Sexo

Mediados de 1991

Mediados de 1996

Mediados de 2001

Mediados de 2005

Mediados de 2006

Fines de 2006 *

(En millones)

Hombres

2,9

3,2

3,3

3,3

3,3

3,3

Mujeres

2,8

3,2

3,4

3,5

3,6

3,6

Total

5,8

6,4

6,7

6,8

6,9

6,9

* Cifras provisionales.

Población por grupo de edad y sexo 1

Edad

Sexo

Porcentaje de la población total

Mediados de 1991

Mediados de 1996

Mediados de 2001

Mediados de 2005

Mediados de 2006

Fines de 2006 *

Menos de 15 años

Hombres

10,8

9,7

8,5

7,3

7,1

7,0

Mujeres

10,0

9,0

7,9

6,9

6,6

6,6

De 15 a 18 años

Hombres

3,0

2,8

2,7

2,6

2,6

2,6

Mujeres

2,8

2,7

2,6

2,5

2,5

2,5

(De 0 a 18 años)

Hombres

13,9

12,5

11,2

9,9

9,7

9,6

Mujeres

12,8

11,7

10,5

9,4

9,1

9,1

De 19 a 64 años

Hombres

33,4

32,9

32,5

32,4

32,3

32,2

Mujeres

31,3

32,7

34,6

36,1

36,5

36,6

Más de 65 años

Hombres

3,9

4,6

5,2

5,6

5,7

5,8

Mujeres

4,9

5,6

6,0

6,6

6,7

6,7

Todos los grupos de edad

Hombres

51,1

50,0

48,9

47,9

47,7

47,6

Mujeres

48,9

50,0

51,1

52,1

52,3

52,4

* Cifras provisionales.

Nivel de instrucción (de personas de 15 años en adelante)

(En porcentaje)

Nivel de instrucción

1986

1991

1996

2001

2006

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Ninguno/jardín de infancia

7,0

21,6

7,1

18,5

5,1

13,8

4,6

12,0

4,0

9,9

Primario

30,8

27,6

26,1

24,3

22,7

22,6

20,4

20,6

17,6

18,9

Secundario y superior

62,2

50,8

66,8

57,2

72,2

63,6

75,0

67,4

78,4

71,1

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

Tasa de alfabetismo

Año

En porcentaje

1984

85,7

1996

90,4

2000

92,4

2001

92,7

2002

93,1

2003

93,1

2004

93,2

2005

93,6

2006

94,1

Porcentaje de la población (sin contar los mudos) de más de 5 años, por idioma o dialecto habitual

(En porcentaje)

Idioma o dialecto habitual

1991

1996

2001

2006

Cantonés

88,7

88,7

89,2

90,8

Putonghua

1,1

1,1

0,9

0,9

Otros dialectos del chino

7,0

5,8

5,5

4,4

Inglés

2,2

3,1

3,2

2,8

Otros

1,0

1,3

1,2

1,1

Total

100,0

100,0

100,0

100,0

Tasas brutas de natalidad y mortalidad

1991

1996

2001

2004

2005

2006

Tasa bruta de natalidad (por 1.000 habitantes)

12,0

9,9

7,2

7,3

8,4

9,6

Tasa bruta de mortalidad (por 1.000 habitantes)

5,0

5,0

5,0

5,4

5,7

5,4 *

* Cifras provisionales.

Esperanza de vida al nacer 5 (número de años)

Sexo

1991

1996

2001

2004

2005

2006 *

Hombres

75,2

76,7

78,4

79,0

78,8

79,5

Mujeres

80,7

82,7

84,6

84,8

84,6

85,6

* Cifras provisionales.

Tasa de mortalidad infantil (por 1.000 nacidos vivos)

1991

1996

2001

2004

2005

2006 *

6,4

4,1

2,6

2,7

2,3

1,8

* Cifras provisionales.

Tasa de mortalidad materna (número de defunciones por 100.000 nacidos vivos inscritos)

1991

1996

2001

2004

2005

2006 *

5,7

3,1

2,0

4,1

3,5

0,0

* Cifras provisionales.

Tasa de fecundidad

1991

1996

2001

2004

2005

2006

Tasa de fecundidad general (por 1.000 mujeres, salvo las empleadas domésticas extranjeras, de 15 a 49 años de edad)

45,1

37,4

26,8

25,1

26,1

27,0

Porcentaje de cabezas de familia por sexo

Sexo

1986

1991

1996

2001

2006 *

Hombres

73,0

74,3

72,8

71,2

61,6

Mujeres

27,0

25,7

27,2

28,8

38,4

* Las cifras del subcenso de población de 2006 incluían a todos los cabezas de familia en 2.226.546 hogares. Entre ellos, había 344.591 hogares en los que se informaba que existía más de un cabeza de familia.

Tasa de desempleo (porcentaje)

1987

1992

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

1,7

2,0

6,2

4,9

5,1

7,3

7,9

6,8

5,6

4,8

Tasa de inflación

i) Índice compuesto de precios al consumidor (IPC)

(En porcentaje)

Año

Tasa anual de variación del IPC

1996

6,3

1997

5,8

1998

2,8

1999

-4,0

2000

-3,8

2001

-1,6

2002

-3,0

2003

-2,6

2004

-0,4

2005

1,0

2006

2,0

ii) Deflactores implícitos de precios del producto interno bruto (PIB)

(En porcentaje)

Año

(2.000=100)

Tasa anual de variación

1996

106,3

5,8

1997

112,2

5,6

1998

112,4

0,2

1999

105,9

‑5,8

2000

100,0

‑5,6

2001

98,2

‑1,8

2002

94,8

‑3,5

2003

88,7

‑6,4

2004

85,5

‑3,6

2005

85,2

‑0,4

2006

84,9

‑0,4

Producto interno bruto

(En millones de dólares de los EE.UU.)

Año

A precios corrientes de mercado

A precios constantes de mercado (de 2000)

1996

158.971

149.589

1997

176.314

157.079

1998

166.916

148.439

1999

163.277

154.115

2000

168.757

168.757

2001

166.536

169.659

2002

163.708

172.778

2003

158.467

178.581

2004

165.822

193.877

2005

177.790

208.754

2006

189.794

223.466

Ingreso per cápita

(PIB por habitante entre 1996 y 2006)

(En dólares de los EE.UU.)

Año

A precios corrientes de mercado

A precios constantes de mercado (de 2000)

1996

24.702

23.244

1997

27.170

24.206

1998

25.508

22.684

1999

24.715

23.328

2000

25.320

25.320

2001

24.803

25.268

2002

24.274

25.619

2003

23.544

26.532

2004

24.445

28.581

2005

26.095

30.640

2006

27.678

32.589

Deuda externa: el Gobierno de la RAEHK no tiene deuda externa.

Composición étnica de la población de Hong Kong

Población por grupo étnico en 2006

Grupo étnico

Hombres

Mujeres

Los dos sexos

Porcentaje del total

(En miles)

Chino

3.195

3.327

6.522

95,0

No chino

78

265

342

5,0

Desglose de los grupos étnicos no chinos

Blanco

24

13

36

0,5

Filipino

6

107

112

1,6

Indio

10

10

20

0,3

Indonesio

1

87

88

1,3

Japonés

7

7

13

0,2

Nepalés

8

8

16

0,2

Pakistaní

6

5

11

0,2

Tailandés

1

11

12

0,2

Otros

14

19

33

0,5

Total

3.273

3.591

6.864

100,0

B. Estructura política general

1. Documento constitucional

1.De conformidad con las disposiciones del artículo 31 y del párrafo 13 del artículo 62 de la Constitución de la República Popular China, así como las decisiones pertinentes aprobadas durante la tercera reunión del Séptimo Congreso Nacional del Pueblo el 4 de abril de 1990, la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China (RAEHK) se estableció el 1º de julio de 1997. La Ley fundamental de la RAEHK entró en vigor el 1º de julio de 1997. Entre otras cosas, la Ley fundamental dispone que, en virtud del principio "un país, dos sistemas", el sistema y las políticas socialistas no se apliquen en la RAEHK y su anterior sistema y forma de vivir capitalistas no se modificarán durante 50 años. En el anexo I se reproduce la Ley fundamental.

2.Para atenerse al principio de "un país, dos sistemas", la Ley fundamental establece un marco amplio para las relaciones entre las autoridades centrales y de la RAEHK (cap. II); los derechos y deberes fundamentales de los residentes de Hong Kong (cap. III); la estructura política de la RAEHK (cap. IV); los sistemas económico, financiero y social de la RAEHK (caps. V y VI); la dirección de las relaciones exteriores de la RAEHK (cap. VII); y la interpretación y reforma de la Ley fundamental (cap. VIII).

3.Entre otras cosas, la Ley fundamental dispone lo siguiente:

a)La RAEHK disfrutará de un alto grado de autonomía, salvo en cuestiones de defensa y relaciones exteriores, y tendrá funciones ejecutivas y legislativas y un poder judicial independiente, incluida la facultad de casación. La facultad de decidir en casación en la RAEHK se conferirá al Tribunal Superior de Apelación creado en la Región.

b)Los poderes ejecutivo y legislativo estarán integrados por residentes permanentes de Hong Kong.

c)Se conservará la legislación que estaba anteriormente en vigor en Hong Kong, es decir, el common law, las normas sobre la equidad, los decretos, la legislación secundaria y el derecho consuetudinario, salvo que contravengan la Ley fundamental y a reserva de su modificación por los órganos legislativos de la RAEHK.

d)Las leyes nacionales no se aplicarán en la RAEHK, con excepción de las enumeradas en el anexo III de la Ley fundamental, y estas últimas se aplicarán localmente mediante promulgación o acción legislativa de la Región. El Comité Permanente del Congreso Nacional del Pueblo podrá añadir o suprimir leyes en la lista del anexo III después de consultar al Comité de la Ley fundamental de la RAEHK y al Gobierno de la RAEHK.

e)La RAEHK está facultada para dirigir sus relaciones exteriores. Podrá, por su propia iniciativa y utilizando el nombre "Hong Kong (China)", mantener y desarrollar relaciones y concertar y aplicar acuerdos con otros Estados y regiones u organizaciones internacionales pertinentes en las esferas que proceda, como la economía, el comercio, las finanzas y las cuestiones monetarias, el transporte, las comunicaciones, el turismo, las actividades culturales y los deportes.

f)La RAEHK sigue siendo un puerto franco, un territorio aduanero separado y un centro financiero internacional. El Gobierno de la RAEHK formulará, por propia iniciativa, políticas monetarias y financieras, preservará el libre funcionamiento de los negocios y los mercados financieros, y los regulará y supervisará de conformidad con la ley. Habrá libertad de circulación de capitales. La RAEHK emite y administra su propia moneda.

g)LA RAEHK formula sus propias políticas de desarrollo de la educación, la ciencia, la cultura, los deportes, el trabajo y los servicios sociales, y los residentes de Hong Kong tienen libertad de culto.

h)Los residentes de Hong Kong disfrutan de una gran variedad de libertades y derechos (que se tratan en más detalle en la sección III, titulada "Marco normativo general de protección de los derechos humanos").

i)Las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y los convenios de la Organización Internacional del Trabajo seguirán en vigor, siempre que se hubieran estado aplicando en Hong Kong, y se llevarán a efecto de conformidad con las leyes de la RAEHK.

2. Sistema de gobierno

Estructura general

4.El Jefe del Ejecutivo de la RAEHK es la máxima autoridad de la Región y ha de rendir cuentas al Gobierno Central de la República Popular y a la RAEHK con arreglo a las disposiciones de la Ley fundamental. El Consejo Ejecutivo lo asiste en la gestión de los asuntos públicos. El Consejo Legislativo de la RAEHK detenta el poder legislativo en la Región. La RAEHK ha creado también consejos de distrito que no son órganos con poder político. Los consejos de distrito son consultados en relación con la administración de los distritos y otros asuntos. Existe un poder judicial independiente.

Jefe del Ejecutivo

5.La Ley fundamental dispone que el Jefe del Ejecutivo de la RAEHK será escogido por elección o mediante consultas locales y será nombrado por el Gobierno Central de la República Popular. El método para escogerlo se especificará de conformidad con la situación existente en la RAEHK y con el principio de evolución gradual y ordenada. El objetivo que se persigue en última instancia es la elección del Jefe del Ejecutivo por sufragio universal a propuesta de un comité ampliamente representativo con arreglo a procedimientos democráticos.

6.El anexo I de la Ley fundamental dispone además que si es necesario modificar el método para escoger al Jefe del Ejecutivo después del mandato que termina en 2007, esta modificación se hará con la aprobación de dos tercios de la mayoría de los miembros del Consejo Legislativo y con el visto bueno del Jefe del Ejecutivo, y deberá comunicarse al Comité Permanente del Congreso Nacional del Pueblo para que la apruebe.

7.Las elecciones para el tercer mandato del Jefe del Ejecutivo, que comenzaría el 1º de julio de 2007, tuvieron lugar el 25 de marzo de 2007.

El Consejo Ejecutivo

8.El Consejo Ejecutivo ayuda al Jefe del Ejecutivo a dictar normas. En virtud del artículo 56 de la Ley fundamental, salvo para el nombramiento, la separación o la sanción disciplinaria de los funcionarios o la toma de medidas de urgencia, el Jefe del Ejecutivo consultará al Consejo Ejecutivo antes de adoptar decisiones importantes de política, presentar anteproyectos de ley al Consejo Legislativo, dictar la legislación secundaria o disolver el Consejo Legislativo. El Jefe del Ejecutivo, reunido con el Consejo, también resolverá las apelaciones, peticiones u objeciones formuladas en virtud de la normativa que confiere el derecho de recurso. Si el Jefe del Ejecutivo disiente de la opinión de la mayoría del Consejo Ejecutivo, dejará constancia en acta de sus motivos.

9.El Consejo Ejecutivo se reúne normalmente una vez por semana. Lo preside el Jefe del Ejecutivo. Como se dispone en el artículo 55 de la Ley fundamental, el Jefe del Ejecutivo nombra a los miembros del Consejo Ejecutivo de entre los principales funcionarios del Ejecutivo, miembros del Consejo Legislativo o figuras públicas. Su mandato no durará más allá de la fecha de expiración del mandato del Jefe del Ejecutivo que los haya nombrado.

El Consejo Legislativo

10.Las facultades y funciones del Consejo Legislativo se consignan en el artículo 73 de la Ley fundamental y comprenden promulgar, reformar y revocar las leyes en virtud de lo dispuesto en la Ley fundamental y los procedimientos jurídicos; examinar y aprobar los presupuestos presentados por el Gobierno; aprobar la tributación y el gasto público; recibir las declaraciones de política del Jefe del Ejecutivo y deliberar sobre ellas; plantear cuestiones relacionadas con la labor del Gobierno; debatir cualesquiera asuntos de interés público; aprobar el nombramiento y la separación del cargo de los magistrados del Tribunal Superior de Apelación y del Presidente del Tribunal Supremo y recibir y tramitar las quejas formuladas por residentes de Hong Kong.

11.El artículo 68 de la Ley fundamental dispone que los miembros del Consejo Legislativo de la RAEHK serán electivos. El método para la constitución de éste se especificará de conformidad con la situación existente en la RAEHK y de acuerdo con el principio de evolución gradual y ordenada. El objetivo que se persigue en última instancia es la elección de todos los miembros del Consejo Legislativo por sufragio universal. El anexo II de la Ley fundamental y la decisión pertinente del Congreso Nacional del Pueblo, adoptada en su tercera sesión, el 4 de abril de 1990, prescriben que, durante sus tres primeros mandatos, el Consejo Legislativo tendrá la siguiente composición:

Miembros

Primer mandato 1998 a 2000 (dos años)

Segundo mandato 2000 a 2004 (cuatro años)

Tercer mandato 2004 a 2008 (cuatro años)

Elegidos por distrito geográfico mediante sufragio directo

20

24

30

Elegidos por distrito orgánico

30

30

30

Elegidos por un comité electoral

10

6

-

Total

60

60

60

12.Para el tercer Consejo Legislativo, la RAEHK está dividida en cinco distritos geográficos de entre cuatro y ocho escaños. Treinta escaños se cubren con arreglo a 28 distritos orgánicos, cada uno de los cuales representa un grupo económico, social o profesional que es fundamental e importante para la RAEHK.

13.La elección del tercer Consejo Legislativo tuvo lugar el 12 de septiembre de 2004. El actual Consejo Legislativo (tercer mandato) entró en funciones el 1º de octubre de 2004.

14.En el anexo II de la Ley fundamental se dispone que, si es necesario modificar el modo de elegir el Consejo Legislativo después de 2007, debe hacerse con la aprobación de dos tercios de la mayoría de sus miembros y con el visto bueno del Jefe del Ejecutivo. Las modificaciones deberán comunicarse al Congreso Nacional del Pueblo para que quede constancia de ellas.

Los consejos de distrito

15.Los 18 consejos de distrito se constituyeron en la RAEHK para asesorar al Gobierno sobre los asuntos de los distritos y promover actividades recreativas y culturales, así como el mejoramiento medioambiental en los distritos. Un consejo de distrito está compuesto de miembros electos, miembros designados y, en el caso de los consejos de distrito de las zonas rurales, los presidentes de los comités rurales en calidad de miembros natos. Para los segundos consejos de distrito (2004-2007), la RAEHK está dividida en 400 distritos, cada uno de los cuales elige a un miembro. Además, hay 102 miembros designados y 27 miembros natos.

16.En vista del aumento de la población de dos distritos, se incrementó el número de representantes electos en los consejos de distrito de 400 a 405 para el tercer mandato de los consejos, que comenzó el 1º de enero de 2008.

