34º período de sesiones

Acta resumida de la 710ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el martes 24 de enero de 2006, a las 15.00 horas

Presidenta:Sra. Manalo

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos inicial, segundo y tercero combinados de Eritrea (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continu a ción)

Informes periódicos inicial, segundo y tercero combinados de Eritrea (continuación) (CEDAW/C/ERI/1-2, CEDAW/C/ERI/1-3/Corr.1, CEDAW/C/ERI/Q/1-3 y Add.1)

1.Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Eritrea toman asiento a la mesa del Comité.

Artículos 7 y 8 (continuación)

2.La Sra. Belmihoub-Zerdani dice que le complace ver que el 30% de los escaños de las asambleas regionales está reservado para las mujeres, ya que el aumento del número de mujeres que ocupan cargos de autoridad contribuirá en medida considerable a la eliminación de los estereotipos. Las mujeres parlamentarias pueden servir particularmente bien como ejemplos para todas las mujeres de Eritrea y pueden influir de manera decisiva en la aprobación de disposiciones legislativas que garanticen los derechos de la mujer a la educación, al empleo y a la tenencia de la tierra, así como sus derechos en otras materias.

3.La Sra. Arocha Domínguez toma nota de las respuestas escritas relativas al artículo 7 (pág. 9), pero solicita más información sobre la representación de las mujeres en los niveles superiores de la administración y del Gobierno, incluidos la oficina política del partido gobernante, el servicio exterior y la administración local, donde se adoptan numerosas decisiones que afectan significativamente a las mujeres y donde éstas pueden recibir una formación valiosa. Asimismo, pregunta si se está llevando a efecto o se ha previsto alguna campaña pública de concientización política para poner de relieve las actividades de las mujeres, en particular a nivel comunitario.

4.El Sr. Giorgio (Eritrea) dice que hacen falta más esfuerzos para aumentar el número de mujeres que desempeñan cargos de nivel superior en el servicio exterior, pues los hombres ocupan la mayoría de estos puestos. A nivel de Secretario, las mujeres están un poco mejor representadas, y el orador espera que con el apoyo del Gobierno se logre incrementar la presencia de las mujeres en todos los niveles.

5.La Sra. Gebreab (Eritrea) reconoce la importancia de que se nombre a mujeres para cargos de autoridad. Se está alentando a las mujeres a participar en el Gobierno, aun cuando no tengan antecedentes académicos contundentes, y su representación en el gobierno, a nivel nacional y regional, ha venido aumentando. Las mujeres ocupan el 17,6% de los cargos de ministro en el Gobierno, cifra que es bastante positiva si se compara con las de algunos otros Estados. Las mujeres también deben desempeñar una función prominente en el plano local. Una comisión de liderazgo ofrece cursos para mujeres que deseen prepararse para asumir funciones de más responsabilidad al nivel de la aldea; dichos cursos ya se dictan en un 10% de las aldeas, aproximadamente.

6.El Gobierno también está procurando mejorar la educación de las mujeres, concediendo becas para ayudar a las niñas a completar sus estudios primarios y secundarios. Puesto que muchas mujeres perdieron la oportunidad de asistir a la escuela porque prestaban servicio en el ejército, se les ofrecen cursos por correspondencia y clases en escuelas nocturnas. Además, se están elaborando programas especiales que permitirán a las mujeres completar sus estudios en un solo año. La eficacia de estas iniciativas, así como del sistema de la cuota del 30% para mujeres, se está evaluando en cooperación con el Mercado Común para el África Oriental y Meridional (COMESA), la Unión Africana y mujeres parlamentarias.

Artículo 9

7.La Sra. Khan pregunta si una mujer eritrea que contrae matrimonio con un extranjero puede transmitir automáticamente la nacionalidad eritrea a su cónyuge y a sus hijos, aún cuando éstos no hayan nacido en Eritrea.

8.La Sra. Gebreab (Eritrea) responde que al presente el cónyuge no eritreo de una mujer eritrea puede adquirir la nacionalidad de Eritrea si así lo desea, y lo mismo pueden hacer los hijos de la pareja. Agrega que no siempre fue así.

