31° período de sesiones

Acta resumida de la 651ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el jueves 8 de julio de 2004, a las 10.00 horas

Presidente:Sra. Ajar

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados Partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos combinados segundo y tercero e informes periódicos combinados cuarto y quinto de Guinea Ecuatorial

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados Partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos combinados segundo y tercero e informes periódicos combinados cuarto y quinto de Guinea Ecuatorial (CEDAW/C/GNQ/2-3, CEDAW/C/GNQ/4-5)

Por invitación de la Presidenta, la delegación de Guinea Ecuatorial toma asiento a la mesa del Comité.

La Sra. Ozono Engozno (Guinea Ecuatorial) al presentar los informes periódicos combinados segundo y tercero de su país (CEDAW/C/GNQ/2-3) y los informes periódicos combinados cuarto y quinto (CEDAW/C/GNQ/4-5), observa que la primera medida en el adelanto de la mujer ha sido la creación del Departamento para la Promoción de la Mujer en 1980, en la actualidad un ministerio independiente dirigido por mujeres, el Ministerio de Asuntos Sociales y Condición de la Mujer. El Gobierno trata constantemente de velar por la igualdad de oportunidades para la mujer en cumplimiento de la Convención y la Constitución del país, y de aplicar políticas antidiscriminatorias.

La Política Nacional de Promoción de la Mujer, aprobada en 2002, establece claramente todas las estrategias que se seguirán, en un marco de género y desarrollo, para lograr la igualdad de oportunidades entre el hombre y la mujer. Las líneas principales de la estrategia de desarrollo del país se han determinado en la Conferencia Económica Nacional celebrada en 1997 y en sus evaluaciones posteriores. Se basa en el concepto de la persona humana como centro del proceso del progreso social y económico, y adopta un proceso participativo que entraña todos los componentes de la sociedad.

La Política Nacional de Promoción de la Mujer está encaminada fundamentalmente a mejorar el marco jurídico y el acceso de las mujeres en las instancias de toma de decisión y a la promoción económica sostenible de la mujer; a velar por el acceso equitativo de las mujeres y los hombres a los servicios de base y a un entorno sano; a fortalecer los mecanismos institucionales de la promoción de la mujer; y a proporcionar educación, formación y alfabetización para la mujer. Una medida de particular interés para la mujer ha sido el decreto presidencial por el que se prohíbe el encarcelamiento de la mujer por razón de dote al disolverse el matrimonio consuetudinario, aunque en las zonas rurales esta prohibición no siempre se respeta.

Según se señala en los informes cuarto y quinto (pág. 9), ninguna de las leyes del país se opone a las garantías de los derechos humanos y las libertades fundamentales. No obstante, en la práctica esto no se ha ajustado a la legislación, y se siguen haciendo esfuerzos para aumentar la toma de conciencia de los hombres y las mujeres en todo el país. La Comisión de Derechos Humanos Nacional, creada en 1990, vigila el cumplimiento de todos los derechos establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados internacionales de los cuales Guinea Ecuatorial es parte. La Comisión está habilitada para investigar las denuncias de las violaciones de los derechos humanos que se le señalen.

Se está elaborando un proyecto del Código de la Familia que ayudará a mejorar la condición jurídica y tradicional de la mujer, ya que armonizará las costumbres y tradiciones con la Constitución y los tratados aplicables. Las disposiciones respecto de los derechos de la nacionalidad de la mujer se establecen en los informes cuarto y quinto (pág. 13). Como se señala en esos informes (págs. 10 y 11), los estereotipos sobre el papel que desempeñan los hombres y las mujeres son difíciles de superar, y la carencia de normas oficiales sobre el matrimonio consuetudinario, una de las tradiciones más firmes, es la fuente de muchos abusos. Lamentablemente, el examen del proyecto de Ley Reguladora del Matrimonio Consuetudinario se ha visto obstaculizado por la oposición.

La mujer en Guinea Ecuatorial tiene el derecho de voto y de ocupar cargos públicos y políticos según lo establecido en la Constitución: hay mujeres en los tres poderes fundamentales del Gobierno, aunque en números inferiores a los hombres (informes cuarto y quinto, pág. 12). En el poder ejecutivo hay una ministra, una ministra delegada, tres secretarias de Estado y una consejera presidencial. En el poder judicial, hay una magistrada en la Corte Suprema y una magistrada en el Tribunal de Apelación, así como una secretaria en la Corte Suprema de Justicia y cuatro juezas de distrito. Más de 150 mujeres se han presentado como candidatas para el Parlamento en 2004 y el 14% de los parlamentarios elegidos han sido mujeres, en comparación con el 7,5% en la legislatura anterior. La mujer cumple funciones en todos los niveles de las misiones diplomáticas del país y en puestos superiores en las organizaciones subregionales.