La estructura de la Administración

17.El Jefe del Ejecutivo es el Jefe de Gobierno de la RAEHK. Si no puede desempeñar sus funciones por un período corto, las desempeñan provisionalmente los tres secretarios de departamento, a saber, el Secretario Principal del Gobierno, el Secretario de Finanzas o el Secretario de Justicia, en ese orden. El Gobierno de la RAEHK está integrado por los Departamentos de Administración, Finanzas y Justicia y diversas oficinas, divisiones y comisiones.

18.Actualmente hay 12 oficinas presididas cada una por un director de oficina, que conjuntamente forman la Secretaría del Gobierno. Salvo contadas excepciones, los jefes de los departamentos del Gobierno dependen administrativamente de los secretarios de los departamentos y los directores de las oficinas. Las excepciones son el Presidente de la Comisión Independiente contra la Corrupción, el Defensor del Pueblo y el Director de Auditoría, que son autónomos y responden directamente ante el Jefe del Ejecutivo.

19.Después de que el 1º de julio de 2002 se aplicase el sistema de rendición de cuentas, el Secretario Principal del Gobierno, el Secretario de Finanzas, el Secretario de Justicia y los 12 directores de oficina ya no son funcionarios públicos. Se trata de cargos políticos que responden directamente ante el Jefe del Ejecutivo y le rinden cuentas de la buena marcha o no de los asuntos incluidos en su cartera de políticas. Forman parte del Consejo Ejecutivo junto con los miembros no oficiales del Consejo Ejecutivo, ayudan al Jefe del Ejecutivo a formular políticas. En virtud del sistema de rendición de cuentas, la administración pública sigue manteniendo su carácter de cuerpo permanente, basado en el mérito, profesional y apolítico.

El sistema judicial de la RAEHK

20.El ordenamiento jurídico se basa firmemente en el estado de derecho y en un poder judicial independiente de los poderes ejecutivo y legislativo.

21.En el artículo 19 de la Ley fundamental se dispone que la RAEHK tendrá un poder judicial independiente, con facultades de casación. Los tribunales son competentes para conocer de todas las causas incoadas en la Región, a reserva de las restricciones que imponga el ordenamiento jurídico o de los principios anteriormente en vigor en Hong Kong, que se mantendrán. Los tribunales de la RAEHK no tienen competencia sobre los actos del Estado, como los que se refieren a la defensa o las relaciones exteriores. Los tribunales de la Región procurarán obtener una certificación del Jefe del Ejecutivo sobre las cuestiones de hecho referentes a los actos del Estado, como la defensa o las relaciones exteriores, cuando se planteen en casación. Dicha certificación será vinculante para los tribunales. Antes de emitirla, el Jefe del Ejecutivo obtendrá el respectivo documento de certificación del Gobierno Central de la República Popular.

22.Los órganos jurisdiccionales son el Tribunal Superior de Apelación, el Tribunal Supremo (integrado por el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal de Primera Instancia), el Tribunal de Distrito, el Tribunal Colegiado, el Tribunal de Tierras, el Tribunal del Trabajo, el Tribunal de Reclamaciones de Menor Cuantía, el Tribunal de Atentados contra el Pudor en la Prensa y el Tribunal Forense. Los tribunales entienden en todos los procesos penales y litigios civiles entre particulares o entre particulares y el Gobierno de la Región.

23.En el artículo 82 de la Ley fundamental se dispone que la facultad de casación corresponde al Tribunal Superior de Apelación de la RAEHK, que podrá, cuando proceda, invitar a los jueces de otros tribunales del common law a formar parte de éste. El artículo 83 también dispone que se dicten leyes en que se definan la estructura, las competencias y las funciones de los tribunales de la RAEHK a todos los niveles.

24.Todo juez o funcionario judicial ha de ser un profesional del derecho cualificado en Hong Kong o en una jurisdicción del common law y tener considerable experiencia profesional. El artículo 88 de la Ley fundamental dispone que los jueces de los tribunales de la RAEHK sean nombrados por el Jefe del Ejecutivo por recomendación de una comisión independiente compuesta por jueces locales, miembros de la profesión jurídica y personalidades de otros campos.

25.Los jueces son inamovibles. El artículo 89 de la Ley fundamental establece que los jueces de los tribunales de la RAEHK sólo podrán ser separados de su cargo, por incapacidad para cumplir sus funciones o por comportamiento indebido, por el Jefe del Ejecutivo por recomendación de un tribunal designado por el Presidente del Tribunal Superior de Apelación e integrado por no menos de tres jueces locales. Un tribunal designado por el Jefe del Ejecutivo e integrado por no menos de cinco jueces locales sólo podrá investigar al Presidente del Tribunal Superior de Apelación por incapacidad para cumplir sus funciones o comportamiento indebido, y éste podrá ser separado del cargo por aquél por recomendación del tribunal y en conformidad con los procedimientos prescritos en la Ley fundamental.

C. Marco jurídico general de protección de los derechos humanos

1. El imperio de la ley

26.El imperio de la ley, mantenido por un poder judicial independiente, es la base de la protección de los derechos humanos (véanse los párrafos 21 a 26 supra). Se basa en los principios siguientes:

La supremacía del derecho. Nadie podrá ser sancionado ni sometido a padecimiento personal o financiero, conforme a derecho, salvo cuando un juzgado independiente determine que se ha violado la ley. Cuando la legislación disponga que un oficial o una autoridad tiene facultades discrecionales de decisión, las ha de ejercer lícita, imparcial y razonablemente. Cuando no proceda así, sus resoluciones han de poder ser impugnadas judicialmente. En la Ley fundamental se garantiza el derecho de los residentes de Hong Kong a incoar actuaciones judiciales por lo que haga el ejecutivo o sus funcionarios; y

La igualdad ante la ley. El artículo 25 de la Ley fundamental dispone que todos los residentes de Hong Kong gozarán de igualdad ante la ley. El artículo 22 dispone que las oficinas establecidas en la RAEHK por los departamentos del Gobierno Central de la República Popular o por las provincias, regiones autónomas o municipios administrados directamente por el Gobierno Central y su personal han de respetar las leyes de la Región. El artículo 14 dispone que, además de la legislación nacional de la República Popular China, el personal castrense ha de respetar las leyes de la RAEHK. El artículo 35 también dispone que los residentes de Hong Kong tendrán derecho a incoar procedimientos judiciales por la actuación del ejecutivo o sus funcionarios. Ninguna autoridad gubernamental ni ningún funcionario o particular está por encima de la ley en la RAEHK. Independientemente de la raza, la categoría, las convicciones políticas, la religión o el sexo, todos son iguales ante la ley y están sometidos a las mismas disposiciones legislativas. Los particulares y el Gobierno de la RAEHK tendrán igualdad de acceso a los tribunales para hacer valer sus derechos conforme a la ley o para defenderse.

2. La garantía de los derechos humanos en la Ley fundamental

27.El artículo 4 de la Ley fundamental dispone que la RAEHK protegerá los derechos y las libertades de los residentes de la Región y de otras personas que se encuentren en ella con arreglo a derecho. La Ley fundamental garantiza una diversidad de libertades y derechos, entre ellos:

a)La igualdad ante la ley;

b)La libertad de expresión, de prensa y de publicación; la libertad de asociación, de reunión y de manifestación; y el derecho a constituir sindicatos o adherirse a ellos y a declararse en huelga;

c)La libertad personal; el derecho a no ser torturado; el derecho a no ser arrestado, detenido o encarcelado arbitraria o ilegalmente; el derecho a no ser registrado arbitraria o ilegalmente; y el derecho a no ser privado de la vida arbitraria o ilegalmente;

d)El derecho a que el hogar u otros locales no sean objeto de registros ni allanamientos arbitrarios o ilegales;

e)La libertad y confidencialidad de las comunicaciones;

f)La libertad de circulación dentro de la RAEHK y el derecho a emigrar a otros países y regiones, a viajar y a entrar o salir de la Región;

g)La libertad de conciencia, la libertad de creencias religiosas y el derecho a predicar y organizar actos religiosos públicos y participar en ellos;

h)El derecho a elegir una ocupación;

i)El derecho a realizar investigaciones académicas, actividades de creación literaria o artística y otras actividades culturales;

j)El derecho a recibir asesoramiento jurídico confidencial, incoar procedimientos ante los tribunales, elegir abogados para que defiendan los legítimos derechos e intereses de alguien y lo representen ante los tribunales y el derecho a recurrir ante ellos; el derecho a iniciar procedimientos judiciales contra la actuación del ejecutivo o sus funcionarios;

k)El derecho al bienestar social de conformidad con la ley, y

l)El derecho a contraer matrimonio y a formar libremente una familia.

28.Las personas que se encuentren en Hong Kong sin ser residentes gozarán de los mismos derechos y libertades que se reconocen a éstos en el capítulo III de la Ley fundamental. Además, los residentes permanentes de la RAEHK gozarán del derecho a votar y a ser elegidos de conformidad con la ley.

3. Efectos de otros instrumentos de derechos humanos en la legislación de la Región Administrativa Especial de Hong Kong

29.En el artículo 39 de la Ley fundamental se establece que:

"Las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y de los convenios internacionales del trabajo permanecerán en vigor en cuanto se apliquen a Hong Kong y se llevarán a efecto a través de la legislación de la RAEHK.

Los derechos y libertades de que gozan los residentes de Hong Kong no podrán ser limitados a menos que así lo prescriba la ley. Su restricción no contravendrá lo dispuesto en el párrafo anterior de este artículo."

30.En general, y como suele suceder en los sistemas del common law, los tratados que se aplican en Hong Kong (como los de derechos humanos) no tienen fuerza de ley automáticamente en el ordenamiento jurídico interno de Hong Kong. No pueden ser invocados directamente ante los tribunales como fuente de derechos individuales. Ahora bien, siempre que sea posible los tribunales interpretarán la legislación interna de modo que no haya discrepancias con los tratados internacionales en vigor en Hong Kong. El método habitual es poner en efecto las obligaciones contraídas en virtud de tratados en las leyes locales (cuando para ello es preciso hacer alguna modificación en las leyes o la práctica en vigor) mediante la promulgación de una nueva ley. Cuando esto resulte en la creación o definición de derechos jurídicos específicos y cuando se denieguen estos derechos o se interfiera en su ejercicio (o se amenace con hacerlo), se podrá recurrir a los tribunales mediante los procedimientos regulares de litigio civil, o se podrán dictar leyes que dispongan sanciones penales.

4. Ordenanza sobre la Carta de Derechos de Hong Kong

31.La Ordenanza sobre la Carta de Derechos de Hong Kong (capítulo 383 del Repertorio legislativo de la RAEHK) fue promulgado en junio de 1991 concretamente para poner en efecto en la legislación local las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en cuanto se aplicaban a Hong Kong. A este respecto, la ordenanza contiene una declaración de derechos casi idénticos a los del Pacto.

5. Aprobación de las leyes: efectos en la Ordenanza sobre la Carta de Derechos de Hong Kong

32.El artículo 160 de la Ley fundamental dispone que las leyes que estaban vigentes en Hong Kong se promulguen como leyes de la Región con la excepción de aquellas que el Comité Permanente del Congreso Nacional del Pueblo decida que son contrarias a la Ley fundamental. En febrero de 1997, el Comité Permanente consideró que tres artículos de la Ordenanza sobre la Carta de Derechos de Hong Kong (relativos a la interpretación y aplicación de la ordenanza) primaban sobre otras leyes, como la Ley fundamental. Por lo tanto, contravenían la Ley fundamental y no podían ser aprobados.

33.El hecho de que no se aprobaran estos artículos no afecta a la protección de los derechos humanos en la RAEHK en vista de la garantía constitucional prevista en el artículo 39 de la Ley fundamental. No se modifican las salvaguardias de fondo contenidas en la parte II de la ordenanza (que son casi idénticas a las disposiciones del Pacto). Tampoco cambian los recursos previstos en el artículo 6 en caso de violación de la Ordenanza ni el efecto vinculante del artículo 7 para el Gobierno y todas las autoridades públicas. El texto íntegro de la Ordenanza sobre la Carta de Derechos de Hong Kong, tal como está actualmente redactada, se reproduce en el anexo II.

6. Asistencia letrada

34.En las actuaciones judiciales se presta asistencia letrada a quienes reúnen los requisitos para ello y se les proporciona un procurador, si es necesario, un abogado, para garantizar que toda persona que tenga motivos legítimos pueda entablar una acción judicial y defenderse en un procedimiento judicial, sin que se vea privada de ello por falta de medios. El Departamento de Asistencia Jurídica y el Servicio de abogados de oficio defienden a los reos por cuenta del erario público.

El Departamento de Asistencia Jurídica

35.El Departamento de Asistencia Jurídica representa a quienes reúnen ciertos requisitos en causas civiles o penales ante el Tribunal Superior de Apelación, el Tribunal de Apelaciones, el Tribunal de Primera Instancia, el Tribunal de Distrito o el Tribunal Colegiado (en las diligencias previas). Se presta asistencia en lo civil en causas que se refieren a los principales aspectos de la vida activa de la comunidad, desde pleitos por asuntos familiares hasta casos de inmigración e investigaciones forenses. Los solicitantes han de presentar al Director del Departamento pruebas de que reúnen los requisitos exigidos desde el punto de vista de sus medios económicos y de que la acción está justificada en cuanto al fondo. No se imponen condiciones de residencia para prestar asistencia jurídica. En las causas penales, el Director está facultado para excluir el requisito relativo a los medios económicos cuando estime que ello redunda en interés de la justicia. También puede excluir el requisito relativo a la justificación del fondo del asunto cuando se trate del incumplimiento de la Ordenanza sobre la Carta de Derechos o del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Una vez demostrada la falta de medios (a menos que el juez determine lo contrario), será obligatorio prestar asistencia jurídica a quien haya sido acusado de asesinato, traición o piratería con uso de violencia. Para otros delitos, siempre que el solicitante pruebe que carece de medios, el juez puede conceder asistencia jurídica a pesar de que ésta haya sido denegada por el Director por razones de fondo.

El servicio de abogados de oficio

36.Este servicio complementa los que presta el Departamento de Asistencia Jurídica. Consta de tres programas, que ofrecen representación letrada (el programa de abogados de oficio), asesoramiento jurídico (el programa de asesoramiento jurídico) e información jurídica (el programa de información jurídica por teléfono). El primero de esos programas sirve para ofrecer representación letrada prácticamente a todos los imputados (menores y adultos) que no puedan pagar los honorarios de un defensor privado. También se representa a quien corra el peligro de ser procesado por haber formulado declaraciones autoincriminatorias durante una investigación forense. El solicitante ha de demostrar que no tiene recursos económicos y que su solicitud está justificada de acuerdo con el principio de "intereses de la justicia" del artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y del artículo 11 de la Ordenanza de la Carta de Derechos de la RAEHK. Mediante el programa de asesoramiento jurídico y el de información por teléfono se proporciona, respectivamente, asistencia jurídica gratuita por cita e información grabada sobre aspectos jurídicos de problemas cotidianos.

El Consejo de servicios de asistencia jurídica

37.El Consejo de servicios de asistencia jurídica, órgano independiente de derecho público, fue establecido en 1996. Tiene la función de supervisar la asistencia que presta el Departamento de Asistencia Jurídica y de asesorar al Jefe del Ejecutivo en cuanto a la política de asistencia jurídica.

7. La Oficina del Defensor del Pueblo

38.La Oficina del Defensor del Pueblo, antiguo Comisionado de Reclamaciones contra la Administración, es una institución independiente, creada en virtud de la Ordenanza sobre el Defensor del Pueblo (cap. 397). La Oficina investiga denuncias de agravios relacionados con irregularidades administrativas. Por "irregularidades administrativas" se entienden los actos administrativos ineficaces, malos o inadecuados, la conducta no razonable (como las demoras, la descortesía y la falta de consideración), el abuso de poder o autoridad y los procedimientos injustos o discriminatorios. Los particulares pueden formular quejas directamente, pero el Defensor del Pueblo puede también iniciar investigaciones por iniciativa propia y dar a conocer los informes de las investigaciones cuando sean de interés general. Por otro lado, el Defensor tiene la facultad de investigar quejas por incumplimiento del Código de acceso a la información.

39.Merced a la promulgación de la Ordenanza (enmendada) sobre el Defensor del Pueblo en 2001, se establece el carácter independiente de éste y se le permite desempeñar sus funciones con mayor eficiencia. El Defensor del Pueblo, una entidad corporativa, tiene autonomía plena y facultades legales para desarrollar sus propias actividades administrativas y financieras. Además, en la Ordenanza se deja claro que el Defensor del Pueblo no es un funcionario o agente del Gobierno.

40.Con arreglo a la Ordenanza, el Defensor del Pueblo puede obtener cualquier información y documentos de quien estime pertinente. Puede ordenar a cualquier persona que facilite información sobre lo que esté investigando y acceder a los locales de las organizaciones sobre las que tenga competencia a los efectos de realizar investigaciones.

41.Tras investigar una denuncia, el Defensor puede transmitir su opinión y sus motivos, junto con una declaración relativa a cualquier recurso o recomendación que considere necesarias, al jefe de la organización en cuestión. Si no se actúa conforme a sus recomendaciones dentro de un plazo razonable, el Defensor puede dar parte al Jefe del Ejecutivo. También puede hacerlo si estima que se ha cometido una grave irregularidad o injusticia. Dichos partes, por disposición legal, han de ser sometidos al Consejo Legislativo. Ello ayuda a garantizar que las recomendaciones del Defensor del Pueblo son escuchadas y que se les da seguimiento.

42.A excepción de la policía y la Comisión Independiente contra la Corrupción, el Defensor del Pueblo tiene competencia sobre todos los departamentos del Gobierno de la RAEHK y los principales organismos oficiales. Las quejas contra estas dos organizaciones son tramitadas separadamente por órganos especiales que actúan con discreción (véanse los párrafos 45 y 46 infra). Sin embargo, las quejas contra la policía y la Comisión Independiente contra la Corrupción por incumplimiento del Código de acceso a la información siguen siendo competencia del Defensor del Pueblo.