Artículo 10

9.La Sra. Arocha Domínguez celebra los esfuerzos del Estado parte por aumentar la escolarización de las niñas y reducir las tasas de abandono escolar, en particular entre las niñas. También destaca el éxito del Programa nacional de alfabetización, en que el 90% de los participantes son mujeres, pero subraya que para asegurar que esas mujeres no pierdan las aptitudes que han adquirido en la alfabetización es preciso que dispongan de oportunidades para utilizarlas. Por lo tanto, pregunta si se están realizando o se han previsto programas o actividades que complementen o extiendan los programas de alfabetización y brinden a las niñas y las mujeres la oportunidad de proseguir su educación.

10.La Sra. Gebreab (Eritrea) dice que su Gobierno reconoce la importancia de la alfabetización y la educación. Muchas de las participantes en los programas de alfabetización son mujeres jóvenes que han contraído matrimonio a temprana edad, y el Ministerio de Educación está elaborando programas para ayudarlas a completar su educación. No obstante, la tarea prioritaria más inmediata es la de capacitar a los instructores que se encargarán de la ejecución de esos programas.

Artículo 11

11.La Sra. Schöpp-Schilling manifiesta su preocupación por los resultados de la encuesta que se cita en el informe (pág. 36), según los cuales el 46% de las empresas industriales prefiere contratar hombres, particularmente en consideración de que casi la mitad de las familias eritreas están encabezadas por mujeres. Observando que en la proclamación Nº 118/2001, relativa al trabajo, se dispone un mecanismo que permite a las mujeres presentar reclamaciones por discriminación en el empleo al Ministro del Trabajo y Bienestar Social, pregunta cuántas reclamaciones se han presentado y qué resultados han tenido. También desea saber si existen tribunales laborales especiales, si se ofrece asistencia jurídica y si las mujeres tienen acceso igualitario a estos mecanismos.

12.Sería de interés saber si el Ministerio del Trabajo y Bienestar Social y la Unión Nacional de Mujeres Eritreas están haciendo algo por instruir a los empleadores y a las mujeres empleadas respecto de los derechos de la mujer y de las medidas que se han adoptado para reglamentar el mercado laboral no estructurado; y disponer de información sobre la función de las mujeres en el mercado laboral no estructurado, los tipos de hostigamiento de que puedan haber sido objeto por parte de funcionarios (agentes policiales, por ejemplo, en el caso de vendedoras ambulantes), y cualesquier planes para incorporar las actividades económicas no estructuradas de las mujeres al mercado laboral estructurado. Por último, pregunta si existe algún reglamento relativo a la situación de las mujeres que son empleadas domésticas, o si éstas carecen de toda protección jurídica.

13.La Sra. Gebreab (Eritrea) reconoce que el desempleo es elevado entre las mujeres. En parte esto se debe a la guerra, que causó una declinación general de la actividad económica. Sin embargo, a medida que los hombres del país se iban a la guerra, las mujeres eritreas se hicieron cargo del trabajo en sectores antes dominados por los hombres, particularmente la construcción. En 2002 se inició un programa encaminado a desarrollar y perfeccionar las aptitudes de las mujeres que se habían formado en el empleo.

14.En cuanto a la posibilidad de que haya discriminación contra la mujer en el empleo, en el derecho laboral del país se prescribe la igualdad de trato para los trabajadores y las trabajadoras. Las mujeres que creen haber sido víctimas de discriminación tienen derecho a presentar una reclamación a la Oficina Laboral, que estudia el caso con esmero y emite un veredicto. Las reclamaciones de discriminación en el empleo también se presentan a veces a la Unión Nacional de Mujeres Eritreas. Esta última organización está colaborando con la Confederación Nacional de Trabajadores Eritreos para instruir a las trabajadoras acerca de sus derechos.

