Distr.GENERAL

CERD/C/BIH/CO/6/Add.128 de enero de 2008

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN RACIAL

INFORMESPRESENTADOSPOR LOS ESTADOSPARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN

Información proporcionada por el Gobierno de Bosnia y Herzegovina

en relación con la aplicación de las observaciones finales del Comité

para la Eliminación de la Discriminación Racial

[12 de noviembre de 2007]

GE.08-40281 (S) 070208 150208

RESPUESTAS A LAS RECOMENDACIONES DEL COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN RACIAL

1.La Constitución de Bosnia y Herzegovina prohíbe expresamente la discriminación en la disposición siguiente:"El disfrute de los derechos y de las libertades consagrados en el presente artículo o en los convenios internacionales enumerados en el anexo I de la presente Constitución estará garantizado a todas las personas en Bosnia y Herzegovina sin discriminación por motivos de sexo, raza, color, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, asociación con una minoría nacional, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición".

2.En la Constitución de Bosnia y Herzegovina se han incorporado las normas contenidas en los convenios de las Naciones Unidas ratificados por Bosnia y Herzegovina y en otros acuerdos, en particular el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, que garantiza el mantenimiento y la aplicación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y cuyo artículo 14 dice lo siguiente: "El goce de los derechos y libertades reconocidos en el presente Convenio ha de ser asegurado sin distinción alguna, especialmente por razones de sexo, raza, color, lengua, religión, opiniones políticas u otras, origen nacional o social, pertenencia a una minoría nacional, fortuna, nacimiento o cualquier otra situación". En virtud del párrafo 2 del artículo II de la Constitución, ese Convenio se aplica directamente a Bosnia y Herzegovina y tiene precedencia sobre todas las demás leyes.

3.Las constituciones de las Entidades y de los cantones se han armonizado con los principios de respeto de los derechos humanos garantizados por la Constitución de Bosnia y Herzegovina.

4.En la Constitución de Bosnia y Herzegovina se ha determinado la posición y la situación de sus pueblos constituyentes (bosníacos, serbios y croatas) con el fin de garantizar el mantenimiento de su identidad y el disfrute de todos sus derechos en todo el territorio de Bosnia y Herzegovina, sin ninguna forma de discriminación. Desde el trágico conflicto de Bosnia y Herzegovina se ha venido manifestando un problema de exclusión étnica y/o "minorización" de ciertos grupos étnicos bosníacos, croatas, serbios o de otro origen en lo que respecta a su representación numérica en los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. Esa situación condujo a la decisión del Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina por la que se disponía la modificación obligatoria de las constituciones de las Entidades y de los cantones y su armonización con la Constitución de Bosnia y Herzegovina.

5.La "decisión parcial" del Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina sobre el "conjunto de pueblos" (Boletín Oficial, Nº 23/00) aporta una interpretación del preámbulo de la Constitución de Bosnia y Herzegovina, en el que se reconoce como pueblos constituyentes a los bosníacos, los serbios y los croatas. Además, en la decisión se indica que el párrafo 4 del artículo II de la Constitución de Bosnia y Herzegovina prohíbe toda forma de discriminación, incluida la discriminación por motivos de pertenencia a una minoría nacional, lo que presupone la existencia de grupos definidos como minorías nacionales. También se explica que en el texto de la Constitución se distingue claramente entre pueblos constituyentes y minorías nacionales, con lo que se busca reafirmar la continuidad de Bosnia y Herzegovina como Estado democrático multiétnico. Las enmiendas constitucionales han permitido avanzar considerablemente hacia la consolidación del sistema juridicoinstitucional del Estado y la garantía formal de igualdad para los miembros de todos los grupos étnicos y para todos los ciudadanos. Se sientan así los cimientos para la eliminación de la discriminación y las actitudes discriminatorias contra personas y grupos minoritarios por su identidad étnica, religiosa o política.

6.La decisión del Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina ha suprimido los anteriores símbolos de las Entidades (bandera, escudo e himno) por no representar al conjunto de pueblos de todo el territorio de Bosnia y Herzegovina.

A. Cambios constitucionales

7.Tras muchos meses de conversaciones, al final de marzo de 2006 los dirigentes de siete partidos parlamentarios que suman una mayoría en ambas Cámaras de la Asamblea Legislativa de Bosnia y Herzegovina firmaron el Acuerdo sobre las enmiendas de la Constitución de Bosnia y Herzegovina. Ese Acuerdo fue el resultado de muchos meses de conversaciones entre las fuerzas políticas, con la mediación de representantes del Instituto Democrático Nacional de los Estados Unidos primero y de la Unión Europea y de los Estados Unidos de América después.

8.Las enmiendas constitucionales acordadas que se sometieron a la Asamblea Legislativa de Bosnia y Herzegovina habrían hecho posible una mayor eficiencia en la adopción de decisiones por las autoridades. Además, habrían eliminado en el texto de la Constitución referente a los derechos humanos las disposiciones que, según algunas interpretaciones, entrañaban discriminación contra los ciudadanos no pertenecientes a los pueblos constituyentes. Se proponía reemplazar por un nuevo texto la disposición constitucional por la que la Presidencia de Bosnia y Herzegovina (a la que corresponde oficialmente la jefatura del Estado) debe estar integrada por un bosníaco, un serbio y un croata, lo que constituye un obstáculo jurídicoformal que impide a las personas pertenecientes a "otros grupos", o minorías, aspirar a formar parte de la Presidencia. La modificación propuesta consistía en suprimir esa jefatura colectiva del Estado, sustituyéndola por un Presidente y dos Vicepresidentes que no puedan pertenecer al mismo pueblo constituyente. Con ello se atendería a la objeción de que los cargos de Presidente y de Vicepresidente no están abiertos a los ciudadanos de Bosnia y Herzegovina que pertenecen a "otros grupos", es decir, a los miembros de las minorías nacionales.

9.Desde el punto de vista juridicoformal, la actual redacción de la Constitución de Bosnia y Herzegovina no impide a los miembros de minorías nacionales, es decir, de "Otros grupos" presentarse candidatos y ser elegidos diputados a la Asamblea Legislativa de Bosnia y Herzegovina, ya sea a título individual o en las listas de los partidos políticos. Sin embargo, en anteriores legislaturas no ha habido en el Parlamento diputados pertenecientes a minorías nacionales. Las enmiendas constitucionales propuestas reconocen los derechos de las personas pertenecientes a las minorías nacionales de Bosnia y Herzegovina. La formulación propuesta es la siguiente: "b) En la Cámara de Diputados se reservarán 3 escaños para representantes de las minorías nacionales; c) La Cámara de Diputados constará de 84 miembros, más 3 escaños garantizados para representantes de las minorías nacionales".

10.La solución propuesta consiste en garantizar a las comunidades minoritarias representación en la Asamblea Legislativa de Bosnia y Herzegovina. Puesto que los miembros de la Cámara de Diputados son elegidos por votación directa de los ciudadanos en las listas de candidatos de los partidos políticos, en la Ley electoral debería introducirse un mecanismo para cubrir tres escaños garantizados para las minorías nacionales.

11.Otra mejora de las disposiciones constitucionales relativas a los miembros de las minorías nacionales se refiere a la presidencia y las vicepresidencias de la Asamblea Legislativa de Bosnia y Herzegovina. La disposición vigente, que asignaba esas magistraturas a bosníacos, serbios y croatas, se sustituiría por la estipulación de que "el Presidente y los dos Vicepresidentes de cada Cámara del Parlamento no podrán pertenecer al mismo pueblo constituyente", lo que significa que también los miembros de las minorías nacionales podrían acceder a esas funciones.

12.El acuerdo por el que se aceptan esa y otras enmiendas de la Constitución de Bosnia y Herzegovina ha sido firmado por siete partidos que conjuntamente tienen mayoría en la Asamblea Legislativa. Sin embargo, las enmiendas propuestas no se han aprobado porque para modificar la Constitución se precisa una mayoría de dos tercios, es decir, de 42 diputados, en la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa de Bosnia y Herzegovina. En total votaron a favor de las enmiendas de la Constitución 26 diputados.

13.Puesto que habían de celebrarse elecciones parlamentarias generales el 1º de octubre de 2006, los partidos políticos, los impulsores de las enmiendas y representantes de la comunidad internacional (la Unión Europea y la Oficina del Alto Representante) convinieron en que inmediatamente después de las elecciones reanudarían los trabajos sobre las enmiendas constitucionales convenidas y reelaborarían las propuestas para someterlas al Parlamento.

14.Según el Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina, las futuras propuestas también contendrán soluciones convenidas sobre los miembros de las minorías nacionales.

B. Institución del Ombudsman de Bosnia y Herzegovina

15.Con miras a la aplicación de la ley por la que se modifica la Ley del Ombudsman de Derechos Humanos de Bosnia y Herzegovina, en el período comprendido entre el 30 de septiembre de 2006 y mayo de 2007 se lograron avances en los siguientes aspectos:

-Reuniones de coordinación:

a)En el período provisional se celebraron en total 17 reuniones de coordinación;

b)En las reuniones participaron representantes de los tres Ombudsman de Bosnia y Herzegovina, la Oficina del Alto Representante y la OSCE;

c)En las reuniones de coordinación se adoptaron las siguientes conclusiones:

La institución debe tener su sede en Banja Luka. Por el momento, sin embargo, cuenta con oficinas en funcionamiento en Sarajevo, Mostar y el distrito de Brcko. Se planea el establecimiento en el futuro inmediato de diversas oficinas para desarrollar la labor del Ombudsman.

Se ha establecido una base de datos unificada de la institución del Ombudsman de Derechos Humanos de Bosnia y Herzegovina, lo que permite coordinar la labor de todas las oficinas que funcionan en el territorio de Bosnia y Herzegovina.

Se ha llegado a un acuerdo sobre el marco inicial del plan de trabajo para el futuro funcionamiento de la institución del Ombudsman de Derechos Humanos de Bosnia y Herzegovina.

Normas de aplicación: se ha redactado un proyecto de decisión sobre la organización y sistematización internas de los puestos de la institución del Ombudsman de Derechos Humanos de Bosnia y Herzegovina.

