Año

2003

2004

2005

2006

2007

Número de mujeres asesinadas

5

7

3

3

7

14. Sírvase brindar más información sobre el sistema de alquiler de viviendas sin fines de lucro, incluido el número de mujeres y niños víctimas de violencia doméstica que aprovechan esta posibilidad (párr. 47). Sírvase brindar información sobre las medidas adoptadas o previstas para aplicar la recomendación formulada por el Comité, en sus observaciones finales anteriores, de establecer suficientes centros de acogida accesibles a las mujeres víctimas de la violencia) .

En 2006/2007 el Ministerio de Trabajo, Familia y Asuntos Sociales participó en el financiamiento de programas relativos a hogares intermedios, refugios, albergues y hogares de maternidad, así como otros programas relacionados con la prevención de la violencia. Los programas comprenden un total de aproximadamente 305 camas. La resolución sobre el Programa Nacional de la Seguridad Social 2006–2010 prevé una ampliación de la red en todas las regiones estadísticas, hasta llegar a un total de aproximadamente 350 camas.

15. Sírvase brindar información sobre toda medida dirigida a crear conciencia mediante los medios de información y programas de educación pública, con el fin de que los actos de violencia contra la mujer se consideren social y moralmente inaceptables, conforme a lo sugerido por el Comité en sus observaciones finales anteriores.

En 2007, las organizaciones no gubernamentales que trabajan en el ámbito de la violencia contra la mujer publicaron un suplemento especial en un periódico (tiraje de 120.000 ejemplares) titulado: “¡Violencia! ¿Qué puedo hacer?”, financiado conjuntamente con la Oficina de Igualdad de Oportunidades. El suplemento se ocupa de la violencia contra la mujer en la familia, examina el desarrollo de las relaciones en las que impera la violencia, indica lo que pueden hacer las víctimas, explica las obligaciones de las instituciones, ofrece información sobre el acoso sexual en el trabajo y sobre la trata de seres humanos, y proporciona una lista de las organizaciones no gubernamentales y refugios para víctimas de la violencia. El Suplemento se publicó durante los días internacionales de acción para combatir la violencia contra la mujer.

Durante el período comprendido entre el 25 de noviembre de 2006 y el verano de 2008, se realizaron en Eslovenia las siguientes actividades, financiadas íntegramente o en parte por los ministerios y la Oficina de Igualdad de Oportunidades, que se ha sumado a la campaña del Consejo de Europa contra la violencia contra la mujer, incluida la violencia doméstica:

–Publicación de un cartel sobre la campaña, en idioma esloveno;

–Financiamiento conjunto de la ejecución de proyectos relacionados con la violencia contra la mujer (la violencia contra la mujer fue el tema prioritario de la invitación pública a presentar solicitudes de financiamiento conjunto de los proyectos de las ONG en 2007, cursada por la Oficina de Igualdad de Oportunidades); la Oficina intervino en el financiamiento de 8 proyectos: violencia contra mujeres con discapacitación física, actividades de apoyo, actividades de sensibilización, trabajo con los medios de comunicación, líneas telefónicas de urgencia al servicio de las víctimas (información y asesoramiento jurídico) y un proyecto centrado en los consultorios de ginecología.

–Celebración de un debate de mesa redonda titulado “La violencia contra la mujer – Una estrategia unificada de la labor de las instituciones. De la práctica a la legislación”. Durante la mesa redonda, el coordinador regional del ámbito de la violencia doméstica, un representante de la policía, el presidente del Grupo de Trabajo para la no violencia en el sector de la atención de la salud, un asesor escolar y un representante de una ONG examinaron los problemas a que hacían frente sus organizaciones al encarar la violencia contra la mujer y exploraron los medios que permitieran a las instituciones trabajar de manera uniforme y armonizada al ocuparse de las víctimas y los perpetradores. En el segundo semestre, un experto jurídico, representantes del Ministerio de Trabajo, Familia y Asuntos Sociales y de las ONG y un fiscal público examinaron los elementos fundamentales que deben incluirse en la Ley de prevención de la violencia doméstica con el fin de ofrecer el mayor grado posible de protección a las víctimas y abordar los problemas de manera exhaustiva;

–Financiamiento conjunto de un suplemento sobre la violencia contra la mujer (véase supra);

–Publicación de un folleto (un extracto del suplemento anteriormente mencionado) en la revista Utrip (revista profesional de la Asociación de Enfermeras y Parteras de Eslovenia) que incluía una prueba para determinar si una mujer era víctima de violencia, que se distribuyó entre los centros de atención de la salud, las organizaciones no gubernamentales y la Asociación de Mujeres Rurales de Eslovenia;

–Con el fin de crear mayor sensibilización, y como parte de la celebración de los días internacionales de las campañas para combatir la violencia contra la mujer, se distribuyeron camisetas en las que se leía la frase “Alto a la Violencia contra la Mujer” entre los miembros del Parlamento (la Ley de prevención de la violencia doméstica estaba en proceso de examen y aprobación en la Asamblea Nacional por entonces), los ministros, los coordinadores del tema de la igualdad de oportunidades en los planos gubernamental y local, las ONG, la policía y los participantes en una conferencia que se celebró el 7 de marzo de 2008, organizada en cooperación con las ONG y la Comisión para las Peticiones y los Derechos Humanos y la Igualdad de Oportunidades de la Asamblea Nacional de la República de Eslovenia.

Este año se tiene previsto iniciar el primer programa nacional de investigación sobre la violencia contra la mujer, que es una iniciativa de la Oficina de Igualdad de Oportunidades y del Ministerio del Interior y la policía en el marco del programa de investigaciones denominado “La competitividad de Eslovenia en 2006–2013”. Los recursos financieros para su ejecución serán aportados por el Organismo Público de Actividades de Investigación de la República de Eslovenia y los dos iniciadores. Un proyecto de investigación titulado “Análisis del sistema de la prevención, el manejo y la frecuencia de la violencia en el ámbito privado y en las relaciones de pareja” tiene por objeto realizar un análisis exhaustivo de la eficiencia de las operaciones de las organizaciones que trabajan en el ámbito de la violencia en la esfera privada (prestando especial atención a la violencia en las relaciones de pareja), presentar una propuesta para mejorar el sistema de funcionamiento de esas organizaciones, elaborar datos sobre la frecuencia de los actos violentos en el ámbito privado y hacer un análisis de las necesidades de las víctimas de la violencia.

Trata de mujeres y explotación de la prostitución

16. Sírvase proporcionar el texto (en inglés) del nuevo artículo 185 del Código Penal donde se define el delito de abuso de prostitución, mencionado en el párrafo 65 del informe. Sírvase brindar también más información sobre los procesos penales iniciados en virtud de este nuevo artículo, sus resultados y las sentencias impuestas.

La traducción al español del artículo 185 del Código Penal se lee como sigue:

“ Artículo 185 - Explotación a través de la prostitución

1) Cualquier persona que participe con fines de explotación en la prostitución de otra o consiga que se dedique a la prostitución, o la aliente a ello, recurriendo al uso de la fuerza, las amenazas o el engaño, recibirá una condena de prisión que fluctuará entre tres meses y cinco años.

2) Si cualquiera de los delitos a que se hace referencia en el párrafo anterior se comete contra un menor, contra más de una persona o como parte de una asociación delictiva, el perpetrador recibirá una condena de prisión que fluctuará entre uno y diez años.

En 2005 la policía investigó 10 delitos penales de abuso de la prostitución, tipificados en el artículo 185 del Código Penal, y presentó cuatro informes a las oficinas de los fiscales públicos en relación con esos tipos de delitos. Se publicó también un informe sobre un delito penal de explotación de la prostitución, tipificado en el artículo 186 del Código Penal, a consecuencia de la enmienda de la información penal proporcionada antes de la enmienda del Código Penal en 2004. Se proporcionó información contra 13 sospechosos, y 8 víctimas fueron identificadas. No se dictó ninguna sentencia por delitos de explotación de la prostitución en 2005.

En 2006 la policía investigó 18 delitos penales de explotación de la prostitución, tipificados en el artículo 185 del Código Penal, se presentó información penal contra 65 sospechosos y 28 víctimas fueron identificadas. Se remitieron tres informes a la Fiscalía. Se investigaron 8 delitos penales relacionados con la delincuencia organizada.

La Fiscalía distrital y el Grupo de Fiscales para el enjuiciamiento de los responsables de la delincuencia organizada recibieron 8 declaraciones de información penal contra 21 personas por delitos de explotación de la prostitución. También se ocuparon de un informe con respecto al cual los datos y las pruebas reunidos no eran suficientes para presentar información penal.

En 2006, siete personas fueron acusadas del delito de explotación de la prostitución o de actuar como cómplices de dicho delito. El primero de la lista de acusados fue condenado a cumplir cinco años de prisión, dos recibieron sentencias de dos años de prisión cada uno, uno fue condenado a prisión durante 1 año y 10 meses, y los otros tres recibieron condenas de prisión condicional.

En 2007 la policía investigó cuatro delitos penales de explotación de la prostitución, tipificados en el artículo 185 del Código Penal, se proporcionó información penal contra siete personas, y se identificó a tres víctimas de esos delitos. Dos personas fueron condenadas por delitos penales de explotación de la prostitución en 2007 (casos vistos en las fiscalías públicas distritales en anteriores años).

17. Sírvase proporcionar el texto (en inglés) del nuevo artículo 387 a) del Código Penal, por el que se define el delito de trata de personas, mencionado en el párrafo 66 del informe. Sírvase incluir más información sobre el número estimado de mujeres y niñas que han sido víctimas de la trata, el número de procesos penales iniciados en virtud de este artículo, su resultado y las sentencias impuestas.

La traducción al español del artículo 387 del Código Penal se lee como sigue:

“ Artículo 387 a) - Trata de seres humanos

1) Cualquier persona que compre a otra persona, se apodere de ella, le ofrezca alojamiento, la transporte, la venda, la entregue a otros o la utilice de cualquier otra manera, o actúe como intermediario en ese tipo de operaciones, con fines de prostitución u otra forma de explotación sexual, trabajo forzoso, esclavitud, servicio o trata de órganos, tejidos o sangre humanos, será sancionada con una pena que fluctuará entre uno y diez años.

