33° período de sesiones

Acta resumida de la 697ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el viernes 15 de julio de 2005, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Manalo

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención (continuación)

Informe inicial e informes segundo y tercero combinados de Gambia

Se declara abierta la sesión a las 10.25 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención (continuación)

Informe inicial e informes segundo y tercero combinados de Gambia (CEDAW/C/GMB/1-3; CEDAW/PSWG/2005/II/CRP.1/Add.4 y CRP.2/Add.4)

1. Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Gambia toman asiento a la mesa del Comité.

2.El Sr. Taal (Gambia), al presentar el informe inicial y los informes segundo y tercero combinados, dice que el Gobierno de Gambia ha asumido hace mucho tiempo el compromiso de proteger los derechos de la mujer, eliminar todas las formas de discriminación contra ésta y mejorar su condición social, política y económica. Por ello aceleró el proceso de ratificar la Convención en 1992. En la Constitución de 1997 se amplía, por primera vez en la historia constitucional del país, la definición de discriminación a fin de incluir la discriminación basada en el sexo, de conformidad con el artículo 1 de la Convención.

3.El compromiso del Gobierno con el empoderamiento de la mujer se refleja en el establecimiento del Consejo y la Oficina Nacionales para la Mujer, aún antes de la ratificación de la Convención en 1992. Otros órganos que asesoran al Gobierno y proveen un marco para permitir que las mujeres gambianas puedan salir de la desigualdad y las privaciones y formar parte del proceso nacional de desarrollo incluyen una red de centros de coordinación sobre género (integrada por representantes de departamentos gubernamentales clave y organizaciones de la sociedad civil), un comité especial sobre la mujer y el niño de la Asamblea Nacional, un comité ministerial sobre género y un comité técnico sobre género. Por último, se ha establecido un Departamento de Estado para Asuntos de la Mujer, que depende de la Oficina del Vicepresidente. Gambia ha progresado en este sentido en el marco de la Política Nacional para el Adelanto de la Mujer.

4.Las iniciativas del Gobierno en materia de educación han incluido el establecimiento de escuelas primarias públicas gratuitas a fin de alentar a las familias pobres a educar a sus hijos, especialmente las niñas, y de permitirles seguir estudiando y adquirir capacitación y mejores oportunidades de empleo. Esto contribuirá a incrementar la presencia de la mujer en puestos directivos (actualmente del 25%) y en empleos calificados (actualmente del 4,9%). En el marco de la política nacional de salud emprendida en 2001, el Gobierno ha asumido iniciativas encaminadas a mejorar la salud de la mujer, un agente económico fundamental. Se han mejorado los servicios de atención primaria de la salud, ha disminuido la mortalidad materna e infantil, y ha aumentado el uso de anticonceptivos modernos.

5.Las mujeres constituyen aproximadamente la mitad de la mano de obra del país y son las principales productoras de alimentos. Aunque aún queda mucho por hacer para mejorar la situación de las mujeres rurales, el Gobierno y sus asociados han estado trabajando para mejorar la alfabetización funcional, el desarrollo empresarial, la capacitación y la microfinanciación, con el objeto de mitigar la pobreza. Las mujeres están participando en la producción de cultivos comerciales, un ámbito anteriormente reservado exclusivamente a los hombres, y se han beneficiado merced a las oportunidades que ofrecen las estaciones de radio de la comunidad y los centros de telecomunicaciones multimedia en las zonas rurales. Ya se han elegido mujeres como jefas de aldea y para integrar los consejos de distrito y el gobierno local. En el plano nacional, Gambia tiene la primera mujer vicepresidenta, y la que ha ocupado el cargo durante más tiempo en África, y hay seis mujeres en la Asamblea Nacional (tres de ellas nombradas y tres elegidas).

6.La Constitución de Gambia establece que las mujeres deben gozar de las mismas oportunidades políticas, económicas y sociales que los hombres. La Ley sobre la infancia de 2005 recientemente promulgada contiene una definición de niño y medidas contra la trata de niños, los esponsales y matrimonios de niños, y las prácticas tradicionales perjudiciales que afectan el bienestar, la dignidad, el crecimiento y el desarrollo del niño. No obstante, aún no se aplica en su totalidad el artículo 5 de la Convención. El no cumplimiento de este artículo deja a la mujer sometida al permanente dominio del hombre. Deben modificarse las actitudes y eliminarse los patrones culturales que discriminan contra la mujer.

7.En el informe de Gambia se ha considerado uno por uno los artículos de la Convención y se ha suministrado información sobre la legislación nacional promulgada para ponerlos en vigor. Gambia ha hecho progresos en relación con la mayoría de los artículos y espera que su legislación refleje plenamente la Convención, con el apoyo de la sociedad civil y los dirigentes religiosos. Está haciendo verdaderos esfuerzos por aumentar la concienciación respecto de la Convención, pese a la tasa de analfabetismo del país, que llega al 80%.