15.Con respecto a la participación de las mujeres en el sector no estructurado, indica que para la mayoría de los empleos no se requiere una licencia. No obstante, si una mujer desea vender sus productos debe obtener un permiso de mercado. El Gobierno está suministrando formación y asistencia a mujeres de las zonas rurales para ayudarlas a encontrar mercados para sus productos, y facilitando el acceso de los productores de artesanías y otros artículos tradicionales a los mercados.

16.La Sra. Patten, recordando la referencia que hizo la delegación en su declaración inicial a las medidas administrativas adoptadas por el Gabinete de Ministros en 2005, pregunta qué organo se encarga de la capacitación de mujeres para ocupaciones no tradicionales y qué medidas concretas se han previsto para lograr una participación mayor de las mujeres en todos los sectores del comercio y la industria. Asimismo, desea saber cómo se propone el Gobierno abordar la cuestión de la tenencia de la tierra, si se están preparando nuevas disposiciones legislativas, y en caso de que se hayan de conceder préstamos con tasas bajas de interés, qué institución lo hará.

17.Además, pregunta cuántas reclamaciones se han elevado con arreglo al artículo 65 de la proclamación Nº 118/2001, relativa al trabajo, y a qué ministro se han presentado. Sería de interés saber si a una mujer le es posible dirigirse ella misma al tribunal. Finalmente, desea saber cómo está abordando el Gobierno la discriminación en la contratación y si se ha instituido algún mecanismo para remediar la discriminación en el empleo y los ascensos, y las disparidades salariales.

18.La Sra. Gebreab (Eritrea), observando que la reunión de noviembre fue un hito histórico para las mujeres de Eritrea, dice que se ha decidido que en todos los casos que se relacionen con obras públicas se encargará de la formación el Ministerio de Obras Públicas, cualquiera que sea el sector. También se ha acordado que se creará un mecanismo para la concesión de préstamos con tasas bajas de interés; el Ministerio de Finanzas formulará directrices para la ejecución de este proyecto.

19.Además, el Gobierno ha dispuesto el pago de una subvención determinada a cada familia de la fuerza de trabajo, lo que ha brindado a las mujeres una oportunidad para tener dinero en sus propias manos. Mujeres que eran antes dueñas de casa están utilizando ese dinero para financiar actividades comerciales de todo tipo, como la venta de artesanías o productos locales, demostrando así que el dinero que se pone a disposición de las mujeres se invierte en forma provechosa.

20.Por último, dice que las reclamaciones que se relacionan específicamente con el trabajo, incluso las relativas a la contratación, se presentan al tribunal laboral. Si el caso tiene repercusiones más extensas, puede llegar hasta al Ministro del Trabajo y Bienestar Social.

Artículo 12

21.La Sra. Gabr señala que la mutilación genital femenina es una cuestión que afecta a las mujeres de numerosos países y que para su erradicación se precisará una acción africana colectiva. Pregunta si Eritrea está colaborando a nivel regional con otros países africanos y con la Unión Africana u otras organizaciones regionales para tratar el problema. También desea saber si Eritrea recibe asistencia de organizaciones e instituciones internacionales para atender a otras cuestiones relativas a la salud, como el SIDA.

22.La Sra. Pimentel, tras observar que el Estado parte ha indicado en sus respuestas (CEDAW/C/ERI/Q/1-3/Add.1) que la estrategia nacional para abordar el problema de la mutilación genital femenina consiste en centrarse en la educación y la concienciación, y felicitarlo por adoptar este enfoque, dice que es importante modificar las leyes que discriminan contra la mujer.

23.Además, es esencial velar por que en las iniciativas de sensibilización se incluya una perspectiva de derechos humanos, en consonancia con la Convención y las recomendaciones generales Nº 14, sobre la circuncisión femenina, y Nº 19, relativa a la violencia contra la mujer, del Comité. Pregunta si la mutilación genital femenina se considera una forma de violencia basada en el género, esto es, de violencia dirigida contra las mujeres por el hecho de ser mujeres.

