Naciones Unidas

CRPD/C/CRI/QPR/2-3

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

29 de marzode 2018

Original: español

Español, inglés y ruso únicamente

Comité sobre los Derechos de las P ersonas con Discapacidad

Lista de cuestiones previa a la presentación de los informes periódicos combinados segundo y tercero de Costa Rica *

A.Propósito y obligaciones generales (arts. 1 a 4)

1.Sírvanse informar sobre la situación actual del proyecto de ley para la creación del certificado único de discapacidad (expediente núm. 20360), especificando si tiene un enfoque de derechos humanos.

2.Con referencia a la recomendación formulada por el Comité tras el examen del informe inicial del Estado parte (véase CRPD/C/CRI/CO/1, párr. 8), comuniquen si existe alguna iniciativa para reformar la Constitución a fin de adecuarla a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (en adelante, la Convención). Concretamente, indiquen si se ha previsto modificar el artículo 51 de la Constitución a fin de eliminar la referencia a los “enfermos desvalidos”.

3.Rogamos aporten información sobre los progresos relacionados con la creación de mecanismos permanentes de consulta a las organizaciones representativas de las personas con discapacidad, en particular a organizaciones de mujeres, niños, niñas y adolescentes con discapacidad. Señalen, en especial, si el Ente Permanente de Consulta con la Sociedad Civil que se ha previsto establecer incluirá a las personas con discapacidad y de qué modo lo hará. Indiquen la situación en lo que respecta a la creación de esta entidad.

B.Derechos específicos (arts. 5 a 30)

Igualdad y no discriminación (art. 5)

4.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para reconocer la discapacidad como motivo de discriminación, en consonancia con la Convención, y reconocer también que la denegación de ajustes razonables constituye discriminación.

5.Faciliten información actualizada sobre el proyecto de ley marco para prevenir y sancionar todas las formas de discriminación, racismo e intolerancia (expediente núm. 20174), con información detallada, entre otras cosas, sobre los siguientes aspectos: la forma en que se aborda la discriminación por motivos de discapacidad; la inclusión de todas las formas de discriminación, incluidas la discriminación múltiple y la discriminación interseccional, en particular por motivos de origen étnico; los mecanismos de denuncia y las sanciones en caso de discriminación de personas con discapacidad, lo cual comprende los medios de reparación e indemnización; y la composición, las atribuciones y la financiación el consejo nacional contra la discriminación y el racismo que se prevé crear con arreglo a ese proyecto de ley marco.

6.Por lo que se refiere a las diversas comisiones institucionales en accesibilidad y discapacidad, cuya labor incluye coordinar la formulación, ejecución y evaluación de las políticas, indiquen de qué modo se coordina la labor de esas comisiones y qué resultados han conseguido en relación con la incorporación de la perspectiva de discapacidad en todas las políticas institucionales.

Mujeres con discapacidad (art. 6)

7.Faciliten información sobre las medidas adoptadas para incluir a las mujeres y niñas con discapacidad en las políticas generales de igualdad de género y para incrementar su participación en el Instituto Nacional de las Mujeres. Indiquen si la información que proporciona el Centro de Información en Derechos Humanos del Instituto está también disponible en formatos accesibles como el braille, la lengua de señas y la lectura fácil.

8.Indiquen de qué manera tiene en cuenta la nueva Política Nacional para la Atención y la Prevención de la Violencia contra las Mujeres 2017-2032 a las mujeres y niñas con discapacidad.

9.Rogamos informen de las medidas adoptadas para proteger a las mujeres y niñas con discapacidad contra todas las formas de violencia basada en el género y/o la discapacidad, el hostigamiento y matonismo ( bullying ), en todos los entornos, incluidos el laboral y el educativo, y en todas las esferas de la vida. Informen sobre la existencia de un sistema de recogida de datos estadísticos sobre violencia que afecta a mujeres y niñas con discapacidad.

10.Describan las medidas adoptadas para aumentar el número de mujeres con discapacidad en las instancias políticas y de toma de decisiones, a todos los niveles. En particular, comenten los avances en relación con la Agenda Política de Mujeres con Discapacidad “Rompiendo Barreras”.