Artículos 1 y 2

8.La Sra. Šimonović, recordando que Gambia ratificó la Convención sin reservas, dice que es decisivo aplicarla a la legislación nacional. El párrafo 4 del artículo 33 de la Constitución del país, en que se prohíbe la discriminación por razón del género, es un paso positivo pero no basta. Aunque en el artículo 1 de la Convención se establece la eliminación de toda discriminación contra la mujer en todas las esferas, en virtud de la Constitución se permite que continúe la discriminación en cuestiones relativas a la adopción, el matrimonio, el divorcio, la sepultura, la herencia y otras cuestiones relativas al derecho personal. Desea saber si el Gobierno ha examinado la forma en que dará pleno cumplimiento a la Convención, y quién se encargará de esta tarea, especialmente si el Comité lo recomienda en sus observaciones finales.

9.El Sr. Flinterman desea recabar más información sobre la relación entre la Convención, que Gambia ratificó en 1992, y el Protocolo relativo a los derechos de la mujer en África de 2003 de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, que ha firmado recientemente. Aunque no ha formulado reservas a la Convención, ha formulado reservas al Protocolo, en lo que atañe a la eliminación de las prácticas perjudiciales y a la separación, el divorcio, la anulación del matrimonio y el derecho a la herencia.

10.El Protocolo es sumamente pertinente: es más explícito que la Convención en relación con algunos derechos (como el derecho a la paz) pero más limitado en cuanto a otros (como los derechos en el matrimonio). Tanto la Convención (en el artículo 23) como el Protocolo (en el artículo 31) establecen que nada de lo dispuesto en dichos instrumentos afectará disposición alguna de derecho nacional o internacional que sea más conducente al logro de la igualdad entre hombres y mujeres. Por consiguiente, supone que las reservas de Gambia al Protocolo no menoscaban los compromisos asumidos por ésta en virtud de la Convención, e insta a Gambia a retirar sus reservas al Protocolo.

11.La Sra. Gabr dice que Gambia se encuentra en una situación semejante a la de otros países africanos menos adelantados. El desarrollo no es una simple cuestión económica: depende de la existencia de una sociedad equilibrada en que las mujeres desempeñen la función que les corresponde y de la evaluación realista de la situación. La experiencia externa nunca puede ocupar el lugar de la experiencia local.

12.Del informe de Gambia y sus respuestas a la lista de cuestiones y preguntas del Comité se desprende que ésta considera la combinación de la práctica islámica con la consuetudinaria un impedimento para el cumplimiento de los derechos de la mujer. Como musulmana, no está de acuerdo en que el Islam sea un obstáculo inherente; de hecho muchos países musulmanes también han puesto en práctica con éxito la Convención.

13.El Gobierno es responsable de la aplicación de todos los artículos de la Convención y debe trabajar de forma transparente con las organizaciones de mujeres en pos del logro de este objetivo. Desea saber cómo se propone asumir la responsabilidad de la aplicación de la Convención en vista de que se requieren cambios legislativos urgentes, como en el caso de las cuestiones relativas a la mutilación genital femenina, el matrimonio y los derechos de igualdad de empleo.

14.La Sra. Gaspard dice que le tranquiliza enterarse por la delegación de Gambia de que el Gobierno ha adoptado medidas destinadas al logro de la igualdad entre el hombre y la mujer, puesto que su informe no da esta impresión. Aunque Gambia ratificó la Convención hace más de 10 años, persisten las contradicciones. Por ejemplo, se ha revisado la Constitución a fin de que consagre el principio de la no discriminación basada en el género, pero se ha permitido la continuación de las prácticas consuetudinarias y religiosas reconocidas como discriminatorias contra la mujer. Aunque comprende las limitaciones económicas del país, conviene con la Sra. Gabr en que la igualdad entre los géneros es decisiva para el desarrollo y cree que a Gambia no le costaría nada promulgar legislación en que se fomentara la igualdad. Pregunta cómo se propone el Gobierno garantizar la promoción de la igualdad, no simplemente a nivel de la Constitución, sino también en relación con las leyes que reglamentan la nacionalidad y otros asuntos.

15.La Sra. Saiga recuerda que en su informe Gambia ha indicado que muchas de sus leyes no se ajustan a la Convención y que el Consejo Nacional para la Mujer está encargado de informar al Gobierno sobre la forma en que las prácticas tradicionales afectan la situación de la mujer y desea saber si el Consejo, o algún otro órgano, ha formulado propuestas concretas de cambios legislativos y si se ha llevado a cabo un examen de la legislación discriminatoria.

16.La Sra. Shin dice que también desea destacar la importancia de enmendar las leyes discriminatorias. Pregunta si la Comisión sobre la Reforma Legislativa, establecida en 1987, ha sido disuelta. De ser así, querría saber si se prevé su restablecimiento y qué planes de corto o de largo plazo tiene el Gobierno en relación con la promulgación de leyes contra actos como la mutilación genital femenina y la violencia en el hogar, que causan grandes sufrimientos a la mujer.

