25° período de sesiones

Acta resumida de la 511ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el jueves 5 de julio de 2001 a las 15.00 horas.

President a :Sra. Abaka

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados Partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (continuación)

Cuarto y quinto informes periódicos de Suecia (continuación)

Informe del Grupo de trabajo anterior al período de sesiones

Se declara abierta la sesión a las 15.15 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos cuarto y quinto de Suecia (continuación) (CEDAW/C/SWE/4-5; CEDAW/C/PSWG/2001/II/CRP.1/Add.4; CEDAW/C/PSWG/2001/II/CRP.2/Add.4)

Por invitación de la Presidenta, la delegación de Suecia vuelve a sentarse a la mesa del Comité.

La Sra. Feng Cui elogia a Suecia por sus esfuerzos tendientes a eliminar las desigualdades experimentadas por las mujeres y dice que la participación de las mujeres suecas en la esfera política han atraído una favorable atención en todo el mundo. En primer lugar, la oradora desearía saber cuál es la división del trabajo entre hombres y mujeres en los cargos gubernamentales de alto nivel y en el Parlamento, y en particular en qué grado las mujeres siguen siendo responsables de esferas temáticas tradicionalmente dominadas por los hombres. En segundo lugar, como el dominio de los conocimientos y destrezas determinan la participación en el mercado de trabajo, la oradora desea saber qué resultado han tenido las nuevas políticas del Gobierno para alentar a estudiantes mujeres a especializarse en ciencias.

La Sra. Livingstone Raday pregunta si la aplicación de planes de políticas de género es obligatoria para los empleadores públicos y privados, si se sanciona a los empleadores que no instituyan tales planes, y si, una vez instituido un plan de esa índole, se pueden tomar medidas contra ellos por el incumplimiento de dicho contrato. Suecia ha indicado que no se aplican medidas especiales en la selección de los profesores universitarios, porque los cargos de profesor se otorgan únicamente sobre la base de los méritos. Sin embargo, a juicio de la oradora, las medidas especiales, al eliminar la discriminación, promueven el mérito. La oradora desearía recibir una aclaración acerca de la práctica. Asimismo pregunta qué medidas se han tomado para corregir la persistente brecha de remuneraciones entre los sectores público y privado.

Sería útil saber si la decisión desfavorable del Tribunal del Trabajo en lo tocante a la igualdad de remuneración para un trabajo de igual valor se tomó antes o después de la sanción de la nueva Ley en la que se define al trabajo de igual valor, y si, a juicio de la delegación, esa nueva ley llevaría a la adopción de una decisión diferente.

En ninguna parte del mundo se puede considerar a los sindicatos como pioneros en la lucha por la igualdad en el lugar de trabajo. Los sindicatos suecos han indicado que el problema no es la discriminación salarial, sino el mercado de empleo segregado. La oradora desearía saber si las mujeres pueden iniciar acciones judiciales contra los sindicatos fundándose en que los convenios colectivos salariales violan el principio de una remuneración igual por un trabajo de igual valor.

La oradora desea saber cómo se financian las licencias por maternidad o paternidad, y, en particular, si la responsabilidad financiera recae sobre los empleadores. También desearía saber si con arreglo a la ley existen beneficios para las personas que cuidan a parientes mayores o enfermos, pues en Suecia la carga de cuidar a los integrantes mayores de la familia recae normalmente sobre las mujeres.

Pasando a la cuestión de la violencia contra la mujer, la oradora pregunta por qué sólo el 4% de las denuncias de violación terminaron en condena, cuál es la definición legal vigente de violación, y qué disposiciones rigen la reunión de pruebas, en particular si está permitida la prueba corroborativa y si se puede interroga a las víctimas de violación acerca de sus experiencias anteriores.

Por último, la oradora desea saber si se hace cumplir la edad legal mínima para el matrimonio. En su respuesta, la delegación debería referirse a la cuestión de las niñas suecas enviadas al extranjero a casarse.