2) Si alguno de los delitos señalados en el párrafo anterior es cometido contra un menor o mediante el uso de la fuerza, amenazas, engaño, secuestro o explotación de una posición de subordinación o dependencia, o con el propósito de obligar a la víctima a quedar embarazada o a ser inseminada artificialmente, se aplicará una condena de prisión de tres años, como mínimo.

3) Cualquier persona que cometa uno de los delitos que se enumeran en los párrafos primero y segundo del presente artículo, actuando como miembro de una asociación delictiva para la comisión de esos delitos, u obtenga un importante beneficio pecuniario a raíz de la comisión del delito, recibirá la misma condena que se señala en el párrafo anterior.

En 2005 la policía investigó tres casos de delitos penales de trata de seres humanos, tipificados en el artículo 387 a) del Código Penal. Se presento información penal contra cuatro sospechosos, y se identificó el mismo número de víctimas (4). La policía también presentó dos informes a la Fiscalía en relación con el delito penal concernido, que involucraba a dos sospechosos y dos víctimas.

De conformidad con la legislación penal aprobada en 2004, en el año 2005, en relación con el carácter conexo del delito penal de trata de seres humanos, tipificado en el artículo387 a) del Código Penal, las oficinas de la fiscalía pública distrital debían vigilar también los casos de esclavitud tipificados en el artículo 378 del Código Penal. En 2005 se presentaron tres declaraciones de información penal contra seis personas acusadas del delito de trata de seres humanos. Las seis víctimas eran mujeres adultas. Una de las declaraciones fue rechazada, y se abrieron investigaciones en dos casos contra 5 personas. Una vez concluidas las investigaciones se presentó una denuncia, dictándose luego una sentencia suspendida, contra la cual el fiscal presentó recurso de apelación. La cuestión no se resolvió en 2005. En uno de los casos se abrió una investigación.

En 2006 la policía investigó tres casos de delitos de trata de seres humanos, tipificados en el artículo 387 a) del Código Penal. Se presentó información penal contra 11 presuntos culpables y 16 víctimas fueron identificadas. Se elaboraron tres informes que se remitieron a la Fiscalía. Uno de los casos examinados se relacionaba con la delincuencia organizada. Las oficinas de la Fiscalía y el Grupo de Fiscales para el enjuiciamiento de los responsables de la delincuencia organizada recibieron seis declaraciones de información penal en 2006 contra ocho personas en detrimento de 18 víctimas mujeres. Las oficinas de la Fiscalía emitieron su veredicto en cuatro casos, en uno de los casos la información penal fue rechazada, en dos casos se solicitó una investigación y en otro caso se formularon cargos contra dos de los procesados.

En 2007 la policía investigó tres delitos relativos a trata de seres humanos tipificados en el artículo 387 a) del Código Penal, se presentó información contra seis presuntos culpables y 5 víctimas fueron identificadas. La policía también presentó dos informes a la Fiscalía. En 2007 la Fiscalía recibió cuatro declaraciones de información penal contra seis personas por el delito de trata de seres humanos tipificado en el artículo 387 a) del Código Penal. En uno de los casos el delito penal objeto de la información inicialmente presentada como delito de esclavitud tipificado en el artículo 387 del Código Penal se reclasificó como delito penal de trata de seres humanos. Se pidió que se abrieran investigaciones contra dos personas, se rechazó la información penal contra otras tres personas, y en un caso se exigió una importante complementación de la información penal suministrada. Se formularon cargos contra dos procesados tras las investigaciones llevadas a cabo en casos arrastrados de períodos anteriores.

No se dictó ninguna sentencia en el período 2005–2007 en relación con el delito de trata de seres humanos tipificado en el artículo 387 a) del Código Penal.

Con el fin de mejorar la eficiencia del enjuiciamiento por delitos de trata de seres humanos, el Fiscal General la República de Eslovenia fue autorizado para supervisar, dirigir y coordinar las actividades, y las distintas oficinas de las fiscalías distritales y el Grupo de Fiscales para el enjuiciamiento de los responsables de la delincuencia organizada autorizaron a los fiscales públicos a ocuparse de los delitos penales en esa esfera. La eficaz cooperación entre los fiscales públicos, la presentación periódica de informes por parte de los fiscales públicos distritales sobre los delitos en los que dirigen el procedimiento anterior al juicio o dirigen las actuaciones penales, y la coordinación y vigilancia de su labor por el Fiscal General se traducen en la creación de una política de enjuiciamiento uniforme en este ámbito.

A pesar de la mejora en los métodos de trabajo de los fiscales públicos, la supervisión de los distintos delitos penales durante períodos de tiempo más prolongados reveló que esos tipos de conducta no se pueden definir como delito penal de trata de seres humanos, tipificado en el artículo 387 a) del Código Penal, sino como delito penal conexo, generalmente como delito de explotación de la prostitución tipificado en el artículo 185 del Código Penal.

18. Sírvase brindar más información sobre la aplicación de las medidas para proteger a las víctimas adoptadas en virtud del Acuerdo sobre cooperación en el campo de la ayuda a las víctimas de la trata de personas en la República de Eslovenia mencionado en el párrafo 72 del informe. En particular, sírvase proporcionar información sobre los efectos de estas medidas en las mujeres y niñas víctimas de la trata, el número de permisos de residencia temporal otorgados en el marco del Acuerdo y las condiciones que rigen el otorgamiento de dichos permisos a las mujeres víctimas de la trata.

La aplicación del programa de prestación de ayuda a las víctimas de trata de seres humanos, que figura en el Plan de acción del Grupo de Trabajo Interdepartamental para la Lucha contra la Trata de Personas, aprobado por el Gobierno de la República de Eslovenia en julio de 2004, estuvo a cargo de la Sociedad Ključ en 2005, mientras que en 2006, 2007 y 2008 esa labor fue realizada por Caritas Eslovenia. Ambas organizaciones fueron seleccionadas para aplicar el programa de ayuda y asistencia a las víctimas sobre la base de invitaciones anuales públicas para la presentación de solicitudes por los ministerios competentes, y recibieron fondos para los programas acordados, con cargo a los presupuestos de esos ministerios.

El programa se compone de dos proyectos: el titulado “Prestación de ayuda a las víctimas de trata de seres humanos en la República de Eslovenia – reubicación de emergencia” que ofrece ayuda a las víctimas de operaciones de trata de seres humanos a través de medidas de rehabilitación física, psicológica y social, que incluyen la retirada urgente de las víctimas de su entorno habitual, principalmente a través de un realojamiento adecuado, el suministro de alimentos y ayuda psicosocial, la ayuda para la atención de la salud, servicios de traducción e interpretación, asesoramiento e información sobre los derechos, apoyo en los procedimientos ante los tribunales y autoridades fiscales, medidas para velar por su seguridad cuando es necesario, ayuda para obtener el estatuto correspondiente y los documentos para residir en la República de Eslovenia, matrícula en centros de educación y otras medidas necesarias para la socialización y revitalización.

Las víctimas que deciden cooperar en los procedimientos penales relativos a casos de trata de seres humanos son incluidas en el segundo proyecto, “Prestación de ayuda a las víctimas de trata de seres humanos en la República de Eslovenia – reubicación en zonas seguras”, que además de los servicios anteriormente descritos incluye ayuda para obtener el reconocimiento de un estatuto oficial en la República de Eslovenia, de conformidad con la Ley de Extranjería, y la reubicación a un lugar seguro.

En 2005 la Sociedad Ključ prestó diversas formas de ayuda a 16 presuntas víctimas de trata. En diciembre de 2005 la Sociedad Ključ obtuvo un permiso de ocupación temporal para una mujer extranjera que había sido trasladada a un refugio. El permiso fue emitido por la policía sobre la base del artículo 38 de la Ley de Extranjería, en el marco de un procedimiento para organizar la reubicación de emergencia y prestar distintas formas de ayuda inicial a las víctimas.

Durante el período comprendido entre el 22 de mayo de 2006 y el 31 de diciembre de 2006, Caritas Eslovenia se ocupó de 21 personas como parte del proyecto de prestación de ayuda a las víctimas de trata de seres humanos, y en 2006 la Sociedad Ključ ofreció diversas formas de ayuda a 19 presuntas víctimas de trata. Toda esa asistencia es a corto plazo, de modo que en 2006 ninguna de las presuntas víctimas fue trasladada a albergues ni recibió permisos de trabajo temporales o permisos de residencia temporales.

En 2007 la Sociedad Ključ reubicó en refugios a tres mujeres víctimas de trata, que anteriormente vivían en instalaciones provisionales. Las víctimas eran ciudadanas eslovenas, de modo que no fue necesario modificar su estatuto. En 2007, Caritas Eslovenia ofreció reubicación de emergencia a tres hombres que habían sido víctimas del delito de esclavitud y que, por petición propia, fueron escoltados hasta su país de origen.

La Organización Internacional para las Migraciones, de Liubliana, que firmó con el Gobierno de la República de Eslovenia un Memorándum de Cooperación en el Programa de Retorno Voluntario de Migrantes, colabora en la devolución de las víctimas de trata a sus lugares de origen.

A fines de 2007 los ministerios competentes formularon la primera invitación pública para la presentación de solicitudes de prestación de ayuda a las víctimas de trata de seres humanos durante un período de dos años (2008–2009). El Plan de Acción para la Lucha contra la Trata de Personas, 2008–2009, aprobado por el Gobierno en julio de 2007, también prevé todas las formas mencionadas de ayuda y apoyo a las víctimas. Los contratistas seleccionados sobre la base de invitaciones públicas a presentar solicitudes en 2007 han sido autorizados también para llevar a cabo actividades de sensibilización entre las poblaciones destinatarias de jóvenes y extranjeros. La labor destinada a los grupos de extranjeros en situación de riesgo se lleva a cabo como parte del proyecto titulado Prestación de ayuda a las víctimas – reubicación a zonas seguras, mientras que las actividades para lograr una mayor sensibilización entre los grupos de jóvenes se lleva a cabo como parte del proyecto titulado Prestación de ayuda a las víctimas – reubicación de emergencia.

