23° período de sesiones

Acta resumida de la 468ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el miércoles 14 de junio de 2000, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. González

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención

Informes periódicos segundo y tercero combinados del Iraq

Se declara abierta la sesión a las 10.45 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención

Informes periódicos segundo y tercero combinados del Iraq (CEDAW/C/IRQ/2-3, CEDAW/PSWG/2000/II/CRP.1/Add.3 y CEDAW/PSWG/2000/II/CRP.2/Add.2)

1.Por invitación de la Presidenta, la delegación del Iraq toma asiento a la mesa del Comité.

2.La Sra. Kammas (Iraq), presentando los informes periódicos segundo y tercero del Iraq (CEDAW/C/IRQ/2-3), destaca la firme intención de su Gobierno de aplicar la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y otros instrumentos internacionales de derechos humanos, y reitera el deseo de su delegación de proseguir el diálogo con los expertos de los diversos órganos establecidos en virtud de tratados de derechos humanos, cuya neutralidad, integridad y objetividad son esenciales para una verificación eficaz del cumplimiento de los instrumentos internacionales de derechos humanos. Los órganos pertinentes derivados de tratados han tomado nota de los factores que entraban la aplicación de las convenciones internacionales por parte del Iraq y han subrayado la necesidad de que se eliminen esos obstáculos.

3.En los 10 años transcurridos entre los censos de 1987 y 1997 la población del Iraq aumentó en un 3%, llegando a más de 22 millones; el 49,7% de los habitantes son hombres y el 50,3%, mujeres. El Gobierno está procurando aplicar la Plataforma de Acción de Beijing y, por ejemplo, en 1994 organizó en Baghdad, en cooperación con organizaciones no gubernamentales, en especial la Federación General de Mujeres Iraquíes, un seminario internacional de derechos humanos que emitió una declaración visionaria sobre la integración de los derechos de la mujer al contexto general de los derechos humanos.

4.El Gobierno ha aprobado asimismo una Estrategia Nacional para el Adelanto de la Mujer Iraquí con objeto de promover los derechos de la mujer de conformidad con las decisiones de la Conferencia de Beijing de 1995, fortaleciendo los mecanismos institucionales para la aplicación de medidas que impulsen los derechos de las mujeres. En el marco de la Estrategia Nacional se ha establecido un Alto Comité Nacional para el Adelanto de la Mujer Iraquí, encabezado por el Ministro de Trabajo y de Asuntos Sociales e integrado por representantes de todos los ministerios que intervienen en la ejecución de la Estrategia Nacional, y dotado de oficinas en todos los ministerios pertinentes.

5.Antes de pasar al informe y a las respuestas de su delegación a las preguntas formuladas por los miembros del Comité, hace notar que el diálogo entre el Iraq y el Comité se encuadra en el marco jurídico que establece la Convención y se fundamenta en las observaciones que han hecho órganos pertinentes creados en virtud de tratados sobre los derechos humanos. Lamenta tener que declarar que la Convención no se ha aplicado de manera ideal, pero está segura de que el Comité comprende bien que en el Iraq se vive una situación trágica y estima que la continuación del diálogo y la cooperación contribuirán a que se superen los obstáculos a la aplicación cabal de la Convención.

6.Es esencial que el Comité tenga plena conciencia de las circunstancias que dificultan la aplicación. Observando que en el undécimo párrafo preambular de la Convención se subraya que el respeto de la soberanía nacional y de la integridad territorial, entre otras cosas, promoverán el progreso social y el desarrollo y, en consecuencia, contribuirán al logro de la plena igualdad entre el hombre y la mujer, la oradora deplora la continua violación de la soberanía y la integridad territorial del Iraq desde 1991 por los Estados Unidos de América y el Reino Unido. Condena la imposición de zonas de prohibición de vuelos en el norte y el sur del país, y señala que el bombardeo indiscriminado de las infraestructuras civiles y militares (casi 200 000 incursiones desde mayo de 1991) ha causado la muerte de cientos de civiles inocentes y graves daños a la economía.

7.La amenaza de ataques diarios ha dado lugar entre las mujeres y los niños a problemas psicológicos como la ansiedad, la depresión, el insomnio, la pérdida de peso y el temor de perder a amigos o familiares. Dichos ataques constituyen violaciones graves del derecho del Iraq a la libre determinación y de la legislación internacional sobre derechos humanos y no han sido autorizados por ninguna de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad. Debido al uso de armas con uranio empobrecido por los Estados Unidos de América y el Reino Unido durante la guerra de 1991, la incidencia de la leucemia ha aumentado a cuatro o cinco veces la cifra de 1989, y el 75% de las víctimas han sido niños. Se han registrado también índices elevados de cáncer de los pulmones, el estómago y la piel, de esterilidad, alumbramientos prematuros y enfermedades congénitas, y los efectos del uso de esas armas se harán sentir en varias generaciones futuras. Por otra parte, el Gobierno del Iraq no puede hacerse responsable de la situación de los derechos humanos, en particular los derechos de la mujer, en la zona autónoma establecida en el norte del país.

