Miles de personas

Porcentaje de la población total

1959

1979

1989

1959

1979

1989

Población total

4.044,0

4.993,2

5.400,8

100

100

100

Georgianos

2.600,6

3.433,0

3.787,4

64,3

68,8

70,1

Abjasios

62,9

85,3

95,9

1,6

1,7

1,8

Ossetas

141,2

160,5

164,1

3,5

3,2

3,0

Rusos

407,9

371,6

341,2

10,1

7,4

6,3

Ucranios

52,2

45,0

52,4

1,8

0,9

1,0

Azerbaiyanos

153,6

255,7

307,6

3,8

5,1

5,7

Armenios

442,9

448,0

437,2

11,0

9,0

8,1

Judíos

51,6

28,3

24,8

1,3

0,6

0,5

Asirios

-

5,3

6,2

-

0,1

0,1

Griegos

72,9

95,1

100,3

1,8

1,9

1,9

Curdos

16,2

25,7

33,3

0,4

0,5

0,6

22.Ni durante el período soviético ni después ha vivido en Georgia el tipo de antisemitismo que fuera tan a menudo la causa de violaciones de los derechos humanos en la Unión Soviética. De hecho la mitad de las sinagogas que existían en la Unión Soviética se construyeron y prosperaron en Georgia. Cabe señalar que en el decenio de 1970 Georgia fue la única república soviética que permitió a decenas de miles de judíos georgianos emigrar a Israel. En 1999, Georgia conmemoró los 2.600 años de presencia judía en el país.

B. Situación de la mujer

23.El 22 de septiembre de 1994, Georgia se adhirió a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Por consiguiente, se comprometió a cumplir las disposiciones de este instrumento y a presentar informes periódicos a los órganos pertinentes de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados. En 1998, Georgia presentó su informe inicial al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. El Comité examinó ese informe en su 21º período de sesiones, celebrado en junio de 1999. El Comité realizó una evaluación positiva de las medidas adoptadas por Georgia para aplicar la Convención pero también sugirió algunas recomendaciones sobre cuestiones de interés. Atendiendo a estas recomendaciones, la Comisión Estatal encargada de la formulación de políticas para el adelanto de la mujer, creada en febrero de 1998, preparó un proyecto de decreto presidencial sobre medidas encaminadas a fortalecer la protección de los derechos de la mujer en Georgia. Se debatió el proyecto en una reunión del Gobierno de Georgia y el Presidente lo firmó. De conformidad con este decreto se confía a la Comisión Estatal la supervisión constante del Plan de Acción Nacional para el Adelanto de la Mujer (aprobado en junio de 1998 en virtud de una orden presidencial) y la elaboración de un programa nacional para combatir la violencia contra la mujer, incluida la violencia en el hogar. Se preparó el programa, y en febrero de 2000 el Presidente dictó un decreto por el que se aprobaba el plan para combatir la violencia contra la mujer para el período 2000-2002.

24.Desde 1997 el Gobierno de Georgia y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) han participado en un proyecto conjunto sobre la mujer en el desarrollo. La etapa inicial de este proyecto (1998-1999) se centró principalmente en la eliminación de los estereotipos de género, la sensibilización sobre las cuestiones principales planteadas y la promoción de una función más activa para la mujer en la vida social, económica y política del país. La ejecución de este proyecto ha estimulado el interés del público en las cuestiones de la mujer, el establecimiento y la labor de la Comisión Estatal encargada de la formulación de políticas para el adelanto de la mujer y en la ejecución del Plan de Acción Nacional. A pesar de las limitaciones financieras, las asignaciones del Gobierno al presupuesto estatal para el año 2000 con destino a este programa (60.000 laris) demuestran su interés por las cuestiones de género.

25.Los problemas principales que afectan al disfrute de los derechos de la mujer en Georgia son:

-Una representación insuficiente de la mujer en los órganos de adopción de decisiones y en las legislaturas central y local y las estructuras ejecutivas (en cambio en el poder judicial aproximadamente la mitad de los jueces son mujeres).

-El aumento de la pobreza durante el período de transición, especialmente entre las personas con ingresos fijos (trabajadores pagados por el Estado y jubilados). Esto podría atribuirse, entre otras cosas, a la crisis financiera y presupuestaria y al retraso de muchos meses en el pago de los sueldos y pensiones del Estado.

-El hecho de que el desempleo sea mayor entre las mujeres que entre los hombres, sumado a la imposibilidad práctica de encontrar trabajo para especialistas con educación superior (el mercado laboral está dominado actualmente por empleos relativamente poco especializados en los sectores de servicios y del comercio).

-La repercusión de los conflictos internos que han obligado a miles de mujeres a desplazarse de sus hogares.

-El poco conocimiento que tiene la mujer de sus derechos y libertades y de los mecanismos para proteger estos derechos y libertades: el nivel generalmente bajo de conocimientos jurídicos (esto es válido también para los hombres).

26.En el informe inicial presentado en virtud de la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y en la declaración introductoria hecha por la delegación de Georgia cuando el CEDAW examinó este informe se ofrece información detallada sobre el carácter no discriminador de las leyes de Georgia, la ausencia de prejuicios de género, su aplicación en la práctica, la labor de las instituciones interesadas en cuestiones de la mujer, los problemas de la igualdad de género y la cuestión más amplia del adelanto de la mujer. Las versiones originales en ruso de estos documentos se incluyen como anexos al presente informe.

C. Obligaciones internacionales

27.De conformidad con el artículo 6 de la Constitución de Georgia, los tratados o acuerdos internacionales concertados por Georgia que no sean contrarios a la Constitución georgiana prevalecerán sobre los instrumentos normativos internos (párr. 2). Esta norma constitucional prevé la aplicación directa de los tratados internacionales y define el estatuto de estos instrumentos en la jerarquía de normas jurídicas en vigor en Georgia.

28.Esta disposición constitucional se amplía en la Ley sobre reglamentaciones en que se reconoce que un tratado internacional concertado por Georgia es una ley reguladora. Eso significa que los tribunales deben aplicar un tratado internacional concertado por Georgia de la misma forma que aplicaría un instrumento normativo interno. Los tratados internacionales tienen en Georgia, como en la mayoría de los países europeos, una categoría solamente inferior a la de la Constitución en la jerarquía jurídica.

29.La Ley de tratados internacionales establece que los tratados internacionales concertados por Georgia después de su firma (ratificación) pasan a formar parte de la legislación interna y, por consiguiente, son de ejecución automática a no ser que se precisen medidas especiales para su aplicación (párrafos 1 y 3 del artículo 6).

30.Por consiguiente, si surgiera una discrepancia entre la Constitución de Georgia y un tratado internacional, la Constitución tendría precedencia. Si surge alguna discrepancia entre un tratado internacional y un instrumento normativo interno, el tratado internacional tiene precedencia.

31.Georgia ha firmado los siguientes tratados internacionales:

a)Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (entró en vigor el 11 de octubre de 1993);

b)Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 y los correspondientes Protocolos adicionales (entraron en vigor el 14 de marzo de 1994);

c)Convención sobre los Derechos del Niño (entró en vigor el 2 de julio de 1994);

d)Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (entró en vigor el 3 de agosto de 1994);

e)Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (entró en vigor el 3 de agosto de 1994);

f)Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (entró en vigor el 3 de agosto de 1994);

g)Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (entró en vigor el 22 de junio de 1999);

h)Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (entró en vigor el 25 de noviembre de 1994);

i)Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (entró en vigor el 25 de noviembre de 1994);

j)Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad (entró en vigor el 29 de junio de 1995);

k)Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados (entraron en vigor el 30 de mayo de 1999);

l)Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (Convenio Europeo de Derechos Humanos y Protocolos Nos. 2, 4, 6, 7 y 11) entraron en vigor el 20 de mayo de 1999;

m)Convención Cultural Europea (entró en vigor el 25 de abril de 1997);

n)Convenio Europeo de Asistencia Judicial en Materia Penal (entró en vigor el 11 de enero de 2000).

32.Georgia, en su condición de miembro de pleno derecho del Consejo de Europa, se ha comprometido también a ser parte en los siguientes tratados regionales de derechos humanos:

a)Convención Europea sobre la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Inhumanos o Degradantes y sus Protocolos (un año después de convertirse en miembro del Consejo de Europa);

b)Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales (un año después de convertirse en miembro del Consejo de Europa). El Convenio fue firmado el 21 de enero de 2000 y está pendiente su ratificación por el Parlamento;

c)Carta Europea de Lenguas Regionales o Minoritarias (un año después de convertirse en miembro del Consejo de Europa);

d)Carta Social Europea (revisada) (tres años después de convertirse en miembro del Consejo de Europa).

33.Se han puesto en marcha los procedimientos internos pertinentes para facilitar la adhesión a todos los citados instrumentos.

II. INFORMACIÓN RELATIVA A LOS ARTÍCULOS DE LA CONVENCIÓN

Artículo 2, párrafo 1

34.Los derechos humanos y las libertades fundamentales están consagrados en el capítulo II de la Constitución de Georgia. En virtud del artículo 7 de la Constitución, Georgia reconoce y respeta los derechos humanos y las libertades reconocidas universalmente como valores humanos supremos y eternos. En el ejercicio de sus poderes, el pueblo y el Estado están obligados por esos derechos y libertades como por ley directamente aplicable. La Constitución de Georgia no niega otros derechos, libertades y salvaguardias del individuo y el ciudadano reconocidos universalmente que no están mencionados de modo explícito en ella pero que derivan naturalmente de los principios incorporados en la Constitución (art. 39).

35.El artículo 26 de la Constitución dispone que "todas las personas tienen el derecho a formar organizaciones voluntarias e ingresar en ellas (párr. 1) y que, de conformidad con la ley fundamental, los ciudadanos de Georgia tienen derecho de formar partidos políticos y otras asociaciones políticas y de participar en sus actividades" (párr. 2).

36.El artículo 26 de la Constitución estipula específicamente que se prohíbe la formación y las actividades y asociaciones sociales y políticas que fomenten los conflictos étnicos, locales, religiosos o sociales (párr. 3). Sólo los tribunales pueden dictaminar la suspensión o prohibición de las actividades de asociaciones voluntarias y políticas, y sólo en las circunstancias y de conformidad con los procedimientos que establece la ley (ibíd., párr. 6).

37.Según la Constitución, el Presidente de Georgia puede restringir determinados derechos y libertades en todo el país o en zonas determinadas durante estados de excepción o de imposición de la ley marcial:

Inviolabilidad de la libertad personal (art. 18);

Inviolabilidad de la vida privada (art. 20);

Derecho a la propiedad (art. 21);

Libertad de circulación (art. 22);

Libertad de información (art. 24);

Libertad de reunión (art. 25);

Libertad para trabajar (art. 30);

Derecho a la huelga (art. 33);

Derecho a acceder a información en poder de instituciones oficiales (art. 41).

En tales circunstancias, el Presidente debe someter su decisión al Parlamento para que éste la ratifique en un plazo de 48 horas (párrafo 1 del artículo 46). En ninguna circunstancia puede limitarse o restringirse ningún otro derecho o libertad previsto por la Constitución.

38.Los principios de la igualdad ante la ley y de la igualdad de derechos, consagrados en los artículos 14 y 38 de la Constitución, se reflejan claramente en otras leyes y se exponen con más pormenores en la sección del presente informe dedicada al artículo 5 de la Convención. Corresponde aplicar en la práctica estos principios a los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, y a los órganos de la administración local.

39.El Código Civil, al formular los principios generales relativos al registro de extranjeros, establece que los fines de las personas jurídicas no deben contravenir las leyes en vigor, las normas morales reconocidas o los principios constitucionales y jurídicos de Georgia (párrafo 2 del artículo 31). Sólo si se cumplen estas condiciones pueden los tribunales o el Ministerio de Justicia registrar a una persona jurídica (según el tipo de organización, a saber si es asociación o fondo).

40.La formación y las actividades de los partidos políticos están reglamentadas por la ley orgánica de asociaciones políticas de ciudadanos. De conformidad con el párrafo 2 del artículo 5 de este instrumento está prohibida la formación y las actividades de partes cuyo fin es fomentar los conflictos étnicos, locales, religiosos o sociales. También está prohibida la fundación de partidos limitados estrictamente a regiones o territorios (art. 6).

41.La misma ley expone el procedimiento aplicable para prohibir los partidos políticos. En virtud del artículo 36, sólo el Tribunal Constitucional de Georgia puede decidir la prohibición de un partido. Como justificación de esta decisión, el Tribunal Constitucional puede citar las actividades de un partido que fomente los conflictos étnicos, locales o sociales (art. 36).

42.En el artículo 252 del nuevo Código Penal (Formación de una asociación ilícita, dirección de ella o participación en ella) se establece que:

"1.La formación de una asociación religiosa como política o voluntaria que practique la violencia contra los individuos o la dirección de esta asociación será punible con una multa o la privación de libertad hasta 3 años.

2.La participación en el tipo de asociación indicado en el párrafo 1 podrá castigarse con una multa o la privación de hasta 2 años."

Artículo 2, párrafo 2

43.En la Constitución figuran disposiciones para garantizar el adecuado desarrollo y la protección de minorías y el disfrute pleno y en condiciones de igualdad de los derechos humanos y las libertades fundamentales. El artículo 31 estipula que el Estado garantizará el desarrollo social y económico en condiciones de igualdad de todas las partes del territorio nacional. La ley prevé privilegios especiales para promover el desarrollo social y económico de las regiones montañosas. Según el artículo 34, el Estado promoverá el desarrollo de la cultura y creará condiciones para la participación sin restricciones de los ciudadanos en la vida cultural, la expresión y el enriquecimiento de la identidad cultural y el reconocimiento de los valores nacionales y universales (párr. 1).

44.El artículo 38 de la Constitución (citado en el párrafo 10 supra) también guarda relación con el análisis del párrafo 2 del artículo 2 de la Convención.

45.Durante años se ha debatido acaloradamente en Georgia sobre si es preciso adoptar una ley especial sobre minorías nacionales. El Comité de Protección de los Derechos Humanos y de Relaciones Étnicas y el Centro de Estudios de las Relaciones Interétnicas de la Academia de Ciencias de Georgia han preparado conjuntamente una ley al respecto. Participaron en el proceso de redacción representantes de las comunidades minoritarias; el proyecto de ley se presentó al Parlamento para su examen en 1994. Sin embargo, a consecuencia de las diferencias de opinión sobre la necesidad y conveniencia de esta ley, el proyecto no obtuvo nunca la aprobación de los legisladores.

46.Georgia firmó el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales cuando se convirtió en miembro de pleno derecho del Consejo de Europa. Además de otros compromisos, este instrumento exige la aprobación en un plazo de dos años de una ley adecuada de reglamentación interna que tenga en cuenta los principios acordados en la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa de 1993.

47.Un Comité de Derechos Humanos y de Relaciones Étnicas actuó bajo la autoridad del Parlamento de Georgia de 1995 a 1999. El reconocimiento de que las minorías nacionales deben desempeñar una función importante en la vida nacional y social y la necesidad de que participen más activamente en la construcción de un país genuinamente democrático condujo el establecimiento de una estructura innovadora en el órgano legislativo superior, a saber el Comité de Integración Civil. Este organismo se encarga de establecer las bases legislativas para el desarrollo intensivo de los procesos integradores de la sociedad georgiana y de fortalecer los requisitos previos de formación de la sociedad civil. También se concede una gran importancia a la promoción de un cumplimiento más efectivo de las obligaciones internacionales de los Estados en materia de derechos humanos.

48.Las primeras elecciones a los órganos de gobierno local desde la independencia se celebraron en noviembre de 1998, y ulteriormente se crearon comisiones de derechos humanos en muchos sakrebulo (órganos electivos locales).

49.En virtud de una decisión presidencial de 1998 se creó el puesto de Ayudante del Jefe de Estado para cuestiones interétnicas. Se ha nombrado para este cargo a una persona de etnia rusa, un profesor y académico de renombre. Su secretaría está integrada por representantes de diversas nacionalidades (armenios, azerbayanos y rusos) y por conocidas figuras de la cultura y antiguos parlamentarios. Entre las principales funciones del Ayudante figuran la colaboración con asociaciones voluntarias de minorías y diásporas y el mantenimiento del contacto con las comunidades georgianas en el extranjero. Bajo la autoridad del Departamento de Relaciones Interétnicas del gabinete se ha creado un satatbiro (consejo) de representantes de comunidades nacionales y organizaciones voluntarias que reúne aproximadamente a 60 organizaciones no gubernamentales de minorías. Durante el período que se examina, el Ayudante del Presidente organizó diversas reuniones y mesas redondas a las que asistieron representantes de asociaciones voluntarias de minorías de Georgia. Entre otras cosas, los participantes debatieron una ley de protección de las minorías nacionales. Se supervisan periódicamente las zonas donde viven importantes poblaciones étnicas no autóctonas.

50.En la sección del documento básico titulada "El sistema de protección de los derechos humanos" (párrs. 82 a 101) figura información sobre otras estructuras que se ocupan de las cuestiones relacionadas con las minorías de distintas maneras.

Artículo 3

51.El apartheid y la segregación racial, a los que se hace referencia en el artículo 3, son totalmente desconocidos en Georgia, que nunca ha tenido leyes o prácticas de esta índole. Dadas las tradiciones históricas del pueblo de Georgia, cabe afirmar sin lugar a dudas que el apartheid, la segregación racial y otros fenómenos similares son básicamente inconcebibles en el país.

52.Georgia condena la discriminación racial en todas sus formas y manifestaciones. Como se ha afirmado anteriormente, en la legislación interna de Georgia se exponen claramente los principios de la igualdad de derechos y la igualdad ante la ley en todas las esferas de la vida, independientemente de las raíces o el origen étnico o racial.

53.Conforme a los objetivos de la política exterior de Georgia, que tiene por objeto establecer relaciones neutrales con los demás países con miras a fomentar la cooperación, la confianza y el entendimiento mutuo, y habida cuenta de los cambios radicales que se han producido en la vida política de la República de Sudáfrica, Georgia reconoció dicha República y estableció relaciones diplomáticas con ella a nivel de embajador el 23 de abril de 1999.

54.Sudáfrica es uno de los más de 100 Estados con los que Georgia mantiene relaciones económicas. Es cierto que el volumen de comercio no ha sido muy importante: en el período de 1995 a 1998, el valor total de las exportaciones sudafricanas a Georgia fue únicamente de 34.000 dólares de los EE.UU. Ese total se incrementó considerablemente en 1999, a 141.600 dólares de los EE.UU.

55.Georgia condena sin reservas toda política, ideología o práctica conducente al odio racial o a cualquier forma de "purificación étnica", como la que se practicó en la región Abjasia de Georgia tras el conflicto armado de 1992 y 1993. Cientos de miles de desplazados, una gran mayoría de los cuales eran mujeres, ancianos y niños, perdieron sus hogares y medios de supervivencia y se convirtieron en exiliados en su propio país. Éste ha sido el resultado de la política aplicada por las autoridades de la autoproclamada "República de Abjasia", cuyo objeto ha sido "purificar" la región de georgianos y, en muchos casos, también de miembros de otras nacionalidades. Georgia cree firmemente que toda política basada en el odio racial constituye una violación esencial de los derechos humanos y debería ser prohibida, condenada y eliminada incondicionalmente.

Artículo 4

56.Como ya se ha señalado anteriormente, constituye delito penal todo acto encaminado a infringir el principio de la igualdad de derechos por motivos de discriminación racial (Código Penal, art. 142). También pueden citarse varias otras disposiciones del Código Penal en relación con el artículo 4 de la Convención. Cabe señalar que la anterior legislación de Georgia en materia penal también contenía disposiciones redactadas en términos análogos, si bien éstas no cumplían plenamente los requisitos de la Convención.

57.En el artículo 408 del Código Penal, que se refiere a los crímenes de lesa humanidad, se prevé un castigo de 20 años de privación de libertad o de cadena perpetua por aquellos actos que entrañen un ataque sistemático o generalizado contra la población civil o contra particulares y que adopten la forma de asesinatos, exterminios en masa, deportaciones u otras medidas igualmente inhumanas que puedan causar graves daños físicos o mentales.

