Porcentaje de hogares encabezados por mujeres

Zonas rurales

Zonas urbanas

Número de hogares

Provincia

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Central

77

23

77

23

76

24

225 915

Copperbelt

81

19

80

20

81

19

337 943

Oriental

76

24

75

25

77

23

320 393

Luapula

80

20

79

21

80

20

177 793

Lusaka

76

24

77

23

76

24

333 430

Septentrional

81

19

82

18

79

21

296 021

Noroccidental

77

23

75

25

81

19

131 217

Meridional

78

22

78

22

77

23

284 250

Occidental

66

34

65

35

68

32

176 250

Todo el país

77

23

77

23

78

22

2 283 211

Fuente: Encuesta de seguimiento de las condiciones de vida de 2006.

En el cuadro anterior se presenta la distribución de hogares encabezados por mujeres en las zonas rurales y urbanas por provincia. Según el cuadro, en 2006 el 23% de los hogares de Zambia estaban encabezados por mujeres. La Provincia Occidental tenía el porcentaje más alto de hogares encabezados por mujeres (un 34%), mientras que Lusaka y la Provincia Septentrional tenían el porcentaje más bajo (un 19%). Los porcentajes de hogares encabezados por mujeres eran mayores en las zonas rurales de Lusaka y de las Provincias Oriental, Noroccidental, Occidental y Meridional.

2.2Distribución de la población de 12 años o más por sexo, edad y estado civil en Zambia – Encuesta de seguimiento de las condiciones de vida de 2006

Sexo/ Grupo de edad

Estado civil

Personas de 12 años o más

Solteros

Casados

Separados

Divorciados

Viudos

Total

Todo el país

46

45

2

3

5

100

7 606 522

Sexo

Masculino

51

45

1

1

1

100

3 710 795

Femenino

40

44

2

4

9

100

3 895 727

Grupo de edad

12-14

99

0

0

0

0

100

1 023 512

15-19

92

8

0

0

0

100

1 409 248

20-24

57

38

2

2

2

100

1 194 289

25-29

30

61

2

4

0

100

976 464

30-49

7

77

3

5

7

100

2 148 996

50+

1

67

1

5

26

100

854 013

Hombres

12-14

100

0

0

0

0

100

501 823

15-19

98

2

0

0

0

100

697 817

20-24

76

22

1

0

0

100

543 893

25-29

41

55

1

2

1

100

467 249

30-49

9

84

2

3

2

100

1 072 880

50+

1

88

1

3

7

100

427 133

Mujeres

12-14

99

0

0

0

0

100

521 689

15-19

85

14

1

0

0

100

711 431

20-24

42

51

2

4

1

100

650 396

25-29

20

67

3

6

3

100

509 215

30-49

6

70

3

8

13

100

1 076 116

50+

2

45

2

6

45

100

426 880

Fuente: Encuesta de seguimiento de las condiciones de vida de 2006.

2.2.1En el cuadro anterior figura la composición porcentual de la población de 12 años o más desglosada por sexo, edad y estado civil. Según el cuadro, cuando se realizó la encuesta, el 46% de la población de 12 años o más era soltera, el 45% estaba casada, el 5% era viuda, el 3% estaba divorciada y el 2% estaba separada.

2.2.2Había más mujeres viudas, separadas y divorciadas que hombres. La escasa proporción de hombres viudos, separados y divorciados en relación con las mujeres puede deberse a que un mayor porcentaje de hombres que de mujeres vuelven a contraer matrimonio.

Estadísticas de migración

2.3Migrantes y no migrantes durante los 12 meses anteriores a la encuesta, desglosados por sexo y edad, en Zambia, 2006

Edad (en grandes grupos) y sexo

Condición migratoria

Total

Migrantes

No migrantes

Número

Por- centaje

Número

Por- centaje

Número

Por-centaje

Todo el país

Ambos sexos

349 660

3

11 347 766

97

11 697 426

100

0-11

Ambos sexos

119 064

3

3 944 429

97

4 063 493

100

Hombres

60 899

3

1 968 705

97

2 029 604

100

Mujeres

58 166

3

1 975 724

97

2 033 890

100

12-19

Ambos sexos

72 314

3

2 368 070

97

2 440 384

100

Hombres

29 210

2

1 174 192

98

1 203 402

100

Mujeres

43 104

3

1 193 878

97

1 236 982

100

20-24

Ambos sexos

42 493

4

1 156 203

96

1 198 696

100

Hombres

16 470

3

529 070

97

545 540

100

Mujeres

26 023

4

627 133

96

653 156

100

25-29

Ambos sexos

40 350

4

940 481

96

980 831

100

Hombres

20 946

4

448 226

96

469 172

100

Mujeres

19 404

4

492 255

96

511 659

100

30-39

Ambos sexos

47 045

3

1 332 988

97

1 380 033

100

Hombres

24 693

4

667 230

96

691 923

100

Mujeres

22 352

3

665 759

97

688 111

100

40-49

Ambos sexos

18 695

2

757 579

98

776 274

100

Hombres

10 059

3

374 429

97

384 488

100

Mujeres

8 637

2

383 150

98

391 787

100

50-59

Ambos sexos

5 050

1

417 674

99

422 724

100

Hombres

3 772

2

213 343

98

217 115

100

Mujeres

1 278

1

204 331

99

205 609

100

60-64

Ambos sexos

1 791

1

145 427

99

147 218

100

Hombres

1 237

2

60 157

98

61 394

100

Mujeres

553

1

85 270

99

85 823

100

65+

Ambos sexos

2 857

1

284 914

99

287 771

100

Hombres

852

1

149 675

99

150 527

100

Mujeres

2 005

1

135 239

99

137 244

100

Fuente: Encuesta de seguimiento de las condiciones de vida de 2006.

2.3.1Los datos en materia de migración de la Encuesta de seguimiento de las condiciones de vida se obtienen a partir de la siguiente información: lugar de residencia 12 meses antes de la encuesta, lugar de residencia en el momento de la encuesta y duración de la residencia en el lugar de residencia actual.

2.3.2En el cuadro anterior se presenta la proporción de migrantes y no migrantes durante los 12 meses anteriores a la encuesta desglosada por sexo y grandes grupos de edades en Zambia. Según el cuadro, no había diferencia entre la proporción de hombres y mujeres migrantes en los grupos de edad de 0 a 11, de 25 a 29 y de más de 65 años. Las cifras del cuadro también indican que en el grupo de edades de 20 a 29 años había más migrantes que en los grupos de más edad.

Actividad económica

2.4Distribución porcentual de la población de 12 años o más por actividad económica principal y por sexo, zona rural o urbana, estrato y provincia, 2006

Residencia/Estrato/Provincia

Situación económica

Número total de personas de 12 años o más

Población activa

Población inactiva

Empleados

Trabajadores familiares no remunerados

Desempleados

Estudiante a tiempo completo

Encargados de labores domésticas

Jubilados/ e dad muy avanzada

Otros

Todo el país

43

12

9

27

6

2

1

7 584 269

Sexo

Hombres

53

7

9

29

1

2

1

3 702 275

Mujeres

35

17

10

25

11

2

1

3 881 994

Zonas rurales/urbanas

Zonas rurales

47

18

3

26

3

1

1

4 758 956

Zonas urbanas

37

2

19

28

11

3

1

2 825 313

Estrato

Rural, pequeña escala

48

19

3

26

2

1

1

4 342 085

Rural, mediana escala

37

21

4

35

2

1

0

175 119

Rural, gran escala

24

32

9

31

4

1

.

6 007

Rural, no agrícola

47

3

14

18

13

3

1

235 745

Urbano, bajo costo

38

2

18

27

12

3

1

2 220 752

Urbano, costo mediano

35

1

21

32

9

3

1

363 949

Urbano, alto costo

38

1

18

32

7

2

2

240 612

Provincia

Central

37

21

6

29

5

2

1

795 739

Copperbelt

37

1

17

29

11

3

1

1 230 907

Oriental

39

34

2

22

1

1

0

997 761

Luapula

62

3

2

29

2

1

0

559 190

Lusaka

39

2

19

26

11

3

1

1 141 999

Septentrional

42

24

4

26

2

2

0

935 837

Noroccidental

50

6

8

29

3

3

1

435 830

Meridional

49

6

8

28

7

1

0

915 842

Occidental

50

11

6

26

5

2

1

571 164

Fuente: Encuesta de seguimiento de las condiciones de vida de 2006.

2.4.1En el cuadro anterior se observan las disparidades entre la actividad económica de los hombres y las mujeres. Mientras que el 53% de los hombres tenían empleo, solamente alrededor de un 35% de las mujeres estaban empleadas. Un mayor número de mujeres (17%) que de hombres (7%) fueron calificadas como trabajadoras familiares no remuneradas. Asimismo, un mayor número de mujeres (11%) que de hombres (1%) fueron descritas como encargadas de las labores domésticas. Esto podría ser un reflejo de los papeles asignados a los hombres y las mujeres, que sitúan a las personas en actividades económicas predeterminadas según su sexo. La mayoría de las mujeres tienden a realizar trabajos orientados hacia las “actividades domésticas”, mientras que los hombres generalmente se dedican a “actividades generadoras de ingresos” dentro del mercado de trabajo.

2.4.2Al analizar los resultados distinguiendo el estrato rural del urbano, quedó de manifiesto que había más personas empleadas en las zonas rurales que en las urbanas, con porcentajes del 47% y el 37%, respectivamente. Había más personas empleadas como trabajadores familiares en las zonas rurales (18%) que en las urbanas (2%), mientras que el número de desempleados era mayor en las zonas urbanas (19%) que en las rurales (3%).

2.4.3Según el análisis por provincia, Luapula tenía el porcentaje más elevado de personas empleadas (62%), seguida por las Provincias Noroccidental y Occidental, cada una con un 50%, y por la Provincia Meridional (49%). Las mayores proporciones de trabajadores familiares no remunerados se observaron en la Provincia Oriental (34%), seguida por las Provincias Septentrional (24%) y Central (21%). El porcentaje de estudiantes a tiempo completo fue similar en todas las provincias y se situó entre el 22% y el 29%.

Participación en la fuerza de trabajo

2.5Tasas de participación en la fuerza de trabajo entre las personas de 12 años o más por sexo, zona rural o urbana, estrato y provincia, 2006

Residencia/Provincia

Tasa de participación

Número de personas de 12 años o más

Ambos sexos

Hombres

Mujeres

Todo el país

65

68

61

7 584 269

Residencia

Zonas rurales

69

68

69

4 758 956

Zonas urbanas

57

67

48

2 825 313

Provincia

Central

64

66

61

795 739

Copperbelt

56

66

46

1 230 907

Oriental

75

73

77

997 761

Luapula

68

66

69

559 190

Lusaka

60

70

50

1 141 999

Septentrional

70

70

71

935 837

Noroccidental

64

65

63

435 830

Meridional

63

67

60

915 842

Occidental

67

67

67

571 164

Fuente: Encuesta de seguimiento de las condiciones de vida de 2006.

2.5.1La tasa de participación en la fuerza de trabajo es un indicador del mercado de trabajo que indica la proporción económicamente activa de la población. Esta tasa distingue entre las personas económicamente activas (los empleados y los desempleados) e inactivas (los estudiantes, las personas encargadas de las labores domésticas, los pensionistas y los jubilados). Una tasa de participación baja significa que una gran proporción de la población no participa en la fuerza de trabajo, mientras que una tasa alta de participación indica lo contrario.

2.5.2Como se muestra en el cuadro anterior, la tasa general de participación en la fuerza de trabajo de Zambia era del 65%. Esta tasa era del 68% para los hombres y del 65% para las mujeres. En las zonas rurales, la participación de las mujeres (69%) era levemente mayor que la de los hombres (68%), mientras que en las zonas urbanas había una gran disparidad entre las tasas de participación por sexo: la participación de los hombres (67%) era mayor que la de las mujeres (48%).

Medidas adoptadas para asegurar la recopilación y el análisis periódicos de datos

2.6El Estado parte informa de que la Oficina Central de Estadística ha adoptado medidas para asegurar la recopilación y el análisis periódicos de datos que permitan captar la verdadera situación de las mujeres a través de encuestas de indicadores múltiples, como la Encuesta sobre demografía y salud de Zambia y la Encuesta de seguimiento de las condiciones de vida.

Base de datos central

2.7La Oficina Central de Estadística no ha establecido una base de datos central, pero trabaja en colaboración con otros ministerios gubernamentales para obtener los datos necesarios. La Oficina tiene previsto poner en marcha un sistema nacional de estadísticas que será la base de datos central.