En principio, la mujer goza de la libertad de estudiar en todos los niveles del sistema educativo, pero en los informes cuarto y quinto se señala (págs. 6 y 13) que el porcentaje de niñas ha disminuido significativamente a nivel secundario y drásticamente en la enseñanza superior y universitaria. La deserción de las niñas se debe a embarazos y matrimonios precoces, fracaso escolar y aceptación de empleos no cualificados por falta de medios de subsistencia. De hecho, la cultura local alienta a las familias en favor de la educación de los niños en perjuicio de las niñas, especialmente en la adolescencia. Además de la educación sexual y de las medidas para aumentar la toma de conciencia proporcionadas por el Gobierno para las niñas a fin de evitar embarazos prematuros y enfermedades de transmisión sexual, y además del Programa Nacional de Educación para Todos y de los diversos programas de alfabetización (informes cuarto y quinto, págs. 10 y 13), encaminados a obtener una mayor igualdad entre los hombres y las mujeres en todos los niveles de educación, el Gobierno ha construido numerosas escuelas primarias y secundarias, escuelas nocturnas primarias y secundarias para adultos y ofrece programas de reeducación para jóvenes que abandonaron los estudios. Asimismo, los programas de estudio secundario y del sexto curso de enseñanza primaria se reforman para homologarlos a los países de la subregión y del mundo, y el centro de la reforma es la obligatoriedad de la educación hasta el cuarto curso de la enseñanza secundaria.

Con respecto al empleo y a la condición económica de la mujer, en los informes cuarto y quinto se señala (pág. 5) que no se remunera adecuadamente a la mujer por su labor, que no recibe igual remuneración por igual trabajo, y que participa fundamentalmente en los sectores de la agricultura, la pesca artesanal y el sector no estructurado. Con el fin de ayudar a la mujer a competir con el hombre económicamente, el Gobierno da preferencia a la mujer en la formación profesional gratuita, proporciona incentivos a las empresas que emplean a mujeres y ha adoptado la ley que protege de manera especial a la mujer durante el embarazo. En los informes periódicos cuarto y quinto (pág. 15) se detallan los programas especiales para la mujer rural, asociaciones agrícolas, microcrédito, capacitación en el cultivo de cereales, comercialización y procesamiento, que han sido elaborados para que el trabajo de la mujer en las zonas rurales sea más rentable. Es cada vez más notable la participación de la mujer en la formulación de los planes de desarrollo, especialmente en relación con las cuestiones de género, y la mujer ha adoptado una participación activa en la Conferencia Económica Nacional y en sus evaluaciones a mediano plazo y final.

Aunque la prostitución no es legal, según el Código Penal ha proliferado en los últimos años, especialmente en las principales ciudades (informes cuarto y quinto, pág. 11). La proliferación se puede explicar por el crecimiento económico, el que por una parte exige formación y profesionalidad para entrar en el mercado laboral y que las mujeres no poseen; la masiva migración de la mujer hacia las ciudades sin medios de apoyo; la explotación del petróleo que ha atraído a muchos profesionales con elevado poder adquisitivo, solteros occidentales quienes requieren los servicios de las trabajadoras del sexo; y las presiones sociales tradicionales que obligan a la mujer a entrar en la vida activa en una etapa muy temprana. La trata de mujeres (informes cuarto y quinto, pág. 12), si bien no es legal y no es un fenómeno arraigado en la sociedad, ha comenzado a divulgarse en los últimos años en las comunidades extranjeras, en particular entre las mujeres y las niñas de Benin.

La mujer recibe atención de la salud superior y de bajo costo, especialmente en el caso de los embarazos y servicios de maternidad (informes cuarto y quinto, pág. 14). La Ley de Planificación Familiar junto con la Ley sobre la Salud Reproductiva, que en la actualidad se encuentra en fase de aprobación por el Parlamento, garantizaría servicios de salud para la mujer y los niños en particular. El proyecto de Ley, que penaliza el aborto excepto en casos específicos, también proporciona, entre otras cosas, tratamiento para el VIH/SIDA. Hay muchas más mujeres infectadas con el SIDA que hombres en Guinea Ecuatorial, donde la transmisión es heterosexual. El Ministerio de Sanidad y Bienestar Social recoge estadísticas sobre las tasas de nacimiento y de mortalidad, la expectativa de vida, la prevalencia del SIDA y la cobertura médica. Se dispone de métodos anticonceptivos en las zonas urbanas, pero en las zonas rurales no se dispone de suficiente información ni acceso. Las prestaciones familiares disponibles en virtud del sistema nacional de la seguridad social se examinan en los informes cuarto y quinto (pág. 14).

Cabe señalar (informes cuarto y quinto, pág. 17) que el Gobierno ha realizado muchísimos esfuerzos para promover el adelanto de la mujer y de la sociedad en su conjunto; y que la situación de la mujer mejoraría mediante el aumento de su poder adquisitivo y si se le ofreciera una mejor educación y atención de la salud, lo que tendría una repercusión en todas las esferas y redundaría en la igualdad de género que es esencial para el proceso de desarrollo. Se han organizado varios seminarios sobre una perspectiva de género desde 2001, se han producido logros en las esferas legislativa y de política y se han formulado recomendaciones que han servido de apoyo al Gobierno y otros asociados para velar por la igualdad de género y un aumento de la cooperación y la coordinación entre las organizaciones públicas y privadas en apoyo de la mujer (informes cuarto y quinto, págs. 17 a 19). Asimismo, se deben aprobar los diversos proyectos de ley relativos a la mujer mencionados anteriormente.

