo informe periódico, tal como recomendó el Comité en sus conclusiones finales relativas al informe inicial (CEDAW/C/KGZ/1); si las recomendaciones y observaciones finales han sido objeto de una amplia difusión; si se ha establecido algún mecanismo de seguimiento; y si el Consejo Nacional sobre asuntos de la mujer, la familia y el desarrollo de la perspectiva de género supervisa la observancia de otros instrumentos internacionales sobre los derechos de la mujer distintos de la Convención.

Expresa inquietud ante la cita de una Ley sobre la protección de los derechos de los menores en la sección del segundo informe periódico que aborda la definición de discriminación contra la mujer. Como se reconoce en el propio informe, la neutralidad de la legislación en materia de género sitúa de hecho a la mujer en una posición de desventaja. En ese sentido, será de utilidad saber si se ha llevado a cabo un análisis de género de la legislación vigente en el país y por qué no se ha hecho uso de medidas especiales transitorias que contrarresten esa desventaja.

Observando con satisfacción la aprobación, el 12 de marzo de 2003, de la Ley relativa a las bases de las garantías estatales para asegurar la igualdad entre los sexos, pregunta cuál ha sido la reacción a ella y si ha arrojado algún resultado positivo. Algunas fuentes independientes hacen referencia a una reafirmación de las actitudes tradicionales con respecto a la mujer de Kirguistán, como demuestra la incidencia de la poligamia, el robo de la novia y el matrimonio forzado a una edad temprana. Indica que, si bien las medidas legislativas para combatir esos fenómenos son positivas, también es necesario cambiar las percepciones públicas.

La Sra. Kangeldieva (Kirguistán) dice que cierta proporción de la población está muy familiarizada con la legislación relativa a la protección social y jurídica frente a la violencia familiar, dado que fue aprobada sobre la base de una iniciativa popular. Las organizaciones no gubernamentales han contribuido sobremanera a la campaña en favor de la legislación y, a raíz de su aprobación en marzo de 2003, la secretaría del Consejo Nacional sobre asuntos de la mujer, la familia y el desarrollo de la perspectiva de género colaboró con representantes de todos los niveles de la administración local para sensibilizar al público acerca de sus disposiciones, así como con los organismos encargados de hacer cumplir la ley.

La posibilidad de introducir cuotas de género es objeto de un debate en la actualidad. La opinión pública está dividida al respecto y algunas mujeres temen ser estigmatizadas. Cabe atribuir su oposición a la experiencia adquirida durante los 70 años de gobierno comunista. Bajo el régimen soviético, el 30% de los cargos decisorios, estaba reservado a las mujeres, aunque éstas consideraban dichas cuotas algo fundamentalmente simbólico.

Aunque actualmente no hay cuotas de género, la legislación sobre las bases de las garantías estatales para asegurar la igualdad entre los sexos estipula que el Zhogorku Kenesh puede recomendar un máximo del 70% de personas del mismo sexo para su nombramiento como jueces del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, como funcionarios de la Comisión Central para celebrar elecciones y referendos y como auditores de la Cámara de Contabilidad. Asimismo, se promulgó un decreto presidencial sobre la mejora ulterior del marco político para reclutar a mujeres dirigentes en la administración estatal de la República Kirguisa. De conformidad con el decreto, varias mujeres fueron nombradas para ocupar cargos en la administración local. En la actualidad, hay gobernadoras adjuntas en seis de las siete regiones del país y una gobernadora.

A raíz del examen del informe inicial de Kirguistán, el mecanismo nacional entonces existente para el adelanto de la mujer, el Comité Estatal de la familia, la mujer y la juventud, organizó una serie de mesas redondas y seminarios para aumentar la sensibilización sobre las recomendaciones y observaciones finales del Comité, que se publicaron en los medios de comunicación, mientras que el Presidente del Comité Estatal compareció en la televisión nacional en numerosas ocasiones. Asimismo, se elaboró un plan para aplicar las recomendaciones.