24.La Sra. Dairiam observa complacida que la mortalidad materna ha disminuido después de la publicación del informe; no obstante, sigue siendo muy elevada. En el informe se indica que el Gobierno ha dado prioridad a la reducción de la mortalidad materna y ha iniciado un programa de maternidad sin riesgo. Desea que se suministre más información sobre el contenido de dicho programa y la forma en que atiende a las causas de la mortalidad materna que se esbozan en el informe, en particular la falta de acceso a la atención obstétrica y los servicios médicos, los abortos practicados en condiciones de riesgo, y el matrimonio de menores y el embarazo precoz. En relación con lo último, pregunta si el Gobierno se propone reunir datos sobre la prevalencia del matrimonio precoz y el embarazo de adolescentes, que son evidentemente perjudiciales para la salud de las mujeres.

25.Por último, pregunta si se hallan en marcha programas para tratar los efectos traumáticos de la guerra entre las mujeres, especialmente las que han sido violadas o han padecido otras formas de violencia durante la guerra y en el período posterior al conflicto.

26.La Sra. Šimonović desea saber si se han logrado progresos desde la presentación del informe de Eritrea en cuanto a ampliar el acceso que tienen las mujeres del medio rural a los servicios de salud.

27.Con respecto a la cuestión de la mutilación genital femenina, pregunta si esta práctica se considera legal. Puesto que en la Constitución del país se prohíbe todo acto que viole los derechos humanos de la mujer, cabría sostener que la mutilación genital femenina es inconstitucional. Alienta al Gobierno a emplear ese argumento para modificar las percepciones erradas de la legalidad de esa práctica.

28.La Sra. Gebreab (Eritrea) aclara que la Unión Nacional de Mujeres Eritreas cree que sería útil la aprobación de disposiciones legislativas en que la práctica se tipificase como delito. Sin embargo, la experiencia de otros países africanos ha indicado que la simple promulgación de leyes no es suficiente. Es esencial asegurar que la legislación pueda hacerse cumplir en la práctica. Como ha señalado acertadamente el Comité, también se requiere la colaboración con otros países a fin de eliminar la práctica en toda la región. Eritrea está examinando la cuestión con otros Estados africanos y ha solicitado su apoyo, pero no ha suscrito ningún proyecto oficial con la Unión Africana.

29.En cuanto al apoyo de organizaciones internacionales para actividades en el sector de la salud, dice que Eritrea recibe asistencia del Fondo de Población de las Naciones Unidas y también de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional y varias organizaciones no gubernamentales.

30.Se están desplegando esfuerzos para instruir a las mujeres acerca de sus derechos en virtud de la Convención. Dicho instrumento se ha traducido a uno de los idiomas locales y se traducirá a otros en el futuro. También se han puesto en efecto iniciativas para instruir a las mujeres respecto de conceptos jurídicos básicos que tienen relación con cuestiones que las afectan. Por ejemplo, se ha redactado un manual para la difusión de conocimientos básicos de derecho al que se dará forma definitiva en los próximos tres o cuatro meses. Una vez que se concluya su preparación, el manual servirá como instrumento didáctico para educar a las mujeres en aldeas de todo el país.

31.Por lo que se refiere a la mortalidad materna, si bien la tasa ha disminuido a aproximadamente 650 por 100.000 nacidos vivos, este no es de ninguna manera un índice aceptable. Consciente de que son muchos los factores que inciden en la salud materna, Eritrea ha adoptado un enfoque intersectorial para abordar el problema. Se está mejorando la infraestructura del transporte y las carreteras para facilitar el acceso a los establecimientos de atención médica, se están construyendo centros de maternidad en varias zonas del país, especialmente las que carecen de buenos caminos, y a todos los niveles del sistema de salud se está capacitando al personal de enfermería en atención obstétrica de urgencia para que pueda prestar servicios de urgencia donde no se cuenta con la presencia de médicos.