La Presidenta invita a los miembros del Comité a formular preguntas a la delegación.

Artículos 1 a 6

El Sr. Flinterman solicita información adicional sobre la reestructuración del frustrado Comité Nacional para la Integración de la Mujer en el Desarrollo. El Comité recibirá también con agrado información sobre la composición de la Comisión de Derechos Humanos de Guinea Ecuatorial creada en 1990, incluido el número de mujeres miembros, su mandato y capacidad para llevar a cabo programas de habilitación y de sensibilización, el número de casos que se le han presentado, su presupuesto y su relación con los tribunales. Tras observar que las decisiones judiciales, incluidas las decisiones de la Suprema Corte, no se publican en Guinea Ecuatorial, pregunta si el poder judicial capacita sobre las normas internacionales de derechos humanos, en particular los instrumentos relacionados con los derechos de la mujer. Para finalizar, sería interesante recibir información acerca de la función de las organizaciones no gubernamentales en Guinea Ecuatorial, incluida la situación jurídica, su libertad para realizar actividades y el alcance de su participación en la ejecución de políticas gubernamentales y la preparación de informes combinados del Estado Parte para presentar al Comité.

La Sra. Schöpp-Schilling pregunta acerca de la diferencia entre el proyecto del Código de la Familia y el proyecto de Ley Reguladora del Matrimonio Consuetudinario. ¿Qué esfuerzos realiza el Ministerio de Asuntos Sociales y Condición de la Mujer para obtener apoyo a nivel de base de los ancianos de las aldeas para codificar y, en algunos casos, revisar las leyes sobre el matrimonio consuetudinario? La delegación debe informar al Comité acerca del tiempo necesario para completar los dos proyectos de ley y la posibilidad de lograrlo. En su período de sesiones previo, el Comité recibió información sobre un proyecto de Nigeria para armonizar el derecho internacional, orgánico y consuetudinario que podría resultar útil al Estado Parte. ¿Se intercambian experiencias entre las mujeres africanas ministras sobre esas cuestiones?

Tal vez la delegación puede brindar alguna noción del tiempo necesario para finalizar el Plan de Acción sobre la base de la Política Nacional de Promoción de la Mujer. Sería útil saber si las mujeres de la comunidad participan en los procesos de redacción y si pueden transmitir sus necesidades por conducto de los consejeros locales del Ministerio de Asuntos Sociales y Condición de la Mujer. Agradecería recibir información sobre el presupuesto para aplicar el Plan de Acción, en particular si se reciben fondos del Estado o de donantes internacionales y bilaterales. Para finalizar, el Comité desea saber el porcentaje del presupuesto nacional asignado al Ministerio de Asuntos Sociales y Condición de la Mujer en relación con otros ministerios, y en qué medida depende de las contribuciones de los donantes.

La Sra. Patten señala que las respuestas a la lista de cuestiones no suministra información sobre la situación de la Convención en el sistema jurídico del Estado Parte. ¿Podría la delegación dar ejemplos concretos de instancias en que se han utilizado artículos de la Convención ante la Suprema Corte? Desea saber si los programas de capacitación en curso sobre la Convención y otros instrumentos de derechos humanos se ofrecen al poder judicial y recibiría con agrado detalles de la composición de los tribunales consuetudinarios, los esfuerzos realizados por el Gobierno para salvar la brecha entre los tribunales civiles y los tribunales consuetudinarios y sus iniciativas para aumentar el acceso de la mujer a los tribunales civiles. Sería interesante tener un desglose del número de tribunales civiles y tribunales consuetudinarios, y estadísticas sobre el número de tribunales en las zonas rurales, donde vive una proporción importante de la población. Desea saber si Guinea Ecuatorial tiene un sistema de asistencia jurídica y si la mujer tiene conocimiento de la protección con que cuenta en virtud de la legislación nacional.

Con respecto a la violencia contra la mujer, la oradora señala que, en las respuestas a la lista de cuestiones, el Estado Parte indica que el hombre tiene derecho a disciplinar a los miembros de la familia y a golpear a su esposa. ¿Existe alguna disposición jurídica para abordar la violencia doméstica contra la mujer o datos al respecto? Dada la alta tasa de analfabetismo entre las mujeres, ¿se evalúan los programas de capacitación y las campañas de sensibilización para las mujeres?

La Sra. Achmad solicita información adicional sobre el proyecto de Ley Reguladora del Matrimonio Consuetudinario. ¿Se abordan en la Ley cuestiones tales como la dote, las responsabilidades domésticas y los procedimientos de divorcio en los tribunales tradicionales, que son fundamentales para la eliminación de la violencia contra la mujer? Sería interesante conocer las estrategias que se utilizan para convencer a las personas que se oponen al proyecto de Ley (en su mayoría hombres, incluidos legisladores). Espera que el Parlamento utilice las directrices para la aplicación de la Convención preparadas por el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para Mujer (UNIFEM) y la División para el Adelanto de la Mujer.