58.En el artículo 407 del Código se prevén los mismos castigos para toda persona o personas culpables del delito de genocidio, que se describe como "un acto premeditado calculado para provocar la destrucción, parcial o total, de cualquier grupo que constituya una unidad nacional, étnica, racial, religiosa o de otra índole, ejecutando a los miembros del grupo, causando graves daños a su salud, dificultando deliberadamente sus condiciones de vida, reduciendo a la fuerza su tasa de natalidad o trasladando a la fuerza a los niños de un grupo étnico a otro".

59.En el artículo 411 del Código, que se refiere a la violación deliberada de las normas del derecho internacional humanitario, se dispone que "el apartheid o todo acto similar basado en la discriminación racial y degradante para el ser humano" es un delito punible (párr. 1 i)). El castigo previsto es la privación de libertad por un período de 10 a 15 años.

60.Las disposiciones pertinentes de las leyes destinadas a impedir la formación o la actividad de las asociaciones políticas voluntarias que fomentan la tensión racial y de otro tipo, tal y como se define en el artículo 1 de la Convención, se examinan con mayor detalle en párrafos anteriores del presente informe. Los mecanismos que tienen por objeto impedir y/o prohibir las actividades de dichas asociaciones se examinan también en la misma sección del informe.

61.Existe muy poca jurisprudencia en relación con la aplicación de los artículos del Código Penal que se ocupan de distintas maneras de los delitos de motivación racial, lo cual puede atribuirse a las tradiciones de tolerancia de la sociedad georgiana antes mencionadas. Sin embargo, ha habido un ataque racial que ha conmocionado a la opinión pública y ha provocado una condena unánime.

62.En 1996, un periódico georgiano poco conocido publicó un artículo cuyo texto era ofensivo y antisemita. Inmediatamente se inició una acción penal contra el autor, el Sr. G. Alaznispireli, con arreglo al artículo 75 del antiguo Código Penal (incitación a la lucha nacional, étnica, etc.). El Sr. Alaznispireli fue condenado a dos años de privación de libertad.

63.Según el Ministerio del Interior, en el período de 1998 a 1999 no se entabló en Georgia ninguna acción penal por delitos de motivación racial tal y como se definen en la Convención.

Artículo 5

a)El derecho a un trato igual ante los tribunales y todos los demás órganos de administración de justicia

64.En el artículo 42 de la Constitución de Georgia se dispone, entre otras cosas, lo siguiente:

"1.Toda persona tiene derecho a recurrir a los tribunales para la protección de sus derechos y libertades […]

9.Los tribunales garantizarán la plena indemnización, con cargo a los fondos del Estado, de toda persona que sufra daños ocasionados indebidamente por el Estado, los órganos autónomos o sus funcionarios."

Este derecho se establece como norma constitucional, con lo que no puede someterse a restricciones o condiciones.

65.De conformidad con la Ley de tribunales ordinarios, "toda persona tiene derecho a defender sus derechos y libertades ante los tribunales, ya sea personalmente o por medio de un representante" (art. 3, párr. 1). En la Ley también se dispone que "la justicia se administrará sobre la base de la igualdad de todas las partes ante la ley y los tribunales en una causa; los procedimientos judiciales se llevarán a cabo sobre la base de la igualdad de derechos y del principio del juicio contradictorio" (art. 6, párrs. 1 y 2). El Tribunal Supremo de Georgia, el tribunal superior y de última instancia de la administración de justicia en todo el país, ejerce su autoridad sobre la base del principio de igualdad y del principio del juicio contradictorio (Ley del Tribunal Supremo, art. 2).

66.Con arreglo a la Ley del Tribunal Constitucional, tanto los ciudadanos georgianos como extranjeros que consideren que sus derechos y libertades reconocidos en el capítulo II de la Constitución de Georgia han sido violados podrán interponer una demanda ante el Tribunal Constitucional con respecto a la constitucionalidad de las leyes o las normas específicas correspondientes que infrinjan el citado capítulo de la Ley Fundamental (art. 39, párr. 1).

67.En el Código de Procedimiento Civil se estipula, entre otras cosas, que:

Toda persona podrá defender sus derechos ante un tribunal. Los casos se atenderán con arreglo a las solicitudes presentadas por las personas que traten de que se confirmen sus derechos o sus intereses legalmente definidos (art. 2, párr. 1).

En los asuntos civiles, los tribunales administrarán justicia exclusivamente sobre la base de la igualdad de todas las personas ante la ley y los tribunales (art. 5).

68.En el párrafo 1 del artículo 9 del Código de Procedimiento Penal se destaca que "todas las personas son iguales ante la ley y los tribunales, independientemente de su raza, nacionalidad, idioma, sexo, condición social, situación económica, posición, lugar de residencia, religión, fe y cualquier otra circunstancia análoga". Las audiencias de asuntos penales serán públicas en todos los tribunales (ibíd., art. 16, párr. 1).

69.El idioma georgiano se emplea tanto en los procedimientos penales como civiles en Georgia, mientras que el abjasio se usa también en Abjasia. Además, en los Códigos de Procedimiento Penal y Civil se dispone que las personas que no conozcan bien el idioma en que se lleven a cabo las actuaciones judiciales podrán recurrir a los servicios de un intérprete (Código de Procedimiento Penal, art. 17, y Código de Procedimiento Civil, art. 9). Durante las audiencias de un juicio penal, todos los documentos judiciales o relativos a la instrucción requeridos por ley deberán ser traducidos al idioma materno de las partes o de los acusados, o a un idioma que éstos conozcan.

70.En el derecho civil, los ciudadanos se ven en ocasiones impedidos de ejercer su derecho a iniciar una acción judicial al no poder costear los gastos procesales. Aunque por ley los tribunales tienen la facultad de eximir a los ciudadanos especialmente necesitados del pago de los honorarios oficiales, y, en caso necesario, de ordenar que el Estado se haga cargo de los honorarios de los abogados (Código de Procedimiento Civil, art. 47, párrs. 1 y 2), ello ocurre muy raramente en la práctica. Interesa señalar que varias organizaciones no gubernamentales disponen de programas que brindan asistencia letrada gratuita a personas socialmente vulnerables. Con arreglo al Programa Municipal de Juristas de Tbilisi, las comisarías de policía disponen de los servicios de abogados las 24 horas del día a fin de proporcionar asistencia letrada a los presos y detenidos y de velar por que se respeten sus derechos. Los servicios de esos abogados se sufragan con cargo al presupuesto municipal.

b)El derecho a la seguridad personal y a la protección del Estado contra todo acto de violencia o atentado contra la integridad personal

71.En virtud del artículo 13 de la Constitución, Georgia se compromete a proteger a sus ciudadanos cualquiera que sea el lugar donde se encuentren.

72.El artículo 18 de la Constitución establece el derecho de toda persona a la libertad y a la inviolabilidad de la persona. Está prohibido detener a las personas o limitar sus libertades sin una orden judicial. El incumplimiento de este artículo está castigado por la ley, y toda persona que sea detenida o arrestada ilegalmente tiene derecho a una indemnización.

73.La Constitución estipula específicamente que "La vida de toda persona es inviolable y está protegida por la ley" (art. 15, párr. 1). La tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes están prohibidos (art. 17, párr. 2).

74.La obligación de respetar el derecho a la seguridad personal y a la protección contra la brutalidad del Estado dimana también de las obligaciones internacionales de Georgia en materia de derechos humanos como futura parte en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención contra la Tortura y el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.

75.El 11 de noviembre de 1997 fue abolida oficialmente en Georgia la pena capital. La última vez que se impuso fue en febrero de 1995. El actual Código Penal establece la cadena perpetua como la pena máxima (art. 40, párr. k)). Para los menores de 16 años la pena máxima es una privación de libertad de hasta diez años. A los de edades comprendidas entre 16 y 18 años cuando el delito es particularmente grave se les aplica una pena de prisión de más de 10 años y menos de 15 años (art. 88, párrs. 1 y 2).

76.El Código Penal contiene una sección titulada "Crímenes de lesa humanidad" que abarca los siguientes capítulos: "Crímenes contra la vida" (arts. 108 a 116). "Crímenes contra la salud" (arts. 117 a 126) y "Amenazas contra la vida humana y la salud " (arts. 127 a 136). El Código considera que los actos violentos contra una persona humana constituyen un delito punible y prevé los castigos apropiados. Entre los delitos más graves figuran el homicidio premeditado o con agravantes, la comisión deliberada de daños corporales graves o menos graves y la violación en grupo o la violación de un menor. El castigo por delitos de violencia varía entre tres años de privación de libertad (por causar deliberadamente daños corporales menos graves) y la cadena perpetua (por homicidio premeditado con agravante).

77.Con arreglo a los principios de la legislación georgiana, la vida humana comienza en el momento del parto cuando el niño sale del vientre de su madre. Por consiguiente, cabe decir que el homicidio sólo puede producirse a partir del momento en que el feto se separa, aunque sólo sea parcialmente, del vientre materno, aun cuando no respire. La legislación georgiana no penaliza la interrupción artificial del embarazo cuando se reúnen las condiciones legales necesarias. Ahora bien, el artículo 133 del Código Penal prevé sanciones, inclusive la pena de prisión, para los abortos ilícitos.

78.En Georgia no está permitido el homicidio ni siquiera en los casos en que la víctima lo desee. El artículo 110 del Código Penal, titulado "Homicidio a petición de la víctima", establece que la eutanasia es un equivalente del homicidio y es punible con una pena de prisión de hasta tres años.

79.Aun cuando existan señales externas de un delito contra la persona, no se consideran ilícitas las acciones que hayan sido necesarias para la defensa propia (Código Penal, art. 28). Sin embargo, el homicidio y el causar lesiones físicas de carácter grave o menos grave más allá de lo necesario para la propia defensa se consideran delitos punibles por la ley (arts. 113 y 122).

80.El artículo 13 de la Ley sobre la policía rige las cuestiones relativas a la utilización necesaria de armas de fuego por parte del personal encargado del mantenimiento del orden público. El Código Penal (art. 29, párr. 1) no considera ilegales las acciones encaminadas a capturar a un delincuente que no excedan de lo que es necesario para entregarlo a las autoridades. Entre los actos castigados por el Código Penal figuran también el homicidio de un delincuente o causarle lesiones físicas graves o menos graves durante su captura que excedan lo necesario (arts. 114 y 123).

81.De 1988 a 1998 unas 26 personas fueron muertas por armas de fuego utilizadas por la policía. La investigación realizada llegó a la conclusión de que en tres casos se habían sobrepasado los límites necesarios en la detención de los delincuentes. Durante este período la policía utilizó armas de fuego en 63 ocasiones; en 18 casos la utilización de armas de fuego se consideró ilegal.

82.En el contexto de este artículo de la Convención debe prestarse especial atención a la situación en torno a Abjasia. Desde el conflicto armado de 1992‑1993 los jefes de la autoproclamada república han seguido practicando su política de violencia contra la población georgiana de la región, en particular en el distrito de Gali. Las autoridades separatistas matan, golpean y humillan una y otra vez sin haber sido provocadas a la población georgiana, que vive atemorizada y corre peligro cuando intenta retornar a sus hogares en Abjasia. Dado que no ha habido arreglo político del conflicto, Georgia no está en condiciones de proteger a esta categoría de ciudadanos de las acciones criminales.

c)El derecho a tomar parte en elecciones por medio del sufragio universal e igual y de participar en el gobierno

83.Con arreglo al artículo 28 de la Constitución georgiana, todo ciudadano que haya alcanzado la edad de 18 años tiene derecho a participar en los referéndums y en las elecciones a los órganos estatales de los órganos autonómicos locales. Se garantiza la libertad de los votantes de expresar su voluntad (párr. 1). Sólo se excluye de participar en las elecciones y referéndums a las personas a las que un tribunal haya declarado no aptas para votar o que hayan sido condenadas a una pena de reclusión por un tribunal (párr. 2).

84.El artículo 74 de la Constitución, que trata de los referéndums, establece que éstos serán convocados por el Presidente por iniciativa propia o a petición del Parlamento o de un mínimo de 200.000 votantes, y se celebrarán dentro de un plazo de 30 días a partir de la recepción de esa petición. No se celebrará un referéndum para adoptar o enmendar una ley o sobre cuestiones de amnistía o perdón, ni para ratificar o denunciar tratados o acuerdos internacionales o tratar de cuestiones de violación de los derechos y libertades humanos fundamentales.

85.El Tribunal Constitucional es el órgano competente para resolver disputas sobre la constitucionalidad de los referéndums y elecciones. Este procedimiento podrá iniciarse sobre la base de una demanda o queja del Presidente o de una quinta parte, como mínimo, de los miembros del Parlamento, el tribunal, los órganos representativos supremos de Ajara y Abjasia, el Defensor del Pueblo o los ciudadanos (Constitución, art. 89, párr. 1).

Elecciones parlamentarias

86.La Constitución establece que los miembros del Parlamento serán elegidos mediante el sufragio universal, igual y directo en votación secreta (art. 49, párr. 1). El derecho a presentarse a las elecciones se concede a las organizaciones políticas de ciudadanos legalmente registradas cuyos candidatos estén apoyados por las firmas de 50.000 votantes, como mínimo, o tengan un representante en el Parlamento en el momento de la elección. En las elecciones basadas en el sistema de la mayoría este derecho se concede a las personas cuya candidatura esté apoyada por un mínimo de 1.000 firmas o hayan sido elegidas al Parlamento en las anteriores elecciones (art. 50, párr. 1).

87.En los párrafos 70 a 73 del documento básico figura más información detallada sobre el Parlamento georgiano.

88.Los ciudadanos georgianos que hayan alcanzado la edad de 25 años y tengan derecho a votar podrán ser elegidos miembros del Parlamento (Constitución, art. 49, párr. 2). Se da efecto a las disposiciones constitucionales mediante la Ley de elecciones parlamentarias de Georgia, que establece que podrá ser miembro del Parlamento todo ciudadano georgiano que reúna la condición de edad arriba indicada y haya vivido en Georgia durante diez años sin interrupción, cualquiera que sea su idioma, raza, sexo, religión, educación, opiniones políticas y afiliación u origen nacional, étnico o social, o posición económica o estamental (art. 2).

89.Mujeres y miembros de minorías étnicas fueron elegidos para participar en las sesiones anteriores y actuales del Parlamento. En el período 1995-1999, entre los diputados de los órganos legislativos superiores figuraban 16 mujeres y 17 representantes de las minorías rusa, armenia y azerbaiyana. En la actual composición del Parlamento no se ha producido ninguna mejora en la representación de diputados de esas categorías. Debe señalarse que la mayoría de las mujeres y representantes de minorías étnicas entraron en el Parlamento a través de las listas de los partidos. De los 85 diputados de la mayoría sólo una mujer y dos representantes de minorías fueron elegidos en los distritos densamente poblados. El Parlamento recientemente elegido cuenta con 17 miembros mujeres y 10 representantes de minorías étnicas.

Elecciones locales

90.Los procedimientos que rigen el nombramiento y las actividades de las autoridades locales se exponen en la Ley sobre el gobierno y el gobierno autonómico local. Con arreglo al párrafo 2 del artículo 2 de la actual versión de la ley, los ciudadanos georgianos pueden elegir candidatos y ser elegidos para formar parte de los órganos autonómicos locales, cualquiera que sea su raza, el color de su piel, idioma, sexo, religión, opiniones políticas o de otra índole, afiliación u origen nacional, político o social, posición económica o estamental. Las elecciones se realizan de acuerdo con los principios constitucionales, que se examinan en la sección del presente informe que trata de las elecciones parlamentarias.

91.Desde las aldeas a las ciudades el sakrebulo es la autoridad representativa local. Según que el número de votantes sea inferior o superior a 2.000, las elecciones al sakrebulo se celebran con arreglo a un sistema de mayoría o proporcional en situaciones electorales de mandatos múltiples. Todo ciudadano georgiano que haya cumplido los 21 años el día en que se celebra una elección y haya vivido en el país por lo menos cinco años puede ser elegido al sakrebulo. No existen limitaciones por motivos de raza, color de la piel, idioma, sexo, afiliación u origen nacional, étnico o social, opiniones o posición económica o estamental.

92.Entre las personas que, con arreglo a la Constitución, no tienen derecho a participar en las elecciones a los órganos administrativos y a los gobiernos locales figuran los ciudadanos que se hallen fuera del país el día en que se celebre la elección o que residan en el extranjero.

93.En octubre de 1998 se celebraron las primeras elecciones a los órganos de los gobiernos locales de la historia de la Georgia independiente. Se eligieron unos 11.000 diputados, 1.342 de los cuales (el 12,5%) eran mujeres.

Elecciones presidenciales

94.Con arreglo a la Constitución, puede ser elegida Presidente toda persona que tenga la nacionalidad georgiana por nacimiento y tenga derecho a votar, haya cumplido 35 años, haya vivido en Georgia por lo menos 15 años y sea residente en el país el día en que se celebre la elección. Las asociaciones políticas o los grupos que adoptan iniciativas tienen derecho a nombrar candidatos para el cargo de Presidente. Las candidaturas deben estar refrendadas por las firmas de al menos 50.000 votantes (art. 70, párrs. 2 y 3).

95.Con arreglo a la Ley de elecciones presidenciales (art. 3, párr. 1), todo ciudadano georgiano con derecho a voto, cualquiera que sea su raza, color de la piel, idioma, sexo, religión, opiniones políticas o de otra índole, afiliación nacional, étnica o social, origen o posición económica o estamental, tiene derecho a votar en la elección del Presidente.

96.El Código Penal georgiano considera sancionables delitos tales como estorbar la expresión de la voluntad durante las elecciones, referéndums o plebiscitos (art. 162), dificultar la labor de las juntas electorales o de las comisiones de los referéndums (art. 163) o violar el derecho del votante a la confidencialidad, contar mal los votos o representar mal los resultados de la elección (art. 164). La comisión de esos delitos se sanciona con castigos que van desde multas a penas de prisión de hasta cuatro años.

97.Las elecciones a los órganos de los gobiernos locales y las elecciones parlamentarias más recientes revelaron una tendencia que merece la pena señalar: el número de ciudadanos votantes que no eran étnicamente georgianos fue notablemente superior al número de votantes georgianos. Por ejemplo, en las elecciones parlamentarias celebradas el 31 de octubre de 1999 el número de votantes pertenecientes a minorías en las regiones donde se concentran los asentamientos fue del 80 al 90%, mientras que en otras regiones no pasó del 50 al 60%.

Derecho al acceso en condiciones de igualdad a las funciones públicas

98.El artículo 29 de la Constitución establece que:

"1.Todo ciudadano tiene derecho a ocupar un cargo público oficial siempre que cumpla los requisitos establecidos.

2.La Ley establece los requisitos para acceder a la función pública."

99.En la Ley de administración pública se establecen las bases legales de los servicios oficiales y las cuestiones relativas a su aplicación, así como la condición jurídica de las personas que trabajan en la administración pública. En virtud de esta ley, la administración pública abarca las actividades de los establecimientos oficiales (presupuestarios) del Estado y de las administraciones públicas y autonómicas locales (art. 1, párr. 1). Los principios básicos de la administración pública son: respeto de los derechos, las libertades y la dignidad de la persona humana y de los ciudadanos, e igual acceso a la función pública para todos los ciudadanos georgianos con arreglo a sus capacidades y formación profesional (art. 13, párrs. c) y d)).

100.Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de la administración pública, todo ciudadano georgiano competente que haya cumplido los 21 años, que tenga la calificación y la experiencia necesarias y conozca el idioma nacional puede prestar servicios en la administración pública. En virtud del artículo 16, todo ciudadano georgiano capaz que haya cumplido los 18 años, haya terminado por lo menos la escuela secundaria y tenga un conocimiento del idioma nacional puede ser empleado por los servicios de los gobiernos autonómicos locales.

101.No se podrá aceptar a una persona en el servicio público si: a) tiene una condena no perdonada por un delito con premeditación; b) está siendo investigada o está detenida; c) ha sido declarada por un tribunal incapacitada o con una capacidad disminuida; d) ha sido privada por un tribunal de su derecho a ocupar ese puesto; e) tiene una salud que, según el dictamen de los peritos médicos, no le permite desempeñar esas funciones; f) por ocupar ese puesto tendrá que supervisar directamente a familiares, esposa, hijos, hermanos o familia política; g) haya solicitado o reclamado una nacionalidad extranjera, excepto en los casos previstos por la ley o cuando existan acuerdos internacionales (Ley de la administración pública, art. 17).