La Sra. Bergh (Suecia) dice que tradicionalmente la judicatura estuvo dominada por los hombres, pero que actualmente en Suecia el 23% de los jueces permanentes y el 60% de los jueces no permanentes son mujeres. Suecia espera que éstas puedan en definitiva reunir los requisitos para ser jueces permanentes.

En lo tocante a la trata de mujeres, la oradora señala que se estima que cada año se introducen a Suecia entre 200 y 500 mujeres. El Gobierno está trabajando duramente para evaluar y resolver este nuevo fenómeno.

El Gobierno tiene la responsabilidad de difundir información sobre la igualdad de género en los niveles regional y local. Hay expertos regionales encargados de promover la igualdad de género, y la suecos Asociación Sueca de Autoridades Locales y la Federación Sueca de Consejos de Condado están trabajando con ese fin. Además, el Gobierno está trabajando en estrecho contacto con las organizaciones no gubernamentales, que, entre otras cosas, realizan estudios e investigaciones sobre la violencia contra la mujer.

A la gente frecuentemente le causa sorpresa el alto nivel de ese tipo de violencia en Suecia, aunque en realidad la tasa no es mayor que la de otros países. El Gobierno se ha esforzado por mejorar las estadísticas pertinentes a fin de comprender mejor la situación y hacerle frente, y se han comenzado a tomar medidas, entre ellas, la presentación del proyecto de ley sobre la violencia contra las mujeres y la reciente creación del Consejo Nacional sobre la Violencia contra la Mujer, presidido por la Ministra para la Igualdad de Género e integrado por funcionarios gubernamentales, organizaciones no gubernamentales e investigadores universitarios. Su cometido es prestar asistencia en la aplicación de nuevas medidas. También se encarga de cuestiones no comprendidas en el proyecto de ley, tales como la violencia contra las personas discapacitadas, la violencia contra los inmigrantes y el tratamiento de los hombres que hayan cometido actos de violencia contra las mujeres.

La incorporación de la perspectiva de género brinda una mejor base para las medidas especiales encaminadas a corregir la discriminación contra las mujeres. Aún no ha habido un impacto perceptible en las estructuras sociales a fin de llevar a cabo los cambios necesarios. El mecanismo gubernamental nacional comprende el Ministerio para la Igualdad de Género, la División para la Igualdad de Género, que funciona como fiscalizador del Gobierno, la Ombudsman para la Igualdad de Oportunidades, la Comisión para la Igualdad de Oportunidades, y el Consejo para las Cuestiones de Igualdad, una entidad de organizaciones no gubernamentales interesadas en las cuestiones de género. Además, hay expertos regionales sobre la igualdad de género que asisten a las juntas administrativas de condado.

La Sra. Jabali (Suecia) dice que, como resultado de los significativos cambios demográficos que han tenido lugar en Suecia, se está haciendo un nuevo hincapié en la situación de los hombres y mujeres mayores. Las mujeres viven más que los hombres y por consiguiente requieren más servicios de salud y cuidados. El Plan de Acción Nacional comprende propuestas encaminadas a mejorar el acceso a los servicios, a corregir la brecha de ingresos entre los hombres y las mujeres mayores, a incrementar los subsidios de vivienda y a brindar servicios de taxis a las personas de edad. En 1998 se reformó el sistema jubilatorio, teniendo en cuenta la mayor longevidad de las mujeres y la mayor extensión de su vida profesional activa. Suecia, dicho sea de paso, tiene la tasa más elevada de Europa de mujeres profesionalmente activas entre los 55 y los 64 años de edad. También se ha pedido al Consejo Nacional sobre la Violencia contra la Mujer que se ocupe de la cuestión de la violencia concretamente contra las mujeres de edad.

La Sra. Bergh (Suecia) dice que Suecia no planteó la cuestión de la prostitución durante su presidencia de la Unión Europea porque no es un tema del programa. Además, la legislación de la Unión Europea tiene que ser adoptada por unanimidad y no parece que sea posible llegar a una posición común sobre la cuestión. Sin embargo, el Gobierno de Suecia aborda el problema a nivel bilateral con tanta frecuencia como la situación lo permite. En febrero de 2001 se celebró en Estocolmo una conferencia sobre las cuestiones estrechamente relacionadas de la prostitución y la trata de mujeres, con los auspicios de una organización no gubernamental y con apoyo gubernamental.

