Naciones Unidas

CMW/C/URY/2

Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares

Distr. general

13 de septiembre de 2021

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares

Examen delsegundo informe periódico del Uruguayque el Uruguay debía presentar en 2019en virtud del artículo 73 de la Convención * , **

[Fecha de recepción: 1 de noviembre de 2019]

I.Introducción

1.El segundo informe periódico del Uruguay ante el Comité fue elaborado por el Mecanismo Nacional de Elaboración de Informes y Seguimiento de Recomendaciones.

II.Información general

2.El marco normativo nacional en materia de migración y refugio se basa en el reconocimiento y el pleno respeto de los derechos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los nacionales. Al respecto se destaca:

La Ley 18250 de 6 de enero de 2008, que regula la política migratoria del país, reconoce como derecho inalienable de las personas migrantes y sus familiares sin perjuicio de su situación migratoria, el derecho a la migración, el derecho a la reunificación familiar, al debido proceso y el acceso a la justicia, así como a la igualdad de derechos con los nacionales, sin distinción alguna por motivos de sexo, raza, color, idioma, religión o convicción, opinión política o de otra índole, origen nacional, étnico o social, nacionalidad, edad, situación económica, patrimonio, estado civil, nacimiento o cualquier otra condición. Esta Ley promueve, desde una perspectiva de derechos, la transversalidad del tema migratorio a través de la Junta Nacional de Migración (JNM), órgano asesor y coordinador de las políticas migratorias que reúne a diferentes instituciones nacionales y a la sociedad civil para abordar y dar seguimiento a la agenda migratoria del país;

La Ley 19254, del 28 de agosto de 2014, que otorga la residencia permanente a nacionales del MERCOSUR y familiares extranjeros de uruguayos;

La Ley 19362, de 31 de diciembre de 2015, que otorga la ciudadanía natural a los nietos, nacidos en el exterior, de uruguayos nacidos en el territorio nacional.

3.Dado que el Uruguay no escapa al actual contexto mundial de movilidad humana y en los últimos años ha observado un incremento exponencial en el número de personas que buscan residir en nuestro país o que llegan al mismo en busca de protección, se ha continuado el proceso de fortalecimiento de la institucionalidad responsable de ejecutar la política pública de migración y refugio, el cual ha contado con el apoyo de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).

4.En 2014 se fortaleció la Junta Nacional de Migración (JNM) a partir de la creación de la Secretaría Ejecutiva, la cual funciona con el apoyo de OIM, y se consolidó la participación del Consejo Consultivo Asesor de Migración (CCAM) en la JNM, habiéndose intensificado la comunicación y coordinación con la sociedad civil organizada vinculada a la temática.

5.El gran aumento de la llegada de migrantes y solicitantes de refugio observado en el período de referencia ha supuesto importantes desafíos para la gestión, así como a la hora de garantizar en los hechos a las personas migrantes, a los solicitantes de refugio y a los refugiados, el acceso a todos los servicios básicos y derechos fundamentales. No obstante, para hacer frente a este nuevo contexto se han incrementado los recursos humanos y financieros, se ha fortalecido el trabajo interinstitucional y se han acelerado los procesos de regularización y acceso a la documentación, buscando eliminar trabas burocráticas, sobre la base del compromiso y la responsabilidad de continuar construyendo y ampliando vías y mecanismos seguros y regulares.

6.La migración es una característica de la sociedad uruguaya desde su Independencia. En años recientes, asociado a un desarrollo económico y social sostenido y al buen desempeño de los indicadores sociales y del mercado de trabajo, entre otros factores, comenzó a observarse un aumento de la inmigración y una aceleración del retorno de emigrantes uruguayos.

7.A continuación se presentan los datos para el período bajo revisión, correspondientes a las residencias iniciadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE) y la Dirección Nacional de Migración (DNM) del Ministerio del Interior, en tanto organismos competentes en la gestión de las residencias.

8.Cabe recordar que el MRREE gestiona las residencias permanentes o definitivas de los nacionales del MERCOSUR y Estados Asociados, así como de extranjeros cónyuges, concubinos, padres, madres y hermanos de uruguayos (Ley 19254), mientras que la DNM lo hace de las residencias temporarias de todas las nacionalidades, o permanentes o definitivas de ciudadanos/as extra- Mercosur no comprendidas en la situación anterior (Ley 18250).

9.Se informa que en el período bajo revisión el Uruguay ha suscrito acuerdos bilaterales de residencia con Brasil y Paraguay, y están a estudio similares acuerdos con Argentina, Chile y Colombia. Además, a los ya existentes convenios de “Vacaciones y Trabajo” firmados con Australia y Nueva Zelanda, se suscribieron adicionalmente con Alemania, Francia, los Países Bajos y Suecia, y se han propuesto proyectos a España e Italia.

A.Residencias tramitadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores

10.En el año 2018 el MRREE inició 10.861 trámites de residencia lo cual representa un incremento de casi el 27 % respecto a 2015 (8.560 residencias), tal como ilustra el siguiente gráfico.

11.Respecto a los países de nacionalidad de los solicitantes en este período, se observa que los cinco principales son Venezuela, la Argentina, el Brasil, el Perú y Colombia.

12.En los últimos años se ha registrado un crecimiento notable de los flujos de venezolanos, tendencia coincidente con otros países de la región. En el año 2017 los nacionales de Venezuela ocuparon por primera vez el primer lugar como solicitantes de residencias, relegando a la Argentina al segundo lugar (país que ha ocupado históricamente el primer lugar). Las solicitudes de nacionales venezolanos registraron un incremento del 67,7 % en la cantidad de residencias tramitadas en el año 2018 (5.448) con relación al año anterior (3.248), y se espera que esta tendencia se mantenga en el año 2019.

13.Además, Venezuela representó en el año 2017 el 35,3 % de las residencias tramitadas, mientras que en 2018 significó el 50,2 %.

14.Por otra parte, con relación a las residencias tramitadas por familiares de uruguayos extranjeros extra MERCOSUR, se observa que los cuatro principales países son Cuba, la República Dominicana, los Estados Unidos y España. Para esta causal se registra un cambio en el 2018 respecto al año anterior, ya que el principal país pasó a ser Cuba (el cual ocupaba el cuarto lugar en el 2017), desplazando a la República Dominicana.

B.Residencias tramitadas por la Dirección Nacional de Migración

15.En lo referente a las residencias tramitadas por la Dirección Nacional de Migración, se observa un aumento en todos los años del período 2014-2018, excepto en 2016. Las residencias definitivas (permanentes) iniciadas tuvieron un aumento importante en 2018, mientras que las temporarias crecieron hasta 2017 registrando un descenso respecto al año anterior, tal como muestran los siguientes gráficos.

16.Respecto a los principales países de nacionalidad de las personas que tramitaron su residencia definitiva en DNM, se destaca de forma notable Cuba. Le siguen en importancia la República Dominica, la India, España y los Estados Unidos. El incremento de cubanos ha sido de 157,9 % de 2016 a 2017 y de 136,7 % de 2017 a 2018; mientras que en el caso de los dominicanos se observa un incremento menor. El resto de las nacionalidades registran una disminución en el período de referencia.

17.Cabe poner de relieve que considerando el total de residencias tramitadas en el Uruguay (DNM y MRREE), Cuba se ubicaría en el cuarto lugar como principal país de nacionalidad de las personas solicitantes de residencia.

18.En el caso de las residencias temporarias por país de nacionalidad y en base a una cantidad bastante menor que las residencias definitivas, la Argentina ocupa el primer lugar seguido del Brasil, la India, los Estados Unidos y Venezuela.

19.El siguiente cuadro muestra la cantidad de residencias iniciadas en el período por cada organismo competente y permite evidenciar la evolución de las residencias totales. En tal sentido se observa un incremento continuo año tras año. En el 2019 se espera que se mantenga esta tendencia creciente. El incremento en la cantidad de residencias iniciadas por el Uruguay es de aproximadamente un 60 % en 2018 respecto al año 2014.

Residencias iniciadas según año y organi smo (MRREE y DNM-MI); 2014-2018

2014

2015

2016

2017

2018

T otal 2014-2018

DNM-MI

8 941

3 637

3 159

3 880

4 633

24 250

MRREE

730

8 560

8 650

9 206

10 861

38 007

T otal

9 671

12 197

11 809

13 086

15 494

62 257

Retorno

20.Al final de la dictadura cívico-militar (1985) se observó un cierto incremento en el volumen del retorno. El retorno de exiliados y opositores a la dictadura fue apoyado por acciones gubernamentales y de organismos internacionales (OIM y Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo —PNUD—). A pesar de ello, el saldo intercensal 1985-1996 continuó siendo negativo, mostrando que la emigración no se detuvo en ese período, aunque se ralentizó.

21.A partir del año 2005, el retorno en el Uruguay ocupa un lugar prioritario dentro de la agenda política del país. El Gobierno del Uruguay inició una profundización de su política de relacionamiento y vinculación con los uruguayos en el exterior. Se impulsó un programa de vinculación desde el Ministerio de Relaciones Exteriores, con cambios burocráticos y administrativos entre los cuales se destaca la creación de la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación. Esta Dirección General tiene por competencia coordinar, planificar y ejecutar una política nacional de vinculación con la emigración y una política de retorno, en contacto con otros organismos del Estado y con las organizaciones de uruguayos residentes en el extranjero, así como instruir, apoyar y supervisar a los Consulados de la República en la instrumentación de estas políticas. Esta nueva situación reconoce que los compatriotas residentes en el exterior son parte de la sociedad uruguaya y que el país está firmemente interesado en que lo sigan siendo.

22.A efectos de mejorar la producción de datos, la Oficina de Retorno y Bienvenida (ORyB) dependiente de la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación del MRREE, desde 2011 releva el perfil de las personas que retornan y voluntariamente se presentan ante esta Oficina. Ello permite obtener una información más fidedigna para al diseño y fortalecimiento de políticas públicas dirigidas a las personas retornadas.

23.Para todos los informes se tienen en cuenta dos tipos de retornos: el voluntario, en el cual la persona o familia regresa por su propia voluntad, y el retorno forzoso o denominado repatrio, en donde el Estado uruguayo le brinda asistencia a un nacional y a su familia por encontrarse en situación de indigencia o vulnerabilidad socioeconómica. Los datos recogidos por la ORyB permiten mostrar la evolución en la cantidad de retornos por año. En las siguientes tabla y gráfica se comparan la cantidad de retornos desde 2011, observándose un claro y paulatino descenso. En total han pasado por la ORyB un total de 14.628 personas, registrándose 6.314 personas en el período bajo revisión.

Retornos totales por año

Año

Personas

2011

2 792

2012

3 358

2013

2 164

2014

2 307

2015

1 019

2016

1 219

2017

901

2018

868

Total

14 628

Fuente : Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay .

24.Asimismo, se destaca el cambio en el principal país de procedencia de las personas retornadas, ya que desde el 2017 Venezuela ocupa el primer lugar, seguido por los tradicionales países de retorno: España, los Estados Unidos, la Argentina y el Brasil.

25.En cuanto a los repatrios, gestionados por la Oficina de Asistencia al Compatriota y Servicios a la Comunidad (OFAS) del Ministerio de Relaciones Exteriores, desde el año 2014 se observa cierta estabilidad en la cantidad de las repatriaciones procesadas.

Repatriaciones totales por año 2011-2018

Año

Personas

2011

85

2012

203

2013

78

2014

30

2015

22

2016

17

2017

21

2018

20

Total

476

Vinculación

26.La emigración uruguaya ha estado presente desde la creación del país. En una primera etapa y durante largos períodos la población emigró principalmente hacia regiones fronterizas (Argentina y Brasil), pero luego comenzó a hacerlo hacia otros destinos. De hecho, desde los años 60 la emigración tuvo como destino los Estados Unidos y el Canadá, algunos países europeos como España, y otros latinoamericanos como México y Venezuela.

27.Las estimaciones en el año 2006 indicaban que alrededor de un 18 % (600.000 personas) de la población uruguaya residía en el exterior (Perfil 2011). El último relevamiento realizado por la DGCV-MRREE en 2018 se aproxima a esta cifra e indica que se encontrarían residiendo en el exterior aproximadamente 530.000 personas de primera y segunda generación de uruguayos, representando aproximadamente el 16 % de la población. Los mismos se concentran principalmente en países de la región (Argentina, Brasil, Paraguay y Chile), así como de extra región (Estados Unidos, Canadá, España, países nórdicos, Israel, Australia y Nueva Zelanda).

28.Es importante tener en cuenta que esta cifra puede no contemplar a nacionales uruguayos que posean la nacionalidad del país de residencia, a los compatriotas en situación migratoria irregular que prefirieron no ser relevados, así como a los hijos o nietos de uruguayos nacidos en el exterior que no se hayan registrado en las Oficinas Consulares.

29.En el año 2001 se creó el Programa Vinculaciones dirigido a los emigrantes altamente calificados, como un intento de involucrar a los emigrados en el desarrollo del país. Sin embargo, fue recién a partir de 2005 que empezaron a institucionalizarse las políticas de vinculación, dándoles mayor efectividad y peso.

30.El Programa de Vinculación con uruguayos Altamente Calificados residentes en el Exterior fue promovido por la Universidad de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA).

31.Ese mismo año se creó por decreto la Comisión Nacional para la Vinculación con los Uruguayos Residentes en el Extranjero y un Comité Asesor de la Comisión, y comenzó a sesionar una comisión parlamentaria para el estudio de soluciones legislativas a la emigración. En 2003 el comité asesor elevó a la Comisión Nacional un informe de evaluación y recomendaciones, que incluye más de 40 acciones orientadas a avanzar en la formulación de una política de estado en materia de vinculación con los uruguayos residentes en el exterior.

32.Como fuera mencionado, en 2005 se crea la Dirección General de Asuntos Consulares y de Vinculación con los Uruguayos en el Exterior en la órbita del Ministerio de Relaciones Exteriores (disolviendo la Comisión), como institución coordinadora en todo el Estado de los temas relativos a los migrantes uruguayos en el exterior.

33.Para fortalecer el vínculo se crearon además los llamados Consejos Consultivos, que son organizaciones representativas de los uruguayos residentes en el exterior cuyo cometido central es la vinculación con el país en sus más diversas manifestaciones.

34.La comunicación con los Consejos Consultivos y Asociaciones de uruguayos residentes en el exterior es permanente, y se coordina desde la DGCV y su Dirección de Vinculación. Esta última es la encargada de organizar los encuentros mundiales y regionales bienales de Consejos Consultivos y Asociaciones. En el período bajo revisión, se han llevado a cabo en el Uruguay dos encuentros mundiales: en 2015 el VI Encuentro Mundial de Consejos Consultivos y I de Asociaciones, y en 2017 el VII y II. Durante el año 2019 se realizará en Montevideo el VIII Encuentro Mundial de Consejos Consultivos y el III de las Asociaciones.