3.El Comité, en el párrafo 232 de sus observaciones finales anteriores, expresó su preocupación por que la Convención no se hubiera incorporado directamente en el derecho nacional y que no pudieran invocarse sus disposiciones ante los tribunales. En el párrafo 6 del informe se señala que la legislación de Zambia ha incorporado determinadas disposiciones de la Convención mediante varias leyes y enmiendas legislativas. Sírvase proporcionar información actualizada sobre las medidas adicionales adoptadas o previstas por el Estado parte para incorporar la Convención en el derecho nacional y hacerla aplicable en los tribunales nacionales.

El Comité tal vez desee tomar nota de lo siguiente, como respuesta a la preocupación expresada respecto de la incorporación de la Convención en el derecho nacional:

Proceso de análisis de las políticas y leyes

3.1El Estado parte desea informar de que en 2010 el Gobierno puso en marcha un proceso de análisis de las políticas y las leyes con el objetivo de determinar las disposiciones de la Convención que se han incorporado en las políticas y en la legislación nacional. Este proceso proporcionará al Gobierno la información necesaria sobre las medidas adicionales que se deben adoptar para incorporar sistemáticamente las disposiciones de la Convención en la legislación nacional.

Proyecto de ley de 2010 (enmienda) relativo a la Constitución de Zambia

3.2El proyecto de ley, entre otras cosas, dispone la igualdad de trato de hombres y mujeres. Obliga al Estado a aplicar políticas y leyes que permitan garantizar y promover la igualdad entre los géneros. Además, el proyecto de ley exige que el Gobierno asegure la plena participación, el equilibrio entre los géneros y la representación equitativa de los grupos desfavorecidos, incluidos los jóvenes y las personas con discapacidad, en los órganos electivos y de designación directa y en el desarrollo político, social, cultural y económico del país. Además, exige que todos los partidos políticos y las asociaciones cívicas aseguren la plena participación, el equilibrio entre los géneros y la representación equitativa de los grupos desfavorecidos, los jóvenes y las personas con discapacidad, en sus organizaciones y prácticas. El proyecto de ley también prevé el establecimiento de la Comisión para la Igualdad entre los Géneros, que tiene el mandato de promover el respeto a la igualdad entre los géneros y la protección, el desarrollo y la consecución de la igualdad entre los géneros.

Como se explica a continuación, el proyecto de ley aún debe someterse a referendo nacional.

La Ley de 2011 contra la violencia por motivos de género

3.3El Parlamento promulgó una ley específicamente dirigida a hacer frente a la violencia por razón de género, denominada Ley de 2011 contra la violencia por motivos de género. Esta ley tipifica como delito la violencia por motivos de género y prevé la protección efectiva de las víctimas de la violencia por motivos de género, incluidas las mujeres que se ven afectadas por la violencia en el entorno familiar. Esta ley apunta a fortalecer las disposiciones del Código Penal y prevé la protección e indemnización de las víctimas y supervivientes de la violencia por motivos de género. También dispone el establecimiento de albergues que ofrezcan a las víctimas refugio y protección contra nuevos actos de violencia y les presten asistencia.

Ley de reglamentación del boxeo profesional y la lucha libre (enmienda) de 2010

3.4Antes de que se enmendara la ley de reglamentación del boxeo profesional y la lucha libre, capítulo 159, la Comisión de Boxeo Profesional y Lucha Libre de Zambia solamente permitía que se registraran hombres como boxeadores o luchadores. La Ley de reglamentación del boxeo profesional y la lucha libre (enmienda) de 2010 permite que la Comisión también registre a mujeres como boxeadoras o luchadoras.

Ley de empoderamiento económico de los ciudadanos de 2006

3.5En 2010 se revisaron los criterios para el acceso al Fondo de Empoderamiento Económico y se eliminó el requisito de presentar una garantía para los préstamos de hasta 12.000 dólares. Esta modificación se introdujo para que las mujeres empresarias pudieran tener un mayor acceso al Fondo de Empoderamiento Económico de los Ciudadanos.

Ley contra la trata de seres humanos de 2008

3.6La promulgación de la Ley contra la trata de seres humanos de 2008 ha reforzado las disposiciones relativas a la trata de personas. Anteriormente, los delitos relacionados con la trata de seres humanos solo estaban contemplados en el Código Penal, que únicamente preveía la cuestión de la trata de niños. La Ley ha ampliado el alcance de las disposiciones de modo de disponer la prohibición, la prevención y el enjuiciamiento de la trata de seres humanos. La Ley también dispone el establecimiento de centros para las víctimas de esa trata. Además, la Ley prevé la incorporación en la legislación interna del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

Ley de educación de 2011

3.7La Ley de educación de 2011 exige que el Ministerio de Educación fomente la igualdad de acceso a la educación y promueva la participación en la educación y la terminación de los estudios en todos los niveles, independientemente del género, la clase social o la discapacidad. La Ley también exige a la Junta de Educación y a la Junta de Administración que elaboren y apliquen planes para promover la igualdad de oportunidades de acceso a los diferentes niveles de las escuelas a cargo de dichas Juntas y de participación en esos niveles. Además, la Ley impone a la Junta de Educación y a la Junta de Administración la obligación de asegurar que tanto los planes de estudio como el material educativo correspondiente de las instituciones de enseñanza tengan en cuenta las cuestiones de género. La Ley exige que la formación de los maestros tanto antes del empleo como en el empleo incluya las cuestiones de género e incorpore metodologías que contemplen la perspectiva de género. Asimismo, la Ley alienta al Ministro a ofrecer oportunidades de educación tanto a alumnos de sexo masculino como de sexo femenino.

Marco constitucional, legislativo e institucional

4. Según el informe (párr. 23), la expresión “ discriminación contra la mujer ” no figura explícitamente en el marco jurídico. Sírvase indicar si el Estado parte está considerando incluir una definición de la discriminación en su Constitución o en otra legislación pertinente que abarque la discriminación directa e indirecta, en consonancia con el artículo 1 de la Convención, y que sea aplicable a actos de discriminación realizados por agentes públicos y privados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.

Actualmente no está prevista la inclusión de una definición de la expresión “discriminación contra la mujer” en nuestra legislación. Se considera que el término “discriminatorio”, que está definido en la Constitución de Zambia, en el capítulo 1 de la recopilación de leyes de Zambia, es adecuado puesto que abarca todos los aspectos de la discriminación.

5. Según el informe (párrs. 26 y 27), en agosto de 2003, el Gobierno creó una Comisión de Reforma de la Constitución, entre otras cosas, para que estudiara y recomendara la eliminación de las disposiciones de la Constitución que se consideraran discriminatorias, llevara a cabo estudios y formulara recomendaciones sobre el grado en que la igualdad entre géneros debería contemplarse en la Constitución. En el informe también se señala que en 2005 la Comisión presentó simultáneamente sus recomendaciones y un proyecto de Constitución al Gobierno y al público. Sírvase proporcionar información detallada sobre los progresos logrados en el contexto del proceso de examen de la Constitución.

5.1El Estado parte desea informar de que la Comisión de Reforma de la Constitución presidida por Mung’omba recomendó, entre otras cosas, que la Constitución fuera aprobada por una Asamblea Constituyente, una Conferencia Constitucional o cualquier órgano de base popular. A raíz de esa recomendación, el Estado parte promulgó la Ley núm. 19 de 2007, por la que se estableció la Conferencia Constitucional Nacional, encargada de:

a)Examinar las disposiciones del informe y el proyecto de Constitución de la Comisión de Reforma Constitucional de Mung’omba y deliberar al respecto;

b)Aprobar el proyecto de Constitución total o parcialmente; y

c)Remitir el proyecto o la parte del proyecto de Constitución que haya sido aprobado al Ministro de Justicia para que lo presente al Parlamento o para someterlo a referendo.

5.2La Conferencia Constitucional Nacional se reunió entre diciembre de 2007 y agosto de 2010 y elaboró un informe y un proyecto de Constitución que se remitió al Ministro de Justicia en agosto de 2010 para que lo presentara al Parlamento y/o lo sometiera a referendo.

5.3En virtud de la Constitución de Zambia, capítulo 1 de la recopilación de leyes de Zambia, la Constitución puede modificarse de las dos maneras siguientes:

a)Todo proyecto de ley que pretenda modificar la declaración de derechos y garantías fundamentales y la forma de reformar la Constitución, quedará aprobado cuando cumpla los siguientes criterios:

i)El proyecto debe publicarse en el Boletín Oficial por lo menos durante treinta (30) días;

ii)Antes de la primera lectura en la Asamblea Nacional, el proyecto de ley debe someterse a un referendo nacional y debe ser aprobado por más del 50% de las personas con derecho a estar registradas como votantes a efectos de las elecciones presidenciales y parlamentarias.

b)Todo proyecto de ley que pretenda modificar las demás partes de la Constitución, podrá aprobarse si cumple los siguientes criterios:

i)El proyecto debe publicarse en el Boletín Oficial por lo menos durante treinta (30) días;

ii)En la segunda y tercera lecturas de la Asamblea Nacional, el proyecto debe contar con el apoyo de los votos de por lo menos dos terceras partes de todos los miembros de la Asamblea.

5.4Dado que algunas de las partes del proyecto de constitución de 2010 pretenden modificar los derechos y garantías fundamentales y la forma de reformar la Constitución, dichas partes se deberán someter a un referendo nacional, cuya fecha se anunciará más adelante.

5.5El proyecto de ley que apunta a modificar las demás partes de la Constitución se presentó al Parlamento el año pasado y en la segunda lectura no se lograron los votos de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea necesarios para su aprobación.

5.6El Gobierno puede volver a presentar el proyecto al Parlamento una vez transcurrido un plazo de seis meses a contar desde el 29 de marzo de 2011.

6. En sus observaciones finales anteriores (párr. 230), el Comité expresó su preocupación por las disposiciones contradictorias que figuraban en la Constitución, puesto que en el artículo 11 se garantizaba la igualdad de la mujer y en el artículo 23 4) se permitía la existencia de leyes discriminatorias en la esfera del derecho personal, por ejemplo sobre la asignación de ingresos, la adopción, el matrimonio, el divorcio, el entierro, la retroversión de propiedades en caso de muerte u otras cuestiones de derecho personal y consuetudinario respecto de cualquier asunto. Sírvase indicar si el Estado parte está considerando derogar el artículo 23 4), incluso en el contexto del proceso de examen de la Constitución, como recomendó anteriormente el Comité.

El Estado parte afirma que el proyecto de Constitución de 2010 contiene una disposición similar; no obstante, el pueblo de Zambia deberá decidir en el referendo propuesto si desea mantener dicha disposición.

Mecanismos nacionales encargados del adelanto de la mujer

7. En sus observaciones finales anteriores (párr. 227), el Comité celebró la creación de la División de Género en el Proceso de Desarrollo en la Oficina del Presidente. Sírvase proporcionar información actualizada sobre la División, incluidos sus recursos y si tiene autoridad para asesorar respecto de las repercusiones de todas las políticas gubernamentales para las mujeres, vigilar ampliamente la situación de las mujeres, ayudar a formular nuevas políticas y poner en práctica estrategias y medidas para eliminar la discriminación.

7.1La División del Género en el Proceso de Desarrollo depende de la Oficina del Gabinete, que es la máxima institución gubernamental y tiene la facultad de asesorar a todos los ministerios e instituciones gubernamentales acerca de las repercusiones que tendrán sobre la mujer sus respectivas políticas. Esta institución también tiene el mandato de supervisar, coordinar y evaluar la aplicación de todas las políticas y los programas gubernamentales desde una perspectiva de género. Además, presta asesoramiento al Gobierno en materia de políticas relativas a las cuestiones de género nuevas e incipientes. El objetivo de la División es asegurar que la aplicación de los programas de género y desarrollo se institucionalice en todos los ministerios e instituciones gubernamentales.

7.2La División se fortaleció con el establecimiento de la Oficina del Ministro para la Integración del Género y la Mujer en el Desarrollo. Esta medida ha permitido a la División prestar orientación técnica eficaz a las actividades del Gabinete en lo relativo a las cuestiones de género. Gracias al establecimiento de la Oficina del Ministro para la Integración del Género y la Mujer en el Desarrollo, los recursos destinados al mecanismo nacional encargado de las cuestiones de género han aumentado a más del doble. Además, la División del Género en el Proceso de Desarrollo es la única división de la Oficina del Gabinete que tiene una línea presupuestaria directa.

