Naciones Unidas

CRC/C/YEM/Q/4

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

19 de julio de 2013

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

65º período de sesiones

13 a 31 de enero de 2014

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes de los Estados partes

Lista de cuestiones relativa al cuarto informe periódicodel Yemen (CRC/C/YEM/4)

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 1 de noviembre de 2013.

En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

En esta sección se pide al Estado parte que presente sus respuestas a las siguientes preguntas en un máximo de 30 páginas.

1.Sírvanse indicar si, en el marco del proceso de transición, se ha acordado un calendario para la aprobación de las modificaciones y del Documento de Política Legislativa. Proporciónese información sobre cómo se están incorporando los derechos del niño al proceso de elaboración de la nueva Constitución del Estado parte.

2.Se ruega faciliten información sobre cómo se ha incluido de manera satisfactoria a los niños y sus derechos en el diálogo nacional en curso en el Estado parte.

3.Sírvanse proporcionar información sobre los objetivos y las metas de la Estrategia nacional para la infancia y la juventud (2006-2015). Facilítese también información sobre los recursos financieros y humanos asignados a la aplicación de la Estrategia. Indíquese si se han establecido indicadores y parámetros de supervisión para evaluar su aplicación, de conformidad con las anteriores observaciones finales del Comité (CRC/C/15/Add.267, párr. 19).

4.Se ruega presenten información actualizada sobre la situación del proyecto de ley destinado a establecer una institución nacional de derechos humanos (INDH) independiente y un observatorio de los derechos del niño.

5.Proporciónese información sobre las medidas concretas adoptadas por el Estado parte para armonizar la definición de niño con el artículo 1 de la Convención y velar por que todas las personas menores de 18 años sean consideradas niños. Facilítese también información sobre las medidas adoptadas con miras a establecer una edad mínima para contraer matrimonio y a elevar las edades mínimas en esferas de interés, como las edades mínimas de responsabilidad penal y para trabajar, de conformidad con las normas internacionales.

6.Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas y previstas para prevenir la discriminación de los niños marginados akhdam/muhamasheen.

7.Preséntese información sobre las medidas concretas adoptadas para eliminar las creencias tradicionales y culturales que contribuyen a la persistente discriminación de las niñas en el Estado parte.

8.Indíquese si alguna de las medidas destinadas a mejorar la tasa de inscripción de los nacimientos mencionadas en el párrafo 107 del informe han sido puestas en práctica. Indíquese también cómo asegura el Estado parte que las autoridades pertinentes cumplan la decisión Nº 120 (2006) del Primer Ministro, que establece la gratuidad de la inscripción de los nacimientos.

9.Se ruega indiquen qué medidas se han adoptado para prohibir expresamente los castigos corporales en el hogar y en los entornos de cuidado alternativo, y como pena por un delito. Proporciónese información sobre cómo garantiza el Estado parte el respeto de la prohibición de los castigos corporales en las instituciones de enseñanza y el sistema penal.

10.Sírvanse facilitar información detallada sobre el Plan nacional de lucha contra la mutilación genital femenina (2008), en particular sobre su aplicación en el Estado parte y los logros alcanzados hasta la fecha. Indíquense también las medidas adoptadas para poner fin a la práctica de los matrimonios infantiles y abordar la cuestión de los llamados homicidios por motivos de honor en el Estado parte.

11.Proporciónese información actualizada sobre el establecimiento, en el Estado parte, de un marco para la creación del sistema de cuidado alternativo en un entorno familiar a que se refiere el párrafo 140 del informe. Indíquese cómo controla del Estado parte la calidad del cuidado prestado a los niños en acogimiento institucional y familiar (kafala), con arreglo al artículo 25 de la Convención.

12.Se ruega faciliten información sobre los mecanismos existentes para garantizar los derechos de los niños con discapacidad, entre otros, los servicios ofrecidos por el Fondo de Atención y Rehabilitación de los Discapacitados. Indiquen si el Estado parte ha llevado a cabo una evaluación de la situación de los niños con discapacidad en lo que respecta a su acceso a la atención de la salud, la educación y la vivienda, tal como recomendara el Comité en sus anteriores observaciones finales (CRC/C/15/Add.267, párr. 54, 2005) y, en ese caso, cuál ha sido su resultado.