35.Cabe destacar que las asociaciones de uruguayos fueron reconocidas en la normativa nacional a través de la modificación del artículo 74 de la Ley 18250, en redacción dada por Ley Nº 19535 de 25 de setiembre de 2017 (artículo 79).

36.Para el Uruguay la participación ciudadana de todos los nacionales en el exterior es un elemento fundamental para el diseño de nuevas políticas públicas. Este tipo de ámbitos de participación ciudadana promueven y cristalizan los principios democráticos, de participación, transparencia, pluralismo, respeto a la diversidad e inclusión de todos sus miembros.

III.Normativa sobre trabajadores migrantes

37.El 28 de agosto de 2014 el Uruguay promulgó la Ley Nº 19254, reglamentada por el Decreto 312 del 30 de diciembre de 2015. Dicha norma da nueva redacción a los artículos 27 literal b) y 33 de la Ley Nº 18250 del 6 de enero 2008, y tiene como objetivo facilitar la residencia permanente en la República a los nacionales de los Estados Parte y Asociados del Mercosur y a los extranjeros que sean cónyuges, concubinos (con trámite judicial realizado en el país), padres, hermanos y/o nietos de nacionales uruguayos.

38.Se destacan algunas características de la tramitación de residencias:

El trámite es personal y puede ser iniciado en Montevideo en la Dirección General para Asuntos Consulares si la persona se encuentra en el territorio nacional, o en cualquier Oficina Consular de la República en el exterior;

La tramitación de la residencia es gratuita y una vez presentados todos los requisitos y obtenidos los informes de seguridad correspondientes, se otorga rápidamente. Además, los peticionarios no tienen necesidad de presentar medios de vida ni carné de salud;

Para los nacionales del MERCOSUR y Estados Asociados no existe necesidad de solicitar visa para ingresar al Uruguay pudiendo cambiar de categoría migratoria sin necesidad de salir del territorio;

Los Departamentos de Residencias del MRREE y de la DNM, en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), atienden especialmente los casos de urgencia de personas en especial situación de vulnerabilidad y necesitan acceder urgentemente a la cédula de identidad;

En el caso de menores migrantes que se encuentran escolarizados y que por distintos motivos no han obtenido su cédula de identidad, en coordinación con autoridades de distintos niveles del sistema educativo, junto a la DNIC se lleva adelante de manera sistemática el inicio del trámite de residencia y la expedición de la cédula de identidad nacional correspondiente.

39.A partir del 1 de enero de 2019 se eximió de legalización o apostillado a los documentos electrónicos con fines migratorios que puedan ser verificados electrónicamente. Los organismos nacionales que deban resolver sobre trámites migratorios podrán tener por válidos y eficaces a los efectos de dichos trámites, sin necesidad de legalización o apostillado, aquellos documentos públicos electrónicos extranjeros con firma electrónica, y en caso de copia un código de verificación, cuya autenticidad pueda ser confirmada a través de los códigos de seguridad o en las páginas web oficiales de los organismos de los países de origen emisores del respectivo documento.

40.El 31 de diciembre de 2015 se promulgó la Ley Nº 19362, al amparo de la cual los nietos de uruguayos nacidos en el exterior pueden acceder a la nacionalidad y la ciudadanía natural uruguaya. Desde entonces son aproximadamente 1.000 personas las que se han amparado a esta Ley, la cual saldó una verdadera injusticia con los hijos de padre o madre (ciudadanos naturales) nacidos en el exterior, a los cuales la Ley Nº 16021 promulgada el 13 de abril de 1989, no les reconocía la calidad de nacionales y ciudadanos naturales.

41.Si bien la Ley Nº 16021 significaba un avance en cuanto a que clarificaba la definición de nacionalidad, presentaba un criterio restrictivo y discriminatorio, además de su carácter inconstitucional, perjudicando a aquellos descendientes de uruguayos que habiendo nacido en el exterior se sentían uruguayos y pretendían acceder a la nacionalidad uruguaya.

42.La aprobación de la Ley Nº 19362 ha sido fundamental para la ampliación de la comunidad nacional más allá de las fronteras territoriales y base fundamental para el fortalecimiento de los lazos y el vínculo con el país.

43.A través de la política de vinculación se trabaja para fortalecer el sentido de pertenencia e identidad nacional de los uruguayos que se encuentran residiendo en el exterior, así como su integración a la vida nacional, a fin de transformar esta aspiración en un hecho.

44.Por otra parte, en agosto de 2016 se aprobó el “Documento Marco sobre Política Migratoria en el Uruguay”, el cual incluye principios, objetivos y lineamientos generales estratégicos de la política migratoria para el corto, mediano y largo plazo, así como los logros más importantes en la materia. El alcance de la política migratoria se desarrolla en la Sección 5 de este informe.

45.Asimismo, el 10 de mayo de 2017 se creó la Unidad de Migración en el MTSS. Esta Unidad tiene por cometidos: a) promover el trabajo decente para los trabajadores/as migrantes a través de los programas y servicios de las Unidades Ejecutoras del MTSS, y de otros organismos y actores del ámbito nacional, regional e internacional; b) realizar el seguimiento de la aplicación práctica de los Convenios Internacionales del Trabajo relacionados con los derechos fundamentales antes mencionados; c) realizar el seguimiento de la aplicación de los Convenios bilaterales y multilaterales de Seguridad Social en coordinación con el Banco de Previsión Social; d) asesorar a las diversas Unidades Ejecutoras de esta Secretaría de Estado en materia migratoria; e) analizar y proponer modificaciones a la normativa migratoria en el ámbito de competencia del MTSS e institutos vinculados (BPS, INEFOP, INACOOP); f) promover instancias de coordinación entre las Unidades Ejecutoras del MTSS, las áreas de MERCOSUR, la Unidad Estadística e Institutos Vinculados, a efectos de aplicar la política migratoria en el ámbito de competencia del MTSS, y en concordancia con la Junta Nacional de Migración; g) generar instancias de coordinación con otros Ministerios, Instituciones u Organismos del Estado, así como con actores de la sociedad civil, a efectos de aplicar la política migratoria en el ámbito de competencia del MTSS; entre otras.

46.Desde esta Unidad se han llevado a cabo acciones formativas dirigidas a los funcionarios que atienden público. Asimismo, ha colaborado con otras instituciones en la realización de charlas informativas sobre derechos laborales.

47.Por Resolución Nº 620/018 del Ministerio de Economía y Finanzas, del 3 de diciembre de 2018, se exonera del pago del arancel de la visa en aquellos casos en que el MIDES entienda que los interesados se encuentren en situación de vulnerabilidad socio-económica.

IV.Disposiciones específicas para garantizar la aplicación de la Convención

1.Medidas generales de aplicación (artículos 73 y 84)

Respuesta a párrafo 12

48.El artículo 72 de la Constitución uruguaya establece que “la enumeración de derechos, deberes y garantías hecha por la Constitución, no excluye los otros que son inherentes a la personalidad humana o se derivan de la forma republicana de gobierno”. En este sentido, el Uruguay ha asumido el conjunto de obligaciones internacionales en materia de derechos humanos vinculantes para el país, como el marco general y una referencia permanente para la adopción de las políticas públicas, de la legislación nacional y de las sentencias judiciales. En suma, los derechos consagrados en los distintos instrumentos internacionales pueden ser invocados ante los tribunales nacionales y aplicados directamente como fundamento de sus decisiones judiciales.

Respuesta a párrafo 14

49.En el año 2017 la Junta Nacional de Migración (JNM) con la colaboración del INE y la Unidad de Población de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de la República (UDELAR), llevó adelante un proceso de mejora de los formularios de registro de los departamentos de Residencias del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Dirección Nacional de Migración del Ministerio del Interior, a fin de mejorar la calidad de los registros unificando los criterios que permitirían caracterizar de manera más precisa a las personas migrantes que inician su trámite de residencia.

50.La JNM cada año publica en su página web información estadística relevante sobre retornos, repatrios y residencias tramitadas al amparo de la Ley Nº 19254, informes producidos por la DGCV-MRREE, organismo que preside la Junta.

51.Por su parte, la Comisión Sectorial de Población y Desarrollo (CSPD) creó recientemente una Subcomisión de registros administrativos con fines estadísticos, en la que participan diversos organismos. Su objetivo es generar un Padrón Demográfico a partir de datos administrativos, a fin de contar con mejor información sobre la población en el Uruguay. La CSPD constituye un ámbito específico gubernamental que tiene como objetivo específico la transversalización de los asuntos demográficos y poblacionales en las políticas públicas.

52.El Banco de Previsión Social (BPS) cuenta con una importante base de información a partir de sus registros administrativos, en lo que hace a los trabajadores y beneficiarios de las prestaciones otorgadas por el organismo. La misma se utiliza puntualmente para el diseño y evaluación de políticas. La dimensión de trabajadores migrantes ha cobrado en los últimos años, a raíz de los procesos migratorios de la región, especial relevancia y en tal sentido se han establecido proyectos específicos, en coordinación con la Dirección Nacional de Identificación Civil (DNIC), en aras de enriquecer los datos internos con información más detallada sobre la nacionalidad de los migrantes. Se espera contar con una primera fase de implementación para 2019.

53.Algunos Ministerios, tales como el MTSS y el MIDES han llevado adelante un proceso de mejora de los registros administrativos incluyendo nuevas variables, tales como la identidad de género y el origen étnico-racial de la población que atienden, entre ellos inmigrantes y retornantes.

54.Entre las acciones a realizar por la Unidad de Migración del MTSS se encuentra la de incorporar variables que den cuenta de población migrante en registros administrativos relativos a empleo, a asesoramiento sobre normativa laboral y a denuncias sobre derechos fundamentales. Se trata, en todos los casos, de servicios que presta el Ministerio de acceso universal, público y gratuito y que, dada su relevancia en la procura de trabajo decente, requiere contar con información que dé cuenta del acceso que tienen a los mismos las personas migrantes.

55.La Dirección Nacional del Trabajo (DINATRA) ha implementado la elaboración de estadísticas internas de las diferentes áreas de trabajo en relación con el tema de género, en las Divisiones de Consultas y Negociación Individual, donde se ha introducido el indicador de trabajador migrante.

56.En nuestro país, el Sistema de Información Integrada del Área Social (SIIAS) constituye un ejemplo de trabajo interinstitucional que integra e intercambia información de registros administrativos de organismos vinculados al desarrollo de políticas públicas en el área social. Se propone que dicho Padrón integre información de calidad de todos los organismos que generan datos sobre la población, así como propuestas para su mantenimiento, revisión y administración.

57.Al cierre de este informe, la Dirección Nacional de Migración estaba estudiando la elaboración de un convenio con la Universidad de la República a efectos de contar con pasantes para la realización de estadísticas unificadas sobre migrantes. Además, se coordina con el Ministerio de Relaciones Exteriores los criterios para la utilización de los parámetros estadísticos más adecuados y con el Ministerio de Desarrollo Social la posibilidad de incluir nuevas variables que contemplen la identidad de género, orientación sexual, entre otros.

Respuesta a párrafo 16

58.Diversos organismos públicos, entre ellos los integrantes de la JNM, en colaboración y coordinación con la sociedad civil, OIM y academia, han realizado sistemáticamente cursos y capacitaciones internas y jornadas de sensibilización para sus funcionarios sobre migraciones internacionales en el Uruguay y derechos de las personas migrantes.

59.Asimismo, la JNM ha realizado capacitaciones a autoridades y funcionarios de los organismos de enseñanza en sus distintos niveles y dependencias (Primaria, Secundaria y UTU), a partir de la coordinación con la Dirección de Educación del Ministerio de Educación y Cultura (MEC). Otros organismos a las cuales se les brindó capacitación fueron el Observatorio Departamental de Migraciones de la Intendencia de Rivera y el Instituto Nacional de Rehabilitación (INR). Se han desarrollado instancias de capacitación o reflexión dirigidas a grupos de la sociedad civil que trabajan en proyectos de intervención en la comunidad, así como a organizaciones gremiales.

60.En 2018 la JNM organizó una jornada con el INAU dirigida a funcionarios del MRREE, de la DNM y de sociedad civil, sobre los derechos de los niños, niñas y adolescentes migrantes y la internalización de la Guía Regional del MERCOSUR para la Identificación y Atención de Necesidades Especiales de Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes Migrantes.

61.Dentro del plan de trabajo anual 2019 de la JNM se prevén además instancias de este tipo dirigidas a funcionarios del ámbito de la salud y a operadores de la justicia, así como a equipos de la sociedad civil que brindan asistencia directa a personas migrantes.

62.Además, la DGCV del MRREE y la DNM del Ministerio del Interior, en conjunto con el resto de los integrantes de la JNM y con invitación a la academia, han llevado a cabo jornadas de capacitación y sensibilización dirigidas a sus funcionarios, principalmente a aquellos vinculados a la atención directa a migrantes. Los temas abordados han sido política migratoria y derechos fundamentales de las personas migrantes en el Uruguay, caracterización de los flujos migratorios y discriminación, racismo y xenofobia.

63.Por otra parte, el MRREE realiza capacitaciones permanentes a todos los funcionarios diplomáticos, técnicos y administrativos que son designados a cumplir funciones consulares en el exterior, así como a aquellos que ingresan al Ministerio. Dentro de los temas abordados se encuentra la política migratoria del Uruguay y los derechos de las personas migrantes.

64.En el mismo sentido, la DNM realiza capacitaciones a sus funcionarios en temas de trata y tráfico ilícito, políticas de género, documentación fraudulenta y cursos de idioma inglés, entre otros, en el marco del fortalecimiento de la gestión.

65.La DNM ha capacitado a sus funcionarios en el desarrollo de los trámites en línea, que facilitan el acceso a los mismos a todos los ciudadanos desde cualquier lugar. Al respecto cabe destacar que actualmente el 100 % de los trámites realizado por la Dirección Nacional se encuentran en línea, posibilitando su acceso a través del link www.tramites.gub.uy. También se brinda asesoramiento integral en materia migratoria a aquellos ciudadanos extranjeros cuyo objetivo es tramitar una residencia, pero que realizan consultas a temas vinculados como ser la obtención de la ciudadanía legal o el amparo a los beneficios preceptuados en la Ley Nº 16340 (para jubilados o retirados extranjeros).

66.Integrantes de la JNM participaron, además, en el taller para periodistas organizado por la OIM, especializados en la temática migratoria, y en el curso virtual del Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos del Mercosur (IPPDH) sobre refugiados en el contexto migratorio actual.

67.Por su parte, la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) en conjunto con el Sistema de las Naciones Unidas en el Uruguay (SNU), el Centro de Formación de la Cooperación Española en Montevideo (CFCE) y la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI), organizó en 2017 un ciclo de talleres para periodistas y profesionales de la comunicación, sobre derechos humanos con foco en salud, educación, violencias, inclusión y migración.

68.La Secretaría de Equidad Étnico Racial y Poblaciones Migrantes (SEERPM) de la Intendencia de Montevideo produjo material audiovisual con historias de vida de migrantes en el Uruguay, los cuales fueron difundidos en la web del organismo y en eventos públicos.

