49o período de sesiones

11 a 29 de julio de 2011

Lista de cuestiones y preguntas relativas al examen de los informes periódicos

Zambia

El grupo de trabajo anterior al período de sesiones examinó los informes periódicos quinto y sexto combinados de Zambia (CEDAW/C/ZMB/5-6).

Aspectos generales

De acuerdo con la información proporcionada en la introducción del informe, sírvase dar más detalles sobre el proceso de preparación del informe, indicando las instituciones y los ministerios gubernamentales que participaron y si el Gobierno aprobó el informe y lo presentó ante el Parlamento. Sírvase proporcionar información sobre la índole y el alcance de la participación de las organizaciones no gubernamentales en este proceso, en especial de las organizaciones de mujeres. Sírvase también indicar si las observaciones finales aprobadas por el Comité (A/57/38, párrs. 225 a 261) después de examinar los informes periódicos tercero y cuarto del Estado parte (CEDAW/C/ZAM/3-4) se tradujeron a los principales idiomas locales, cómo se difundieron y quiénes las recibieron, a fin de poner en conocimiento de población de Zambia, en particular de los funcionarios públicos y los políticos, las medidas necesarias para asegurar la igualdad entre hombres y mujeres, de jure y de facto.

Sírvase proporcionar información actualizada sobre los datos estadísticos desglosados por sexo, relativos a las principales esferas y disposiciones de la Convención. Qué medidas se han adoptado para recopilar y analizar periódicamente datos que permiten captar la verdadera situación de las mujeres, incluidas las de grupos desfavorecidos, especialmente las de las zonas rurales, las mujeres de edad, las mujeres con discapacidades y las migrantes y refugiadas. A este respecto, sírvase indicar si la Oficina Central de Estadística ha creado una base de datos central.

Situación jurídica de la Convención

El Comité, en el párrafo 232 de sus observaciones finales anteriores (A/57/38), expresó su preocupación porque la Convención no se hubiera incorporado directamente en el derecho nacional y que no pudieran invocarse sus disposiciones ante los tribunales. En el párrafo 6 del informe se señala que la legislación de Zambia ha incorporado determinadas disposiciones de la Convención mediante varias leyes y enmiendas legislativas. Sírvase proporcionar información actualizada sobre las medidas adicionales adoptadas o previstas por el Estado parte para incorporar la Convención en el derecho nacional y hacerla aplicable en los tribunales nacionales.

Marco constitucional, legislativo e institucional

Según el informe (párr. 23), la expresión “discriminación contra la mujer” no figura explícitamente en el marco jurídico. Sírvase indicar si el Estado parte está considerando incluir una definición de la discriminación en su Constitución o en otra legislación pertinente que abarque la discriminación directa e indirecta, en consonancia con el artículo 1 de la Convención, y que sea aplicable a actos de discriminación realizados por agentes públicos y privados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.

Según el informe (párrs. 26 y 27), en agosto de 2003, el Gobierno creó una Comisión de Reforma de la Constitución, entre otras cosas, para que estudiara y recomendara la eliminación de las disposiciones de la Constitución que se consideraran discriminatorias; llevara a cabo estudios y formulara recomendaciones sobre el grado en que la igualdad entre géneros debería contemplarse en la Constitución. En el informe también se señala que en 2005 la Comisión presentó simultáneamente sus recomendaciones y un proyecto de Constitución al Gobierno y al público. Sírvase proporcionar información detallada sobre los progresos logrados en el contexto del proceso de examen de la Constitución.

En sus observaciones finales anteriores (párr. 230), el Comité expresó su preocupación por las disposiciones contradictorias que figuraban en la Constitución, puesto que en el artículo 11 se garantizaba la igualdad de la mujer y en el artículo 23 4) se permitía la existencia de leyes discriminatorias en la esfera del derecho personal, por ejemplo sobre la asignación de ingresos, la adopción, el matrimonio, el divorcio, el entierro, la retroversión de propiedades en caso de muerte u otras cuestiones de derecho personal y consuetudinario respecto de cualquier asunto. Sírvase indicar si el Estado parte está considerando derogar el artículo 23 4), incluso en el contexto del proceso de examen de la Constitución, como recomendó anteriormente el Comité.