En 1998, se procedió a un análisis de género de las ocho leyes. Sin embargo, sólo se tomó nota de 2 de las 84 recomendaciones formuladas, muy probablemente porque el análisis de género de la legislación no es un requisito jurídico. En consecuencia, el Consejo Nacional recomendó que el Gobierno y el Zhogorku Kenesh modificaran sus reglamentos para hacer obligatorio el análisis de género de los proyectos de ley iniciados por el Ejecutivo y los debatidos en el Parlamento. Recomendó asimismo la creación de un mecanismo de interacción con el Ombudsman de la República Kirguisa con miras a la realización de análisis de género de la legislación vigente. En ese sentido, observa que las recomendaciones del Consejo Nacional tienen rango de directrices. La secretaría del Consejo ya ha establecido una comisión de análisis de género, que analiza en la actualidad los proyectos y programas del Gobierno.

El Sr. Baialinov (Kirguistán) dice que las medidas para combatir la violencia doméstica van desde las órdenes de protección, que constituyen una medida preventiva, hasta el procesamiento penal del responsable, que puede ser enjuiciado por diversos delitos. Los datos relativos a la poligamia y el robo de la novia en el segundo informe periódico hacen referencia a casos que han sido vistos ante un tribunal. Lamentablemente, esos casos no representan sino la punta del iceberg, toda vez que las infracciones no se suelen denunciar a las autoridades encargadas del cumplimiento de la ley. Asimismo, la Constitución de Kirguistán no permite ninguna injerencia directa del Estado en la vida privada de los ciudadanos. Esa disposición constituye un obstáculo a los intentos de combatir dichos fenómenos.

Acoge favorablemente las sugerencias del Comité relativas a la ampliación de la cooperación regional para combatir la trata de mujeres y niños. Su Gobierno ya está trabajando en pos de ese objetivo. Por iniciativa suya, en septiembre de 2003 se celebró en Bishkek una reunión del Consejo de Coordinación de las Fiscalías Generales de los Países de la Comunidad de Estados Independientes. Los participantes acordaron aunar sus esfuerzos para combatir con mayor eficacia la trata de personas y la migración ilegal. En la actualidad, se está preparando un proyecto de convenio para reprimir la trata de personas con miras a su firma por el Consejo de Jefes de Estado de la Comunidad de Estados Independientes.

La Sra. Schöpp-Schilling dice que, si bien la prohibición constitucional de que el Estado se inmiscuya en las cuestiones privadas y familiares es encomiable, no cabe inferir que esta disposición permite la discriminación contra la mujer. El Gobierno debe seguir reflexionando al respecto. Expresa su satisfacción por el hecho de que el artículo 6 de la nueva ley sobre las bases de las garantías estatales para asegurar la igualdad entre los sexos prohíbe la discriminación tanto directa como indirecta. Sin embargo, la prohibición no tiene ningún sentido si no incluye una definición de discriminación indirecta. También le preocupa que, aunque el artículo 6 estipula que las medidas especiales transitorias no son discriminatorias, el Gobierno no se haya válido de esa disposición para introducir dichas medidas.

Observa, en ese sentido, que las mujeres se ven afectadas de una manera desproporcionada por el desempleo. Por consiguiente, el Gobierno debe velar por que reciban una mayor parte de los recursos dedicados a la reeducación profesional y la creación de empresas. Habida cuenta del gran número de mujeres desempleadas, es sorprendente que sólo 1 de cada 10 reciba prestaciones por ese concepto. Pregunta por qué las mujeres no parecen valerse de las oportunidades que les brinda la ley sobre la base de las garantías estatales para asegurar la igualdad entre los sexos a fin de interponer recursos jurídicos cuando sus derechos sean conculcados.

Será conveniente dilucidar si las mujeres son conscientes de la existencia de dichos recursos, si tienen derecho a asistencia letrada y si las organizaciones no gubernamentales pueden presentar querellas en su nombre. Por último, expresa su preocupación por el hecho de que, mientras el artículo 8 de la legislación describe ciertas tradiciones y normas del derecho consuetudinario y jurisprudencial como obstáculos al logro de la igualdad de género, no especifica claramente su carácter discriminatorio.