17.La Sra. Khan tiene plena conciencia de que Gambia es uno los países más pobres del mundo, con un índice de desarrollo humano muy bajo. Por esta razón, no le sorprende que su informe contenga tan escasa información sobre el efecto de la pobreza sobre la mujer, especialmente la de las zonas rurales. Desea saber si el Gobierno ha trazado una estrategia económica para salir de la trampa de la pobreza, especialmente a la luz del empeoramiento de la situación económica de los últimos decenios y del objetivo de desarrollo del Milenio de reducir la pobreza extrema a la mitad para 2015. Es importante recordar que la pobreza no es una simple cuestión financiera: se traduce en analfabetismo, falta de atención médica y bajo empoderamiento de la mujer. Por último, observando que Gambia tiene programas de microcrédito, desea saber cuántos están dirigidos a mujeres, y si el interés es bajo o se otorgan préstamos sin necesidad de garantía.

18.La Sra. Morvai pregunta qué función cumplen las organizaciones no gubernamentales (ONG) de mujeres en la lucha contra la discriminación, cuántas de estas organizaciones existen, y si hay comunicación regular entre ellas y el Gobierno. Habida cuenta de que muchas ONG y el movimiento no estructurado de mujeres están trabajando para eliminar las prácticas tradicionales perjudiciales, desea saber si deben hacer frente a una oposición violenta y, de ser así, si el Gobierno las protege, especialmente a la luz del derecho de afiliación, confirmado en el artículo 3 de la Convención. También desea saber cómo se financian las ONG y si tienen acceso a medios de comunicación, a fin de mantener el contacto entre ellas y con el público. En vista de la elevada tasa de analfabetismo, desea saber si las ONG tienen acceso a la radio.

19.En su informe oral, la delegación mencionó la Ley sobre la infancia de 2005; desea saber si en ésta se prohíben las prácticas perjudiciales para los niños, especialmente las niñas. Por ejemplo, la mutilación genital femenina equivale a un delito de agresión contra una niña. Está convencida de que si se perpetrara una agresión tan grave contra un niño, se le daría más importancia.

20.El Sr. Taal (Gambia) conviene en que en Gambia, así como en la mayoría de los países de África, la pobreza es endémica. Las iniciativas para la erradicación de la pobreza en el plano nacional, incluido un plan de mediano plazo presentado al Gobierno hace tres semanas, guardan relación con el documento de estrategia de lucha contra la pobreza (DELP) del país y los objetivos de desarrollo del Milenio, y no están dirigidas especialmente a la mujer. No obstante, el Gabinete acaba de aprobar el establecimiento de una comisión de planificación que se ocupará de cuestiones de desarrollo económico, que incorporará una perspectiva de género a su labor.

21.Reconoce que la legislación nacional aún no tiene debidamente en cuenta las cuestiones relacionadas con el artículo 5. No obstante, para ser efectivas, las leyes deben ser aplicables, lo cual significa que toda la sociedad debe tener conciencia de ellas y estar dispuesta a observar sus disposiciones. Si bien una tasa elevada de analfabetismo significa que es difícil despertar la concienciación del público acerca de la necesidad de cambiar actitudes y eliminar las prácticas tradicionales perjudiciales, recientemente el Gobierno entabló un diálogo con dirigentes religiosos con miras a sensibilizarlos acerca de los peligros de la mutilación genital femenina, una práctica no requerida por la fe islámica.

22.Informa al Comité de que se emprenderá una revisión a fondo de la legislación nacional a fin de ajustarla a los distintos acuerdos internacionales de los que Gambia es signataria. Con esta finalidad, se ha obtenido financiación de los Gobiernos del Reino Unido y de los Estados Unidos de América.

23.La Sra. Singhateh (Gambia) dice que en el párrafo 4 del artículo 33 de la Constitución se prohíbe la discriminación basada en el género, excepto en relación con cuestiones relativas al derecho personal. A fin de enmendar esta disposición, se necesitará la aprobación del 75% de la población mediante un referéndum, puesto que la Constitución no puede modificarse mediante una ley parlamentaria. Habida cuenta de que el 90% de los gambianos son musulmanes y se guían principalmente por la ley de la sharia y el derecho consuetudinario, es difícil convencerlos de que determinadas prácticas tradicionales son perjudiciales y de carácter discriminatorio contra la mujer y que si bien el Islam en sí no es una excusa para no adherirse a la Convención, la sharia y el derecho consuetudinario suelen ir de la mano. No obstante, el Gobierno está trabajando con los imanes y cadíes a fin de aumentar la concienciación pública respecto de la necesidad de proteger los derechos de la mujer. Además, en la nueva Ley sobre la infancia de junio de 2005, que está aguardando la aprobación presidencial, entre otras cosas se prohíbe la mutilación genital femenina.

24.En lo que atañe a las reservas de Gambia al Protocolo relativo a los derechos de la mujer en África de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, la propia Asamblea Nacional ha decidido qué disposiciones del Protocolo desea ratificar. Teme que la Asamblea formule nuevas reservas si la cuestión vuelve a ser remitida a ella. No obstante, se emprenderán nuevas iniciativas a fin de asesorar al Gobierno acerca de la necesidad de promulgar leyes concretas para eliminar la discriminación contra la mujer. Por último, en respuesta a la pregunta formulada por la Sra. Shin, confirma que la Comisión sobre la Reforma Legislativa, que se encarga de la presentación de recomendaciones sobre reformas legislativas, sigue existiendo.