Mecanismos nacionales encargados del adelanto de la mujer

En sus observaciones finales anteriores (párr. 227), el Comité celebró la creación de la División de Género en el Proceso de Desarrollo en la Oficina del Presidente. Sírvase proporcionar información actualizada sobre la División, incluidos sus recursos y si tiene autoridad para asesorar respecto de las repercusiones de todas las políticas gubernamentales para las mujeres, vigilar ampliamente la situación de las mujeres, ayudar a formular nuevas políticas y poner en práctica estrategias y medidas para eliminar la discriminación.

En el párrafo 55 a) del informe se indica que se siguen aplicando la Política nacional en materia de género y el Plan de acción estratégico aprobados en 2000 y 2004, respectivamente, para acelerar el adelanto de la mujer. Sírvase proporcionar información sobre la evaluación de esas políticas y planes de acción, y sobre sus efectos en lo relativo a la consecución en la práctica de la igualdad entre hombres y mujeres en todas las esferas a que se refiere la Convención.

Estereotipos y prácticas culturales

El párrafo 45 del informe se refiere a un estudio que emprendió en 2003 la Comisión de Desarrollo Jurídico de Zambia sobre la reinstauración del derecho consuetudinario, con el objetivo general de garantizar que las actuales leyes consuetudinarias concordaran con los actuales valores sociopolíticos y económicos del país. Según el Estado parte, dicho estudio garantizaría que se trataran de resolver los estereotipos sobre las funciones de uno y otro sexo y, que, en consecuencia, fueran eliminados. Sírvase comunicar qué medidas se han adoptado respecto del estudio.

Según el párrafo 14 del informe, los estereotipos y los prejuicios que prevalecen en el país están cambiando rápidamente, en particular en las zonas urbanas, y las niñas reciben un trato en condiciones de igualdad con los niños. Sin embargo, según el párrafo 47 c) del informe, debido a las prácticas tradicionales negativas las mujeres siguen ocupando posiciones subordinadas y en la mayoría de los casos impiden que la mujer disfrute plenamente de los derechos y las libertades. Sírvase indicar qué medidas se han adoptado para cambiar las tendencias socioculturales que crean estereotipos o afianzan la idea de que la mujer es inferior, incluida la imagen que presentan de la mujer los medios de difusión. Sírvase indicar también los efectos de dichas medidas y proporcione información sobre las medidas que se han tomado para mejorar el acceso a las estaciones de radio comunitarias en zonas muy apartadas, descritas en el párrafo 60 b) del informe.

Violencia contra la mujer

En el párrafo 8 del informe se reconoce que la violencia de género, sobre todo contra las mujeres y los niños, sigue siendo un asunto de interés que requiere atención inmediata. En el informe se presentan las tendencias en los casos de violación y desfloración comunicados entre 2000 y 2005. Sin embargo, luego se señala que al no disponerse de estadísticas desglosadas por sexo, es difícil proporcionar estimaciones de otros casos. ¿Tiene el Estado parte la intención de reunir datos desglosados por otros tipos de violencia por motivos de género? En el informe se señala que el Estado parte tiene intención de facilitar el debate del proyecto de ley sobre la violencia de género por medio de la Comisión de Desarrollo Normativo de Zambia (párr. 28). Sírvase explicar qué formas de violencia abarcará el proyecto de ley y las sanciones correspondientes, así como el plazo para promulgarlo como ley.

En el informe (párr. 6) se observa que el Estado parte ha incorporado en su legislación la protección de mujeres y niños de los atentados contra el pudor, el acoso sexual, la desfloración y la trata de personas, como se establece en la Ley núm. 5 (de enmienda) del Código Penal de 2005. Sírvase proporcionar información actualizada sobre el contenido y la aplicación de las enmiendas, incluidos sus efectos en la reducción de esos casos, y sobre las medidas adoptadas para incluir en el Código Penal la violación en el matrimonio. Comunique también los centros que, según el párrafo 11 del informe, prestan todo tipo de servicios a las víctimas de la violencia de género, entre ellos asesoramiento, tratamiento de las lesiones, investigaciones y enjuiciamiento. Sírvase indicar la distribución de dichos centros en todo el país y explicar cómo pueden prestar servicios de enjuiciamiento.