La Sra. Gabr dice que, si bien el Estado parte se está dotando de una legislación para proteger los derechos de la mujer, no parece que esa legislación se esté utilizando debidamente, quizá debido a que las mujeres no son conscientes de su existencia. Expresa su preocupación por el hecho de que los medios de comunicación, en particular un canal de televisión estatal, estén perpetuando los estereotipos femeninos y pregunta qué medidas pretende adoptar el Gobierno para corregir esa tendencia. Toma nota de la presencia de ideas extremistas en determinados sectores de la sociedad kirguisa e insta al Gobierno a colaborar con los imanes y las universidades islámicas para que la doctrina islámica se interprete de una manera tal que potencie el papel de la mujer y le permita desempeñar el papel que le corresponde en la sociedad.

La Sra. Khan dice que las prácticas tradicionales tales como el robo de la novia y la poligamia no pueden considerarse parte de la cultura. Ambas son actos delictivos. El robo de la novia, que se lleva a cabo por medio del secuestro y la violación, constituye una conculcación de los derechos de la mujer con arreglo al artículo 6 de la Convención, mientras que la poligamia contraviene la igualdad de derechos de la mujer para contraer matrimonio. El Estado parte debe tratar de abordar esas cuestiones en todos los informes futuros con arreglo a los artículos pertinentes.

La Sra. Saiga, observando que la legislación sobre las bases de las garantías estatales para asegurar la igualdad entre los sexos prevé el establecimiento progresivo de unas relaciones democráticas entre el hombre y la mujer sobre la base de las tradiciones nacionales, pregunta cuáles son esas tradiciones. Dado que la legislación incluye una amplia variedad de sectores, en particular las relaciones económicas y sociales, y prevé sanciones contra las empresas, instituciones y organizaciones que la contravengan, no está claro por qué el Gobierno se empeña en que los partidos políticos, como entidades independientes, no puedan estar sujetos a cuotas para aumentar la representación de la mujer.

La Sra. Kangeldieva (Kirguistán) dice que la nueva legislación sobre igualdad entre los sexos incluye la discriminación basada en el género tanto de carácter directo como indirecto, definida como una discriminación que no especifica directamente el género. Las organizaciones no gubernamentales están cooperando estrechamente con el sistema gubernamental de protección de los derechos de la mujer, entre otras cosas mediante análisis de género de la legislación, informes, mesas redondas y seminarios. En numerosos casos, las propias organizaciones no gubernamentales están poniendo en práctica las medidas enunciadas en el plan nacional de acción para el adelanto de la mujer. Llama la atención sobre el informe alternativo al segundo informe periódico de la República Kirguisa, que describe las numerosas maneras en que su Gobierno y las organizaciones no gubernamentales están colaborando estrechamente con miras a la igualdad entre los géneros.

La Sra. Kudaiberdieva (Kirguistán) dice que se retransmitieron de hecho tres programas de orientación religiosa en la televisión estatal que planteaban la cuestión de la reaparición del patriarcado y el papel auxiliar de la mujer en la familia. Sin embargo, su Gobierno está cooperando actualmente con los principales dirigentes musulmanes de Kirguistán para llevar a cabo campañas que sensibilicen a la población sobre la salud reproductiva y la planificación familiar. También ha establecido programas de capacitación para los clérigos a fin de divulgar información en sus sermones sobre la salud reproductiva y la planificación familiar de conformidad con la doctrina islámica. En ese sentido, destaca un programa emprendido conjuntamente con las autoridades religiosas de Kirguistán para luchar contra el VIH/SIDA.

La Sra. Alysheva (Kirguistán) dice que el período comprendido entre 1999 y 2002 fue testigo de una expansión anual de los programas de educación, formación y desarrollo profesionales patrocinados por el Estado, en que aproximadamente la mitad de los participantes fueron mujeres. En el marco de su estrategia general para combatir la pobreza, su Gobierno alentó especialmente el crecimiento de las pequeñas empresas independientes mediante la ampliación del microcrédito, más de la mitad del cual se destina a las mujeres, que también están aumentando firmemente su proporción de año en año. Junto con numerosas organizaciones internacionales, su Gobierno también organizó una gran variedad de obras públicas para proporcionar trabajo temporal a los desempleados, una tercera parte de cuyos participantes eran mujeres. Por último, la legislación nacional prevé diversos derechos, en particular una prestación mensual global para las familias desfavorecidas y una prestación social mensual.