Solicita información fidedigna de que, al tratar de mediar y conciliar, la División de arreglos de controversias del Ministerio de Asuntos Sociales y Condición de la Mujer, de hecho, no alienta a la mujer a retomar la situación tradicional del maltrato. Para finalizar, desea saber si el Gobierno dominado por hombres adopta medidas para fomentar el apoyo de la comunidad a la adopción del proyecto de Ley en favor de la mujer.

La Sra. Saiga solicita que se esclarezca la relación entre la política nacional en materia de género, con arreglo a la cual se realiza la mayoría de las actividades, y la Política Nacional de Promoción de la Mujer, que se aplicará por conducto del Plan de Acción que aún se encuentra en la etapa de elaboración. La delegación debe indicar qué tipo de relación existe, de existir alguna, entre la política nacional en materia de género y el proyecto de Plan de Acción y en qué consiste el documento principal normativo del Gobierno sobre las cuestiones de la mujer.

La Sra. Ferrer Gómez hace hincapié en que el problema principal que enfrenta el Estado Parte es la aplicación de su encomiable nueva legislación sobre la eliminación de los estereotipos. Es preciso incrementar las actividades de sensibilización de años anteriores y tomar como objetivo a toda la población, en particular a las comunidades. No queda claro si existe una relación entre la red nacional de organizaciones no gubernamentales y el Ministerio de Asuntos Sociales y Condición de la Mujer y si éstas tienen la capacidad y los recursos para aunar sus esfuerzos e incorporar dirigentes comunitarios influyentes, magistrados, fiscales, abogados, diputados, doctores, periodistas, en resumen, personas capaces de transformar las mentalidades.

Muchos elementos del matrimonio son perjudiciales para la mujer, incluida la dote, las condiciones para obtener el divorcio, la situación de las viudas, los derechos del hombre de practicar poligamia, y el abuso físico y psicológico. El concepto de la mujer como un ser inferior debe ser examinado nuevamente. Se ha procurado difundir la Convención y aprobar leyes sobre los derechos de la mujer. En ese sentido, sería interesante saber quiénes han participado en la elaboración del Código de la Familia y cuál es la fecha prevista para su aprobación.

La Sra. Gnacadja pregunta si la finalización del Plan de Acción para aplicar la Política Nacional de Promoción de la Mujer se ve retrasada por dificultades financieras, técnicas o de otra índole que enfrenta el Estado Parte. Se pone en tela de juicio la utilidad de los seminarios y las campañas de sensibilización sin un Plan de Acción. Sería útil que la delegación pudiera explicar la diferencia entre el proyecto de Ley Reguladora del Matrimonio Consuetudinario y el proyecto del Código de la Familia. ¿Se aplicaría uno de ellos al matrimonio tradicional y el otro al matrimonio en el sentido moderno?

El Estado Parte ha señalado que se han consultado diversos sectores para preparar el informe, pero se debería presentar información más precisa sobre los aportes de las organizaciones no gubernamentales. Aunque las respuestas a la lista de cuestiones hacen referencia a diversos proyectos que se encuentran en las etapas de planificación, incluido un proyecto de desarrollo local, es importante saber qué proyectos el Estado ha puesto en marcha. Expresa su preocupación acerca de que el Gobierno depende demasiado de la sociedad civil para cumplir sus funciones en ese sentido. Para finalizar, la delegación no ha respondido a la pregunta del Comité relativa a las medidas especiales provisionales por las que se dan becas a las niñas y debería proporcionar información sobre esa medida tan importante.

La Sra. Tavares da Silva expresa la esperanza de que, en el proceso de reestructuración, el Comité Nacional para la integración de la mujer en el desarrollo mantenga el mandato ambicioso y muy amplio esbozado en el informe inicial del Estado Parte. ¿Qué relación existe entre el Comité Nacional y el Ministerio de Asuntos Sociales y Condición de la Mujer? Como ya han señalado varios oradores, los estereotipos y las tradiciones culturales son en gran medida los factores que contribuyen a las situación desfavorable de la mujer en Guinea Ecuatorial, el matrimonio, la marginalización de las niñas en el sistema educativo y la violencia contra la mujer. La delegación debería indicar la forma en que se sensibiliza a las mujeres acerca de sus derechos y cómo ejercerlos, porque, al parecer, la mayoría de las mujeres en Guinea Ecuatorial mantienen la práctica tradicional de entregarse al jefe del hogar. ¿Pueden presentar denuncias ante los tribunales cuando se violan sus derechos? La aprobación de leyes no es suficiente por sí misma. Desea saber qué medida el Gobierno tiene previsto adoptar para sensibilizar a la mujer acerca de sus derechos, porque si no conocen sus derechos, en realidad, esos derechos no existen.