8. La Comisión de Igualdad de Oportunidades

43.La Comisión de Igualdad de Oportunidades era un órgano jurisdiccional independiente instituido en 1996 con arreglo al Decreto sobre discriminación por razones de sexo, con el fin de aplicar la Ordenanza sobre discriminación por razones de sexo, la Ordenanza sobre la discriminación de los discapacitados y la Ordenanza sobre la discriminación por la situación familiar. La Comisión es responsable de llevar a cabo investigaciones oficiales, tramitar quejas, alentar la conciliación entre las partes en litigio y ofrecer asistencia a las personas lesionadas con arreglo a estas ordenanzas. La Comisión lleva a cabo programas de investigación y de sensibilización de la opinión pública a fin de promover la igualdad de oportunidades en la comunidad. También puede publicar códigos de prácticas con objeto de disponer de directrices para facilitar el cumplimiento de la normativa sobre la igualdad de oportunidades.

9. El Comisionado de la confidencialidad de los datos personales

44.La Ordenanza sobre confidencialidad de los datos personales regula el control legal de la reunión, conservación y utilización de los datos en los sectores público y privado. Sus disposiciones se basan en principios internacionalmente aceptados sobre la protección de datos. La Ordenanza se aplica al acceso y procesado permisibles de datos personales, con independencia de que se trate de datos informatizados, archivos en papel o materiales audiovisuales. La Ordenanza contempla la constitución de una autoridad oficial, el Comisionado de la confidencialidad de los datos personales, para promover, supervisar y hacer cumplir sus disposiciones. Las responsabilidades del Comisionado incluyen, entre otras, promover la concienciación y la comprensión de la Ordenanza, publicar códigos de prácticas sobre cómo aplicarlo, estudiar los anteproyectos de ley que se refieran a la confidencialidad de los individuos en relación con los datos personales y hacer cumplir la Ordenanza.

10. Las quejas e investigaciones

La policía

45.La Oficina de quejas contra la policía investiga las denuncias relativas a la actuación o el comportamiento de los agentes de policía. Sus investigaciones son supervisadas y verificadas por el Consejo independiente de quejas contra la policía, que es un órgano civil independiente compuesto de miembros no oficiales nombrados por el Jefe del Ejecutivo de entre una amplia gama de figuras públicas de la comunidad.

La Comisión Independiente contra la Corrupción

46.El Comité de quejas de la Comisión Independiente contra la Corrupción, instituido en 1977, supervisa y verifica la forma en que la Comisión tramita las quejas que no son de carácter penal contra ella y sus miembros. Este Comité también goza de independencia y es nombrado por el Jefe del Ejecutivo. Está integrado principalmente por miembros de los Consejos Ejecutivo y Legislativo y un representante del Defensor del Pueblo. Las quejas contra la Comisión Independiente o sus integrantes se pueden formular directamente al Comité, así como en cualquiera de las oficinas de la Comisión Independiente. Hay una unidad especial del departamento de operaciones de la Comisión para investigar las denuncias. Cuando la unidad ha terminado la investigación, sus conclusiones y recomendaciones se presentan al Comité para que las examine.

Otros servicios disciplinarios

47.Otros departamentos de servicios disciplinarios tienen directrices y procedimientos claros para tramitar quejas. Por ejemplo, el Departamento de Servicios Penitenciarios, que gestiona las prisiones de la RAEHK, tiene una Dependencia de investigación de quejas que administra su propio sistema de resarcimiento de quejas del personal, los reclusos y la población en general. Estas personas también pueden quejarse directamente al Jefe del Ejecutivo, a miembros del Consejo Legislativo, al Defensor del Pueblo, a los jueces de paz visitantes y otros órganos encargados de hacer cumplir de la ley, como la Comisión Independiente contra la Corrupción y la policía. Los canales existentes para la presentación de quejas se consideran eficaces en vista del número y el carácter de las denuncias recibidas.

48.El Departamento de Inmigración utiliza los procedimientos de denuncia establecidos en las instrucciones permanentes del Servicio de Inmigración por el Director de Inmigración en conformidad con la Ordenanza sobre el Servicio de Inmigración. Las quejas por abuso de autoridad o malos tratos de parte de los funcionarios del Servicio se formulan al Director de Inmigración y se investigan sin demora conforme a los procedimientos dispuestos en las instrucciones permanentes. Para que se tramiten sin demora todas las quejas, un Grupo de Trabajo encargado del examen de las quejas estudia los resultados de las investigaciones, los verifica y recomienda el seguimiento del caso. A quien le parezca que no ha sido tratado como es debido o que no se ha tramitado correctamente su caso también se le permite recurrir al Defensor del Pueblo. Si existen pruebas iniciales de que tal vez un funcionario del Servicio de Inmigración ha cometido un delito, acto seguido el Servicio lo notifica a la policía para que prosiga las averiguaciones. Los procedimientos disciplinarios contra los funcionarios del Servicio de Inmigración también se rigen por la Ordenanza sobre el Servicio de Inmigración y las instrucciones permanentes del Servicio. En virtud del artículo 8 de la ordenanza (cap. 331), constituye infracción disciplinaria el ejercicio ilegal o innecesario de autoridad que cause daño o perjuicio a cualquier persona.

D. Información y publicidad

1. Fomento del conocimiento de los tratados de derechos humanos

49.La Oficina para Asuntos Constitucionales y Continentales del Gobierno de la RAEHK está encargada de promover la sensibilización con respecto a los derechos y deberes estipulados en los tratados de derechos humanos que se aplican en Hong Kong. Tras la promulgación de la Ordenanza sobre la Carta de Derechos de la RAEHK en 1991, al Comité de promoción de la formación cívica, dependiente de la Oficina del Interior, se le encomendó la tarea de promover la comprensión de la Ordenanza sobre la Carta de Derechos de Hong Kong por parte de la población y el respeto de los derechos humanos amparados por los diversos tratados. El Comité, en sus tareas, ha hecho especial hincapié en los derechos humanos. Últimamente, ha redoblado sus esfuerzos de difusión pública de la Ley fundamental, en que se disponen las garantías constitucionales para la protección de los derechos humanos en la RAEHK. Para orientar la estrategia de promoción, se estableció, en enero de 1998, un Comité directivo para promover la Ley fundamental, presidido por el Secretario Principal del Gobierno.

50.En 2002 se creó un foro conjunto de las organizaciones no gubernamentales (ONG) y del Gobierno, el Comité de promoción de la armonía racial, para que asesorara al Gobierno en la promoción del respeto y la tolerancia interraciales y en todo lo referente a la Convención Internacional para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. El Comité cuenta con los servicios de una Dependencia de relaciones raciales, también establecida en 2002 bajo los auspicios de la Oficina de Asuntos Constitucionales y Continentales.

2. Publicaciones oficiales

51.El Gobierno Central de la República Popular China ha de presentar informes sobre el cumplimiento de diversos tratados de derechos humanos en la RAEHK (no obstante, véase el párrafo 52 infra con respecto al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos). La Oficina de Asuntos Constitucionales y Continentales y la Oficina de Trabajo y Asistencia Social del Gobierno de la RAEHK preparan los correspondientes proyectos de informes. Ambas consultan al Consejo Legislativo y a diferentes ONG y abordan sus opiniones en los informes. Los informes finales se presentan al Consejo Legislativo y se publican en versión bilingüe una vez que el Gobierno Central de la República Popular los ha presentado a las Naciones Unidas. Se depositan ejemplares en las bibliotecas públicas y se colocan en Internet para su examen por la población.

3. Informes de la Región Administrativa Especial de Hong Kong sobre el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

52.En noviembre de 1997, el Gobierno Central de la República Popular China anunció que, de acuerdo con la Declaración Conjunta y la Ley fundamental y habida cuenta de que China todavía no había firmado los pactos internacionales de derechos humanos, se remitiría a las disposiciones de los pactos internacionales en la medida en que se aplicaran en Hong Kong y enviaría a las Naciones Unidas los informes sobre la RAEHK. Posteriormente, en 2001, China ratificó el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y los informes de la RAEHK ahora forman parte de los informes de China con arreglo al Pacto. El Gobierno de la RAEHK se encarga de redactar los informes sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en la Región para que se remitan a las Naciones Unidas a través del Gobierno Popular Central.

II. INFORMACIÓN RELATIVA A CADA UNO DE LOS ARTÍCULOS DE LA PARTE I DE LA CONVENCIÓN

A. Artículo 1. Definición de discriminación racial

53.El artículo 1 de la Convención define qué se entiende por discriminación racial. Hemos, en consecuencia, adoptado esta definición en nuestro proyecto de Ley sobre discriminación por motivo de raza.

54.Al informar sobre la aplicación de este artículo, las directrices que figuran en el Manual de preparación de informes sobre los derechos humanos de las Naciones Unidas, especialmente las que se establecen en las páginas 273 y 274 del mismo, aconsejan a las partes:

a)Estudiar su política en cuanto a la discriminación racial y la estructura jurídica de esa política;

b)Informar sobre cómo pasan la Convención y los derechos por ella consagrados a integrarse en el ordenamiento jurídico interno;y

c)Facilitar información general sobre el Estado informante y hacer referencia especial a la composición demográfica de la población y a los problemas que existan entre los diversos grupos étnicos .

55.En relación con el punto a), nuestra política constante ha sido que nos oponemos a toda forma de discriminación, en particular la discriminación racial. Nuestro compromiso con la salvaguarda de la igualdad está claramente consagrado en la Ley fundamental y en la legislación nacional. Está además respaldada por el estado de derecho y por un poder judicial imparcial e independiente. En los párrafos 60 a 68 infra, así como en los párrafos 27 a 48 de la parte A, bajo el epígrafe "Marco jurídico general de protección de los derechos humanos", figura información detallada sobre nuestra política, con especial referencia a la discriminación racial y al marco jurídico para la protección frente a dicha discriminación.

56.En relación con el punto b), nos complace comunicar que, tal como se mencionó en el párrafo 53, además de la protección existente en virtud de la Ley fundamental y la legislación nacional, hemos introducido también un proyecto de ley dirigido específicamente a reforzar la protección de las personas frente a la discriminación racial. El ordenamiento jurídico nacional en la RAEHK para la protección de los derechos amparados en esta Convención se describe con detalle en los párrafos 27 a 48 de la parte A, y también, en el contexto de la aplicación del artículo 2, en los párrafos 60 a 74 infra.

57.En relación con el punto c), la información general de antecedente, en particular la composición demográfica de la población de la RAEHK, se expone en la parte A. Abordamos las cuestiones relativas a los grupos especiales y las minorías étnicas en los párrafos 75 a 104 infra.

58.En los párrafos 9 y 24 de las observaciones finales de 2001, el Comité:

a)Celebró la extensa consulta de la sociedad civil para elaborar, en particular, la parte del informe del Estado parte pertinente a la RAE de Hong Kong; y

b)Recomendó que "se siguieran divulgando los informes del Estado parte desde el momento de su presentación, así como las observaciones del Comité al respecto".

59.Agradecemos al Comité sus muestras de aprecio y aliento. Continuamos adoptando medidas orientadas a la acción para publicitar y difundir ampliamente nuestros informes y las observaciones finales del Comité. Informamos, a través de los medios de comunicación, de la publicación de las observaciones finales de 2001 emitidas por el Comité, poco después de su publicación, y distribuimos, con carácter gratuito, el texto completo de las observaciones, junto con una traducción al chino, para facilitar el acceso a ellas y su comprensión por la población en su conjunto. Promulgamos la versión bilingüe de las observaciones en el sitio en la Web del Gobierno, junto con, también en versión bilingüe, el informe pertinente de la RAEHK, que fue colocado en la Web en el momento de su presentación. Continuamos poniendo a disposición del público estos informes, tanto en formato impreso como electrónico. Lo mismo se hace en relación con el presente informe. Los particulares pueden obtener copias impresas y en soporte CD-ROM con el texto completo del presente informe en inglés y en chino, en todas las oficinas de distrito, o descargarlas del sitio en la Web del Gobierno si así lo desean.

B. Artículo 2. Política encaminada a eliminar la discriminación racial

1. Marco jurídico

60.Nuestra posición en este ámbito sigue siendo esencialmente la descrita en los párrafos 2 a 5 del informe inicial. La Ley fundamental (cuyo texto completo se adjunta en el anexo I) ofrece protección a los derechos y las libertades fundamentales y ampara la igualdad ante la ley y la igual protección de la misma, sin discriminación de ningún tipo, para toda la población de Hong Kong y sus residentes. Esta ley se complementa con la Ordenanza sobre la Carta de Derechos de Hong Kong (se adjunta copia en el anexo II), que incorpora a la legislación local las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos según se aplica a Hong Kong. La ordenanza es vinculante para el Gobierno y para todas las autoridades públicas, así como para cualquier persona que actúe en nombre del Gobierno o de una autoridad pública. Además, las tres ordenanzas antidiscriminatorias, a saber, la Ordenanza sobre Discriminación por Motivos de Sexo, la Ordenanza sobre Discriminación por Discapacidad y la Ordenanza sobre Discriminación por Situación de Familia, prohíben la discriminación en áreas específicas tanto en el sector público como en el privado.

61.En el párrafo 19 de las observaciones finales de 2001, el Comité solicitó "al Estado parte que en futuros informes proporcione, entre otras cosas, detalles de las causas judiciales específicamente relacionadas con la violación de la Convención, hasta en las RAE de Hong Kong y Macao, en especial la adecuada reparación por esas violaciones que otorguen los tribunales". Confirmamos que hasta la fecha no ha habido en Hong Kong causas judiciales relacionadas con violaciones de la Convención. Informaremos al Comité de cualquier cambio, si lo hubiera, durante el examen de este informe.

2.Política encaminada a eliminar la discriminación racial

62.Nuestra política sigue siendo fundamentalmente la que se explica en el párrafo 11 del informe inicial. Estamos comprometidos con el fomento de la igualdad de oportunidades para todos y creemos firmemente que todas las formas de discriminación, incluida la discriminación racial, son erróneas. Al mismo tiempo, creemos que todas las formas de discriminación tienen sus propias características, incluidas las formas particulares en que pueden manifestarse en Hong Kong. Por consiguiente, las estrategias para combatirla tienen que ser diseñadas a la medida y ajustarse a las formas particulares de discriminación que se proponen abordar. En general, creemos que, por el bien de la armonía social, el fomento de la integración y la educación pública en materia de igualdad sigue siendo una herramienta indispensable para eliminar los prejuicios y la discriminación. Por lo tanto, la legislación no puede ni debe sustituir a la educación pública permanente o a las medidas de apoyo necesarias para aquellas minorías que puedan ser víctimas de la discriminación. Cualquier propuesta legislativa ha de ser objeto de una amplia y exhaustiva consulta en el seno de la comunidad.

63.En el párrafo 17 de las observaciones finales de 2001, el Comité tomó nota de las consultas en curso en Hong Kong, pero manifestó su preocupación porque:

"...en la RAE de Hong Kong aún no hay disposiciones legislativas que protejan contra la discriminación racial por particulares, grupos u organizaciones."

El Comité recomendó en particular que:

" ...analicen a fondo la desfavorable situación existente y que aprueben una legislación adecuada para proporcionar recursos jurídicos apropiados y prohibir la discriminación por motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico, como ya se ha hecho con respecto a la discriminación por razones de sexo o discapacidad."

64.Hemos tenido muy en cuenta la opinión y la recomendación del Comité. A sabiendas de que en una consulta pública realizada en 1997 el 80% de los encuestados se oponía a la legislación, en 2001 y 2002, iniciamos otras consultas en los círculos empresariales y con organizaciones gubernamentales y otras partes interesadas. La consulta reveló que, gracias a los esfuerzos continuos del Gobierno por sensibilizar a la opinión pública, ésta era cada vez más favorable a las propuestas de legislar en contra de la discriminación racial. Este cambio de actitud se percibía especialmente entre los miembros de los círculos empresariales. Los resultados de una encuesta posterior realizada entre febrero y marzo de 2004 corroboraron estas observaciones, ya que en torno al 60% de los encuestados apoyó la aprobación de leyes que prohibieran la discriminación racial.

65.Habida cuenta de la aceptación gradual de la comunidad, anunciamos en junio de 2003 nuestra intención de legislar en contra de la discriminación racial y empezamos a formular propuestas más detalladas sobre las disposiciones legales. Nuestra propuesta de marco jurídico fue objeto de una extensa consulta pública en septiembre de 2004. Al final de la consulta, en febrero de 2005, recibimos 240 propuestas, la mayoría favorables a nuestra propuesta legislativa.

66.El proyecto de ley sobre discriminación racial se presentó al Consejo Legislativo en diciembre de 2006.

67.El proyecto de ley aspira sobre todo a proscribir la discriminación racial y a proporcionar detalles en materia de protección, mecanismos de aplicación y recursos. Pretendemos alcanzar un régimen normativo que no sólo cumpla los objetivos de nuestra política y nuestra obligación internacional de luchar contra la discriminación racial, sino que también trate de conjugar los derechos y los intereses de las diferentes partes, sea razonable en sus justificaciones, viable y aceptable para las personas afectadas. El proyecto de ley está constituido por 9 partes que contienen 94 cláusulas. En consonancia con las recomendaciones del Comité citadas anteriormente en el párrafo 63, este proyecto de ley pretende "que se proteja a las personas contra la discriminación racial por particulares, grupos u organizaciones". Para garantizar la igualdad de trato, el proyecto de ley dispone que sea igualmente aplicable a los actos que, realizados por el Gobierno o en su nombre sean equiparables a los de un particular. En otras palabras, las disposiciones que propone el proyecto de ley se aplicarán tanto al Gobierno como al sector privado.