La Sra. Kourbanova (Kirguistán) dice que el Gobierno del país, en particular el Ministerio de Educación y Cultura, está colaborando con las organizaciones no gubernamentales, en particular la suya: la Asociación del Diamante, en la difícil tarea de superar los estereotipos de género, que requiere esfuerzos sostenidos a largo plazo. Destaca un estudio realizado conjuntamente por el Consejo Nacional sobre asuntos de la mujer, la familia y el desarrollo de la perspectiva de género y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) sobre las dificultades que el Ministerio afronta en la aplicación del Plan de Acción Nacional en pro del logro de la igualdad entre los géneros y para eliminar los estereotipos de género en el sistema de enseñanza.

Las organizaciones no gubernamentales han capacitado a profesores, padres y estudiantes en la capital, Bishkek, y las regiones circundantes en materia de salud reproductiva y cuestiones de la mujer, haciendo especial hincapié en los negativos efectos de algunas tradiciones y costumbres sobre los derechos de la mujer. Con respecto a la legislación relativa a la igualdad entre los géneros y el respeto de las tradiciones nacionales, destaca que la Constitución de la República Kirguisa garantiza la protección de esas tradiciones en la medida en que no violen los derechos humanos. La legislación también hace alusión a las costumbres que contravienen la igualdad entre los géneros y pueden ser causa de discriminación. Además, la legislación relativa a la protección social y jurídica frente a la violencia familiar también ofrece protección contra las tradiciones y prácticas culturales que pueden ser perniciosas para las relaciones familiares.

El Sr. Baialinov (Kirguistán) dice que las organizaciones no gubernamentales tienen efectivamente la oportunidad de interponer querellas por discriminación de género ante los tribunales del país, aunque tales casos son aislados. Cita a modo de ejemplo las medidas jurídicas adoptadas por la organización de derechos humanos Freedom House en nombre de las mujeres que fueron supuestamente internadas sin razón en instituciones psiquiátricas. Recordando que Kirguistán es parte en la Convención, dice, con respecto a la poligamia que su Gobierno invalidó una decisión adoptada por un comité de redacción del Código Penal, integrado por numerosas mujeres, que excluye la poligamia de los delitos punibles conforme al derecho. No obstante, reconoce que, al igual que en numerosos países, en particular los Estados Unidos, la poligamia sigue planteando un problema. Con respecto al controvertido tema del robo de la novia, dice que esa costumbre secular se ha convertido en una mera representación, un ritual que implica el consentimiento mutuo de ambas partes. Es posible que no esté en consonancia con los tiempos modernos, pero no tiene ningún sentido tipificar como delito esa práctica.

La Sra. Popescu Sandru dice que, como ciudadana de un antiguo país socialista, entiende por qué la gente de esos países, en particular las mujeres, pueden ser renuentes a aceptar cualquier plan que garantice la promoción social únicamente sobre la base de cuotas en lugar del mérito. Sin embargo, alienta a la delegación de Kirguistán a que siga tratando de aplicar su sistema de cuotas, de conformidad con el artículo 7 de la Convención, con objeto de promover una mayor participación de la mujer en la vida pública. Pregunta si existen seminarios y programas de formación para fomentar la capacidad de las mujeres interesadas en ocupar cargos políticos. Se acogerá favorablemente más información sobre el grado de cooperación entre las organizaciones de mujeres de los partidos políticos y las organizaciones no gubernamentales y las asociaciones de mujeres para crear conciencia y aumentar las posibilidades de las candidatas. Por último, se pregunta hasta qué punto los medios de comunicación se hacen eco de las actividades de las mujeres dirigentes que tienen éxito.

El Sr. Flinterman dice que es una lástima que no se haga referencia en la lista de cuestiones y respuestas a las preguntas relativas a la recomendación general No. 23 sobre el papel de las tradiciones culturales y las creencias religiosas, que suelen confinar a las mujeres a los ámbitos privados de actividad y excluir su participación activa en la vida pública. A juzgar por lo que escuchó durante la reunión, Kirguistán no constituye una excepción a esa regla. Observa que no se ha previsto ninguna disposición en la nueva legislación electoral con objeto de reservar puestos para las mujeres y se pregunta por qué el Gobierno no ha tomado ninguna medida para identificar y aplicar medidas especiales transitorias a fin de asegurar una representación equitativa en el Gobierno.

