contra la Mujer

Observaciones finales sobre los informes periódicos segundo a quinto combinados de Zimbabwe

Adición

Nota: El presente documento se distribuye en español, francés e inglés solamente.

* El presente documento se publica sin revisión editorial.

Información facilitada por Zimbabwe en virtud del procedimiento de seguimiento de las observaciones finales *

[Fecha de recepción: 14 de julio de 2016]

Introducción

El Gobierno de Zimbabwe presentó en 2012 sus informes segundo a quinto combinados al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. Como seguimiento de las observaciones finales del Comité, se pidió al Estado parte que presentara un informe de mitad de período sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones que figuran en los párrafos 14 a) y b) y 24 a), b), c), d) y g). Por consiguiente, el presente informe tiene por objeto proporcionar información sobre los progresos realizados por el Estado parte en la aplicación de las recomendaciones mencionadas.

Párrafo 14 a): proceso de revisión constitucional

En el párrafo 14 a) de sus observaciones finales, el Comité instó al Estado parte a agilizar su proceso de revisión constitucional y derogar el artículo 23.3 de la Constitución, que permitía la discriminación por razón de sexo y/o género en asuntos incluidos en el ámbito de aplicación de las disposiciones del derecho personal y consuetudinario. Zimbabwe concluyó con éxito su proceso de reforma constitucional en 2013, lo que dio lugar a la derogación del artículo 23.3. La nueva Constitución, en su artículo 2 1), reitera la supremacía de la Constitución y destaca que toda ley, práctica, costumbre o conducta incompatible con ella es nula en la medida en que no guarde coherencia con sus disposiciones.

Párrafo 14 b): una declaración de derechos para la mujer

En consonancia con las recomendaciones del Comité sobre la inclusión de una declaración de derechos para la mujer en la Constitución, la nueva Constitución de Zimbabwe establece en su artículo 56 la igualdad y la no discriminación, y la subsección 2 dispone que tanto las mujeres como los hombres tienen derecho a la igualdad de trato, incluido el derecho a la igualdad de oportunidades en las esferas política, económica y social. Además, el artículo 56 3) proporciona una lista detallada de los motivos de no discriminación, entre los que se incluye el sexo, el género, el estado civil y el embarazo. El artículo 80 de la Constitución está dedicado exclusivamente a los derechos de las mujeres y la parte 3 prohíbe claramente todas las leyes, costumbres, tradiciones y prácticas culturales que atenten contra los derechos de la mujer en virtud de la Constitución.

Párrafo 24 a): medidas para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres y las niñas

El Gobierno de Zimbabwe reconoce que la violencia contra la mujer es una forma de discriminación y constituye una violación de los derechos de la mujer. A tal efecto, el artículo 25 de la Constitución exhorta al Estado y todos los organismos del Gobierno a adoptar medidas para prevenir la violencia doméstica. Además, el artículo 52 a) de la Constitución relativo a la seguridad personal dispone que toda persona tiene derecho a la integridad física y psicológica, lo cual incluye el derecho a no ser objeto de ninguna forma de violencia ejercida desde el ámbito público o privado. Como ya se indicó en el informe anterior, el Gobierno de Zimbabwe promulgó la Ley sobre Violencia Doméstica en 2007 para proporcionar socorro y protección a las víctimas de violencia doméstica. La Ley prevé el establecimiento de dependencias de atención a las víctimas en todas las comisarías de policía para garantizar que las supervivientes puedan denunciar sus casos en un entorno favorable para ellas. Además, el Gobierno de Zimbabwe promulgó la Ley del Derecho Penal (Codificación y Reforma) en 2006, que tipifica como delito la violación y otros delitos sexuales.

En 2012, el Gobierno de Zimbabwe elaboró un Protocolo Multisectorial sobre la gestión de los abusos sexuales y la violencia en Zimbabwe con el fin de proporcionar una respuesta integral y coordinada a la gestión de los abusos sexuales. En el Protocolo se prevé la creación de tribunales adaptados a las víctimas que protejan a los testigos vulnerables en los casos de abuso sexual. El Protocolo también asigna claramente las funciones y responsabilidades de los diversos actores que participan en la gestión de los abusos sexuales.

Zimbabwe ha creado centros de atención integral para las supervivientes de la violencia por razón de género, con el objetivo de crear un entorno seguro y de apoyo para ellas. El modelo tiene por objeto reducir el número de instituciones que una superviviente debe visitar para recibir apoyo básico tras haber sido víctima de un caso de esta forma de violencia. Los servicios ofrecidos en los centros de atención integral son servicios de salud, servicios jurídicos y servicios de apoyo psicosocial. El Gobierno de Zimbabwe está trabajando también para fortalecer el procedimiento de remisión de los casos de violencia por razón de género. A tal efecto, se ha creado un procedimiento de remisión de casos de violencia por razón de género a escala nacional. Posteriormente, también se han elaborado procedimientos de remisión propios de la ubicación con el fin de dar a conocer a las comunidades los servicios para las víctimas de violencia por razón de género disponibles en su localidad. En el marco de los planes de remisión, se ha determinado que los servicios médicos son los más cruciales y las supervivientes necesitan acceder a ellos antes que a otros servicios, especialmente en los casos de violencia sexual.

