Naciones Unidas

CRC/C/KAZ/Q/4

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

10 de marzo de 2015

Español

Original: inglés

Español, francés, inglés y ruso solamente

Comité de los Derechos del Niño

70 º período de sesiones

14 de septiembre a 2 de octubre de 2015

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes de los Estados partes

Lista de cuestiones relativa al cuarto informe periódico de Kazajstán

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada (máximo de 10.700 palabras), de ser posible antes del 15 dejunio de 2015.

En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar cualquier aspecto de los derechos del niño contemplado en la Convención.

Parte I

En esta sección se pide al Estado parte que presente sus respuestas a las siguientes preguntas.

1.Sírvanse informar al Comité de casos en que los tribunales nacionales hayan hecho valer los derechos enunciados en la Convención, bien para fundamentar una causa, bien como orientación para interpretar disposiciones legales internas.

2.Sírvanse proporcionar información sobre la autoridad y la competencia del Comité de Protección de los Derechos del Niño para coordinar a escala subregional la labor destinada a hacer efectivos los derechos del niño en todos los sectores correspondientes.

3.Sírvanse indicar si se ha llevado a cabo una evaluación del Plan Nacional de Acción en el Ámbito de los Derechos Humanos para 2009-2012 y si, desde 2011, se han aprobado políticas, estrategias o nuevos planes de acción sobre los derechos del niño.

4.Sírvanse proporcionar información sobre las denuncias presentadas por niños a la Sección de la Infancia de la oficina del Comisionado de Derechos Humanos.

5.Sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para establecer un completo sistema de recopilación y análisis de datos relativos a todos los ámbitos de la Convención, desglosados, entre otros criterios, por sexo, edad, origen étnico, ubicación geográfica, tipo de discapacidad y entorno socioeconómico, en particular sobre el maltrato y la desatención de los niños y sobre su explotación económica y sexual. Sírvanse indicar asimismo qué medidas se han adoptado para que los datos desglosados estén al alcance de todos los interesados.

6.Sírvanse facilitar información sobre la capacitación impartida desde 2011 a los agentes de las fuerzas del orden, los jueces, los trabajadores sociales y los profesionales que trabajan con niños o para los niños.

7.Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas para poner fin a la discriminación de hecho contra todos los niños en situaciones vulnerables, como los niños con discapacidad, los niños romaníes, los hijos de solicitantes de asilo, los niños migrantes y los niños de la calle. Sírvanse describir qué se ha hecho para que los niños migrantes, los niños refugiados y solicitantes de asilo, los niños de las zonas rurales y los niños afectados por desastres ambientales tengan iguales posibilidades a la educación y la atención de salud.

8.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para evitar que se inflija cualquier forma de violencia, abuso y maltrato a los niños en escuelas, internados o centros de detención, así como sobre los mecanismos y procedimientos de denuncia previstos para esos casos. Sírvanse proporcionar información sobre las causas que se hayan incoado desde 2007 contra personal docente o personal de instituciones de atención, así como sobre las sanciones impuestas e indicar, además, si la propuesta del Comisionado de Derechos Humanos de elaborar un plan de acción conjunta para prevenir la violencia contra los niños internados en instituciones, a que se hace referencia en el párrafo 323 del informe del Estado parte (CRC/C/KAZ/4), fue aprobada y llevada a la práctica.

9.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas que se hayan adoptado para luchar contra los matrimonios infantiles, que al parecer están aumentando en el Estado parte, especialmente en las zonas rurales.

10.Sírvanse dar detalles sobre las medidas previstas para evitar el internamiento de niños en instituciones, ofrecer a los niños modalidades alternativas de cuidado en familias de acogida y reintegrar en sus familias a los niños separados de sus padres. Sírvanse aclarar asimismo las normas y reglamentos que rigen la separación de niños de sus padres e informar al Comité sobre los mecanismos de denuncia de que disponen los niños en esos casos.

11.Sírvanse proporcionar información sobre la marcha de la armonización de la legislación nacional con el Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional e informar también al Comité sobre el sistema de fiscalización de la adopción nacional e internacional.

12.Sírvanse indicar si se ha llevado a cabo una evaluación del Programa de Reducción de la Mortalidad Maternoinfantil para 2008-2010 y si se han establecido nuevos programas. Sírvanse describir asimismo las medidas adoptadas para que los adolescentes tengan información sobre salud sexual y reproductiva, en particular en las zonas rurales.

13.En vista de que se habrían producido contagios de niños por transfusiones de sangre, sírvanse proporcionar información sobre las normas sanitarias vigentes en las instituciones de atención de la salud y sobre la supervisión de dichas normas.

