40° período de sesiones

Acta resumida de la 826ª sesión

Celebrada en el Palacio de las Naciones, Ginebra, el viernes 25 de enero de 2008 a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Šimonović

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos sexto y séptimo combinados de Suecia

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos sexto y séptimo combinados de Suecia (CEDAW/C/SWE/7, CEDAW/C/SWE/Q/7 y Add.1)

Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Suecia toman asiento como participantes en el debate de la Mesa del Comité.

El Sr. Hallerby, presentando el informe, dice que todas las formas de discriminación son obstáculos para la democracia y que todas las personas deben gozar de las mismas oportunidades en todas las esferas de la sociedad.

El nuevo Gobierno de Suecia, elegido después de la presentación de su anterior informe, ha establecido un Ministerio para la Integración y la Igualdad entre los Géneros, encargado de cuestiones tales como la igualdad entre el hombre y la mujer, la integración, los derechos humanos, la democracia y las minorías nacionales. El Gobierno considera que una sociedad en la que hombres y mujeres comparten el poder y la influencia en todos los ámbitos tiene mejores posibilidades de desarrollo y crecimiento.

A pesar de los avances en la promoción de la igualdad entre los géneros en Suecia, es mucho lo que queda por hacer. Como una de sus primeras medidas, el nuevo Gobierno ha incrementado su presupuesto anual para actividades relativas a la igualdad entre los géneros de 4 millones a 40 millones de euros. Ha aprobado un plan de acción sobre la violencia contra la mujer y ha destinado la suma de 80 millones de euros para la aplicación de medidas durante los próximos tres años. Como parte de su proyecto de presupuesto para 2007, también anunció una iniciativa destinada a promover la capacidad empresarial de las mujeres, con una asignación adicional de 10 millones de euros anuales. Asignó recursos para nuevas investigaciones en los ámbitos de la salud de la mujer, nombró una comisión investigadora para examinar las estructuras de carrera en el sector de la educación superior y enmendó la Ley del aborto de modo que no se exija que las mujeres sean ciudadanas suecas o residentes en Suecia para poder someterse a un aborto.

La integración de la perspectiva de género —es decir, la integración estratégica a largo plazo de una perspectiva de género en todos los ámbitos políticos pertinentes— es la principal estrategia del Gobierno para alcanzar la igualdad entre los géneros. Sin embargo, no excluye la aplicación de medidas especiales de carácter temporal o de legislación específica para la protección de las mujeres y niñas contra la discriminación y sentar las bases para lograr un cambio sostenible en las instituciones y en la sociedad.

Debido a que las autoridades locales y regionales son las responsables de los servicios básicos, como la escolarización, la atención de la infancia, la atención de la salud y la atención de las personas de edad, el Gobierno ha asignado 10 millones de euros para la integración de la perspectiva de género en esos sectores, incluso a través del perfeccionamiento y la formación del personal y el desarrollo de sistemas de gestión.

La legislación vigente combina una serie de leyes y estatutos. En la primavera de 2008 se elevará al Parlamento un proyecto de ley más amplio, cohesivo y antidiscriminatorio, que prohibirá la discriminación por motivos de sexo, orientación sexual, identidad de género, procedencia étnica, religión u otras creencias religiosas, discapacidad y edad. El proyecto de ley se aplicará a la vida laboral, la educación; los bienes, servicios y vivienda; los servicios sociales; el sistema de seguridad social; la atención de la salud; y el servicio nacional militar y civil, e impondrá sanciones mucho más rigurosas en caso de violación de sus disposiciones. Al respecto, el Gobierno propondrá que los cuatros defensores del pueblo pasen a formar una sola autoridad nacional, la Oficina del Ombudsman contra la discriminación, que vigilará el cumplimiento de la nueva ley.

El plan de acción para combatir la violencia contra la mujer, la violencia y la opresión por motivos de honor, y la violencia en las relaciones homosexuales, que se describe en el párrafo 56 de las respuestas a la lista de cuestiones (CEDAW/C/SWE/ Q/7/Add.1), al que se ha asignado la suma de 80 millones de euros, se centra en los grupos de mujeres cuyas circunstancias y situaciones las hacen especialmente vulnerables a la violencia, incluidas las mujeres con discapacidad o problemas de abuso, las mujeres inmigrantes, las mujeres miembros de minorías nacionales y las mujeres de edad. El plan también reconoce la necesidad de conocimientos específicos y, en algunos casos, rutinas especiales en las investigaciones policiales, las evaluaciones del riesgo y el trabajo de los servicios sociales que luchan contra la violencia y la opresión por motivos de honor, ya que suele haber más de un solo perpetrador y otras mujeres y niñas también podrían ser participar en esas actividades delictivas.

Las medidas que se adoptarán en el marco del plan se han agrupado en seis esferas. En el ámbito de la protección y el apoyo a las víctimas, se ha fortalecido la Ley de Servicios Sociales a través de una declaración explícita que señala que las municipalidades tienen la obligación de prestar apoyo y ayuda a las víctimas de delitos, y se establecerá un programa nacional para ofrecer tratamiento a las víctimas de delitos sexuales. En el ámbito de las medidas preventivas, se establecerá una clínica virtual para jóvenes en Internet y se asignarán recursos para contar con un entorno urbano más seguro. Con respecto al aumento de la calidad y la eficacia del sistema judicial, se formulará un programa de educación para mejorar el tratamiento de las víctimas de abuso sexual, incluidas las violaciones; dicho programa estará dirigido a la policía, los fiscales y los tribunales, y todos los hombres acusados de algún acto de violencia contra la mujer podrán asistir a programas de tratamiento. En el ámbito de una mayor cooperación entre los órganos competentes, se ha asignado a las juntas administrativas municipales la tarea de apoyar y coordinar las actividades regionales de lucha contra la violencia del hombre contra la mujer, se estimulará la cooperación en el plano local y el Gobierno elaborará un modelo nacional para investigar casos de violencia del hombre contra la mujer. Por último, con respecto al fomento del conocimiento, el Gobierno tiene previsto iniciar un programa científico centrado en la violencia del hombre contra la mujer, la violencia y la opresión por motivos de honor y la violencia en las relaciones homosexuales, y ampliar la oferta educacional para los educadores y el personal de los centros para jóvenes.