32.El Sr. Desta (Eritrea), refiriéndose a la cuestión de la mutilación genital femenina, dice que durante una visita reciente a Suecia observó que cuando los eritreos que residen allí descubren que es imposible hacer que la mutilación se practique en ese país, sencillamente viajan a otro lugar. Es preciso educarlos para que comprendan que la práctica es impropia y debe abolirse.

33.En los cinco años últimos el Ministerio de Salud ha logrado grandes avances en lo que concierne a los servicios de salud en Eritrea. En muchos distritos y subdistritos hay ahora varios centros de salud, y se han construido o se hallan en construcción cuatro hospitales regionales de remisión.

34.La Sra. Gebreab (Eritrea), pasando a la cuestión del apoyo psicológico, dice que lo que salvó a las mujeres de Eritrea durante tres decenios de guerra fueron las redes de protección social que funcionan en el país. Puesto que pocas mujeres han estado dispuestas a hablar abiertamente de experiencias como la violación, porque esto acarrearía una pérdida de dignidad no sólo para la persona sino para toda la aldea, la estrategia ha consistido en evitar la individualización de las víctimas de violaciones, fuera de instarlas a acudir a centros de salud para someterse a pruebas de detección de enfermedades de transmisión sexual, y formar grupos de mujeres escogidas al azar a las que se ha dado apoyo y orientación en la forma tradicional, con lo que se ha soslayado la práctica normal de no hablar de estos temas.

Artículo 14

35.La Sra. Tan, haciendo referencia a la descripción de la proclamación sobre la tierra de 1994 como una ley de gran importancia en lo que atañe al derecho de las mujeres a ser propietarias de tierras, que figura en las respuestas a a lista de cuestiones y preguntas (CEDAW/C/ERI/Q/1-3/Add.1, pág. 19), y la declaración al efecto de que, con el fin de contrarrestar las actitudes tradicionales, se ha capacitado a 50 oficiales jurídicos para promover el derecho de las mujeres a poseer tierras, pregunta qué impacto ha tenido esta medida, y particularmente si se ha capacitado a más oficiales jurídicos desde 2002 y si se dispone de datos sobre el número de mujeres, en comparación con el de hombres, que han pasado a ser propietarias de tierras. También desea saber cuándo se concluirá la preparación de los reglamentos que se están redactando para dar efectividad a la proclamación sobre la tierra.

36.La Sra. Simms pregunta si el Gobierno está estudiando distintos métodos de regadío para las zonas rurales, u otras fuentes de energía. Ciertamente, las limitaciones económicas del país dificultan la construcción de la infraestructura necesaria, pero a su juicio debe haber maneras de llevar a las poblaciones rurales algunos de los servicios que necesitan.

37.La Sra. Gebreab (Eritrea) confirma que la proclamación sobre la tierra es de por sí un instrumento en que se tiene en cuenta el género, y brinda a las mujeres la oportunidad de tener acceso igualitario a la tierra. En la proclamación se dispone que toda persona tiene derecho a una parcela de terreno para su residencia; empero, porque el proceso se ha atrasado, la atención se está centrando actualmente en las familias más numerosas, dejándose para más adelante la resolución de otras cuestiones. Conforme a la tradición, se asigna a una pareja una parcela en la aldea o el lugar de nacimiento del hombre, pero la Unión Nacional de Mujeres Eritreas ha instado a que se permita que la casa se construya en el lugar de nacimiento de la esposa si la pareja está de acuerdo en que eso es lo que desea hacer. Tras prolongadas deliberaciones, el Ministerio ha asentido. De los terrenos asignados para residencias, el 30% se han asignado a mujeres, y especialmente a familias encabezadas por mujeres. Como esto no es suficiente, al cabo de negociaciones el Ministerio de Tierras, Recursos Hídricos y Medio Ambiente ha ajustado el reglamento de ejecución de manera que a partir de 2006 una mujer casada podrá solicitar y obtener un terreno en su aldea.