25.La Sra. Fye-Hydara (Gambia) dice que las mujeres representan el 80% de los destinatarios de los programas de crédito administrados por distintas ONG y el Gobierno. No obstante, algunas instituciones de microfinanciación cobran intereses sobre los préstamos y el Gobierno está investigando la forma de reducir las tasas de interés para garantizar que los beneficiarios de créditos estén en condiciones de aprovecharlos plenamente.

26.El Consejo Nacional para la Mujer es el encargado de asesorar al Gobierno sobre los asuntos de la mujer y, aun antes de la ratificación de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, trabajó en asociación con la Asamblea Nacional para aumentar la concienciación acerca de los derechos de la mujer entre el público en general y los miembros del Parlamento. El Consejo coopera estrechamente con las ONG, que ayudaron al Gobierno a redactar el informe nacional sobre Beijing+10.

27.La Sra. Dacosta (Gambia) dice que se otorgaron microcréditos por medio de fondos rotatorios a tasas de interés del 18 al 35%. Las mujeres tienden a solicitar créditos en grupo y luego asignan los fondos prestados a una de ellas en particular. Se utiliza la presión del grupo como una forma de garantía para que las personas utilicen el dinero adecuadamente y lo devuelvan en los plazos establecidos.

28.En relación con la cuestión del acceso a la información, la radio es el medio de comunicación más eficiente en Gambia y, merced al establecimiento de las estaciones de radio de la comunidad, las transmisiones llegan a todo el país. Además, algunas personas, especialmente mujeres, han sido capacitadas como comunicadoras y divulgan información sobre los derechos de la mujer por medio de representaciones teatrales.

29.La Sra. Taal (Gambia) destaca que en Gambia la ley de la sharia se aplica únicamente a asuntos de la familia. El derecho consuetudinario sigue aplicándose en virtud de la Ley de Aplicación de las Leyes de Inglaterra, pero la Constitución tiene precedencia sobre cualquier otra ley.

30.En lo que atañe al microcrédito, ha formulado reiterados llamamientos a que se reduzcan drásticamente las tasas de interés. Aunque el Banco Africano de Desarrollo ha aportado 5 millones de dólares para el otorgamiento de créditos en el sector de las pesquerías, estos fondos no se han utilizado en razón de las tasas de interés prohibitivas.

31.En respuesta a la pregunta planteada por la Sra. Morvai, dice que las ONG en Gambia no sufren ningún tipo de opresión por cuanto en virtud de los principios democráticos del país, todos los ciudadanos gozan de los derechos de expresión y de asociación.

Artículo 3

32.La Sra. Zou Xiaoqiao dice que no comprende del todo el mecanismo nacional para el adelanto de la mujer. Según el informe, la Oficina Nacional para la Mujer es el brazo ejecutivo del Consejo Nacional para la Mujer y el Departamento de Estado para Asuntos de la Mujer funciona como centro de coordinación de la Política Nacional para el Adelanto de la Mujer en Gambia. Pregunta cuál es la relación entre estos órganos y, en particular, si la Oficina Nacional para la Mujer funciona como secretaría del Consejo para la Mujer. Desea saber cómo se utiliza la información reunida por la Oficina y con qué otros organismos se comparte. También desea recabar más información sobre la estructura y composición del Consejo y si éste tiene la autoridad suficiente para promover los derechos de la mujer eficientemente.

33.Le desconcierta la contradicción aparente del informe, en el que se señala que no hay una política nacional amplia en relación con la mujer y sin embargo se brindan detalles sobre la Política Nacional para el Adelanto de la Mujer en Gambia. En ésta se incluye una serie de importantes cuestiones que afectan a la mujer, pero la oradora querría saber si hubo problemas en relación con su aplicación. Pregunta si el Gobierno llevó a cabo un examen de mitad de período de la Política y si ha identificado sus principales logros y los obstáculos a su ejecución. De no ser así, pregunta si se tiene previsto hacerlo.

34.La Sra. Shin pregunta si el concepto del Gobierno sobre desarrollo nacional coincide con el del adelanto de la mujer. Desea saber qué tipo de distinción se establece entre la igualdad y la equidad, puesto que el Gobierno parece creer que la igualdad entre los géneros se alcanzará cuando las mujeres gambianas puedan participar en condiciones de equidad en el desarrollo económico del país. Por último, pregunta cuál es la relación entre “Visión 2020” y la Política Nacional para el Adelanto de la Mujer en Gambia, y si la primera contiene un componente de igualdad entre los géneros.

35.La Sra. Bokpe-Gnacadja subraya que el Gobierno de Gambia es el principal responsable de la introducción de medidas legislativas y de política para alcanzar la igualdad entre los géneros y lo exhorta a que busque nuevas formas de superar los obstáculos que impiden su aplicación. Aunque Gambia ha firmado y ratificado una serie de instrumentos jurídicos internacionales destinados a la promoción y protección de los derechos de la mujer, éstos no han sido incorporados en la legislación nacional. De hecho, algunas de sus leyes tienen casi 150 años de antigüedad y aún permiten la aplicación del derecho consuetudinario.