La Sra. Morvai pregunta acerca del número de mujeres en organizaciones no gubernamentales en Guinea Ecuatorial y solicita información sobre las principales, incluidos sus nombres, actividades, fuentes de financiación e interacción con el Gobierno. Espera que, en el futuro, Guinea Ecuatorial, como muchos otros países, incluya a organizaciones no gubernamentales como parte de su delegación al Comité.

La División de arreglos de controversias que se describe en la respuesta a la lista de cuestiones (CEDAW/PSWG/2004/II/CRP.2/Add.2, pág. 13) se asemeja a un mecanismo de arbitraje laboral. Se agradecería que se esclareciera el concepto. La delegación debe explicar la posición del Gobierno respecto de la violencia doméstica. ¿Se la considera una cuestión privada de familia, o una violación de los derechos humanos que requiere la intervención del Gobierno? El Comité agradecería también recibir información sobre la función de la policía en esas cuestiones, en particular si están autorizados a emitir medidas cautelares.

Para finalizar, observa un grado de resignación por el Estado Parte, en sus respuestas a la lista de cuestiones y en la declaración introductoria de la delegación, con respecto a los empresarios occidentales en Guinea Ecuatorial sin sus familias que utilizan a las mujeres y a las niñas locales como prostitutas. El Gobierno debe dirigirse a esos clientes y hacerles comprender por todos los medios posibles que dichos servicios no son parte de la hospitalidad del país.

La Sra. Šimonović pregunta en qué forma el Ministerio de Asuntos Sociales y Condición de la Mujer utiliza la Convención en su labor, si la Ley Nacional y las prácticas consuetudinarias en Guinea Ecuatorial son compatibles con las disposiciones de la Convención y si el Estado Parte tiene una definición de la discriminación en base al artículo 1 de la Convención. Observa las numerosas aseveraciones del Estado Parte en su informe acerca de que sus disposiciones jurídicas no son discriminatorias, y subraya que está obligado en virtud del artículo 2 de la Convención a eliminar la discriminación de personas o de costumbres y prácticas.

La Sra. Kwaku pregunta acerca de las razones por las que el Estado Parte presentó con retraso sus informes, observando que el informe anterior se había examinado en 1989. Pregunta si los obstáculos que causaron el retraso se han superado y si el próximo informe periódico se presentará a tiempo.

La Sra. Obono Engono (Guinea Ecuatorial), respondiendo a las preguntas de los miembros del Comité dice que, como otros países africanos, Guinea Ecuatorial ha heredado una tradición en la que la mujer es una subordinada del hombre. Decididos a mejorar la situación de la mujer, el Gobierno actual proporciona subsidios para abordar las cuestiones de la mujer a todos los niveles, nacional, regional, provincial y municipal, y en todos los sectores de la sociedad. El Ministerio coordina también su labor con todos los ministerios gubernamentales pertinentes que abordan cuestiones sociales y les otorga un subsidio anual para realizar su labor.

La Sra. Librada (Guinea Ecuatorial) dice que el retraso en la presentación de los informes periódicos segundo y tercero se atribuye a la grave crisis económica y a los problemas sociales del decenio de 1980 después de una brutal dictadura. Con respecto a los informes periódicos cuarto y quinto, la presencia de la delegación y las respuestas que ha proporcionado a las preguntas formuladas por el Comité señalan su decisión de cumplir con todas sus obligaciones en materia de presentación de informes. Tras haber sido aprobada por el Presidente y el Parlamento, la Convención es obligatoria jurídicamente en Guinea Ecuatorial.

La Sra. Obono Engono (Guinea Ecuatorial) dice que la Política Nacional de Promoción de la Mujer constituye la base de todas las medidas adoptadas por el Gobierno y sus asociados, incluidas las organizaciones internacionales bilaterales y multilaterales para lograr la igualdad de género en Guinea Ecuatorial. El documento de 80 páginas ha sido elaborado por todo el personal del Ministerio de Asuntos Sociales y Condición de la Mujer y analizado internamente al más alto nivel antes de ser presentado al Consejo Interministerial, el Consejo de Ministros, y finalmente, el Presidente de la República y el Parlamento para su aprobación. El documento incluye un análisis de las cuestiones de género sector por sector, y abarca el acceso a la adopción de decisiones, participación en la vida económica y el acceso a las actividades que generan ingreso, el analfabetismo, la educación y la capacitación, la salud y el acceso al agua potable y también examina los mecanismos institucionales para apoyar la labor del Ministerio.

La Sra. Librada (Guinea Ecuatorial) dice que la Política Nacional de Promoción de la Mujer es el documento básico para todas las medidas encaminadas a promover la igualdad. En realidad, el Comité Nacional para la integración de la mujer en el desarrollo ha sido ineficiente y necesita ser reestructurado, habida cuenta de que fue creado antes de promulgarse la Política Nacional, y no se ha obtenido de la cultura actual de sensibilización sobre las cuestiones de género. La Política Nacional se aplicaría por conducto de un Plan de Acción y recibiría más recursos del Ministerio.