68.El proyecto de ley propone que la discriminación racial tanto directa como indirecta sean ilícitas y consagra el principio aceptado internacionalmente de la proporcionalidad a la hora de determinar si se ha producido una discriminación indirecta. Aunque no impone medidas de discriminación positiva, este proyecto de ley autoriza la aplicación de otras medidas especiales, encaminadas a beneficiar a las minorías étnicas. Al igual que otras ordenanzas existentes en Hong Kong, el proyecto de ley contempla la discriminación en los seis ámbitos de actividad prescritos anteriormente, sobre todo la educación, el empleo y la provisión de instalaciones y servicios.

3. Debates públicos sobre el proyecto de ley

69.Al tiempo que se presentó el proyecto de ley en el Consejo Legislativo, organizamos una campaña publicitaria especial para sensibilizar a la opinión pública y fomentar debates en torno a la propuesta legislativa. Emitimos un comunicado de prensa y celebramos reuniones con los medios de comunicación para dar a conocer las principales características del proyecto de ley. Publicamos un manual explicativo con preguntas y respuestas destinado a mejorar la comprensión del proyecto por la sociedad y, mediante un lenguaje no especializado, explicamos en qué consistían las disposiciones clave y cuál era su repercusión en el día a día. Este manual se publicó en inglés y chino, así como en los cuatro principales idiomas de las minorías étnicas de Hong Kong. También organizamos reuniones especiales para los grupos interesados, a saber, las minorías étnicas, las ONG, el Comité del Gobierno para la Promoción de la Armonía Racial, el Foro de las Minorías Étnicas, el Foro de los Derechos Humanos y los sectores empresarial, laboral y educativo. Asimismo funcionarios del Gobierno asistieron a entrevistas con los medios de comunicación y a numerosas reuniones y foros de debate que las organizaciones locales y las comunidades étnicas habían convocado para intercambiar opiniones y explicar en detalle las disposiciones y el fundamento de las propuestas.

70.Entretanto, el Comité Legislativo del Consejo Legislativo, cuya finalidad es examinar el proyecto de ley, está celebrando reuniones regulares con funcionarios del Gobierno para debatir los principios fundamentales y las disposiciones detalladas del proyecto de ley. Estas reuniones están abiertas al público. También se han organizado vistas públicas para recibir a miembros de la sociedad y de las partes interesadas. Continuaremos haciendo aportaciones al Comité Legislativo para ayudarle en su examen del proyecto de ley. Habida cuenta de los debates, estudiaremos la posibilidad de presentar enmiendas apropiadas o perfeccionar las disposiciones pertinentes del proyecto de ley.

71.En consonancia con la práctica establecida en la preparación de los informes para los órganos de supervisión de tratados de las Naciones Unidas, mientras redactábamos este informe realizamos consultas públicas en el seno de la comunidad. A este respecto, una serie de grupos de la comunidad y ONG manifestaron sus opiniones, entre otros asuntos, sobre las disposiciones del proyecto de ley sobre discriminación racial. Hemos remitido sus propuestas y opiniones al Comité para que los miembros puedan consultarlas y estudiarlas.

72.Valoramos las opiniones del público y de la sociedad civil sobre la propuesta de legislación. Continuaremos manteniendo un diálogo con ambos para intercambiar opiniones y explicar la política del Gobierno. Mientras escribimos este informe, el Consejo Legislativo está realizando el preceptivo examen del proyecto de ley sobre discriminación racial. Informaremos sobre la evolución del proyecto de ley durante la presentación o en un futuro informe, según se considere más oportuno.

4. Medidas administrativas para fomentar la armonía racial

73.Reconocemos firmemente que la prosperidad de Hong Kong se basa entre otras cosas en su naturaleza cosmopolita y en la aportación de su ciudadanía procedente de distintos contextos y orígenes étnicos. Por lo tanto, la armonía racial es una de las claves de la armonía en nuestra sociedad. El Gobierno de la RAEHK se compromete a salvaguardar los derechos de los ciudadanos frente a la discriminación racial. El proyecto de ley sobre discriminación racial presentado anteriormente en los párrafos 66 a 72 es un gran paso a favor de nuestro compromiso y continuos esfuerzos a este respecto.

74.También creemos firmemente que la legislación ha de ir acompañada de la educación pública y del apoyo a una mejor integración. A lo largo de los años hemos adoptado numerosas iniciativas para fomentar la armonía racial y ayudar a la integración de las minorías étnicas en Hong Kong. Financiamos y dirigimos un plan de financiación para la igualdad de oportunidades (entre las razas), que respalda proyectos en las comunidades, publicaciones y campañas para fomentar la armonía racial. Organizamos clases de idiomas en los distritos para facilitar la integración de los miembros de las minorías étnicas en nuestra comunidad. Financiamos programas de radio en los idiomas de las minorías étnicas tanto para su entretenimiento como para mantenerles informados con noticias locales y anuncios importantes del Gobierno. Patrocinamos equipos de apoyo comunitarios para prestar servicios a los grupos de las minorías étnicas a través de miembros de su propia comunidad. Hemos creado una dependencia de relaciones raciales que, entre sus muchas funciones y responsabilidades, dispone de un servicio telefónico para responder a preguntas y atender las quejas. Esta dependencia también organiza charlas y talleres en los colegios para fomentar una educación pública que se oponga a la discriminación racial. También mantenemos un diálogo continuo con los grupos de las minorías étnicas a través del Comité para la Promoción de la Armonía Racial y el Foro de las Minorías Étnicas. Estos son sólo ejemplos de las iniciativas que hemos adoptado. En el anexo IV figura una lista pormenorizada de nuestras actividades, así como de las medidas de apoyo que se aplican en el ámbito de la educación y del empleo. Seguiremos desarrollando y mejorando nuestros servicios según estimemos necesario y adecuado.

5. Grupos e speciales

75.En esta sección nos centramos en cuatro grupos que son objeto de preocupación tanto a nivel local como a nivel internacional, a saber: el personal de servicio doméstico extranjero, los refugiados, los migrantes y los inmigrantes ilegales procedentes de Vietnam (incluidos los inmigrantes ilegales vietnamitas procedentes de China), los nuevos residentes de origen pakistaní así como los solicitantes de asilo y aquellos que denuncian haber sido víctima de torturas.

Personal de servicio doméstico extranjero

76.A 31 de diciembre de 2006, unas 232.781 personas -sobre todo mujeres- trabajaban en Hong Kong como servicio doméstico extranjero. La mayoría procedía de Filipinas (alrededor de 120.788 personas, o el 51,9%), el 44,7% (alrededor de 104.129 personas) de Indonesia y un 1,8% (alrededor de 4.292 personas) de Tailandia. Del 1,5% restante (alrededor de 3.572 personas), la mayoría procedía del Asia meridional.

77.En los párrafos 25 y 26 de nuestro informe inicial explicamos cuáles son los derechos, los beneficios y la protección que la legislación laboral brinda al personal de servicio doméstico extranjero. Los empleadores de servicio doméstico extranjero han de pagar un salario mínimo que asciende actualmente a 3.400 dólares de Hong Kong (436 dólares de los EE.UU.) al mes. El objetivo de esta medida es proteger a estos trabajadores de la explotación y garantizar que la mano de obra extranjera no perjudique a la local. El salario mínimo se revisa regularmente y al hacerlo se tiene en cuenta una serie de indicadores económicos tales como la situación económica, los ingresos de los hogares, el PIB per cápita y la evolución de los salarios de los trabajadores locales en Hong Kong. Esta revisión regular hizo que el nivel de los salarios disminuyese de 3.670 dólares de Hong Kong mensuales (471 dólares de los EE.UU.) a 3.270 dólares de Hong Kong (419 dólares de los EE.UU.) en abril 2003. Sin embargo, el salario mínimo aumentó posteriormente hasta los 3.320 dólares de Hong Kong (426 dólares de los EE.UU.) en mayo de 2005, y desde mayo de 2006, dicho salario es de 3.400 dólares de Hong Kong (436 dólares de los EE.UU.) con arreglo al mismo principio y mecanismo.

78.Además del salario mínimo, los empleadores también deben proporcionar al personal de servicio doméstico extranjero alojamiento, comida y asistencia médica gratuitos, así como un pasaje de regreso al término de sus contratos de trabajo o a su rescisión. Los trabajadores extranjeros gozan de iguales derechos y de la misma protección legal que los locales (incluido el derecho a los días feriados oficiales, a un permiso anual remunerado y a un descanso semanal, así como a la protección de la maternidad y a formar sindicatos y afiliarse a ellos). El servicio de información y las medidas publicitarias del Departamento de Trabajo y del Departamento de Inmigración informan al personal del servicio doméstico, al igual que a los demás trabajadores contratados en origen, de sus derechos y obligaciones jurídicos y contractuales. En ocasiones se organizan eventos publicitarios destinados a la comunidad formada por personal de servicio doméstico extranjero cuyo objetivo es divulgar información sobre sus derechos y sobre las vías para pedir ayuda cuando sea necesario.

79.Tal y como se ha explicado, en virtud de la legislación laboral, el personal de servicio doméstico extranjero disfruta en Hong Kong de la misma protección y derechos que los trabajadores locales. El Departamento de Trabajo presta servicio y asistencia gratuitos al personal de servicio doméstico extranjero insuficientemente remunerado, para ayudarle a recuperar los salarios que les adeudan sus empleadores. Además, todo empleador moroso incurre en un delito grave que puede ser sancionado con una multa máxima de 350.000 dólares de Hong Kong (44.872 dólares de los EE.UU.) y 3 años de cárcel.

80.A pesar de la protección que se brinda al personal de servicio doméstico extranjero, persiste la preocupación en torno a sus condiciones de empleo y de admisión. Abordaremos estos asuntos en los párrafos 140 a 150 del presente documento, en relación al artículo 5 e).

Refugiados, migrantes e inmigrantes ilegales de Vietnam (incluidos los inmigrantes ilegales vietnamitas procedentes de China)

81.A principios del año 2000, alrededor de 1.400 refugiados y migrantes vietnamitas se quedaron varados en Hong Kong y era evidente que las posibilidades de que fuesen reasentados en el extranjero eran extremadamente remotas. El Gobierno de la RAEHK les ofreció por ello en febrero de 2000 la integración local gracias al Plan de Reasentamiento Local ampliado. Como parte integrante del plan, en junio de 2000 se cerró de manera digna, pacífica y ordenada el Centro de Refugiados Vietnamitas de Pillar Point, el último centro de este tipo en Hong Kong. A 31 de enero de 2007, el 98% de los 1.400 refugiados y migrantes vietnamitas admisibles se acogieron a este plan.

82.En enero de 1998, el Gobierno de la RAEHK abolió la política puerto de primer asilo en favor de los vietnamitas que arribaban a Hong Kong de manera ilegal. En lo sucesivo, todas las llegadas ilegales se clasificaron como de inmigrantes ilegales vietnamitas, y estos fueron repatriados con la autorización del Gobierno de Vietnam. En total, en 2006 se produjeron 598 llegadas ilegales de inmigrantes vietnamitas. Al igual que sucede con otros inmigrantes ilegales, se les detiene tras su intercepción como exige la ley y se adoptan las medidas necesarias para su rápida repatriación a Vietnam.

Vietnamitas procedentes de China

83.En nuestro informe inicial, recomendamos que se suspendiese la expulsión de alrededor de 350 vietnamitas procedentes de China a la espera del resultado de la revisión judicial contra la decisión del Gobierno de la RAEHK. Se resolvió el litigio con el consentimiento de las partes implicadas. A todos los vietnamitas procedentes de China y a sus familiares se otorgó permiso para permanecer en Hong Kong, salvo en el caso de un mujer desaparecida.

Nuevos residentes de origen paquistaní

84.Al igual que sucede con la comunidad india, los paquistaníes son la minoría más antigua y estable de todas las de Hong Kong. Los primeros colonos llegaron en su gran mayoría de mano de los británicos para nutrir las fuerzas de policía y algunos cuerpos de las fuerzas armadas. En el siguiente cuadro se enumera la población de colonos paquistaníes de Hong Kong de los últimos años.

Ciudadanos paquistaníes residentes en Hong Kong

Al final del año

R esidente permanente

Residente temporal

Total

1997

9.057

4.124

13.181

1998

9.419

4.837

14.256

1999

9.457

4.786

14.243

2000

9.474

4.213

13.687

2001

9.848

4.072

13.920

2002

10.261

3.831

14.092

2003

10.350

3.400

13.750

2004

10.879

3.069

13.948

2005

11.540

2.595

14.135

2006

11.693

2.682

14.375

85.En julio de 2006, hubo un total de 177.611 llegadas que no procedían de China, lo que equivale al 2,6% de la población de Hong Kong. El 0,8% eran paquistaníes. Su promedio de edad era de 23 años, muy por debajo de la media de la población total, que es de 39. El bengalí y el urdu son las lenguas más utilizadas entre los paquistaníes de 5 años en adelante (69,6%). De ellos, un elevado número (63,7%) podía hablar inglés, pero muchos, quizás la mayoría, no sabían leer chino ni escribirlo. Un 21,7% de los paquistaníes de 15 años o mayores había recibido como mínimo educación primaria (la proporción total correspondiente para la población de 15 o más años era del 25,4%). Por otra parte, el 36,4% de los paquistaníes de 15 o más años había realizado estudios postsecundarios, lo que supera el porcentaje del conjunto de la población mayor de 15 años que es del 23%.

86.La tasa de actividad de los paquistaníes es del 79,8% entre los hombres y del 8% entre las mujeres. Algunas mujeres paquistaníes han resultado ser un objetivo más difícil para las actividades de comunicación y no han respondido a los intentos de contactar con ellas de los proveedores de servicios. En momentos de crisis, prefieren al parecer dirigirse a sus maridos o a los miembros del clan. Puesto que no están dispuestas a pedir la ayuda de otros conciudadanos, muchas no tienen conocimiento de los servicios de asistencia social a su disposición. A la vista de la renuencia de los paquistaníes (sobre todo de las mujeres) a recurrir a los servicios comunitarios, el Gobierno y las ONG han adoptado un enfoque más proactivo recurriendo a tareas de divulgación, realizadas por distintos asociados a nivel de distrito y a grupos de autoayuda gestionados por miembros de la comunidad paquistaní. Hemos suministrado, en consecuencia, fondos para la creación y el funcionamiento de un equipo de apoyo de la comunidad paquistaní. Este equipo está dirigido por un grupo de la comunidad paquistaní en asociación con una ONG local con experiencia, y su función es prestar asistencia y servicios de apoyo a colonos paquistaníes, en su propio idioma y con respeto hacia su cultura.

87.Alrededor del 31% de los paquistaníes que trabajan pertenecen a la categoría "gestores y administradores", seguido de los "profesionales asociados y ocupaciones elementales". A finales de enero de 2007, había un total de 1.213 casos de beneficiarios de la Asistencia General de Seguridad Social, en los que los receptores eran originarios del Pakistán. Para ayudar a que los destinatarios de la Asistencia General que estén desempleados y no tengan discapacidad alguna, en particular los paquistaníes, consigan un trabajo remunerado a tiempo completo y sean autónomos, el Departamento de Bienestar Social, a través del Plan de Apoyo a la Autosuficiencia, les proporciona asistencia personalizada en materia de empleo y oportunidades de trabajo comunitario, para así mejorar sus posibilidades de lograr empleo y aumentar la confianza en sí mismos.

88.Para ayudarles a encontrar trabajo, el Departamento de Trabajo brinda, también a los paquistaníes, una amplia gama de servicios gratuitos de ayuda al empleo a través de una red de doce centros de empleo, un centro telefónico de servicios de empleo y un servicio bilingüe de empleo interactivo en la red. Con el objetivo específico de facilitar a los paquistaníes el uso de los servicios de empleo públicos, se ha traducido al urdu el manual Servicios de Empleo del Departamento de Trabajo de fácil uso. En los centros de empleo se organizan regularmente reuniones de información específicamente destinadas a las minorías étnicas. También se les alienta a que participen en el Programa de Determinación de Empleo Adecuado a la Formación del Departamento de Trabajo, de forma que puedan beneficiarse de entrevistas más sustantivas, asesoramiento sobre perspectivas de carrera y determinación activa de empleos adecuados a su formación.

Solicitantes de asilo y denunciantes de torturas

89.Durante las consultas públicas previas a la preparación de este informe, una serie de comentaristas acusó al Gobierno de malas prácticas y deficiencias en el trato que dispensa a los refugiados, los solicitantes de asilo y los denunciantes de torturas. Aunque los asuntos que se mencionan, en nuestra opinión, no constituyen una discriminación racial, a la luz de la gravedad de las alegaciones hemos de explicar nuestra política y práctica para aclarar malentendidos innecesarios así como percepciones erróneas.

90.En los últimos años, los solicitantes de asilo y los denunciantes de torturas en Hong Kong han atraído la atención de algunas ONG. En la RAEHK no se aplica la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951. Si dicha Convención se aplicase en nuestro territorio, la situación única de Hong Kong, de reducida superficie y población densa, con un transfondo de relativa prosperidad económica y un régimen de visados liberal, nos haría vulnerables a posibles abusos. Por ello, nuestra firme política radica en la no concesión de asilo, por lo que no tenemos obligación alguna de admitir a personas que tratan de obtener el estatuto de refugiados en virtud de la Convención de 1951.