Personal: se ha procedido a la racionalización de la plantilla de conformidad con el proyecto de decisión mencionado; el número óptimo de empleados se sitúa entre 57 y 70.

Recursos: se estableció, con cargo al presupuesto de las instituciones de Bosnia y Herzegovina, el plan de recursos necesarios para la labor del Ombudsman de Derechos Humanos de Bosnia y Herzegovina.

Se están adoptando las medidas necesarias para el establecimiento de departamentos especiales en la institución del Ombudsman, a saber:

i)Un departamento encargado de los derechos del niño;

ii)Un departamento encargado de los derechos de las personas con discapacidad;

iii)Un departamento encargado de los derechos de las minorías étnicas, religiosas y de otra índole; y

iv)Un departamento encargado de supervisar la situación en las instituciones correccionales;

-La Asamblea Legislativa de Bosnia y Herzegovina, de conformidad con el párrafo 4 del artículo 3, ha nombrado una Comisión Especial de la Asamblea Legislativa de Bosnia y Herzegovina para la selección del Ombudsman de Derechos Humanos. La Comisión está integrada por seis miembros.

-De conformidad con el párrafo 4 del artículo 3 y con el artículo 13 de la Ley sobre el Ombudsman de Derechos Humanos de Bosnia y Herzegovina (Boletín Oficial, Nos. 19/02 y 32/06), la Comisión Especial ha adoptado la decisión de anunciar las vacantes para la designación de los tres Ombudsman de Derechos Humanos. Las vacantes se anunciaron el 20 de abril y se cerraron el 3 de mayo de 2007. Se publicaron en el Boletín Oficial de Bosnia y Herzegovina, en el Boletín Oficial del distrito de Brcko, en varios periódicos -Dnevni avaz, Nezavisne novine y Vecernji  list- y en el sitio web. La Comisión Especial ha presentado a la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa de Bosnia y Herzegovina una lista de candidatos para el cargo de Ombudsman. El nombramiento del Ombudsman de entre la lista de candidatos presentados por la Comisión Especial era el tema 35 de la sesión de la Cámara de diputados que debía celebrarse el 5 de septiembre de 2007. Mariofil Ljubic, el actual Ombudsman, ha recibido de los electores croatas la mayoría de votos necesaria para ser nombrado Ombudsman.

-El informe de la Comisión sobre los intentos de llegar a un acuerdo para el nombramiento del Ombudsman de Bosnia y Herzegovina entre los miembros de los pueblos serbio y bosníaco se examinó en el punto 10 de la 15ª sesión de la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa de Bosnia y Herzegovina, celebrada el 26 de septiembre de 2007. En la segunda votación ningún candidato recibió la mayoría de votos necesaria, por lo que no pudo nombrarse al Ombudsman. La Cámara de Diputados no ha otorgado su consentimiento para el nombramiento del Ombudsman de Bosnia y Herzegovina de entre los candidatos serbios y bosníacos. De conformidad con las conclusiones aprobadas en la sesión de la Cámara de Diputados, se establecerá una nueva comisión en la próxima sesión. Esa Comisión aplicará el procedimiento para la provisión de las vacantes de conformidad con la ley.

-El Parlamento de la Federación de Bosnia y Herzegovina ha aprobado la Ley sobre la cesación de la labor del Ombudsman de Derechos Humanos en la Federación de Bosnia y Herzegovina durante el período de transición y la transferencia de sus competencias al Ombudsman de Derechos Humanos de Bosnia y Herzegovina. La ley se publicó en el Boletín Oficial de la Federación de Bosnia y Herzegovina, Nº 51/07, de 1º de agosto de 2007, y entró en vigor, como es habitual, en la fecha siguiente a la de su publicación.

-El proyecto de ley sobre la cesación de la labor del Ombudsman de la República Srpskase incluyó en el programa de la 14ª sesión de la Asamblea Nacional de la República Srpska, celebrada el 11 de septiembre de 2007. Esa ley debía permitir al Ombudsman de Derechos Humanos de Bosnia y Herzegovina empezar prontamente a trabajar a plena capacidad, de conformidad con la Ley sobre el Ombudsman de Derechos Humanos. Al no ser aceptado por el Comité de Peticiones, Propuestas y Vigilancia Social de la Asamblea Nacional de la República Srpska, el proyecto de ley ha sido retirado por su patrocinador.

16.Conviene observar que todavía no se ha llegado a un enfoque unificado de la defensa de los derechos humanos en todo el territorio de Bosnia-Herzegovina. En abril de 2006 se promulgó la ley por la que se modifica la Ley sobre el Ombudsman de Derechos Humanos de Bosnia y Herzegovina, cuyo objetivo es la unificación de la Institución del Ombudsman a nivel de todo el Estado. Lamentablemente, no pudo procederse a la fusión en el plazo previsto (31 de diciembre de 2006) porque las Entidades no han cumplido con su obligación de promulgar sendas leyes sobre la extinción de la validez de la Ley sobre el Ombudsman de Derechos Humanos de la Federación de Bosnia y Herzegovina y de la República Srpska, respectivamente.

17.Por consiguiente, no se ha logrado la unificación en una sola institución del Ombudsman de Derechos Humanos de Bosnia y Herzegovina, aunque se trata de una de las tareas pendientes fundamentales para la adhesión de Bosnia y Herzegovina a las instituciones euroatlánticas, como se desprende del Acuerdo de Paz de Dayton (párrafo 5 del artículo III de la Constitución de Bosnia y Herzegovina).

C. Actividades culturales

18.De conformidad con el Acuerdo de Paz de Dayton, en Bosnia y Herzegovina las cuestiones relacionadas con la esfera de la cultura son competencia de las Entidades. En virtud de la Constitución de la Federación de Bosnia y Herzegovina, las competencias culturales pueden ser transferidas de los cantones a los municipios. Un cantón puede transferir algunas de sus competencias a la Federación de Bosnia y Herzegovina si ello puede redundar en una mayor eficiencia y racionalidad en el ejercicio de los derechos mencionados.

19.En los últimos diez años se han promulgado en la República Srpska disposiciones jurídicas relativas a actividades culturales. En numerosos casos (actividades relacionadas con bibliotecas y editoriales) esas disposiciones han sido modificadas por nuevos reglamentos y normas.

20.Con el fin de garantizar el derecho de todas las personas de Bosnia y Herzegovina a participar en la vida cultural, el país se ha adherido a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

21.Según su Constitución, Bosnia y Herzegovina es la patria de 3 pueblos constituyentes (bosníacos, serbios y croatas) y 17 minorías nacionales reconocidas por la Ley de protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales. Ese variadísimo patrimonio cultural se considera un valioso activo para la nación.

22.En Bosnia y Herzegovina se practican cuatro religiones monoteístas. Sarajevo, la capital de Bosnia y Herzegovina, es el único lugar del mundo en el que en un radio de 500 m se encuentran una catedral católica, una iglesia ortodoxa, la mezquita de Gazi Husrev-Bey y una sinagoga. Bosnia y Herzegovina brindó asilo a judíos sefarditas exiliados de España en el siglo XV, y también se asentaron en su territorio judíos ashkenazi tras la implantación de la monarquía austrohúngara, en 1875-1878, época en que se construyeron el antiguo templo judío y la actual sinagoga.

23.Lamentablemente, durante el trágico conflicto del período 1992-1995, Bosnia y Herzegovina, además de gran cantidad de vidas humanas (cuyo número total todavía se desconoce, y por eso se ha establecido el Instituto de Personas Desaparecidas de Bosnia y Herzegovina), perdió numerosos edificios culturales y religiosos que eran testigos de una tradición milenaria de multiculturalidad (por ejemplo, la mezquita de Aladza en Foca, la mezquita de Ferhadija en Banja Luka, el antiguo puente de Mostar, el monasterio de Zitomislici cerca de Mostar, la iglesia ortodoxa de Mostar, el monasterio de Plehan en la zona de Posavina, la mezquita de Haji-Alija en Pocitelj, la mezquita del Sultán Esma en Jajce, las tierras del Bey y la mezquita de Stolac, etc.).

24.La firma de los Acuerdos de Paz de Dayton trajo la paz a Bosnia y Herzegovina, que inició su recuperación, promoviendo la tolerancia y el respeto a la diversidad mediante el desarrollo de un Estado democrático moderno que aspira a incorporarse pronto a los procesos de integración europeos.

25.Se reabrió el antiguo puente de Mostar (bajo la protección de la UNESCO), acontecimiento que recibió amplia cobertura en los medios de comunicación nacionales y extranjeros. Se colocó la primera piedra para la reconstrucción de la mezquita de Ferhadija en Banja Luka. Se reconstruyeron los monasterios de Zitomislic y Plehan. Se restauró Bascarsija, el barrio antiguo de Sarajevo. El famoso "puente sobre el Drina", es decir, el puente de Visegrad erigido por Mehmed-Pasha Sokolovic y que describió el escritor Ivo Andric, ganador del premio Nobel, ha sido declarado parte del patrimonio cultural de la humanidad.

26.Bosnia y Herzegovina se ha comprometido con el principio de respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales (el Convenio Europeo de Derechos Humanos forma parte integral de su Constitución y se aplica directamente en el ordenamiento jurídico interno) a través del fortalecimiento de la democracia, el diálogo multicultural y el respeto a la diversidad nacional, cultural y religiosa, y la eliminación de todas la formas de discriminación y de intolerancia contra los miembros de cualquier grupo de la sociedad.

27.El artículo 183 del Código Penal de Bosnia y Herzegovina (Boletín Oficial, Nº 3/03) trata de la destrucción de los monumentos culturales, históricos y religiosos, pues la conservación de los monumentos culturales se considera una tarea de importancia internacional.