8. En el párrafo 55 a) del informe se indica que se siguen aplicando la Política nacional en materia de género y el Plan de acción estratégico aprobados en 2000 y 2004, respectivamente, para acelerar el adelanto de la mujer. Sírvase proporcionar información sobre la evaluación de esas políticas y planes de acción, y sobre sus efectos en lo relativo a la consecución en la práctica de la igualdad entre hombres y mujeres en todas las esferas a que se refiere la Convención.

La Política nacional en materia de género y el Plan de acción estratégico se aprobaron en 2000 y 2004, respectivamente, para acelerar el adelanto de la mujer. El Gobierno ha llevado a cabo varias evaluaciones de la aplicación de los dos documentos y los resultados han indicado que el adelanto de la mujer ha sido lento y desigual en diversos sectores. En consecuencia, el Gobierno se ha comprometido a realizar un examen exhaustivo de la Política nacional en materia de género y evaluar sus repercusiones. Los resultados de este proceso servirán al Gobierno como base para revisar la Política y orientar el proceso de aplicación de dicha Política.

Estereotipos y prácticas culturales

9. El párrafo 45 del informe se refiere a un estudio que emprendió en 2003 la Comisión de Desarrollo Jurídico de Zambia sobre la reinstauración del derecho consuetudinario, con el objetivo general de garantizar que las actuales leyes consuetudinarias concordaran con los actuales valores sociopolíticos y económicos del país. Según el Estado parte, dicho estudio garantizaría que se trataran de resolver los estereotipos sobre las funciones de uno y otro sexo y, que, en consecuencia, fueran eliminados. Sírvase comunicar qué medidas se han adoptado respecto del estudio.

9.1El Gobierno ha iniciado un proyecto dedicado a estudiar las uniones consensuales con miras a codificar esa parte específica del derecho consuetudinario. Ese proceso busca determinar las prácticas comunes a la mayoría de los grupos étnicos en lo relativo al matrimonio y su disolución y consolidarlas en una sola norma jurídica (armonización).

9.2El Gobierno apunta a que, una vez que las leyes sobre el matrimonio consensual se hayan armonizado, las mujeres que contraigan matrimonio en virtud de esta ley específica tengan más derechos en materia de reparto de bienes, mantenimiento y custodia de los hijos. Para garantizar que la legislación propuesta sea asimilada por la población de Zambia, el Gobierno continúa realizando consultas con diversos interesados en todos los niveles; en particular, el proceso de consulta se ha dirigido a los parlamentarios y a los líderes tradicionales y religiosos.

10. Según el párrafo 14 del informe, los estereotipos y los prejuicios que prevalecen en el país están cambiando rápidamente, en particular en las zonas urbanas, y las niñas reciben un trato en condiciones de igualdad con los niños. Sin embargo, según el párrafo 47 c) del informe, debido a las prácticas tradicionales negativas las mujeres siguen ocupando posiciones subordinadas y en la mayoría de los casos estas prácticas impiden que la mujer disfrute plenamente de los derechos y las libertades. Sírvase indicar qué medidas se han adoptado para cambiar las tendencias socioculturales que crean estereotipos o afianzan la idea de que la mujer es inferior, incluida la imagen que presentan de la mujer los medios de difusión. Sírvase indicar también los efectos de dichas medidas y proporcione información sobre las medidas que se han tomado para mejorar el acceso a las estaciones de radio comunitarias en zonas muy apartadas, descritas en el párrafo 60 b) del informe.

Medidas para cambiar las tendencias socioculturales y sus repercusiones

10.1A fin de hacer frente a las prácticas socioculturales negativas que crean estereotipos y afianzan la idea de que la mujer es inferior, tanto el Gobierno como las organizaciones de la sociedad civil han reforzado sus alianzas con los dirigentes tradicionales a través de la Cámara de los Jefes. Las alianzas están generando resultados positivos y han obligado a algunos dirigentes tradicionales a apoyar la educación de las niñas como una forma de aumentar su empoderamiento y asegurar de que participen en los programas de desarrollo comunitario en igualdad de condiciones con los niños. Además, en algunos distritos se ha prohibido la práctica de los matrimonios precoces, que refuerza la idea de que el lugar de la mujer está en la esfera doméstica. El Gobierno y sus partes interesadas están utilizando estas iniciativas como prácticas óptimas en otros ámbitos.

Medidas para mejorar el acceso a las estaciones de radio comunitarias

10.2El Estado parte también desea informar de que el Gobierno ha formulado una Estrategia Nacional de Comunicación para la Igualdad entre los Géneros cuyo objetivo principal es facilitar el cambio de actitudes hacia las cuestiones de género y desarrollo y fomentar el apoyo sostenido a la promoción de la igualdad entre los géneros. La Estrategia será implementada por las instituciones tanto gubernamentales como no gubernamentales para asegurar su aplicación en todos los niveles. Asimismo, el Gobierno utilizará y creará capacidades en las estaciones de radio comunitarias provinciales existentes a fin de que cuenten con los conocimientos técnicos necesarios para transmitir programas que tengan en cuenta las cuestiones de género. Este proceso ya se ha iniciado con el apoyo de los asociados en la cooperación dentro del marco del Programa Común de Apoyo a la Mujer.

Violencia contra la mujer

11. En el párrafo 8 del informe se reconoce que la violencia de género, sobre todo contra las mujeres y los niños, sigue siendo un asunto preocupante que requiere atención inmediata. En el informe se presentan las tendencias en los casos de violación y desfloración comunicados entre 2000 y 2005. Sin embargo, luego se señala que al no disponerse de estadísticas desglosadas por sexo, es difícil proporcionar estimaciones de otros casos. ¿Tiene el Estado parte la intención de reunir datos desglosados por otros tipos de violencia por motivos de género? En el informe se señala que el Estado parte tiene intención de facilitar el debate del proyecto de ley sobre la violencia de género por medio de la Comisión de Desarrollo Normativo de Zambia (párr. 28). Sírvase explicar qué formas de violencia abarcará el proyecto de ley y las sanciones correspondientes, así como el plazo para promulgarlo como ley.

Recopilación de datos desglosados sobre otros tipos de violencia de género

11.1El Gobierno sigue decidido a reunir y analizar estadísticas desglosadas por sexo sobre la violencia por motivos de género. Actualmente se están adoptando medidas para obtener datos desglosados por sexo de todos los interesados que puedan tener relación con la tramitación de casos de violencia por motivos de género o la atención de sus víctimas. Las medidas afectan a las fuentes del Servicio de Policía de Zambia, las instituciones de salud, las oficinas de bienestar social, las organizaciones de la sociedad civil y los líderes comunitarios. No obstante, este sistema plantea dificultades y debe ser mejorado y sincronizado para evitar la duplicación de datos y asegurar que se reúnan datos correctos. Pese a ello, el Gobierno, a través de la Oficina Central de Estadística, ha comenzado a recopilar datos sobre la violencia por motivos de género en sus informes periódicos, como la Encuesta sobre demografía y salud de Zambia. El Estado parte, no obstante, apunta a sistematizar la recopilación de estadísticas desglosadas por sexo sobre la violencia de género usando registros administrativos de los diferentes proveedores de servicios.

La Ley de 2011 contra la violencia por motivos de género

11.2En lo que respecta a hacer frente a los casos de violencia por motivos de género, el Estado parte desea informar de que el Parlamento aprobó la Ley contra la violencia por motivos de género el 3 de marzo de 2011. Esta ley abarca todas las formas de violencia por motivos de género derivadas de la violencia física, psicológica, económica, sexual y sociocultural.

11.3El Estado parte informa de que la Ley contra la violencia por motivos de género no prevé sanciones porque estas están estipuladas con suficiente detalle en el Código Penal. La Ley será revisada y sometida a prueba, y será además objeto de los procedimientos que se dispongan de conformidad con el Código de Procedimiento Penal, el Código Penal y cualquier otra ley escrita.

12. En el informe se observa que el Estado parte ha incorporado en su legislación la protección de mujeres y niños de los atentados contra el pudor, el acoso sexual, la desfloración y la trata de personas, como se establece en la Ley núm. 15 (de enmienda) del Código Penal de 2005. Sírvase proporcionar información actualizada sobre el contenido y la aplicación de las enmiendas, incluidos sus efectos en la reducción del número de esos casos, y sobre las medidas adoptadas para incluir en el Código Penal la violación en el matrimonio. Comunique también los centros que, según el párrafo 11 del informe, prestan todo tipo de servicios a las víctimas de la violencia de género, entre ellos asesoramiento, tratamiento de las lesiones, investigaciones y enjuiciamiento. Sírvase indicar la distribución de dichos centros en todo el país y explicar cómo pueden prestar servicios de enjuiciamiento.

Información actualizada sobre el contenido y la aplicación de las enmiendas

12.1La Ley núm. 15 (de enmienda) del Código Penal de 2005 protege a las mujeres y los niños de los delitos contra la moral, que incluyen los atentados contra el pudor, la desfloración y el acoso sexual.

12.2El artículo 137 de la Ley núm. 15 (de enmienda) del Código Penal de 2005 se refiere a los atentados al pudor, y al respecto establece que toda persona que, en contravención de la ley, atente contra el pudor en perjuicio de un niño o niña o cualquier otra persona es culpable de un delito y puede ser condenada a una pena de prisión de entre 15 y 20 años.

12.3El artículo 138 de la Ley (de enmienda) del Código Penal de 2005 se refiere a la desfloración de niños y establece que toda persona que, en contravención de la ley, tenga relaciones sexuales con un niño o niña es culpable de un delito y podrá ser condenada a una pena de prisión mínima de 15 años, que puede llegar hasta cadena perpetua.

12.4En el artículo 137A del Código Penal se aborda la cuestión del acoso sexual y se dispone que toda persona que acose sexualmente a otra persona en un lugar de trabajo o institución educativa o a un niño o niña en cualquier lugar es culpable de un delito y podrá ser condenada a una pena de prisión de entre 3 y 15 años.

12.5El Parlamento está considerando derogar el artículo 143 del Código Penal, relativo al delito de trata de personas, mediante el proyecto de ley (de enmienda) del Código Penal de 2010, dado que la Ley núm. 11 contra la trata de seres humanos de 2008 ya prevé las sanciones correspondientes a este delito.

Efectos en la reducción del número de casos de delitos sexuales

12.6El Estado parte informa de que varias personas han sido declaradas culpables del delito de desfloración. El público en general tiene conocimiento del delito de desfloración y de la pena que lleva aparejada porque habitualmente las sentencias se divulgan en los medios de comunicación impresos y electrónicos. Esa práctica ha servido de elemento de disuasión para los posibles delincuentes y de información sobre el delito, lo que ha alentado a los niños y a los padres a denunciar a la policía los casos de desfloración.

12.7El Estado parte invita al Comité a tener en cuenta que aún hay muchos casos de acoso sexual y atentado al pudor que no se denuncian. No obstante, la Unidad de Atención a las Víctimas que se estableció en virtud de la Ley núm. 14 de 1999 sobre la policía de Zambia (enmienda) para encargarse de los actos de violencia, incluida la violencia sexual contra las mujeres y los niños, ha adoptado medidas tales como:

a)Alentar al público, a través de los medios de difusión, a denunciar los delitos contra la moral, incluidos los actos de violencia por motivos de género;

b)Movilizar y sensibilizar a las comunidades respecto de la violencia sexual y por motivos de género;

c)Mejorar el acceso a los servicios de la Unidad de Atención a las Víctimas en todo el país mediante la construcción de oficinas modernas adecuadas a las necesidades de privacidad y confidencialidad de las víctimas;

d)Procurar que los hombres se conviertan en agentes de cambio entre los demás hombres.

Violación en el matrimonio

12.8En lo que respecta a la violación en el matrimonio, el Estado parte informa de que no se han adoptado medidas tendientes a incluir el delito en el Código Penal.

Centros de atención integral

12.9Se han establecido centros de atención integral que prestan servicios a las víctimas de la violencia por motivos de género, incluidos servicios de asesoramiento, tratamiento, investigación y enjuiciamiento, en tres (3) distritos. Estos centros están dirigidos por la Asociación Cristiana Femenina. Además, la Ley contra la violencia por motivos de género exige que el Ministro encargado del bienestar social establezca y ponga en funcionamiento albergues para las víctimas de la violencia por motivos de género con fondos consignados por el Parlamento y garantice que dichos albergues estén distribuidos adecuadamente en toda Zambia. Los albergues para víctimas establecidos en el marco de la Ley deben cumplir las normas y los criterios que imponga el Ministro por decreto.

