Ubicación

Tipo de Juzgado

Cantidad

San Salvador

Juzgado de Instrucción

1

Juzgado de Sentencia

1

Cámara

1

Santa Ana

Juzgado de Instrucción

1

Juzgado de Sentencia

1

San Miguel

Juzgado de Instrucción

1

Juzgado de Sentencia

1

Total

7

Fuente: Corte Suprema de Justicia

En cumplimiento a la Recomendación 13(a) se informa lo siguiente: La asignación del recurso humano, técnico y financiero para el funcionamiento de los Tribunales Especializados para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres es la siguiente:

Tabla 2.

Personal asignado a Juzgados Especializados Para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres. 2017

Cargo nominal y funcional

Sexo

Vacante

Total

Mujer

Hombre

Magistrado de Cámara I

2

0

0

2

Secretario de Cámara I

1

0

0

1

Colaborador Judicial A-I

4

0

0

4

Oficial Mayor A-I

0

1

0

1

Ordenanza A-I

0

1

0

1

Juez de 1a Instancia I

2

0

0

2

Secretario de 1a Instancia I

2

0

0

2

Colaborador Judicial B-I

5

2

0

7

Notificador B-I

0

2

0

2

Ordenanza B-I

1

1

0

2

Juez de 1a Instancia II

3

1

0

4

Secretario de 1a Instancia II

3

1

0

4

Colaborador Judicial B-II

9

3

0

12

Notificador B-II

0

4

0

4

Ordenanza B-II

0

3

1

4

Total

32

19

1

52

Fuente: Corte Suprema de Justicia. 2018

4.El Estado parte informa que para el año de 2017, la Corte Suprema de Justicia (CSJ)ha realizado 12 cursos de formación para el personal de los tribunales especializados; y 17 cursos en el año 2018. Entre las temáticas desarrolladas están: Fortalecimiento por Disciplina de la competencia de los profesionales en el Marco de la Normativa Especializada; Reparación Integral a las víctimas de violencia y discriminación para las mujeres; Programa de capacitación de Derecho Penal para la Jurisdicción Especializada para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres; Análisis e Interpretación de Peritaje Médico Legal en los Delitos Sexuales, de Violencia Intrafamiliar y Feminicidio. (Anexo 1)

5.Adicionalmente, la CSJ en coordinación con ISDEMU en el año 2016 brindaron un curso propedéutico (parte del proceso de selección) a personas aspirantes a cargos de la jurisdicción especializada, siendo impartido a 92 aspirantes a plazas jurídicas (71 mujeres y 21 hombres), así como a 133 aspirantes a conformar los equipos multidisciplinarios (118 mujeres y 15 hombres).

6.Es necesario mencionar que los Tribunales Especializados, cuentan con un Equipo Multidisciplinario que apoya en la realización de estudios necesarios según sea requerido por los tribunales, y que está integrado de la siguiente manera:

Tabla 3.

Personal asignado a equipos multidisciplinarios de los Juzgados Especializados para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres. 2017

Especialidad

Sexo

Total

Mujer

Hombre

Psicología

6

0

6

Trabajo Social

4

1

5

Educación

0

1

1

Motorista

0

1

1

Total

13

Fuente: Corte Suprema de Justicia. 2018

7.El Estado Salvadoreño informa que la CSJ actualmente está trabajando en la elaboración del Manual de Competencia del Equipo Multidisciplinario, y el Protocolo para la atención de usuarias y usuarios del equipo multidisciplinario, mismo que contiene todos los elementos necesarios para garantizar una atención con calidad, laicidad, empatía, especialización, prioridad de atención, atención integral y calidez.

8.Parte del trabajo del Equipo Multidisciplinario es la elaboración de distintos tipos de informes (social, psicológico, psicosocial, educativo), según lo solicitado por la Jueza Especializada de Instrucción y la Jueza Especializada de Sentencia. La población destinataria y/o beneficiaria de la elaboración de estos informes son las mujeres usuarias de la Jurisdicción Especializada, su grupo familiar, denunciados o demandados, a quienes se les practican los distintos tipos de informes. A la fecha se han elaborado 336 informes: 156 de tipo social, 7 psicológico, 169 psicosocial y 4 psicosocial educativo.