38.Las 50 mujeres que fueron capacitadas para prestar asesoramiento jurídico han aportado una contribución positiva, orientando a las mujeres en materias básicas como el derecho de la familia. No se trata de limitar los conocimiento jurídicos a unas pocas mujeres, sino brindar a todas las mujeres la oportunidad de adquirirlos. Una vez que se haya preparado el manual jurídico, se organizará en todas las regiones la capacitación de instructores, y los conocimientos se filtrarán.

39.Dando respuesta a la pregunta sobre otras fuentes de energía, dice que se está utilizando la turba sin humo, que reduce al mínimo el consumo de leña y es menos dañina para la salud de las mujeres. Con apoyo de los Países Bajos, se está ensayando un fogón con energía solar, y hay otras ideas en estudio.

Artículos 15 y 16

40.La Sra. Coker-Appiah observa que se ha planteado repetidas veces la cuestión de las prácticas culturales persistentes. El Gobierno merece felicitaciones por abordar el problema de la falta de conciencia entre las mujeres respecto de la legislación que las afecta, pero la difusión de conocimientos básicos de derecho y la sensibilización no deben considerarse actividades que se realizan una sola vez. Para transformar las actitudes de la población se requiere una labor continua de educación y concientización. No se alcanzarán los objetivos perseguidos celebrando seminarios aislados por aquí y por allá. Además, una vez que se ha concientizado a la población respecto de sus derechos es importante que se disponga de estructuras y servicios de apoyo para ayudar a las mujeres a hacer valer sus derechos. La iniciativa de difundir conocimientos básicos de derecho en forma sistemática en las comunidades representa un avance importante en este sentido.

41.Se indica en el informe que aunque la violación es un delito penal, no todos los casos de violación se denuncian a la policía y las familias a veces prefieren casar a la hija con el perpetrador y no revelar el delito. Las investigaciones realizadas en otros países han señalado que la renuencia de las víctimas de la violación o la violencia en el hogar a denunciar los atentados a los órganos de represión del delito suelen deberse a la actitud del personal de esos órganos. Pregunta si en Eritrea hay programas para instruir o sensibilizar a la policía de manera que pueda atender con más efectividad a las víctimas de la violación y otros abusos sexuales.

42.La Sra. Patten, refiriéndose a la coexistencia del derecho consuetudinario y el derecho civil, pregunta qué esfuerzos se han hecho para que las mujeres tengan conocimiento del cambio al derecho civil, que las protege mejor.

43.Con respecto al arbitraje familiar previo al divorcio que se describe en el informe del Estado parte, desea saber si es obligatorio y a quiénes se encarga. Observando que las mujeres no participan como miembros en los comités arbitrales, pregunta qué medidas se están adoptando para corregir ese desequilibrio. También desea saber en qué medida se ha informado adecuadamente acerca de la Convención a los jueces ante quienes se presenta el arbitraje. Puesto que la manutención es un elemento crucial del expediente del comité arbitral, es indispensable que se procure que en éste haya mujeres.

44.Observando que, según se indica en el informe, el comité arbitral puede asignar a uno de los cónyuges hasta tres cuartos de los bienes comunes, pregunta si hay alguna disposición en la legislación eritrea que pueda justificar una adjudicación tan desequilibrada por parte de un comité arbitral.

45.Asimismo, solicita información detallada sobre la representación de las mujeres ante los comités arbitrales, y pregunta si se cuenta con un sistema de asistencia jurídica. Finalmente, desea saber más acerca de la disposición de los bienes gananciales, y pregunta si en la legislación del país se prevé la aplicación de diferentes regímenes a los bienes gananciales y si es posible que a una mujer, especialmente una que ha sido víctima de violencia, se le asigne la ocupación exclusiva de la propiedad matrimonial.