91.El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) atiende las solicitudes presentadas en Hong Kong para obtener el estatuto de refugiado. El Gobierno mantiene una estrecha colaboración con el ACNUR para garantizar que las personas a las que se haya denegado la solicitud de asilo y que carecen de permiso para permanecer en Hong Kong abandonen el territorio conforme a la ley. Según el ACNUR, a finales de 2006 había unas 2.370 solicitudes de asilo pendientes, que afectaban a 2.407 personas. No obstante, puesto que el Gobierno no atiende a las peticiones de asilo, no disponemos de datos sobre la composición demográfica de los refugiados y solicitantes de asilo. Algunos solicitantes de asilo han presentado quejas amparándose en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes para que no se les repatríe a sus países de origen. A fecha de diciembre de 2006, había 700 denuncias de torturas pendientes. La mayoría de los denunciantes de torturas provenían de países del Asia meridional, y otros de África. El colectivo de solicitantes de asilo y el de denunciantes de torturas coinciden en gran medida.

92.Toda persona que presente una denuncia por torturas y no la fundamente será expulsada de Hong Kong de acuerdo con las leyes locales. Por otra parte, a los denunciantes de torturas que hayan fundamentado su denuncia no se les expulsará a un país sobre el que existan motivos sustanciales para creer que corren riesgo de ser torturados. No obstante, se considerará su envío a otro país en dónde se les admita y no corran peligro de ser torturados. Además, si cambios posteriores en las condiciones del país son de tal naturaleza que una alegación de peligro de ser torturado ya no puede mantenerse, se considera la posibilidad de expulsar a la persona en cuestión a dicho país.

93.En cuanto a los asuntos específicos planteados, algunos comentaristas han acusado al Gobierno de haber realizado detenciones arbitrarias de solicitantes de asilo.

94.Hemos de señalar que, en Hong Kong, el hecho de que una persona sea un solicitante de asilo o denunciante de torturas no se traduce de por sí sólo en el enjuiciamiento o la detención de dicha persona. Sin embargo, quien sea descubierto infringiendo nuestras leyes puede ser objeto de acciones coercitivas de esta índole, como sucede, por ejemplo, con las personas que han entrado en Hong Kong de manera ilegal o que han infringido las condiciones en las que se les permitió residir.

95.Si una persona es detenida con arreglo a la ley y se trata de un solicitante de asilo o denunciante de torturas, el Director de Inmigración puede, con un criterio caso por caso, concederle la libertad bajo fianza a la espera de la decisión de las autoridades pertinentes en lo referente a su alegación o, en el caso de refugiados bajo el mandato del Alto Comisionado, hasta que el ACNUR disponga su reasentamiento en otra parte. A finales de enero de 2007, el 73% de las personas detenidas por diversos motivos obtuvieron la libertad bajo fianza.

96.El trato que se dispensa a los inmigrantes detenidos se rige por la ley al caso. Las autoridades correspondientes determinan si un centro de detención es apropiado para alojar a los detenidos. Hay vías de denuncia abiertas para cada preso y no se les castigará por presentar una queja.

97.Algunos observadores alegaron que el Gobierno no estaba prestando suficiente apoyo a los solicitantes de asilo y denunciantes de torturas, y que estaba privando a estas personas de sus necesidades básicas, así como denegando educación a sus hijos a la espera del resultado de su solicitud o denuncia.

98.Estas alegaciones son infundadas. Por motivos humanitarios, el Gobierno proporciona, según los casos y las necesidades, ayuda en especie a los solicitantes de asilo y denunciantes de torturas que se ven imposibilitados de subvenir a sus necesidades básicas durante su estancia temporal en Hong Kong. La ayuda puede ser de varios tipos: alojamiento temporal, alimentación, vestido y necesidades básicas de otro tipo, estipendios para transporte, asesoramiento, y recomendaciones de exención del pago de los costos sanitarios en hospitales y clínicas públicos. El tipo de asistencia que se brinda depende de las necesidades y de la situación personal del interesado.

99.Los niños que no tienen derecho a permanecer en Hong Kong, incluidos los solicitantes de asilo y los denunciantes de torturas, son objeto de expulsión, y por ello generalmente no se plantea el asunto de su escolarización en Hong Kong. Si todo apunta a que transcurrirá bastante tiempo antes de que se proceda a la expulsión, la Oficina de Educación organizará su escolarización cuando corresponda. Si se dan razones humanitarias de peso, se proporcionará, con criterio individual, ayuda para financiar los estudios, aunque los niños interesados generalmente no reúnen los requisitos necesarios para ello.

100.Algunos observadores han comentado que el Gobierno debería ampliar el alcance de la asistencia jurídica, poniéndola a disposición de los procedimientos para el esclarecimiento de las denuncias por torturas y la determinación del estatuto de refugiado.

101.Nuestra política de asistencia jurídica se centra en garantizar que nadie con motivos legítimos para emprender o defender acciones judiciales en tribunales de Hong Kong deje de hacerlo por falta de medios. Se otorga ayuda jurídica a toda persona, sea o no residente, que reúna los requisitos exigidos para ello, tanto en lo que respecta a la falta de medios como a la admisibilidad de su demanda en cuanto al fondo.

102.Puesto que el servicio de asistencia jurídica es una parte integrante del sistema legal de Hong Kong, en virtud de la Ordenanza de Ayuda Jurídica y de las Normas de Ayuda Jurídica en casos penales, sólo se concederá asistencia jurídica para la representación legal en procesos civiles y penales ante los tribunales de Hong Kong. Por lo tanto, no se brinda ayuda jurídica de no existir un proceso judicial. Por el momento, el Gobierno no tiene intención de cambiar la política existente.

103.Algunos comentaristas alegaron también que no se prestó ayuda a los solicitantes de asilo o denunciantes de torturas que habían sido víctimas de violencia doméstica o abuso sexual.

104.Una vez más, ello es incierto. Las víctimas de agresiones sexuales y físicas y de delitos conexos, así como los testigos vulnerables de dichos delitos, disfrutan de protección en virtud de nuestra legislación pertinente independientemente de su situación en materia de residencia. Los servicios están a disposición de todas las víctimas de la violencia doméstica y de abusos sexuales incluidos los solicitantes de asilo y denunciantes de torturas. Dichos servicios consisten en asistencia jurídica y médica, apoyo/asesoría psicológica, alojamiento/vivienda temporal, otras intervenciones de urgencia a corto plazo, etc.

C. Artículo 3. Prohibición de la segregación racial y el apartheid

105.La situación sigue siendo la explicada en el párrafo 61 del informe inicial. Es decir, no se practica en Hong Kong ninguna forma de apartheid ni de segregación racial, que tampoco serían tolerados por el pueblo ni el Gobierno de Hong Kong.

Pautas de asentamiento

106.En los párrafos 62 a 64 del informe inicial, informamos al Comité de que se descubrió que algunos grupos étnicos eran más numerosos en algunas localidades que en otras pero no había ningún indicio importante de tendencias a la "formación de guetos".

107.La situación sigue siendo en gran parte la misma: los miembros de las comunidades de Asia meridional continúan asentándose en el barrio de Tsimshatsui, zona donde han tendido tradicionalmente a congregarse, mientras que la comunidad nepalesa tiende a vivir en la región noroccidental de los Nuevos Territorios, cerca de las antiguas bases militares británicas. En los últimos años también hemos podido observar un aumento de la población pakistaní en las zonas recientemente desarrolladas de Yuen Long, Tin Shui Wai y Tung Chung, que es probable que se deba a que en esas zonas se ha construido nueva vivienda pública. Aunque el factor económico, junto con otros motivos como la confianza y el apoyo mutuo, tiene sin duda importancia en la determinación de las pautas de asentamiento, en ninguna de esas zonas reside una minoría étnica concreta de forma predominante. Las comunidades étnicas continúan conviviendo con la mayoría china local, en un ambiente que generalmente es de paz y armonía, en los distintos distritos de Hong Kong. El Gobierno continuará aplicando su política de integración de forma activa y fomentará la participación de las comunidades étnicas en la comunidad general de Hong Kong.

D. Artículo 4. Condena de la propaganda y las organizaciones que se basan en la superioridad racial

108.La situación sigue siendo la explicada en los párrafos 65 a 70 del informe inicial. Es decir, la RAEHK y su pueblo no toleran los puntos de vista de los extremistas y las organizaciones racistas, y en Hong Kong no existen tales organizaciones. Si bien defendemos firmemente la libertad de opinión y expresión, nuestra legislación también contiene disposiciones y medidas adecuadas que permitirían castigar o eliminar eficazmente cualquier acto de violencia basado en motivos raciales.

109.Cuando se promulgue, el proyecto de ley sobre la discriminación racial propuesto, que se describe en los párrafos 66 a 72 del presente informe, reforzará más aún la legislación en vigor y considerará ilícitas las conductas de toda persona u organización que, en público, inciten al odio, al grave desprecio o a la intensa ridiculización de otra persona o tipo de personas por motivos de raza. También tipificará los delitos de escarnio grave, por ejemplo, amenazar con causar daño físico o incitar a los demás a amenazar con causar daño físico a personas concretas, o a los bienes o locales de esas personas. El escarnio racial grave se tipifica como delito penal en el proyecto de ley y se castiga con una multa de 100.000 dólares de Hong Kong (12.821 dólares de los EE.UU.) y una pena de prisión de dos años.

E. Artículo 5. Garantías de los derechos de todas las personas sin distinciónpor motivos de raza, color u origen nacional o étnico

1.Párrafo a) del artículo 5. Igualdad de tratamiento ante los tribunales y los órganos que administran justicia

110.En Hong Kong todas las personas, con independencia de su raza, color u origen nacional o étnico, son iguales ante la ley y tienen acceso a los tribunales en igualdad de condiciones. Así está dispuesto expresamente en el artículo 25 de la Ley fundamental y los artículos 1, 10 y 22 de la Ordenanza sobre la Carta de Derechos de Hong Kong.

111.Pueden obtener asistencia jurídica todas las personas una vez que acreditan tener derecho a ello por su situación económica y que tienen fundamentos para una acción judicial. El artículo 11 de la Ordenanza sobre la Carta de Derechos de Hong Kong dispone que toda persona acusada de delito tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a asistencia jurídica cuando así lo requieren los intereses de la justicia y en forma gratuita si no puede pagarla. El funcionamiento del sistema de asistencia jurídica se explica en los párrafos 34 a 37 de la Parte A.

Decisiones adoptadas en virtud de la Ordenanza sobre la inmigración

112.La situación sigue siendo la explicada en los párrafos 75 y 78 del informe inicial.

113.Algunos oradores han expresado su preocupación por los problemas de los posibles abusos de poder por parte de los policías del Departamento de Inmigración que desempeñan sus funciones en las fronteras, quienes podrían haber tomado decisiones respecto de la denegación de entrada o la prórroga de un visado basándose en prejuicios raciales.

114.Esas especulaciones son infundadas. Para ofrecer protección contra los abusos de poder, el Departamento de Inmigración ha establecido una serie de directrices y procedimientos para que los funcionarios que desempeñan sus funciones en las fronteras tramiten las solicitudes. Dicho Departamento también imparte formación a los nuevos reclutas y a los funcionarios de inmigración en activo para fomentar la cultura de la cortesía y la imparcialidad con arreglo a la ley. Se capacita a todos los funcionarios para que traten a todo el público con respeto y profesionalismo, independientemente de su raza, género, nacionalidad, edad, estado civil, embarazo, situación familiar, religión o discapacidad. La capacitación general en materia de derechos humanos impartida por el Departamento de Inmigración también abarca cuestiones relacionadas con la Ordenanza sobre la Carta de Derechos de Hong Kong y otras leyes aplicables. Además, el público que se considera agraviado por las acciones o decisiones del Departamento de Inmigración tiene acceso a los mecanismos y las disposiciones en materia de revisión establecidos.

Detención policial

115.La situación sigue siendo la explicada en el párrafo 79 del informe inicial. Los derechos de las personas detenidas se comunican a los detenidos, con independencia de su raza, color u origen nacional o étnico. De ser necesario, también se ofrecen servicios de traducción.

2.Párrafo b) del artículo 5. Seguridad personal

116.Hubo un orador que planteó cuestiones acerca de las medidas adoptadas por la policía y el Departamento de Servicios Correccionales para prevenir la discriminación racial. A ese respecto, confirmamos que los funcionarios de la policíay del Departamento de Servicios Correccionales actúan de conformidad con las leyes de Hong Kong, todas las convenciones internacionales vinculantes y otras normas aplicables.

117.En el Departamento de Servicios Correccionales se exige a los funcionarios que observen las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos. Asimismo se les obliga a tratar a todas las personas detenidas en igualdad de condiciones, con respeto y humanidad, con independencia de su raza, color o nacionalidad. En la aplicación de las normas disciplinarias establecidas por la legislación se mantiene un alto nivel de exigencia. Se les imparte formación en el ámbito de la sensibilidad cultural y las medidas para hacer frente a la discriminación racial como parte de su capacitación al ser contratados y también en el marco de los cursos de formación continua en el empleo organizados regularmente. Asimismo se les obliga a recordar y actualizar los conocimientos pertinentes a través de cursos de formación en el empleo.

118.En lo que concierne a la policía, la formación relacionada con la sensibilidad racial ya se incluye en la capacitación básica que se imparte a los nuevos reclutas tanto en los rangos de inspectores como en los de guardias. Algunos de los temas que cubre la formación son la cuestión general del prejuicio y la discriminación y las posibles dificultades que presenta la actuación policial en una sociedad multicultural.

119.A nivel estratégico, en marzo de 2006 la policía estableció un Grupo de Trabajo sobre etnias distintas de la china para estudiar las necesidades del servicio de policía de las etnias distintas de la china en Hong Kong. Además, a nivel de distrito, varias unidades policiales han desarrollado y llevado a cabo una amplia variedad de iniciativas para hacer frente a determinados problemas específicos relacionados con etnias distintas de la china. Los agentes de policía pertenecientes a dichas etnias también participan en iniciativas encaminadas a mejorar la comprensión de las distintas creencias religiosas que coexisten dentro de los cuerpos policiales.

3.Párrafo c) del artículo 5. Derechos políticos

Elección del Jefe del Ejecutivo y elecciones al Consejo Legislativo y los consejos de distrito

120.El sistema de elección del Jefe del Ejecutivo y de elecciones al Consejo Legislativo y a los consejos de distrito se explica en la parte A de este informe, en los párrafos 6 a 17. Todos los residentes permanentes de Hong Kong con 18 años o más que residan habitualmente en Hong Kong tienen derecho a inscribirse como electores para designar a los consejeros del Consejo Legislativo que se nombran con arreglo a una circunscripción geográfica y a los miembros de los consejos de distrito. El electorado de las circunscripciones orgánicas del Consejo Legislativo está formado por las organizaciones más representativas de los sectores pertinentes y miembros de profesiones con cualificaciones reconocidas y sólidas. Los miembros del Comité Electoral, que constituyen el electorado que designa al Jefe del Ejecutivo, son nombrados mediante elecciones con arreglo a las cuotas sectoriales y orgánicas, y están sometidos a las disposiciones jurídicas pertinentes. En esas disposiciones no existe referencia alguna a la raza, el color o el origen nacional o étnico.

121.Todas las personas que están inscritas como electores por la circunscripción geográfica, que tienen 21 años o más y que han residido habitualmente en Hong Kong durante los tres años inmediatamente anteriores a la elección respectiva pueden ser candidatos en las elecciones a los consejos de distrito. Los candidatos en las elecciones por las circunscripciones geográficas del Consejo Legislativo deben ser ciudadanos chinos sin derecho de residencia en ningún otro país distinto de la República Popular de China.

122.Los candidatos para las circunscripciones funcionales del Consejo Legislativo deben ser electores inscritos en las circunscripciones respectivas o tener una vinculación importante con ellas. También deben ser electores de circunscripciones geográficas, tener la misma edad y cumplir los mismos requisitos de residencia que en el caso de las elecciones por las circunscripciones geográficas. El artículo 67 de la Ley fundamental dispone que los residentes permanentes de la RAEHK que no sean de nacionalidad china o que tengan derecho de residencia en países extranjeros pueden ser miembros del Consejo Legislativo en caso de resultar elegidos, siempre que su número no exceda del 20% del número total de integrantes del Consejo.

123.El artículo 44 de la Ley fundamental dispone que el Jefe del Ejecutivo deberá ser un ciudadano chino de menos de 40 años que sea residente permanente de la RAEHK sin derecho de residencia en otro país y que haya residido de forma ordinaria en Hong Kong durante un período continuo de 20 años como mínimo.

124.Las leyes que rigen las candidaturas al cargo de Jefe del Ejecutivo y a las elecciones al Consejo Legislativo y a los consejos de distrito no hacen referencia alguna a la raza, el color o el origen nacional o étnico.

Igualdad de acceso a las funciones públicas

125.El Gobierno es el empleador más importante de Hong Kong y el proceso de contratación es muy competitivo. Al tratarse de un empleador que defiende la igualdad de oportunidades, los nombramientos para la administración pública se basan en la competencia abierta e imparcial. En general, los requisitos de ingreso en el cuerpo de funcionarios se establecen sobre la base de las cualificaciones académicas o profesionales que se pueden obtener en las instituciones u órganos profesionales locales (o equivalentes), los conocimientos técnicos, la experiencia laboral, el dominio de idiomas y otras cualidades o atributos necesarios para cada puesto particular.

126.Tradicionalmente se contrataba a los funcionarios locales y externos con diferentes condiciones de servicio. Sin embargo, en las circunstancias actuales, ya no es tan necesario hacerlo así. Por consiguiente, se introdujo un conjunto de condiciones de servicio comunes a todos los candidatos seleccionados de modo que, desde enero de 1999, se designaría a los nuevos reclutas con arreglo a las mismas condiciones de empleo independientemente de su origen. Al 31 de diciembre de 2006, la administración pública contaba con 154.000 funcionarios. La mayoría de ellos actuaban en condiciones de trabajo locales (los contratados antes de 1999), y después estaban aquellos que eran funcionarios contratados con arreglo a las condiciones comunes/nuevas (los contratados después de 1999). Los funcionarios de contratación internacional constituían el 0,2% de la administración pública.