102.Hay varios requisitos establecidos por ley o en base a una ley, que rigen la entrada en la función pública. Los jefes de las organizaciones o los supervisores principales pueden establecer condiciones adicionales. A las personas elegibles para ocupar un puesto en la función pública se les concederá un período de prueba no superior a seis meses en el momento de su nombramiento. El nombramiento se realizará sobre la base de un examen por oposición (Ley de la función pública, arts. 19, 24 párr. 1 y 29 párr. 1).

103.El artículo 98 de la Ley de la administración pública, titulado "Despido del trabajo por actividades indebidas", establece que una de las razones de despido de la administración pública es "un conocimiento insatisfactorio del idioma nacional y la imposibilidad de una comunicación normal" (párr. 1 d)), pero sólo en los casos en que el empleado no desee ser trasladado a otro empleo idóneo (párr. 2).

104.Las minorías están representadas en los órganos ejecutivos locales de las zonas donde se concentran los asentamientos. Por ejemplo, hay 38 azerbaiyanos que ocupan puestos importantes en los ayuntamientos de Marneul y distritos vecinos, en el distrito de Tetritskar hay 12 griegos y en las regiones de Samtskhe-Djavakheti hay 58 armenios. No se dispone de datos estadísticos sobre el origen étnico de las personas empleadas en este o en otros niveles de los órganos ejecutivos estatales. Pero, puede afirmarse que miembros de minorías étnicas han desempeñado satisfactoriamente funciones en muchos distritos y departamentos, órganos parlamentarios y oficinas públicas del Estado. El principal problema con que tropiezan los ciudadanos georgianos y de origen no georgiano para acceder a la función pública es el desconocimiento o escaso dominio del idioma nacional (georgiano), un rezago del período soviético. El Gobierno está adoptando medidas para remediar la situación, en particular mediante la elaboración de la Ley del idioma. En las zonas donde se concentran las minorías se está llevando a cabo un programa estatal para la enseñanza del idioma georgiano.

d)Otros derechos civiles

105.El párrafo 1 del artículo 22 de la Constitución establece que toda persona que se halla legalmente en el territorio de Georgia tiene derecho a circular dentro del país y a elegir su lugar de residencia. Sólo se permiten las restricciones a estos derechos que establece la ley para garantizar la seguridad pública y del Estado, que son necesarias para que exista una sociedad democrática, para la salud pública, la prevención del delito y la administración de justicia (art. 22, párr. 3). La Constitución especifica que este derecho puede restringirse durante un estado de excepción o de ley marcial (art. 46, párr. 1).

106.Los aspectos prácticos de la aplicación de los derechos establecidos en la Constitución se rigen por la Ley de procedimientos para la identificación e inscripción de ciudadanos georgianos y extranjeros residentes. El procedimiento de registro y las reglas para la certificación de la identidad que figuran en esta ley son muy diferentes del antiguo sistema soviético de pasaportes que, en realidad, limitaba el derecho a elegir libremente el lugar de residencia. La ley fue aprobada en junio de 1996.

107.Con arreglo a esta ley, la finalidad de registrar a los ciudadanos georgianos y a los extranjeros residentes (incluidos los apátridas) es establecer datos sobre ellos y que puedan ejercer sus derechos y cumplir sus deberes. Pero el hecho de que estén o no registrados no puede utilizarse como base para limitar los derechos y libertades constitucionales de los ciudadanos georgianos o de los extranjeros, ni como condición para excluirlos de las oportunidades previstas por la ley o de las elecciones (art. 2, párrs. 1 y 3).

108.Se exige a los ciudadanos georgianos y extranjeros residentes que se registren en su lugar de residencia, que se considera que es el lugar elegido por la propia persona. Los menores de 16 años y los huérfanos o los que se hallen bajo tutela se registran junto con sus padres, tutores, guardianes u otros representantes legales. Las personas que se hallan en esta categoría pueden registrarse independientemente sólo con el consentimiento escrito de sus padres, tutores, etc. (art. 3, párrs. 1 a 3).

109.Las personas que cambien de lugar de residencia durante más de tres meses tienen que comunicar su nuevo lugar de residencia en el plazo de 10 días a los organismos estatales correspondientes, que los registrarán en los cinco días siguientes. Ello no se aplica a las personas que están en detención preventiva, que cumplan condenas o que cumplan las obligaciones del servicio militar (art. 4, párrs. 1 y 3).

110.Las personas que no tienen un lugar de residencia se registran sin indicar sus señas en el centro de población donde se hallan. En todas las circunstancias el registro se lleva a cabo sobre la base de los procedimientos establecidos en la legislación en vigor que rigen la identidad de la persona o (para los extranjeros) el tipo de residencia (art. 5, párrs. 1 y 2).

111.Con arreglo a la Ley de la condición jurídica de los extranjeros, éstos tienen derecho a circular libremente por todo el territorio georgiano y a elegir libremente su lugar de residencia de acuerdo con los procedimientos previstos por la ley. La libre circulación de extranjeros y su elección del lugar de residencia podrá limitarse cuando sea necesario para garantizar la seguridad nacional, mantener el orden social, salvaguardar la salud pública y proteger los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos georgianos y de otras personas (art. 18).

112.El Código Penal georgiano prevé castigos en forma de multas, períodos de trabajo correccional de hasta seis meses y penas de prisión de hasta un año por impedir a personas que se hallan legalmente en el país circular libremente en todo su territorio, elegir libremente su lugar de residencia o salir libremente de Georgia y, tratándose de ciudadanos georgianos, entrar libremente en el país. Cuando ello se realice empleando la fuerza, amenazando con emplear la fuerza o haciendo un uso indebido de la condición de funcionario, esas acciones podrán castigarse con una pena de prisión de hasta dos años, con una multa o con períodos de trabajo correccional de hasta un año y la suspensión de sus funciones durante un período de hasta tres años (art. 142, párrs. 1 y 2).

113.En 1998 y 1999, el Ministerio de Justicia concedió la condición de inmigrante a 350 extranjeros adultos y la condición de residente permanente en Georgia a 205 personas.

114.Durante ese mismo período el Ministerio de Refugiados y Reasentamiento concedió el estatuto de refugiado a 25 personas. De ellas, 8 eran ciudadanos del Pakistán, 3 del Iraq, 2 de cada uno de los siguientes países: Nigeria, Irán, Sudán, Jordania, Azerbaiyán y Afganistán, 1 de Ucrania y otro de Turquía. Unos 22 solicitantes fueron rechazados porque su situación no estaba prevista en la Ley de refugiados. Además, entre septiembre y diciembre de 1999, debido a la actividad militar existente en el sur de la Federación de Rusia, gran número de chechenos entraron en Georgia, y a más de 5.000 se les otorgó el estatuto de refugiado.

115.Las cifras del Ministerio del Interior indican que durante 1998 y 1999 se expidieron permisos de residencia a 547 extranjeros y 249 apátridas.

El derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país

116.Este derecho se establece en el párrafo 2 del artículo 22 de la Constitución, que dice: "Todo aquel que se encuentre legalmente en el territorio de Georgia podrá salir del país. Todo ciudadano de Georgia podrá entrar libremente en el país". Como en el derecho a circular libremente y a elegir su residencia, este derecho no es absoluto y puede verse limitado por los procedimientos establecidos por la ley durante estados de excepción o de ley marcial, como se establece en el párrafo 1 del artículo 46 de la Constitución. La Constitución prohíbe la expulsión de Georgia de todo ciudadano y la extradición de un ciudadano georgiano a otro país, con excepción de los casos que estén contemplados en un tratado internacional. Una decisión de extradición de un ciudadano georgiano puede recurrirse ante los tribunales (art. 13, párrs. 3 y 4).

117.La aplicación de las garantías constitucionales está prevista en las siguientes leyes: Ley de salida y entrada temporal de ciudadanos, Ley de emigración, Ley sobre la condición jurídica de los extranjeros, Ley de entrada, estancia y salida temporales de los extranjeros, y Ley de inspección de migrantes.

118.Con arreglo a la Ley de salida y entrada temporal de ciudadanos, la salida temporal del país y la entrada temporal en el país de los ciudadanos georgianos se realiza sobre la base de un pasaporte expedido por órganos del Ministerio del Interior o un documento equivalente (art. 5). Los ciudadanos adultos en plenas facultades tienen derecho a solicitar o a que les expidan un pasaporte para una salida temporal: con este fin deben presentar su documento nacional de identidad y pagar la suma requerida (art. 7). Los artículos 7 y 8 de la ley actual regulan también el procedimiento de salida de los menores con adultos y la salida no acompañada de menores y personas no habilitadas.

119.La salida temporal de un ciudadano georgiano del país puede limitarse en las siguientes circunstancias:

-iniciación de un procedimiento penal contra un ciudadano;

-incumplimiento de una condena impuesta por un tribunal;

-interposición de una acción civil contra un ciudadano;

-incumplimiento de las obligaciones dimanantes de una decisión judicial;

- presentación de documentos falsos o sin validez legal;

-otros casos previstos con arreglo a la legislación georgiana (art. 10).

120.Cuando salen temporalmente del país los ciudadanos de Georgia tienen que tener un visado de salida para el país de destino inmediato. También es posible salir temporalmente de Georgia sin visado en virtud de acuerdos internacionales en los que Georgia es Parte (art. 15). Los ciudadanos georgianos tienen derecho a regresar a Georgia en cualquier momento: para ello no se requiere ningún permiso (art. 16).

121.La ley hace referencia también a las condiciones necesarias para imponer restricciones temporales a la salida de ciudadanos de Georgia con destino a otro país, con objeto de garantizar su seguridad cuando se ha declarado un estado de excepción en el país (art. 17), y establece el procedimiento para la salida de Georgia de las personas que cumplan el servicio militar (art. 18). Ninguna de las disposiciones de la legislación tiene carácter discriminatorio por lo que respecta a la Convención.

122.Con arreglo a la Ley de inspección de migrantes, todos los migrantes que entren en el país y salgan de él (incluidos los ciudadanos georgianos y los extranjeros residentes) tienen que rellenar y llevar consigo una tarjeta de migrante. La finalidad de esta medida es establecer un control sobre la inmigración y los procesos de emigración, contar y registrar a los migrantes y descubrir a los migrantes ilegales. El procedimiento para la expedición de tarjetas de migrantes lo establece el Ministerio de Refugiados y Reasentamiento.

123.En Georgia existen tres tipos de pasaportes: los pasaportes de los ciudadanos ordinarios que expide el Ministerio del Interior y los pasaportes diplomáticos y de servicio que expide el Ministerio de Asuntos Exteriores. Los pasaportes de los ciudadanos ordinarios se expiden previo pago de la tasa exigida. Los pasaportes diplomáticos y de servicio se expiden gratuitamente a ciertas categorías de funcionarios. La expedición de esos pasaportes se rige por disposiciones especiales basadas en la legislación que rige la estructura y el procedimiento de las actividades oficiales.

124.El pasaporte de un ciudadano ordinario cuesta 35 laris. Con arreglo a la Ley de derechos de aduanas, los inválidos de la clase I y II, los excombatientes de la segunda guerra mundial y las personas discapacitadas en guerras por la independencia y la integridad territorial de Georgia están exentas del pago de esta tasa. Los ex combatientes de las fuerzas armadas y las personas desplazadas pagan la mitad de la tasa. Los extranjeros residentes están exentos de ese pago si esa exención está prevista en un acuerdo internacional en el cual Georgia es Parte.

125.Los extranjeros que salen de Georgia deben presentar un pasaporte extranjero válido u otro documento equivalente, así como su tarjeta de migrante. Cuando salen de Georgia, los extranjeros que residen permanentemente en este país deben presentar a las autoridades competentes un pasaporte extranjero válido u otro documento equivalente, y obtener un visado de salida o el permiso de salida, así como su tarjeta de migrante.

126.Se prohíbe salir de Georgia a los extranjeros si:

-su salida no es conveniente para la seguridad nacional, hasta que cambie esta circunstancia;

-son sospechosos o están acusados de haber cometido un delito, hasta que haya concluido el proceso;

-están condenados por haber cometido un delito, hasta que hayan cumplido su condena o hayan sido puestos en libertad;

-se dan otras circunstancias previstas en la legislación georgiana.

La salida de Georgia de extranjeros (personas apátridas) puede aplazarse hasta que hayan cumplido sus obligaciones civiles o legales. Los extranjeros pueden recurrir ante los tribunales en el plazo de diez días contra una denegación de permiso para salir de Georgia (Ley de la condición jurídica de los extranjeros, arts. 24 y 26).

127.Las sanciones penales por impedir a las personas que salgan libremente de Georgia y a los ciudadanos georgianos que regresen libremente a su país se examinan en una sección anterior del presente informe.

El derecho a una nacionalidad

128.El artículo 12 de la Constitución establece que: "La nacionalidad georgiana se adquiere por nacimiento o naturalización. Un nacional georgiano no puede ser al mismo tiempo ciudadano de otro Estado. El procedimiento para la adquisición y pérdida de la nacionalidad georgiana se establece en la Ley orgánica". En virtud del artículo 12 de la Ley fundamental, ninguna persona puede ser desposeída de la nacionalidad georgiana.

129.La Ley de ciudadanía fue aprobada en marzo de 1993. Posteriormente ha sido enmendada y complementada en varias ocasiones, sin comprometer por ello los principios que se examinarán en detalle en esta sección.

130.La redacción de los artículos 1 y 2 de la Ley de ciudadanía refleja los principios que se consagraron posteriormente en los artículos de la Constitución anteriormente mencionados. Además, el artículo 2 de la ley establece que "no se limitará a nadie el derecho a cambiar de nacionalidad, salvo en los casos en que se disponga lo contrario en la presente ley".

131.El artículo 3 de la Ley de ciudadanía especifica que se considera ciudadanos georgianos a las siguientes categorías de personas: a) las personas que han residido permanentemente en Georgia durante un mínimo de cinco años y eran residentes del país el día en que entró en vigor la ley, que no han renunciado por escrito a la nacionalidad georgiana durante los tres meses anteriores y que han recibido documentos que confirman su nacionalidad en los cuatro meses anteriores; b) las personas que han adquirido la nacionalidad georgiana en virtud de esta ley.

132.La redacción del apartado a) del artículo 3 está dictada por la necesidad de elaborar criterios sobre la nacionalidad para los residentes permanentes de Georgia después de la desmembración de la Unión Soviética. El hecho de que los requisitos que se exigen en el texto de este artículo sean mínimos ha permitido al pueblo de Georgia establecer su vínculo legal con este Estado de reciente independencia sobre una base totalmente no discriminatoria.

133.Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de ciudadanía, la nacionalidad georgiana se adquiere por nacimiento, por naturalización o por otras razones previstas en los tratados internacionales firmados por Georgia y en la propia ley. Si en el momento de nacer un niño ambos progenitores eran ciudadanos georgianos, se considera que el niño es ciudadano georgiano sea cual fuere el lugar de su nacimiento (art. 11). Los artículos 12 a 18 de la Ley de ciudadanía tratan de la nacionalidad que tiene un niño según que uno o ambos progenitores posean la nacionalidad georgiana, carezcan de ella, la hayan adquirido o la hayan perdido. En todos los casos se observan, evidentemente, los principios de no discriminación, y se excluye todo trato desigual por motivos raciales.

134.La ley prevé también la naturalización de los extranjeros. Puede adquirir la nacionalidad georgiana todo adulto que:

-haya residido permanentemente en territorio georgiano durante los diez últimos años;

-tenga el conocimiento mínimo exigido de los idiomas georgiano o abjasio;

-tenga el conocimiento mínimo exigido de la historia de Georgia y de la Constitución georgiana;

-esté empleado o tenga una propiedad inmobiliaria en Georgia.

Un extranjero que se case con un ciudadano georgiano puede adquirir la nacionalidad georgiana siempre que haya residido en territorio georgiano durante los tres últimos años. Los requisitos relativos al conocimiento del idioma, de la historia y de la Constitución de Georgia continúan aplicándose (arts. 26 y 28).

135.Las razones por las que se pone fin a la nacionalidad georgiana son las siguientes: a) renuncia a la nacionalidad; b) pérdida de la nacionalidad; c) otras circunstancias previstas en los acuerdos internacionales de los que Georgia es Parte, y en esta ley (art. 30).

136.Perderá su nacionalidad georgiana toda persona que:

-cumpla el servicio militar o pase a formar parte de las fuerzas de policía, de las autoridades judiciales o de otros órganos administrativos y gubernamentales de otro Estado sin la autorización de las autoridades competentes de Georgia;

-resida en el extranjero permanentemente y durante dos años no se inscriba en el consulado de Georgia sin que exista una razón válida;

-haya adquirido la nacionalidad georgiana utilizando documentos de solicitud falsificados;

-adquiera la nacionalidad de otro Estado (art. 32).

137.Según datos del Ministerio de Justicia, en 1998 y 1999 un total de 127 personas adquirieron la nacionalidad georgiana por naturalización, y 72 de ellas eran de etnia georgiana. De las 55 personas no georgianas 20 provenían de Azerbaiyán, 19 de Uzbekistán, 11 de la Federación de Rusia, 2 de Ucrania, 1 de Armenia, 1 de Belarús y 1 de Moldova. En ese mismo período (1999) se denegó la nacionalidad georgiana a una persona.

El derecho al matrimonio y a la elección del cónyuge

138.El artículo 36 de la Constitución establece que el matrimonio es una unión voluntaria basada en la igualdad de derechos de los cónyuges, y que el Estado promoverá el bienestar de la familia.

139.Con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil, el matrimonio es la unión voluntaria de un hombre y una mujer con el fin de formar una familia, y está legalizado en un registro civil oficial (art. 1106). Para contraer matrimonio es necesario que ambos cónyuges hayan alcanzado la nubilidad y den su consentimiento (art. 1107). Puede contraer matrimonio toda persona que haya alcanzado la edad de 18 años. En circunstancias excepcionales puede permitirse el matrimonio desde la edad de 16 años, siempre que los padres u otros representantes legales den su consentimiento por escrito. Si los padres o los representantes legales no dan su consentimiento el matrimonio puede ser autorizado por un tribunal cuando existan razones válidas y sobre la base de una declaración de los contrayentes (art. 1108).

140.Los extranjeros que desean contraer matrimonio en Georgia necesitan una declaración expedida por las autoridades competentes de su país en la que se diga que no existen impedimentos para su matrimonio. Este procedimiento no se aplica a los apátridas ni a los nacionales de los Estados que no expiden esa clase de declaraciones (art. 1118).

141.Se prohíbe el matrimonio:

-entre dos personas cuando al menos una de ellas ya esté casada;

-entre parientes consanguíneos en las líneas ascendente y descendente;

-entre hermanos de doble vínculo y de vínculo sencillo;

-entre dos personas cuando al menos una de ellas ha sido declarada legalmente incapaz por un tribunal (art. 1120).

142.Las razones para la terminación de un matrimonio son: a) la muerte de uno de los cónyuges; b) una decisión de los tribunales en el sentido de que uno de los cónyuges ha fallecido; y c) el divorcio. Cuando exista un acuerdo mutuo entre cónyuges que no tengan ningún hijo menor, o una declaración de uno de ellos en el sentido de que el otro cónyuge ha desaparecido o es legalmente incapaz a causa de una enfermedad mental, o está cumpliendo una pena de prisión de tres años como mínimo, podrá solicitarse el divorcio mediante su inscripción en el registro civil (arts. 1124 y 1125). En todos los demás casos deberá ser un tribunal de justicia el que ponga fin a un matrimonio.

143.Durante el embarazo de su esposa y hasta un año después del nacimiento de un hijo, un cónyuge no podrá solicitar el divorcio sin el consentimiento del otro (art. 1123).

144.No se dispone de datos estadísticos de matrimonios o divorcios desglosados por origen étnico. En el cuadro que se ofrece a continuación se muestran los datos estadísticos generales.