28.El artículo 322 del Código Penal de la Federación de Bosnia y Herzegovina (Boletín  Oficial de la Federación de Bosnia y Herzegovina, Nº 50/03) sanciona el registro y la apropiación ilícitos de monumentos culturales. El artículo 253 del capítulo relativo a los delitos contra la propiedad del Código Penal de la Republika Srpska (Boletín Oficial de la RS, Nº 49/03) sanciona los delitos de apropiación, destrucción o deterioro de monumentos culturales, objetos naturales protegidos u otros artículos de especial valor cultural o histórico, y el artículo 254 establece sanciones penales para los delitos de exportación ilegal de artículos de especial valor cultural o histórico o curiosidades naturales. En los artículos 315 y 316 del Código Penal del distrito de Brcko (véase el capítulo "Delitos contra el medio ambiente, la agricultura y los recursos naturales") se establecen sanciones por la destrucción, el deterioro y la exportación no autorizada de monumentos culturales y objetos naturales protegidos y por el registro y la apropiación ilícitos de monumentos culturales.

29.La Comisión para la Preservación de los Monumentos Nacionales de Bosnia y Herzegovina (CPMN) se estableció en virtud del anexo 8 del Acuerdo Marco General de Paz en Bosnia y Herzegovina. En el período comprendido entre 1996 y 2001, la CPMN trabajó bajo el patrocinio de la UNESCO. Se convirtió en institución estatal por una decisión de diciembre de 2001 de la Presidencia de Bosnia y Herzegovina. Está integrada por cinco miembros (tres expertos nacionales y dos extranjeros) nombrados atendiendo a sus historiales profesionales. El mandato de los miembros de la Comisión es de cinco años. Los miembros nacionales ejercen por rotación la presidencia, por períodos de seis meses. Las 300 decisiones de declaración de monumentos nacionales se han adoptado por unanimidad.

30.La sesión constitutiva de la CPMN se celebró el 4 de marzo de 2002. Por decisión de la Presidencia de Bosnia y Herzegovina se le confiaron también las tareas de cooperación internacional en relación con el patrimonio cultural e histórico del país.

31.Las decisiones de declaración de monumentos nacionales se aplican de conformidad con la Ley de aplicación de las decisiones de la CPMN, y la responsabilidad de su aplicación incumbe a los gobiernos de las Entidades, es decir, a sus respectivos ministerios de ordenación del territorio.

32.Conviene señalar que la Comisión ejerce funciones de vigilancia en los casos de monumentos nacionales amenazados y adopta medidas para su protección incoando procedimientos ante los tribunales competentes, de conformidad con el Código de Procedimiento Penal (construcción ilegal, reconstrucción no profesional, falta de mantenimiento, y otras formas de deterioro).

33.El gobierno del distrito de Brcko ha adoptado diversas medidas concretas para la preservación, la difusión y el desarrollo de la cultura: el Parlamento promulgó en 2002 la Ley de asociaciones y fundaciones, que abarca a las asociaciones que trabajan en la esfera de la cultura; ha financiado la reconstrucción de los lugares de interés cultural devastados y ha construido nuevos centros culturales (por ejemplo, para los romaníes); y participa en la financiación y organización de grandes proyectos culturales, como la Colonia Internacional de Arte Sava, los Encuentros Teatrales de Bosnia y Herzegovina, las Jornadas de Música Espiritual, o el Festival Amateur de Creatividad Rural y Urbana.

34.La actividad cultural se ha orientado en Bosnia y Herzegovina a fortalecer la aportación de los valores de una sociedad democrática al desarrollo. La colaboración entre la sociedad civil y sus instituciones es un reflejo del consenso social y cultural sobre la afirmación de los valores auténticos de la cultura y el arte. A través de la cooperación entre diversas instituciones culturales y educativas y los medios de comunicación se establecen las condiciones para fortalecer una sociedad abierta y democrática, promover el diálogo intercultural sobre las diferencias, establecer nuevos criterios para la definición de valores, y facilitar el acceso a manifestaciones educativas de carácter internacional.

35.En Bosnia y Herzegovina se celebran algunos festivales y manifestaciones culturales de importancia internacional que gozan de gran prestigio entre los participantes, los artistas, la audiencia y el público.

36.El Festival MESS es un festival de teatro con una larga tradición y un programa diverso en el que tienen cabida las últimas tendencias de la actividad teatral en el país y en el mundo. Además de las representaciones teatrales se organizan actividades complementarias, como exposiciones, conciertos, mesas redondas, etc.

37.En el Festival de Invierno de Sarajevo se dan cita cada año artistas nacionales e internacionales. En sus 20 años de existencia, ese festival viene reuniendo a artistas y visitantes de todo el mundo. En el marco del festival se organizan actividades en todas las principales ciudades de Bosnia y Herzegovina. Entre esas actividades se cuentan concursos para estudiantes y otros programas para jóvenes, que selecciona la asociación organizadora de la Bienal de la Juventud de Europa. Además, en Sarajevo, capital de Bosnia y Herzegovina, se organiza durante el verano un importante evento cultural (que abarca desde conciertos hasta exposiciones, pasando por representaciones teatrales), denominado "Noches de Bascarsija".

38.El Festival de Cine de Sarajevo es el más prestigioso de los festivales que se celebran en Bosnia y Herzegovina. En él se muestran obras cinematográficas, las mejores películas y documentales de los festivales internacionales de cine, programas regionales, proyectos de vídeo y programas infantiles, junto a los más recientes éxitos de taquilla. En el marco del festival se organizan actividades complementarias, como talleres y seminarios para críticos de cine (sobre tecnología digital, documentales y otros temas).

39.El proyecto "ARS AEVI" es el proyecto internacional más relevante de Europa y del mundo en materia de arte contemporáneo. Durante sus diez años de existencia ha ido desarrollándose hasta convertirse en un singular proyecto de cooperación en el que participan instituciones artísticas y culturales, administraciones municipales y regionales, artistas e intelectuales de Europa y del resto del mundo.

40.El objetivo del proyecto es crear en Sarajevo un complejo de atracciones arquitectónicas urbanas diseñadas por conocidos arquitectos de nuestra época y en el que los artistas vivos más renombrados produzcan obras para la colección del museo de arte contemporáneo ARS AEVI de Sarajevo.

41.La colección cuenta por el momento con más de 100 obras de arte, y se está convirtiendo en un proyecto singular que suscita el entusiasmo de artistas, directores de grandes museos europeos, alcaldes de ciudades e intelectuales muy diversos que hacen aportaciones al propio concepto y a su realización.

42.En el marco de ese proyecto se organizan seminarios multiculturales, cursos museísticos, exposiciones y presentaciones de proyectos arquitectónicos, entre otras actividades.

D. Educación

43.El derecho a la educación forma parte integral de la Constitución de Bosnia y Herzegovina, en la que se proclama que: "Los derechos y las libertades estipulados en la Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y sus protocolos se aplicarán directamente en Bosnia y Herzegovina y tendrán primacía respecto de cualquier otra norma. Todas las personas en el territorio de Bosnia y Herzegovina gozarán de los derechos humanos y las libertades fundamentales", lo que incluye el derecho a la educación.

44.No existe a nivel estatal un ministerio específicamente encargado de la educación. El Ministerio de Asuntos Civiles de BosniayHerzegovinaseocupadelacoordinacióndelasactividades, de armonizarlosplanesdelasautoridadesdelasEntidadesydedefinir en el plano internacionalunaestrategia para el sector de la educación en el país.

45.De conformidad con la Constitución, la organización y la gestión del sistema educativo están descentralizadas en BosniayHerzegovinaal nivel de las Entidades y del distrito deBrcko.

46.Con la firma, en marzo de 2002, del Acuerdo Provisional para atender a las necesidades y derechos de los hijos de repatriados ylapromulgación en 2003 delaLeymarco, las autoridades competentes dieron un paso importante hacia la plena realización del derecho a la educación de los hijos de refugiados y repatriados al garantizar que:

-Se facilite a esos niños igualdad de acceso a la educación sin discriminaciones, entre otras medidas mediante la estipulación de que las autoridades locales han de respetar la libertad de movimientos para escoger residencia y la aplicación del principio de reconocimiento pleno de la documentación académica de cualquier parte de Bosnia y Herzegovina (art. 13), a fin de que puedan continuar su educación sin restricciones relacionadas con determinados programas y con posibilidad de cursar asignaturas suplementarias de otros programas educativos;

-Los niños repatriados del extranjero puedan continuar su educación sobre la base de su documentación académica extranjera, previamente evaluada/validada de conformidad con las normas en vigor;

-Las decisiones jurídicas sobre la igualdad y el uso de los idiomas y alfabetos de los pueblos constituyentes en el proceso educativo se orienten asimismo a eliminar la discriminación contra esta categoría de alumnos;

-Se impulse la armonización de la composición étnica de las juntas escolares, atendiendo a la composición del alumnado, de los padres, del personal y de la comunidad local, sobre la base del censo de 1991.

47.Todos los principios proclamados en la Ley marco y detallados a niveles inferiores deben dirigirse a realizar y proteger el derecho a la educación de todos los niños, incluidos los hijos de refugiados y repatriados:

-La ley estipula explícitamente que las escuelas tienen la obligación de prestar toda la asistencia posible para facilitar la matriculación, la asistencia a las clases y la continuación de la educación y establecer las condiciones necesarias para la realización de ese derecho, en particular en el caso de los niños refugiados, desplazados y repatriados.

-El principio de igualdad de la documentación académica en todo el territorio de Bosnia y Herzegovina tiene por finalidad proteger a los niños repatriados y refugiados.

-Con miras a proteger la identidad nacional y cultural de los hijos de ciudadanos de Bosnia y Herzegovina que viven en el extranjero, se proporciona ayuda para la organización de clases suplementarias en el "grupo nacional" de asignaturas.

-La finalidad de las actividades realizadas en el marco de la aplicación del Acuerdo Provisional para atender a las necesidades especiales y a los derechos de los niños repatriados es proteger a los niños y facilitar su repatriación sostenible. El Acuerdo obliga a las autoridades educativas a realizar determinadas actividades que promueven los objetivos fijados.

48.Los objetivos fijados son los siguientes:

-Objetivo 1: permitir a los niños repatriados estudiar el denominado "grupo nacional de asignaturas" en el plan de estudios de su elección;

-Objetivo 2: promover el empleo de maestros y profesores repatriados;

-Objetivo 3: supervisar la situación de los niños repatriados y reunir datos al respecto;

-Objetivo 4: armonizar el sistema nacional de juntas escolares;

-Objetivo 5: proporcionar libros de texto idóneos y eliminar de las escuelas nombres y símbolos inapropiados, etc.;

-Objetivo 6: cursar instrucciones para la aplicación del Acuerdo.