13. Sírvase aclarar el contenido del artículo 161 de la Ley núm. 15 (de enmienda) del Código Penal, conforme al cual una niña o mujer mayor de 16 años de edad que tenga una relación sexual consentida con un pariente es culpable de un delito que podrá ser castigado con una pena de prisión de un mínimo de 20 años, que puede llegar hasta cadena perpetua. ¿Cuáles son las correspondientes disposiciones penales aplicables a los parientes de sexo masculino a este respecto? ¿Sobre quién recae la carga de la prueba en lo relativo al consentimiento?

Artículo 161 de la Ley núm. 15 de 2005 (de enmienda) del Código Penal

13.1El Comité tal vez desee tener en cuenta que el artículo 161 1) del Código Penal tipifica como delito los actos de incesto cometidos por toda persona de sexo femenino. El artículo 161 establece que toda niña o mujer de 16 años o más que tenga una relación sexual consentida con su abuelo, padre, hermano, tío, sobrino, hijo o nieto, a sabiendas del parentesco es culpable de un delito y podrá ser condenada a una pena de prisión de un mínimo de 20 años, que puede llegar hasta cadena perpetua. Toda niña que cometa un delito en el marco de esta subsección podrá ser condenada a una pena de servicio comunitario u orientación obligatoria, según lo ordene el tribunal en atención al interés superior de la niña.

Disposiciones penales aplicables a los parientes de sexo masculino

13.2El caso de un acto de incesto cometido por una persona de sexo masculino está contemplado en el artículo 159 del Código Penal. En el artículo 159 1) del Código Penal se establece que todo varón que tenga relaciones sexuales con su abuela, madre, hermana, hija, nieta, tía o sobrina a sabiendas del parentesco es culpable de un delito y podrá ser condenado a una pena de prisión de un mínimo de 20 años, que puede llegar hasta cadena perpetua.

Carga de la prueba en lo relativo al consentimiento

13.3Cuando una persona es acusada del delito de incesto, la carga de probar todos los elementos del delito recae sobre la acusación. El fiscal debe probar que hubo una relación sexual y que la persona acusada permitió (o consintió) que su pariente tuviera relaciones sexuales con él o ella y que la relación de parentesco existente entre las personas involucradas era una de las enumeradas en la disposición. El hecho de que la persona acusada no haya consentido a la relación sexual constituye un argumento de descargo ante la acusación de incesto. El pariente de sexo masculino también podrá ser acusado de violación cuando exista evidencia de ello.

14. En el informe se indica que la violencia sexual contra las mujeres y los niños está aumentando y que el 15% de las mujeres de 15 a 19 años de edad han sido objeto de abusos sexuales (párr. 139). Según la información presentada al Comité, la tortura o el maltrato de mujeres por parte de funcionarios del Estado, por ejemplo en locales de la policía o en instalaciones de detención, tiende a caracterizarse por la violencia sexual y también por tratos degradantes, como obligarlas a desfilar desnudas frente a grupos de funcionarios de las fuerzas del orden. Según se dice, las más de las veces, quienes cometen esos actos de violencia no han sido castigados y las víctimas no han recibido reparación. Sírvase hacer comentarios sobre estas denuncias y explicar cómo se está resolviendo el asunto. En el párrafo 15 del informe se señala que el “ acoso sexual ” , sobre todo contra las mujeres, es uno de los principales problemas de derechos humanos en el Estado parte. ¿Qué medidas ha adoptado o prevé adoptar el Estado parte para que las mujeres sean conscientes de la gravedad de la violencia sexual, incluido el “ acoso sexual ” , y de que constituye un delito penal?

Acusaciones de tortura o maltrato de mujeres por parte de funcionarios del Estado

14.1El Estado parte está decidido a afrontar las acusaciones de tortura o maltrato de mujeres por funcionarios del Estado en instalaciones de detención de la policía a través de la Dirección de Denuncias contra la Policía, cuyo mandato es recibir e investigar las denuncias contra agentes de policía. Esta entidad ha recibido e investigado varias denuncias de ese tipo, como se indica en el cuadro que figura a continuación. La Dirección también ha estado contribuyendo a la concienciación mediante materiales de información, educación y comunicación publicados en inglés y en algunos de los idiomas locales. Asimismo, ha emitido anuncios en la televisión y la radio con el objetivo de crear conciencia. La Dirección de Denuncias contra la Policía también ha organizado reuniones y seminarios de sensibilización en todos los distritos de Zambia.

14.2Además, el Estado parte informa de que se emitieron directrices a todos los funcionarios de prisiones a través del Reglamento del Comisionado por las que se indicaba que se debían respetar los derechos de las mujeres y que no se debía permitir que ninguna mujer realizara trabajos extenuantes por más que existiera una orden judicial que la condenara a una pena que incluyera trabajos forzados.

Programas de concienciación sobre la violencia sexual

14.3El Estado parte desea informar de que el aumento percibido en el número de casos de abuso sexual denunciados se debe a los diversos programas de concienciación sobre derechos humanos que se están poniendo en marcha, en particular los relativos a la violencia sexual y por razón de género. Estos programas incluyen debates en grupo sobre temas específicos y programas de sensibilización en los medios de comunicación impresos y electrónicos.

15. Los párrafos 42 y 43 del informe se refieren al establecimiento de la Dirección de Denuncias contra la Policía, que empezó a funcionar el 7 de mayo de 2003. Según el informe, el Estado parte considera que esa entidad constituye la vía que todas las personas, incluso las mujeres y los niños, pueden utilizar para denunciar todo tipo de abuso de autoridad por parte de los agentes de policía a fin de obtener reparación. Sírvase proporcionar información, de haberla, sobre el número de denuncias que la Dirección ha recibido de mujeres, el tipo de denuncia, la investigación efectuada al respecto y el enjuiciamiento y castigo de los autores.

15.1Según las estadísticas disponibles, entre 2003 y 2010 la Dirección de Denuncias contra la Policía registró un total de 274 denuncias de mujeres contra funcionarios de las fuerzas del orden. La índole de las denuncias presentadas por mujeres es variada y abarca delitos como la agresión, la tortura, las amenazas de violencia, la detención ilegal, el acoso, el abuso sexual, la desfloración, las insinuaciones sexuales y la trata de personas.

15.2De las 274 denuncias, se investigaron y cerraron 99. Se exoneró de las acusaciones presentadas en su contra a 52 agentes de policía y se recomendó que se adoptaran medidas disciplinarias contra 23 agentes. De esos 23, dos agentes que habían sido expulsados del Servicio de Policía solicitaron la revisión judicial de dichas medidas ante el Tribunal Superior, el cual falló a su favor. A raíz de ello, esos funcionarios se han reincorporado al Servicio.

Tipos de denuncias presentadas por mujeres por año

Índole de la denuncia

2003

2004

2005

2006

2007

2008

2009

2010

Total

Agresión/tortura/palizas

4

2

3

4

4

2

1

Amenazas de violencia

1

1

1

1

4

Detención ilegal

8

15

13

9

10

10

7

11

83

Acoso

2

1

1

2

2

2

1

11

Abuso de poder/cobro de deudas

4

5

6

1

1

2

2

21

Matrimonio forzado

1

1

Muerte durante custodia policial

2

1

2

1

1

4

1

12

Cuestiones de personal

1

1

Falta de profesionalidad

19

17

11

9

5

5

5

9

80

Inacción

8

4

1

1

3

3

3

3

26

Denuncia de haber sido desnudada/ sometida a un aborto/abuso sexual/ desfloración/insinuaciones sexuales

2

5

1

1

3

1

13

Trata de personas

1

1

2

Total

50

45

36

34

26

26

27

30

274

Fuente:Dirección de Denuncias contra la Policía.

La trata y la explotación de la prostitución

16. El párrafo 64 a) del informe se refiere al establecimiento, en 2004, de un Comité interministerial sobre la trata cuyo mandato era dar respuesta al problema de la trata de personas y elaborar un plan de acción nacional preliminar, que a partir de entonces comenzó a elaborarse. Sírvase proporcionar información detallada sobre el mandato, la composición y las actividades del Comité. Sírvase también proporcionar información adicional sobre el contenido del plan de acción nacional preliminar e indicar si se ha progresado en la elaboración de una política y una legislación relativas a la trata de personas. Comunique todo plan encaminado a proporcionar refugio y otros servicios a las víctimas de la prostitución y la trata en todo el país y si el Estado parte está considerando realizar estudios sobre la índole, el alcance, las causas y las consecuencias de la trata en Zambia que puedan servir de base de las medidas de política, las estrategias y la intervención del Gobierno.

Mandato, composición y actividades del Comité interministerial sobre la trata

16.1El Comité interministerial sobre la trata se estableció en el marco de la Ley contra la trata de seres humanos de 2008 y tiene el mandato de llevar a cabo las siguientes actividades:

a)Coordinar las actividades de todas las instituciones pertinentes sobre cuestiones relacionadas con la trata;

b)Formular recomendaciones para un plan de acción nacional contra la trata de personas, supervisar el progreso del plan de acción nacional y presentar informes al respecto;

c)Asesorar al Ministro del Interior sobre asuntos de política relacionados con la trata de personas;

d)Prestar asesoramiento sobre la investigación y el enjuiciamiento de los casos de trata;

e)Proponer y promover estrategias para prevenir y combatir la trata de personas;

f)Establecer contacto con los organismos públicos y las organizaciones no gubernamentales para promover la rehabilitación y reintegración de las víctimas;

g)Preparar directrices para los desembolsos del Fondo;

h)Mantenerse al día con los acontecimientos y las normas internacionales y regionales en relación con la trata de personas;

i)Ocuparse de cualquier otro asunto relacionado con la trata de personas.

16.2El Comité interministerial sobre la trata está integrado por miembros que representan a las instituciones siguientes: el Ministerio del Interior; la División del Género en el Proceso de Desarrollo; el Ministerio de Justicia; el Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales; el Ministerio de Asuntos Exteriores; la Comisión de Derechos Humanos; y el Comité de Coordinación de Organizaciones No Gubernamentales.

Plan de acción nacional contra la trata de personas

16.3El Gobierno ha elaborado un plan de acción nacional contra la trata de personas, que prevé el fortalecimiento de la respuesta del Gobierno ante los casos de trata, el establecimiento de alianzas con agentes no estatales para fomentar la conciencia pública y la prestación de servicios apropiados y accesibles a las víctimas de la trata.

Política sobre la trata de personas

16.4El Estado parte informa de que el Gobierno formuló una política sobre la trata de personas que fue aprobada en julio de 2009.

Ley contra la trata de seres humanos de 2008

16.5Como ya se indicó, Zambia promulgó la Ley contra la trata de seres humanos en 2008.

Albergues y otros servicios para las víctimas de la prostitución y la trata

16.6Además, el Comité tal vez desee tener en cuenta que la Ley contra la trata de seres humanos de 2008 prevé el establecimiento de centros para las víctimas de la trata de personas.

16.7El Estado parte informa de que el Gobierno tiene previsto proporcionar refugio y otros servicios a las víctimas de la prostitución y la trata en el país, y que este objetivo constituye una prioridad para 2011. El Estado parte está colaborando con otros interesados para asegurar que se preste la asistencia adecuada a las víctimas de la trata.Se está llevando a cabo un estudio de viabilidad para determinar los albergues disponibles y formular normas mínimas de operación. El Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales es el encargado de dirigir este proceso.

16.8El Estado parte informa de que la Organización Internacional del Trabajo llevó a cabo un estudio de la índole, el alcance, las causas y las consecuencias de la trata en Zambia para que sirva como base de las medidas de política, las estrategias y la intervención del Estado. Asimismo, el Estado parte informa de que el Gobierno está realizando otro estudio centrado en el trabajo doméstico y la trata interna y se están examinando las propuestas presentadas por posibles consultores.

Según la información presentada al Comité, Zambia es un país de origen, destino y tránsito de la trata de personas y hay un número elevado y cada vez mayor de niños víctimas de la explotación comercial, incluidas la prostitución y la pornografía, especialmente de las niñas, los niños huérfanos y los niños desfavorecidos. Sírvase proporcionar estadísticas, si las hay, sobre el número de mujeres y niñas que son víctimas de la trata con fines de explotación sexual y económica. Sírvase también proporcionar estadísticas, si las hay, sobre el número de mujeres y niñas que trabajan en la prostitución y comunique las medidas adoptadas para prevenir y sancionar la explotación de la prostitución, y también las medidas adoptadas para proporcionar rehabilitación y apoyo para la integración social de las mujeres que deseen abandonar la prostitución.