Sírvase aclarar el contenido del artículo 161 de la Ley núm. 15 (de enmienda) del Código Penal conforme al cual una niña o mujer mayor de 16 años de edad que tenga una relación sexual consentida con un pariente es culpable de un delito que podrá ser castigado con una pena de prisión de un mínimo de 20 años, que puede llegar hasta cadena perpetua. ¿Cuáles son las correspondientes disposiciones penales aplicables a los parientes de sexo masculino a este respecto? ¿Sobre quién recae la carga de la prueba en lo relativo al asunto del consentimiento?

En el informe se indica que la violencia sexual contra las mujeres y los niños está aumentado y que el 15% de mujeres de 15 a 19 años de edad han sido objeto de abusos sexuales (párr. 139). Según la información presentada al Comité, la tortura o el maltrato de mujeres por parte de funcionarios del Estado, por ejemplo en locales de la policía o en instalaciones de detención, tiende a caracterizarse por la violencia sexual y también por tratos degradantes, como obligarlas a desfilar desnudas frente a grupos de funcionarios de las fuerzas del orden. Según se dice, las más de las veces, quienes comenten esos actos de violencia no han sido castigados y las víctimas no han recibido reparación. Sírvase hacer comentarios sobre estas denuncias y explicar cómo se está resolviendo el asunto. En el párrafo 15 del informe se señala que el “acoso sexual”, sobre todo contra las mujeres, es uno de los principales problemas de derechos humanos en el Estado parte. ¿Qué medidas ha adoptado o prevé adoptar el Estado parte para que las mujeres sean conscientes de la gravedad de la violencia sexual, incluido el “acoso sexual”, y de que constituye un delito penal?

Los párrafos 42 y 43 del informe se refieren al establecimiento de la Dirección de Denuncias contra la Policía, que empezó a funcionar el 7 de mayo de 2003. Según el informe, el Estado parte considera que esa entidad constituye la vía que todas las personas, incluso las mujeres y los niños, pueden utilizar para denunciar todo tipo de abuso de autoridad por parte de los agentes de policía a fin de obtener reparación. Sírvase proporcionar información, de haberla, sobre el número de denuncias que la Dirección ha recibido de mujeres, el tipo de denuncia, la investigación efectuada al respecto y el enjuiciamiento y castigo de los autores.

La trata y la explotación de la prostitución

El párrafo 64 a) del informe se refiere al establecimiento, en 2004, de un Comité interministerial sobre la trata cuyo mandato era dar respuesta al problema de la trata de personas y elaborar un plan de acción nacional preliminar, que a partir de entonces comenzó a elaborarse. Sírvase proporcionar información detallada sobre el mandato, la composición y las actividades del Comité. Sírvase también proporcionar información adicional sobre el contenido del plan de acción nacional preliminar e indicar si se ha progresado en la elaboración de una política y una legislación relativas a la trata de personas. Comunique todo plan encaminado a proporcionar refugio y otros servicios a las víctimas de la prostitución y la trata en todo el país y si el Estado parte está considerando realizar estudios sobre la índole, el alcance, las causas y las consecuencias de la trata en Zambia que puedan servir de base de las medidas de política, las estrategias y la intervención del Gobierno.

Según la información presentada al Comité, Zambia es un país de origen, destino y tránsito de la trata de personas y hay un número elevado y cada vez mayor de niños víctimas de la explotación comercial, incluidas la prostitución y la pornografía, especialmente de las niñas, los niños huérfanos y los niños desfavorecidos. Sírvase proporcionar estadísticas, si las hay, sobre el número de mujeres y niñas que son víctimas de la trata con fines de explotación sexual y económica. Sírvase también proporcionar estadísticas, si las hay, sobre el número de mujeres y niñas que trabajan en la prostitución y comunique las medidas adoptadas para prevenir y sancionar la explotación de la prostitución, y también las medidas adoptadas para proporcionar rehabilitación y apoyo para la integración social de las mujeres que deseen abandonar la prostitución.