Requisito de la residencia permanente

127.En el artículo 99 de la Ley fundamental se estipula que, excepto en el caso de los nacionales extranjeros, a los que se refieren las disposiciones contenidas en el artículo 101, los funcionarios públicos deben ser residentes permanentes de la RAEHK. No se hace ninguna distinción por motivos de raza o nacionalidad: existen residentes permanentes que son nacionales extranjeros y residentes no permanentes que pertenecen a la etnia china. En el artículo 101 se estipula que el Gobierno de la RAEHK puede emplear a nacionales extranjeros que hayan trabajado previamente en la administración pública de Hong Kong, o se hayan convertido en residentes permanentes de la RAEHK, para que actúen como funcionarios públicos en los departamentos gubernamentales a todos los niveles, excepto en los principales cargos oficiales, que deberían ocupar sólo los residentes permanentes de Hong Kong que sean ciudadanos chinos y no tengan derecho de residencia en ningún país extranjero. Asimismo, se estipula que "el Gobierno puede emplear a nacionales extranjeros como asesores de los departamentos gubernamentales y, cuando sea necesario, puede contratar a candidatos calificados que no residan en Hong Kong para cubrir vacantes de profesionales y técnicos en los departamentos gubernamentales". Por lo demás, el acceso a la función pública está abierto a todas las personas calificadas. La contratación se basa en un concurso de oposición abierto y justo. Las personas que cumplen los requisitos específicos de ingreso (que se basan en las calificaciones y la experiencia) pueden presentar su candidatura y competir por las vacantes.

Requisitos lingüísticos

128.Al tratarse de un centro financiero y comercial internacional, el inglés es un importante idioma de trabajo en Hong Kong, aunque casi el 95% de la población beneficiaria de los servicios habla chino. Así pues, el objetivo a largo plazo de la RAEHK es crear y mantener una administración pública bilingüe. Lograr ese objetivo entrañará que los funcionarios públicos puedan funcionar eficaz y eficientemente en los dos idiomas oficiales de Hong Kong y en todas las categorías de la administración pública es necesario especificar los requisitos de chino e inglés que son proporcionales a la descripción del puesto. No obstante, cuando las necesidades operacionales lo requieren, los departamentos pueden pedir la exención para los candidatos que poseen conocimientos especializados pero no cumplen los requisitos lingüísticos.

4.Párrafo d) del artículo 5. Derechos civiles

i) Libertad de circulación

129.La situación sigue siendo la explicada en el párrafo 95 del informe inicial. Es decir, la libertad de circulación se consagra en el artículo 31 de la Ley fundamental.

ii) Libertad para salir del territorio

130.La situación sigue siendo la explicada en el párrafo 105 del informe inicial. Es decir, el artículo 31 de la Ley fundamental dispone que los residentes de Hong Kong pueden viajar libremente y entrar o salir de la Región.

iii) Derecho de residencia

131.Como se explica en el párrafo 106 del informe inicial, el artículo 24 de la Ley fundamental prescribe las categorías de personas que son residentes permanentes de la RAEHK, por lo que tienen derecho a obtener, de conformidad con las leyes de la Región, una cédula de identidad permanente en que conste su derecho de residencia. La interpretación del apartado 4) del artículo 22 y de los apartados 2) y 3) del artículo 24 de la Ley fundamental aprobada por el Comité Permanente del Noveno Congreso Nacional del Pueblo en su décimo período de sesiones, celebrado el 26 de junio de 1999 y la jurisprudencia del Tribunal Superior de Apelación en los procesos relacionados constituye una base jurídica firme para que el Gobierno tramite los casos relativos al derecho de residencia.

iv) Derecho al matrimonio

132.La situación sigue siendo la explicada en el párrafo 111 del informe inicial. Es decir, el artículo 19 de la Carta de Derechos dispone, entre otras cosas, el reconocimiento del derecho del hombre y la mujer en edad de contraer matrimonio de contraerlo y fundar una familia. No puede celebrarse el matrimonio sin el consentimiento libre y pleno de cada uno de los cónyuges. La libertad de contraer matrimonio también está protegida en el artículo 37 de la Ley fundamental. Este derecho rige sin distinciones por motivos de raza, color u origen nacional o étnico. El matrimonio entre personas de diferente origen étnico es habitual y está bien aceptado en la RAEHK.

v) y vi) Derecho a ser propietario y derecho a heredar

133.La situación sigue siendo la explicada en el párrafo 119 del informe inicial. Es decir, el artículo 105 de la Ley fundamental dispone que la RAEHK, conforme a su legislación, protegerá el derecho de las personas físicas y jurídicas a adquirir, usar, enajenar y heredar bienes y su derecho a indemnización por expropiación. Los derechos previstos en los incisos v) y vi) del apartado d) del párrafo 5 se garantizan tanto por la legislación escrita como por el common law. Se aplican -al igual que las normas que permiten hacerlos valer- sin discriminación por motivos de raza, color u origen nacional o étnico.

vii) Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión

134.La situación sigue siendo la explicada en el párrafo 120 del informe inicial. Es decir, el artículo 32 de la Ley fundamental dispone que los residentes de Hong Kong gozarán de la libertad de conciencia, la libertad de creencias religiosas y la libertad de prédica y de realizar y participar en actividades religiosas en público. La libertad de pensamiento, de conciencia y de religión está garantizada también por el artículo 15 de la Carta de Derechos, que pone en aplicación en la legislación interna el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. En virtud del artículo 1 de la Carta de Derechos gozan de esas libertades todos los residentes con independencia de su raza, color u origen nacional u otras condiciones.

135.En los párrafos 121 y 122 del informe inicial, señalamos un caso de controversia sobre propuestas para la construcción de una mezquita en Fanling, en los Nuevos Territorios. Esta controversia surgió a raíz de la oposición de los residentes de un conjunto de viviendas vecino al lugar propuesto para la mezquita debido a la proximidad con sus viviendas y a las posibles repercusiones sobre el tráfico. No obstante, nos complace informar de que en 2005 se aprobó la solicitud de la concesión privada del solar para la construcción de la mezquita después de celebrar consultas con el Consejo del Distrito y los residentes afectados.

viii) Libertad de expresión

136. La situación sigue siendo la explicada en el párrafo 123 y 124 del informe inicial. Es decir, la libertad de expresión está consagrada constitucionalmente en el artículo 27 de la Ley fundamental, que declara que los residentes de Hong Kong gozarán de la libertad de palabra, de prensa y de publicación. La libertad de expresión está amparada también por el artículo 16 de la Carta de Derechos. Como se ha indicado en e l párrafo 134, el artículo 1 de la Carta de Derechos dispone que los derechos reconocidos en ella se disfrutarán sin distinción de ninguna clase, como las motivadas por la raza, el color o el origen nacional o social.

ix) Derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas

137.La situación sigue siendo la explicada en el párrafo 125 del informe inicial. La libertad o el derecho de reunirse y manifestarse pública y pacíficamente son derechos fundamentales garantizados por la Ley fundamental y la Ordenanza sobre la Carta de Derechos de Hong Kong. El Gobierno de la RAEHK sigue estando firmemente comprometido a proteger esos derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos de Hong Kong, con independencia de su raza, color u origen nacional o étnico.

138.A fin de asistir a los funcionarios que desempeñan sus funciones en las fronteras en el ejercicio de su competencia para regular las reuniones y manifestaciones públicas, la policíaha difundido ampliamente el documento Guidelines on the approach to the Public Order Ordinance in relation to public meetings and public processions (Directrices sobre el enfoque de la ordenanza relativa al orden público respecto de las reuniones y manifestaciones públicas) entre los funcionarios que desempeñan sus funciones en las fronteras. Estas Directrices tienen por objetivo explicar también el significado de los términos importantes y proporcionar orientación adicional sobre los términos empleados respecto de los límites de la competencia de la policía. Asimismo se han colocado en el sitio web de la policía y en las salas de información de las comisarías para su consulta por parte del público.

5. Artículo 5 e) . Derechos económicos, sociales y culturales

i) Derechos laborales

139.La posición acerca de la protección de los derechos laborales sigue siendo en general idéntica a la expuesta en los párrafos 124 a 139 del informe inicial, con algunas novedades en determinadas esferas, que se explican a continuación.

Trabajadores extranjeros de servicio doméstico

140.La información sobre la situación actual de los trabajadores extranjeros de servicio doméstico en Hong Kong ha sido actualizada en los párrafos 76 a 80 de este informe en relación con el artículo 2. En los párrafos siguientes, abordamos más detenidamente las inquietudes planteadas por algunos observadores acerca de cuestiones relativas a las condiciones de admisión y empleo de estos trabajadores domésticos.

a) Norma de las dos semanas

141.En el párrafo 18 de las observaciones finales, el Comité expresó su preocupación

"… por la situación de los empleados domésticos extranjeros en la Región Administrativa Especial de Hong Kong, sobre todo los procedentes de Filipinas, Indonesia y Tailandia, y por la existencia de ciertas normas y prácticas, como la denominada "norma de las dos semanas", que podrían dar lugar a discriminaciones."

142.Como se explicó en los párrafos 27 a 33 del informe inicial, la norma de las dos semanas que afecta a los empleados domésticos se impone para prevenir los abusos y disuadir a los empleados domésticos extranjeros y los trabajadores contratados en origen de prolongar su estancia más tiempo del autorizado y de aceptar trabajo no autorizado. Esa misma norma se aplica también a otros trabajadores migrantes, como los contratados en origen con arreglo al Plan de Mano de Obra Suplementaria, con independencia de su país de procedencia. No se basa en la discriminación racial, ni la genera. La norma no impide a los empleados domésticos trabajar de nuevo en Hong Kong después de haber vuelto a sus lugares de origen ni les ocasiona gastos adicionales ya que los pasajes los pagan sus empleadores. En circunstancias excepcionales, como la terminación del contrato de trabajo por causa de traslado al extranjero, emigración, fallecimiento o dificultades económicas del empleador, o cuando hay pruebas de que el empleado ha sido objeto de abusos, el Departamento de Inmigración puede permitir que los empleados afectados cambien de empleador sin necesidad de volver a sus países de origen antes de firmar nuevos contratos en Hong Kong. Además, un empleado doméstico extranjero, si es necesario, puede solicitar la prórroga de su estancia al Departamento de Inmigración para facilitar la tramitación de demandas judiciales.

b) Salario mínimo

143.El Gobierno estableció el salario mínimo para los empleados domésticos extranjeros en 1973 con el fin de protegerlos de la explotación y garantizar que los empleados locales no vieran reducidos sus salarios debido a la mano de obra extranjera barata. Como se explica en el párrafo 77 de este informe (en relación con el artículo 2) el salario es objeto de revisiones periódicas, proceso en el que se tiene en cuenta la situación económica y laboral general de Hong Kong en relación con un conjunto de indicadores económicos. En febrero de 2003, a raíz de la revisión salarial, se decidió reducir el salario en 400 dólares de Hong Kong (51 dólares de los EE.UU.), es decir, un 10,9%, con lo que pasó de 3.670 dólares de Hong Kong (471 dólares de los EE.UU.) a 3.270 dólares de Hong Kong (419 dólares de los EE.UU.) a partir del 1º de abril de 2003. A pesar de que desde entonces el salario ha aumentado tras las revisiones periódicas de 2005 y 2006, a la vista del nivel que actualmente presenta el ingreso mínimo entre los empleados del territorio, ha habido peticiones para que se "restituyan" los 400 dólares de Hong Kong afectados por la reducción.

144.La reducción del salario mínimo en 2003 fue consecuencia del mecanismo de revisión salarial, bien asentado y experimentado, que se explica en el párrafo anterior, y reflejaba el estado de la economía local en el período de 1999 a 2002. Al hacer la revisión, el Gobierno tiene en cuenta la situación económica general imperante (por ejemplo, el producto interior bruto) y la situación del empleo, reflejadas en indicadores económicos que incluyen la correspondiente evolución de la renta (como los ingresos de los trabajadores no cualificados), la evolución de los precios (por ejemplo, el índice de precios de consumo) y la situación del mercado laboral. Este mecanismo y enfoque se utilizaron en 2003 y en las revisiones anteriores y subsiguientes. Así pues, está descartado "restituir" la cantidad objeto de la reducción.

145.Debemos destacar que el salario es sólo un mínimo establecido para evitar que se abuse de los empleados domésticos extranjeros. Los empleadores no pueden pagar a sus empleados domésticos extranjeros salarios inferiores al estipulado, pero sí pueden, como hacen muchos, pagarles salarios por encima del mínimo establecido. Además, como ya se ha dicho, desde la reducción de 2003, el salario también ha sido revisado al alza y su cuantía actual, de 3.400 dólares de Hong Kong mensuales (436 dólares de los EE.UU.), es mejor que el salario ofrecido a los empleados domésticos en las economías asiáticas.

c) Impuesto de readiestramiento profesional

146.El impuesto de readiestramiento profesional, que asciende a 400 dólares de Hong Kong (51 dólares de los EE.UU.) mensuales según lo estipulado en la Ordenanza de readiestramiento de empleados (cap. 423) desde su promulgación en 1992, se hizo extensivo a los empleadores de trabajadores domésticos extranjeros en octubre de 2003. Se han formulado alegaciones contra el Gobierno por "abusar" de los empleados domésticos extranjeros al usar la reducción del salario mínimo de ese año, de 400 dólares de Hong Kong (51 dólares de los EE.UU.), para compensar el gravamen impuesto a sus empleadores. Queremos aclarar que el ajuste del salario mínimo y el establecimiento del gravamen son dos cuestiones completamente distintas. Cabe señalar que el salario mínimo se ajustó en 2003 de acuerdo con el principio y el mecanismo establecidos, mientras que la cuantía del gravamen había sido legalmente establecida hacía más de diez años, en 1992. Además, desde que el impuesto se había hecho extensivo a los empleadores de trabajadores domésticos extranjeros en 2003, el salario mínimo había sido ajustado al alza dos veces.

d) Condición de residir en casa del empleador

147.A partir del 1º de abril de 2003, todos los empleados domésticos extranjeros deben trabajar y residir en la vivienda de los empleadores según lo dispuesto en el contrato de empleo tipo, salvo los que trabajan con empleadores que hayan obtenido una autorización excepcional del Director de Inmigración antes del 1º de abril de 2003 para que sus empleados residieran fuera. Si bien algunos empleados pueden aducir que esta condición supone un inconveniente, sostenemos que es acorde con la política bien establecida de permitir que los trabajadores extranjeros sólo trabajen en la RAEHK cuando no haya suficiente oferta de trabajadores locales. Los empleados domésticos extranjeros son admitidos para atender las necesidades de los empleadores de empleados internos. Permitirles residir fuera sería contrario al propósito de contratar en origen empleados domésticos internos a tiempo completo.

148.En cuanto al horario de trabajo de los empleados domésticos extranjeros internos, cabe observar que en Hong Kong no hay horarios legales establecidos. El horario es una de las cuestiones laborales que los empleadores y empleados deben acordar en función de las condiciones del mercado.

e) Protección de la maternidad

149.En el apartado c) del párrafo 130 del informe inicial explicamos las propuestas de que las disposiciones de la Ordenanza de empleo, incluidas las referentes a la protección de la maternidad, siguieran aplicándose al personal de servicio doméstico que vive en casa de sus empleadores y que se introdujera un arreglo flexible para decidir por mutuo acuerdo entre empleadores y empleados la rescisión del contrato. Informamos de que se estaban estudiando las propuestas.

150.Tras haber consultado a las partes interesadas, el Gobierno decidió que todas las disposiciones de la Ordenanza de empleo, incluidas las referentes a la protección de la maternidad, debían seguir aplicándose plenamente a las empleadas domésticas internas, tanto extranjeras como locales. Sin embargo, la propuesta de un arreglo flexible para que las empleadas domésticas internas embarazadas y sus empleadores pudieran decidir por mutuo acuerdo rescindir el contrato, fue abandonada, ya que no obtuvo apoyo de las asociaciones de empleadores y las agrupaciones de empleados.

Trabajadores contratados en origen

151.A 31 de diciembre de 2006 había en Hong Kong 1.144 personas trabajando en el marco del Plan de Mano de Obra Suplementaria, expuesto en detalle en el párrafo 131 del informe inicial. La mayoría de esos trabajadores contratados en origen trabajaban con contratos de dos años. Se les informa de sus derechos y prestaciones legales y contractuales mediante folletos, sesiones de información y un servicio de información telefónica con grabaciones en inglés, cantonés y putonghua. Los empleadores deben pagar a sus trabajadores importados salarios equiparables a los abonados a los trabajadores locales que ocupan puestos similares, proporcionarles asistencia médica gratuita, alojamiento subvencionado que cumpla con determinados requisitos de calidad y un billete de ida y vuelta.

Protección legal

152.Se mantiene en general la misma posición que se expuso en el párrafo 133 del informe inicial. En caso de controversia acerca de los derechos y prestaciones laborales, el Departamento de Trabajo ofrece servicios gratuitos de conciliación. La experiencia muestra que los trabajadores contratados en origen y los empleados domésticos extranjeros que no pueden comunicarse en chino e inglés suelen acudir acompañados por amigos o parientes que hablan uno de esos idiomas al hacer consultas, presentar demandas o acudir a las reuniones de mediación. En esos casos, el Departamento de Trabajo se mostrará flexible para velar por que nadie se vea privado del acceso a sus servicios por dificultades de idioma. Además, el Departamento de Trabajo ha designado a intérpretes para que presten servicio en las reuniones de conciliación y en las investigaciones y el enjuiciamiento penal cuando sea necesario.