14.Sírvanse proporcionar información acerca de las medidas preventivas adoptadas por el Estado parte para hacer frente a la alta tasa de suicidios de adolescentes. Sírvanse informar al Comité sobre el estado y la aplicación de la estrategia nacional de prevención del suicidio, a que se hace referencia en el párrafo 216 del informe del Estado parte.

15.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para resolver el problema de las escuelas públicas "sin gradación", en que alumnos de diferentes grupos de edad estudian juntos en una misma clase.

16.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas legislativas adoptadas para mejorar la protección de los niños frente a las peores formas de trabajo infantil y sobre la aplicación de dichas medidas y referirse detalladamente a la labor de fiscalización y a las inspecciones realizadas para hacer efectiva la prohibición del trabajo infantil en el Estado parte desde la puesta en marcha del Plan conjunto de trabajo para eliminar las peores formas de trabajo infantil para 2009-2011.

17.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre los avances realizados en la creación de tribunales de menores, la asignación de agentes de policía con capacitación específica a todas las regiones del Estado parte y el establecimiento de oficinas de abogados especializados en ellas. Sírvanse describir asimismo las medidas adoptadas para proteger, en todas las etapas del proceso penal, los derechos e intereses de los niños en conflicto con la ley, así como de los niños víctimas y testigos, en particular la existencia de representación letrada y de programas de reinserción social.

18.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para llevar a la práctica las recomendaciones formuladas en las observaciones finales del Comité acerca del informe inicial presentado por el Estado parte en virtud del Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados (CRC/C/OPAC/KGZ/CO/1) en relación con los niños solicitantes de asilo, refugiados y migrantes que puedan haber sido reclutados o utilizados en hostilidades en el extranjero, así como sobre el establecimiento de jurisdicción extraterritorial respecto de los delitos contemplados en el Protocolo Facultativo. Sírvanse proporcionar también información detallada sobre la instrucción militar impartida a los niños internados en escuelas y academias militares nacionales y provinciales e indicar si se ha creado un mecanismo independiente para recibir las posibles denuncias de los alumnos y estudiantes.

19.Como seguimiento de las observaciones finales del Comité sobre el informe inicial presentado por el Estado parte en virtud del Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (CRC/C/OPSC/KGZ/CO/1), y con referencia a los párrafos 713 a 751 del informe del Estado parte, sírvanse proporcionar más información sobre las medidas adoptadas para modificar la legislación a fin de incorporar plenamente los artículos 2 y 3 del Protocolo Facultativo y asegurar que no se trate como delincuentes a los niños que son víctimas de delitos contemplados en el Protocolo Facultativo. Sírvanse proporcionar información también sobre la aplicación y la evaluación del Plan de medidas de lucha contra la trata de personas para 2009-2011 e indicar si el Estado parte ha aprobado un nuevo plan de acción. Sírvanse informar al Comité sobre las denuncias que se hayan presentado contra agentes de las fuerzas del orden por complicidad en casos de trata o explotación sexual de niños.

Parte II

En esta sección el Comité invita al Estado parte a actualizar brevemente (en tres páginas como máximo) la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

20.Sírvanse facilitar datos desglosados por edad, sexo, entorno socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, relativos al período 2011-2014, sobre el número de:

a)Niños que trabajan en el sector informal y niños que viven en la calle;

b)Niños recluidos en centros de detención e instituciones penitenciarias, incluidos los que se encuentran en prisión preventiva;

c)Causas penales incoadas contra menores de edad que se han resuelto mediante conciliación con arreglo al artículo 67 del Código Penal.

21.Sírvanse proporcionar datos correspondientes al período 2011-2014, desglosados por edad, sexo, entorno socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, acerca del número de niños:

a)Separados de sus padres;

b)Internados en instituciones;

c)Confiados a familias de acogida;

d)Adoptados en el país o entregados en adopción internacional.

22.Sírvanse facilitar datos relativos a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad:

a)Que viven con sus familias;

b)Internados en instituciones;

c)Que asisten a escuelas primarias ordinarias;

d)Que asisten a escuelas secundarias ordinarias;

e)Que asisten a escuelas especiales;

f)Que no están escolarizados;

g)Abandonados por sus familias.

23.Sírvanse proporcionar datos relativos a los últimos tres años, desglosados, entre otros criterios, por edad, sexo, entorno socioeconómico, ubicación geográfica y origen étnico, sobre:

a)Las tasas de matriculación y finalización de los estudios, en porcentajes, de los grupos de edad correspondientes de los centros de enseñanza preescolar, primaria y secundaria, en particular de niñas en las zonas rurales;

b)El número y el porcentaje de niños que abandonan la escuela o repiten curso.

24.Sírvanse proporcionar al Comité datos actualizados cuando los contenidos en el informe hayan sido sustituidos por datos recopilados más recientemente o hayan quedado obsoletos como resultado de nuevos acontecimientos.

25.Además, el Estado parte puede referirse a cuestiones que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.