La Sra. Obono Engono (Guinea Ecuatorial) dice que en la Constitución se garantiza la igualdad de oportunidades para el hombre y la mujer, en tanto la Comisión de Derechos Humanos del país se ocupa de asegurar el respeto de los derechos humanos, no simplemente los que figuran en la Declaración Universal de Derechos Humanos, sino también de todos los instrumentos internacionales ratificados por el Gobierno. La Comisión está encargada de recibir, investigar y resolver las violaciones de derechos humanos que se le informan. No existe discriminación en ese sentido, y, así pues, todos los ciudadanos son iguales ante la ley. De conformidad con las disposiciones de la Convención, Guinea Ecuatorial se encuentra en el proceso de formular una ley específica sobre la violencia contra la mujer.

La Sra. Librada (Guinea Ecuatorial) dice que la Comisión de Derechos Humanos de su país es independiente del Ministerio de Justicia y tiene sus propias normas. Informa a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas acerca de la situación de la mujer en Guinea Ecuatorial. No hay una separación absoluta entre los diversos órganos estatales, ya que todos ellos tratan de coordinar sus actividades. Con respecto a la mediación de parte del Ministerio de Asuntos Sociales y Condición de la Mujer (MINASCOM), dice que con frecuencia las denuncias se relacionan con las discordias matrimoniales y a veces es imposible lograr la reconciliación. Las mujeres pueden apelar para separarse de sus esposos y no se las obliga a retirar sus apelaciones. Se las remite a las autoridades competentes y se les presta el apoyo pertinente.

No hay muchas organizaciones no gubernamentales, según la definición general, pero hay numerosas asociaciones de mujeres que, debido a que las mujeres trabajan en la agricultura, se centran en las cuestiones relacionadas con la producción. Las asociaciones de mujeres funcionan en forma independiente, pero de conformidad con la Política Nacional. El Ministerio apoya activamente las actividades para la mujer, por conducto de seminarios, conferencias y actividades de sensibilización encaminadas a educar a las niñas en las cuestiones relacionadas con la equidad y el género. Esas actividades de divulgación se realizan en las aldeas más remotas del país y en el idioma local. Habida cuenta de que las actitudes tradicionales son muy firmes, es importante adoptar un enfoque mesurado y permitir que las comunidades tengan el tiempo suficiente para asimilar la información.

La Sra. Obono Engono (Guinea Ecuatorial) dice que la cuestión del matrimonio consuetudinario es muy difícil, y está vinculada a la cuestión de las actitudes estereotipadas. Tradicionalmente, los matrimonios son arreglados por los padres sin el consentimiento de los futuros esposos. No obstante, si bien en el pasado la esposa podía, de hecho, ser encarcelada si su padre no pagaba la dote que se había acordado, el Gobierno ha adoptado medidas para garantizar que la mujer pueda divorciarse legalmente de su esposo y, por lo tanto, evitar el encarcelamiento. De manera similar, aunque las esposas aún no gozan del derecho a heredar los bienes de sus esposos, el Gobierno está formulando un proyecto de ley para garantizar que la mujer pueda hacer valer su derecho de herencia. Hay numerosos problemas con los matrimonios tradicionales, pero es difícil modificar las actitudes chauvinistas debido a que hay muy pocas mujeres en posiciones de poder. En el contexto del Plan de Acción de 2004, se realizan esfuerzos para formular una Ley Reguladora de Matrimonio Consuetudinario.

Con respecto a la pregunta formulada por el Comité sobre los ancianos, señala que hay una organización no gubernamental que se ocupa de la protección de los ancianos, que recibe fondos del Ministerio de Asuntos Sociales y Condición de la Mujer. Con respecto al acceso de la mujer al sistema jurídico, hay tribunales en los cuales la mujer puede apelar, en todo el país y en toda las municipalidades y comunidades. El Ministerio se esfuerza en establecer una verdadera base judicial para ocuparse de las denuncias presentadas por las mujeres y garantizar que éstas gocen de sus derechos en virtud de la Constitución. Para finalizar, señala que la MINASCOM, como todos los demás ministerios, se financia con cargo a asignaciones presupuestarias independientes, y el Estado no practica discriminación en ese sentido.

La Sra. Librada (Guinea Ecuatorial) dice que la Convención se encuentra en la misma posición que las leyes internas. Se trata por todos los medios de que la población en general y el Poder Judicial tengan más conciencia del contenido de la Convención, y ha habido casos en los que la Convención ha sido utilizada y ha prevalecido con respecto a las leyes internas. El Código de la Familia aún se encuentra en la fase de redacción, pero no obstaculizará el proyecto de Ley Reguladora del Matrimonio Consuetudinario, que en la actualidad examina la legislatura. En realidad, los dos proyectos de ley fortalecerán, en su conjunto, la protección de la mujer. Las organizaciones no gubernamentales no han participado en la preparación de los informes periódicos del país, habida cuenta de que Guinea Ecuatorial no tenía conocimiento de ese requisito. El Estado prepara y financia la mayoría de los informes, y no existe una verdadera tradición acerca de la coordinación bilateral y multilateral. A veces, el Estado interviene junto con algunos organismos pero, una vez más, esas intervenciones son casi siempre financiadas por el Estado.