Estadísticas sobre mujeres y niñas que son víctimas de la trata o que ejercen la prostitución

17.1El Estado parte informa que no se dispone de estadísticas sobre el número de mujeres y niñas que son víctimas de la trata con fines de explotación sexual y económica o que ejercen la prostitución. Sin embargo, el Estado parte está elaborando un sistema de información que permitirá analizar todos los datos recibidos y proporcionar auténticas estadísticas. El Estado parte invita al Comité a tener en cuenta que esa elaboración está en curso.

Prevención y sanción de la explotación de la prostitución

17.2El Estado parte informa que el Código Penal contiene disposiciones suficientes que previenen y sancionan la explotación de la prostitución. A este respecto, el Código Penal prohíbe los siguientes actos:

a)Que una persona viva de ingresos derivados de la prostitución;

b)Que una persona, con fines de lucro, controle o dirija movimientos de las prostitutas o influya en ellas, de una manera que muestre que las ayuda, incita u obliga a prostituirse;

c)Que una persona de sexo masculino persistentemente ofrezca los servicios de acompañantes por razones inmorales;

d)Que una persona mantenga casas, habitaciones, conjuntos de habitaciones o lugares de cualquier naturaleza para el ejercicio de la prostitución.

17.3Cualquier persona que haga lo anterior es culpable de un delito menor. En virtud del Código Penal, una persona declarada culpable de un delito menor puede ser condenada a pagar una multa, además de cumplir una pena de prisión o en lugar de ello.

Rehabilitación y apoyo para las mujeres que deseen abandonar la prostitución

17.4El Estado parte informa que Tasintha, una organización no gubernamental, proporciona servicios de rehabilitación y apoyo a la integración social de las mujeres que desean abandonar la prostitución. Tasintha promueve la rehabilitación, la recuperación y el restablecimiento de los clientes de la prostitución, así como mecanismos de prevención. Entre las actividades del programa de Tasintha están la identificación de las mujeres y niñas involucradas en actividades de prostitución, el establecimiento de relaciones con ellas, su incorporación al programa, la orientación con miras a la recuperación y la reintegración de las víctimas y la reunificación familiar, la capacitación tanto en conocimientos prácticos que salvan vidas como en conocimientos técnicos profesionales y actividades generadoras de ingresos. Fuente: www.tasintha.org.

Participación en la vida política y pública

En el párrafo 48 del informe se recogen algunos datos estadísticos que demuestran un aumento de la participación política de las mujeres. Según el informe (párr. 22), el Estado parte está elaborando una estrategia para incorporar las cuestiones de género en el Programa de reforma de los servicios públicos para el período 2007 a 2011 con el objetivo fundamental de asegurar que aumente la representación de la mujer en puestos de adopción de decisiones en la administración pública y velar por que todos los programas que se ejecuten tengan en cuenta las cuestiones de género. Sírvase informar sobre la situación y el contenido de la estrategia e indicar si se ha evaluado la eficacia de la misma y la de otras medidas adoptadas para aumentar la participación de la mujer en la vida pública y política. ¿Ha considerado el Estado parte la posibilidad de adoptar medidas especiales de carácter temporal, de conformidad con el artículo 4, párrafo I, de la Convención, para intensificar sus esfuerzos por promover a las mujeres para que ocupen puestos de poder, como el establecimiento de un sistema de cuotas?

Situación y contenido de la estrategia para incorporar la perspectiva de género

18.1El Estado parte informa de que la estrategia para incorporar la perspectiva de género fue aprobada por el Secretario del Gabinete en diciembre de 2010 y se está poniendo en marcha.

18.2El objetivo general de la estrategia es facilitar la incorporación de la perspectiva de género en el contexto del Programa de reforma de los servicios públicos a fin de que la administración pública dé respuesta a las cuestiones de género en la gestión y prestación de servicios, para lograr así la igualdad entre los géneros en consonancia con la política nacional de género (2000).

18.3Los objetivos específicos de la estrategia son los siguientes:

a)Desarrollar la capacidad de las instituciones de la administración pública en el análisis e incorporación de la perspectiva de género con el fin de asegurar que se aplican a todos los niveles políticas y programas que tengan en cuenta las cuestiones de género;

b)Promover y fortalecer la rendición de cuentas en materia de incorporación de la perspectiva de género en las instituciones de la administración pública a fin de asegurar que las cuestiones de género estén integradas en esas instituciones;

c)Aumentar el número de mujeres en puestos de responsabilidad en la administración pública con el fin de lograr el equilibrio entre los géneros;

d)Hacer frente a la discriminación por motivos de género en la gestión de recursos humanos en los lugares de trabajo en el seno de la administración pública con el fin de asegurar un entorno de trabajo propicio;

e)Fortalecer los sistemas de información, seguimiento y evaluación en materia de género en la administración pública a fin de evaluar el impacto de los procesos de incorporación de la perspectiva de género.

18.4El Estado parte informa que la estrategia todavía no ha sido evaluada, ya que el Secretario del Gabinete acaba de aprobarla.

Medidas especiales de carácter temporal

18.5El Estado parte informa además que el Gobierno está realizando consultas sobre la posibilidad de adoptar medidas especiales de carácter temporal, de conformidad con el artículo 4, párrafo I, de la Convención, para intensificar sus esfuerzos por promover a las mujeres para que ocupen puestos de poder.

Nacionalidad

Según el párrafo 93 del informe, desde la presentación del informe anterior, se reconoce a los extranjeros casados con nacionales de Zambia la igualdad de oportunidades en lo que respecta a la solicitud y adquisición de la ciudadanía del país. Indíquese si el Estado parte ha aprobado un instrumento que permita la integración legal de los refugiados en Zambia, incluida la posibilidad de que a los hijos de un progenitor de Zambia se les confirme su ciudadanía.

Zambia no ha aprobado ningún instrumento jurídico en materia de integración local de refugiados que viven en Zambia, aunque el Ministerio del Interior ha presentado propuestas al Gabinete para la integración local de refugiados angoleños que viven en Zambia.

Educación

Según el párrafo 104 del informe, las tasas de terminación de estudios en la enseñanza básica aumentaron de 11,6% en 2000 a 15,0% en 2005 entre las niñas y de 17,4% a 20,1% entre los niños respectivamente, y la aplicación ininterrumpida de la política de reingreso ha contribuido también a que aumente la retención escolar y el pase de grado entre las niñas. Sin embargo, en el informe se reconoce que, pese a los adelantos registrados, la diferencia entre los géneros de las tasas de terminación de estudios sigue siendo del 5,1%. Sírvase indicar si el Estado parte ha determinado las principales razones de la deserción escolar de las niñas y si la política de reingreso tiene en cuenta todas esas razones, e indique también si se ha evaluado la eficacia de esa política. ¿Qué medidas concretas ha adoptado o prevé adoptar el Estado parte a fin de aumentar la matrícula de las niñas en la educación secundaria y terciaria?

Principales razones de la deserción escolar de las niñas

20.1El Estado parte ha identificado las principales razones de la deserción escolar de las niñas:

a)Los matrimonios precoces y los embarazos en la adolescencia;

b)Las prácticas tradicionales y culturales, como las ceremonias de iniciación, que alejan a las niñas de las escuelas;

c)La pobreza, especialmente en las comunidades rurales, que supone una carga especialmente para las niñas, puesto que las familias las utilizan para mantenerse.

Política de reingreso

20.2El Estado parte informa que la política de reingreso responde solo a una de las razones por las que las niñas abandonan la escuela: el embarazo en la adolescencia. Se trata de una política destinada a conceder a las niñas que abandonan los estudios a raíz de un embarazo la oportunidad de retomarlos después del parto. El Estado parte aplica otras medidas para asegurar que a las niñas que no están cubiertas por la política de reingreso se les dé la oportunidad de continuar los estudios, entre las que cabe citar la enseñanza abierta y a distancia.

20.3Con el fin de fortalecer su aplicación, la política de reingreso fue evaluada mediante una investigación y se presentó un informe al respecto. Está previsto que los resultados del estudio se difundan entre todos los funcionarios provinciales y de distrito que trabajan en el ámbito de la educación a fin de que puedan poner en práctica las recomendaciones. Esta iniciativa también recibe el apoyo de importantes partes interesadas, como las organizaciones de la sociedad civil que actúan en el sector de la educación para promover la educación de las niñas.

Medidas adoptadas o previstas para aumentar la matriculación de las niñas en la educación secundaria y superior

20.4Entre las medidas adoptadas o previstas para aumentar la matriculación de las niñas en la educación secundaria y superior cabe citar:

a)La introducción de la política de educación básica gratuita;

b)La realización de campañas de concienciación sobre la importancia de la educación de las niñas, dirigidas a los líderes y las comunidades tradicionales;

c)La ampliación de la infraestructura de educación secundaria y superior; por ejemplo, el Estado parte tiene previsto haber construido 100 centros de educación secundaria para 2015, nueve de los cuales serán centros de formación profesional para niñas (uno en cada provincia);

d)En la educación secundaria, el 60% del apoyo en forma de becas se destina a las niñas, mientras que el 40% se dirige a los niños,

e)En la educación superior, el 25% de las plazas están reservadas a las mujeres y el 75% están abiertas a hombres y mujeres.

Según el párrafo 110 del informe, las disparidades entre los géneros por lo que se refiere a la escolarización se asemejan a las observadas en las tasas de alfabetización. En el informe también se reconoce que la baja tasa de alfabetización y las limitadas oportunidades de estudiar que tienen las mujeres y las niñas siguen siendo graves barreras que les impiden disfrutar de sus derechos. Sírvase informar sobre la ejecución de las medidas adoptadas por el Estado parte para resolver el problema del analfabetismo y, en particular, las bajas tasas de alfabetización femenina.

El Estado parte desea informar que el Gobierno ha empezado a capacitar a funcionarios provinciales y de distrito del sector de la educación en materia de técnicas y metodologías de alfabetización de adultos. El Gobierno considera que de esta manera aumentará el número de personas con los conocimientos técnicos pertinentes para prestar servicios de alfabetización funcional para mujeres y hombres, especialmente en las zonas rurales.

Empleo

En el informe se observa que el derecho al empleo se garantiza en virtud de la Ley de empleo y la Ley de relaciones laborales. Sírvase explicar cómo se vigila el cumplimiento de esas leyes, en particular la prohibición de la discriminación basada en el sexo, que se incluye en la Ley de relaciones laborales. ¿Se incluye en esas leyes la prohibición del acoso sexual en el empleo y el derecho a regresar al mismo puesto después de la licencia de maternidad? Sírvase también proporcionar información sobre los planes para ampliar su aplicación al sector no estructurado. Indíquese también si el Estado parte ha mantenido en su legislación nacional el requisito de dos años de empleo continuo a partir de la fecha de la contratación como condición para la licencia de maternidad (artículo 15 A) de la Ley de empleo).

Cumplimiento de la Ley de empleo y la Ley de relaciones laborales

22.1El Estado parte informa que la supervisión del cumplimiento de la Ley de empleo y la Ley de relaciones laborales corresponde a la Dependencia de Inspección Laboral, que depende del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. La Dependencia de Inspección realiza inspecciones periódicas, especiales y de seguimiento para asegurar que se aplica la ley. La supervisión se realiza también a través de informes escritos de las delegaciones sobre el terreno de todo el país.

Prohibición del acoso sexual en el empleo

22.2El Estado parte informa además que la Ley de empleo y la Ley de relaciones laborales no incluyen la prohibición del acoso sexual en el empleo porque el delito está recogido de forma adecuada en el Código Penal (capítulo 87 de las Leyes de Zambia). El Estado parte invita al Comité a tener en cuenta que en Zambia las infracciones penales están recogidas en el Código Penal.

Derecho a regresar al mismo puesto de trabajo después de la licencia de maternidad

22.3Las leyes laborales garantizan el derecho de las trabajadoras a regresar al mismo puesto de trabajo después de la licencia de maternidad.

Aplicación de la legislación laboral al sector no estructurado

22.4La legislación laboral se aplica tanto al sector estructurado como al no estructurado, especialmente los instrumentos jurídicos sobre salarios mínimos y condiciones de empleo que se aplican principalmente a los grupos más vulnerables de empleados. Sin embargo, cabe señalar que, a la vista de la naturaleza del sector no estructurado, la aplicación de las leyes que protegen los derechos de los trabajadores, la salud y seguridad en el trabajo y otras cuestiones laborales fundamentales ha resultado problemática.