Niños y niñas con discapacidad (art. 7)

11.En relación con las metas de la Agenda Nacional para la Niñez y la Adolescencia para 2015-2021, señalen qué medidas concretas se han adoptado para proteger a niños, niñas y adolescentes con discapacidad del maltrato y el abandono, y prevenir su institucionalización. Indiquen también las medidas de acompañamiento y apoyo existentes en el proceso de crianza y cuidado para las familias de niños, niñas y adolescentes con discapacidad a fin de disminuir los riesgos de maltrato, negligencia y abandono. Aporten los datos de que se disponga sobre el número de niños con discapacidad que se benefician de los 977 centros Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil.

12.Indiquen qué medidas se han implementado para asegurar mecanismos efectivos de monitoreo y supervisión por el Patronato Nacional de la Infancia en relación a la violencia contra niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

13.Con respecto a la figura del garante para la igualdad jurídica de las personas con discapacidad creada por medio de la Ley para la Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad, de 30 de agosto de 2016, indiquen la forma en que se ha previsto tener en cuenta la opinión de los niños con discapacidad acerca de todas las cuestiones que les afecten.

14.Indiquen si el Estado parte ha puesto en marcha alguna iniciativa para reformar el Código de la Niñez y la Adolescencia con miras a incorporar la transversalidad de la discapacidad.

Toma de conciencia (art. 8)

15.Sírvanse aportar información detallada sobre las campañas emprendidas para reforzar la imagen de las personas con discapacidad como titulares de derechos. Igualmente, informen si aún se continúan realizando las campañas de recolección pública de dinero llamadas “Teletón”. Rogamos indiquen de manera pormenorizada los planes y programas concretos que se han acometido en el período 2016-2018, en el marco del Bienio de toma de conciencia sobre los derechos de las personas con discapacidad.

Accesibilidad (art. 9)

16.Expliquen los resultados obtenidos por el “Pacto por un País Accesible e Inclusivo”, abordando todos los ámbitos, como el entorno físico, los transportes y la información y las comunicaciones, tanto en zonas urbanas como rurales. Informen sobre los recursos invertidos en implementar el “Pacto por un País Accesible e Inclusivo” y proporcionen datos sobre los mecanismos de vigilancia para garantizar accesibilidad.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias (art. 11)

17.Teniendo en cuenta que la población con discapacidad se encuentra entre las principales afectadas por los desastres, sírvanse precisar qué medidas se han adoptado en relación con su inclusión en las estrategias para la reducción de desastres. Concretamente, expliquen detenidamente la situación en lo que respecta a: los mecanismos de alerta orientados a las personas con discapacidad y la utilización de medios y modalidades accesibles de información y comunicaciones; la accesibilidad y adecuación de los albergues y refugios y los mecanismos para tener en cuenta a las personas con discapacidad que permanecen en su hogar pese a la situación de emergencia; los sistemas para proveer a las personas con discapacidad afectadas de todas las ayudas técnicas, productos de apoyo y otros materiales o servicios de emergencia que puedan requerir y los recursos disponibles para ello.

18.Señalen las medidas adoptadas para asegurar que los procesos de rehabilitación, reasentamiento y reconstrucción después de la emergencia se basen en evaluaciones de riesgos inclusivas y accesibles para las personas con discapacidad, entre otras cosas aplicando los principios del diseño universal y de mejora de la construcción.

Igual reconocimiento como persona ante la ley (art. 12)

19.En relación con la recomendación formulada por el Comité en sus observaciones al Estado parte (véase CRPD/C/CRI/CO/1, párr. 22), indiquen si existe alguna iniciativa para modificar o derogar el artículo 91 de la Constitución. Especifiquen asimismo si se ha previsto derogar las disposiciones sobre la declaración de incapacidad de toda la legislación vigente, incluidos el Código Civil y el Código Procesal Civil.

20.Sírvanse aportar información detallada sobre la figura del garante para la igualdad jurídica de las personas con discapacidad, especificando las diferencias entre el garante y el anterior curador. Expliquen qué medios se han previsto para capacitar o informar a todos los curadores de que, en virtud de la Ley mencionada, han pasado a ser automáticamente garantes para la igualdad jurídica y de las nuevas funciones que deben desempeñar. Indiquen los mecanismos de vigilancia y las salvaguardias establecidos para supervisar el buen funcionamiento del nuevo sistema de garantes y el procedimiento para que las personas con discapacidad puedan renunciar a su garante o designar a otra persona para reemplazarlo en caso de conflicto de intereses.