Observa una contradicción entre la Constitución de Kirguistán, que prohíbe justificadamente la injerencia estatal en las actividades de los partidos políticos, y la observación hecha en el informe principal y la declaración introductoria de la delegación en el sentido de que, en primer lugar, debido a que el sistema de partidos se halla en fase de formación, los partidos no pueden utilizarse con miras al adelanto de la mujer y, en segundo lugar, las mujeres son aún percibidas como objetos cuyas vidas han de ser mejoradas desde fuera y no mediante sus propias iniciativas civiles. Se pregunta si el Gobierno de Kirguistán estará dispuesto a cumplir con la recomendación general No. 23, que insta a los Estados a aprobar medidas efectivas para superar los obstáculos que impiden la plena participación de la mujer en la vida política. Finalmente, le sorprende descubrir, en el párrafo 20 de las respuestas de la delegación a la lista de cuestiones y preguntas que, las mujeres aspirantes a ocupar el cargo de juez están obligadas a aprobar un examen de aptitud en las mismas condiciones que los hombres. Habida cuenta de la crucial función de las mujeres jueces con miras a la igualdad entre los sexos, pide que se aclare en mayor medida la decreciente presencia de la mujer en la judicatura y la razón de que las mujeres salgan peor paradas que los hombres en dichos exámenes.

La Sra. Šimonović encomia al Gobierno de Kirguistán por aprobar una nueva ley sobre la igualdad entre los sexos, que espera subsane el bajo nivel de participación de la mujer en la administración estatal y de su representación en cargos diplomáticos. Se agradecerá recabar más información sobre las medidas temporales concretas que se hayan adoptado para asegurar la igualdad entre los sexos en la vida política.

La Sra. Kangeldieva (Kirguistán) dice que, en relación con el incremento de la participación de la mujer en la vida pública, su Gobierno tomó parte en una conferencia internacional patrocinada por la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y la Fundación Konrad Adenauer sobre la igualdad entre los sexos en Asia central. Con la asistencia del PNUD y de otras organizaciones internacionales, el Consejo Nacional sobre asuntos de la mujer está organizando seminarios de capacitación y mesas redondas con las autoridades federales y locales con el fin de aumentar la participación en la adopción de decisiones, elaborar indicadores de género, fomentar la creación de capacidad y mejorar tanto la condición de la mujer como la concienciación sobre las cuestiones de la mujer. El Consejo viajó a diversas regiones para crear organizaciones regionales de mujeres e implicar en mayor medida a la mujer en el diálogo y la adopción de decisiones. En 2003 se convocó por primera vez un congreso que reunió a los consejos regionales con el fin de sentar las bases de la labor futura. El Consejo también organizó un foro sobre la promoción de las oportunidades de la mujer en los negocios y la actividad empresarial, patrocinado por el UNIFEM y la OSCE.

Su Gobierno también colabora activamente con los medios de comunicación para crear conciencia sobre el adelanto de la mujer por medio de seminarios y diversos concursos y galardones que premian los mejores artículos relativos a los derechos de la mujer y los casos de éxito. Tanto los canales estatales de televisión como los privados emiten programas que abordan concretamente las cuestiones de la mujer. En general, los medios de comunicación han respondido positivamente a la necesidad de mejorar la condición de la mujer e implicarla más activamente en la adopción de decisiones. En relación con la representación de la mujer en el Gobierno y en las misiones diplomáticas, aunque su número es reducido (sólo el 10% de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores son mujeres), dos mujeres ocupan cargos diplomáticos de alto nivel en las embajadas de Suiza y Turquía. Las mujeres también son representantes de alto nivel de la República Kirguisa en el seno de las Naciones Unidas. Aunque es mucho lo que queda por hacer para potenciar la función de la mujer en la adopción de decisiones, confía en que la política de su Gobierno, de la que forman parte integrante las cuestiones de género, contribuya al logro de la igualdad entre los sexos en ese ámbito.

El Sr. Baialinov (Kirguistán) dice que las cuestiones del examen de aptitud para ocupar el cargo de juez se publican al menos con un mes de antelación al examen propiamente dicho y no están sesgadas para favorecer a un sexo en detrimento del otro. Exámenes subsiguientes siguen pautas diferentes. Con respecto a si su Gobierno prevé poner en práctica las recomendaciones del Comité relativas a las medidas especiales transitorias, considera que ya ha demostrado su voluntad de promover la igualdad entre los sexos mediante la incorporación de tales medidas en la legislación.