El Gobierno considera que la prostitución y la trata de seres humanos son graves obstáculos para la igualdad entre los géneros. En consecuencia, está adoptando disposiciones para prevenir y combatir esos actos a través de medidas judiciales y sociales centradas en la demanda de servicios sexuales. La Ley que prohíbe la compra de servicios sexuales, que será evaluada en 2008, es un medio de apoyar la labor de los servicios sociales; la tipificación como delito nunca será más que un elemento complementario de los esfuerzos para reducir la prostitución.

La participación en el mercado laboral es bastante equitativa entre hombres y mujeres; gracias a las opciones en materia de atención de los niños y permisos remunerados por nacimiento de hijos, nadie está obligado a elegir entre el cuidado de los hijos y el trabajo. El trabajo a jornada parcial puede facilitar la vida de los progenitores de niños pequeños; sin embargo, son mucho más numerosas las mujeres que los hombres que realizan ese tipo de trabajo, y sus salarios, oportunidades de carrera y pensiones se ven afectados. A comienzos de 2007, el Gobierno introdujo un crédito sobre el impuesto a las rentas del trabajo, que representa un incentivo para que los trabajadores a jornada parcial opten por el trabajo a jornada completa.

Los salarios se negocian a través de negociación colectiva en el mercado laboral, proceso en el que no debe intervenir el Gobierno. Sin embargo, está intentando eliminar la diferencia en las remuneraciones entre hombres y mujeres, que sigue siendo un grave problema, a través de la promoción del diálogo y el debate, la recopilación y publicación de estadísticas desglosadas por sexo y la fijación de la meta de eliminar las diferencias salariales injustificadas entre hombres y mujeres en el sector público a más tardar en 2010. Con esos propósitos, ha encargado al Organismo Sueco de Desarrollo Administrativo (Verva) la elaboración de un programa sobre el desarrollo profesional de la mujer en el sector público.

Alrededor de una cuarta parte del total de las empresas suecas son dirigidas por mujeres, y en 2006 la participación de la mujer en la formación de nuevas empresas fue del 35%. Durante el año anterior, el Gobierno adoptó medidas para facilitar y hacer más rentable la dirección de una empresa, de modo que se incrementara el número de mujeres participantes en las redes informales a las que se recurre para la contratación de personal directivo superior. También abrió el sector de la atención de la salud para un mayor número de profesionales en esa esfera y redujo las aportaciones al seguro social de los empleadores en algunos sectores de servicios. Asimismo, inició un programa de tres años (2007-2009) y asignó aproximadamente 10 millones de euros para promover la capacidad empresarial de la mujer e incrementar las actividades de investigación y los conocimientos sobre las oportunidades empresariales para la mujer. El programa incluye el financiamiento conjunto de medidas de desarrollo, la formación de asesores comerciales y el desarrollo de servicios basados en la Internet y modelos a seguir. El próximo año, el Gobierno presentará una estrategia amplia para elaborar nuevas iniciativas encaminadas a lograr la igualdad entre los géneros en el empleo y en el sector empresarial.

Con el fin de promover la igualdad de oportunidades en el mercado laboral, el proyecto de presupuesto para 2008 incluirá una bonificación relativa a la igualdad entre los géneros que ofrecerá un importante incentivo a los progenitores para compartir los subsidios parentales; el progenitor que haya permanecido en el hogar durante más tiempo al cuidado de los hijos recibirá un crédito fiscal a su retorno al trabajo, siempre que el otro progenitor haya estado en licencia parental durante ese mismo período.

La Presidenta dice que cabe felicitar al Gobierno por su ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención durante el periodo que abarca el presente informe. Muchos Estados consideran a Suecia como un modelo en el ámbito del disfrute de los derechos humanos, pero es indudable que subsisten algunos problemas.

Artículos 1 a 6

El Sr. Flinterman dice que tanto el informe como la información recibida de las organizaciones no gubernamentales (ONG) dan a entender que la Convención es muy poco conocida en Suecia. El Comité de Derechos Humanos elogió al Gobierno por su creativa utilización del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aún cuando el Pacto no puede ser invocado directamente en los tribunales; sería conveniente saber si hay casos en los que se ha invocado la Convención de manera similar. El Gobierno debe considerar la posibilidad de incorporar la Convención en la legislación nacional, particularmente a la luz de la reciente ratificación por parte de Suecia del Protocolo Facultativo. También sería conveniente saber si la legislatura posee algún mecanismo para examinar los proyectos de ley en función de las obligaciones de Suecia en virtud de la Convención, teniendo en cuenta las recomendaciones generales del Comité.

Un reciente estudio llegó a la conclusión de que la Constitución es neutral respecto del sexo. El orador se pregunta si la delegación concuerda con esa opinión y, de ser así, si el Gobierno prevé adoptar medidas para que ese instrumento tenga más en cuenta las cuestiones de género.

La Sra. Schöpp-Schilling dice que, si bien Suecia tiene una larga historia de respeto de los derechos humanos, aún existen problemas en el sector económico. La delegación debe explicar si el nuevo proyecto de ley contra la discriminación incorporará las directivas europeas pertinentes, si reflejará las disposiciones de los artículos 1 y 2 de la Convención y si estipulará específicamente la aplicación de medidas especiales de carácter temporal en esferas en las que existan pruebas de discriminación contra la mujer o cuando tengan una escasa representación en los sectores público o privado; al respecto, pide a la delegación que se remita a la Recomendación General No. 25 del Comité.

Lamenta que el Gobierno no esté dispuesto a fijar objetivos y cuotas en relación con el número de mujeres en cargos administrativos en el sector privado y se pregunta si tiene previsto adoptar otras medidas, como la introducción de incentivos, para remediar la escasa representación de la mujer en los directorios de las empresas privadas. En el párrafo 179 del informe se ofrecen estadísticas sobre el porcentaje de mujeres en las juntas administrativas del gobierno central en 2004; sería conveniente recibir información relativa a los años subsiguientes.