49.Los niños desplazados y los niños que viven en los centros colectivos reciben asistencia de las autoridades educativas en función de las posibilidades existentes (libros de texto gratuitos, comidas gratuitas). Numerosas organizaciones no gubernamentales (ONG) realizan actividades en esa esfera.

50.Entre los resultados prácticos positivos de la aplicación de la Ley marco y del Acuerdo Provisional cabedestacar los siguientes:

-Ha aumentado el número de alumnos repatriados que están escolarizados en sus lugares de residencia anteriores a la guerra;

-Ha aumentado el número de maestros y profesores repatriados y de grupos minoritarios;

-En más de 25 escuelas de Bosnia y Herzegovina los padres de los alumnos determinan cómo ha de organizarse la enseñanza de las asignaturas del denominado "grupo nacional" en el marco del plan de estudios;

-Se ha procedido a una revisión de los libros de texto, eliminando de ellos los contenidos inapropiados;

-Se han formulado instrucciones para la elaboración de libros de texto de geografía e historia;

-Se han elaborado modelos de Normas para el establecimiento y el funcionamiento de las juntas escolares (de conformidad con las disposiciones de la Ley marco) y de Normas sobre los criterios aplicables a los nombres de las escuelas, los símbolos que se utilizan en ellas y la organización de manifestaciones escolares (en las que la República Srpska, el distrito de Brcko y de tres a seis cantones de la Federación han basado sus propios reglamentos).

51.El Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina estableció una comisión encargada de elaborar un programa para las clases suplementarias destinadas a los niños que viven en el extranjero. Según las informaciones más recientes, esa comisión ha culminado ya su labor:

-Todavía no se ha introducido un sistema para el estudio continuado del grupo nacional de asignaturas en las zonas en las que no se llega al número requerido de alumnos. Persiste la práctica de transportar a los alumnos hasta escuelas situadas fuera de su zona, no se ha implantado plenamente la práctica institucional de las juntas escolares con miras al establecimiento de un sistema escolar nacional unificado, y funcionan todavía centros colectivos y de tránsito, cuya población escolar resulta difícil integrar en un proceso educativo normal. Por último, los procedimientos para el reconocimiento de la documentación académica extranjera siguen siendo complejos y no se han uniformado.

-Un ejemplo de la persistencia en la práctica de situaciones de discriminación de los alumnos (incluidos los niños refugiados y repatriados) es la existencia de numerosos casos de lo que se denomina "dos escuelas bajo el mismo techo" (de las 52 escuelas existentes en la Federación hasta la fecha, sólo han sido jurídica y administrativamente unificadas 2 escuelas secundarias en Zepce y Vares y la escuela secundaria de Mostar). Hay algunos ejemplos claros de incumplimiento de la decisión del Alto Representante en los cantones de Herzegovina-Neretva, Bosnia Central y Zenica-Doboj; se prevé que, una vez armonizadas las leyes, se darán las condiciones para la unificación de todas las escuelas antes del comienzo del curso escolar.

E. Trabajo y desempleo

52.NoexistenanivelestatalunaLeymarcosobrelascuestionesrelativasaltrabajoyelempleoniunministeriocompetenteenesaesfera. El Ministerio de Asuntos Civiles se encarga de la coordinación de las actividades, la armonización de los planes de las autoridades de las Entidades y la definición de una estrategia internacional en la esfera del trabajo y el empleo.

53.De conformidad con la Constitución de Bosnia y Herzegovina, la organización y la gestión del sistema de protección jurídica en el empleo están descentralizadas en Bosnia y Herzegovina al nivel de las Entidades y del distrito de Brcko.

54.Enloquerespectaalabúsquedadeempleo, lascategoríasespecíficas de personas se enfrentan a las mismas condiciones que los demás desempleados, es decir, a dificultades dimanantes principalmente de una economía devastada, de la escasez de puestos vacantes y del elevado número de personas altamente cualificadas que están registradas como desempleadas en las oficinas de empleo.

55.Los procedimientos para adquirir el derecho a percibir prestaciones de desempleo son los mismos para todas las personas desempleadas, cualquiera que fuera su lugar de residencia antes de la guerra. La ley estipula que las personas desempleadas deben inscribirse en la oficina de empleo que les corresponda por su lugar de residencia. Las personas desempleadas que abandonaron su lugar de residencia originario como consecuencia de la guerra deben inscribirse en la oficina de empleo correspondiente a su lugar temporal de residencia.

F. Igualdad y equidad en el empleo

56.De conformidad con la Ley de intermediación para el empleo y la seguridad social de las personas desempleadas, ninguna persona puede ser colocada en un puesto menos ventajoso por motivos de raza, color, sexo, idioma, creencias, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, patrimonio, nacimiento u otras circunstancias, pertenencia o no pertenencia a un partido político o sindicato, o discapacidad física o mental.

57.Las prestaciones de desempleo se financian mediante las aportaciones correspondientes de empleadores y trabajadores y a través de programas de empleo establecidos de conformidad con las necesidades del mercado de trabajo.

58.Para la aplicación de los programas mencionados se recurre a anuncios en los medios de comunicación, que permiten poner los fondos disponibles a disposición de todas las personas físicas y jurídicas que cumplen los requisitos.

59.Los servicios de empleo competentes tienen la obligación de cooperar entre sí, coordinar su labor e intercambiar la información de que disponen en sus registros oficiales. Los servicios de empleo deben presentar informes a las oficinas de empleo, que recopilan esa información y elaboran con ella sucintos estados de situación en materia de trabajo y empleo. Compete asimismo a las oficinas de empleo proponer medidas adecuadas para el desarrollo y el funcionamiento del sistema unificado de información.

60.Lasoficinasdeempleoevalúanperiódicamente el mercado de trabajo, de conformidad con las instrucciones pertinentes,conobjetodeobteneryfacilitarinformaciónsobre las tendencias que en él se registran, yde poder desempeñar debidamente su funcióndeintermediación, poniendo encontactoconsusempleadorespotencialesalaspersonasdesempleadas y a las personas que deseen cambiar de empleo.

61.Con arreglo a la Ley de intermediación para el empleo y la seguridad social de las personas desempleadas, las personas desempleadas deben inscribirse en el servicio de empleo que les corresponda con el fin de solicitar trabajo y de adquirir derecho a recibir la prestación de desempleo y acceder a atención de salud, pensión o prestación por discapacidad en los casos previstos por la ley.

62.Existe un nivel adecuado de cooperación entre las oficinas de las Entidades, la Oficina del distrito de Brcko, la Oficina Cantonal y el Organismo de Trabajo y Empleo de Bosnia y Herzegovina.

63.Es necesario examinar cuidadosamente los historiales de las personas desempleadas con el fin de distinguir entre las personas que buscan activamente empleo y las que se inscriben sólo para garantizarse el acceso a otros derechos (seguro, prestación por hijos a cargo, etc.).

64.Para cada nuevo año civil se establecen programas de trabajo con objeto de mejorar la situación sobre el terreno. Los gobiernos de las Entidades aprueban los programas de empleo ofrecidos por las oficinas de empleo.

G. Protección social

65.Las personas desplazadas y los refugiados en Bosnia y Herzegovina tienen derecho a la protección social en las mismas condiciones que los demás ciudadanos y de conformidad con la Constitución, en la que se estipula que las Entidades, los cantones y el distrito de Brcko son competentes en materia de protección social.

66.Los principales obstáculos para la aplicación de los mencionados derechos de las personas desplazadas, regulados por la legislación sobre protección social, son los siguientes:

-El funcionamiento del sistema de protección social de ambas Entidades no es equilibrado y otorga sistemáticamente preferencia a determinados grupos y categorías de personas (por ejemplo, soldados o personas con discapacidad), que gozan de un trato privilegiado en relación con las personas desplazadas;

-La escasez de recursos financieros del Estado para las prestaciones de protección social se reproduce al nivel de las Entidades, lo que, unido a las deficiencias de coordinación, impide la armonización de los criterios de definición de las categorías de beneficiarios, así como de los niveles de las prestaciones para las personas necesitadas de protección social;

-La escasez de fondos disponibles para el sistema de protección social o su deficiente financiación por las Entidades promueve el traspaso de competencias a los cantones en la Federación de Bosnia y Herzegovina y a los municipios en la República Srpska, lo que redunda en la ulterior marginación de las familias desplazadas;

-En muchos casos, los ministerios de las Entidades y de los cantones no consiguen alcanzar los objetivos proclamados de política social ni cumplir sus obligaciones legales en materia de protección social.

67.Por otra parte, existe un número relativamente pequeño de familias desplazadas que cuentan con ingresos suficientes para atender por lo menos a sus necesidades sociales mínimas, aunque la mayoría de las familias desplazadas vive en condiciones de pobreza.

68.Las leyes que regulan actualmente la protección social en Bosnia y Herzegovina y las vigentes a nivel de las Entidades, los cantones y los municipios son insuficientes para garantizar el acceso de los repatriados a sus derechos en materia de protección social, lo que dificulta considerablemente el disfrute de esos derechos.

69.Por ejemplo, al cambiar de residencia, es decir, al retornar a su antiguo lugar de residencia, las personas desplazadas han de cancelar su empadronamiento en su actual lugar de residencia, y se encuentran privados de protección social en el lugar de repatriación. Para gozar de protección social en el lugar de repatriación, esas personas han de haber estado empadronadas en la "nueva dirección" durante un período de entre 6 y 12 meses, según la Entidad o el cantón de que se trate.

70.Los desplazados internosylosrepatriados se enfrentan a una serie de problemas específicos, como la necesidad de realizar desplazamientos diarios o semanales o incluso migraciones estacionales por motivos de trabajo, cambiosenlacomposicióndelasunidadesfamiliares, congrannúmero de familias a cargo de mujeres o de personas de edad, ingresosirregulares, ymenoraccesoqueelrestodelapoblaciónalosmecanismosdeprotecciónsocial.