Párrafo 24 b): formación obligatoria para los jueces, los fiscales y la policía sobre el trato con las mujeres víctimas de la violencia

En consonancia con la recomendación del Comité sobre la formación obligatoria para jueces, fiscales y agentes de policía sobre el trato con las mujeres víctimas de la violencia, el Gobierno de Zimbabwe, inspirado en el Protocolo Multisectorial para la gestión de los abusos sexuales y la violencia en Zimbabwe (2012), proporciona formación continua a los funcionarios judiciales, agentes de policía, personal sanitario y otros sectores responsables de los servicios de atención a las supervivientes sobre la forma de prestar servicios adaptados a las necesidades de estas. Además, la policía de la República de Zimbabwe, en colaboración con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), elaboró un manual sobre la respuesta policial eficaz a la violencia contra las mujeres y los niños. El manual tiene por objeto proporcionar orientación en la capacitación en el empleo de los agentes de policía sobre la forma de responder eficazmente a los casos de violencia contra las mujeres y los niños. Además, el Gobierno de Zimbabwe, a través del Ministerio de Asuntos de la Mujer, Género y Desarrollo Comunitario, está trabajando para incorporar un módulo sobre la violencia por razón de género en los planes de estudios de la formación previa al empleo de funcionarios judiciales, agentes de policía y personal sanitario. Los módulos formarán parte de la capacitación previa al empleo de toda persona que participe en cursos de formación para enfermeros, agentes de policía y personal judicial.

Párrafo 24 c): medidas para alentar a las mujeres a denunciar los casos de violencia doméstica

En consonancia con la recomendación del Comité de alentar a las mujeres a denunciar los casos de violencia doméstica y sexual, el Gobierno de Zimbabwe está aplicando la campaña de las 4 P sobre la tolerancia cero respecto a la violencia doméstica (las 4 P son: la prevención, la protección, la participación y los programas). La campaña es un programa de sensibilización de base comunitaria que se centra en la concienciación sobre la violencia doméstica, da a conocer la legislación en esta materia y fortalece la capacidad de las comunidades para establecer mecanismos de prevención y respuesta a la violencia doméstica. De acuerdo con la campaña de las 4 P, se han puesto en marcha campañas de sensibilización para enviar a las zonas de difícil acceso, a los grupos religiosos, a las personas que viven con discapacidad y a las escuelas información sobre la violencia por razón de género, las leyes aplicables a este tipo de violencia y los canales para la compensación a las víctimas de los casos de violación.

Párrafo 24 e): fortalecimiento de la capacidad de los refugios existentes y construcción de otros nuevos

En consonancia con la recomendación del Comité sobre la necesidad de que el Estado parte proporcione asistencia y protección adecuadas a las mujeres víctimas de la violencia, mediante el refuerzo de la capacidad de los refugios existentes y la construcción de otros nuevos, especialmente en las zonas rurales y remotas, y fortaleciendo la cooperación con las ONG que proporcionan alojamiento y rehabilitación a las víctimas, el Gobierno de Zimbabwe ha colaborado con Musasa, una organización no gubernamental para proporcionar albergues comunitarios y urbanos a las supervivientes de la violencia por razón de género. Se han establecido refugios comunitarios en seis distritos del país constituidos por comunidades rurales y remotas. Los refugios están destinados a proporcionar alojamiento temporal a las supervivientes de la violencia por razón de género mientras reciben asesoramiento, preparación para la vida y otros servicios de remisión para los casos de esta forma de violencia.

Párrafo 24 g): recopilación de datos estadísticos sobre la violencia doméstica desglosados por sexo, edad, nacionalidad y relación entre la víctima y el autor

El Gobierno de Zimbabwe, a través del Organismo Nacional de Estadística de Zimbabwe (ZIMSTAT), que tiene la misión de elaborar estadísticas nacionales, posee un sistema de recopilación de datos sobre la violencia doméstica y la violencia sexual desglosados por sexo, edad y relación entre la víctima y el autor. La encuesta demográfica y de salud que se realiza cada cuatro años consta de un cuestionario sobre la violencia doméstica. Ello permite recabar información sobre la violencia doméstica desglosada por sexo, edad y relación con el autor. Otras encuestas únicas sobre la violencia por razón de género también han adoptado el mismo formato.