El Gobierno de Suecia adoptó recientemente un Plan de Acción Nacional de lucha contra el racismo, la xenofobia, la homofobia y la discriminación por motivos de etnicidad o género, y está llevando a cabo un estudio para determinar si se debería enmendar la legislación nacional sobre discriminación y si se deberían ampliar los mandatos de las autoridades estatales para comprender ese problema. El Plan también prevé la prestación de apoyo a las oficinas de lucha contra la discriminación a nivel local; a las víctimas de los delitos relacionados con la discriminación, y a las personas que deseen desvincularse de organizaciones nacionalistas o racistas, así como para la instrucción en la democracia y en los valores democráticos en las escuelas.

El Plan está centrado en la protección de las culturas y los idiomas de las cinco minorías reconocidas: los sami(el pueblo autóctono de Suecia), los finlandeses suecos, los tornedal (que viven en el norte del país), los romaníes y los judíos. Las mujeres pertenecientes a la minoría sami están en una situación especial, pues el pastoreo de renos, que es la principal actividad de los sami, se rige por una legislación de larga data que tiene incorporado un pesado sesgo de género. Sin embargo, esa legislación está actualmente en vías de revisión. El Sameting es la autoridad administrativa electiva del pueblo sami; el 30% de sus miembros son mujeres, y es poco lo que puede hacer el Estado por incrementar esa cifra.

Entre las cuestiones de importancia para los romaníes figuran la educación de los jóvenes y adultos, los esfuerzos por preservar su idioma y la promoción de la cooperación entre sus organizaciones y el Gobierno central. El Estado ha establecido un grupo de trabajo para estudiar el tema.

Las mujeres presiden no sólo las Comisiones parlamentarias permanentes tradicionalmente femeninas de Seguridad Social, Salud y Bienestar y Asuntos Culturales, sino también las Comisiones de Justicia, de Derecho Civil y de Transporte y Comunicaciones. Además, la Comisión de Seguridad Social promueve activamente la igualdad de género. Es hora de reconsiderar la costumbre de rotular a las comisiones, pues algunas de las llamadas “esferas de las mujeres” son de gran importancia para la nación en conjunto.

La Sra. Ytterberg (Suecia) dice que el Gobierno ha tenido éxito en incrementar la cantidad de niñas y mujeres jóvenes en los programas científicos y técnicos de las escuelas secundarias y las universidades; sin embargo, los varones y los hombres jóvenes han demostrado escasa inclinación a formarse como maestros, enfermeros o encargados del cuidado de otras personas. Un estudio del gobierno llegó a la conclusión de que no se había incorporado a esos planes de estudio una adecuada perspectiva de género; en contraste, los esfuerzos realizados en materia de reclutamiento en las esferas científica y técnica permitieron incrementar la matrícula de mujeres y otros grupos anteriormente no representados en la educación superior.

La Ley de escuelas, que se aplica tanto a las escuelas públicas como a las privadas, estipula la igualdad de acceso a la educación independientemente de la condición social o económica, el lugar de residencia o el sexo. Todos los niños tienen la oportunidad de asistir a cursos preescolares. Uno de los cometidos del sistema educacional es inculcar los valores democráticos en los que está basada la sociedad previniendo el matonismo, el acoso, la violencia, la xenofobia y otras formas de discriminación y ofreciendo un plan de estudio claramente definido. En principio, los varones y las niñas reciben la misma educación; sin embargo, pueden ser separados por sexos a los efectos de la instrucción, a discreción de sus maestros.

El idioma y la cultura sami se enseñan en las escuelas en cierta medida, y algunas universidades forman maestros de dicho idioma.