71.Como consecuencia de esos y otros factores, las personas desplazadas y los refugiados están mucho más expuestas que el resto de la población a situaciones de necesidad social.

72.Según los datos de un estudiodeungrupoespecial, "Zivjeti u BiH"("VivirenBosniayHerzegovina"), lamayoríadelasfamiliasdesplazadasvive en condiciones de pobreza y precariedad. No tienen acceso ni siquiera a los niveles mínimos de asistencia social garantizados por las normas nacionales e internacionales.

73.En lo que a la protección social se refiere, el grado de vulneración de los derechos humanos es considerable, pues determinadas formas de asistencia social no están al alcance de todas las categorías de ciudadanos.

74.Transcurridos diez años desde el fin de la guerra, las personas desplazadas en Bosnia y Herzegovina siguen sobreviviendo en los márgenes de la sociedad, expuestas a la exclusión social.

75.Además, todavía no se han aplicado la mayoría de las principales recomendaciones y condiciones para lograr una protección social óptima en Bosnia y Herzegovina, como los compromisos de cohesión social, solidaridad, igualdad e inclusión, lo que redunda inevitablemente en casos de abandono y deficiencias en la protección de todos los grupos vulnerables, incluidas las personas desplazadas y los refugiados.

76.Los derechos de protecciónsocialrequierenla intervención activa del Estado. Esos derechos se basan en una filosofía sobre lo que constituye una sociedad deseable y sobre cómo puede el Estado contribuir a su construcción.

77.Con miras a la plena sostenibilidad de la repatriación y la reintegración de los repatriados, debe prestarse particular atención a la reconstrucción de la infraestructura social, sanitaria y cultural, así como de las mezquitas, iglesias y otros lugares de culto, que constituye una prioridad permanente del Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados.

78.El último censo de BosniayHerzegovina se llevó a cabo en abril de 1991, deconformidadconlaLeydelcensodepoblación, hogares, viviendasypropiedadesagrícolas, de 1991 (Bolet í n OficialdelaRepúblicaFederativaSocialistadeYugoslavia (RFSY), Nº 3/90), y la Leysobre la organización y realización del censodepoblación, hogares, viviendasypropiedadesagrícolas de 1991 y los recursos para su financiación (ibíd, Nº 22/90).

79.BosniayHerzegovinatieneconocimientodelarecomendacióndelasNacionesUnidasdequeloscensosdepoblación se celebren cada diez años en un año terminado en cero o en uno. Sin embargo, hay que tener en cuenta que en Bosnia y Herzegovina el censo más reciente se realizó en abril de 1991.

80.Desde el censo de 1991 no se ha vuelto a censar a la población de Bosnia y Herzegovina, por lo que no se dispone de nuevos datos estadísticos.

81.En febrero de 1999 el Organismo de Estadística de Bosnia y Herzegovina y las oficinas de estadística de las Entidades establecieron un Grupo de Trabajo para preparar el censo de población de 2001. Prevaleció la opinión de la Oficina del Alto Representante y de la OSCE, partidarias de aplazar el censo planeado por diversas razones: fragilidad de la situación política en el país, falta de legislación adecuada, especialmente a nivel estatal, existencia de numerosos campos de minas, y el hecho de que no hubiera concluido el proceso de retorno de refugiados y personas desplazadas.

H. Situación de los romaníes en Bosnia y Herzegovina

82.Delexamendelcensode 1991 sedesprendeclaramentequeexistenminoríasalasquepodría calificarse de "tradicionales"y, porasí llamarlas, minorías"nuevas"quesonelresultadodeladisolucióndelantiguoEstado común (montenegrinos, macedonios y eslovenos).Cualquiera que sea el lugar de origen de esos grupos o el número de sus integrantes (que oscilan entre 133 a 10.048), el artículo 3 de la Ley de protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales define como minoría nacional, en el sentido de esa ley, a "una parte de la población de ciudadanos de Bosnia y Herzegovina que no pertenece a uno de los tres pueblos constituyentes de Bosnia y Herzegovina (bosniacos, croatas y serbios), y que está integrada por personas del mismo origen étnico o de un origen similar, que tienen las mismas tradiciones, costumbres, religión, cultura y espiritualidad o unas tradiciones, costumbres, religión, cultura y espiritualidad similares, y una historia común o relacionada, además de otras características comunes".

83.LaLeydeproteccióndelosderechosdelaspersonaspertenecientesaminoríasnacionalesse promulgó yentró envigorenmayode 2003 (Boletín Oficial de Bosnia y Herzegovina, Nº 12/2003). La ley se aprobó tras dos años de debates y después de que se armonizaran varias versiones de ella y de que se recibiera la aprobación (en forma de opinión) de la denominada Comisión de Venecia del Consejo de Europa. En esa opinión se indica que el proyecto de ley cumple los criterios mínimos para su promulgación y entrada en vigor. Ellargoprocesoqueserequiere enBosniayHerzegovinaparapromulgarleyes es la primera característica objetiva de la situación jurídicopolítica del país, y se debe tener en cuenta al estudiar la posibilidad de promulgar y aplicar legislación. Tras su aprobación, la Ley de protección de los derechos que las personas pertenecientes a minorías nacionales se publicó en los tres idiomas oficiales en el Boletín Oficial de Bosnia y Herzegovina, con lo que se puso a disposición de todos los órganos e instituciones competentes, así como de otras entidades que utilizan esa publicación. Posteriormente se tradujo al inglés y al romaní. Consideramos que la primera traducción de una ley de Bosnia y Herzegovina al romaní es sumamente importante para la emancipación de la minoría nacional romaní del país; ese hecho constituye un ejemplo positivo del reconocimiento de los romaníes. La ley se ha publicado en un folleto especial del que se han distribuido 1.000 ejemplares en diversos lugares. Por lo tanto, las autoridades públicas de Bosnia y Herzegovina no tienen excusa ni justificación para desconocer el contenido de la ley.

84.Según la información de que dispone el Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina, que es un ministerio con cartera que forma parte del Consejo de Ministros para los derechos de las minorías nacionales, las Entidades que integran Bosnia y Herzegovina, a saber, la República Srpska y la Federación de Bosnia y Herzegovina, iniciaron a finales de 2003 el proceso de aprobación de sus respectivas leyes de protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales, de conformidad con lo dispuesto en la Ley estatal de protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales. En su calidad de órgano supremo del poder ejecutivo, la Asamblea Nacional de la República Srpska promulgó a finales de diciembre de 2004 la Ley de protección de las personas pertenecientes a minorías nacionales en la República Srpska (Boletín Oficial de la República Srpska, Nº 2/2005). Esa ley recogía las disposiciones de la Ley estatal y desarrollaba con mayor detalle algunas de ellas. La Asamblea Legislativa de la Federación de Bosnia y Herzegovina todavía no ha concluido ese proceso, pese a los intensos esfuerzos realizados. Ningún cantón ha promulgado todavía su ley sobre las minorías nacionales como ley especial, lo que dificulta en cierta medida la resolución de los problemas con los que se enfrentan los romaníes que viven en sus territorios y están bajo su jurisdicción.

85.La ley por la que se modifica la Ley de protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales, que se aprobó en octubre de 2005 (Boletín Oficialde Bosnia y Herzegovina, Nº 76/05), incluye disposiciones más precisas sobre el establecimiento de ese órgano y fija para ello un plazo de 60 días a partir de la fecha de aprobación de la ley. Por último, la Decisión sobre el Establecimiento del Consejo de Minorías Nacionales de Bosnia y Herzegovina de la Asamblea Legislativa de Bosnia y Herzegovinase aprobó y público en mayo de 2006 (Boletín Oficial, Nº 38/06). En ella se declara que el órgano consultivo se constituirá lo antes posible. El proceso está en marcha y se espera que el Consejo de las Minorías Nacionales de la Asamblea Legislativa de Bosnia y Herzegovina se establezca para finales de 2007.

86.El cumplimiento de esa obligación jurídica es fundamental para sensibilizar a la opinión pública sobre la importancia de ese órgano para la promoción y la protección de los derechos humanos. También permite abordar cuestiones que afectan a todas las minorías nacionales y, en particular, a los romaníes, dado que éstos constituyen la minoría nacional más numerosa y vulnerable del territorio de Bosnia y Herzegovina.

87.En los últimos dos o tres años se ha informado regularmente a los ciudadanos de BosniayHerzegovina acerca de miembros de las minorías nacionales. A través de los programas de televisión, se ha difundido periódicamente información sobre los problemas de las comunidades minoritarias, su cultura, sus costumbres y sus peculiaridades, y sobre las actividades de las ONG integradas por miembros de esas minorías. La Radiotelevisión de la República Srpskadisponedeunprogramasemanaldedicadoalasminorías, ylaTelevisión deBosniayHerzegovina y la de la Federación preparan ocasionalmente programas sobre el tema.

88.Asimismo, enelmarcodelapolíticageneral, sepromueveunacooperaciónmásestrecha de lasONG yotrasasociacionesdelasminorías con los Estados étnicamente afines. Lacomunicación con esos Estados no entraña formalidades administrativas ni otro tipo de obstáculos legales. En otras palabras, todas las comunidades minoritarias, con excepción de la romaní, mantienen contactos y colaboran con los Estados étnicamente afines sin condiciones y obstáculos. Las ONG de eslovenos, checos, ucranios, italianos, húngaros, macedonios y otros mantienen una colaboración especialmente intensa en las esferas de la cultura, la educación, la enseñanza de la lengua materna y la información, entre otras cosas. AlgunasONG especialmente activas han logrado identificar sus necesidades en las esferas mencionadas y desarrollado varias modalidades de cooperación para satisfacerlas en colaboración con las Embajadas de los Estados étnicamente afines.

89.El sector no gubernamental de Bosnia y Herzegovina comprende a numerosas asociaciones que contribuyen a la promoción y la protección de los derechos humanos (Comité de Helsinki, Centro de Derechos Humanos, Link Diversity, etc.), y a la preservación del patrimonio étnico y cultural de las comunidades minoritarias (por ejemplo, Czech Beseda, una asociación de checos de la República Srpska; Taras Schevcenko, una asociación de ucranios de la República Srpska; Lira, la asociación cultural judía, etc.).