Derecho a la licencia de maternidad

22.5El Estado parte desea informar que para tener derecho a una licencia de maternidad remunerada sigue siendo un requisito contar con dos años continuos de empleo como mínimo.

Según el informe (párr. 127), la disminución del empleo en el sector estructurado ha dado lugar a un aumento del desempleo, sobre todo entre las mujeres, que en su mayoría tienen un bajo nivel de instrucción. Esto ha producido un crecimiento del sector no estructurado, donde la mayoría de las mujeres reciben una remuneración baja y están expuestas a condiciones de trabajo peligrosas. Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas para la regularización del sector no estructurado y sobre toda medida adoptada o prevista para que las mujeres que trabajan en el sector no estructurado tengan seguridad social.

23.1El Estado parte informa que se han tomado las siguientes medidas encaminadas a regularizar el sector no estructurado:

23.1.1 Decreto núm. 3 de 2011 sobre salarios mínimos y condiciones de trabajo (trabajadores domésticos)

La promulgación del decreto sobre salarios mínimos y condiciones de trabajo para los trabajadores domésticos establece la protección jurídica de los derechos de los trabajadores domésticos, en su mayoría mujeres, y mejora su bienestar. El decreto establece el derecho de los trabajadores domésticos a prestaciones como la licencia de enfermedad, las vacaciones anuales, la licencia de maternidad, las horas extraordinarias remuneradas y la indemnización de transporte.

23.1.2 Decreto núm. 2 de 2011 sobre los salarios mínimos y las condiciones de trabajo (disposiciones generales)

Este decreto protege a los empleados del sector no estructurado, estableciendo un salario mínimo y ofreciendo beneficios tales como horas extraordinarias remuneradas, vacaciones anuales, licencia de enfermedad remunerada, licencia de maternidad, prestaciones de jubilación, indemnizaciones por despido, prestaciones por repatriación, asistencia funeraria, indemnización de transporte, subsidio para el almuerzo, dietas, asignación para herramientas, prestaciones de protección, subsidio de vivienda y prestación por traslado.

23.1.3 Decreto núm. 1 de 2011 sobre los salarios mínimos y las condiciones de trabajo (dependientes de comercio)

Este decreto se aplica a los trabajadores empleados en cualquier comercio o en conexión con la actividad de cualquier comercio. El decreto establece el salario mínimo y ofrece beneficios a los dependientes de comercio, tales como horas extraordinarias remuneradas, vacaciones anuales, licencia de enfermedad, licencia de maternidad, prestaciones de jubilación, indemnizaciones por despido, prestaciones por repatriación, asistencia funeraria, indemnización de transporte, subsidio para el almuerzo, dietas, asignación para herramientas, prestaciones de protección, subsidio de vivienda y asignación para maquinaria.

23.2El Estado parte informa que los tres instrumentos jurídicos citados obligan al empleador a conceder licencia a las empleadas cuyos hijos estén enfermos y hayan sido hospitalizados para permitirles cuidarlos cuando, debido a la naturaleza de la enfermedad, requieran una atención especial. En estos casos, no se deduce ninguna cantidad de los días de vacaciones acumulados por las empleadas.

Salud

24.Sírvase proporcionar información sobre el acceso de las mujeres, incluidas las de las zonas rurales, a los servicios de salud a lo largo de toda su vida. En el párrafo 19 del informe se indica que las tasas de mortalidad materna siguen siendo elevadas y que han aumentado de 649 por 100.000 nacidos vivos en 1996 a 729 por 100.000 nacidos vivos en 2002. Indíquense las medidas adoptadas para que se dé prioridad a la salud materna, por ejemplo afrontando las principales causas de la elevada mortalidad materna, como se indica en el párrafo 131 del informe.

24.1El Estado parte desea informar que:

a)El Gobierno ha asignado más recursos al sector de la salud. A este respecto, ha establecido una línea presupuestaria específica para los artículos relacionados con la salud reproductiva. Estos artículos se utilizan para la atención de partos sin complicaciones, la gestión de las complicaciones del embarazo y la prestación de servicios de planificación familiar;

b)El Gobierno está construyendo y rehabilitando la infraestructura sanitaria para asegurar el acceso a los servicios de salud. Además, se está equipando a las clínicas de zona para gestionar urgencias, lo que facilitaría la derivación de los pacientes desde los centros de asistencia periféricos;

c)El Gobierno ha introducido el plan de retención de los trabajadores sanitarios de Zambia, medida dirigida a retener al personal sanitario cualificado. Merced a este programa, casi todos los hospitales de distrito disponen de médicos. El plan se está extendiendo a otros trabajadores sanitarios como enfermeras, paramédicos, auxiliares clínicos y tutores;

d)El Gobierno ha contratado a más enfermeras y vuelto a abrir escuelas de enfermería que estaban cerradas. Además, ha introducido un programa que permite a aquellos que lo deseen inscribirse directamente en los programas de obstetricia, a diferencia de lo que ocurría antes, cuando se exigía el certificado de inscripción en enfermería de Zambia.

24.2Las siguientes medidas han contribuido a la reducción de la mortalidad materna que ha disminuido de 729 muertes por cada 100.000 nacidos vivos en 2002 a 591 en 2007;

a)El Gobierno ha puesto en marcha una campaña para acelerar la reducción de la mortalidad materna. Esta iniciativa tiene por objeto hacer posible un enfoque centrado en incorporar la supervivencia de las mujeres a todas las medidas pertinentes y utilizar un enfoque multisectorial, con la participación de asociaciones público-privadas y la sociedad civil;

b)El enfoque del Ministerio de Sanidad en los jóvenes se basa en la salud, la prevención y la promoción. A este respecto, el Ministerio, junto con otros ministerios pertinentes y organizaciones que se ocupan de los jóvenes, ha capacitado en salud de los adolescentes a trabajadores sanitarios del 51% de los distritos. El objetivo es contar con personal de salud capacitado en la prestación de servicios que tengan en cuenta las necesidades de los jóvenes;

c)Se han adoptado medidas para mejorar la planificación familiar de los jóvenes, facilitando el acceso, especialmente de las niñas, a todo tipo de servicios relacionados con problemas de salud reproductiva y, específicamente, la planificación familiar sin el consentimiento de los cónyuges, padres o tutores, según lo contemplado por la legislación vigente;

d)El Ministerio ha estado reforzando los servicios de planificación familiar en el país, poniendo el énfasis en los métodos a largo plazo, como el implante Jadelle y el dispositivo intrauterino (DIU), especialmente en las zonas rurales, donde la limitación del tamaño de las familias constituye un reto.

25. Según el informe (párr. 20), el Gobierno está ejecutando algunos programas de prevención de la actividad sexual precoz entre los adolescentes para aplazar la edad media de la primera relación sexual. En el informe también se señala (párr. 21) que cabe atribuir el aplazamiento de la primera relación sexual a la eficacia de los programas de educación interpares que ejecuta el Gobierno en colaboración con las organizaciones de la sociedad civil. Sírvase informar sobre la distribución de tales programas en todo el país y también sobre sus efectos, y en particular sobre los embarazos indeseados. Indíquense también las medidas adoptadas para mejorar las iniciativas de planificación de la familia y describir el grado en que las niñas y los niños son conscientes de las cuestiones sexuales y de salud reproductiva, incluidos los conocimientos que tienen sobre la manera de protegerse contra las enfermedades de transmisión sexual y de prevenir los embarazos indeseados.

Distribución de los programas de educación interpares por todo el país

El enfoque ampliamente utilizado para promover la salud sexual y reproductiva y la prevención del VIH entre los jóvenes en Zambia ha sido la educación interpares. Hay varios programas de educación interpares que han establecido vínculos con las clínicas. Algunos programas de educación interpares destacados son el fondo de recursos humanos y el proyecto de desarrollo de Tiyanjane en Lusaka, el equipo de salud de distrito y la Contact Trust Association en Livingstone, así como la Adolescent Reproductive Association en Mongu. Fuente: http://pdf.usaid.gov/pdfdocs?PNAD0610.pdf.

Efecto de los programas interpares para los jóvenes

El Estado parte desea informar que la aplicación de los programas de educación interpares ha contribuido al aumento de la edad media de la primera relación sexual de los 18,5 años según la Encuesta de Comportamiento Sexual de Zambia de 2005 a los 19,5 años en 2009. El Programa de educación interpares todavía no sido objeto de una amplia evaluación para comprobar su efecto en materia de embarazos no deseados.

Medidas para mejorar las iniciativas de planificación de la familia

Se han adoptado las siguientes medidas a fin de mejorar las iniciativas de planificación de la familia:

a)A fin de potenciar las iniciativas de planificación de la familia en favor de los jóvenes, el Ministerio de Sanidad está facilitando el acceso, especialmente de las niñas, a todo tipo de servicios relacionados con cuestiones de salud reproductiva y, específicamente, la planificación familiar sin el consentimiento de los cónyuges, los padres o tutores según lo contemplado por la legislación vigente;

b)El Ministerio ha estado reforzando los servicios de planificación de la familia en el país, poniendo el énfasis en los métodos a largo plazo, como el implante Jadelle y el DIU, especialmente en las zonas rurales, donde la limitación del tamaño de las familias constituye un reto.

Grado de familiarización de las niñas y los niños con las cuestiones de la salud sexual y reproductiva

El programa de educación interpares ha sido un instrumento eficaz en la familiarización de niños y niñas con las cuestiones relacionadas con la salud sexual y reproductiva. Los programas de educación interpares cubren temas tales como el VIH/SIDA; la prevención del embarazo; la abstinencia; el uso del preservativo y la prevención de las enfermedades de transmisión sexual. Además, los clubes contra el SIDA y los clubes de seguridad FAWEZA refuerzan el cambio de comportamiento entre los jóvenes. Se ha creado un programa en el sector de la salud denominado “rincones para las cuestiones de los jóvenes”, en el que personal de enfermería sensibiliza a los jóvenes sobre cuestiones de salud reproductiva.

26. Según el párrafo 17 del informe, el Consejo Nacional del SIDA es el mecanismo nacional de coordinación y apoyo del desarrollo, el seguimiento y la evaluación de la respuesta nacional multisectorial al VIH/SIDA. Sírvase proporcionar más información sobre su composición, sus actividades y sus efectos. Según el párrafo 137 del informe, la tasa de infección por el VIH/SIDA en 2004 era más elevada entre las mujeres (13%) que entre los hombres (8%) en el grupo de edad de 15 a 49 años y la situación era parecida entre los niños (8%) y las niñas (17%) de 15 a 24 años. Además, la tasa de infección por el VIH/SIDA ha ido en aumento entre las mujeres del grupo de edad de 30 a 39 años, aunque la tasa total de infección ha ido disminuyendo. Indíquense las medidas y los programas establecidos para concienciar más a la población acerca del riesgo y los efectos del VIH/SIDA, e indicar si algunas de esas medidas están dirigidas específicamente a las mujeres y las niñas.

Composición, actividades y efectos del Consejo Nacional del SIDA

26.1El Consejo Nacional del VIH, el SIDA, las enfermedades de transmisión sexual y la tuberculosis fue establecido por la Ley núm. 10 del Consejo Nacional del SIDA de 2000 y está integrado por los secretarios permanentes del Ministerio de Salud, el Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales, el Ministerio de la Juventud, el Deporte y el Desarrollo del Niño, el Ministerio de Educación y la División del Género en el Desarrollo.

26.2También son miembros del Consejo Nacional del SIDA representantes de la Fiscalía General, la Red de Personas que Viven con el VIH (NZP+) la Red Nacional del SIDA de Zambia, el Foro de Organizaciones Juveniles, la Asociación de Curanderos Tradicionales de Zambia, el Consejo de Profesiones de la Salud de Zambia, el Consejo General de Enfermería, organizaciones religiosas y medios de comunicación.

26.3La función del Consejo Nacional del SIDA consiste en coordinar y apoyar el desarrollo, el seguimiento y la evaluación de la respuesta nacional multisectorial para la prevención y lucha contra la propagación del VIH y el SIDA, las enfermedades de transmisión sexual y la tuberculosis a fin de reducir sus efectos personales, sociales y económicos.

26.4El Consejo Nacional del SIDA tiene una Secretaría que presta apoyo técnico al Consejo para coordinar con eficacia todos los programas de prevención, tratamiento, atención y mitigación de todos los interesados.