69.En 2018, la Secretaría de Derechos Humanos de Presidencia de la República llevó a cabo en varios departamentos del país las llamadas Mesas para la Paz, instancias de reflexión y diálogo ciudadano sobre los derechos fundamentales. Al respecto se destaca que en los departamentos fronterizos los debates se focalizaron en migración y políticas de frontera, así como inclusión con equidad desde una perspectiva étnico racial e intergeneracional.

70.A su vez, el Departamento Migrantes (ex Departamento de Identidad) del MIDES, creado en 2018, realizó talleres dirigidos a población migrante, vinculados al ejercicio de derechos (salud, educación y trabajo). Durante el año 2018 se realizaron 4 talleres en Montevideo y Canelones. Además, se han realizado en forma sistemática capacitaciones sobre el contexto migratorio y la regularización de la documentación, a técnicos del MIDES en territorio. Desde 2015 en todo el territorio nacional se realizaron un total de 31 talleres con la participación de 695 personas.

71.El Departamento Migrantes también brinda un servicio de atención directa especializado sobre el proceso de regularización de la documentación y diversos servicios disponibles de atención a la población migrante, complementariamente a los brindados por otros organismos.

Talleres

Actividades

Participantes

Año

Talleres

MVD.

Interior

Cantidad

MVD.

Interior

2015

9

9

0

185

185

0

2016

5

71

2017

4

1

3

52

12

40

2018

8

4

4

175

93

82

2019

5

2

3

212

153

59

Total

695

72.Desde el MIDES se elaboró un folleto con información para personas migrantes hijas o nietas de uruguayas, respecto al recorrido institucional que deben hacer para acceder a la cédula de identidad.Dicho folleto también incluye información sobre la legislación vigente en materia migratoria.

73.En el marco de los Centros Promotores de Derechos creados por la Dirección Nacional de Promoción Sociocultural (DNPSC) del MIDES se elaboraron animaciones, tutoriales y un documental que buscan sensibilizar en los centros educativos tanto a docentes como a estudiantes en materia de no discriminación de las personas migrantes, a la vez que se brinda información respecto a la regularización de la documentación, interculturalidad y educación.

74.En el año 2016 el MIDES realizó el segundo seminario denominado “Entretierras” que tuvo como eje la inmigración reciente y el acceso y ejercicio de derechos en el Uruguay, a partir de los resultados de la investigación titulada “ Caracterización de las nuevas corrientes migratorias en el Uruguay. Nuevos orígenes latinoamericanos: estudio de caso de las personas peruanas y dominicanas ”. En 2019 se realizó la tercera edición del “Entretierras”, cuyo objetivo en esta oportunidad fue reflexionar sobre la Ley de Migración a sus 10 años, sus avances y desafíos. En ambas instancias participaron representantes del Gobierno, de la sociedad civil y de la academia.

75.El MRREE también produjo folletos que incluyen información sobre acceso a servicios públicos de trabajo (incluyendo las dependencias del MTSS para realizar consultas y denuncias), educación, salud y atención y denuncias en casos de violencia de género. Este material se difunde en el país en su versión impresa y digital, y en el exterior a través de las Oficinas Consulares en frontera. No obstante, en ciertos casos los funcionarios del departamento de Residencias de la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación responsables de la atención directa al público, derivan al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social cuando la situación así lo requiere, a trabajadores migrantes que residen en el Uruguay para que sean asesorados sobre sus derechos laborales y de seguridad social en la República.

76.La Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación creó una serie de videos sobre la política migratoria del país, la política de vinculación con los compatriotas que residen en el exterior y las competencias, ejes de trabajo y objetivos de esta Dirección.

77.Asimismo la Junta Nacional de Migración produjo dos videos sobre el Uruguay como país de migrantes, destacando los aportes históricos de las personas migrantes y los derechos reconocidos que el Estado les debe garantizar, así como sobre los ejes de la política migratoria del país y la perspectiva de derechos humanos en la cual se fundamenta.

78.Este material ha tenido amplia difusión y se encuentra disponible en los portales web del MRREE y la JNM.

79.Por su parte, en mayo de 2018 el MEC creó el Punto de Atención y Asesoramiento a Migrantes en Temas Educativos a través del cual se asesora y orienta a migrantes sobre el acceso a la educación (artículo 30 de la convención) y difunde la normativa que garantiza el derecho a la educación sin importar la situación migratoria (artículo 33). Este Punto de Atención tiene como objetivo brindar información y orientar a las personas migrantes que llegan a nuestro país sobre el funcionamiento del sistema educativo, en todos los niveles educativos, su oferta y lugares donde se realizan los trámites de inscripción y reválidas.

80.Además, es importante destacar que en colaboración con la sociedad civil, distintos Ministerios han participado en charlas dirigidas a las personas migrantes sobre los derechos económicos, sociales y culturales (DESC), acceso a servicios y documentación.

81.Por otra parte, en 2018 se iniciaron negociaciones con el Centro de Experimentación e Innovación Social de la Facultad de Psicología, con el objetivo de generar un espacio de acompañamiento psicológico para refugiados, solicitantes de refugio y migrantes, que permita fortalecer las respuestas de protección y apoyo al bienestar psicosocial de estas personas.

82.En base al convenio celebrado, en el mes de julio de 2019 comenzó a funcionar un espacio de consulta individual y otro grupal de exploración y reflexión colectiva en la Facultad de Psicología, donde integrantes del equipo de profesionales del Grupo de Movilidad Humana, Trabajo, Salud y Derechos Humanos, brindan apoyo psicológico a los migrantes derivados por la Secretaría de la CORE.

Respuesta a párrafo 18

83.La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) obtuvo su acreditación de estatus A en mayo de 2016, demostrando así cumplir a cabalidad con los Principios de París.

84.La Institución ha mantenido un trabajo sostenido sobre el tema migración en los últimos años. Uno de sus equipos temáticos (Migrantes y Refugiados) trabaja específicamente el tema con el cometido de monitorear la política pública migratoria en consonancia con las obligaciones en materia de derechos humanos consagradas en la Constitución de la República y la normativa internacional ratificada por el Estado.

85.El trabajo de la INDDHH se ha realizado en contacto con el Estado, la sociedad civil y la academia. La INDDHH participó activamente en distintas instancias promovidas por la Cancillería y la Dirección Nacional de Migración, así como con la JNM y en espacios de intercambio en el ámbito académico, auspiciando instancias de diálogo y divulgación sobre los derechos de las personas migrantes.

Respuesta a párrafo 20

86.La legislación uruguaya castiga a quien promueve, constituye, organiza, dirige o participe de asociaciones, entes, institutos o secciones tendientes a provocar o imponer la lucha o el odio de razas; la incitación al odio, desprecio o violencia hacia determinadas personas y la comisión de actos de odio, desprecio o violencia hacia determinadas personas, y define agravantes especiales y muy especiales en delitos de homicidio y lesiones, habiéndose dictado varias sentencias condenando esas conductas.

87.La Ley Nº 17677 de julio de 2003, modificó el Código Penal tipificando como delito la incitación al odio, desprecio o violencia hacia una o más personas en razón del color de su piel, su raza, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad de género. La Ley Nº 18026 de setiembre de 2006 tipifica como delito la instigación pública a cometer genocidio, la asociación para cometer genocidio, crímenes de lesa humanidad o de guerra, y la apología de hechos pasados.

88.En materia de acceso a derechos, es importante destacar que todos los habitantes del país, sin distinción, son alcanzados por la normativa y las políticas públicas implementadas en el país. En el caso específico de las personas migrantes, el artículo 1 de la Ley 18250 establece, como principio general, que: “El Estado uruguayo reconoce como derecho inalienable de las personas migrantes y sus familiares sin perjuicio de su situación migratoria, el derecho a la migración, el derecho a la reunificación familiar, al debido proceso y acceso a la justicia, así como a la igualdad de derechos con los nacionales, sin distinción alguna por motivos de sexo, raza, color, idioma, religión o convicción, opinión política o de otra índole, origen nacional, étnico o social, nacionalidad, edad, situación económica, patrimonio, estado civil, nacimiento o cualquier otra condición” .

89.Adicionalmente, se han promulgado leyes que prohíben toda forma de discriminación, protegen a grupos específicos tales como mujeres y afrodescendientes, y prevén mecanismos de denuncia y el acceso a la justicia.

Comisión Honoraria contra el Racismo, la Xenofobia y toda forma de Discriminación (CHRXD)

90.Se fortaleció la CHRXD, creada por la Ley Nº 17817 en 2004, y que tiene como competencias específicas las siguientes: analizar la realidad nacional en la materia, monitorear el cumplimiento de la misma y plantear al Poder Ejecutivo la creación de normas jurídicas específicas o modificación de las existentes; recibir y centralizar información sobre conductas racistas, xenofóbicas y discriminatorias, llevar registro de las mismas y formular la correspondiente denuncia judicial.

91.Se incorporaron recursos humanos, técnicos, administrativos a la Comisión y se ha trabajado en la visibilización de la misma. Se logró ampliar el equipo de trabajo de la CHRXD en tanto aporte de la DNE, ampliando las horas del cargo con tareas de Secretaría y Comunicación, a 20 horas semanales (se realizó llamado público a integración de registro); y también se integraron un integrante del Equipo de la DNE, una asistente técnica de Educación en Derechos Humanos de la DNE, así como un abogado. A su vez, la Comisión cuenta con la asistencia técnica de la SDH.

92.Entre las líneas de trabajo de la CHRXD está la de “diseñar e impulsar campañas educativas tendientes a la preservación del pluralismo social, cultural o religioso, a la eliminación de actitudes racistas, xenofóbicas o discriminatorias y en el respeto a la diversidad”. El stand interactivo e itinerante “Iguales en la diferencia” consiste en un material didáctico e informativo que funciona como eje de dichas actividades. Sus contenidos fueron diseñados por la CHRXD y aprobados por la Administración Nacional de Educación Pública. Entre los temas que contiene se encuentran: Racismo y Afrodescendencia; Discapacidad; Igualdad de género; Diversidad Sexual; Diversidad religiosa; Migración.

93.La CHRDX y toda otra forma de Discriminación firmó, el 31 de julio 2018, junto con la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo un Protocolo de actuación que establece criterios y procedimientos de actuación a seguir frente a las denuncias o peticiones referidas a casos de racismo, xenofobia y toda forma de discriminación, y sobre cómo actuarán las instituciones firmantes ante las mismas y entre sí.

94.El MRREE está colaborando con la OIM y ACNUR en el diseño de una campaña contra la discriminación, a ejecutarse en el 2019, la cual estará dirigida al público en general.

95.Como se mencionó anteriormente, en el marco de los Centros Promotores de Derechos creados por la Dirección Nacional de Promoción Sociocultural (DNPSC) del MIDES se elaboraron animaciones, tutoriales y un documental que buscan sensibilizar en los centros educativos tanto a docentes como a estudiantes en materia de no discriminación de las personas migrantes, a la vez que se brinda información respecto a la regularización de la documentación, interculturalidad y educación.

Acceso a la educación

96.La Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) garantiza a todas las personas migrantes la inscripción, sobre la base de los principios de convivencia, respeto, valoración de la diferencia, diversidad e igualdad. Los centros educativos trabajan desde la interculturalidad, realizándose jornadas con los migrantes y sus familias.

97.Se estima que más de 10.000 niñas, niños y adolescentes migrantes están integrados a nuestras aulas, destacándose las nacionalidades argentina, boliviana, brasileña, chilena, colombiana, cubana, dominicana, ecuatoriana, española, estadounidense, india, paraguaya, peruana, venezolana.

98.Con el objetivo de garantizar el acceso a la educación para todas las personas migrantes sin importar su situación migratoria (artículo 30 de la Convención), así como también evitar situaciones de discriminación (artículo 7), el Grupo de Trabajo Educación y Migrantes coordina instancias de capacitación a funcionarios de la educación sobre el estado de situación de la migración y la normativa vigente. Estos talleres de capacitación, dirigidos tanto a funcionarios encargados de atención al público como a quienes tienen responsabilidades de gestión y a educadores, fueron realizados en coordinación con distintos actores del estado, la OIM y sociedad civil.

99.En cumplimiento del artículo 30 de la Convención y el Decreto Nº 394/009, el Grupo de Trabajo Educación y Migrantes que funciona en el ámbito del Sistema Nacional de Educación Pública (SNEP) y es coordinado por la Dirección de Educación del MEC, estudia los casos de los migrantes que no cuentan con toda la documentación necesaria para asegurar su ingreso, su permanencia y su eventual egreso de los tramos obligatorios del sistema educativo.

100.En el año 2018 a través de la Resolución 0389/018, en el marco del artículo 48 del Decreto Nº 394/009, se le dio a la Dirección Nacional de Educación del Ministerio de Educación y Cultura (MEC) la potestad de resolver los casos de migrantes que no podían regularizar su documentación luego del año de inscripción provisoria a los centros educativos. Esto ha permitido agilizar el proceso y facilitar la continuidad educativa de los migrantes. Asimismo, se creó la “Guía para el ingreso de migrantes al sistema educativo”, material elaborado por Grupo de Educación y Migrantes, destinado a los servicios de educación.

101.Al cierre de este informe se está elaborando un Protocolo sobre Recepción de Migrantes a partir de la conformación de la Comisión de Migrantes entre todos los subsistemas presidida por la Dirección de Derechos Humanos de ANEP.

102.Respecto al acceso a la educación pública de nivel terciario se han producido cambios significativos. En abril de 2018 la Universidad de la República (UDELAR) implementó medidas tendientes a acelerar el tiempo de los procesos de reválida de títulos y avance de carreras cursadas en el extranjero o en otras instituciones universitarias nacionales. Ello implicó la aprobación de un instructivo sobre el procedimiento a seguir en el caso de revalidación y reconocimiento de títulos, grados académicos y certificados de estudios, el cual establece un plazo máximo de 250 días para la resolución final del trámite.

103.Además, al cierre de este informe el nuevo Consejo Directivo Central de la UDELAR flexibilizó los requisitos para el ingreso de estudiantes procedentes de países extranjeros. La modificación de la Ordenanza del año 1986, que regulaba el ingreso a los estudios de grado, supone que las personas migrantes solo deberán demostrar la residencia en el Uruguay sin la exigencia de un tiempo mínimo de residencia tal como la regulación anterior exigía como una de sus causales para el ingreso. Asimismo, los peticionarios podrán acreditar su identidad con documento expedido por las autoridades uruguayas competentes o mediante pasaporte en caso de no contar aún con documento uruguayo.

Acceso al empleo

104.Desde 2014 se han fortalecido las acciones dirigidas a asegurar que las personas migrantes tengan acceso a los mismos derechos que los ciudadanos uruguayos en lo que refiere a la búsqueda de empleo, tanto en los Centros Públicos de Empleo (CEPES) como en los Centros de Empleo y Formación Profesional (CEFOP) integrados por el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP), así como su autoinscripción en la plataforma informática Vía Trabajo que utilizan los trabajadores uruguayos para buscar empleo o intentar mejorar el que tienen.