Acceso a la justicia (art. 13)

21.Informen de las actividades emprendidas para garantizar el acceso a la justicia a las personas con discapacidad, con datos concretos sobre la disponibilidad de servicios gratuitos de interpretación en lengua de señas, información en formatos accesibles como el braille y la lectura fácil y la utilización de modos alternativos y aumentativos de comunicación, así como el acceso a servicios de asesoría legal para personas con discapacidad.

22.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para eliminar todas las barreras al acceso a la justicia para las personas con discapacidad en general, y para las mujeres, los niños, las personas indígenas y afrodescendientes y las personas de edad con discapacidad en particular, detallando también las iniciativas para informar a esos grupos de los recursos de que disponen para interponer denuncias y obtener reparación.

23.En relación con la Plataforma Integrada de Servicios de Atención a la Víctima, rogamos indiquen de qué modo se tiene en cuenta a las personas con discapacidad, incluidas las personas indígenas, en todos los aspectos de su labor.

24.Comuniquen las medidas adoptadas para implementar un programa permanente de capacitación a jueces, fiscales, agentes de policía y otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley sobre los derechos de las personas con discapacidad e informen acerca si dichos programas cuentan con una perspectiva de género y edad.

Libertad y seguridad de la persona (art. 14)

25.Sírvanse describir las medidas adoptadas para derogar las leyes y/o políticas que requieran o toleren la institucionalización involuntaria o forzada, los tratamientos forzados, la imposición de restricciones o el confinamiento de personas con discapacidad, en particular en el caso de personas con discapacidad intelectual y/o psicosocial. Indiquen, asimismo, las medidas que se han adoptado o se prevé adoptar para derogar el apartado c) del artículo 9 del Reglamento del Consentimiento Informado en la Práctica Asistencial en la Caja Costarricense de Seguro Social, que permite la institucionalización forzada sin el consentimiento libre e informado de la persona con discapacidad.

Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (art. 15)

26.Informen de las medidas adoptadas para garantizar que ninguna persona con discapacidad sea objeto de tortura o tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, incluidos los casos de institucionalización involuntaria o forzada, los castigos físicos, los tratamientos o actos médicos no consentidos y los tratamientos farmacológicos involuntarios o excesivos. Informen también sobre las medidas para derogar la Ley Reguladora de la Investigación Biomédica (Ley núm. 9234), y especialmente, sus artículos 18 y 64, a fin de asegurar que todo tratamiento médico y/o experimentación científica se lleve a cabo con el consentimiento libre e informado de las personas con discapacidad. Indiquen si existe alguna estrategia para prevenir la tortura en el contexto de su mecanismo de prevención de la tortura.

Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (art. 16)

27.Sírvanse informar de las medidas adoptadas para erradicar todas las formas de violencia y maltrato contra las personas con discapacidad, con especial atención a la violencia estructural y sistemática, en todos los entornos, lo cual incluye la familia, la escuela y la sociedad en general.

28.Indiquen las medidas adoptadas para proteger a las mujeres con discapacidad contra la violencia, la explotación y el abuso, en particular contra la violencia y el acoso sexual en todos los contextos, y sobre la puesta en práctica de protocolos para su protección contra toda forma de violencia, explotación o abuso.

Protección de la integridad personal (art. 17)

29.En relación con la Ley para la Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad, que establece, en el artículo 11, apartado d), que “[l]a esterilización será una práctica excepcional que se aplicará a solicitud de la misma persona con discapacidad o cuando sea necesaria e imprescindible para la preservación de su vida o integridad física”, sírvanse aclarar cómo se implementa esta disposición en la práctica y qué medidas se han adoptado para asegurar el consentimiento libre e informado de las personas con discapacidad. Precisen quién y cómo determina que la esterilización es “necesaria e imprescindible”.

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad (art. 19)

30.Sírvanse exponer los avances en la desinstitucionalización de las personas con discapacidad, incluidas las que se encuentran ingresadas en hospitales psiquiátricos. En particular, suministren información sobre las acciones emprendidas para dar cumplimiento a la Ley para la Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad en este sentidoy específicamente cuándo se adoptará el reglamento de aplicación de dicha Ley. Indiquen si se ha creado ya la Unidad de Autonomía Personal y Vida Independiente y qué labor está realizando.

31.Expliquen cómo se garantiza que todas las personas con discapacidad mantengan su autonomía y capacidad de autodeterminación para elegir su lugar de residencia y dónde y con quién quieren vivir, no se vean obligadas a vivir en una modalidad residencial determinada y adopten sus propias decisiones en lo que concierne a su inclusión en la comunidad.