36.Según el informe, desde 1980 las autoridades tienen conciencia de las dificultades especiales a las que hacen frente las mujeres, sin embargo desde entonces se ha hecho muy poco para mejorar la situación. Aparentemente, la discriminación basada en el género es aceptada por el Estado, especialmente por cuanto se niega a las mujeres acceso al sistema de justicia, dado que no pueden pagar honorarios jurídicos y no se provee asistencia letrada. Pregunta qué medidas ha adoptado el Gobierno para abordar esta situación.

37.El Sr. Taal (Gambia) dice que en Gambia no existen políticas de acción afirmativa. Las mujeres ocupan puestos de categoría superior en los sectores público y privado porque están adecuadamente calificadas para ello y no por el simple hecho de ser mujeres. “Visión 2020” representa la culminación de las iniciativas gubernamentales para que todos los ciudadanos participen en condiciones de igualdad en el desarrollo político, económico y social del país.

38.Destaca que el Gobierno de Gambia no permite la discriminación contra la mujer. No obstante, toda ONG de mujeres tiene su contraparte fundamentalista, lo cual significa que el progreso es lento y difícil. No obstante, el Gobierno tiene la voluntad política de mejorar estas cuestiones y está avanzando paso a paso en esta dirección.

39.La Sra. Fye-Hydara (Gambia) dice que la Oficina Nacional para la Mujer es la secretaría del Consejo Nacional para la Mujer, establecida en 1980, con anterioridad a la existencia del Departamento de Estado para Asuntos de la Mujer. Este último reconoce el papel de la Oficina Nacional para la Mujer como el órgano de ejecución del Consejo. Para evitar la duplicación y garantizar la utilización adecuada de los recursos, la Oficina Nacional para la Mujer también ejecuta las actividades del Departamento de Estado para Asuntos de la Mujer.

40.El Consejo es el órgano asesor del Gobierno sobre asuntos relativos a la mujer. Cuando desea plantear una cuestión, se comunica con la Secretaria de Estado para Asuntos de la Mujer, que es la Vicepresidenta. El Consejo Nacional está presidido por la Vicepresidenta de Gambia; tiene 50 miembros, 44 de los cuales son elegidos y provienen de cada uno de los distritos del país, y cuatro o cinco expertos técnicos nombrados para el cargo. El Director Ejecutivo y el Director Ejecutivo Adjunto de la Oficina Nacional para la Mujer son miembros por derecho propio del Consejo. El Consejo está encabezado por un Presidente y un Vicepresidente, elegidos entre sus miembros electos.

41.La Oficina se encarga de compartir información con todos los interesados. Publica las conclusiones de las investigaciones sobre la incorporación de una perspectiva de género en el nuevo sitio en la Web sobre la mujer de Gambia, financiado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Fondo de Población de las Naciones Unidas y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, y está elaborando su propia base de datos.

42.La Política Nacional sobre el Adelanto de la Mujer y la Niña, finalizada en 1999, aunque bien definida y claramente encaminada al empoderamiento de la mujer, no puede aplicarse eficientemente por falta de recursos suficientes y acceso a la información necesaria. Las entidades gubernamentales y las ONG aún no tienen forma de supervisar y coordinar su aplicación en todos los niveles. Además, los departamentos gubernamentales son lentos para incorporar las políticas que tienen en cuenta el género en sus propias políticas sectoriales y las consideran, en cambio, medidas separadas y específicas para la mujer.

43.Aún no se ha realizado un examen de mitad de período de la Política Nacional de 1999, pero el Gobierno tiene previsto llevarlo a cabo a fin de incorporar algunas más de las 12 esferas de especial preocupación de la Plataforma de Acción de Beijing en que se basa la Política. Deberá prestarse atención especial al efecto del VIH/SIDA sobre las mujeres gambianas, que era un problema mucho menos grave en el momento de formularse la Política. Gambia ya se ha puesto en contacto con un número de posibles asociados para recabar ayuda a fin de examinar la Política. El examen también servirá para evaluar la aplicación de la Política y su repercusión sobre la situación de la mujer hasta este momento.

44.La Sra. Singhateh (Gambia) dice que en el artículo 24 de la Constitución de Gambia se dispone asistencia letrada para los casos de pena de muerte y de cadena perpetua. Fuera de esto, Gambia no cuenta con un sistema de asistencia letrada propiamente dicho. El establecimiento de un sistema de asistencia letrada no es una prioridad en un país menos adelantado; no obstante, algunas ONG brindan asistencia letrada. En virtud de la Ley sobre la solución alternativa de controversias, se alienta a las partes a resolver sus diferencias fuera del ámbito de los tribunales y así evitar el oneroso procedimiento judicial.

45.El Sr. Taal (Gambia) dice que Gambia seguirá el modelo de la Federation of Women Lawyers – Kenya (FIDA). La FIDA ofrece asistencia letrada a mujeres en relación con una amplia gama de cuestiones.