105.Adicionalmente, el 10 de abril de 2019 el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) emitió un comunicado público expresando que para el caso de las personas migrantes que no dispongan de la cédula de identidad al momento de emplearse (requisito obligatorio), el empleador podrá igualmente contratarlos siempre que estas últimas acrediten encontrarse tramitando la residencia temporaria o definitiva. De esta forma se asegura la aplicación del Decreto 278/017, de 2 de octubre de 2017, que establece que el empleador podrá exigir al trabajador la documentación emitida por la DNM o el MRREE (constancias) mientras se regulariza su situación migratoria, las cuales se consideran válidas ante la Inspección General de Trabajo.

106.Por su parte, el Banco de Previsión Social acepta la inscripción del trabajador extranjero con su pasaporte, debiendo cambiar su registro una vez obtenido el documento de identidad nacional para acceder a todas las prestaciones sociales.

107.En los Centros Públicos de Empleo (CEPES) son creados a través de convenios entre la Dirección Nacional de Empleo del MTSS (DINAE) y las Intendencias Departamentales, se coordinan y prestan diferentes servicios tendientes a facilitar el encuentro entre la oferta y la demanda laboral, en el sector formal de la economía. En este sentido, los CEPES realizan talleres de orientación laboral para extranjeros desde el año 2016. Asimismo, INEFOP con participación de DINAE ha realizado talleres tanto para solicitantes de refugio como para migrantes. Aproximadamente se realizan 10 talleres al año.

108.Además, entre diciembre de 2018 y mayo 2019 se llevaron a cabo reuniones con actores de sociedad civil y organismos públicos (Intendencia Departamental de Montevideo, INEFOP, Ministerio de Educación y Cultura) a efectos de coordinar acciones para la elaboración de un futuro itinerario en materia de empleo y formación profesional. Entre 2014 y 2018, un total de 6.438 personas migrantes (3.319 mujeres y 3.313 hombres) fueron registradas en la plataforma de gestión de Centros Públicos de Empleo.

Acceso a la vivienda

109.El Fondo de Garantía de Alquiler otorga certificados a hogares cuyos ingresos se encuentran comprendidos en un rango determinado de ingresos (entre 15 y 100 Unidades Reajustables). Las personas migrantes que poseen cédula de identidad uruguaya y cumplen con los requisitos, pueden solicitar esta garantía de alquiler al igual que cualquier nacional.

110.Asimismo, el Convenio firmado por el MVOTMA con el MRREE permite que aquellos compatriotas que regresan con ingreso económico o encuentran trabajo al llegar, puedan acceder a una garantía de alquiler. La Oficina de Retorno y Bienvenida entrega una nota dirigida al MVOTMA que certifica que el o los potenciales beneficiarios han sido seleccionados. Esto habilita a quienes cumplan con los requisitos, a presentarse al MVOTMA para obtener un certificado de garantía. El MVOTMA realiza una entrevista a fin de relevar los datos socioeconómicos y en caso de corresponder, otorga dicho certificado.

111.Para aquellos casos extremos de vulnerabilidad y/o indigencia se puede otorgar un subsidio de alquiler por dos años.

112.En febrero de 2019 se firmó un convenio entre el MIDES y la Asociación Civil Idas y Vueltas a través del cual se brindan, entre otros servicios, traslados para la regularización migratoria en el país, siete cupos en pensiones de hasta tres meses de duración para persona en situación de extrema vulnerabilidad que no tienen ninguna posibilidad de acceder a una solución habitacional. El convenio es de 12 meses de duración e implica una transferencia monetaria del MIDES a la Asociación Idas y Vueltas para el cumplimiento de sus obligaciones.

Campañas de sensibilización

113.La Secretaría de Derechos Humanos (SDH) de Presidencia de la República, en el marco de su eje de trabajo “Cambio Cultural, igualdad y no discriminación”, se encuentra desarrollando la campaña “Todos/as somos Uruguay – Todos/as somos Migrantes”, que consiste en una muestra fotográfica y con relatos que da cuenta de la diversidad étnica, así como también de la migratoria en composición de la sociedad uruguaya y del valor en sí mismo de este hecho. La misma es circulante y se está exponiendo en varios eventos y lugares públicos del país.

114.Por otra parte, el 26 y 27 de junio de 2019 la SDH organizó un Seminario Internacional “DDHH y Nuevos Desafíos: migración, diásporas y democracia en una perspectiva comparada”. En el primer día del mismo participaron personas migrantes narrando cómo llegaron a nuestro país, los desafíos, las facilidades y los obstáculos para poder lograr una vida digna. La segunda parte del Seminario tuvo un corte académico y político, donde participaron destacadas personas expertas en la temática, así como ocupantes en cargos de definición de políticas públicas migratorias. Además, en 2019 la SDH lanzó la publicación “Movilidad Humana”, que recoge y sintetiza los distintos aportes vertidos en dicho Seminario.

Respuesta a párrafo 22

115.Como habitantes del país, los trabajadores migratorios y sus familiares gozan de los mismos derechos que los nacionales a presentar denuncias y recibir reparaciones efectivas ante las autoridades judiciales competentes.

116.En este sentido, se ha fortalecido la difusión de información sobre los recursos disponibles para las personas migrantes, entre ellos el acceso a la justicia, tal es el caso de la información disponible en la guía “Vivir en Uruguay” sobre los recursos gratuitos.

117.La INDDHH dispone de un mecanismo por el cual se canalizan los planteamientos, opiniones y quejas individuales y colectivas sobre el funcionamiento de los poderes públicos. Cuenta además con el equipo técnico Derechos de las Personas Migrantes y Refugiadas, focalizado en la temática.

118.Esta Institución recibe denuncias sobre eventuales violaciones a derechos humanos reconocidos en las normas nacionales o internacionales, originadas exclusivamente en la responsabilidad de instituciones u organismos del Estado por acción u omisión. El procedimiento de tramitación de denuncias e investigaciones es una de sus labores angulares. La Ley 18446 (art. 4, lit. J) establece la competencia de conocer e investigar eventuales violaciones de derechos humanos. Llevar adelante dicha tarea implica: proteger a la persona y reparar la vulneración de los derechos violados; identificar prácticas u omisiones institucionales y vacíos normativos que vulneran derechos; así como aportar guías y recomendaciones generales para hacer cesar o prevenir situaciones iguales o semejantes a las que motivaron la denuncia. Los informes anuales de la INDDHH dan cuenta de los casos referidos a las personas migrantes.

119.Respecto al ámbito laboral, cuando un trabajador migrante llega a la oficina de Asesoramiento y Denuncias del MTSSS y presenta una situación en la que amerita una atención de consultas individuales en la Dirección Nacional del Trabajo (DINATRA), se coordina y se atiende, de ser posible en el mismo momento. No obstante, de ser necesario se coordina con la Unidad de Migración y/o con las instituciones que amerite el caso si éste requiriera una atención diferencial.

Respuesta a párrafo 24

120.La Constitución uruguaya, en sus artículos 1 y 7, refiere a los habitantes de la República. Asimismo, la Ley Nº 18250 reconoce la igualdad de derechos de las personas migrantes con los uruguayos. El artículo 8 establece que “las personas migrantes y sus familiares gozarán de los derechos de salud, trabajo, seguridad social, vivienda y educación en pie de igualdad con los nacionales. Dichos derechos tendrán la misma protección y amparo en uno y otro caso”. Asimismo, el capítulo VI (artículos 16 a 23) de la mencionada norma regula la igualdad de trato con respecto al ejercicio de una actividad laboral a la que tienen derecho las personas migrantes.

121.El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) ha reforzado las inspecciones laborales a fin de proteger a los trabajadores migratorios, siendo una práctica permanente de la Inspección General del Trabajo y Seguridad Social (IGTSS) del MTSS, realizar operativos en servicio doméstico tras denuncias individuales y denuncias del Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas (SUTD).

122.En noviembre de 2017 el MTSS comenzó a realizar capacitaciones internas. Los Inspectores de trabajo y los abogados de la IGTSS se capacitaron en “Migración Laboral” (curso impartido por la OIT), y también sobre trata laboral “Detección y prevención de este tipo de explotación”. Este último fue un curso propuesto y financiado por la OIM-PNUD y la Embajada de los Estados Unidos en el marco del proyecto “Fronteras en acción: estrategias regionales contra la Trata de personas”, llevado a cabo por la ONG Casa Abierta.

123.Es importante destacar que el régimen de trabajo doméstico implica la inscripción del trabajador por parte de la persona empleadora. El BPS fiscaliza las empresas, incluido el empleador del trabajo doméstico, siendo sus objetivos: impulsar el análisis de riesgo aplicando inteligencia fiscal, promover la inclusión y accionar contra la informalidad mediante análisis interno y presencia fiscalizadora en calles, y proteger a los trabajadores dando respuesta en tiempo y forma a los reclamos. Para ello, cuenta con un cuerpo inspectivo especializado que en el año 2018 realizó 10.794 actuaciones, 8 % de las cuales corresponden a trabajo doméstico.

124.Toda persona trabajadora, incluidas las del sector doméstico, sean migrante o uruguaya, tiene derecho a denunciar ante BPS las irregularidades que detecte en omisión de aportes, subdeclaración, omisión de recibo de sueldo, diferencias de fecha de ingreso o egreso, error en la declaración de jornales, etc. El Organismo lleva a cabo actuaciones inspectivas a efectos de determinar si se trata de irregularidades o no por parte de la empresa empleadora. Las denuncias, en caso de ser solicitado por el denunciante, tienen un trato confidencial. En 2018 se recibieron 373 denuncia de trabajadores, de las cuales un 81,5 % fueron probadas a través de inspecciones.

125.El BPS ha implementado en estos años una fuerte política de acercamiento a la ciudadanía facilitando el acceso a información vinculada al trabajo doméstico, habilitando distintos canales para la atención (presencial, telefónica, mails, asistente virtual), simplificando la realización de trámites (vía web, telefónica o mediante aplicaciones para móviles) y poniendo a disposición del empleado, a través de servicios en línea autenticados, información que le permita controlar la correcta declaración por parte de las empresas y el pago de los aportes correspondientes.

126.Adicionalmente, el BPS ha llevado a lo largo de los años una serie de campañas publicitarias de sensibilización, tanto para empleadores como para trabajadores, sobre los derechos y las obligaciones. A modo de ejemplo se menciona la campaña 2013 para la formalización del trabajo doméstico, la difusión del manual de buenas prácticas, y la de 2018 que hace énfasis en el reconocimiento por parte del trabajador doméstico de sus derechos y de las obligaciones de los patronos.

Respuesta a párrafo 26

Condiciones de los establecimientos carcelarios

127.Desde 2010 a la fecha, el proceso que se llevó a cabo en materia penitenciaria tuvo tres aspectos diferentes y complementarios: i) terminar con el grave hacinamiento existente, construyendo nuevos edificios y nuevas plazas en los que ya existían; ii) establecer la progresividad en los institutos penitenciarios, basándola en una clasificación de las cárceles y de las personas privadas de libertad (PPL); y iii) ampliar los conceptos de derechos y obligaciones de las personas privadas de libertad, sumando el concepto de beneficios que se obtienen o se pierden de acuerdo a la conducta.

128.Se han adoptado diversas medidas para el mejoramiento de la infraestructura y ampliación de la capacidad de alojamiento. Se construyeron nuevos edificios para las Unidades de madres con hijos, así como nuevos módulos y se refaccionaron otros.

129.Si bien hoy podemos decir que a nivel general se ha superado el hacinamiento, continúan los trabajos en lugares específicos en los que todavía existe sobrepoblación.

Situación de los trabajadores migratorios

130.El Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) dependiente del Ministerio del Interior, creó el Programa Nacional de Atención a Personas Privadas de Libertad Extranjeras y Migrantes (PROEM) dependiente de la Subdirección Nacional Técnica, por Resolución Nº 363/2017 del 14 marzo de 2017.

131.Este Programa desarrolla líneas de acción y planes focalizados en la intervención socio-educativa con población privada de libertad extranjera y migrante, desde el enfoque de derechos humanos y con perspectiva de género y diversidad. El objetivo central es que las personas extranjeras y migrantes accedan a sus derechos, de acuerdo a lo establecido en los diversos instrumentos internacionales y normas nacionales de protección. Su principal actividad es el diseño de planes que contemplen propuestas que abarquen todas las Unidades de Internación del sistema penitenciario del país (29 centros de privación de libertad, más la Oficina de Supervisión de Libertad Asistida y el Centro de Diagnóstico y Derivación).

132.Desde la fecha de su creación, se han articulado instancias para la integración y el funcionamiento de una Mesa de Trabajo con otros organismos estatales, delegaciones diplomáticas e instituciones de la sociedad civil. Desde las Subdirecciones Técnicas de las diferentes Unidades de Internación se han creado las oficinas y/o equipos de trabajo para el desarrollo de las acciones del Programa y se han asignado 31 referentes en todo el país, equipo supervisado por un Coordinador Nacional, quien debe dinamizar y supervisar al equipo multidisciplinario.

133.La JNM ha fortalecido la coordinación con PROEM a efectos de mejorar la atención y ajustar mecanismos que faciliten el acceso a la asistencia jurídica y consular de este grupo, en el marco de la protección de sus derechos y los objetivos específicos de dicho programa.

134.La Junta participó en jornadas de formación organizadas por el INR, dirigida a operadores penitenciarios encargados del PROEM. Los contenidos versaron sobre el marco general de la política migratoria, normativa e institucionalidad, así como el trabajo con los consulados extranjeros acreditados en el Uruguay.

135.Adicionalmente, existe un trabajo conjunto entre la DNM y el INR a efectos de obtener los datos de la población carcelaria migrante actual, con el objeto de conocer de forma cabal dicho conjunto poblacional y sus necesidades. En las mesas de trabajo se discute actualmente el proyecto de formulario para el relevamiento de datos.

136.A marzo de 2019 el total de personas extranjeras privadas de libertad era de 281, de las cuales 251 eran hombres y 30 mujeres. Tanto en la población penal de hombres como de mujeres la mayoría eran nacionales argentinos (79 hombres y 8 mujeres) y brasileros (67 hombres y 17 mujeres), seguidos de chilenos (29 hombres y 2 mujeres) y paraguayos (16 hombres y 1 mujer). Estas dos nacionalidades representaban casi el 61 % de la población extranjera privada de libertad. Además, la cantidad de personas privadas de libertad extranjeras representaba a esa fecha el 2,6 % del total (10.662).

Respuesta a párrafo 28

137.El 18 de setiembre de 2014 se aprobó la Ley Nº 19268 de Organización Consular, nuevo marco normativo que permitió adecuar los servicios tradicionales de labor consular como servicio público a la ciudadanía, a los principios de simplificación administrativa, modernización tecnológica y protección y promoción de los intereses y derechos de los uruguayos en el exterior, tal como se establece en su artículo 1.