La Sra. Obono Engono (Guinea Ecuatorial) dice que algunos proyectos de construcción se ejecutan en las comunidades locales en nombre de las mujeres y son financiados con cargo al presupuesto de inversiones públicas del Estado. No existe discriminación en la asignación de esos fondos. En los proyectos se incluye la construcción de viviendas que ofrecerían a la mujer en situación precaria la oportunidad de alfabetizarse e ingresar en el mercado de trabajo.

El Sr. Mbengono (Guinea Ecuatorial), refiriéndose a la tercera parte del informe periódico combinado cuarto y quinto de Guinea Ecuatorial (CEDAW/C/GNQ/4-5) dice que se procura que las niñas tengan más conciencia de la importancia de la educación y se están haciendo esfuerzos para garantizar que las niñas que quedan embarazadas mientras asisten a la escuela no abandonen sus estudios secundarios.

La Sra. Obono Engono (Guinea Ecuatorial) dice que la prostitución está estrictamente prohibida en Guinea Ecuatorial y se castiga con prisión. No obstante, la explotación de petróleo ha traído consigo muchos extranjeros al país, y algunos utilizan su elevado poder adquisitivo para atraer a la prostitución a las inocentes jóvenes desfavorecidas económicamente. El Gobierno ha procurado enérgicamente poner fin a la prostitución, poniendo en vigor leyes y aumentando la presencia policial en las zonas pertinentes, pero hasta ahora no ha tenido éxito.

La Sra. Librada (Guinea Ecuatorial) subraya que su delegación no trata de justificar las razones por las cuales existe la prostitución, es una cuestión de oferta y demanda. Los esfuerzos que se realizan a fin de persuadir a las jóvenes prostitutas para que abandonen su profesión y finalicen sus estudios o se capaciten técnicamente ya han dado resultados positivos.

Artículos 7 a 9

La Sra. Belmihoub-Zerdani dice que hace 20 años que Guinea Ecuatorial ha ratificado sin reservas la Convención, que ha pasado a ser parte integrante del derecho interno. Conjuntamente con las reformas políticas consagradas en la Constitución adoptada en 1992, constituye el marco jurídico necesario desde hace mucho tiempo para una mayor participación de la mujer en la vida política y pública. Si las leyes electorales de Guinea Ecuatorial no contemplan un sistema más propicio para el éxito de las mujeres candidatas, fundamentalmente una representación proporcional, tal vez sería aconsejable establecer un sistema de cuotas o reservar un determinado número de puestos para la mujer, como sucede en Rwanda. Se debe alentar también a los partidos políticos a que presenten mujeres candidatas, y se podrían imponer penas si no lo hacen. Además, no hay razones por las cuales el Presidente de Guinea Ecuatorial no deba nombrar a más ministras. El ejercicio de la voluntad que claramente existe de llevar a cabo esos cambios es el elemento fundamental para garantizar que la mujer de Guinea Ecuatorial goce de la igualdad con el hombre.

La Sra. Coker-Appiah pregunta si los esposos extranjeros de los ciudadanos de Guinea Ecuatorial pueden conservar la ciudadanía de sus países de origen y si el divorcio o el fallecimiento de sus esposos afecta su ciudadanía de Guinea Ecuatorial. También pregunta si la mujer tiene derecho a adquirir un pasaporte y viajar sin el consentimiento de su esposo o, en el caso de la mujer soltera, de un pariente masculino.

La Sra. Gaspard dice que las estadísticas citadas en relación con la composición femenina del Parlamento Nacional electo, es decir el 14%, se ha omitido del informe, como también las estadísticas relacionadas con el número de mujeres elegidas en las asambleas locales. Pide información acerca de la función de la mujer en estas últimas y pregunta si Guinea Ecuatorial tiene un comité dedicado a los asuntos de la mujer. Pregunta también si se cita la Convención en debates sobre cuestiones como la reforma o la formulación de leyes pertinentes a la mujer y desea saber además si los extranjeros casados con ciudadanos de Guinea Ecuatorial tienen derecho a transmitir su nacionalidad a sus hijos.

La Sra. Obono-Engono (Guinea Ecuatorial) dice que ha tomado nota de las recomendaciones excelentes formuladas por la Sra. Belmihoub-Zerdani y confirma que los extranjeros casados con ciudadanos de Guinea Ecuatorial tienen derecho a conservar su propia nacionalidad. Reitera también que los hijos matrimoniales o extramatrimoniales de una madre o padre que es nacional de Guinea Ecuatorial tienen derecho a la misma nacionalidad. La ciudadanía de un esposo extranjero no se ve afectada por el divorcio, la separación o el fallecimiento, en tanto, teniendo en cuenta las tradiciones prevalecientes, existen menos posibilidades de que la mujer rural pueda viajar sin el consentimiento de su esposo que sus contrapartes de la zonas urbanas.