La Presidenta, hablando como miembro del Comité, señala que para elevar un caso al Comité en el marco del Protocolo Facultativo, una mujer tiene que haber agotado primero todos los recursos locales. La Presidenta desea saber cuáles son esos últimos recursos y si los miembros de la judicatura reciben formación en relación con la Convención y el Protocolo Facultativo.

La Sra. Tavares da Silva señala que en el Proyecto de ley del Gobierno 2005/06:155, se afirma que el objetivo amplio de la política de igualdad entre los géneros del Gobierno se aplica a todas las personas; sin embargo, la política no parece abarcar los problemas de las mujeres miembros de grupos vulnerables como las inmigrantes, las refugiadas y las pertenecientes a las minorías. En sus anteriores observaciones finales, el Comité exhortó al Gobierno a adoptar medidas eficaces para eliminar la discriminación contra esas mujeres (A/56/38, párrafo 356), pero en el informe y las respuestas del Gobierno a la lista de cuestiones menciona sólo a los sami y los romaníes; agradecería recibir información sobre otras minorías.

Sería interesante conocer los resultados de los seminarios regionales celebrados por el grupo de trabajo de mujeres romaníes, que se menciona en el párrafo 52 de las respuestas a la lista de cuestiones, incluidos los planes o programas resultantes, y tener más información sobre el proyecto de la Unión Europea que se menciona en el párrafo 57 de las respuestas.

Las respuestas del Gobierno a la pregunta 29 de la lista de cuestiones no tienen en cuenta las cuestiones de género; hay poca información sobre la situación específica de las mujeres miembros de grupos vulnerables. Desea saber si la delegación considera que las inquietudes expresadas por el Comité en esa pregunta son justificadas.

La Sra. Dairiam dice que, aunque las intenciones del Gobierno son buenas, las respuestas a la lista de cuestiones, y particularmente el párrafo 6 dan a entender que sus esfuerzos por alcanzar la igualdad entre los géneros en gran medida han sido ineficaces. En las respuestas se mencionan documentos rectores y planes de acción anuales (párrafo 5). La delegación debe explicar qué orientaciones están a disposición de los distintos ministerios para la elaboración de sus planes de acción, cuál es el marco normativo de los planes y si está basado en la Convención, qué autoridad central se encarga de la supervisión de todos los planes y si elabora algún informe sobre la eficacia de los mismos, cómo se evalúan los resultados, qué programas de creación de capacidad existen y si los funcionarios públicos superiores y jefes de departamentos son sancionados si sus ministerios no cumplen con la obligación de elaborar un plan anual o no alcanzan los objetivos que allí se señalan.

Por último, acoge con agrado la creación del Ministerio para la Integración y la Igualdad entre los Géneros y confía en que se crearán también los mecanismos nacionales pertinentes para sentar una base firme para la integración de las cuestiones de género.

La Sra. Shin observa que los progresos para alcanzar la igualdad entre los géneros en Suecia han sido más lentos de lo previsto. Pide a la delegación que identifique los factores del caso, que comúnmente incluyen las actitudes de los hombres, la oposición por parte del sector privado y una distribución poco equitativa de las responsabilidades en el seno de la familia.

La delegación ha afirmado que el Gobierno tiene previsto prestar mayor atención a las mujeres con discapacidad. La oradora señala, sin embargo, que las políticas públicas relativas a las personas con discapacidad suelen tratarlas como personas sin distinción de sexo; por ejemplo, se ofrecen salas de baño comunes para uso de hombres y mujeres, lo que muchos consideran humillante. La oradora pregunta si se tienen en cuenta las necesidades especiales de las mujeres con discapacidad y, en particular, si los albergues para las víctimas de violencia incluyen las facilidades apropiadas para ellas, si se imparte formación a la policía para ocuparse de las necesidades específicas —por ejemplo, en los interrogatorios de testigos ciegos o sordos— y qué medidas se están adoptando para que sus vidas sean más llevaderas.

El Sr. Hallerby (Suecia) se manifiesta de acuerdo en que los progresos en materia de igualdad entre los géneros han sido muy lentos; por ese motivo, el Gobierno ha decidido aumentar el presupuesto con el propósito, entre otros, de impartir formación a los funcionarios encargados de hacer cumplir las leyes.

El problema de la incorporación de la Convención en la legislación nacional es más de orden teórico que práctico. . En el marco del sistema jurídico de Suecia, no se puede invocar directamente los tratados internacionales; es preciso transformarlos en una o más leyes nacionales o añadir sus disposiciones a alguna ley existente. Esos procedimientos no se han seguido en relación con ninguno de los instrumentos internacionales de derechos humanos en los que es parte Suecia, pero sus elementos esenciales se reflejan en la legislación vigente y hasta el momento no han surgido conflictos importantes.

La Sra. Bergman (Suecia) dice que no ha sido necesario incorporar la Convención en la legislación nacional debido a que no existe ningún conflicto importante entre la Convención y la legislación nacional. Sin embargo, el Gobierno ha establecido un Comité para asegurar que todos los proyectos de ley cumplan las obligaciones de Suecia en virtud de los acuerdos internacionales.

El Sr. Hallerby (Suecia) dice que el Gobierno ha llegado a la conclusión de que el establecimiento de cuotas en el sector privado interferiría con la propiedad de las empresas de los accionistas. Para lograr un equilibrio entre la libertad del sector privado y las medidas para controlar las actividades económicas, el Gobierno ha decidido adoptar estrategias que ofrezcan información a las empresas y promuevan el diálogo y el debate. El porcentaje de hombres en el sector privado bajó del 95% en 2000 al 81% en 2008. El Gobierno intensificará sus esfuerzos para aumentar la participación de la mujer.

La Sra. Bergman (Suecia) dice que el plan de acción para combatir la violencia del hombre contra la mujer, presentado por el Gobierno en noviembre de 2007, se centra en las mujeres inmigrantes, así como el conjunto de reformas encaminadas a promover la igualdad en el mercado laboral. Las municipalidades que acogen inmigrantes reciben bonificaciones financieras; también se ofrecen incentivos financieros a las personas para que estudien el idioma sueco.