90.En el marco de esa política general, cabe destacar que en los dos últimos años se han celebrado varios debates sobre cuestiones relacionadas con la situación de esas minorías (que se examinan más adelante en el presente informe). Esas mesas redondas, en las que han participado representantes de las comunidades minoritarias, ONG que se dedican a la defensa de los derechos de las minorías, representantes de organizaciones internacionales y los ministerios competentes a nivel del Estado, las Entidades, los cantones y los municipios, han recibido amplia cobertura de los medios de comunicación al más alto nivel profesional, lo que, sin lugar a dudas, ha contribuido a mejorar el clima de tolerancia y comprensión respecto de la situación de las minorías en Bosnia y Herzegovina.

91.El hecho de que las propuestas relativas a la introducción de los cambios antes mencionados en la Constitución de Bosnia y Herzegovina en relación con la situación de las minorías se hayan aprobado sin ninguna dificultad y de que la opinión pública las haya aceptado como mínimo necesario para permitir la reafirmación política de los grupos minoritarios y la representación adecuada de sus intereses en Bosnia y Herzegovina debe interpretarse a la luz de una política general con respecto a las minorías.

92.Aunque, como se señalaba anteriormente, la situación de las minorías nacionales en su conjunto ha mejorado, la situación de la comunidad romaní sigue siendo muy difícil e insatisfactoria. La política general del Gobierno consiste en apoyar a todas las comunidades minoritarias, especialmente a la romaní. Sin embargo, las necesidades de ese grupo en materia de vivienda, empleo, atención de la salud y asistencia social son ingentes y superan la capacidad de Bosnia y Herzegovina, país empobrecido y desgarrado por la guerra. El problema que se plantea en relación con esa minoría es la pobreza, y no la discriminación por parte de los grupos mayoritarios o de la comunidad en su conjunto.

93.Dos meses después de la promulgación de la Ley de protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales, la Asamblea Legislativa de Bosnia y Herzegovina aprobó la Ley marco de enseñanza primaria y secundaria. En un artículo relativo a la educación de los miembros de las minorías nacionales, que complementa la Ley de protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales, figuran algunas disposiciones que pormenorizan las obligaciones del Gobierno en esa esfera y la forma de llevarlas a efecto. Las Entidades y los cantones han aprobado sus correspondientes leyes de enseñanza primaria y secundaria. Lamentablemente, todavía no se ha aprobado una ley marco sobre enseñanza preescolar, que regularía la cuestión del trato que reciben los miembros de las minorías nacionales, especialmente los romaníes, en ese ciclo de la enseñanza. Las leyes de las Entidades y los cantones también se ocupan de la cuestión de la satisfacción de las necesidades educativas de los miembros de las minorías nacionales. Sin embargo, el Ministerio de Educación y Cultura de la República Srpska ha preparado una directriz concreta sobre la aplicación de esa ley en la que se examinan en detalle el contenido de las obligaciones con respecto a las minorías nacionales y la manera de darles cumplimiento.

94.Por lo que respecta a la educación de los miembros de las minorías nacionales de Bosnia y Herzegovina, es importante subrayar que en febrero de 2004 las autoridades bosnias, con la mediación de la Misión de la OSCE en Bosnia y Herzegovina, aprobaron el Plan de Acción para satisfacer las necesidades educativas de los romaníes y los miembros de otras minorías nacionales. El Plan, que fue firmado por los Ministros de Educación con cartera, se está aplicando y ha empezado a dar resultados, como indican, entre otras cosas, las conclusiones y recomendaciones de una conferencia de expertos organizada en Vogosca en julio de 2005 por el Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina que se dedicó exclusivamente a evaluar la aplicación de ese Plan de Acción. El 20 de febrero de 2006 se celebró en el Edificio de las Instituciones Conjuntas una Conferencia con el título "Dos años de aplicación del Plan de Acción para satisfacer las necesidades educativas de los romaníes y los miembros de otras minorías nacionales de Bosnia y Herzegovina: experiencia adquirida y retos pendientes". Esas conferencias contaron con la asistencia de la práctica totalidad de los ministros de educación con cartera y de la mayoría de las ONG que representan a las minorías nacionales, los miembros del Consejo de los Romaníes, los miembros del Comité Romaní del Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina, otros dirigentes romaníes y representantes de organizaciones internacionales. La conclusión de esas conferencias fue que el Plan de Acción todavía tenía vigencia y que no era preciso modificar ni enmendar su texto ni su significado, pero que había que ser más riguroso en su aplicación, especialmente en lo relativo a las obligaciones de las autoridades educativas y locales de Bosnia y Herzegovina. Aunque el Plan de Acción no es perfecto, especialmente porque no precisa qué entidades deben encargarse de supervisar su aplicación, ha dado resultados positivos, en particular con respecto a los romaníes, como demuestra el número de niños romaníes escolarizados que asisten regularmente a la escuela, no abandonan los estudios y concluyen la enseñanza primaria. Asimismo, cada vez hay más niños romaníes que cursan la enseñanza secundaria. Actualmente hay cerca de 30 estudiantes romaníes en una de las universidades de Bosnia y Herzegovina. También ha aumentado la responsabilidad de la sociedad, especialmente de las autoridades educativas competentes, por ejemplo, en cuanto a facilitar libros de texto, material escolar, transporte y comidas calientes a los alumnos romaníes pobres, e incluir a profesores auxiliares romaníes en el proceso de enseñanza. Todo ello se confirmó en una conferencia organizada conjuntamente por el Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina, el Comité Romaní, el Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina y el Consejo de Europa (Oficina de Sarajevo) en diciembre de 2005. En la Conferencia se examinó la situación de las minorías nacionales en Bosnia y Herzegovina a la luz de la aplicación de las recomendaciones del Comité Consultivo del Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales del Consejo de Europa.

95.Deseamos asimismo subrayar que en la Federación de Bosnia y Herzegovina se plantea desde el final de la guerra el problema de las "dos escuelas bajo un mismo techo". Hasta el día de hoy no se ha podido resolver ningún aspecto importante de dicho problema.

96.La causa puede residir en el hecho de que en la Federación de Bosnia y Herzegovina son los cantones los que siguen detentando toda la autoridad constitucional en los asuntos relacionados con la educación. A nivel de la Federación y del Estado ha habido durante varios meses un órgano de coordinación integrado por los ministros de educación que es el que debería proponer una solución para ese problema.

97.Cabe recordar que el Departamento de Educación, junto con la OSCE, las dos Entidades y el distrito de Brcko, también ha participado en el proceso de reforma del sistema educativo de Bosnia y Herzegovina. Hasta la fecha, los cambios introducidos para solucionar el problema de las "dos escuelas bajo un mismo techo" son más de carácter "cosmético" que sustantivo. Por ejemplo, esos cambios consisten en la unificación de la administración en un pequeño número de escuelas, aunque los alumnos siguen estando divididos. Entre otras medidas adoptadas en el marco del proceso de reforma del sistema educativo de Bosnia y Herzegovina figuran la eliminación de los contenidos negativos de los libros de texto, los nombres de las escuelas y algunos signos de los establecimientos escolares. También cabe mencionar que las materias comunes de los programas de estudios se imparten de manera deficiente. En las escuelas de la Federación de Bosnia y Herzegovina hay dos programas de estudios: el programa bosnio y el programa croata.

98.En cuanto a los romaníes y a la Estrategia para los romaníes de Bosnia y Herzegovina, cabe añadir que el año crucial que marcó la aplicación de un enfoque más serio y organizado a la solución de sus problemas, al menos desde el punto de vista de las autoridades bosnias, fue el año 2001 cuando, bajo los auspicios de la OSCE, se celebró en Vogosca una conferencia de las 22 ONG romaníes registradas a la sazón en Bosnia y Herzegovina. El primer Consejo de los Romaníes de Bosnia y Herzegovina se estableció como órgano supremo para la representación de los romaníes del país. Posteriormente, a mediados de 2001, se creó en el Consejo de Ministros la Junta Asesora Nacional sobre los Romaníes como órgano asesor de las máximas autoridades del Gobierno de Bosnia y Herzegovina. Ambos órganos, de idéntica composición con respecto a la representación de la minoría romaní, han llevado a cabo varias importantes actividades, actos, iniciativas y exposiciones, tanto en el país como extranjero, con ayuda financiera de algunas organizaciones internacionales, en particular la OSCE, pero también de instituciones de Bosnia y Herzegovina (por ejemplo, los miembros romaníes de la Junta Asesora Nacional sobre los Romaníes del Consejo de Ministros han viajado al extranjero en repetidas ocasiones, a Estrasburgo, Budapest, Bruselas, Viena, Bucarest, Sevilla, etc., para asistir a varias conferencias, mesas redondas y seminarios). Tanto el Consejo de los Romaníes de Bosnia y Herzegovina como la Junta Asesora Nacional sobre los Romaníes han colaborado en la redacción de la Ley de protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales, además de en la aprobación del Plan de Acción para satisfacer las necesidades educativas de los romaníes y los miembros de otras minorías nacionales y en su aplicación, todo ello, naturalmente, en la medida en que ese Plan se está aplicando en la práctica. Sin embargo, la principal contribución de esos órganos a la solución de los problemas de los romaníes en Bosnia y Herzegovina es su importante participación en la sensibilización de la opinión pública y de todos los interlocutores sociales pertinentes, especialmente las autoridades nacionales, acerca de los romaníes y sus problemas y de la necesidad de hacerles frente con arreglo a las necesidades de esa minoría nacional y de acuerdo con las normas europeas.

