Naciones Unidas

CRC/C/BWA/Q/2-3

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

28 de noviembre de 2018

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

81 er período de sesiones

13 a 31 de mayo de 2019

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos segundo y tercero combinados de Botswana

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada (en un máximo de 10.700 palabras), de ser posible antes del 15 de febrero de 2019. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

1.Sírvanse proporcionar información sobre los recursos humanos, técnicos y financieros de que se dispone para aplicar la Ley de la Infancia de 2009, así como sobre las actividades de formación conexas destinadas a los profesionales que trabajan con niños y para ellos. Presenten también información actualizada sobre la revisión de todas las leyes, incluidos el Código Penal, la Ley de Adopciones y la Ley del Registro Nacional, con el fin de ponerlas en conformidad con la Convención y la Ley de la Infancia.

2.Sírvanse facilitar información sobre la evaluación y los resultados de la aplicación del Plan Nacional de Acción para la Infancia (2006-2016) e indicar si se ha previsto establecer uno nuevo. Proporcionen también más información sobre la forma en que el Estado parte se propone resolver los problemas que afectan actualmente al buen funcionamiento del Consejo Nacional de la Infancia y los comités de aldea para la protección del niño.

3.Sírvanse presentar información sobre las medidas adoptadas para garantizar la utilización eficiente de las asignaciones presupuestarias del Estado destinadas a los niños y evitar que se desperdicien, por ejemplo debido al amiguismo y el nepotismo, en los procesos de contratación pública. Presenten también información sobre las medidas adoptadas para proteger las asignaciones presupuestarias destinadas a los niños en situación de desventaja o vulnerabilidad, incluidos los niños que viven en zonas apartadas y los niños y las familias afectados por el VIH/sida.

4.Sírvanse indicar si el Estado parte tiene intención de enmendar la Ley de Matrimonio para prohibir todas las formas de matrimonio infantil, incluidos los matrimonios consuetudinarios y religiosos. Indiquen asimismo qué medidas se han adoptado para concienciar a la población sobre los efectos nocivos del matrimonio infantil y cuáles han sido los efectos de tales medidas.

5.A la luz de la prohibición de la discriminación que consagra la Ley de la Infancia de 2009, sírvanse describir las medidas jurídicas, normativas y de sensibilización adoptadas para combatir la discriminación contra los niños con discapacidad, los niños en situación de calle, los niños nacidos fuera del matrimonio, los huérfanos y los niños acogidos en hogares de guarda, los niños afectados o infectados por el VIH/sida y los niños afectados por la migración.

6.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas para prevenir y combatir todas las formas de violencia contra los niños, medidas que pueden incluir programas de sensibilización de la opinión pública, cursos de capacitación para los profesionales que trabajan con niños y para ellos, y servicios psicosociales y de rehabilitación para los niños víctimas. Indiquen también si existe un mecanismo para recibir, tramitar e investigar las denuncias presentadas por niños víctimas de la violencia, o en su nombre, incluidas las denuncias de abusos sexuales y descuido.

7.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas para prohibir los castigos corporales en todos los ámbitos y, en ese contexto, sobre la situación en que se encuentra el proyecto de ley de educación. Presenten también información detallada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte, como programas de concienciación o de formación, para hacer frente a la resistencia de la población a la prohibición de los castigos corporales y promover formas positivas y no violentas de criar y disciplinar a los niños.

8.Sírvanse proporcionar más información sobre las medidas adoptadas con vistas a garantizar que todos los niños afectados o infectados por el VIH/sida, incluidos los niños migrantes, reciban tratamiento antirretroviral, y a formar a los trabajadores de la salud en atención pediátrica del VIH/sida. Presenten asimismo información acerca de la campaña educativa sobre la prevención del VIH/sida e indiquen si el Estado parte ha llevado a cabo algún estudio para evaluar los efectos de esos programas.

9.Habida cuenta de la elevada tasa de embarazos en la adolescencia, sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para prestar servicios de atención de la salud a los adolescentes mediante, por ejemplo, programas de salud reproductiva, servicios confidenciales de asesoramiento y pruebas del VIH, así como brindándoles acceso a anticonceptivos modernos. Informen también sobre los programas o servicios de apoyo puestos a disposición de los adolescentes con vistas a tratar los problemas de salud mental y el consumo de sustancias psicoactivas, incluidos el tabaco y el alcohol.

10.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para garantizar la educación gratuita y obligatoria de todos los niños, incluidos los niños con discapacidad, de conformidad con la Ley de la Infancia de 2009. Proporcionen asimismo más información sobre las políticas adoptadas por el Estado parte para que las niñas puedan regresar a la escuela durante el embarazo y después de este, y si esas políticas han reducido las tasas de deserción escolar de las niñas embarazadas y las madres adolescentes.

11.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas, como inspecciones laborales, programas de formación e iniciativas de apoyo a los niños víctimas, para luchar contra el trabajo infantil y la explotación sexual de niños con fines comerciales. Presenten también información sobre la aplicación de la Ley contra la Trata de Personas de 2014 y señalen si existe algún mecanismo para identificar a los niños víctimas y remitirlos a los servicios apropiados. Informen asimismo sobre los procedimientos respetuosos de los niños que se aplican en los tribunales para proteger a los niños víctimas y testigos.

12.Sírvanse indicar si existen tribunales especiales para los niños infractores en el Estado parte y si en los centros de detención se mantiene a los niños separados de los adultos. Presenten también información sobre las medidas extrajudiciales que se pueden aplicar a los niños en conflicto con la ley y sobre los programas existentes para fomentar su rehabilitación y reintegración. Proporcionen asimismo ejemplos de casos que involucren a niños en que los jueces hayan dictado sentencia tomando expresamente en consideración el interés superior del niño.

Parte II

13.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

14.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.

15.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:

a)Los matrimonios infantiles;

b)Los niños de nacionalidad extranjera o no inscritos que viven en el Estado parte;

c)Los casos de violencia o abusos contra niños, incluidos abusos sexuales, el número de ellos que han sido enjuiciados y las correspondientes penas impuestas;

d)Los embarazos en la adolescencia y las tasas de reescolarización de niñas embarazadas;

e)El consumo de drogas y alcohol por los niños;

f)Los niños que trabajan en el sector informal y los niños en situación de calle;

g)Los niños víctimas de trata y secuestro.

16.Sírvanse aportar datos relativos a los últimos tres años, desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, indicando el número de niños:

a)Separados de sus padres;

b)Internados en instituciones;

c)Confiados a familias de acogida;

d)Adoptados en el país o en el extranjero.

17.Facilítense datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:

a)Viven con su familia;

b)Viven en instituciones;

c)Asisten a escuelas primarias ordinarias;

d)Asisten a escuelas secundarias ordinarias;

e)Asisten a escuelas especiales;

f)No están escolarizados;

g)Han sido abandonados por su familia.

18.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de delito, origen étnico y nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre el número de niños en conflicto con la ley que:

a)Han sido detenidos;

b)Han sido remitidos a programas de medidas extrajudiciales;

c)Se encuentran en prisión preventiva;

d)Cumplen una pena de prisión (precisando si se encuentran en la School of Industries o en prisión), indicando la duración de la pena y, en particular, si hay personas cumpliendo penas de cadena perpetua por delitos que cometieron antes de cumplir los 18 años;

e)Han sido condenados a castigos corporales.

19.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.

20.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.