El Sr. Hallerby (Suecia) dice que en el otoño de 2006, el Gobierno nombró un grupo encargado de las cuestiones de los romaníes, al que confió la tarea de mejorar la situación de los romaníes en Suecia. El grupo está integrado por 10 miembros, la mitad de los cuales son de origen romaní. El Gobierno también ha nombrado varios expertos y un amplio grupo de referencia integrado por representantes de las organizaciones romaníes. Una de las primeras tareas de la delegación fue adquirir experiencia y conocimientos en esa esfera y presentar propuestas para mejorar las condiciones de vida de los romaníes en la sociedad sueca. En diciembre de 2007 Suecia organizó una conferencia sobre los derechos de las mujeres romaníes en cooperación con el Consejo de Europa y la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, con el propósito de un foro para el debate y el intercambio de información y buenas prácticas entre los encargados de formular políticas y los integrantes de las redes romaníes en toda Europa sobre los desafíos que enfrentan hoy día las mujeres romaníes.

La Sra. Lundkvist (Suecia) dice que la incorporación de la perspectiva de género es la principal estrategia que utiliza el Gobierno para la aplicación de su política de igualdad entre los géneros. El Gobierno ha establecido un Plan general para la incorporación de la perspectiva de género en la administración pública 2004-2009, que todos los ministerios tienen la obligación de aplicar. Además, cada ministerio elabora su propio plan de acción con el propósito de alcanzar los objetivos fijados en el plan general. Al respecto, se han fijado cuatro esferas de particular importancia: gestión y control, formación, métodos, y la organización del trabajo. La División para la Igualdad entre los Géneros lleva a cabo las actividades anuales de seguimiento y evaluación del plan general y realizará una evaluación más amplia en 2010. En 2007, el Gobierno presentó propuestas sobre los medios de incorporar la perspectiva de género en el sector público a nivel de las organizaciones nacionales.

La Sra. Neiglick (Suecia), refiriéndose al trato que reciben los grupos de mujeres vulnerables, dice que las 290 municipalidades, que gozan de un elevado nivel de autonomía, se encargan de prestar asistencia. Además, las organizaciones de servicios sociales tienen la obligación de prestar ayuda a las mujeres víctimas de violencia y a las mujeres con discapacidad. El Gobierno ha asignado un monto de financiación considerable a las municipalidades para mejorar sus capacidades de prestación de apoyo a las mujeres víctimas de violencia. No todas las municipalidades están en condiciones de ofrecer a las mujeres con discapacidad acceso a los albergues, pero se encargan de trasladar a las mujeres a las que no pueden prestar asistencia a alguna municipalidad cercana.

El Sr. Härneskog (Suecia) dice que la definición de discriminación en Suecia por razones de sexo se estableció a comienzos del decenio de 1980. Cuando Suecia ratificó la Convención en 1980, no pareció necesario enmendar la legislación existente. La definición contenida en leyes subsiguientes se ha elaborado teniendo como modelo la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y las directivas de la Unión Europea, con vistas a la prohibición directa e indirecta de la discriminación, el hostigamiento y el acoso sexual. Cuando se introdujeron enmiendas en la legislación vigente, el lenguaje utilizado en los nuevos textos fue neutral desde el punto de vista del género; por lo tanto, era probable que el Instrumento de Gobierno (la Constitución) también sería neutral desde el punto de vista del género una vez enmendado.

El Sr. Hammarstedt (Suecia) dice que uno de los objetivos del plan de acción del Gobierno sobre la igualdad entre los géneros es promover la representación de la mujer en el Parlamento sami y en la administración pública. De conformidad con el plan, las metas de representación de la mujer en el Parlamento sami se fijaron en el 30% para 2005, el 40% para 2009 y el 50% para 2015, con el objetivo de alcanzar la igualdad de distribución de los géneros en la administración pública en 2010; esas metas ya se han alcanzado. El Gobierno también asigna fondos a los movimientos integrados por mujeres sami con el fin de aumentar la influencia de la mujer y la igualdad entre los géneros en la sociedad sami.

La Sra. Halperin-Kaddari dice que la definición de violación sexual en el Código Penal, que hace referencia a la necesidad de la existencia de violencia o amenaza de violencia y no menciona la ausencia de consentimiento de la víctima, no es compatible con las actuales perspectivas del derecho penal. El Comité no ha recibido suficientes datos concretos sobre condenas efectivas y nivel de sanciones. A través de la información proporcionada por el Consejo Nacional de Prevención del Delito de Suecia, el Comité tiene conocimiento de que el 5% de los casos de violación denunciados se dicta condena. Sería conveniente poder comparar esa cifra en relación con otros procedimientos penales en Suecia. La delegación debe aclarar si existen datos sobre actos delictivos desglosados por sexo. Las sentencias de 2 a 6 años por delitos de violación y de 10 años por violación con circunstancias agravantes parecen leves. Es posible que los niveles de violencia no hayan disminuido porque los niveles de sanción son insuficientes.

La Sra. Tavares da Silva dice que la información proveniente de la sociedad civil demuestra que los hombres controlan el contenido de los medios de comunicación, a pesar de que casi la mitad de los periodistas son mujeres. Las mujeres son representadas principalmente como objetos sexuales o sus imágenes se utilizan para promover el consumo. La delegación debe pronunciarse sobre esa evaluación y aclarar qué medidas adoptará para hacer frente a esa situación. Podría ser necesario revisar las disposiciones jurídicas relativas a la libertad de prensa que permiten la continuación de esa situación.

La Sra. Coker-Appiah, refiriéndose a la Ley de Extranjería, dice que le preocupa el hecho de que una mujer no pueda solicitar el estatuto de refugiada por temor a ser perseguida por motivos de género. El artículo 2 estipula que los Estados deberán adoptar medidas para eliminar la discriminación que practican los agentes no estatales. En consecuencia, el Gobierno debe reconsiderar la interpretación restrictiva de esa definición. Es preciso recibir aclaraciones sobre el examen efectuado por el Gobierno de la legislación de 2004 contra la trata de personas y de la acción emprendida por el Gobierno para aplicar las recomendaciones de dicho examen.