La Sra. Trost (Suecia) dice que hace mucho que el proxenetismo es un delito con arreglo al capítulo 6, sección 8 del Código Penal, y es punible con un máximo de cuatro años de prisión. Todo aquel que a sabiendas ceda el uso de un local para transacciones sexuales comerciales es pasible de la misma pena. El proxenetismo agravado, que se define como el proxenetismo a gran escala o mediante explotación despiadada, se castiga con pena de prisión de dos a diez años. La reciente sanción de la Ley de prohibición de la compra de servicios sexuales, que es independiente del Código Penal, ha tipificado como delito la compra de servicios sexuales.

El derecho de las víctimas de delitos sexuales o violentos a una asistencia jurídica gratuita tanto durante la investigación policial como durante el juicio fue establecido mediante una enmienda legislativa sancionada en 1988. Antes del 1° de julio de 2001, esa disposición sólo se aplicaba a los actos previstos en el Código Penal; actualmente se ha ampliado e incluye a otros delitos castigados con pena de prisión, tales como la violación de una orden de prohibición de proximidad. Otras enmiendas legislativas han mejorado la calidad del apoyo que se brinda a las víctimas.

La Sra. Bergh (Suecia) dice que los planes de igualdad de género son obligatorios en los empleos de los sectores público y privado. Los empleadores que no elaboren un plan de acción anual o cuyos planes no estén en consonancia con los propósitos legislativos pueden ser emplazados por la Ombudsman para la igualdad de oportunidades a comparecer ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades, que puede ordenarles que cumplan sus obligaciones o paguen una multa. Con arreglo a una reciente enmienda, se ha establecido que también pueden presentar denuncias los sindicatos, apoyados por la Ombudsman. Sin embargo, las personas a título individual no pueden iniciar una acción en tales casos.

La diferencia salarial entre los hombres y las mujeres es más evidente en el sector público, en el que están empleadas la mayoría de las mujeres. En la mayoría de los casos planteados ante el Tribunal del Trabajo se procura determinar el derecho de las mujeres a una remuneración igual por un trabajo de igual valor; sin embargo, la comparación con los trabajadores hombres debe llevarse a cabo en el mismo el lugar de trabajo y en relación con el mismo empleador. En un caso reciente, el Tribunal del Trabajo determinó que el trabajo de las parteras es igual al de los técnicos hospitalarios de sexo masculino, una importante decisión de la que surgen directrices para las futuras negociaciones colectivas. Sin embargo, en el caso en cuestión, el tribunal aceptó los fundamentos invocados para explicar la desigualdad salarial. Las decisiones del Tribunal del Trabajo no son apelables.

La oradora concuerda en que los sindicatos no son pioneros en materia de igualdad de género, en parte porque hay pocas mujeres en puestos de adopción de decisiones en los sindicatos. Esa situación ha estado mejorando en los últimos años, y algunas sindicatos están encabezados por mujeres. Es demasiado pronto para determinar si las nuevas normas legislativas serán utilizadas para luchar contra la discriminación salarial y, en cualquier caso, las mujeres trabajadores no pueden iniciar una acción judicial contra un sindicato por no representarlas adecuadamente.

La Sra. Jabali (Suecia) dice que los beneficios de licencia por maternidad o paternidad se financian mediante el impuesto a la renta, son administrados por la Junta Nacional de Seguridad Social y son pagados por las oficinas locales de seguridad social. También hay disposiciones sobre el cuidado de parientes próximos gravemente enfermos y personas de edad, mediante el pago de hasta el 80% de los ingresos de la persona encargada del cuidado, durante un plazo máximo de 60 días.

La Sra. Trost (Suecia) explica que, con arreglo a capítulo 6, sección 1, del Código Penal sueco, la persona que mediante violencia o amenazas forzare a otra persona a tener relaciones sexuales o a practicar un acto sexual comparable, comete violación y será castigado con pena de prisión de dos a seis años. En casos de violación agravada, pueden imponerse penas de hasta 10 años. Una comisión jurídica parlamentaria sobre los delitos sexuales examinó los delitos sexuales previstos en el Código Penal cometidos durante un período de tres años y presentó su informe al Gobierno en marzo del año en curso. El informe se ha enviado a las autoridades y las organizaciones no gubernamentales para que formulen sus observaciones. En sus recomendaciones, la comisión no centró la atención en el consentimiento o la falta del consentimiento para el acto sexual, pues consideró importante evitar centrar la atención en la historia sexual o el comportamiento de la víctima antes de la violación. Por otra parte, una de las enmiendas que propone es que se puede entender que ha habido violación si el acto sexual humilló gravemente a la víctima. La violación también puede comprender el aprovechamiento de la incapacitación de una persona, inclusive por embriaguez. La comisión también propuso que se estipulara expresamente en el Código que la violación se considerará un delito agravado si es cometida por más de un infractor.