26.5El Consejo Nacional del SIDA ha sido una institución estratégica en la lucha de Zambia contra la propagación del VIH. El Consejo ha facilitado y coordinado la elaboración y la ejecución de políticas de VIH/SIDA en el lugar de trabajo. El Consejo ha proporcionado una respuesta coordinada al VIH y el SIDA en Zambia y dirige la evaluación de todos los programas sobre el VIH/SIDA en Zambia.

26.6La ejecución sistemática de programas de VIH/SIDA bajo la dirección del Consejo ha contribuido a la reducción de la tasa de prevalencia del VIH del 15,6% en 2001 (Encuesta sobre demografía y salud en Zambia, 2001/02) al 14,3% en 2007 (Encuesta sobre demografía y salud en Zambia, 2007).

Las medidas y los programas establecidos para concienciar más a la población acerca del riesgo y los efectos del VIH/SIDA

26.7El Estado parte informa que el Consejo Nacional del SIDA no emprende programas dirigidos a concienciar a la población sobre el riesgo y los efectos del VIH/SIDA puesto que su mandato es asesorar al Gobierno, las instituciones sanitarias y otras organizaciones sobre políticas, estrategias y planes para prevenir y combatir el VIH, el SIDA, las enfermedades de transmisión sexual y la tuberculosis. El Consejo también ayuda a las instituciones sanitarias y otras organizaciones interesadas en la prevención del VIH, el SIDA, las enfermedades de transmisión sexual y la tuberculosis a elaborar y coordinar políticas, planes y estrategias para la prevención y lucha contra el VIH, el SIDA, las enfermedades de transmisión sexual y la tuberculosis.

27. Sírvase informar al Comité de la existencia de mecanismos en el Estado parte que aseguren el acceso no discriminatorio y en condiciones de igualdad de las reclusas a las instalaciones médicas, con inclusión de las pruebas de diagnóstico y el tratamiento del VIH/SIDA y la tuberculosis. Sírvase también proporcionar información sobre la disponibilidad de servicios para las reclusas embarazadas y lactantes.

Acceso de las reclusas a instalaciones médicas

27.1El Estado parte informa que el Servicio de Prisiones de Zambia proporciona el acceso no discriminatorio y en condiciones de igualdad de las reclusas a las instalaciones médicas, con inclusión de las pruebas de diagnóstico y el tratamiento del VIH/SIDA y la tuberculosis. El Servicio de Prisiones de Zambia presta los siguientes servicios:

a)Asesoramiento y pruebas;

b)Educación interpares;

c)Se proporcionan a las reclusas instrumentos sanitarios para atender a sus necesidades especiales;

d)Orientación psicosocial;

e)Programas para prevenir la transmisión maternoinfantil del VIH;

f)Exámenes médicos que incluyen pruebas de detección de la tuberculosis;

g)Celebración por las reclusas del Día Mundial de la Tuberculosis y el Día Mundial de la Lucha contra el SIDA;

h)Pruebas del VIH, de carácter voluntario, para todos los reclusos;

i)Derivaciones hospitalarias de reclusos que requieren atención de expertos, independientemente de su género.

Servicios para las reclusas embarazadas y lactantes

27.2El Servicio de Prisiones de Zambia también proporciona leche a las reclusas embarazadas y lactantes mediante el apoyo de asociados que cooperan con el Servicio.

Empoderamiento económico

28. Según el párrafo 145 del informe, la mayoría de las mujeres no pueden tener acceso al crédito financiero debido a su precaria situación económica, a lo que se suma la falta de garantías, que constituyen uno de los principales requisitos exigidos por la mayoría de las instituciones financieras. Sírvase proporcionar información sobre las medidas que el Estado parte ha adoptado o previsto para mejorar el acceso de las mujeres al crédito financiero y también sobre otras medidas para apoyar las actividades empresariales de las mujeres, incluido el acceso a la tierra y al capital, y de manera más general mejorar la situación de las mujeres en el sector no estructurado, y los efectos de dichas medidas. Además, sírvase proporcionar más información sobre la Ley núm. 9 de empoderamiento económico de los ciudadanos de 2006, que prohíbe la discriminación por motivos de género (párr. 40 del informe) y también sobre el mandato, la composición y las actividades de la Comisión de Empoderamiento Económico, en particular sus actividades relativas a la promoción de la igualdad entre los géneros.

Acceso de las mujeres al crédito financiero y el capital

28.1El Estado parte informa que el Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales ha tomado medidas para mejorar el acceso de las mujeres al crédito financiero, así como para apoyar la iniciativa empresarial de las mujeres, incluido su acceso al capital, y en general para mejorar la situación de las mujeres en el sector no estructurado. El Ministerio está ejecutando tres tipos de mecanismos de transferencia de efectivo, a saber, el mecanismo de pensiones de jubilación de Katete, el modelo inclusivo para el 10% de hogares con mayor discapacidad y el subsidio por hijos.

28.2El mecanismo de transferencia de efectivo ha demostrado tener un importante efecto positivo en el desarrollo socioeconómico tanto en el plano individual como en el comunitario. Algunos de sus beneficios se observan en los ámbitos de la educación, la nutrición y la salud, la situación socioeconómica, el mercado, la situación social y la disminución de la vulnerabilidad.

28.3El Estado parte es consciente de las dificultades a las que se enfrentan la mayoría de las mujeres rurales en el acceso al capital de inversión debido a los requisitos en materia de garantías exigidos por las instituciones financieras. Para hacer frente a este problema, el Ministerio, a través de su programa de actividades bancarias en las aldeas, ha adoptado el enfoque de préstamos colectivos para que las mujeres tengan acceso a pequeños préstamos. Este programa de empoderamiento se complementa con la formación en materia de iniciativa empresarial llevada a cabo por los agentes para el desarrollo de la comunidad del distrito, y este fondo está dando resultados positivos y ha mejorado los medios de vida de las mujeres rurales.

28.4El Estado parte informa además que la asignación presupuestaria del Ministerio para los programas de empoderamiento de las mujeres ha aumentado de 5.000 millones de kwacha en 2010 a 15.000 millones de kwacha en la asignación presupuestaria de 2011.

28.5La Agencia de Desarrollo de Zambia también ha venido realizando una serie de actividades que benefician a las mujeres que trabajan en el sector no estructurado. Una de las iniciativas es el Programa Vínculos, mediante el cual la Agencia vincula a las empresas pequeñas y microempresas con las grandes empresas multinacionales para el suministro de bienes y servicios, lo que les permite mejorar tanto sus ingresos como la calidad de los bienes y servicios. Otro servicio que ofrece la Agencia es la capacitación en una serie de áreas, como la iniciativa empresarial, el desarrollo de productos y el acceso a la financiación y los mercados. La Agencia también organiza misiones comerciales y de inversión en las que mujeres zambianas participan en los foros internacionales para dar a conocer y comercializar sus productos y servicios.

Acceso de las mujeres a la tierra

28.6Con el fin de aumentar el acceso de las mujeres a la tierra, el Ministerio de Tierras asigna al menos el 30% de las tierras a mujeres, mientras que para el 70% restante compiten tanto hombres como mujeres. Esta medida está en consonancia con la política de tierras.

Ley núm. 9 de empoderamiento económico de los ciudadanos de 2006

28.7La Ley núm. 9 de empoderamiento económico de los ciudadanos de 2006 contempla, entre otras cosas, lo siguiente:

a)Establece la Comisión de Empoderamiento Económico de los Ciudadanos y define sus funciones y competencias;

b)Establece el Fondo de Empoderamiento;

c)Promueve el empoderamiento económico de los ciudadanos a los que se dirige, así como de las empresas que promueven, las empresas en las que influyen y las empresas de su propiedad;

d)Promueve la igualdad entre los géneros en el acceso, la propiedad, la gestión, el control y la explotación de los recursos económicos,

e)Elimina las costumbres sociales, disposiciones legales u otras prácticas que limitan el acceso de cualquier género en particular a la capacitación profesional esencial para la participación efectiva en el sector económico.

Mandato de la Comisión de Empoderamiento Económico de los Ciudadanos

28.8El mandato de la Comisión de Empoderamiento Económico de los Ciudadanos consiste en promover el empoderamiento de los ciudadanos que sean o hayan sido marginados o desfavorecidos, y cuyo acceso a los recursos económicos y la capacidad de desarrollo se haya visto limitado debido a varios factores como la raza, el sexo, la formación, la condición social y la discapacidad.

28.9El mandato se cumple ayudando a los empresarios locales con préstamos para financiación de proyectos y actividades comerciales, orientación empresarial e iniciativas de creación de capacidad.

Composición de la Comisión de Empoderamiento Económico de los Ciudadanos

28.10 La Comisión está formada por los siguientes comisionados a tiempo parcial nombrados por el Presidente de Zambia:

a)Un Presidente;

b)El Secretario del Tesoro;

c)El Secretario Permanente del Ministerio de Comercio e Industria;

d)El Secretario Permanente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social;

e)El Fiscal General o su representante;

f)Un representante de los jóvenes;

g)Un representante del sector privado;

h)Un representante de la sociedad civil;

i)Un representante de la comunidad universitaria;

j)Un representante de la Oficina Central de Estadística;

k)Un representante de los sindicatos;

l)Un representante de las personas con discapacidad.

Actividades de la Comisión

28.11Desde su creación hasta la actualidad, la Comisión ha ejecutado programas de empoderamiento que han dado a la mayoría de las pequeñas y medianas empresas un mayor acceso a oportunidades comerciales. Algunos de los logros más importantes de la Comisión, en particular en lo que se refiere al empoderamiento de las mujeres, son:

a)Desde su creación, la Comisión ha financiado un total de 410 proyectos en todo el país, de los cuales 88 fueron promovidos por empresarias. Los 88 proyectos alcanzan un valor total de 23,8 millones de kwacha, lo que representa un 21% del total financiado;

b)La Comisión ha lanzado también diversos productos y servicios dirigidos a las mujeres, como el producto “mercado Chilimba”, dirigido esencialmente a facilitar el acceso de los vendedores, en particular las mujeres, a la financiación necesaria utilizando diversas combinaciones de garantías como la presión de grupo y la referencia de la comunidad. En relación con este producto, la Comisión ha desembolsado un total de 1,6 millones de kwacha en diferentes mercados de todo el país;

c)La Comisión ha elaborado programas para los jóvenes y las mujeres dirigidos a subsanar la falta de conocimientos técnicos y proporcionar los conocimientos empresariales necesarios para emprender actividades comerciales. A este respecto, cabe citar el programa de desarrollo de la iniciativa empresarial de las mujeres para la igualdad entre los géneros, ejecutado en colaboración con la Organización Internacional del Trabajo (OIT). El programa pretende lograr el empoderamiento de las mujeres animándolas a explorar la iniciativa empresarial y oportunidades de autoempleo, así como el desarrollo de conocimientos técnicos empresariales, lo que permite a las mujeres contar con conocimientos técnicos básicos para la formulación de planes de actividades y la identificación de mercados. La Comisión también prevé proporcionar formación en materia de creación de capacidad para todos los proyectos financiados a fin de que las mujeres obtengan mejores resultados de sus negocios.

28.12Con el fin de mejorar el acceso al Fondo de Empoderamiento por parte de los grupos vulnerables, incluidas las mujeres, la Comisión revisó las condiciones y los procedimientos para acceder al Fondo. Algunos de los cambios más importantes son:

a)Los formularios previstos para las solicitudes de pequeños préstamos (de hasta 50 millones de kwacha) no requieren un plan de actividades. Además, se han relajado los requisitos en materia de garantías;

b)Por otra parte, la Comisión ha logrado que las estructuras administrativas provinciales participen en el proceso de presentación de solicitudes de préstamos de hasta 50 millones de kwacha para que estas sean aprobadas a nivel provincial a fin de reducir el plazo necesario para la evaluación y aprobación de los préstamos. Este proceso se ha reforzado mediante la asignación inicial de 500 millones de kwacha que serán gestionados por las administraciones provinciales.

Impacto de los programas de la Comisión de Empoderamiento Económico de los Ciudadanos en la situación de la mujer en Zambia

28.13Estas iniciativas han hecho que aumenten significativamente las oportunidades de acceso de la mujer al Fondo de Empoderamiento y han tenido también un efecto positivo en el bienestar de las mujeres al aumentar los ingresos y las oportunidades de empleo para las mujeres.