138.La Ley de Organización Consular anterior databa del año 1906. Los cambios ocurridos en nuestro país, en la región y en el mundo desde esa fecha son evidentes, por lo que se entendió necesario actualizar la normativa ajustando su contenido al nuevo enfoque de gestión consular y adaptando su aplicación a las necesidades e intereses de los compatriotas. En ese sentido, se priorizó el establecimiento de normas tendientes a la protección y promoción de los intereses de los nacionales en el exterior, así como una regulación completa y adecuada de la función consular. 

139.Bajo esta perspectiva, el MRREE ha fortalecido la capacitación de los funcionarios diplomáticos, técnicos y administrativos que desarrollan tareas en el exterior.

140. En cuanto a la obtención de la documentación para los uruguayos que migran, se destaca que los trámites de pasaporte y cédula de identidad (renovación) pueden realizarse en los consulados de casi todos los países de América del Sur (excepto Guyana y Surinam), así como en París (Francia), Tel Aviv (Israel) y Sídney (Australia).

141.Las oficinas consulares brindan en la actualidad una serie de servicios a los compatriotas en el exterior, entre los cuales pueden mencionarse los siguientes: tramitación de pasaportes, visados, permisos de menor y cédulas de identidad (renovación); expedición de constancias de antecedentes penales y de certificado de existencia (fe de vida); obtención de partidas uruguayas de nacimiento, matrimonio y defunción; inscripción en el Registro de Nacionalidad y Ciudadanía; actuaciones consulares ante algunos organismos públicos del Uruguay.

142.Otros servicios relevantes son la realización permanente de consulados móviles, destinado a uruguayos en el exterior que viven lejos de las oficinas consulares y que por diferentes razones encuentran dificultades para trasladarse hasta ellas para asesorarse y tramitar la cédula de identidad uruguaya.

143.Asimismo, cabe mencionar que en este último quinquenio el Ministerio de Relaciones Exteriores ha realizado una intensa articulación y coordinación con otros organismos públicos a efectos de poder brindar mayor y mejores servicios a los nacionales residentes en el exterior.

144.En ese sentido se destaca la firma de convenios o memorándums con: i) Banco de Previsión Social a efectos de que un nacional puede solicitar su contrato persona desde las Oficinas Consulares; ii) Banco de la República para reapertura de cuentas a distancia por el cual un nacional mayor de edad puede iniciar el trámite desde su casa u oficina consular y luego concretar la apertura de la cuenta una vez en el Uruguay; iii) el programa Escuela Uruguay realizó una experiencia piloto con las oficinas consulares de España y Chile durante 2017 y en 2018 lanzó la segunda edición para todas las oficinas consulares; iv) Universidad del Trabajo del Uruguay (UTU) – Acreditación de Saberes.

145.Además, desde 2010 se trabaja de forma coordinada con el Consejo de Educación Secundaria (CES), con el cometido de que aquellos compatriotas residentes en el exterior que no han finalizado la secundaria puedan hacerlo a través de la rendición de los exámenes pendientes ante el agente consular en su jurisdicción.

Respuesta a párrafo 30

146.El 17 de agosto de 2018 el Parlamento aprobó la Ley Nº 19654 sobre Derechos y Obligaciones Inherentes a la Ciudadanía. En la Ley se declara, con carácter interpretativo, que en los artículos 77, párrafo 1, y 81 de la Constitución, el hecho de residir en el exterior no obsta al ejercicio de los derechos y obligaciones inherentes a la ciudadanía. Se trata de una ley interpretativa, dictada al amparo del artículo 85 numeral 20 de la Constitución.

147.La Ley dispuso la creación de una Comisión para evaluar y analizar las alternativas jurídicas para la instrumentación del voto por parte de los ciudadanos uruguayos residentes en el exterior. Esta Comisión, presidida y coordinada por la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, debía nuclear a los representantes de todos los partidos políticos con representación parlamentaria, a la Corte Electoral, a la Cancillería, a los Consejos Consultivos y al Consejo Consultivo Asesor de Migraciones, a los efectos de habilitar la mejor salida jurídica.

148.A partir de la publicación de la Ley Nº 19654, el 27 de agosto de 2018 se instó a cada uno de los organismos y colectivos de la sociedad civil enumerados precedentemente a designar representantes. Así, el día 27 de noviembre se constituyó la Comisión Honoraria integrada por la INDDHH, la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación del MRREE, la Corte Electoral, el Partido Frente Amplio, el Partido Unidad Popular, un representante de los Consejos Consultivos y el Consejo Consultivo Asesor de Migración. Los Partidos Colorado, Nacional e Independiente no designaron delegados. El Partido Nacional y el Partido Independiente presentaron las razones de su no participación.

149.La Comisión Honoraria definió un funcionamiento semanal, desarrollando sus sesiones en una primera instancia en la sede de la Institución Nacional de Derechos Humanos y posteriormente pasó a funcionar en el Parlamento. Para cumplir con su cometido legal la Comisión acudió a diversas fuentes.

150.En primer lugar y en relación al informe normativo, se realizó el análisis del marco aplicable a la temática en estudio. En segundo lugar, se contó con el informe sobre funcionamiento y estructura que elaboró el Ministerio de Relaciones Exteriores. En tercer y último término, se recabaron las opiniones de expertos especializados y de representantes de países que cuentan con voto en el exterior habilitado.

151.Tal como dispuesto por Ley Nº 19654, en el lapso de 120 días desde su constitución la Comisión Honoraria presentó al Poder Legislativo un proyecto e informe normativo analizando las alternativas jurídicas para la instrumentación del voto en el exterior, incluyendo una serie de recomendaciones al Parlamento.

Respuesta a párrafo 32

152.Todas las personas residentes en el territorio nacional, sin distinción, pueden acceder a las prestaciones del sistema de seguridad social. El Uruguay ha adoptado mecanismos para facilitar el acceso a la cédula de identidad, lo que posibilita una documentación inmediata de la población migrante que elige vivir en el país. El comienzo del trámite de residencia permite a la persona recibir una cédula de identidad provisoria y con ello garantiza el acceso a las prestaciones de seguridad social que le correspondan dada su situación laboral y familiar, en igualdad de condiciones y oportunidades que un trabajador uruguayo.

153.Por otra parte y tal como se había señalado antes, el Banco de Previsión Social acepta la inscripción del trabajador extranjero con su pasaporte, debiendo cambiar su registro una vez obtenido el documento de identidad nacional.

154.De acuerdo al art. 67 de la Constitución, las jubilaciones generales y seguros sociales se organizan en forma de garantizar a todos los trabajadores, patronos, empleados y obreros, retiros adecuados y subsidios para los casos de accidentes, enfermedad, invalidez, desocupación forzosa, etc., y a sus familias, en caso de muerte, la pensión correspondiente. La pensión a la vejez constituye un derecho para quien llega al límite de edad productiva después de larga permanencia en el país y carezca de recursos para subvenir sus necesidades vitales.

155.Los requisitos de residencia se circunscriben a las pensiones no contributivas de vejez e invalidez común. El criterio para acceder a las pensiones es el mismo tanto para personas migrantes o extranjeros como para nacionales.

Respuesta a párrafo 34

156.Las personas migrantes tienen a disposición las vías de transferencia de ingresos disponibles en el territorio nacional para toda la población residente.

157.El Uruguay se ha comprometido con el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y entre ellos la Meta 10.c del Objetivo 10, que establece para 2030 reducir a menos del 3 % los costos de transacción de las remesas de los migrantes y eliminar los canales de envío de remesas con un costo superior al 5 %. 

158.El siguiente cuadro muestra el costo de las remesas en el Uruguay en el período 2012‑2017:

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Costo de las remesas como proporción del monto remitido

4,3 %

4,2 %

4,6 %

4,7 %

5,2 %

4,2 %

Fuente: Banco Central del Uruguay .

Fórmula de cálculo: cálculo en base a los datos que le envían las instituciones que realizan las operaciones. Los datos se reciben por franjas de montos y cuánto cuesta una remesa en cada franja.

159.Es importante destacar que el Correo Uruguayo cuenta con el servicio de Correogiros, mecanismo que apunta a minimizar las asimetrías de este tipo de transacciones, permitiendo el envío de dinero en forma rápida, segura y accesible. Actualmente se encuentra operativo con Chile, Colombia, España, el Perú, la República Dominicana, el Paraguay y Cuba (para envío de dinero y no para recepción), previéndose la incorporación de más países.

Respuesta a párrafo 36

160.El Uruguay ha adherido a los principales tratados y convenciones en materia migratoria y de derechos humanos, los cuales han sido internalizados en la normativa.

161.Asimismo, se ha sumado al Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular, aprobado en 2018 y ha desarrollado un marco legislativo nacional basado en una perspectiva de derechos humanos. La normativa nacional reconoce a las personas migrantes y a sus familiares, independientemente del estatus migratorio, el derecho a la migración, a la reunificación familiar, al debido proceso y el acceso a la justicia, así como a la igualdad de derechos con los nacionales, sin distinción alguna (artículo 1, Ley Nº 18250). Ello implica garantizar los derechos y la igualdad con los nacionales también respecto al trabajo, la seguridad social, la salud y la educación.

162.Otras normas aprobadas en el período bajo revisión y asociadas son las siguientes: Ley Nº 19643 (20/7/2018), norma integral sobre trata de personas, y Ley Nº 19355 (19/12/2015), artículo 162, para la facilitación de la residencia a extranjeros en situación administrativa irregular y que se encuentran en especial situación de vulnerabilidad socio‑económica. Asimismo, cabe recordar la importancia del Plan de Respuesta Rápida de la Dirección Nacional de Migración, que al igual que la Ley Nº 19254 permite a la persona migrante obtener el documento de identidad nacional en el mismo momento que inicia el trámite de residente permanente.

163.Como se mencionó, el marco normativo nacional se basa en el reconocimiento y el pleno respeto de los derechos de las personas migrantes y sus familiares, lo cual constituye un pilar fundamental de su política migratoria y un marco adecuado para garantizar una migración segura, ordenada y regular.

164.Si bien con la adopción de un marco normativo garantista se habían registrado importantes avances en la construcción y consolidación de una política migratoria integral con perspectiva de derechos humanos, se consideró necesario redactar un documento fijando los principios, lineamientos y objetivos generales y específicos de esta política pública.

165.Así, mediante Resolución Nº 576 de fecha 29 de agosto de 2016, el Sr. Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros, homologó el “Documento Marco sobre Política Migratoria en el Uruguay” aprobado por la Junta Nacional de Migración el 24 de agosto de 2016, órgano asesor y coordinador de las políticas migratorias del Poder Ejecutivo. Dicho documento presenta los objetivos, principios y lineamientos estratégicos generales de la política migratoria del Estado uruguayo para el corto, mediano y largo plazo, así como los logros más importantes en la materia.

166.En esta línea y fiel a su compromiso con el multilateralismo y la cooperación internacional, el Uruguay participó activamente en el proceso conducente a la elaboración y adopción, por parte de los Estados Miembros de las Naciones Unidas, del Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular, y adhirió a dicho Pacto en la Conferencia Intergubernamental celebrada en Marruecos el 10 y 11 de diciembre de 2018. Sin dudas se trata de un hito en materia de gobernanza de las migraciones a nivel mundial.

Principales características de la Política Migratoria

167.La política migratoria se fundamenta en una visión positiva de las migraciones internacionales para el bienestar y el desarrollo humano, a la vez que destaca el aporte de las personas migrantes en términos económicos, demográficos, sociales, culturales y políticos, tanto para las sociedades de origen como de destino.

168.En un enfoque integral y en consonancia con la meta 10.7 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, así como con aquellas otras vinculadas a la migración, la política migratoria nacional busca ajustar los mecanismos e instrumentos para promover una migración y movilidad segura, ordenada y regular.

169.Dicha política se basa en los siguientes principios:

Reconocimiento y pleno respeto de los derechos de todas las personas migrantes;

Igualdad de trato y de goce de derechos entre nacionales y extranjeros;

No discriminación;

Integración sociocultural;

Respeto a la diversidad e identidad cultural;

Igualdad de género;

Protección integral a los grupos de migrantes en situación más vulnerable.

170.Propone profundizar en lineamientos y acciones ya implementadas y consolidadas en distinto grado: la transversalidad de la política y del enfoque de derechos en el que se basa; el abordaje intersectorial, multinivel y multiactoral; el fortalecimiento institucional; la articulación con otras políticas públicas sectoriales y el desarrollo del país; la participación ciudadana y el diálogo social; el trabajo coordinado y complementario con la sociedad civil organizada del Uruguay y del exterior; la articulación con la política exterior; la incorporación de las investigaciones académicas; instancias informativas y educativas sobre política migratoria y migración; el mejoramiento del sistema de información estadística.

171.En una mirada y estrategia integral se plantea la consideración de distintos grupos poblacionales, a saber: a) población residente en el Uruguay con alta propensión migratoria (Política de Retención o Permanencia); b) población extranjera que llega al Uruguay a residir de forma temporal o permanente (Política Inmigratoria); c) población uruguaya retornada, deportada y repatriada (Política de Retorno); d) población uruguaya que reside en el exterior (Política de Vinculación). El Estado uruguayo ha fortalecido su política migratoria en torno a estos ejes.

172.En concordancia con los principios y lineamientos generales establecidos, se han definido objetivos que apuntan a garantizar la plena inclusión de las personas migrantes en los programas sociales y en los servicios públicos en igualdad de condiciones que los nacionales, optimizar su inserción laboral y social, combatir la discriminación y la estigmatización social garantizando la convivencia y una vida libre de xenofobia, racismo y discriminación racial, así como contribuir al desarrollo general del país a través de los aportes de la población migrante.

Junta Nacional de Migración

173.Como se señaló, la Junta Nacional de Migración (JNM) es el órgano asesor y coordinador de las políticas migratorias que reúne a diferentes instituciones nacionales y a la sociedad civil para abordar y dar seguimiento a la agenda migratoria del país.

174.Este órgano promueve un enfoque integrado y estrategias coordinadas de gobernanza que incluye la articulación en los diferentes niveles de gobierno (nacional, departamental y municipal).

175.Desde agosto de 2015, con apoyo de la OIM, la JNM cuenta de manera estable con un Secretario Ejecutivo encargado de proporcionar apoyo técnico, administrativo, logístico (planificación y coordinación) y de comunicaciones a dicho órgano.