Año

Matrimonios

Divorcios

Tasa de nupcialidad

Tasa de divorcios

(Por 1.000 habitantes)

1990

36.800

7.800

6,7

1,4

1991

38.100

7.400

7,1

1,4

1992

26.900

4.900

5,5

1,0

1993

24.100

3.200

4,9

0,7

1994

21.900

3.100

4,5

0,6

1995

21.500

2.700

4,4

0,6

1996

19.300

2.300

4,0

0,5

1997

17.100

2.300

3,5

0,5

1998

15.300

1.800

3,0

0,3

El derecho a ser propietario, individualmente y en asociación con otros

145.El derecho a poseer y heredar propiedades está reconocido y garantizado en virtud del artículo 21 de la Constitución. Se prohíbe la abolición del derecho universal a adquirir, transferir o heredar propiedades. La limitación de esos derechos puede permitirse en casos de necesidad pública de vital importancia, según dicten la ley y el procedimiento establecido. La confiscación de la propiedad por causa de una necesidad pública vital sólo se permite en las circunstancias que establece directamente la ley, por orden de un tribunal o en casos de extrema urgencia, especificados por la ley orgánica, y únicamente si se ofrece una compensación adecuada.

146.La Constitución establece que durante un estado de excepción o imposición de la ley marcial podrán imponerse limitaciones al derecho a la propiedad en todo el país o en ciertas zonas, mediante una Orden presidencial ratificada por el Parlamento (art. 46, párr.1).

147.El derecho a poseer propiedades está regulado por el Código Civil (Libro segundo, "Ley sobre la propiedad"). En él la propiedad se define como toda cosa o bien intangible que un particular o una entidad jurídica pueda poseer, utilizar o deshacerse de ella y que pueda adquirirse sin restricciones, siempre que la legislación no estipule lo contrario y que esa adquisición no sea contraria a las normas morales (art. 147). En los artículos del Código que tratan del derecho de propiedad no existe ninguna disposición discriminatoria. Ello es aplicable tanto a los bienes muebles como inmuebles.

148.El derecho a poseer tierras constituye una excepción. La Ley de declaración de la propiedad privada (tierras que no son explotaciones agrícolas, propiedad de personas físicas y jurídicas según el derecho privado) establece que "el derecho a la propiedad privada de las tierras que no son explotaciones agrícolas recae en los nacionales georgianos. … Las normas contenidas en el Código Civil en relación con los bienes inmuebles se aplicarán a esa clase de tierras" (art. 3, párr. 1). Con arreglo a la Ley de propiedad de explotaciones agrícolas, sólo los ciudadanos georgianos pueden poseer directamente explotaciones agrícolas. Los ciudadanos no georgianos y los extranjeros pueden adquirir explotaciones agrícolas sólo en arrendamiento (art. 5, párr. 2).

149.El Código Civil establece que el derecho a poseer bienes inmuebles y otros derechos de propiedad debe inscribirse en un registro público que puedan consultar todas las partes interesadas (art. 312).

150.Como parte de la reforma agraria que se está llevando a cabo actualmente en Georgia, y con arreglo a lo dispuesto en la Ley de propiedad de explotaciones agrícolas, 984.000 ciudadanos georgianos han obtenido documentos certificados que les permiten adquirir tierras gratuitamente. Se han asignado tierras a particulares tomando como base el inventario de tierras, con arreglo a las decisiones adoptadas por las comisiones locales de reforma agraria.

151.En general, los expertos internacionales están, de acuerdo en que la legislación georgiana brinda una protección suficiente a los derechos de propiedad: los defiende contra usurpaciones ilegales, ofrece soluciones cuando son violados y atribuye la debida responsabilidad a los violadores. El Código Penal establece castigos severos por delitos contra la propiedad como la destrucción o el daño (art. 187) y recibir o vender bienes que se sabe han sido robados (art. 186).

El derecho a heredar

152.El derecho a heredar está garantizado en el artículo 21 de la Constitución. Los aspectos específicos del goce de este derecho se tratan en el capítulo del Código Civil sobre el derecho de sucesión. Conforme al Código, los bienes se traspasan de una persona fallecida (testador) a otras personas (herederos) por ley, testamento o ambas cosas. La herencia por ley (es decir, los bienes se transmiten del fallecido a determinadas personas legalmente designadas) ocurre cuando una persona muere intestada, cuando en un testamento sólo se hace referencia a parte de una herencia, o cuando el testamento se declara total o parcialmente nulo.

153.De conformidad con la ley, los herederos podrán ser personas que vivían en el momento de la muerte del testador y cualesquiera hijos del testador nacidos vivos después de la muerte de éste. Los herederos conforme a un testamento podrán ser personas que vivían en el momento de la muerte del testador y cualesquiera personas concebidas antes de la muerte del testador y nacidas vivas después de ella, independientemente de su filiación con el testador. También podrán considerarse herederos legales con arreglo a un testamento las personas jurídicas establecidas con anterioridad a la revelación de una herencia.

154. No tendrán derecho a heredar, ya sea con arreglo a la ley o por testamento, las personas que hayan frustrado deliberadamente la última voluntad de un testador induciéndolo mañosamente a legar bienes a ellos mismos o a sus parientes, o a incrementar su participación en una herencia, o quienes cometan intencionalmente un delito o algún otro acto inmoral contrario a la última voluntad del testador expresada en un testamento, si se comprueban esos hechos en un tribunal de justicia (heredero indigno). Sin embargo, podrá admitirse a un heredero indigno en una herencia si el testador lo perdona de modo inequívoco en su testamento.

155.Los padres que hayan sido despojados de su patria potestad en el momento en que se revela la herencia no podrán ser herederos de sus hijos conforme a la ley, como tampoco lo serán quienes hayan faltado maliciosamente a su obligación de mantener al testador si se comprueba este hecho en un tribunal de justicia.

156.Si no hay herederos legales ni herederos testamentarios, la herencia pasará al tesoro público. Si el testador estuvo a cargo de una institución, la herencia pasará a esa institución.

157.Los herederos tienen derecho a aceptar una herencia o a renunciar completamente a ella. Toda persona legalmente capaz puede aceptar una herencia. Las personas total o parcialmente incapaces podrán participar en una herencia por intermedio de sus representantes legales.

158.No existen restricciones al derecho a heredar basadas en la nacionalidad. Sin embargo, los traspasos de tierras como consecuencia de una herencia constituyen una excepción. En la Ley de propiedad de explotaciones agrícolas se estipula que si un extranjero o un apátrida hereda tierras, el traspaso de esas tierras se hará conforme al procedimiento legal establecido. Pero en la ley que rige la propiedad privada de tierras no agrícolas se estipula que este derecho es privativo de los nacionales de Georgia.

El derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y religión

159.En la Constitución de Georgia se reconoce el papel especial de la Iglesia ortodoxa georgiana en la historia de la nación, pero al mismo tiempo se proclama la plena libertad de religión y de culto y la separación de la Iglesia y el Estado (art. 9). En el artículo 19 de la Constitución se estipula que "toda persona tiene derecho a la libertad de opinión, de conciencia y de creencia religiosa. [...] Está prohibido perseguir a una persona por razón de sus opiniones, su conciencia o sus convicciones religiosas... u obligar a una persona a expresar su opinión en relación con estas libertades". Está prohibido limitar estas libertades, salvo cuando su ejercicio viole los derechos y libertades de los demás.

160.El Código Penal contiene disposiciones creadas para proteger los derechos anteriormente señalados. En el artículo 155 se estipulan penas en la forma de una multa, el embargo de ingresos o hasta cinco años de privación de libertad por perturbar ilegalmente un oficio religioso o un acto de culto mediante la violencia o la amenaza del uso de la violencia, o por ultrajar e insultar los sentimientos religiosos de los fieles o ministros de una religión. En el artículo 156 se establecen penas en la forma de una multa, el embargo de ingresos o hasta tres años de privación de libertad para quienes incurran en persecución por motivos de conciencia, religión, creencias o actividad religiosa.

161.En toda su historia, Georgia se ha destacado por su tolerancia religiosa. El antisemitismo, las luchas y el odio religiosos jamás han existido en Georgia. El casco antiguo de Tbilisi, donde coexisten una iglesia georgiana, una iglesia armenia, una sinagoga, una mezquita, una iglesia rusa y una iglesia católica, es un ejemplo pragmático de la tolerancia religiosa georgiana. En total, en Georgia hay 15 sinagogas, 14 mezquitas, 11 iglesias georgianas armenias, 8 iglesias rusas, 3 iglesias armenias y 1 catedral, y 1 iglesia católica. La situación de los judíos de Georgia merece una mención especial. Los denominados judíos georgianos están plenamente integrados en la sociedad georgiana. Las sinagogas de Georgia siempre han permanecido abiertas para los creyentes, aun en los momentos más difíciles para los judíos durante el régimen soviético. El judaísmo es una fe reconocida incondicionalmente por el Estado.

162.Es un hecho ampliamente reconocido que el cristianismo ha aportado una enorme contribución a la preservación y el desarrollo del Estado georgiano y ha ocupado siempre un lugar especial en la vida nacional. Religiones tradicionales como el islamismo, el judaísmo, el catolicismo y el gregorianismo forman parte del patrimonio histórico y social de Georgia. Sin embargo, últimamente, desde la independencia, algunas organizaciones religiosas no tradicionales han comenzado a realizar actividades en Georgia. La actitud del público en general y del clero respecto de estas organizaciones es sumamente ambigua. Un dirigente político pidió a los tribunales que revocaran el registro de documentos publicados por los testigos de Jehová. La misma persona había intentado anteriormente impedir el ingreso a Georgia de una remesa de esos documentos. El tribunal desestimó el caso, reafirmando así los derechos constitucionales de ese grupo religioso. En octubre de 1999, un grupo de cristianos radicales dirigidos por un ex sacerdote irrumpió en una reunión de testigos de Jehová y agredió a algunos participantes. Se ha entablado acción judicial y se están efectuando investigaciones. El propio Presidente estimó necesario intervenir en el caso y formular una condena inequívoca. Muchas organizaciones no gubernamentales han aprobado resoluciones de protesta, en las que se condenan actos bárbaros e inaceptables de esta índole.

163.La necesidad de crear un ámbito legal para las actividades de una amplia gama de organizaciones religiosas ha obligado a redactar un proyecto de ley sobre la libertad de conciencia y las organizaciones religiosas. El proyecto fue redactado y aprobado en la comisión especial dirigida por el Ministro de Justicia para estudiar la compatibilidad de la legislación georgiana con los requisitos del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y la Libertades Fundamentales. Se determinó que era compatible con la Constitución y las obligaciones internacionales de Georgia

El derecho a la libertad de opinión y de expresión

164.En el artículo 24 de la Constitución se estipula que todos tienen derecho a recibir y distribuir libremente información y a expresar y difundir sus opiniones, de palabra, por escrito o de cualquier otra manera. Ni el Estado ni ningún otro individuo tiene derecho a monopolizar los medios de comunicación o los medios de difusión de información. Está prohibida la censura, las disposiciones sobre la libertad de opinión y de información pueden ser limitadas por la ley cuando las circunstancias en una sociedad democrática lo exijan para la protección de la seguridad nacional y pública o la integridad territorial, para reprimir el delito, defender los derechos y la dignidad de otras personas, impedir la difusión de información confidencial o garantizar la independencia e imparcialidad del sistema judicial.

165.En el artículo 19 de la Constitución se proclama, entre otras cosas, la libertad de opinión y se prohíbe toda restricción de esa libertad siempre que su ejercicio no viole los derechos y libertades de los demás. También se prohíbe la persecución en relación con el ejercicio de esta libertad.

166.En el artículo 41 de la Constitución se concede a todo ciudadano georgiano el derecho legal a acceder a la información personal que existe en las instituciones estatales y en los registros oficiales, salvo cuando se trate de secretos estatales, profesionales o comerciales. Además, nadie tendrá acceso a los registros oficiales relativos a la salud, la economía u otros detalles personales de determinada persona sin su consentimiento, salvo que se especifique otra cosa por ley para proteger la seguridad y la salud nacionales o públicas, o para hacer cumplir otros derechos y libertades de terceras partes.

167.En la Constitución se consagra la libertad de toda persona de expresar su opinión: en consecuencia, no puede haber discriminación alguna entre ciudadanos y no ciudadanos. Deberá aplicarse toda restricción de conformidad con la ley.

168.El Código Administrativo General de Georgia contiene un capítulo sobre la libertad de información en el que se esbozan los procedimientos que deberán seguir los órganos administrativos al facilitar información no clasificada a una parte interesada en obtenerla. Conforme al Código, toda persona tiene derecho a acceder a información no clasificada en poder de un órgano administrativo y a obtener una copia de ella, siempre que esa información no contenga secretos estatales, profesionales, comerciales o personales. La información no clasificada estará disponible para su inspección por el público siempre que su divulgación no comprometa manifiesta y evidentemente la seguridad nacional o una investigación criminal. La información de carácter público sólo podrá clasificarse si así lo exige explícitamente la ley, y en su caso por no más de cinco años. No se negará a nadie acceso a información no clasificada sobre su identidad que, conforme al Código, no podrá facilitarse a otras personas. Toda persona tiene derecho a conocer qué detalles personales sobre su persona guarda una institución pública. Los detalles personales, excepción hecha de los detalles personales de los funcionarios, no se dan a conocer a otras personas, ni siquiera con el consentimiento del interesado. Toda persona puede presentar una demanda por daños materiales o inmateriales si, por ejemplo, sus datos personales se han recabado, tramitado, almacenado o difundido o comunicado ilegalmente a otra persona o a una institución pública.

169.El Código no se aplica a la labor de las autoridades en relación con las actuaciones penales y las actividades de investigación, el cumplimiento de fallos judiciales, cuestiones militares, la política exterior o la concertación de tratados internacionales.

170.La Constitución proclama la libertad de los medios de comunicación. Los medios se rigen por la Ley de prensa y medios de comunicación, que refleja los derechos humanos, y en particular el derecho de los periodistas a obtener, almacenar y difundir información. Por ley, tienen derecho a establecer medios de comunicación los organismos públicos, los partidos políticos, las organizaciones voluntarias debidamente registradas y los ciudadanos georgianos mayores de 18 años. Las actividades de un medio de comunicación podrán interrumpirse o suspenderse a raíz de una violación de la ley que ponga en peligro la seguridad nacional, la integridad territorial o la seguridad pública. La publicación de un órgano de prensa podrá ser suspendida por el órgano de control autorizado pertinente, pero sólo un tribunal podrá decidir su cierre definitivo.

171.De conformidad con la ley, se aplica un procedimiento similar al establecimiento y las actividades de las editoriales y las organizaciones de tele y radiodifusión.

172.Podrá limitarse la libertad de expresión de una persona para prohibir la discriminación, como se estipula en la Ley de publicidad, que prohíbe toda publicidad indebida. Esto incluye la publicidad inmoral, es decir, la publicidad que usa un vocabulario o comparaciones ofensivos en relación con la nacionalidad, la raza, el origen social, la edad, el sexo, el idioma o la religión de particulares y viola normas morales y éticas universalmente reconocidas. Los anuncios publicitarios no deberán incitar a las personas a la violencia ni instarlas a cometer actos que podrían comprometer la seguridad de los demás.

173.En el Código Penal se tipifica como delito toda violación ilícita de los derechos enunciados en el apartado d) del artículo 5 de la Convención. Los siguientes actos son delitos penales conforme a la ley: la violación de la libertad de expresión, la obstrucción ilícita del acceso a la información o la difusión de información que cause daños significativos (art. 153); la obstrucción ilícita de la actividad profesional de un periodista (art. 154); la negativa ilícita a facilitar a una persona información personal no clasificada e información relativa a sus derechos y libertades, o la facilitación de información incompleta o distorsionada que cause daños significativos (art. 167). La severidad de las sanciones varía de una multa a dos años de privación de libertad.

174.En el cuadro que figura a continuación se proporcionan estadísticas sobre la publicación de libros, revistas y periódicos en Georgia. Además, hay acceso irrestricto a publicaciones extranjeras en todo el país (en especial en ruso).

1990

1995

1996

1997

1998

Tirada, libros y folletos (millones de ejemplares)

20,1

0,8

0,8

0,8

0,6

Tirada anual, revistas y otras publicaciones periódicas (millones de ejemplares)

27,3

0,4

0,2

0,2

0,2

Número de periódicos

171

127

123

161

243

Tirada única, periódicos (millones de ejemplares)

4,9

0,3

0,2

0,3

0,4

Tirada anual, periódicos (millones de ejemplares)

716,3

6,6

13,3

12,3

15,9

175.Además de la empresa de tele y radiodifusión del Estado, existen decenas de estaciones privadas en Georgia que transmiten a nivel nacional o regional. Muchas de ellas son sumamente populares y gozan de una aceptación mucho mayor que la de los canales de la televisión y la radio estatales.

176.Existen varios consejos editoriales en la estructura de la empresa de tele y radiodifusión del Estado. Existe un consejo editorial ruso para la radio y la televisión orientadas al público ruso, armenio y azerbaiyano. Además, varias organizaciones voluntarias de algunas etnias publican periódicos griegos, judíos y curdos. Se publica un total de siete periódicos y tres revistas en ruso, cuatro periódicos en armenio (tres de los cuales son locales), un periódico en armenio georgiano, tres periódicos azerbaiyanos (dos de los cuales son publicaciones locales azerbaiyanas georgianas), tres periódicos griegos y un periódico curdo. De los tres periódicos judíos, uno se publica en georgiano y los otros dos en ruso.

177.No existe ninguna ley que proteja específicamente los datos personales en Georgia. Como se ha señalado anteriormente, esas cuestiones se tratan con arreglo al Código Administrativo General sobre la base de disposiciones constitucionales.

El derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas

Libertad de reunión

178.El derecho de reunión está garantizado por el artículo 25 de la Constitución, que dice lo siguiente: "Todos, con excepción de los miembros de las fuerzas armadas, la policía y los servicios de seguridad tendrán derecho a celebrar una reunión pública dentro de un local o al aire libre sin previa autorización, siempre que no se porten armas. Podrá exigirse legalmente una notificación previa a las autoridades si la reunión o manifestación se celebran en la vía pública. Las autoridades sólo podrán dispersar una reunión o manifestación si asumen un carácter ilegal".

179.Con arreglo a la Ley de reuniones y manifestaciones, a las personas que organizan y celebran reuniones y manifestaciones les está prohibido incitar al conflicto nacional, regional, religioso o social (art. 4). Si ocurren violaciones generalizadas de esta disposición, deberá suspenderse de inmediato la reunión o manifestación a solicitud de un funcionario autorizado de las autoridades locales. Una decisión de suspender una reunión o manifestación sólo podrá ser impugnada en un tribunal de justicia, que deberá examinar la legalidad de la decisión en el plazo de tres días hábiles (art. 13).

180.En la Ley de reuniones y manifestaciones se estipula que debe notificarse de antemano a las autoridades cuando vaya a realizarse una reunión o manifestación en la vía pública. Incumbe a las personas encargadas de la organización o la celebración de la reunión o manifestación notificar a las autoridades el lugar donde se ha de llevar a cabo. Esas personas deberán ser ciudadanos georgianos mayores de 18 años (art. 5).

181.Constituye un delito penal el uso de la violencia o la amenaza de la violencia para impedir el derecho de reunión o de manifestación (art. 161). En el Código Penal también se prevén sanciones en la forma de una multa, hasta un año de embargo de ingresos, o hasta dos años de privación de libertad para los organizadores de reuniones o manifestaciones que no cumplan con los procedimientos pertinentes o cuya negligencia acarree graves daños (art. 347).

Libertad de asociación

182.En el artículo 26 de la Constitución se estipula que todos tienen derecho a fundar una organización voluntaria o afiliarse a ella. Los ciudadanos georgianos tienen derecho a fundar partidos políticos y otras asociaciones políticas y a participar en sus actividades. El alistamiento en las fuerzas armadas, los servicios de seguridad nacional o las autoridades del interior, o el nombramiento (elección) como juez o fiscal entraña la cesación de la participación en asociaciones políticas.