La Sra. Kangeldieva (Kirguistán) dice que, pese a las reservas formuladas por algunas personas a las cuotas que mencionó anteriormente, su Gobierno pondrá activamente en práctica la recomendación del Comité de modificar su legislación electoral, en particular la inclusión de cuotas relativas a la participación de la mujer en las elecciones.

El Sr. Belmihoub-Zerdani, refiriéndose al párrafo 1 del artículo 4 de la Convención, insta encarecidamente al Estado parte a que adopte las medidas adecuadas para potenciar la condición de la mujer. La delegación debe indicar los progresos que se han realizado con respecto al programa de ajuste estructural y la deuda externa del país, dado que esos factores inciden considerablemente en la situación de la mujer. Se pregunta si los nombramientos por decreto aseguran una representación equitativa de todos los grupos étnicos del país en la administración pública y en otros ámbitos; si el Estado concede subvenciones a los partidos políticos, especialmente a aquéllos con mayor número de mujeres entre sus miembros; y si los cinco partidos políticos liderados por mujeres gozan de un trato especial.

La Sra. Kapalata acoge con satisfacción la significativa interacción entre el Gobierno y las organizaciones no gubernamentales, que desempeñan un papel muy importante en el adelanto y la protección de los derechos de la mujer en la República Kirguisa. Es de lamentar, no obstante, que se hayan realizado progresos muy limitados con respecto a la aplicación de los artículos 7 y 8 de la Convención. Es inaceptable que Kirguistán, que ratificó la Convención, sólo tenga una mujer embajadora y una cónsul general. En ese sentido, solicita información sobre las medidas que está adoptando el Gobierno para potenciar la participación de la mujer en el cuerpo diplomático. Espera que, en su próximo informe, la delegación facilite más información sobre las medidas concretas que está adoptando el Gobierno para potenciar la participación de la mujer en el cuerpo diplomático.

La Sra. Patten dice estar sumamente preocupada por la decreciente participación de la mujer en la vida política y pública. El decreto presidencial de agosto de 2002, que fue aprobado con el claro propósito de ofrecer garantías para la representación de la mujer en los niveles superiores de la adopción de decisiones, deniega flagrantemente a la mujer su acceso a puestos superiores, dado que limita su participación a puestos delegados. Esa restricción es discriminatoria y contraviene el artículo 7. La delegación debe aclarar su respuesta a la pregunta 18 de la lista de cuestiones en relación con la introducción de cuotas de género y explicar el significado de “círculos científicos”. También debe indicar las medidas que está adoptando el Gobierno con objeto de eliminar los negativos estereotipos de carácter tradicional, social y cultural, que impiden la participación de la mujer en la vida social en todas las instancias de la adopción de decisiones, y explicar la estrategia de Kirguistán para crear un entorno favorable.

La Sra. Morvai, en relación con el artículo 9 de la Convención, se pregunta si las mujeres tienen los mismos derechos que los hombres para transmitir la nacionalidad a sus hijos o cónyuges. Apreciará que se facilite más información sobre la nueva Ley relativa a las garantías estatalespara asegurar la igualdad entre los sexos. En ese sentido, se pregunta si se ha hecho referencia a la Convención en alguna causa judicial y si se está impartiendo algún tipo de formación permanente a los miembros de la judicatura y la comunidad responsable de la aplicación de la Ley sobre la Convención y el Protocolo facultativo.

La Sra. Kangeldieva (Kirguistán) observa que, debido a la ingente deuda externa, el Gobierno tiene dificultades para asignar créditos presupuestarios a la política de género. De hecho, uno de los principales impedimentos a la igualdad entre los sexos lo constituyen las restricciones presupuestarias. En lo referente a las minorías étnicas, todos son iguales con arreglo a la Constitución. Aunque se tiene en cuenta la representación de los grupos étnicos en las instancias de adopción de decisiones, aún queda mucho por hacer con respecto a la representación de la mujer y los derechos de las mujeres pertenecientes a minorías étnicas. El Gobierno no concede subvenciones o donaciones a los partidos políticos.