8.Para la aplicación integral de los instrumentos de derechos humanos deben darse tres requisitos esenciales e interrelacionados: la voluntad política del Estado manifestada en su adhesión y en la adopción de las medidas legislativas pertinentes; la asignación por el Estado de un volumen suficiente de recursos para el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales; y la cooperación internacional de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, los principios del derecho internacional y los instrumentos internacionales de derechos humanos. El Iraq ha expresado claramente su apego a los derechos humanos de la mujer al adherirse a la Convención, crear estrategias e instituciones nacionales para asegurar la aplicación, y seguir cumpliendo su obligación de presentar informes periódicos. Desgraciadamente, la situación resultante del bloqueo económico impide la aplicación en la práctica y ha obligado al Gobierno a modificar sus prioridades y concentrarse en la supervivencia misma de sus ciudadanos, en particular las mujeres y los niños.

9.La prohibición de las exportaciones de petróleo impuesta por el Consejo de Seguridad ha privado al Iraq del 95% de sus recursos, y en varios informes de organizaciones internacionales se ha confirmado que no puede caber duda de los efectos negativos de las sanciones para el país y para la situación de los derechos humanos. Es lamentable, sin embargo, que no se haya sugerido ningún mecanismo de ejecución para atender a estos problemas. Por ejemplo, en el período extraordinario de sesiones de la Asamblea General titulado “La mujer en el año 2000” sólo se reiteró que las medidas ejecutorias debían ser urgentes y eficaces, y en el informe del Secretario General sobre el examen y evaluación de la aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing (E/CN.6/2000/PG/2) no se trata el efecto de las sanciones en la población civil, especialmente las mujeres y los niños. Corresponde a los órganos internacionales de derechos humanos poner de relieve las consecuencias de las sanciones para la situación de los derechos humanos y la aplicación de todas las convenciones pertinentes, y la delegación de la oradora se ha comprometido a suministrar al Comité información sobre la materia.

10.En el informe anual de 1999 del UNICEF se indica que se han registrado apreciables aumentos en las tasas de mortalidad infantil y de niños menores de 5 años y en la tasa de mortalidad materna. La pérdida de medio millón de niños iraquíes podría haberse evitado si se hubiese puesto fin a las sanciones. Para terminar, insta al Comité a unirse al Comité de los Derechos del Niño y el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre otros órganos internacionales, en un llamamiento para que se levanten las sanciones.

11.La Sra. Al-Azzawi (Iraq) dice que el Gobierno del Iraq ha adoptado un conjunto de medidas para acelerar la eliminación de la discriminación contra las mujeres y asegurar que éstas puedan ejercer sus derechos humanos, no obstante las restricciones impuestas por las sanciones. En la esfera de la adopción de decisiones políticas, el Partido Socialista Ba´ath ha fijado cuotas para la representación de las mujeres y personas jóvenes entre sus miembros, de conformidad con el párrafo 15 de la recomendación general No. 23 del Comité, lo que llevó a una mayor presencia de las mujeres después de las elecciones legislativas de 1999. En lo que se refiere a la legislación tendiente a proteger los derechos de la mujer, se han promulgado leyes que ajustan la pensión de alimentos que recibe una mujer divorciada de manera que se tenga en cuenta la inflación, y tipifican como delito punible con un año de cárcel la falta de pago de una pensión de divorcio. En virtud de otras leyes nuevas se exime a la mujer de detención previa al juicio en relación con determinados delitos, con objeto de proteger su dignidad.

12.En la información adicional y los datos estadísticos que se han presentado en respuesta a preguntas formuladas por miembros del Comité (CEDAW/PSWG/2000/II/CRP.2/Add.2) se indica que ha aumentado la representación política de la mujer; a la fecha, corresponde a las mujeres el 8% de la legislatura. Por otra parte, los cuadros revelan también un constante empeoramiento de la situación de la atención médica para las mujeres y los niños y un elevado índice de desempleo entre las mujeres. La información que se ha suministrado debe permitir al Comité llegar a la conclusión de que en el Iraq existe la voluntad política para aplicar la Convención, pero que debido a los retos que plantea el embargo son escasos los recursos de que se dispone. La delegación está segura de que el examen de la situación del Iraq por parte del Comité será objetivo. Al respecto, señala las observaciones finales del informe presentado recientemente por el Iraq al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, que constituyen un modelo digno de emulación. Para terminar, su delegación dirige un llamamiento a todos los órganos de las Naciones Unidas a fin de que establezcan un mecanismo para la aplicación del párrafo 145 de la Plataforma de Acción de Beijing y hagan justicia a las mujeres del Iraq protegiéndolas de las decisiones internacionales que violan sus derechos humanos.