183.En el Código Civil se establece que las personas jurídicas pueden constituirse con arreglo al derecho público y privado. A los fines del presente informe, cabe señalar que las personas jurídicas con arreglo al derecho público incluyen a las organizaciones no estatales constituidas de conformidad con la ley para fines públicos, como, por ejemplo, los partidos políticos y las organizaciones religiosas. Las personas jurídicas con arreglo al derecho privado abarcan a todas las demás asociaciones comerciales y no comerciales.

184.Desde un punto de vista institucional, una persona jurídica constituida con fines no comerciales puede existir como sociedad (asociación) o fondo. Una sociedad es una persona jurídica que reúne a varias personas con un propósito común, y su existencia es independiente de cualesquiera modificaciones en su composición. Un fondo es una persona jurídica uno de cuyos fundadores, o varios de ellos, transfiere activos especiales a una entidad independiente que no tiene miembros. Esta transferencia debe ser de interés social. Las sociedades se registran ante los tribunales, mientras que los fondos se registran ante el Ministerio de Justicia. El registro es procedente siempre que los propósitos de la persona jurídica no contravengan la legislación vigente, las normas morales aceptadas o los principios constitucionales de Georgia. La denegación del registro puede impugnarse en los tribunales. El órgano registrador podrá revocar el registro de una sociedad o de un fondo si la entidad de que se trata es incapaz de cumplir los propósitos estipulados en sus estatutos. La revocación del registro entraña la liquidación de la persona jurídica.

185.El artículo 45 del Código Civil también prevé la existencia de sociedades no registradas, que en este caso no se consideran personas jurídicas. Una sociedad no registrada puede hacerse representar por sus miembros o una persona debidamente autorizada en los tribunales y en sus relaciones no judiciales.

186.Antes de que entrara en vigor el Código Civil, las cuestiones relativas al establecimiento y las actividades de las organizaciones no gubernamentales se regían por la Ley de asociaciones voluntarias de ciudadanos, que prohibía explícitamente toda asociación cuyo propósito declarado fuera incitar al odio religioso o étnico. Tras la entrada en vigor del Código Civil, todas las personas jurídicas no comerciales existentes tuvieron que registrarse una vez más o de lo contrario suspender sus actividades. En consecuencia, todas las sociedades y fondos de Georgia funcionan actualmente de plena conformidad con la ley.

187.En estos momentos hay cientos de organizaciones no gubernamentales registradas en Georgia, incluidas varias que se ocupan de diversos aspectos de los derechos humanos. Muchas organizaciones no gubernamentales han formado grandes asociaciones para conseguir sus objetivos comunes más eficazmente. Las minorías de Georgia mantienen sus propias sociedades culturales y de bienestar social en todo el país y en determinadas regiones.

188.Con arreglo al Código Civil, en el derecho privado las personas jurídicas comerciales pueden asumir las siguientes formas: empresas de responsabilidad conjunta y solidaria; sociedades en comandita simple; sociedades anónimas; cooperativas y empresas estatales. La actividad de esas personas jurídicas se rige por la Ley de prácticas comerciales. Esta ley no contiene restricciones significativas respecto de los fundadores o miembros de esas asociaciones.

189.No hay obstáculos legislativos para el ejercicio del derecho a afiliarse a una asociación no política por motivos raciales, y no existe prohibición alguna de carácter discriminatorio. El desarrollo de un "tercer sector" está asumiendo cada vez mayor importancia para la protección y la promoción generales de los derechos humanos y la vida pública en Georgia.

e)Los derechos económicos, sociales y culturales

El derecho al trabajo y a la libre elección de trabajo

190.Estos derechos se proclaman en el artículo 30 de la Constitución. El trabajo es de carácter libre. La protección de los derechos laborales, la remuneración equitativa, las condiciones de trabajo seguras y saludables, y las condiciones de trabajo para la mujer y los menores están legalmente definidas. Conforme a los acuerdos laborales internacionales, el Estado protege los derechos de los ciudadanos georgianos en el extranjero. En el artículo 32 se señala que el Estado está obligado a ayudar a los georgianos desempleados a encontrar trabajo. Las especulaciones relativas al pago de un salario mínimo y al estatuto de los desempleados se establecen por ley. En el artículo 33 de la Constitución se reconoce el derecho a la huelga.

191.Los derechos laborales se rigen según la Ley del empleo y el Código de Leyes Laborales. Conforme a la Ley del empleo, todos los ciudadanos georgianos tienen derecho a trabajar, sea cual sea su raza, nacionalidad, creencia religiosa, opinión política o situación económica.

192.Georgia es signatario de varios convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como el Convenio Nº 29 relativo al trabajo forzoso u obligatorio, el Convenio Nº 52 relativo a las vacaciones anuales pagadas, el Convenio Nº 98 relativo a la aplicación de los principios del derecho de sindicación y de negociación colectiva, el Convenio Nº 100 relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor, el Convenio Nº 111 relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación, y el Convenio Nº 122 relativo a la política del empleo.

193.El derecho de los extranjeros a trabajar se rige conforme a la Ley de la condición jurídica de los extranjeros, en cuyo artículo 7 se estipula que los extranjeros y los apátridas con residencia permanente en Georgia pueden ocupar cualquier puesto o realizar cualquier forma de trabajo que no sea contrario a la ley, con excepción de los puestos o los tipos de trabajo reservados por ley a los ciudadanos georgianos. Los extranjeros con residencia temporal también podrán ocupar cualquier puesto o realizar cualquier trabajo siempre que sea compatible con el propósito de su presencia en Georgia y esté contemplado directamente en la legislación georgiana.

194.La política de empleo georgiana nunca ha sido discriminatoria ni de derecho ni de hecho. El Código de Leyes Laborales contiene disposiciones restrictivas en relación con el trabajo de la mujer y de los jóvenes, pero se trata de una discriminación positiva que no es contraria a la Convención.

195.Los procedimientos para solucionar los conflictos laborales entre empleadores y empleados se rigen por la Ley sobre la solución de los conflictos laborales colectivos. En las fases iniciales de un conflicto laboral se usan procedimientos de conciliación auspiciados por una comisión de conciliación. La comisión de conciliación consiste en representantes de las partes e intermediarios o alguna otra forma de arbitraje. La comisión de conciliación llega a una decisión vinculante tras un acuerdo entre los representantes de las partes. Si resulta imposible llegar a un acuerdo, el conflicto se remite a un arbitraje laboral por decisión de las partes. Todos los procedimientos de conciliación comprometen al Servicio para la Solución de Conflictos Laborales Colectivos, subdivisión del Ministerio de Atención de la Salud y Seguridad Social. Si los procedimientos de conciliación resultan infructuosos, los trabajadores pueden recurrir legalmente a la huelga, aunque ello no exime a las partes de la obligación de buscar una solución negociada. Están prohibidos los paros patronales durante los procedimientos de conciliación y las huelgas.

196.El procedimiento para la solución de conflictos laborales individuales se reseña en el Código de Leyes Laborales, en el que se establece que el trabajador y la administración (es decir, el empleador) deben solucionar sus conflictos en un órgano prejudicial (la comisión de conflictos laborales en el lugar de trabajo) con la participación del comité sindical. Cuando no sea posible llegar a un acuerdo, el conflicto deberá solucionarse en los tribunales. Las actuaciones de esta índole son más breves que otras categorías de acción civil, y no demoran más de 20 días (Código de Procedimiento Civil, art. 59).

197.Conforme al Código Civil constituye un delito entorpecer la libertad de una persona para trabajar, es decir, usar la violencia o amenazar con el uso de la violencia para impedir que una persona se dedique a cualquier forma de trabajo legal (art. 168), despedir ilegalmente a una persona, no cumplir con una orden judicial de restituir a una persona en el trabajo o cometer cualquier violación grave del derecho laboral (art. 169), e interponerse al derecho a la huelga, es decir, usando la violencia o amenazando con el uso de la violencia para frustrar ilegalmente este derecho u obligar a una persona a abstenerse de recurrir a la huelga (art. 165).

El derecho a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo

198.El requisito de garantizar condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo está estipulado en el derecho laboral; se aplica por igual a todos los ciudadanos georgianos y extranjeros, de conformidad con la legislación georgiana.

199.En el Código de Leyes Laborales se especifica una semana de trabajo normal de un máximo de 41 horas. Los empleados públicos y administrativos amparados por la Ley de la administración pública trabajan una semana de 40 horas. La norma es un fin de semana de dos días. Los menores de 16 a 18 años de edad no deberán trabajar más de 36 horas por semana, y el límite de trabajo semanal para los jóvenes de 14 y 15 años de edad durante las vacaciones escolares es de 24 horas. El trabajo nocturno por turnos entraña una reducción de una hora en la semana de trabajo. Las mujeres embarazadas, las madres lactantes, las madres con hijos menores de 1 año y los trabajadores menores de 18 años no están autorizados a realizar trabajo nocturno. Las horas extraordinarias sólo se autorizan en circunstancias excepcionales previstas por ley, y las categorías de trabajadores mencionadas supra no están autorizadas a trabajar horas extraordinarias.

200.Todos los trabajadores y los empleados tienen derecho a vacaciones anuales de por lo menos 15 días laborables. Las personas menores de 18 años tienen derecho a una licencia de 30 días civiles. Los funcionarios públicos pueden gozar de una licencia de 30 a 45 días civiles, según el tiempo de servicio que hayan acumulado. En la ley también se prevé una licencia de maternidad y de atención de menores remunerada de hasta 126 días civiles, y una licencia sin remuneración por razones legítimas.

201.Con respecto al derecho a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, se especifica además en el Código de Leyes Laborales que el trabajo nocturno, las horas extraordinarias y el trabajo realizado los días libres y feriados se remunerarán a razón de una vez y media o dos veces la remuneración normal. Las personas que trabajan en sus días libres pueden tomarse otro día libre compensatorio, si así lo prefieren.

El derecho a la protección contra el desempleo

202.Este derecho está garantizado en el artículo 32 de la Constitución, como se señala supra. En la Ley del empleo se estipula la necesidad de garantizar el empleo más completo posible, reducir el desempleo y dar seguridad social a los desempleados.

203.El Ministerio de Atención de la Salud y Seguridad Social ha preparado un proyecto de programa de colocaciones en puestos públicos para el período hasta el año 2000. Se prevé su pronta ratificación, una vez concluidas las formalidades necesarias.

204.Los desempleados y los solicitantes de empleo en Georgia pueden recurrir a los servicios de las agencias de empleo estatales y privadas. El Estado paga prestaciones de desempleo por un período de seis meses, a condición de que el interesado esté oficialmente registrado en una bolsa estatal del trabajo. Las estadísticas de las agencias de empleo estatales y las investigaciones sociológicas indican que la mayoría de los desempleados son personas con un alto nivel de educación, pero el mercado laboral no ofrece posibilidades adecuadas para sus aptitudes y experiencia.

El derecho a una remuneración equitativa

205.El derecho a una remuneración equitativa por el trabajo se garantiza en el artículo 30 de la Constitución. En el Código de Leyes Laborales se proclama que la remuneración por el trabajo será proporcional a su cantidad y calidad. Está prohibido reducir la remuneración por el trabajo por razones de sexo, edad, raza u origen nacional (art. 75).

206.De conformidad con el Código de Leyes Laborales, el Presidente establece el salario mínimo. De conformidad con las Directrices para la reglamentación de la remuneración laboral en el período 1996-2000, se han elaborado medidas para mejorar la remuneración en el sector público, y se han formulado recomendaciones en relación con la remuneración en el sector no público (el sector comercial). Se está trabajando actualmente para establecer una escala única de remuneraciones para todas las categorías de trabajadores del sector público.

207.Las cuestiones relativas a las remuneraciones en el sector no público se resuelven mediante contrato suscrito entre los empleadores y los empleados. Se está preparando actualmente un proyecto de ley para regular el salario mínimo en el sector comercial. Por lo que atañe al sector público, la ley establece que los créditos presupuestarios pertinentes son partidas protegidas, lo que significa que no se ven afectadas por ningún ajuste en la partida de gastos.

Estadísticas

Empleo

208.Al evaluar la situación del empleo parece apropiado tomar como referencia el año 1990 (último año antes de la independencia de Georgia). Dicho año la población económicamente activa llegó a un máximo, coincidente con el número de personas empleadas. En el período entre 1991 y 1995, la población económicamente activa y el número de personas empleadas disminuyeron constantemente. El indicador de empleo más bajo registrado en 1993, expresado en porcentaje de la población económicamente activa, fue del 93,4%. En términos absolutos, el nivel más bajo se registró en 1995. Desde entonces ha habido cierto aumento del número de personas ocupadas, principalmente porque más personas han comenzado a trabajar por cuenta propia. En 1998 las personas que trabajaban por un sueldo o salario representaban el 36,4% del total de la población empleada, con un 59,8% de trabajadores por cuenta propia y un desempleo (es decir, las personas registradas en una oficina oficial de colocaciones) del 3,8%. Durante el período de 1991 a 1998 disminuyó constantemente el número de personas empleadas en el sector público y aumentó el número de trabajadores en el sector no estatal. Mientras que en 1991 la proporción entre los empleados del sector público y los del sector privado era de un 75,1% contra un 24,9%, en 1998 la proporción era del 34,7% frente a un 65,3%. Un desglose de los trabajadores por sector económico revela que en 1997 el 58,6% de la población trabajadora estaba empleado en el sector agrícola, lo que representa un aumento de una tercera parte con respecto a la cifra correspondiente a 1990.

209.Más de la mitad (el 50,6%) de las mujeres trabajadoras están empleadas en el sector agrícola. La proporción de trabajadoras es elevado en el sector de la educación (el 13,5%) y en el de la atención de la salud (el 7,7%) en comparación con el total de trabajadoras. El porcentaje de mujeres que trabajan en el comercio, los servicios públicos y la industria de la alimentación es relativamente elevado (del 2 al 7%).

210.No hay estadísticas sobre el origen nacional o étnico de los trabajadores.

Desempleo

211.Las primeras medidas para regular el sistema de registro del desempleo en Georgia se adoptaron a fines de 1996. Durante este periodo, según las normas de la OIT, el total de desempleados ascendía a 282.600, de los cuales más de la mitad (el 50,6%) eran mujeres. De este total, 219.200 eran mayores de 25 años. En 1997 el número de desempleados disminuyó a 165.000, de los cuales el 49,4% eran mujeres. Había 130.000 personas desempleadas mayores de 25 años. En 1998 el total de desempleados ascendía a 294.700, de los cuales el 44,9% eran mujeres. Las personas de más de 25 años representaban el 82% del total. En los primeros seis meses de 1999 el total de desempleados disminuyó un poco (a 267.700), lo mismo que la proporción de mujeres (el 43%). El número de personas desempleadas mayores de 25 años aumentó al 84%.

212.Hay motivos para creer que las cifras registradas por las agencias de colocaciones del Estado no reflejan adecuadamente el nivel real de desempleo. Esto se explica básicamente por dos razones: la brevedad del período en que se tiene derecho a prestaciones de desempleo y los insignificantes montos de que se trata (aproximadamente el 10% del nivel de subsistencia), y las escasas posibilidades de obtener trabajo por medio de las agencias de empleo: en el período de 1995 a 1997 había entre 40 y 69 interesados por cada vacante. En 1998 este índice disminuyó a 13 por vacante, pero sólo 6.400 personas lograron emplearse por medio de una agencia de colocaciones.

213.Un análisis de la estructura ocupacional del desempleo revela que del 63 al 64% de los especialistas calificados desempleados con educación superior o secundaria son mujeres. Las mujeres representan más de la mitad (el 52%) del total de personas desempleadas que anteriormente realizaban trabajo especializado en el sector agrícola y actividades conexas. El tiempo medio dedicado a la búsqueda de trabajo en 1998 fue de 14,9 meses para las mujeres y 14,7 meses para los hombres.

Remuneraciones e ingresos medios

214.En 1998 los ingresos medios del sector público ascendieron a 47,1 laris para las mujeres y 76,8 laris para los hombres en las empresas de propiedad estatal, y a 31,0 y 56,2 laris respectivamente en las organizaciones del sector financiado con cargo al presupuesto. Los ingresos en el sector privado fueron más elevados, de 58,8 laris para las mujeres y 93,3 laris para los hombres. Cabe señalar que los ingresos de las mujeres superaron a los de los hombres sólo en las empresas foráneas o mixtas (257,2 y 147,6 laris, respectivamente). En 1998 el ingreso mensual medio de las trabajadoras independientes ascendía a 74,5 laris, en comparación con 139,7 laris para los hombres. (Nota: 1 lari = 0,50 dólares de los EE.UU.)

215.Existen estadísticas relativas al desempleo, las remuneraciones y los ingresos desglosados por nacionalidad y origen étnico, pero no se incluyen en los registros consolidados. En la práctica los indicadores respectivos para las distintas nacionalidades son proporcionales a su representación respecto del total de la población de Georgia.

El derecho a fundar sindicatos y a afiliarse

216.El derecho a fundar sindicatos y a afiliarse está garantizado en el artículo 26 de la Constitución. El ejercicio de este derecho no está sujeto a ninguna restricción, salvo cuando el propósito del sindicato (o de la organización voluntaria) es subvertir o cambiar por la fuerza el orden constitucional del país, poner en peligro su independencia o integridad territorial, difundir propaganda que exalte la guerra o la violencia, o fomentar las divisiones étnicas, religiosas o de otra índole. Evidentemente, por lo que respecta a los sindicatos, estas disposiciones son meramente teóricas.

217.La legislación relativa a esta sección de la Convención se consagra en la Ley de sindicatos, la Ley de contratos y convenios colectivos y la Ley sobre la solución de los conflictos laborales colectivos. Conforme a la Ley de sindicatos, el propósito de un sindicato es defender los derechos laborales, sociales y económicos de los trabajadores, promover el empleo, negociar colectivamente, concertar convenios colectivos y vigilar su aplicación, participar en la solución de conflictos laborales colectivos, vigilar la promulgación de legislación laboral y ejercer otras facultades legalmente especificadas. Puede ejercer el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse toda persona que haya cumplido los 15 años de edad y esté empleada o estudiando en un establecimiento de educación superior o secundaria especial. La misma persona puede libremente dejar de pertenecer al sindicato. Las personas desempleadas y los pensionistas conservan su derecho de participación en un sindicato (art. 2).

218.En enero de 1999 entró en vigor un decreto presidencial sobre la promoción de los derechos sindicales. En él se señalan con más detalle las facultades que confiere la ley a los sindicatos, como la participación de representantes sindicales en los consejos de las instituciones gubernamentales y otras estructuras estatales a nivel central y local; la participación en la preparación de disposiciones legislativas sobre el trabajo y cuestiones sociales; y la vigilancia del cumplimiento de las leyes laborales.

219.Había sindicatos en Georgia durante el periodo soviético, pero sus actividades eran meramente superficiales. El período postsoviético ha sido testigo de la aparición de la Asociación de Sindicatos Georgianos, asociación voluntaria de sindicatos sectoriales y regionales establecida sobre la base de la comunidad de intereses y principios del trabajo de las organizaciones participantes. El Sindicato Consolidado incluye a las organizaciones sindicales de Abjasia y Ajara, además de 32 sindicatos sectoriales. Su relación con las autoridades centrales y locales, y con los empleadores y las organizaciones de empleadores, se basa en la legislación vigente y se rige por los principios de la participación social.

220.El Consejo Central de la Asociación de Sindicatos Georgianos ha resuelto afiliarse a la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres.

El derecho a la vivienda

221.En la Constitución no se hace referencia explícita al derecho a la vivienda. Sin embargo, la previsión en la Ley fundamental del derecho a adquirir, transferir, y heredar propiedades (art. 21, párr. 1) puede interpretarse como un reconocimiento tácito de este derecho. Además, la Constitución no niega derechos, libertades y salvaguardias a los particulares y ciudadanos no mencionados explícitamente, pero que se desprenden naturalmente de los principios consagrados en ella (art. 39).

222.El primer instrumento en el que se registró el derecho a poseer una vivienda propia fue el Decreto del Gabinete sobre la privatización del patrimonio inmobiliario, adoptado en febrero de 1992. Conforme a este decreto, los ciudadanos podían adquirir los apartamentos de propiedad del Estado en los que vivían efectivamente, en los que estaban registrados como residentes.