Con arreglo al sistema jurídico sueco, todos los tipos de prueba son admisibles ante los tribunales en relación con los casos de violación. Incumbe al tribunal evaluar esas pruebas. El fiscal tiene que probar la existencia de amenazas o violencia. La baja tasa de condenas por violación podría atribuirse a que una misma persona podría haber sido denunciada por varios delitos, y a que algunos delitos de violación también están categorizados erróneamente como otros delitos. Además, no se denuncian todos los incidentes de violación, y las víctimas suelen ser renuentes a hablar acerca del delito imputado en el tribunal. Sin embargo, el fiscal puede de todos modos promover el enjuiciamiento, aunque será sumamente difícil obtener una condena. A ese respecto, los esfuerzos de la policía y de los servicios sociales y médicos son vitales para asegurar que las víctimas de violación se sientan suficientemente seguras como para soportar un juicio. El centro médico de Upsala para mujeres golpeadas y violadas también está trabajando intensamente para mejorar la protección y el apoyo para dichas mujeres.

En lo tocante a los matrimonios celebrados fuera de Suecia, especialmente de mujeres jóvenes, la oradora señala que en ciertas circunstancias el matrimonio celebrado en otro país podría ser considerado ilegal en Suecia. Tales circunstancias comprenden los casos de matrimonios forzosos o de matrimonios de niñas menores de 15 años. Las autoridades competentes están considerando el problema con el fin de mejorar la legislación.

La Sra. Taya expresa reconocimiento por el elevado nivel alcanzado en Suecia en lo tocante a la igualdad de género, pero estima que aún queda mucho por hacer. En particular, le preocupa la diferencia salarial entre hombres y mujeres, que claramente se ha ampliado a partir de 1990. Esa tendencia indica que muchos de los esfuerzos del Gobierno encaminados a ocuparse del problema no han tenido éxito. La diferencia salarial se podría atribuir a la globalización, que ejerce presión sobre los empleadores para obtener una fuerza de trabajo eficaz en relación con los costos. Un programa de evaluación de puestos iniciado por el Gobierno en 1994 llegó a la conclusión de que muchas ocupaciones femeninas seguían estando subvaloradas. Consiguientemente, el Gobierno ha organizado varias conferencias para elevar el nivel de conciencia acerca de la situación, pero sin resultado. Se necesitan métodos más drásticos para imponer una evaluación justa y equitativa de los puestos.

La oradora sugiere que el salario mínimo se determine proporcionalmente sobre la base de los salarios de igual valor que se pagan en las ocupaciones masculinas. Sugiere que el Gobierno de Suecia siga el ejemplo de Finlandia, donde se establecieron programas de evaluación de puestos para reducir la diferencia salarial o incluso tomar medidas más enérgicas.

La Sra. Shin aplaude los sinceros esfuerzos del Gobierno por lograr la igualdad de género y asegurar la incorporación de la perspectiva de género. En su carácter de nueva integrante del Comité, la oradora no está familiarizada con los informes anteriores, y agradecería que se hiciera una breve sinopsis, como preludio de los futuros informes.

La oradora celebra la nueva tendencia de las políticas de centrar más la atención en el cambio del comportamiento y las actitudes de los hombres, lo cual abarca desde el estímulo a una mayor participación de los hombres en la crianza de los hijos hasta el tratamiento de los hombres agresores o el apoyo a la red de hombres contra la violencia masculina. Formula una pregunta acerca de los resultados de un proyecto bienal sobre los hombres y la igualdad de género en el trabajo, que debía concluir en junio de 2001. Desea conocer la eficacia del tratamiento de los hombres culpables de comportamiento violento.