Promoción y publicidad de los derechos y prestaciones de los trabajadores

153.En general se mantiene la misma posición que se indicó en los párrafos 134 y 135 del informe inicial. El Departamento de Trabajo publica material divulgativo para informar a los trabajadores contratados en origen de los derechos y las prestaciones legales y contractuales que les corresponden. También mantiene un servicio de consulta telefónica con ese fin en inglés, cantonés y putonghua, y celebra reuniones informativas para todos los trabajadores contratados en origen dentro del plazo de ocho semanas desde su llegada, para informarlos de sus derechos y obligaciones laborales y de los medios de consulta y denuncia a su disposición.

154.Los trabajadores extranjeros de servicio doméstico tienen acceso a la información sobre sus derechos legales y contractuales a través de un servicio de consultas a cargo del Gobierno. El Departamento de Inmigración entrega a todos los empleados domésticos, cuando solicitan sus tarjetas de identidad, folletos y volantes. Se publican en siete idiomas. El Departamento de Trabajo también publica una guía práctica de los derechos y obligaciones de los trabajadores domésticos extranjeros y sus empleadores en cinco idiomas: chino, inglés, tagalo, indonesio y tailandés. La guía se distribuye gratuitamente a los empleados. Para facilitar la consulta se adjunta un contrato tipo de trabajadores domésticos extranjeros en el idioma correspondiente.

Aplicación

155.Se sigue manteniendo la misma posición general que la expuesta en los párrafos 136 a 138 del informe inicial. Los departamentos competentes de la administración, en particular el Departamento de Trabajo, siguen aplicando con firmeza la legislación que regula el empleo de trabajadores contratados en origen para proteger sus derechos y prestaciones.

Servicios de empleo prestados a las minorías étnicas

156.Algunos observadores consideraron que los servicios de empleo ofrecidos por el Gobierno no eran suficientes para atender las necesidades de las minorías étnicas. A continuación se resumen sus opiniones y nuestra respuesta.

157.Algunos han expresado preocupación por el hecho de que muchas minorías étnicas no encontraran empleo a través del Departamento de Trabajo debido a que la información sobre las vacantes se facilitaba en chino. Consideraban que el Gobierno debía ofrecer servicios de empleo plurilingües, con traducción e interpretación para las minorías étnicas.

158.Actualmente el Departamento de Trabajo ofrece una amplia gama de servicios de empleo gratuitos para ayudar a los solicitantes de empleo. Éstos pueden obtener una serie de servicios de empleo en la red del Departamento que comprende 12 centros de colocación laboral, un servicio telefónico de empleo y un servicio interactivo bilingüe de empleo en la Web. Pueden hojear las ofertas de empleo más recientes impresas en los tres idiomas (inglés, chino tradicional y chino simplificado) en las terminales de consulta de ofertas de empleo, de fácil uso, que existen en todos los centros de colocación laboral. Para que las minorías étnicas pudieran utilizar nuestro servicio de empleo se ha traducido el folleto "Guía Simplificada de Servicios de empleo del Departamento de Trabajo" al tagalo, indonesio, tailandés, urdu, hindi y nepalés. De hecho, con muy pocas excepciones, por ejemplo cuando no se puede traducir inmediatamente al inglés toda la información de una oferta de empleo, se traduce al inglés y al chino la información esencial (por ejemplo, en qué consiste el empleo, el horario de trabajo, el salario, el lugar de trabajo). Si los solicitantes de empleo de las minorías desean conocer ofertas más concretas o necesitan otro tipo de asistencia para el empleo, pueden dirigirse directamente al personal de los centros de colocación laboral y el servicio telefónico de empleo del Departamento de Trabajo. Además, en los centros de colocación laboral se organizan periódicamente sesiones de información específicamente dirigida a las minorías étnicas.

159.Algunos también apuntaron que el Gobierno debería crear más oportunidades y programas de empleo y formación para las minorías étnicas. En respuesta a ello, queremos indicar que el Gobierno ha adoptado un enfoque múltiple para promover el empleo en todos los frentes, sin distinción de raza, color ni origen nacional o étnico. El Gobierno también ha iniciado varios programas especiales de empleo, como el Programa de Empleo para la Mediana Edad, el Plan de Empleo a Prueba, el Plan de Orientación y Colocación Laboral, el Plan de Incentivos Especiales para los Empleados Domésticos Locales, el Programa de Formación para el Empleo Juvenil y el Programa de Experiencia Laboral y de Formación para Jóvenes, con miras a potenciar la aptitud para el empleo de los grupos más vulnerables y desfavorecidos. Siempre se alienta a las minorías étnicas que entran en esas categorías a participar en los programas. La Administración seguirá facilitando el desarrollo económico de manera que se creen más oportunidades de empleo en el mercado abierto.

160.En respuesta a las alegaciones de algunos observadores de que el Gobierno no dispone de ventanillas de atención especial para minorías étnicas en sus oficinas de empleo, hemos de decir que siempre se alienta a los miembros de las minorías étnicas a solicitar asistencia en las oficinas de empleo, el servicio telefónico de empleo y el servicio interactivo de empleo de la Web, para encontrar trabajo adecuado. Además, a las minorías étnicas que necesiten un servicio de empleo más personalizado e intensivo se las incita a participar en el Programa de búsqueda de empleo idóneo disponible en las oficinas de empleo del Departamento de Trabajo. En el marco de ese programa, se asigna a cada participante un funcionario de colocación que ofrece a los solicitantes de empleo todos los servicios de empleo, que incluyen una entrevista exhaustiva, orientación profesional y búsqueda activa de un empleo ajustado a la formación. Si es necesario, los funcionarios de colocación también proponen a los solicitantes realizar cursos de formación continua a la medida.

161.Algunos observadores pidieron que el Gobierno facilitara información sobre el número de solicitantes de empleo pertenecientes a minorías que habían encontrado trabajo gracias a los servicios de empleo del Departamento de Trabajo. Sin embargo, resulta problemático hacerlo. La práctica del Departamento de Trabajo consiste en ofrecer servicios de empleo gratuitos a todos los solicitantes sin establecer distinciones en razón de la etnia o la raza. Se facilita la información sobre las ofertas de empleo, que generalmente incluye los datos del empleador, y se anima a los solicitantes a presentarse ellos mismos directamente sin que tengan que remitirlos las oficinas de empleo. Puesto que ni los empleadores ni los solicitantes tienen obligación de informar al Departamento de Trabajo del resultado de la contratación, éste no tiene constancia del número de solicitantes de minorías étnicas que se han colocado.

ii) Derecho a fundar sindicatos y a asociarse a ellos

162.Se mantiene una posición idéntica a la indicada en el párrafo 141 del informe inicial. Es decir, el derecho de fundar sindicatos y sindicarse está garantizado por el artículo 27 de la Ley fundamental y el artículo 18 de la Carta de Derechos de Hong Kong. Hay varios sindicatos registrados que representan específicamente los derechos de los trabajadores extranjeros, como: el Sindicato de Trabajadores Inmigrantes Filipinos; el Sindicato de Trabajadores Migrantes Indonesios; y el Sindicato de Trabajadores Nepalíes en el Extranjero de Hong Kong.

iii) Derecho a la vivienda

163.Nuestra política en materia de vivienda tiene por objeto ofrecer viviendas subvencionadas a las familias con bajos ingresos que no pueden afrontar los alquileres privados. El derecho a la vivienda subvencionada se basa en las necesidades de vivienda del solicitante (que se evalúen de acuerdo con sus ingresos, su patrimonio, sus bienes inmuebles y el período en que han residido en Hong Kong) y se disfruta sin distinciones por motivos de raza, color u origen nacional o étnico.

164.En el párrafo 143 del informe inicial respondimos a la observación relativa a la legislación contra la discriminación racial de los propietarios que se niegan a alquilar las casas a miembros de minorías étnicas. Cuando se promulgue, la ley contra la discriminación racial, que se ha descrito en los párrafos 66 a 72 en relación con el artículo 2, prohibirá que los propietarios discriminen al disponer de las propiedades o en su administración, incluidas las alquiladas, o en el trato de los inquilinos. Creemos que esa norma efectivamente disuadirá a los propietarios de discriminar contra las personas de origen racial o étnico distinto en el contexto del alquiler y la compra de vivienda.

Necesidades de los nuevos inmigrantes en materia de vivienda

165.La adjudicación de las viviendas públicas de alquiler está sujeta a criterios que deben cumplir todos los interesados, con independencia de su raza, color u origen nacional o étnico. Uno de esos criterios es que al menos el 50% de los miembros de la familia solicitante tiene que haber vivido en Hong Kong durante siete años y residir en Hong Kong en el momento de la adjudicación del apartamento de alquiler público. Consideramos que, dada la escasez de vivienda pública disponible, es justo y razonable mantener las actuales normas de residencia para la adjudicación de vivienda pública de alquiler. Como se explicó en el informe inicial, el sistema también tiene la flexibilidad necesaria para ofrecer realojamiento por razones humanitarias en apartamentos de alquiler de propiedad pública a las personas que realmente necesitan una vivienda con urgencia.

iv) Derecho a recibir asistencia médica, a la seguridad social y a los servicios sociales

166.El derecho a recibir asistencia médica, a la seguridad social y los servicios sociales se goza sin distinciones por motivos de raza, color u origen nacional o étnico. El artículo 36 de la Ley fundamental dispone que los residentes de Hong Kong tendrán derecho a la seguridad social conforme a la ley. El artículo 145 dispone que el Gobierno de la RAEHK formulará una política para el desarrollo y la mejora del sistema "a la luz de las condiciones económicas y las necesidades sociales".

167.Nuestra política en materia de seguridad social apunta a atender las necesidades básicas y especiales de la población desfavorecida de Hong Kong. Esto incluye a las personas en situación económicamente vulnerable, las personas de edad y los discapacitados graves. Todos los residentes locales -con independencia de su sexo, raza o religión- gozan del derecho a la seguridad social. Esto se logra a través del Plan de Asistencia General de Seguridad Social, que establece una cobertura amplia sobre bases totalmente gratuitas.

168.El Plan ofrece asistencia económica para completar los ingresos de las personas y familias necesitadas hasta un nivel establecido para cubrir sus necesidades básicas. Para beneficiarse del Plan, el solicitante debe cumplir el requisito de residencia y los criterios económicos. En cuanto al requisito de residencia, el solicitante tiene que haber residido en Hong Kong al menos siete años, de manera continua durante el año precedente a la solicitud. Además, los residentes de Hong Kong menores de 18 años están exentos del requisito de "residencia anterior". Quedan excluidos del Plan quienes se encuentren en Hong Kong ilegalmente y quienes hayan sido autorizados a entrar sin fines de residencia. No obstante, el Director de Bienestar Social tiene discreción para conceder asistencia a solicitantes verdaderamente necesitados, aunque no cumplan el requisito de residencia.

169.Destacamos que el requisito de los siete años de residencia se aplica a todos los solicitantes, con independencia de su raza. También cabe señalar que los países más desarrollados exigen un período de residencia establecido como condición para recibir prestaciones sociales gratuitas. Los solicitantes, con independencia de su origen racial, pueden recibir asistencia de la seguridad social si cumplen los requisitos de residencia, patrimonio e ingresos.

170.Siempre hemos destacado la importancia de promover el conocimiento público del sistema de seguridad social para garantizar que las personas necesitadas dispongan de diversos canales de acceso a la información pertinente. La información sobre la seguridad social está disponible en chino y en inglés, para que puedan consultar la información quienes no hablen chino.

171.Mediante la oferta de servicios sociales a las minorías étnicas procuramos facilitar su integración en la comunidad local. Para ello alentamos a las minorías étnicas necesitadas a que utilicen la ayuda prestada por los servicios generales, como los servicios de asistencia familiar y a la infancia, los servicios para la juventud, los servicios medicosociales, etc. Por ejemplo, en función de las necesidades de cada distrito, los centros de servicios familiares integrados o los centros integrados de servicios a la infancia y la juventud organizan diversos grupos y programas para que las minorías étnicas adquieran una mejor comprensión de la comunidad local en la que residen. Estas actividades también fortalecerán su participación social y les proporcionarán más oportunidades de integrarse en la comunidad local.

172.En cuanto al acceso a la atención médica, una política establecida de la RAEHK es que nadie debe verse privado de un tratamiento médico adecuado por falta de recursos. Todas las personas titulares de tarjetas de identidad válidas de Hong Kong tienen acceso, a un costo muy bajo, a los servicios públicos de salud. Quienes no tengan tarjetas de identidad válidas de Hong Kong también pueden acceder a esos servicios, aunque tendrán que pagar un precio más alto. Esto se aplica con independencia de la raza, el color, o el origen nacional o étnico de la persona.

v) Derecho a la educación y la formación profesional

173.Como se explicó en el párrafo 151 del informe inicial, estos derechos se gozan sin discriminación por motivos de raza, color u origen nacional o étnico. Las escuelas primarias y secundarias imparten enseñanza a todos los niños de Hong Kong con independencia de su raza, color u origen nacional o étnico. Para garantizar que las escuelas tuvieran presente su papel de garantes de la igualdad de oportunidades de todos los alumnos e impulsoras de los conceptos de igualdad y equidad, el Departamento de Educación publicó en diciembre de 2003 una circular sobre "el principio de la igualdad de oportunidades", que fue enviada a todas las escuelas, recordándoles ese papel y su deber de eliminar todas las formas de discriminación por motivos como el sexo, la clase, la raza, la discapacidad, etc. La circular también sirve para recordar a todas las escuelas que, al formular y revisar sus políticas de enseñanza, deben respetar los principios de la igualdad de oportunidades y evitar cualquier tipo de discriminación.

174.En el párrafo 152 del informe inicial abordamos la cuestión de la educación de los niños no chinos. La posición actual en cuanto a las cuestiones de interés pertinentes es la siguiente.

a) Garantía de las plazas escolares

175.Con arreglo a la legislación vigente, en Hong Kong todos los niños de entre 6 y 15 años deben acudir a la escuela y el Secretario Permanente de Educación tiene el deber de velar por que lo hagan. El Departamento de Educación atiende todas las solicitudes de inscripción según un procedimiento normalizado. Todos los niños, con independencia de su origen racial o étnico, son tratados por igual. Las Oficinas Regionales de Educación del Departamento ofrecen asistencia para la inscripción, además de asesorar o informar sobre las escuelas, el sistema educativo o las políticas en materia de educación preescolar, primaria y secundaria. Para facilitar el acceso, las cuatro Oficinas Regionales de Educación están situadas en distintos lugares del territorio, a saber: Isla de Hong Kong, Kowloon, Nuevos Territorios Orientales y Nuevos Territorios Occidentales. La oficina también ofrece asesoramiento y asistencia a los niños con problemas. Mientras que la mayoría de las escuelas del sector público usan el chino como lengua de instrucción, no hay que creer que esas escuelas no están adaptadas para los alumnos que no son hablantes de chino, en particular los que empezaron a hablarlo desde pequeños. Los alumnos de idioma distinto al chino que prefieran el inglés como lengua de enseñanza tienen que competir con los demás alumnos locales para acceder a las escuelas de enseñanza en inglés, y en caso contrario reciben asistencia para su escolarización en los centros pertinentes.

b) Oportunidades para el aprendizaje del chino y servicios de apoyo a los niños que no lo hablan

176.Como se indicó en el apartado c) del párrafo 153 del informe inicial, todos los niños, con independencia de su raza, tienen derecho a estudiar en cualquier escuela del sector público (la mayoría de las cuales emplean el chino como medio de instrucción) siempre que sean residentes permanentes de Hong Kong o posean documentos de viaje con alguna de las autorizaciones prescritas para la permanencia en Hong Kong. Con independencia del medio de instrucción (chino o inglés) adoptado por las escuelas donde estudien, se alienta a los alumnos que no sean hablantes de chino a estudiarlo en la escuela. Con ello se pretende ayudarlos a integrarse en la comunidad local mediante una comunicación efectiva y una mejor comprensión de la cultura local.

177.Reconociendo la necesidad de los alumnos de las minorías étnicas que no son hablantes de chino, hemos intensificado nuestros esfuerzos para poner en práctica medidas especiales y proporcionarles la ayuda educativa adecuada, en particular en su aprendizaje del idioma chino. Las medidas son:

i)Apoyo centralizado prestado por el Departamento de Educación a diez escuelas primarias seleccionadas y cinco escuelas secundarias seleccionadas en el curso 2006/07. El Departamento presta apoyo intensivo en las escuelas seleccionadas para ayudarlas a mejorar el aprendizaje y la enseñanza, en particular en la asignatura de chino, para los alumnos no hablantes. Esa ayuda consiste en visitas periódicas de funcionarios profesionales que se encargan de la programación didáctica en colaboración con los profesores y que ayudan a las escuelas a desarrollar programas de estudios de base escolar sobre lengua china, así como estrategias de estudio y enseñanza, recursos y materiales didácticos escolares, actividades docentes y sistemas de evaluación, etc., en esa lengua. Cada escuela seleccionada recibe una subvención especial de 300.000 dólares de Hong Kong anuales (38.462 dólares de los EE.UU.) durante dos años para organizar programas de apoyo al estudio y la enseñanza del chino para los alumnos que no lo hablan;

ii)Se preparará una guía suplementaria sobre la enseñanza de chino a alumnos que no lo hablan, en el marco del programa general de estudio de la lengua china. Esta guía suplementaria ofrecerá asesoramiento sobre la selección de las metas y objetivos de enseñanza esenciales en las diferentes vertientes, y sobre los principios de selección de material y contexto pertinentes para las distintas necesidades de los alumnos. Se apoyará en ejemplos basados en la experiencia obtenida en el estudio y enseñanza de la lengua china a alumnos de otro idioma en las escuelas locales;

iii)Se encomendó a una universidad local que gestionara centros de apoyo a la enseñanza de chino que ayudaran a los alumnos que no lo hablan y que tienen las mayores dificultades en chino (en particular quienes lo aprendían tarde), ofreciéndoles programas de refuerzo extraescolares o durante las vacaciones. Los centros también participan en la elaboración de recursos didácticos, ofrecen asesoramiento profesional e imparten formación a los profesores de chino;

iv)Los programas de formación para profesores de chino en las escuelas seleccionadas comenzaron en mayo de 2007;

v)A partir del verano de 2007, el programa de verano de cuatro semanas de duración previamente reservado para los nuevos alumnos que no eran hablantes de chino y se incorporaban al primer nivel de primaria se amplió para abarcar también a los alumnos no hablantes que pasaban a los niveles 2, 3 y 4 de primaria para ayudarlos a consolidar los conocimientos de chino que habían adquirido en el primer curso de aprendizaje básico;

vi)Para responder a las aspiraciones de los alumnos no hablantes que querían tener la posibilidad de adquirir otra formación en chino, se tomaron disposiciones para que los interesados pudieran realizar el examen del certificado general de educación secundaria (chino) en Hong Kong a partir de 2007; y

vii)En los últimos años hemos facilitado notas de información y realizado reuniones informativas acerca de los sistemas de asignación de plazas escolares en los principales idiomas de las minorías étnicas (por ejemplo, nepalés, urdu e hindi). Se ha preparado una carpeta y un folleto de información para los padres no hablantes de chino, en inglés y chino, en los que se describen el sistema de educación local y los servicios de apoyo educativo para los alumnos de idioma distinto al chino, y se han distribuido a las escuelas y entre los padres. Ambos materiales han sido traducidos a las principales lenguas de las minorías étnicas para su distribución.