32.Según lo dispuesto en la Ley para la Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad, la asistencia personal es un servicio de apoyo de carácter selectivo dirigido a personas con discapacidad que no cuenten con recursos económicos suficientes. Indiquen si este servicio está también disponible para el resto de las personas con discapacidad a un costo asequible y qué alternativas existen. Aporten los datos concretos de que se disponga sobre el número de solicitudes recibidas y tramitadas y el número de personas que se han beneficiado de este servicio.

33.Proporcionen datos concretos sobre la proporción y el número de personas con discapacidad que permanecen en instituciones y el número de personas con discapacidad que residen en alternativas residenciales, desglosando la información por tipo de alternativa (familias solidarias, hogares unipersonales, hogares grupales, etc.).

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información (art. 21)

34.Comuniquen las medidas legislativas y de otra índole para asegurar que la información facilitada a la población general esté también disponible para las personas con discapacidad, de manera oportuna y sin costo adicional, en formatos accesibles y con las tecnologías adecuadas para los distintos tipos de discapacidad, lo cual incluye la lengua de señas, la subtitulación y la audiodescripción, el braille y la lectura fácil. En particular, informen sobre la utilización de la lengua de señas costarricense en las instituciones públicas.

Educación (art. 24)

35.Sírvanse reseñar las medidas adoptadas para garantizar una educación inclusiva de calidad a todos los estudiantes con discapacidad, incluida la reforma del artículo 62 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Por favor, aclaren si las personas con discapacidad cuentan con recursos eficaces en caso de ser rechazados por motivos de discapacidad en centros educativos regulares tanto públicos como privados. Indiquen si todos los alumnos que requieren apoyos y/o ajustes razonables para el aprendizaje, como materiales en formatos accesibles o asistencia personal, reciben esos apoyos, en qué plazos y con qué coste.

36.Faciliten información sobre los progresos en cuanto a la accesibilidad física de los centros educativos en todos los niveles de la enseñanza. Detallen la situación en lo que se refiere a los equipos disponibles, las aulas de clase, los patios de recreo, las instalaciones sanitarias y el transporte escolar, y si estos son accesibles para todos los alumnos, con y sin discapacidad, en las mismas condiciones.

37.Habida cuenta del elevado número de niños con discapacidad atendida por los servicios de educación especial, informen detalladamente de las medidas adoptadas para incluir a los estudiantes con discapacidad en el sistema general de enseñanza, las medidas para garantizar que sea plenamente inclusivo y accesible para las personad con discapacidad, y los progresos alcanzados y los recursos invertidos, especialmente en relación a la situación de las niñas con discapacidad.

Salud (art. 25)

38.Informen de las medidas adoptadas para asegurar que todas las personas con discapacidad tengan acceso, en igualdad de condiciones con las demás, a servicios de salud públicos y privados que sean asequibles, accesibles y de calidad, entre otras cosas en los ámbitos de la salud sexual y reproductiva y de la salud mental y psicosocial, en medios urbanos y rurales. También en el ámbito de la salud, señalen las iniciativas relacionadas con la promoción, la prevención secundaria, la atención y la rehabilitación de las personas con discapacidad.

39.Sírvanse informar de todas las medidas adoptadas, en la legislación y en la práctica, para garantizar el consentimiento libre e informado de las personas con discapacidad para recibir cualquier servicio de salud, incluidos los tratamientos. Indiquen de qué modo se recaba el consentimiento informado de las personas que aún se encuentran institucionalizadas para cualquier tratamiento o acto médico y las salvaguardias existentes a ese respecto.

40.Informen de las actividades emprendidas para garantizar el acceso a la información sobre los derechos sexuales y reproductivos a las personas con discapacidad.

Habilitación y rehabilitación (art. 26)

41.Sírvanse describir las medidas adoptadas para garantizar que los servicios y programas de habilitación y rehabilitación para las personas con discapacidad promuevan la máxima autonomía de esas personas, así como su plena inclusión y participación en todos los aspectos de la vida en la comunidad. Indiquen si los servicios de habilitación y rehabilitación se ofrecen a todas las personas con discapacidad, incluidas las personas indígenas y afrodescendientes, con independencia de su edad, sexo, ascendencia o condición socioeconómica, y en todas las zonas del país, incluidas las rurales y remotas.