La oradora pregunta cuántos hombres han sido penados con arreglo a la nueva Ley sobre prostitución a partir de su sanción en enero de 1999, y desea conocer la reacción de los hombres suecos ante dicha ley. La prostitución está bastante difundida, especialmente en la región de la oradora, y hay posiciones encontradas acerca de si se debe legalizar o no. La oradora agradecería recibir más información sobre si la nueva Ley realmente funciona en favor de las mujeres. También desea saber si en Suecia existen problemas de violencia sexual en el ciberespacio o de difusión de pornografía infantil por la Internet.

La Sra. Manalo celebra los esfuerzos del Gobierno por cumplir con las disposiciones de la Convención y desea saber qué medidas se han tomado para proteger a las mujeres discapacitadas contra la violencia. Una de las numerosas formas de explotación de las mujeres es la contratación de trabajadoras domésticas de países en desarrollo para trabajar en países desarrollados. Hay una práctica insidiosa de parte de muchos países europeos consistente en reclutar a mujeres jóvenes para realizar trabajos domésticos mediante el sistema llamado au pair, que, en su forma actual, no es más que un medio de explotar a las mujeres jóvenes, en flagrante violación de la legislación europea vigente, así como de la legislación de los países de origen de dichas jóvenes. Sólo uno de los países nórdicos, Dinamarca, ha anunciado una política oficial contra el sistema au pair. La oradora desea saber qué se ha hecho para proteger a esas jóvenes y si la delegación de Suecia puede señalar el tema a la atención del Consejo Nórdico, aun cuando Noruega no sea miembro de la Unión Europea. La oradora también desea saber si en el futuro los países miembros de la Unión podrían anunciar una política oficial encaminada a hacer cesar la elusión de las leyes de inmigración de los países nórdicos introduciendo trabajadoras domésticas a las que no se les da protección de especie alguna.

La Sra. Achmad señala que, si bien en el cuarto informe se menciona el establecimiento de centros científicos como parte de la estrategia para lograr la igualdad de género, en el quinto informe no hay referencia alguna a dichos centros. La oradora desea saber en qué medida se les ha utilizado para alentar a las niñas a estudiar ciencia y tecnología y para convencer a las mujeres de la importancia de esas disciplinas como instrumentos para mejorar sus vidas. Los centros también podrían hacer una importante contribución con miras a la eliminación de los estereotipos y de la presentación de una imagen negativa de las mujeres en los medios de comunicación masiva.

Refiriéndose a la afirmación contenida en el quinto informe periódico de que en 1994 el Gobierno decidió que todas las estadísticas oficiales relativas a personas estuviesen desagregadas por género, a menos que hubiese razones especiales para no hacerlo, la oradora pregunta cuáles podrían ser esas razones especiales. Celebra la idea de poner en marcha un proyecto de “valores básicos comunes”, pues tales valores sirven de base para un cambio de actitudes y conducen a la incorporación de la perspectiva de género. A pesar de los progresos logrados por Suecia en materia de educación, sigue habiendo carencias en materia de igualdad en esferas tales como el empleo y la adopción de decisiones. A juicio de la oradora, Suecia tiene que realizar nuevos estudios para determinar la razón de esa situación. Tal vez las mujeres candidatas y los empleadores no estén mental y psicológicamente listos para el acceso de las mujeres a puestos de adopción de decisiones.

La Sra. Myakayaka-Manzini, refiriéndose al lugar de los mecanismos nacionales para el logro de la igualdad de género, en el organigrama del Gobierno, sugiere que tal vez la mejor práctica consista en ubicarlo en torno a los distintos Ministerios o colocarlo en la Oficina del Primer Ministro.