La Sra. Ara Begum acoge con agrado la ley que prohíbe la compra de servicios sexuales, pero desea saber si se ha elaborado algún plan de acción y se han determinado esferas prioritarias; qué medidas punitivas se aplican a las personas que cometen delitos; y si existen medidas para ofrecer a las mujeres involucradas en el comercio del sexo alguna otra opción de vida. El Comité tiene interés también en saber de qué medios se vale Suecia para prestar apoyo a las mujeres víctimas de trata, especialmente a las residentes ilegales que no pueden denunciar esa situación, o no están dispuestas a hacerlo, y cómo aborda la cuestión de las niñas extranjeras menores de edad que se dedican al comercio del sexo. Desea saber su el plan de acción para combatir la violencia del hombre contra la mujer, la violencia y la opresión por motivos de honor y la violencia en las relaciones homosexuales incluye algún mecanismo separado para eliminar la violencia en el hogar y la violación conyugal, y si la existencia de violencia en el hogar da derecho a una mujer migrante a solicitar un permiso de residencia. Por último, la delegación debe informar al Comité sobre las medidas para encarar la violencia en los centros de trabajo.

La Sra. Chutikul desea saber qué progresos se han alcanzado en relación con elplan de acción para prevenir y combatir la prostitución y la trata de personas con fines sexuales y las medidas para combatir la trata de personas con fines de explotación laboral y con otros fines; si las ONG participaron en el proceso; y si el Gobierno tiene previsto utilizar las Directrices sobre los Derechos Humanos y la Trata de Personas de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Protocolo de Palermo), en la elaboración de esos documentos. El Plan de acción debe abarcar todo el ciclo de la trata de personas. También agradecería recibir más información sobre la aplicación de la estrategia denominada “Pobreza y trata de personas”, dirigida a luchar contra la trata de personas mediante la cooperación internacional para el desarrollo, y sobre las repercusiones de las nuevas disposiciones de la Ley de Extranjería sobre las víctimas de operaciones de trata de nacionalidad extranjera.

A tiempo que elogia al Gobierno por haber acogido el primer Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños y por sus esfuerzos para eliminar la demanda, pregunta si se ha dado seguimiento a la recomendación formulada por el Comité de los Derechos del Niño en 2005 de que el Estado Parte fortalezca la legislación que permita el enjuiciamiento de los ciudadanos suecos que intervengan en la explotación sexual de niños en el extranjero, incluida la prohibición de emitir nuevos pasaportes a las personas puestas en libertad tras el pago de una fianza. El Comité tiene conocimiento que esas personas continúan recibiendo nuevos pasaportes, lo que les permite escapar estando bajo fianza.

La Presidenta, haciendo uso de la palabra como miembro del Comité, pregunta si el plan de acción para combatir la violencia del hombre contra la mujer, la violencia y la opresión por motivos de honor, y la violencia en las relaciones homosexuales tiene en cuenta las recomendaciones contenidas en el Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias (A/HRC/4/34/Add.3). Se señala en ese informe (párrafo 34) que alrededor de 400 casos de violencia por motivos de honor se ponen en conocimiento de las autoridades todos los años, pero no ofrece información suficiente sobre la mutilación genital femenina; la delegación tal vez desee remediar esa omisión. También desea saber si el Gobierno ha encargado algún estudio sobre la violencia contra las mujeres sami, de conformidad con la recomendación contenida en el párrafo 71 a) v) del informe, y si ofrece protección y apoyo especiales a todas las mujeres que siguen ejerciendo la prostitución, de conformidad con la recomendación contenida en el párrafo 71 a) iv) del informe. Se refiere, en particular, a cursos de rehabilitación y oportunidades para adoptar otros estilos de vida.

La delegación debe aclarar también el procedimiento de emisión de órdenes de protección; presentar más información sobre las directrices de la Jefatura Nacional de Policía relativas a la evaluación del riesgo y las amenazas en casos de violencia en el hogar; e informar al Comité sobre el número de casos de violencia contra mujeres, incluida la violencia en el hogar, en 2007. Por último, alienta al Estado Parte a referirse a la Recomendación General No. 19.

La Sra. Österberg (Suecia) dice que, además de las seis esferas anteriormente mencionadas, el plan de acción para combatir la violencia del hombre contra la mujer, la violencia y la opresión por motivos de honor, y la violencia en las relaciones homosexuales efectivamente incluye medidas para eliminar la violencia en el hogar. Es de todos conocido el hecho de que la mayoría de casos de violencia contra la mujer son perpetrados por personas de su entorno cercano.

La sexualización de la esfera pública fue una de las prioridades de la política sobre la igualdad entre los géneros durante el período 2002-2006, centrando especialmente su interés en la erradicación de la pornografía. Se proporcionó financiamiento para una serie proyectos dirigidos por distintas ONG, que han presentado sus resultados al Gobierno. Algunos se centraron en el cambio de las actitudes y el desarrollo de estrategias para contrarrestar el problema; otros centraron su interés en los medios de comunicación. También se están adoptando medidas preventivas a través del Consejo de los Medios de Comunicación, que participa en el proyecto intereuropeo Safety, Awareness, Facts and Tools (seguridad, conciencia, hechos e instrumentos) (SAFT), encaminado a promover la utilización segura de la Internet entre los niños y los jóvenes. El Consejo frecuentemente publica informes sobre diversos acontecimientos en los medios de comunicación. Un informe que publicó en 2006, con artículos preparados por expertos y asesores de la juventud, se ha distribuido entre las escuelas y centros para jóvenes. El Consejo tiene el mandato permanente de vigilar el nivel de sensibilización y de responsabilidad de los medios de comunicación.

Por último, el grupo de investigación sobre la discriminación sexual en la publicidad, nombrado en julio de 2006 ha publicado su informe, en el que propone nueva legislación y otras medidas para combatir la publicidad de tipo discriminatorio. Esas propuestas serán ahora examinadas por el Gobierno.

La Sra. Wirlée (Suecia) dice que las solicitudes de órdenes de alejamiento se presentan por conducto de la policía, pero son aprobadas o rechazadas por la fiscalía. Si una solicitud es rechazada, el solicitante puede presentar una apelación. El número de solicitudes ha aumentado desde la introducción de la nueva legislación. En 2006 solamente, la policía recibió más de 10.000 solicitudes, de las que se aprobaron unas 4.300.