Artículos 4 y 5

46.La Sra. Schöpp-Schilling acoge con beneplácito la iniciativa del Estado parte de examinar su legislación contra la discriminación pero advierte que la igualdad de hecho es tan importante como la igualdad jurídica formal. En el informe no se incluyen muchos ejemplos de medidas especiales de carácter temporal adoptadas por el Gobierno. A este respecto, señala a la atención de la delegación la recomendación general No. 25 del Comité relativa al párrafo 4 del artículo 1, sobre medidas especiales de carácter temporal que podrían aplicarse provechosamente en Gambia en ámbitos como la alfabetización, el desarrollo rural y la participación de la mujer en la política. Habida cuenta de que el Presidente ha nombrado varias mujeres para integrar la Asamblea Nacional, pregunta si se mantendrá esta medida especial de carácter temporal y si se prevé introducir cambios en la ley electoral a fin de aumentar la participación de la mujer en los partidos políticos. Felicita al Estado parte por haber recabado la cooperación de los dirigentes religiosos para movilizar el apoyo de la población a favor de esta iniciativa y desea saber si se mantendrá la cooperación.

47.Por último, pregunta qué efecto ha tenido la nueva Ley sobre la infancia, aprobada en 2005, y si incluye disposiciones sobre la mutilación genital femenina.

48.La Sra. Arocha Domínguez conviene con la delegación en que la legislación, la revisión de los programas de estudio escolares y las campañas en los medios tal vez no basten para cambiar las actitudes y creencias, pero subraya que los programas para transformar la mentalidad de los dirigentes religiosos y de la comunidad, especialmente en las zonas rurales, deben ser continuos y reiterados a fin de tener repercusión.

49.La Sra. Dairiam se refiere a la observación formulada por la delegación en su declaración introductoria en el sentido de que el no cumplimiento de las obligaciones en virtud del artículo 5 significa que las mujeres gambianas continuarán sometidas al dominio de los hombres. Si el Gobierno está tan consciente de lo que es necesario hacer para eliminar los estereotipos, quisiera saber por qué no ha adoptado medidas más dinámicas para modificar la legislación. Aunque cambiar la mentalidad lleve tiempo, sancionar determinados actos permitirá mantenerlos bajo control.

50.Lo cierto es que el problema parece no residir tanto en la mentalidad popular como en la resistencia de los grupos privilegiados en los puestos de poder: la Asamblea Nacional, que ha formulado una reserva al Protocolo Facultativo; los dirigentes religiosos que, con el apoyo del jefe del Consejo Islámico, han rechazado el memorando de las ONG en que solicitan a la Asamblea que retire su reserva; y el Procurador General, que en 1987 no presentó a la Asamblea Nacional un proyecto de ley sobre los derechos matrimoniales bajo la ley de la sharia. Cuando están en juego los derechos de la mujer, el Gobierno debe adoptar una postura firme y debe aplicarse todo el peso de la ley para asegurar su cumplimiento.

51.La Sra. Tavares da Silva conviene con la Sra. Dairiam en que, en muchos casos, los grupos privilegiados de Gambia son más conservadores que la sociedad en general. Está profundamente consternada por la aparente aceptación del Gobierno del derecho consuetudinario, regularmente invocado en el informe para justificar la negación de los derechos de la mujer, por ejemplo, en sus respuestas a la pregunta 6 sobre la influencia de la religión en la participación de la mujer en la vida política, a la pregunta 10 sobre la mutilación genital femenina, y a la pregunta 29 sobre la poligamia. Aún más alarmante es la descripción del Estado parte de estas dos últimas como “esferas delicadas”; nunca debe darse prioridad a éstas por sobre los derechos humanos, puesto que el Gobierno es responsable de la protección de todos sus ciudadanos. Aunque el Estado parte ha consignado algunas medidas de largo plazo para combatir la violencia basada en el género, no ha dado detalles sobre las medidas indispensables inmediatas, como el castigo a los culpables y el apoyo a las víctimas.

52.La Sra. Gaspard dice que, además de la legislación, la voluntad política es fundamental para la eliminación de las funciones estereotipadas del hombre y la mujer. El Gobierno, con el apoyo de las ONG, debe organizar una campaña de sensibilización en gran escala entre la población rural. Aunque la delegación ha sostenido que la ley de la sharia se aplica únicamente a cuestiones de la familia, la igualdad comienza en el hogar y lo que sucede en la familia determina la condición de la mujer en la sociedad.

53.Pregunta si entre las prácticas tradicionales perjudiciales que se incluyen en la Ley sobre la infancia de 2005 figura la mutilación genital femenina, y si se disponen sanciones contra quienes la practican. Desea saber si el Gobierno ha adoptado medidas concretas para prevenir la mutilación genital femenina mediante el incremento de la concienciación.

54.La Sra. Coker-Appiah señala que la cultura es dinámica, que cambia constantemente a lo largo del tiempo y en respuesta al entorno social. Si bien la evolución a veces se produce sin intervención gubernamental concreta, por ejemplo, como resultado de la educación o de una mayor independencia económica, hay otras situaciones que exigen voluntad política y la promulgación de leyes que produzcan cambios. Lamentablemente, no percibe este tipo de voluntad política por parte del Gobierno de Gambia.