La Sra. Regazzoli, refiriéndose a la línea telefónica de emergencia para inmigrantes, pregunta qué servicios se les ofrecen a las mujeres que llaman, si hay un refugio especial para las mujeres y sus hijos y si son recibidas en un ambiente familiar. En toda su presentación, la delegación puso de relieve lo difícil que es determinar los casos de violencia dentro la familia. A ese respecto, la oradora desea saber por qué sólo tienen acceso a la línea de crisis las mujeres inmigrantes, y no los niños víctimas de abuso, los jóvenes en riesgo o las mujeres de edad.

En lo tocante a la prostitución, la oradora desea saber si la practican principalmente las mujeres suecas o sólo las mujeres inmigrantes. Señalando que Suecia es un país de destino para la trata de mujeres, la oradora desea saber quién comete los actos de violencia contra los niños – los padres, determinados sectores de la sociedad o las escuelas – y cómo se pena a los agresores. Si bien celebra los arreglos existentes para las personas de edad, a la oradora le preocupa que, como las mujeres jubiladas ganan menos que los hombres pero tienen mayor longevidad, se convertirán en cargas para otros integrantes de la familia. Pregunta si existe un programa o una política aplicable a ellas, aparte de algunos subsidios. También desea saber si las diversas municipalidades tienen arreglos para aplicar la Convención.

La Sra. Bergh (Suecia) refiriéndose a la pregunta relativa a la diferencia salarial entre las mujeres y los hombres en Suecia, dice que el Gobierno de su país estima que quienes están en mejor condiciones de contemplar las normas salariales son los actores sociales en el mercado de empleo, y que, por consiguiente, no existen planes para implantar una ley sobre salarios mínimos. Las disposiciones vigentes están sujetas a una constante evaluación y se harán cambios si y cuando se estime justificado hacerlos. La primera evaluación del proyecto bienal en curso organizado por el Ministerio para la Igualdad de Género aparecerá en agosto de 2001. Se piensa que el proyecto es útil y no cabe duda de que se mantendrá, tal vez con algunos ajustes en su metas. Sobre la pregunta relativa a la prostitución y a la protección de los derechos humanos de los trabajadores sexuales, el Gobierno de Suecia estima que la mejor manera de proteger tales derechos es penar a quienes compran servicios sexuales, más que a quienes los prestan. La salud y otras necesidades de las prostitutas son objeto de una profunda preocupación para el Gobierno, aun cuando preferiría que las mujeres no se dedicasen a esa profesión. Varios hombres han sido penados con arreglo a la nueva Ley de prohibición de la compra de servicios sexuales y la policía ha encontrado que dicha ley es útil para reducir la prostitución, y más aún las formas ocultas de prostitución.

La Sra. Trost (Suecia), refiriéndose a la nueva Ley de prohibición de la compra de servicios sexuales, dice que en el año 2000 se penó a 29 hombres con arreglo a dicha ley. En lo tocante a la pornografía infantil y el ciberespacio, dice que las leyes ordinarias que prohíben la pornografía infantil se aplican también al ciberespacio. Hay una ley específica sobre pornografía infantil que penaliza todos sus aspectos, inclusive la sola posesión de imágenes. En el año 2000 hubo 29 condenas con arreglo a dicha ley. Las autoridades nacionales de investigación criminal tienen una dependencia especial sobre pornografía infantil con una gran base de datos. Las autoridades suecas también están cooperando con la Interpol, pues los delitos en el ciberespacio suelen tener dimensiones internacionales. También hay una ley sobre la responsabilidad penal de quienes administran boletines de anuncios electrónicos, con arreglo a la cual dichas personas son responsables de impedir que los mensajes cuyo contenido sea pornografía infantil tengan una más amplia distribución. Durante su presidencia de la Unión Europea, Suecia trabajó en relación con la decisión marco sobre pornografía infantil pendiente de aprobación, y cabe esperar que durante la futura presidencia belga se adopte una decisión política. Suecia también participa en la elaboración de la Convención del Consejo de Europa sobre los delitos en el ciberespacio, que también se ocupará de la pornografía infantil.