178.En cuanto a la enseñanza extraescolar de idiomas, el Comité permanente del Departamento sobre la enseñanza de idiomas y la investigación, basándose en la experiencia de su gestión de la campaña del inglés en el trabajo, preparará un programa de chino en el trabajo para atender a las necesidades del grupo de alumnos no hablantes de chino.

c) Diversidad en el sector educativo

179.Siguen existiendo alternativas educativas para alumnos con otras preferencias, dentro y fuera del sector público. Por ejemplo, varias escuelas del sector público imparten instrucción en inglés. Algunas ofrecen además la oportunidad de aprender otros idiomas, incluidos los de los principales grupos minoritarios de Hong Kong, como el hindi o el urdu. Además, algunas escuelas, sobre todo privadas, ofrecen programas de estudios extranjeros de primaria y secundaria. En función de los recursos disponibles y del mecanismo de aprobación correspondiente, algunas de estas escuelas privadas pueden recibir una ayuda extraordinaria del Gobierno para la construcción del centro. Actualmente, unas 55 de esas escuelas permiten seguir una serie de programas de estudios como los de los Estados Unidos, Australia, Canadá, Reino Unido, Francia, Alemania, Japón, Corea, Singapur, etc.

d) Acceso a la enseñanza superior y a la formación profesional

180.En el nivel de la enseñanza superior, las ocho instituciones financiadas por el Comité de Subvenciones Universitarias admiten a estudiantes sobre la base de su actuación académica y no académica, lo que incluye los deportes, la música, los servicios públicos, etc. Sus políticas de admisión ofrecen flexibilidad, que les permite aceptar a buenos alumnos sin la calificación pertinente en lengua china a tenor de los exámenes locales. Los admiten aceptando los resultados en un idioma distinto del chino, concediendo una excepción al requisito lingüístico o aceptando otras calificaciones en chino. Para otras instituciones de enseñanza superior de Hong Kong, el párrafo i) del artículo 4 de la Ordenanza sobre los establecimientos de enseñanza superior (cap. 320) dispone entre otras cosas que, para que un establecimiento pueda registrarse con arreglo a la Ordenanza, debe admitirse a los estudiantes "sin que se manifieste preferencia por motivos de raza, nacionalidad o religión".

181.Como se indicó en el párrafo 157 del informe inicial, el Consejo de Formación Profesional sigue ofreciendo capacitación laboral y programas de formación, y la Junta de Readiestramiento de Trabajadores servicios de readiestramiento a las personas que reúnen las condiciones exigidas, con independencia de su raza, color u origen nacional o étnico. Para promover la enseñanza profesional y la formación de personas que no son de idioma chino, en particular las pertenecientes a grupos étnicos minoritarios, el Consejo ha establecido programas específicos para ellas en diferentes materias (como electricidad y soldadura) desde el curso 2003/04. La Junta de Readiestramiento de Trabajadores también ofrece cursos adaptados (uno de seguridad y gestión de la propiedad y otro de servicio doméstico) en inglés, con un programa piloto adaptado a las necesidades profesionales específicas de los adultos que no hablan chino. Ambos cursos se iniciaron en mayo de 2007.

182.Hemos transmitido las opiniones de la comunidad de las minorías étnicas a las universidades locales y las instituciones de enseñanza postsecundaria y profesional, y las hemos alentado a que siguieran mostrando flexibilidad con los alumnos de idioma distinto al chino cuando apliquen las condiciones de conocimientos de chino al admitir a nuevos alumnos y programar los estudios.

Derecho a participar en actividades culturales

183.Sigue manteniéndose la posición explicada en el párrafo 159 del informe inicial. El derecho a participar en actividades culturales está garantizado por el artículo 34 de la Ley fundamental y el artículo 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Este derecho se disfruta sin restricciones por motivos de raza, color u origen nacional o étnico.

6. Párrafo f) del artículo 5. Derecho de acceso a los servicios

184.Se mantiene la misma posición que aparece explicada en el párrafo 160 del informe inicial, es decir, que en virtud del artículo 22 de la Ordenanza sobre la Carta de Derechos de Hong Kong, todas las leyes que regulan el derecho de acceso a cualquier local o servicio destinado a uso público, como los transportes, hoteles, restaurantes, cafés, teatros y parques, no deben ser discriminatorias en sus condiciones ni en su aplicación en la práctica. El actual marco legal se verá reforzado por la Ley contra la Discriminación Racial descrita en los párrafos 66 a 72 del presente informe cuando ésta sea promulgada.

F. Artículo 6. Protección y recursos eficaces contra los actos de discriminación racial

185.Se mantiene en buena medida la posición expuesta en los párrafos 162 a 164 del informe inicial, es decir, que los derechos estipulados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que se aplican a Hong Kong, así como otros derechos y libertades individuales de los que disfrutan los residentes en Hong Kong, están amparados por el artículo 39 de la Ley fundamental. Todo acto de discriminación racial cometido por el Gobierno o las autoridades públicas infringiría la Ordenanza sobre la Carta de Derechos de Hong Kong. De acuerdo con esta ordenanza, un tribunal puede conceder soluciones jurídicas respecto de un incumplimiento, violación o amenaza de violación de dicha ordenanza según lo estime adecuado y justo en las circunstancias del caso.

186.Además, la Ley contra la discriminación racial, una vez promulgada, proporcionará mayor protección jurídica contra este tipo de discriminación. Esta ley permitirá iniciar de ordinario acciones legales en el Tribunal de Distrito y, en términos generales, se podrá presentar una demanda en un proceso civil de la misma manera que cualquier otra demanda por un ilícito civil. Además de los remedios jurídicos habituales que se pueden obtener en el Tribunal de Primera Instancia, el Tribunal de Distrito tiene competencias para:

a)Hacer una declaración indicando que el demandado ha tenido una conducta considerada ilícita según lo estipulado en la ley y ordenar a éste que no repita o persista en dicha conducta ilícita;

b)Disponer que el demandado haga lo razonablemente necesario para reparar cualquier pérdida o daño sufrido por el demandante;

c)Obligar al demandado a contratar al demandante o a restituirle en su puesto de trabajo;

d)Ordenar que el demandado ascienda al demandante;

e)Mandar que el demandado pague al demandante una indemnización por toda pérdida, daño o perjuicio que éste haya podido sufrir como consecuencia de la conducta o actos del demandado;

f)Ordenar que el demandado pague al demandante una indemnización en concepto de daños punitivos o ejemplares;

g)Dictar una orden declarando la nulidad total o parcial de cualquier contrato o acuerdo suscrito en contravención de la ley tanto desde el principio de su vigencia como a partir de la fecha especificada en la orden.

187.Algunos observadores han criticado las supuestas actitudes discriminatorias de algunos funcionarios al tratar con minorías étnicas, concretamente los que trabajan en el Departamento de Asistencia Jurídica y el Tribunal de Trabajo. Nuestra respuesta a estas alegaciones es la siguiente.

a) Departamento de Asistencia Jurídica

188.En 2005 y 2006 se presentaron en total tres denuncias contra el Departamento de Asistencia Jurídica por personas no chinas. Ninguna de ellas adujo discriminación por los funcionarios del Departamento. El Departamento ha adoptado medidas para asegurar que las minorías raciales tengan igualdad de acceso a sus servicios. Por ejemplo, suministra intérpretes para garantizar que las instrucciones de los solicitantes se comuniquen de manera completa y adecuada y que las diferencias de idioma no den lugar a malentendidos. El Departamento está preparando unos folletos informativos en otras lenguas para explicar los servicios de asistencia jurídica a las minorías étnicas.

b) Tribunal de Trabajo

189.Como se menciona en los párrafos 21 a 26 de la parte A, la misión del poder judicial es mantener un sistema judicial independiente y eficaz que defienda el imperio de la ley, salvaguarde los derechos y libertades del individuo y transmita confianza dentro y fuera de Hong Kong. Todas las personas son tratadas en forma justa y en condiciones de igualdad ante los tribunales. El Tribunal de Trabajo forma parte del sistema judicial y pueden recurrir a él todas las personas sin distinciones por motivos de raza, color u origen nacional o étnico. El Tribunal trata todos los asuntos conforme a la ley y los procedimientos establecidos. Las personas que se consideran agraviadas por sus decisiones tienen acceso a recursos claramente establecidos.

190.Un comentarista criticó al Tribunal de Trabajo por el comportamiento discriminatorio de algunos de sus presidentes afirmando que habían presionado a trabajadores extranjeros del servicio doméstico para que aceptaran acuerdos de sus empleadores muy por debajo de sus reclamaciones legítimas. Nos sorprendió semejante acusación. De hecho, el tribunal no ha recibido ninguna denuncia durante los cinco últimos años de este tipo de trabajadores extranjeros alegando que hubieran sido objeto de discriminación racial o presionados para aceptar algún acuerdo. Hemos pedido al comentarista que aporte detalles sobre este hecho; cuando se reciban, el Juez Principal iniciará la correspondiente investigación.

191.Como se explica en el párrafo 168 del informe inicial, el Gobierno se opone firmemente a todas las formas de discriminación y se esfuerza por impulsar una cultura de cortesía, respeto y tolerancia en todos los servicios prestados al público en general. Con ese fin, la capacitación de la administración pública (que en Hong Kong comprende los servicios sujetos a disciplina) incluye elementos destinados a infundir conciencia sobre los derechos humanos. Por ejemplo, en el conjunto básico de materiales de formación para los funcionarios de la administración pública se hace hincapié en la importancia de la imparcialidad en todos los contactos con el público, lo que supone naturalmente el trato justo y equitativo de todas las personas de cualquier raza o nacionalidad. Otro ejemplo es el conjunto de páginas web sobre el valor de la diversidad que se puso en marcha en 2005 y que contiene módulos especiales sobre sensibilidad racial e igualdad de oportunidades. Los anteriores principios se destacan también en los cursos de formación sobre servicio al público destinados a los funcionarios de primera línea y los cursos sobre igualdad de oportunidades. Esos esfuerzos habrán de proseguir.

192.Cuando el público considera que un funcionario ha incurrido en trato inadecuado, alentamos a que la cuestión se señale por los procedimientos de denuncia pertinentes del Departamento (como los enumerados en los párrafos 45 a 48 de la parte A del presente informe). El Gobierno aborda con la mayor seriedad -e investiga a fondo- todas las denuncias de comportamiento indebido y maltrato del público. También se cuenta con el Ombudsman quien tiene potestad para investigar, de conformidad con la Ordenanza del Ombudsman, las quejas por mala administración en el sector público que incluye la ineficiencia, la administración deficiente o indebida, la conducta poco razonable (por ejemplo, el retraso, la descortesía y la falta de consideración en la atención al público), el abuso de poder o autoridad y los procedimientos injustos o discriminatorios. Cuando, después de las investigaciones llevadas a cabo por el Ombudsman o por el propio Gobierno, se comprueba que ha existido comportamiento indebido o malas prácticas, el Gobierno adopta las medidas correctivas que considera adecuadas, entre ellas emprender acciones disciplinarias contra los funcionarios afectados.

G. Artículo 7. Medidas para combatir los prejuicios

Las escuelas

193.Las escuelas de Hong Kong fomentan el conocimiento y el respeto por las funciones, los derechos y las responsabilidades de personas y grupos, así como la importancia de la justicia social a través de la enseñanza de materias pertinentes tales como estudios generales, asuntos económicos y públicos, ética y religión, humanidades integradas, estudios sociales y estudios liberales. Los alumnos aprenden además a apreciar y respetar la cultura y el patrimonio de las diferentes comunidades mediante el estudio de asignaturas como ética y religión, historia, estudios sociales y viajes y turismo. Las escuelas también se encargan de impartir educación moral y cívica y de llevar a cabo actividades de aprendizaje permanente concebidas para difundir el mensaje contra la discriminación. Con objeto de apoyar a los maestros en esta labor, la Oficina de Educación ha elaborado diversos recursos de aprendizaje y enseñanza como programas televisivos educativos, materiales de lectura, carpetas de material didáctico y paquetes de aprendizaje en línea. Esta oficina organiza regularmente programas de desarrollo profesional sobre derechos humanos y ciudadanía mundial para que los maestros estén al día de las últimas informaciones sobre cuestiones relacionadas con los derechos humanos.

194.Muchos establecimientos de enseñanza superior ofrecen programas sobre la historia y la cultura de diferentes países, en relación con determinadas asignaturas de humanidades o como programas de enseñanza general destinados a todos los estudiantes. Las instituciones financiadas por la Comisión de Becas Universitarias también ofrecen cursos sobre diversos aspectos de los derechos humanos. Esos programas permitirán a los estudiantes adquirir una mejor comprensión de los pueblos de distintas razas y orígenes étnicos. Muchos establecimientos financiados por la Comisión de Becas Universitarias han organizado además intercambios de estudiantes, junto con otras actividades no académicas, a fin de promover la diversidad cultural, ampliar los contactos de los estudiantes y fomentar su apreciación de culturas diversas.

Educación pública

195.Concedemos gran importancia a la educación pública como medio eficaz para favorecer el entendimiento y cultivar el respeto por las diferencias raciales, elementos que resultan esenciales a la hora de eliminar los prejuicios y la discriminación. En el párrafo 74 del presente informe hemos descrito las numerosas iniciativas que se han puesto en marcha en la educación pública contra la discriminación racial y los servicios de apoyo para las minorías étnicas (se incluyen detalles en el anexo IV). Es nuestro propósito seguir adoptando este tipo de medidas y, previa evaluación de la necesidad y la disponibilidad de recursos, mejorar nuestros servicios según sea necesario.

196.En el párrafo 172 del informe inicial indicamos que el Comité de Fomento de la Educación Cívica promueve la enseñanza de los derechos humanos entre el público general. Este Comité cuenta con una dependencia de enseñanza de tiempo completo dedicada a elaborar recursos de educación cívica que incluyen materiales y programas de enseñanza sobre los derechos humanos. Además, a través de su programa de participación comunitaria, proporciona patrocinio a organizaciones comunitarias para organizar, entre otras cosas, actividades que fomenten el conocimiento público de los derechos humanos.

197.Nuestra labor es apoyada por el Comité de Promoción de la Armonía Racial que asesora al Gobierno sobre los problemas y necesidades de las minorías étnicas y cómo fomentar la educación pública contra los prejuicios y la discriminación raciales. El Comité está integrado por miembros de diferentes grupos raciales procedentes de diversos sectores de la sociedad e incluye a personas que trabajan con ONG cuya misión es proporcionar servicios a las minorías étnicas. Además de ofrecer asesoramiento, el Comité ayuda en el examen de las solicitudes presentadas en el marco del programa de financiamiento para la igualdad de oportunidades sin distinción de raza, y colabora en la organización del programa de cultura en movimiento cuyo objetivo es dar a conocer la cultura y el patrimonio únicos de las minorías étnicas a fin de fomentar el conocimiento público de las características y los logros de los grupos minoritarios étnicos. A través de los diálogos entablados en el Foro de Minorías Étnicas, tratamos de que tanto nuestros servicios como los programas de educación pública se centren de manera eficaz en las necesidades, preocupaciones y objetivos adecuados.

Iniciativas de distrito

198. Los esfuerzos del Gobierno por fomentar la armonía racial también cuentan, a nivel de distrito, con el apoyo de los 18 consejos de distrito que han patrocinado numerosas actividades en sus distritos respectivos con el objetivo de facilitar la integración social de las minorías étnicas y mejorar el entendimiento mutuo entre las comunidades étnicas y la población china local. Ejemplos de estas iniciativas son los servicios y programas de formación de voluntarios, los cursos de idiomas y otras materias dirigidos a minorías étnicas, los grupos de estudio, las visitas de familiarización, las clases tutoriales para estudiantes de minorías étnicas, los espectáculos culturales, carnavales y otras actividades al aire libre.

Declaración y Programa de Acción de Durban 2001

199.La Recomendación general Nº XXVIII del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial insta a que los Estados partes "incluyan en sus informes periódicos información sobre los planes de acción y otras medidas que hayan adoptado para aplicar la Declaración y el Programa de Acción de Durban a nivel nacional". Nuestra respuesta a los párrafos del Programa de Acción aplicables a Hong Kong se encuentra en el anexo V.

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