Con respecto a las violaciones flagrantes de la integridad de la mujer, hubo alrededor de 2.400 casos denunciados en 2006; la tasa de solución de ese tipo de delito es del 49%. La oradora explica que la tasa varía dependiendo de que se calcule por persona o por delito. En el caso de delitos de violación y otros delitos sexuales, la tasa de solución por persona es del 18%, mientras que la tasa de solución por delito es del 5%. La tasa de solución general es del 55%.

La Sra. Österberg (Suecia) señala que, aun cuando la policía recibe un considerable nivel de formación y posee numerosos instrumentos de investigación, es difícil obtener información en la propia escena del delito. Suele ser difícil, por lo tanto, saber si un determinado delito guarda relación con el honor, o no.

El Sr. Hallerby (Suecia) dice que se está llevando a cabo un estudio en cooperación con la Universidad de Estocolmo para determinar el grado de la violencia relacionada con el honor en Suecia. Uno de los métodos que se utilizarían sería el de formular preguntas a los profesores. El Gobierno dispondrá de más información sobre el tema a fines de abril de 2008, fecha en que debe presentarse el informe.

Con respecto a la sexualización de la esfera pública, insiste en que no hay planes para volver a examinar la libertad de expresión o la libertad de prensa; esas libertades son derechos fundamentales. En su lugar, el Gobierno tiene previsto ocuparse de la cuestión a través del diálogo y el debate.

La Sra. Wilton Wahren (Suecia) dice que casi todos los permisos de residencia se emiten a título individual. La única excepción son los permisos de residencia temporales por motivos de parentesco. Si la relación termina durante el período del permiso, dicho permiso por lo general no es prorrogado. Sin embargo, si la relación termina a causa de un acto de violencia o por alguna otra violación grave de la libertad o la paz de una persona, el permiso puede prorrogarse, aún cuando la relación haya concluido. Por lo tanto, las mujeres extranjeras que son víctimas de violencia en el hogar están protegidas.

Desde 2006, las personas que tienen temores fundados de persecución por motivo de género u orientación sexual pueden solicitar el estatuto de refugiado. Sin embargo, para que una mujer reúna los requisitos para obtener dicho estatuto, el Estado tiene que haber dejado de protegerla adecuadamente por motivo de género, no simplemente por el hecho de carecer de recursos. Los tribunales de migración se encargan de la interpretación de la nueva disposición. Hasta el momento, no se ha procesado ningún caso de ese tipo en el tribunal supremo de migración. Sin embargo, varios tribunales de migración de primera instancia han encontrado que las mujeres en cuestión no habían sido adecuadamente protegidas por el Estado, lo que sugiere que los tribunales no son muy restrictivos en su interpretación de la nueva disposición. De cualquier modo, aún cuando a una persona se le niegue el estatuto de refugiado, siempre puede solicitar la residencia sobre la base de varias otras razones.

La Sra. Neiglick (Suecia) dice que se ha encargado a la Junta Nacional de Salud y Asistencia Social el desarrollo de un sistema para la investigación de casos en los que han muerto mujeres a consecuencia de delitos cometidos en el marco de relaciones cercanas. El objetivo es proteger a las mujeres cuyas vidas corren peligro. Las conclusiones de la Junta deben publicarse en diciembre de 2008.

La Sra. Wirlée (Suecia) dice que, tras la reforma de 2005, se ha ampliado la definición de violación sexual, entre otras cosas mediante la relajación del requisito de utilización de la fuerza. Para que una persona sea condenada por violación, basta ahora que haya obligado a la víctima a participar en un acto sexual recurriendo a la agresión, la violencia o la amenaza de un acto delictivo. Por lo tanto, es posible dictar condena sobre la base de formas de violencia menos severas. Además, ya no es necesario que la víctima haya opuesto resistencia física.

El punto de partida de la nueva legislación fue el derecho absoluto de toda persona a la integridad personal y sexual y a la autodeterminación sexual. El Tribunal Supremo ha considerado que la cuestión del consentimiento es un elemento fundamental. Se ha creado un Comité Parlamentario para examinar el grado en que la legislación debe centrarse en el consentimiento más bien que en la fuerza. Como parte de su trabajo, ha estudiado la legislación vigente en varios otros países. En el Reino Unido, la legislación se centra principalmente en la cuestión del consentimiento. Sin embargo, las estadísticas sobre violaciones no son mejores que las que existen en Suecia y las víctimas de violaciones son sometidas a un grado desproporcionado de interrogación. La legislación vigente en otros países nórdicos, mientras tanto, se centra en la cuestión de la fuerza. Por lo tanto, el Comité llegó a la conclusión de que la nueva legislación debe exigir que esté presente el uso de la fuerza. Si la legislación se centra principalmente, o exclusivamente, en la cuestión del consentimiento, las investigaciones de casos de violación se centrarían de manera desproporcionada en la víctima.

La cuestión es objeto de un debate permanente en Suecia. Cuando entró en vigor la nueva legislación, el Gobierno se comprometió a vigilar sus repercusiones. En 2008 llevará a cabo un estudio sobre la aplicación de la nueva legislación para determinar si se han cumplido sus objetivos.

El Departamento Nacional de Investigación Criminal se ha mostrado renuente a estimar el número de mujeres y niños víctimas de trata en 2006, ya que la cantidad de recursos que se asigna a la lucha contra el problema —y, por lo tanto, el número de víctimas— varían grandemente de una región a otra. En términos de investigaciones que han concluido con una condena, sin embargo, la mayoría de las víctimas proceden de Europa oriental y la Federación de Rusia. El Gobierno también tiene información sobre mujeres y niñas de Letonia y Ucrania que son reclutadas para ejercer la prostitución en Suecia. Los perpetradores provienen principalmente de los países bálticos. Algunos han estado viviendo en Suecia durante un tiempo prolongado; otros han ingresado al país específicamente para esos fines. Aunque todavía no se han registrado casos relacionados con la trata de personas con fines distintos a la explotación sexual, hay indicaciones de que la trata con fines de explotación laboral existe también en Suecia. Esa cuestión se está investigando actualmente.

Por último, la legislación de Suecia para combatir la trata de personas está aún bajo examen, y se espera concluir el informe a fines de abril de 2008. El Gobierno examinará la cuestión de la ratificación de Suecia del Convenio sobre medidas de lucha contra la trata de seres humanos del Consejo de Europa tan pronto como el Comité en cuestión haya concluido su labor.