El artículo 38 a) de la Ley de Extranjería (OJ RS, No. 107/06-UPB y No. 44/08) añadió nuevas justificaciones para la emisión del permiso de residencia temporal para los extranjeros, nacionales de terceros países, que sean víctimas de trata de seres humanos y que participen en los procedimientos penales relativos a la trata de seres humanos en calidad de testigos. La reglamentación de la emisión del primer permiso de residencia temporal para una víctima de trata difiere de la aplicable a otros extranjeros, tanto en términos del procedimiento de emisión del permiso como de las condiciones para ello, ya que, entre otras cosas, incluye un certificado de la autoridad policial competente sobre la calidad de testigo de la víctima. Un permiso de residencia temporal puede abarcar el período de duración completo de los procedimientos penales, siempre que se cumplan debidamente las condiciones legislativas. Inclusive en el período anterior a la emisión del permiso de residencia temporal, una víctima de trata de seres humanos tiene derecho a permanecer en la República de Eslovenia, ya sea a petición propia o de manera ex officio. Asimismo, incluso antes de que concluyan las actuaciones penales, la víctima puede recibir un permiso de residencia temporal sobre la base de otras razones conforme a ley.

19. Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas o previstas para aumentar la cooperación en la lucha contra la trata en los planos bilateral, regional e internacional, conforme a lo recomendado por el Comité en sus observaciones finales anteriores (A/58/38, párr. 209) . Sírvase brindar información sobre las medidas adoptadas o previstas para ocuparse del tránsito a través del país de posibles víctimas de la trata (párr. 74).

Medidas para promover la cooperación en los planos internacional, regional y bilateral

En la esfera internacional la policía de Eslovenia participa en grupos de trabajo que se ocupan de la lucha contra la trata de seres humanos en el marco de la Interpol y Europol. Entre los programas más importantes en el plano regional cabe mencionar la cooperación constante con el Centro de la SECI (Iniciativa de Cooperación para Europa Sudoriental). La policía de Eslovenia también forma parte del sistema regional de educación sobre el tema de la lucha contra la trata de seres humanos, bajo la coordinación del Centro Internacional de Formulación de Políticas Migratorias. Participa, junto con la oficina del fiscal público y la Sociedad Ključ, una ONG, en el proyecto UNIDEM, dirigido por una organización no gubernamental italiana. En ese proyecto intervienen varios países mediterráneos.

La policía de Eslovenia colabora estrechamente con la policía de Croacia en proyectos bilaterales en esa esfera, existiendo un constante intercambio de información sobre casos específicos. Todos los años se celebra un conjunto de seminarios de formación en grupo para investigadores de casos penales de la República de Eslovenia y de la República de Croacia que trabajan en ese ámbito.

El proyecto “Introducción de mecanismos para reconocer, prestar asistencia y proteger a las víctimas de trata de seres humanos y/o violencia sexual o de género en los procedimientos de asilo en Eslovenia” (proyecto PATS) también reviste importancia regional. El proyecto se desarrolló en cooperación entre la Sección de Asilo del Ministerio del Interior, la Sociedad Ključ, una organización no gubernamental, el Centro de Asistencia Psicosocial para Refugiados de la ONG Slovenian Philanthropy y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). El propósito es identificar a las posibles víctimas de trata de seres humanos entre los solicitantes de asilo, y se lleva a cabo en el Centro de Asilo del Ministerio del Interior, y desde 2007 también en el Centro para Extranjeros. En 2007 dos clientes del proyecto PATS se acogieron al proyecto de ayuda a las víctimas de trata. Dado que el ACNUR, y la oficina regional de Budapest, Hungría, ha reconocido que el proyecto PATS es un modelo único en su género, en el que se tienen en cuenta los aspectos de migración y asilo en la prevención de la trata de seres humanos, y dado que uno de los objetivos de la política exterior de la República de Eslovenia es apoyar a los países de Europa sudoriental en el proceso de democratización, el proyecto se hizo extensivo a Croacia y Bosnia y Herzegovina con el apoyo del Ministerio de Relaciones Exteriores de Eslovenia y del ACNUR.

Creación de conciencia y suministro de información al público en general y a los grupos destinatarios

Se han llevado a cabo numerosas actividades de concienciación y suministro de información al público en general y a los grupos destinatarios, entre las que figuran:

–La difusión en dos programas de televisión destinados al grupo de usuarios de los servicios de prostitución, de un aviso de promoción sobre la prevención de la trata de seres humanos;

–La producción de un documental cinematográfico sobre la labor de la Sociedad Ključ, destinado a crear un mayor grado de sensibilización entre los profesionales;

–Elaboración de un anuncio por radio sobre ejemplos reales de una conversación con una persona en situación de crisis a través de la línea telefónica de asesoramiento para víctimas de trata;

–Elaboración, impresión, reimpresión y distribución de material sobre prevención en formato de postales;

–Publicación y distribución de publicaciones, incluida la titulada “Las personas no están a la venta – documentos internacionales seleccionados sobre la adopción de medidas contra la explotación sexual y el abuso infantiles”, que se hizo llegar a los departamentos de policía, escuelas primarias y secundarias, centros de trabajo social, organizaciones no gubernamentales y medios de comunicación, y publicación de las actas y los documentos presentados en las conferencias y mesas redondas, y de varios otros artículos;

–Celebración de numerosas conferencias y mesas redondas, incluida una conferencia sobre la aplicación del Convenio del Consejo de Europa para la acción contra la trata de seres humanos;

–Celebración de conferencias de expertos invitados sobre temas destinados a alumnos del cuarto año de la universidad;

–Celebración de conferencias para los jóvenes, los progenitores y el personal de las escuelas;

–Realización de proyectos de investigación centrados, entre otras cosas, en el reconocimiento de la posibilidad dar empleo a las víctimas de trata de seres humanos y en el establecimiento y vigilancia de índices de trata de seres humanos comparables a nivel internacional.

Cualificación y formación de profesionales

Con el propósito de mejorar las capacidades de diversos grupos de profesionales se celebran cursos periódicos de formación para el personal de los Ministerios y otros grupos destinatarios de profesionales cuyo trabajo se relaciona con las acciones de lucha contra la trata de seres humanos. La realización de las actividades de información, instrucción y sensibilización de los profesionales relativas a la lucha contra la trata de seres humanos también incluyen a las organizaciones no gubernamentales que participan en la prevención de la trata de seres humanos y la protección y ayuda a las víctimas. Las actividades comprendieron, principalmente, los siguientes aspectos:

–Formación de facilitadores de formación de oficiales de la policía, formación de oficiales de la policía en las comisarías locales e instrucción del personal de la policía asignado a la Misión Internacional de Mantenimiento de la Paz en Kosovo (UNMIK);

–Formación destinada al personal de los consulados para mejorar su capacidad para identificar a las presuntas víctimas de trata en el transcurso de los procedimientos de otorgamiento de visados;

–Formación del personal de reciente contratación del Ministerio de Defensa;

–Formación de los empleados del Centro de Asilo;

–Cursos de educación para los trabajadores de refugios, albergues, centros de maternidad y organizaciones conexas, y de los trabajadores sociales en los centros de trabajo social y otros servicios semejantes;

–Creación de conciencia y sensibilización de los representantes de las parroquias de las dependencias de Caritas, las monjas y los sacerdotes;

–Formación de voluntarios, asociados profesionales y otros profesionales que participan en los programas de prestación de ayuda a las víctimas de trata de seres humanos.

Roles y estereotipos sexuales

20. Sírvase brindar más información sobre la campaña de concienciación iniciada en 2005 en el marco del proyecto “ Los hombres y las competencias parentales ” , dirigido a promover la participación de los padres en la vida de sus hijos y vencer los estereotipos de género aún existentes en la sociedad. Sírvase indicar también si se ha llevado a cabo alguna evaluación de los efectos de la campaña y si se han adoptado otras medidas para erradicar los estereotipos tradicionales sobre los roles de cada sexo en la familia.

Las actividades en apoyo de la paternidad activa y la eliminación de los estereotipos tradicionales sobre los roles de cada sexo en la sociedad incluyeron la realización de trabajos de investigación, actividades de concienciación y suministro de información utilizando estrategias de comunicación, la inclusión de esos temas en programas educacionales sobre el matrimonio y la paternidad y en programas de estudios escolares, así como la formación del personal de enseñanza y asesoramiento.

Actividades de investigación

Con el propósito de determinar las nuevas tendencias en la crianza de los hijos y la paternidad y elaborar propuestas para mejorar las políticas sobre la familia en esa esfera, la Oficina de Igualdad de Oportunidades, en cooperación con la Organización de Investigación de Eslovenia, y como parte del Programa de investigaciones centradas en objetivos concretos, emprendió el financiamiento conjunto de un proyecto titulado “Nuevas tendencias en la crianza de los hijos – un análisis de la paternidad y propuestas para mejorar las políticas sobre la familia en esa esfera durante el período 2005–2007”, que fue ejecutado por la Facultad de Ciencias Sociales. En el marco de las actividades de investigación, en 2005 se efectuó un análisis cualitativo de las intervenciones y representaciones relativas al denominado fenómeno de “nueva paternidad” en las revistas eslovenas sobre la crianza de los hijos. A través de dicho análisis se llegó a la conclusión de que está surgiendo en Eslovenia el fenómeno de la nueva paternidad, pero no como un fenómeno completo y plenamente establecido sino más bien como uno de tipo emergente.

