Naciones Unidas

CRPD/C/BGR/Q/1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

21 de septiembre de 2017

Español

Original: inglésEspañol, inglés y ruso únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Lista de cuestiones relativa al informe inicialde Bulgaria *

A.Propósito y obligaciones generales (arts. 1 a 4)

1.Sírvanse proporcionar información sobre los progresos realizados por el Estado parte en sus planes para ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

2.Sírvanse informar sobre las medidas previstas para incluir en la Constitución del Estado parte la prohibición expresa de la discriminación basada en la discapacidad.

3.Facilítese información sobre la promoción de las observaciones generales del Comité núms. 1, 2, 3, 4 y 5.

Propósito (art. 1)

4.Sírvanse proporcionar información sobre los progresos realizados en el análisis de las definiciones de discapacidad contempladas en la legislación nacional (véase CRPD/C/BGR/1, párr. 20).

Definiciones (art. 2)

5.Se ruega informen sobre los avances logrados con respecto a los cambios legislativos destinados a regular los ajustes razonables que contempla la Convención (véase CRPD/C/BGR/1, párr. 10).

Obligaciones generales (art. 4)

6.Sírvanse aportar información sobre los progresos realizados en la ejecución del Plan de Acción para la aplicación de la Convención (véase CRPD/C/BGR/1, párr. 15), y facilítese información actualizada acerca de la nueva estrategia para las personas con discapacidad tras la conclusión de la Estrategia de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2008-2015.

B.Derechos específicos (arts. 5 a 30)

Igualdad y no discriminación (art. 5)

7.Sírvanse describir los recursos legales que tienen a su disposición las personas con discapacidad que han sido objeto de discriminación.

Mujeres con discapacidad (art. 6)

8.Rogamos informen sobre cómo se ha incorporado la cuestión de la discapacidad en la legislación y las políticas de igualdad de género. Indíquese si la legislación contempla que la discriminación múltiple e interseccional de las mujeres y las niñas con discapacidad es una forma agravada de discriminación.

Niños y niñas con discapacidad (art. 7)

9.Sírvanse proporcionar información sobre los progresos realizados en la ejecución de la estrategia nacional “Visión para la Desinstitucionalización del Niño en Bulgaria” (véase CRPD/C/BGR/1, párr. 256).

10. Facilítese información sobre los niños con discapacidad que murieron al pasar de estar internados en instituciones a recibir otras formas de asistencia residencial en el marco del programa de desinstitucionalización.

Accesibilidad (art. 9)

11.Sírvanse proporcionar información sobre los progresos realizados en relación con el análisis de la legislación nacional y las medidas adoptadas para aplicar las disposiciones del artículo 9 de la Convención (véase CRPD/C/BGR/1, párr. 43). Facilítese información actualizada sobre el marco conexo de seguimiento e imposición de sanciones.

12.Se ruega informen sobre los avances logrados en la regulación de las sanciones y el procedimiento de denuncia en caso de incumplimiento del principio de accesibilidad en el transporte aéreo (véase CRPD/C/BGR/1, párr. 58).

13.Sírvanse proporcionar información sobre los progresos realizados en el desarrollo de infraestructuras ferroviarias accesibles (véase CRPD/C/BGR/1, párr. 54).

Derecho a la vida (art. 10)

14.Facilítese información sobre el número de investigaciones que se han iniciado en relación con la falta de atención médica de niños y adultos con discapacidad intelectual y/o psicosocial y sobre los resultados de esas investigaciones, incluidas las condenas penales.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias (art. 11)

15.Sírvanse indicar si los avisos a la población sobre desastres naturales (como las inundaciones) que se emiten por televisión están disponibles en lengua de señas, con subtítulos y en un lenguaje comprensible.

16.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación de los migrantes y los refugiados con discapacidad en el Estado parte.

Igual reconocimiento como persona ante la ley (art. 12)

17.Facilítese información sobre los progresos realizados en relación con las reformas legislativas destinadas a aplicar las disposiciones del artículo 12 de la Convención (véase CRPD/C/BGR/1, párr. 65).

Acceso a la justicia (art. 13)

18.Sírvanse proporcionar información sobre los ajustes procesales a los que pueden acceder las personas con discapacidad, especialmente aquellas con discapacidad sensorial, psicosocial y/o intelectual, en los procedimientos penales, civiles y administrativos.

Libertad y seguridad de la persona (art. 14)

19.Se ruega faciliten información sobre el número de personas con discapacidad que han sido privadas de libertad, así como sobre los motivos y la base jurídica de la privación de libertad.

Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (art. 15)

20.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para proteger de la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes a las personas con discapacidad internadas en instituciones psiquiátricas y centros penitenciarios. Facilítese información actualizada sobre la aplicación de las recomendaciones formuladas por la Oficina del Ombudsman en ese sentido.

Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (art. 16)

21.Sírvanse aportar información sobre los centros de crisis y los servicios a disposición de las mujeres con discapacidad intelectual y/o psicosocial que hayan sido víctimas de violencia de género.