La Sra. Wilton Wahren (Suecia) dice que, como se señala en el informe (párrafo 126), se pueden emitir permisos de residencia de duración limitada a víctimas o testigos de actos de trata de personas u otros delitos si se considera necesario a los fines de la investigación preliminar o la vista principal en una causa penal. Hasta el momento se han emitido 19 permisos de residencia por esas razones, 12 de ellos a mujeres. La mayoría de las personas que reciben esos permisos abandonan Suecia tan pronto como se cierra el caso. Si lo desean, pueden solicitar una prórroga, o un permiso de residencia por otras razones. Muchas de las víctimas de trata son ciudadanas de la Unión Europea y por lo tanto tienen derecho a residir en Suecia.

La Sra. Neiglick (Suecia) dice que las municipalidades tienen a su cargo la prestación de servicios sociales para todos en sus respectivas regiones, por conducto de los Comités de bienestar social. Se les reembolsan todos los gastos incurridos por concepto de alojamiento u otras necesidades de las víctimas de trata de personas que hayan recibido permisos de residencia temporales en relación con un proceso judicial. La Junta Nacional de Salud y Asistencia Social se encarga de elaborar un inventario de los métodos que utilizan los servicios sociales, los centros de atención médica y otros agentes, incluidas las ONG y las iglesias, al ocuparse de la prostitución o de las víctimas de la trata, y presentará su informe en junio de 2008.

El Sr. Hallerby (Suecia) dice que cuando concluyó la labor relativa al plan de acción sobre la violencia del hombre contra la mujer se inició la labor preparatoria de un nuevo plan de acción sobre la trata de personas y la prostitución, que se presentará en la primavera.

Aún no dispone de información sobre las repercusiones de la ley que prohíbe la compra de servicios sexuales. En vista del interés de Suecia y de los demás países en el tema, se tiene previsto hacer una evaluación y los resultados estarán disponibles a fines de 2008. Su impresión personal es que la prostitución en lugares públicos ha disminuido considerablemente. Sobre la base de conversaciones mantenidas con funcionarios de la policía y otros funcionarios, parecería ser que también se ha registrado una considerable disminución en las actividades de trata de personas.

La Sra. Lundkvist (Suecia) dice que un grupo del Gobierno está trabajando en la elaboración de un plan de acción sobre la trata de personas con fines de explotación laboral y presentará propuestas de acción. El plan se aplicará en estrecha colaboración con las organizaciones no gubernamentales (ONG).

La Sra. Bergman (Suecia) señala que, si bien cuatro años pueden parecer una condena de prisión leve para el delito de violación, las condenas de prisión suelen ser más cortas en Suecia que en otros países. Naturalmente, existe una compleja relación entre las sanciones y las tasas de delincuencia. Un aumento en las tasas de delincuencia podría reflejar un aumento en los delitos, pero podría significar también una mayor disposición de las personas a denunciarlos.

El Sr. Javaheri (Suecia) dice que la aplicación de la estrategia sobre la trata de personas continuará hasta 2009. Se aplicará principalmente por conducto del Organismo Sueco de Desarrollo Internacional, pero parte del trabajo se hará en el Ministerio de Asuntos Exteriores, centrando la atención en los órganos de las Naciones Unidas, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM) y la Organización Internacional para las Migraciones (IOM). En la OIM, por ejemplo, hay un funcionario cuyo trabajo se relaciona directamente con las cuestiones de trata de personas. También existe una amplia red de ONG que realizan actividades de lucha contra la trata de personas, principalmente con fines sexuales. La labor bilateral se centra principalmente en los Balcanes, incluidos Moldova y Albania. Entre los problemas cabe citar la falta de coordinación en los planos local, regional e internacional y una falta de formación específica en materia de igualdad entre los géneros y cuestiones de derechos humanos. También es preciso impartir formación a las víctimas.

La Sra. Tavares da Silva dice que la libertad de expresión es sin duda un valor fundamental de toda sociedad democrática, pero se pregunta qué puede hacerse cuando esa libertad ofende los valores fundamentales, los derechos y la dignidad de la mujer. No cree que el diálogo y el debate por sí solos basten para resolver el problema.

El Sr. Hallerby (Suecia) dice que naturalmente existen algunas restricciones, pero que la mejor forma de contrarrestar el problema es a través del diálogo abierto, aprovechando la plataforma de debate que ofrece un sistema libre de medios de comunicación. La situación en Suecia no parece tan grave como para justificar medidas legales que interferirían con ese derecho de carácter tan fundamental.

La Sra. Shin pregunta si el pleno desarrollo y adelanto de las mujeres con discapacidad se considera responsabilidad del Ministerio para la Integración y la Igualdad entre los Géneros o del Ministerio de Salud y Asuntos Sociales. También desea saber si se celebran consultas periódicas con las mujeres con discapacidad y si Suecia tiene previsto ratificar la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.

El Sr. Hallerby (Suecia) dice que esa responsabilidad compete principalmente al Ministerio de Salud y Asuntos Sociales, que mantiene contacto periódico con distintas organizaciones que se ocupan de las personas con discapacidad. Un grupo ministerial específico se reúne de seis a ocho veces por año y se celebran debates y diálogo permanentes con las ONG, el Gobierno y las personas interesadas. El Ministerio para la Integración y la Igualdad entre los Géneros se ocupa de la Ley de prohibición de la discriminación, pero todas las demás cuestiones relativas a las personas con discapacidad son de competencia del Ministerio de Salud y Asuntos Sociales. La ratificación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad se está examinando actualmente.

La Sra. Schöpp-Schilling pregunta nuevamente si existen planes para introducir disposiciones relativas a medidas especiales de carácter temporal de conformidad con el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención. En opinión del Comité, los Gobiernos tienen la obligación de aplicar ese tipo de medidas y supervisar su aplicación en el sector privado cuando existen pruebas de discriminación estructural y escasa representación. La oradora se pregunta si esas disposiciones se incluirán en la nueva ley y si el preámbulo de la ley hará referencia a la Convención, como ocurre en el caso de las directivas de la Unión Europea. También se pregunta si se ofrecen incentivos al sector privado para promover la formulación de planes de acción para la contratación de mujeres sobre una base voluntaria.