Trabajo y empleo (art. 27)

42.Se ruega informen de las iniciativas destinadas a fomentar el empleo de personas con discapacidad tanto en el sector púbico como en el privado, explicando en particular las medidas de acción afirmativa y la realización de ajustes razonables. Informen, además, de las actividades emprendidas en el marco del Plan Nacional de Inserción Laboral para Personas con Discapacidad 2017-2018, incluidos los recursos invertidos en su implementación. Refieran, asimismo, las medidas específicas en favor de la inserción laboral de los jóvenes con discapacidad.

43.En relación con las cuotas laborales, comuniquen si se han adoptado medidas para resolver todas las dificultades que impiden cumplir con las cuotas de empleo de personas con discapacidad en el sector público. Precisen si, entre otras cosas, se han ampliado las campañas de divulgación de las plazas disponibles para que lleguen a toda la población con discapacidad, incluidas las personas indígenas y afrodescendientes, incluso en las zonas rurales y remotas, en formatos accesibles de información y comunicaciones. Proporcionen datos estadísticos sobre el número de candidatos y personas seleccionadas para ocupar las vacantes, desglosados por sexo, origen étnico y tipo de discapacidad, entre otros factores.

Nivel de vida adecuado y protección social (art. 28)

44.Indiquen las medidas concretas adoptadas en favor de las personas con discapacidad en las estrategias para la reducción de la pobreza y cómo han contribuido esas medidas a mejorar su calidad de vida. Precisen asimismo las medidas adoptadas para brindar protección social a las personas con discapacidad en situación de pobreza extrema, así como las medidas para brindar cobertura de seguridad social a las personas con discapacidad en relación con los costos adicionales en que incurren debido a su discapacidad.

Participación en la vida política y pública (art. 29)

45.En relación con el artículo 2 de la Ley para la Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad, que garantiza el ejercicio de los derechos civiles y electorales de las personas con discapacidad, indiquen si esos derechos están también garantizados para todas las personas con discapacidad, incluidas las personas con discapacidad intelectual y/o psicosocial. Asimismo, indiquen si en el proceso electoral previsto para 2018 se incluirá a todas las personas con discapacidad, incluso las que continúan privadas de su capacidad legal y/o privadas de libertad en razón de su discapacidad, incluidas aquellas que lo están en hospitales psiquiátricos.

46.Incluyan datos relativos a la proporción de cargos ocupados por personas con discapacidad en instituciones públicas (asambleas legislativas nacionales y locales, administración pública y poder judicial), desglosados por sexo, tipo de deficiencia y origen étnico.

47.Informen de las medidas adoptadas para difundir toda la información relativa a los procesos legislativos y electorales en formatos accesibles, incluyendo interpretación en lengua de señas costarricense.

Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte (art. 30)

48.Reseñen las medidas adoptadas para garantizar la accesibilidad de los espacios lúdicos, culturales y turísticos, entre otras cosas promoviendo la aplicación de los principios del diseño universal y proporcionando información accesible para las personas con discapacidad.

C.Obligaciones específicas (arts. 31 a 33)

Recopilación de datos y estadísticas (art. 31)

49.Sírvanse informar de las medidas adoptadas para actualizar los datos estadísticos relacionados con la discapacidad, con un desglose por edad, sexo y otros factores pertinentes, con miras a diseñar políticas que contribuyan a aplicar la Convención. Indiquen si se ha previsto que las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan participen en el diseño de futuros censos y encuestas y si se aplicará la metodología del Grupo de Washington sobre estadísticas de la discapacidad en la labor futura de recopilación de datos estadísticos.

50.Describan la situación por lo que respecta a la creación e implementación del Sistema Costarricense de Información sobre Discapacidad, su contenido y sus atribuciones. Especifiquen si se ha previsto ofrecer la información en formatos accesibles.

Cooperación internacional (art. 32)

51.Sírvanse indicar cómo se incorpora la discapacidad, de forma transversal, en las políticas y los programas de desarrollo, especialmente los que implementan la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Asimismo, señalen cómo participan las personas con discapacidad en la implementación y el monitoreo de las políticas y planes de desarrollo que les afectan.

Aplicación y seguimiento nacionales (art. 33)

52.Informen de las medidas adoptadas para dotar al mecanismo nacional de supervisión designado, esto es, la Defensoría de los Habitantes, de los recursos financieros y humanos necesarios para cumplir su mandato de promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención, a nivel nacional, urbano y rural.