46.La Sra. Tan observa que en el informe del Estado parte se indica que la edad mínima legal para contraer matrimonio es 18 años tanto para la mujer como para el hombre y se requiere el consentimiento de ambas partes, pero también se señala que son comunes el matrimonio precoz, el matrimonio forzado y el compromiso matrimonial. Los datos presentados por el Estado parte revelan que ha disminuido el número de muchachas que se casan antes de los 15 años de edad, pero la oradora agradecería que se suministrase información más reciente. El Gobierno parece reconocer que no obstante haberse aprobado la legislación pertinente, el cumplimiento no es efectivo. Por lo tanto, desea saber qué medidas ha adoptado el Gobierno para instruir al público respecto de la edad mínima de matrimonio y hacer que se abandone la práctica del matrimonio forzado.

47.En el Código Civil de Transición de Eritrea se reconocen los matrimonios religiosos y consuetudinarios como tipos de matrimonio. Sin embargo, en todos los regímenes matrimoniales consuetudinarios los reglamentos para el matrimonio y el divorcio discriminan contra las mujeres, y el Estado parte sin duda está al tanto de que dichas prácticas también contravienen diversas disposiciones de la Convención, incluidos sus artículos 15 y 16. En consecuencia, pregunta si en las reformas jurídicas de Eritrea se prevé la abolición de los aspectos discriminatorios de los matrimonios religiosos y consuetudinarios, y si se está informando a la población rural sobre las consecuencias perjudiciales de dichas prácticas para toda la comunidad. Por último, aunque el derecho civil no discrimina en materia de sucesión, pregunta si efectivamente nunca hay discriminación en la práctica, y desea saber cómo protege la ley sobre la sucesión a las mujeres, en particular las viudas.

48.El Sr. Flinterman dice que es evidente que el Estado parte está decidido a perseguir la igualdad entre los géneros, pero hace frente a diversos impedimentos de importancia que derivan de las costumbres y la tradición. A este respecto, se manifiesta algo extrañado por la disposición jurídica que faculta a cada uno de los cónyuges para ejercer la ocupación de su elección, pero permite que uno de los cónyuges, en interés del hogar, se oponga al ejercicio de la ocupación del otro. Desea saber si esta disposición legislativa es meramente simbólica o tiene vigencia en la práctica; si los cónyuges pueden recurrir a los tribunales en caso de desacuerdo y, de más importancia, si esta ley puede invocarse como base legítima para que un hombre eritreo impida que su mujer trabaje, en cuyo caso constituye discriminación indirecta.

49.La Sra. Gnacadja señala que la igualdad en el matrimonio y las relaciones familiares es siempre un tema delicado, y que en todos los países tropieza con oposición. Sin embargo, tal vez sería útil que Eritrea reconsiderase su estrategia en la materia. Si bien las actividades de concientización revisten suma importancia, deben complementarse con reformas claras e intransigentes.

50.Eritrea ha declarado que reconoce tres tipos de derecho: civil, religioso y consuetudinario. Empero, las religiones y las tradiciones dan margen para la discriminación porque se han armonizado sólo parcialmente y permiten excepciones. Por ejemplo, en el informe se indica que en el nuevo proyecto de código civil todos los tipos de matrimonio (con excepción del sharia) tienen condiciones vinculantes comunes que realzan los derechos de la mujer en los contratos matrimoniales. También se declara que las disposiciones relativas al divorcio se han de reformar, salvo para quienes se rigen por el derecho sharia. Por consiguiente, parecería imposible armonizar las restricciones del derecho sharia con las disposiciones de la Convención. El Estado parte debe reflexionar sobre su política, porque las excepciones perpetúan la discriminación y la violación de las disposiciones constitucionales relativas a la igualdad de los hombres y las mujeres ante la ley.

51.La Sra. Zerdani dice que, según se indica en el informe, el matrimonio se considera un lazo jurídico entre los cónyuges, y el sistema es monogámico, excepto para los musulmanes. También se declara que Eritrea está procurando atender a sus diversos derechos religiosos y prácticas tradicionales. A este respecto, pregunta si el proyecto de ley civil de transición ha sido aprobado por el Parlamento. Dado que Eritrea comprende nueve grupos étnicos, cada uno con su propio idioma, sus valores tradicionales y sus normas consuetudinarias, pregunta qué régimen jurídico se aplica cuando un hombre musulmán contrae matrimonio con una mujer que no es musulmana, y qué tribunal decide en casos de divorcio de parejas musulmanas. Por último, desea recordar al Estado parte que en virtud de la Plataforma de Acción de Beijing los países pobres como Eritrea tienen derecho a recibir asistencia oficial para el desarrollo de los países más ricos, y que por lo tanto Eritrea no debe vacilar en solicitar esa asistencia.