9.En ese mismo marco, la CSJ ha creado una base de datos con las direcciones, teléfonos y perfil de programas e instituciones públicas y privadas, que brindan terapias psicológicas, educación en derecho, y fortalecimiento de redes de apoyo, a fin de que la Jueza Especializada de Instrucción, pueda remitir a las usuarias, su grupo familiar y demandados o denunciados. El total de casos tramitados en la jurisdicción especializada son los siguientes: juzgados especializados de instrucción, 1,760casos; juzgados especializados de sentencia, 64 casos; mientras que la Cámara Especializada ha tramitado 38 casos. (Anexo 2)

En cumplimiento a la Recomendación 13(b): Refuerce las capacidades de la Policía Nacional Civil, la Procuraduría General y el Instituto de Medicina Legal para la aplicación de protocolos y para el seguimiento de su implementación.

Unidades Institucionales de Atención Especializada para Mujeres que enfrentan violencia.

10.ISDEMU, como ente rector de las políticas públicas en la temática de mujer, el año 2016 pone en funcionamiento el Sistema Nacional de Atención (SNA), que constituye un mecanismo de gestión y articulación interinstitucional a nivel nacional, para la atención integral y especializada de las mujeres que enfrentan violencia por razón de género. El SNA está integrado por las instituciones que tienen responsabilidad de brindar atención especializada de acuerdo a lo establecido en la LEIV. El SNA tiene como propósitos: a) Prestar servicios integrales y especializados a mujeres con el fin de atender, proteger y restablecer sus derechos vulnerados; b) Fortalecer la capacidad de respuesta institucional en la ruta de atención en todos los casos de violencia contra las mujeres; c) Aplicación de medidas cautelares a favor de las víctimas.

11.El Art. 25 de la LEIV establece que deben instalarse las Unidades Integrales de Atención Especializadas (UIAEM) en las siguientes instituciones y sus correspondientes delegaciones departamentales: Corte Suprema de Justicia (CSJ), Fiscalía General de la República (FGR), Procuraduría General de la República (PGR), Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), Policía Nacional Civil (PNC), Instituto de Medicina Legal (IML) y Ministerio de Salud (MINSAL).

12.Desde la entrada en vigencia de la LEIV a la fecha, se ha incrementado progresivamente la disponibilidad de servicios de atención para mujeres a nivel nacional, contándose a junio de 2018 con 101 UIAEM, con cobertura en los 14 departamentos del país (Anexo 3). Cada una de las instituciones responsables de brindar atención, ha desarrollado herramientas técnicas que orientan el quehacer de estas unidades especializadas para la investigación de los delitos de violencia contra las mujeres, se mencionan los más importantes:

13.Fiscalía General de la República:

Protocolo de actuación para la investigación del Feminicidio;

Guía de Uso de Cámara Gesell;

Protocolo de Atención legal y psicosocial para personas que enfrentan violencia, con énfasis en niñez, adolescencia, mujeres y otra población en condiciones de vulnerabilidad;

Política de Persecución Penal en casos de violencia contra las mujeres;

Policía Nacional Civil;

Manual de normas y procedimientos investigativos Tomo III/III en atención a la LEIV;

Protocolo de Abordaje de llamadas telefónicas de mujeres en situación de Violencia de;

Género;

Protocolo de Atención a mujeres víctimas de Violencia Sexual;

Protocolo con enfoque de Género y Derechos Humanos para el abordaje diferenciado de la Diversidad Humana en los servicios policiales de División Víctimas y Testigos;

Protocolo para la atención, abordaje y procedimiento policial en casos de mujeres: niñas, adolescentes, adultas y adultas mayores, sobrevivientes de la violencia sexual;

Procuraduría General de la República:

Protocolo prevención, atención, protección y sanción de hechos de violencia y discriminación contra mujeres trabajadoras de la Procuraduría General de la República;

Directriz para la atención de mujeres en conflicto con la ley;

Directriz para promocionar el trabajo de sensibilización de las Unidades de Atención Especializada para las Mujeres hacia las mujeres del área rural;

Proceso de Atención por Violencia hacia las Mujeres;

Proceso para la Atención por Discriminación contra las Mujeres;

Instructivo del Proceso de Atención por Violencia hacia las Mujeres por Nota de Derivación de la Unidad de Defensoría Pública Penal;

Documento de Coordinación Interinstitucional e Intersectorial para la Ruta de Atención Integral a Mujeres en situación de Violencia de la Zona Norte de San Salvador;

Documento de Coordinación Interinstitucional para la Ruta de Atención Integral e Integrada a Mujeres, Niñas, Niños y Adolescentes en diversas situaciones de Violencia de la Zona Sur.