En 2006 se efectuó un análisis de las decisiones judiciales sobre la entrega de los niños a la tutela de uno de sus progenitores. Las conclusiones del estudio complementan los resultados de 2005 sobre el fenómeno de la nueva paternidad. En la conceptualización de la paternidad activa en Eslovenia se presenta una situación que consta de dos elementos; por un lado se tiene la promoción social de la nueva paternidad activa y las demandas de los padres con respecto a las actividades de crianza de los hijos, y por el otro, en ciertos aspectos predominan los conceptos estereotipados sobre las funciones de los progenitores, que favorecen a la madre como la encargada de las principales funciones en la crianza de los hijos.

En 2007 se llevó a cabo un análisis de cinco grupos destinatarios de madres y padres asalariados (separados por sexo) con niños de edad preescolar, sobre el tema de la conciliación de la vida laboral y la vida familiar y la influencia de esa situación sobre el fenómeno de la nueva paternidad y la identidad de los padres. El propósito principal de los grupos destinatarios era determinar las opiniones de los padres sobre los problemas de conciliar la vida familiar con las obligaciones laborales, sobre el modo en que entienden la influencia del entorno sobre las decisiones de participar más activamente en la crianza de los hijos y sobre los medios y el grado en que deben centrar su atención en el cuidado de los hijos. Se encontró que los hombres no consideraban que la conciliación de la vida laboral con la vida familiar fuera un problema, sino más bien una cuestión de falta de tiempo, que intentaban compensar participando de manera más activa en la vida familiar durante los fines de semana. Por esa misma razón seguían desempeñando la función del padre que entraba en acción sólo cuando no había nadie más (la pareja o los abuelos) que pudiera, por ejemplo, permanecer en el hogar atendiendo a un niño enfermo o llevar al niño a realizar actividades vespertinas. En el marco de las investigaciones se elaboraron propuestas para mejorar la política sobre la familia en esta esfera.

Concienciación y suministro de información utilizando estrategias de comunicación

Con el fin de lograr un mayor nivel de concienciación en los hombres con respecto a la importancia de la paternidad activa y aumentar el número de hombres que se acogen a la licencia por paternidad y cuidado de los hijos, la Oficina de Igualdad de Oportunidades, como parte del proyecto internacional denominado “Hombres en acción: el logro de la igualdad entre el hombre y la mujer”, financiado conjuntamente con el Programa de igualdad entre los géneros de la Comunidad Europea, llevó a cabo una campaña en los medios de comunicación bajo el lema “Daddy, be active!”. La campaña incluyó una serie de programas de radio y una película documental de tipo educativo. Trece radioemisoras difundieron programas sobre la paternidad que, entre otras cosas, se ocuparon de temas como los derechos de los padres, la conciliación de la vida laboral con la vida privada, los aspectos psicológicos de la paternidad activa y las opiniones de las madres, las familias y el resto de la sociedad sobre la paternidad activa. La campaña en los medios de comunicación sobre la paternidad activa continuó con una película documental de tipo educativo titulada “Daddy, be active!” que se difundió por la televisión nacional en 2007. La película estaba destinada a un gran público, y al mismo tiempo se tenía previsto utilizarla en actividades de concienciación entre los empleadores y los sindicatos, como ayuda de la enseñanza en las escuelas, y también en las escuelas sobre crianza de los hijos y otros programas progenitores y actividades conexas. La película se distribuyó en formato de DVD entre diversas organizaciones que pueden desempeñar una función importante en la promoción de la paternidad activa y modificar las funciones tradicionales de hombres y mujeres en la familia y en la sociedad.

Con el fin de mejorar la concienciación de los hombres con respecto a la importancia de la paternidad activa y aumentar el número de hombres que se acogen a la licencia de paternidad y crianza de los hijos, se llevó a cabo una campaña en la televisión nacional, en la que se utilizó el anuncio “Daddy, be active!”.

La Oficina de Igualdad de Oportunidades, en cooperación con seis municipios urbanos, celebró las denominadas “Daddy Runs” en septiembre y octubre de 2006, con el propósito de alentar a los padres a pasar tiempo con sus hijos y mejorar el conocimiento sobre los derechos de los padres y los aspectos positivos de la paternidad activa, tanto para los niños como para los padres. Por iniciativa de la Oficina de Igualdad de Oportunidades se estableció el mecanismo denominado “daddy counter”, con la participación de 14 ministerios, que se aplicó durante todo el año 2006. Los ministerios elaboraron datos mensuales sobre los hombres asalariados en goce de licencia de paternidad y licencia para el cuidado de los hijos, que la Oficina publica en su sitio Web. El objetivo del mecanismo denominado “daddy counter” era determinar cuántos hombres asalariados de los distintos ministerios y sus órganos componentes se acogían a la licencia de paternidad y/o compartían con las madres la licencia para el cuidado de los hijos.

Las actividades llevadas a cabo contribuyeron a un mayor nivel de concienciación entre los hombres sobre la importancia de la paternidad activa, hecho confirmado también por el mayor número de hombres que se acogen a la licencia de paternidad (73,8 por ciento en 2006), especialmente en vista del creciente número de nacimientos y, por ende, de padres que tienen derecho a la licencia de paternidad. Además, el Ministerio de Trabajo, Familia y Asuntos Sociales preparó material de promoción para difusión en los medios de comunicación sobre la equidad en la distribución de la labor doméstica entre las parejas. La promoción se basó en la elaboración de material impreso adecuado y en el suministro de información al mayor número posible de personas. Las actividades se realizaron como parte de una invitación pública a presentar solicitudes de programas de apoyo a la familia – escuelas para los progenitores, centros para la familia y la juventud.

Aprendizaje para una vida de pareja, de paternidad y maternidad y de familia más responsable y de mayor calidad

El Ministerio de Trabajo, Familia y Asuntos Sociales financió programas educacionales sobre el matrimonio y la criaza de los hijos y programas de formación para la mediación en la familia. La finalidad de esos programas era promover los programas de asesoramiento y proyectos y cursos de formación especiales que contribuyen a una vida de pareja y a unas relaciones con los hijos de mayor calidad y responsabilidad, y dejar atrás los modelos tradicionales de las funciones sociales de las mujeres y hombres en la familia y en las relaciones de pareja. Las actividades se realizaron como parte de una invitación pública a presentar solicitudes de programas de apoyo a la familia —escuelas para los progenitores, centros para la familia y la juventud, prevención de la violencia en el ámbito de la familia. Se desarrollaron dos pautas de contenido como parte de la invitación pública a presentar solicitudes de programas de apoyo a la familia, programas para los progenitores y programas sobre formación y desarrollo personal de los niños y los jóvenes. Los participantes en esos programas logran una mejor comprensión de las funciones del hombre y la mujer en la vida social y la vida familiar, examinan los problemas y retos de la crianza de los hijos y las funciones específicas de cada progenitor con respecto al género.

Con el propósito de vigilar y desarrollar los programas de estudio desde el punto de vista de la educación para una relación de pareja equitativa y responsable, y una buena conducción de la crianza de los hijos y la vida familiar, e incluir esos contenido en la formación del personal pedagógico y de asesoramiento, se celebraron seminarios de educación y formación de maestros en el marco de los planes de trabajo anuales periódicos del Instituto Nacional de Educación. El objetivo del seminario “Educación sexual: Yo soy yo, y tú eres tú” fue informar a los maestros y asesores de las escuelas primarias y secundarias sobre la posibilidad de una vinculación interdisciplinaria del contenido de la educación sexual, haciendo hincapié en la juventud, sus características y sus métodos de trabajo. La educación sexual en las escuelas debe utilizarse para mejorar el nivel de la calidad de la comunicación y las relaciones interpersonales, y para ayudar a formar las opiniones y creencias que los jóvenes necesitan para adoptar decisiones conscientes y responsables sobre su vida sexual.

Empleo y conciliación de la vida laboral y familiar

21. Según el informe, en 2004 los inspectores de trabajo recibieron varias llamadas de mujeres que supuestamente habían sufrido acoso sexual, y que solicitaban asesoramiento, pero no quisieron notificar el delito porque la persona que presuntamente las acosaba era su superior (párr. 63). Sírvase brindar información sobre toda medida adoptada o prevista para mejorar de facto la posibilidad de que las mujeres denuncien los casos de acoso sexual en el trabajo e inicien procesos judiciales o de otro tipo contra los supuestos responsables. Sírvase también proporcionar información sobre los efectos de las iniciativas mencionadas en el párrafo 61 sobre la actitud general en relación con el acoso sexual.

En 2007 la Oficina de Igualdad de Oportunidades en cooperación con 13 sindicatos llevó a cabo un proyecto de investigación titulado “El acoso sexual y otro tipo de acoso en el trabajo”. El propósito de la investigación era evaluar la frecuencia del acoso sexual y otras formas de acoso en el trabajo en Eslovenia. Los resultados de la investigación indicaron que prácticamente una de cada tres mujeres era víctima de acoso sexual verbal, y una de cada seis era víctima de acoso sexual físico y no verbal. La investigación reveló, asimismo, que casi la mitad de esas mujeres no informaban a nadie sobre el acoso que sufrían. Los resultados de un análisis de los cuestionarios utilizados en el proyecto de investigación indicaron que las mujeres no confiaban en nadie en relación con el acoso, ya que sobre todo estaban convencidas de que inclusive si denunciaban el caso nada cambiaría, confiaban en que el acoso terminaría pronto y pensaban que nadie podía ayudarlas.

En 2007, la Oficina de Igualdad de Oportunidades presentó los resultados de una investigación llevada a cabo en el marco de una conferencia titulada “Las mujeres en el mercado laboral: estadísticas y hechos”. Durante la conferencia, el Inspector Superior del Trabajo de la República de Eslovenia presentó las medidas concretas adoptadas por los inspectores de trabajo tras recibir un informe sobre una situación de acoso sexual que se estaba produciendo en una organización.