223.Varios aspectos del derecho a la vivienda se rigen actualmente de conformidad con el Código Civil, que entró en vigor el 25 de noviembre de 1997. En el código se establece que su validez se aplica únicamente a las transacciones realizadas con posterioridad a su entrada en vigor. Las transacciones concluidas sobre la base de disposiciones reglamentarias que caducaron cuando entró en vigor el código se rigen por aquellas disposiciones. Entre ellas se incluye la Ley de derechos de propiedad. En el Código Civil se estipula específicamente que la usucapión se calcula desde la entrada en vigor de la mencionada ley (art. 1507, párrs. 1, 3 y 4) el 23 de julio de 1993.

224.En el Código Civil se estipula además que si una persona figura en el registro público como propietaria de bienes inmuebles sin tener derecho a la propiedad, adquirirá ese derecho si ha figurado en el registro durante 15 años y ha ejercido la propiedad de facto sobre el bien durante ese período (art. 167).

225.De conformidad con la Ley de derechos de propiedad, el derecho de propiedad está reconocido y protegido por la ley. Un propietario tiene derecho a poseer, usar y disponer de su propiedad (art. 1). Los bienes sujetos al derecho de propiedad incluyen las propiedades residenciales y otras formas de bienes inmuebles (art. 2). Tienen derecho a poseer propiedades en Georgia los ciudadanos georgianos, los apátridas, las personas jurídicas y el Estado. Los extranjeros, los Estados extranjeros, las personas jurídicas extranjeras y las organizaciones internacionales pueden poseer propiedades en Georgia con sujeción al derecho interno georgiano y siempre que en un acuerdo internacional firmado por Georgia no se especifique otra cosa (art. 3). De conformidad con la legislación vigente, los extranjeros y las personas jurídicas extranjeras tienen derecho a poseer propiedades residenciales y otras formas de bienes inmuebles, con excepción de aquellos que solamente pueden ser de propiedad del Estado. La misma restricción se aplica a los ciudadanos georgianos y a los apátridas (arts. 9 y 19).

226.En el Código Civil se estipula que sólo podrán adquirirse bienes inmuebles sobre la base de un certificado notarial, en el que se indiquen los motivos de la compra, y mediante la inscripción de la compra en el registro público (art. 183). En interés del comprador, se estima que la persona que transfiere la propiedad es el propietario si figura inscrita como tal en el registro público (art. 185).

227.El derecho a poseer un apartamento en un edificio de apartamentos se rige por el capítulo pertinente del Código Civil. En el código se establece que en los edificios de apartamentos existe un derecho de propiedad respecto de los apartamentos individuales y la parte del edificio que no se usa como apartamento. La propiedad de un apartamento o de un espacio no residencial se considera propiedad individual (art. 203). Un inquilino que haya vivido en un apartamento más de tres años tiene un derecho preferencial de compra (art. 209). Un lote de terreno o parte de un edificio o estructura que no es propiedad personal se considera propiedad común de los inquilinos. Los propietarios de apartamentos también tienen derecho a una participación en la propiedad común. Está prohibido transferir propiedad personal sin prever las medidas atinentes a la participación en la propiedad común (arts. 208 y 214). El procedimiento para transferir y adquirir apartamentos es el mismo que para otras formas de propiedad inmobiliaria, como se ha señalado anteriormente.

228.Una persona puede ejercer su derecho a la vivienda suscribiendo un contrato de alquiler de propiedad residencial, procedimiento que se establece en un capítulo especial del Código Civil. El propietario y el inquilino pueden suscribir un contrato por un período indeterminado, debiéndose pagar una suma determinada al expirar el contrato. Si se concluye un contrato de alquiler de una propiedad residencial de duración determinada, el inquilino tiene derecho a solicitar una prórroga indeterminada por lo menos dos meses antes de la fecha de expiración, con sujeción al consentimiento del propietario (art. 560).

229.Un propietario podrá dar por terminado un contrato de alquiler de un apartamento únicamente en las circunstancias siguientes: si el inquilino ha incumplido deliberadamente sus obligaciones contractuales; si el propietario necesita espacio donde puedan vivir él o su familia inmediata; si el inquilino se niega a pagar un alquiler más alto en armonía con los precios del mercado; o si el inquilino ha cometido un acto ilegal o inmoral que hace imposible la continuación de toda relación con el propietario (art. 562). El propietario también tiene derecho a dar por terminado un contrato de alquiler, si el inquilino no ha pagado la cantidad establecida durante tres meses (art. 558).

230.La Ley de convenios de alquiler tiene que ver con las transacciones que exigen reglamentaciones especiales como consecuencia de la práctica de la era soviética de adquirir viviendas mediante el pago de sobornos. En esos casos las partes pueden haber incurrido en un contrato de compraventa ilegal o haber llegado a un trato que entrañe el traspaso de derechos sobre un espacio de vivienda. En el primer caso, el comprador se declara propietario del bien, mientras que en el segundo el ocupante retiene el espacio de vivienda de conformidad con los procedimientos y condiciones estipulados en la ley. En esas circunstancias, el propietario sólo puede pedir al inquilino que desaloje la propiedad si puede disponerse de otra vivienda adecuada en el mismo distrito o mediante pago de una indemnización adecuada.

231.A fines de 1997, las disponibilidades de vivienda en Georgia ascendían a un total de 98 millones de metros cuadrados, de los cuales 50,2 millones correspondían a zonas urbanas y 47,8 millones a zonas rurales. La superficie construida total de las propiedades estatales, públicas y de vivienda colectiva ascendía a 23,2 millones de metros cuadrados (sólo en las zonas urbanas). Unos 74,8 millones de metros cuadrados de espacio de vivienda eran de propiedad privada, de los cuales 27 millones correspondían a las zonas urbanas y 47,8 millones a las zonas rurales. Desde 1990, el número de apartamentos en construcción ha disminuido paulatinamente de 11.500 a 600 en 1997 y 1998. Desde 1994, la mayoría de los apartamentos han sido construidos por contratistas privados.

232.Ahora que se ha dejado prácticamente de lado la construcción residencial municipal, quedan dos formas de ejercer el derecho a la vivienda: la compra y el alquiler. Hay muchas disponibilidades de vivienda en Georgia, ya que la oferta excede con creces a la demanda. No hay discriminación en las transacciones de compraventa ni en el mercado de alquileres. Las transacciones se concluyen sólo sobre la base de la capacidad de pago de la parte interesada en adquirir o alquilar la propiedad, independientemente de su origen, sus creencias religiosas u otras consideraciones raciales.

El derecho a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales

233.La Constitución establece que todos tienen derecho a la seguridad social para acceder a la atención de la salud. La legislación especifica que la atención médica se presta gratuitamente en determinadas circunstancias (art. 37, párr. 1). Aunque en la Constitución no haya ninguna norma especial relativa al derecho a la seguridad social y los servicios sociales, el Estado está obligado a fomentar el bienestar de la familia y proteger la maternidad y la infancia (art. 36, párrs. 2 y 3).

234.El derecho a la salud pública y a la atención médica se rige por la Ley de atención de la salud y la Ley del seguro médico. La Ley de atención de la salud establece como uno de los fundamentos de la política del Gobierno en materia de salud la garantía de un acceso universal y en condiciones de igualdad a la atención médica por medio de programas adecuados. No se puede discriminar a ningún paciente por razón de su raza, color de la piel, idioma, sexo, religión, origen nacional, étnico o social u orientación sexual (art. 6). Todos los ciudadanos de Georgia tienen derecho a obtener información disponible, completa y objetiva sobre su estado de salud, a menos que esa información pueda causar daños significativos al paciente (arts. 7 y 41).

235.Con arreglo a la Ley del seguro médico, el seguro médico estatal es obligatorio para todos los ciudadanos de Georgia y los apátridas que residan en Georgia. El sistema está concebido para sufragar plenamente el costo de la atención médica de los programas estatales correspondientes (art. 2). Los extranjeros que vivan y trabajen en Georgia deben incorporarse al sistema estatal de seguro a menos que se disponga otra cosa en los acuerdos internacionales (art. 3, párr. 2). Todas las personas que viven en Georgia tienen derecho a escoger médico o institución de atención de la salud, con arreglo a las condiciones de su póliza de seguro, a recibir tratamiento completo y a pedir indemnización por daños y perjuicios a las instituciones o a los aseguradores médicos (ibíd., párrs. 3 a 5).

236.La reestructuración del sistema de atención de la salud de Georgia, emprendida en 1995, tiene como objetivo la introducción de una estructura organizativa esencialmente nueva en el servicio de salud pública, basada en una gestión económica sensata libre de influencias políticas o restricciones ideológicas. Hasta la fecha, las reformas han dado como resultado un modelo organizativo y administrativo cualitativamente nuevo de sistema de atención de la salud, así como el establecimiento de las instituciones necesarias tanto en el plano nacional como en el local. Más de 1.500 instituciones médicas han adquirido autonomía económica y se han otorgado licencias a instituciones de medicina preventiva y farmacia. La transición a una gestión basada en los resultados ha permitido establecer prioridades y definir unas necesidades mínimas de atención pública de la salud (servicios básicos), que obtienen financiación estatal por medio de programas nacionales y municipales. En 1998, el Estado financió 86 programas, con arreglo a los cuales recibieron tratamiento unos 3 millones de pacientes. Se ha racionalizado el número de instituciones médicas y la cantidad de personal por medio de licencias y certificados, la privatización y el reagrupamiento de instituciones. La privatización de la red de farmacias ha contribuido a eliminar la carencia de medicinas. Como prevé la Ley sobre los medicamentos y la industria farmacéutica, en breve entrarán en vigor normas estatales por las que se establecerán precios máximos para los diversos medicamentos y se aplicarán medidas para que exista una amplia oferta de éstos.

237.No se han reunido estadísticas acerca de la nacionalidad de los pacientes. El principal problema para el ejercicio del derecho a la atención médica es la insolvencia de la población, por lo que no puede acceder a tratamientos que no estén previstos en los programas estatales. Por otra parte, debido a la grave crisis financiera y presupuestaria que atraviesa el país, incluso estos programas reciben una financiación insuficiente.

238.En el ámbito de la seguridad social y los servicios sociales, el sistema estatal de jubilación de Georgia ofrece los siguientes tipos de asistencia social: pensiones de vejez, pensiones de invalidez, prestaciones en caso de accidente laboral, subsidios de natalidad, apoyo a las familias necesitadas y apoyo monetario en caso de enfermedad.

239.El Ministerio de Refugiados y Asentamiento distribuye las prestaciones destinadas a personas desplazadas por la fuerza y las víctimas de catástrofes naturales. Las prestaciones de desempleo se pagan con cargo al fondo estatal consolidado de empleo.

240.La edad de jubilación se aumentó en cinco años a partir de febrero de 1996, con lo que se estableció en los 60 para las mujeres y en los 65 para los hombres. Para tener en cuenta las condiciones laborales difíciles o peligrosas, se ha elaborado una lista de ocupaciones en las que se aplican condiciones de jubilación ventajosas, entre ellas la disminución de la edad de jubilación entre cinco y diez años. En 1998, la pensión media de todas las categorías de beneficiarios era de 15 laris (aproximadamente, el 16% del nivel mínimo de subsistencia).

241.El Ministerio de Salud y Seguridad Social está preparando un proyecto de ley de pensiones. En este proyecto no se prevé un baremo para el cálculo de pensiones porque las dificultades financieras y económicas impiden al Estado el pago de pensiones diferenciadas. Por consiguiente, el proyecto de ley se limita exclusivamente a definir los derechos de pensión. Hasta que se adopte un baremo, el importe de las pensiones se determinará con arreglo a la Ley del presupuesto estatal de Georgia.

242.Los jubilados y los discapacitados tienen derecho a prestaciones y asignaciones percibidos de una sola vez para sufragar el costo de la vivienda, el agua y la electricidad, así como acceso gratuito a los transportes municipales de superficie. En virtud del Decreto presidencial sobre la asistencia social (a las familias), promulgado en 1997, se introdujo un nuevo tipo de asistencia social a las familias compuestas por jubilados y desempleados que no puedan trabajar. Posteriormente, debido a limitaciones del presupuesto nacional, se excluyó a los desempleados de estas prestaciones sociales.

243.La seguridad social de algunas categorías de beneficiarios se rige por leyes especiales. En la Ley de jubilación de las fuerzas armadas y los órganos del Ministerio del Interior y la seguridad estatal, en vigor desde noviembre de 1996, cuyas disposiciones financieras se reflejan en los presupuestos ministeriales pertinentes, se especifica que, además de percibir pensiones superiores a las de otras categorías de jubilados, estos beneficiarios disfrutan también de algunas prerrogativas en el pago de las facturas de agua y electricidad. Con arreglo a la Ley de seguridad social de las familias de personas que murieron luchando por la integridad territorial, la libertad y la independencia de Georgia, desaparecieron sin dejar rastro o fallecieron como consecuencia de las heridas recibidas, promulgada en diciembre de 1996, estas familias disfrutan de varias prerrogativas con respecto de los equipamientos sociales, los suministros de utilidad pública, los servicios de venta al por menor, todos lo medios de transporte, la atención médica y la búsqueda de empleo.

244.El bienestar social de los discapacitados se rige por una ley de 1995, que cumple los requisitos establecidos por las Naciones Unidas en la Declaración de los Derechos de los Impedidos, adoptada de 1975 y las Normas uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad de 1993. En 1996 se aprobó el Programa estatal de seguridad social, atención médica y rehabilitación social de los discapacitados para los años 1997-2000. Se ha previsto ejecutar algunos programas de rehabilitación social para los discapacitados. Por ejemplo, las personas discapacitadas desde la infancia empleadas en el sector público o empresarial están exentas del impuesto sobre la renta y el Estado se hace cargo de sus facturas de agua y electricidad. Las personas que hayan quedado discapacitadas a consecuencia de un accidente del trabajo perciben una asignación de la empresa o la organización en la que sufrieron la lesión, así como una pensión del Estado. El importe de esta prestación depende del grado de discapacidad y de los ingresos medios del trabajador.

245.La Ley de personas desplazadas reglamenta el bienestar social de esta categoría de personas y otras cuestiones. Las personas desplazadas tienen derecho, entre otras cosas, a residir gratuitamente en residencias temporales y a utilizar gratuitamente los servicios municipales. También reciben atención gratuita en las instituciones médicas estatales y, de ser necesario, pueden percibir prestaciones periódicas o una ayuda económica proporcionada de una sola vez. El Estado brinda ciertas garantías de rehabilitación a los desplazados tras su regreso a su lugar de residencia permanente.

246.La Ley de refugiados establece que puede percibirse una cantidad determinada de ayuda alimentaria y económica con cargo al presupuesto estatal, incluso antes de adquirir el estatuto de refugiado, siempre que la persona figure inscrita en el Ministerio de Refugiados y Asentamiento. Estas personas también tienen derecho a albergarse en un refugio temporal y a matricular a sus hijos en un centro preescolar o una escuela de enseñanza general. Tras obtener el estatuto de refugiado, se conserva el derecho a alojarse en una residencia temporal durante seis meses y todos los derechos antes enumerados. Una vez transcurridos seis meses, los refugiados pueden asentarse en una población que proponga el Ministerio de Refugiados y Asentamiento, así como ejercer plenamente los derechos enunciados en la Ley de la condición jurídica de los extranjeros, incluido el derecho a la seguridad social. Las autoridades centrales y locales tienen la obligación de ayudar a los refugiados a buscar empleo y darles prestaciones monetarias periódicas.

247.La Ley de la condición jurídica de los extranjeros establece que los extranjeros y los apátridas que residan permanentemente en Georgia gozan del mismo derecho a percibir prestaciones, pensiones y otras formas de seguridad social que los ciudadanos de Georgia (art. 10).

248.Anteriormente, Georgia carecía de un mecanismo de asistencia financiera a las familias numerosas. Antes de 1997 se otorgaban prestaciones con respecto de los niños menores de 16 años y también asignaciones a las madres solteras. Tras la introducción del sistema de asistencia social a determinados grupos, mencionado anteriormente, quedaron derogadas las prestaciones por hijo a cargo. Actualmente, las autoridades locales gestionan un sistema de asistencia social a las familias numerosas, gracias al cual las madres percibirán una ayuda económica tras el nacimiento del tercer hijo. A partir del año 2000, se concederá a las familias desplazadas una ayuda económica de 100 laris por hijo.

249.En 1998 se promulgó la Ley de seguros de las pensiones privadas como consecuencia natural de la Ley del mercado de valores, que aún no ha sido aprobada por el Parlamento. A fines de 1999 se unificaron dos ministerios que dieron lugar al Ministerio de Salud y Seguridad Social, entre cuyas tareas principales está la de organizar la coexistencia de los planes privados de seguridad social y los mecanismos estatales.

250.En colaboración con el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, el Ministerio de Salud y Seguridad Social está formulando un exhaustivo programa especial de reducción de la pobreza que se aplicará por espacio de entre cinco y siete años. Entre otras prioridades, el programa prevé la asistencia a los jubilados que han quedado solos, los ancianos, los discapacitados y otros grupos vulnerables. Además, se prestará especial atención al seguro de desempleo, al establecimiento de prestaciones familiares y de otra índole, a la ayuda alimentaria y a la atención de la salud de los sectores más pobres de la sociedad y a la creación de fondos sociales.

251.Desde 1995 no ha dejado de disminuir la cifra oficial de jubilados que reciben prestaciones de seguridad social, que a fines de 1998 ascendía a 967.400. De ellos, 665.300 percibían pensiones de jubilación, 136.600 habían solicitado prestaciones de invalidez, 71.000 estaban percibiendo pensiones sociales y 50.800 estaban cobrando pensiones por defunción del cabeza de familia. En 1998 adquirieron el derecho a percibir pensiones 23.936 personas, entre ellas 8.376 mujeres.

252.Del total de población discapacitada que reside en instituciones especiales, 642 son jubilados, de los cuales 314 son mujeres; hay 235 niños, de ellos 93 niñas que residen en hogares para jóvenes discapacitados. En total existen diez instituciones de esta clase, siete de las cuales están destinadas a adultos y tres a niños. En 1999, la financiación de estas instituciones con cargo al presupuesto estatal se redujo sustancialmente en comparación con la del año anterior.

El derecho a la educación y la formación profesional

253.Con arreglo a la Constitución, todos tienen derecho a recibir educación y a escoger su forma. El Estado garantiza la enseñanza preescolar, la enseñanza primaria es obligatoria y la educación básica se facilita con cargo al Estado. Los ciudadanos pueden recibir gratuitamente enseñanza secundaria, profesional y superior en instituciones docentes del Estado dentro de los límites establecidos y a reserva del procedimiento fijado por la ley. El Estado apoya las instituciones educativas con arreglo a cuanto dispone la legislación (art. 35).

254.Desde 1995 se aplica un programa de reforma del sistema educativo que abarca los siguientes tipos, fases, y niveles de educación:

-enseñanza preescolar;

-educación básica, que incluye la enseñanza elemental (6 años), básica (9 años) y educación secundaria (12 años);

-formación profesional, que incluye la enseñanza de un oficio, la capacitación profesional primaria y la capacitación profesional secundaria;

-la educación superior, que incluye la preparación para la obtención de títulos de licenciatura y doctorado;

-la educación de postgrado.

255.El sistema educativo de Georgia se rige por la Ley de educación, en la que se concretan los principios constitucionales relativos al acceso universal a la educación y en la que ésta se consagra como prioridad del Gobierno. Con arreglo a esta ley, una de las principales tareas de la legislación nacional en materia educativa es garantizar y proteger el derecho constitucional de los georgianos a recibir una educación (art. 2). En el artículo 3 se establece que todos gozan del mismo derecho a recibir una educación y que la responsabilidad por el establecimiento de un sistema adecuado y de las condiciones sociales y económicas adecuadas recae en el Estado. Por educación se entiende la obtención de un título académico específico, así como su confirmación y autentificación por medio de una certificación estatal pertinente. Las personas cuyas cualificaciones académicas hayan sido certificadas gozan de igualdad de derechos para seguir recibiendo educación de nivel superior.

256.La educación puede obtenerse en instituciones docentes estatales o no estatales. Otra posibilidad es seguir un régimen de estudios externos.