99.La base de la estrategia para los romaníes, cuyo objetivo es resolver los problemas de esa minoría, es la sensibilizacióndelasautoridadescompetentesdeBosniayHerzegovina, enparticulardelMinisteriodeDerechosHumanosyRefugiados, ysucompromiso de afrontar losproblemasquesehanidentificadoentrelapoblaciónromaní haciendotodoloposibleporlograrlaemancipacióndeesaminoríanacional, asegurandolaplenaigualdaddesusmiembrosy equiparándolos en derechosydeberesal resto de los ciudadanos. Uno de los motores de esa estrategia es la fuerte motivación existente para definir todos los problemas y retos con los que se enfrentan los romaníes de BosniayHerzegovinaaliniciodeltercermilenio, desarrollardirectricesydeterminarlosenfoquesmásidóneosparaabordarlos, eidentificar a los organismos, instituciones, órganos de la sociedad civil y autoridades a los que corresponda ocuparse de los problemas de esa minoría con miras a resolverlos. En el marco de la estrategia se han identificado los 15 ámbitos en los que la población romaní se enfrenta con más problemas y que requieren la adopción de planes operacionales concretos. La aplicación de esos planes puede mejorar la situación social de la minoría romaní. La estrategia se ocupa de la práctica totalidad de las cuestiones vitales; en ese documento se han identificado todos los problemas que afectan aquí y ahora a la comunidad romaní, que se afrontan mediante el compromiso de superar los obstáculos con los que tropiezan los romaníes en su camino hacia la reafirmación social y la plena igualdad. Por esa razón se han identificado hasta 15 ámbitos, cifra considerablemente superior a la de cualquier otra estrategia o plan de acción equivalente sobre los problemas de los romaníes en los países de la región, que son muchos más de los que requería la adhesión al Decenio de la Inclusión Romaní.

100.Por último, las 17 esferas en las que los romaníes se enfrentan con problemas son: la educación; el empleo; la vivienda; la atención de la salud; la seguridad social; la inscripción en el registro civil y los documentos de identidad; el censo; la participación en el Gobierno y la colaboración con éste; la organización de los romaníes y la creación de redes de organizaciones romaníes y otras ONG que se ocupan de los problemas de esa comunidad; la información; la preservación y el afianzamiento de la identidad cultural y las tradiciones, las costumbres, la religión, la enseñanza de la lengua, la historia, el arte y la cultura romaníes, y el establecimiento de instituciones y asociaciones religiosas y culturales; la cooperación y el intercambio de experiencias con las organizaciones romaníes y otras ONG de los países vecinos y de otros países y con las organizaciones internacionales; la política demográfica y de población; las relaciones familiares; la igualdad de género; los derechos del niño; la no discriminación y la sensibilización acerca de la necesidad de incluir a los romaníes en todos los procesos sociales en Bosnia y Herzegovina.

101.Como se ha indicado anteriormente, las autoridades bosnias ya han realizado, a distintos niveles organizativos e incluso sin planes de acción concretos, varias actividades encaminadas a mejorar la situación juridicopolítica y socioeconómica de la minoría romaní. Una vez más, cabe subrayar que la experiencia con el Plan de Acción sobre la educación puede y debe ser constructiva y viable. Por otra parte, hasta la fecha se han realizado actividades en las esferas del registro civil y los documentos de identidad, que incluyen las tarjetas de identidad, las cartillas sanitarias, los permisos de conducir y documentos similares, que, pese a tener éxito, no han podido, evidentemente, resolver todos los problemas existentes. Entre esas actividades figuran también el levantamiento de mapas de la situación en materia de vivienda y de las necesidades de la población romaní en ese ámbito, y el examen de las oportunidades de empleo, las oportunidades de creación de pequeñas empresas, y las posibilidades de obtención de créditos que tiene la población romaní. Sin embargo, buena parte de esas actividades han sido de carácter esporádico y puntual y han dependido del interés y la buena voluntad de particulares y funcionarios locales y de rango inferior de las estructuras administrativas y las empresas y servicios públicos. Con el fin de superar el carácter no estructurado y especifico de esas actividades y de evitar que dependan de la voluntad de las estructuras de gobierno actuales y del interés de determinados ministros o políticos locales, es necesario aprobar planes de acción que sirvan como recordatorios operacionales concretos de las medidas que se han de adoptar en las distintas esferas para mejorar la situación de los romaníes. En otras palabras, es necesario establecer un sistema, fijar normas y determinar las obligaciones de las autoridades y los plazos de ejecución de las actividades, nombrar a los responsables y supervisar periódicamente la aplicación de los planes.

102.Para concluir con éxito la preparación de los planes de acción y conseguir el apoyo de las autoridades competentes, en particular el del Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina, es necesario que el Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados se encargue de coordinar esas actividades con la ayuda de los ministerios, las oficinas, los fondos y los organismos de las Entidades que se ocupan, por ejemplo, de las cuestiones del empleo, la vivienda y la atención de la salud. Habida cuenta de que esos planes son necesarios, entre otras cosas, para poder participar en el Decenio de la Inclusión Romaní, tienen que estar preparados y haberse aprobado para finales de 2007. Cabe recordar que para que Bosnia y Herzegovina pueda tomar parte en el Decenio todos los documentos tendrán no sólo que estar preparados a su debido tiempo sino también haberse publicado, distribuido y empezado a aplicar, y todas las autoridades bosnias tendrán que haber demostrado y manifestado claramente su compromiso y capacidad de resolver algunos problemas que afectan específicamente a los romaníes.

103.Para potenciar esos planes de acción y, una vez se aprueben, facilitar su aplicación, eliminando así las dificultades con las que se enfrentan hoy en día los romaníes en las esferas mencionadas, se ha previsto que el Consejo de Ministros apruebe los planes, y que el encargado de presentarlos oficialmente sea el Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados. También deberán publicarse en el Boletín Oficial de Bosnia y Herzegovina y en folletos oficiales, así como presentarse públicamente a las autoridades, las oficinas públicas, las empresas, las ONG y todos los demás organismos indicados en los planes de acción como encargados de la formulación y aplicación de medidas concretas:

-La mesa redonda "Los romaníes en la sociedad de Bosnia y Herzegovina: la aplicación de las políticas en la práctica", que se celebró el 11 de abril de 2007, manifestó su apoyo a los grupos de trabajo del plan de acción y subrayó la necesidad de innovación en el Plan de Acción para satisfacer las necesidades educativas de los romaníes y los miembros de otras minorías nacionales, que se aprobó en febrero de 2004.

-En mayo de 2007, el Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados y el Organismo Sueco de Desarrollo Internacional (OSDI) firmaron el Acuerdo de financiación del Plan de Acción de vivienda para los romaníes. El Acuerdo abarca el período comprendido entre el 1º de abril de 2007 y el 1º de octubre de 2008, durante el cual se prevé concluir la preparación del Plan e iniciar su aplicación y supervisión.

-En junio de 2007 se prevé firmar un acuerdo con la ONG World Vision. Cualesquiera que sean los acuerdos que se firmen con organizaciones internacionales, las actividades relacionadas con la preparación de los planes de acción ya se han puesto en marcha y siguen adelante como se proyectaba.

-Entre tanto, en febrero y mayo de 2007 se celebraron sendas reuniones del Grupo de Trabajo sobre atención de la salud. Se prevé que la primera reunión del Grupo de Trabajo sobre vivienda se celebre en junio, cuando también es probable que se celebre la del Grupo de Trabajo sobre empleo. También está previsto celebrar una reunión conjunta con los alcaldes de los municipios en los que la población romaní es más numerosa.

104.Además, se han logrado resultados positivos por lo que respecta a satisfacer las necesidades de información de las minorías nacionales. Varios medios de comunicación, como la Radiotelevisión de la República Srpska (RTRS) y algunas otras emisoras de radio y televisión regionales y locales, llevan dos años emitiendo programas destinados a las minorías nacionales y sobre la vida y el trabajo de sus miembros. Varias emisoras de radio locales emiten periódicamente programas en romaní, y por iniciativa de la Junta Asesora Nacional sobre los Romaníes del Consejo de Ministros, y con su asistencia financiera, a finales de 2005 concluyó un programa educativo especial a cargo de Media Plan Sarajevo. El programa, destinado a los jóvenes romaníes, consistía en un curso de formación en el campo del periodismo y otras profesiones relacionadas con los medios de comunicación. Se prevé que los 11 romaníes que han concluido el curso puedan contribuir significativamente a mejorar la información de su comunidad y del resto de la opinión pública acerca de esa minoría y de su vida. La labor relacionada con los preparativos de los planes de acción se presentó a la opinión pública del país mediante una conferencia de prensa que se celebró en marzo de 2007. Además, una escuela de Bijeljina publica un periódico bilingüe, en serbio y romaní, destinado al público infantil, que es importante desde el punto de vista del aprendizaje del romaní en las escuelas oficiales. En Banja Luka, el Consejo de las Minorías Nacionales de la República Srpska, que desarrolla actividades desde hace tres años, publica un boletín periódico que se ocupa de los problemas de la minoría nacional romaní e informa sobre la labor de las asociaciones y ONG que integran el Consejo. Se han logrado resultados similares en las esferas de la cultura, el arte y el afianzamiento de la identidad de las minorías nacionales, incluidos los romaníes. Sin embargo, todas las partes interesadas tienen todavía mucho por hacer, especialmente por lo que respecta a la enseñanza de la lengua materna, para mejorar la situación social, cultural y religiosa de las minorías nacionales de Bosnia y Herzegovina, especialmente la situación de los romaníes, porque si no aprenden y hablan su propia lengua peligrará su propia existencia ya que perderán sus rasgos distintivos y menguará el interés por su cultura.

105.Por lo que respecta a las normas que se han aprobado, las minorías nacionales no sufren discriminación en el ejercicio de sus derechos en las esferas del trabajo, las políticas sociales y las políticas relativas a las personas desplazadas y los refugiados.

106.El Gobierno, que es consciente de que todavía quedan cuestiones por resolver, especialmente en los ámbitos de la vivienda, la educación, el empleo, la seguridad social y la atención de la salud, se esfuerza por solucionarlos en el marco de la legislación vigente y con los recursos disponibles. Cabe subrayar que se han cofinanciado en el marco de varios acuerdos de financiación las actividades de las siguientes asociaciones romaníes que operan en el cantón de Sarajevo, ocupándose de los problemas de los romaníes y buscándoles solución: "Nuestro futuro", "Prosperidad para los romaníes", "Asociación de romaníes y amigos de los romaníes" de Ilijas, y "Hermanos romaníes". Asimismo, por iniciativa de esas asociaciones, se presta asistencia a los niños romaníes que no están escolarizados en el sistema oficial facilitándoles libros de texto y material escolar gratuitos y cubriendo los gastos de presentación a las convocatorias de los exámenes extraordinarios; además, se costean viajes de estudios para los romaníes y se facilita su incorporación al mercado laboral. Es de destacar que en el marco del Programa de Construcción de Vivienda Social se han facilitado viviendas a seis familias romaníes en Otes.