Con el objeto de vigilar la frecuencia del acoso sexual en el trabajo y el nivel de concienciación de los empleados, la Inspección del Trabajo de la República de Eslovenia verifica la aplicación de las disposiciones del artículo 45 de la Ley de relaciones laborales (OJ RS No. 42/2002, última enmienda OJ RS No. 103/2007), que prescribe la protección de la dignidad de los empleados en el centro de trabajo y prohíbe el acoso sexual. En 2006 la Inspección del Trabajo no encontró ningún delito relacionado con el acoso sexual en el trabajo, mientras que en 2007 se determinó la comisión de dos delitos. Los inspectores de trabajo también ofrecen asistencia a los empleadores y empleados en relación con el cumplimiento de las leyes y reglamentos, los contratos colectivos y los actos generales en el ámbito de su jurisdicción. En el marco de esas actividades también responden a las mujeres que presuntamente son víctimas de acoso sexual, por teléfono, oralmente durante las horas de trabajo de la Inspección del Trabajo, o por escrito. Explican, asimismo, cuáles son los reglamentos que han sido violados por las acciones del ofensor.

Además, los inspectores de trabajo frecuentemente verifican la presencia de discriminación o acoso en el trabajo mediante inspecciones extraordinarias a través de campañas con objetivos precisos que lleva a cabo la Inspección del Trabajo. Sin embargo, esa labor sólo les permite detectar muy pocos casos de discriminación, ya que los casos de acoso sexual son bastante difíciles de determinar si no hay declaraciones precisas en el informe sobre los actos, la víctima o el acosador. Inclusive en los casos en que la inspección no permite determinar o probar la discriminación o el acoso, los inspectores informan a los empleadores sobre la aplicación de las disposiciones de las leyes laborales, las medidas y el comportamiento preventivos que pueden ayudar a erradicar el acoso, cuando esa situación se produce en las instalaciones de trabajo del empleador.

En 2007 la Ley por la que se enmienda la Ley de relaciones laborales (OJ RS No. 103/07) introdujo nuevos elementos importantes para la protección contra el acoso sexual en el trabajo. La nueva disposición contenida en el párrafo a) del artículo 6 define en términos precisos el acoso sexual y otro tipo de acoso como cualquier forma de conducta o comportamiento no deseado verbal, no verbal o físico, de índole sexual, que tenga como propósito o efecto la violación de la dignidad de una persona, en particular cuando eso crea un entorno de intimidación, hostilidad, degradación, humillación u ofensa. La Ley señala explícitamente que el acoso sexual y otro tipo de acoso constituyen discriminación de conformidad con las disposiciones de la Ley de relaciones laborales. De conformidad con el apartado 3 del párrafo a) del artículo 6 de la Ley, el rechazo por parte de un candidato o trabajador a acciones y comportamientos que constituyan acoso sexual u otro tipo de acoso no puede ser una razón para la discriminación en el empleo y en el trabajo. El artículo 45 enmendado de la Ley de relaciones laborales señala que los empleadores están obligados a proporcionar un entorno laboral en el que ningún trabajador esté sometido a acoso sexual o de otra índole o sea víctima de actos de matonería en el lugar de trabajo por parte del empleador, un superior o sus colegas. Con esos propósitos, todo empleador debe adoptar medidas apropiadas para proteger a los trabajadores contra el acoso sexual y otro tipo de acoso o contra actos de matonería en el lugar de trabajo. La Ley enmendada señala explícitamente que los empleadores serán materialmente responsables ante los empleados de conformidad con los principios generales del derecho civil en los casos en que no cumplan con ofrecer la protección contra el acoso sexual y otro tipo de acoso o contra el matonismo en el trabajo.

La Oficina de Igualdad de Oportunidades ha elaborado un mecanismo que permite a los empleadores vigilar la frecuencia del acoso y adoptar las medidas pertinentes. En el sitio Web de la Oficina, los empleadores pueden tener acceso a contenidos e información sobre el acoso sexual y otras formas de acoso . Además de las definiciones y formas de acoso, el sitio Web también señala pautas de conducta para las víctimas de acoso, testigos de acoso y empleadores. Incluyen una propuesta para que los empleadores adopten declaraciones de política contra el acoso sexual. La declaración, que señala claramente el compromiso de la organización con la creación de un entorno de trabajo que respete la dignidad de todos los empleados, y la aplicación de sanciones en casos de caso de acoso sexual o de otro tipo, estará firmada por el director competente de la empresa. También alienta a los empleadores a nombrar consejeros a quienes puedan recurrir los empleados si son víctimas de acoso sexual. Algunos sindicatos realizan una labor muy activa en lo que respecta a alentar a los empleadores a adoptar ese tipo de declaraciones.

De conformidad con la Ley de asistencia letrada gratuita (OJ RS No. 48/2001, última enmienda OJ RS No. 23/2008), las mujeres cuyos ingresos según los datos del censo no superen la suma de 538,54 euros brutos mensuales pueden solicitar asistencia letrada gratuita a los tribunales, lo que incluye los gastos del procedimiento judicial y el pago de los servicios de asistencia letrada, de modo que puedan incoar un juicio independientemente de sus difíciles circunstancias materiales.

De acuerdo con los datos remitidos por los tribunales, en 2007 se ventilaron cuatro casos de acoso sexual en el trabajo en los tribunales del trabajo; en uno de ellos se ordenó un arreglo extrajudicial del conflicto y los otros tres casos no habían concluido en el momento de redactar estas respuestas.

22. Los datos estadísticos muestran que hay un aumento del nivel de desempleo entre las mujeres pertenecientes a dos grupos en particular: las jóvenes con un alto nivel de educación y las mujeres mayores de 45 años de edad. Sírvase indicar si existen políticas públicas para ocuparse de las necesidades de esos dos grupos.

El crecimiento de la tasa de desempleo de las mujeres en Eslovenia en 2006 fue del 0,8 por ciento, aumentando al 2 por ciento en 2007. En comparación con 2006 la tasa de empleo entre las mujeres también aumentó en 2007, del 61,8 por ciento al 62,6 por ciento. La tasa de empleo de las mujeres de 55 a 64 años de edad sigue siendo relativamente baja, pero aumentó del 21 por ciento en 2006 al 22,2 por ciento en 2007. El porcentaje de mujeres con empleo temporal también subió ligeramente, del 11,1 por ciento en 2006 al 11,6 por ciento en 2007.

La estructura del desempleo de las mujeres en relación con los grupos de edad también varió en comparación con 2002 ó 2004. Mientras que en 2002 y 2004 la tasa de desempleo más elevada entre las mujeres se registraba entre las pertenecientes al grupo de edad de 25 a 30 años, en 2007 los niveles más altos de desempleo se registraban entre las mujeres de los grupos de edad de 50 a 59 y 40 a 49 años.

La estructura del desempleo entre las mujeres, según su nivel de educación, también varió. En 2004 el mayor nivel de desempleo entre las mujeres se registró entre las que tenían educación post secundaria o universitaria, mientras que en 2007 el nivel más alto de desempleo se registró entre las mujeres con educación profesional o secundaria.

23. En el informe se mencionan varios programas adoptados para mejorar la situación de las mujeres en el mercado laboral (párrs. 140 a 144). Sírvase brindar más información sobre las medidas adoptadas o previstas en el marco de estos programas y sus posibles efectos en la discriminación laboral horizontal y vertical, y sobre las diferencias de sueldo entre hombres y mujeres.

Con el fin de reducir el desempleo entre las mujeres (en 2006 el desempleo entre las mujeres de Eslovenia era del 7,2 por ciento, en 2007 era del 5,8 por ciento), se han adoptado documentos estratégicos en el país, como el Programa de medidas de política activa de empleo y el Programa de desarrollo de recursos humanos. El más reciente de esos documentos es el aprobado para el período 2007–2013. Con la ejecución del Programa de medidas de política activa de empleo Eslovenia da cumplimiento a los objetivos de la Estrategia de Lisboa y a la aplicación óptima de la Estrategia Europea de Empleo. Una de las principales dificultades en el ámbito del empleo y el desempleo en Eslovenia se refiere al desempleo entre las mujeres, a lo que hemos respondido con las medidas previstas para la política activa de empleo. Las mujeres se incluyen de manera preferencial en los programas con repercusiones en la segregación laboral vertical y horizontal, especialmente en el caso de las mujeres que tienen las mayores dificultades para encontrar trabajo en el mercado laboral sin recurso a la mediación.

En 2007, el 64,1 por ciento del total de las personas incluidas en las medidas relativas al empleo, financiadas conjuntamente con cargo a secciones integrales del presupuesto y fondos de la Unión Europea eran mujeres (en 2006, el 65,2 por ciento). El mayor porcentaje de mujeres, 71,1 por ciento, participaba en programas que formaban parte de la orientación profesional y la asistencia para el empleo (en 2006, el 60,8 por ciento). Las mujeres representaban el 63,2 por ciento del total de personas desempleadas que participaban en programas de formación y educación para el sector de desempleados (en 2006 sólo el 49,7 por ciento). El porcentaje de mujeres entre las personas desempleadas que participaban en programas destinados a promover el trabajo independiente, la nueva contratación de personas que estuvieron desempleadas por un tiempo prolongado y recibiendo ayuda social, y la recontratación de personas de edad también aumentaron, del 37,7 por ciento en 2006 al 46,3 por ciento en 2007. La cuarta medida de la política activa de empleo se orienta hacia la creación directa de nuevos puestos de trabajo. Se aplica a través de un programa de obras públicas y de proyectos de programas de trabajo en empresas sin fines de lucro. Las mujeres desempleadas representaban el 60,1 por ciento del total de las personas concernidas en 2007 (el 57 por ciento en 2006).

En 2006 y 2007 también se realizaron actividades especiales encaminadas a mejorar el nivel de empleo de las mujeres desempleadas durante un tiempo prolongado y mejorar el nivel de trabajo autónomo de las mujeres así como su capacidad empresarial.