257.El Estado sufraga la educación básica y la formación profesional de los menores de 18 años que sólo tengan educación primaria. El Estado cumple su deber constitucional de garantizar la enseñanza secundaria y la formación profesional gratuitas a todos los ciudadanos (incluida la enseñanza superior y de postgrado) reservando plazas en los centros docentes con cargo al presupuesto. La reserva de estas plazas sólo puede hacerse en aquellas instituciones docentes habilitadas por el Estado.

258.Con arreglo a los tratados y acuerdos internacionales, en Georgia los extranjeros pueden recibir una educación. Los extranjeros y los apátridas tienen los mismos derechos de acceso a la educación que los ciudadanos de Georgia (Ley de la condición jurídica de los extranjeros, art. 12).

259.En las instituciones docentes estatales, la enseñanza se imparte en georgiano, aunque en Abjasia se emplea el abjasio. En lo que respecta a los ciudadanos cuyo idioma materno no sea el georgiano, el Estado, por recomendación de los órganos autonómicos locales puede organizar el establecimiento de instituciones o departamentos especiales de enseñanza básica o general. Además, tanto los ciudadanos de Georgia como los apátridas deben aprobar un examen de georgiano para obtener el certificado estatal de escolarización. La enseñanza del georgiano es obligatoria en todas las instituciones docentes habilitadas por el Estado.

260.El Estado ofrece facilidades a los jóvenes con necesidades, pedagógicas especiales a fin de contribuir a su desarrollo y adaptación social, para lo cual se han establecido centros especiales y terapéuticos. Las personas discapacitadas desde la infancia perciben prestaciones para su escolarización y educación. Los escolares clasificados como inadaptados sociales o con trastornos de conducta son inscritos en instituciones docentes especiales, en las que los mayores de 11 años sólo pueden ingresar por orden judicial.

261.En todas las instituciones docentes autorizadas se aplican normas nacionales obligatorias y, en el caso de los alumnos con necesidades especiales, normas pedagógicas nacionales de carácter especial. En Georgia existen programas de educación preescolar y general y formación profesional, cada uno de los cuales consta de un elemento básico establecido con arreglo a las normas pedagógicas (el programa mínimo obligatorio) y un elemento complementario que, en el caso de las instituciones en que el Estado ha asignado plazas educativas, constituye un requisito obligatorio.

262.Con arreglo al programa de enseñanza general, los niños de 6 años o que vayan a cumplir esa edad durante el curso académico ingresan en el primer grado de la escuela primaria. El nivel básico del programa de enseñanza general concluye con el noveno grado. Para acceder al nivel secundario, los alumnos deben cursar otros dos años de estudios (tres años con efecto a partir del 1º de septiembre de 2001). Tras completar el nivel secundario del programa general, los alumnos pueden matricularse en un establecimiento de enseñanza superior.

263.Las personas que hayan obtenido una educación general básica pueden optar por la formación profesional elemental simple o con una educación secundaria general como complemento. La formación proporcional elemental brinda a los jóvenes de hasta 18 años la ocasión, sufragada por el Estado, de aprender un oficio y adquirir una profesión cualificada. El objeto del programa secundario de formación profesional es la formación de especialistas intermedios. En este caso, se parte también de la educación básica, con o sin enseñanza secundaria general. Como ya se ha indicado, los alumnos también pueden adquirir una formación profesional de grado superior.

264.La legislación prevé también cursos de reorientación profesional y de refuerzo en instituciones docentes habilitadas por el Estado en caso de modificación de los programas de enseñanza, por deseo del alumno o para adaptarse a los cambios en el mercado de trabajo.

265.La Ley de educación establece normas especiales sobre el respeto de los derechos y el bienestar social de todas las categorías de estudiantes y escolares, así como medidas de protección del bienestar social de los niños y adolescentes con necesidades pedagógicas especiales y salvaguardias de su salud. En la ley figuran disposiciones particulares con respecto de los derechos y los deberes de los padres (representantes legales) en relación con la educación de los hijos. Por ejemplo, la ley permite que los padres elijan voluntariamente el régimen y la institución donde estudiarán sus hijos menores de edad y exige que se protejan sus derechos. Los padres (representantes legales) tienen también la obligación de garantizar condiciones adecuadas para la educación de los hijos y, en caso de que opten por educarlos en el hogar, deben cumplir ciertos requisitos. Los padres (representantes legales) que impidan la educación de un niño deben responder de sus actos ante la ley. Ninguna de estas normas legales es discriminatoria ni está sujeta en modo alguno a criterios raciales.

Información estadística

266.Al comienzo del año académico 1998-1999, había en Georgia 3.179 escuelas diurnas generales (sin contar las escuelas para los niños con discapacidades mentales o físicas). El total de alumnos era de 715.800. Estas cifras comprenden:

-87 escuelas en ruso y 152 departamentos autónomos con 43.700 alumnos matriculados;

-141 escuelas en azerbaiyano y 8 departamentos autónomos con 41.000 alumnos matriculados;

-133 escuelas en armenio y 2 departamentos autónomos con 27.800 alumnos matriculados;

-10 departamentos autónomos osetios con 200 alumnos.

Cabe señalar que ha seguido disminuyendo el número de alumnos matriculados en escuelas diurnas cuya lengua de instrucción no sea el georgiano. En comparación con el curso 1990‑1991, el número de escolares que estudian en ruso disminuyó 4,1 veces, mientras que el número de alumnos que reciben enseñanza en azerbaiyano y armenio disminuyó 8,4 y 8,3 veces respectivamente. Al mismo tiempo, el número de alumnos matriculados en escuelas en las que se enseña en georgiano ha aumentado en un 1,01% hasta alcanzar los 693.100 alumnos.

267.El sistema de enseñanza secundaria comprende también 37 escuelas superiores y 27 institutos, muchos de los cuales ofrecen enseñanza intensiva de idiomas extranjeros como el griego moderno (la diáspora griega en Georgia es bastante numerosa).

268.A fines de 1998 había 1.241 instituciones preescolares, entre ellas 660 jardines de infancia, 560 jardines de infancia-guarderías y 14 guarderías. El total de niños inscritos en estos centros era de 74.200. En comparación con 1990, el número de niños en instituciones preescolares ha disminuido 2,7 veces.

269.Georgia cuenta con 44 instituciones de tipo residencial, 29 de las cuales son internados propiamente dichos, con 5.387 alumnos en total. Hay también 15 escuelas residenciales para niños con discapacidades físicas y mentales, cuya matrícula asciende a un total de 1.641 alumnos.

270.En 1998 había 89 escuelas profesionales y de oficios elementales con 18.900 alumnos matriculados. Durante ese año, esas escuelas admitieron también a 8.900 trabajadores cualificados. Los 83 establecimientos pedagógicos especiales secundarios contaban con 32.406 alumnos y había 7.179 alumnos matriculados en 58 establecimientos docentes no estatales (de pago) de esta categoría.

271.Durante el año académico 1998-1999 había en Georgia 24 establecimientos docentes superiores con 90.100 alumnos y 154 establecimientos docentes superiores no estatales con 38.300 alumnos. En muchos de estos centros, la enseñanza no se imparte exclusivamente en georgiano. La enseñanza se imparte en ruso en 12 departamentos de la Universidad Estatal de Tbilisi, en 21 de la Universidad Técnica Estatal de Tbilisi, en 7 del Instituto Pedagógico Estatal de Tbilisi, en 1 de la Facultad de Medicina de Tbilisi y en 2 del Instituto Zoológico y Veterinario. En Batumi y Kutaisi, algunos departamentos de los establecimientos de enseñanza superior ofrecen enseñanza en ruso, como ocurre en el Instituto de Economía de Gori y el Instituto Pedagógico de Telavi. Por consiguiente, los jóvenes matriculados en establecimientos docentes superiores pueden cursar más de 50 disciplinas especializadas, exclusivamente en ruso. La instrucción también se imparte en ruso en varios departamentos de los establecimientos docentes superiores no estatales. En la Universidad Estatal de Tbilisi se puede estudiar armenio, azerbaiyano, griego moderno y varios idiomas caucásicos. En el Instituto Pedagógico Estatal de Tbilisi hay facultades de lengua y literatura armenia y azerbaiyana. Entre los diversos establecimientos docentes superiores de pago cabe destacar la Universidad Griega Aristóteles.

El derecho a participar, en condiciones de igualdad, en las actividades culturales

272.Este derecho está garantizado por la Constitución de Georgia, que establece que "el Estado fomentará el desarrollo de la cultura y la participación sin restricciones en la vida cultural, la expresión y el enriquecimiento de la identidad cultural… todos los ciudadanos georgianos tienen que defender y conservar el patrimonio cultural, que está protegido por la ley" (art. 34). Los ciudadanos de Georgia "podrán desarrollar su cultura sin discriminación o injerencia alguna" (art. 38).

273.Con arreglo a la Ley de cultura, el Estado se compromete a no escatimar esfuerzos para fomentar el desarrollo cultural y la participación irrestricta en la vida cultural, así como a garantizar el acceso a los bienes culturales y a brindar el máximo apoyo financiero y material a todas las esferas de la cultura. En esta ley se consagra la igualdad de todos los ciudadanos de Georgia en el plano cultural, sea cual sea su origen nacional, étnico, religioso o lingüístico (art. 6 ); el derecho de toda persona a participar en cualquier forma de actividad creativa según sus intereses y habilidades (art.8), la prohibición de inmiscuirse en el proceso creativo, y la prohibición de la censura, salvo cuando se trate de impedir la incitación a la discordia nacional, étnica, religiosa o racial (art. 9). Todos tienen derecho a defender su identidad cultural y a elegir su orientación artística o estética (art. 10).

274.La Ley de la condición jurídica de los extranjeros establece que en Georgia los extranjeros tienen el mismo derecho que los ciudadanos del país a disfrutar del patrimonio cultural. En Georgia se garantiza a los extranjeros el derecho a expresarse en su idioma materno y a proteger y desarrollar su cultura y tradiciones nacionales, siempre que ello no vaya en detrimento de los intereses nacionales o de los intereses y derechos legítimos de los residentes de Georgia (art. 13). En la Ley de cultura se especifica que las disposiciones concretas por las que se rigen las actividades culturales de los extranjeros y los apátridas quedan establecidas en la legislación de Georgia (art.16).

275.La Ley de cultura reglamenta también las cuestiones relativas a la cooperación internacional en la esfera cultural, cuyos objetivos son "el intercambio de bienes culturales con otros países, el acceso, con arreglo a la legislación internacional, a los bienes culturales de todas las naciones y el fomento de la comprensión mutua entre los pueblos en un espíritu de paz y amistad" (art.32). El Estado alienta la participación independiente de los particulares y las organizaciones culturales en este diálogo entre culturas, habida cuenta de que se otorga el derecho a la cooperación internacional en la esfera cultural "a todos los pueblos que habitan en el Estado" (arts. 33 y 34).

276.Las minorías nacionales de Georgia ejercen plenamente su derecho a participar en la vida cultural. Hay tres teatros estatales rusos, uno de ellos juvenil, así como un teatro estatal armenio y tres de aficionados, aparte de teatros estatales de los abjasios y los osetios y dos teatros azerbaiyanos de aficionados. Actualmente, hay un grupo especial de alumnos que cursa estudios en el Instituto Estatal de Teatro y Cinematografía que formará el núcleo del próximo teatro estatal azerbaiyano de la capital. Desde hace muchos años, cosechan éxitos los grupos de coros y danzas abjasios, azerbaiyanos, armenios, asirios, griegos, hebreos, lituanos, alemanes y osetios. Cabe destacar el grupo de danza infantil hebreo Yonat shel shalom (Paloma de la paz), vencedor de una competición internacional.

277.La Unión de Escritores de Georgia tiene secciones rusa, armenia y de otras minorías. En Tbilisi se ha establecido la Sociedad Literaria Internacional Pushkin. Asimismo, existe un centro cultural ruso, que desempeña una labor fundamental, se han desarrollado los lazos culturales entre la Federación de Rusia y Georgia y entre Azerbaiyán y Georgia, y se ha establecido un centro cultural denominado "Casa del Cáucaso". En toda Georgia hay bibliotecas con literatura de las minorías nacionales en el idioma original. Recientemente, se celebró con gran éxito un festival de libros en hebreo.

278.En Georgia hay innumerables monumentos culturales en honor de famosas personalidades relacionadas de un modo u otro con la cultura y la historia del país, como las casas-museo dedicadas a la vida y obra de M. F. Akhundov, D. Gulia (en Sujumi), Mamedkulizade, V. Mayakovsky, N. Narimov, V. Teryan, K. Simonov y K. Khetagurov (en Tskhinvali). En Tbilisi se encuentran la casa-memorial Alejandro Pushkin y la biblioteca-memorial Lesya Ukrainka.

279.El Ministerio de Cultura de Georgia está cooperando estrechamente con las asociaciones, las sociedades y los centros culturales de las minorías nacionales. El Ministerio ha establecido un servicio especial que se ocupa de los aspectos concretos del fomento de las culturas minoritarias. Aunque las actuales dificultades económicas de Georgia estén repercutiendo en la infraestructura cultural del país, el Estado procura hallar medios para apoyar este sector en la medida de sus posibilidades. En el período comprendido entre 1997 y 1999, se asignó a necesidades culturales entre el 1 y el 1,9% del presupuesto estatal.

El derecho de acceso a todos los lugares y servicios del uso público

280.El artículo 22 de la Constitución consagra el derecho de todas las personas que residan legalmente en Georgia a desplazarse libremente por el territorio nacional. La legislación establece que este derecho sólo puede restringirse para proteger la seguridad nacional y pública, salvaguardar la existencia de una sociedad democrática o bien proteger la salud, impedir la delincuencia o velar por la administración de justicia. Toda injerencia en la libertad de movimiento de una persona constituye un delito de índole penal.

281.Los derechos tratados en este capítulo no se mencionan de manera explícita en la legislación, sino que dimanan de los derechos humanos y las libertades universales que Georgia reconoce y respeta como "valores humanos eternos y supremos". "En el ejercicio de sus poderes, el pueblo y el Estado están obligados por esos derechos y libertades como ley directamente aplicable" (artículo 7 de la Constitución).

282.La Ley de bienestar social de los discapacitados guarda relación con el artículo 5, pues contiene las disposiciones necesarias para facilitar el acceso de los discapacitados a los edificios residenciales, públicos e industriales, a los medios y centros de transporte, y a los medios y fuentes de información y prevé la libertad de circulación de estas personas en general (art. 7). La ley estipula también el acceso sin trabas a las instituciones culturales y recreativas y a las instalaciones deportivas (art. 9). Por último, el artículo 9 garantiza a los discapacitados un acceso sin trabas o en condiciones preferentes.

Artículo 6

283.La Constitución de Georgia dispone que el poder estatal se ejerce según el principio de la separación de poderes (art. 5, párr. 4). Todos pueden defender sus derechos y libertades ante los tribunales, que velarán por que se garantice una indemnización plena, con cargo al Estado, por cualquier daño que causen ilícitamente las autoridades estatales, los órganos autonómicos o sus funcionarios (art. 42, párrs. 1 y 9).

284.Los principios del sistema judicial se enumeran en el título V de la Constitución, relativo al poder judicial. El artículo 82 de la Constitución establece que el poder judicial es independiente y lo ejercen sólo los tribunales por medio del control constitucional, los procedimientos judiciales y otras formas previstas por la ley. El artículo 83 establece, entre otras cosas, que la justicia es administrada por los tribunales ordinarios, cuyo sistema y organización quedan establecidos por la ley. Las actuaciones judiciales se conducirán sobre la base de la igualdad de las partes y según el principio del juicio contradictorio (art. 85). La anulación, enmienda o suspensión de los fallos judiciales compete exclusivamente a los tribunales con arreglo al procedimiento establecido por la ley (art. 84).

285.La labor del sistema judicial de Georgia y sus procedimientos se reglamentan en la Ley de tribunales ordinarios, la Ley del Tribunal Supremo de Georgia, la Ley del Tribunal Constitucional de Georgia, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Procedimiento Civil y el Código de Procedimiento Administrativo.

286.La Ley de tribunales ordinarios establece que en Georgia el poder judicial consta de tres instancias. Los tribunales de primera instancia son los de distrito (municipales) y comarcales. Los tribunales de segunda instancia son los de apelación, cuyas funciones recaen en el Tribunal Supremo en el caso de las Repúblicas Autónomas de Abjasia y Ajaria, y los tribunales de apelación de Tbilisi y Kutaisi. Competen a dichos tribunales las apelaciones contra los fallos de un tribunal de distrito (municipal) o comarcal. El Tribunal Supremo de Georgia supervisa el procedimiento de los tribunales ordinarios, conoce de ciertas categorías de casos definidos en la ley en su condición de tribunal de primera instancia, ejerce los poderes contemplados en la Constitución para la instrucción de sumarios y nombra tres de los nueve miembros del Tribunal Constitucional. Con arreglo a la Ley del Tribunal Supremo de Georgia, el Tribunal Supremo es la más alta instancia judicial del país y la máxima autoridad judicial.

287.En Georgia los tribunales ordinarios forman un sistema integrado. La creación de tribunales militares será permisible sólo en tiempo de guerra y dentro del sistema de los tribunales ordinarios. La creación de tribunales de emergencia o especiales está prohibida.

288.En los tribunales de distrito (municipales) los casos son vistos por un solo juez, mientras que, en el caso de los tribunales comarcales, el derecho procesal estipula que algunos casos sean vistos por un grupo de tres magistrados. Por este motivo, los tribunales comarcales cuentan con salas de lo penal y lo civil. Los tribunales de apelación tienen una sala de lo civil, una sala de lo administrativo, una sala de asuntos fiscales y otras. Los casos de apelación también son vistos por tres magistrados. Asimismo, en los tribunales supremos de Abjasia y Ajaria se ha instituido un sistema de grupos de tres magistrados, que ven los casos de apelación. El Tribunal Supremo de Georgia tiene una sala penal y tribunales especiales para casos civiles, mercantiles y de quiebra, administrativos y otros, y casos penales. Existe también un tribunal de revisión. En su calidad de tribunal de primera instancia, la sala de lo penal conoce de una serie de casos que, con arreglo al Código de Procedimiento Penal, recaen en la jurisdicción del Tribunal Supremo. Además del tribunal de revisión, existen diversas salas que ejercen como tribunales de casación y ven los casos de apelación de fallos judiciales. El tribunal de revisión estudia las solicitudes de reapertura de casos y la admisión de nuevas pruebas. En el Tribunal Supremo los casos son vistos por tres jueces o, en el caso de la sala de lo penal, por un juez y entre dos y seis jueces alternos.

289.Se ha establecido un Consejo Judicial de 12 miembros con funciones consultivas y sujeto a la autoridad del Presidente que formula propuestas de reforma del sistema judicial de Georgia, selecciona y nombra candidatos a cargos judiciales, revoca jueces y organiza exámenes de ingreso a la carrera judicial. Dicho Consejo está compuesto por el Presidente del Tribunal Supremo, los presidentes de los tribunales supremos de Abjasia y Ajaria, cuatro miembros nombrados por el Presidente, uno por el Tribunal Supremo y cuatro por el Parlamento. Los máximos órganos representativos de las regiones autónomas de Abjasia y Ajaria también están estableciendo consejos judiciales. El Consejo Judicial de Georgia está facultado para abrir procedimientos disciplinarios contra un magistrado al que se haya denunciado por infringir el derecho laboral, incumplir el plazo máximo previsto para juzgar una causa o cometer irregularidades en la redacción y publicación de documentos judiciales. En todos los demás casos, los procedimientos disciplinarios competen a la autoridad judicial inmediatamente superior. Los procedimientos disciplinarios por incumplimiento de la legislación durante la vista de un caso sólo pueden iniciarse durante el examen del sumario o si se presenta una denuncia. De ser así, un tribunal disciplinario se encarga de examinar el fondo del caso y dictar sentencia.