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en lacomunidad (art. 19)

22.Facilítese información sobre las medidas previstas para cerrar los “hogares” (véase CRPD/C/BGR/1, párr. 100) y reemplazarlos integralmente por servicios de apoyo en las comunidades locales. Infórmese sobre los servicios de apoyo disponibles para pasar de vivir en instituciones a vivir en la comunidad.

23.Sírvanse explicar de qué manera seguirán financiándose los servicios de apoyo sufragados con cargo a los fondos estructurales y de inversión de la Unión Europea, una vez que termine el proyecto de la Unión Europea.

Movilidad personal (art. 20)

24.Se ruega faciliten información sobre la disponibilidad en el Estado parte de equipos de movilidad que se adecúen a la edad de la persona y la posibilidad de que se reembolsen los gastos conexos.

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información (art. 21)

25.Sírvanse proporcionar información sobre el número de sitios de Internet públicos que son accesibles con arreglo a las normas internacionales sobre accesibilidad web que aplica el Estado parte.

26.Facilítese información sobre el estatuto jurídico del braille, el formato de fácil lectura y la lengua de señas en el Estado parte.

Educación (art. 24)

27.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre los fondos invertidos para prestar apoyo individualizado y efectuar ajustes razonables destinados a los estudiantes con discapacidad que asisten a escuelas ordinarias, a fin de permitirles gozar de su derecho a una educación inclusiva de calidad.

28.Se ruega faciliten información acerca de las investigaciones realizadas sobre los beneficios económicos que ofrece la educación inclusiva.

29.Apórtese información actualizada sobre las medidas de sensibilización adoptadas para promover el derecho a la educación en escuelas ordinarias de los niños con discapacidad. Aclárese si, en virtud de la legislación y/o en la práctica, puede no admitirse alumnado con discapacidad en las escuelas ordinarias.

Salud (art. 25)

30.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para prestar atención médica interdisciplinaria a las personas con discapacidad (véase CRPD/C/BGR/1, párr. 170).

31.Facilítese información acerca de cualquier actividad de formación sobre la Convención y los derechos humanos de las personas con discapacidad, organizada por el Estado y dirigida a profesionales de la salud.

32.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas para garantizar la atención médica a adultos y niños con discapacidad, especialmente en las zonas remotas y rurales.

Habilitación y rehabilitación (art. 26)

33.Sírvanse aportar información actualizada sobre los resultados de las quejas presentadas al Ombudsman (véase CRPD/C/BGR/1, párr. 180), y sobre los de la inspección realizada a las instalaciones de rehabilitación (véase CRPD/C/BGR/1, párr. 181).

Trabajo y empleo (art. 27)

34.Facilítese información sobre la aplicación de la cuota de puestos de trabajo establecida para personas con discapacidad (véase CRPD/C/BGR/1, párr. 184).

35.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para que el entorno y las condiciones laborales sean adecuados para las personas con discapacidad. Se ruega faciliten información actualizada sobre los fondos asignados/invertidos para realizar ajustes razonables en el lugar de trabajo.

Nivel de vida adecuado y protección social (art. 28)

36.Sírvanse informar sobre los efectos de la crisis económica y de las medidas de austeridad en la protección y las prestaciones sociales a las que las personas con discapacidad tienen derecho en el Estado parte.

37.Se ruega faciliten datos recientes sobre el nivel de pobreza de las personas con discapacidad en el Estado parte.

38.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre los recursos invertidos para que las personas con discapacidad puedan cubrir gastos adicionales relacionados con su discapacidad.

Participación en la vida política y pública (art. 29)

39.Facilítese información sobre los resultados de las medidas de apoyo para la adopción de decisiones (véase CRPD/C/BGR/1, párr. 213) destinadas a facilitar que las personas con discapacidad, particularmente aquellas con discapacidad intelectual y/o psicosocial, puedan votar. ¿Cuántas personas han hecho uso del sistema de apoyo para la adopción de una decisión de voto?

Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte (art. 30)

40.Sírvanse facilitar información actualizada sobre el estado de la ratificación del Tratado de Marrakech para Facilitar el Acceso a las Obras Publicadas a las Personas Ciegas, con Discapacidad Visual o con Otras Dificultades para Acceder al Texto Impreso. Facilítese información actualizada sobre la forma en que el Estado parte aplica políticas de cultura y deporte en relación con las personas con discapacidad.

C.Obligaciones específicas

Recopilación de datos y estadísticas (art. 31)

41.Se ruega informen sobre la metodología utilizada por el Estado parte para reunir información relativa a las personas con discapacidad. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas previstas por el Estado parte para utilizar, a efectos de recopilación de datos, las preguntas y herramientas del Grupo de Washington sobre discapacidad.

Cooperación internacional (art. 32)

42.Infórmese en qué medida las personas con discapacidad participan en políticas de cooperación internacional y sobre la manera en que el enfoque de la discapacidad basado en los derechos humanos se incorpora en la aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Sírvanse indicar la forma en que las organizaciones de personas con discapacidad participan, a nivel nacional y local, en la ejecución de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Aplicación y seguimiento nacionales (art. 33)

43.Se ruega faciliten información actualizada sobre los recursos financieros y humanos asignados a los organismos nacionales de coordinación y a los mecanismos de seguimiento independientes e imparciales, de conformidad con el artículo 33 de la Convención.