176. Entre las principales funciones de la Secretaría Ejecutiva se encuentran las siguientes:

Proporcionar apoyo técnico al trabajo de la Junta Nacional de Migración a través de la preparación de documentos de análisis, diagnóstico, propuestas o recomendaciones en los temas de competencia de la Junta, incluyendo la recolección, compilación y circulación periódica de información cuantitativa y cualitativa sobre migraciones en el país y en el MERCOSUR, en coordinación con otras instancias técnicas y administrativas del Gobierno del Uruguay;

Preparar informes que sirvan como insumos para la presentación de documentos con carácter nacional y/o informes país;

Ocuparse de la preparación, organización y realización de las reuniones periódicas ordinarias y extraordinarias de la JNM. En coordinación con la Presidencia de la Junta, preparar el orden del día de las reuniones ordinarias, circularlo con la debida antelación a sus miembros, levantar el acta de la reunión, circularla entre los miembros y mantener un archivo de toda la documentación;

Apoyar a la Presidencia de la Junta en la preparación de eventuales reuniones técnicas, seminarios, talleres y eventos acordados en el marco del trabajo de la JNM y preparar los informes y documentos necesarios, así como un informe sobre dichos eventos, circularlos entre los miembros de la Junta y mantener un archivo de dicha documentación;

Dar seguimiento permanente a las decisiones, acuerdos y reuniones vinculados a la temática migratoria que se realicen en el marco del MERCOSUR, UNASUR, CELAC, Conferencia Sudamericana sobre Migraciones (CSM) y otros eventos multilaterales y bilaterales.

177.En lo que refiere a la participación de los propios trabajadores migratorios, se destaca que en el ámbito nacional se ha consolidado la participación del Consejo Consultivo Asesor de Migración (CCAM) en la JNM y se ha profundizado la comunicación con la sociedad civil organizada vinculada a la temática.

178.El CCAM participa en todas las reuniones ordinarias de la Junta, en un espacio exclusivo, así como en las reuniones extraordinarias cuando el tema lo requiere. Todos los organismos de la JNM y ésta a través de su Presidencia y Secretaría Ejecutiva, cuentan con canales directos de comunicación para el planteamiento de propuestas y demandas, así como para la presentación de casos individuales o colectivos que requieren de atención especial y urgente.

179.Asimismo, la Junta mantiene un diálogo permanente y abierto con la Red de Apoyo al Migrante, lo que ha posibilitado un mejor seguimiento de la agenda y la política migratoria y de la protección de los derechos de las personas migrantes.

180.Por otra parte, en diversas oportunidades se convoca a la sociedad civil a aportar insumos para distintas instancias referentes a cambios en la normativa y procedimientos, así como a presentar sus comentarios para la elaboración de informes país. En este sentido, la JNM convocó a la sociedad civil a realizar aportes en el marco del proceso de consulta a actores nacionales correspondiente a la primera fase del Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular, y para el aporte de comentarios al presente informe país.

181.Asimismo, se la ha convocado para los procesos de creación o modificación de la normativa y regulación migratorias. El CCAM fue invitado a intervenir ante los delegados de los países participantes de la XVII Conferencia Suramericana sobre Migraciones (CSM) celebrada en Montevideo bajo la Presidencia Pro-Tempore del Uruguay ejercida por el MRREE.

182.El apoyo a las actividades organizadas por el CCAM y la Red de Apoyo al Migrante se reforzó en este período. Tal es el caso, entre otros, de todos los encuentros anuales de Migración y Ciudadanía, la Fiesta de las Migraciones, así como las dos ediciones del evento “Movilidad Humana. Diálogos entre sociedad civil, Estado y academia”. El apoyo también se realizó directamente a eventos organizados por asociaciones de migrantes. Se continuó además destinando un espacio físico dentro de Cancillería para las reuniones de la Red de Apoyo al Migrante.

183.La JNM ha mantenido reuniones de seguimiento con representantes de la central sindical (PIT-CNT) y fue invitada por este actor a exponer y dialogar sobre el actual contexto migratorio del Uruguay y la política migratoria del Uruguay, sus desafíos y oportunidades, así como sobre la protección de los derechos de los trabajadores migrantes.

184.Pueden destacarse además nuevas coordinaciones interinstitucionales con la sociedad civil para la atención de personas migrantes en especial situación de vulnerabilidad, referidas a emergencias habitacionales y el apoyo a la efectiva regularización de la documentación. En tal sentido en 2019 el MIDES firmó un convenio con la ONG Idas y Vueltas para alojar a personas migrantes en situación de vulnerabilidad.

185.Por su parte, la Dirección de Vinculación del MRREE mantiene una comunicación permanente con los Consejos consultivos y Asociaciones de uruguayos en el exterior. Como instancia principal de participación directa, intercambio y acceso a la información para los uruguayos residentes en el exterior, se destacan los encuentros mundiales de Consejos Consultivos y Asociaciones, así como la participación de autoridades de la DGCV en encuentros regionales de estas organizaciones. Además, cuando el tema lo requiere se lo envía a la JNM para un tratamiento interinstitucional.

Respuesta a párrafo 38

186.El Grupo de Trabajo Educación y Migrantes fue instalado formalmente a través de la resolución MEC 0389/018 como ámbito de coordinación interinstitucional dentro del Sistema Nacional de Educación Pública, de manera de asegurar el acceso de los migrantes al sistema educativo garantizado por la Ley Nº 18250 y el Decreto Nº 394/009, así como también trabajar en mecanismos que faciliten el proceso de reválidas y acreditación de saberes.

187.Asimismo, la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) creó una Comisión en la órbita de la Dirección de Derechos Humanos para la elaboración de políticas educativas que protejan la trayectoria de hijos de trabajadores migrantes tanto en cuanto al acceso (creación de un protocolo) como a la continuidad educativa para todos los niveles: inicial y primaria, educación media y bachillerato, así como formación terciaria.

188.En lo que refiere a la educación terciaria, la JNM y el MRREE han mantenido reuniones con las principales autoridades de la UDELAR a fin de promover la mejora en los tiempos de respuesta para la revalidación de títulos extranjeros.

189.En ese sentido, cabe destacar que por Resolución Nº 40 adoptada por el Consejo Directivo Central de la UDELAR en sesión de fecha 16 de octubre de 2018, se resolvió aprobar un instructivo sobre el procedimiento a seguir para el examen sustancial en solicitudes de revalidación y reconocimiento de títulos, grados académicos y certificados de estudios, y se estableció un plazo máximo de 250 días corridos entre el inicio del trámite y la resolución final de reválida de título extranjero.

190.Además, se mantiene el Programa Acreditación de Saberes del Consejo de Educación Técnica Profesional. Se trata de un proceso educativo de reconocimiento, sistematización y certificación de los aprendizajes adquiridos por la persona en el transcurso de su vida mediante el trabajo, la experiencia y la convivencia social, por medio de la acción de una mediación pedagógica. Este programa se instrumenta con una metodología educativa eficaz y en un lapso de tiempo breve para gestionar las demandas de trabajadores que, por razones de pérdida del puesto laboral, por presentación a un nuevo puesto u otros motivos, requieran la acreditación de idoneidad.

191.La acreditación de saberes puede realizarse también en modalidad a distancia, previa coordinación, asesoramiento y gestión, si el interesado reside en el exterior del país y está planificando su retorno.

192.El Punto de Atención y Asesoramiento a Migrantes en temas educativos que se mencionó anteriormente, tiene entre sus funciones asesorar a las personas migrantes en el proceso de reconocimiento de estudios en todos los niveles y da seguimiento a las consultas de manera de acompañar el proceso de convalidación. Por otra parte, brinda información sobre espacios de acreditación de saberes.

193.Por último, en el marco del programa “Uruguayos por el Mundo” el MRREE, a través de la DGCV, se dio continuidad a la iniciativa de Inspección Técnica de Educación Secundaria en atención a la demanda de los compatriotas en el exterior interesados en finalizar estudios secundarios del sistema educativo uruguayo.

194.INEFOP también instrumentó mecanismos para certificar competencias laborales. Estos aplican a las personas que desempeñan un oficio desde hace tiempo pero que no tienen estudios formales sobre ese oficio. Busca reconocer los conocimientos, habilidades y aptitudes de las personas trabajadoras, independientemente de la forma en que las hayan adquirido. Es el reconocimiento público y formal de la capacidad laboral demostrada en base a la evaluación de sus competencias asociadas al perfil profesional definido.

Respuesta a párrafo 40

195.la Junta Nacional de Migración, en un espacio exclusivo, así como en las reuniones extraordinarias cuando el tema lo requiere. Todos los organismos de la JNM y ésta a través de su Presidencia y Secretaría Ejecutiva cuentan con canales directos de comunicación para el planteamiento de propuestas y demandas. Asimismo, la Junta mantiene un diálogo permanente y abierto con la Red de Apoyo al Migrante.

196.Por su parte, la Dirección de Vinculación mantiene una comunicación permanente con los Consejos consultivos y Asociaciones de uruguayos en el exterior. Como instancia principal de participación directa, intercambio y acceso a la información para los uruguayos residentes en el exterior, se destacan los encuentros mundiales de Consejos Consultivos y Asociaciones así como la participación de autoridades de la DGCV en encuentros regionales de estas organizaciones. Además, cuando el tema lo requiere, se lo envía a la Junta Nacional de Migración para un tratamiento interinstitucional.

197.A modo de ejemplo se destaca que en febrero de 2019 se firmó un convenio entre el MIDES y la Asociación Civil Idas y Vueltas a través del cual se brindan, entre otros servicios como traslados para la regularización migratoria en el país, siete cupos en pensiones de hasta tres meses de duración para persona en situación de extrema vulnerabilidad, que no tienen ninguna posibilidad de acceder a una solución habitacional. El convenio es de 12 meses de duración e implica una transferencia monetaria del MIDES a la Asociación Idas y Vueltas para el cumplimiento de sus obligaciones.

Respuesta a párrafo 42

198.El Espacio Migrantes ha sido el espacio por excelencia de articulación, funcionó de 2014 a 2017. A partir de 2019 comenzó a funcionar nuevamente para dar continuidad al proceso iniciado.

199.Este Espacio tiene por finalidad generar un ámbito de coordinación entre las diferentes direcciones, institutos, unidades y secretarías del MIDES que atienden población migrante o cumplen funciones en asuntos de relaciones internacionales, para contribuir al reconocimiento y respeto de los derechos humanos de las personas migrantes.

200.Sus objetivos son: i) contribuir a identificar las características de los servicios y prestaciones del Ministerio que atienden a la población migrante en el país; ii) fortalecer la coordinación interna para la respuesta a sus necesidades específicas; iii) delinear un mapa institucional de respuesta integral y contribuir a la definición de las políticas migratorias del país a través de la participación del MIDES en la Junta Nacional de Migración y la Comisión Sectorial de Población y Desarrollo.

201.Para lograr estos objetivos la actuación ministerial se basa en el respeto a los derechos humanos, con perspectiva de género, ascendencia étnica racial, diversidad sexual y el derecho a la identidad como principales ejes.

202.La metodología de trabajo adoptada por el Espacio Migrante ha sido la articulación a través de reuniones mensuales (o la frecuencia que se considerara conveniente), para el intercambio y actualización de la información.

203.Por su parte, el Departamento de Migrantes (denominado anteriormente Departamento de Identidad) del Ministerio de Desarrollo Social, tiene por cometidos favorecer la inclusión e integración social de las personas migrantes a través del fortalecimiento del ejercicio de derechos, del acceso a la información y al conocimiento, de la promoción de la participación social en espacios de debate sobre políticas públicas, y de la contribución a la regularización de la documentación.

Cantidad de gestiones realizadas para personas migrantes según tipo de gestión (2015-2019)

Tipo de trámite

C antidad

Traducciones de Partida de Nacimiento o Pasaporte

349

Inscripciones en Libro de Extranjeros

3 034

Partidas de nacimiento (Registro Civil)

5 331

Solicitudes de Residencias exoneradas ante DNM

829

Agendas especiales para inicio de trámite de Residencia ante MRREE

1 449

Respuesta a párrafo 44

204.El Estado uruguayo ha construido una política migratoria basada en una perspectiva en derechos que ha facilitado y simplificado el proceso de retorno de personas migrantes a fin de lograr su reinserción duradera en la sociedad uruguaya.

205.En los últimos años se han mantenido los acuerdos que la Dirección General para Asuntos Consulares y de Vinculación del Ministerio de Relaciones Exteriores (DGCV) ha celebrado con diversos organismos públicos del país y organizaciones internacionales en áreas de servicios como salud, capacitación laboral, telecomunicaciones, garantía de alquiler y subsidio a la vivienda en algunos casos de vulnerabilidad, acceso a documentos públicos, servicios bancarios y seguros, previsión social, servicios jurídicos, entre otros. Dichos acuerdos han tenido como base la coordinación interinstitucional.

206.Recientemente se han sumado otros acuerdos de la DGCV con instituciones como FLACSO Uruguay en el ámbito educativo (becas totales a retornados interesados en posgrados) y con el INEFOP para la capacitación y formación profesional, por el cual se deriva desde la Oficina de Retorno y Bienvenida (ORyB) a aquellas personas que manifiestan su interés en acceder a los cursos de formación profesional.

207.Puede destacarse además la mejora de la gestión y la instrumentación desde cada organismo público de respuestas específicas para atender a la población retornada, particularmente a la que se encuentra en especial situación de vulnerabilidad socioeconómica.

208.Para lograr una mayor difusión, la DGCV ha intensificado la divulgación de información sobre los servicios disponibles para retornados y posibles retornantes. La web de la Junta Nacional de Migración comparte información básica para los retornados, entre ellas las guías “Volver a Uruguay”, “Vivir en Uruguay” y el “Manual de Retorno”.

209.La información de los organismos públicos que buscan mejorar la gestión también se publica en el portal web de referencia para los trámites en Uruguay, en el portal del MRREE, Oficinas Consulares y algunos gobiernos locales, a la vez que es replicada en el nuevo portal web de la JNM. En el sitio web de la Dirección Nacional de Migración también se encuentran los trámites y requisitos necesarios.

Respuesta a párrafo 46

Marco normativo e institucional

210.El Uruguay ha intensificado las medidas para el combate a la trata de personas poniendo particular atención en lo que afecta a mujeres, niños, niñas y adolescentes.

211.A nivel nacional, los delitos de tráfico y trata de personas están legislados desde 2008 por la Ley Nº 18250 de Migraciones, cuyo artículo 77 establece: “Quien promoviere, gestionare o facilitare de manera ilegal el ingreso o egreso de personas al territorio nacional por los límites fronterizos de la República, con la finalidad de obtener un provecho para sí o para un tercero, será castigado con una pena de seis meses de prisión a tres años de penitenciaría”.

212.Por su parte, el art. 78, regula el delito de trata de personas: “Quien de cualquier manera o por cualquier medio participare en el reclutamiento, transporte, transferencia, acogida o el recibo de personas para el trabajo o servicios forzados, la esclavitud o prácticas similares, la servidumbre, la explotación sexual, la remoción y extracción de órganos o cualquier otra actividad que menoscabe la dignidad humana, será castigado con una pena de cuatro a dieciséis años de penitenciaría”.