Participación en la vida política y pública

En el párrafo 48 del informe se presentan estadísticas que demuestran un aumento de la participación de la mujer en la vida política. Según el informe (párr. 22), el Estado parte está elaborando una estrategia para incorporar las cuestiones de género en el Programa de reforma de los servicios públicos para el período 2007 a 2011 con el objetivo fundamental de asegurar que aumente la representación de la mujer en puestos de adopción de decisiones en la administración pública y velar por que todos los programas que se ejecuten tengan en cuenta las cuestiones de género. Sírvase informar sobre la situación y el contenido de la estrategia e indicar si se ha evaluado la eficacia de la misma y la de otras medidas adoptadas para aumentar la participación de la mujer en la vida pública y política. ¿Ha considerado el Estado parte la posibilidad de adoptar medidas especiales de carácter temporal, de conformidad con el artículo 4, párrafo 1, de la Convención, para intensificar sus esfuerzos por promover a las mujeres a puestos de poder, como el establecimiento de un sistema de cuotas?

Nacionalidad

Según el párrafo 93 del informe, desde la presentación del informe anterior, se reconoce a los extranjeros casados con nacionales de Zambia la igualdad de oportunidades en lo que respecta a la solicitud y adquisición de la ciudadanía del país. Indíquese si el Estado parte ha aprobado un instrumento que permita la integración legal de los refugiados en Zambia, incluida la posibilidad de que a los hijos de un progenitor de Zambia se les confirme su ciudadanía.

Educación

Según el párrafo 104 del informe, las tasas de terminación de estudios en la enseñanza básica aumentaron de 11,6% en 2000 a 15,0% en 2005 entre las niñas y de 17,4% a 20,1% entre los niños, y la aplicación ininterrumpida de la política de reingreso ha contribuido también a que aumente la retención escolar y el pase de grado entre las niñas. Sin embargo, en el informe se reconoce que, pese a los adelantos registrados, la diferencia de las tasas de terminación de estudios entre géneros sigue siendo del 5,1%. Sírvase indicar si el Estado parte ha determinado las principales razones de la deserción escolar de las niñas y si la política de reingreso tiene en cuenta todas esas razones, e indique también si se ha evaluado la eficacia de esa política. ¿Qué medidas concretas ha adoptado o prevé adoptar el Estado parte a fin de aumentar la matrícula de las niñas en la educación secundaria y terciaria?

Según el párrafo 110 del informe las disparidades entre uno y otro sexo por lo que se refiere a la matrícula se asemejan a las observadas en las tasas de alfabetización. En el informe también se reconoce que la baja tasa de alfabetización y las limitadas oportunidades de estudiar que tienen las mujeres y las niñas siguen siendo graves barreras que les impiden disfrutar de sus derechos. Sírvase informar sobre la ejecución de las medidas adoptadas por el Estado parte para resolver el problema del analfabetismo y, en particular, las bajas tasas de alfabetización femenina.

Empleo

En el informe se observa (párr. 6) que el derecho al empleo se garantiza en virtud de la Ley de empleo y la Ley de relaciones laborales. Sírvase explicar cómo se vigila el cumplimiento de esas leyes, en particular la prohibición de la discriminación basada en el sexo, que se incluye en la Ley de relaciones laborales. ¿Se incluye en esas leyes la prohibición del acoso sexual en el empleo y el derecho a regresar al mismo puesto después de la licencia de maternidad? Sírvase también proporcionar información sobre los planes para ampliar su aplicación al sector no estructurado. Indíquese también si el Estado parte ha mantenido en su legislación nacional el requisito de dos años de empleo continuo a partir de la fecha de la contratación como condición para la licencia de maternidad (artículo 15 A) de la Ley de empleo).