La Sra. Kudaiberdieva, en respuesta a la cuestión sobre la colaboración del Gobierno con los medios de comunicación, dice que el Consejo Nacional está trabajando en un proyecto de ley relativo a la violencia contra la mujer, que incluye una disposición sobre la educación pertinente de los medios de comunicación. En junio de 2003, se organizó un seminario de tres días de duración sobre los aspectos de género de las cuestiones políticas, que contó con la asistencia de 75 representantes de los medios de comunicación. El aspecto más importante del Plan Nacional de Acción en pro del logro de la igualdad entre los géneros es educar a los medios de comunicación sobre las cuestiones de género, y se ha llevado a cabo una campaña de educación destinada a los cabezas de familia. Además, se han previsto reuniones con los medios de comunicación para formular una estrategia de género.

La Sra. Kangeldieva, refiriéndose a la cuestión de la representación de la mujer en el cuerpo diplomático, observa que, a raíz de la independencia, la mayor parte de los diplomáticos procedían de la ex Unión Soviética; los cargos superiores estaban ocupados mayoritariamente por hombres. En la actualidad, el Consulado General de Kirguistán en Estambul está encabezado por una mujer. Tras la independencia, Kirguistán comenzó a formar a su propio personal diplomático, mujeres incluidas, y ha inaugurado una escuela diplomática que espera sea de utilidad para fomentar la representación de la mujer en el cuerpo diplomático.

El Sr. Baialinov (Kirguistán), en respuesta a una serie de preguntas sobre la nacionalidad, reconoce que existe un desequilibrio en la ley correspondiente respecto del sexo de los progenitores y su derecho jurídico a transmitir la nacionalidad a sus hijos. En relación con el Código de Trabajo, observa que el derecho internacional, incluida la Convención, forma parte de la legislación nacional de Kirguistán. Cuando el derecho nacional entra en conflicto con el derecho internacional, éste tiene prioridad. Con respecto al sistema judicial, se está impartiendo capacitación a los jueces y al personal responsable de hacer cumplir la ley con la ayuda de organizaciones internacionales y gobiernos, en particular los Estados Unidos de América. Es consciente de los conflictos entre el derecho interno y la legislación internacional, especialmente en lo que respecta al derecho a la nacionalidad. En ese sentido, la jurisprudencia y la prioridad no están reconocidas en Kirguistán.

La Sra. Kudaiberdieva (Kirguistán) dice que Kirguistán se adhirió al Protocolo Facultativo de la Convención en 2002 y el Consejo Nacional convocó una mesa redonda para dar publicidad al evento, así como a la Convención. El Gobierno ha de esforzarse más por divulgar esos dos instrumentos jurídicos en el futuro.

El Sr. Baialinov (Kirguistán), en respuesta a la cuestión relativa a las medidas gubernamentales para poner fin a las prácticas tradicionales perjudiciales, señala que, con arreglo a la Constitución, el Estado apoya las prácticas tradicionales que no son perjudiciales. No obstante, si tales prácticas son contrarias a los derechos humanos y las libertades y entran en conflicto con el planteamiento basado en el género, entonces no recibirán el apoyo del Estado.

Artículos 10 a 14

La Sra. Manalo, en referencia a la declaración formulada por la delegación en el sentido de que el aborto es legal en determinadas circunstancias, pregunta si se sigue utilizando como medio de planificación familiar y si se han adoptado algunas medidas concretas para desalentar esa práctica entre las mujeres. En ese sentido, acogerá con agrado estadísticas que muestren ese cambio de tendencia. En relación con el vertido de cianuro que se produjo en una de las regiones de Kirguistán, se pregunta qué medidas definitivas han adoptado las autoridades para prevenir vertidos similares, que afectan adversamente a la salud de la mujer y al medio ambiente. La delegación debe indicar qué medidas concretas se han adoptado para facilitar unas indemnizaciones justas por los perjuicios causados a la salud de las personas y al medio ambiente.

En relación con el empleo, observa dos casos en que las instituciones financieras internacionales han tratado de privatizar el sector de la salud. En lugar de crear nuevas oportunidades de empleo, esas privatizaciones se han traducido en despidos masivos de médicos, en su mayor parte mujeres, y de personal médico técnico. ¿Cómo ha ayudado el Gobierno a esas personas, especialmente a las mujeres, para hacer frente a los efectos adversos iniciales de la privatización y se ha señalado la situación a la atención de las autoridades competentes de las Naciones Unidas, especialmente el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la salud? La delegación debe explicar qué medidas paliativas han puesto en vigor las autoridades a ese respecto.

