Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial
94º período de sesiones
20 de noviembre a 8 de diciembre de 2017
Tema 4 del programa provisional
Examen de los informes, las observaciones y la información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención
Lista de temas relativa a los informes periódicos 20º a 23º combinados de Belarús
Nota del Relator para el país
1.El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió en su 76º período de sesiones (véase A/65/18, párr. 85) que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. Esta lista no es exhaustiva; durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.
Marco jurídico, institucional y de políticas públicas contra la discriminación racial (arts. 1 a 7)
2.Datos estadísticos, desglosados por origen étnico, sobre el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, incluido el acceso a la atención de la salud y a los servicios sociales, la educación y la vivienda (CERD/C/BLR/20-23, párrs. 29 y 30).
3.Medidas adoptadas para aprobar un instrumento legislativo en el que se defina la discriminación racial en consonancia con el artículo 1 de la Convención (CERD/C/BLR/CO/18-19, párr. 8).
4.Medidas adoptadas para aprobar y aplicar instrumentos legislativos que prohíban la instigación a la discriminación racial, ilegalicen las organizaciones racistas, repriman el discurso de odio y dispongan que la motivación racista en actos de violencia constituye una circunstancia agravante en la determinación de las sanciones (CERD/C/BLR/CO/18-19, párr. 9).
5.Ejemplos de aplicación de la Ley de Lucha contra el Extremismo y de la Ley de Lucha contra el Terrorismo; medidas adoptadas para garantizar que se respete la Convención cuando se aplican esas Leyes; ejemplos y resultados de las decisiones adoptadas por las comisiones nacionales y provinciales de expertos encargadas de identificar el material informativo de carácter extremista (CERD/C/BLR/CO/18-19, párr. 10; CERD/C/BLR/20-23, párrs. 15 y 142 a 154; CERD/C/BLR/CO/18-19/Add.1, párrs. 1 a 7).
6.Datos estadísticos sobre el número y el resultado de las denuncias de discriminación racial presentadas en virtud del artículo 14 del Código de Trabajo (CERD/C/BLR/CO/18‑19, párr. 11; CERD/C/BLR/20-23, párrs. 155 a 158).
7.Información exhaustiva sobre el número y el tipo de delitos enjuiciados por motivos raciales, así como sobre las condenas y sentencias impuestas y las medidas de resarcimiento ofrecidas a las víctimas (CERD/C/BLR/CO/18-19, párr. 12; CERD/C/BLR/20-23, párrs. 159 a 162).
8.Número y tipo de casos en los que los jueces hayan invocado directamente la Convención (CERD/C/BLR/CO/18-19, párr. 12).
9.Información sobre cualesquiera mecanismos de denuncia de que dispongan las víctimas de la discriminación racial, así como el número de denuncias presentadas; e información sobre el acceso a asistencia letrada (CERD/C/BLR/CO/18-19, párr. 12).
10.Medidas adoptadas para aprobar instrumentos legislativos que prevean una indemnización por actos de discriminación racial; e información sobre el número y el resultado de las reclamaciones de esa clase de indemnizaciones (CERD/C/BLR/CO/18-19, párr. 13; CERD/C/BLR/20-23, párrs. 163 a 168).
11.Medidas adoptadas para garantizar la independencia, imparcialidad y eficacia de los órganos judiciales, a fin de asegurarse de que sean capaces proteger a las víctimas de la discriminación racial (CERD/C/BLR/CO/18-19, párr. 14; CERD/C/BLR/20-23, párrs. 169 a 172).
12.Medidas adoptadas con miras a establecer una institución nacional de derechos humanos totalmente independiente, de conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París) (CERD/C/BLR/CO/18-19, párr. 15; CERD/C/BLR/20-23, párrs. 173 a 175; CERD/C/BLR/CO/18-19/Add.1, párrs. 8 a 15).
Situación de los romaníes y otras minorías étnicas (arts. 2 a 7)
13.Medidas adoptadas para prevenir, vigilar y reprimir todo tipo de discurso de odio racial, instigación al odio racial y discriminación contra los romaníes, los polacos y otras minorías étnicas, incluida la discriminación en la aplicación de la ley y en el acceso a la educación, el empleo, la vivienda, los documentos de identidad, los lugares públicos y los servicios sociales y de otra índole (CERD/C/BLR/CO/18-19, párr. 16; CERD/C/BLR/20‑23, párrs. 176 a 179).
Situación de los no ciudadanos, incluidos los trabajadores migrantes, los solicitantes de asilo y los refugiados (arts. 5 a 7)
14.Adecuación de la protección legislativa y humanitaria destinada a los solicitantes de asilo, los refugiados y los migrantes que necesiten protección internacional (CERD/C/BLR/20-23, párrs. 75 a 95).
15.Cambios introducidos recientemente en la Ley de Lucha contra la Trata de Personas; medidas adoptadas para prevenir, identificar y reprimir la trata de personas, proteger y asistir a las víctimas de la trata e investigar, enjuiciar y castigar, de forma inmediata y rigurosa, a los responsables (CERD/C/BLR/CO/18-19, párr. 17; CERD/C/BLR/20-23, párrs. 180 a 205; CERD/C/BLR/CO/18-19/Add.1, párrs. 16 a 39).
16.Formación sobre la Convención impartida a los agentes del orden y a los funcionarios judiciales; medidas adoptadas para evaluar la eficacia de dicha formación (CERD/C/BLR/CO/18-19, párr. 18; CERD/C/BLR/20-23, párrs. 206 a 215).