La Sra. Mansnérus (Suecia) dice que se percibe al problema de la violencia contra las mujeres con discapacidades como arraigado en las actitudes hacia las personas discapacitadas. Por consiguiente, el Gobierno adoptó un plan de acción nacional sobre las discapacidades que está centrado en la educación del público, y especialmente el personal de los organismos públicos y las personas que se dedican a la atención de los discapacitados, a quienes se podría capacitar para prevenir esa violencia y proteger a los discapacitados contra ella. Las mujeres discapacitadas forman un grupo que genera una especial preocupación. En lo tocante a la nacionalidad de las prostitutas en Suecia, la oradora no conoce datos que puedan proporcionar tal información. Su vulnerabilidad deriva principalmente, a juicio de la oradora, de su susceptibilidad al abuso de los estupefacientes y el alcohol. Las líneas telefónicas de ayuda para mujeres víctimas de abusos son una de las medidas adoptadas para prevenir tales abusos, y están complementadas por un numeroso personal que habla muchos idiomas con el fin de ayudar a las mujeres inmigrantes, que frecuentemente no se sienten en condiciones de beneficiarse de las medidas corrientes, por razones de idioma. La cuestión de la identificación de quienes cometen actos de abuso contra los niños se encuentra a estudio de un comité especializado.

La Sra. Bergh (Suecia) dice que transmitirá al Consejo de Ministros de los Países Nórdicos la pregunta relativa a la condición y la protección de trabajadorasdomésticas au pair. En lo tocante a los centros científicos, la oradora asegura al Comité que tienen en cuenta las cuestiones de género y procuran alentar a las mujeres a estudiar ciencia y tecnología y seguir carreras en esas disciplinas. También existe el propósito de continuar el proyecto sobre valores básicos comunes. En lo tocante a un organismo general que supervise el mecanismo nacional de lucha contra la discriminación y las mejores prácticas en materia de igualdad de género, el Gobierno de Suecia ha encontrado que en el país funciona bien el sistema de compartir la responsabilidad en materia de igualdad de género entre varios Ministerios. Cualquiera sea el arreglo adoptado por un país determinado, tiene que estar respaldado por recursos presupuestarios y poder político.

La oradora asegura al Comité que todas las preguntas formuladas, especialmente aquéllas para las que sólo se dieron respuestas parciales, se transmitirán a las autoridades competentes del Gobierno de Suecia para ser examinadas en el siguiente informe.

La Presidenta, hablando en su carácter de experta, dice que espera que en el siguiente informe de Suecia se incluya un examen más detenido del problema de la diferencia salarial y de la desigual participación de hombres y mujeres en la judicatura y en los cargos académicos. Agradece a la Sra. Bergh y a los demás representantes del Gobierno de Suecia por sus respuestas y su informe detallados. Suecia es percibida como un modelo en cuestiones sociales y suscita grandes expectativas.

Informe del Grupo de Trabajo anterior al período de sesiones (CEDAW/PSWG/2001/II/CRP.1 y Add.1-5)

La Sra. Corti, hablando en su carácter de Presidenta del Grupo de Trabajo, dice que éste optó por presentar sus cuestiones en una nueva forma, agrupándolas por temas y no por artículos de la Convención. Cuando examinó los informes de los países presentados para el período de sesiones en curso, al Grupo de Trabajo le preocupó comprobar la persistencia de las actitudes estereotipadas hacia los papeles de género, especialmente en los países desarrollados, incluso de Europa. Siguen presentes otros problemas, tales como la violencia contra la mujer, la trata de mujeres, la prostitución, la desocupación y el subempleo de las mujeres, la segregación en materia de empleos y la diferencia salarial. Salvo en Suecia, sigue habiendo una insuficiente participación de las mujeres en la adopción de decisiones políticas y económicas. El Grupo de Trabajo también señala la generalizada feminización de la pobreza en todos los países. Para terminar, la oradora señala a la atención el hecho de que en general no se hace una adecuada utilización de las medidas especiales de carácter temporal en beneficio de las mujeres, como corresponde con arreglo al párrafo 1 del artículo 4 de la Convención.

La Presidenta dice que, si no hay objeciones, entenderá que el Comité desea aprobar el informe del Grupo de Trabajo.

Así queda acordado.

Se levanta la sesión a las 17.50 horas.