13.La Presidenta invita a los miembros del Comité a entablar un diálogo con la delegación del Iraq.

14.La Sra. Khan dice que el Comité celebra la oportunidad de entablar un diálogo con la delegación iraquí como medio para definir los obstáculos que se siguen oponiendo al pleno ejercicio de sus derechos por parte de las mujeres. Las mujeres han logrado grandes avances en el Iraq moderno, en comparación con sus vecinos. La oradora observa con agrado que el párrafo a) del artículo 19 de la Constitución del Iraq consagra derechos iguales para los hombres y las mujeres, pero lamenta que no contenga una prohibición explícita de la discriminación. Pese a que el párrafo b) del artículo 19 de la Constitución dispone la igualdad dentro de los límites de la ley, y no obstante todos los esfuerzos, subsisten algunas leyes discriminatorias.

15.Son motivo de preocupación para la oradora las reservas que se han formulado a los párrafos f) y g) del artículo 2 de la Convención, que no contradicen ni la Constitución ni el derecho de la sharia, así como las reservas generales a los artículos 9 y 16. Es lamentable que, pese a su empeño por proteger la dignidad de la mujer, el Gobierno del Iraq no considere la posibilidad de retirar esas reservas. Es preciso establecer una base jurídica para la no discriminación como primer paso hacia su realización en la práctica. Puesto que en el informe se indica que los hombres y las mujeres gozan de derechos iguales en el contrato matrimonial, dichas reservan se deben retirar.

16.La oradora acoge complacida la información que se ha presentado acerca de las medidas adoptadas para que se tenga en cuenta el factor de la inflación al calcular la pensión de alimentos de las mujeres divorciadas, y solicita que se informe acerca de cualesquier otros programas que el Gobierno haya iniciado para proteger los derechos de la mujer y prestar asistencia a las mujeres de grupos vulnerables. Señalando que incluso en tiempos de paz la aplicación de la Convención exige esfuerzo y dedicación, pregunta si se han adoptado medidas especiales para promover el empleo de mujeres.

17.En el informe y en las respuestas a las preguntas del Comité hay escasas referencias al tema de la violencia contra la mujer y a la prostitución. Hacen falta datos más concretos, ya que debido a las condiciones difíciles que existen en el Iraq podría ser más probable que hubiese casos de explotación sexual de mujeres. En el informe se vincula la igualdad de hecho entre hombres y mujeres con los valores culturales, y al parecer hay algunas prácticas tradicionales con efectos perjudiciales que las autoridades toleran. Aparentemente, algunas prácticas antiguas, como la poligamia, los crímenes de honra y la mutilación genital femenina están reapareciendo, y se volverán incluso más reprensibles si se practican ante la indiferencia del Estado o con su complicidad. La oradora desea que se suministre más información acerca de los esfuerzos de la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Nacional para proteger los derechos de la mujer.

18.Pregunta si se están tomando disposiciones dentro del Gobierno para asignar fondos del programa petróleo por alimentos del Consejo de Seguridad a la atención de la salud de las mujeres y los niños, ya que las estadísticas que contienen las respuestas a las preguntas indican que la situación a este respecto sigue empeorando. Finalmente, dice que el Gobierno tendría que rec que los esfuerzos para lograr la igualdad de las mujeres deben acelerarse mediante la adopción de medidas especiales de carácter temporal, según se dispone en el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención.

19.La Sra. Ferrer Gómez dice que desea manifestar su pesar por la difícil situación que viven los niños y las mujeres del Iraq a causa del genocidio, el uso de armas prohibidas en contra del pueblo iraquí y la destrucción de la infraestructura económica y social del país por parte del Gobierno de los Estados Unidos de América. Celebra los esfuerzos por promover el adelanto de la mujer a pesar de las difíciles circunstancias y, por consiguiente, espera que el Gobierno pueda retirar las reservas a los párrafos f) y g) del artículo 2 y a los artículos 9 y 16 de la Convención, en que se reflejan muchos aspectos esenciales de los derechos de la mujer.