Destacando la necesidad de que las mujeres rurales reciban el mismo trato en la reforma agraria, observa que una nueva ley aprobada en Kirguistán en 2001 permite al propietario de una parcela de tierra venderla únicamente en su integridad con un certificado de propiedad. Dado que sólo los maridos suelen estar en posesión de dichos certificados, una mujer que se haya separado de su marido no puede vender o intercambiar su parcela de terreno o una parte de ella. Eso es discriminatorio contra la mujer, así como el hecho de que sólo un heredero pueda heredar la tierra. Además, dada la posibilidad de que una mujer separada de su marido se vea obligada a pagar impuestos por la parte que le corresponde de la parcela, a menudo se convierte en indigente y económicamente dependiente. El Comité quisiera saber cómo va a resolver el Gobierno esta penosa situación de las mujeres de Kirguistán.

La Sra. Achmad expresa una grave preocupación por la persistencia de los estereotipos en la educación y los medios de comunicación. Según el informe, los estereotipos en la educación se traducen asimismo en un trato sexista de la mujer en el ámbito del empleo. En ese sentido, se pregunta en qué medida un estudio emprendido por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) refleja la función de las instituciones de enseñanza superior para eliminar las actitudes sexistas. A menos que se lleven a cabo estudios para identificar claramente la causas de los estereotipos, no será posible formular una estrategia válida para eliminarlos. ¿Asigna el Gobierno importancia a los estudios e investigaciones sobre las causas de las actitudes sexistas? Observando que el 80% de los medios de comunicación eran propiedad del sector privado, solicita más información sobre cualquier estrategia formulada con objeto de potenciar la función de los medios de comunicación en la supervisión de los progresos logrados, así como los obstáculos encontrados en la eliminación de los estereotipos.

La Sra. Schöpp-Schilling desea saber hasta qué punto se tiene en cuenta la dimensión de la salud en los intentos de elaborar indicadores de género con miras a la violencia doméstica. Si bien acoge favorablemente la positiva respuesta del Estado parte a la enmienda del artículo 21, eso no es suficiente. El Gobierno debe ratificar la enmienda, toda vez que su entrada en vigor requiere la ratificación de dos tercios de los Estados partes. Además, se muestra profundamente preocupada por la repercusión de la reforma del sector de la salud y se pregunta si el Gobierno del país se percata de que se ha plasmado en una grave discriminación indirecta contra la mujer, en calidad tanto de proveedora como de beneficiaria de la atención de la salud. Efectivamente, el 70% del personal médico del país está integrado por mujeres, que han perdido ahora sus puestos de trabajo, y hay casi un 10% más de mujeres que hombres en el país, por lo que la mujer sufre más los efectos adversos de la reforma que el hombre. Desea saber qué medidas está adoptando el Gobierno para la reinserción del personal médico despedido. Por último, expresa su conmoción por el hecho de que haya un mayor número de niñas con peso inferior al normal que de niños, lo que es un nuevo exponente de la inferior condición de la niña.

La Sra. Patten encomia al Gobierno por reconocer que una acertada transición a una economía de mercado depende de las reformas del sector agrícola y por promulgar sin dilación la Ley sobre la ordenación de tierras agrícolas. Una amplia sección de la población, mujeres incluidas, se ha beneficiado efectivamente de la propiedad de la tierra. Sin embargo, desde su promulgación en 2001, se ha hecho rápidamente patente que la Ley no ha tomado claramente en consideración la dimensión de género y las repercusiones de su aplicación. Incluye varias disposiciones que impiden a las mujeres un disfrute equitativo de su derechos sobre la tierra. La práctica actual de enajenación de la tierra contribuye a las prácticas tradicionales discriminatorias y afecta adversamente a la situación económica de la mujer. Desea que se le informe sobre la estrategia gubernamental al respecto y sobre los planes para revisar y modificar la Ley en un futuro inmediato a fin de eliminar esas disposiciones discriminatorias.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.