55.En su propio país, Ghana, que también tiene un pasado colonial y debe enfrentarse con los obstáculos de la tradición, la Constitución y la legislación oficial predominan sobre el derecho consuetudinario. Aunque la legislación por sí sola no puede cambiar de un día para otro prácticas culturales profundamente arraigadas, es un primer paso en esta dirección. Alienta enérgicamente al Estado parte a que enmiende el párrafo 5 del artículo 33 de su Constitución.

56.Por último, solicita una definición de las “prácticas tradicionales perjudiciales” prohibidas en la Ley sobre la infancia de 2005 promulgada recientemente.

57.El Sr. Taal (Gambia) dice que, si bien la cultura tradicional no es sacrosanta, la forma más eficaz de cambiarla no siempre es evidente. Tras haberse interiorizado del enfoque de Ghana, ahora está convencido de que es posible promulgar legislación aun antes de sensibilizar a la población. La delegación está aprendiendo mucho de su diálogo con el Comité.

58.La Sra. Singhateh (Gambia) dice que uno de los problemas en Gambia es el de las opiniones divergentes de las distintas culturas tradicionales sobre cuestiones relativas a las mujeres, los niños y la familia. No obstante, el Gobierno mantiene un diálogo permanente con los dirigentes religiosos y comunitarios para recabar sus interpretaciones sobre las leyes religiosas relativas a las cuestiones de que se trata, y les consulta en materia de legislación, incluida la Ley sobre la infancia. También celebra regularmente seminarios y reuniones de sensibilización con ellos. La población aún desconoce las sanciones que pueden imponerse en el marco de la Ley sobre la infancia, producto de tres años de trabajo, por cuanto fue promulgada el 23 de junio y no puede ser dada a conocer hasta no haber sido aprobada por el Presidente. La mutilación genital femenina figura entre las prácticas tradicionales perjudiciales que se prohíben en virtud de la Ley, aunque no se la menciona especialmente. Un borrador preliminar de la Ley, en el que se especificaban las distintas prácticas tradicionales perjudiciales, incluida la mutilación genital femenina, tropezó con la resistencia de la vasta población musulmana analfabeta de las zonas rurales. En vista de que los legisladores necesitan el respaldo de sus electores para permanecer en el Parlamento, el proyecto de ley fue enmendado y suavizado para tener más posibilidades de ser aprobado en el Parlamento.

59.La Sra. Fye-Hydara (Gambia) dice que una vez que las niñas gambianas reciban educación, probablemente desaparezcan muchos de los problemas que se están analizando. Más aún, si las mujeres estudian la ley de la sharia y el Corán, podrán decidir por sí mismas qué establecen estos textos y no se dejarán engañar. La cultura de Gambia está cambiando. Debe recordarse que los dirigentes religiosos representan la opinión de muchas personas.

60.Se celebró un debate con los miembros de la Asamblea Nacional, muchos de los cuales son analfabetos, sobre el Protocolo relativo a los derechos de la mujer en África de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. La oradora ahora se ha convencido de que los hombres deben familiarizarse con el documento propiamente dicho y ha dispuesto su traducción a los idiomas locales. Un miembro hombre de la Asamblea Nacional proclamó que la cultura y la religión deberían respetarse. Una mujer replicó que el problema no es la religión sino el empoderamiento de la mujer de Gambia. Los miembros de la Asamblea Nacional parecen temerle al cambio. Se necesitarán muchas más iniciativas educacionales.

61.El Sr. Taal (Gambia) dice que en Gambia, un país de acogida de refugiados de otros países de la región, la mutilación genital femenina es un tema importante. Recientemente una niña de 12 años refugiada en Gambia se negó a regresar a su hogar con su familia al restablecerse la paz por temor a que, si regresaba, se la sometería a la mutilación genital femenina. Gambia le otorgó asilo político.

Artículo 6

62.El Sr. Flinterman se indignó al enterarse de que la industria del turismo en Gambia llevó a un aumento de la prostitución, especialmente de muchachas. Pregunta al Gobierno si el aumento del turismo sexual puede atribuirse a la disponibilidad de prostitutas, tanto hombres como mujeres, niños y adultos. De ser así, también quiere saber si Gambia está cooperando con los países de origen de los perpetradores con miras a sancionarlos y erradicar la práctica, y si está colaborando con esos países a fin de promover otras formas de turismo. Pregunta si es cierto que en Gambia no está prohibido mantener relaciones sexuales con menores, y cuántos hombres han sido enjuiciados por haber mantenido relaciones sexuales con niñas menores. El Estado parte debería detallar todos los cambios introducidos en su legislación para prevenir la prostitución, como el establecimiento de sanciones más estrictas, incluida la información sobre la fecha en que estas sanciones entraron en vigor.