14.La Fiscalía General de la República (FGR) cuenta con seis UIAEM a nivel nacional, distribuidas en las siguientes Oficinas Fiscales en los Departamentos de: San Salvador, La Libertad; San Vicente, Santa Ana, Sonsonate y San Miguel. Las UIAEM fueron creadas mediante el Manual de Procedimiento, el cual describe las funciones del personal que integra la unidad; se rigen por los lineamientos contenidos en la Política de Persecución Penal, el Protocolo de actuación para la investigación del feminicidio, el Protocolo de Atención Legal y Psicosocial a víctimas, entre otros.

15.Las UIAEM de la FGR son responsables de conocer de las investigaciones realizadas en los 11 delitos de la LEIV y los delitos de naturaleza sexual de mujeres mayores de quince años. Para tal fin, a octubre de 2018 cuentan con 43 personas asignadas, de las cuales 39 son mujeres y 4 son hombres. (Anexo 4). El presupuesto para el funcionamiento de estas UIAEM forma parte del presupuesto anual de la FGR.

16.En el 2017 la FGR capacitó al personal asignado en las 6 UIAEM, en las 19 Unidades de Niñez, Adolescencia y Mujer en su relación familiar, así como personal de las 19 Oficinas Fiscales; quienes fueron formados y sensibilizados en 57 diferentes procesos de formación; y de enero a octubre de 2018 se han desarrollado 114 procesos de formación. (Anexo 5)

17.En Julio 2017 la Fiscalía General de la República crea la Dirección Nacional de la Mujer, Niñez, Adolescencia, Población LGBTI y otros Grupos en condición de Vulnerabilidad (DNMPV), compuesta por una Directora y cuatro Coordinaciones: 1) Mujer; 2) Niñez y Adolescencia; 3) Población LGBTI y otros grupos en condición de vulnerabilidad; 4) Atención Integral para Víctimas.

18.Las competencias de las cuatro coordinaciones en general son: Crear mecanismos estandarizados de abordaje en la investigación de los delitos cometidos en perjuicio de la mujer, niñas, niños, adolescentes, población LGBTI y otros grupos en condición de vulnerabilidad a nivel nacional, garantizando de forma prioritaria sus derechos en la aplicación de la ley; Coordinar y verificar con Jefes de Oficina y UIAEM el seguimiento de los casos, en casos relevantes y cuando se considere necesario; Velar que en la atención, se utilicen los mecanismos necesarios para evitar la victimización, utilización de espacios que reúnan las condiciones de privacidad y confort. A octubre 2018, la Dirección está conformada por siete personas, de las cuales seis son mujeres y uno es hombre (Anexo 6). El presupuesto para su funcionamiento forma parte del presupuesto regular de la FGR.

19.La FGR informa que en el 2017 realizó 35 procesos de formación para el personal de la DNMPV, y de enero a octubre de 2018 realizó 41 procesos de formación. (Anexo 7)

20.En cumplimiento del Art. 56 de la LEIV, la Fiscalía General de la República, presentó en noviembre 2018, la Política de persecución penal en materia de violencia contra las mujeres, con el objeto de establecer criterios y lineamientos para la persecución penal en materia de violencia contra las mujeres a efecto de realizar investigaciones y judicializar los casos de manera efectiva y eficaz, con perspectiva de género desde la interseccionalidad, para reducir la impunidad. Dicha política es vinculante para todo el personal de la FGR y en lo que no contradiga sus propias normativas, a la Policía Nacional Civil y otras instituciones que colaboran con las funciones de investigación.