13.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente al deterioro de los servicios de salud y la destrucción de instalaciones sanitarias debido a la reciente (2011-2012) crisis en el Estado parte. Indíquese qué medidas se han adoptado para revertir el descenso de las tasas de inmunización, el empeoramiento de la malnutrición entre los niños y el aumento de los brotes de enfermedades contagiosas como el sarampión. Indíquense también las medidas existentes para prevenir los brotes de enfermedades vinculadas con el acceso deficiente de los niños al agua y el saneamiento, en particular la diarrea.

14.Se ruega proporcionen información sobre las medidas adoptadas para superar los obstáculos al acceso de los niños a la educación, entre otros los derivados de las situaciones de conflicto durante 2011-2012, como las medidas de reconstrucción y de reequipamiento de la infraestructura. Facilítese también información detallada sobre la aplicación de la Estrategia nacional para la educación de las niñas y sobre sus resultados.

15.Preséntese información sobre la situación de: a) los niños desplazados internos; b)  los niños migrantes; y c) los niños que viven en la calle, e indíquense las medidas específicas que se han adoptado para brindarles protección, acceso a la educación y servicios de salud.

16.Facilítese información sobre la prevalencia del trabajo infantil en el Estado parte, así como sobre las medidas adoptadas con miras a aumentar la edad mínima para que un niño pueda trabajar. Proporciónese también información detallada sobre la aplicación de los programas de protección de los niños de las peores formas de trabajo infantil, mencionados en el párrafo 502 del informe, y sobre sus logros.

17.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para luchar contra la trata de niños yemeníes a países vecinos con fines de explotación laboral y de venta de órganos, así como contra la utilización de niñas yemeníes con fines de explotación sexual so pretexto de "matrimonios turísticos". Proporcionen también información sobre los avances en la puesta en práctica de las recomendaciones del Comité sobre la aplicación del Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (CRC/C/OPSC/YEM/CO/1, 2009).

18.Sírvanse referirse a la información según la cual en el Estado parte hay niños que corren peligro de ser condenados a muerte. Refiéranse también a la información de que se ha condenado a muerte y/o ejecutado a personas a pesar de que estas eran menores de 18  años de edad en el momento de la comisión de los delitos que se les imputaban. Facilítense datos sobre el número de niños condenados a muerte.

Parte II

En esta sección el Comité invita al Estado parte a actualizar brevemente (en tres páginas como máximo) la información presentada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

1.Sírvanse proporcionar datos correspondientes a 2010, 2011 y 2012 sobre las asignaciones presupuestarias destinadas a los niños a nivel nacional, provincial y municipal (en cifras absolutas y como porcentajes del presupuesto nacional y del producto interno bruto) en las esferas de la educación, la salud, los servicios sociales y la protección de la infancia.

2.Con referencia a los niños acogidos, facilítense datos desglosados (por sexo, edad y motivo y tipo del acogimiento), para los años 2010, 2011 y 2012, sobre el número de niños privados de un entorno familiar y colocados en instituciones y en kafala, y especifíquese la duración media de dicha colocación.

3.Preséntense datos desglosados (por edad, sexo, situación socioeconómica y ubicación geográfica), relativos a 2010, 2011 y 2012, sobre:

a)El número de casos denunciados de niños víctimas de maltrato, incluidos los abusos sexuales;

b)El número de casos denunciados de niños víctimas de explotación sexual, en particular de prostitución y "matrimonios turísticos";

c)El número de casos denunciados de niños víctimas de explotación económica, en especial el de niños que trabajan en sectores de elevado riesgo;

d)El número de casos denunciados de niños víctimas de la trata;

e)El número de niños víctimas que han tenido acceso a servicios de rehabilitación y reintegración social, especificando el tipo de servicio;

f)Los procedimientos judiciales iniciados contra los culpables de esos delitos y sus resultados;

g)El número de niños que viven o trabajan en la calle, y cuántos de ellos participan en programas de rehabilitación social.

4.Apórtense datos correspondientes a 2010, 2011 y 2012 desglosados (por edad, sexo, situación socioeconómica y ubicación geográfica) sobre los niños privados de libertad, incluidos aquellos que se encuentren en prisión preventiva, especificando los delitos por los que han sido condenados, las condenas y los lugares de reclusión, y el número de niños que se han beneficiado de alternativas a la privación de libertad.

5.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.