63.La Sra. Simms dice que en el informe se indica que Gambia sigue dominada por los hombres; esto es cierto en todo el mundo, no sólo en Gambia. También se indica que se valora más a la mujer por su función reproductiva, que tanto los hombres como las mujeres asignan a la mujer una condición inferior y que los matrimonios tempranos son la causa de la baja matriculación escolar de las niñas. Pregunta qué progresos ha hecho el Gobierno en la lucha contra la trata de niñas, si se transporta a las niñas a través de la frontera al Senegal, y con qué fines se las transporta. La prostitución no es el resultado del turismo; es igualmente importante establecer las causas por las que los nacionales del país recurren a las prostitutas. Debe enjuiciarse a los hombres que contratan los servicios de prostitutas. Como ghanesa, considera que las personas de origen africano deben desmantelar el sexismo de la misma forma en que desmantelaron el apartheid y no deben aceptar justificaciones en nombre de ningún dios.

64.El Sr. Taal (Gambia) dice que un pequeño porcentaje de los turistas que visitan Gambia lo hacen con fines sexuales; otros llegan por razones de salud o para disfrutar de la naturaleza. En Tailandia se ha enjuiciado a numerosos europeos por procurar mantener relaciones sexuales con niñas pequeñas y se les ha prohibido el ingreso en los países de Asia so pena de ser detenidos. África debe adoptar medidas de este tipo para proteger a las niñas. En Gambia se prohíbe a las niñas menores de 15 años ingresar en las zonas de turismo, en particular los hoteles; el Gobierno ha adoptado esta medida para protegerlas. No obstante, los turistas sexuales, en general hombres mayores, viven en apartoteles y no en hoteles, y las muchachas establecen contacto con ellos por medio de la Internet. En un caso reciente se arrestó a un turista que había violado a una niña de 10 años y se le confiscó el pasaporte. Cuando se le otorgó libertad condicional, su propio Gobierno le emitió un nuevo pasaporte. Actualmente Gambia está procurando extraditarlo.

65.En todo el mundo muchachas jóvenes se trasladan de un país a otro para trabajar como empleadas domésticas. En Gambia, la mayoría de las empleadas domésticas provienen de otros países, en las estaciones en que no se las necesita allí para las tareas rurales. Pregunta si ello se considera trata. Le enorgullece afirmar que en Gambia prácticamente no hay casos de abuso sexual de muchachas extranjeras en el servicio doméstico.

66.La Sra. Singhateh (Gambia) dice que, aun antes de la promulgación de la Ley sobre la infancia, el Código Penal de Gambia prohibió las relaciones sexuales con personas menores de 15 años y sanciona este delito con siete años de cárcel. Además, la Ley del turismo de 2003 contiene disposiciones que protegen a los menores. Cuando se elaboró el informe en 2000 no se disponía de información sobre el turismo sexual. Lo cierto es que Gambia está cooperando con los países de origen. En un caso de turismo sexual, un funcionario viajó a los Países Bajos para trabajar con el Gobierno a fin de coordinar el enjuiciamiento del autor del delito en su país de origen. En algunos casos, empero, los Estados ayudan a sus nacionales a evadir la justicia de Gambia.

67.En 2004 se llevó a Gambia un grupo de 12 niños ghaneses con fines de prostitución. Gambia trabajó en estrecha colaboración con Ghana, así como con el UNICEF, para repatriar a esos niños. Si bien la trata de niñas es un problema nuevo en Gambia, el Gobierno actuó rápidamente e introdujo una disposición en la Ley sobre la infancia en virtud de la cual ésta se castiga con cadena perpetua. La gravedad de la sanción refleja la posición del Gobierno en relación con esta práctica. La Embajada de los Estados Unidos de América también asiste a Gambia en la lucha contra la trata de niñas.

Artículos 7 y 8

68.La Sra. Popescu dice que la participación de la mujer gambiana en la vida política es muy reducida. En el informe se destaca que las mujeres se consideran partidarias, y no participantes activas; sin embargo, en las elecciones de 2002 votaron más mujeres que hombres, hecho que demuestra el interés de las mujeres en participar en calidad de votantes. También es importante alentar a las mujeres a postularse como candidatas para ocupar cargos públicos. Desea saber por qué las tres mujeres parlamentarias nombradas por el Presidente no tienen derecho de voto, a diferencia de las otras tres que fueron elegidas. A este respecto, insta a Gambia a adoptar medidas especiales de carácter temporal, incluidos cupos, para aumentar la participación de la mujer. Asimismo, alienta al Gobierno a apoyar las ONG para que ejecuten programas de fortalecimiento de la capacidad en pos del empoderamiento de la mujer en el plano local.

69.La Sra. Belmihoub-Zerdani observa que la delegación de Gambia está encabezada por un ministro hombre e incluye cinco mujeres, que demostraron estar plenamente capacitadas para participar en la vida pública. También es evidente que el Islam no impide a la mujer desempeñar este papel, como indican los textos musulmanes. Cada país debe encontrar su propio método para promover la participación de la mujer y deben adoptarse medidas para acelerar el proceso. En el siglo XXI las mujeres deben ser parte integral de la vida del país, para beneficio tanto de los hombres como de las mujeres. El Presidente de Gambia tal vez desee utilizar sus facultades y nombrar mujeres para ocupar cargos públicos, invocando la Convención en respaldo de sus actos. Habida cuenta de que Gambia no formuló reservas a la Convención, no debería haber obstáculos a ello.

Se levanta la sesión a las 13.05 horas.