290.La Ley de tribunales ordinarios establece, en consonancia con la Constitución, que "todos pueden defender sus derechos y libertades ante los tribunales…" (art. 3). La justicia se imparte sobre la base de la igualdad de las partes ante la ley y los tribunales. Los procedimientos judiciales se celebran sobre la base de la igualdad de las partes y según el principio de juicio contradictorio (art. 6). Los principios de acceso equitativo a los tribunales y de igualdad ante la ley y los tribunales están consagrados en el Código de Procedimiento Civil (arts. 2 y 5) y el Código de Procedimiento Penal (art. 9). El Código de Procedimiento Administrativo establece que los procedimientos administrativos se rigen por las disposiciones del Código de Procedimiento Civil (art. 1). El derecho en materia de procedimiento penal y civil se atiene a la norma de que el tribunal conozca exclusivamente de los casos que se le sometan, con lo que se garantiza que las partes ejerzan libremente sus derechos sustantivos y procesales. Además, en el Código de Procedimiento Penal se establece explícitamente que también es aplicable a los extranjeros y a los apátridas que se encuentren en el territorio de Georgia (art. 5), con excepción de aquellas personas que gocen de prerrogativas e inmunidad diplomáticas, con respecto de las cuales sólo podrán aplicarse las medidas procesales previstas en el Código, si así lo solicitan o si dan su consentimiento.

291.A continuación se reseñan brevemente los procedimientos judiciales previstos en la legislación actual.

292.Procedimiento judicial con respecto del control constitucional: con arreglo a la Constitución, el Tribunal Constitucional de Georgia examina, sobre la base de las acciones legales interpuestas por los ciudadanos, la constitucionalidad de los instrumentos normativos que rigen las cuestiones a que se refiere el título II de la Ley fundamental (De la nacionalidad georgiana. Derechos y libertades fundamentales del ciudadano) (art. 89). El artículo 39 de la Ley del Tribunal Constitucional de Georgia especifica que gozan del derecho de emprender esta clase de acciones judiciales "los naturales de Georgia y otros Estados que consideren que se han violado los derechos y libertades reconocidos en el título II de la Constitución". En esos casos, el demandado es el órgano que haya promulgado la ley contra la que se haya interpuesto recurso de inconstitucionalidad (ibíd.). Con arreglo a esta ley, si en el transcurso de la vista, el tribunal ordinario concluye que hay motivo suficiente para declarar la inconstitucionalidad de una ley o instrumento normativo, y si el tribunal tuviera que aplicar esa misma disposición para dictar su fallo, éste suspenderá el examen del caso para remitirlo al Tribunal Constitucional, tras cuyo dictamen se reanudará el examen del caso (art. 20). Los Códigos de Procedimiento Penal y Civil contienen disposiciones análogas.

293.Cuando se aprueba un recurso de inconstitucionalidad, el instrumento normativo declarado inconstitucional deja de tener efecto desde el momento en que el Tribunal Constitucional haga público su fallo, que es concluyente e inapelable (Ley del Tribunal Constitucional de Georgia, arts. 23 y 43).

294.Procedimientos administrativos: con arreglo al Código de Procedimiento Administrativo, las controversias acerca de las relaciones jurídicas que plantea el derecho administrativo competen a los tribunales ordinarios. Se trata, por ejemplo, del grado en que un instrumento administrativo se atiene a derecho, la obligación de los órganos administrativos de indemnizar por daños y perjuicios y la publicación de las normas administrativas u otros procedimientos (art. 2). Estos casos competen a los tribunales de distrito (municipales) salvo cuando se haya impugnado la legalidad de los instrumentos administrativos promulgados por el Presidente, los altos órganos estatales o las autoridades de las regiones autónomas, las normas administrativas adoptadas por los ayuntamientos (alcaldes) y los órganos representativos de las seis ciudades principales y toda cuestión relativa a la concesión de permisos (art. 6). Se pueden emprender procedimientos legales para que se declare nulo un instrumento administrativo o para que deje de surtir efecto. Tales acciones se considerarán admisibles si el instrumento en cuestión o parte de él prejuzga, ya sea directa o inmediatamente, los derechos e intereses legítimos del demandante o restringe ilícitamente sus derechos (art. 22). Con arreglo a estos criterios de admisibilidad, también pueden emprenderse procedimientos legales respecto de la publicación de un instrumento administrativo o bien emprender otras acciones, aunque no guarden relación con su publicación (arts. 23 y 24).

295.Si el tribunal hallara que el instrumento administrativo es ilícito, dictará un fallo por el que éste quedará anulado y, si se le hubiera dado cumplimiento antes de pronunciarse el fallo, en éste se indicará también el procedimiento para su anulación. Los fallos judiciales por los que se anula una norma administrativa son vinculantes. En ciertos casos previstos en el Código, tales instrumentos dejan de considerarse válidos (art. 32).

296.El Código de Procedimiento Civil establece el procedimiento para la impugnación de fallos judiciales en casos administrativos.

297.Procedimientos civiles: con arreglo al Código de Procedimiento Civil, toda persona tiene derecho a la protección judicial de sus derechos. Los casos se examinan en función de las solicitudes presentadas por quienes recurren a los tribunales para defender sus derechos o intereses contemplados en la ley (art .2). La justicia civil compete exclusivamente a los tribunales, que se basan en la igualdad de todos ante la ley y los tribunales (art. 5). En el artículo 11 del Código se enumeran las categorías de casos que pueden ser vistos en los tribunales civiles en relación con las diversas cuestiones contempladas en el artículo 6 de la Convención. El Código de Procedimiento Civil prevé procedimientos de indemnización a aquellas personas cuyos derechos hayan sido violados. Los principios generales para la protección de los derechos se enumeran en el Código Civil.

298.El Código Civil prevé los recursos siguientes para la protección de los derechos civiles: iniciativas individuales (si las autoridades competentes demoran en prestar asistencia o si la falta de medidas diligentes puede poner en peligro los derechos de una persona), acciones para el cobro de daños y perjuicios por incumplimiento de obligaciones, el deber de toda persona obligada a indemnizar por daños y perjuicios de restablecer el statu quo, ante el cobro de daños, sean materiales o no, y otros recursos que establece la ley (arts. 118, 394, 404 y 413). En este contexto, cabe señalar también el artículo 18 del Código, que trata de los derechos personales distintos a los de propiedad, como el derecho de toda persona a emprender un procedimiento judicial para refutar una información que denigre su honor, dignidad, intimidad personal, inviolabilidad personal o reputación mercantil. Si la violación obedece a un acto en el que puedan establecerse elementos de culpabilidad, el demandante tendrá derecho a percibir una indemnización por daños y perjuicios e incluso por daños materiales.

299.Procedimientos penales: resulta claro que, cuando se trata de los delitos tipificados en el artículo 142 ("Discriminación"), es de vital importancia impartir justicia ateniéndose al artículo 6 de la Convención, aunque, como se ha señalado en la sección correspondiente de este informe, existen otros artículos en los que se tipifican delitos por motivos raciales.

300.En el inciso 2 del artículo 24 del Código de Procedimiento Penal se enumeran las posibles formas de iniciar procedimientos penales, como, por ejemplo, la denuncia de un ciudadano. En todos los casos, las personas que llevan a cabo la investigación preliminar, los jueces de instrucción y los fiscales deben identificar las pruebas del delito, presentar una acusación pública dentro de su ámbito de competencia y tomar medidas para esclarecer el delito e identificar a los culpables. Las víctimas tienen derecho a solicitar la acción judicial del Estado basándose en el acta de acusación preparada por el fiscal. En caso de que el fiscal rehúse levantar o enmendar un acta de acusación, la víctima tendrá derecho a insistir en que se mantenga la acusación original. En tales casos, el sumario permanece abierto (art. 25).

301.Las personas que hayan sufrido daños materiales, físicos o morales de resultas de un delito tienen derecho a exigir indemnización por medio de un procedimiento penal y emprender acciones civiles a tal efecto (art. 30).

302.El título especial XXX del Código de Procedimiento Penal (arts. 234 a 244) prevé el procedimiento para la presentación de quejas por los actos de las personas encargadas de una investigación inicial, los jueces de instrucción, los fiscales, los magistrados o los tribunales, así como para la impugnación de las decisiones de dichas personas u órganos. Este derecho pueden ejercerlo tanto las partes en un proceso como cualquier ciudadano u organización.

303.En el título XXVIII del Código de Procedimiento Penal se establece también el procedimiento de indemnización y compensación por los daños y perjuicios que causen los actos ilícitos o injustificados de los órganos que instruyen un procedimiento judicial (arts. 213 a 229).

304.En el artículo 9 del Código se dispone que todas las personas son iguales ante la ley y los tribunales, sea cual sea su raza, nacionalidad, idioma, sexo, origen social, posición o condición social, lugar de residencia, actitud hacia la religión, creencias u otros factores.

305.El derecho a presentar recurso en otras instituciones: además del derecho a presentar recurso ante los tribunales y a defender sus derechos en procesos judiciales, toda persona puede solicitar a un órgano administrativo que se emprendan acciones administrativas. Las solicitudes deben registrarse oficialmente y, de conformidad con el procedimiento que establece la legislación, deben dar lugar a una decisión en un plazo comprendido entre 15 días y un mes. A título excepcional y según la naturaleza del caso, este plazo puede prorrogarse, aunque nunca por más de tres meses. Si el solicitante no acata la decisión, puede impugnarla ante una institución estatal o un tribunal superior (Código Administrativo General, arts. 76 a 79, 100, 177 y 178).

306.Con arreglo a la Ley del Defensor Cívico, el ombudsman estudia las solicitudes y demandas de los ciudadanos de Georgia, los extranjeros, los apátridas y las organizaciones no gubernamentales relativas a cualquier acto del Estado o de autoridades locales, organizaciones estatales y no estatales, funcionarios y personas jurídicas que violen los derechos humanos y las libertades consagrados en la Constitución, la legislación y los tratados y acuerdos internacionales en los que Georgia es Parte (art. 13). Tras una verificación del caso, el Defensor Cívico puede tomar las medidas previstas en la legislación para restablecer los derechos conculcados e incluso enviar comunicaciones por escrito al Presidente y o al Parlamento, si los medios de subsanación de que dispone fueran insuficientes (art. 21).

Artículo 7

Enseñanza y educación

307.En la sección del presente informe relativa al derecho a la educación y la capacitación (artículo 5 de la Convención) se facilita información sobre el sistema de enseñanza de Georgia y las normas legislativas por las que se rige. Los datos que figuran a continuación se refieren a la enseñanza de los derechos humanos en los distintos niveles del sistema de enseñanza.

308.En 1993 comenzó a impartirse con una periodicidad semanal y como asignatura opcional la Declaración Universal de Derechos Humanos en las escuelas de enseñanza general, tanto en los últimos cursos del ciclo primario (cuarto grado), básico (noveno grado) y en el ciclo secundario (undécimo grado).

309.Ha comenzado a impartirse a los alumnos de cuarto grado de Tbilisi un programa para el estudio de la Convención sobre los Derechos del Niño, apoyado por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y se han preparado los correspondientes materiales de orientación para los maestros. El Ministerio de Educación ha establecido el plan de estudios y los materiales apropiados para la enseñanza de la Declaración en los grados noveno y undécimo. Noruega ha ofrecido asesoramiento en materia de refugiados y un manual titulado We are Teaching Human Rights ("Enseñamos los derechos humanos"), que se ha facilitado a cada profesor. Asimismo, se están organizando cursos, seminarios y conferencias especiales para estos maestros. De este modo, en 1999 se impartió formación especial en materia de enseñanza de los derechos humanos a 293 maestros de escuela que imparten la enseñanza en georgiano y 101 de escuelas donde la enseñanza se imparte en otros idiomas.

310.El Ministerio de Educación y su Consejo coordinador de la enseñanza de los derechos humanos verifican periódicamente cómo se imparte esta asignatura, en la cual se sigue un criterio interactivo e integrado que permite establecer vínculos entre los derechos humanos y las disciplinas conexas, así como ampliar las perspectivas de los alumnos. Los profesores hacen especial hincapié en la tolerancia de la sociedad georgiana a lo largo de su historia, pues durante siglos ésta ha rechazado cualquier forma de racismo y división, y además, insisten en la necesidad de afianzar estas tradiciones.

311.Además de los derechos humanos, los alumnos de los grados noveno a undécimo matriculados en escuelas de enseñanza general cursan asignaturas como principios del Estado y la legislación georgianos y ciencias sociales. En esas asignaturas se aborda también la dimensión jurídica de la protección de los derechos humanos y los rasgos culturales distintivos de algunas sociedades, así como su identidad y su aportación efectiva a la comunidad internacional.

312.En la Facultad de Derecho Internacional de la Universidad Estatal de Tbilisi, los alumnos tienen la posibilidad de matricularse en un curso especial sobre los derechos humanos. La Facultad de Derecho también ofrece un curso con esta denominación.

Cultura

313.En la sección del presente informe relativa al derecho a participar en las actividades culturales (artículo 5 de la Convención), se explica cómo ejercen sus derechos las minorías culturales y se reseña brevemente la política del Estado en la esfera de la cultura, tanto de manera general como teniendo en cuenta específicamente el principio de la no discriminación. Los datos que se ofrecen a continuación se refieren a las actividades de las asociaciones públicas de las minorías de Georgia, uno de cuyos objetivos es la protección de la identidad y la cultura de las minorías.

314.La etnia rusa cuenta con el mayor número de asociaciones voluntarias, la principal de las cuales es la Sociedad Cultural y Educativa Rusa, que tiene nueve centros y 16.000 miembros. Otras asociaciones numerosas son la Asociación Casa Eslava, de carácter benéfico, la Asociación Esperanza, la Asociación de Amistad de Batumi y la Unión de Cosacos de Georgia. Cabe destacar las comunidades dukhobor, molokane y de viejos creyentes en Georgia. En los años treinta, después de ser deportados de Rusia a Georgia, los miembros de estas sectas cristianas se asentaron por todo el país y, en algunas regiones, formaron poblaciones enteras. La comunidad dukhobor se asentó en siete municipios de la región de Dzhavakhetsky, donde han conservado su cultura, tradiciones y creencias por más de 150 años. En los últimos años, algunos miembros de esta comunidad han regresado a Rusia, aunque las investigaciones sociológicas realizadas entre 1992 y 1995 indican que este éxodo se debe más a razones económicas que a la discriminación religiosa o cultural.

315.La minoría azerbaiyana está representada por la Unión de Azerbaiyanos de Georgia y las sociedades culturales y benéficas Dayagi, Birlik, Umid, Ozan y Geirat. Tbilisi cuenta con un centro cultural azerbaiyano. Cabe mencionar también la sociedad internacional Azerbaiyán‑Georgia Sazi, cuyo objetivo es fomentar la amistad y la cooperación.

316.La comunidad armenia estableció una sociedad cultural y benéfica hace algunos años. En un congreso celebrado en 1999 se decidió transformar esta sociedad en una Unión de los Armenios de Georgia, entre cuyos objetivos está el de fortalecer la amistad entre Armenia y Georgia y establecer vínculos entre ambos países. Entre las organizaciones de armenios con centros en Georgia están la Asociación benéfica Charles Aznavour, con sede en Akhaltsikhe, y la sociedad Veratsenunts, en Batumi.

317.En Georgia se han establecido las siguientes asociaciones públicas de minorías, que actúan sin restricción alguna:

1)La Federación de Comunidades Griegas, que agrupa a 25 comunidades de toda Georgia. Por iniciativa de la Federación, se han establecido centros culturales y pedagógicos y escuelas parroquiales; además se publican dos periódicos en Tbilisi y Batumi. La Federación mantiene un contacto permanente con la diáspora griega en el extranjero.

2)Las organizaciones curdas (Yazidi), como la Unión de Yazidis de Georgia, la Sociedad de ciudadanos georgianos de nacionalidad curda, el Centro de información internacional de los curdos y cuatro organizaciones de mujeres, jóvenes y creyentes. Las organizaciones curdas mantienen vínculos con los centros y sociedades culturales nacionales de varios países del mundo.

3)La sociedad alemana Einigung. La comunidad alemana de Georgia está compuesta por sólo unas 1.500 personas, dos terceras partes de las cuales hablan el ruso como lengua materna. La sociedad Einigung tiene por finalidad atender a las necesidades culturales de la diáspora alemana organizando, por ejemplo, exposiciones periódicas de artistas de origen alemán en Tbilisi.

4)La sociedad polaca Polonia, fundada en 1995, que cuenta con unos 800 miembros, algunos de los cuales son jóvenes menores de 18 años. Esta sociedad, presidida por una catedrática de la Universidad Estatal de Tbilisi, persigue objetivos principalmente culturales y docentes.

318.El "tercer sector" (organizaciones no gubernamentales) comprende otras asociaciones de las minorías (asirios, letones, lituanos, ucranios, etc.), cuyo objetivo es mantener la identidad y atender a las necesidades culturales de estas comunidades.

319.Las organizaciones no gubernamentales de las minorías reciben apoyo del Estado. Una de las funciones más importantes del Asesor del Presidente para las cuestiones interétnicas es mantener un estrecho contacto con las sociedades de las minorías nacionales con miras a formular una política eficaz de protección y fomento de sus derechos y libertades, de conformidad con la Constitución y en cumplimiento de las obligaciones internacionales contraídas por Georgia.

Información

320.En la sección del presente informe relativa al derecho a la libertad de opinión y de expresión (artículo 5 de la Convención) se menciona el artículo 24 de la Constitución (De la libertad de información). El párrafo 2 de dicho artículo establece que los medios de información son libres, se prohíbe la censura y se enumeran las circunstancias en que puede restringirse la libertad de los medios de información, por ejemplo, cuando se trate de proteger los derechos y la dignidad de terceros o de impedir la divulgación de información confidencial.

321.Con arreglo al artículo 1 de la Ley de prensa y medios de comunicación, los ciudadanos de Georgia tienen derecho a expresar, divulgar y defender sus opiniones en cualquier medio de información, así como a recibir información sobre los asuntos de Estado y la vida pública. Los ciudadanos de Georgia también tienen derecho a recibir información procedente del extranjero.

322.Actualmente se publican en Georgia unos 243 periódicos de carácter nacional y regional, que en su mayoría son de propiedad privada y cubren una gran diversidad de temas. De ellos, hay cuatro o cinco de mayor importancia que tratan un gran número de cuestiones y han adquirido paulatinamente una sólida reputación. Aunque estas publicaciones y el resto de la prensa escrita se guía por las demandas del mercado y en ocasiones caen en el sensacionalismo, nunca publican materiales discriminatorios ni racistas. Lo mismo puede decirse de las emisoras de radio y televisión privadas. En cuanto a la prensa electrónica e impresa financiada por el Estado, en la sección del presente informe relativa a la libertad de expresión se reseñan las actividades de los medios de información en idiomas distintos al georgiano y su relación con el público. Éstos, al igual que los medios en idioma georgiano, nunca han publicado artículos que contravengan la Convención.

323.En cuanto al tratamiento que se da a las cuestiones de derechos humanos en los medios de información, cabe observar que el primer programa de la radio de Georgia y una emisora de radio privada han organizado una serie semanal de programas educativos sobre cuestiones de derechos humanos. Por iniciativa del Defensor Cívico, una emisora privada de televisión produjo un programa periódico titulado "Estos son tus derechos", que se emite desde hace cierto tiempo. Este programa, en el que participan legisladores, portavoces del Gobierno, expertos destacados y defensores de los derechos humanos, sigue emitiéndose, aunque con menos frecuencia, debido a dificultades económicas.

324.Los altos funcionarios parlamentarios y del Gobierno que se ocupan de las cuestiones relativas a los derechos humanos, los representantes de las organizaciones no gubernamentales y los defensores de los derechos humanos formulan periódicamente declaraciones en la prensa, en la radio y en la televisión y suelen referirse a los aspectos prácticos del ejercicio de los derechos humanos y las libertades en Georgia.

Lista de anexos

1.Informe inicial de Georgia sobre la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (febrero de 1998).

2.Declaración introductoria de la delegación de Georgia durante el examen del informe inicial de Georgia relativo a la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (junio de 1999).

3.Documento básico sobre Georgia.

4.Constitución de Georgia.

5.Plan de Acción Nacional para el adelanto de la mujer para el período 1998‑2000.

6.Decreto presidencial sobre medidas para fortalecer la protección de los derechos de la mujer en Georgia.

7.Decreto presidencial por el que se aprueba el Plan de Acción relativo a la violencia contra la mujer para el período 2000‑2002.

8.Minorías nacionales de Georgia.

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