Según el informe (párr. 127), la disminución del empleo en el sector estructurado ha dado lugar a un aumento del desempleo, sobre todo entre las mujeres, que en su mayoría tienen un bajo nivel de instrucción. Esto ha producido un crecimiento del sector no estructurado, donde la mayoría de las mujeres reciben una remuneración baja y están expuestas a condiciones de trabajo peligrosas. Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas para la regularización del sector no estructurado y sobre toda medida adoptada o prevista para que las mujeres que trabajan en el sector no estructurado tengan seguridad social.

Salud

Sírvase proporcionar información sobre el acceso de las mujeres, incluidas las de las zonas rurales, a los servicios de salud a lo largo de toda su vida. En el párrafo 19 del informe se indica que las tasas de mortalidad materna siguen siendo elevadas y que han aumentado de 649 por 100.000 nacidos vivos en 1996 a 729 por 100.000 en 2002. Indíquense las medidas adoptadas para que se dé prioridad a la salud materna, por ejemplo ocupándose de las principales causas de la elevada mortalidad materna, como se indica en el párrafo 131 del informe.

Según el informe (párr. 20), el Gobierno está ejecutando algunos programas de prevención de la actividad sexual precoz entre los adolescentes para aplazar la edad media de la primera relación sexual. En el informe también se señala (párr. 21) que cabe atribuir el aplazamiento de la primera relación sexual a la eficacia de los programas de educación interpares que ejecuta el Gobierno en colaboración con las organizaciones de la sociedad civil. Sírvase informar sobre la distribución de tales programas en todo el país y también sobre sus efectos, y en particular sobre los embarazos indeseados. Indíquense también las medidas adoptadas para mejorar las iniciativas de planificación de la familia y describir el grado en que las niñas y los niños son conscientes de las cuestiones sexuales y de salud reproductiva, incluidos los conocimientos que tienen sobre la manera de protegerse contra las enfermedades de transmisión sexual y de prevenir los embarazos indeseados.

Según el párrafo 17 del informe, el Consejo Nacional del SIDA es el mecanismo nacional de coordinación y apoyo al desarrollo y de supervisión y evaluación de la respuesta nacional multisectorial al VIH/SIDA. Sírvase proporcionar más información sobre su composición, sus actividades y sus efectos. Según el párrafo 137 del informe, la tasa de infección por el VIH/SIDA en 2004 era más elevada entre las mujeres (13%) que entre los hombres (8%) de 15 a 49 años de edad y la situación era parecida entre los niños (8%) y las niñas (17%) de 15 a 24 años. Además, la tasa de infección por el VIH/SIDA ha ido en aumento entre las mujeres de 30 a 39 años de edad, aunque la tasa total de infección ha ido disminuyendo. Indíquense las medidas y los programas establecidos para concienciar más a la población acerca del riesgo y los efectos del VIH/SIDA, e indicar si algunas de esas medidas están dirigidas específicamente a la mujeres y las niñas.

Sírvase informar al Comité de la existencia de mecanismos que aseguren el acceso no discriminatorio y en condiciones de igualdad de las reclusas a las instalaciones médicas, con inclusión de las pruebas de diagnóstico y el tratamiento del VIH/SIDA y la tuberculosis. Sírvase también proporcionar información sobre la disponibilidad de servicios para las reclusas embarazadas y lactantes.

Empoderamiento económico

Según el párrafo 145 del informe, la mayoría de las mujeres no pueden tener acceso al crédito financiero debido a su precaria situación económica, lo cual, junto con la falta de garantías, es uno de los principales requisitos que exige la mayoría de las instituciones financieras. Sírvase proporcionar información sobre las medidas que el Estado parte ha adoptado o previsto para mejorar el acceso de las mujeres al crédito financiero y también sobre otras medidas para apoyar las actividades empresariales de las mujeres, incluido el acceso a la tierra y al capital, y de manera más general mejorar la situación de las mujeres en el sector no estructurado, y los efectos de dichas medidas. Además, sírvase proporcionar más información sobre la Ley núm. 9 de promoción económica de los ciudadanos de 2006, que prohíbe la discriminación por motivos de género (párr. 40 del informe) y también sobre el mandato, la composición y las actividades de la Comisión de Promoción Económica, en particular sus actividades relativas a la promoción de la igualdad entre los géneros.