El programa de prestación de asistencia a las mujeres desempleadas durante tiempo prolongado, para que encuentren su primer empleo, fue llevado a cabo por el Ministerio de Trabajo, Familia y Asuntos Sociales en el marco de las medidas del Fondo Social Europeo. El propósito era realizar el financiamiento conjunto del empleo de las mujeres desempleadas que habían estado solicitando empleo durante más de dos años, según los registros de desempleo del Servicio de Empleo de Eslovenia, o que no habían tenido trabajo continuo durante más de dos años y habían participado en programas de trabajo locales (obras públicas). El programa ofrecía subvenciones a los empleadores para que contrataran a mujeres desempleadas de esos grupos destinatarios, durante un año como mínimo y durante 1 año y medio de trabajo, como máximo. A fines de 2006, 417 mujeres participaban en el programa.

En 2006 el Ministerio de Economía, en cooperación con el Organismo Público para la Actividad Empresarial y las Inversiones Extranjeras, llevó a cabo un programa destinado a promover la capacidad empresarial de la mujer. En ese programa participaron 1.600 mujeres. Se realizaron varias otras actividades encaminadas a alentar a las mujeres a tomar la decisión de incursionar en carreras empresariales, financiadas conjuntamente por el Ministerio de Economía y varios otros ministerios. Las actividades incluyeron talleres de motivación para mujeres con posibilidades de incursionar en el mundo empresarial, formación especializada en contabilidad y tributación, legislación laboral y empleo y búsqueda de oportunidades empresariales, así como un sistema para proporcionar información y asesoramiento a los empresarios por teléfono y por correo. El Fondo para la Empresa Eslovena estimuló la inclusión de las mujeres en la actividad empresarial a través de tasas de interés subvencionadas en préstamos para inversiones directas a largo plazo concedidos a nuevas empresas en las que las mujeres tienen intereses de control superiores al 50 por ciento.

Con el fin de reducir la segregación vertical y horizontal, en 2006 y 2007 el Ministerio de Educación y Deportes participó en el financiamiento de un proyecto titulado “Oportunidades sistémicas para el desarrollo de orientaciones relativas a las carreras profesionales en los establecimientos de educación secundaria”. El objetivo del proyecto era hacer una investigación de los factores psicológicos, sociales y económicos y los motivos que influyen en las decisiones sobre las carreras profesionales y en la selección de los cursos de estudio por parte de los estudiantes de los centros escolares, y diseñar un modelo de organización sistémica de orientación eficaz para la selección eficaz de disciplinas académicas científicas y técnicas. Las conclusiones y análisis finales se darán a conocer a fines de 2008. Se han realizado muchas otras actividades para eliminar las diferencias entre las profesiones “femeninas” y “masculinas” y reducir la segregación basada en el género, incluidos el perfeccionamiento de los programas de estudio y la modernización del método de enseñanza de las disciplinas científicos y las actividades que promuevan las carreras científicas y técnicas.

La diferencia en los salarios de hombres y mujeres se está acortando. En comparación con el año 2000, cuando las mujeres ganaban el 12,2 por ciento menos que los hombres como término medio, en 2006 la diferencia salarial se había reducido en 4,2 puntos porcentuales (en 2006 las mujeres ganaban sólo el 8 por ciento menos que los hombres).

Salud

24. Sírvase brindar información sobre las medidas adoptadas o previstas para determinar y enfrentar las causas de la mala situación de la salud de las niñas romaníes y para aplicar la recomendación formulada por el Comité de los Derechos del Niño en sus observaciones finales (CRC/C/15/Add.230, párr. 45), y los efectos que pueden haber tenido estas medidas en la salud de las niñas romaníes.

El derecho y el acceso a la atención de la salud, tanto con fines curativos como preventivos, están garantizados y, en principio, están al alcance de las niñas romaníes en el mismo grado que lo están para los demás niños. A pesar de ello hay desigualdades en materia de salud entre las distintas regiones de Eslovenia y entre las diferentes comunidades sociales y étnicas. Los resultados del proyecto de investigación titulado “Factores de riesgo de enfermedades no transmisibles en adultos miembros de la comunidad romaní” (Instituto de Atención de Salud en Murska Sobota, 2007)indicaron un nivel medio de educación más bajo, un elevado nivel de desempleo, deficientes condiciones socioeconómicas , insuficiente participación en programas de prevención y la presencia de enfermedades crónicas, que contribuyen a la desigualdad en la salud de los romaníes. La investigación constituye una base para la elaboración de programas y proyectos para mejorar la salud o reducir las desigualdades en materia de salud.

Con el propósito de eliminar las desigualdades en materia de salud en la región de Pomurje, que es donde vive el mayor número de romaníes, se elaboró y aprobó la “Estrategia para mejorar la salud y plan de acción para reducir las desigualdades en materia de salud en la región de Pomurje”. El objetivo general del plan es mejorar las condiciones de salud de la población regional y reducir así las diferencias en materia de salud entre las regiones, además de abordar las desigualdades en materia de salud en la región. El programa de mejora de la salud, destinado principalmente a personas y grupos de población vulnerables, es un intento de eliminar las desigualdades en materia de salud. La estrategia se basa en un análisis de la situación actual y en las tareas prioritarias de la región, y forma parte del Programa Regional de Desarrollo 2007–2013.

El Instituto de Atención de la Salud Murska Sobota está ya aplicando un programa denominado “Reducción de las desigualdades en materia de salud”, que se relaciona con esos objetivos. Los romaníes son uno de los grupos vulnerables prioritarios. En consecuencia, el problema de la salud de los romaníes es parte del programa nacional de atención de la salud desde 2006; un romaní presta servicios como parte del equipo de salud pública, que trabaja en estrecha cooperación con la Asociación Romaní de Eslovenia, y desde la aprobación de la Ley sobre la comunidad romaní, también con el Consejo de la Comunidad Romaní de la República de Eslovenia. Se ha iniciado la elaboración de programas culturalmente comparables para la mejora de la salud, que podrán aplicarse en otras comunidades romaníes (en el plano nacional) una vez finalizado el programa piloto.

Las actividades destinadas a mejorar la salud de la mujer están en su segundo año, e incluyen la salud reproductiva y los estilos de vida saludables. Se está llevando a cabo un proyecto en cooperación con asociados transfronterizos, que incluye el fomento del ejercicio físico (las Olimpiadas Romaníes). Se ejecutan también un gran número de actividades en el ámbito de la concienciación a través de los medios de comunicación (por ejemplo, programas de televisión y radio romaníes). En el marco de la aplicación de los objetivos de la “Estrategia para mejorar la salud y plan de acción para reducir las desigualdades en materia de salud en la región de Pomurje”, se tiene previsto ofrecer mayores oportunidades para mejorar la salud de la comunidad romaní, haciendo hincapié en los grupos destinatarios de niñas y mujeres.

Una de las medidas positivas en beneficio de la comunidad romaní que cabe mencionar es la relativa a la elaboración y adopción del “Programa para la Infancia y la Juventud, 2006–2016”, cuyos objetivos en el marco de la esfera especial de “atención social especial” incluyen servicios de atención de niños y jóvenes de comunidades étnicas (romaníes), encaminados a mejorar su posición social y garantizar su inclusión social en la sociedad en general, inclusive a través de una atención adecuada de la salud.

25. En sus observaciones finales anteriores, el Comité recomendó que el Estado Parte adoptara medidas urgentes para reducir la tasa de mortalidad materna (A/58/38, párr. 215) . El informe afirma que se creó un grupo de trabajo para analizar los casos de mortalidad materna, que estaba preparando un informe sobre esta clase de mortalidad, con recomendaciones de medidas de salud pública en el ámbito de la salud reproductiva (párr. 146). Sírvase brindar información sobre la situación de este informe y, si se ha concluido, sobre las medidas y recomendaciones que incluye y sus efectos en la tasa de mortalidad materna.

El grupo de trabajo para examinar los datos sobre la mortalidad materna, establecido en 2004, funciona y se reúne con periodicidad. Los casos de mortalidad materna se analizan y cada tres años se publica un informe conjunto que incluye medidas sobre salud clínica y pública para reducir la mortalidad materna. Se han publicado informes sobre la mortalidad materna durante los períodos 2000–2002 y 2003–2005, en los que se formulan recomendaciones y propuestas para el control de la mortalidad materna.

La tasa de mortalidad materna en el período 2003–2005 fue de 9,4 mujeres por 100.000 nacidos vivos, es decir, inferior a la correspondiente al anterior período de tres años y comparable con las cifras del mundo desarrollado. A pesar de esas cifras es demasiado prematuro para hacer una evaluación amplia de los resultados. Además, en el caso de la mortalidad materna, el número absoluto de casos es bajo, por lo que las tasas anuales fluctúan considerablemente y es preciso ejercer gran cuidado en la evaluación de las tendencias. En general, los datos sobre la mortalidad materna, que se basan únicamente en información sobre estadísticas vitales, son subestimados en la mayoría de los países. A causa de la compleja metodología de procesamiento de los datos sobre las muertes de mujeres en edad de concebir en Eslovenia, consideramos que los datos de esos casos reflejan con gran precisión la verdadera situación.

Las recomendaciones y medidas más importantes propuestas por el Grupo de trabajo sobre la prevención de la mortalidad materna incluyen:

–Recomendaciones relativas al problema de las perturbaciones mentales durante el embarazo, el nacimiento y el período posterior al parto, que entre otras cosas se refieren a una estrecha cooperación entre el obstetra, el psiquiatra y el médico de familia, y el servicio social que se encarga del control de las pacientes que sufren enfermedades mentales, así como de las mujeres con manifestaciones iniciales de síntomas de enfermedad mental durante el embarazo, el parto y el período posterior al parto;

–Recomendaciones para reducir la mortalidad materna por hemorragias postnatales, en las que se destaca la importancia de tener en cuenta las orientaciones profesionales en la vigilancia de la condición de la mujer y la atención de la mujer durante el alumbramiento y en el período posterior al parto para evitar que sufran hemorragias, o en caso de intervenciones quirúrgicas durante o después del alumbramiento;

–Recomendaciones para el control del embarazo de pacientes que sufren enfermedades crónicas, que revisten importancia principalmente por el aumento de la edad media en que las mujeres dan a luz y el consiguiente aumento de las mujeres con enfermedades crónicas entre ese grupo;

–Recomendaciones relativas a los factores socioeconómicos desfavorables, destinadas a reducir los riesgos para las mujeres de los estratos sociales marginales y las mujeres que, ya sea por falta de conocimiento y exclusión social o por carecer de un estatuto oficial (por ejemplo, refugiadas, inmigrantes, etc.) y la consiguiente carencia de seguro de salud no pueden valerse de los servicios de atención de la salud reproductiva.