21.La Procuraduría General de la República (PGR), cuenta con 15 UIAEM, una en cada departamento del país y tiene además una Unidad de Atención Especializada para las Mujeres ubicada en el municipio de Soyapango. Entre sus competencias se encuentran: Brindar servicios integrales en condiciones higiénicas y de privacidad, con atención de calidad y con calidez, priorizando la atención en crisis; asesorar e informar sobre los derechos, las medidas relativas a su protección y seguridad, a las mujeres que enfrentan violencia o discriminación; brindar asesoría, asistencia y representación legal en las áreas de violencia por razón de género, violencia intrafamiliar y discriminación a mujeres; brindar acompañamiento en el área legal y psicosocial a mujeres que enfrenten hechos de violencia, en sede judicial o administrativa; coordinar con casas de acogida y enlaces con redes de apoyo; facilitar los Grupos de Autoayuda y/o formación y apoyo; recibir y canalizar las denuncias formuladas por cualquier persona y organización ante hechos de discriminación.

22.Al cierre del año 2018, la PGR informa que tiene destacados 49 personas en las UIAEM, de las cuales 46 son mujeres y 3 son hombres (Anexo 8). Con un presupuesto de $1,084,372.00 dólares anuales, que forman parte del presupuesto institucional. La PGR reporta que en el 2017 realizó 24 actividades formativas, dirigidas a personal asignado en las UIAEM; mientras que de enero a octubre de 2018 realizaron 10 actividades formativas. (Anexo No. 9)

23.La Policía Nacional Civil(PNC)cuenta con 31 UIAEM a nivel nacional, las cuales tiene entre sus competencias: recibir denuncias por delitos de violencia contra las mujeres por razón de género; Informar sobre los derechos que asisten a las usuarias, medidas de protección, servicios de emergencia, casas de acogida; coordinar acciones de carácter asistencial física y psicológica (aplicación de retrovirales, anticonceptivos de emergencias, entre otros); acompañar a las mujeres cuando así lo requieran en los procesos judiciales y dar seguimiento al caso; coordinaciones interinstitucionales para la atención integral a las usuarias.

24.El marco operativo de las UIAEM de la PNC contempla: Perfil de la Unidad Institucional de Atención Especializada a las Mujeres en Situación de Violencia de la Oficina de Denuncia y Atención Ciudadana; Procedimiento de Abordaje: Lineamientos Policiales para el abordaje especializado de la violencia contra las mujeres; Protocolo para la Atención, Abordaje y Procedimiento policial en caso de Mujeres: Niñas, Adolescentes, Adultas y Adultas Mayores sobrevivientes de Violencia Sexual.

25.Al cierre del año 2018, la PNC informa que 179 personas están destacadas en las UIAEM (96 mujeres y 83 hombres), (Anexo 10). El presupuesto asignado para el 2018 para el funcionamiento de las UIAEM fue de US $1,194,464.44, de los cuales US $1,184,464.44 corresponde a salarios y US $10,000.00 corresponde al pago de servicios y combustible.

26.La PNC ha fortalecido al personal que labora en la UIAEM con los siguientes procesos de formación: Primer Curso avanzado en Derechos y Procedimientos con Mujeres en situación de Violencia, Discriminación y Delitos por razones de Género, realizado en abril de 2017, en el cual fueron formados 34 funcionarios de las UIAEM (19 mujeres y 15 hombres); Curso en Derechos y Procedimientos con Mujeres en situación de Violencia, Discriminación y Delitos por razones de Género, realizado en febrero de 2018, en el cual se formaron 35 funcionarios (20 mujeres y 15 hombres). También se han realizado dos Cursos para la Investigación Criminal de Delitos de Violencia de Género contra las Mujeres, con la participación de 50 personas (14 mujeres y 36 hombres).

27.En este período la PNC destaca la creación de21 Equipos Especializados de Investigación Criminal de Violencia contra la Mujer (EVIM), que complementan el trabajo que se realiza a través de las UIAEM.

28.El Instituto de Medina Legal cuenta con dos UIAEM a nivel nacional, cuyo personal ha sido capacitado en las siguientes áreas: Prevención, atención y erradicación del acoso sexual y laboral; Análisis e interpretación de peritaje IML en los delitos sexuales; Feminicidio; Violencia intrafamiliar y Feminicidio; Autopsia psicológica; Delitos sexuales; Taller Protocolo de actuación para investigación del Feminicidio.