213.La trata se presenta como un tipo penal autónomo, donde no se exige la prueba de los medios, como en la definición dada por el art. 3 del Protocolo de Palermo, bastando con la realización de la actividad (“... el reclutamiento, transporte…”) y los fines (“... para el trabajo o servicios forzados, la esclavitud…”) para que se configure el tipo penal.

214.El delito de la trata también está establecido en el artículo 6 de la Ley Nº 17815 de 2004, que versa sobre la Violencia Sexual Comercial o No Comercial cometida contra Niños/as, Adolescentes o Incapaces. El artículo expresa: “El que de cualquier modo favorezca o facilite la entrada o salida del país de personas menores de edad o incapaces, para ser prostituidas o explotadas sexualmente, será castigado con pena de dos a doce años de penitenciaría”.

215.El Decreto 304/015 del Poder Ejecutivo creó la Mesa Interinstitucional para la Prevención y Combate de la Trata de Personas, mecanismo que en 2018 inició la implementación del Plan Nacional de Combate a la Trata y explotación de personas 2018‑2020, cuya presentación oficial se realizó el 30 de julio, Día Mundial contra la Trata. Dicho documento cuenta con un capítulo consensuado por las instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil, que identifica los principales avances en la trayectoria de casi 10 años de articulación y trabajo interinstitucional para la coordinación de acciones de prevención, atención y combate a la trata de personas en el Uruguay. Se destacan en dicho capítulo la consolidación del espacio interinstitucional; la participación de sociedad civil; los servicios de atención a personas en situación de trata y explotación (atención a mujeres y atención a niñas, niños y adolescentes); las herramientas técnicas para el abordaje de la trata de personas; las instancias de sensibilización, formación y capacitación; las campañas de difusión y prevención sobre trata de personas; y el marco normativo existente. Se organiza en cinco líneas de acción: 1. prevención y sensibilización; 2. investigación, combate, judicialización y penalización; 3. protección, atención y reparación; 4. coordinación interinstitucional y 5. cooperación internacional.

216.El 12 de julio de 2018 se aprobó la Ley 19643 de Prevención y Combate a la Trata y la Explotación de Personas, cuyo borrador fue elaborado por la Mesa Interinstitucional a partir del convenio entre la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y el Ministerio de Relaciones Exteriores del Uruguay para la contratación de una consultoría.

217.Esta Ley: i) define las directrices para las políticas públicas, mandatando a las instituciones del Estado —en el ámbito de su competencia— a intervenir, adoptar y ejecutar programas, acciones, protocolos, registros e investigaciones para la erradicación de la trata y la explotación de personas; ii) establece la reparación integral comprensiva de la indemnización, restitución y rehabilitación de las víctimas; iii) crea el Consejo Nacional de Prevención y Combate a la Trata y la Explotación de Personas como ente rector en la materia, integrado por instituciones públicas con competencia directa y organizaciones sociales con larga trayectoria en la temática; iv) crea el Sistema Nacional de Denuncias sobre Trata y Explotación de Personas que centraliza la información y facilita la denuncia y el tránsito por el Sistema de Justicia, a la vez que busca generar políticas adecuadas para combatir y prevenir el delito.

218.En relación a la reparación, se destaca que la Ley Integral de Prevención y Combate a la Trata y la Explotación de Personas, reconoce en su artículo 5 (J) “el derecho de las víctimas de trata y explotación de personas a la verdad, la justicia, la reparación y garantías de no repetición a través de un recurso sencillo y rápido ante los Tribunales competentes…”.

219.En materia normativa es importante tener en cuenta además que el Uruguay es Parte de los siguientes acuerdos: Convención para la Represión de la Trata de personas, Convención contra la Tortura y otros Tratados Crueles, Convención Interamericana para Prevenir y sancionar la Tortura y el Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura. Todos ellos se encuentran en vigor.

220.Por Ley 18719 se asigna competencia específica a la Dirección General de Lucha Contra el Crimen Organizado e Interpol y delitos conexos como la explotación sexual de personas mayores de edad y de niños, niñas y adolescentes y la trata y tráfico de personas en todas sus expresiones. En este caso, la Policía Nacional actúa como auxiliar y mantiene permanente contacto con los organismos de recepción de denuncias de estos delitos, como las Unidades Especializadas de Violencia Doméstica y de Género (UEVDG), unidades policiales, Fiscalía General de la Nación (FGN) y Juzgados Especializados en Crimen Organizado.

221.Desde la perspectiva sectorial, INAU instaló dos equipos especializados itinerantes, que cubren todo el territorio del país, para la detección, atención y protección de víctimas de trata y explotación sexual. En Montevideo, TRAVESÍA es el servicio especializado en atención psicosocial y asesoramiento jurídico para las víctimas de trata. Al momento, no se cuenta con servicios atención 24hs para víctimas de Trata, se mantiene la cobertura nacional de centros residenciales de protección 24hs para niños, niñas y adolescentes privados del cuidado parental. INAU tiene como objetivo ampliar su cobertura de atención en el período 2015-2020.

222.Además, INAU tiene convenios con las organizaciones de la sociedad civil Gurises Unidos (GGUU) y El Paso, quienes capacitan en territorio a todos los actores que formen parte del sistema de protección (MI, FGN, etc.). Se promueve la capacitación, intercambio y producción de conocimiento con equipos de otros países a fin de mejorar las intervenciones. Se participó en Congreso Observa La trata, organizado por FLACSO, en modalidad expositores. Se generaron intercambios con equipos de Ecuador con experiencia en atención a víctimas de Trata. En 2018, CONAPEES participa y coordina con CDIA en Paraguay, el encuentro sobre Protección en la Triple frontera y con Instituto de DDHH de Argentina la capacitación a operadores judiciales, territoriales y policiales.

223.Los técnicos de INAU están preparados, para en casos que lo ameriten, aportar la información correspondiente y necesaria, así como brindar las herramientas técnicas a los operadores policiales, judiciales y del Ministerio Público para su investigación.

224.Desde la creación de los equipos itinerantes y de “Travesía”, ha aumentado la identificación y diagnóstico por parte de los equipos territoriales de las situaciones de explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes y Trata, así como el aumento en calidad de atención y formación de los técnicos.

225.En 2018 hubo 3591 personas capacitadas. Por otro lado, se realizaron 17 investigaciones: 10 por trata con fines de explotación sexual, 1 con fines de venta de niños, niñas y adolescentes, 6 en Jefaturas. En relación a los Casos sobre Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 17815) hubo un total de 144.

226.En 2018 no se detectó o derivó por casos de trata internacional en niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, a través de los casos atendidos por Travesía, se constatan 17 casos de trata interna de adolescentes con fines de explotación sexual comercial, en 36 casos derivados a agosto de 2018.

227.Desde el año 2011, el Instituto Nacional de las Mujeres cuenta, como parte de su Sistema de Respuesta a la Violencia basada en Género, con un Servicio de Atención a mujeres en situación de trata con fines de explotación sexual brindando atención psico-social legal a mujeres mayores de 18 años, tanto nacionales como extranjeras. Este Servicio funciona en convenio con una organización de la sociedad civil. El objetivo general de dicho Servicio es el de contribuir a la interrupción de la situación de trata, promoviendo el pleno respeto de los derechos de las mujeres adultas en situación de trata con fines de explotación sexual, apuntando a la prevención de nuevos perjuicios y contribuyendo a la equidad en las relaciones de género. En 2016 se amplió el Servicio de atención a mujeres en situación de trata con fines de explotación sexual del INmujeres, a fin de fortalecer el equipo de atención y brindar respuesta en los departamentos del interior del país a través de un dispositivo itinerante. Actualmente el servicio cuenta con 14 integrantes, brindando asesoramiento y orientación psicológica, social y legal tanto a las mujeres directamente involucradas en las situaciones, como a sus allegados y/o familiares. En 2019 se inauguró un servicio específico de atención a mujeres víctimas de Trata en un departamento fronterizo con Brasil. El derecho de las mismas a recibir atención y soporte psicológico es independiente del acceso a la justicia.

228.Asimismo, se elaboró y aprobó el Protocolo de funcionamiento del Mecanismo de Articulación para la Atención a mujeres en situación de trata internacional en el marco de la VIII RMAAM del MERCOSUR.

229.La Oficina de Asistencia al Compatriota y Servicios a la Comunidad del Ministerio de Relaciones Exteriores interviene en situaciones de trata internacional, asistiendo a las personas uruguayas víctimas en colaboración con los consulados uruguayos en el extranjero, proporcionando repatrio al país en caso que la víctima lo solicite, para luego derivarla a los servicios de atención competentes a nivel nacional.

230.Por otra parte, en el año 2017 la Fiscalía General de la Nación (FGN) firmó un acuerdo marco de cooperación con la OIM, con el objetivo de fortalecer la alianza para la lucha contra la trata de personas.

231.La JNM mantiene reuniones de coordinación con la Fiscalía General de la Nación a efectos de abordar diferentes situaciones de riesgo a las que pueden estar expuestos las personas migrantes extranjeras y nacionales, entre otras la posibilidad de ser víctimas de trata y tráfico ilícito, o de violencia de género en el Uruguay o el exterior, así como delitos asociados.

II Plan Nacional de Acción “100 acciones contra la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, 2016-2021”

232.El Comité Nacional para la Erradicación de la Explotación Sexual Comercial y no Comercial de la Niñez y la Adolescencia (CONAPEES) actualmente está desarrollando su II Plan Nacional de Acción “100 acciones contra la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, 2016-2021”. Este Plan pretende implementar todas las acciones desde un enfoque de derechos humanos, que integre todas las especificidades territoriales, la perspectiva generacional, de género, diversidad, discapacidad y la étnico-racial.

233.Los componentes del plan y las acciones son: i) Promoción de Derechos y Prevención: Campaña por el Buen trato junto a Organizaciones de la Sociedad Civil, con más de 500 adolescentes y 100 instituciones. Taller de prevención del Acoso Sexual, con ANONG e Intendencias, Mesas locales y Cines Foro. Se capacitan: 29 operadores y funcionarios y 40 operadores del Programa Cercanías; ii) Protección: Aporte al proyecto de Ley Integral de Explotación y Trata, y al Proyecto de Modificación del Nuevo Código del Niño; iii) Atención y Restitución de derechos: Se articula con equipos especializados. Dispositivo territorial para la atención de situaciones de violencia en género y generaciones. Se mantienen equipos itinerantes de Montevideo y Paysandú.

Acceso a la justicia de víctimas de trata

234.Por Resolución 609/2018 de noviembre de 2018, se determinó instalar tres Fiscalías Penales de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia Basada en Género transformadas por la Ley Nº 19670 (de rendición de cuentas), a partir del 15 de noviembre de 2018, las que se denominarán Fiscalías Penales de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia Basada en Género de 1º, 2º y 3º turno, respectivamente. Esta acción generó un incremento del 50 % en el número de fiscalías penales especializadas en esta temática.

235.En febrero de 2019 se creó la cuarta Fiscalía penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género. En mayo de 2019 se determinó la instalación de la quinta Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia Basada en Género a efectos de atender de forma más eficaz la demanda de trabajo vinculada a esta temática.

236.Con la entrada en vigor del Nuevo CPP se puso en funcionamiento un sistema de información del Proceso Penal Acusatorio del Uruguay (SIPPAU) que permite el relevamiento de datos de todas las denuncias registradas en el Uruguay, número de formalizaciones, las figuras delictuales tipificadas, etc. Esto habilitará la obtención de datos estadísticos para evaluar políticas públicas, redefinir competencias de fiscalías, número de fiscalías por áreas, etc.

237.En febrero de 2016 se crea la Unidad de Víctimas de la Fiscalía General de la Nación (FGN), como resultado de la nueva naturaleza jurídica del Ministerio Público establecida con la sanción de la Ley 19334 y de la aprobación del Nuevo CPP, que atribuye a la Fiscalía General de la Nación la asistencia y protección de víctimas y testigos por resolución N° 83/2016.

238.Con la nueva ley orgánica de la FGN (Ley Nº 19483, art. 15) se otorga la posibilidad de dictar Instrucciones Generales.

239.En octubre de 2017 se dicta la Instrucción General Nº 5, de Atención y protección a víctimas y testigos. Posteriormente, se dicta la Instrucción General Nº 9, Programa de Protección Especial para personas víctimas y testigos de los delitos.

240.La Unidad de víctimas y testigos de la FGN elabora el Documento de “Política de atención y protección a víctimas y testigos de la FGN”. En 2019 se amplió el equipo de trabajo de la Unidad de atención y Protección de víctimas y testigos pasando de 6 técnicos a 27 para todo el país.

241.La policía en su rol de auxiliar de justicia, brinda protección cuando el juez lo dispone. Puede tomar conocimiento del hecho a través de una denuncia anónima o nominada, realizada por la víctima o un tercero, en cualquier dependencia policial o al teléfono gratuito 0800 5000 o denuncia online. Asimismo, puede ser otra Institución del Estado o una ONG nacional o extranjera que ponga en conocimiento a la policía del hecho o por disposición judicial o a través de la FGN.

242.Por Decreto Nº 46/018 se crea el Gabinete Coordinador de Políticas Destinadas a las víctimas y testigos del Delito, el cual tiene como finalidad generar un espacio de trabajo sólido tendiente a la protección, atención y seguimiento de víctimas y testigos del delito, el que se encuentra bajo la coordinación de la FGN. Está integrado por todos los organismos del Estado con competencia en el tema.

Trata laboral

243.La Inspección General de Trabajo y Seguridad Social (IGTSS) diligencia el 100 % de las denuncias recibidas. Aquellos casos con necesidad de que el trabajador/a necesite otro tipo de servicio, se coordina con las instituciones que participan en la Mesa Interinstitucional de Trata. En el año 2017 se detectó un caso en el sector de la construcción y en 2018 otro en el servicio doméstico.

244.En el ámbito de la construcción se realizó un operativo constatándose situación de incumplimientos e irregularidades en pagos, aportes a la seguridad social, categorías laborales y documentación reglamentaria a trabajadores colombianos. Además, se realizó un relevamiento de información sobre la vivienda donde se alojaba el personal como parte del acuerdo laboral con la empresa, constatándose hacinamiento. Dado que la empresa solamente contrataba trabajadores colombianos, se avizoraba una práctica de presunta trata laboral, lo que llevó a la IGTSS a realizar la denuncia penal, siendo su fiscalización insumo para la justicia.

245.Es una constante de la IGTSS realizar operativos en el servicio doméstico. En el caso específico de trabajadora peruana del servicio doméstico, los empleadores le retuvieron el pasaporte, encontrándose en situación informal de documentación habilitante, con todas las irregularidades de las condiciones generales de trabajo, no gozando de descansos intermedios o semanales. En coordinación con el MIse ingresó a la casa, se obtuvo el pasaporte de la trabajadora quien no quiso realizar ninguna denuncia, retornando a su país de origen como era su voluntad.