Grupos de mujeres desfavorecidos

Mujeres de zonas rurales

Según el párrafo 55 c) del informe, el 30% de las tierras en propiedad está reservado para las mujeres, como se dispone en la Política nacional en materia de género de 2000. Sírvase indicar cómo se aplica la cuota e indique otras medidas que el Estado parte ha adoptado o previsto para mejorar la situación de las mujeres de zonas rurales, incluido su acceso a la justicia, el nivel de vida, la educación, la salud, los servicios sociales, la propiedad de la tierra y su participación en el proceso de toma de decisiones a todos los niveles.

Mujeres de edad, mujeres con discapacidades, viudas y mujeres y niñas migrantes

En el informe no se dice nada de la situación de las mujeres de edad, las mujeres con discapacidades, las viudas y las mujeres y las niñas migrantes. Sírvase proporcionar información sobre la situación económica y social de esos grupos de mujeres y las medidas adoptadas para apoyarlos. Sírvase también informar sobre su acceso a la educación, el empleo, el agua potable y los servicios de salud, así como la protección contra la violencia.

Mujeres y niñas refugiadas

En sus observaciones finales anteriores (A/57/38, párr. 256), el Comité encomió los esfuerzos del Estado parte por acoger refugiados de los países vecinos, pero expresó su preocupación por la capacidad del Estado parte de proteger a los refugiados y garantizar sus derechos. Sírvase proporcionar información actualizada sobre la asistencia prestada a las mujeres y las niñas refugiadas y sobre las actividades de rehabilitación en su favor. Según la información presentada al Comité, diversos comités gubernamentales están examinando un proyecto de ley sobre los refugiados, con el objetivo de reemplazar la Ley (de control) sobre los refugiados de 1970, antes de presentarlo al Parlamento para su aprobación. Sírvase proporcionar información sobre el contenido y la situación de ese proyecto de ley, y también sobre el calendario para su aprobación.

Matrimonio y vida familiar

En sus observaciones finales anteriores (párr. 228), el Comité encomió al Estado parte por la promulgación de la Ley sobre el matrimonio y la Ley de sucesión intestada, que protegen a la mujer en las esferas del matrimonio y la herencia. Sírvase proporcionar información actualizada sobre las medidas que el Estado parte ha adoptado para aplicar las disposiciones de dicha Ley. En el informe se confirma que sigue prevaleciendo el pago de lobola (precio de compra de la novia) como parte esencial para constituir un matrimonio tradicional válido. Sírvase informar al Comité de toda medida adoptada o prevista para resolver esa cuestión. ¿Qué medidas ha adoptado o prevé adoptar el Estado parte para combatir las prácticas de despojo de los bienes y el “rito de purificación sexual”, tras la muerte del cónyuge?

En sus observaciones finales anteriores (párrs. 250 a 253), el Comité expresó su preocupación por el hecho de que el matrimonio y las relaciones familiares se rigieran por un doble sistema jurídico de leyes y costumbres, y que la mayoría de estas leyes no fueran compatibles con la Convención. Al Comité le preocupa además que la poligamia esté ampliamente aceptada y el Estado parte no la combata con eficacia. Sírvase proporcionar información actualizada sobre las medidas que ha adoptado el Estado parte para atender esas preocupaciones. En el párrafo 47 a) del informe del Estado parte se indica que debido a los matrimonios precoces, las niñas no pueden proseguir sus estudios, ya que el derecho consuetudinario considera legal el matrimonio de las niñas que han alcanzado la pubertad. Sírvase proporcionar información sobre la edad para expresar el consentimiento para las mujeres que contraen uniones consuetudinarias y sobre las medidas adoptadas para combatir la práctica de los matrimonios precoces.

Protocolo Facultativo y enmienda del artículo 20, párrafo 1

Sírvase indicar los progresos logrados en la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención, así como los progresos realizados en la aceptación de la enmienda del artículo 20, párrafo 1, de la Convención, relativo al tiempo asignado a las reuniones del Comité.