26. Sírvase brindar información sobre toda ley que prohíba el uso de publicidad engañosa de tabaco dirigida principalmente a las mujeres y las niñas, por ejemplo, mediante la aplicación del calificativo “ light ” al tabaco. Sírvase brindar información sobre la proporción de hombres y mujeres que consumen cualquier producto derivado del tabaco y la proporción de hombres y mujeres que actualmente fuman cigarrillos.

Según datos de las investigaciones más recientes, más del 80 por ciento de los habitantes de Eslovenia son no fumadores. Entre los adultos, el 19,3 por ciento de los hombres y el 16,2 por ciento de las mujeres fuman. El proyecto de investigación titulado “Health Behaviour in School-aged Children” que se llevó a cabo de 2002 a 2006, y en el que participaron niños y niñas estudiantes de 11, 13 y 15 años, reveló que el consumo de tabaco entre los menores se ha reducido. También es bastante menor, desde el punto de vista estadístico, el número de menores que intenta fumar por primera vez, hay una reducción estadísticamente significativa en el porcentaje de fumadores habituales y un aumento estadísticamente importante en la edad media cuando se fuma el primer cigarrillo.

La política en la esfera de la restricción del uso de productos del tabaco en Eslovenia tiene en cuenta las disposiciones de Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco, ratificado por Eslovenia en marzo de 2005, y se basa en la Ley de restricción del consumo de tabaco (OJ RS No. 93/2007-UPB3), por la que está absolutamente prohibido fumar en todas las zonas de trabajo y zonas públicas, incluidos restaurantes y bares. La legislación también incorpora la Directiva 2001/37/EC y la Directiva 2003/33/EC, por las que se establecen los niveles máximos permitidos de alquitrán, nicotina y monóxido de carbono en los cigarrillos, y las advertencias sobre la salud y otra información que deben figurar en los paquetes de productos del tabaco, así como reglamentaciones con respecto a la publicidad y el patrocinio de los productos del tabaco. La Ley prohíbe explícitamente la utilización de palabras que de algún modo indiquen que un producto del tabaco pueda ser menos nocivo (como por ejemplo los calificativos “suave” y “light”) en todos los envases de productos derivados del tabaco, y la publicidad de los productos del tabaco en general, por parte de la industria del tabaco.

Situación de determinados grupos de mujeres y niñas

27. En el informe (párr. 34) se menciona una conferencia organizada en 2003 por la Facultad de Trabajo Social de la Universidad de Liubliana, cuyo propósito era llamar la atención sobre los obstáculos, los prejuicios y la discriminación a los que se enfrentan las mujeres con discapacidad en la vida cotidiana. Sírvase brindar más información sobre los temas tratados en la conferencia y las medidas adoptadas o los programas iniciados como resultado de la conferencia y sus efectos. Sírvase también proporcionar información sobre las medidas adoptadas o previstas para solucionar la baja tasa de matriculación de niñas con discapacidad en la escuela y para aplicar la recomendación formulada al respecto por el Comité de los Derechos del Niño (CRC/C/15/Add.230, párr. 43).

La Facultad de Trabajo Social, la Sociedad para la Investigación y Determinación de las Necesidades Psicosociales de la Mujer y el Ministerio de Trabajo, Familia y Asuntos Sociales celebraron una conferencia internacional de un día de duración el 20 de noviembre de 2003 bajo el lema “¡Tan hermosa pero discapacitada! Trabajo social contra la discriminación de mujeres con discapacidad”. Los documentos de la conferencia señalaron atención al hecho de que no se tenían en cuenta las experiencias de las mujeres con discapacidad en Eslovenia y en el resto del mundo, destacando también los valores de la no discriminación, que deben ser internalizados para que la inclusión social signifique realmente la ampliación de las normas de la normalidad, y no simplemente la creación de nuevos espacios separados para los “discapacitados de Eslovenia”.

Cuatro organizaciones no gubernamentales contribuyeron con la presentación de documentos para la conferencia (las sociedades Vizija, Zarja, YHD y Sožitje), que analizaron las formas más comunes de descalificación de las mujeres con discapacidad, que se derivan de las relaciones de poder desiguales entre las personas con discapacidad y las personas sin discapacidad. El análisis reveló que las mujeres con discapacidad sufren el mayor grado de discriminación en la educación, el empleo y los salarios, aislamiento social, abuso físico, sexual y emocional, privación del derecho a expresar la sexualidad, negación de la capacidad para la crianza de los hijos y falta de remuneración por sus servicios de cuidado de terceros. La pobreza como consecuencia de la deficiente salud mental de las mujeres y la resultante hospitalización psiquiátrica figuran entre las realidades menos conocidas que experimentan las mujeres con discapacidad. La conferencia también examinó las necesidades de las mujeres con hijos discapacitados, las necesidades y las experiencias de las madres con discapacidad y las necesidades especiales de las mujeres que se ocupan del cuidado de personas discapacitadas.

Las conclusiones de la conferencia incluyeron las siguientes recomendaciones, que se remitieron al Ministerio de Trabajo, Familia y Asuntos Sociales durante el Año Europeo de las Personas con Discapacidad:

–Los profesionales que trabajan en disciplinas de atención y cuidado de otras personas, los políticos y los encargados de planificar la política social, así como el público en general deben estar informados sobre la situación y los derechos de las mujeres con discapacidad;

–Debe fortalecerse el compromiso con una política activa de no discriminación;

–Se ha de fomentar y establecer la cooperación entre los ámbitos social y médico;

–Es necesario asegurar que todos los refugios para mujeres existentes estén al alcance de todas las mujeres con discapacidad que son víctimas de violencia, y mejorar el suministro de información a las mujeres sobre la manera de solicitar ayuda en caso de violencia doméstica o institucional;

–Es necesario encontrar la oportunidad de impartir formación al personal de los tribunales para que puedan comunicarse con las personas con discapacidad mental que deban comparecer en calidad de testigos corrientes, especialmente en casos de violencia en instituciones;

–Es necesario apoyar la igualdad de las mujeres con discapacidad en posiciones directivas;

–Es necesario elaborar nuevos programas sociales innovadores para prestar asistencia a las mujeres con discapacidad mental que tienen hijos;

–Es necesario desarrollar sistemas de ayuda personal para las mujeres con discapacidad que desean tener hijos;

–Es necesario aplicar medidas especiales para asegurar la igualdad de oportunidades en el mercado laboral para las mujeres con discapacidad;

–Las mujeres que cuidan a personas con discapacidad deben recibir la remuneración adecuada por su trabajo. En relación con esas conclusiones, el 30 de noviembre de 2006 el Gobierno de la República de Eslovenia adoptó el “Plan de acción para las personas con discapacidad, 2007–2013”, a través del cual se da amplia expresión al método para resolver dificultades relacionadas con la discapacidad.

Con respecto al problema del bajo índice de matrícula en las escuelas de las niñas con discapacidad y con el fin de aplicar las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño, cabe mencionar, en relación con este tema, que las decisiones sobre la matrícula en programas adaptados para la educación de los niños con necesidades especiales son adoptadas por comisiones de expertos independientes del Instituto Nacional de Educación, que emite las opiniones pertinentes sobre las discapacidades de los niños. Desde la aprobación de la Ley de colocación de niños con necesidades especiales (OJ RS No. 3/2007-UPB1) en 2000, y sus enmiendas y suplementos en 2006, se han aprobado varios estatutos que reglamentan esta esfera, particularmente con respecto a la organización y los métodos de trabajo de las comisiones de colocación de los niños con necesidades especiales y a los criterios para definir los tipos de perturbaciones que padecen los niños con discapacidad, la educación primaria de los niños con necesidades especiales en el hogar y la ayuda profesional y física adicional para los niños y jóvenes con necesidades especiales.

28. El informe afirma que, en su Decisión de octubre de 2004, la República de Eslovenia decidió prestar una atención especial a las condiciones de vida de los romaníes, así como a la educación y el empleo de esta comunidad, y apoyarlos con fondos estatales (párr. 178). Sírvase brindar información sobre las medidas adoptadas o previstas sobre la base de esta Decisión y otras, como la ejecución del programa para asistir a los municipios en la planificación de las infraestructuras públicas básicas mínimas en los asentamientos romaníes (2005), dirigidas a resolver la situación de las romaníes y sobre el efecto de estas medidas.

Medidas adoptadas hasta la fecha

Condiciones de vida

En el ámbito de las condiciones de vida, cabe mencionar las invitaciones para la presentación de solicitudes que publican los servicios públicos pertinentes: en el período comprendido entre 2002 y 2004 el Ministerio de Economía formuló invitaciones para la presentación de solicitudes a través de las cuales se distribuyeron fondos no reembolsables entre los municipios para la planificación de asentamientos romaníes. En 2004, el Fondo Público de la República de Eslovenia para el Desarrollo Regional y el Desarrollo de las Zonas Rurales también cursó una invitación pública para la presentación de solicitudes para el financiamiento conjunto de proyectos relativos a la infraestructura municipal básica en los asentamientos romaníes. En julio de 2005 se dio un paso importante con la aprobación por el Gobierno del “Programa para asistir a los municipios en la planificación de las infraestructuras públicas básicas mínimas en los asentamientos romaníes”. Con esos fines también se entregaron fondos a los municipios en 2006, mientras que en 2007 la Oficina gubernamental para las autonomías y la política regional (de aquí en adelante GOLR) puso fondos a disposición de los municipios para el período comprendido entre 2007 y 2009 a través de una invitación pública para la presentación de solicitudes de financiamiento conjunto de proyectos relativos a la infraestructura municipal básica en los asentamientos romaníes. La GOLR hizo una invitación semejante para la presentación de solicitudes este año, que servirá para la asignación de fondos a los municipios para el período comprendido entre 2008 y 2010.