Recomendación 17. Sobre Mecanismo Nacional para el Adelanto de la Mujer, el Comité recomienda que el Estado Parte: (a) Acelere la adopción de leyes que refuercen el rol rector del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU)

29.Al Estado Salvadoreño le complace informar que en septiembre de 2018, a iniciativa del Presidente de la República Profesor Salvador Sánchez Cerén, por medio de la Ministra de Trabajo y Previsión Social, presentó el Proyecto de Decreto Legislativo de la Ley del Instituto Salvadoreño para las Mujeres, el cual desarrolla la creación del Instituto Salvadoreño para las Mujeres (IMUJERES), como institución rectora para el avance de los derechos de las mujeres y tendrá por objeto velar por la incorporación sistemática del principio de transversalidad de la igualdad y no discriminación, así como el derecho a una vida libre de violencia para las mujeres.

30.La actual Ley del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, emitida por Decreto Legislativo No. 644, de fecha 29 de febrero de 1996, atribuye funciones que requieren ser armonizadas y actualizadas, con el propósito de garantizar el cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades derivadas de las siguientes leyes: LIE, LEIV, así como la Ley contra la Violencia Intrafamiliar. Por ello, es necesario la emisión de una nueva ley que reoriente las atribuciones que ahora se confieren al IMUJERES. En ese sentido, se propone mediante el Proyecto de Decreto Legislativo de la Ley del Instituto Salvadoreño para las Mujeres, crear una institución de derecho público, con autonomía en lo técnico, financiero y administrativo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio. A la fecha, el Proyecto de Ley se encuentra aún en estudio por parte de la Asamblea Legislativa, para su oportuna aprobación conforme a derecho.

Recomendación 17. Sobre Mecanismo Nacional para el Adelanto de la Mujer, el Comité recomienda que el Estado Parte: (c) Continúe fortaleciendo al ISDEMU, proporcionándole los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para asegurar la efectiva coordinación e implementación de políticas públicas para el adelanto de la mujer y, en particular, para cumplir con su mandato en el área de recopilación de datos

31.El Estado Salvadoreño informa que durante el período 2017-2018, el ISDEMU ha mantenido un promedio de doscientos sesenta personas empleadas, de las cuales el 90% son mujeres y el 20% son hombres. Para el cierre del 2018, el 51% del personal desempeña labores técnicas de rectoría; el 4% son especialistas; el 11% es personal de gerencias, jefaturas de área y coordinadoras departamentales; el 24% es personal administrativo y el 10% personal operativo. En el ejercicio fiscal 2019, con excepción de la Directora Ejecutiva, el 100% del personal se encuentra contratado por el régimen de Ley de Salarios, lo que da estabilidad laboral al personal permitiendo la cualificación del personal y la continuidad de los procesos de trabajo.

32.El presupuesto institucional durante el período 2014-2018 mantuvo una constante, con muy leves variaciones de cinco millones cien mil dólares. Con el propósito de fortalecer la capacidad institucional, para el año 2019, el Estado parte le complace informar que la Asamblea Legislativa aprobó un incremento de setecientos mil dólares adicionales, que representa un 13.6%, tal como se detalla en la tabla a continuación:

Tabla No. 4

Presupuesto ISDEMU

Recursos del Presupuesto General de la Nación 2017-2019

Tipo de gasto

2017

2018

2019

Gastos corrientes

$5143,445

$5163,155

$5864,860

Proyectos de inversión

$180,000

$43,000

$300,000

Total

$5,325,462

$5,208,173

$6,166,879

Fuente : ISDEMU. Elaboración propia con base a registros administrativos (2017-2019).

33.Al Estado Salvadoreño le complace informar que en cumplimiento a las recomendaciones del Comité de la CEDAW, el ISDEMU en 2017 crea la Coordinación de Planificación, con responsabilidades de coordinación técnica del proceso de planificación institucional y dar seguimiento al Sistema de Información y Estadísticas Institucionales. En dicha unidad, laboran a tiempo completo tres personas.

34.El sistema de información cuenta con cinco módulos: 1. Planificación institucional que da seguimiento a todos los procesos de rectoría de políticas públicas a nivel nacional y municipal; 2. Módulo del Plan Nacional de Igualdad 2016-2020; 3. Módulo del Plan Quinquenal de la Política Nacional para el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia; 4. Módulo seguimiento al MESECVI; 5. Módulo seguimiento a CEDAW (en construcción). El Centro de Información funciona bajo la dirección www.infoigualdad-isdemu.gob.sv .