Naciones Unidas

CRC/C/BEL/Q/3-4

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

8 de marzo de 2010

Español

Original: francés

Comité de los Derechos del Niño

54º período de sesiones

25 de mayo a 11 de junio de 2010

Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Lista de cuestiones relacionadas con el examen de los informes periódicos tercero y cuarto de Bélgica (CRC/C/BEL/3-4)

En esta sección, se ruega al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 6 de abril de 2010 .

El Comité abordará todos los aspectos de los derechos de los niños recogidos en la Convención durante el diálogo con el Estado parte. La presente lista de cuestiones trata solamente las cuestiones sobre las que el Comité desearía tener más información antes del diálogo.

Parte I

1.Sírvanse indicar al Comité si las autoridades de la comunidad de habla alemana disponen de un plan de acción para los niños, y cómo se integra la cuestión de los derechos del niño en las diversas políticas sectoriales. Sírvanse señalar las medidas adoptadas para establecer un mecanismo de seguimiento de la aplicación de los derechos del niño en la comunidad de habla alemana.

2.Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas para cumplir con su recomendación de dotar al Plan Nacional de Acción para los Niños de recursos presupuestarios y de un mecanismo de seguimiento (CRC/C/OPAC/BEL/CO/1).

3.En relación con el decreto de 4 de abril de 2004, promulgado por el Gobierno de la comunidad flamenca, sobre la participación en la escuela, indíquese cómo contribuyen los niños a elaborar las políticas educativas de las comunidades.

4.Sírvanse informar al Comité de los procedimientos dispuestos para la participación de los niños en los asuntos judiciales y administrativos, en particular sobre las posibilidades de que expresen sus opiniones y de que éstas sean tomadas en consideración. Sírvanse también informar al Comité de los medios técnicos empleados por el Estado parte para garantizar la participación del niño en los procedimientos judiciales, preservando su identidad ante las demás partes.

5.Sírvanse indicar cómo se aplica el artículo 12 de la Ley de derechos del paciente, que prevé la posibilidad de asociar al niño al ejercicio de sus derechos, y especialmente en el caso de que el niño rechace un tratamiento o una intervención médica.

6.Sírvanse proporcionar información y datos sobre el problema de la intimidación y la violencia en la escuela, en particular sobre los actos cometidos contra niños en razón de su origen extranjero, su discapacidad o su orientación sexual. Sírvanse describir asimismo las medidas adoptadas para resolver el problema y promover una cultura de tolerancia en las escuelas, así como los resultados obtenidos.

7.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para que los niños puedan cursar sus estudios en su lengua de origen o de su elección, cualquiera que sea su comunidad de residencia.

8.Sírvanse indicar los mecanismos disponibles para que los niños puedan presentar denuncias por descuido, maltrato, abusos o violencia, y describir cómo se tratan estas denuncias.

9.Sírvanse indicar las categorías de niños que no reciben cobertura de seguridad social y atención médica apropiada.

10.Sírvanse indicar las políticas y medidas adoptadas o previstas para limitar el internamiento de niños en instituciones, especialmente en la comunidad de habla francesa.

11.Sírvanse identificar los problemas que afectan a los niños que el Estado parte considera como casos prioritarios y que requieren atención urgente, en relación con la aplicación de la Convención.

Parte II

En esta sección, se invita al Estado parte a actualizar brevemente (en tres páginas como máximo) la información proporcionada en su informe, tanto a nivel federal como a nivel comunitario y regional, en relación con:

Los proyectos de ley o leyes recientes;

Las nuevas instituciones y sus funciones;

Las políticas recientemente puestas en práctica;

Los planes de acción y programas adoptados recientemente y su alcance;

Las nuevas ratificaciones de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos estadísticos disponibles

1.Sírvanse facilitar datos actualizados sobre el número de menores de 18 años que hayan sido juzgados como adultos en 2007, 2008 y 2009. Sírvanse también proporcionar al Comité datos sobre el número de denuncias de abusos y malos tratos infligidos a niños durante su detención y/o encarcelamiento, así como sobre las medidas tomadas a este respecto.

2.Sírvanse ofrecer un análisis de las tendencias de las asignaciones presupuestarias (en cifras absolutas y en porcentajes del presupuesto federal y comunitario) destinadas a la aplicación de la Convención para los años 2007, 2008 y 2009 en las esferas de la educación, la salud, los servicios sociales y la protección del niño.