El Sr. Hallerby (Suecia) dice que están en marcha conversaciones con organizaciones empresariales suecas sobre las medidas, objetivos y otras acciones, pero que aún no hay propuestas concretas. Se realizan esfuerzos especiales para sentar ejemplo en esa esfera en las empresas de propiedad del Estado en el momento de designar las juntas directivas, así como en la contratación y en otras esferas.

El Sr. Härneskog (Suecia) dice que los empleadores pueden solicitar medidas especiales de carácter temporal pero que no están obligados a hacerlo.

La Sra. Gaspard pide más información sobre la evaluación de la ley que penaliza a los clientes de las mujeres que ejercen la prostitución y les permite elegir entre pagar una multa o asistir a un curso especial. Desea saber cuáles han sido las opciones elegidas por los perpetradores.

La Sra. Halperin-Kaddari solicita aclaraciones sobre la tasa de condena en casos de violación. No ha recibido respuesta a su pregunta en relación con las estadísticas desglosadas por sexo sobre condenas en relación con las víctimas y los perpetradores. Se pregunta si el Gobierno tiene previsto adoptar medidas con respecto a la nueva directiva sobre esa cuestión.

Pregunta si los programas de tratamiento que se ofrecen a los perpetradores de violencia contra la mujer serán de carácter obligatorio o si se ofrecerá algún tipo de incentivo para asistir a esos programas, como por ejemplo sentencias de menor duración.

El Sr. Hallerby (Suecia) dice que el Gobierno está examinando actualmente el tema de los incentivos, que son indudablemente necesarios, ya que los cursos no servirán de nada si no se cuenta con la cooperación de los asistentes.

El Sr. Flinterman pregunta si ha habido alguna decisión de los tribunales de Suecia en la que se haya invocado la Convención. Dado que Suecia ha decidido incorporar las disposiciones de la Convención por conducto de diversas leyes, se pregunta si la relación con la Convención es clara y si ése será el caso con respecto a la nueva ley contra la discriminación.

Con respecto a la ley de penalización de la compra de servicios sexuales, le preocupa la falta de datos de carácter amplio y solicita información sobre las repercusiones de la prostitución clandestina.

El Sr. Hallerby (Suecia) dice que naturalmente la prostitución clandestina existe en Suecia, como en otros países. Una parte de esa actividad se ha trasladado a Internet, y en ciertos casos utiliza otros canales pero lamentablemente aún no se dispone de cifras. No recuerda ninguna decisión de los tribunales en la que se haya invocado la Convención.

El Sr. Härneskog (Suecia) dice que también es poco usual que los tribunales se refieran a directivas de la Unión Europea.

La Sra. Dairiam señala que el Gobierno no tiene previsto establecer un organismo para la igualdad entre los géneros. Se pregunta qué Ministerio u organización estará a cargo de la integración de la perspectiva de género.

El Sr. Hallerby (Suecia) dice que no se creará un organismo para la igualdad entre los géneros y que otras instituciones y autoridades se ocuparán de la integración de las actividades en ese ámbito. La iniciativa más importante adoptada hasta ahora es la de cooperar con los consejos de las municipalidades y condados.

La Sra. Chutikul vuelve a formular su pregunta sobre la emisión de nuevos pasaportes para nacionales suecos acusados de abuso infantil.

La Presidenta, haciendo uso de la palabra como miembro del Comité, pregunta si se hace algún tipo de seguimiento en el plano nacional de las recomendaciones de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, y especialmente de la recomendación sobre el acceso a vivienda segura.

Artículos 7 a 9

La Sra. Neubauer dice que a pesar de los avances en cuanto al equilibrio de género en el Parlamento nacional y en el Gabinete, aún subsisten deficiencias en la vida pública, de las que es necesario ocuparse. El porcentaje de mujeres en el Gobierno por debajo del nivel de ministro no es igual entre hombres y mujeres, y éstas también tienen una escasa representación entre los jefes de los organismos públicos y en la judicatura. Desea recibir más información específica en el próximo informe sobre las mujeres en puestos de alto nivel, incluidos los que corresponden al Tribunal Supremo, las fiscalías públicas, los embajadores y ministros plenipotenciarios. Solicita información sobre los esfuerzos que se llevan a cabo para mejorar la escasa representación de la mujer en la judicatura.

Es evidente que la meta mínima del 40% de mujeres en cargos en el Ministerio de Asuntos Exteriores y en las misiones en el extranjero no se ha alcanzado dentro del plazo previsto. La oradora desea saber de qué manera se ha aplicado la medida para dar una consideración especial en la contratación a los miembros del género menos representado en el Ministerio de Asuntos Exteriores en 2005-2006, y si el Gobierno ha adoptado alguna otra medida para alcanzar el equilibrio de género en el servicio diplomático después de ese período.

El informe se refiere a la fijación de una meta mínima de contratación de profesores del 40% de mujeres en todas las categorías de personal, pero sólo hay un 16% de mujeres en calidad de conferenciantes superiores en los establecimientos de educación superior. Pregunta qué otras medidas orientadas a la acción se han adoptado para remediar ese desequilibrio, además del requisito de que las instituciones de educación superior presenten informes al Gobierno sobre sus progresos. Pregunta qué es lo que impide a las mujeres de Suecia asumir cargos superiores en los organismos públicos, especialmente en la educación superior y en la judicatura, cuando el país es un modelo tan excelente en términos de mujeres elegidas y nombradas para ocupar cargos como Ministras de Gobierno.

91.La Sra. Belmihoub-Zerdani señala que Suecia ocupa el segundo lugar, después de Rwanda, en cuanto al porcentaje de mujeres parlamentarias. Sin embargo, en el plano local queda mucho por hacer, ya que sólo el 30% de los miembros de los consejos municipales son mujeres.

92.Se pregunta si hay mujeres romaníes en el Parlamento o mujeres parlamentarias de familias inmigrantes que hayan obtenido la nacionalidad sueca. Por ultimo, pregunta sobre los resultados de la encuesta efectuada entre las empresas privadas en relación con las cuotas.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.