20.En lo que se refiere a los estereotipos de las funciones de la mujer, las medidas legislativas pertinentes han llevado a un mejoramiento general de la situación de las mujeres, pero la oradora desea que se presente más información respecto de los esfuerzos por lograr los cambios culturales que se requerirán tanto en los hombres como en las mujeres para alcanzar una auténtica igualdad. La matrícula de las niñas en la enseñanza secundaria ha declinado apreciablemente, y sólo el 10,9% del estudiantado de las instituciones de formación profesional son mujeres. Agradecería más información acerca de las medidas que se hayan adoptado para contrarrestar esa tendencia y procurar que las mujeres se capaciten y puedan así encontrar empleos mejores.

21.Desea saber también si el Gobierno ha iniciado programas para alentar la participación de las mujeres en las funciones políticas directivas de nivel más alto y, si lo ha hecho, en qué medida están interviniendo las mujeres en el proceso político. Igualmente, pregunta si se ha evaluado la labor realizada por el Alto Comité Nacional para el Adelanto de la Mujer Iraquí desde que se estableció hace tres años.

22.La Sra. Corti, a la vez que condena enérgicamente la imposición del bloqueo económico, expresa su solidaridad con las mujeres del Iraq y reconoce que el embargo ha afectado profundamente la calidad de su vida diaria. Sin embargo, no comparte la opinión de que la aplicación de los tratados internacionales ratificados por el Iraq antes del embargo deba invalidarse por efecto de las sanciones. La voluntad política es el primer requisito para el cumplimiento de las obligaciones internacionales, y es preciso que el Iraq haga más evidente la firmeza de su adhesión.

23.La oradora suscribe la evaluación que han hecho oradoras anteriores de la aplicación de la Convención por parte del Iraq. No obstante la situación económica, hay algunas medidas que podrían ponerse en efecto, y espera con interés que se suministre más información sobre la situación de las mujeres rurales, en general, y la aplicación de las disposiciones del artículo 14, en particular. En cuanto a la participación igualitaria de las mujeres en las organizaciones no gubernamentales, de conformidad con el artículo 7, pregunta si en el Iraq esas organizaciones se ocupan de la cuestión del respeto por los derechos humanos de las mujeres y las minorías. Con respecto al empleo, desea que se informe acerca de la forma en que se fijan los niveles salariales y pregunta de qué manera se regulan los salarios para asegurar que tanto los hombres como las mujeres reciban remuneraciones justas y equitativas. Por último, desea que se explique con precisión lo que entraña la flexibilidad en la estructura de las remuneraciones en el sector privado.

24.La Sra. Azzawi (Iraq) dice que le ha resultado muy grata la evolución positiva de los procedimientos del Comité para el examen de los informes periódicos. Respondiendo a las preguntas formuladas, declara que su delegación aprecia la preocupación del Comité por factores que pueden impedir la aplicación de la Convención en términos absolutos, pero también insta al Comité a tener en cuenta las circunstancias nacionales particulares que plantean dificultades para los Estados partes. El Iraq mantiene su adhesión a los principios consagrados en la Convención e incluso en aquellas disposiciones a las que ha expresado reservas. Por el momento, el Iraq no retirará sus reservas, pero se empeñará en dar pruebas de su dedicación mediante esfuerzos genuinos.

25.Con respecto a la cuestión de la acción afirmativa, la oradora subraya que la legislación del Iraq garantiza la igualdad entre hombres y mujeres, y las únicas excepciones a este principio se basan en consideraciones biológicas y de seguridad. Igualmente, en fecha reciente se han adoptado medidas legislativas en favor de las mujeres y los niños que resguardan el ejercicio de todos los derechos. En el caso de las pensiones de alimentos de las mujeres divorciadas, se han dispuesto penas más severas para el incumplimiento. Los datos más recientes de que se dispone indican que, pese a los efectos del embargo económico, se han registrado progresos satisfactorios en lo que atañe a los índices de empleo, hasta el punto de que en determinados sectores las mujeres superan a los hombres.

26.Pasando al tema de la protección de la mujer, lamenta que por efecto de factores económicos no haya sido posible documentar las actividades tendientes a realzar la protección de las mujeres. En el hecho, el Iraq ha logrado avances muy satisfactorios en esta materia en comparación con otros Estados. En el anexo a los informes combinados (CEDAW/PSWG/2000/II/CRP.2/Add.2) se delinean de manera amplia diversos programas y actividades que el Gobierno del Iraq ha iniciado en la esfera de los asuntos de la mujer. No se han registrado aumentos en la incidencia de la poligamia ni en la prostitución. Con posterioridad a la presentación del informe inicial del Iraq, se aprobó una estrategia eficaz para la rehabilitación y capacitación de ex prostitutas.

Se levanta la sesión a las 13.05 horas.