Además, en octubre de 2007 el Ministerio de Medio Ambiente y Planificación Territorial formuló una invitación pública de presentación de solicitudes para el financiamiento conjunto de la elaboración de planes municipales pormenorizados para la planificación de los asentamientos romaníes, actividad que se repetirá el presente año. Las cuestiones relativas a la planificación territorial de los asentamientos romaníes vienen siendo examinadas desde el 1º de diciembre de 2006 por el Grupo de Expertos para la solución de las cuestiones relativas a la planificación territorial de los asentamientos romaníes, nombrado por el Ministro de Medio Ambiente y Planificación Territorial. El Grupo ha preparado un amplio informe titulado “Las dificultades de la planificación territorial de los asentamientos romaníes en Eslovenia”, en el que define los actuales problemas de los asentamientos romaníes en Eslovenia y propone medidas concretas para solucionarlos mediante la creación de un escenario seleccionado para poner en marcha la planificación de los asentamientos romaníes.

Educación y formación

En mayo y junio de 2004, tres Consejos de Expertos en el ámbito de la educación adoptaron la “Estrategia para la educación de los romaníes en la República de Eslovenia”, en la que se establecen las actividades básicas, los principios, objetivos y soluciones fundamentales para una mejor inclusión de los romaníes en todos los niveles de la educación. El principio fundamental del documento es el de la igualdad de oportunidades.

En 2005 el Ministro de Educación y Deportes designó un grupo especial encargado de supervisar la aplicación de las medidas incluidas en la Estrategia y elaborar planes de acción anuales para la aplicación de esas medidas. En consecuencia, el Ministro aprueba un plan de acción todos los años, en el que se consignan las actividades del Ministerio de Educación, la Federación Romaní, las instituciones públicas, etc. Las siguientes actividades se llevaron a cabo en 2007 sobre la base del plan de acción:

–Preparación y aprobación del curso electivo sobre la cultura romaní;

–Preparación y aprobación de los términos de referencia relativos al asistente romaní para estudios profesionales;

–Preparación y aprobación de programas de coexistencia interculturales (Federación Romaní);

–Formación de maestros (Instituto Nacional de Educación, Centro de Educación Profesional).

El Ministerio de Educación y Deportes asigna una considerable cantidad de fondos al financiamiento de las investigaciones en el ámbito de la educación y la formación de los romaníes.

Empleo

El Ministerio de Trabajo, Familia y Asuntos Sociales ha elaborado una serie de distintas medidas en el ámbito del empleo. Los programas de medidas para la política activa de empleo, que se adoptan para cada año civil o período de planificación, definen los tipos de medidas de la política activa de empleo, incluidas actividades, grupos destinatarios (incluidos los romaníes), y otros pormenores. Los romaníes, en su calidad de grupo de población vulnerable, también reciben atención especial en la “Resolución sobre el Programa Nacional de Seguridad Social 2006–2010”. Además, el Ministerio de Trabajo, Familia y Asuntos Sociales ha elaborado invitaciones para la presentación de solicitudes de financiamiento conjunto de programas en la esfera de la seguridad social y en la esfera del apoyo a las familias. También ha participado en el financiamiento de dos asociaciones para el desarrollo en el marco de la Iniciativa EQUAL, cuyas actividades están destinadas a los miembros de la comunidad romaní de Eslovenia. En 2006, el Gobierno también aprobó el “Programa de Obras Públicas para 2007-2008”. El grupo destinatario personas desempleadas que serán incluidas en el programa de obras públicas está integrado por personas que se encuentran en situación de desempleo a largo plazo, y entre ellas los romaníes se definen como un grupo que hace frente a obstáculos especiales para encontrar trabajo. El programa tiene por objeto promover el empleo de las personas desempleadas, favorecer su inclusión social, mantener o desarrollar especializaciones laborales y estimular la creación de nuevos puestos de trabajo.

Actividades culturales y de información

En la esfera de las actividades culturales, cabe mencionar la “Resolución sobre el Programa Nacional de Cultura”, que tiene un capítulo especialmente dedicado a los objetivos y medidas para la comunidad romaní en el ámbito de la cultura. La “Resolución sobre el Programa Nacional de Cultura 2008–2011”, aprobada por la Asamblea Nacional de la República de Eslovenia en abril de 2008, fomenta el desarrollo cultural de la comunidad romaní como prioridad en el ámbito general de la cultura. Desde 1993 el Ministerio de Cultura viene creando las condiciones necesarias para la realización de las actividades culturales de la comunidad romaní, sobre la base de las expresiones de las necesidades de los miembros de la comunidad romaní, y asegura que se den las condiciones propicias para su participación en las medidas establecidas en su favor. Otro cambio positivo puede apreciarse en las actividades de información de la comunidad romaní en el desarrollo de programas de radio y televisión para romaníes. Esos programas se han estado difundiendo durante varios años en las estaciones locales de radio y televisión, pero ahora se prepararán y difundirán como parte del programa de la radioemisora nacional Radiotelevizija Slovenija.

Otras actividades de planificación

La Ley de la comunidad romaní (OJ RS No. 33/2007) de 2007 reglamenta de manera amplia la posición de la comunidad romaní de Eslovenia, prescribe la participación de las autoridades estatales y de los órganos autónomos de las comunidades locales en el ejercicio de los derechos especiales de la comunidad romaní y reglamenta la organización de la comunidad romaní en los planos estatal y local, y su financiamiento.

La comunidad romaní de Eslovenia está organizada en dos niveles. En el plano local, la Ley estipula la formación de órganos de trabajo especiales para comprobar la situación de la comunidad romaní, órganos que se constituyen en los municipios, en los cuales los representantes de la comunidad romaní votan en las elecciones de los consejos municipales. A nivel del Estado, el 20 de junio de 2007 se estableció el Consejo de la comunidad romaní de la República de Eslovenia, que representa los intereses de esa comunidad en sus tratos con las autoridades estatales.

La Ley de la comunidad romaní estipula que la República de Eslovenia deberá crear condiciones favorables y prestar especial atención a los siguientes factores:

–La inclusión de los miembros de la comunidad romaní en el sistema de educación y formación, mejorando su nivel de educación e instituyendo una política de becas adecuada;

–La inclusión de los miembros de la comunidad romaní en el mercado laboral y en el empleo;

–El mantenimiento y desarrollo del idioma romaní y de actividades culturales, de información y publicación para la comunidad romaní;

–La solución de las cuestiones relativas a espacio en los asentamientos romaníes y la mejora de las condiciones de vida de los miembros de la comunidad romaní.

La Ley señala, además, que el Gobierno en cooperación con los órganos autónomos de las comunidades locales y el Consejo de la comunidad romaní de la República de Eslovenia, deberá adoptar un programa de medidas para el ejercicio armonizado de los derechos especiales de los miembros de la comunidad romaní. El programa determinará las obligaciones y los derechos dimanantes de la Ley que se relacionan principalmente con las inquietudes de la República de Eslovenia con respecto a las esferas señaladas en los cuatro puntos anteriores, e incluirá también otras esferas importantes, como la seguridad social y la atención de la salud de los romaníes. En 2007 el Gobierno estableció un grupo de trabajo para la elaboración de las medidas citadas. Los derechos y obligaciones que se señalan en el programa de medidas del Gobierno serán aplicados por el Ministerio competente, otras autoridades estatales los órganos autónomos de las comunidades locales, que adoptarán programas y medidas semejantes con esos fines y asignarán los recursos necesarios en sus planes financieros. La aplicación del programa de medidas será vigilada por un grupo de trabajo especial del Gobierno, que ya existe en modelo semejante, es decir, la Comisión para la Protección de la Comunidad Étnica Romaní, del Gobierno de la República de Eslovenia. Las autoridades estatales y los órganos autónomos de las comunidades locales deberán informar a la Comisión sobre la aplicación del programa de medidas del Gobierno por lo menos una vez al año.

Matrimonio y vida familiar

29. Sírvase brindar información sobre las investigaciones y conclusiones relativas a las diferencias entre los géneros en las consecuencias económicas de la disolución de relaciones. Sírvase brindar información sobre el tipo de propiedad que se reparte cuando una relación se disuelve, en particular, sobre si la ley reconoce la propiedad intangible (a saber, fondos de pensión, pagos por cese en el servicio, seguros) como parte de la propiedad que debe repartirse cuando se disuelve una relación. Sírvase indicar también si la ley dispone que se repartan las ganancias futuras y el capital humano, o si tiene en cuenta de alguna forma un incremento de las ganancias o del capital humano en la división de la propiedad cuando se disuelve una relación (por ejemplo, mediante el pago de una suma fija que refleje la parte estimada del otro cónyuge en este tipo de propiedad o el pago de una compensación).

La Ley sobre el matrimonio y las relaciones familiares (OJ RS No. 69/2004-UPB1) estipula que los bienes de propiedad de uno de los cónyuges al contraer matrimonio seguirán siendo de su propiedad y que podrá disponer de ellos de manera independiente. Los bienes que un cónyuge obtenga como resultado de su trabajo durante el matrimonio se consideran en todos los casos como bienes comunes. Los bienes comunes se dividirán si la relación se termina o disuelve. Durante la duración de la relación, los bienes comunes podrán dividirse por acuerdo o a petición de uno de los cónyuges. Cuando se procede a la división de los bienes se considera que los cónyuges tienen derecho a los bienes comunes por partes iguales, aunque los cónyuges puedan demostrar que contribuyeron en distinto porcentaje a los bienes comunes. Al dividir bienes mancomunados, cualquiera de los cónyuges podrá pedir que se le asignen principalmente aquellos objetos que utiliza para el desempeño de su oficio o profesión y le permiten obtener ingresos, así como los objetos destinados exclusivamente a su uso personal.

No obstante, la Ley sobre el matrimonio y las relaciones familiares no define qué derechos de propiedad forman parte de los bienes mancomunados