107.Los miembros de las minorías, incluida la minoría romaní, ejercen sus derechos en las esferas de la seguridad social, la protección de las víctimas civiles de la guerra y la protección de las familias con hijos en las mismas condiciones que el resto de los ciudadanos del Cantón de Sarajevo.

108.En colaboración con el Consejo de los Romaníes de Bosnia y Herzegovina, el Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados preparó un documento titulado "Estrategia de Bosnia y Herzegovina para la solución de los problemas de los romaníes". Tras varios meses de debates en los gobiernos de las Entidades y los cantones, así como con las ONG que se ocupan de la cuestión de las minorías, el Consejo de Ministros aprobó la Estrategia y ésta se publico en el Boletín Oficial Nº 67/05, de 27 de septiembre de 2005. La aprobación de ese documento entraña la aplicación de 15 programas distintos en diversos ámbitos, y se prevé que mejore sustancialmente la situación general de la población romaní de Bosnia y Herzegovina (en lo tocante a la educación, el empleo, la vivienda, la seguridad social y la atención de la salud, la mejora de los datos censales sobre la población romaní, etc.). La Estrategia es el primer documento riguroso de carácter general aprobado en el Estado de Bosnia y Herzegovina o en una de sus Entidades en el que se abordan los problemas de los romaníes y se proponen estrategias para su articulación y solución. La naturaleza de las actividades que se definen en él, y su alcance, no se contemplaban en el Proyecto de Plan de Trabajo de 2002 de la Junta de los Romaníes ni en la Plataforma para los Romaníes diseñada por el Consejo de los Romaníes para agrupar a todas las ONG romaníes de Bosnia y Herzegovina.

109.Pese a que la Estrategia se publicó oficialmente en el Boletín Oficial indicado anteriormente, el Consejo de los Romaníes del Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina decidió publicarla también en forma de folleto en inglés, romaní y los tres idiomas oficiales del país.

110.Ha seguido creciendo el número de ONG que se ocupan de cuestiones relacionadas con las minorías, especialmente con la romaní, y se han ampliado sus redes a nivel nacional.

111.Los días 27 y 28 de junio de 2006, el Consejo de los Romaníes de Bosnia y Herzegovina organizó en Banja Luka la Asamblea de ONG y asociaciones romaníes. En esa Asamblea, en la que participaron representantes de las ONG y asociaciones romaníes de toda Bosnia y Herzegovina, se eligió a un nuevo Consejo de los Romaníes. Son miembros de ese Consejo las ONG romaníes locales que tomaron parte en la Asamblea inaugural, y otras que han firmado la correspondiente declaración/solicitud y que respetan y defienden los intereses Consejo de los Romaníes de Bosnia y Herzegovina. Los órganos del Consejo, a saber, la Asamblea y la Junta Directiva, son los encargados de aprobar las decisiones relativas al nombramiento de nuevos miembros. La Junta Directiva está integrada por nueve miembros. Los miembros del Consejo tienen que proteger los intereses de la población romaní, representar a los miembros de las organizaciones que integran el Consejo y defender sus intereses, a menos que éstos sean contrarios a la Constitución y a la legislación vigente.

112.Sigue adelante la aplicación del Plan de Acción para satisfacer las necesidades educativas de los romaníes y los miembros de otras minorías nacionales que se aprobó en febrero de 2004. En el año académico de 2005/06, había alumnos romaníes, así como de otras minorías nacionales, matriculados a todos los niveles de la enseñanza escolar y universitaria (en ocasiones en aplicación del principio de "discriminación positiva"). En la medida de sus posibilidades, los municipios, los cantones y las Entidades facilitan a los estudiantes libros de texto, material escolar y ayudas financieras para comidas y transporte.

113.A continuación figura una lista de las principales conferencias, reuniones y proyectos educativos relacionados con las minorías nacionales, especialmente la romaní:

-Seminario sobre la aplicación del Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales, organizado por el Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados con el apoyo del Consejo de Europa (Sarajevo, 5 y 6 de diciembre de 2005);

-Conferencia sobre la aplicación del Plan de Acción para satisfacer las necesidades educativas de los romaníes y los miembros de otras minorías nacionales, organizada por el Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina y la Junta Asesora sobre los Romaníes del Consejo de Ministros con la asistencia financiera de la Misión de la OSCE en Bosnia (Vogosca, 5 de julio de 2005);

-Seminario sobre las necesidades educativas de los romaníes, organizado por el Ministerio de Educación y Cultura de la República Srpska (Banja Luka, 22 de noviembre de 2005);

-Proyecto de tres semanas de duración titulado "Formación de los romaníes para trabajar como auxiliares o periodistas en los medios de comunicación", que concluyó el 16 de noviembre de 2005;

-Conferencia sobre la preparación de planes de acción para la aplicación de la Estrategia de Bosnia y Herzegovina para resolver los problemas de los romaníes, organizada por el Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y el Consejo de Europa (Mostar, 19 y 20 de junio de 2006);

-Asamblea de ONG y asociaciones romaníes, organizada e inaugurada por el Consejo de los Romaníes (Banja Luka, 27 y 28 de junio de 2006);

-Curso de formación en técnicas de supervisión y evaluación organizado en el marco del proyecto sobre igualdad de derechos y trato de los romaníes en Europa oriental, organizado en colaboración con el Consejo de Europa (Sarajevo, 4 a 6 de diciembre de 2006);

-Reunión relacionada con la campaña del Consejo de Europa "Dosta!" (¡Basta!), celebrada en otoño de 2006;

-Mesa redonda sobre el tema de "Los romaníes en la sociedad de Bosnia y Herzegovina: aplicación de las políticas" (Sarajevo, 11 de abril de 2007).

-Se han celebrado asimismo muchos otros acontecimientos similares.

114.Con arreglo a todo lo que antecede, consideramos que la situación de las minorías nacionales en Bosnia y Herzegovina está mejorando gracias a los cambios políticos, administrativos y sociales que se han introducido a lo largo de los últimos años. Ello se debe también al hecho de que, como resultado de la nueva legislación y de las circunstancias políticas, las minorías han empezado a asumir mayor grado de responsabilidad respecto de su propia situación. En ese contexto, y además de las obligaciones adquiridas por el Estado y las autoridades locales de mejorar la legislación vigente y asegurar la aplicación cabal de las leyes relativas a los derechos de las minorías nacionales, es necesario definir una base común para la acción social de los consejos, los representantes y las organizaciones de las minorías con el fin de afianzar la posición de éstas.

115.Esa acción debe consistir básicamente en actividades que refuercen el papel de los consejos, los representantes y las ONG de las minorías nacionales, e incrementen su grado de participación en los órganos de gobierno a nivel del Estado, las Entidades, los cantones y los municipios. Las actividades comunes y la cooperación entre las asociaciones y las ONG de las minorías nacionales son sumamente importantes para defender los derechos de esas minorías y promover una sociedad democrática y cívica. Es necesario llevar a cabo actividades destinadas a la opinión pública a fin de erradicar los estereotipos más arraigados acerca de las minorías nacionales.

116.Se requieren actividades para desarrollar la cultura política y fomentar la tolerancia, de manera que se pueda debatir acerca de las cuestiones más delicadas que afectan a una sociedad multiétnica y multicultural sin levantar pasiones nacionalistas. En ese contexto, convendría incluir a todos los niveles en el marco de la reforma del sistema educativo los principios que deben sustentar una sociedad multiétnica y multicultural.

117.La promulgación de la Ley de protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales ha sentado oficialmente las bases para la ampliación de los derechos de esas minorías, especialmente tras la aprobación de la legislación de aplicación correspondiente y la ratificación de los instrumentos internacionales básicos sobre protección de las minorías nacionales. A ese respecto, son especialmente importantes el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales, el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias.

118.En conjunto, gracias a la labor del Consejo de Ministros actual, la situación política y social de Bosnia y Herzegovina ha ido mejorando en lo que respecta a los derechos de las minorías. Somos conscientes de que en Bosnia y Herzegovina, como en algunos otros países de la región, la situación de las minorías nacionales, especialmente de los romaníes, sigue siendo insatisfactoria. Sin embargo, en los últimos tiempos se han intensificado los esfuerzos con miras a mejorar esa situación y se están desarrollando actividades importantes tendentes a resolver los problemas relacionados con el retorno de los refugiados y las personas desplazadas, así como a garantizar su condición jurídica y la viabilidad de su retorno. Es de esperar que, a medida que Bosnia y Herzegovina se aproxime a su plena integración en Europa, con los beneficios que ello entraña, la situación de las minorías nacionales mejore aún más.

119.Habida cuenta de que Bosnia y Herzegovina no dispone de un registro de los casos de discriminación racial ni cuenta con un sistema de vigilancia de ese fenómeno, los datos que se ha facilitado sobre la situación de la protección de la población romaní tienen sólo carácter orientativo.

120.En mayo de 2006 la Asamblea Legislativa de Bosnia y Herzegovina aprobó y anunció su decisión de establecer el Consejo de las Minorías Nacionales de la Asamblea Legislativa de Bosnia y Herzegovina (Boletín Oficial, Nº 38/2006).

121.El establecimiento del Consejo de la Asamblea Legislativa, del que se encargan conjuntamente la Comisión de Derechos Humanos, Inmigración, Refugiados y Asilo de la Cámara de Diputados y el Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina, ha entrado en la recta final. Su creación permitirá mejorar las condiciones para la realización sistemática de los derechos de las minorías nacionales. La legislación aprobada se basa en los acuerdos y el consenso de los distintos partidos políticos, lo que le asegura la voluntad política necesaria para su aplicación.

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