Mujeres en zonas rurales

29.Según el párrafo 55 c) del informe, la reserva para las mujeres del 30% de las tierras en propiedad se establece en la Política nacional en materia de género de 2000. Sírvase indicar cómo se aplica esa cuota e indique otras medidas que el Estado parte ha ya adoptado o previsto para mejorar la situación de las mujeres de zonas rurales, incluidos su acceso a la justicia, el nivel de vida, la educación, la salud, los servicios sociales, la propiedad de la tierra y su participación en el proceso de toma de decisiones a todos los niveles.

Aplicación de la norma relativa a la reserva de tierras para las mujeres

29.1La norma que dispone reservar para las mujeres el 30% de la tierra sujeta a títulos de propiedad es aplicada por el Ministerio de Tierras.

29.2El Ministerio de Tierras, a través del Comisionado de Tierras, emitió una circular dirigida a todas las autoridades locales para que cada vez que se realizasen asignaciones destinasen a las mujeres al menos el 30% de las tierras.

29.3En 2010, el Ministerio de Tierras asignó 324 parcelas en la zona de Silverest, de las cuales 300 eran residenciales, 10 comerciales, 10 industriales y 4 para iglesias. Del total de las parcelas residenciales, 153 fueron asignadas a mujeres, lo que representa el 58%. El 10% se asignó a los solicitantes de capacidad diferente y el 32% a hombres. Entre los solicitantes seleccionados había tanto jóvenes como ancianos.

Medidas para mejorar la situación de las mujeres de zonas rurales

29.4A fin de mejorar la situación de las mujeres rurales, el Gobierno ha adoptado, entre otras, las siguientes medidas:

a)La construcción y ampliación de la infraestructura escolar, a lo que se suma la contratación de docentes y la retención de los docentes destinados en zonas rurales otorgándoles la prestación por condiciones de vida difíciles en el medio rural y mejorando las condiciones de vida en las zonas rurales;

b)La construcción y ampliación de la infraestructura sanitaria y la retención de personal sanitario calificado en las zonas rurales aplicando el plan de retención de personal sanitario;

c)La construcción y rehabilitación de la infraestructura judicial de las zonas rurales;

d)La creación de unidades de apoyo a las víctimas en zonas rurales;

e)La continuación del programa de electrificación rural;

f)La mejora de la infraestructura de transporte;

g)La ejecución de programas de sensibilización sobre la importancia de la participación de las mujeres en la toma de decisiones mediante la aplicación de una estrategia nacional de comunicación sensible al género.

30.En el informe no se dice nada de la situación de las mujeres de edad, las mujeres con discapacidad, las viudas y las mujeres y las niñas migrantes. Sírvase proporcionar información sobre la situación económica y social de esos grupos de mujeres y las medidas adoptadas para apoyarlos. Sírvase también informar sobre su acceso a la educación, el empleo, el agua potable y los servicios de salud, así como la protección contra la violencia .

Mujeres con discapacidad

30.1El Estado parte desea informar que el Gobierno ha puesto en marcha medidas para abordar las cuestiones relacionadas con las mujeres con discapacidad a través de la creación de la Agencia de Zambia para las personas con discapacidad.

30.2Entre las funciones de la Agencia están planificar, promover y administrar servicios para todas las categorías de personas con discapacidad; proporcionar servicios de rehabilitación, capacitación y bienestar a las personas con discapacidad; cooperar con los ministerios y otras organizaciones en la prestación de servicios preventivos, educativos, así como de formación, empleo y rehabilitación y otros servicios de bienestar a personas con discapacidad; y coordinar los servicios de rehabilitación y bienestar para las personas con discapacidad ofrecidos por ministerios y asociaciones de voluntarios.

30.3Además, el Estado parte desea informar que la Ley de Personas con Discapacidad (1996) prohíbe la discriminación contra esas personas en el empleo y las instituciones de enseñanza. La Ley también prevé la creación un Fondo Fiduciario Nacional para las personas con discapacidad, que pueda utilizarse para las siguientes actividades: conceder préstamos a personas con discapacidad para emprender proyectos empresariales; capacitar a personas con discapacidad para que desarrollen sus conocimientos técnicos; y apoyar la investigación sobre la discapacidad y el bienestar de las personas con discapacidad.

Mujeres de edad, viudas y mujeres y niñas migrantes

30.4Zambia celebra el Día Internacional de las Personas de Edad, durante el cual se sensibiliza a los ciudadanos para que traten con dignidad a las personas de edad avanzada.

30.5El Estado parte desea informar que el Plan de Asistencia Social Pública es uno de los principales programas de asistencia social y está dirigido a satisfacer las necesidades básicas de los más vulnerables en forma de dinero en efectivo, alimentos, vivienda básica, educación, asistencia sanitaria y repatriación de personas desplazadas. El programa está dirigido a hogares con dificultades, como los encabezados por mayores, niños, enfermos crónicos, personas con discapacidad, mujeres, huérfanos y niños vulnerables y personas desplazadas o víctimas de desastres.

Acceso a la educación, el empleo, el agua potable, los servicios de salud y la protección contra la violencia

30.6Todos los programas puestos en marcha por el Gobierno con el fin de aumentar el acceso a la educación, el empleo, el agua potable, los servicios sanitarios y de protección contra la violencia también se aplican a las mujeres desfavorecidas.

Mujeres y niñas refugiadas

31 . En sus observaciones finales anteriores (párr. 256), el Comité encomió los esfuerzos del Estado parte por acoger refugiados de los países vecinos, pero expresó su preocupación por la capacidad del Estado parte de proteger a los refugiados y garantizar sus derechos. Sírvase proporcionar información actualizada sobre la asistencia prestada a las mujeres y las niñas refugiadas y sobre la realización de actividades de rehabilitación en su favor. Según la información presentada al Comité, diversos comités gubernamentales están examinando un proyecto de ley sobre los refugiados, propuesto para reemplazar la Ley (de control) sobre los refugiados de 1970, antes de presentarlo al Parlamento para su aprobación. Sírvase proporcionar información sobre el contenido y la situación de ese proyecto de ley, y también sobre el calendario para su aprobación.

Información actualizada sobre la asistencia a mujeres y niñas refugiadas

31.1El Gobierno reconoce los derechos de las mujeres refugiadas a trabajar y estudiar mediante la concesión de permisos de trabajo, tanto en el sector estructurado como en el no estructurado, y permisos de estudios. Las niñas tienen derecho a la educación primaria gratuita, pero una vez que llegan a la escuela secundaria, se les exige tener un permiso de estudios si residen fuera del perímetro del asentamiento de refugiados.

31.2Las mujeres y los niños refugiados tienen derecho a residir fuera de los asentamientos y el derecho a la documentación, como pasaportes, tarjetas de residente para extranjeros y las tarjetas electrónicas que se utilizan para acreditar la identidad en Zambia. Aparte de las reservas formuladas por Zambia con relación al derecho a residir en cualquier lugar del país, la libertad de circulación y la educación superior, las mujeres y los niños refugiados tienen los mismos derechos que los ciudadanos de Zambia. Además, organizaciones no gubernamentales como Action Africa Help International prestan servicios de asesoramiento a las mujeres y los niños refugiados en peligro.

Proyecto de ley de refugiados

31.3Se siguen realizando consultas sobre el proyecto de ley de refugiados, pero el Gabinete ya ha aprobado su redacción. Por tanto, resulta difícil confirmar el calendario para la aprobación del proyecto de ley.

Matrimonio y vida familiar

32.En sus observaciones finales anteriores (párr. 228), el Comité encomió al Estado parte por la promulgación de la Ley sobre el matrimonio y la Ley de sucesión intestada, que protegen a la mujer en las esferas del matrimonio y la herencia. Sírvase proporcionar información actualizada sobre las medidas que el Estado parte ha adoptado para aplicar las disposiciones de dicha Ley. En el informe se confirma que sigue prevaleciendo el pago de lobola (precio de la novia) como parte esencial para constituir un matrimonio tradicional válido. Sírvase informar al Comité de toda medida adoptada o prevista para resolver esa cuestión . ¿Qué medidas ha adoptado o prevé adoptar el Estado parte para combatir las prácticas de despojo de los bienes y el “ rito de purificación sexual ” tras la muerte del cónyuge?

Aplicación de la Ley de sucesión intestada

32.1El Estado parte informa que tanto la Ley sobre el matrimonio como la Ley de sucesión intestada proporcionan mecanismos de aplicación. La Ley de matrimonio es aplicada por el Registrador de Matrimonios y los tribunales de justicia. La Ley de sucesión intestada es aplicada por los tribunales de justicia.

Lobola (precio de la novia)

32.2El Estado parte desea informar de que se realizó una encuesta sobre la lobola (precio de la novia). En la encuesta, la mayoría de las personas, especialmente las mujeres, consideraron que el pago de la lobola debía mantenerse. Sin embargo, muchos eran de la opinión de que el importe debía regularse o no comercializarse, como ocurre actualmente.

Medidas para combatir las prácticas de despojo de los bienes y el “rito de purificación sexual”

32.3El Estado parte desea informar que ha sensibilizado sobre los peligros del rito de purificación sexual a los líderes tradicionales, quienes a su vez, han sensibilizado a sus súbditos. El efecto ha sido una reducción de la práctica del rito de purificación sexual.

32.4La Unidad de Apoyo a las Víctimas está utilizando los medios de comunicación para concienciar a las personas y alentarlos a denunciar la práctica de despojo de los bienes, lo que ha contribuido a la reducción de esta práctica.

33.En sus observaciones finales anteriores (párrs. 250 a 253), el Comité expresó su preocupación por el hecho de que el matrimonio y las relaciones familiares se rigieran por un doble sistema jurídico de leyes y costumbres, y que la mayoría de estas leyes no fueran compatibles con la Convención. Al Comité le preocupa además que la poligamia esté ampliamente aceptada y el Estado parte no la combata con eficacia. Sírvase proporcionar información actualizada sobre las medidas que ha adoptado el Estado parte para atender esas preocupaciones. En el párrafo 47 a) del informe del Estado parte se indica que, debido a los matrimonios precoces, las niñas no pueden proseguir sus estudios, ya que el derecho consuetudinario considera legal el matrimonio de las niñas que han alcanzado la pubertad. Sírvase proporcionar información sobre la edad para expresar el consentimiento para las mujeres que contraen uniones consuetudinarias y sobre las medidas adoptadas para combatir la práctica de los matrimonios precoces.

Edad de consentimiento para contraer matrimonio

33.1El Estado parte informa que en el derecho consuetudinario no existe una edad mínima de consentimiento de las mujeres para contraer matrimonio. La razón es que la práctica habitual vigente permite casarse a cualquier niña que llega a la pubertad. Con el fin de combatir la práctica de los matrimonios precoces, la Comisión de Desarrollo Jurídico de Zambia está llevando a cabo un estudio sobre las uniones consuetudinarias con el objetivo de proporcionar una mayor protección para la mayoría de las mujeres que están casadas con arreglo al derecho consuetudinario. El estudio se centra en fijar una edad mínima de consentimiento para contraer matrimonio con arreglo al derecho consuetudinario. Se espera que el estudio dé lugar a un acto legislativo que anule el derecho consuetudinario y proteja a las niñas de los matrimonios precoces.

Matrimonios precoces

33.2El Estado parte desea informar que se ha sensibilizado sobre los peligros de los matrimonios precoces a los líderes tradicionales, quienes, a su vez, han sensibilizado a sus súbditos. El efecto ha sido una reducción de los matrimonios precoces.

Poligamia

33.3El Estado parte informa además que la poligamia era una de las cuestiones que la Comisión de Desarrollo Jurídico de Zambia examinó durante sus consultas. Se observó que la mayoría de las mujeres y los hombres apoyaban la práctica de la poligamia y consideraban que, en todo caso, simplemente debería regularse o ignorarse, pero no prohibirse. La Comisión de Desarrollo Jurídico de Zambia es, por tanto, reacia a formular recomendaciones contra esta práctica porque podría dar lugar a una situación en la que hubiese en el Estado parte una ley que fuese ignorada y, por lo tanto, ineficaz.

Protocolo Facultativo y enmienda al artículo 20, párrafo I

34. Sírvase indicar los progresos logrados en la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención, así como los progresos realizados en la aceptación de la enmienda del artículo 20, párrafo I, de la Convención, relativo al tiempo asignado a las reuniones del Comité.

El Estado parte desea informar que todavía está celebrando consultas sobre la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención, así como sobre la aceptación de la enmienda del artículo 20, párrafo I de la Convención.