Sensibilización y capacitación

246.Por otra parte y también con miras a prevenir, combatir y penalizar la trata de personas, se han desarrollado distintas campañas para mejorar el conocimiento del público sobre este tema, utilizando los medios de comunicación, las tecnologías de la información y las comunicaciones y otros canales para transmitir un mensaje enérgico, tanto contra la trata de personas como contra la explotación sexual de niños; entre las que se destacan: Campaña “Turismo Saludable”; Campaña regional “Mercosur Libre de Trata de Personas”; Campaña Deje de colaborar; Proyecto “Bienvenidos a Uruguay: país de buen trato”; iniciativa “Por la mano correcta”; campaña publicitaria “No hay excusas”.

247.Desde el Ministerio del Interior a través de la Dirección General de Lucha Contra el Crimen Organizado e INTERPOL y la División Políticas de Género, se han realizado capacitaciones conjuntas en temas de detección e investigación de la trata y explotación de personas. Se ha incluido un módulo tanto en los cursos pasajes de grados de los oficiales como de la escala básica.

248.Se realizaron capacitaciones concretas a personal de la Dirección Nacional de Migración (DNM), con apoyo de la OIM, para la detección de posibles víctimas de trata y tráfico de personas en frontera en el marco de la Guía de Detección en los Pazos de frontera del MERCOSUR. Se ha capacitado al personal a cargo de los casos desde una perspectiva de derechos humanos, género, generaciones y diversidad.

249.El Ministerio de Turismo en cumplimiento del Decreto 398/013 que compromete a la totalidad de los prestadores de servicios turísticos, ha sensibilizado a funcionarios del sector y a estudiantes de turismo en acciones de Prevención de la Explotación sexual en viajes y turismo (PESNNA-VT). Durante 2017 y 2018 las actividades de sensibilización se han desarrollado bajo la consigna #ElTurismoCreceyProtege.

250.Desde 2017 la Unidad de Migración del MTSS ha coordinado con técnicos charlas informativas sobre derechos laborales, así como información acerca de servicios relacionados a empleos dirigidos a mujeres migrantes víctimas de trata. Estas charlas se dan dentro de un proceso de atención a estas mujeres que incluye aspectos tales como salud materno-infantil, atención psicosocial, asesoramiento legal, etc. Asimismo, se continuaron las charlas informativas sobre derechos laborales dirigidas a mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual.

251.La Dirección Nacional de Trabajo por intermedio de profesionales de la División Consultas participa activamente otorgando apoyo en diversos talleres con trabajadores migrantes y/o víctimas de trata brindando asesoramiento u orientación laboral. El mismo se realiza en conjunto con ONG y el MIDES. Puntualmente se ha trabajado con población los países de origen de Cuba y República Dominicana. Asimismo, se trabajó en conjunto para la elaboración de un comunicado respecto a las formalidades necesarias para la contratación laboral de migrantes, en el participan MTSS, MRREE y Minterior.

252.La DNM capacitó a sus funcionarios en la temática, siendo fundamental para la detección en los puntos de frontera u oficinas donde se realizan trámites.

253.Por otra parte, con el apoyo de la OIM se han organizado cursos de formación, dirigidos a funcionarios diplomáticos y administrativos que desarrollan su labor en el extranjero, orientados a la identificación y protección de las víctimas.

254.Al cierre de este informe, el MRREE junto al MIDES se encuentran actualizando el protocolo elaborado por estos ministerios en el año 2011, relativo a la actuación en embajadas y oficinas consulares para la detección de los casos de trata y asistencia a las víctimas.

Cooperación internacional, regional y bilateral

255.En lo que refiere a acciones a nivel nacional, bilateral y subregional con otros países para prevenir y combatir la trata de personas, el Uruguay ha participado en foros regionales consensuando líneas estratégicas de cooperación internacional, regional y bilateral e intercambio de información con países de origen, tránsito y destino.

256.El Mecanismo de Articulación para la Atención a Mujeres en Situación de Trata Internacional (MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 32/12) articula la RED MERCOSUR entre los organismos que intervienen durante el proceso de atención a mujeres en situación de trata internacional en los casos acontecidos en países del MERCOSUR.

257.En abril de 2016 se realizaron en Asunción, Paraguay, las Jornadas de Actualización e Intercambio sobre Trata de Mujeres en el MERCOSUR, con énfasis en frontera y la Reunión del Mecanismo de Articulación para la Atención a Mujeres en situación de trata internacional, con el objetivo de fortalecer las capacidades de las/os operadoras/es de frontera y los representantes de sociedad civil involucrados en la temática para la identificación, derivación y protección de mujeres en situación de trata, así como, generar un espacio de diálogo e intercambio con los y las representantes del Mecanismo de Articulación para la atención a mujeres en situación de trata. Las/os operadores de frontera contribuyeron con insumos para la construcción de un Plan de Trabajo a corto plazo del Mecanismo de Articulación y los instrumentos de relevamiento de datos, informe de actuación y seguimiento que el protocolo de actuación del Mecanismo requiere.

258.En junio de 2016, en Montevideo, se desarrolló el Taller Regional Establecimiento del Mecanismo de Articulación para la atención a mujeres en situación de trata internacional en el MERCOSUR, donde se contó con la participación de delegaciones de los países integrantes del MERCOSUR, la delegación de Bolivia, el Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos del MERCOSUR y la Organización Internacional para las Migraciones.

259.Durante el período en revisión el Uruguay ha firmado un conjunto de acuerdos de cooperación consular que incluyen la lucha contra la trata.

260.En el marco del Proyecto de cooperación internacional con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), entre octubre 2018 y junio 2019 el INMUJERES realizó un ciclo de foros/talleres de sensibilización y capacitación sobre trata de mujeres en la frontera Uruguay‑Brasil, en los departamentos de Artigas, Rivera, Cerro Largo-Treinta y Tres y Rocha. Los mismos estuvieron dirigidos a actores del Sistema de Justicia, entre otros actores relevantes.

Respuesta a párrafo 48

261.El Uruguay se rige por la Guía regional del MERCOSUR para la identificación y atención de necesidades especiales de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes.

262.En 2012 MERCOSUR aprobó un Programa de Acciones y Actividades para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes y sus familias, elaborados por el Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos del MERCOSUR (IPPDH) en el marco de las Directrices 3 y 4 del Eje II del Plan Estratégico de Acción Social del MERCOSUR. Los Estados acordaron su implementación a cargo de la Comisión Permanente Iniciativa Niñ@Sur, en el marco de la RAADH, con apoyo técnico de IPPDH.

263.La guía propone que los Estados designen puntos focales en el seno de la CP Niñ@Sur y del Foro Especializado Migratorio (FEM) que serán los referentes estatales para el seguimiento e implementación de la Guía. Los mismos serán encargados de informar las modificaciones relevantes en las instituciones y/o autoridades vinculadas con la implementación. Los Estados deberán elaborar y presentar anualmente el “Informe País”. Deberá contener información sobre los compromisos asumidos en la Guía. Se prevé: Capacitación, Mesas de Alto Nivel, actividades de formación, difusión e informes de seguimiento. INAU apoya todo el proceso de formación, difusión e implementación de la guía.

264.En el año 2017 el Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos del MERCSOUR (IPPDH), como organismo intergubernamental, procedió a elaborar y publicar el Manual Regional “Derechos Humanos de Personas Migrantes”. Dicha publicación surge a iniciativa de la Comisión Permanente sobre Discriminación, Racismo y Xenofobia que funciona en el marco de la Reunión de Altas Autoridades y Cancillerías del MERCOSUR y Estados Asociados (RAADH).

265.La DNM y el MRREE, organismos integrantes de la JNM, en coordinación con el INAU, órgano rector de las políticas de infancia y adolescencia en el Uruguay, se encuentran trabajando en la internalización de la Guía Regional del Mercosur para la identificación y atención de necesidades especiales de protección de los derechos de niñas y niños migrantes, en tanto uno de los principales instrumentos regionales de referencia para la protección de la niñez migrante.

266.Desde la JNM se han realizado formaciones a funcionarios del MRREE y la DNM, con invitación a la sociedad civil y otros organismos. La convocatoria incluyó a la INDDHH y la Secretaria de Derechos Humanos de Presidencia de la República.

267.La JNM ha creado una mesa de trabajo específica para la creación de un protocolo de actuación para la atención en frontera de menores no acompañados que llegan al país. En la misma participan los organismos integrantes de la JNM, Poder Judicial, Fiscalía General de la Nación, Policía Científica, y el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU).

Respuesta a párrafo 50

268.El Uruguay apuesta porque la movilidad internacional se desarrolle de forma ordenada y por vías regulares y seguras. Para ello se han fortalecido la facilitación de la regularización administrativa de las personas migrantes a través el acceso a la documentación de identidad y residencia, y especialmente a los grupos de migrantes más vulnerables.

269.Se han implementado nuevos procedimientos y dispuesto vías tendientes a asegurar una migración regular de entrada, salida y permanencia en el territorio facilitando, bajo estrictas medidas de seguridad y control, el acceso a la documentación para la movilidad transnacional y la permanencia en el territorio nacional, así como la regularización de aquellas personas que ya se encuentran residiendo en el país y que por distintos motivos no han tramitado su residencia legal. Por lo tanto, la migración irregular no es significativa en el país.

270.Estas medidas, que se enmarcan en la normativa vigente y en los compromisos regionales e internacionales que nuestro país ha ratificado, se justifican por razones de ordenamiento de los flujos migratorios y seguridad y la protección de derechos y seguridad de las personas que desarrollan su proceso migratorio, así como por la mayor vulnerabilidad, limitación de acceso a derechos, falta de protección jurídica, discriminación, explotación y abusos en la que pueden encontrarse más fácilmente las personas en situación administrativa irregular, incluyendo la trata y el tráfico ilegal. La regularidad migratoria y de permanencia en el país resulta fundamental para la integración de los migrantes a la sociedad y el goce efectivo de sus derechos, la convivencia y la cohesión social.

271.Sirvan como ejemplos más significativos de los procesos de acceso a la documentación de residencia e identidad y de regularización, las siguientes acciones: creación del Plan de Respuesta Rápida para residencias permanentes en la órbita de la Dirección Nacional de Migración del Ministerio del Interior (desde el año 2013) que permite a la persona migrante obtener la cédula de identidad en el mismo momento que inicia el trámite de residente permanente; promulgación del artículo 162 de la Ley de presupuesto Nº 19355 del 19 de diciembre de 2015 —reglamentado por el Decreto 118/018—, a través del cual se concede la residencia legal a personas que permanezcan en el país de forma irregular y se encuentran en especial situación de vulnerabilidad; diversificación de los tipos de visas de ingreso al país, para aquellas nacionalidades que así lo requieran, mediante la aprobación del Decreto 356/2018, de 29 de octubre de 2018, el cual reglamenta el artículo 30 de la Ley Nº 18250.

272.Cabe señalar además que el 28 de agosto de 2014 se aprobó la Ley Nº 19254, que posibilita la rápida obtención de la residencia permanente en la República a cónyuges, concubinos, padres y hermanos de uruguayos y a los nacionales de los países del Mercosur y Estados Asociados, siendo el Uruguay pionero en la región en materia de internalización de los acuerdos de residencia del Mercosur, y cumpliendo además con la vocación integracionista de nuestro país. Asimismo, a través de la aprobación de la Ley Nº 19362 el 31 de diciembre de 2015, los nietos de uruguayos acceden a la ciudadanía natural y por lo tanto no es necesario que tramiten su residencia en el Uruguay.

273.Respecto al caso particular de los 24 inmigrantes desde Mides se han implementado diversas estrategias para la regularización de la documentación, en algunas de ellas se ha canalizado mediante la Ley 19355 artículo 162 (Decreto 118) y otras por medio de la Ley Nº 19682 para el reconocimiento de la apátrida.

Respuesta a párrafo 51

Mecanismo Nacional de Elaboración de informes y Seguimiento de Recomendaciones

274.Bajo el amparo del Decreto 358/2016 del 14 de noviembre de 2016, que crealaRed Interinstitucional para la elaboración de informes y seguimiento de la implementación de recomendaciones y observaciones en materia de Derechos Humanos (La Red) y establece el software SIMORE como el medio informático público donde se registran las acciones del Estado relacionadas al cumplimiento e implementación de las recomendaciones y observaciones formuladas por el sistema universal de protección de derechos humanos, se dio inicio a una etapa de trabajo de articulación interinstitucional que pretende agilizar la metodología mediante la cual el país reporta ante la comunidad internacional, y efectivizar la implementación a nivel nacional de las obligaciones asumidas en materia de derechos humanos.

275.La consolidación de la Red Interinstitucional e implementación del software SIMORE establecieron las bases para conformar el Mecanismo Nacional de Elaboración de Informes y Seguimiento de Recomendaciones (El Mecanismo Nacional).

276.El Mecanismo Nacional en el Uruguay es coordinado por la Dirección de Derechos Humanos y Derecho Humanitario del Ministerio de Relaciones Exteriores y está integrado por una Red Interinstitucional conformada por los tres poderes del Estado, Gobiernos Departamentales, Servicios Descentralizados y Entes Autónomos. La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) oficia de observadora permanente del Mecanismo Nacional participando en todas las instancias del mismo.

277.El trabajo interinstitucional se canaliza mediante la participación en siete Mesas Temáticas: Mujer; Niños, Niñas y Adolescentes; Discriminación; Derechos de las Personas con Discapacidad; Memoria, Verdad y Justicia; Personas Privadas de Libertad/Personas Institucionalizadas; Fortalecimiento Institucional.

278.La Mesa Discriminación, aborda el seguimiento de la implementación de las recomendaciones vinculadas a la temática migración, que provienen de los mecanismos de protección de derechos humanos de las Naciones Unidas, tales como la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, otros Órganos de Tratados, Procedimientos Especiales y el Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos.

279.La Red Interinstitucional tiene entre sus cometidos el nutrir de información al software SIMORE sobre el avance en la implementación de las recomendaciones que el Uruguay ha recibido del Sistema Universal de promoción y protección de derechos humanos (Órganos de Tratados, Procedimientos Especiales y Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos).

280.El Mecanismo Nacional cuenta con el Sistema de Diálogo y Consulta (SDC) del Ministerio de Relaciones Exteriores en tanto canal formal de comunicación con la sociedad civil organizada. Conforme Decreto 89/2018, aprobado el pasado 9 de abril, en el marco del mencionado Mecanismo el Ministerio de Relaciones Exteriores, por sí mismo o a solicitud de las mesas interinstitucionales, asume el compromiso de convocar públicamente a las organizaciones de la sociedad civil interesadas en los temas propios de los informes a ser presentados a los órganos de tratados y al Examen Periódico Universal, en forma previa a su envío, auspiciando de esta forma un espacio de diálogo entre el Estado y la sociedad civil respecto al informe en cuestión.

Respuesta a párrafo 52

281.El 28 de mayo de 2014 se realizó la presentación pública en el Ministerio de Relaciones Exteriores de las recomendaciones realizadas por el Comité para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares en el marco de sus Sesiones 243 y 244, celebradas los días 31 de marzo y 1º de abril de 2014.