52.La Sra. Gebreab (Eritrea) dice que si bien el derecho constitucional es la ley suprema de su país, el Gobierno procura también tener en cuenta la realidad de la sociedad eritrea. Si una mujer solicita que su caso se trate en el tribunal civil, así se hará. Empero, los asuntos que surgen en matrimonios celebrados con arreglo al derecho sharia se rigen por ese derecho. Eritrea está tratando de resolver la cuestión mediante actividades de promoción y sensibilización, y haciendo esfuerzos ingentes por lograr sus objetivos básicos en lo que se refiere a la igualdad entre los géneros. Su adhesión a la Convención es firme, pero dada la realidad de la situación, se requiere una estrategia a largo plazo.

53.Con respecto al procedimiento de arbitraje matrimonial, explica que cualquiera de los cónyuges puede iniciar el procedimiento, pero que si bien la esposa puede decidir que la representará una mujer, en la práctica los árbitros generalmente son hombres. Se están haciendo esfuerzos para alentar a las mujeres a confiar en árbitras, pero el proceso es lento.

54.En cuanto a la disposición jurídica que permite a uno de los cónyuges oponerse a la ocupación del otro en interés del hogar, la oradora conviene en que debe examinarse con miras a una posible enmienda.

55.En respuesta a las preguntas relativas al respeto de la norma legal sobre la edad mínima de matrimonio, dice que aunque se han puesto a disposición de las personas que ocupan cargos de autoridad mecanismos para facilitar la acción en pro del cumplimiento de la ley, a menudo prevalecen las prácticas tradicionales; puesto que la mayor parte de la población vive en zonas rurales y tradicionales, no cabe duda que muchas mujeres contraen matrimonio antes de la edad mínima.

56.De conformidad con la ley de Eritrea sobre la sucesión, la herencia debe dividirse equitativamente entre los familiares sobrevivientes. Un viudo no puede reclamar para sí todo el patrimonio al fallecer la esposa. El derecho sharia dispone un arreglo diferente, pero el Gobierno está estudiando el problema.

57.La Sra. Manalo, resumiendo el diálogo entre el Comité y el Estado parte, dice que Eritrea debe introducir reformas jurídicas concretas dentro de un plazo definido, y que se deben superar los estereotipos y los valores paternalistas; el mecanismo nacional del país para el adelanto de la mujer debe afianzarse adecuadamente dentro del Gobierno, de conformidad con las obligaciones del país en virtud de la Convención. Ahora que Eritrea ha dejado atrás el conflicto y ha avanzado hacia la consolidación de la paz, dispone de una oportunidad perfecta para eliminar los focos de discriminación y de desigualdad entre los hombres y las mujeres. Aunque el Estado parte tiene razón al decir que la solución de los problemas pertinentes tomará tiempo, es esencial proceder con celeridad.

58.La Sra. Gebreab (Eritrea) agradece al Comité sus observaciones y reitera la adhesión de su país a la igualdad entre los géneros. Eritrea reevaluará el funcionamiento de su mecanismo nacional para el adelanto de la mujer y la relación de éste con otros ministerios. No obstante, en lo que se refiere al adelanto de la mujer, el Gobierno es plenamente responsable ante la Unión Nacional de Mujeres Eritreas, que está cumpliendo sus obligaciones en virtud de la Convención. Expresa la esperanza de que también el Comité evalúe la forma en que cumple su mandato, y vea manera de visitar a los diversos países informantes, con el fin de facilitar un diálogo basado en una comprensión común de las circunstancias.

Se levanta la sesión a las 17.05 horas.