Con respecto al bajo porcentaje de mujeres que integran el Parlamento, afirma que no existe determinación contra las candidatas; en ese sentido, la mujer goza de los mismos derechos y oportunidades que el hombre pero o bien no tiene conocimiento de ese hecho o son demasiado renuentes a presentarse para las elecciones. Las campañas de información son necesarias para promover una mayor participación de la mujer en la política, en particular si se tiene en cuenta que las que se presentan para ocupar cargos públicos tienen muchas posibilidades de ser elegidas. No obstante, las estadísticas han mejorado; sólo el 6% de los diputados en el Parlamento anterior eran mujeres. Las mujeres elegidas para las asambleas locales se desempeñarán como delegadas para sus propias zonas. No obstante, la única mujer que ocupó recientemente una posición de ese tipo ha fallecido, y en la actualidad hay una sola diputada provincial.

Artículos 10 a 14

La Sra. Patten dice que, en sus informes y presentación oral, Guinea Ecuatorial ha hecho hincapié en el efecto de los modelos sociales y culturales, incluidas las funciones estereotipadas y los matrimonios consuetudinarios. Al mismo tiempo, ha subrayado la ausencia de la discriminación y no ha señalado que las costumbres y las tradiciones en cuestión constituyan un obstáculo para la aplicación de la Convención. Por consiguiente, desea saber qué medidas eficaces se aplican para garantizar que las niñas tengan las mismas oportunidades educativas, profesionales y de carrera que los niños. Además, ¿existe un sistema para recopilar datos sobre las niñas en la educación, como por ejemplo el número de niñas de las zonas rurales y urbanas que asisten a las universidades, los temas estudiados, becas disponibles, entre otras cosas? Para finalizar, desea saber si los programas de reeducación a cargo de congregaciones religiosas mantendrán las funciones estereotípicas y pregunta si el Gobierno hace alguna aportación a los programas de estudios para los estudiantes que han desertado.

La Sra. Kahn dice que las aseveraciones que figuran en el informe con respecto a la falta de discriminación en esferas como la salud demuestran un desentendimiento de la Convención; los artículos 1 y 2 constituyen el fundamento de todos los demás artículos. Con respecto al artículo 12, y teniendo en cuenta la crítica situación sanitaria de la mujer de Guinea Ecuatorial, el Estado Parte debe consultar la recomendación general 24. Pregunta si la mutilación genital femenina se practica en alguno de los grupos étnicos del país, y si no está prohibida por ley, qué otras medidas se han adoptado para erradicarla. Además, ¿hay alguna política nacional en vigor sobre el SIDA, los análisis sobre el SIDA son voluntarios u obligatorios y qué medidas existen para el tratamiento de las mujeres y los niños con SIDA? Desea saber además la forma en que se aplica la Ley No. 2 de 1990 y la Ley laboral a la fuerza de trabajo de las zonas rurales, que en gran medida está integrada por mujeres, y la ley de bienestar social a la mujer rural y qué beneficios se obtienen. Para finalizar, teniendo en cuenta las actividades de sensibilización del Ministerio de Asuntos Sociales y Condición de la Mujer (MINASCON) entre las mujeres de las zonas rurales ¿se ha traducido la Convención al idioma local y cómo participa la mujer en la Política Nacional de Promoción de la Mujer?

La Sra. Shin dice que, en tanto en el informe se afirma repetidamente la falta de discriminación, si no se aborda el descenso del porcentaje de niñas en la escuela secundaria y el fenómeno del embarazo de adolescentes esto equivaldría a la discriminación contra la mujer en la educación y en consecuencia el empleo. Es fundamental que se adopten medidas especiales provisionales para mejorar la tasa de alfabetización y aumentar el porcentaje de niñas en la educación superior. Por ejemplo, la mayoría de las becas se debe dar a las niñas. Para finalizar, ¿la mujer de la zona rural tiene control del dinero ganado por sus actividades productivas?

La Sra. Saiga pregunta cuántos años de educación son obligatorios y pide un desglose por género de las estadísticas sobre matrícula y tasas de deserción. La reforma de los programas escolares y los libros de texto incluye los utilizados en el cuarto año de la escuela secundaria, por ejemplo, ¿pero, es ese año de estudios obligatorio? No obstante, pone en duda que la extensión de la educación obligatoria sea la forma más efectiva de reducir el número de deserciones de la escuela primaria. Por consiguiente, ¿qué otras medidas se aplican para abordar ese problema?

La Sra. Hachad expresa su preocupación ante el conflicto aparente entre la educación inferior, la situación en materia de salud y empleo de la mujer en Guinea Ecuatorial y las aseveraciones que se hacen en el informe de que la mujer no es objeto de discriminación en ese sentido. En el artículo 1 de la Convención, la definición del término “discriminación contra la mujer” significa que no sólo la mujer debe gozar de las mismas oportunidades sino también obtener los mismos resultados. Con referencia a la eliminación de la función estereotípica, pregunta si el programa de estudios revisado y los libros de texto incorporarán la misma preparación para la vida cotidiana para los niños y las niñas por igual. Además, ¿reciben los maestros capacitación sobre la perspectiva de género?

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.